REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
-
Upload
garciasoler -
Category
Documents
-
view
746 -
download
0
Transcript of REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Reglamento de Régimen Interno
C.E.I.P. ANDRÉS GARCÍA SOLER. LORCA
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
1
INDICE Página
CAPITULO I.- AMBITO DE APLICACIÓN
CAPITULO II.- NORMATIVA LEGAL
CAPITULO III.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
1.- Órganos de GOBIERNO del Centro.
1.1.- Órganos Unipersonales:
- El equipo directivo.
1.2.- Órganos Colegiados.
1.2.1.- El Consejo Escolar.
1.2.2.- El Claustro de Profesores.
2.- Órganos de CORDINACIÓN DOCENTE
2.1.- La Comisión de Coordinación Pedagógica
2.2.- Los Equipos de CICLO
2.3.- Tutorías
3.- Los Alumnos.
4.- El Profesorado.
5.- Padres y Madres.
6.- Personal no docente.
CAPÌTULO IV.- ORGANIZACIÓN RECURSOS MATERIALES
1.- Biblioteca
2.- Medios Audiovisuales
3.- Laboratorio
4.- Aula de Informática.
5.- Comedor.
CAPITULO V.- CONVIVENCIA Y REGIMEN DISCIPLINARIO.
- Normas de Convivencia.
- Incumplimiento de las normas.
- Medidas correctivas. Tipificación de faltas.
CAPÍTULO VI.- INVENTARIO.
CAPITULO VII.- PRESUPUESTO ECONÓMICO
CAPITULO VIII.- DISPOSICIONES
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR
2
El Reglamento de Régimen Interior basa su propia importancia en tanto que la
comunidad educativa escolar es numerosa y compleja en sus componentes y
funcionamiento.
CAPITULO I.- AMBITO DE APLICACIÓN.-
1.- Denominación y ubicación.-
El Colegio de Educación Infantil y Primaria “ANDRES GARCIA SOLER”, está
situado en el municipio de LORCA, Comunidad Autónoma de Murcia, y está
compuesto por 4 edificios y un aula prefabricada, que se describen así:
a) Edificio principal: En este edificio hay 6 aulas de Primaria, y dos de Educación
Infantil, también están las Oficinas de Dirección, Secretaría , así como la
biblioteca, el laboratorio, la sala de profesores, el aula de informática, el
comedor y la cocina.
b) Edificio de Educación Infantil: Con dos aulas de Infantil con hall, y servicios, y
tutorías.
c) Edificio con un aula de Educación Infantil, tutoría y aseo.
d) Gimnasio y almacén de Educación Física.
e) Aula prefabricada para educación Infantil.
En el registro de Centros del Ministerio de Educación y Ciencia, este colegio tiene el
número y el código legal es el 30011818.
El número de identificación fiscal (CIF) es: Q3068638J
El número de teléfono es: 968-44606
2.- Actividades de enseñanza a las que se dedica.-
Este colegio está cualificado e imparte las modalidades educativas de:
- Etapa de Educación Infantil (3, 4 y 5 años).
- Etapa de Educación Primaria ( de 6 a 12 años)
- Pedagogía Terapéutica, con aula de apoyo para alumnos con necesidades
educativas especiales.
CAPITULO II.- NORMATIVA LEGAL.
3
La normativa es la vigente hasta el curso 2005-06, completada y actualizada
con las siguientes disposiciones:
R.D. 115/2005, de 21 de octubre por el que se establecen las Normas de
Convivencia en los Centros docentes.
Orden de 20 de febrero de 2006, por la que se establecen medidas relativas
en la mejora de la convivencia escolar.
L.O.E. aprobada el 26 de diciembre de 2005.
CAPITULO III.-
1.- ORGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO.-
1.1.- Unipersonales: Directora, Jefe de Estudios y Secretaria, que constituyen El
Equipo Directivo.
1.1.1. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus
funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas
legalmente establecidas.
1.2.- Colegiados: Consejo Escolar del centro, y Claustro de Profesores.
1.2.1.) Colegiados: Consejo Escolar:
1.- Es el órgano de participación en el centro de los diferentes miembros de la
comunidad educativa.
2.- El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:
a) El director del centro, que será su Presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Un concejal o representante del Ayuntamiento.
d) Cinco profesores, elegidos por el Claustro.
e) Cinco padres/madres, elegidos respectivamente por y entre ellos.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
h) Los alumnos no tienen participación formal en el Consejo Escolar, pero sí se tratarán
los temas propuestos por ellos a petición de los delegados de las clases.
3.- Competencias del Consejo Escolar.
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
4
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del
título V de la L.O.E.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las
competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización
docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por
los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley
establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo
directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos
tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y
disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la
normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director
correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del
centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión
adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la
igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los
ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y
aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido
en el artículo 122.3.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el
centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración
competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión,
así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
4.- Dentro del Consejo Escolar funcionaran las siguientes comisiones:
5
COMISION ECONOMICA.
En el seno del consejo escolar del centro existe una comisión económica integrada por: el
director/a, el secretario/a, un profesor/a, un padre/madre y el representante municipal.
Constituido el consejo escolar y en la primera reunión del mismo, los profesores/as del
consejo elegirán de entre ellos mismos el que debe formar parte de la comisión. De modo
análogo, los padres/madres elegirán a su representante.
Las competencias de esta comisión serían:
a) La comisión económica informará al consejo escolar sobre cuantas materias de índole
económica le encomiende el consejo. Sus reuniones se realizarán obligatoriamente un al
trimestre y cuantas otras se estimen convenientes. Los contenidos de estas reuniones
deberán constar en el acta correspondiente.
COMISION DE CONVIVENCIA.
1.- El consejo escolar constituirá una comisión de convivencia como instrumento para
velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes del alumnado. Esta comisión está
compuesta por la directora, que será su presidente, el jefe de estudios, un maestro y un
padre/madre elegidos por sus respectivos sectores.
2.- La directora podrá requerir la intervención de la Comisión de Convivencia del Consejo
Escolar para que emita su opinión en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos.
3.- La Comisión podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la
atención educativa, como, entre otros, los departamentos de orientación y los equipos
psicopedagógicos.
4.- Las competencias de esta Comisión serán:
a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa representados
en el Consejo Escolar para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los
centros.
b) Coordinar el Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la
integración de todos los alumnos.
c) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere más oportunas para mejorar la
convivencia en el Centro.
d) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las
actuaciones realizadas y los resultados obtenidos.
e) Otras que le asigne el Consejo Escolar, referidas a resolución de conflictos.
COMISION CULTURAL.
6
En el seno del consejo escolar existirá una comisión cultural integrada por: el jefe/a
de estudios, dos profesores/as, y dos padres/madres de alumnos/as.
Las competencias de esta comisión serían:
a) Fomentar y crear hábitos culturales en el centro.
b) Sensibilizar a los miembros de la comunidad escolar en la participación de actividades
culturales y deportivas.
c) Proporcionar los medios necesarios para poder llevar a cabo las actividades
programadas.
d) Acercar el centro a los recursos externos de la comunidad.
e) Recoger las sugerencias sobre actividades extraescolares que le comuniquen la junta de
delegados de cursos.
f) Elaborar junto a los coordinadores de ciclo las actividades extraescolares que figurarán
en la P.G.A.
g) Aprobar las salidas que no hayan sido programadas en la P.G.A. y cuya duración no
exceda de una jornada.
h) Confeccionar los programas para la realización de las fiestas de Navidad y fin de curso.
i) Proponer al consejo escolar cuantas actividades se crean convenientes y no hayan sido
incluidas en la P.G.A.
