PROYECTO ESCALAFÓN AERONÁUTICO ANAC · Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba...

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1 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL PROYECTO ESCALAFÓN AERONÁUTICO ANAC AGOSTO 2009

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

ANAC

AGOSTO 2009

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1. INTRODUCCIÓN

En la Planificación de actividades relacionadas con el Proyecto OACI-ARG/803/07, Programa de Transferencia de la Administración Nacional de Aviación Civil se le ha dado la mayor importancia al Recurso Humano que será transferido, ya sea personal civil o personal militar, considerando que frente a cualquier proceso de cambio es necesario manejar muy integradamente aspectos técnicos y aspectos humanos, ya que si no se tiene capacidad para tratar los aspectos humanos el proceso de aceptación del cambio y la adopción de procedimientos técnicos operativos y administrativos propios del cambio que son el objetivo principal de la nueva estructura organizacional, dificultaría el proceso e incluso podría conducirlo al fracaso.

Todo proceso de cambio es un fenómeno conceptualmente simple en que intervienen dos aspectos bien identificados: una situación inicial de la cual se decidió salir, en este caso una administración aeronáutica controlada por el Comando de Regiones Aéreas y una situación objetivo que juzgamos como relativamente ventajosa, en este caso la creación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). El tercer concepto, más difuso, mucho más difícil de calificar y de operar, es el de la transición la cuál será enfrentada a partir del 01 de Abril del año 2009, hoy día el objetivo es producir esta transferencia a través de un proceso armónico que apoyado por la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI), lleve al cumplimiento del objetivo final.

Abraham Maslow, padre de la administración humanamente concebida, jerarquiza las necesidades de los seres humanos en cinco categorías. De acuerdo con su teoría, buscamos satisfacer una necesidad superior solo si estamos satisfechos con el nivel inferior. Su modelo de motivación ordena las cinco categorías básicas de necesidades en; fisiológicas, de seguridad, sociales, de autoestima y necesidades de autorrealización, estas dos últimas están directamente relacionadas con la organización, y se pueden caracterizar de la siguiente forma:

1. Necesidades de autoestima: en esta categoría se incluyen los sentimientos de autoconfianza, de logro y autosuficiencia. Es el reconocimiento o percepción de los atributos a habilidades que se poseen, que generan las necesidades de estatus, reconocimiento, aprecio y respeto por parte de los demás.

2. Necesidades de autorrealización: manifiestan la necesidad que tenemos todos de convertirnos en la persona que creemos poder llegar a ser.

La responsabilidad de la ANAC de contribuir a satisfacer estas necesidades no es posible desconocerla, y el proyecto OACI ha centrado su actividad en esta etapa del Proyecto en dos importantes tareas, que buscan ofrecer a los funcionarios que integrarán la ANAC una oportunidad de proyectarse y autorealizarse dentro de la propia organización, con un escalafón que satisfaga las expectativas del personal y la posibilidad de que el esfuerzo y dedicación del funcionario en la función que debe cumplir sea adecuadamente compensada, estas tareas son las siguientes:

1. Creación de escalafones funcionarios, entendiendo por escalafón como la clasificación del personal de la ANAC, de acuerdo a la función que cumplen, habilidades, méritos y experiencia.

2. Creación de la Carrera Profesional, lo que en cierta medida es un derecho de los

profesionales y técnicos que integrarán la ANAC a progresar en forma individual, como reconocimiento a su desarrollo dentro de la Organización, en cuánto a conocimientos, experiencia, capacitación, desempeño personal y cumplimiento de los objetivos planteados por la Organización.

En este documento se propone un escalafón y una carrera funcionaria para los Controladores de Tránsito Aéreo que serán transferidos y a los futuros controladores que se integrarán a la ANAC. Escalafón y Carrera Profesional, que por estar dentro de

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una estructura militar, estaba limitada a las propias características que regulan las carreras militares.

El Escalafón Aeronáutico se inserta dentro de los escalafones de la Administración Nacional de Aviación Civil, y se utilizan todos los niveles necesarios para el desarrollo de la carrera profesional de los técnicos y profesionales que cumplen funciones directamente relacionadas con la seguridad de la Navegación aérea y que son requeridos para el cumplimiento de la misión encomendada a la ANAC, se establecen responsabilidades y requisitos de los diferentes cargos, privilegiando la función operativa, y dejando la responsabilidad en el propio funcionario la decisión de su futuro profesional y que satisfaga su realización profesional y el cumplimiento de sus objetivos personales y familiares.

El Escalafón que se presenta es complementado por una Carrera Profesional para los distintos agrupamientos que la conforman y que de acuerdo a los años de experiencia, cursos efectuados, y habilitaciones obtenidas le permita acceder a los distintos cargos que son necesarios para el funcionamiento de los Servicios de responsabilidad de la ANAC.

Un aspecto que se considerado y que es de gran importancia es la bonificación por desempeño de acuerdo al nivel de dificultad y densidad del tráfico aéreo que es controlado por Torres de Control, Oficinas de Aproximación, Áreas Terminales y Centros de Control, lo cual se basa inicialmente en las estadísticas operacionales obtenidas de arribos y despegues desde el año 2002 al año 2008, y en base al promedio de operaciones se establecieron los niveles correspondientes, con el fin de incentivar a los funcionarios a acceder a esas posiciones de trabajo de mayor dificultad.

Actualmente está en total desarrollo un plan de desarrollo de los sistemas de navegación aérea, dentro de los cuáles se considera la radarización del país y modernización de los sistemas de visualización radar, sistemas de comunicaciones, acceso a la información aeronáutica, que asociado a un completo sistema de tratamiento de planes de vuelo, lo implica un alto volumen de inversión, con el fin de hacer más expedito el flujo del tráfico aéreo, es por ese motivo y con el fin de motivar el uso de esta poderosa herramienta de Control por los controladores de tránsito aéreo, se privilegia el uso de estas modernas herramientas y las nuevas aplicaciones que se están implementando.

El Proyecto de Escalafón Aeronáutico y las Carreras Profesionales de los agrupamientos que la integran, se han basado en la Guía de Orientación OACI “Carrera Profesional para Controladores de Tránsito Aéreo”, preparado por el Sub-Grupo Carrera Profesional de GREPECAS, y por los proyectos presentados por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y por la Asociación de Controladores de Tránsito Aéreo (ACTA) que en gran parte de su contenido han recogido las Orientaciones de OACI y que han servido de base para el desarrollo de los proyectos que se presentan.

Con los proyectos mencionados la ANAC busca contribuir a satisfacer las necesidades de autoestima y autorrealización de sus trabajadores. La Administración Nacional de Aviación Civil será tan productiva como lo será la eficiencia del personal que la integrará, por lo tanto todo aquello que se haga para desarrollar las habilidades, las competencias y los conocimientos de los empleados, beneficiará su desarrollo personal y aumentará su productividad, y si esto está acompañado con una recompensa y un reconocimiento acorde con la función que cumple, aumentará la productividad y la eficiencia de la organización, lo que finalmente se traducirá en un servicio más seguro, más expedito y más eficiente.

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2. DEFINICIONES . 2.1. ACC

Sigla utilizada para indicar un Centro de Control de Área.

2.2. AERÓDROMO CONTROLADO

Aeródromo en el que se facilita servicio de control de tránsito aéreo para el tránsito de aeródromo. La expresión "Aeródromo Controlado" indica que se facilita el servi-cio de control de tránsito aéreo de aeródromo, pero no implica que tenga que existir necesariamente una zona de control.

2.3. AERÓDROMO

Toda área delimitada, terrestre o acuática, habilitada por la autoridad aeronáutica y destinada a la llegada, salida y maniobras de aeronaves en la superficie.

2.4. AERÓDROMO NIVEL I

Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales entre arribos y despegues, de 10.000 o más operaciones.

2.5. AERÓDROMO NIVEL II

Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales entre arribos y despegues, de menos de 10.000 hasta 3.000 operaciones.

2.6. AERÓDROMO NIVEL III

Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales, arribos y despegues, de menos de 3.000 operaciones.

2.7. AEROPUERTO

Todo aeródromo designado por el Estado contratante en cuyo territorio está situado, como puerto de entrada o salida para el tráfico aéreo internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigración, sanidad pública, reglamentación veterinaria y fitosanitaria y procedimientos similares.

2.8. APP

Sigla utilizada para indicar una dependencia de Control de Aproximación

2.9. APTITUD PSICOFÍSICA

Expresión abreviada que se refiere a los requisitos sicológicos y físicos que debe cumplir un poseedor de una Licencia Aeronáutica

2.10. ÁREA DE CONTROL TERMINAL

Área de control establecida generalmente en la confluencia de rutas ATS en las inmediaciones de uno o más aeródromos principales.

2.11. ÁREA DE CONTROL.

Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde un límite especificado sobre el terreno.

2.12. ÁREA DE MANIOBRAS

Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves, excluyendo las plataformas.

2.13. CARTOGRAFÍA AERONÁUTICA

Representación la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea.

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2.14. CENTRO DE CONTROL DE ÁREA

Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción.

2.15. CONTROL RADAR

Término empleado para indicar que en la provisión de servicio de control de tránsito aéreo se está utilizando directamente información obtenida mediante el radar.

2.16. CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO HABILITADO

Controlador de Tránsito Aéreo titular de licencia y de habilitaciones válidas, apro-piadas para el ejercicio de sus atribuciones.

2.17. CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO

Persona autorizada para prestar servicios de control de tránsito aéreo.

2.18. CONTROLADOR RADAR

Controlador de tránsito aéreo calificado, titular de una habilitación radar apropiada a las funciones a que está asignado.

2.19. DEPENDENCIA DE CONTROL DE APROXIMACIÓN

Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados que lleguen a uno o más aeródromos o salgan de ellos.

2.20. DEPENDENCIA DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO

Expresión genérica que se aplica, según el caso, a un centro de control de área, a una dependencia de control de aproximación o una torre de control de aeródromo.

2.21. DEPENDENCIA DE SERVICIOS DE TRANSITO

Expresión genérica que se aplica, según el caso, a una dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro de información de vuelo o a una oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo.

2.22. DEPENDENCIA RADAR

Elemento de una dependencia de los servicios de tránsito aéreo que utiliza equipo radar para suministrar uno o más servicios.

2.23. ESPECIALISTA AIS

Operador ARO/AIS que a través de cursos específicos está en condiciones de desempeñarse en funciones de apoyo a los Servicios de Información Aeronáutica y que mantiene una licencia vigente.

2.24. ESPECIALISTA AIS 1 ESPECIALISTA NOTAM

Operador ARO/AIS encargado de actualizar la preparación de los resúmenes de NOTAM vigentes, correspondientes las series Alfa y Charlie, actualizar las carpetas de archivo y registro de los NOTAM nacionales y extranjeros, registrar las publicaciones AIS en las carpetas que corresponda y comprobar, seleccionar y remitir los NOTAM solicitados.

2.25. ESPECIALISTA AIS 2 ESPECIALISTA EN AUTOMATIZACIÓN

Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina ARO/AIS respectiva y que tiene como función principal la responsabilidad de los sistemas automatizados de la dependencia de Información Aeronáutica correspondiente, en lo que se refiere a la mantención y actualización de la Base de datos del Banco de Notams, planes

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de vuelo repetitivos, además de apoyar y asesorar a los Supervisores y al Jefe de la Oficina cuándo le sea solicitado.

2.26. ESPECIALISTA AIS 3 ESPECIALISTA EN FACTORES HUMANOS

Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina respectiva encargado de diseñar, ejecutar e implementar Programas de factores humanos para la dependencia respectiva.

2.27. ESPECIALISTA AIS 4 ESPECIALISTA EN PERSONAL

Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina o Departamento respectivo, para desempeñarse en la gestión de los recursos humanos disponibles, establecer si corresponde el sistema de turnos a aplicar en la dependencia, planificación de las capacitaciones requeridas, planificación de los recursos humanos y de mantener el registro actualizado de licencias y habilitaciones del personal de los Servicios de Información Aeronáutica.

