QUE CREA LA CONDECORACION DEPORTIVA MARIANO RIVERA.€¦ · Esta iniciativa tiene como objetivo...
Transcript of QUE CREA LA CONDECORACION DEPORTIVA MARIANO RIVERA.€¦ · Esta iniciativa tiene como objetivo...
Asamblea Nacional
Secretaría General
Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá
TRÁMITE LEGISLATIVO
2019-2020
ANTEPROYECTO DE LEY: 145
PROYECTO DE LEY: 110
LEY:
GACETA OFICIAL:
TÍTULO: QUE CREA LA CONDECORACION DEPORTIVA MARIANO
RIVERA.
FECHA DE PRESENTACIÓN: 22 DE AGOSTO DE 2019.
PROPONENTE: H.D.S. NORMA MONTENEGRO.
COMISIÓN: EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES.
Panamá, 22 de agosto de 2019 22/0~y'l' I?;D-r:
Honorable Diputado
MARCOS CASTILLERO BARAHONA
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
E. S.D.
Honorable Señor Presidente:
En ejercicio de la iniciativa legislativa que me confiere la Constitución Política de la
República de Panamá, y el artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la
Asamblea Nacional, me honro en presentar a través de su conducto, para la consideración del
Honorable Pleno, el proyecto de Ley, "que crea la Condecoración Deportiva Mariano
Rivera" en honor al Mérito deportivo en el béisbol, el cual merece la siguiente:
Exposición de motivos
Esta iniciativa tiene como objetivo incentivar a las personas que dedican su vida en pro del
béisbol, y que, mediante sus logros enaltecen a Panamá a nivel internacional, por eso,
debemos destacar que el deporte es un pilar fundamental de nuestro país, reconociendo a
nuestros atletas, entrenadores y dirigentes deportivos destacando sus valores de trabajo en
equipo, esfuerzo y dedicación mediante la entrega de la Condecoración Deportiva Mariano
Rivera.
Mariano Rivera nació en La Chorrera, provincia de Panamá Oeste, en el pueblo pesquero de
Puerto Caimito, proveniente de una familia de escasos recursos, logra mediante el deporte
dar sus primeros pasos en las Grandes Ligas del béisbol en 1995 en el equipo de los Yankees
de Nueva York. En años posteriores y durante 19 temporadas obtiene con su equipo 5 Series
historia de superación y éxitos que sirve de motivación para las futuras generaciones de
atletas.
Nuestro país, a pesar de su extensión territorial y poca población, nos ha dado atletas que han
logrado superar récords mundiales, entrar a distintos salones de la fama deportivos e incluso
el oro olímpico.
Hi.~~OCEDEÑO Diputada Suplente de la República de Panamá
Circuito 8-5
ANTEPROYECTO DE LEY No. ??/;/x.//f De de de 2019
(/ ! 04
Que crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Créase la Condecoración Deportiva Mariano Rivera, como reconocimiento por
su actuación y trayectoria, como también a aquellos que se hayan destacado en el fomento,
impulso y la protección del béisbol, o cuya representación haya distinguido al béisbol
nacional en el país o ante la comunidad internacional.
Artículo 2. El diseño de la medalla será determinado por el Instituto Panameño de Deportes
(PANDEPORTES).
Artículo 3. El Instituto Panameño de Deportes, entre sus funciones tendrá:
a) La planificación logística concerniente a esta ley.
b) La escogencia de candidatos a considerarse en el otorgamiento de la
condecoración.
c) La escogencia de los jurados encargados de la elección al ganador de la
condecoración.
d) El desarrollo de campañas para incentivar a la participación.
e) Supervisión de la aplicación de esta Ley.
Artículo 4. La Condecoración Deportiva Mariano Rivera, será entregada el 21 de julio de
cada año, (día en que fue inducido Mariano Rivera al Salón de la Fama en el 2019).
Artículo 5. Esta ley empezará a regir al día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional hoy, 22 de agosto de 2019, por la
Honorable Diputada Suplente Norma Montenegro.