1.2.2.) Colegiados: Claustro de Profesores.
1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el
gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su
caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
2. El Claustro está presidido por la directora, e integrado por la totalidad de los
profesores que prestan servicio en el centro.
3. El Claustro de profesores tiene las siguientes competencias:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de
los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los
proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los
alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación
pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
7
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección
del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por
los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el
centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar
por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las
respectivas normas de organización y funcionamiento.
2. ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
2.1.- Comisión de Coordinación Pedagógica.
2.1.1.- La Comisión de Coordinación Pedagógica será vehículo de participación de los
Equipos de Ciclo en la Dirección del Centro.
2.1.2.- Estará integrada por todos los profesores del Claustro y el miembro del Equipo
de Orientación Educativa y Psicopedagógica que apoya al Centro.
2.1.3.- Las competencias de esta comisión serían:
Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los
Proyectos curriculares de etapa.
Elaborar la propuesta del Plan de Acción Tutorial y de la orientación educativa
del centro.
Elaborar la propuesta de criterios para la realización de las adaptaciones
curriculares y para la confección de los horarios.
Planificar las sesiones de evaluación
2.2.-Los Equipos de Ciclo
2.2.1.- Los Equipos de Ciclo agruparán a todos/as los maestros/as que impartan
docencia en él. Para facilitar la coordinación del profesorado, se procurará adscribir a
los especialistas a Ciclos completos siempre que sea posible. La función de los Equipos
de Ciclo será fundamentalmente la planificación y desarrollo de las actividades docentes
8
y extraescolares del Ciclo y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el
mismo.
2.2.2. Cada uno de los Equipos de Ciclo estará dirigido por un coordinador/a nombrado
por el Director/a, oído el Ciclo, para un curso académico, de entre los profesores que
impartan docencia en el ciclo, preferentemente con destino definitivo en el centro.
Llevará las decisiones o acuerdos de su ciclo a la Comisión de Coordinación
Pedagógica y transmitirá a los profesores/as del mismo la información que llegue al
centro y afecte a sus intereses.
2.2.3. Los Equipos de Ciclo se reunirán quincenalmente, en el día y hora que se
establezca en la Programación General Anual y siempre que las necesidades así lo
requieran.
2.2.4. Las competencias del Equipo de Ciclo son:
Formular propuestas al equipo directivo y al Claustro relativas a la elaboración
del proyecto educativo y de la Programación General Anual.
Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica relativas a la
elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa.
Mantener actualizada la metodología didáctica.
Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.
Programar las sesiones de evaluación previas a cada periodo de información a
las familias.
Coordinar la acción tutorial, las actividades de Refuerzo y Adaptación
Curricular y las Actividades extraescolares en el Ciclo.
2.2.5.- Al finalizar el primer trimestre, se dedicará una sesión a revisar los resultados
obtenidos por los alumnos, con el fin de adaptar las programaciones y obtener así un
mejor rendimiento.
2.2.6.- El Jefe de Estudios recibirá información periódica de la marcha de las reuniones
de Ciclo a través de los coordinadores.
2.3.- Tutorías.
2.3.1.- Dada la titularidad pública del centro es competencia de la Consejería de
Educación y Cultura el nombramiento del profesorado, y su adscripción a puesto
concreto se hará de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Orgánico.
2.3.2.- La tutoría y orientación del alumnado formará parte de la función docente.
2.3.3.- Cada grupo tendrá un/a maestro/a que será designado/a por el Director/a, a
propuesta de la Jefatura de Estudios.
9
2.3.4.- Deberá respetarse, siempre que no exista causa que lo desaconseje (justificada
ante el Consejo Escolar), el criterio de permanencia del profesorado con un mismo
grupo de alumnos durante cada ciclo.
2.3.5. En el caso de dos o más profesores que deban elegir nuevo grupo, tendrá carácter
preferente la antigüedad en el centro, en caso de igualdad en esta será por antigüedad en
el cuerpo.
2.3.6.- El nombramiento y las funciones del maestro/a de apoyo de educación infantil se
regirán por la normativa vigente de la Consejería.
2.3.7. Las funciones de la tutoría serán recogidas en el art. 74.1 del Real Decreto
819/93. Se referirán a: orientación del aprendizaje de los/as alumnos/as y en su caso
adaptación del currículo a sus necesidades, su integración en la vida del centro,
información sobre ellas a familias y resto del profesorado, evaluación y promoción de
sus alumnos/as y atención y cuidado de ellos/as en los periodos de recreo y resto de
actividades no lectivas.
2.3.8. Las agrupaciones de los alumnos deberán ser flexibles y responder al objetivo y
tipo de actividad que se pretende, a la vez que favorecerá el principio de interacción
entre ellos.
A la hora de la confección de listas para los cursos de Educación Infantil de 3 años, de
nuevo ingreso se pretende que las aulas gocen de equilibrio, y para ello tendremos en
cuenta los siguientes criterios:
Mismo número de alumnos en cada aula (teniendo en cuenta los alumnos de
necesidades educativas especiales).
Igualdad entre el número de alumnos y alumnas.
Mismo número de niños con necesidades educativas especiales en cada aula.
Mismo número de niños extranjeros en cada clase.
Mismo número de niños con probables necesidades de educación compensatoria.
No obstante, si una vez iniciado el curso se detecta un desequilibrio significativo en
un aula, se podrá estudiar la posibilidad de realizar excepcionalmente los cambios
de alumnado necesarios para paliar el desequilibrio.
2.3.8. El profesor tutor llevará el control de asistencia diaria de su tutoría, del que
informará al Jefe de Estudios en los cinco primeros días del mes siguiente.
2.3.9. No obstante lo determinado en el artículo anterior, si se advirtiera la ausencia
injustificada de algún alumno se le comunicaría inmediatamente a la familia, bien
telefónicamente o por medio de comunicación escrita, y a la Jefatura de Estudios.
10
2.3.10. Si se produjera la ausencia de algún profesor/a , la Jefatura de Estudios, o en su
ausencia otro miembro del equipo directivo, tomará las medidas adecuadas a fin de
evitar que el alumnado permanezca sin el cuidado de cuidado de algún /a profesor/a.
2.3.11 Las ausencias del profesorado deben ser justificadas ante la Jefatura de Estudios,
antes de producirse, si se conoce con antelación, o el día de la reincorporación en los
demás casos.
Se deberá avisar de la ausencia al Centro, preferentemente a un miembro del equipo
directivo, y, a ser posible, antes del comienzo de las clases, con el fin de poder prever la
atención al alumnado que le corresponde a la persona ausente.
Igualmente, se deberá advertir a la Jefatura de Estudios, antes de marcharse, de la
necesidad de ausentarse durante el horario de obligada permanencia en el Centro.
3. LOS ALUMNOS.
3.1 Derechos de los Alumnos:
Los alumnos tienen, además de los derechos fundamentales como niños promulgados
por la Asamblea de Naciones Unidas, los recogidos en la Constitución Española, y en
el Decreto número 115/2005, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas de
convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten
enseñanzas escolares:‡
3.1.1. Los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al
pleno desarrollo de su personalidad.
3.1.2. Los alumnos tienen derecho a que el ambiente de trabajo en el aula y en otras
dependencias favorezca el aprovechamiento del tiempo de permanencia en el centro.
3.1.3 Los alumnos tienen derecho a que el profesor, mediante el ejercicio de su
autoridad, garantice el normal desarrollo de la actividad docente.
