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ESLIMP CALLAO EMPRESA DE SERVI CIO DE LIMPIEZA
MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 2
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
CONTENIDO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, UBICACIÓN É IMPORTANCIA……10
CAPÍTULO II
NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIONES GENERALES, ATRIBUCIONES Y
COMPETENCIAS…………………………………………………………………….12
CAPÍTULO III
BASE LEGAL…………………………………………………………………………14
CAPÍTULO IV
FINALIDAD, PRINCIPIOS, VALORES Y UTILIDAD QUE PROPORCIONA EL
(ROF)………………………………………………….…………………………….. ..15
CAPÍTULO V
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS………..……………………...……………………18
CAPÍTULO VI
VISIÓN INSTITUCIONAL…………………………………………………………....20
CAPÍTULO VII
MISIÓN INSTITUCIONAL……………………………..………………….…….…...20
INDICE
ESLIMP CALLAO EMPRESA DE SERVI CIO DE LIMPIEZA
MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 3
CAPÍTULO VIII
POLÍTICAS DE LA GESTIÓN DE ESLIMP CALLAO S.A……………………….21
TITULO SEGUNDO
CAPITULO I
ESTRUCTURA ORGÁNICA………………………………………………………...23
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS…………………………………………….25
EL DIRECTORIO…………………………………….. ……………..….…….........27
GERENCIA GENERAL…………………………………………….….....………….30
CAPITULO III
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL…………………………34
CAPÍTULO IV
ÓRGANOS DE ASESORÍA
GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA……………………………….38
GERENCIA DE PRESUPUESTO……………………………………..41
GERENCIA TECNICA…………...……………………………………..44
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CAPÍTULO V
ÓRGANOS DE APOYO
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS………………….45
OFICINA DE CONTABILIDAD………………………………………...48
OFICINA DE TESORERIA……………………………………………..51
OFICINA DE ABASTECIMIENTO……………………………………..53
UNIDAD DE SOPORTE MECANICO…………………………………56
OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RESIDUOS
SÓLIDOS………………………………………………………………..57
CAPITULO VI
ÓRGANOS DE LÍNEA
LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS………………………..59
UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL……………………………………...62
JEFATURA DE SEGURIDAD………………………………………….64
UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS…………….66
GERENCIA DE OPERACIONES……………...……………………...67
UNIDAD DE RECOLECCIÓN………………………………………….70
UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VÍAS……………………………71
UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN
CIUDADANA…………………………………………………………….72
UNIDAD DE VIVERO…………………………………………………..74
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GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES..75
UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES……………………………..77
TITULO TERCERO
DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES………………...78
DEL REGIMEN LABORAL……………………………………………..78
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS……………………………79
DISPOSICIÓN TRANSITORIA………………………………………..79
DISPOSICIÓN FINAL…………………………………………………..79
ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA………………………………….80
DEFINICIONES……………………………………………………...….81
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 6
El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es de
observancia general, que deberá ser empleado como un instrumento de gestión
administrativa, para establecer campos funcionales, responsabilidades y como
un medio para efectuar el proceso de dirección y control.
Es la manera como una entidad se organiza para realizar sus actividades
y cumplir con sus funciones y cómo repercute de manera significativa en los
resultados y logros que alcanza De ese modo, si una entidad y quienes trabajan
en ella, no tienen claros sus objetivos o cuales son las responsabilidades de cada
trabajador y cada área, es muy probable que su desempeño sea deficiente,
porque hay tareas que se dejan de hacer o se duplican esfuerzos o se invierte
tiempo en tareas que no es necesario realizar.
Los documentos Normativos de gestión permiten administrar de una
manera ordenada, planificada y eficaz, tanto en su aspecto organizacional como
en el relacionado con el cumplimiento de los objetivos y metas a su cargo.
El ROF es el documento que ordena las funciones a su cargo, conteniendo
en su estructura orgánica así como las funciones generales y específicas de
cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, debiendo a su vez, tener una
vigencia que permita consolidar la estructura organizacional y fortalecer las
capacidades institucionales, por ello, deben evitarse las modificaciones que
conlleven a cambios significativos o generalizados en la organización, que
puedan afectar negativamente la gestión y resultados.
PRESENTACIÓN
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La globalización trae consigo una serie de exigencias técnicas que
involucran a todo el aparato estatal que se desenvuelven en un escenario más
competitivo. Lo cual implica que la operatividad y los procesos de la empresa, se
gerencia de manera eficiente, eficaz y adecuando su organización a los
requerimientos de su realidad a fin de convertir la Provincia Constitucional del
Callao en una ciudad limpia.
El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) como documento
técnico normativo de gestión, formaliza la estructura orgánica de ESLIMP
CALLAO S.A., orientada al logro de la misión, visión y objetivos institucionales
contenidos en el Plan Estratégico Institucional para el período (PEI 2015-2018),
el Presupuesto Institucional (PIA) y el Plan Operativo Institucional (POI) entre los
principales instrumentos de gestión.
El ROF busca distinguir las funciones operativas o de línea, funciones de
apoyo, funciones de control, funciones de asesoramiento y las funciones de
administración, estableciendo relaciones jerárquicas de autoridad y
subordinación que se presentan entre las dependencias orgánicas creadas para
el cumplimiento de estas funciones.
El nuevo diseño de la organización debe lograr mayor eficiencia y eficacia
de la Gestión de la empresa, desarrollando las capacidades del Potencial
Humano y eliminar la duplicidad o superposición de competencias, funciones y
atribuciones entre áreas o entre funcionarios y servidores. La estructura de
organización diseñada para la empresa ha sido concebida de tal manera que los
órganos de Alta Dirección se aboquen a la formulación y control de las políticas
de la empresa, ejerciendo el principio de unidad de dirección; que los órganos
administrativos desarrollen funciones de apoyo y asesoramiento de carácter
general y que los órganos de línea, sean los que ejecuten la Misión de ESLIMP
CALLAO S.A. para elevar la calidad de vida y satisfacer las necesidades de la
comunidad chalaca en cuanto a limpieza pública.
INTRODUCCIÓN
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ESLIMP CALLAO S.A. asume el rol promotor creando condiciones y
escenarios del entorno institucional que le confiere la ley con responsabilidad y
transparencia en los objetivos, funciones, competencias y facultades para
convertirse en una Empresa sólida, eficiente y sostenible.
El proceso de elaboración del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), recoge lo señalado en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM -
Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del ROF, y propone una
metodología para la aplicación de los mismos.
En efecto, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) contempla
no sólo el marco legal que explica la razón misma de ser de la entidad y da origen
a sus funciones, sino también las prioridades y estrategias. No se puede dejar
de lado en este análisis a la realidad, es decir las posibilidades concretas que
tiene una entidad para hacer todo o parte de lo que las normas le asignan como
responsabilidades, así como la información que surge de analizar las
transformaciones que en el ejercicio mismo de las funciones ha sufrido la
empresa.
La metodología de trabajo utilizado facilitan el proceso de análisis de la
información, mediante la elaboración de matrices que recogen información del
marco legal, de la estrategia institucional, del ROF vigente y del estado actual de
la organización; así como de matrices comparativas que se consolidan para
obtener un panorama completo de las funciones que debe realizar y poder optar
por la organización más adecuada.
Permite al personal que trabaja en la empresa identificar qué atribuciones
y responsabilidades le corresponde a cada uno de los órganos y unidades
orgánicas en los que labora, de modo tal que oriente su labor al cumplimiento de
tales funciones. Del mismo modo facilita la integración del personal nuevo al
contar con un documento que lo orienta sobre el quehacer de los órganos y
unidades de la empresa.
El éxito de la gestión no depende de la estructura misma, sino de la
facilidad que esta proporciona a los integrantes de la empresa para lograr los
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 9
resultados esperados. Por ello debe institucionalizarse la evaluación de la
gestión por resultados, y hacer uso permanente de recursos tecnológicos, la
planificación estratégica, y la rendición de cuentas.
El nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la empresa,
debe orientarse permanentemente a lograr una organización sostenible en la
jurisdicción, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con
transparencia.
Los funcionarios y trabajadores de la empresa tienen la responsabilidad
permanente de promover y proponer iniciativas para fortalecer el desarrollo de la
organización, para lograr una gestión eficiente y eficaz en la ejecución de las
actividades y proyectos alcanzando altos niveles de calidad en los servicios de
limpieza Pública.
Los integrantes de la Organización, deben considerar principios y valores
fundamentales que hagan posible que la gestión estratégica tenga un valor
agregado y un proceso de mejora continua. El presente instrumento de gestión,
al definir la estructura orgánica permite la posterior formulación del Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización y Funciones (MOF),
ambos documentos complementan en términos de gestión institucional el nuevo
marco normativo con el cual administrativamente ha de operar la empresa.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES (ROF) DE LA EMPRESA DE
SERVICIO DE LIMPIEZA MUNICIPAL PÚBLICA
DEL CALLAO ESLIMP CALLAO S.A.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
CONTENIDO, AMBITO DE APLICACIÓN, UBICACIÓN E
IMPORTANCIA
ARTÍCULO 1º.- Contenido
El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un
documento técnico normativo de gestión Institucional que constituye una de las
herramientas básicas de las Organizaciones Públicas, de carácter técnico,
normativo, regula las funciones, atribuciones y competencias de los órganos
hasta el tercer nivel jerárquico.
El ROF por otro lado, es el documento en el que se plasma todos los
conocimientos que científicamente han sido aportados con el pasar de los años
en la administración pública, referente a las disciplinas, principios, teorías,
técnicas, estrategias y métodos generalmente aceptados.
Al respecto el Artículo 9º de D.S. Nº 043-2006 – PCM establece que el ROF
es el documento técnico normativo de gestión Institucional en una Entidad que
establece lo siguiente:
a) La estructura orgánica de la entidad.
b) Las funciones generales y específicas de la entidad y cada uno de sus
órganos y unidades orgánicas.
c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades
orgánicas y entidades cuando corresponda.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 11
El presente documento establece la naturaleza, fija la finalidad, y determina
los Objetivos, funciones generales y específicas de los órganos; facultades,
atribuciones, determina las responsabilidades, por la consecuencia de actos de
los titulares de cada órgano y estructura orgánica, así como las competencias
resolutivas, las capacidades para decidir, las jerarquías y niveles de los órganos.
ARTÍCULO 2º.- Ámbito de aplicación
El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un instrumento de
gestión de carácter normativo, describe la naturaleza, finalidad, objetivos,
estructura y funciones generales de los órganos de ESLIMP CALLAO S.A. su
ámbito de aplicación de las normas y disposiciones del presente Reglamento,
comprende a todos las Unidades Orgánicas, personal directivo, profesional,
técnico, así como de apoyo y obreros en lo que les sea aplicable. Que cuenta
con la respectiva opinión legal y es aprobado y modificado por sesión de
Directorio.
ARTÍCULO 3°.- Ubicación
ESLIMP CALLAO S.A. tiene su domicilio legal e institucional en Av.
Contralmirante Mora N° 500 Callao Cercado, Provincia Constitucional del Callao.
ARTÍCULO 4°.- Importancia
El Reglamento de Organización y Funciones es un documento
indispensable para la gestión de ESLIMP CALLAO S.A., norma, orienta y guía la
implementación de las funciones del Primer, Segundo y Tercer Nivel
Organizacional, precisando sus funciones.
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CAPÍTULO II
NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIONES GENERALES,
ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS
ARTÍCULO 5°.- Naturaleza
ESLIMP CALLAO S.A., se constituyó bajo el régimen de una Empresa
Municipal de Derecho Privado, adoptando la modalidad de Sociedad Anónima
sujeta a las disposiciones emanadas de la Ley Orgánica de Municipalidades, por
su Estatuto, la Ley General de Sociedades y por las demás disposiciones legales
que le sean aplicables, actuando con autonomía financiera, administrativa y
empresarial.
Mediante Escritura de Constitución de Sociedad Anónima de fecha 12 de
marzo de 1991, inscrita en el Registro Mercantil del Callao en la ficha N° 5432,
se constituye la Empresa de Servicios de Limpieza Municipal Pública del Callao
S.A. y rige su autoridad en concordancia con la normativa vigente: Acuerdo de
Concejo Municipal Provincial del Callao Nº 52-87-MPC de fecha 20 de noviembre
de 1987. Estatuto de ESLIMP CALLAO S.A., inscrito en el Registro de
Sociedades Anónimas del Callao, partida Nº 70006903 de fecha 3 de junio de
2002.
ARTÍCULO 6º.- Funciones Generales
ESLIMP CALLAO S.A. tiene como principal actividad económica el
dedicarse al recojo, recolección, transporte, tratamiento e industrialización de los
residuos sólidos del área jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao,
así como brindar servicios públicos complementarios de limpieza incluido el uso
y distribución de contenedores, y asesoría.
Forma parte del objeto social el servicio integral de saneamiento
ambiental, como la preservación del medio ambiente, defensa del ecosistema,
tratamiento de aguas, y actividades afines; y el servicio de fumigación.
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Así mismo la comercialización de los productos segregados y de los
derivados de la transformación e industrialización de otras áreas jurisdiccionales
públicas y privadas que celebren convenio de servicios con la empresa.
También brindan servicios de limpieza industrial, alquiler y mantenimiento
integral de maquinaria y representaciones comerciales.
De igual forma, la empresa, tiene entre otras actividades, procesos y
operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación
hasta su disposición final, de conformidad por lo dispuesto en la Ley 27314 (Ley
General de Residuos Sólidos).