2.28. ESPECIALISTA AIS 5 AUDITOR AIS

Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica responsable de ejecutar el plan anual de auditorías con conocimientos de procedimientos y técnicas de auditoría, de los requisitos reglamentarios correspondientes y los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS)

2.29. ESPECIALISTA AIS 6 ESPECIALISTA SMS

Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe del Departamento SMS responsable de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) implementados por la ANAC para los Servicios de Navegación Aérea y contribuir con el logro de los objetivos establecidos en el Programa de Seguridad Operacional y administrar el Programa de Garantía de Calidad de los Servicios de Información Aeronáutica en la Oficina correspondiente.

2.30. ESPECIALISTA ATS

Controlador de Tránsito Aéreo que a través de cursos específicos está en condiciones de desempeñarse en funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo y que mantiene una habilitación vigente.

2.31. ESPECIALISTA ATS 1 ESPECIALISTA EN REGLAMENTACIÓN

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con del Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como responsabilidad principal la responsabilidad el dominio e interpretación de los Procedimientos y Reglamentación aplicada en los Servicios de Tránsito Aéreo, además de conocer y proponer las enmiendas necesarias para perfeccionar y facilitar su aplicación.

2.32. ESPECIALISTA ATS 2 ESPECIALISTA QUALITY ASSURANCE

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como responsabilidad principal la responsabilidad de garantizar que la calidad de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo que entrega la ANAC en el espacio aéreo de su responsabilidad, se ajusta a la normativa OACI, y a los estándares internacionales exigidos por la Administración Nacional de Aviación Civil.

2.33. ESPECIALISTA ATS 3 ESPECIALISTA EN AUTOMATIZACIÓN

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como función principal la responsabilidad de los sistemas automatizados de la

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dependencia de Control de Tránsito Aéreo correspondiente, en lo que se refiere a la mantención y actualización de la Base de datos, sistema de simulación, planes de vuelo repetitivos, vídeo mapas utilizados, además de apoyar y asesorar a los Supervisores y al Jefe de la dependencia cuán le sea solicitado.

2.34. ESPECIALISTA ATS 4 ESPECIALISTA EN FACTORES HUMANOS

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva encargado de diseñar, ejecutar e implementar Programas de factores humanos para la dependencia respectiva, además de identificar posibles riesgos relacionados con el comportamiento humano, tomar acciones para fomentar el trabajo en equipo y asesorar al Jefe de la dependencia en la acciones disciplinarias a aplicar cuándo sea requerido.

2.35. ESPECIALISTA ATS 5 ESPECIALISTA AIR TRAFFIC FLOW MANAGEMENT (ATFM)

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva encargado de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se usa al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad ATS competente.

2.36. ESPECIALISTA ATS 6 ESPECIALISTA EN INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva responsable frentes a accidentes o incidentes lleva a cabo la investigación correspondiente, con el fin comprender los hechos que condujeron al suceso, identificar los peligros y realizar evaluaciones de los riesgos, formulando recomendaciones, eliminar riesgos y emitir mensajes de seguridad operacional.

2.37. ESPECIALISTA ATS 7 ESPECIALISTA EN DISEÑO DE ESPACIO AÉREO

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable del diseño de procedimientos instrumentales de salida, espera y llegad, y de proponer y diseñar rutas de navegación aérea.

2.38. ESPECIALISTA ATS 8 ESPECIALISTA EN PERSONAL

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia o Departamento respectivo, para desempeñarse en la gestión de los recursos humanos disponibles, establecer si corresponde el sistema de turnos a aplicar en la dependencia, planificación de las capacitaciones requeridas, planificación de los recursos humanos y de mantener el registro actualizado de licencias y habilitaciones del personal de los Servicios de Tránsito Aéreo.

2.39. ESPECIALISTA ATS 9 INSPECTOR ATS

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable de ejecutar el plan anual de inspectorías ATS con experiencia y conocimiento de las funciones y responsabilidades de los servicios ATS proporcionados por la dependencia a inspeccionar.

2.40. ESPECIALISTA ATS 10 AUDITOR ATS

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable de ejecutar el plan anual de auditorías con conocimientos de procedimientos y técnicas de auditoría, de los requisitos reglamentarios correspondientes y los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS)

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2.41. ESPECIALISTA ATS 11 ESPECIALISTA SMS

Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe del Departamento SMS responsable de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) implementados por la ANAC para los Servicios de Navegación Aérea y contribuir con el logro de los objetivos establecidos en el Programa de Seguridad Operacional y administrar el Programa de Garantía de Calidad de los Servicios de Tránsito en la dependencia correspondiente.

2.42. ESPECIALISTA EN SISTEMAS

Operador ARO/AIS con curso de Analista de Sistemas, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC para mantener y actualizarlos sistemas automatizados utilizados por los Servicios de Información Aeronáutica.

2.43. ESPECIALISTA EN CARTÓGRAFÍA

Operador ARO/AIS especializado en cartografía, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC encargado de representar la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea.

2.44. GESTIÓN DE AFLUENCIA DEL TRÁNSITO AÉREO

Servicio establecido con el objetivo de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se utiliza al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad competente.

2.45. HABILITACIÓN

Autorización inscrita en una licencia o asociada con ella y de la cual forma parte, en la que se especifican condiciones especiales, atribuciones o restricciones refe-rentes a dicha licencia.

2.46. HABILITACIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO

Autorización genérica inscrita en la licencia de un Controlador de Tránsito Aéreo que en conjunto a una habilitación lo faculta para proporcionar los Servicios de Control de Aeródromo, Control de Aproximación, Control de Aproximación con Radar, Control de Área o Control de Área con Radar, según corresponda en una dependencia de control o sector de control.

2.47. IFR,

Sigla utilizada para indicar Reglas de Vuelo por Instrumentos.

2.48. INSTRUCTOR ARO/AIS

Operador ARO/AIS autorizado para impartir enseñanza, dirigir y vigilar el aprendizaje de aquellos operadores que postulan, revalidan, se encuentran en procesos de reentrenamiento o recuperan una habilitación, con relación a determinados conocimientos aeronáuticos o la adquisición de cierta pericia necesaria para desempeñarse en una Oficina ARO/AIS.

2.49. INSTRUCTOR ATS

Controlador de Tránsito Aéreo autorizado para impartir enseñanza, dirigir y vigilar el aprendizaje de aquellos controladores que postulan, revalidan, se encuentran en procesos de reentrenamiento o recuperan una habilitación, con relación a determinados conocimientos aeronáuticos o la adquisición de cierta pericia en control de tránsito aéreo en una dependencia ATC.

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2.50. JEFE DE DEPENDENCIA ATC

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una determinada dependencia.

2.51. LICENCIA AERONÁUTICA

Documento oficial otorgado por la Administración Nacional de Aviación Civil que indica la especialidad aeronáutica del titular y las restricciones en caso de haberlas, y le otorga, dentro del período de su vigencia, la facultad para desempeñar las funciones propias de las habilitaciones expresamente consignadas en ella.

2.52. NIVEL OACI DE INGLÉS

Nivel de dominio del idioma inglés general en las habilidades de hablar y comprender, a un nivel mínimo satisfactorio acordado de la escala de calificación de la competencia lingüística de la OACI, que corresponde a la función que desempeña el personal aeronáutico.

2.53. NOTAM

Aviso distribuido por medio de telecomunicaciones que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo.

2.54. OFICINA AIS CENTRAL

Corresponde al Departamento Información Aeronáutica dependiente de la Dirección de Información Aeronáutica que es responsable de recibir, originar, cotejar, compilar, editar, dar formato, publicar/almacenar y distribuir la información y datos aeronáuticos relativos a todo el territorio, dando cumplimiento a lo establecido en el Anexo 15 de la OACI, Normas Internacionales vigentes y a lo establecido por la Administración Nacional de Aviación Civil.

2.55. OFICINA ARO/AIS

Dependencia establecida en los Aeródromos y Aeropuertos controlados y no controlados definidos por la Administración Nacional de Aviación Civil para proporcionar los Servicios de Información Aeronáutica.

2.56. OFICINA NOTAM INTERNACIONAL

Dependencia establecida en el Departamento de Información Aeronáutica responsable de recibir la Información NOTAM de los Estados con los cuales existe intercambio y distribuirla a las Oficinas ARO/AIS de Aeródromos Internacionales.

2.57. OPERADOR ARO/AIS

Técnico Aeronáutico encargado de la recepción y el encaminamiento del Plan de Vuelo, Registro del Movimiento de Aeronaves, suministro de información aeronáutica y meteorológica previa al vuelo, mantener actualizada la información respecto al estado de pista, calle de rodaje y plataforma, señalamiento de obstáculos en el área y su balizamiento, estado de funcionamiento de las radioayudas, y toda la información aeronáutica necesaria para el desarrollo de las operaciones aéreas.

2.58. PROCESO DE INSTRUCCIÓN

Proceso de instrucción teórico/práctico conducente a la obtención de una habilitación de control de tránsito aéreo.

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2.59. RADAR.

Dispositivo radioeléctrico para la detección que proporciona información acerca de distancia, azimut y/o elevación de objetos.

2.60. REGLAS DE VUELO POR INSTRUMENTOS

Conjunto de normas que se deben cumplir para realizar la navegación aérea basada exclusivamente en los instrumentos de vuelo.

2.61. REGLAS DE VUELO VISUAL

Conjunto de normas que se deben cumplir para realizar la navegación visual, con una visibilidad y distancia de las nubes desde el puesto de pilotaje.

2.62. SECTOR DE CONTROL

Parte de una dependencia ATC que comprende una o más posiciones de trabajo.

2.63. SECTOR DE CONTROL RADAR

Parte de una dependencia ATC que comprende una o más posiciones de trabajo en las cuáles se proporcione servicio de control radar.

2.64. SERVICIO CONTROL RADAR

Término utilizado para designar un servicio proporcionado directamente por medio de radar.

2.65. SERVICIO DE ALERTA.

Servicio suministrado para notificar a los organismos pertinentes respecto a aeronaves que necesitan ayuda de búsqueda y salvamento, y auxiliar a dichos organismos según convenga.

2.66. SERVICIO DE CONTROL DE AERÓDROMO

Servicio de control de tránsito aéreo para el tránsito de aeródromo.

2.67. SERVICIO DE CONTROL DE APROXIMACIÓN

Servicio de control de tránsito aéreo para la llegada y la salida de vuelos contro-lados.

2.68. SERVICIO DE CONTROL DE ÁREA

Servicio de control de tránsito aéreo para los vuelos controlados en las áreas de control.

2.69. SERVICIO DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO

Servicio suministrado con el fin de:

1) Prevenir colisiones: a. entre aeronaves, y entre aeronaves y b. obstáculos en el área de maniobras; y

2) Acelerar y mantener ordenadamente el movimiento de tránsito aéreo.

2.70. SERVICIOS DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA

Servicio suministrado con el fin de que la información/datos aeronáuticos necesarios para la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea se ponen, en forma adecuada a los requisitos operacionales, a disposición:

a) del personal de operaciones de vuelo, incluso las tripulaciones, personal de planificación de vuelo y de simuladores de vuelo; y

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b) de la dependencia de servicios de tránsito aéreo responsable del servicio de información de vuelo y del servicio a cargo de la información previa al vuelo.

2.71. SERVICIO DE INFORMACIÓN DE VUELO

Servicio cuya finalidad es aconsejar y facilitar información útil para la realización segura y eficaz de los vuelos.

2.72. SERVICIO DE TRÁNSITO AÉREO

Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información de vuelo, alerta y control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo).

2.73. SERVICIO DE TRÁNSITO AÉREO

Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información de vuelo, alerta y control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo).

2.74. SUPERVISOR ARO/AIS

Controlador designado por el Jefe de la Oficina ARO/AIS, responsable de velar por la correcta provisión de los Servicios de Información Aeronáutica, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores, dirigiendo y coordinando la recepción y distribución de la Información aeronáutica necesaria para el desarrollo de las operaciones aéreas.

2.75. SUPERVISOR DE CONTROL DE TRANSITO AÉREO

Controlador designado por el Jefe de la Dependencia ATC, responsable de velar por la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el espacio aéreo de jurisdicción y en aquellos delegados a la dependencia, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo y del recurso humano.

2.76. TORRE DE CONTROL DE AERÓDROMO

Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo al tránsito de aeródromo.

2.77. TRÁNSITO AÉREO

Todas las aeronaves que se hallan en vuelo, y las que circulan por el área de maniobras de un aeródromo.