3.1.4. Los alumnos tienen derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y
cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que
impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. En los casos de
accidente o de enfermedad prolongada, se solicitará un programa de Ayuda a Domicilio
a la Consejería de Educación, que posibilite que el niño/a reciba la ayuda , la
orientación y el material didáctico necesario para que no suponga detrimento de su
formación personal y académica, pudiendo ser atendido en casa por profesorado del
Centro a ser posible, o de otros centros del mismo nivel.
3.1.5. Los alumnos tiene derecho a una evaluación con criterios objetivos
11
3.1.6 Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para
conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades,
aspiraciones o intereses.
3.1.7. Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en
las debidas condiciones de seguridad e higiene. Se prohíbe expresamente fumar,
consumir bebidas alcohólicas y utilizar sustancias peligrosas o nocivas para la salud.
3.1.8. Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus
convicciones religiosas y morales de acuerdo con la Constitución y los Tratados y
Acuerdos Internacionales de Derechos Humanos.
3.1.9. Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad y dignidad
personal, así como a la protección contra toda agresión física o moral,
3.1.10. Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de los
centros, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes.
3.1.11. Los alumnos tienen derecho a elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus
delegados de curso, los cuales harán llegar a los miembros del Consejo Escolar a través
de sus respectivos tutores, los temas e inquietudes que sean susceptibles de ser tratados
en el mismo.
3.1.12. Los alumnos tienen derecho a asociarse en los términos previstos en la
legislación vigente.
3.1.13. Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión, sin perjuicio de los
derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las
instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales.
3.1.14. Los alumnos tienen derecho a manifestar discrepancias y a exponer, individual o
colectivamente, sus quejas sobre decisiones educativas que les afecten. En caso de
existir discrepancia sobre alguna decisión educativa que les afecte, los alumnos podrán
exponerlo a sus respectivos tutores, en la hora de tutoría, pudiendo mediar el Jefe de
Estudios en caso de ser necesario. Las discrepancias de tipo colectivo serán canalizadas
a través de los delegados de curso.
3.1.15. Los alumnos tienen derecho a reunirse en el centro para actividades de carácter
escolar o extraescolar que formen parte del proyecto educativo, así como otras a las que
pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa. Los alumnos pueden reunirse
durante el recreo, y deberán comunicarlo al Jefe de Estudios el orden del día de la
reunión. En caso de ser necesario que los alumnos se reúnan durante un espacio de
tiempo superior al destinado al recreo, se hará dentro del horario general del Centro,
12
preferentemente en períodos no lectivos, como pueden ser las tardes, y siempre con la
autorización de la Directora.
3.2. Deberes de los alumnos
Los alumnos tienen unos deberes básicos. Cada uno de ellos, se concreta en una serie
de obligaciones que serían las siguientes:
3.2.1. El estudio como deber básico:
a) Asistir a clase con puntualidad.
b) Participar en las actividades formativas y especialmente en las orientadas al
desarrollo del currículo.
c) Asistir al centro con el material y equipamiento necesarios para poder participar
activamente en el desarrollo de las clases.
d) Realizar el esfuerzo necesario, en función de su capacidad para comprender y
asimilar los contenidos de las distintas áreas, asignaturas y módulos.
3.2.2. El respeto al profesor:
a) Mostrar respeto al profesor, colaborando con responsabilidad en el ejercicio de la
autoridad docente y en la transmisión de conocimientos y valores.
b) Cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesor para hacer posible
la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora del rendimiento.
c) Mostrar una actitud cooperativa y receptiva a las explicaciones del profesor y realizar
las actividades y pruebas encomendadas por éste.
d) Realizar preguntas para aclarar dudas, participando y asumiendo un compromiso
activo en su formación y aprendizaje.
3.2.3. La tolerancia y solidaridad con los compañeros:a) Practicar la tolerancia, rechazando todo tipo de discriminación por razón de
nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.
b) Respetar y defender, responsable y solidariamente, el ejercicio del derecho al estudio
de sus compañeros.
c) Ejercer la solidaridad y practicar el compañerismo.
3.2.4. Participación en el centro y respeto a los restantes miembros de la comunidad educativa:a) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de
un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la
educación.
13
b) Mostrar el debido respeto y consideración a los miembros de la comunidad educativa
y a cualquier persona que acceda al centro.
c) Entregar, a sus padres o tutores, las citaciones que el centro les dirija a estos últimos,
que serán devueltas con el enterado y la firma de los mencionados representantes
legales.
d) Cumplir las normas de seguridad, salud e higiene en los centros educativos,
considerando expresamente la prohibición de fumar, ingerir bebidas alcohólicas
y consumir estupefacientes.
e) Ejercer los representantes de los alumnos sus funciones, sin menoscabo, de sus
obligaciones académicas.
f) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas, morales e ideológicas
dentro de los principios democráticos, así como la dignidad, integridad e intimidad de
todos los miembros de la comunidad educativa y rechazar toda discriminación por razón
de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia.
g) Respetar el proyecto educativo o el carácter propio del centro, de acuerdo con la
legislación vigente.
h) Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles, el material didáctico, los
documentos, otros recursos e instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los
otros miembros de la comunidad educativa, así como cumplir las normas básicas de
respeto al entorno y medio ambiente.
i) Participar en la vida y funcionamiento del centro cumpliendo y observando los
horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del mismo.
4. LOS PROFESORES.
1. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:
a) La programación y la enseñanza de las áreas y materias que tengan encomendadas.
b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de
los procesos de enseñanza.
c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo
en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración,
en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
alumnado.
14
f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias,
dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto,
de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de
la ciudadanía democrática.
h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e
hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean
encomendadas.
j) La participación en la actividad general del centro.
k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones
educativas o los propios centros.
l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de
enseñanza correspondiente.
2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el
principio de colaboración y trabajo en equipo.
3. Las funciones del profesorado se concretarán en una serie de normas:
Normas relativas al centro:
1.- Conocer los documentos del centro PEC; PC; PGA y RRI, y cumplir sus
preceptos.
2.- Acatar las decisiones consensuadas y ajustadas a ls normas de los órganos
colegiados y unipersonales.
3.- Cooperar en el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del
centro.
4.- Colaborar en el mantenimiento de la disciplina y orden dentro del recinto
escolar.
5.- Disponer de la Programación de Aula en previsión de alguna sustitución.
Normas relativas a los alumnos:
- Actitud de comprensión hacia su personalidad e igualdad de derechos
dentro de las normas del centro.
- Imponer la disciplina basada en la responsabilidad y equilibrio entre la
autoridad, libertad y equilibrio entre la autoridad, libertad y obediencia
aceptada, para que genere comportamientos positivos no violentos.
15
- Procurar una atención individualizada al aprendizaje de los alumnos/as
en función de sus capacidades.
Normas relativas a los padres:
- Realizar las reuniones colectivas programadas con los padres; así como
contactos periódicos y sistemáticos dentro del horario previsto.
- Complementar las documentaciones y boletines en los periodos
establecidos.
5. LOS PADRES Y MADRES.
A).- Los Padres/Madres del alumnado del centro tienen el derecho y el deber de
participar en la gestión y el funcionamiento del colegio.
Estos derechos y deberes se concretan en:
EN RELACION con el CENTRO:
1. Conocer el Reglamento de Régimen Interior y observar las normas contenidas en el
mismo.
2.-Atender a las citaciones del Centro.
3.-Abstenerse de visitar a sus hijos/as durante los recreos, o en horario de clase, sin
causa justificada.
4.- Puntualidad: Los alumnos se encuentran en periodo de escolaridad obligatoria y se
responsabiliza a sus padres o tutores el enviarlos a clase durante los periodos lectivos.