Promover el desarrollo sostenible de la gestión de ESLIMP CALLAO S.A.,
en estricta armonía y transparencia, llevadas a cabo y realizadas por la Gerencia
General, los órganos de asesoría, apoyo y de línea. .
ARTÍCULO 7º.- Atribuciones
ESLIMP CALLAO S.A. tiene las siguientes atribuciones:
7.1. Acordar su régimen de organización interior.
7.2. Elaborar y controlar su presupuesto.
7.3. Administrar sus bienes y rentas.
7.4. Organizar, reglamentar y administrar los servicios de limpieza pública.
7.5. Exigir el cumplimiento de sus propias normas.
7.6. Promover y organizar conforme a Ley Orgánica de Municipalidades,
la participación de los servicios de limpieza en el desarrollo distrital.
ARTÍCULO 8º.- Competencias
Dentro de la Jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao.
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CAPÍTULO III
BASE LEGAL
ARTÍCULO 9º.- Base Legal
Para la formulación del presente Reglamento se ha tomado como base legal:
1. Las disposiciones de la Constitución Política del Perú (1993) Título IV
CAPÍTULO XIV “De la Descentralización”
2. Ley N° 27972, publicada el 27/05/2003, Ley Orgánica de Municipalidades.
3. D.S. Nº 043-2006-PCM, publicado el 26/07/2006.Lineamientos para la
elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública.
4. Ley Nº 27658, publicada el 30/01/2002. Ley Marco de Modernización de
la Gestión del Estado.
5. D.S. N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).
6. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y normas
modificatorias.
7. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
8. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
9. Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo
10. Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Público
11. Las Normas de Carácter Administrativo que regulan las distintas
funciones de ESLIMP CALLAO S.A.
12. Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República.
13. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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CAPÍTULO IV
FINALIDAD, PRINCIPIOS, VALORES Y UTILIDAD QUE
PROPORCIONA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES
ARTÍCULO 10.- Finalidad
ESLIMP CALLAO S.A. tiene como finalidad promover el desarrollo
sostenible de la localidad en los aspectos, del servicio de limpieza pública, en
armonía con las políticas y con los Objetivos definidos en el Plan Estratégico
Institucional (PEI 2015-2018).
En este contexto la empresa tiene el compromiso de promover la
participación ciudadana y mejorar la calidad de vida de los vecinos chalacos con
una ciudad limpia y saludable.
Para lograr esto la empresa se compromete a Gestionar la Planificación y
la Administración de los recursos, con Transparencia, eficiencia y eficacia, sobre
la base de la gestión por resultados y los Objetivos y Metas definidos en el Plan
Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI).
Asimismo, en concordancia con el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM,
que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, de
obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno en todos sus niveles,
se encuentra orientada a la adopción de un enfoque de gestión basado en
procesos, el cual se vincula directamente con el objetivo general de “Orientar,
articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización
hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el
bienestar del ciudadano, para lo cual ha identificado y definido los procesos
necesarios para el funcionamiento de la empresa, considerando los objetivos y
resultados esperados planteados en el Plan Estratégico Institucional (PEI 2015-
2018).
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ARTÍCULO 11º.- Principios
ESLIMP CALLAO S.A. desarrolla sus acciones en base a los siguientes
principios:
11.1 Principio de Universalidad. Nuestro esfuerzo y dedicación garantiza
el servicio de limpieza Pública de la comunidad chalaca.
11.2 Principio de inclusión social. Brindamos el servicio de limpieza
Pública sin discriminación de condición social o económica.
11.3 Principio de equidad. Otorgamos a todos los ciudadanos la
oportunidad de acceder a nuestros servicios.
11.4 Principio de integridad. Reconocemos la necesidad de mantener
limpia la ciudad y la ampliación de nuestros servicios hacia el entorno más
vulnerable de la comunidad.
11.5 Principio de complementariedad. Participamos del esfuerzo
intersectorial para revertir los factores que afectan la salud por efectos de
la contaminación.
11.6 Principio de eficiencia. Nuestras acciones tiene la capacidad de
lograr beneficios para la población para ello empleamos las estratégicas
adecuadas y maximizamos el uso de nuestros esfuerzos.
11.7 Principio de calidad. Nuestra atención es oportuna, eficaz y con pleno
respeto de los derechos de los ciudadanos.
11.8 Principio de sostenibilidad. Garantizamos la continuidad de nuestros
servicios y esfuerzos hacia la población.
11.9 Principio de respeto. Respetamos en todo momento la integridad
personal y derechos de los ciudadanos.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 17
ARTÍCULO 12º.- Valores
ESLIMP CALLAO S.A. Desarrolla sus acciones en la base de los siguientes
valores:
12.1 Valores Éticos: Transparencia, honradez, puntualidad respeto,
identidad, disposición a la innovación y al cambio.
12.2 Valores de Orden: Disciplina, tolerancia, solidaridad, vocación de
servicio.
12.3 Valores Funcionales: Eficacia, eficiencia, responsabilidad.
12.4 Valores de Desarrollo: Trabajo en equipo, innovación proactiva,
liderazgo.
ARTÍCULO 13°.- Utilidad que proporciona el (ROF)
Es utilizado por los funcionarios como instrumentos de gestión
estableciendo los límites de su actuación. Determina el ámbito y los límites de
actuación de la entidad y sus órganos y unidades orgánicas estructurales.
Informa y orienta en la elaboración de los documentos de desarrollo tales
como: el Manual de Organización y Funciones (MOF), el Cuadro para la
Asignación del Personal (CAP), el Presupuesto Analítico del Personal (PAP), el
Clasificador de Cargos (CC), el Manual de Procedimientos Administrativos
(MAPRO), el Plan Estratégico Institucional (PEI), el Plan Operativo Institucional
(POI), y cualquier otro documento de desarrollo (reglamentos, instructivos,
directivas o lineamientos).
Es útil para realizar el seguimiento de la actuación de los titulares de los
órganos, y para determinar la responsabilidad por los efectos que produce la
actuación de los servidores públicos.
Sirven para elaborar los planes estratégicos y determinar las acciones a
realizar en determinado periodo.
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CAPÍTULO V
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
ARTÍCULO 14º.- Objetivos
ESLIMP CALLAO tiene como Objetivo Optimizar el servicio de limpieza
pública, mejorar la calidad de vida de la población mediante la gestión
participativa y ecoeficiente, en los aspectos de gestión y manejo de los residuos
sólidos, para prevenir la contaminación ambiental y la salud de la población,
brindando un servicio altamente eficaz, eficiente y efectivo, reduciendo costos
asociados con el manejo de los desechos sólidos, incentivando a los
trabajadores a desarrollar innovaciones para reducir la generación de los
desechos dentro del área jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao,
cumpliendo de manera creativa y responsable.
ESLIMP CALLAO S.A. desarrolla sus actividades en base a los siguientes
Objetivos Estratégicos:
1. IMPULSAR EL DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO. Adecuar
el potencial humano a los desafíos de la Organización.
2. MEDIO AMBIENTE. Promover una gestión integral del ambiente que
conserve el patrimonio natural y minimice los impactos negativos
generados, buscando la sostenibilidad del distrito.
3. FORTALECER EL SISTEMA DE CONTROL. Fortalecer el ejercicio de
la fiscalización de las actividades que realizan las diferentes gerencias.
4. DESARROLLO INSTITUCIONAL. Disponer de los recursos
económicos y financieros para la ejecución de las políticas institucionales.
5. PARTICIPACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA. Participar en
programas, campañas, talleres de sensibilización y educación, con
énfasis en deberes y derechos de la población en la gestión de residuos
sólidos, en coordinación con las áreas involucradas de la MPC.
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6. GESTIÓN Y BUEN MANEJO ADMINISTRATIVO. La plataforma
institucional sobre la que se proyecta el accionar de los ejes y los
principios institucionales debe orientarse hacia estándares
Administrativos y de gestión superiores a los logrados.
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CAPÍTULO VI
VISIÓN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 15°.- Visión
ESLIMP CALLAO será una Empresa Líder, rentable y con responsabilidad
social, trabajando con eficiencia en la administración de sus recursos, con
eficacia para la consecución de sus objetivos y metas. Comprometiendo a la
sociedad, con la finalidad de mantener la limpieza Pública y el medio ambiente
en el ámbito de la provincia Constitucional del Callao, para satisfacción de su
población conjuntamente con el trabajo de mejorar la calidad de vida de sus
habitantes mediante el trabajo concertado y responsabilidad compartida entre el
gobierno local, instituciones y sociedad civil organizada, para proteger el medio
ambiente.
CAPÍTULO VII
MISIÓN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 16°.- Misión
ESLIMP CALLAO “Somos una Empresa pública de derecho privado
Encargada de la prestación del servicio de Limpieza Pública, el recojo y
transporte de los residuos sólidos municipales e industriales, integrando los
esfuerzos de la Organización y la Sociedad, de manera coordinada, para
asegurar una efectiva gestión y protección del ambiente. Desarrollando una
gestión participativa a través de la optimización de los servicios, incluyendo el
reaprovechamiento de los residuos sólidos, a la vez implementar mecanismos
de control y fiscalización acorde a la normatividad vigente y a las buenas
prácticas ambientales con el fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos
chalacos, teniendo como pilares la eficiencia y la eficacia.
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CAPÍTULO VIII
POLÍTICAS DE LA GESTIÓN DE ESLIMP CALLAO S.A.
ARTÍCULO 17°.- Políticas de Planificación
17.1. Herramienta básica de ESLIMP CALLAO S.A. es el instrumento de
dirección para orientar y apoyar la adecuada toma de decisiones.
17.2. Precisa los objetivos, las metas y las estrategias de gestión.
17.3. Logra un equilibrio eficaz con los recursos financieros disponibles.
17.4. Se enmarca en los Planes Integrales de Desarrollo Local a mediano
y largo plazo.
ARTÍCULO 18°.- Políticas de Organización
18.1. Se sustenta en una cultura de valores para la obtención de la
excelencia en sus servicios.
18.2. Es dinámica y eficaz.
18.3. Monitorea constantemente a las unidades orgánicas no orientadas
directamente a la prestación de los servicios de limpieza Pública.
18.4. Se ejecuta bajo un principio permanente de innovación en los
procesos con la finalidad de reducir costos.
ARTÍCULO 19°.- Políticas de Dirección Estratégica
19.1. Se ejerce un liderazgo participativo, promoviendo el trabajo en
equipo y manteniendo la motivación del personal.
19.2. Permanente apertura al conocimiento y un alto grado de confianza
mutua, y respeto.
19.3. Logra anticiparse a las exigencias de un entorno cultural y social en
permanente cambio.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 22
19.4. Transmite el conocimiento y la información con calidad, en la
cantidad necesaria y oportuna.
ARTÍCULO 20°.- Políticas de Recursos Humanos
20.1. El personal desarrolla al máximo sus competencias, iniciativa e
ingenio, para aplicarlo en la ejecución de sus tareas y en la solución de
problemas.
20.2. Selecciona al personal para cubrir los puestos de trabajo en función
a los requerimientos de capacidades, habilidades y experiencia.
20.3. Capacitar e instruir al Personal para el desempeño de sus funciones.
ARTÍCULO 21°.- Políticas de Control
21.1. Verificación y control de resultados, grado de cumplimiento de los
objetivos y metas institucionales (indicadores).
21.2. Tiene prioridad las acciones que conlleven a una acción correctiva
previa en el desarrollo de los planes.
22.3. Se ejerce sobre la base de criterios flexibles adaptándolos a los
cambios imprevistos de los Planes Operativos y en concordancia con la
normativa legal vigente y las técnicas de control interno.
ARTÍCULO 22°.- Políticas de Participación Ciudadana
22.1. Potenciar la participación ciudadana activa en forma individual y
colectiva.
22.2. Incrementar de manera significativa los niveles, instancias y
mecanismos de participación ciudadana en el manejo de los residuos
sólidos.
22.3. Participación de la población en programas, campañas, talleres de
sensibilización y educación con énfasis en deberes y derechos de la
población en la gestión de Residuos Sólidos.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 23
TITULO SEGUNDO
CAPITULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
ARTÍCULO 23º.- ESLIMP CALLAO S.A. ha diseño su estructura orgánica, con
determinación clara de los niveles de autoridad y responsabilidad teniendo en
cuenta la naturaleza de sus actividades, volumen de operaciones y en base al
criterio de racionalidad. Asegura el cumplimiento de sus funciones a través de la
siguiente estructura orgánica:
ORGANO SUPREMO
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
1. ORGANO DE DIRECCIÓN
1.2 EL DIRECTORIO
1.3 GERENCIA GENERAL
2. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
2.1 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
3. ORGANOS DE ASESORIA
3.1 GERENCIA DE ASESORIA JURÍDICA
3.2 GERENCIA DE PRESUPUESTO
3.3 GERENCIA TECNICA
4. ORGANO DE APOYO
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
4.1 Oficina de Contabilidad
4.2 Oficina de Tesorería
4.3 Oficina de Abastecimiento
4.3.1 Unidad de Mantenimiento
4.4 Oficina de actividades de reciclaje de RRSS.
5. ORGANO DE LÍNEA
5.1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
5.1.1 Unidad de Servicio Social
5.1.2 Jefatura de Seguridad
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5.1.3 Unidad de Servicios Médicos de Urgencias
5.2 GERENCIA DE OPERACIONES
5.2.1 Unidad de Recolección
5.2.2 Unidad de Mantenimiento de Vías
5.2.3 Unidad de Supervisión y de Coordinación Ciudadana
5.2.4 Unidad de Vivero
5.3 GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
5.3.1 Unidad de Servicios Generales
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CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
ARTÍCULO 24°.- La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la
Sociedad, con atribuciones que le confiere la Ley General de Sociedades, el
Estatuto de la empresa y las Normas emanadas del Gobierno Central sobre las
empresas Municipales. Se compone por tres miembros en representación del
accionista que de acuerdo con el Estatuto, tenga derecho a concurrir y a votar
en las expresadas reuniones.