2.78. TRÁNSITO DE AERÓDROMO

Todo el tránsito que tiene lugar en el área de maniobras de un aeródromo, y todas las aeronaves que vuelen en las inmediaciones del mismo.

2.79. VFR

Sigla utilizada para indicar Reglas de Vuelo Visual.

2.80. ZONA DE CONTROL

Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde la superficie terrestre hasta un límite superior específico

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3. FUNCIÓN BÁSICA DE LAS DEPENDENCIAS ATC

La función básica de las dependencias ATC, es la de proporcionar los Servicios de Tránsito Aéreo con los objetivos de: a) Prevenir colisiones entre aeronaves; b) Prevenir colisiones entre aeronaves en el área de maniobras y entre esas y los

obstáculos que haya en dicha área; c) Acelerar y mantener ordenadamente el movimiento del tránsito aéreo; d) Proporcionar información útil para la marcha segura y eficaz de los vuelos; e) Notificar a los organismos pertinentes respecto a las aeronaves que necesitan

ayuda de búsqueda y salvamento, y auxiliar a dichos organismos cuando se requiera.

3.1. CENTRO DE CONTROL DE ÁREA (ACC).

La función básica de un ACC es proporcionar Servicio de Control de Área a todos los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción y proporcionar Servicios de Información de Vuelo y de Alerta en el espacio aéreo de su competencia dentro de las Regiones de Información de Vuelo en que éstos se encuentren, a todas las aeronaves conocidas que operan en dicho espacio aéreo

3.2. DEPENDENCIA DE CONTROL DE APROXIMACIÓN (APP).

La función básica de una APP es proveer Servicio de Control de Tránsito Aéreo para aquellas partes de los vuelos controlados relacionados con las llegadas o salidas en el espacio aéreo de su jurisdicción.

3.3. TORRE DE CONTROL DE AERÓDROMO (TWR).

La función básica de una TWR es proporcionar Servicio de Control de Aeródromo al tránsito de aeródromo.

4. CATEGORÍA DE DEPENDENCIAS DE CONTROL Se establecen las categorías de Dependencias de Control de acuerdo a los Movimientos anuales de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo. Estas Categorías se utilizarán para definir un porcentaje de bonificación por densidad y complejidad de tráfico. Para efectos de esta Tabla y en forma inicial, mientras se establece la estadística a utilizar, se utilizan las estadísticas operacionales del año 2002 al año 2008, y se revisarán los meses de Enero de cada año con las estadísticas actualizadas del año precedente.

Se utilizará la siguiente escala de referencia:

MOVIMIENTO ANUALES CATEGORÍAS PORCENTAJE

10.000 o más I Por definir

Menos de 10.000 hasta 3.000. II Por definir

Menos de 3.000 III Por definir

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El Movimiento anual de aeronaves será informada por la Dirección de Tránsito Aéreo de acuerdo a las operaciones de las dependencias de Control, categorizadas de la siguiente forma:

1. Torres de Control

2. Oficinas de Aproximación No-Radar

3. Áreas Terminales No-Radar.

4. Oficinas de Aproximación Radar

5. Áreas Terminales Radar.

6. Centros de Control.

Una vez recibida la información se procederá a aplicar las bonificaciones correspondientes de acuerdo al Nivel que ocupe el Controlador en el Escalafón respectivo.

5. CATEGORÍA DE AERÓDROMOS Se establecen las categorías de Aeródromos de acuerdo a los Movimientos anuales de Arribos y Salidas Estas Categorías se utilizarán para el Nombramiento de Jefes de Aeródromo que hayan alcanzado esta calidad a los largo de su Carrera Profesional de Operador ARO/AIS. Para efectos de nombramientos de Jefes de Aeródromos provenientes de escalafón de Operadores ARO/AIS, se excluyen aquellos Aeropuertos que tengan carácter de Internacional, cuyos requisitos y nombramientos serán de exclusiva decisión del Administrador Nacional de Aviación Civil. Se utilizará la siguiente escala de referencia:

MOVIMIENTO ANUALES CATEGORÍAS

10.000 ó más operaciones NIVEL I Menos de 10.000 hasta 3.000. NIVEL II Menos de 3.000 NIVEL III

El Movimiento anual de aeronaves se obtendrá de la información estadística de arribos y despegues que entregue la autoridad correspondiente designada por el Administrador Nacional de Aviación Civil.

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO

ESCALAFÓN DE

CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO

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6. PROYECTO DE ESCALAFÓN PARA LOS CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO.

A CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO

NIVEL 11

CARGO Controlador de Aeródromo en Práctica

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a:

a) Todos los vuelos VFR en la zona de tránsito de aeródromo;

b) Los vuelos IFR transferidos por el ACC/APP y

c) Todo el tránsito que opera en el área de maniobras.

REQUISITOS

a. Haber aprobado el Curso de Control de Tránsito Aéreo dictado por el Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación de la Administración Nacional de Aviación Civil.

b. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

c. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

d. Estar en un proceso de Instrucción para obtener la Habilitación de Control de Aeródromo.

e. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Torre de Control de un Aeródromo Controlado.

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B CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 10

CARGO Controlador de Aeródromo

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta de Tránsito Aéreo a:

a) Todos los vuelos VFR en la zona de tránsito de aeródromo;

b) Los vuelos IFR transferidos por el ACC/APP y

c) Todo el tránsito que opera en el área de maniobras.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Haber obtenido y mantener una Habilitación de Control de Aeródromo.

d. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Torre de Control de un Aeródromo Controlado.

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C CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 9

CARGO Controlador de Aeródromo

Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito en una dependencia de Control de Aeródromo.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control en un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de especialización en el CIPE, o en Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de un Aeródromo Controlado del país.

CARGO Controlador de Aeródromo

Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aeródromo.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control en un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aeródromo.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de un Aeródromo Controlado del país.

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CARGO Controlador de Área No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo No-Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en áreas de control.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo con la habilitación correspondiente.

d. Estar asignado a un Centro de Control de Área por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

e. Haber aprobado el curso de Control de Área No-Radar en el CIPE

f. Haber obtenido una habilitación en Control de Área No-Radar en una dependencia de Control de Área.

g. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área

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D CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 8

CARGO Supervisor de Torre de Control

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el área de maniobras, en la Zona de Tránsito de Aeródromo y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Aeródromo, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Aeródromo.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo.

e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor de una Torre de Control de un Aeródromo Controlado.

g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Torre de Control de un Aeródromo Controlado.

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CARGO Controlador de Aproximación No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo No-Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Zonas de Control y/o en Áreas Terminales.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo con la habilitación correspondiente.

d. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

e. Haber aprobado el curso de Control de Aproximación No-Radar en el CIPE

f. Haber obtenido una habilitación en Control de Aproximación No-Radar en una dependencia de Control de Aproximación.

g. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación.

CARGO Controlador de Área No-Radar Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito en una dependencia de Control de Área.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Área.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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CARGO Controlador de Área No-Radar

Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Área.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Área.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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E CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 7

CARGO Jefe de Torre de Control

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aeródromo.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aeródromo de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Torre de Control con habilitación de Control de Aeródromo vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Dependencia de Control de Aeródromo por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aeródromo.

CARGO Controlador de Aproximación No-Radar

Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación.

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CARGO Controlador de Aproximación No-Radar

Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de un Aproximación.

CARGO Controlador de Aproximación Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Zonas de Control.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado el curso de Control Radar Terminal.

e. Haber obtenido la Habilitación de Control de Aproximación Radar.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación.

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CARGO Supervisor de Área No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el área de maniobras, en las Áreas de Control y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Área, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Área en sectores No-Radar

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo.

e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor de un Centro de Control de Área para sectores de control No-Radar.

g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área

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CARGO Controlador de Área Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Áreas de Control.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado el curso de Control Área Radar.

e. Haber obtenido la Habilitación de Control de Área Radar.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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F CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 6

CARGO Controlador de Terminal Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Área de Control Terminal.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área o de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado el curso de Control Radar Terminal.

e. Haber obtenido la Habilitación Radar en Área Terminal.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área o Dependencia de Control de Aproximación con sectores radar de Control Terminal.

CARGO Controlador de Aproximación Radar

Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación Radar.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación con sectores radar.

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CARGO Controlador de Aproximación Radar

Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación Radar

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de un Aproximación con sectores de control radar.

CARGO Supervisor de Aproximación No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en Zonas de Control y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Aproximación, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Aproximación.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Aproximación No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación.

e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor de una dependencia de Control de Aproximación.

g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación.

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CARGO Controlador de Área Radar

Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en un Centro de Control de Área.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en un Centro de Control de Área.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área con sectores de control radar.

CARGO Controlador de Área Radar

Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ATS en un Centro de Control de Área.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en un Centro de Control de Área.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área con sectores de control radar.

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CARGO Jefe de Centro de Control de Área No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en un Centro de Control de Área.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Centro de Control de Área No-Radar con habilitación vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Dependencia de Control de Aeródromo por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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G CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 5

CARGO Controlador de Terminal Radar

Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en un Centro de Control de Área o dependencia de Control de Aproximación con sector radar de Control Terminal.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área o una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Terminal Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en un Centro de Control de Área o en una dependencia de Control de Aproximación con sector radar de Control Terminal.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área o Dependencia de Control de Aproximación con sectores de control terminal radar.

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Controlador de Terminal Radar Instructor ATS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor en un Centro de Control de Área o dependencia de Control de Aproximación con sector radar de Control Terminal.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área o una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Terminal Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en un Centro de Control de Área o en una dependencia de Control de Aproximación con sector de Control Terminal.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área o Dependencia de Control de Aproximación con sector/es radar de control terminal

CARGO Jefe de Dependencia de

Control de Aproximación No-Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación No-Radar de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Control de Aproximación No-Radar con habilitación vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Dependencia de Control de Aproximación por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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CARGO Supervisor de Área Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en las Áreas de Control y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Área, se ajusten a los reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones establecidos por la ANAC, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Área Radar.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Área Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Área con sectores Radar.

e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor Radar de un Centro de Control de Área.

g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área con sectores radar de control.

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H CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 4

CARGO Supervisor de Área Terminal Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el Área Terminal y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Área o de Control de Aproximación, se ajusten a los reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones establecidos por la ANAC, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control Radar Terminal.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área o en una Dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC, con sector/es de Control Radar Terminal.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Área Terminal Radar manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Área o en Dependencia de Control de Aproximación con sector/es de Control Radar Terminal.

e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor de Terminal Radar de un Centro de Control de Área o de una Dependencia de Control de Aproximación con sector/es de Control Radar Terminal.

g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área o Dependencia de Control de Aproximación.

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CARGO Jefe de Dependencia de Control de

Aproximación Radar

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación con sectores de Control Radar.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación Radar de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Control de Aproximación Radar con habilitación vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Dependencia de Control de Aproximación Radar por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dependencia de Control de Aproximación.

CARGO Jefe de Centro de Control

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en un Centro de Control de Área en el cual existan sectores con Control Radar.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Control de Área Radar con habilitación vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de un Centro de Control con sectores radar por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control de Área.

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H CONTROLADOR DE TRÁNSITO

AÉREO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 3

CARGO Jefe de Centro de Control o Dependencia de

Control de Aproximación

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en un Centro de Control de Área o en una Dependencia de Control de Aproximación en el cual existan sectores con Control Radar Terminal.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a un Centro de Control de Área o una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Control Terminal Radar con habilitación vigente.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de un Centro de Control o una dependencia de Control de Aproximación con sector/es de Control Radar Terminal por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro de Control o Dependencia de Control de Aproximación con sectores de Control Terminal.

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DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO ESCALAFÓN

OPERADORES ARO/AIS, OPERADORES DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS

Y JEFES DE AERÓDROMO

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7. REGLAMENTO DE ESCALAFÓN PARA LOS OPERADORES ARO/AIS. OPERADORES DE Y JEFES

DE AERÓDROMO

A

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 11

CARGO OPERADOR ARO/AIS EN PRÁCTICA

1° HABILITACIÓN

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Suministrar los servicios de información aeronáutica necesarios para la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, así como aplicar los métodos y procedimientos de los servicios de tránsito aéreo relativos a la notificación de los servicios de tránsito aéreo, en la oficina AIS Central, la oficina NOTAM Internacional o en dependencias ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil, además, si le corresponde, será responsable reunir, compilar, editar, publicar y distribuir la información aeronáutica relativa a todo el territorio nacional y en el espacio aéreo dentro de sus aguas jurisdiccionales.