Cuando un alumno falte a clase, su padre, madre o tutor, tiene la obligación de justificar
la falta ante su Maestro-tutor personalmente o por escrito. Para esto último existen
modelos escritos, que tienen los tutores.
Los alumnos que por causas de fuerza mayor (médico, análisis,..) no puedan asistir
puntualmente a la hora de la entrada, podrán venir a la hora del recreo, siendo
acompañados por sus padres, si son pequeños, hasta el profesor tutor.
Cuando un alumno tenga más de cinco faltas al mes sin justificar o retrasos, su maestro-
tutor lo comunicará a la jefatura de estudios, quien requerirá por escrito a la familia para
que justifiquen la inasistencia o retrasos de su hijo.
5.- Cumplimentar aquellos impresos o cuestionarios que se envíen desde el centro
(cuestionario de Educación Física, actualización de datos para secretaria, etc)
EN RELACION con los MAESTROS/AS:
1.- No desautorizar la acción del profesorado en presencia de sus hijos/as.
16
2.- Facilitar todo tipo de información y datos valorativos de sus hijos/as al profesorado
que lo precise, en los distintos aspectos de su personalidad.
3.- Facilitar a sus hijos/as cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las
actividades para las que se solicite su ayuda.
4.- En caso de separación judicial del matrimonio, justificar a quien corresponde la
guardia y custodia de los hijos/as.
EN RELACION CON SUS HIJOS/AS:
1.- Colaborar en la labor educativa ejercida sobre los alumnos/as.
2.- Vigilar y controlar las actividades.
3.- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as respecto del centro:
puntualidad , orden, aseo, etc.
4.- Distribuir y coordinar su tiempo libre y de ocio, especialmente en lo relativo a
lecturas, juego y televisión.
5.- Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos/as durante el horario escolar.
6.-Recoger personalmente o mediante persona autorizada a los alumnos que tengan que
ausentarse del Centro durante el horario escolar.
7.- Estimular a sus hijos/as en el respeto a las normas de convivencia del Centro como
elemento que contribuye a su formación.
B.- Los cauces participativos que se establecen son: el Consejo Escolar, las Comisiones
del mismo, las establecidas a través de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos y
Alumnas y aquellas que se creen para la colaboración en actividades complementarias y
extraescolares.
C.- En la Programación General Anual, se establece el horario semanal de visitas de los
padres o madres al profesorado del centro. Asimismo se realizarán tres reuniones
anuales, una cada trimestre, con el/la profesor/a tutor/a de sus hijos/as. Además de ellas,
cada padre o madre deberá mantener al menos una entrevista personal durante el curso
con el/la tutor/a de su hijo/a.
(Es recomendable que el alumnado avise a su tutor/a un par de días antes de que sus
padres o madres vayan a venir a una entrevista personal. De esta forma podrá tener una
información más completa en el día de la visita).
D.- Durante el horario lectivo no se podrá visitar a los profesores/as que se encuentren
impartiendo clases, salvo por razones de urgente necesidad, solicitando permiso
previamente a la Dirección. Cualquier personal que desee entrevistarse con el
profesorado, tanto individual como colectivamente, deberá hacerlo en el horario de
17
visita señalado a tal fin en la Programación General Anual, para no perturbar el
funcionamiento de las clases.
6. EL PERSONAL NO DOCENTE.
El personal no docente que hay en el centro está constituido por el Conserje, la
limpiadora, y el personal de Cocina.
A) Las funciones del Conserje serían:
1.- Servicio de conserjería, guarda, portero, custodia y portería de Dependencias,
Centros escolares, edificios, instalaciones y locales que se le encomienden, y en
particular con carácter indicativo lo siguiente:
2.- Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.
3.- Controlar la entrada de las personas ajenas al servicio, atender sus consultas y
dirigirlas hacia la oficina o servicio correspondiente, haciendo guardar el orden.
Bajo ningún concepto los padres/madres entrarán a las clases para
comunicar algo a los alumnos/as, se lo comunicarán al conserje y él dará
el parte al alumno/a o enviará a los padres a Secretaria o al Despacho.
Los alumnos/as no entrarán después de las 9,15. Salvo que esté
justificado mediante una nota del médico….que deberá entregar en el
despacho.
4.- Custodiar las llaves de los despachos y oficinas, incluidas la apertura y cierre de la
puerta principal y demás puertas y ventanas de los recintos y/o edificios.
a. Apertura puerta principal.
b. Cierre puerta principal
c. Apertura puerta infantil
d. Cierra puerta infantil
5. En los Colegios, colaborarán con los directores y profesores en la vigilancia a la
entrada y salida de los niños al colegio.
6.- Recibir, custodiar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que les sea
encomendada.
7.- Realizar, dentro de las Dependencias, los traslados de material, mobiliario, máquinas
y enseres que se le indique.
8.- Realizar, dentro y fuera del servicio, los encargos relacionados con éste, que le sean
encomendados, práctica y llevanza de notificaciones, en su caso.
9.- Manejar la fotocopiadora y similares.
18
10.- Prestar su ayuda en archivo, biblioteca, ascensores, almacenes y similares de
acuerdo con su categoría.
11.- Funciones de conservación y mantenimiento de los edificios, realizando pequeñas
reparaciones en los elementos del suministro de energía eléctrica, agua, carpintería,
albañilería, etc. Teniendo cuidado y atención de la apertura, cierre y vigilancia del
alumbrado y demás suministros del Centro donde preste su servicio.
12.- Orden y limpieza de zonas exteriores de recintos escolares y demás edificios
públicos, así como patios, etc, mantenimiento y cuidados elementales de jardinería, tales
como regar y limpieza de la zona ajardinada.
a. Barrer los patios incluido el porche de Infantil.
b. Barrer los alrededores del aula prefabricada.
c. Refrescar con la manguera los patios de vez en cuando.
13.- Operaciones de limpieza en caso de emergencia:
a. Ayudar a recoger los vómitos.
b. Ayudar a los profesores de Educación Infantil.
14.- Trabajos análogos que se le encarguen.
15.- La prestación del servicio por parte de los mismos se realizará en la forma que
establezca el Director o Secretario del Centro, dentro de las funciones que correspondan
a su categoría profesional.
B) El personal de limpieza tendrá las funciones estipuladas en su convenio, revisadas
por la Secretaria del Centro y el equipo directivo.
C) El personal de cocina tendrá las funciones asignadas por la empresa adjudicataria del
servicio, revisadas por la Secretaria del Centro, y, en general el equipo directivo.
CAPITULO IV: ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES.
1.- La Biblioteca:
1.1-La Biblioteca General del Colegio es el órgano destinado a contener el fondo
bibliotecario del centro que se haya obtenido con fondos públicos y donaciones.
De la Biblioteca se podrán sacar libros y documentos como préstamo.
Se responsabilizará de la Biblioteca, el equipo bibliotecario, compuesto, por un maestro,
que coordinara sus actuaciones. Tendrá derecho a una hora semanal para esta función
específica, recogida en el horario personal. La duración de sus funciones, será de, al
menos, un curso escolar.
Este equipo tendrá como funciones:
19
- Organizará y cuidará los libros y material bibliográfico existentes.
- Determinará el control de uso y préstamos.
- Propondrá al Equipo Directivo el horario de utilización de la dependencia y las
nuevas adquisiciones de material que fueran oportunas.
- Informará del deterioro de material bibliográfico y propondrá su reposición, si
conviniera.
- Informará al Equipo Directivo de los efectos del mal uso de la dependencia, si se
produjeran, a los efectos de delimitar responsabilidades y/o sanciones.
Asimismo, informará sobre la conveniencia de celebración de actos o reuniones
en la dependencia.
