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COLEGIO FRAY LUIS BELTRAN N° 258
SETIMIO 326 C° BARÓN
FONO 032-2251349
VALPARAÍSO. CHILE
REGLAMENTO INTERNO
DE
EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN
ESCOLAR
COLEGIO “FRAY LUIS BELTRÁN”
1º A 8º AÑO E.G.B. DC. Nº 67/2018
VALPARAÍSO, 2019
(Actualizaciones 2010 – 2012 – 2014 - 2019)
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COLEGIO FRAY LUÍS BELTRÁN
Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
ÍNDICE
1.- Introducción………………………………………………………………….. 3
2.- Título I: Disposiciones Generales…………………………………. 4
3.- Título II: Del Proceso de Evaluación ………………………….. 5
4.- Título III: De los tipos de Evaluación ………………………… 9
5.- Título IV: De la Evaluación Diversificada …………………….. 13
6.- Título V: De las Calificaciones ……………..……………………… 15
7.- Título VI: De las Inasistencias a Evaluaciones ………….. 19
8.- Título VII: De la Promoción …………………………………….. 20
9.- Anexo Evaluación Diversificado (D°83/2015-D°67/2018)… 24
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COLEGIO FRAY LUÍS BELTRÁN
Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
I.- INTRODUCCIÓN:
El presente reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción surge
de las disposiciones expuestas en el decreto 67 de 2018, siendo elaborado en conjunto entre el Cuerpo docente y Equipo de Gestión del establecimiento,
en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.), Plan de
Mejoramiento Educativo (P.M.E.) y Reglamento Interno.
Este reglamento, sustenta la evaluación como un proceso que debe cautelar la entrega de información oportuna a padres, madres y/o
apoderados(as), estudiantes, docentes y directivos, para la toma de
decisiones conducentes al logro de los Objetivos de Aprendizajes (O.A.).
El desarrollo del proceso de enseñanza depende directamente de los
docentes del establecimiento y éstos se ven compensados en el buen logro
del proceso de Aprendizaje, cuyo objetivo primordial se cimenta en el
engrandecimiento del ser humano, a través, de la cultura en forma integral, permitiendo formar a nuestra comunidad estudiantil con un carisma que esté
acorde a la mística franciscana del establecimiento que lo educa.
Así mismo este Reglamento de Evaluación y promoción, está
fundamentado en las bases de nuestra identidad franciscana, emanada del Proyecto Educativo Institucional (PEI), donde la visión y la misión se enlazan
para que nuestro colegio sea una entidad de iglesia, en la cual nuestros
estudiantes sean sujeto de formación integral dentro de un ambiente propicio
para el aprendizaje significativo, junto con su familia e institución, así como de su propio Proyecto de vida.
El actual Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción, entrará
en vigencia a partir de marzo de 2020, siendo revisado anualmente para ajustarlo a las diversas situaciones emergentes. La revisión y mejora del
reglamento serán responsabilidad de la Dirección de nuestro establecimiento
Fray Luís Beltrán, con la participación de los diversos integrantes de la
comunidad educativa.
Nuestro establecimiento, señala que el presente reglamento está
dirigido a Educación Básica, que imparte nuestro colegio, bajo un régimen de
evaluación semestral, adscrito a los Planes y Programas del Ministerio de
Educación.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1:
El presente reglamento establece las normas y procedimientos de evaluación,
calificación y promoción escolar que serán aplicados para los y las estudiantes
del colegio particular subvencionado Fray Luís Beltrán en Educación General
Básica, de acuerdo a los Planes y Programas aprobados por el MINEDUC.
Artículo 2:
El año lectivo se organiza en períodos semestrales. Las fechas de inicio y
término de cada periodo son las entregadas según calendario Escolar Regional, emanado de la Secretaría Regional Ministerial de Educación,
debiendo ser informadas tanto a los y las estudiantes como a los padres,
madres y/o apoderados(as) al inicio del año escolar, a través, de nuestro
calendario anual de actividades y página Web del colegio.
Artículo 3:
Se hará difusión del presente reglamento a toda la comunidad educativa:
docentes, estudiantes, padres, madres y/o apoderados(as), a través de su página http://frayluisbeltran.webescuela.cl, en el momento de matricular cada
familia recibe un resumen del Reglamento de Evaluación y en la primera reunión de apoderados(as), con la finalidad de que toda la comunidad escolar
del Colegio tenga acceso permanente, expedito y actualizado del mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, durante la primera semana de clases para los y las estudiantes y en la primera reunión de apoderados(as) del año en curso,
para las madres, padres y apoderados(as), cada profesor(a) jefe(a) explicará
en detalle la modalidad de evaluación y calificación en base a ponderaciones
de notas y otros elementos del presente reglamento.
El docente responsable de cada asignatura registrará en el libro de clases las
calificaciones que se desprendan de los instrumentos de evaluación utilizados
una vez realizada la retroalimentación con los y las estudiantes permitiendo
que éstos soliciten la revisión del instrumento durante este proceso, así como también deberán ser subidas a la plataforma digital que el colegio dispone
para estos fines. Se deja constancia que no se podrá realizar una nueva
evaluación sin registrar la calificación anterior, tanto en el libro de clases
como en la plataforma. (Ver artículo 23)
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Artículo 4:
El régimen anual de evaluación será semestral.
Artículo 5:
Para los efectos de evaluación, calificación y promoción de los alumnos y
alumnas, se considerarán los planes de cada nivel.
Artículo 6:
Al término de cada semestre se entregará a los padres, madres y/o
apoderados(as) un Informe Educacional Indicando los avances a nivel
académico y el nivel de logro de los Objetivos Fundamentales Transversales (Informe de Personalidad). Además, a través de las reuniones de
apoderados(as) y la hora destinada a la atención de los mismos, los
profesores(as) jefes(as) de cada curso informarán sobre los resultados de las
evaluaciones de proceso y sumativas alcanzadas por los y las estudiantes en las diferentes asignaturas, pudiendo acordar un plan de trabajo en casos en
que las calificaciones estén por bajo el promedio del curso.
TÍTULO II: DEL PROCESO DE EVALUACIÓN
Artículo 7:
El colegio Fray Luís Beltrán, define la evaluación como un proceso que
acompaña al logro de los aprendizajes en forma permanente, aportando antecedentes para el estudio y valoración de las metas alcanzadas, a su vez
que permite delimitar acciones y/o estrategias con el fin de alcanzar las
habilidades deseadas y contemplar un Plan remedial cuando sea necesario.
Artículo 8:
Los y las estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del Plan
de Estudio, no obstante, en el caso que un estudiante lo requiera, el
establecimiento aplicará la diversificación pertinente en los procesos de evaluación, así mismo, se realizarán adecuaciones curriculares necesarias,
según lo dispuesto en los decretos exentos N° 170, de 2009 y N° 83, de
2015.