REQUISITOS

a. Haber aprobado el Curso de Operador ARO/AIS dictado por el Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación de la Administración Nacional de Aviación Civil.

b. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS

c. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

d. Estar en un proceso de Instrucción para obtener la Habilitación Operador ARO/AIS correspondiente.

e. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO AUXILIAR DE COMUNICACIONES

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Apoyar en los operadores de Comunicaciones Aeronáuticas en proporcionar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Aplicar los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Administrar y supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

REQUISITOS

a. Haber cumplido los requisitos de ingreso establecidos por la Administración nacional de Aviación Civil.

b. Haber aprobado el curso de Operador de Comunicaciones Aeronáuticas realizado en el CIPE.

c. Haber sido nombrado Auxiliar de Comunicaciones de una Estación Aeronáuticas por la ANAC.

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación Aeronáutica de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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B

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 10

CARGO OPERADOR ARO/AIS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Suministrar los servicios de información aeronáutica necesarios para la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, así como aplicar los métodos y procedimientos de los servicios de tránsito aéreo relativos a la notificación de los servicios de tránsito aéreo, en la oficina AIS Central, la oficina NOTAM Internacional y dependencias ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil, además, si le corresponde, será responsable reunir, compilar, editar, publicar y distribuir la información aeronáutica relativa a todo el territorio nacional y en el espacio aéreo dentro de sus aguas jurisdiccionales.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS

b. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil por la Dirección de Información Aeronáutica..

c. Haber obtenido la Habilitación Operador ARO/AIS de la Oficina correspondiente.

d. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO OPERADOR DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Proporcionar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Aplicar los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Administrar y supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 2 años como Auxiliar de Comunicaciones.

b. Haber aprobado el proceso de instrucción correspondiente a la estación asignada, obteniendo la habilitación necesaria.

c. Haber sido nombrado Operador de Comunicaciones Aeronáuticas por la ANAC.

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación Aeronáutica de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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C

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 9

CARGO OPERADOR ARO/AIS

ESPECIALISTA AIS 1, 2, 3, 4, 5, 6.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Información Aeronáutica en una Oficina ARO/AIS de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Operador ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Especialización AIS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Especialista AIS en una Oficina ARO/AIS

f. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO OPERADOR ARO/AIS

INSTRUCTOR AIS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Desempeñar funciones de Instructor ARO/AIS de los Servicios de Información Aeronáutica en una oficina ARO/AIS de una Aeródromo ó Aeropuerto del país.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

b. Estar asignado a una oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC..

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Operador ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de Instructor AIS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Instructor AIS en una Oficina ARO/AIS.

f. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO OPERADOR NOTAM

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Responsable del normal y oportuno procesamiento de los Notams originados por la ANAC para conocimiento nacional e Internacional.

2. Responsable de la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos para el procesamiento de los NOTAMs nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados en el Centro de Comunicaciones Regional.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

b. Estar asignado a una oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC..

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Operador ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Haber aprobado un curso de procesamiento de NOTAMs nacionales e internacionales en CIPE o en un Instituto nacional o internacional reconocido por la ANAC.

e. Haber sido nombrado operador NOTAM en oficina Notam regional o nacional.

f. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO OPERADOR DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS

ESPECIALISTA EN CIRCUITOS RADIOELÉCTRICOS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Proporcionar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Aplicar los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Administrar y supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Operar, administrar y supervisar los circuitos radioeléctricos de la estación de comunicaciones correspondiente.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Operador de Comunicaciones Aeronáuticas.

b. Haber aprobado el curso de Circuitos Radioeléctricos realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Especialista en Circuitos Eléctricos por la ANAC.

d. Haber realizado el curso de Gestión de la Seguridad Operacional Básico dispuesto por la ANAC.

e. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación Aeronáutica de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO OPERADOR DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS

ESPECIALISTA EN CIRCUITOS DE RADIODIFUSIÓN.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Proporcionar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Aplicar los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Administrar y supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Operar, administrar y supervisar los circuitos radioeléctricos de la estación de comunicaciones correspondiente.

5. Operar, administrar y supervisar los circuitos de radiodifusión de la estación de comunicaciones correspondiente.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Operador de Comunicaciones Aeronáuticas.

b. Haber aprobado el curso de Circuitos de Radiodifusión en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Especialista en Circuitos de Radiodifusión por la ANAC.

d. Haber realizado el curso de Gestión de la Seguridad Operacional Básico dispuesto por la ANAC.

e. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación Aeronáutica de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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47

D

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 8

CARGO OPERADOR ARO/AIS

SUPERVISOR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Información Aeronáutica ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando la entrega, recepción y distribución en forma segura, ordenada y expedita de la información aeronáutica, utilizando los elementos tecnológicos de apoyo y el recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Información Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS

b. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Operador ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor AIS o Especialista AIS en una Oficina ARO/AIS:

e. Haber aprobado el curso de Supervisor correspondiente en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado Supervisor de una Oficina ARO/AIS.

g. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas ARO/AIS ubicadas en los aeródromos y aeropuertos de la República Argentina.

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CARGO SUPERVISOR DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Supervisar el normal funcionamiento de los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Supervisar la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Supervisar el normal funcionamiento de los circuitos radioeléctricos y de radiodifusión en el período de turno a su cargo.

5. Supervisar el Normal funcionamiento de los equipos de comunicaciones a su cargo.

6. Administrar y distribuir las funciones del equipo de trabajo a su cargo.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Supervisor Técnico de Sistema de Comunicaciones AFTN/AMHS.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Supervisor de Comunicaciones en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Supervisor de Comunicaciones por la ANAC.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación de Comunicaciones Aeronáuticas del país.

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E

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 7

CARGO JEFE DE ESTACIÓN DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICAS AERÓDROMOS NIVEL III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Administrar y garantizar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Supervisar la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Supervisar el normal funcionamiento de los circuitos radioeléctricos y de radiodifusión en el período de turno a su cargo.

5. Supervisar el Normal funcionamiento de los equipos de comunicaciones a su cargo.

6. Administrar y distribuir las funciones del equipo de trabajo a su cargo.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Supervisor Técnico de Sistema de Comunicaciones AFTN/AMHS.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Supervisor de Comunicaciones en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Supervisor de Comunicaciones por la ANAC.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación de Comunicaciones Aeronáuticas del país.

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CARGO OPERADOR ARO/AIS OFICINA REGIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Información Aeronáutica ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando la entrega, recepción y distribución en forma segura, ordenada y expedita de la información aeronáutica, utilizando los elementos tecnológicos de apoyo y el recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Información Aeronáutica.

Apoyar y asesorar al Departamento Regional de Navegación Aérea en todo lo relacionado con el Servicio de Información Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS

b. Estar en posesión de una licencia ARO/AIS con habilitación en una Oficina ARO/AIS de la Región correspondiente.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor AIS o Especialista AIS en una Oficina ARO/AIS.

e. Haber aprobado el curso de Gestión de la Seguridad Operacional.

f. Haber sido nombrado como Operador ARO/AIS en un Departamento Regional de Navegación Aérea.

g. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional de Navegación Aérea.

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CARGO SUPERVISOR DE CENTRO DE COMUNICACIONES

AFTN/AMHS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Proporcionar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Aplicar los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Administrar y supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Operar, administrar y supervisar los circuitos radioeléctricos de la estación de comunicaciones correspondiente.

5. Operar, administrar y supervisar los circuitos de radiodifusión de la estación de comunicaciones correspondiente.

6. Supervisar los sistemas de Comunicaciones.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Operador de Comunicaciones Especialista en Circuitos de Radiodifusión o de Circuitos Radioeléctricos.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Supervisor de Sistema de Comunicaciones AFTN/AMHS en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Supervisor de Sistema de Comunicaciones por la ANAC.

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro Regional/Nacional de Comunicaciones Aeronáuticas del país.

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F

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 6

CARGO JEFE DE SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO

AERÓDROMO NIVEL III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS o de una especialidad correspondiente al escalafón aeronáutico, designado por Director Nacional de Servicios de Navegación Aérea en coordinación con el Director Regional respectivo, responsable del funcionamiento de los Servicios de Tránsito Aéreo del Aeródromo/Aeropuerto correspondiente.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica

b. Tener a lo menos 6 años de experiencia en funciones operativas relacionadas con los servicios de tránsito aéreo.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de los servicios de tránsito aéreo.

d. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de Servicios de Tránsito Aéreo del aeródromo/aeropuerto correspondiente.

f. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromo ó Aeropuertos del país clasificado en Nivel III cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE OFICINA ARO/AIS

AERÓDROMO NIVEL III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Información Aeronáutica en una Oficina ARO/AIS de la República Argentina.

REQUISITOS

g. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

h. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

i. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS

j. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

k. Haber sido nombrado como Jefe de una Oficina ARO/AIS por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

l. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina ARO/AIS de un aeródromo ó aeropuertos del país clasificado en Nivel III cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE ESTACIÓN DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICAS AERÓDROMOS NIVEL II

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Administrar y garantizar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Supervisar la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Supervisar el normal funcionamiento de los circuitos radioeléctricos y de radiodifusión en el período de turno a su cargo.

5. Supervisar el Normal funcionamiento de los equipos de comunicaciones a su cargo.

6. Administrar y distribuir las funciones del equipo de trabajo a su cargo.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Supervisor de Comunicaciones AFTN/AMHS.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Supervisor de Comunicaciones en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Jefe de Estación de Comunicaciones por la ANAC.

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación de Comunicaciones Aeronáuticas del país.

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55

CARGO OPERADOR ARO/AIS

ESPECIALISTA EN CARTOGRAFÍA REGIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS especializado en cartografía, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC encargado de representar la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea y producir el conjunto de mapas necesarios para ser utilizados por la navegación aérea nacional e internacional que son de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

b. Estar asignado a un Departamento Regional de Información Aeronáutica.

c. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Operador ARO/AIS en una Oficina ARO/AIS ó 8 años de experiencia como Instructor ARO/AIS, ó 4 años de Experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS.

d. Haber aprobado un curso de Cartografía Aeronáutica en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como especialista en Cartografía en un Departamento Regional de Información Aeronáutica por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional de Servicios de Navegación Aérea.

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CARGO OPERADOR ARO/AIS

ESPECIALISTA EN SISTEMAS REGIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS con curso de Analista de Sistemas, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC para mantener los sistemas automatizados utilizados por los Servicios de Información Aeronáutica.

Recibir, procesar y distribuir y recepcionar la información aeronáutica de los aeródromos y aeropuertos que pertenecen a la Regional respectiva, además de asesorar, supervisar, recomendar y proponer modificaciones a los procesos automatizados de Información Aeronáutica implementados por la ANAC.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

g. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Operador ARO/AIS en una Oficina ARO/AIS ó 8 años de experiencia como Instructor ARO/AIS, ó 4 años de Experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS.

b. Tener aprobado un curso en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC, de especialista en Sistemas automatizados de información aeronáutica, que lo califique para desempeñarse en sistemas automatizados.

c. Haber sido nombrado como Especialista en Sistemas por la Dirección de Información Aeronáutica.

d. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional de Servicios de Navegación Aérea.

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57

CARGO OPERADOR ARO/AIS

OFICINA NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificar la correcta provisión de los Servicios de Información Aeronáutica ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando la entrega, recepción y distribución en forma segura, ordenada y expedita de la información aeronáutica, utilizando los elementos tecnológicos de apoyo y el recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Información Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS

b. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor ARO/AIS manteniendo la habilitación correspondiente.

d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor AIS o Especialista AIS en una Oficina ARO/AIS:

e. Tener al menos 2 años de experiencia como Operador ARO/AIS en un Departamento Regional de Navegación Aérea.

f. Haber aprobado el curso de Gestión de la Seguridad Operacional.

g. Haber sido nombrado como Operador ARO/AIS en la Dirección Nacional de Servicios de Navegación Aérea.

h. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Servicios de Navegación Aérea.