- Promoverá, animará y organizará la participación de “Alumnos/as
Colaboradores/as para el mejor funcionamiento y agilidad en el uso de la
Biblioteca General.
- Sancionarán las faltas leves que se produzcan en la dependencia e informarán de
las graves y muy graves.
- Elevar Memoria Final de su actividad.
- Cualquier otra actividad que le encomiende del Equipo Directivo en el ámbito de
su competencia.
1.2.- Las bibliotecas de Aula.
Se crearán y estarán en funcionamiento por iniciativa de los Equipos de Ciclo y Nivel, a
propuesta de los Maestros/as las Bibliotecas de Aula, como medios de ayuda a la
docencia y por ser elementos de disponibilidad y funcionalidad inmediatas.
2.- LABORATORIO.-
El Laboratorio es una dependencia destinada a la práctica de actividades propias, por
una parte, del Área de Conocimiento del Medio, (Ciencias Naturales, Física y Química);
y para la realización de trabajos referentes y complementarios del Área de Artística.
3.- AULA DE INFORMÁTICA.-
3.1.- El centro está inmerso en el proyecto Plumier de la Consejería de Educación,
coordinado por un responsable de medios informáticos, cuyas funciones serán las
siguientes:
a) Coordinar y dinamizar el desarrollo del PTIC y la utilización de los medios
informáticos.
20
b) Coordinar las sesiones de trabajo del equipo pedagógico del Centro
relacionadas con los medios informáticos.
c) Hacer propuestas para el establecimiento de las normas de uso del aula , y
velar por su cumplimiento.
d) Proponer al equipo directivo para su inclusión en la Programación General
Anual el plan de trabajo anual con los medios informáticos del centro disponibles para
su uso didáctico, así como elaborar informes por ciclos o departamentos y general del
centro para su inclusión en la Memoria Final del curso.
e) Responsabilizarse del material y del correcto uso de los equipos instalados.
f) Participar en las reuniones de los equipos de ciclo o de departamento
destinadas a la coordinación del uso de los medios informáticos y al establecimiento de
programaciones que desarrollen el PTIC.
g) Gestionar y facilitar los recursos disponibles.
h) Instalar y desinstalar los programas en los equipos, asesorando en cada caso
el más adecuado para cada actividad y nivel.
i) Hacer propuestas al Equipo Directivo para la gestión del presupuesto
asignado al PTIC.
j) Fomentar la participación del resto de los profesores/as en el Proyecto.
k) Encargarse de recoger en un estadillo las anomalías e incidentes que
diariamente puedan surgir en los equipos y pasar puntualmente los partes de averías al
Centro de Apoyo del Plumier (CAP) de su zona.
l) Mantener las relaciones técnicas que se consideren oportunas con el Asesor
de Nuevas Tecnologías de la zona correspondiente y con los responsables de la
Administración Educativa de la Consejería de Educación y Universidades en todo lo
relacionado con los Medios Informáticos.
3.2.- Las competencias del profesorado usuario de los medios informáticos, serán las siguientes
a) Respetar las normas de uso del aula de informática y hacer un uso
adecuado de los medios informáticos del centro.
b) Utilizar los equipos en el horario asignado.
c) Velar porque el alumnado que utilice los equipos siguiendo sus
instrucciones haga un uso adecuado de los mismos.
d) Cumplimentar los partes de avería inmediatamente que observe
cualquier anomalía en el funcionamiento de los equipos.
21
e) Hacer propuestas sobre software y hardware para la dotación
informática cuya modificación será exclusiva responsabilidad de los
responsables de medios informáticos del centro.
3.3.- Son obligaciones de los alumnos/as:
. Respetar las normas de uso del aula.
. Seguimiento de instrucciones.
. Cuidado de las instalaciones.
3.4.- Las normas de utilización del aula serán las siguientes:
1. Podrán utilizar el aula
Alumnos/as
Profesores
Demás miembros de la Comunidad Educativa
2. Se abrirá por parte del responsable de una actividad determinada (un profesor, o
adulto autorizado) el cual deberá de permanecer durante toda la sesión ).
3. Una vez terminada la sesión, su responsable deberá comprobar que todos los
equipos y sala queden en perfecto estado de uso procediendo posteriormente al
cierre de la misma y a la entrega de llaves para su custodia.
4. El aula se utilizará en el horario asignado, procurando ser muy puntuales a
la hora de abandonarla.
5. Los alumnos/as podrán utilizar el aula durante el recreo, siempre que estén
acompañados por un profesor/a.
6. Cuando un equipo presente problemas que nosotros no sepamos solucionar se
llamará al responsable de equipos informáticos.
7. Se comunicará al profesor/a responsable del aula de cualquier avería o anomalía
observada en la hoja de partes de avería.
8. Por la seguridad de los equipos hay que abstenerse de jugar en el aula.
9. En el aula no se podrá consumir bebidas ni alimentos.
10. El uso de internet siempre será con fines educativos, cualquier otra finalidad queda
fuera del ámbito del Proyecto Plumier.
11. No está permitido traer CDs o disquetes de fuera del Centro.
22
12. Las configuraciones del escritorio, perfiles de usuario y demás especificaciones,
deberán mantenerse como están.
13. Se recomienda no introducir disquetes o CD que no sean previamente chequeados
con un antivirus para prevenir el daño del sistema.
14. No se podrán descargar e instalar archivos de internet sin la autorización del
responsable de los medios informáticos o sus colaboradores. No se podrán instalar
programas sin la previa autorización del responsable de los medios informáticos.
15. Si se detecta alguna anomalía en el funcionamiento de algún material del aula,
deberá comunicarse inmediatamente al responsable de medios informáticos para su
subsanación.
16. Todos los equipos estarán numerados.
17. A cada equipo se le asignará un alumno/a de cada nivel.
Los programas educativos de las distintas áreas estarán guardados en porta Cds con
una copia para cada ordenador. En la portada pondrá nombre del programa y nivel
educativo al que va dirigido
18.Los programas educativos de las distintas áreas estarán guardados en porta Cds con
una copia para cada ordenador. En la portada pondrá nombre del programa y nivel
educativo al que va dirigido
4.- COMEDOR
4.1.-El comedor escolar del colegio se organiza siguiendo las normas establecidas en las
circulares reguladoras de precios y en las cláusulas administrativas particulares que
rigen los contratos de gestión de los comedores escolares de los colegios públicos de la
comunidad autónoma de la región de Murcia en los diferentes cursos escolares, así
como en los pliegos de prescripciones técnicas particulares que rigen los contratos de
gestión de los comedores escolares de los colegios públicos de la comunidad autónoma
de la región de Murcia en cada curso escolar.
4.2.- La comida de los alumnos/as se elabora en la cocina del Colegio por la empresa
que cada año se hace cargo del catering.
4.3.- El comedor funciona desde el 1 de Octubre hasta el 30 de Mayo, así como en el
mes de junio, si es solicitado por los padres.
4.4.- La Directora y la Secretaria son las encargadas del comedor siendo las
responsables de la puesta en marcha y su funcionamiento.
23
4.5.- Para atender a los alumnos/as se contará con monitoras contratadas por la empresa
atendiendo a las ratios establecidas.
4.6.- El precio mensual del comedor se calcula multiplicando cada mes los días
lectivos por el precio del menú, y añadiendo los gastos que percibe el banco por la
tramitación de los recibos.
4.7.- Los alumnos/as que soliciten baja sin causa justificada una vez que se han
comprometido a utilizar este servicio durante todo el curso, no podrán hacer uso de él
durante el resto del mismo.
4.8.- Las cuotas de comedor se abonarán por meses completos puesto que los gastos de
la empresa son los mismos todos los meses.