/l
Comisión de Educación, Cultura y Deportes
H.D. HÉCTOR HUGO BRANDS C. Teléfono: 512-8300, ext. 8024 Presidente
Panamá, 25 de septiembre de 2019 AN/CECYDlNota No. 158
Honorable Diputado MARCO CASTILLERO
ADIbIIII-----1
Presidente Asamblea Nacional AVCJIaI;IOI!_----1
E. S. D.
Respetado Señor Presidente: RIIc:I\iWIIIil----~ Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Educación, Cultura y Deportes en
reunión efectuada el 25 de septiembre de 2019, en el en el Auditórium Carlos Tití
Alvarado, ubicada en el cuarto piso, edificio nuevo, Asamblea Nacional, le remitirnos para
los trámites correspondientes el Proyecto de Ley, "Que crea la Condecoración Deportiva
Mariano Rivera", que corresponde al Anteproyecto de Ley 145, originalmente presentado
por la Honorable Diputada Suplente Norma Montenegro.
En virtud de lo dispuesto en el Artículo 109 del Reglamento Interno, le solicito se sirva
impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Proyecto sea sometido
próximamente a Primer Debate.
H.D. Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes
Apartado 0815-01603 Panamá; Rep. de Panamá
Palacio Justo Arosemena
I AD111M18 ----EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Esta iniciativa tiene como objetivo incentivar a las personas que dedican su vida en pro del
béisbol, y que, mediante sus logros enaltecen a Panamá a nivel internacional, por eso,
debemos destacar que el deporte es un pilar fundamental de nuestro país, reconociendo a
nuestros atletas, entrenadores y dirigentes deportivos destacando sus valores de trabajo en
equipo, esfuerzo y dedicación mediante la entrega de la Condecoración Deportiva Mariano
Rivera.
Mariano Rivera nació en La Chorrera, provincia de Panamá Oeste, en el pueblo pesquero de
Puerto Caimito, proveniente de una familia de escasos recursos, logra mediante el deporte
dar sus primeros pasos en las Grandes Ligas del béisbol en 1995 en el equipo de los Yankees
de Nueva York. En años posteriores y durante 19 temporadas obtiene con su equipo 5 Series
historia de superación y éxitos que sirve de motivación para las futuras generaciones de
atletas.
Nuestro país, a pesar de su extensión territorial y poca población, nos ha dado atletas que han
logrado superar récords mundiales, entrar a distintos salones de la fama deportivos e incluso
el oro olímpico.
PROYECTO DE LEY No. De 25 de septiembre de 2019
Que crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA: ADeoate ___
A VOIKlOn ____~_
Artículo 1. Créase la Condecoración Deportiva Mariano Rivera, como
reconocimiento por su actuación y trayectoria, como también a aquellos que se hayan
destacado en el fomento, impulso y la protección del béisbol, o cuya representación
haya distinguido al béisbol nacional en el país o ante la comunidad internacional.
Artículo 2. El diseño de la medalla será determinado por el Instituto Panameño de
Deportes (PANDEPORTES).
Artículo 3. El Instituto Panameño de Deportes, entre sus funciones tendrá:
a. La planificación logística concerniente a esta ley.
b. La escogencIa de candidatos a considerarse en el otorgamiento de la
condecoración.
c. La escogencia de los jurados encargados de la elección al ganador de la
condecoración.
d. El desarrollo de campañas para incentivar a la participación.
e. Supervisión de la aplicación de esta Ley.
Artículo 4. La Condecoración Deportiva Mariano Rivera, será entregada e121 de julio
de cada año, (día en que fue inducido Mariano Rivera al Salón de la Fama en el2019).
Artículo 5. Esta ley empezará a regir al día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.
