Reglamento Del Alumno ILAN
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Reglamento General del Alumno
Mar Rojo #45. Col. El Pedregal. C.P. 63177. Tels. (311) 311 0100 213 3156. Tepic Nayarit.www.ilan.com.mx Página | 1
Reglamento General del Alumno
INDICE
Tema Página
Introducción………………………………………………………………. 4
Capítulo 1
De los derechos y deberes de los estudiantes. ……………………… 7
Capítulo 2
De la observancia y vigilancia del presente reglamento…………….. 7
Capítulo 3
De la admisión……………………………………………………………. 8
Capítulo 4
De los períodos escolares……………………………………………….. 10
Capítulo 5
De la inscripción de los alumnos. ………………………………………. 10
Capítulo 6
De los exámenes y de las calificaciones. ……………………………… 11
Capítulo 7
De los requisitos de graduación. ……………………………………….. 15
Capítulo 8
De los veredictos de titulación. …………………………………………. 16
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Capítulo 9
De la revalidación. ……………………………………………………….. 17
Capítulo 10
De la confidencialidad de la información acerca de los estudiantes. 19
Capítulo 11
De las asociaciones estudiantiles. …………………………………….. 19
Capítulo 12
De la libertad de expresión. …………………………………………….. 20
Capítulo 13
De las publicaciones estudiantiles. ……………………………………. 21
Capítulo 14
De la organización de eventos. ………………………………………… 21
Capítulo 15
De la participación de los estudiantes en el mejoramiento de la
Institución. ………………………………………………………………… 22
Capítulo 16
De las quejas. …………………………………………………………….. 22
Capítulo 17
De las faltas de conducta y disciplina. ………………………………… 23
Capítulo 18
De las bajas. ……………………………………………………………… 25
Capítulo 19
De la deshonestidad académica. ………………………………………. 26
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Capítulo 20
De las sanciones. ………………………………………………………… 27
Capítulo 21
Servicios a la Comunidad. ………………………………………………. 30
Capítulo 22
Prácticas y Servicio Social. ……………………………………………... 30
Capítulo 23
Becas. ………………………………………..……………………………. 30
Capítulo 24
De los servicios. ………………………………………………………….. 31
Capítulo 25
De las disposiciones generales. ……………………………………….. 31
Anexo………………………………………..…………………………….. 33
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Introducción
El camino de la excelencia universitaria, se demuestra en el proceso de enseñanza -aprendizaje y el proceso de investigación científica, fundamentalmente.
Es por ello, que el proceso de formación de profesionistas que se desarrolla en el Instituto LasAméricas de Nayarit. S.C. tiene como propósito, la formación de profesionales capaces deresolver los problemas propios de su puesto de trabajo, una vez egresado, de forma creadora;o sea, formar un individuo que sea capaz de proyectarse en su actividad profesionista, quecontribuya fehacientemente en la búsqueda de la calidad, en los servicios y en la vida de lasociedad, desde las posiciones y puntos de vistas más progresistas.
Con el propósito de formar profesionistas con un alto grado de competencia y desempeño conrespeto por la sociedad y la naturaleza, con un pensamiento sistémico, investigador einnovador y con un alto compromiso con el desarrollo cultural, social y político, por lo que elInstituto Las Américas de Nayarit. S.C., considera necesario reglamentar el desarrollo de lasactividades de la institución, para lograr de manera consciente que los procesos que en ellasse desarrollan alcancen la Misión, los Valores y la Visión que ha continuación expresamos.
Misión:
“Formar personas con pensamiento sistémico, íntegras, competitivas, investigadoras einnovadoras con alto sentido humano, de pertenencia y visión universal, capaces de serlíderes responsables, respetuosos, con la dignidad humana y la naturaleza, comprometidoscon el desarrollo económico, político, social y cultural de la sociedad que lo demanda”
Bajo los mismos presupuestos anteriores se logró construir nuestra Visión:
Visión:
“Consolidarnos como una Universidad de Excelencia competitiva a nivel nacional einternacional, accesible, productora de conocimientos científicos fácticos, transformadores dela realidad local y del país; y formadora de investigadores; reconocida por la calidad, liderazgoy visión universal de sus egresados, logrado mediante su modelo educativo innovador ycontextual”
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Los Valores:
LIDERAZGO VISIONARIO: Es el reconocimiento y aceptación por el prestigio, proyección,visión y avance en la actividad de dirección que realiza.
Modos de actuación asociados al valor:
Capacidad de crear un clima propicio para el estudiante y su aprendizaje con altasexpectativas.Participa en el desarrollo de sistemas, estrategias y métodos para alcanzar laexcelencia, estimula la innovación e inculca conocimientos y habilidades críticas.Guía y orienta a partir de los valores y estrategias a todos los miembros en la toma dedecisiones.Es un ejemplo en su comportamiento ético, participa en la planeación, comunicación,asesoría, evaluación y forma líderes del futuro.
COMPROMISO RESPONSABLE: Es el cumplimiento del compromiso contraído ante sí mismo,la familia, el colectivo de trabajo y la sociedad.
Modos de actuación asociados al valor:
Desarrollar con disciplina, conciencia, eficiencia, calidad y rigor las tareas asignadas.Asumir la crítica y la autocrítica como poderoso instrumento de autorregulación moral.Propiciar un clima de compromiso, consagración y nivel de respuesta a las tareasasignadas.Mantener la ética profesional y formar a los profesionales en estos principios.Conocer y respetar la legalidad y las normas administrativas establecidas.Promover un modo de participación democrática, donde los individuos se sientanimplicados en los destinos de la familia, la comunidad universitaria, su colectivoestudiantil, laboral y el país.Respetar, defender y fomentar el cuidado por las instalaciones de la institución.Cuidar el medio ambiente.
HUMANISMO SOLIDARIO: Es el amor hacia los seres humanos y la preocupación por eldesarrollo pleno de todos sobre la base de la justicia.
Modos de actuación asociados al valor:
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Sentir los problemas de los demás como propios. Brindar afecto, comprensión, mostrarinterés, preocupación, colaboración y entrega generosa hacia las personas.Respetar a las personas sobre la base del valor intrínseco del ser humano.Propiciar un clima de confianza, respeto y amistad entre las personas, la familia y lacomunidad universitaria. Escuchar a otras personas con empatía y comprensión, en elque puedan expresar opiniones, preferencias y sentimientos.Autocontrolar las manifestaciones de agresividad que pueden darse hacia otraspersonas, afectando su integridad física y moral.Ser altruistas y desprendidos con absoluto desinterés.