Estos tres miembros que integran la Junta General de Accionistas en
representación del único socio que es la Municipalidad Provincial del Callao,
serán designados por Resolución de Alcaldía, expedida por el Alcalde Provincial
del Callao, y reunidos según las prescripciones de la Ley y del Estatuto de la
empresa.
La junta General se reunirá obligatoriamente una vez al año dentro de los
tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.
ARTÍCULO 25°.- La Junta General obligatorio anual tiene por objeto:
a) Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del
ejercicio anterior expresados en los respectivos estados financieros.
b) Resolver sobre la aplicación de las utilidades, si las hubiese.
c) Resolver sobre los demás asuntos consignados en la convocatoria.
ARTÍCULO 26°. - Compete a la Junta General de Accionistas:
a) Modificar el Estatuto Social.
b) Aumentar o reducir el capital.
c) Emitir obligaciones.
d) Acordar la enajenación, en un solo acto, de activos cuyo valor contable
exceda el cincuenta por ciento el capital de la sociedad.
e) Disponer investigaciones y auditorias especiales.
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f) Acordar la transformación, fusión, escisión, reorganización y disolución de
la sociedad, así como resolver sobre la liquidación.
g) Resolver en los casos en que la ley o el estatuto disponga su intervención
y en cualquier otro que requiera el interés social.
Los asuntos indicados en este Artículo pueden ser competencia de la Junta
General obligatoria anual siempre que haya sido objeto de la convocatoria y se
cuente con el quórum correspondiente.
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EL DIRECTORIO
ARTÍCULO 27°. - El Directorio es el Órgano Colegiado designado de acuerdo al
Estatuto de la empresa y se rige en lo pertinente por la Ley General de
Sociedades, el Estatuto de la empresa y las Normas emanadas del Gobierno
Central sobre las empresas Municipales.
Se compone por cinco miembros, quienes serán designados por
Resolución de Alcaldía, expedida por el Alcalde del Consejo Provincial del
Callao. El Directorio tendrá a su cargo la Dirección, Representación, Manejo,
Operación y Administración de la empresa.
El directorio tiene todas las facultades de representación legal y gestión
necesarias para la administración de la empresa dentro de su objeto, con la sola
excepción de los asuntos que la Ley o el estatuto atribuyan a la Junta General.
ARTÍCULO 28°. - El Directorio tiene las siguientes facultades:
a) Representar a la Empresa ante toda clase de autoridades judiciales,
políticas, administrativas, consulares, municipales, y de cualquier otra
índole en toda clase de procesos, sean Norma que los regule.
b) Dirigir y administrar los negocios de la Empresa.
c) Contratar o nombrar apoderados técnicos, señalando sus atribuciones,
poderes, jerarquías, remuneraciones y obligaciones, confiriéndole los
poderes necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.
d) Elegir y remover a los Gerentes, Sub Gerentes y apoderados de la
empresa.
e) Fijar las escalas de remuneraciones, las categorías y cargos del personal,
el sistema organizativo de la Sociedad y el número de plazas de trabajo
de la empresa.
f) Aceptar donaciones para el cumplimiento de actividades o funciones
institucionales.
g) Convocar a Juntas Generales de Accionistas.
h) Examinar los libros y documentos de contabilidad de la Sociedad, a través
de la Gerencia.
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i) Formular una vez finalizado el ejercicio, la memoria, los estados
financieros y las propuestas de aplicación de utilidades en caso de
haberlas.
j) Presentar a la Junta General de Accionistas la memoria, los estados
financieros y la propuesta de aplicación de utilidades en caso de haberlas.
k) Otorgar poderes a nombre de la empresa, con las facultades que estime
necesaria y revocarlos.
l) Disponer la adquisición, a cualquier título, de toda clase de activos, sean
bienes muebles o inmuebles, maquinarias, equipos y contratación de
obras.
m) El Directorio tiene las plenas facultades de disposición, realización o
gravamen de los activos sociales, dentro de las limitaciones que establece
la ley y el Estatuto.
n) Aprobar la contratación de préstamos, créditos en cuenta con o sin
garantía.
o) Contratar obligaciones mediante la suscripción de contratos en cuentas
corrientes, descuentos de pagarés y letras u otras operaciones de crédito,
con garantía o sin ella, con cargo a dar cuenta a la Junta.
p) Aprobar y acordar cualquier otro género de contratos requeridos para la
realización del objeto social, que exceda a las atribuciones de la Gerencia.
q) Acordar, de considerarlo necesario o conveniente, la formalización o
inscripción de los aumentos de capital social, en los casos contemplados
en el artículo 205 de la Ley General de Sociedades.
r) Crear las sucursales, centros de operación, agencias u oficinas que
estimen necesarias o suprimirlas, en el territorio peruano.
s) Acordar y autorizar que la empresa emprenda negocios de naturaleza tal
que tengan relación con el objeto social, en el territorio peruano.
t) Autorizar la adquisición para la Empresa de los negocios o activos de
otras empresas, siempre que tengan relación con el objeto social.
u) Disponer la transferencia y/o el arrendamiento a título oneroso de los
activos sociales, bienes muebles e inmuebles y valores.
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v) Someter a arbitraje las reclamaciones interpuestas por la empresa y los
que en contra de ella se interpongan, estipulando las condiciones y la
forma de arbitraje.
w) Delegar parcialmente sus atribuciones y revocar las delegaciones
conferidas.
x) El Directorio puede encargar a uno o más miembros para resolver o
ejecutar determinados actos dentro de su competencia.
ARTÍCULO 29°. - Funciones y atribuciones del Presidente del Directorio:
a) Velar por el cumplimiento de la política de la empresa de conformidad con
los planes y programas establecidos y con las decisiones que tome el
directorio.
b) Hacer cumplir los actos y resoluciones del Directorio.
c) Presidir el Directorio y derimir los casos de empate.
d) Las demás funciones que le confiera la Ley General de Sociedades, el
Estatuto de la empresa y la Junta General de Accionistas.
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GERENCIA GENERAL
ARTÍCULO 30°. - La Gerencia General es el órgano ejecutivo de más alto rango
de la Empresa, y como tal es el ejecutor de las resoluciones del Directorio y la
Junta General de Accionistas y está investido en consecuencia de la
representación judicial y administrativa de la Empresa.
El Gerente General dirige la gestión Económica, Financiera y
Administrativa de la empresa, y goza de las prerrogativas y competencias
contempladas en el Estatuto Social de la Empresa, la Ley General de
Sociedades y las normas emanadas del Gobierno Central sobre las Empresas
Municipales.
ARTÍCULO 31°. - La Gerencia General para el cumplimiento de sus funciones y
responsabilidades tiene a su cargo las siguiente Unidades Orgánicas:
ÓRGANOS DE ASESORÍA
- Gerencia de asesoría jurídica
- Gerencia de presupuesto
- Gerencia Técnica
ÓRGANOS DE APOYO
- Gerencia de Administración y Finanzas
ÓRGANOS DE LÍNEA
- Gerencia de Recursos Humanos
- Gerencia de Operaciones
- Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales
ARTÍCULO 32°. - Corresponde a la Gerencia General las siguientes
funciones y atribuciones:
a) Liderar, supervisar y controlar las acciones de los órganos de
asesoramiento, de apoyo y de línea.
b) Nombrar y contratar trabajadores.
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c) Proponer al Directorio el proyecto del presupuesto de cada ejercicio
económico, los cuadros de asignación de personal y la escala de
remuneraciones.
d) Concurrir, con voz pero sin voto, a la Junta General de Accionistas y de
Directorio cuando sea convocado, actuando como Secretario.
e) Vigilar la buena marcha de las oficinas, sucursales, agencias y
dependencias de la Sociedad, la conservación y cuidado de sus bienes,
el mantenimiento del orden y disciplina en el trabajo y el cumplimiento de
las disposiciones legales, estatutarias y de los acuerdos de Junta General
de Accionistas y de Directorio.
f) Presentar al Directorio balances mensuales y una memoria sobre el
desenvolvimiento de las actividades sociales y asuntos que requieran
resolución del mismo.
g) Representar a la Empresa ante toda clase de autoridades judiciales,
políticas, administrativas, consulares, municipales, policiales y de
cualquier otra índole.
h) Representar a la Empresa en toda clase de procesos, sean estos
judiciales, administrativos, de trabajo y ante los trabajadores de la
Empresa, con ocasión de los procesos que pudiera iniciar la Empresa o
contra ella inicien sus trabajadores, así como negociaciones colectivas de
trabajo.
i) Presentar a las autoridades públicas toda clase de solicitudes y recursos
en los asuntos en los que la empresa tenga interés.
j) Disponer la adquisición, a cualquier título, de toda clase de activos
inmuebles, maquinarias, equipos, insumos, repuestos y contratación de
obras.
k) Abrir y cerrar cuentas corrientes, de ahorros o de financieras en
concordancia con las disposiciones del Directorio.
l) Girar cheques con o sin saldo, endosarlos y cobrarlos; girar, aceptar,
renovar, descontar, endosar y dar en garantía letras de cambio, vales y
pagarés, y en general realizar las operaciones bancarias en moneda
nacional y/o extranjera que se requieran para los negocios sociales.
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m) Contratar créditos en cuenta corriente, créditos documentarios y otras
operaciones de préstamo o mutuo conforme al artículo 3º, otorgar avales
y fianzas y/o solicitarlas a entidades bancarias o financieras.
n) Celebrar y ejecutar contratos de derecho privado, inclusive los
innominados, previstos por la legislación vigente del país tales como:
arrendamiento, locación de servicios, suministro de obra y de trabajo,
permuta, depósito, prendas mercantiles, industrial, agrícola, minera y de
transporte, finanzas, cambio, seguros, warrants y de comisión, así como
contratos de almacenes generales, depósitos y transferencias o endoso
de conocimientos de embarque o documentos equivalentes. Dicha
enumeración no es restrictiva sino meramente enunciativa.
o) Celebrar contratos de arrendamiento financiero, asociación en
participación, consorcio y riesgo compartido (joint venture).
p) Celebrar contratos de constitución de garantías hipotecarias, prendarias,
anticréticas y similares a favor de la Sociedad. Asimismo, levantar y/o
cancelar garantías hipotecarias, anticréticas y cualquier otro tipo de
garantías por extinción y/o cumplimiento de obligaciones de los deudores
frente a la Sociedad o contraídas por la Sociedad frente a terceros, así
como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas
q) Celebrar contratos de constitución de garantías, hipotecarias, anticréticas
y similares otorgadas sobre bienes de la Sociedad a favor de terceros. Así
como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas o
sustitución o modificación de garantías por obligaciones contraídas por la
Sociedad frente a terceros. Esta facultad deberá ser ejercida
conjuntamente con el Presidente y/o Vicepresidente del Directorio.
r) Impartir directivas destinadas a la implementación de un sistema que
conceda a los trabajadores algún tipo de bonificación económica por
productividad u otro concepto, en cuyo caso dará cuenta al Directorio.
s) Expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de los libros
y registros de la Empresa.
t) Delegar parcialmente sus facultades en funcionarios y apoderados de la
empresa.
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u) Realizar todos los actos y contratos requeridos para el cumplimiento del
objeto social, que no estén reservados al Directorio.
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CAPITULO III
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 33°. - ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
El Órgano de Control Institucional (OCI) es el Órgano conformante del sistema
Nacional de Control, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental en
la entidad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República (CGR), Ley N° 27785 y las disposiciones de la Directiva de los
Órganos de Control Institucional, N° 007-2015-CG/PROCAL, con versión
actualizada y aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG;
promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la
entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así
como, el logro de los resultados, mediante la ejecución de los servicios de control
( simultánea y posterior) y servicios relacionados, con sujeción a los principios
enunciados en el artículo 9° de la Ley N° 27785.
Está a cargo de un funcionario designado y removido por la CGR, quien
ejerce sus funciones con independencia funcional respeto de la administración
de la entidad, dentro del ámbito de su competencia, sujeta a los principios y
atribuciones establecidos en la Ley y a las normas emitidas por la CGR.
Es responsabilidad del jefe del OCI conducir la unidad asignada a su
cargo, sujetándose a las políticas y al cumplimiento de las normas
administrativas de la entidad, en tanto no contravengan las disposiciones de la
CGR.
ARTICULO 34º.- Corresponde al Órgano de Control Institucional las
siguientes funciones:
a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la
CGR, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre
la materia emita la CGR.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 36
b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su
aprobación correspondiente.
c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las
disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control
Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR.
d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a
las Normas Generales de Control Gubernamental y demás disposiciones
emitidas por la CGR.
e) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel
apropiado de los procesos y productos a cargo del OCI en todas sus
etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la CGR.
f) Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la
CGR para su revisión de oficio, de corresponder, luego de lo cual debe
remitirlos al Titular de la entidad de la entidad o del sector, y a los órganos
competentes de acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por
la CGR.
g) Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las
disposiciones emitidas por la CGR.
h) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se
adviertan indicios razonables de falsificación de documentos, debiendo
informar al Ministerio Pública o al Titular, según corresponda, bajo
responsabilidad, para que se adopten las medidas pertinentes,
previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR
bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI.
i) Elaborar la carpeta de Control y remitirla a las unidades orgánicas
competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados
durante el desarrollo de servicios de control posterior al Ministerio Público
conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.
j) Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándole el trámite
que corresponda de conformidad con las disposiciones del Sistema
Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre la materia.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 37
k) Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para
la implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones
formuladas en los resultados de los servicios de control, de conformidad
con las disposiciones emitidas por la CGR.
l) Apoyar a las Comisiones Auditoras que designe la CGR para la
realización de los servicios de control en el ámbito de la entidad en la cual
se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad
operativa.