Presentado a la consideración de la Asamblea Nacional hoy 25 de septiembre de 2019. POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
/,~~. ;-, c- _-o
p- H.D. Luis Cruz Vicepresidente
f.o J '/' , { , \
H.D. Cenobia Vargas H.D. Abel Beker Secretaria Comisionado
~.tJ Rí~{jdA~;;ios~{? .., Comisionado
H.~ '\ ~ \\ \\ ~\' i**v
;~~ooo H.D. Yesenia Rodríguez
Comisionada Comisionada
\ JI, UJ, \,1, " ~- ~~" ,] ~ \'. "
YO: o1i '0 ') __{ -;7 J v.rl H.D. Gabriel Sil~;
Comisionado
INFORME ADeIMte _____
A.~nDe la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, correspondiente al nmer f)ebate del Proyecto de Ley No. 110, "Que crea la Condecoración Depo ~... Rivera". ~---~-' ¡
AI·WZ __*iIo '....g¡IÓIÍIII.- __
Panamá, 3 de octubre de 2019
Honorable Diputado MARCOS CASTILLERO BARAHONA Presidente Asamblea Nacional Presente
Respetado Señor Presidente:
La Comisión de Educación, Cultura y Deportes, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 139 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional,
rinde el informe correspondiente al Primer Debate del Proyecto de Ley No. 110, "Que
crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera".
SOBRE LA INICIA TIV A LEGISLA TIV A
El Proyecto de Ley No. 110, fue presentado por la Honorable Diputada suplente Norma
Montenegro, ante el Pleno de esta Augusta Cámara el día 22 de agosto de 2019. El
anteproyecto de Ley fue prohijado el día 25 de septiembre y se sometió a Primer Debate
el 2 de octubre del 2019.
LAS MOTIVACIONES
Esta iniciativa tiene como objetivo incentivar a las personas que dedican su vida en pro del
béisbol, y que, mediante sus logros enaltecen a Panamá a nivel nacional e internacional, a
recibir un reconocimiento en el cual se destaca su esfuerzo, dedicación y trabajo en equipo,
mediante la entrega de la Condecoración Deportiva Mariano Rivera.
DEL PRIMER DEBATE
El día 25 de septiembre del presente año la Comisión de Educación, Cultura y Deportes,
realizo el primer debate del Proyecto de Ley No. 110 "Que crea la Condecoración
Deportiva Mariano Rivera".
En la reunión estuvieron presentes los siguientes miembros de la Comisión: HD. Héctor
Hugo Brands, Presidente; HD. Luis Cruz, Vicepresidente; HD. Cenobia Vargas,
Secretaria; HD. Fátima Agrazal, HD Lilia Batista, HD. Abel Beker, HD. Ricardo
Santos, HD. Gabriel Silva, HDS. Francisco Nieto.
Todos los miembros de la comisión tuvieron participación y expresaron sus opiniones a
favor de la aprobación de este Proyecto de Ley, que busca reconocer el esfuerzo y
dedicación de las personas y deportistas dedicados al béisbol, otorgándole la
Condecoración Mariano Rivera.
DE LAS MODIFICACIONES
El Proyecto de Ley No. 110 sufrió algunas modificaciones, las cuales son:
• Artículo 1, se mejoró la redacción del artículo, para su mejor comprensión.
• Artículo 3, se cambió la redacción del artículo para su mejor comprensión
• En el artÍCulo 4, solo se hicieron modificaciones de forma para mejorar la
redacción del artículo, en 10 que respecta al tema de la fecha de ingreso de
Mariano Rivera al Salón de la Fama.
• Se adiciono un artículo nuevo, para establecer que el Ministerio de Educación es
el encargado de reglamentar esta Ley.
Finalmente, el Proyecto de Ley No. 110 fue sometido a votación, el cual fue aprobado
por unanimidad de los miembros de la comisión.
El Proyecto de Ley se presenta en forma de Texto Único, con numeración corrida con
un total de 6 artículos.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la
Asamblea Nacional, en cumplimiento de sus facultades legales y constitucionales,
RESUELVE:
1. Aprobar en Primer Debate el Proyecto de Ley No. 110, "Que crea la Condecoración
Deportiva Mariano Rivera".
2. Entregar un Texto Único del Proyecto de Ley No. 110, con la modificación resaltadas
en negritas.
3. Solicitar al Pleno de esta Augusta Cámara se sirva someter el Proyecto de Ley No.
110 a Segundo Debate.
POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
H. . éc or Hugo Brands Presidente
\ ' l.. 0J. ·~nAr¡r:~)J'f,!jyl()J jU /0~ l{)~ jll5'----j-- -/<~j:A.