Artículo 9: Nuestro establecimiento educacional, considera la evaluación como una
herramienta central en el logro de los objetivos; permite al docente y al
estudiante evidenciar el avance en la trayectoria del aprendizaje, reflexionar
sobre ellas y ajustar los procesos pedagógicos, según la información obtenida; permite conocer la diversidad en el aula de manera más precisa y
obtener la información necesaria para tomar decisiones pedagógicas
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
pertinentes frente a las necesidades que surgen durante el desarrollo del
proceso de aprendizaje.
Artículo 10: De los Procedimientos de información
Los y las estudiantes y padres, madres y/o apoderados(as) deberán ser
informados al menos una semana antes de la aplicación de una evaluación,
con su respectiva fecha, aprendizaje y el tipo de instrumento evaluativo que
se aplicará. En el caso de los y las estudiantes, éstos deberán consignar en los calendarios mensuales, que se encuentran en las salas de clases.
Las familias serán informadas sobre las formas y criterios de evaluación de
las y los estudiantes a través de los siguientes procedimientos:
a) Envío de calendario de evaluaciones, a través de los medios formales de
comunicación del establecimiento.
b) En reuniones de apoderados(as). c) En la página Web del establecimiento. http://frayluisbeltran.webescuela.cl/
d) Agenda escolar e) Mensajería de texto (Papinotas)
Artículo 11:
La comunicación de los progresos y resultados de las situaciones evaluativas será informada de la siguiente manera:
a) Informe parcial y semestral de calificaciones
b) Entrevista de apoderados(as).
c) Reunión de apoderados(as).
Artículo 12:
Para efectos de informar a las familias sobre el estado de avance de la
trayectoria de una o un estudiante, la o el profesional responsable registrará las calificaciones en el libro de clases, así como también en la plataforma
digital que utiliza el colegio.
Artículo 13:
Durante el proceso de desarrollo evaluativo la o el profesional diferenciará en el registro de calificaciones del libro de clases a qué situación evaluativa del
proceso que corresponde cada nota (Formativo y Sumativo) junto al
contenido evaluado y fecha de la aplicación de la misma.
Artículo 14:
La calidad y pertinencia de los distintos instrumentos de evaluación serán
monitoreados desde la Unidad Técnica Pedagógica.
Se establecerán reuniones mensuales entre profesores(as) de asignatura y jefe de la Unidad Técnica Pedagógica con el fin de establecer un calendario
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de evaluaciones que será posteriormente socializado entre la comunidad
escolar.
Artículo 15:
El profesor o profesora tendrá la obligación de realizar una retroalimentación
de aquellos contenidos que resulten descendidos en las evaluaciones, así
como también reforzar los contenidos logrados. Además, este deberá
presentar a los alumnos(as) las pautas de evaluación o criterios de evaluación al menos con una semana antes de su aplicación, para así aclarar las dudas
de los estudiantes. Antes de que la calificación sea registrada en el libro de
clases y en la plataforma digital, el alumno(a) podrá solicitar la revisión de
su calificación durante la etapa de la retroalimentación, sea esta correspondiente a una evaluación escrita o pauta.
Artículo 16:
No se aplicarán más de dos instrumentos de evaluación diarios, pudiendo agregarse una tercera evaluación correspondiente a las asignaturas de Artes
Visuales, Música y Educación Física.
Artículo 17:
Frente a de evaluaciones pendientes por licencia médica o situaciones justificadas, cada profesor(a) de asignatura coordinará con UTP los
procedimientos pertinentes para tomar las evaluaciones.
Artículo 18: Se realizará un Consejo Técnico Mensual en el cual se aborden temas del
proceso evaluativo, el cual deberá tener una planificación conocida de
antemano por los docentes, así también habrá reuniones por departamento
al menos una vez al mes.
Artículo 19:
Se definirán estrategias para la evaluación formativa tales como
retroalimentación del proceso de enseñanza-aprendizaje, diversificación de los instrumentos de evaluación, implementación de un apoyo a estudiantes
con Necesidades Educativas Especiales y Talleres de Reforzamiento por área.
El docente de aula planificará, implementará y evaluará el proceso formativo,
mediante la orientación de la Unidad Técnica Pedagógica.
Artículo 20:
Los lineamientos para diversificar la evaluación serán, entre otros, del tipo:
prueba formal escrita, trabajos de investigación, disertaciones, interrogación
oral, manifestaciones artísticas (obras de teatro, canciones, afiches, dibujos, tics, etc.), entre otros, por medio de los cuales el o la estudiante asimile
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contenidos y desarrolle las habilidades deseadas, siendo capaz de evidenciar
su aprendizaje.
Artículo 21: Derechos de los estudiantes
Son derechos de los estudiantes:
a.- Conocer, comprender y ser evaluados sumativa y formativamente según
los objetivos de aprendizaje, transmitidos por el docente en cada unidad.
b.- Conocer y comprender las pautas de evaluación, instrumentos u otro
sistema de evaluaciones previo a su aplicación.
c.- Ser evaluado sumativamente en un semestre, con al menos dos tipos de
instrumentos o procedimientos distintos.
d.- Conocer el resultado de sus evaluaciones sumativas, antes de rendir la siguiente de igual categoría en una misma asignatura. Esta calificación debe
ser consignada en el libro de clases y plataforma web-Class por el docente,
posterior al proceso de retroalimentación.
e.- Ser informado de los resultados y corrección de todas las evaluaciones sumativas en un plazo que no podrá exceder de 10 días hábiles contados
desde el día siguiente a la fecha en que el instrumento fue aplicado.
f.- Contar con al menos una actividad de retroalimentación pertinente y oportuna respecto de su desempeño. En el caso de las evaluaciones
sumativas, esta retroalimentación debe realizarse al momento de la entrega
de resultados.
g) Por ausencia debidamente justificada de acuerdo a este reglamento,
recalendarizar sus evaluaciones sumativas a través del profesor(a) jefe(a)
y/o de Asignatura, previo acuerdo con UTP.
Artículo 22: Deberes de los estudiantes
a) Comprometerse con cada instancia de evaluación para mejorar su
aprendizaje.
b) Asistir a las evaluaciones sumativas en la fecha y hora prevista.
c) Actuar con honestidad en las instancias evaluativas. Esto implica no plagiar
un trabajo o parte de éste o copiar a un compañero/a en una evaluación.