PROFESIONALISMO INTEGRAL: Se expresa en la cultura general y competitividad paraasumir los retos profesionales actuales y futuros.
Modos de actuación asociados al valor:
Mostrar plena dedicación a la actividad laboral y social que se realiza.Poseer capacidad para enfrentar los obstáculos y encontrar soluciones a los problemaspresentados en la actividad social que se realiza.Cumplir con disciplina, eficiencia y calidad las tareas encomendadas.Sentir mayor realización personal, en tanto mayor sea su aporte social en la actividadque desempeña.Combatir cualquier manifestación de acomodamiento y vagancia.Superación constante en busca de valores superiores de desempeño.
AMOR A LA PATRIA: Es la lealtad a la historia y cultura de nuestro país, y la disposición plenade defender sus principios para México y para el mundo.
Modos de actuación asociados al valor:
Tener disposición a asumir las prioridades de nuestra sociedad, al precio de cualquiersacrificio.Ser fiel defensor de la cultura mexicana en cualquier parte del mundo.Actuar siempre en correspondencia con las raíces históricas, enalteciendo sus mejorestradiciones.Poseer sentido de independencia nacional y de orgullo por su identidad.Tener conciencia de la importancia de su labor y ponerla en función del desarrolloeconómico y social del país.
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Participar activamente en las tareas de la defensa de la soberanía mexicana.Defender los principios de paz, salud y cuidado del medio ambiente para lograr lasustentabilidad y sostenibilidad de nuestras riquezas naturales y sociales.
Por lo antes expuesto consideramos de vital importancia el cumplimiento del presentereglamento de los alumnos.
CAPÍTULO UNO
De los derechos y deberes de los estudiantes
Artículo 1º
Todos los alumnos (as) del Instituto tendrán los mismos derechos y deberesindependientemente de su sexo, color, nivel social, creencias religiosas y deberán conocer ycumplir los principios y reglamentos del mismo.
Artículo 2º
Todos los alumnos están obligados, por su seguridad física y socioeconómica familiar, a estarprotegidos con un seguro de gastos médicos por accidente, debiendo cubrir accidentes dentrode la escuela y trayectos del domicilio de su hogar al domicilio del Instituto las Américas deNayarit y viceversa.
CAPÍTULO DOS
De la observancia y vigilancia del presente reglamento
Artículo 3º
Dada la naturaleza del presente Reglamento, su conocimiento y observancia son obligatoriospara todos los alumnos inscritos en el Instituto. Su desconocimiento nunca podrá ser invocadocomo excusa para evitar las sanciones correspondientes.
Artículo 4º
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Este Reglamento es aplicable a todos los campus del Instituto Las Américas de Nayarit.Cuando en la estructura organizacional de un campus no se cuente con los directivosmencionados aquí, por ejemplo: no hay directores de Dirección Académica asumirán susfunciones para efectos de este Reglamento otros directivos que tengan actividadesequivalentes.
Artículo 5º
El presente Reglamento se autoriza por el Consejo Institucional, presidida por la DirecciónGeneral del Instituto Las Américas de Nayarit en calidad de presidente del Consejo y entra envigor a partir de su publicación.
CAPÍTULO TRES
De la admisión.
Artículo 6º
Para ser alumno en el Instituto las Américas de Nayarit, el solicitante debe acreditar todos losestudios y requisitos que solicita la Secretaría de Educación Pública para sus diferentesniveles.
Artículo 7º
Los solicitantes mexicanos que hayan cursado estudios de enseñanza media en el extranjerodeberán cumplir con los requisitos legales correspondientes para el reconocimiento de dichosestudios en México.
Artículo 8º
Todos los solicitantes a ingresar a una carrera profesional deberán asistir y culminarsatisfactoriamente el “Curso de inducción y diagnóstico” vigente en el Instituto y cuya validez,caduca al año de haber sido presentado.
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Artículo 9º
Para ser admitido como alumno, el solicitante deberá alcanzar en el “Curso de inducción ydiagnóstico”, los estándares establecidos en el campus por el Instituto, para los estudios de suelección.
Artículo 10º
Para cambiar de carrera el solicitante deberá cumplir con los requisitos de admisión de lanueva carrera.
Artículo 11º
Los alumnos que al finalizar un período cumplan con las condiciones señaladas en el artículo17º y/o 18º podrán inscribirse para continuar su carrera o iniciar otra.
Artículo 12º
Los alumnos dados de baja por deficiente nivel académico en el Instituto por segunda vez, notendrán derecho a ser readmitidos en el Instituto las Américas de Nayarit, a excepción deaquellos que cumplan con las condiciones del artículo 70º de este reglamento.
Los alumnos que causen baja por mala conducta en alguna de las carreras profesionales delInstituto Las Américas de Nayarit, no serán admitidos en otros tiempos.
Artículo 13º
Los alumnos admitidos deberán comprobar, mediante exámenes, los conocimientos mínimosrequeridos por el Instituto para la carrera de su elección, estos exámenes podrán presentarseuna sola vez, y únicamente antes de la primera inscripción del alumno. Si no se acreditaren losmencionados conocimientos, los alumnos deberán inscribirse en los cursos remediales que elInstituto ofrece para ello.
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Artículo 14º
Los casos no previstos en los artículos de este capítulo, serán estudiados y resueltos por elConsejo Institucional.
CAPÍTULO CUATRO
De los períodos escolares
Artículo 15º
Para que el alumno acredite el ciclo escolar deberá cumplir con la normatividadcorrespondiente de la carrera que curse.
Artículo 16º
Los cursos de las carreras profesionales se imparten en períodos semestrales, cuatrimestrales,trimestrales, modulares y de los demás niveles de estudios los que estipule el mismo Instituto.
Artículo 17º
Se informará al alumno a través del Coordinador de carrera el tiempo en que el Institutoofrecerá cursos intensivos de algunas de las materias de los planes de estudio vigentes.
CAPÍTULO CINCO
De la inscripción de los alumnos
Artículo 18º
Tienen derecho a inscribirse:
1. Quienes habiendo sido alumnos en el ciclo anterior, lo concluyeron sin incurrir encualquiera de las condiciones del artículo 70º; de no ser así, lo podrán hacer si cumplenlas disposiciones del artículo 72º.