H.D. Cenobia Vargas H.D. Abel Beker Secretaria Comisionado)
/
H.D. Fátima Agrazal Comisionada
\ \ \
'\, ' J \ /'
H.D. Lilia Batista H.D. Yesenia Rodríguez Comisionada Comisionada
I /
lI.D. Gabriel Silva Comisionado
TEXTO ÚNICO
Que contiene las modificaciones y adiciones, introducidas en Primer De
Comisión de Educación, Cultura y Deportes al Proyecto de Ley No. 110, "
Condecoración Deportiva Mariano Rivera"
PROYECTO DE LEY No. 110
De 2 de octubre de 2019
Que crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera, como un
reconocimiento a las personas que, por su actuación y trayectoria, fomento, impulso,
protección y representación nacional e internacional se haya destacado en el deporte del
béisbol.
Artículo 2. El diseño de la medalla será determinado por el Instituto Panameño de
Deportes (PANDEPORTES).
Artículo 3. El Instituto Panameño de Deportes, entre sus funciones tendrá:
a. La elaboración de la logística concerniente a la implementación de esta Ley.
b. La selección de los candidatos a considerarse para el otorgamiento de la
condecoración Deportiva Mariano Rivera.
c. La designación de los jurados encargados de elegir el ganador o ganadores de la
condecoración Deportiva Marino Rivera.
d. La Supervisión del cumplimiento de esta Ley.
Artículo 4. La Condecoración Deportiva Mariano Rivera, será entregada el 21 de julio
de cada año, fecha en la cual ingreso Mariano Rivera al Salón de la Fama.
Artículo 5. Esta condecoración será reglamentada por el Órgano Ejecutivo, a través
del Ministerio de Educación.
Artículo 6. Esta ley empezará a regir al día siguiente al de su promulgación
COMUNIQUESE y CUMPLASE
Presentado a la consideración de la Asamblea Nacional hoy 2 de octubre de 2019.
POR LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
\ L . l. {"l V~&-C:UL
H.D. Cenobia Vargas Secretario
/
. 'íAfZ: H.D. Ric'ard,b Santos Comisionado
H.D. Lilia Batista Comisionado
B.O. Gabriel Silva Comisionado
Vicepresidente
I-//L e ( /{~,,~, /
H.D. Abel Beker Comisionado
H.O. Fátima Agrazal Comisionada
B.O. Yesenia Rodríguez Comisionada
LEY De de de 2020
Que crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se crea la Condecoración Deportiva Mariano Rivera. como reconocimiento a las
personas que. por su actuación. trayectoria. fomento, impulso. protección y representación
nacional e internacionaL se hayan destacado en el deporte del béisbol.
Artículo 2. La Condecoración Deportiva Mariano Rivera consistirá en una medalla de oro
de dieciocho quilates. con un diámetro de seis centímetros. que contendrá en el anverso la
figura de Mariano Rivera y. en el reverso. el Escudo NacionaL con la leyenda '"República de
Panamá". el nombre de la persona condecorada y la fecha de la condecoración.
Artículo 3. Se crea la Comisión de la Condecoración Mariano Rivera. la cual será
conformada por el Órgano Ejecutivo y estará integrada por:
l. El ministro de Gobierno o quien él designe, que la presidirá.
2. El ministro de Educación o quien él designe.
3. El ministro de Cultura o quien él designe.
4. El presidente de la Comisión de Educación. Cultura v Deportes de la Asamblea
Nacional o quien él designe.
S. El director general del Instituto Panameño de Deportes o quien él designe.
Artículo 4. La Comisión de la Condecoración Mariano Rivera presentará una terna al
presidente de la República. para que escoja a la persona a quien le entregará la condecoración.
Artículo 5. La Condecoración Deportiva Mariano Rivera será entregada el 21 de julio de
cada año. fecha en la cual ingresó Mariano Rivera al Salón de la Fama.
Artículo 6. La presente Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo. a tnnés del
Ministerio de Educación.
Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y ClJMPLASE.
Proyecto 110 de 2019 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemcna. ciudad de Panamá. a los diez días del mes de febrero del año dos mil veinte.
El Presidente.
Mareos E. Castillero 13arahona