Asimismo, el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones
operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades
orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros
servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad.
El Jefe del OCI, debe dejar constancia de tal situación para efectos de la
evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el
cumplimiento de su Plan Anual de Control.
m) Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su
capacidad operativa, con los encargos y requerimientos que le formule la
CGR.
n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y
servicios relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones
emitidas por la CGR.
o) Cautelar que cualquier modificación al Cuadro de Puestos, al presupuesto
asignado o al ROF, en lo relativo al OCI se realice de conformidad a las
disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR.
p) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de
competencias del Jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional
de Control o de otras instituciones educativas superiores nacionales o
extranjeras.
q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez
(10) años los informes de auditoría, documentación de auditoría o papeles
de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 38
a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas
de archivo vigentes para el sector público.
r) Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la
información en los aplicativos informáticos de la CGR.
s) Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados
obtenidos en el ejercicio de sus funciones.
t) Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de
Control Interno por parte de la entidad.
u) Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría financiera
gubernamental de acuerdo a las disposiciones que emita la CGR.
v) Otras que establezca la CGR.
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CAPÍTULO IV
ÓRGANOS DE ASESORÍA
ARTÍCULO 35º.- Los Órganos de Asesoría son aquellos que orientan la labor de
la empresa y de sus distintas unidades orgánicas mediante actividades de
planificación, coordinación, asesoría técnica y legal.
Los órganos de asesoría son los siguientes:
35.1. GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA
35.2. GERENCIA DE PRESUPUESTO
35.3 GERENCIA TECNICA
GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA
ARTÍCULO 36º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de
asesoramiento que desarrolla funciones consultivas en materia jurídica,
encargado de organizar, coordinar, evaluar y supervisar la ejecución de
actividades de carácter jurídico; así como brindar asesoramiento sobre la
adecuada interpretación, aplicación y difusión de las normas de competencia de
la empresa.
La Gerencia de Asesoría Jurídica está a cargo de un Funcionario
denominado Gerente de Asesoría Jurídica quien depende funcional y
jerárquicamente del Gerente General.
ARTÍCULO 37º.- Corresponde a la Gerencia de Asesoría Jurídica las
siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de asesoramiento e
interpretación de las normas legales de observancia por la empresa e
informar oportunamente a los diversos órganos de ESLIMP CALLAO S.A.
b) Difundir las normas legales pertinentes a la gestión de la empresa.
c) Representar a ESLIMP CALLAO S.A. ante todo tipo de Instituciones
Públicas o privadas, autoridades o funcionarios judiciales, civiles,
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 40
laborales, administrativos, constitucionales, tributarios, de aduanas,
militares, y policiales.
d) Asumir la representación de la empresa ante cualquier proceso judicial
sea este civil, laboral, constitucional, contencioso administrativo, etc.
e) Ejercer la representación de la Empresa en todos los procesos judiciales
en el que es parte tanto como demandante y/o demandado, en materia
civil, penal, policial, administrativa, concursal, tributaria y laboral;
conforme a los poderes conferidos para dicho fin por la Gerencia General.
f) Representación de la empresa en todos los procesos administrativos,
coactivos, y de diversa índole en que la empresa toma parte en
salvaguarda de sus intereses, ante entidades públicas y privadas.
g) Proporcionar información de índole legal solicitada en consulta por la
Gerencia General, el Directorio y las áreas pertinentes de la Empresa.
h) Opinión legal y visado de convenios, bases y contratos diversos que la
empresa celebra con entidades del sector público y/o privado, así como
con personas jurídicas y naturales.
i) Revisar y Emitir opinión de los convenios y contratos de intereses de la
empresa; y la elaboración convenios y contratos, como a proceder a su
visación en señal de conformidad.
j) Absolver las consultas de manera general sobre la interpretación de las
normas legales.
k) Asesorar a la Gerencia General en asuntos jurídicos, absolviendo las
consultas respecto a la interpretación de los alcances de normas legales,
administrativas de carácter general.
l) Participar en la formulación y revisión de proyectos de normas para el
perfeccionamiento de la gestión de la empresa, en concordancia con la
normatividad vigente.
m) Recopilar, ordenar, actualizar, sistematizar y difundir la normatividad
pertinente a la gestión de la empresa.
n) Coordinar con los Órganos de línea y de apoyo, la supervisión del
personal que brinda asesoría legal en dichos órganos, sobre los cuales
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 41
tiene autoridad funcional, con el fin de uniformizar los criterios en la
interpretación de la normativa legal vigente.
o) Trascripción de las sesiones al Libro de Actas del Directorio de ESLIMP
CALLAO S.A., del cual es miembro nato desempeñándose como
secretario, encargándose además de su conservación y custodia.
p) Gestiones de índole legal y administrativo ante las diversas Autoridades
Públicas, como Poder Judicial, Gobierno Regional del Callao,
Municipalidad Provincial del Callao y Municipios Distritales, Prefectura,
Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, SUNAT, INDECOPI,
Administradoras de Fondos de Pensiones, Entidades Bancarias y
Financieras, etc.
q) El Gerente de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en razón de su cargo, se
desempeña como miembro titular en los Comités de Adquisiciones que se
conforman en la Empresa para la adquisición de bienes y servicios de
conformidad con lo señalado en la Ley General de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, al tratarse de una Empresa Pública de Derecho
Privado.
r) Otras que le asigne la Gerencia General.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 42
GERENCIA DE PRESUPUESTO
ARTÍCULO 38º.- La Gerencia de Presupuesto es un órgano de asesoramiento
en materia del desarrollo del proceso presupuestario de acuerdo a la
normatividad vigente; así como de desarrollar las actividades de los sistemas de
presupuesto de la empresa.
La Gerencia de Presupuesto está a cargo de un Funcionario denominado
Gerente de Presupuesto, quien depende funcional y jerárquicamente del
Gerente General.
Es el responsable de conducir, asesorar, ejecutar y evaluar los procesos
de programación y ejecución presupuestaria y se relaciona directamente, en
materia Técnico Funcional de carácter Presupuestario con la Dirección Nacional
del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, sin que medie
instancia administrativa o técnica alguna.
Así mismo, en lo concerniente a la Gestión Presupuestaria de la Entidad
coordina permanentemente con el Titular de la Entidad. El ámbito de
competencia funcional de la Gerencia de Presupuesto comprende el
asesoramiento técnico a la Alta Dirección en materia presupuestal, para una
correcta determinación de los objetivos generales y la escala de prioridades; así
como a las diferentes dependencias administrativas en la elaboración de la
información necesaria para la programación y formulación, sin que ello implique
modificar y/o desnaturalizar el sentido de las Disposiciones Legales y
Administrativas vigentes en materia presupuestal.
ARTÍCULO 39º.- Corresponde a la Gerencia de Presupuesto las siguientes
funciones:
a) Dirigir y coordinar los procesos de programación, formulación, ejecución
y evaluación del Presupuesto Institucional, así como del Sistema de
Planeamiento, en concordancia con las normas, lineamientos y directivas
emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas; y de las políticas y
objetivos de la empresa.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 43
b) Consolidar y evaluar la ejecución del presupuesto institucional asignado,
así como proponer las modificaciones presupuestales que se requieren
para el cumplimiento de las metas y objetivos contenidos en los planes
institucionales y los establecidos por la Alta Dirección.
c) Prestar la asesoría técnica en asuntos de su competencia que requiera la
Alta Dirección para una correcta determinación de los objetivos generales
y la escala de prioridades.
d) Programar, formular, controlar y evaluar el Presupuesto Institucional de la
Empresa, así como asesorar su correcta ejecución por parte de la
Empresa.
e) Realizar la afectación presupuestal de los gastos, así como efectuar el
control de la ejecución presupuestal y consolidar la ejecución de ingresos
y gastos mensualmente, a través del Registro y Estadísticas de la
Ejecución Presupuestal.
f) Coordinar y formular las proyecciones de ingresos y gastos en relación al
comportamiento de las variables que los determinan.
g) Realizar evaluaciones periódicas de la ejecución del Presupuesto.
h) Elaborar y proponer para su aprobación las modificaciones
presupuestarias (Créditos y Anulaciones) debidamente financiadas para
ser elevadas al Directorio para su aprobación en sesión de Directorio.
i) Apoyar en la formulación de los Estados Anuales Financieros y
Presupuestarios a la Oficina de Contabilidad.
j) Velar por el cumplimiento de las leyes y normas sobre presupuesto y
financiamiento, emitiendo opiniones cuando así lo amerite el caso.
k) Conciliar con la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio
de Economía y Finanzas, el marco legal del presupuesto a nivel de
fuentes de financiamiento.
l) Presentar oportunamente a la Dirección Nacional del Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, la información sobre la Ejecución
Presupuestaria, en forma: trimestral, semestral y anualmente; así como
remitir en forma oportuna al Vice-Ministerio de Economía los cuadros de
los Flujos de Caja mensuales.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 44
m) Coordinar con las unidades orgánicas competentes el desarrollo de las
etapas del proceso presupuestario, en concordancia con la normatividad
vigente.
n) Considerar los lineamientos para el diseño de la estructura funcional
programática establecidas en las Directivas.
o) Permitir que la formulación facilite la prevención de las demandas de
gasto que implique el desarrollo de las actividades y proyectos, para cuyo
efecto, las metas presupuestarias que integren dichas categorías, deben
constituir referencias claras de gasto, que permitan una fácil agrupación
de previsiones de gasto.
p) Informar semestralmente a la Alta Dirección los resultados logrados por
todas las Unidades Orgánicas de la empresa, respecto al cumplimiento
de los objetivos, metas y ejecución de las actividades establecidas en el
Plan Operativo Institucional (POI) proponiendo las modificaciones
necesarias.
q) Proponer y ejecutar las normas de control interno aplicable, así como de
impulsar la implementación de las recomendaciones emitidas por los
Órganos del Sistema Nacional de Control.
r) Elaborar informes y emitir opinión en materia presupuestaria.
s) Verificar que las metas presupuestarias guarden coherencia con las
actividades y proyectos determinados en la fase de formulación,
asegurándose que la información presentada por estas, facilite la
ejecución y evaluación de su respectivo presupuesto.
t) Efectuar la conciliación de los ingresos y gastos con la Jefatura de
Contabilidad.
u) Elaborar la Memoria Anual de la Empresa, para ser remitida a los entes
oficiales.
v) Otras que le sean asignadas por la Gerencia General.
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GERENCIA TÉCNICA
ARTICULO 40°. - La Gerencia Técnica es el órgano dependiente de la Gerencia
General responsable de valorizar y costear los servicios que brinda la Empresa
a la Municipalidad Provincial del Callao, elaborar la estructura de costos de los
servicios de Limpieza Pública y captar Clientes (Empresas).
ARTICULO 41°. - Corresponde a la Gerencia Técnica las siguientes
funciones:
a) Supervisar el cumplimiento de las metas programadas, estimando las
cantidades de Residuos Sólidos recolectados y transportados.
b) Diseñar proyectos de mejoramiento de la prestación del servicio de la
Limpieza Pública en todas sus etapas.
c) Promover y ejecutar estudios de mercado de generación de Residuos
Sólidos.
d) Estructuración de las tarifas de servicios que se brinda a empresas.
e) Elaboración de la Estructura de Costos y Valorizaciones por los servicios
que realiza la empresa.
f) Coordinar con las empresas, cotizaciones, cartas de presentación de
servicio, reclamos etc.
g) Mantener en constante actualización la estructura de las tarifas de los
servicios que brinda la empresa a terceros.
h) Procesamiento de información de las boletas de control de ingreso al
relleno sanitario.
i) Otras que le asigne la Gerencia General.
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CAPÍTULO V
ÓRGANOS DE APOYO
ARTÍCULO 42º.- Los órganos de Apoyo que dependen funcional y
jerárquicamente de la Gerencia General, son aquellos que prestan servicios
internos de carácter administrativo u operativo a todos los demás órganos de la
empresa para su normal funcionamiento.
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ARTÍCULO 43°. - La Gerencia de Administración y Finanzas es un Órgano de
apoyo, que tiene como objetivo dotar de recursos económicos suficientes y
oportunos para el desarrollo de las actividades y proyectos de los órganos
conformantes de la empresa, dentro del marco que regulan dichos procesos.
Asimismo, es el responsable de administración adecuadamente los
recursos financieros para el desarrollo de actividades y proyectos de los órganos
conformantes de la empresa dentro del marco legal que regulan dichos procesos.
Está a cargo de un Funcionario denominado Gerente de Administración y
Finanzas, que depende funcional y jerárquicamente del Gerente General.
ARTÍCULO 44°. - Corresponde a la Gerencia de Administración y Finanzas
las siguientes funciones:
a) Planificar, programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de la
administración general de la empresa a través de la gestión de los
recursos logísticos, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, y la Oficina
de Actividades de Reciclaje de Residuos Sólidos en concordancia con la
normatividad vigente.
b) Planificar, organizar, normar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos
económicos y financieros de la empresa.
c) Brindar apoyo técnico especializado a los órganos y unidades Orgánicas,
en los asuntos de su competencia.