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2. Se entiende que renuncian al derecho de inscribirse quienes no concluyan los trámitesde inscripción en las fechas que para el efecto haya establecido la Institución.
Artículo 19º
La inscripción de los alumnos debe efectuarse de forma presencial y queda sujeta a lasnormas siguientes:
1. Todo alumno debe seguir el plan de estudios vigente en el momento de su ingreso,según la carrera en la que fue admitido. Si no acredita el ciclo escolar o alguna de susmaterias, queda sujeto a las modificaciones que pudieren llegar a adoptarse en el plande estudios correspondiente.
2. No se permitirá la reinscripción al alumno si tiene materias no acreditadas de ciclosanteriores, deberá acreditarlas para proceder con la reinscripción.
CAPÍTULO SEIS
De los exámenes y de las calificaciones.
Artículo 20º
Como base para evaluar el desempeño académico de los alumnos, se establecen losexámenes parciales, los exámenes de regularización y los exámenes extraordinarios; y laescala de calificaciones es de 5 a 10, incluyendo únicamente números enteros en losexámenes parciales y sólo en la calificación final que se promedia tendrá fracciones.
Artículo 21º
Es un requisito obligatorio para poder tener derecho a su evaluación parcial, regularización,extraordinario o de titulación haber cubierto sus cuotas correspondientes, en base alcalendario estipulado por el departamento de finanzas, en caso de no ser así, se consideraráque el alumno pierde derecho a la evaluación correspondiente a la etapa; para estos casos enlas listas de calificación se asignará una calificación de “Sin Derecho (S/D)”. Y para el detitulación se aplicará el Artículo 34°.
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Artículo 22º
Se entiende por examen parcial, el examen obligatorio y por escrito que deben presentar losalumnos durante el ciclo escolar.
Se considerará el 85% de asistencia a los encuentros de cada asignatura, de no alcanzardicho por ciento pierde derecho a la evaluación (examen parcial).
Se realizarán en todas las carreras independientemente de su modalidad o tipo de curso tres(3) parciales.
En aquellos cursos como laboratorios, talleres o seminarios en que, por su naturaleza, elexamen escrito no constituya la forma más adecuada de evaluar al alumno, la forma depresentar los exámenes parciales será dada a conocer por el profesor de la materia al iniciarseel curso.
El resultado del examen parcial, unido con la asistencia, los trabajos designados, laparticipación en clases y el criterio del maestro o profesor, sirve de base para que éste leasigne la calificación parcial correspondiente.
Artículo 23º
La fecha en que se efectúa el examen parcial es fijada por la coordinación de carrera a la quepertenece la asignatura que imparte el profesor; sin embargo, las calificacionescorrespondientes a los exámenes parciales deben reportarse a las Oficinas de Control Escolara más tardar en las fechas límite que para ello marca la autoridad correspondiente.
Artículo 24º
Las fechas de los exámenes parciales de los cursos intensivos se fijarán en el calendarioescolar y en su momento serán dadas a conocer por la coordinación correspondiente a laasignatura.
Artículo 25º
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Las carreras que aplican plan de estudio en la modalidad escolarizada, semiescolarizada omixta ya sea cuatrimestral, semestral, trimestral o modular; su calificación es el promedio delos tres parciales y que estos resultados el aprobado será al obtener (6) seis puntos comomínimo.
Las características de los exámenes son las siguientes:
1. Es un requisito obligatorio para todos los alumnos presentarse al examen de cada unade las materias que cursan.
2. Puede abarcar cuestiones referentes a cualquiera de los temas que constituyen elprograma del curso.
3. Se efectúa por escrito.4. Se celebra precisamente el día y en el horario fijado en el calendario de exámenes.5. En aquellas materias, cursos: como laboratorios, talleres o seminarios en que, por su
naturaleza, el examen escrito no constituya la forma más adecuada de evaluar alalumno, la forma de presentación del examen será dada a conocer por el profesor de lamateria al iniciarse el curso.
6. En todos los exámenes se tendrá en cuenta las consideraciones de la ortografía que seanexan a este reglamento del alumno.
Artículo 26º
La calificación final del ciclo escolar en cada una de las asignaturas estará determinada por lapuntuación alcanzada en los tres exámenes parciales, los que se promedian y como resultadodebe ser (6) seis puntos como mínimo para que se considere aprobado.
Para que el alumno que curse nivel licenciatura cuente con calificaciones parciales antecontrol escolar, deberá firmar la calificación presentada por el profesor de la asignatura en lalista oficial, misma que se deriva del resultado de su evaluación parcial; firma que deberáhacerse en un periodo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la aplicación de laevaluación, de lo contrario la calificación propuesta por el profesor quedará a consideración delas autoridades académicas.
En caso de no obtener la calificación planteada con anterioridad solo tiene derecho apresentarse al extraordinario.
Artículo 27º
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Quedan reprobados en una materia al final de un período escolar, los alumnos que estén enalguna de las siguientes situaciones:
1. Haber obtenido calificación final inferior a (6) seis puntos.2. Haber perdido el derecho al examen final en los términos del artículo 21º y 24º de este
Reglamento. La calificación será SD (Sin Derecho) y equivale a cero (0) para fines decálculo de promedio.
3. No haber presentado el examen final. La calificación será NP (No Presentó) y equivalea cero (0) para fines de cálculo de promedio.
Artículo 28º
Se entiende por examen de regularización el que se concede por una sola vez, en una solamateria del ciclo escolar del plan de estudios de un alumno.
En caso de reprobarla, el alumno deberá cursar nuevamente la materia, o presentarla enexamen extraordinario. Se concede examen de regularización únicamente en el caso de quela materia en cuestión haya sido cursada y el solicitante no haya excedido en la asignatura lacantidad de ausencias permitidas en este (15% de ausencias). El examen de regularizacióndeberá ser administrado por un profesor, designado por el director del departamentoacadémico correspondiente, y abarcará los objetivos que el propio departamento académicohaya fijado para la materia en cuestión.
Los departamentos académicos podrán establecer que haya materias tales como laboratorios,talleres o seminarios en que, por su naturaleza, no pudieren conceder exámenes deregularización.