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58

G

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 5

CARGO JEFE DE OFICINA ARO/AIS

AERÓDROMO NIVEL II

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Información Aeronáutica en una Oficina ARO/AIS de la República Argentina.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS

d. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico o similar en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Oficina ARO/AIS por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina ARO/AIS de un aeródromo ó aeropuertos del país clasificado en Nivel I cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE AERÓDROMO NIVEL III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS o de una especialidad correspondiente al escalafón aeronáutico, con curso de Administración de Aeródromo, designado por Administrador Nacional de Aviación Civil en coordinación con el Director Regional respectivo, para asegurar el mantenimiento de la capacidad operativa del aeródromo ó aeropuerto , con el fin de coordinar, distribuir y determinar las actividades que contribuyan a la seguridad y regularidad de las operaciones aéreas, y lograr la utilización eficiente de las instalaciones por parte de los operadores aéreos, entidades gubernamentales alojadas, empresas comerciales y público en general.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Jefe de Aeródromo y/o pertenecer a una de los agrupamientos del Escalafón Aeronáutico.

b. Haber ejercido como Jefe de una Oficina ARO/AIS o cargo equivalente en un aeródromo aeropuerto del país por el período mínimo de 2 años.

c. Haber cumplido 12 años efectivos como operador ARO/AIS con la Licencia correspondiente o en una especialidad correspondiente a los agrupamientos del Escalafón Aeronáutico.

d. Haber aprobado el curso de Administración de Aeródromo en CIPE o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromo clasificado en Nivel III del país cuya administración y provisión de los servicios de tránsito aéreo es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO

AERÓDROMO NIVEL II

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS o de una especialidad correspondiente al escalafón aeronáutico, designado por Director Nacional de Servicios de Navegación Aérea en coordinación con el Director Regional respectivo, responsable del funcionamiento de los Servicios de Tránsito Aéreo del Aeródromo/Aeropuerto correspondiente.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica

b. Tener a lo menos 8 años de experiencia en funciones operativas relacionadas con los servicios de tránsito aéreo.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Supervisor en alguna de las dependencias de los servicios de tránsito aéreo.

d. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de Servicios de Tránsito Aéreo del aeródromo/aeropuerto correspondiente.

f. Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromo ó Aeropuertos del país clasificado en Nivel II cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE ESTACIÓN DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICAS AERÓDROMOS NIVEL I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Administrar y garantizar los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Supervisar la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al Aeródromo, Aeropuerto o Regional asignado.

4. Supervisar el normal funcionamiento de los circuitos radioeléctricos y de radiodifusión en el período de turno a su cargo.

5. Supervisar el Normal funcionamiento de los equipos de comunicaciones a su cargo.

6. Administrar y distribuir las funciones del equipo de trabajo a su cargo.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Jefe de Comunicaciones Aeronáuticas en aeródromo/aeropuerto Nivel II ó III.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Administración o equivalente en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Jefe de Comunicaciones Aeronáuticas por la ANAC.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Estación de Comunicaciones Aeronáuticas de un aeródromo/aeropuerto clasificado en Nivel I por la ANAC

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CARGO OPERADOR ARO/AIS

ESPECIALISTA EN CARTOGRAFÍA NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS especializado en cartografía, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC encargado de representar la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea y producir el conjunto de mapas necesarios para ser utilizados por la navegación aérea nacional e internacional que son de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

b. Estar asignado a la Dirección de Información Aeronáutica.

c. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Operador ARO/AIS en una Oficina ARO/AIS ó 8 años de experiencia como Instructor ARO/AIS, ó 4 años de Experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS.

d. Tener la menos 2 años de experiencia como especialista en un oficina regional de información aeronáutica.

e. Haber aprobado un curso de Cartografía Aeronáutica en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

f. Haber sido nombrado como especialista en Cartografía en un Departamento Regional de Información Aeronáutica por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

g. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Servicios de Navegación Aérea.

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CARGO OPERADOR ARO/AIS

ESPECIALISTA EN SISTEMAS NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS con curso de Analista de Sistemas, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC para mantener los sistemas automatizados utilizados por los Servicios de Información Aeronáutica.

Recibir, procesar y distribuir y recepcionar la información aeronáutica de los aeródromos y aeropuertos que pertenecen a la Regional respectiva, además de asesorar, supervisar, recomendar y proponer modificaciones a los procesos automatizados de Información Aeronáutica implementados por la ANAC.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Operador ARO/AIS.

b. Tener a lo menos 2 años como Analista de Sistemas en un Departamento Regional de Información Aeronáutica.

c. Tener aprobado un curso que le permita desempeñarse en sistemas automatizados de información aeronáutica.

d. Haber sido nombrado como Analista de Sistemas en la Dirección de Información Aeronáutica.

e. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Servicios de Navegación Aérea.

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64

H

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 4

CARGO JEFE DE AERÓDROMO NIVEL II

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS o de una especialidad correspondiente al escalafón aeronáutico, con curso de Administración de Aeródromo, designado por Administrador Nacional de Aviación Civil en coordinación con el Director Regional respectivo, para asegurar el mantenimiento de la capacidad operativa del aeródromo ó aeropuerto , con el fin de coordinar, distribuir y determinar las actividades que contribuyan a la seguridad y regularidad de las operaciones aéreas, y lograr la utilización eficiente de las instalaciones por parte de los operadores aéreos, entidades gubernamentales alojadas, empresas comerciales y público en general.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Jefe de Aeródromo y/o pertenecer a una de los agrupamientos del Escalafón Aeronáutico.

b. Haber ejercido como Jefe de un Aeródromo Nivel II ó III o cargo equivalente en un aeródromo aeropuerto del país por el período mínimo de 2 años.

c. Haber cumplido 12 años efectivos como operador ARO/AIS con la Licencia correspondiente o en una especialidad correspondiente a los agrupamientos del Escalafón Aeronáutico.

d. Haber aprobado un curso de especialización en Administración de Aeropuertos en el CIPE o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromo clasificado en Nivel II del país cuya administración y provisión de los servicios de tránsito aéreo es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE OFICINA ARO/AIS

AERÓDROMO NIVEL I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Información Aeronáutica en una Oficina ARO/AIS de la República Argentina.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo.

b. Estar asignado a una Oficina ARO/AIS de la República Argentina por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Oficina ARO/AIS

d. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de una Oficina ARO/AIS por la Dirección de Información Aeronáutica de la ANAC.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina ARO/AIS de un aeródromo ó aeropuertos del país clasificado en Nivel I cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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CARGO JEFE DE SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO

AERÓDROMO NIVEL I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Operador ARO/AIS o de una especialidad correspondiente al escalafón aeronáutico, designado por Director Nacional de Servicios de Navegación Aérea en coordinación con el Director Regional respectivo, responsable del funcionamiento de los Servicios de Tránsito Aéreo del Aeródromo/Aeropuerto correspondiente.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica

b. Tener a lo menos 8 años de experiencia en funciones operativas relacionadas con los servicios de tránsito aéreo.

c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Supervisor en alguna de las dependencias de los servicios de tránsito aéreo.

d. Haber aprobado el curso de Administración Aeronáutica Básico en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

e. Haber sido nombrado como Jefe de Servicios de Tránsito Aéreo del aeródromo/aeropuerto correspondiente.

f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromo ó Aeropuertos del país clasificado en Nivel I cuya administración y provisión de los servicios de información aeronáutica es de responsabilidad de la ANAC.

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67

H

AGRUPAMIENTO ESCALAFÓN

AERONÁUTICO

OPERADOR ARO/AIS, DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y

JEFES DE AERÓDROMO

NIVEL ANAC 3

CARGO JEFE DE AEROPUERTO NIVEL I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Jefe de Aeródromo con Licenciatura en Gestión de Aeropuertos, designado por Administrador Nacional de Aviación Civil en coordinación con el Director Regional respectivo, para asegurar el mantenimiento de la capacidad operativa del aeródromo, coordinando las actividades que contribuyan a la seguridad y regularidad de las operaciones aéreas, y lograr la utilización eficiente de las instalaciones por parte de los operadores aéreos, entidades gubernamentales alojadas, empresas comerciales y público en general.

REQUISITOS

a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Jefe de Aeródromo.

b. Tener a lo menos 2 años como Jefe de un Aeródromo Nivel II de la República Argentina.

c. Haber obtenido la Licenciatura de Gestión de Aeropuertos en el CIPE o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional.

d. Haber aprobado un curso de especialización en gestión de aeropuertos en el CIPE o en un Instituto nacional o Internacional reconocido por la ANAC

e. Haber sido nombrado como Jefe de Aeródromo Nivel I de la República Argentina por la Administración Nacional de Aviación Civil.

f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeropuerto del país clasificado en Nivel I cuya administración es de responsabilidad de la ANAC

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CARGO JEFE DE OFICINA DE COMUNICACIONES

AERONÁUTICA REGIONAL/NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Supervisar el normal funcionamiento de los Servicios de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas Nacionales e Internacionales.

2. Supervisar la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados.

3. Supervisar la gestión de los servicios telefónicos que corresponden al UN Centro de Comunicaciones aeronáuticas a nivel Regional o Nacional.

4. Coordinar y satisfacer los requerimientos de las estaciones de comunicaciones aeronáuticas correspondientes a los aeródromos o aeropuertos de la Regional correspondiente.

5. Supervisar el normal funcionamiento de los circuitos radioeléctricos y de radiodifusión a nivel regional.

6. Supervisar el Normal funcionamiento de los equipos de comunicaciones de la regional correspondiente.

7. Administrar y distribuir las funciones del equipo de trabajo a su cargo.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 4 años como Jefe de Estación de Comunicaciones Aeronáuticas Nivel I.

b. Haber aprobado un curso de Gestión Aeronáutica avanzado en el CIPE o haber obtenido un Diplomado en Gestión Administrativa o similar en una Universidad reconocida por la ANAC.

c. Mantener el nombramiento como Jefe de Estación de Comunicaciones Aeronáuticas.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Centro Regional o Nacional de Comunicaciones Aeronáuticas.

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CARGO JEFE DE OFICINA NOTAM REGIONAL/NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

1. Responsable del normal y oportuno procesamiento de los Notams originados por la ANAC para conocimiento nacional e Internacional.

2. Responsable de la correcta aplicación de los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la OACI y por la ANAC para el tratamiento del tráfico de mensajes nacionales e internacionales para las estaciones de comunicaciones aeronáuticas de la República Argentina y los corresponsales nacionales e internacionales asociados en el Centro de Comunicaciones Regional.

3. Responsable del normal desarrollo de los turnos de la oficina a su cargo.

4. Participar en la planificación del presupuesto anual de la oficina Notam correspondiente.

5. Mantener información y estadísticas actualizadas del tráfico de mensajes nacionales e internacionales.

6. Mantener información y estadísticas actualizadas del estado de funcionamiento de los equipos de comunicaciones a su cargo.

REQUISITOS

a. Tener al menos 2 años de experiencia como Jefe Oficina ARO/AIS aeródromo Nivel I, o 4 años Jefe Oficina ARO/AIS aeródromo Nivel II.

b. Haber aprobado el curso de Curso de Licenciatura Aeronáutica en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c. Haber sido nombrado como Jefe de Oficina NOTAM.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficina NOTAM Regional/Nacional.

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DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO ESCALAFÓN

INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

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DEFINICIONES

. 7.1. Atribuciones

Responsabilidades y facultades asignadas al personal de inspección o de instrucción para actuar en nombre del Director de Aeronavegabilidad en la emisión o firma de documentos certificando, aprobando, aceptando, autorizando acciones de ingeniería, de instrucción, de mantenimiento o de producción realizadas por terceros, cuando corresponda, y dentro de las normativas aplicables a cada caso.

7.2. Aptitud Psicofísica

Expresión abreviada que se refiere a los requisitos sicológicos y físicos que debe cumplir el poseedor de una Licencia Aeronáutica.

7.3. Especialista Auditor

Inspector de la Dirección de Aeronavegabilidad responsable de ejecutar el plan anual de auditorías con conocimientos de procedimientos y técnicas de auditoría, de los requisitos reglamentarios correspondientes y los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS)

7.4. Especialista en Factores Humanos

Inspector de Aeronavegabilidad nominado por la Dirección de Aeronavegabilidad en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva encargado de diseñar, ejecutar e implementar Programas de factores humanos para la dependencia respectiva, además de identificar posibles riesgos relacionados con el comportamiento humano, tomar acciones para fomentar el trabajo en equipo y asesorar al Jefe de la dependencia en la acciones disciplinarias a aplicar cuándo sea requerido.