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d) Ejecutar las proyecciones financieras, así como las estrategias de
financiamiento para una adecuada asignación de recursos.
e) Desarrollar planes y programas Administrativos y Financieros
circunscritos a sus funciones, así como las estrategias para su debida
ejecución y cumplimiento, informando permanentemente a la Gerencia
General del avance de los mismos.
f) Diseñar, gestionar y evaluar la emisión de los instrumentos financieros de
Bancos e Instituciones competentes, que garanticen la liquidez y
rentabilidad oportuna en las operaciones que requiera la gestión de la
empresa.
g) Diseñar, gestionar, evaluar, programar y ejecutar la colocación de los
excedentes de fondos en Bancos e Instituciones financieras que
garanticen la mayor rentabilidad y seguridad en el mercado.
h) Proponer a la Gerencia General las políticas, normas, disposiciones y
acciones concernientes a los procesos de gestión y a la implementación
de los sistemas administrativos.
i) Informar a la Gerencia General de las acciones relacionadas con su
gestión en el marco de la eficiencia y otros actos de control preventivos,
en el ámbito de sus funciones.
j) Definir, actualizar, y coordinar normas y directivas de carácter interno para
la administración de los recursos financieros, materiales y el potencial
humano, así como otros aspectos de sus funciones.
k) Proponer para su aprobación e implementación Sistemas, Procedimientos
y Directivas que sean concordantes con el marco legal vigente y
compatible con los principios de control interno destinados a alcanzar la
máxima eficiencia y efectividad en las actividades administrativas,
financieras, presupuestales, de costos y abastecimiento de la Entidad.
l) Verificar el cabal cumplimiento de parte de las Jefaturas a su cargo del
seguimiento de las medidas correctivas y recomendaciones efectuadas
por el Órgano de Control Institucional.
m) Dirigir la planificación y programación de Tesorería para establecer el
adecuado control del Flujo de Caja.
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n) Verificar la realización de las Cobranzas y de que los pagos se encuentren
debidamente autorizados.
o) Efectuar el control previo para verificar el cumplimiento de las normas y
directivas que se han impartido en materia de competencia y evaluar
periódicamente los resultados obtenidos.
p) Informar a la Gerencia General la ejecución financiera de ingresos y
gastos a fin de dar cuenta respecto del control del manejo financiero de la
empresa.
q) Coordinar con la Gerencia de Presupuesto en los aspectos relacionados
con la programación, ejecución y evaluación presupuestaria.
r) Cumplir y hacer cumplir las normas legales referentes a la administración
de los recursos, así como supervisar la correcta elaboración de los
informes resultados de las acciones de control previo y concurrente.
s) Firmar los comprobantes de pago y cheques conjuntamente con el Jefe
de Tesorería o los funcionarios alternos.
t) Coordinar y remitir, a través de las Unidades Orgánicas involucradas, la
información financiera de ingresos y gastos, así como de los compromisos
de gastos (órdenes de compra, órdenes de servicio, valorizaciones,
planillas y otros) a la Gerencia de Presupuesto y a la Gerencia General.
u) Coordinar y remitir, a través de las Unidades Orgánicas involucradas,
información al Ministerio de Economía y Finanzas, Contraloría General de
la República, Dirección Nacional de Contabilidad, OSCE, RNSDD y otros
organismos que dispongan la normatividad vigente.
v) Suscribir los contratos que formalicen la adquisición y/o contrataciones de
bienes, servicios y obras generados por procesos de adjudicación directa
y adjudicación de menor cuantía conforme a la Ley de Contrataciones del
Estado y su Reglamento.
w) Realizar toda función o cargo que le asigne la Gerencia General,
relacionada con los sistemas de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento,
y las Actividades de Reciclaje.
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ARTICULO 45°. - Estructura de la Gerencia de Administración y Finanzas
La Gerencia de Administración y Finanzas, para cumplir con sus funciones
tiene a su cargo las siguientes unidades orgánicas:
45.1 OFICINA DE CONTABILIDAD
45.2 OFICINA DE TESORERIA
45.3 OFICINA DE ABASTECIMIENTO
45.4 OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RRSS.
OFICINA DE CONTABILIDAD
ARTÍCULO 46°. - La Oficina de Contabilidad es el órgano de apoyo de la
Gerencia de Administración y Finanzas, encargado de conducir el proceso de
contabilidad de la Empresa con arreglo a las particularidades inherentes a su
condición de Empresa Municipal Pública.
La Oficina de Contabilidad está a cargo de un Funcionario denominado
Jefe de Contabilidad, que depende funcional y jerárquicamente del Gerente
Administración y Finanzas.
ARTÍCULO 47°. - Corresponde a la Oficina de Contabilidad las siguientes
funciones:
a) Planificar, organizar, dirigir y consolidar el registro de las operaciones
referidas a la ejecución financiera y presupuestal de los Ingresos y Gastos
de la empresa y su integración en una Base de Datos, para fines de
análisis, control y toma de decisiones administrativas.
b) Planificar, organizar, dirigir y controlar el cumplimiento oportuno de las
declaraciones de las obligaciones tributarias de la empresa como agente
de retención y por cuenta propia, a los organismos competentes.
c) Controlar las acciones de seguimiento y verificación del cumplimiento de
las disposiciones legales y normativas en relación con los aspectos
contables, tributarios y de contribuciones de la empresa.
d) Planear, organizar, dirigir y controlar el registro de las operaciones
contables y tributarias, en los libros oficiales y auxiliares de la Empresa.
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e) Elaborar y presentar a los Organismos Gubernamentales los Estados
Financieros y Presupuestarios de la Empresa, coordinando en lo que
corresponde con la Gerencia de Presupuesto para su cumplimiento.
f) Mantener actualizados los Libros Principales y Auxiliares de la
contabilidad de la Empresa en materia de ingresos y egresos financieros
y patrimoniales.
g) Realizar las conciliaciones bancarias y el análisis de las cuentas
respectivas.
h) Realizar las liquidaciones de impuestos y aportaciones (retenciones del
Impuesto a la Renta, ESSALUD, AFP, ONP y otros), en base a la
alimentación de información que le sea proporcionadas por las
dependencias internas correspondientes.
i) Organizar, dirigir y controlar la existencia de un archivo adecuado, de toda
la documentación que sustente los ingresos y gastos ejecutados por la
empresa, estableciéndose medidas necesarias para su conservación y
seguridad durante el periodo de tiempo fijado por las disposiciones
vigentes, para su verificación por los organismos de control.
j) Supervisar y coordinar las actividades del área y dar cumplimiento a las
disposiciones legales y tributarias y de control interno en concordancia
con la legislación y la normatividad vigente.
k) Coordinar, informar y remitir mensualmente a la Gerencia de Presupuesto
el consolidado de los ingresos y egresos financieros de acuerdo a la
normatividad presupuestal.
l) Coordinar con todas las áreas de la Empresa para informes y cierres
contables mensual y anual.
m) Atender las visitas de las autoridades tributarias, de la Contaduría, así
como de los auditores internos y externos.
n) Efectuar el registro contable de la ejecución presupuestal de la empresa,
cautelando la correcta aplicación legal y presupuestaria del egreso,
ajustándose a la programación de pago establecida y a los montos
presupuestados.
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o) Coordinar, informar y remitir mensualmente a la Gerencia de Presupuesto
el consolidado de los ingresos y egresos financieros de acuerdo a la
normatividad presupuestal.
p) Ejecutar las conciliaciones de la Ejecución Presupuestal en coordinación
con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, coordinando la correcta
aplicación de las partidas presupuestales.
q) Efectuar Conciliaciones de Saldos de las cuentas contables del Balance
General para su presentación en forma adecuada y consistente.
r) Verificar la documentación de los gastos y suscribir los Comprobantes de
Pago en señal de conformidad.
s) Efectuar los ajustes, reclasificaciones y conciliaciones de las cuentas en
los libros contables, manteniendo registros analíticos en cada caso.
t) Coordinar con la oficina de abastecimiento la toma de inventario anual y
conciliación de activos de bienes patrimoniales y suministros.
u) Es la encargada de remitir a tiempo los reportes de las metas ejecutadas
a la Gerencia de Presupuesto para que las mismas sean consideradas en
la elaboración de las evaluaciones presupuestarias así como en la
elaboración de la Memoria Anual.
v) Otras que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.
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OFICINA DE TESORERIA
Artículo 48º.- La Oficina de Tesorería, es un órgano de apoyo de la Gerencia de
Administración y Finanzas, encargada de la custodia de los valores de la
empresa. Tiene como objetivo la administración del flujo financiero de ingresos
y gastos, así como del sistema de tesorería en la empresa.
La Oficina de Tesorería está a cargo de un Funcionario denominado Jefe de
Tesorería, que depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de
Administración y Finanzas.
ARTÍCULO 49º.- Corresponde a la Oficina de Tesorería las siguientes
funciones:
a) Programar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesorería.
b) Planificar, organizar, dirigir y proponer lineamientos de política de la
gestión de los recursos económico financieros de la empresa, en función
de las necesidades de ejecución del Plan Operativo, Presupuesto y el
Plan Estratégico Institucional.
c) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones de tesorería en la
administración de fondos y valores financieros de la empresa. Así como
establecer los mecanismos que aseguren la disponibilidad de los recursos
financieros para atender las operaciones y transacciones de la entidad.
d) Planificar, organizar, dirigir y controlar el registro, custodia y
administración de las especies valoradas.
e) Organizar, dirigir y controlar el proceso de la fase de registro de las
operaciones de tesorería; así como el control de las cuentas de ahorro
bancarias efectuando el pago y/o amortización e intereses de los
compromisos financieros de la empresa, siendo responsable de su
cumplimiento y correcta aplicación.
f) Efectuar y controlar la formulación de la programación de caja, en
concordancia a la captación de ingresos y el calendario de compromisos.
g) Controlar el seguimiento y verificación del cumplimiento de las
disposiciones legales y normativas en relación con las normas de
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Tesorería y coordinar con las demás áreas, la aplicación de las normas
técnicas de control interno.
h) Elaborar, proponer su aprobación, controlar y supervisar la ejecución y
evaluación del cumplimiento de los Procedimientos de pago de
proveedores de bienes, servicios, remuneraciones del personal y otras
cuentas por pagar.
i) Emitir informes periódicos sobre la marcha económica y financiera de la
empresa, y los resultados económicos financieros, las cuentas por pagar
y las cuentas por cobrar.
j) Elaborar documentos de trabajo y proponer herramientas, métodos,
indicadores, consolidado de fondos e información de operaciones de
ingresos y egresos así como opinión técnica, para ejecución y control.
k) Recabar cheques de la Municipalidad Provincial del Callao y de las demás
entidades públicas y privadas que corresponda, por los servicios
prestados.
l) Remitir a las Oficinas de Contabilidad y Presupuesto copia de los recibos
de Ingresos y así como de los Comprobantes de Egresos, para permitir
su codificación, así como su registro financiero (contable) y presupuestal.
m) Registrar los cheques y/o papeletas de depósitos, así como el realizar las
conciliaciones de los estados de cuentas que remiten las entidades
bancarias en las cuales la Empresa tiene sus cuentas.
n) Mantener actualizado el registro, control y custodia de las cartas de
fianzas, garantías, pólizas de seguros, y otros valores de la Empresa.
o) Tener al día los Libros de Bancos por cada una de las cuentas corrientes,
así como realizar las respectivas conciliaciones teniendo en consideración
los reportes que emiten los Bancos por cada cuenta corriente.
p) Elaborar el Flujo de Caja en forma mensual.
q) Demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Administración y
Finanzas.
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OFICINA DE ABASTECIMIENTO
Artículo 50º.- La Oficina de Abastecimiento, es un órgano de apoyo de la
Gerencia de Administración y Finanzas, que tiene como objetivo organizar y
controlar el proceso de racionamiento de bienes y servicios que se requieren en
la empresa para el cumplimiento de los programas, proyectos, metas y acciones
de la Gestión de la empresa.
La Oficina de Abastecimiento está a cargo de un Funcionario denominado
Jefe de la Oficina de Abastecimiento, que depende funcional y jerárquicamente
de la Gerencia de Administración y Finanzas.