El pago se realizará mediante un recibo mensual que presenta el colegio a través de
CAM. Para ello, los padres del alumno cumplimentarán un impreso de domiciliación
bancaria.
Los recibos se abonarán por anticipado. Aquellos recibos que sean devueltos por el
banco generarán unos gastos .Los recibos devueltos se pagarán por los padres/madres en
la ventanilla del Banco una vez que el centro les de el importe total de la cuota
(comedor + gastos).
Los padres/madres deberán guardar el original hasta finalizar el curso por si en algún
momento es requerido por la dirección para aclarar incidencias.
Los alumnos/as no podrán hacer uso del comedor si tienen un recibo pendiente y no lo
abonan al entregar el Centro la notificación.
4.9.- La organización del comedor sería la siguiente:
A las 13,45 Comienza el lavado de manos de los alumnos/as de E. Infantil de
tres años, los de cuatro vendrán del pabellón de Infantil recogerán a los de
cinco se lavan las manos y seguidamente pasarán al comedor con sus respectivas
monitoras.
A continuación, a las 14,05 conforme se van lavando las manos entran al
comedor los alumnos/as de Primaria y la otra monitora.
Una vez terminado el periodo de comida los alumnos/as de E. Infantil 3 años
volverán a sus clases alternando cada mes un aula para ser atendidos por sus
monitoras.
24
Los alumnos de 4 y 5 años se van al hall del infantil a ver el video y los de Ed.
Primaria realizarán sus tareas de aseo después irán al aula de usos múltiples
Los alumnos/as se irán a las 16,00 con la excepción de aquellos que traigan la
autorización para irse solos. A las 16,00 horas comenzarán las actividades
extraescolares para aquellos alumnos/as que las hayan elegido, los demás se irán
a casa.
CAPITULO V: CONVIVENCIA Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
1.- Normas de Convivencia.
El Centro dispondrá de un Plan de Convivencia, elaborado y actualizado por el Equipo
directivo recogiendo las propuestas del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores,
dentro del marco establecido en el artículo 40 del Decreto 115/2005, de 21 de octubre.
(Anexo I: Plan de Convivencia del Centro).
Las normas que establece el Plan en nuestro centro para favorecer el necesario clima de
convivencia y estudio, evitando en la medida de lo posible, las situaciones de conflicto,
giran alrededor de los siguientes puntos:
RESPETO Y COMPAÑERISMO
Los alumnos deben respetar a todos y cada uno de los profesores del Centro,
cumpliendo sus indicaciones en clase y demás dependencias.
Asimismo, los alumnos respetarán al personal no docente en todo momento.
Las relaciones con los demás, serán de compañerismo, evitando peleas, insultos
o actuaciones que perturben la convivencia.
FALTA DE ASISTENCIA DE LOS ALUMNOS
Las faltas de asistencia deberán ser justificadas por los padres a los tutores de los
alumnos, en modelo que estos les facilitarán.
Los profesores apuntarán en los partes de faltas los días que el niño/a no asista a
clase, para entregarlos a final de cada mes al Jefe de Estudios.
PUNTUALIDAD
Los alumnos deben llegar puntuales al Colegio, y entrar en sus clases con su fila
correspondiente cuando toque el timbre. Se comunicará a los padres esta falta
cuando sea habitual o frecuente.
25
La puerta de la verja del patio, se cerrará quince minutos después de la entrada y
se abrirán quince minutos antes de la salida. Se sancionará a los alumnos/as que
salten la valla o puertas del colegio.
Si algún alumno llega con retraso, tendrá que aportar el justificante del motivo
por el que se ha retrasado al tutor. En caso de no hacerlo, el alumno/a,
permanecerá en secretaría hasta la próxima sesión, en la que ya se incorporará a
clase normalmente. En caso de venir acompañado, los padres deberán entrar al
despacho a justificar la falta, tanto si el alumno es de Infantil, como de Primaria.
ENTRADAS Y SALIDAS AL CENTRO
Los alumnos solo podrán salir del colegio por motivo justificado y
acompañados de una persona que se responsabilice de ellos.
ENTRADAS Y SALIDAS DE LAS AULAS
Los alumnos no podrán salir de las aulas sin premiso, y, se evitará en la medida
de lo posible, y salvo en casos justificados las salidas frecuentes a los servicios.
Las salidas de las aulas, tanto a la hora del recreo, como la salida del colegio, se
harán lo más ordenadamente posible cuando toque el timbre, y vigilados por el
profesor que esté en ese momento con el grupo de alumnos. Asimismo, se saldrá
de forma ordenada, y en silencio, cuando se dirijan hacia otras instalaciones o
aulas.
Para entrar en las aulas, los alumnos se colocarán en fila en el patio y en el lugar
que le corresponda a su curso, y lo harán cuando toque el timbre con los
profesores tutores, que acompañarán a sus filas, procurando entrar de la forma
más ordenadamente posible.
Si el alumno viene acompañado al Colegio por algún familiar, este le dejará en
la fila correspondiente sin entrar con ellos/as hasta la puerta del aula, y a la hora
de la salida esperarán a los alumnos/as en las puertas de los edificios, sin entrar
para evitar aglomeraciones.
Los días de lluvia, los alumnos subirán a las aulas cuando toque el timbre, sin
formar previamente las filas.
RECREO
En la Programación General Anual se establece la hora del recreo, así como los
turnos de vigilancia del profesorado ateniéndonos a la legislación vigente.
26
Durante los recreos, los alumnos deben estar en los patios, y no en ninguna
dependencia del Centro, excepto si están acompañados por algún profesor, o es
su día de biblioteca.
LIMPIEZA Y ORDEN
Los alumnos deberán venir vestidos con corrección y limpieza, como
corresponde a un centro educativo, en caso de no ser así, se avisará a sus padres,
y como último recurso se informará a los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
Se avisará a las familias de aquellos alumnos que presenten infección por
pediculosis, u otra enfermedad contagiosa, debiendo permanecer en casa hasta
que desaparezca la infección, con el fin de evitar el contagio al resto de los
compañeros.
Se fomentará el hábito de limpieza y orden en el colegio, insistiendo en que los
papeles se tiren a las papeleras y en especial, las envolturas de los bocadillos.
Las aulas se deberán conservar limpias y ordenadas, subiendo las sillas, cuando
termine la última sesión.
ASEO
En cada planta del Colegio, hay aseos tanto de niñas, como de niños, que se deben usar
de forma correcta.
Asimismo, los alumnos de Educación Infantil usarán sus servicios adecuadamente, y,
ante situaciones imprevistas, se seguirá el siguiente procedimiento:
- Avisar a la familia, que será quien le ponga ropa limpia y le aseará.
- El profesor no tendrá obligación de cambiar la ropa al alumno, lo que se adopta
para guardar el derecho a la intimidad del alumno, y los posibles efectos
negativos que pudiera ocasionarle.
ENFERMEDAD O LESIONES DEL ALUMNADO
Cuando un alumno se encuentre mal, el tutor deberá llamar por teléfono a los
familiares para que vengan a buscarle, por lo que deberá disponer de uno o más
teléfonos de contacto.
En caso de una lesión producida durante el periodo lectivo, se seguirá el
siguiente procedimiento:
Aplicar los primeros auxilios con el botiquín del Colegio.
27
Si la lesión es más grave, avisar a la familia comunicándole el traslado del
alumno al centro medico.
Si el alumno puede esperar, será su familia quien lo traslade al centro medico
correspondiente.
Si no se contacta con la familia, o se considera que el alumno debe recibir
atención médica urgente, bien se avisará a los servicios de urgencia de la
localidad, o será el tutor o un miembro del Equipo Directivo, quien se hará cargo
de llevar al alumno al centro medico.