Artículo 29º
El examen de regularización, extraordinario y de titulación deberá presentarse en la fechaasignada por la Institución.
Artículo 30º
El departamento de control escolar y la coordinación académica expedirán la autorización delexamen de regularización, de acuerdo a los artículos 28º y 29º a petición del alumnointeresado.
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Artículo 31º
Los alumnos tienen derecho a solicitar al maestro el resultado de los exámenes y que estepublique dentro del aula la lista con las calificaciones de cada uno de los parciales, antes deser entregadas a control escolar para su captura.
Artículo 32º
Se considera examen extraordinario, el examen aplicado al alumno después de reprobar elexamen final de una asignatura o por no tener derecho al examen final del ciclo escolar por elno cumplimiento de los dispuesto en los artículos 25º y 26º, y únicamente se deberá realizaren la fecha y hora señalada por la institución.
Los extraordinarios tendrán un valor de seis (6) puntos como máximo es decir que unestudiante puede obtener calificaciones entre diez (10) y seis (6) puntos lo que le concede elderecho a una calificación de seis (6) puntos en la tabla de calificaciones, en caso dereprobarla la calificación es de cinco puntos (5).
CAPÍTULO SIETE
De los requisitos de graduación.
Artículo 33º
Para obtener un título profesional se requiere:
a) Cumplir con lo dispuesto en el artículo 1º de este reglamento.b) Acreditar todas las materias del plan de estudios correspondiente, en alguna de las
siguientes formas: Cursando y aprobando en el Instituto todas las materias. Acreditando o revalidando parte de las materias con estudios hechos en otras
instituciones y cursando y aprobando las materias restantes en el Instituto.c) Cumplir con el servicio social de estudiantes, de acuerdo con los preceptos legales en
vigor.d) Cumplir en tiempo y forma toda la documentación que requiere el departamento de
control escolar.
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e) Todos los alumnos deberán aplicar su examen de titulación a la hora y fecha señaladapor la institución, en caso de no cumplirse tendrá que iniciar y cubrir los gastosnuevamente.
f) Presentar la constancia de haber cursado todos los talleres que ofrece el Instituto.g) No deberá existir adeudo de ningún tipo del alumno ante la institución.h) Todo alumno que no acredite su examen profesional tendrá que iniciar los trámites y
cubrir todos los gastos nuevamente.i) En el caso de las carreras normalistas se regirá además por lo normado en las normas
de control escolar para cada ciclo escolar.
CAPÍTULO OCHO
De Los veredictos de titulación
Artículo 34º
El Instituto otorga diferentes tipos de veredictos de titulación a los alumnos por su actividadacadémica y examen profesional:
a. Unanimidad con mención honorífica
b. Unanimidad con felicitación
c. Unanimidad
d. Por mayoría
e. Pendientes (Para las carreras Normalistas)
f. Suspendido (Casos de las carreras que no son Normalistas)
Artículo 35º
Son candidatos a recibir unanimidad con mención honorífica, artículo 34º a, los graduados delInstituto que tengan un promedio de calificaciones finales, superior o igual a 9.5 puntos; quetodas sus asignaturas estén aprobadas en exámenes ordinarios y en carreras normalistas quela calificación del examen CENEVAL DGESPE sea de aprobatoria en todas sus áreas.
Son candidatos a recibir unanimidad con felicitación, artículo 34º b, los graduados del Institutoque tengan un promedio de calificaciones finales, entre el nueve (9) y el nueve punto cuatropuntos (9.4); que todas sus asignaturas estén aprobadas en exámenes ordinarios y en
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carreras normalistas que la calificación del examen CENEVAL DGESPE sea de aprobatoria entodas sus áreas.
En ambos casos siempre y cuando el jurado así lo determine en el examen profesional y nodeberán tener ningún examen extraordinario, ni actas disciplinarias en su historial académico.
Son candidatos a recibir unanimidad a los graduados que tengan calificación final aprobatoriaen todas las asignaturas correspondientes al plan de estudios de la carrera cursada y con unbuen desempeño en su examen profesional.
Son candidatos a recibir el veredicto de mayoría a los graduados que tengan calificación finalaprobatoria en todas las asignaturas correspondientes al plan de estudios de la carreracursada y que en su examen profesional un docente lo repruebe y dos lo acrediten.
Son candidatos a recibir veredicto de pendiente a los graduados que no hayan podidodefender su examen de titulación esto implica que los tres docentes lo reprobaron.
Son candidatos a recibir veredicto de suspensión a los graduados que no presentaron examenprofesional o cubierto algún otro requisito Artículo 21º y 33º de este reglamento y conforme alas normas vigentes.
En caso de contar con los veredictos de pendientes o suspendido, el alumno tendrá laobligación de realizar nuevamente los trámites para su examen de titulación.
De acuerdo a lo estipulado en la normatividad del proceso de titulación, la decisión del tribunalque le aplicó el examen profesional al sustentante es inapelable.
Artículo 36º
Para los alumnos que han cursado parte de sus estudios en otra institución educativa, serequiere haber cumplido con los mismos requisitos en todos los estudios hechos en la otrainstitución, y no solamente en las materias que le fueron acreditadas o revalidadas por elInstituto por el mismo término del artículo 74º.
Artículo 37º
Para obtener la Mención Honorífica y de Felicitaciones se requiere que el candidato no sehaya hecho merecedor a ninguna sanción disciplinaria o de deshonestidad académica en elInstituto y, que no haya objeción por parte del director de la carrera correspondiente.
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CAPÍTULO NUEVE
De la revalidación
Artículo 38º
Los estudios de nivel profesional efectuados en otra institución del país podrán ser acreditadosa petición del solicitante, de acuerdo con los artículos de este capítulo y las normas legalesvigentes.
Artículo 39º
Solamente podrán acreditarse materias cursadas en instituciones reconocidas oficialmente.
Artículo 40º
La revalidación de estudios efectuados en el extranjero queda sujeta a las disposicioneslegales vigentes.
Artículo 41º
Sólo podrán acreditarse o revalidarse cursos cuya calificación sea aprobatoria en la instituciónen que se cursó y que, además, resulte satisfactoria de acuerdo a los estándares establecidospor el Comité de Revalidaciones.
Artículo 42º
No podrán ser acreditadas o revalidadas las últimas seis materias que debe cursar el alumnopara completar su plan de estudios, así como tampoco, las que han sido denominadas por elInstituto.