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d) Entregar en el plazo señalado por el docente, los trabajos individuales o
grupales, disertaciones y otros similares.
e) Actuar con responsabilidad en los trabajos de grupo y talleres, de manera
tal de aportar adecuadamente en el logro de la actividad propuesta.
f) Respetar el material y trabajos de sus compañeros dentro y fuera de las
salas de clases. En caso de deterioro intencionado, será considerado una falta según el Reglamento Interno.
g) Es responsabilidad del estudiante mantenerse informado sobre contenidos, actividades y evaluaciones propias de su nivel, incluso cuando se haya
ausentado.
h) Respetar el material y mobiliario de trabajo pedagógico según corresponda al Reglamento Interno del establecimiento.
TÍTULO III: DE LOS TIPOS DE EVALUACIÓN
Artículo 23: La evaluación de los aprendizajes se efectuará a lo largo de todo el proceso
Enseñanza-Aprendizaje, reconociéndose tres momentos dentro de un mismo
proceso:
a) Evaluación Diagnóstica b) Evaluación Formativa
c) Evaluación Sumativa
a.- Diagnóstica: El proceso de enseñanza aprendizaje debe iniciarse con un diagnóstico, que
permita al docente planificar a partir del conocimiento manifestado por el
estudiante, generando un panorama de la realidad del grupo curso y de cada
estudiante en particular. También se podrá realizar diagnóstico cada vez que sea necesario conocer las condiciones y posibilidades de aprendizaje o para
la ejecución de una o varias tareas, de manera tal de poder establecer las
estrategias remediales correspondientes.
La planificación de esta evaluación contendrá la formulación mínima de tres
objetivos planteados en términos de contenidos, capacidades o habilidades. La aplicación, calendarización y supervisión será coordinada por UTP.
La Evaluación Diagnóstica: será aplicada al inicio del año escolar y los
resultados serán entregados y consignados en el libro de clases con los siguientes conceptos para primer y segundo ciclo básico: Adecuado(A),
Elemental (E) e Insuficiente(I), en todas las asignaturas; serán medidos al
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menos cinco Objetivos de Aprendizaje (OA) seleccionados por el profesor(a)
de cada asignatura y revisados por la Unidad Técnico-Pedagógica.
Si los resultados alcanzan menos de un 75% de aprobación, se procederá a
nivelar los objetivos planificados para dicha evaluación. No se deberá iniciar
una unidad de aprendizaje sin el manejo de los conocimientos y experiencias
previas necesarias por parte de los y las estudiantes.
b.- Formativa: Su principal propósito es la retroalimentación, de manera tal de proveer
información a cada estudiante para que pueda progresar hacia o incluso más
allá de los objetivos de aprendizaje. Idealmente, esta evaluación, se realiza
durante el proceso de aprendizaje, no al final de una unidad de trabajo o período escolar. En este sentido, la evaluación formativa, será usada para
monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, promoviendo la
reflexión y la autonomía de los alumnos(as) para continuar aprendiendo;
respecto de los propósitos evaluativos, la evaluación diagnóstica se entenderá como un tipo de evaluación formativa, pues permite identificar el
lugar en el que se encuentra el estudiante y tomar decisiones para ajustar la
planificación, las estrategias o actividades y la retroalimentación de los y las
estudiantes.
Por lo tanto, la evaluación formativa no refiere sólo a instrumentos, sino a un conjunto de herramientas y estrategias que son utilizadas por los docentes
durante el proceso de enseñanza y aprendizaje para identificar las metas de
aprendizaje de los estudiantes, potenciando la evaluación formativa, a través
de las siguientes disposiciones: a) Retroalimentación
b) Autoevaluación
c) Coevaluación
d) Heteroevaluación
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En relación con la función de monitoreo que tiene la evaluación formativa
durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, es importante tener en cuenta
que este tipo de evaluación puede realizarse de distintas formas. Algunas estrategias para promover el uso formativo de la evaluación durante la
enseñanza son:
- Compartir y reflexionar con los y las estudiantes sobre los objetivos de
aprendizaje y los criterios que permitan describir cómo se ven dichos aprendizajes cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado.
- Hacer preguntas que fomenten la reflexión y discusión en clases, de
manera de poder visibilizar los procesos de pensamiento de los y las estudiantes, y a partir de esto ir ajustando la enseñanza. Por ejemplo: tabla
de preguntas de niveles de pensamiento, respuestas elegidas al azar,
pregunta abierta donde todos dan respuesta de forma simultánea, preguntas
abiertas cuyas reflexiones son discutidas con el compañero de banco.
- Realizar actividades que permitan observar los procedimientos y
desempeños que se busca desarrollar, para ajustar la enseñanza a partir del
aprendizaje evidenciado clase a clase. Por ejemplo: actividades de
explicación y representación, ticket de salida o entrada.
- Generar espacios de auto y coevaluación de modo que se desarrolle la
capacidad de los estudiantes para evaluar sus propios productos y
desempeños.
Las técnicas para desarrollar la evaluación formativa serán las siguientes;
C.- Sumativa o Acumulativa: La Evaluación sumativa, certificará los aprendizajes logrados, mediante una
calificación. La evaluación sumativa se aplicará luego de un conjunto de
aprendizajes, correspondientes a una unidad o al término de ella,
considerando los contenidos tratados durante el proceso. El docente aplicará
distintos instrumentos de evaluación en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Este tipo de evaluación será calificada.
- Autoanálisis de prácticas
docentes
- Implementación de programas
de refuerzo
- Ensayo libre - Trabajo de investigación
- Encuesta - Desarrollo técnicas de estudio
- Observación directa - Entrevistas
- Revisión de cuaderno - Corrección de actividades
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En este marco, el establecimiento asume que existen diferentes formas de
evaluar, entre las que se cuentan pruebas escritas, observación de
desempeños, entrevistas, trabajos prácticos, elaboración de mapas conceptuales o similares elementos gráficos, portafolios y revisión de
cuadernos, entre otros. Con todo, las y los docentes procurarán implementar
actividades de evaluación que promuevan el desarrollo de habilidades por
sobre la memorización de contenidos.
Los instrumentos para el desarrollo de las técnicas de evaluación sumativa
serán:
- Escalas de apreciación - Rúbricas
- Escala de observación - Organizadores gráficos: esquema
- Listas de cotejo - Mapas
- Pruebas - Producciones orales, plásticas o
musicales
- Guías de laboratorio - Actividad de aplicación
- Cuestionarios - Pauta de valoración
Artículo 24: Retroalimentación
Dado que el propósito principal de la evaluación es fortalecer la enseñanza y
aprendizajes de los estudiantes, se entenderá la retroalimentación como
parte fundamental de cada proceso evaluativo. Esta consiste, por una parte, en asegurar que cada estudiante pueda tener información relevante sobre su
propio proceso de aprendizaje, que lo ayude a progresar hacia los objetivos
evaluados; y, por otra, en que el docente profundice la reflexión respecto de
cómo su práctica pedagógica influye sobre el progreso de los estudiantes, ajustándola en función de esa reflexión.