OBJETOS NO PERMITIDOS
No estará permitido traer al colegio objetos peligrosos, o que distraigan la
atención del alumno o sus compañeros. En caso de que traigan juguetes no
peligrosos, sólo podrán usarlos en el recreo, sin que el centro se haga
responsable de su pérdida o rotura.
GOLOSINAS
Está prohibido comer todo tipo de golosinas en las horas de clase, pero sí las
podrán traer para las horas de recreo.
MATERIALES DE USO COMÚN
Será un deber de los alumnos y del profesorado cuidar el material de uso común
y dejarlo ordenado en su lugar correspondiente.
El encargado del material es la secretaria del Centro, por lo que habrá que
comunicárselo a ella, en caso de faltar algún material necesario.
Cada aula dispone de su propio material.
La fotocopiadora está a disposición de todo el profesorado, pudiendo utilizarla
uno mismo o el conserje. Es necesario anotar las fotocopias que hace cada uno
para llevar un control de los gastos.
INSTALACIONES
Será un deber del alumnado y del profesorado, utilizar de forma adecuada todas
las instalaciones del centro, procurando mantenerlas limpias y en orden.
El aula de Informática tiene sus propias normas y horario de uso.
La biblioteca está a disposición de toda la Comunidad Educativa, dispone de un
horario y de un profesor responsable.
CLASES DE EDUCACION FISICA
28
Para las clases de Educación Física es obligatorio que el alumnado venga
equipado con ropa deportiva (zapatillas deportivas, calcetines, chándal y
camiseta de algodón), así como de una pequeña bolsa de aseo.
ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
Los profesores incluirán dentro de la Programación General Anual, en la de sus
respectivos ciclos, aquellas salidas o actividades extraescolares y
complementarias que hayan previsto realizar durante el curso.
No obstante, si a lo largo del curso, fuera conveniente realizar alguna que no
hubiera estado prevista, se deberá contar con la aprobación del Consejo Escolar.
Cualquier actividad programada que suponga la suspensión de las clases
normales, deberá contar al menos con la participación de un número de alumnos
igual o superior al 65%, excepto en educación infantil (50%). Los alumnos que
no participan en la actividad no deberán asistir al centro. En caso de que no se
supere esta cifra, el consejo escolar podrá autorizar su realización siendo
obligada la asistencia a clase del alumnado que no va a la salida, organizando la
jefatura de estudios su atención en el periodo que dure la misma. Estas
actividades tendrán la consideración de lectivas para todos los efectos.
Los alumnos en sus salidas irán acompañados por maestros del Centro. Serán
acompañados con carácter preferencial por sus profesores tutores, profesores
especialistas que impartan clases y miembros de la dirección del Centro.
Posteriormente si fuese necesario, se haría extensiva a los maestros del Ciclo, y
después al resto de maestros del Centro, siempre y cuando, su asistencia no
afecte al funcionamiento general del centro. Cabe la posibilidad , en caso de
necesidad, de que pueda asistir acompañando a los maestros algún padre/madre
integrante del A.M.P.A:, o alguno en particular, siempre y cuando esté
autorizado por la Dirección.
En ningún caso se permitirá que viaje en autobús ni un solo pasajero más de la
capacidad del vehículo. Antes de la salida, el profesor responsable, entregará una
relación nominal de participantes, incluido el profesorado y demás acompañantes a
la Jefatura de Estudios.
Las vacantes producidas por la marcha de estos profesores serán cubiertas por los
que deban impartir clase al alumnado que se ha incluido en la actividad extraescolar
y que permanezcan en el centro.
29
El alumnado que después de abonar el importe de una salida, no pueda asistir
a ella, por cualquier razón, tendrá derecho a la devolución de las cantidades
satisfechas; salvo si de esta devolución se deriva encarecimiento para los
demás participantes.
DISCIPLINA
Se fomentarán relaciones de respeto tanto entre los alumnos, como entre el
alumnado y el profesorado. Ningún miembro de la Comunidad Educativa
será discriminado por ninguna causa.
Cuando se produzcan peleas entre los alumnos, se seguirá el siguiente
procedimiento:
Neutralizar al alumno o alumnos implicados.
Aislarlo del resto de los alumnos del aula.
Si hubiera varios alumnos implicados, distanciarlos entre sí.
El profesor usará la firmeza necesaria, pero, en ningún caso, adoptará
actuaciones que puedan ser confundidas con violentas.
A continuación, se iniciará el proceso de adopción de las medidas
correctoras correspondientes.
VISITAS DE PADRES/MADRES
En el horario del Centro, se establece un día y una hora de visita de padres, que
es importante respetar para no interrumpir los periodos lectivos.
En aquellas ocasiones que la urgencia del asunto así lo requiera, o la
imposibilidad de asistencia de los padres, podrá flexibilizarse este horario.
2.- Incumplimiento de las Normas.
En primer lugar, se hablará con la persona o personas afectadas.
Si no se aclara el conflicto, se informa al tutor o tutora por parte tanto del
profesor que ha estado presente cuando se ha producido el incidente, como por
parte de los alumnos implicados.
El tema podrá ser tratado en Asamblea de clase o en tutoría.
Si fuera necesario, se informa al Jefe de Estudios, Dirección y familia, por
escrito, en modelos de faltas que existen en el Centro para tal finalidad.
Las informaciones que se darán a las familias por escrito, por medio de dichos
modelos, tendrán aviso de expulsión, si se considera que las faltas son
suficientemente graves.
30
Finalmente, se puede llevar el conflicto al Consejo Escolar, a través de la
Comisión de Convivencia.
3.- Orientaciones sobre las medidas correctivas. Tipificación de faltas.
3.1. Principios generales:
• Las correcciones tienen un carácter educativo y reparador, garantizan el respeto
de los derechos del resto y procuran la mejora de las relaciones.
• Corrección tener en cuenta:
• No imponer correcciones contrarias a la integridad física y dignidad
personal del alumno.
• Correcciones guarden proporcionalidad con la conducta del alumno y
contribuyan a la mejora de su proceso educativo
3.2. Valoración del incumplimiento de las normas:
• Los incumplimientos de las normas de convivencia habrán de ser valorados
considerando la situación y las condiciones personales del alumno:
• Edad de los alumnos.
• Circunstancias personales, familiares o sociales.
3.3. Reparación de daños materiales:
• Quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste de su
reparación.
• Restituir lo sustraído.
3.4. Gradación de las correcciones:
• Se consideran circunstancias paliativas:
a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
b) La ausencia de intencionalidad.
c) La reparación voluntaria de los daños producidos, ya sean físicos o morales.
d) El carácter ocasional de la falta en la conducta habitual del alumno.
• Se consideran circunstancias acentuantes:
a) La premeditación y la reiteración.
b) Cualquier conducta que suponga atentar contra el derecho a no ser
discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, lengua, capacidad económica,
nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por
discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas, o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.
31
c) Cuando la sustracción, agresión, injuria u ofensa se realice contra quien se
halle en situación de inferior edad, minusvalía, reciente incorporación al centro o
situación de indefensión.
d) La publicidad en la comisión de la infracción.
e) La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al centro o a
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
3.5. Tipificación de faltas
3.5.1 Son conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro las que, no
teniendo la consideración de gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro,
por su entidad o trascendencia estén tipificadas en algunos de los siguientes supuestos:
a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.
b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del
derecho o el cumplimiento del deber del estudio.
c) La negativa sistemática a acudir a clase con el material necesario o a esforzarse por
realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor o a trasladar a sus
padres o tutores la información facilitada en el centro.
d) Los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.
e) Los actos de indisciplina, incorrección o desconsideración. hacia el profesor u otros
miembros de la comunidad educativa.
f) Causar daños en las instalaciones del centro, material de éste o de los miembros de la
comunidad educativa.
g) Deteriorar las condiciones de higiene del centro.
h) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de
convivencia.