Artículo 43º
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No podrán acreditarse materias que hayan sido cursadas en otra institución, si el alumnoestuvo inscrito de tiempo completo en el Instituto las Américas de Nayarit simultáneamente.
Artículo 44º
Las solicitudes de acreditación o revalidación de materias previamente cursadas y reprobadasen el Instituto Las Américas de Nayarit serán estudiadas por el Comité de Revalidaciones.
Artículo 45º
Los acuerdos de revalidación y equivalencia no podrán ser modificados transcurrido el primersemestre escolar de estancia de un alumno, después de efectuada la acreditación orevalidación de sus estudios.
Artículo 46º
El Comité de Revalidaciones está integrado por el Director Académico, el Jefe dedepartamento de Control Escolar, el coordinador de la carrera a la que se solicita admisión ydocentes asignados por la dirección.
Artículo 47º
Los casos no previstos en este capítulo, serán estudiados y resueltos por el Comité deRevalidaciones.
CAPÍTULO DIEZ
De la confidencialidad de la información acerca de los estudiantes
Artículo 48º
Los informes acerca de la conducta, carácter y otros aspectos de la vida del estudiante nopodrán incluirse en los certificados oficiales de estudio. Serán proporcionados por lasautoridades del Instituto solamente cuando, a su juicio, exista interés legítimo en el solicitanteo cuando sea expresamente solicitado por el alumno.
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CAPÍTULO ONCE
De las asociaciones estudiantiles
Artículo 49º
Los estudiantes tienen el derecho de asociarse con el fin de atender y promover Servicios a lacomunidad, así como de eventos deportivos y culturales. Las autoridades del Instituto sóloreconocerán como representantes legítimos del interés estudiantil a aquellas asociaciones quedemuestren reunir las características siguientes:
a. Estar integradas y dirigidas exclusivamente por estudiantes inscritos en el Instituto,conforme a los requisitos de la convocatoria.
b. No contradecir en sus estatutos, en forma alguna, los principios y reglamentos delInstituto estando en común acuerdo con el coordinador de carrera.
c. Estar integradas por la mayoría de los estudiantes de su área, según se trate dealumnos por carrera.
CAPÌTULO DOCE
De la libertad de expresión
Artículo 50º
Los estudiantes podrán mantener puntos de vista u opiniones distintos de los sustentados porel profesor, pero la expresión de sus opiniones deberá hacerse razonadamente, siempredentro del más completo orden y guardando la consideración y respeto que merecen lacátedra, el profesor y sus compañeros de clase.
Artículo 51º
El Instituto reconoce y respeta el derecho de sus estudiantes a sustentar fuera del Instituto suspropios puntos de vista, como personas y como ciudadanos, sobre cualquier problema ajeno ala Institución, siempre que lo hagan con carácter personal y no como miembros del Instituto ode sus organismos estudiantiles.
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Artículo 52º
Ningún estudiante, grupo o asociación de estudiantes podrá usar el nombre del Instituto enactividades de carácter político o religioso, ni realizar actividades de esa naturaleza dentro desus instalaciones. Los estudiantes y las organizaciones estudiantiles podrán tratar y examinarlos temas que sean de su interés y expresar sus opiniones, oralmente o por escrito, con ordeny dignidad, en condiciones que no interrumpan o estorben las actividades normales de laInstitución y con respeto a las opiniones de los demás estudiantes, profesores y autoridadesde la misma.
CAPÍTULO TRECE
De las publicaciones estudiantiles
Artículo 53º
Los estudiantes podrán editar publicaciones como medio para estimular el desarrollointelectual y propiciar un ambiente académico libre y responsable dentro de la Institución.
Artículo 54º
Las publicaciones estudiantiles observarán los siguientes requisitos:
a. Mencionar en la publicación misma los nombres de los estudiantes que se haganresponsables de ella.
b. Mantener el respeto debido a los principios que sustenta el Instituto así como a lasautoridades, profesores y alumnos del mismo.
c. Deberá ser autorizada por el Departamento de Difusión y Dirección académica antesde su publicación.
e. Por ningún motivo y en ninguna modalidad se utilizará el nombre del Instituto LasAméricas de Nayarit sin autorización previa de las autoridades académicas.
Artículo 55º
Reglamento General del Alumno
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Las publicaciones que no cumplan con los requisitos anteriores no podrán ser distribuidas, nicircular dentro ni fuera del Instituto.
CAPÍTULO CATORCE
De la organización de eventos
Artículo 56º
Los estudiantes pueden organizar conferencias y actividades diversas para mejorar tanto susconocimientos generales como su preparación académica, en condiciones que no se presten apropaganda o proselitismo, ni perturben el orden de la Institución. El Coordinador de carrera,auxiliado por las autoridades, verificará y cuidará previamente que tales condiciones secumplan y dará las facilidades necesarias para el desarrollo de los eventos, de acuerdo conlos reglamentos del Instituto y las posibilidades físicas del mismo.
Artículo 57º
En todos los casos, los organizadores de cualquier evento colectivo tienen la obligación degarantizar que éste, se conduzca de manera propia de una comunidad educativa.
CAPÍTULO QUINCE
De la participación de los estudiantes en el mejoramiento integral de la Institución
Artículo 58º
De acuerdo con los Principios del Instituto, se requiere que los estudiantes participenresponsablemente en el mejoramiento de la Institución; para ello se organizarán dos (2)eventos institucionales obligatorios para todos los alumnos que serán Nuestra Belleza ILAN yun Sorteo, este último con el propósito de fomentar la ayuda a la comunidad y lasinvestigaciones en los alumnos y maestros de la Institución.
Artículo 59º
Reglamento General del Alumno
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En lo que conciernan a la vida estudiantil, las proposiciones de los estudiantes se presentaránpor escrito ante la Coordinación de la carrera o al Director Académico para su análisis yautorización.
CAPÍTULO DIECISÉIS
De las quejas
Artículo 60º
Los estudiantes tienen el derecho de presentar sus quejas y de que se les informe, en unplazo razonable, sobre la resolución a que se llegue con respecto a ellas. Las quejasindividuales sólo pueden ser presentadas por el alumno interesado. Las colectivas pueden serpresentadas por medio de los representantes legítimos del grupo afectado.