Es importante explicitar que la retroalimentación se debe efectuar durante el
desarrollo de las clases y posterior a la aplicación de cada evaluación.
Aquellas de carácter formativo, serán retroalimentadas la clase siguiente a su aplicación, mientras que las evaluaciones sumativas, durante los plazos
establecidos en este reglamento, para la entrega de resultados a los
estudiantes.
Aspectos a considerar para realizar una retroalimentación efectiva:
- Entregarla de forma oportuna, es decir, mientras los estudiantes aún están
trabajando el aprendizaje a retroalimentar y cuando todavía tienen tiempo para redirigir sus acciones.
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- Explicitar lo que está logrado y lo que se puede mejorar; una idea para esto
es mostrar dos o tres aspectos del desempeño logrado y uno por mejorar.
- Variar las formas de retroalimentar, por ejemplo, de manera oral, escrita o
a través de una demostración.
-Ser claros, expresarse en palabras que el estudiante entienda, del modo más
breve posible y sin perder precisión.
- Acompañar la información con espacios para la acción, es decir, generar
instancias de apoyo a los y las estudiantes luego de entregar la información
para resguardar que efectivamente se use para aprender.
- Puede ser entregada de manera individual o grupal; la primera tiene el valor
de mostrar preocupación por los aprendizajes de cada cual y de ser más
focalizada en las necesidades y características individuales. La segunda posibilita abordar confusiones o errores comunes, o bien visibilizar logros que
todos y todas alcanzaron.
Artículo 25: De las tareas.
- Los y las estudiantes que no cumplan a cabalidad las tareas asignadas durante la clase, deberán completarlas en la casa.
TÍTULO IV: DE LA EVALUACIÓN DIVERSIFICADA
Artículo 26:
Se entiende la evaluación diversificada como “la aplicación de procedimientos
de evaluación adecuados para atender a la diversidad de estudiantes existente en cualquier grupo curso”.
El establecimiento apunta a desplegar la mayor cantidad de posibilidades
para que todos los y los estudiantes puedan expresar su aprendizaje y
conocer sus niveles de logro. Con el fin de resguardar esta diversificación, en el reglamento se han establecido que el 50% de las evaluaciones en los
distintos núcleos y/o asignaturas deben ser variadas (autoevaluación,
coevaluación, disertaciones, proyectos, maquetas, fichas de lectura, entre
otras).
Para los y las estudiantes que presenten alguna necesidad educativa especial, cognitiva o física, sea transitoria o permanente, previa certificación de un
profesional especialista, calificado y con reconocimiento oficial, se
considerará una evaluación diferenciada, la que puede incluir desde el ajuste
de objetivos hasta revisión de los contenidos e instrumentos de evaluación.
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Sin embargo, no existirá eximición en ninguna asignatura, como se indica en
el artículo 8 del presente reglamento.
(Anexo Evaluación Diversificada según Decreto 67/2018 y Decreto 83/2015)
Artículo 27:
La evaluación diversificada se aplicará durante el año lectivo en curso, según
protocolo interno definido por el establecimiento.
La adecuación curricular, para los y las estudiantes que requieran PACI (Plan de Adecuación Curricular Individual) deberá ser diseñada por el Equipo de
Aula (docente de la asignatura, educadora diferencial, psicopedagoga,
sicólogo, fonoaudiólogo), a partir de un diagnóstico integral del estudiante.
En este caso, con fundamentación pedagógica, el estudiante podrá contar con una adecuación en su evaluación. La promoción de los estudiantes con PACI
se enmarcará en el cumplimiento de este reglamento.
Artículo 28: En el proceso de diversificación, se aplicará el procedimiento pedagógico de
Adecuación de la Evaluación, el cual permite al docente identificar los niveles
de logro de aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que
por diferentes necesidades educativas están en una situación temporal o
permanente, distinta de la mayoría. Este procedimiento de evaluación se diferencia de los aplicados a la mayoría
de los y las estudiantes, según el criterio pedagógico, permite dar reales
oportunidades educativas a los alumnos(as) con Necesidades Educativas
Especiales (NEE, en adelante) El proceso de evaluación diferenciada tendrá vigencia máxima hasta el mes
de noviembre del año escolar.
La evaluación diferenciada deberá tener como base las características del
trastorno, dificultad, diferencia o impedimento que presenta el o la estudiante en relación con la asignatura o actividad de aprendizaje a desarrollar.
Artículo 29:
Cuando las necesidades de apoyo de los estudiantes requieren disponer de recursos y apoyos adicionales para acceder y progresar en el curriculum
correspondiente al nivel, hablamos de una necesidad educativa especial
(NEE) y tiene derecho a participar de un proceso evaluación psicoeducativa,
establecido en el Decreto 170/2010, así poder ingresar a Programa de
Integración Escolar (PIE). Considerando el análisis del equipo de aula para la asignación de cupos formales PIE y la aplicación del Decreto exento 83/2015
según corresponda.
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Artículo 30:
Las Necesidades Educativas Especiales pueden ser:
a) Transitorias: corresponden a barreras para el aprendizaje y la participación experimentadas en algún momento de la trayectoria escolar y que son
diagnosticadas por profesionales idóneos. Se presentan asociadas a
dificultades de aprendizaje, Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), déficit
atencional y Coeficiente Intelectual Limítrofe.
b) Permanentes: en las cuales las barreras para el aprendizaje y la participación son diagnosticadas por profesionales idóneos, donde una o un
estudiante presenta durante toda la trayectoria escolar. Se presentan
asociadas a alguna capacidad diferente visual, auditiva, disfasia, trastorno
del espectro autista, intelectual o múltiple.
Artículo 31:
Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales Permanentes y
Transitorias rendirán sus evaluaciones de las diferentes asignaturas en el aula común, sin embargo, en forma excepcional y de mutuo acuerdo entre
profesor(a) de asignatura y docente especialista, los y las estudiantes con
NEE podrán rendir las evaluaciones en aula de recursos.
TÍTULO V: DE LAS CALIFICACIONES
Artículo 32:
Los y las estudiantes serán calificados (as) en todas las asignaturas del Plan
de Estudio utilizando la escala numérica de 1 a 7 hasta con un decimal, con
aproximación de la décima a la superior toda vez que la centésima sea igual o superior a 5 en los promedios semestrales y finales.
La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro, cero) teniendo para
ello que lograr al menos un 60% de los objetivos de la evaluación.
Artículo 33:
Las calificaciones tendrán siempre una justificación pedagógica, coherente
con los Objetivos de Aprendizaje y lo estipulado en el diseño de la enseñanza,
debiendo reflejar fielmente el desempeño de una o un estudiante respecto de lo esperado en el Currículum Nacional.