3.5.2. Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro podrán ser
corregidas con las siguientes medidas educativas:
a) Amonestación privada o por escrito.
b) Comparecencia inmediata ante el Jefe de estudios o el Director del centro.
c) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días.
d) Realización de tareas educadoras para el alumno, fuera del horario lectivo, o, si
procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, material del centro o a
las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. La realización de estas
tareas no se podrá prolongar por un periodo superior a cinco días lectivos.
32
e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o
complementarias del centro por un periodo máximo de cinco días lectivos.
f) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.
g) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo
de cinco días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá
permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por
parte del profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en el proceso
formativo. El Jefe de estudios organizará la atención al alumno.
h) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un periodo máximo de cinco días
lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los
trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia para evitar la
interrupción en el proceso formativo.
3.5.3 Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el
centro:
a) Los actos graves de indisciplina, injuria u ofensa contra los miembros de la
comunidad educativa.
c) La agresión grave, física o moral, la discriminación grave a cualquier miembro de la
comunidad educativa, así como la falta de respeto a la integridad y dignidad personal.
d) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o
sustracción de documentos académicos.
e) Los daños graves causados en los locales, material o documentos del centro o en los
bienes de otros miembros de la comunidad educativa.
g) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros
de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
h) La introducción en el centro de objetos y sustancias peligrosas o perjudiciales para la
salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
j) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
k) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa,
particularmente si tiene componente sexista o xenófobo, o contra alumnos con
necesidades educativas específicas o de nuevo ingreso.
l) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia, si concurren
circunstancias de colectividad o publicidad intencionada.
m) La incitación o estímulo a la comisión de una falta gravemente perjudicial para la
convivencia.
33
3.5.4. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro
previstas en las letras b), f), i), j), y m) podrán ser corregidas con las siguientes
medidas educativas:
a) Realización de tareas educadoras para el alumno, fuera del horario lectivo, o, si
procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, material del
centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Período
superior a 5 e inferior a 16 días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o
complementarias del centro. Período superior a 5 e inferior a 16 días lectivos.
c) Cambio de grupo. Período superior a 5 e inferior a 16 días lectivos.
d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período
comprendido entre 5 y 16 días lectivos. Durante es tiempo el alumno permanecerá
en el centro y realizará trabajos académicos que el profesor determine. El Jefe de
Estudios organizará la atención del alumno.
3.5.5 Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro
previstas en las restantes letras , podrán ser corregidas con las siguientes medidas
educativas:
a) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un período comprendido
entre 6 y 15 días lectivos. Durante ese tiempo el alumno deberá realizar los
trabajos que los profesores consideren necesario. La persona encargada de llevar a
cabo el seguimiento del alumno durante este periodo será el profesor tutor. . El
alumno deberá presentarse en el centro, con los trabajos realizados con el fin de
que estos le sean revisados en el horario de dedicación exclusiva por parte de su
tutor/a, es decir de 13 a 14 horas, o bien, en horario de 16 a 18 horas, según lo
determine el profesor/a con el visto bueno del Jefe de Estudios y el Director.
b) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un período comprendido
entre 16 y 30 días lectivos. Durante ese tiempo el alumno deberá realizar los
trabajos que los profesores consideren necesario. La persona encargada de llevar a
cabo el seguimiento del alumno durante este periodo será el profesor tutor. El
alumno deberá presentarse en el centro, con los trabajos realizados con el fin de
que estos le sean revisados en el horario de dedicación exclusiva por parte de su
tutor/a, es decir de 13 a 14 horas, o bien, en horario de 16 a 18 horas, según lo
determine el profesor/a con el visto bueno del Jefe de Estudios y el Director.
c) Cambio de centro.
34
CAPITULO VI: INVENTARIO.
1.- Los medios (mobiliario, audiovisuales y de ayuda a los fines de la educación) estarán
recogidos y signados en el Inventario del Colegio, que se actualizará y revisará al inicio
de cada curso escolar.
2.- La ordenación y control del estado del material corresponde a los órganos de
dirección, más concretamente a la Secretaría del centro, que podrá delegar sus funciones
para el mejor funcionamiento y uso de los recursos.
CAPITULO VII: PRESUPUESTO ECONÓMICO.
La elaboración de los Presupuestos corresponde a la Secretaria del centro, tarea en la
que estará asistida por la Comisión Económica del Consejo Escolar.
El Profesorado del Centro podrá formular peticiones, debidamente razonadas en su
necesidad o pertinencia, para que sean tenidas en el momento de la elaboración del
Presupuesto.
La aplicación y desarrollo de las diferentes partidas presupuestarias se hará atendiendo a
la consecución de objetivos de esta comunidad escolar, y en funcion de los Programas,
Proyectos, Unidades Didácticas, Actividades Complementarias y Extraescolares que
estén programadas y recogidas en la Programación General Anual o, en su caso,
aprobadas por el Consejo Escolar, tras petición razonada de los proponentes.
Corresponde a la Dirección del colegio la autorización de los gastos y ordenar los
pagos.
La Secretaria elaborará el Estado de Ingresos” y “Estado de Gastos”, con arreglo a la
normativa vigente; de los que se dará cuenta a la Comunidad Escolar a través del Plan
Anual del centro.
De la gestión económica se dará cuenta trimestralmente ante el Consejo Escolar y el
Claustro de Profesores:
a) Al aprobarse el Plan anual del centro.
b) Al efectuar la revisión del plan anual.
c) Al concluir el curso escolar.
35
CAPITULO VIII: DISPOSICIONES.
1.- El presente Reglamento de Régimen Interno del COLEGIO DE EDUCACION
INFANTIL Y PRIMARIA ANDRÉS GARCÍA SOLER podrá ser reformado y/o
ampliado en su totalidad o en parte, de acuerdo con lo siguiente:
Por derogación, suspensión o reforma de la normativa legal de rango superior
que le afecte directamente, en el ámbito de la Educación Infantil y Primaria.
Por iniciativa y propuesta motivada del Consejo Escolar.
A propuesta y petición del Claustro de Profesores del colegio, que ofrecerá, para
ello, el proyecto alternativo o de las partes o secciones que proponga modificar.
A propuesta y petición de las Asociaciones de Padres/Madres de alumnos/as de
este centro, que presentará escrito motivado y proyecto alternativo.
2.- Las propuestas de modificación podrán ser aprobadas por el Consejo Escolar en el
tercer trimestre del curso y entrarán en vigor al comienzo del curso siguiente.
3.- Todos los órganos colectivos de esta Comunidad Escolar poseerán, al menos, un
ejemplar del presente Reglamento.
4.- Será de aplicación a toda persona que forme parte de esta Comunidad Educativa, en
aquellos aspectos que afecten al grupo al que pertenezca, profesorado, alumnado,
padres/madres, o personal de administración y servicios.
A efectos de su conocimiento se comunicará su existencia a cada miembro de la
Comunidad en el momento de su incorporación al centro.
Este Reglamento deroga y sustituye a cualquier otro que estuviera vigente en esta
Comunidad Escolar del colegio público “Andrés García Soler” de Lorca.
El presente Reglamento de Régimen Interno del colegio público “Andrés García Soler”
de LORCA (Murcia), se aprobó por el Consejo Escolar, en sesión celebrada el día 31 de
Mayo de 2006.
36