Artículo 61º
Las quejas de orden académico se presentarán ante el Coordinador de carrera o Directoracadémico correspondiente. Cuando el afectado considere que su queja no ha sidodebidamente atendida, o cuando esté en desacuerdo con el modo como se ha resuelto, podrápresentar su caso, por escrito, ante el Director Académico que corresponda, quien resolveráen definitiva. En el caso de las preparatorias, las quejas se presentarán ante cualquiera de losDirectores de más alta jerarquía, después de que su queja no haya sido atendida por elDirector del mismo.
Artículo 62º
Las quejas de orden general se presentarán ante el buzón correspondiente o enviadas víaelectrónica al correo de dirección general que se indica en la página web: www.ilan.com.mx
CAPÍTULO DIECISIETE
De las faltas de conducta y disciplina
Articulo 63º
Reglamento General del Alumno
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Por su naturaleza las faltas de conducta y disciplina se clasifican en tres categorías
a. Faltas académicas
b. Faltas extra-académicas
c. Faltas que atentan contra la vida y orden de la Institución.
Artículo 64º
Son faltas de conducta y disciplina académica todos los actos, individuales o colectivos, quedesvirtúen o tiendan a desvirtuar la seriedad y efectividad del proceso de enseñanza-aprendizaje.
a) A los grupos de alumnos que se ausenten de sus clases sin autorización de lacoordinación de la carrera o dirección académica se les aplicará el Artículo 86.
b) Alumno que se ausente en sus horarios de clases se les aplicará el Artículo 86.
c) A los alumnos que no porten su credencial y uniforme dentro de las instalaciones delInstituto suspensión de un día.
d) Introducir niños a las aulas en horas de clase sin fines pedagógicos, se suspenderáun día.
e) Realizar demostraciones afectuosas que puedan ofender a la dignidad y moral de laspersonal suspensión de 1 a 3 días, según lo dictamine el Consejo Institucional.
f) Los hombres que porten cachucha, aretes, cabellos largos, short; las mujeres queusen cachucha, blusas escotadas, faldas muy cortas, short y cualquier otra prenda devestir que no esté en correspondencia con el uniforme de la institución, la suspensiónserá de 1 a 3 días, según lo dictamine el Consejo Institucional.
g) No usar el uniforme como lo establece el presente reglamento, todos los lunes seportará el uniforme completo tanto para hombres como para las mujeres, y el resto delos días se usará playera blanca con el logotipo de la escuela y pantalón de mezclillaazul, con zapato o tenis cerrado negro o blanco, la suspensión será de un día.
Artículo 65º
Reglamento General del Alumno
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Los alumnos deberán mantener una actitud de respeto hacia el maestro, directivo y en generalpersonal que labore en la Institución, así como todos los estudiantes de la escuela. Incluye elportar su uniforme, evitar introducir bebidas y alimentos, evitar fumar, evitar hacer uso decelulares en clases y usar computadoras y cámaras fotográficas sin fines pedagógicos, evitarcomercializar cualquier producto dentro de la Institución, evitar las palabras altisonantes, evitaragredir física, verbal o moralmente a sí mismos y a los demás.
No cumplir esta norma se considerará falta académica y las sanciones las determinará elConsejo Institucional.
Artículo 66º
Son faltas de conducta y disciplina extra-académica todos los actos, individuales o colectivos,realizados dentro o fuera del Instituto, que alteren el orden del mismo dañen su prestigio,lesionen los derechos de las personas que lo constituyen, vayan contra la moral o las buenascostumbres, violen las disposiciones de los reglamentos y estorben o impidan el uso de losbienes y los servicios que el Instituto utilice o proporcione. Dentro de esta categoría seincluyen todos los actos relacionados con el uso, la posesión y la distribución de drogasilegales, así como el consumo de la misma.
Son faltas de conducta el fumar y tomar bebidas embriagantes dentro de las Instalaciones,usar computadoras y cámaras fotográficas en las instalaciones sin fines pedagógicos,comercializar productos dentro de la Institución, usar palabras altisonantes, agredir física,verbal o moralmente a sí mismos o a estudiantes, maestros, directivos, en general personalque labora o visita a la Institución y la sanción será otorgada a través del Comité Institucional.
Artículo 67º
Son faltas contra la vida y orden de la Institución todos los actos personales o colectivos queinterrumpan u obstaculicen las labores a través de las cuales el Instituto realiza sus propósitos,que violen los principios que éste sustenta, que desconozcan a sus autoridades, o que atentencontra las instalaciones o los bienes que utiliza la Institución.
CAPÍTULO DIECIOCHO
De las bajas
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Artículo 68º
Los alumnos que al finalizar un período escolar incurran por primera vez con alguna de lassiguientes condiciones, no podrán inscribirse al siguiente cuatrimestre o semestre:
1. Reprobar más de tres materias, en cada uno de los dos últimos cuatrimestres osemestres cursados.
2. Para los alumnos de Educación normal: no deberán tener el 50% de sus materiasreprobadas en su último semestre cursado y ninguna en sus semestres anteriores.
3. Cuando ha sido dado de baja definitiva de la Institución por cualquier falta académica,extraacadémica y/o que hayan atentado contra la vida y orden de la Institución.
Artículo 69º
El director de la carrera informará a los alumnos que incurran en alguna de las condiciones delartículo 68º.
Artículo 70º
Los alumnos que al finalizar un período escolar incurran en las condiciones descritas en elartículo 68º sólo podrán inscribirse en caso de que el Consejo Académico lo determine, sicumplen con alguno de los siguientes requisitos:
1. Firmar carta de compromiso para mejorar su desempeño académico y decomportamiento según sea el caso.
2. Realizar trabajos de tiempo completo, benéficos para su formación profesional, enalguna institución o empresa industrial, comercial, de enseñanza o de servicio, duranteun semestre después de haber sido dados de baja.
3. Someterse a exámenes, talleres y/o cursos de regularización ya sean de manerainterna o externa en caso de que el Consejo Académico lo determine pertinente.
4. En caso de determinarse por el Consejo Académico, asistir a terapia psicológica ypresentar comprobante de institución o profesional con reconocimiento oficial.
3. Si el alumno no cumple con ninguno de los requisitos de los incisos anteriores, serádado de baja definitivamente del Instituto.
