¿Quienes Somos?
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CABRERA SALMERÓN & ASOCIADOS
Cabrera Salmerón & Asociados
Somos un despacho jurídico que brinda asesoría legal apatrones y empresas en materia laboral tanto de manerapreventiva como correctiva, ello con el fin de prevenir yresolver conflictos laborales con motivo de las relacionesobrero patronales.
DIAGNÓSTICO LABORAL
Servicios
ASESORÍA Y REPRESENTACIÓN
LABORAL PERMANENTE
Cabrera Salmerón & Asociados
Cabrera Salmerón & Asociados
Dar a conocer al patrón qué anomalias y falta de requisitos,tienen los documentos de su empresa de acuerdo a la LeyFederal del Trabajo, mediante la revisión de los siguientesdocumentos:
Diagnóstico laboral
Recibos de pago
Contratos individuales…
Tarjetas y listas de control de asistencia
Actas constitutivas de comisiones mixtas
Renuncias y finiquitos de trabajadores
DOCUMENTACIÓN PARA
DIAGNÓSTICO LABORAL
Poderes de los representantes……
Cabrera Salmerón & Asociados
.
Poderes de los representantes…
… para determinar si éstos cumplen con los
requisitos para representar a la misma
ante cualquier autoridad laboral.
Cabrera Salmerón & Asociados
Recibos de
Pago
Salarios
Vacaciones y P.V.
Aguinaldo
Reparto de utilidades
Horas Extras
Días de descanso
Cabrera Salmerón & Asociados
SALARIOS
Articulo 82. Salario es la retribución que debe pagar el patrón altrabajador por su trabajo.
Articulo 83. El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad deobra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.
Articulo 84. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo porcuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas,comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad oprestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL
Tabla Vacaciones por Ley.
1 año igual a 6 días 2 años igual a 8 días3 años igual a 10 días 4 años igual a 12 días
5 a 9 años igual a 14 días 10 a 14 años igual a 16 días
Sucesivamente irán aumentado dos días, por cada periodo de cinco años.
Articulo 80. Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor deveinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante elperíodo de vacaciones.
AGUINALDO
Articulo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldoanual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre,equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios,independientemente de que se encuentren laborando o no enla fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a quese les pague la parte proporcional del mismo, conforme altiempo que hubieran trabajado, cualquiera que fuere este.
REPARTO DE UTILIDADES
Artículo 117. Los trabajadores participarán en las utilidadesde las Empresas, de conformidad con el porcentaje quedetermina la Comisión Nacional para la Participación de losTrabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Artículo 122. El Reparto de utilidades entre los trabajadoresdeberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a lafecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuandoesté en trámite objeción de los trabajadores.
HORAS EXTRA
Articulo 66. Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca tres horas diarias ni tres veces en una semana.
DÍAS DE DESCANSO
Articulo 73. Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus días dedescanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador,independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doblepor el servicio prestado.
Días de Descanso Obligatorio.
Articulo 74. Son días de descanso obligatorio : 1 de enero. 5 de febrero. El primer lunes de febrero en conmemoración de este. 21 de marzo. El tercer lunes de marzo en conmemoración de este. 1 de mayo. 16 de septiembre. 20 de noviembre. El tercer lunes de noviembre en conmemoración de este. 25 de diciembre.; y El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de
elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Contratos individuales y colectivos de trabajo y reglamento interior de trabajo
CONTRATO INDIVIDUAL
Es de gran importancia contar con loscontratos individuales de trabajo todavez que en los mismos se encuentradescrito la fecha de ingreso(antigüedad), salario, jornada y puestoasí como de mas condiciones detrabajo.
El contrato individual de trabajo sirvecomo medio de prueba en un juiciolaboral.
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
La importancia de contar con el reglamento interior de trabajo es la de establecer las normas y condiciones que se deben llevar a cabo en el área de trabajo.
Requisito para aplicar las medidas correctivas a los trabajadores que incumplan con sus funciones.
Cabrera Salmerón & Asociados
Contratos individuales y colectivos de trabajo y reglamento interior de trabajo
Cabrera Salmerón & Asociados
Tarjetas y listas de control de asistencia
Cabrera Salmerón & Asociados
El contar con listas o controles de
asistencia es fundamental para
evitar hacer pagos innecesarios en
un juicio laboral por concepto de
la reclamación de tiempo extra.