Las y los docentes informarán al inicio de cada semestre y unidad, a través
de los procedimientos establecidos en el presente Reglamento, las
ponderaciones que tendrá cada calificación y que derivarán en la calificación final anual de cada Asignatura. (Artículo 10)
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Artículo 34:
Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación no incidirán en
el promedio final anual.
Artículo 35:
En la asignatura de Religión los estudiantes serán calificados con la escala
numérica de 2,0 a 7,0. Sin embargo, el promedio semestral y final de dichas
calificaciones será consignado numérica y conceptualmente. Se utilizará la siguiente nomenclatura:
Muy bueno (MB) 6.0 – 7.0
Bueno (B) 5.0 – 5.9
Suficiente (S) 4.0 – 4.9
Insuficiente (I) 1.0 – 3.9
Artículo 36:
No existirán las calificaciones coeficiente dos.
Artículo 37:
Todas las asignaturas deberán estar cerradas finalizada la primera semana
de julio (primer semestre) y primera semana de diciembre. (segundo
semestre y anual).
Artículo 38:
Las calificaciones finales, serán entregadas a los apoderados(as) al término
de cada semestre en conjunto con el Informe de Desarrollo Personal Social
del Estudiante.
Artículo 39:
Tras aplicar un instrumento de evaluación, la información sobre la calificación
no podrá pasar de los diez días, tanto del resultado como de la corrección del instrumento. Es responsabilidad de la y el docente del establecimiento
entregar esta información, y de las y los estudiantes exigirla y custodiar los
documentos tras su entrega.
Artículo 40:
No se podrá aplicar una nueva evaluación calificada sin conocer el resultado
de la anterior, a partir de la segunda calificación.
Artículo 41:
El cálculo de la calificación final de cada unidad y anual, se realizará
mediante el promedio aritmético.
La calificación semestral por unidad se obtendrá del promedio de las
evaluaciones del proceso (80%) y de la prueba final (20%).
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Resumen Evaluaciones
Sumativas Unidad 1
Resumen Evaluaciones Sumativas Unidad 2
Resumen Evaluaciones Sumativas Unidad 3
Resumen Evaluaciones Sumativas Unidad 4
Tiempo Aproximado para la unidad. Marzo - Abril
Tiempo Aproximado para la unidad. Mayo - Junio
Tiempo Aproximado para la unidad.
Julio - Septiembre
Tiempo Aproximado para la unidad.
Octubre - Noviembre
Artículo 42: Casos Especiales
Si durante el transcurso del año escolar una o un estudiante se ve impedido de realizar la clase de Educación Física, transitoria o definitivamente por
razones médicas, avaladas por el certificado correspondiente, deberá ser
evaluado en forma teórica. El docente a cargo de la asignatura deberá
entregar un plan de trabajo por escrito al estudiante, la que deberá quedar consignada en la hoja de vida, indicando la fecha de entrega de éste,
quedando una copia en poder de la jefa de UTP. El plan de trabajo deberá
considerar el contenido a trabajar, la fecha de entrega y la respectiva pauta
de evaluación.
RESUMEN EVALUACIONES SUMATIVAS Por Unidad
Evaluaciones formativas guías /trabajos u otros.
10%
Calificación
80% de la unidad
Trabajo práctico/disertaciones, coevaluación/u otro que demuestre el desarrollo de las habilidades
(sumativas)
30%
Evaluaciones de
proceso del
desarrollo de las
habilidades de la
unidad(guías-trabajos u otros)(sumativas)
60%
Prueba escrita de la Unidad
Calificación 20% de la Unidad
Calificación final Coef 1
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Artículo 43:
En el caso de las estudiantes embarazadas, madres o padres:
a.- Estudiantes embarazadas podrán asistir a las clases de Educación Física
de forma regular, de acuerdo a las orientaciones del médico tratante, sin
perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial por razones de salud que así
lo justifiquen.
b.- En el caso de un estudiante en condición de embarazo-maternidad-
paternidad, el profesor(a) jefe(a) entregará a éste y a su padre, madre y/o
apoderado(a) un Plan de Tutoría, para brindarle el apoyo pedagógico
necesario, donde estarán consignados los contenidos, fechas y formas de evaluación, de todas las asignaturas que le corresponden de acuerdo a su
nivel.
c.- En el caso de los y las estudiantes que se les aplique alguna medida excepcional descritas en el Reglamento Interno (Suspensión Indefinida con
derecho a rendir evaluaciones, reducción de jornada escolar o no renovación
de matrícula durante el último trimestre), se les entregará los aprendizajes
trabajados y el calendario de pruebas y trabajos, siendo responsabilidad del
profesor(a) Jefe(a) la coordinación de su ejecución, previa revisión de UTP. El plan de trabajo de cada asignatura deberá considerar: el contenido a
trabajar, la fecha de entrega y la respectiva pauta de evaluación.
Artículo 44: La repetición de pruebas queda sujeta a supervisión de UTP, con la evidencia
y argumentos necesarios que avalen dicha decisión. En ningún caso, el o la
docente podrá arbitrariamente repetir una evaluación ya sea individual o
grupal.
Artículo 45:
En el caso que una o un estudiante obtenga una nota final anual comprendida
entre 3.85 y 3.94, es decir, promedio de reprobación anual 3.9 y, en no más de dos asignaturas, tendrá derecho a rendir una prueba especial, debiendo
obtener a lo menos un 60% de logro en cuyo caso la nota final anual de la
asignatura será 4.0 (cuatro, cero). Dicha prueba considerará los O.A., más
relevantes del programa de estudios de la asignatura correspondiente. Este
proceso será realizado por el o la docente de la asignatura respectiva con la asesoría de UTP. En el caso que él o la estudiante no se presenten en la fecha
fijada de la evaluación, conservarán el promedio original.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Titulo VI DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES
Artículo 46: La inasistencia a todo tipo de evaluaciones o pruebas calendarizadas deberá
ser justificada por el apoderado(a) en Inspectoría, a través de la entrega del
certificado médico correspondiente en un plazo máximo de 48 horas de
ocurrida la ausencia. En caso de inasistencia prolongada y justificada, el
profesor(a) jefe(a) y/o el o la estudiante, según nivel, se encargarán de confeccionar un calendario de pruebas especial, la que deberán entregar a
UTP. Cualquier otro caso de inasistencia a evaluaciones deberá ser resuelto
por la Unidad Técnica, dejando constancia de la resolución en la hoja de vida
del o la estudiante.
Artículo 47:
Los y las estudiantes que se ausenten por viaje, enfermedad u otro motivo
justificado, tendrán la obligación de ponerse al día en sus contenidos e instrumentos de evaluación Siendo el plazo máximo de una semana para sus
contenidos y de dos semanas para las evaluaciones.