ARTÍCULO 51º.- Corresponde a la Oficina de Abastecimiento las siguientes
funciones:
a) Organizar, dirigir y controlar el sistema de abastecimiento, conforme a los
lineamientos y políticas de la empresa, normas presupuestarias, técnicas
de control sobre adquisiciones de bienes y servicios y otras normas
pertinentes.
b) Elaborar, ejecutar y controlar el Plan Anual de Contrataciones (PAAC) de
la empresa, consolidando los cuadros de necesidades en coordinación
con las demás Unidades Orgánicas de la empresa.
c) Es el encargado de realizar el ingreso de la información del PAAC en el
sistema SEACE del CONSUCODE, al igual como de todos los procesos
de licitaciones y/o concursos que la Empresa realice mediante
convocatorias en sus diferentes modalidades como están estipuladas en
el (PAAC).
d) Realizar los procesos de adquisiciones y contrataciones de los bienes y
servicios en estricta concordancia con el PAAC, y la Ley General de
Contrataciones y Adquisiciones del Sector Público y su Reglamento, y al
presupuesto de la Empresa.
e) Proveer oportunamente la adquisición de bienes y servicios esenciales
para la operatividad de la empresa en coordinación con las demás
Unidades Orgánicas de la empresa.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 55
f) Formular, registrar y suscribir las órdenes de compras y órdenes de
servicios, producto del resultado de los procesos técnicos de
adquisiciones y contrataciones.
g) Ejecutar estudios de posibilidades que ofrece el mercado, efectuar
solicitudes de cotización y cuadros comparativos de cotizaciones con el
fin de establecer términos de referencia, y valores referenciales para la
adquisición de bienes, contratación se servicios.
h) Proponer y participar en la conformación de los Comités Especiales para
las licitaciones, concursos públicos y adjudicaciones directas, Licitaciones
y Concursos Públicos, etc.
i) Controlar el stock de existencias de almacén y rotación de inventarios.
j) Elaborar los lineamientos técnicos con sus respectivas bases, de los
procesos de selección para la adjudicación de menor cuantía de bienes y
servicios en concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley
Anual de Presupuesto y demás normas conexas y complementarias.
k) Administrar la base de datos de proveedores de bienes y servicios.
l) Coordinar y ejecutar planes de estandarización, renovación, mejora
tecnológica para la optimización de resultados del abastecimiento de
bienes y servicios de la empresa.
m) Crear y mantener actualizado el registro de procesos de selección acorde
con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
n) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de almacén y de
distribución de los bienes que son necesarios para la ejecución de las
actividades, proyectos y servicios de conformidad con la ejecución de los
Planes Operativos y Presupuesto de la empresa.
o) Registrar el ingreso físico a través de almacén, todos los bienes que
adquiera la empresa antes de ser utilizados; dirigiendo y controlando las
operaciones de recepción, registro, entrega y control de los materiales.
p) Controlar el inventario físico y valorizado del almacén, clasificar y codificar
los materiales para su rápida identificación, a través de tarjetas visibles de
almacén, Kardex, u otros, respectivamente.
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q) Efectuar la distribución de bienes conforme al programa establecido y
coordinar la oportuna reposición del stock de bienes en almacén.
r) Establecer diagnósticos de seguridad para el resguardo y conservación
de materiales puestos bajo su responsabilidad.
s) Definir coordinando con las Unidades Orgánicas los materiales mínimos
necesarios, para la operatividad de las mismas, lo que deberá
consolidarse en el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente.
t) Remitir la información conforme a Ley, a la Contraloría General de la
República, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE), y demás instancias que las requieran.
u) Coordinar y dirigir la elaboración del Inventario Físico General de
ESLIMP CALLAO S. A. a efectos de poder realizar su respectiva
valorización por parte de la Oficina de Contabilidad.
v) Planificar y elaborar el programa Integral de Mantenimiento preventivo y
correctivo de las unidades de transporte y maquinaria de la Empresa.
w) Supervisar y controlar el cumplimiento del programa de Mantenimiento
Preventivo y Correctivo.
x) Elaborar el Presupuesto Anual de Mantenimiento de las unidades del
parque automotor de la Empresa en coordinación con la Gerencia de
Presupuesto.
y) Inspeccionar sistemáticamente el estado y conservación de la
flota vehicular y maquinarias de la Empresa, verificando su
adecuada conservación y funcionamiento.
z) Supervisar las actividades de la Unidad de Soporte Mecánico verificando
el cumplimiento de las instructivas dictadas a dicho órgano y evaluar la
correcta aplicación de los diferentes procedimientos administrativos
establecidos en el ámbito de sus funciones y competencias.
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ARTICULO 52°. - Estructura de la Oficina de Abastecimiento
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina de Abastecimiento tiene la
siguiente estructura:
52.1 UNIDAD DE SOPORTE MECANICO
UNIDAD DE SOPORTE MECANICO
ARTÍCULO 53°. - Es el órgano dependiente de la Oficina de Abastecimiento
encargado de ejecutar el Programa de Mantenimiento preventivo y correctivo
elaborado por dicha Oficina.
ARTICULO 54°. - Corresponde a la Unidad de Soporte Mecánico las
siguientes funciones:
a) Realizar la ejecución del Programa de Mantenimiento que determine la
Empresa y que previamente la Oficina de Abastecimiento haya
considerado necesario.
b) Colaborar y apoyar técnicamente en la implementación de los Programas
de mantenimiento Preventivo y Correctivo; supervisando que estos se
cumplan en las formas, condiciones y plazos previstos.
c) Emitir opinión técnica sobre los trabajos efectuados por terceros a las
unidades vehiculares, equipos y maquinaria de la Empresa, a efectos de
dar su conformidad de los trabajos efectuados.
d) Planear y ejecutar el mantenimiento que requieran las unidades
vehiculares, maquinarias y equipos de la Empresa.
e) Revisar e informar a la Oficina de Abastecimiento sobre los costos de
mantenimiento de las unidades vehiculares, maquinaria y equipos de la
Empresa.
f) Controlar y supervisar el uso racional de lubricantes, carburantes,
combustibles, repuestos y otros requeridos por el Parque Automotor.
g) Proponer a la Oficina de abastecimiento el Plan de Mantenimiento y
Prevención para la operatividad de los vehículos y equipos de la empresa.
h) Las demás que le asigne la Oficina de Abastecimiento.
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OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RESIDUOS
SÓLIDOS
ARTÍCULO 55.- La oficina de actividades de reciclaje de Residuos Sólidos, tiene
como objetivo el reciclaje de los residuos sólidos domiciliarios, como una
alternativa para disminuir la contaminación ambiental, estimar el grado de
conocimientos que posee la comunidad con respecto al reciclaje de residuos
sólidos, Así mismo explicar ventajas que conlleva la práctica del reciclaje.
La oficina de actividades de reciclaje de Residuos Sólidos, está a cargo
de un Funcionario denominado Jefe la Oficina de actividades de reciclaje de
Residuos Sólidos, que depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de
Administración y Finanzas.
ARTÍCULO 56°.- Corresponde a la Oficina de Actividades de Reciclaje de
Residuos Sólidos las siguientes funciones:
a) Planear, Organizar, dirigir y ejecutar el cumplimiento de las actividades
del servicio de Reciclaje.
b) Realizar el proceso de recolección de Residuos Sólidos reaprovecharles
para insertarlos nuevamente en la cadena productiva.
c) Supervisar la recolección y transporte de los RR.SS. hasta su
comercialización.
d) Explicar a la comunidad la importancia y beneficios que genera el reciclaje
en la preservación del ambiente y en la vida cotidiana.
e) Evaluar y Controlar la visita de los Promotores Ambientales para
incrementar el porcentaje de familias que participan en este programa.
f) Programar Campañas de Reciclaje de artefactos y aparatos
electrodomésticos (RAAE) dentro de las rutas asignadas.
g) Realizar encuestas para evaluar el nivel de aceptación que tiene la
Ciudadanía respecto al servicio que brinda la empresa.
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h) Recolectar semanalmente las bolsas de los domicilios adscritos al
Programa de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de los
RR.SS. Domiciliarios.
i) Informar a la Gerencia de Administración y Finanzas los avances de sus
actividades.
j) Coordinar con la Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales el
trabajo del personal de Jardinería, para las Familias adscritas al Programa
de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de los RR.SS.
k) Coordina con la Gerencia de Operaciones el trabajo del personal
Operativo de los Cercos de madera reciclada (parihuelas), en los puntos
Críticos (desmontes).
l) Invitar a la población a ser parte del Programa de Segregación en la
Fuente y Recolección Selectiva de RR.SS. Domiciliarios.
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CAPITULO VI
ÓRGANOS DE LÍNEA
ARTÍCULO 57°.- Los órganos de Línea son aquellos encargados de formular,
controlar, evaluar y ejecutar las actividades técnicas, normativas y de ejecución,
necesarias para cumplir con los objetivos de la empresa en el marco de las
funciones que las normas sustantivas atribuyen a esta.
Los Órganos de Línea son los siguientes:
57.1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
57.2 GERENCIA DE OPERACIONES
57.3 GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
ARTÍCULO 58º.- La Gerencia de Recursos Humanos, es el encargado de
conducir el proceso de administración de los Recursos Humanos de la empresa
en sus etapas de: selección, evaluación, control, remuneración, promociones,
ascensos, estímulos, capacitación y otorgamiento de servicios y beneficios
sociales. Así mismo propicia una cultura organizacional que permitirá lograr
mayores niveles de calidad en la presentación de los servicios que brinda la
empresa.
La Gerencia de Recursos Humanos está a cargo de un Funcionario
denominado Gerente de Recursos Humanos, que depende funcional y
jerárquicamente de la Gerencia General.
ARTÍCULO 59º.- Corresponde a la Gerencia de Recursos Humanos las
siguientes funciones:
a) Liderar, supervisar, planificar, organizar y controlar las actividades
relacionadas con el desarrollo y administración del Potencial Humano que
constituye la administración de la empresa.
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b) Promover, controlar y ejecutar los procedimientos y sistemas de
reclutamiento, selección, evaluación de desempeño, promoción, ascenso
y reasignación del personal en concordancia con las normas técnicas y
los dispositivos legales vigentes.
c) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones y actividades
destinadas a la motivación, bienestar e innovación constante,
desarrollando programas de incentivos, estímulos y remuneraciones.
d) Proponer a la Gerencia General los lineamientos de política, proyectos de
directiva, normas y reglamento para la adecuada gestión de personal de
la empresa.
e) Cumplir y hacer cumplir el Reglamente Interno de Trabajo (RIF) y las
disposiciones legales relacionadas con la Administración de Personal.
f) Elaborar y actualizar el Cuadro Analítico de Personal (CAP), el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y el Manual de
Organización y Funciones (MOF) en estrecha coordinación con la
Gerencia de Presupuesto.
g) Aprobar, elaborar y ejecutar el Programa Anual de Vacaciones del
personal de la Empresa.
h) Evaluar, calificar, procesar y aprobar la documentación referente al
otorgamiento de licencias por enfermedad, maternidad, lactancia, sepelio,
por motivos personales y de cualquier otra índole que solicite el personal.
i) Evaluar, calificar, procesar y aprobar los beneficios, bonificaciones,
reintegros, indemnizaciones y subsidios familiares que le correspondan al
personal de la empresa y que sean solicitados de acuerdo a ley.
j) Elaborar mensualmente las Planillas de pago del personal de la Empresa,
así como de las correspondientes boletas de pagos del personal.
k) Emitir los certificados anuales de Retenciones de Quinta Categoría del
personal de la empresa en coordinación con la Oficina de Contabilidad.
l) Controlar la asistencia y permanencia diaria laboral de los trabajadores de
la Empresa.
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m) Controlar la prestación de las declaraciones juradas de bienes y rentas,
de nepotismo y otras que señale la Ley, de los funcionarios y trabajadores
sujetos a tal exigencia.
n) Disponer a través de la Unidad de Servicio Social los trámites para la
atención médica a los trabajadores, por parte de ESSALUD, y otras
Instituciones contratadas para dicho fin y demás acciones que promueva
el bienestar del personal.
o) Mantener permanentemente actualizado la base de datos del personal,
organizando los legajos, el registro y el escalafón de los trabajadores de
la empresa.
p) Organizar y ejecutar periódicamente evaluaciones de desempeño laboral,
que permita a la administración, la ejecución de medidas correctivas o de
estímulo.
q) Evaluar y disponer la rotación, promoción, contratación y cese de
personal, en función del perfil del cargo y competencia del trabajador, de
acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.
r) Aplicar las medidas disciplinarias correspondientes, de acuerdo a lo
establecido en los regímenes laborales vigentes y el Reglamento Interno
de Trabajo (RIT), resolviendo los asuntos administrativos en materia de
personal.
s) Atender, supervisar y evaluar la correcta aplicación de los diferentes
procedimientos Administrativos en el ámbito de sus funciones y
competencias.
t) Aprobar las actividades de esparcimiento para los trabajadores de la
Empresa.
u) Supervisar, organizar, dirigir y controlar la gestión de la guardería de la
empresa.
v) Planificar, organizar y ejecutar campañas de salud en favor de los
trabajadores de la empresa.
w) Supervisar, organizar, dirigir y controlar la gestión del comedor de la
empresa.
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ARTICULO 60°. - Estructura de la Gerencia de Recursos Humanos
Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Recursos Humanos tiene
la estructura siguiente:
60.1 UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL
60.2 JEFATURA DE SEGURIDAD
60.3 UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS
UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL
ARTÍCULO 61°.- La Unidad de Servicio Social es el órgano dependiente y
subordinado de la Gerencia de Recursos Humanos, está a cargo de una
Asistenta Social, encargada de promover el bienestar de los trabajadores de la
empresa, facilitando la armonía en las relaciones entre empleador y trabajador,
en aras de la paz social, un ambiente laboral sano y adecuado.
ARTÍCULO 62°.- Corresponde a la Unidad de Servicio Social las siguientes
funciones:
a) Brindar atención individualizada a los trabajadores de la Empresa en el
ámbito de bienestar social, realizando en cada caso el seguimiento
respectivo.
b) Asistir de inmediato al trabajador en casos de accidente de trabajo y
facilitar su derivación al Centro de Salud que corresponda por la cobertura
del seguro contratado, o de ser el caso al Centro de Salud más cercano
(hospital, centro médico o posta médica).
c) Elaborar una ficha social por cada trabajador, con todos los datos e
incidencias inherentes al rubro de bienestar, mantenerlas actualizadas
para proveer a la Oficina de Recursos Humanos de la información
necesaria de los trabajadores, tanto de manera global como
individualizada, la misma que servirá para elaborar una base de datos.