7.5. Especialista en Investigación de incidentes y Accidentes

Inspector de Aeronavegabilidad la Dirección de Aeronavegabilidad en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva responsable frente a accidentes o incidentes lleva a cabo la investigación correspondiente, con el fin comprender los hechos que condujeron al suceso, identificar los peligros y realizar evaluaciones de los riesgos, formulando recomendaciones, eliminar riesgos y emitir mensajes de seguridad operacional.

7.6. Especialista SMS

Profesional nominado por la Dirección de Aeronavegabilidad responsable de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) implementados por la ANAC y contribuir con el logro de los objetivos establecidos en el Programa de Seguridad Operacional y administrar el Programa de Garantía de Calidad de la Dirección de Aeronavegabilidad en la dependencia correspondiente.

7.7. Habilitación

Autorización inscripta en una licencia o asociada con ella y de la cual forma parte indisoluble de aquella, en la que se especifican condiciones especiales, atribuciones o restricciones referentes a dicha licencia.

7.8. Licencia Aeronáutica

Documento oficial otorgado por la Administración Nacional de Aviación Civil que indica la especialidad aeronáutica del titular, y le otorga, dentro del período de su vigencia, la facultad para desempeñar las funciones propias de las habilitaciones expresamente consignadas en ella.

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7.9. Limitaciones

Restricciones impuestas al personal de inspección o de instrucción para actuar en nombre del Director de Aeronavegabilidad en la emisión o firma de documentos certificando, aprobando, aceptando o autorizando acciones de ingeniería, de instrucción, de mantenimiento, de capacitación o de producción realizadas por terceros.

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8. ESCALAFÓN AERONÁUTICO - INSPECCIÓN DE AERO-NAVEGABILIDAD.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

A AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD ASPIRANTE A INSPECTOR NIVEL ANAC 8

CATEGORÍA

ASPIRANTE A INSPECTOR (AI) / ESPECIALISTA (AE)

REQUISITOS.

a. Disponer de los Títulos reconocidos por el Ministerio de Educación de la Nación o de los Certificados de Idoneidad emitidos por la Autoridad Aeronáutica nacional o acreditar la experiencia y capacitación especializada que se requieran para las funciones a cumplir y que están previstos para la designación como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad o como Especialista, según corresponda.

b. Haber sido seleccionado siguiendo el procedimiento establecido. c. Tener un nivel de inglés que le permita leer e interpretar la bibliografía

aeronáutica. d. Encontrarse inscripto en el Consejo Profesional respectivo y en el Registro de la

Autoridad Aeronáutica, según corresponda. e. Aprobar el examen médico que se requiera en concordancia con las funciones a

cumplir.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

No tiene.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

B AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD INSPECTOR AUXILIAR NIVEL ANAC 7

CATEGORÍA

INSPECTOR AUXILIAR DE AERONAVEGABILIDAD (IAA)

REQUISITOS.

1. Disponer de alguno de los siguientes Títulos reconocidos por el Ministerio de Educación de la Nación o de los Certificados de Idoneidad emitidos por la Autoridad Aeronáutica nacional , según se requiera en cada caso: 1.1. Ingeniero Aeronáutico o Ingeniero Mecánico-Aeronáutico. 1.2. Técnico Aeronáutico. 1.3. Técnico en Aviónica. 1.4. Técnico en Telecomunicaciones Aeronáuticas. 1.5. Mecánico de Mantenimiento de Aeronave. 1.6. Mecánico de Equipos Radioeléctricos de Aeronave. 1.7. Otras especialidades a definir, de acuerdo a las necesidades.

2. Tener un nivel de inglés que le permita leer e interpretar la bibliografía aeronáutica. 3. Aprobar el examen médico que se requiera en concordancia con las funciones a cumplir. 4. Haber aprobado el Curso Inicial así como los Cursos Básicos y el Entrenamiento en el Trabajo

(EET) correspondiente y haberse desempeñado satisfactoriamente en el proceso de adaptación por los distintos Departamentos.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe en funciones de IAA en un Departamento, cuando corresponda y actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones asignadas a su Departamento y de los alcances, incumbencias o actividades específicas de su título y/o licencia, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para asistir al Cuerpo de Inspectores en los aspectos propios de su especialidad acreditada por títulos, cursos, experiencia o capacitación específica, conformando los informes que elabore o en los que participe o asesore. Limitaciones: e. No está autorizado a emitir ni firmar Certificados, Aprobaciones, Autorizaciones, ni

Constancias o Convalidaciones de los citados documentos, excepto los informes que produzca.

f. Debe trabajar bajo supervisión de un integrante del Cuerpo de Inspectores.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA ESPECIALISTA AUXILIAR (EA)

REQUISITOS.

1. Disponer de Títulos reconocidos por el Ministerio de Educación o de Certificados de Idoneidad o acreditar experiencia y capacitación especializada, según se requiera en cada caso, que lo capaciten para el desempeño en alguna de las siguientes Especialidades:

1.1. Ensayos en Vuelo.

1.2. Auditorías de Calidad.

1.3. Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS).

1.4. Factores Humanos (FFHH).

1.5. Ensayos No Destructivos (END).

1.6. Corrosión.

1.7. Metrología.

1.8. Ingeniería Industrial.

1.9. Ingeniería Mecánica.

1.10. Ingeniería Electrónica.

1.11. Gestión de la Capacitación.

1.12. Otras especialidades a definir, de acuerdo a las necesidades. 2. Tener un nivel de inglés que le permita leer e interpretar la bibliografía aeronáutica. 3. Aprobar el examen médico que se requiera en concordancia con las funciones a cumplir. 4. Haber aprobado el Curso Inicial así como los Cursos Básicos y el Entrenamiento en el

Trabajo (EET) correspondiente y haberse desempeñado satisfactoriamente en el proceso de adaptación por los distintos Departamentos.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe en funciones de EA en un Departamento, cuando corresponda y actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones asignadas a su Departamento y de los alcances, incumbencias o actividades específicas de su título y/o licencia, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para asistir al Cuerpo de Inspectores y a Especialistas en los aspectos propios de su especialidad acreditada por títulos, cursos, experiencia o capacitación específica, conformando los informes que elabore o en los que participe o asesore. Limitaciones:

1. No está autorizado a emitir ni firmar Certificados, Aprobaciones, Autorizaciones, ni Constancias o Convalidaciones de los citados documentos, excepto los informes que produzca.

2. Debe trabajar bajo supervisión de un Especialista o de un integrante del Cuerpo de Inspectores.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA INSTRUCTOR AUXILIAR (IA)

REQUISITOS. 1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad o Especialista por al menos 2

(dos) años en la temática regulatoria a instruir o, en el caso de idiomas o técnicas o temáticas especializadas, disponer de capacitación y experiencia significativa en la misma.

2. Haber aprobado un curso de Técnicas de Instrucción con metodología TRAINAIR o similar realizado en el CIPE o en un organismo nacional o extranjero reconocido por la ANAC o disponer de Titulo docente o equivalente habilitante.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando sea designado como Instructor Auxiliar, actuando dentro de las normativas aplicables y de las directivas del Jefe de la División Instrucción de Inspectores, tendrá las siguientes atribuciones y limitaciones. Atribuciones: Está facultado para: 1. Asistir al Instructor en la preparación de clases y su material didáctico y en el dictado de las

clases que se determinen. 2. Participar en la evaluación de los cursantes, los exámenes y las planillas de calificaciones

respectivas. 3. Reemplazar al Instructor en su ausencia. Limitaciones: 1. Debe responder a los criterios e instrucciones del Instructor al cual asiste. 2. Debe trabajar bajo la supervisión del Instructor al cual asiste.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

C AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD INSPECTOR NIVEL ANAC 6

CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIACION DE TRANSPORTE (IA-AT)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Aviación de Transporte) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de

Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Aviación de Transporte por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-AT en funciones de control de Explotadores bajo las Partes 119, 121 o 135 o de Explotadores bajo la Parte 91 con aeronaves certificadas bajo las Partes 23, 25, 27 ó 29 o de un Taller Aeronáutico de Reparación bajo la Parte 145 que mantenga aeronaves y/o componentes Certificados bajo las Partes 23, 25, 27, 29, 33 y 35, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para: 1. Emitir o retirar Certificados de Aeronavegabilidad Estándar y Certificados de

Aeronavegabilidad Especial. (Previa delegación escrita de su Jefe de Departamento). 2. Emitir una Nota de Autorización para volar sin historiales (cuando éstos permanecen en DA

para su análisis). 3. Inspeccionar y proponer la emisión del Certificado de Habilitación y Especificaciones de

Operación de Talleres Aeronáuticos de Reparación. 4. Emitir las autorizaciones correspondientes para que una aeronave pueda ser operada en

servicios de Transporte Aéreo No Regular y/o en Trabajo Aéreo. 5. Verificar la no-objeción técnica a las Listas de Equipamiento Mínimo en los aspectos de

mantenimiento para los Explotadores que le sean asignados. 6. Evaluar al personal propuesto como Certificador Aeronáutico en relación a sus conocimientos

sobre las regulaciones aplicables. 7. Instruir y elevar actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 8. Emitir una aprobación para pago de aranceles. 9. Emitir Libretas Historiales de aeronaves, motores y hélices. 10. Dar fe de copia fiel de la documentación técnica original. 11. Actuar como Perito Técnico cuando sea designado por el Director de Aeronavegabilidad. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones de Mantenimiento que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIACION GENERAL (IA-AG)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Aviación General) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de

Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Aviación General por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-AG en funciones de control ante operadores bajo las Partes 91, 101, 103, 105, 133 y 137 o de Talleres de Reparación bajo la Parte 145 que mantengan aeronaves y/o productos certificados bajo las Partes 21, 22, 23, 27, 31, 33 y 35, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para: 1. Emitir o retirar Certificados de Aeronavegabilidad Standard y Certificados de

Aeronavegabilidad Especial (Previa delegación escrita de su Jefe de Departamento). 2. Emitir una Nota de Autorización para volar sin historiales (cuando éstos permanecen en DA

para su análisis). 3. Emitir Libretas Historiales de aeronaves, motores y hélices. 4. Verificar la no-objeción técnica a las Listas de Equipamiento Mínimo en los aspectos de

mantenimiento que le sean asignados. 5. Evaluar al personal propuesto como Certificador Aeronáutico en relación a sus conocimientos

sobre las regulaciones aplicables. 6. Instruir y elevar actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 7. Emitir una aprobación para pago de aranceles. 8. Dar fe de copia fiel de la documentación técnica original. 9. Actuar como Perito Técnico cuando sea designado por el Director de Aeronavegabilidad.

Limitaciones: 1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, operadores u Organizaciones de Mantenimiento

que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIÓNICA (IA-AV)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Aviónica) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Aviónica por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-AV sobre aeronaves u Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico que mantengan componentes de Aviónica certificados para uso aeronáutico y que le hubieran sido asignados, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para: 1. Verificar la no-objeción técnica a la aprobación de las Listas de Equipamiento Mínimo en los

aspectos relativos a la aviónica. 2. Verificar la no-objeción técnica respecto al cumplimiento de los requisitos de aviónica para la

aprobación de aeronavegabilidad continuada en Operaciones Especiales. 3. Evaluar al personal propuesto como Certificador Aeronáutico en relación a sus

conocimientos sobre las regulaciones aplicables. 4. Instruir y elevar Actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 5. Emitir una aprobación para pago de aranceles. 6. Dar fe de copia fiel de la documentación técnica original. 7. Actuar como Perito Técnico cuando sea designado por el Director de Aeronavegabilidad. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, operadores u Organizaciones de Mantenimiento que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su dependencia de revista.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD – CERTIFICACION DE PRODUCCION (IA-CP)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Certificación de Producción) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Certificación de Producción por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-CP ante empresas, entes u organismos de producción de productos y partes aeronáuticas y explotadores/operadores o TAR que le hubieren sido asignados, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para: 1. Emitir los Historiales de aeronaves, motores y hélices. 2. Emitir o retirar Certificados de Aeronavegabilidad Originales, Permisos Especiales de

Vuelo y Certificados Experimentales, conforme a los Propósitos que le sean aplicables, previa delegación escrita de su Director.