Además, el apoderado(a) deberá dejar en el establecimiento una carta que
dé cuenta del motivo de la ausencia y el compromiso de apoyar a su pupilo
o pupila.
Artículo 48:
Los y las estudiantes que lleguen atrasados a una evaluación deberán
ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que resta al asignado a todo el grupo curso.
Artículo 49:
Los y las estudiantes no podrán ser retirados del colegio si tienen fijada una evaluación, a menos que se encuentren con problemas de salud.
Artículo 50:
Las medidas pedagógicas que el establecimiento considera para obtener evidencia fidedigna sobre los aprendizajes en casos de plagio o copia son los
siguientes:
a) La primera medida pedagógica es: aplicar el mismo instrumento evaluativo
con un porcentaje de exigencia de 70%.
b) La segunda medida pedagógica es: aplicar un instrumento evaluativo diferente al original, pudiendo ser, por ejemplo:
- una disertación o interrogación oral de los contenidos y habilidades de la
evaluación original (con su debida pauta de evaluación)
c) Tercera medida pedagógica es: revisar los ítems que alcanzó a desarrollar antes de haber sido sorprendido(a) la acción de copia, por ejemplo: durante
una prueba.
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El o la docente deberá aplicar los criterios que subyacen la labor educativa y
tomar la decisión de optar por uno de los tres procedimientos.
Todos los procedimientos antes mencionados deben quedar registrados en la hoja de vida del o la estudiante y posteriormente ser informados al
apoderado(a).
Artículo 51.
Las y los estudiantes que provengan de otros Establecimientos Educacionales y que registren calificaciones previas, serán ajustadas al Plan de Estudios del
establecimiento de acuerdo al curso de ingreso.
TÍTULO VII: DE LA PROMOCIÓN
Artículo 52:
En la promoción de los y las estudiantes se considerará conjuntamente el
logro de los Objetivos de Aprendizaje de las asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a clases.
Artículo 53:
Respecto del logro de los Objetivos, serán promovidos los y las estudiantes
que: a.- Aprueben todas las asignaturas del Plan de Estudio, con nota mínimo 4.0,
correspondiente al nivel que cursa y/o los objetivos declarados en un PACI.
b.- Reprueben una asignatura con un promedio final anual mínimo 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
c.- Reprueben dos asignaturas con un promedio final anual mínimo 5.0,
incluyendo las asignaturas no aprobadas.
Artículo 54: En relación a la asistencia a clases.
a.- Serán promovidos los y las estudiantes que tengan un porcentaje igual o
superior al 85% de aquella establecida en el calendario escolar anual.
b.- Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación
de los y las estudiantes en eventos previamente autorizados por el
establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la
cultura, la literatura, las ciencias y las artes.
c.- El Director del establecimiento, en conjunto con la Unidad Técnico
Pedagógica, podrá autorizar la promoción del o la estudiante con porcentajes
menores a la asistencia requerida.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, el establecimiento, a través del
Director y su Equipo Directivo, deberán analizar la situación de aquellos
estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados, o que presenten una calificación de alguna asignatura que
ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para
que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de
estos estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado
en información recogida en distintos momentos del año escolar y obtenido de diversas fuentes, considerando la visión del estudiante, madre, padre o
apoderado(a). Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un
informe elaborado por Unidad Técnico Pedagógica, en colaboración con el
profesor(a) jefe(a), otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que participarán del proceso de aprendizaje del o la
estudiante durante el año lectivo. El informe, debe ser por estudiante, y
considerará a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y
socioemocionales: - El progreso del aprendizaje que ha obtenido el estudiante durante el año.
- Edad del o la estudiante.
- Trayectoria escolar.
- Necesidades educativas del o la estudiante.
Las consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la
situación del o la estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos niveles
sería el más adecuado para su bien estar y desarrollo integral.
En el informe referido anteriormente, quedará establecida la situación final,
el cual será consignado por el profesor(a) jefe(a) en la hoja de vida del o la
estudiante, con plazo máximo la primera semana de diciembre. Además,
comunicará en una entrevista a la madre, padre y/o apoderado(a) sobre esta situación en un plazo de tres días hábiles.
Artículo 55: Reuniones ampliadas.
Durante el año escolar, con el fin de cautelar los aprendizajes y asegurar la promoción de los y las estudiantes, se llevarán a cabo reuniones ampliadas,
bimensuales, con la participación Dirección, Jefe de Unidad Técnico
Pedagógica, Inspectoría, Equipo de Convivencia y docentes donde se
recabará información integral sobre la situación de los distintos cursos,
pesquisando a aquellos estudiantes con mayores dificultades y acordando acciones de trabajo para ellos. Después de estas instancias, se citará a los
apoderados(as) para informarles de la situación del o la estudiante, las
medidas que se adoptarán y los compromisos que deben asumir en conjunto.
Artículo 56: Acompañamiento Pedagógico
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El establecimiento comprometerá las medidas necesarias para acompañar
pedagógicamente a los y las estudiantes más descendidos y/o los que no
fueron promovidos, a través de la elaboración de un Plan Integral a cargo de UTP con participación de Inspectoría, Convivencia Escolar y docentes, en
donde se establezcan acciones y responsables de su implementación y
cronograma de monitoreo bimensual. Los apoderados(as), madre y/o padre
del o la estudiante serán informados tanto del inicio de la ejecución del plan,
las acciones a desarrollar y las instancias de monitoreo durante el año. Además, deberán autorizar por escrito la participación del o la estudiante en
éste.
Artículo 57: El establecimiento entregará un certificado Anual de Estudio que indique la
situación final correspondiente.
Artículo 58: El Certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido por la escuela en
ninguna circunstancia.
Artículo 59:
El rendimiento escolar del o la estudiante no será obstáculo para la renovación de la matrícula y tendrá derecho a repetir curso en al menos una
oportunidad, sin que por esta causal le sea cancelada o no renovada la
matrícula.
Sin embargo, si un o una estudiante repite más de una vez un mismo curso en el establecimiento, será motivo de no renovación de matrícula.
Artículo 60:
La situación final de promoción debe quedar resuelta al final del año escolar, el 31 de diciembre; por lo tanto, no habrá situación pendiente de evaluación
ni de promoción luego de esa fecha.
Artículo 61: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en
cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, el porcentaje anual
de asistencia, la situación final de los y las estudiantes y cédula nacional de
identificación de cada uno de ellos.
Las Actas de Calificaciones deben ser enviadas al Ministerio de Educación, mediante el sistema SIGE. www.comunidadescolar.cl, según especificaciones
técnicas vigentes impartidas en el Ord. Nº 1554/2009.
Artículo 62: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por
el Director del Establecimiento, con la asesoría del Equipo Gestión.