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d) Realizar cuadros estadísticos con datos actualizados de los trabajadores
y sus familias, para obtener eficacia en las actividades que se programen.
e) Orientar y asesorar directamente a los trabajadores para los trámites e
inscripciones en las Oficinas de ESSALUD.
f) Organizar con la aprobación de la Gerencia de Recursos Humanos las
actividades de esparcimiento para los trabajadores de la Empresa.
g) Elaborar un Plan Anual de Actividades, para ser aprobado por la Gerencia
de Recursos Humanos, con conocimiento de la Gerencia General.
h) Recepcionar y derivar los certificados médicos de los trabajadores,
expedidos por centros de salud y hospitales.
i) Realizar visitas domiciliarias y a los centros de salud en caso de ser
necesario.
j) Las demás que le asigne la Gerencia de Recursos Humanos.
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JEFATURA DE SEGURIDAD
ARTÍCULO 63°. - La Jefatura de seguridad, es el órgano responsable de
contribuir con la seguridad de los colaboradores y brindar la custodia del
Patrimonio de la empresa; asimismo, participa en la generación y difusión de una
nueva cultura de Seguridad Integral.
Es el órgano dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, está a
cargo de un Funcionario denominado Jefe de Seguridad.
ARTÍCULO 64°. - Corresponde a la Jefatura de Seguridad las siguientes
funciones:
a) Planear, organizar, dirigir y controlar los diferentes Planes y Programas
de Seguridad de la empresa.
b) Participa en la elaboración y actualización del Plan General de
Seguridad.
c) Capacitar al personal en el área de Seguridad con una formación ética,
técnica y orientada a cumplir con los objetivos de la empresa.
d) Proteger el patrimonio de la empresa, para garantizar el cumplimiento de
las metas programadas de acuerdo al Plan Estratégico Institucional,
brindando un servicio de calidad que garantice su seguridad.
e) Propone y supervisa el cumplimiento de políticas, procedimientos,
sistemas de seguridad y vigilancia de la Empresa para la prevención de
acciones delictuosas en general.
f) Coordina con los Gerentes, Jefes de Oficinas y de Áreas las acciones
relacionadas a la seguridad interna de las oficinas.
g) Efectuar coordinaciones con los Jefes de Seguridad de las Empresas
vecinas a efectos de prever la realización de acciones conjuntas ante el
desarrollo de cualquier eventualidad natural o provocada por elementos
extraños a las mismas.
h) Efectúa las coordinaciones respectivas con la Policía Nacional, a efectos
de prevenir eventualidades.
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i) Controla el ingreso de vehículos y personas a la Empresa, para lo cual
realiza las respectivas revisiones, ejecutando un registro tanto de los
ingresos como de las salidas.
j) Se encarga de elaborar reportes diarios de las supervisiones que realiza.
k) Es el responsable de efectuar coordinaciones con la Compañía de
Bomberos, Policía Nacional, Hospitales, Postas Médicas, para llevar a
cabo campañas y/o simulacros de incendios, sismos, y otros, a efectos de
tener preparados al personal en caso ocurrieran.
l) Ejecuta y controla el desarrollo de programas de entrenamiento y
capacitación en seguridad del personal.
m) Realiza inspecciones en las diversas áreas sugiriendo medidas
correctivas, propone la adquisición de nuevos sistemas, equipos e
implementos de seguridad.
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UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS
ARTÍCULO 65°. - La Unidad de Servicios Médicos de Urgencias, es el órgano
dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, encargado de velar y
proporcionar atención de salud en los aspectos de diagnóstico, tratamiento y
transferencia para inter-consulta especializada.
ARTÍCULO 66°. - Corresponde a la Unidad de Servicios Médicos de
Urgencias las siguientes funciones:
a) Brindar servicios de atención de urgencias con equidad, eficiencia y
calidad a todo el personal de la empresa.
b) Proponer, dirigir, coordinar, implementar y supervisar el plan anual de
salud de la empresa.
c) Prestar atención médica de urgencias.
d) Control en las justificaciones médicas por inasistencia.
e) Desarrollar labores de consejería médica, así como las actividades de
prevención y promoción sanitaria.
f) Evaluar permanentemente las condiciones de salud alcanzadas por los
trabajadores de la Empresa, informando de los resultados a la Gerencia
de Recursos Humanos.
g) Estudiar, examinar, diagnosticar, prescribir y recomendar las medidas
pertinentes orientadas a cambiar la conducta de los trabajadores para el
cumplimiento de las disposiciones médicas en materia de salud.
h) Facilitar el apoyo en salud para mantener al personal sano y en óptimas
condiciones de salud para el normal desempeño de sus actividades.
i) Coordinar con la Gerencia de Recursos Humanos la realización de
campañas preventivas de salud de manera periódica, orientadas a los
trabajadores y a sus familiares directos.
j) Proponer a la Gerencia de Recursos Humanos, campañas de salud con
apoyo de centros de salud y hospitales de la jurisdicción.
k) Es el encargado de supervisar el óptimo funcionamiento operacional del
área de comedor.
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l) Participar en la supervisión del funcionamiento del servicio de comedor y
la guardería, así como el control de la higiene y la salubridad de las
mismas.
m) Supervisar la preparación de los alimentos que serán repartidos a los
niños de la guardería y al personal de la empresa.
n) Supervisar y controlar la salud de los colaboradores del comedor y la
higiene durante el proceso de preparación de alimentos.
o) Implementar programas de limpieza, fumigación y desinfección del
comedor y cocina en coordinación con la Gerencia de Mantenimiento y
Servicios Generales.
p) Planificar, organizar y ejecutar programas de capacitación sanitaria a fin
de crear una cultura de salubridad al momento de preparar los alimentos.
q) Participar en las campañas médicas que organiza la Gerencia de
Recursos Humanos.
r) Registro de datos en historias clínicas.
s) Realizar exámenes, curaciones, extracciones dentales y tratamiento
profiláctico al personal de la Empresa.
t) Elaborar fichas de filiación en la programación de actividades de medicina
odontológica.
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GERENCIA DE OPERACIONES
ARTÍCULO 67º.- La Gerencia de Operaciones es el órgano de línea que tiene
por objetivo asegurar los servicios públicos de recolección de residuos sólidos,
barrido de calles y plazas, evitando generar impactos medioambientales
negativos. Asimismo, se encarga de la sensibilización a la población y del manejo
del vivero.
Tiene como misión la gestión y manejo integral de los Residuos Sólidos
asegurando un óptimo servicio de limpieza pública con un ambiente seguro y
agradable para el desarrollo de sus actividades cotidianas y del cuidado de su
salud, asimismo vigila que se cumplan con los objetivos fijados en el Plan
Operativo que permita velar por un eficiente servicio de limpieza pública en la
provincia Constitucional del Callao.
La Gerencia de Operaciones está a cargo de un Funcionario denominado
Gerente de Operaciones, que depende funcional y jerárquicamente de la
Gerencia General.
ARTÍCULO 68°. - Corresponde a la Gerencia de Operaciones las siguientes
funciones:
a) Gestión y Manejo Integral de los Residuos Sólido en la Provincia
Constitucional del Callao.
b) Planificar y elaborar el Plan Anual Operativo que permita la adecuada
prestación del servicio de limpieza pública, determinando las rutas,
frecuencias, horarios y estrategias para su eficaz cumplimiento.
c) Supervisar los trabajos de las diferentes Unidades a su cargo.
d) Encargado del Control y Supervisión Ciudadana sobre los problemas que
puedan ocurrir en una determinada zona, en el ámbito de la limpieza
pública.
e) Fomentar la Educación Ciudadana en coordinación con el área de Imagen
Institucional de la Empresa, así como la administración conjunta de la
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limpieza pública con los vecinos y dirigentes de las diversas agrupaciones
vecinales debidamente organizadas.
f) Evaluación Técnica-operativa de las actividades de cada una de las
unidades a su cargo.
g) Coordinar con las diferentes Unidades a su cargo el cumplimiento de las
labores del personal y las acciones disciplinarias conjuntamente con la
Gerencia de Recursos Humanos, a efectos de que se tomen las medidas
correctivas que correspondan.
h) Informar a la Gerencia General los avances de cada una de sus Unidades.
i) Coordinar permanentemente con la Gerencia de Administración y
Finanzas sobre la operatividad del parque automotor a efectos que pueda
cumplir con efectuar el mantenimiento preventivo, así como el correctivo
de las unidades de la Empresa, para el cumplimiento de los estándares
mínimos en la prestación de los servicios de la limpieza pública.
j) Proveer información de su competencia a la Gerencia Técnica, misma que
permitirá efectuar las valorizaciones correspondientes.
k) Responsable de la prevención de accidentes y protección de la salud de
empleados y obreros a su cargo durante la realización de los trabajos.
l) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades que involucren el
desarrollo de normas y de manejo de indicadores de eficiencia y eficacia,
que contribuyan al manejo óptimo de los residuos sólidos.
m) Promover actividades que involucren la participación activa y pasiva de la
población en los procesos de limpieza pública, así como la segregación
de residuos sólidos domiciliarios.
n) Proponer y ejecutar acciones para lograr mayor eficiencia y competitividad
en los servicios de limpieza que brinda la empresa.
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o) Desarrollar, actualizar e implementar el plan de rutas de las unidades de
recojo de residuos sólidos de acuerdo a las políticas de la empresa y a la
realidad local.
p) Difundir, realizar y coordinar campañas de información, educación y
difusión sobre la limpieza del distrito.
q) Es el responsable de coordinar los trabajos a desarrollar por parte de las
unidades de: Recolección, Mantenimiento de vías, sensibilización
Ciudadana y vivero.
r) Otras que le asigne la Gerencia General.
ARTICULO 69°. - Estructura Orgánica de la Gerencia de Operaciones
Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Operaciones, cuenta con
la siguiente estructura:
69.1 UNIDAD DE RECOLECCIÓN
69.2 UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VIAS
69.3 UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN CIUDADANA
69.4 UNIDAD DE VIVERO
UNIDAD DE RECOLECCIÓN
ARTÍCULO 70°. - La Unidad de Recolección, es un órgano dependiente de la
Gerencia de Operaciones. El Jefe de la Unidad de Recolección es el encargado
de proponer, controlar, ejecutar y evaluar los programas de limpieza pública
(recolección) en coordinación con el Gerente de Operaciones.
ARTÍCULO 71°. - Corresponde a la Unidad de Recolección las siguientes
funciones:
a) Realizar el proceso de Recolección de Residuos Sólidos puerta a puerta
de manera eficiente.
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b) Es la Unidad encargada de proponer, controlar, ejecutar y evaluar los
programas de limpieza pública (recolección de los residuos sólidos) en
coordinación con el Gerente de Operaciones.
c) Supervisar la recolección y transporte de los residuos sólidos.
d) Administrar la información de los avances de los trabajos que se realizan
y que están bajo su responsabilidad.
e) Programar los operativos de recolección especiales a realizarse en las
diferentes zonas de la Provincia Constitucional del Callao.
f) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.
UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VÍAS
ARTÍCULO 72°. - La Unidad de Mantenimiento de Vías, es un órgano
dependiente de la Gerencia de Operaciones. El Jefe de la Unidad de
Mantenimiento de Vías es el encargado de supervisar, controlar, ejecutar y
evaluar el proceso de barrido de calles y plazas en coordinación con el Gerente
de Operaciones.
ARTÍCULO 73°. - Corresponde a la Unidad de Mantenimiento de Vías las
siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de supervisión de
los servicios de barrido de calles y plazas, cautelando el cumplimiento de
los reglamentos, disposiciones técnicas y legales relacionadas con la
prestación de servicios que se brinda a la comunidad.
b) Es la Unidad encargada de ejecutar y evaluar los programas de limpieza
pública (Barrido de las Calles y Plazas) en coordinación con el Gerente
de Operaciones.
c) Ejecutar y controlar las actividades de transporte, recolección y
transferencia de los residuos sólidos que se recolectan en los trabajos de
barrido que se ejecutan en la jurisdicción de la Provincia Constitucional
del Callao.
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d) Administrar la información de las actividades que realizan y que están bajo
su responsabilidad.
e) Programar los operativos de mantenimiento de las Vías (Barridos de las
Calles, avenidas y plazas, así mismo de la realización de la programación
de los operativos de baldeo de las calles y avenidas en las diferentes
zonas de la Provincia Constitucional del Callao.
f) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.
UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN CIUDADANA
ARTÍCULO 74°. - La Unidad de Supervisión y de Coordinación Ciudadana es un
órgano de Línea de la Gerencia de Operaciones, encargado de promover y
canalizar la participación de las Organizaciones Sociales de la comunidad
chalaca.
Tiene como objetivo fortalecer a la ciudadanía creando las condiciones
necesarias para una adecuada participación de la sociedad civil, población é
instituciones públicas, privadas y demás organizaciones representativas de la
población. Es el encargado de tener elaborado un registro de las diferentes
organizaciones de bases debidamente organizadas y que las mismas hayan sido
reconocidas por parte de la Municipalidad Provincial del Callao, a efectos de
poder coordinar los diferentes trabajos a realizarse.
Está a cargo de un Funcionario denominado Jefe de Supervisión y de
Coordinación Ciudadana, que depende funcional y jerárquicamente de la
Gerencia de Operaciones.