3. Instruir y elevar Actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 4. Emitir el Certificado de Aeronavegabilidad para Exportación de Productos Clase I y las

Tarjetas de Aprobación de Aeronavegabilidad para Exportación de Productos Clase II y III 5. Realizar inspecciones de conformidad de productos aeronáuticos en proceso de

fabricación o terminados, de alteraciones, de modificaciones, de cuerpos de prueba y de instalaciones para ensayos.

6. Dar fe de copia fiel en los procesos de certificación de documentación técnica original. 7. Emitir aprobación para pago de aranceles. 8. Evaluar al personal propuesto como Certificador Aeronáutico en relación a sus

conocimientos sobre las regulaciones aplicables. 9. Actuar como Perito Técnico cuando sea designado por el Director de Aeronavegabilidad. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las empresas, entes u organismos de producción de productos y partes aeronáuticas y explotadores/operadores o TAR que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación escrita de su Director o de Jefe de su Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad – Departamento Certificación Aeronáutica

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CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD – CERTIFICACION DE INGENIERIA (IA-CI)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Certificación de Ingeniería) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Certificación de Ingeniería por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-CI ante empresas, personas físicas o jurídicas, entes u organismos de producción o de mantenimiento de productos y partes aeronáuticas, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para: 1. Emitir Historiales de aeronaves, motores y hélices. 2. Confeccionar y elevar el Informe Final de evaluación de daños. 3. Integrar Equipos de Certificación como responsable de áreas específicas. 4. Confeccionar informes de áreas específicas dentro del proceso de Certificación. 5. Confeccionar los informes de relevamiento de parámetros de evaluación en vuelo. 6. Confeccionar los informes de relevamiento de parámetros de motores y de sistemas y

equipos. 7. Analizar y proponer para aprobación Informes Técnicos de Alteración (ITA) y de

Reparación (ITR) y realizar el seguimiento de su ejecución. 8. Dar fe de copia fiel, en los procesos de certificación de documentación técnica original 9. Analizar y proponer la emisión de Certificados en cuanto a Ruido. 10. Emitir informes de aprobaciones especiales. 11. Analizar los informes de Dificultades en Servicio y proponer la emisión de acciones

correctivas o preventivas. 12. Emitir o retirar Certificados de Aeronavegabilidad para aeronaves experimentales y para

vehículos ultralivianos. 13. Instruir y elevar Actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 14. Emitir aprobaciones para pago de aranceles. 15. Actuar como Perito Técnico cuando sea designado por el Director de Aeronavegabilidad. Limitaciones: 1. Su autoridad está limitada a las empresas, aeronaves, operadores u Organizaciones de

Mantenimiento o de producción que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD –

INSTRUCCIÓN (IA-I)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector Auxiliar por el término de 3 (tres) años (al menos 2 (dos) en Instrucción) y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar en Instrucción por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe como IA-I ante personas físicas o jurídicas y/o Centros de Instrucción o de Capacitación Aeronáutica para los que hubiera sido asignado, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para:

1. Integrar equipos de inspección y de auditoría de los Centros de Instrucción de mecánicos aeronáuticos y conformar los informes correspondientes.

2. Integrar equipos de inspección y de auditoría de los Centros de Capacitación y conformar los informes correspondientes.

3. Evaluar a los postulantes a Licencias o Habilitaciones de mecánicos aeronáuticos en lo relativo al conocimiento técnico y a la pericia para su desempeño práctico.

4. Proponer las Habilitaciones a otorgar a los Mecánicos aeronáuticos. 5. Instruir y elevar Actas de Constatación de Infracciones Aeronáuticas. 6. Emitir aprobaciones para pago de aranceles. 7. Integrar las Comisiones de Evaluación para el Reconocimiento de estudios, capacitación y

experiencia de los postulantes a las licencias de mecánicos aeronáuticos. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las personas físicas o jurídicas y a los Centros de Instrucción o de Capacitación Aeronáutica para los que hubiera sido asignado, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda a sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA ESPECIALISTA (E)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Especialista Auxiliar en su Especialidad por el término de 3 (tres) años y en ese período:

1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de Aeronavegabilidad, y

1.2. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado I en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Especialista Auxiliar por el término de 1 (un) año y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando se desempeñe en funciones de Especialista en algún Departamento, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone, tendrá las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para asistir al Cuerpo de Inspectores en los aspectos propios de su especialidad acreditada por títulos, cursos, experiencia o capacitación específica, conformando los informes que elabore o en los que participe o asesore. Limitaciones: No está autorizado a emitir ni firmar Certificados, Aprobaciones, Autorizaciones, ni Constancias o Convalidaciones de los citados documentos, excepto los informes que produzca o en los que participe.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA INSTRUCTOR (I)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Instructor Auxiliar por al menos 2 (dos) años.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Cuando sea designado como Instructor, actuando dentro de las normativas aplicables y de las directivas del Jefe de la División Instrucción de Inspectores, tendrá las siguientes atribuciones y limitaciones: Atribuciones: 1. Preparar, dictar clases y evaluar a los alumnos participantes. 2. Dirigir y evaluar a los auxiliares que le hubieren sido asignados. Limitaciones: 1. Debe preparar e impartir las clases que se determinen dentro de los cursos aprobados en el

Programa de Capacitación y en cumplimiento de los objetivos fijados por la Dirección de Aeronavegabilidad.

2. Debe trabajar bajo la coordinación del Jefe de la División Instrucción del Departamento de Instrucción y Personal Profesional y Técnico.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad –

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD INSPECTOR PRINCIPAL NIVEL ANAC 5

CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIACIÓN DE TRANSPORTE (IPA-AT)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad - Aviación de Transporte por el término de 4 (cuatro) años y en ese período:

Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de Aeronavegabilidad, y

Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y

Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o 2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse

desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad en Aviación de Transporte por el término de 1 (un) año, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-AT ante un Explotador/operador, Taller o usuario que opere bajo las Partes correspondientes a la División a la que pertenece, además de las atribuciones del IA y de las que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: 1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores. 2. Aprobar Especificaciones de Operación de Explotadores en los aspectos de mantenimiento

y de las Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico nacionales que le sean asignados por su Jefe de Departamento.

3. Aceptar Manuales de Procedimientos (o equivalentes) de Explotadores y Talleres Aeronáuticos de Reparación nacionales o extranjeros que le sean asignados por su Jefe de Departamento.

4. Certificar la no-objeción técnica a las Listas de Equipamiento Mínimo en los aspectos de mantenimiento para los Explotadores que le sean asignados por su Jefe de Departamento.

5. Certificar la no-objeción técnica respecto al cumplimiento de las condiciones de mantenimiento de la aeronavegabilidad continuada establecidas para las Operaciones Especiales de una aeronave.

6. Proponer enmiendas, revocaciones o suspensiones de Certificados. 7. Autorizar traslados de Taller encuadrados en las Regulaciones. 8. Coordinar las comunicaciones entre las empresas que tiene asignadas y el Departamento

al que pertenece, y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

9. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento..

Limitaciones: 1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones de

Mantenimiento que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIACIÓN GENERAL (IPA-AG)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad - Aviación General por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1. Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la

Dirección de Aeronavegabilidad, y 1.2. Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3. Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad en Aviación General por el término de 1 (un) año, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-AG ante un Explotador/operador, Taller o usuario que opere bajo las Partes correspondientes a la División a la que pertenece, además de las atribuciones del IA y de las que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para: 1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores. 2. Aprobar Especificaciones de Operación de Talleres Aeronáuticos de Reparación

nacionales que le sean asignados por su Jefe de Departamento. 3. Aceptar Manuales de Procedimientos (o equivalentes) de Talleres Aeronáuticos de

Reparación nacionales o extranjeros que le sean asignados por su Jefe de Departamento.

4. Certificar la no-objeción técnica respecto al cumplimento de las condiciones de mantenimiento de la aeronavegabilidad continuada establecidas para las Operaciones Especiales de una aeronave.

5. Proponer enmiendas, revocaciones o suspensiones de Certificados. 6. Autorizar traslados de Taller encuadrados en la Parte 145. 7. Coordinar las comunicaciones entre las empresas que tiene asignadas y el Departamento

al que pertenece, y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

8. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento.

9. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y/o por encargo del mismo. Limitaciones: 1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones

de Mantenimiento que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD –

AVIÓNICA (IPA-AV)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad - Aviónica por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de

Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3 Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad en Aviónica por el término de 1 (un) año, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-AV sobre aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico que mantengan componentes de Aviónica certificados para uso aeronáutico, además de las Atribuciones del IA-AV y de las que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para: 1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores. 2. Certificar la no-objeción técnica a la aprobación de las Listas de Equipamiento Mínimo en

los aspectos relativos a la aviónica. 3. Certificar la no-objeción técnica respecto al cumplimiento de los requisitos de aviónica para

la aprobación de aeronavegabilidad continuada en Operaciones Especiales. 4. Coordinar las comunicaciones entre las empresas que le han sido asignadas y el

Departamento al que pertenece, y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

5. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento.

6. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y/o por encargo del mismo.

Limitaciones: 1. Su autoridad está limitada a las aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones de

Mantenimiento que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD -

CERTIFICACION DE PRODUCCION (IPA-CP)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad-Certificación de Producción por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3 Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad por el término de 1 (un) año en Certificación de Producción, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente,

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-CP ante empresas, entes u organismos de producción de productos y partes aeronáuticas y Explotadores/operadores o TAR, además de las Atribuciones del IA-CP y de las que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para:

1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores.

2. Confeccionar y elevar el Informe Final para la emisión de Aprobación de Fabricación de Partes (AFP), Aprobación de Sistemas de Inspección de Producción (SIPA), Autorización para Fabricación Bajo Certificado Tipo Solamente, Certificados de Producción (CP) y Autorización de Orden Técnica Estándar (AOTE).

3. Aceptar Especificaciones de Calidad de los procesos de fabricación de productos y partes aeronáuticas.

4. Aceptar Especificaciones de Calidad de Ensayos de Productos Clase I y II.

5. Realizar auditorías o inspecciones a fabricantes de productos y partes aeronáuticas y confeccionar el informe correspondiente.

6. Emitir informes para la Aprobación, cancelación o suspensión de la aprobación de Manuales de Control de Calidad, de Aseguramiento de Calidad y de Sistemas de Inspección de Producción.

7. Coordinar las comunicaciones entre las empresas que le han sido asignadas y el Departamento al que pertenece, y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

8. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento.

9. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las empresas, aeronaves Explotadores/operadores u Organizaciones de Mantenimiento o de producción que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD -

CERTIFICACION DE INGENIERIA (IPA-CI)

REQUISITOS.

1 Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad-Certificación de Ingeniería por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3 Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad por el término de 1 (un) año en Certificación de Ingeniería, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-CI ante empresas, personas físicas o jurídicas, entes u organismos de producción o de mantenimiento de productos y partes aeronáuticas, además de las Atribuciones del IA-CI y de las que el Director de Aeronavegabilidad o su Jefe le asignen, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para:

1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores.

2. Elevar el Informe Preliminar y Final de Certificación.

3. Aprobar Manuales de Vuelo y Suplementos a los Manuales de Vuelo.

4. Confeccionar y elevar el informe de ingeniería para la emisión de Certificados Tipo, Certificados Tipo Suplementarios, Autorizaciones de Orden Técnica Estándard, Aprobaciones de Fabricación de Partes, Aprobaciones de Datos Técnicos y Aprobación de Elegibilidad de Aeronaves para Operaciones Especiales.

5. Aprobar Informes Técnicos de Alteración (ITA) y de Reparación (ITR) y realizar el seguimiento de su ejecución.

6. Emitir informes sobre reconstrucción, reparación y/o alteración de aeronaves.

7. Aprobar Programas de Ensayos en Vuelo de Certificación.

8. Emitir Permiso Especial de Vuelo (PEV) a aeronaves con modificaciones, alteraciones o reparaciones en proceso de aprobación.