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Artículo 63:
Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas del caso fortuito o fuerza mayor que impidan al establecimiento dar continuidad al proceso
educativo o terminarlo adecuadamente, perjudicando seriamente a los y las
estudiantes, serán arbitradas, conforme a sus competencias, por el Jefe del
Departamento Provincial de Educación, con el objetivo de dar un buen
término al año escolar.
Valparaíso, diciembre de 2019
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ANEXO EVALUACIÓN DIVERSIFICADA (D°83/2015-D°67/2018)
Consideraciones para aplicar Evaluación Diversificada:
Se puede aplicar en todas las asignaturas de aprendizaje.
Se aplica en forma esporádica o continua, dependiendo de cada
estudiante.
Se utilizan toda clase de instrumentos evaluativos; solo depende de la creatividad e interés del profesor que la aplica.
No hay necesidad de un trámite administrativo para aplicarla.
Debe ser flexible en cuanto a objetivos y temporalidad.
Se debe considerar el estado anímico del alumno(a) en el momento de la evaluación. Si existe alguna perturbación
importante, no se debe aplicar y se deberá realizar en otro
momento. y en una atmósfera de tranquilidad, desprovisto de
estímulos distractores (visuales y/o auditivos)
Sugerencias en la Evaluación Diversificada según NEE.
I ÁREA ESCRITURA
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Escritura ilegible Oral
Escritura lenta y mal diferenciada -Evaluación oral.
-Mayor tiempo para rendir la prueba.
-Menor cantidad de preguntas. -Planteamientos que impliquen
respuestas cortas.
Disortografía No evaluar ortografía espontánea, sí
corregirlas con material de apoyo
(libros, diccionario).
Errores Específicos (inversiones, omisiones, contaminaciones,
sustituciones, conglomerados,
disociaciones)
-Evaluar dictado de palabras y oraciones evitando las de trozo y
cautelando que los errores percibidos
sean de tipo específico.
-En producción escrita, omita estos errores en el momento de calificar.
-Evaluación oral si la dificultad es
extrema.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
II ÁREA LECTURA
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Lectura lenta y/o vacilante -No evaluar velocidad ni regresiones
silábicas.
-No evaluar lectura oral frente al
curso si esto repercute negativamente
en el estudiante.
Lectura con errores específicos
(omisiones, contaminaciones,
inversiones)
-No evaluar lectura oral frente al
curso.
-No evaluar errores específicos cometidos al leer.
Lenguaje oral descendido
(articulación, pronunciación)
-No realizar evaluaciones orales frente
al curso.
-Evitar evaluar a través de
disertaciones. -Evaluar lectura obviando errores de
articulación.
Sin lectura Evaluar según enfoque edumétrico a partir de patrones pre-establecidos
mientras carece de nivel lector.
III ÁREA EXPRESIÓN ORAL
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Fluidez (ritmo de las palabras) -No evaluar lectura oral frente al curso.
-Aplicar evaluación escrita.
-Evitar las disertaciones a menos que el
alumno lo desee.
- Evaluar a través de trabajos complementarios.
- Proporcionar mayor tiempo para el
desarrollo de ciertas pruebas.
Articulación (dislalias) - Suspender la evaluación de lectura oral si el alumno se incomoda.
- No evaluar errores específicos.
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IV ÁREA COMPRENSIÓN
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Baja comprensión a nivel de órdenes
En situación de prueba utilizar órdenes simples, abarcando una sola información.
Comprensión lectora descendida -Explicar verbalmente lo que se pregunta en
forma escrita. Ejemplificar.
-Retomar una prueba escrita en forma oral
si fuese necesario. - Otorgar más tiempo.
-Realizar mediación en todo el proceso de la
prueba.
-Evaluar solo a nivel referencial. -Preguntas concretas, claras y directas, en
lo posible haciendo uso de una sola idea por
vez.
-Menor cantidad de preguntas.
-Preguntas de respuestas cortas. -Evaluar textos de acuerdo a su nivel lector.
V ÁREA CÁLCULO
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Dificultades en la operatoria -Permitir uso de un medio concreto
de apoyo.
-Menor cantidad de ejercicios. -Evaluar proceso y resultado.
-Entregar los ejercicios en forma
escrita y cuya presentación sea clara.
-Parcializar la evaluación si es
necesario.
Discalculia -Entregar los ejercicios matemáticos en
forma escrita, ya encolumnados, prescindir del orden si es posible
- Evaluar con igual importancia el
proceso -como el resultado.
- Menor cantidad de ejercicios. - Evitar evaluar dictado de números.
- Mediar en todo momento.
- Evaluar en forma individual si la
situación lo amerita.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Dificultad en la resolución de
planteamiento de problemas
-Planteamientos simples con
información precisa y concreta y con
un número mínimo de ideas.
-En caso de ser requerido, apoyarse con material concreto de apoyo.
Ámbito numérico descendido -Evaluar ámbito numérico dominado
por el alumno, en diferentes
instancias, hasta alcanzar el objetivo requerido.
VI.-ÁREA ATENCIÓN – CONCENTRACIÓN
TIPO DE PROBLEMA FORMA DE EVALUACIÓN
Atención lábil -Otorgar más tiempo. -Mediar constantemente.
-Indicarle cuando se está
equivocando por un descuido.
-Asegurarse cada cierto tiempo que el alumno se encuentre
respondiendo la evaluación.
Déficit Atencional con o sin
Hiperactividad
-Otorgar más tiempo.
-Evaluar en forma individual si la
situación lo amerita (Ej.: no concluye la prueba, tiene muchas
dudas, se impacienta, etc.).
- La presentación de la prueba debe
contar con instrucciones claras y breves.
-Debe estar confeccionada con letra
clara y tamaño adecuado, bien
espaciadas, sin enmienda. -Utilizar el menor número de ideas
en cada premisa.
-Menor cantidad de preguntas.
-Preguntas de respuestas cortas
-Disminuir número de alternativas. -Mediar durante el tiempo que dure
la prueba.
-Indicarle sus errores cuando son
por descuido. -Siéntelos cercano al profesor, lejos
de distractores y si es posible, sin
compañero de banco.
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Las consideraciones de este anexo están enfocadas a entregar
estrategias y formas de evaluaciones diversas para ser aplicadas a
todos los alumnos dependiendo de sus necesidades en cualquier
momento; no se han mencionado por diagnostico pues en la actualidad
y obedeciendo a los decretos que nos rigen la Ev. Diversificada debe
ser aplicada a todos los estudiantes, no solo aquellos que cuenten con
un diagnostico determinado.
Además, se debe tener en cuenta que aquellos alumnos que tienen NEE
transitorias y permanentes, en muchos casos poseen más de uno de
estos problemas asociados a sus diagnósticos.