Artículo 71º
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Los alumnos beneficiados por el artículo 70º se considerarán condicionados, para efectos deuna baja posterior.
Artículo 72º
Aquellos alumnos que hayan acumulado tres actas amonestaciones por faltas de conducta ydisciplina serán dados de baja definitivamente.
Asimismo podrán darse casos de baja definitiva de la Institución cuando el propio estudiante losolicite o bien cuando incurra en lo señalado en el Artículo 68 y que las faltas académicas,extraacadémicas y/o que alteren el orden de la institución lo ameriten y que determine elConsejo de Dirección.
Artículo 73º
Todo alumno que decida darse de baja temporal o definitiva deberá notificar por escrito a lacoordinación de la carrera y al departamento de Control Escolar.
CAPÍTULO DIECINUEVE
De la deshonestidad académica
Artículo 74º
Cuando el alumno incurra en una deshonestidad académica, el profesorado o los directivos delInstituto, aplicarán cualquiera de las siguientes sanciones, dependiendo de la gravedad de lafalta:
A. Asignar una calificación de 0 (cero) en la actividad en la que se cometió ladeshonestidad académica.
B. Enviar una notificación por escrito al Departamento de Control escolar así como alcoordinador de la Carrera y al director académico y, asignar al alumno una calificaciónreprobatoria DA (Deshonestidad Académica) en la calificación mensual.
C. El valor numérico de DA será de 0 (cero) para fines del cálculo del promedio.D. Enviar una notificación por escrito al Departamento de Control escolar así como al
Coordinador de la Carrera y al Director Académico y, asignar una calificaciónreprobatoria DA en la calificación final del curso.
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E. La suspensión por tiempo indefinido de la asignatura o curso dependiendo del ámbitode competencia.
F. Las resoluciones definitivas deberán ser tomadas por el Consejo Institucional.G. En todos los casos anteriores, se deberá comunicar la sanción por escrito al alumno,
podrá apelar por escrito ante el Director General, quién convocará al ConsejoInstitucional para revisar el caso y, cuyo fallo, será inapelable.
Artículo 75º
El alumno será dado de baja en forma definitiva del Instituto al acumular tres calificaciones conDA, no se podrá invocar a cualesquiera otro artículo de este Reglamento.
Artículo 76º
Los casos no previstos en los artículos de este capítulo, serán estudiados y resueltos por unConsejo Institucional.
CAPÍTULO VEINTE
De las sanciones
Artículo 77º
Las faltas de orden académico que se cometan durante el transcurso de la cátedra seránjuzgadas por el profesor correspondiente o fuera de ella por el Consejo Institucional. Estepodrá imponer como sanción desde la simple amonestación ya sea verbal o por escrito hastala suspensión, por tiempo determinado, del derecho de asistir al curso. Si la sanción aplicadaes por más de una sesión de clase, esta decisión deberá ser tomada en forma conjunta con elCoordinador de la Carrera que cursa el alumno y el Director Académico, escuchandopreviamente al alumno afectado, si éste lo solicita.
Artículo 78º
Las faltas de orden extra-académico que se cometan en alguno de los centro de servicio delInstituto, serán juzgadas por el director o jefe respectivo. Este podrá imponer como sancióndesde la simple amonestación verbal o por escrito hasta la suspensión, por tiempo
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determinado, del derecho de usar los servicios del centro a su cargo. Si la sanción aplicada esesta última, la comunicará al coordinador de carrera.
Artículo 79º
Cuando la falta de orden extra-académico cometida puede ameritar la expulsión del Instituto,será juzgada por el Consejo Institucional. La junta, escuchando previamente al alumno, dictaráen definitiva la sanción que corresponda, dando aviso al alumno interesado ya sea de maneraverbal o por escrito.
Artículo 80º
Las faltas de orden extra-académico que se cometan fuera de los centro de servicio generalesdel Instituto serán llevadas ante el Consejo Institucional quien, con conocimiento del alumnoafectado, dictará la sanción que corresponda. La junta, escuchando previamente al alumno,dictará en definitiva la sanción que corresponda, dando aviso al alumno interesado.
Artículo 81º
Las faltas que atentan contra la vida y orden de la Institución serán juzgadas y sancionadaspor el Consejo Institucional. La junta, escuchando previamente al alumno, dictará en definitivala sanción que corresponda, dando aviso al alumno interesado. Las sanciones impuestas poresta junta podrán ir desde una amonestación escrita hasta la expulsión definitiva.
Artículo 82º
Si un alumno del Instituto Las Américas de Nayarit llega bajo la influencia de alguna droga oes sorprendido en posesión de la misma en algún campus del Instituto Las Américas deNayarit o a alguna actividad oficial del Instituto, aunque sea fuera de un campus del Sistema, oa alguna actividad organizada por alguna asociación estudiantil registrada, se le expulsará demanera definitiva del Instituto.
Artículo 83º
Si un alumno del Instituto Las Américas de Nayarit es sorprendido traficando con drogas se leexpulsará definitivamente y se les denunciará ante las autoridades correspondientes.
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Artículo 84º
El Instituto se reserva el derecho de efectuar pruebas clínicas para la detección de consumode drogas (pruebas antidoping) a sus alumnos. En presencia de autoridades del plantel delComité Estudiantil.
Artículo 85º
En todos los casos en que se dicte una sanción a un alumno, ya sea temporal o definitiva, elDirector Académico o el Coordinador de la Carrera a que pertenece el alumno deberácomunicársele por escrito al alumno, al padre o a quien ejerza la patria potestad (solo en casode tratarse de un menor de edad) y al Departamento de Control Escolar y Dirección General.
Artículo 86º
Todo grupo que incurra en el Artículo 64º será sancionado con tres días de suspensión declases, perdiendo automáticamente el derecho a presentar su siguiente examen.
Artículo 87º
Para efecto de su readmisión, cualquier alumno expulsado temporalmente deberá tramitar suadmisión en el departamento de control escolar y la Dirección Académica.
CAPÍTULO VEINTIUNO
Servicios a la comunidad
Articulo 88º
Todo alumno inscrito en carrera modalidad escolarizada está obligado a prestar servicios a lacomunidad durante sesenta horas por cada semestre durante toda su carrera y la Instituciónse reserva el derecho de elegir la institución en donde los alumnos realizarán las acciones de
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apoyo social. Dichas acciones serán dirigidas a los sectores o grupos más vulnerables denuestra sociedad, entre las cuales pueden ser: ecología, educación, salud, vivienda.