Tarjetas y listas de control de asistencia
Cabrera Salmerón & Asociados
Actas constitutivas de comisiones mixtas
Seguridade
Higiene
Cuadro de
Antigüedades
Capacitacióny
Adiestramiento
Reglamento Interior
de Trabajo
Reparto de
Utilidades
Cabrera Salmerón & Asociados
Renuncias y finiquitos de los trabajadores
Cabrera Salmerón & Asociados
RENUNCIA
Parte proporcional: Aguinaldo
Parte proporcional: Vacaciones
Parte proporcional:Prima vacacional
DESPIDO
Indemnización Art. 48 LFT
Aguinaldo Art. 87 LFT
Vacaciones Art. 76-79 LFT
Prima vacacional Art. 80 LFT
Prima de antigüedad Art. 162 LFT
Prima dominical Art. 71 LFT
Horas extras Art. 67 y 68 LFT
Salarios devengados Art. 99 LFT
Beneficios:
1
Es preventivo de conflictos laborales
individuales y colectivos.
2
En caso de existir demandas laborales
posteriores, la empresa contará con los
documentos necesarios para contestarlas y
defender a la empresa de una manera mas
efectiva.
3
En caso de que se lleve a cabo una inspección por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tendrán la
documentación en orden evitando las multas que impone
dicha secretaría.
Cabrera Salmerón & Asociados
SERVICIO DE ASESORIA
Y REPRESENTACION
LABORAL PERMANENTE
Cabrera Salmerón & Asociados
Aplicaciónde la L.F.T.
Contratación Individual
Contratación Colectiva
Recibosde
Pago
Elaboraciónde
Nóminas
Consulta en materia de derecho del
trabajo sobre:
Listas y Tarjetasde Asistencia
Intervención directa en negociaciones para la revisión o firma de:
Información Información
ContratosIndividuales
ContratosColectivos
Cabrera Salmerón & Asociados
CONTRATO INDIVIDUAL Contrato Individual de Trabajo, cualquiera que sea su forma o
denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestara otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Contenido del Contrato de Trabajo.• Personas que intervienen (Física o Moral).• Tipo de Contrato.• Trabajo a realizar.• Remuneración.• Jornada.• Horario.• Lugar de Trabajo.• Días de Descanso.• Prestaciones.• Otras.
Cabrera Salmerón & Asociados
CONTRATO COLECTIVOEs el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de patrones , con objeto deestablecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o másempresas o establecimientos. (art. 386 LFT)
El contrato colectivo contendrá:I. Los nombres y domicilios de los contratantes;II. Las empresas y establecimientos que abarque;III. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra
determinada;IV. Las jornadas de trabajo;V. Los días de descanso y vacaciones;VI. El monto de los salarios;VII. Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la
empresa oVIII. establecimientos que comprenda;IX. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a
quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento;X. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban
integrarse deXI. acuerdo con esta Ley; y,XII. Las demás estipulaciones que convengan las partes.
Cabrera Salmerón & Asociados
Asesoria para despido y
liquidación de trabajadores
Cabrera Salmerón & Asociados
Cabrera Salmerón & Asociados
Proporcionar información sobre las
actividades y resoluciones sobre la
comisión nacional para la Participación
de los Trabajadores en las Utilidades de las
Empresas.
Patrocinar a las empresas ante:
La Junta Federal de Conciliación yArbitraje en Guanajuato, Gto.
La Procuraduría de laDefensa del Trabajo.
Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitrajede León, Guanajuato, Irapuato y Celaya.
La Dirección del Trabajo y PrevisiónSocial.
Cabrera Salmerón & Asociados
Mediante la asesoría laboral sus documentos cumplirán losrequisitos y se elaboraran conforme a las exigencias de la
Ley Federal del Trabajo.
En caso de existir demandas individuales, tendrán la documentación suficiente para evitar el exceso de
pago y problemas en juicios laborales.
Se representará a las empresas ante la Procuraduría Local,o Federal de Trabajo, por lo que ya no perderá su tiempo
asistiendo a las citas de dichas autoridades, en las que celebraremos convenios de liquidaciones si se llega a un
arreglo conciliatorio bajo las condiciones económicas que ustednos señale.
BENEFICIOS
Cabrera Salmerón & Asociados
DUDAS Y COMENTARIOS
Cabrera Salmerón & Asociados