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COLEGIO FRAY LUÍS BELTRÁN
Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
ANEXO DE ACTUALIZACION
CONTEXTO EN SITUACION DE CONTINGENCIA 2020
Debido a la suspensión de clases presenciales por parte del MINEDUC
producto de la pandemia del Covid-19 se ha tratado de resguardar los
aprendizajes de nuestros estudiantes aplicando el sistema de aprendizaje
remoto (a distancia) a través del cual los docentes han realizado clases online, cápsulas educativas y guías de aprendizaje que han sido subidas a la
página web del establecimiento.
Como una forma de asegurarnos que nuestros estudiantes están realizando
el trabajo remoto y más aún si están aprendiendo, los docentes realizan semanalmente una retroalimentación de las clases y guías y están en
contacto permanente con los apoderados a través de las redes sociales que
se están utilizando tales como whatsapp del curso, correo electrónico, página
web del colegio y sus teléfonos personales. Se realiza un sondeo para conocer el porcentaje de estudiantes que tienen
acceso a poder trabajar el aprendizaje remoto sin dificultad y nos
encontramos con un alto porcentaje de estudiantes que no poseen
conectividad a internet o computador, debido a esto se crearon set de guías
impresas para que los apoderados retiren una vez a la semana en el establecimiento. Así mismo, a través de la información entregada por los
mismos apoderados tenemos un porcentaje no menor de estudiantes que no
están realizando las actividades remotas ni las impresas debido a que sus
padres trabajan en el día y no tienen el tiempo para dedicarse a completar las actividades de aprendizaje de sus pupilos. En relación a este punto los
docentes llevan una planilla de seguimiento del trabajo remoto para verificar
que estudiantes están realizando las guías y quienes no, para que en el futuro
retorno a clases presenciales se deba brindar mayor apoyo pedagógico en el proceso de nivelación a esos estudiantes.
PROCESO EVALUATIVO DEL APRENDIZAJE REMOTO:
Queda establecido que durante todo el proceso de enseñanza aprendizajes que realicen los estudiantes en forma remota por el periodo que dure la
pandemia, el proceso evaluativo tendrá un carácter formativo y
eventualmente podrá ser traducido a una calificación dependiendo
del proceso de aprendizaje del estudiante.
La evaluación formativa nos permitirá conocer los avances que está teniendo cada estudiante y las dificultades que se le han presentado en su proceso y
así poder retroalimentar en forma oportuna a través de las diferentes
modalidades que el establecimiento ha implementado: whatsapp del curso,
correo electrónico, página del colegio, teléfonos personales de los docentes, clases online.
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COLEGIO FRAY LUÍS BELTRÁN
Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
En relación al apoyo del Equipo PIE y psicopedagoga a los estudiantes que
presentan NEE, éste ha cambiado su modalidad de trabajo para mantener el
contacto social pero respetar las distancias personales. Las tareas que se han llevado a cabo durante este periodo son:
Las Educadoras Diferenciales y psicopedagoga realizan el apoyo
específico en atención a las NEE de los alumnos (as) a través de
Whatsapp por curso, Video conferencias, Herramienta Multimedia, entrega de material concreto e impreso.
Los Profesionales asistentes del PIE (psicólogo, fonoaudiologa) realizan
apoyo específico y personalizado de acuerdo a las necesidades de los alumnos y apoderados, mediante reuniones on line. (Zoom, Meet,
Webclass, etc.).
El Equipo PIE se coordina internamente para mantener el vínculo con los Apoderados y apoyarlos integralmente con los aprendizajes de sus
hijos (as) y con la parte emocional tanto de ellos como de los niños o
familia si es necesario; a través de llamadas, wtsp., mail, etc.
Las Educadoras realizan coordinaciones virtuales con los profesores de asignaturas para adecuar guías y materiales, entregan estrategias
específicas y acuerdan apoyo en clases virtuales.
Las Educadoras Diferenciales apoyan y participan en las clases virtuales.
En consideración a lo anterior:
Siguiendo las directrices del nuevo Reglamento Interno de Evaluación de nuestro establecimiento, basado en el decreto Nº 67/ 2018 que
promueve la evaluación formativa y la retroalimentación como parte
del aprendizaje para otorgar el apoyo oportuno a los estudiantes que
así lo necesiten, y en el cual la repitencia será entendida como medida excepcional centrada en proveer el mejor acompañamiento posible a
los y las estudiantes que hayan tenido mayores dificultades.
Tomando las directrices emanadas del documento del Ministerio de
Educación que determina la priorización de objetivos de aprendizaje esenciales procurando que puedan ser cumplidos con el máximo de
realización en las circunstancias en que se encuentra nuestro país y que
se considerarán los años 2020 y 2021 como espacios de recuperación
y reforzamiento de aprendizajes esenciales y que a partir de marzo del año 2022 se retomará el curriculum vigente.
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COLEGIO FRAY LUÍS BELTRÁN
Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción
Basándonos en el Decreto 83/2015 que entrega las orientaciones
técnicas sobre las Estrategias de Diversificación de la Enseñanza, el
Plan de Apoyo Individual para estudiantes que así lo requieran, estudiantes con diferentes estilos y ritmos de aprendizaje como así
también la evaluación diferenciada para los alumnos/as con
Necesidades Educativas Especiales (NEE).
Es que la Escuela Fray Luis Beltrán ha determinado:
1.- La promoción automática de todos los estudiantes de 1º a 8º
año básico al curso siguiente 2021, considerando y valorando el
trabajo remoto que han realizado todos los Docentes y estudiantes de Enseñanza Pre- Básica y Básica, con el apoyo de padres y apoderados
en este tiempo de confinamiento producto de la pandemia.
2.-Los/las estudiantes que debido a la contingencia sanitaria y que a pesar de buscar todas las formas posibles para que pudieran realizar
su proceso de aprendizaje remoto o recibir su material impreso y que
debido a diferentes circunstancias (económicas, sociales, tiempo u
otras) no han podido realizar este proceso en forma regular, al regreso
de clases presenciales tendrán un proceso de acompañamiento especial cuyo objetivo será nivelar sus aprendizajes y acortar la brecha que
pudieran presentar con el resto de sus pares.
3.- En caso excepcional y a través de informes emanados de los especialistas del establecimiento Psicóloga, Educadora Diferencial,
profesor/a jefe, y docente de asignatura y Jefa Técnica puede
determinarse la repitencia de un/una estudiante cuando se den los
espacios de recuperación y reforzamiento de aprendizajes esenciales, es decir a partir de marzo del año 2022, debido a la magnitud de la
brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno/a y los logros de
su grupo curso, las consecuencias que ello pudiera tener para la
continuidad de sus aprendizajes en el nivel siguiente y por consideraciones socioemocionales del alumno/a.