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ARTÍCULO 75°. - Corresponde a la Unidad de Supervisión y Coordinación
Ciudadana las siguientes funciones:
a) Planificar, diseñar, organizar, implementar y supervisar las mejoras e
innovaciones en las actividades, programas, procesos y mecanismos de
participación ciudadana, juntas vecinales y delegados vecinales en el
marco de la Ley Orgánica de Municipalidades.
b) Organizar y desarrollar actividades de promoción para la constitución, el
reconocimiento y el registro de organizaciones sociales, juntas, comités
vecinales y otras organizaciones de la sociedad civil del distrito.
c) Es la Unidad encargada de tener elaborado un registro de las diferentes
organizaciones de bases debidamente organizadas y que las mismas
hayan sido reconocidas por parte de la Municipalidad Provincial del
Callao, a efectos de poder coordinar los diferentes trabajos a realizarse.
d) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la
promoción de la participación ciudadana y su integración en la Gestión
de ESLIMP CALLAO S.A.
e) Proponer, estrategias e instrumentos de información y comunicación a
nivel interno y externo con el apoyo adecuado de las organizaciones de
la sociedad civil.
c) Elaborar y ejecutar encuestas vecinales, relacionadas con la prestación
de los servicios que se les brinda a efectos de poder mejorarlos teniendo
en consideración las sugerencias de los vecinos debidamente
organizados.
d) Proponer acciones para ejecutarse en forma inmediata, siempre que
estas estén relacionadas con la limpieza pública, que es el objeto principal
de la Empresa.
e) Participar activamente en la Sensibilización Ciudadana acerca del
cuidado y conservación del medio ambiente dentro del ámbito de la
Provincia Constitucional del Callao.
f) Realizar talleres y charlas de Sensibilización Ambiental, Fomento de
Valores y buen manejo de los Residuos Sólidos.
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g) Administrar la información de los avances de los trabajos que se realizan
y que están bajo su responsabilidad.
h) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.
UNIDAD DE VIVERO
ARTÍCULO 76°. - La Unidad de Vivero, es un órgano dependiente de la Gerencia
de Operaciones. Está encargada de mantener en funcionamiento el vivero,
propagando en ella las plantas y plantones de árboles frutales, así como el de
los ornamentales, plantas florales, los mismos que serán plantados en los
diferentes puntos críticos existentes en la ciudad, con la finalidad de ganar más
áreas verdes y mantener el medio ambiente.
ARTÍCULO 77°. - Corresponde a la Unidad de Vivero las siguientes
funciones:
a) Es la Unidad encargada de dar tratamiento a los Residuos Sólidos
Orgánicos urbanos para producir compost y humus de lombriz los que
servirán para la propagación de plantas ornamentales que serán
plantadas en los puntos críticos.
b) Es la encargada de reportar mensualmente a la Gerencia de Operaciones
la producción de las plantas y plantones que se propague en el vivero.
c) Es la responsable de solicitar los productos e insumos necesarios a fin de
mantener operativos los trabajos de propagación de los plantones en el
vivero.
d) Otras funciones propias de su competencia que le sean asignadas por la
Gerencia de Operaciones.
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GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
ARTÍCULO 78°. - La Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales, es un
órgano de línea, que tiene como objetivo desarrollar y controlar el proceso de
ejecución de los servicios generales tales como: conservación de los equipos,
herramientas é instalaciones de la empresa tanto en el aspecto estructural y
eléctrico, así mismo el mantenimiento de locales interinstitucionales.
Es responsable de administrar y brindar la prestación de los servicios de
mantenimiento y reparación (preventivo y correctivo) de los equipos,
herramientas é instalaciones de la Empresa.
La Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales está a cargo de un
Funcionario denominado Gerente de Mantenimiento y Servicios Generales, que
depende funcional y jerárquicamente del Gerente General.
ARTÍCULO 79°. - Corresponde a la Gerencia de Mantenimiento y Servicios
Generales las siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y velar por la seguridad de las
actividades relacionadas con la conservación y mantenimiento de las
instalaciones, equipos, maquinarias y herramientas de la empresa.
b) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades que se realizan en
la empresa y los locales interinstitucionales otorgando las garantías
necesarias para el normal desenvolvimiento de las actividades y de las
personas que se encuentran en el interior.
c) Elaborar y proponer políticas de uso, conservación y mantenimiento de
las instalaciones, muebles, maquinarias y equipos de propiedad de la
empresa.
d) Dictar las directivas necesarias para el uso racional y eficiente de las
instalaciones, muebles, equipos y herramientas de la empresa.
e) Programar, realizar y ejecutar el mantenimiento, reparación, conservación
y seguridad de los muebles, equipos y maquinarias de la empresa.
f) Elaborar el requerimiento de materiales para el taller de servicios
generales.
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g) Supervisar el cumplimiento de las instructivas dictadas por la Jefatura de
Servicios Generales, en materia de limpieza interna, conservación de las
instalaciones eléctricas y sanitarias.
h) Programar, controlar y mantener técnicamente operativas las centrales
telefónicas de la empresa.
i) Proformar el costo operativo del mantenimiento de los equipos,
herramientas y las instalaciones de la empresa.
j) Inspeccionar sistemáticamente el estado y conservación de los equipos,
herramientas e instalaciones de la empresa tanto en el aspecto estructural
y eléctrico, verificando su adecuada conservación y funcionamiento en la
empresa (Previa evaluación del Jefe de Servicios Generales).
k) Supervisar obras menores (arreglo de veredas, paredes por daños
causados por máquina retroexcavadora y/o cargador frontal – maquinaria
de la Empresa)
l) Elaborar los informes técnicos en los procesos de compras de
herramientas y/o equipos de su competencia.
m) Supervisar la correcta ejecución de los servicios prestados por terceros,
otorgando la conformidad del servicio
n) Supervisar las actividades de la Jefatura de Servicios Generales,
verificando el cumplimiento de las mismas.
o) Apoyar los eventos y/o actividades organizadas por la Empresa y los
requeridos por los vecinos, aprobados por la Gerencia General
p) Otras funciones en el ámbito de competencia que asigne la Gerencia
General.
ARTICULO 80°. - Estructura de la Gerencia de Mantenimiento y Servicios
Generales
Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Mantenimiento y Servicios
Generales tiene la siguiente estructura:
80.1 UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES
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UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES
ARTICULO 81°. - Es el órgano dependiente de la Gerencia de Mantenimiento y
Servicios Generales encargado de ejecutar el Programa de Mantenimiento y
conservación de los servicios generales (luz, agua, teléfono, limpieza,
carpintería, etc.) en las instalaciones de la empresa.
ARTICULO 82°. - Corresponde a la Unidad de Servicios Generales las
siguientes funciones:
a) Revisar e informar a la Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales
sobre los materiales necesarios para el mantenimiento de las
instalaciones en la empresa.
b) Colaborar y apoyar técnicamente en la elaboración e implementación de
los Programas de Servicios Generales, ejecutando las acciones
necesarias para que las instalaciones de la Empresa se mantengan en
óptimo estado de conservación, y se presten eficientemente los servicios
que requieran las diversas áreas de la empresa.
c) Emitir opinión técnica sobre los trabajos ejecutados por terceros a las
instalaciones de la empresa, a efectos de dar su conformidad de los
mismos.
d) Brindar los servicios de Instalación de estrados, servicios de jardinería,
servicios de Fumigación y desratización, servicios de limpieza farolas,
servicios de limpieza de puentes y parques temáticos.
e) Brindar y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y
sanitarias de la empresa.
f) Informar a la Gerencia de Mantenimientos y Servicios Generales sobre
los costos de mantenimiento de las instalaciones de la Empresa.
g) Supervisar los trabajos que se realizan en mantenimiento de los locales
interinstitucionales.
h) Las demás funciones que asigne la Gerencia de Mantenimiento y
Servicios Generales.
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TITULO TERCERO
DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
ARTÍCULO 83°. - ESLIMP CALLAO S.A. se relaciona con la Municipalidad
Provincial del Callao para la mejor ejecución de sus funciones, desarrollo de los
planes y cumplimiento de sus fines amparados por la Ley Orgánica de
Municipalidades. ESLIMP CALLAO S.A. mantiene relaciones con entidades
públicas y privadas, a fin promover el desarrollo sostenible de la gestión de la
empresa.
ARTÍCULO 84°. - El Gerente General, como representante titular de la Empresa
dirige y conduce las relaciones interinstitucionales con el Sector Público y
Privado, coordinando permanentemente con las Autoridades Nacionales,
Regionales, Provinciales y Distritales, para una labor integrada de limpieza
pública y saneamiento ambiental, por la naturaleza del servicio público, y por la
determinante incidencia de ésta en el bienestar de la población.
DEL REGIMEN LABORAL
ARTÍCULO 85°. - ESLIMP CALLAO S.A. es una Empresa Pública de Derecho
Privado y en tal sentido el Régimen Labora al que están sujetos sus trabajadores
en sus diferentes niveles es el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 003-97-TR, y las normas complementarias, ampliatorias y conexas
sobre la materia.
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERO. - La provisión de los cargos determinados en aplicación del presente
Reglamento, se hará en concordancia con la disponibilidad de los recursos
presupuestales y financieros.
SEGUNDO. - Disponer que a partir de la aprobación del presente instrumento de
gestión, todos los Órganos y Unidades Orgánicas de la empresa actualicen su
Manual de Organización y Funciones y demás Instrumentos de Gestión.
TERCERO. - Es responsabilidad de todas las Unidades Orgánicas de la empresa
el cumplimiento del presente Reglamento.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ARTICULO UNICO
ESLIMP CALLAO S.A, con la aprobación del Directorio y a través de la Gerencia
General, adecuará su actual organización a la estructura contenida en el
presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF).
DISPOSICIÓN FINAL
ARTICULO UNICO
ESLIMP CALLAO S.A., a través de la Gerencia de Recursos Humanos procederá
al reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP)
y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en coordinación con la Gerencia
de Presupuesto.
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DEFINICIONES
1. GERENCIA, OFICINA, DIVISIÓN, UNIDAD, DEPARTAMENTO, AREA. -
Se refiere tanto a órganos como unidades orgánicas de una Entidad.
2. ATRIBUCIÓN. - Facultad conferida expresamente a quien ejerce un cargo
para resolver o tomar una decisión sobre cualquier acto administrativo
dentro de su competencia y en el ejercicio de sus funciones.
3. CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP).- Documento de
gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la
Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su
ROF.
4. COMPETENCIA. - Ámbito de actuación material o territorial de la entidad
en su conjunto, establecido de acuerdo a un mandato constitucional y/o
legal.
5. EFICIENCIA. - Agilizar la toma de decisiones y la asignación de
responsabilidades.
6. ENTIDAD. - Incluye a las señaladas en los incisos 1 al 7 del Artículo I del
Título Preliminar de la Ley No 27444 Ley del Procedimiento Administrativo
General. Deberá entenderse por entidades a aquellas organizaciones que
cumplen con funciones de carácter permanente; es decir, que han sido
creadas por norma con rango de Ley que les otorga personería jurídica.
7. ESTRUCTURA ORGÁNICA. - Es un conjunto de órganos
interrelacionados racionalmente entre sí, para cumplir funciones
preestablecidas que se orientan en relación con objetivos derivados de la
finalidad asignada a la Entidad.
8. FACULTAD. - Derecho conferido para realizar cierta acción.
9. FUNCIÓN. - Conjunto de acciones afines y coordinadas que corresponde
realizar a la entidad, sus órganos y unidades orgánicas para alcanzar sus
objetivos.
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10. FUNCIÓN GENERAL. - Conjunto de acciones que debe realizar la
entidad, conducente a alcanzar los objetivos y metas de su gestión
administrativa. Estas provienen de las normas sustantivas vinculadas a la
entidad.
11. FUNCIÓN ESPECÍFICA. - Conjunto de acciones que deben realizar los
órganos y las unidades orgánicas, conducentes a alcanzarlos objetivos de
la entidad y las metas de su gestión.
12. JERARQUÍA. - Es la línea continua de autoridad que se extiende desde
la cima de la organización hasta el eslabón más bajo; también conocida
como cadena de mando.
13. NIVEL ORGANIZACIONAL. - Es la categoría dentro de la estructura
orgánica de la Entidad que refleja la dependencia entre los órganos o
unidades orgánicas de acuerdo con sus (funciones y atribuciones).
14. NIVEL JERÁRQUICO. - Refleja la dependencia jerárquica de los cargos
dentro de la estructura orgánica de la Entidad.
15. ÓRGANOS. - Son las unidades de organización que conforman la
estructura orgánica de la Entidad. Se clasifican de acuerdo a lo
establecido en los presentes lineamientos
16. PROGRAMA. - Los Programas son estructuras funcionales creadas para
atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública
específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece.
17. PROYECTO. - Se refiere a un conjunto articulado y coherente de
actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos siguiendo una
metodología definida para lo cual se le asigna un equipo de personas, así
como otros recursos cuantificados en toma de presupuesto, que prevé el
logro de determinados resultados y cuya programación en el tiempo
responde a un cronograma con una duración limitada. Solo se crean para
atender actividades de carácter temporal.
18. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF). Es el
documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la
estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al
logro de su misión, visión y objetivos, Contiene las funciones generales
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de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades
orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades.
19. RACIONALIZACIÓN DE PROCESOS. - Actividad de sistematización que
conlleva a la identificación análisis, armonización, diseño, mejoramiento,
simplificación o supresión de procesos para alcanzar mayor eficiencia y
eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la Entidad.
20. SISTEMA ADMINISTRATIVO. - Los Sistemas Administrativos son los
conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos
mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración
Pública y que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento eficaz de los
objetivos de las entidades a través de la utilización eficiente de los medios
y recursos humanos, logísticos y financieros.
21. UNIDAD ORGÁNICA. - Es la unidad de organización que conforma los
órganos contenidos en la estructura orgánica