CAPÍTULO VEINTIDOS
Prácticas y servicio social
Artículo 89º
Las prácticas y servicio social que los alumnos realizarán para concluir sus estudios en estaInstitución educativa, se regirán por los lineamientos propios para este rubro y conforme a loestipulado por la Dirección General de Profesiones.
Artículo 90º
En las carreras de la Salud y humanidades las prácticas profesionales se realizarán a partir delúltimo ciclo escolar y la asignación de la institución donde realizarán dichas prácticas seráemitida por Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud(CIFRHS).
CAPITULO VEINTITRES
Becas
Artículo 91º
El otorgamiento de becas se realizará conforme a los requisitos estipulados en la convocatoriay sujetos al reglamento de Becas.
CAPITULO VEINTICUATRO
De los servicios
Artículo 92º
Todo alumno deberá recoger en el departamento de finanzas el calendario de pagos vigente ytendrá la obligación de cubrir sus cuotas conforme a este calendario.
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Artículo 93º
Para poder tener derecho a presentar exámenes ya sea, parcial, final, de regularización,extraordinario, de titulación u otro debe haber cubierto antes sus cuotas, en caso de no ser asíse les aplicará el Artículo 21º de este reglamento.
Artículo 94º
Para que el alumno realice cualquier trámite que implique alguna cuota, deberá solicitarlo encaja de la Institución.
CAPITULO VEINTICINCO
Disposiciones generales
Artículo 95º
El presente reglamento podrá ser modificado por el Consejo Institucional. Las modificacionesserán aplicables a todos los alumnos del Instituto las Américas de Nayarit.
Artículo 96º
El presente reglamento entra en vigor a partir del ciclo escolar 2009-2010 y es aplicable atodos los alumnos del Instituto las Américas de Nayarit. Su modificación posterior deberáregirse con lo previsto en el Estatuto General.
Artículo 97º
Los casos no previstos en este Reglamento, serán estudiados y resueltos por el ConsejoInstitucional.
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ANEXO
El Instituto Las Américas de Nayarit S.C., en cuyas aulas se forman los futuros maestros yotros profesionistas que requieren en su formación del rigor correspondiente a las altasexigencias planteadas por la Secretaría de Educación Pública y la Sociedad, tiene entre susfines:
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1) Corregir las insuficiencias que presentan nuestros alumnos en el dominio de la expresiónoral y
2) escrita y exigir el uso excelente de la lengua materna.
Los maestros y profesores tienen a su cargo la elevada responsabilidad de dominar y enseñarcorrectamente el idioma materno y velar por su pureza en el uso de la expresión oral y escrita;por lo que se hace necesario, establecer las vías fundamentales para alcanzar talesexigencias con los estudiantes del Instituto Las Américas de Nayarit S.C, es por ello que seconsidera oportuno normar las siguientes exigencias:
1.- Que en las evaluaciones escritas, documentos de la práctica docente y en los trabajossolicitados por los maestros en cada una de las asignaturas se señalen de forma explícita loserrores cometidos por los estudiantes en los siguientes aspectos:
a. Adición, omisión o cambio de letra.b. Errores de acentuación.c. Falta de concordancia.d. Mal uso de signos de puntuación, de mayúsculas o cualquier aspecto relativo a la
expresión escrita.
2.- Que se tomen en consideración los errores antes mencionados para otorgar la calificaciónal estudiante de la siguiente forma:
Para estudiantes de las carreras en Licenciatura en Educación Primaria, Preescolar y Especialde:
1º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 8 erroresortográficos.
2º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 5 erroresortográficos.
3º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 3 erroresortográficos.
4º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 1 errorortográfico.
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Para estudiantes del resto de Licenciaturas, Ingenierías, bachillerato y carreras técnicas de:
1º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 12 erroresortográficos.
2º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 9 erroresortográficos.
3º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 5 erroresortográficos.
4º Año: Se otorgará la categoría inmediata inferior en las calificaciones por 2 erroresortográficos.
3.- En las evaluaciones se destacarán, los errores de la siguiente forma:
a. Una tilde constituye un error.b. Dos signos de puntuación constituyen un error.c. Un cambio una omisión de letra constituye (cada uno) un error.d. Mal uso de las mayúsculas (cada uso incorrecto) constituye un error.e. División incorrecta de palabras en sílabas o al final del renglón, constituye un error.f. Cada dificultad de redacción (anfibología, solecismo, barbarismo, etc.) constituye un
error.
4.- En el caso de las evaluaciones orales, lectura y expresión oral el docente en todas lasasignaturas valorará de forma cualitativa teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
LECTURA
a. Los errores de articulación (omisión, cambio o adición de sonidos).b. Inversión o cambios de letras o sílabas.c. Sustitución de una palabra por otra.d. Silabeo.e. Pausas indebidas.f. Ritmo.g. Capacidad para derivar conclusiones y establecer relaciones.
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EXPRESIÓN ORAL
a. Errores de Articulación (adición, omisión o cambio de sonidos).b. Pobreza de vocabulario (evitar muletillas, repeticiones innecesarias).c. Falta de expresividad.d. Vicios de dicción (vulgarismo, barbarismo, etc.).
En este tipo de evaluación (oral) los profesores de las diferentes asignaturas tendrán laposibilidad de aplicar además comprobaciones escritas para determinar la incidencia de loserrores.
5.- Para evaluar la redacción tener en cuenta:
a. Ajuste del tema.b. Calidad de las ideas.c. Profundidad de los planteamientos.d. Nivel cultural, científico y político que refleje.e. Uso del vocabulario.f. Estructuración de la expresión.g. Unidad, coherencia, énfasis, claridad, cohesión entre los párrafos, utilización de los
signos de puntuación.
En todos los casos, los profesores deben velar por la naturaleza del error, y si este seencuentra dentro del léxico fundamental y de la terminología de la especialidad o sicorresponde a una palabra usual.
Se responsabilizará al personal docente de cualquier carrera con el estricto cumplimiento de loestablecido en la presente, considerándose incumplimiento de sus deberes si no se procedecomo se indica.
Se responsabiliza a los Coordinadores de cada una de las carreras con el cumplimiento de loque en el presente se dispone.