9. Coordinar las comunicaciones entre las empresas que le han sido asignadas y el Departamento al que pertenece, y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

10. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a las empresas, aeronaves, Explotadores/operadores u Organizaciones de Mantenimiento o de producción que le hubieran sido asignadas, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA INSPECTOR PRINCIPAL DE AERONAVEGABILIDAD –

INSTRUCCIÓN (IPA-I)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Inspector de Aeronavegabilidad-Instrucción por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3 Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Inspector Auxiliar de Aeronavegabilidad por el término de 1 (un) año en Instrucción, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Inspectores. Cuando se desempeñe como IPA-I ante Centros de Instrucción o de Capacitación Aeronáuticos, además de las Atribuciones del IA-I y de las que el Director de Aeronavegabilidad o su jefe le asignen, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación. Atribuciones: Está facultado para:

1. Coordinar el trabajo de equipos de Inspectores.

2. Coordinar las comunicaciones entre los Centros que tiene asignados y el Departamento al que pertenece y entre el equipo de Inspectores que lo secundan y la Jefatura de su División.

3. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento.

4. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo. Limitaciones:

1. Su autoridad está limitada a los Centros de Instrucción o de Capacitación Aeronáuticos que le hubieran sido asignados, actuando dentro de las normativas aplicables, de las funciones correspondientes a su División y del título, licencia, capacitación y/o experiencia que dispone.

2. Excepto que en particular cuente con aprobación por escrito del Director de Aeronavegabilidad o de su Jefe de Departamento, no puede Aprobar, Aceptar o Emitir ningún documento que exceda a sus Atribuciones o sea ajeno a las funciones de su División.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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CATEGORÍA ESPECIALISTA PRINCIPAL (EP)

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado como Especialista por el término de 4 (cuatro) años y en ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección

de Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso de Capacitación en Conducción y Gestión I, y 1.3 Haber realizado el Entrenamiento en el Trabajo (EET) correspondiente, o

2. Acreditando una experiencia significativa de Grado II en la industria aeronáutica, haberse desempeñado como Especialista en su Especialidad por el término de 1 (un) año, y en ese tiempo haber aprobado los cursos y el EET prescriptos en el párrafo precedente.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Sección o de equipo de Especialistas. Cuando se desempeñe en funciones de Especialista Principal en algún Departamento, para los trabajos a que hubiera sido asignado, cuando corresponda, actuando dentro de las normativas aplicables y de las funciones de su División, además de las Atribuciones del E y de las que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito, tendrá también las Atribuciones y Limitaciones que se enumeran a continuación.

Atribuciones: Está facultado para:

1. Coordinar el trabajo de equipos de Especialistas.

2. Coordinar las comunicaciones entre el equipo de Especialistas que lo secundan y la Jefatura de su División o la Jefatura del Departamento o División que requiriera su informe.

3. Representar a su Departamento ante dependencias internas de este Organismo o ante otros Organismos cuando haya sido designado a tal fin por el Director de Aeronavegabilidad o por su Jefe de Departamento.

4. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo.

Limitaciones: No está autorizado a emitir ni firmar Certificados, Aprobaciones, Autorizaciones, ni Constancias o Convalidaciones de los citados documentos, excepto los informes que produzca.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD INSPECTOR MAYOR NIVEL ANAC 4

CATEGORÍA INSPECTOR MAYOR DE AERONAVEGABILIDAD

( IMA-AT; IMA-AG; IMA-AV; IMA-CP; IMA-CI; IMA-I )

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado satisfactoriamente como IPA por el término de 4 (cuatro) años y durante ese período:

1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de Aeronavegabilidad, y

Haber aprobado el curso recurrente de Conducción y Gestión I.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

1. Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de División o su reemplazante, con las funciones, responsabilidades y atribuciones que le sean asignadas a la misma.

2. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo. 3. Cuando se desempeñe como IMA ante un Explotador/operador, Organización de

Mantenimiento, Centros de Formación o de Capacitación Aeronáuticos, empresas, personas físicas o jurídicas, entes u organismos de producción de productos y partes aeronáuticas o usuario, tendrá las mismas Atribuciones y Limitaciones del IPA correspondientes al Departamento o División en que se desempeña y las atribuciones adicionales que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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CATEGORÍA ESPECIALISTA MAYOR

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado satisfactoriamente como EP por el término de 4 (cuatro) años y durante ese período: 1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de

Aeronavegabilidad, y 1.2 Haber aprobado el curso recurrente de Conducción y Gestión I.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

1. Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de División o de Departamento, o su reemplazante, con las funciones, responsabilidades y atribuciones que le sean asignadas a su dependencia.

2. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo. 3. Cuando se desempeñe como EM tendrá las mismas Atribuciones y Limitaciones del EP

correspondientes al Departamento o División en que se desempeña y las atribuciones adicionales que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD

ESPECIALIDAD INSPECTOR SUPERIOR NIVEL ANAC 3

CATEGORÍA INSPECTOR SUPERIOR DE AERONAVEGABILIDAD –

( ISA-AT; ISA-AG; ISA-AV; ISA-CP; ISA-CI; ISA-I )

REQUISITOS.

1. Haberse desempeñado satisfactoriamente como IMA por el término de 4 (cuatro) años y durante ese período:

1.1 Haber aprobado los cursos de Capacitación y Recurrentes dispuestos por la Dirección de Aeronavegabilidad, y

1.2 Haber aprobado el curso de Conducción y Gestión II.

ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES.

1. Podrá ser designado y desempeñarse en su área de especialización como Jefe de Departamento, o su reemplazante, con las funciones, responsabilidades y atribuciones que le sean asignadas al mismo.

2. Reemplazar a su Jefe en ausencia transitoria y por encargo del mismo.

3. Cuando se desempeñe como ISA tendrá las mismas Atribuciones y Limitaciones del IMA correspondientes al Departamento o División en que se desempeña y las atribuciones adicionales que el Director de Aeronavegabilidad le asigne por escrito.

ORGANISMO.

Dirección de Aeronavegabilidad

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE

AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO ESCALAFÓN

INSPECTORES DE OPERACIONES AÉREAS

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9. PROYECTO ESCALAFÓN PARA INSPECTORES DE OPERACIONES AÉREAS

A INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 3

CARGO PILOTO INSPECTOR TLA FUSELAJE ANCHO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Será responsable del cumplimiento de las tareas descritas en las siguientes áreas:

a) Investigación: en esta área los Inspectores cooperarán en la investigación de infracciones a la legislación aeronáutica, reglamentos y normas operacionales de seguridad.

b) Certificación y Habilitación involucra al personal aeronáutico, a las empresas de servicio transporte aéreo-comercial ( Regulares y No regulares) y las empresas de trabajo aéreo.

c) Vigilancia : involucra al personal aeronáutico y a las empresas de servicios de transporte aéreo y servicios de trabajos

REQUISITOS

Los Requisitos para el desempeño en este cargo son:

a) Licencia Transporte de Línea Aérea. (TLA)

b) Licencia Instructor de Vuelo Avión

c) Habilitación tipo de aeronave. (Fuselaje Ancho)

d) Sicofísico correspondiente a la licencia que posee.

e) Más de 5000 hs de vuelo en empresas de línea aérea

f) Curso de Inspector Gubernamental

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC

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B INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 4

CARGO PILOTO INSPECTOR TLA FUSELAJE ANGOSTO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Será responsable en todas las aeronaves definidas como de fuselaje angosto que operan en el espacio aéreo Argentino, del cumplimiento de las tareas descritas en las siguientes áreas:

a) Investigación: en esta área los Inspectores cooperarán en la investigación de infracciones a la legislación aeronáutica, reglamentos y normas operacionales de seguridad.

b) Certificación y Habilitación: involucra al personal aeronáutico, a las empresas de servicio transporte aéreo-comercial (Regulares y No regulares) y las empresas de trabajo aéreo.

c) Vigilancia: involucra al personal aeronáutico y a las empresas de servicios de transporte aéreo y servicios de trabajos.

REQUISITOS

Los Requisitos para el desempeño en este cargo son:

a) Licencia Transporte de Línea Aérea. (TLA)

b) Licencia Instructor de Vuelo Avión

c) Habilitación tipo de aeronave. (Fuselaje Ancho)

d) Sicofísico correspondiente a la licencia que posee.

e) Más de 5000 hs de vuelo en empresas de línea aérea

f) Curso de Inspector Gubernamental

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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C INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 5

CARGO PILOTO COMERCIAL 1º CLASE AVION MAS DE

57OO KG - HELICÓPTERO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Será responsable en todas las aeronaves de más de 5700 Kg. que operan en el espacio aéreo Argentino, del cumplimiento de las tareas descritas en las siguientes áreas:

a) Investigación: en esta área los Inspectores cooperarán en la investigación de infracciones a la legislación aeronáutica, reglamentos y normas operacionales de seguridad.

b) Certificación y Habilitación involucra al personal aeronáutico, a las empresas de servicio transporte aéreo-comercial ( Regulares y No regulares) y las empresas de trabajo aéreo.

c) Vigilancia : involucra al personal aeronáutico y a las empresas de servicios de transporte aéreo y servicios de trabajos.

REQUISITOS

Los Requisitos para el desempeño en este cargo son poseer:

a) Licencia Comercial 1º Clase Avión y/o Helicóptero

b) Licencia Instructor de Vuelo Avión y/o Helicóptero

c) Habilitación tipo de aeronave. (Lear Jet, Citation, Metro, etc.,

De hasta 30 pasajeros.

d) Horas de Vuelo al mando 1500 con HVI y Nocturno.

e) Sicofísico correspondiente a la licencia que posee

f) Curso de Inspector Gubernamental

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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C INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 6

CARGO PILOTO COMERCIAL 1º CLASE DE AVION HASTA

5700 KG- HELICOPTERO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Será responsable en todos los Helicópteros hasta 5700 Kg. que operan en el espacio aéreo Argentino, del cumplimiento de las tareas descritas en las siguientes áreas:

a) Investigación: en esta área los Inspectores cooperarán en la investigación de infracciones a la legislación aeronáutica, reglamentos y normas operacionales de seguridad.

b) Certificación y Habilitación involucra al personal aeronáutico, a las empresas de servicio transporte aéreo-comercial ( Regulares y No regulares) y las empresas de trabajo aéreo.

c) Vigilancia: involucra al personal aeronáutico y a las empresas de servicios de transporte aéreo y servicios de trabajos.

REQUISITOS

Los Requisitos para el desempeño en este cargo son poseer:

a) Licencia Comercial 1º Clase Avión o Helicóptero.

b) Habilitación aeronaves de hasta 5700 kg.

c) Licencia Instructor de Vuelo Avión

d) Horas de Vuelo al mando 1500 con HVI y Nocturno

e) Sicofísico correspondiente a la licencia que posee.

f) Curso de Inspector Gubernamental

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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D INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO

NIVEL 7

CARGO INSPECTOR DE DESPACHO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Inspeccionar que el despacho técnico de vuelo, se realiza de acuerdo a la información meteorológica, en concordancia con lo establecido para cada caso por el manual de operaciones de la empresa.

Revisar el plan de vuelo operacional confeccionado y verificará la operación de cargas de combustible.

Inspeccionar y certificar que la admisión, distribución de las cargas y el centrado de peso y balanceo en los aviones afectados a servicios de transporte aerocomercial, como asimismo del cálculo del peso máximo de despegue y aterrizaje, distancias de despegue y frenado, entre otras, se realiza de acuerdo a las normas establecidas.

REQUISITOS

a) Poseer licencia de Despachante de Aeronave

b) Poseer Habilitación sicofísica conforme lo normado

c) Haber efectuado y aprobado el Curso de Inspector Gubernamental.

d) Tener experiencia mínima de 5 años como instructor/ profesor en despacho.

e) Tener experiencia certificada en actividades de una Línea aérea, o en operaciones de Transporte Aéreo por un período mínimo de 5 años.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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E INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO

NIVEL 8

CARGO INSPECTOR DE PLATAFORMA BASE Y ESCALA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) EN PLATAFORMA:

Verificar una operación en pleno desarrollo llevada a cabo por un Explotador y evaluar la competencia del personal afectado, supervisando las condiciones de aeronavegabilidad de las aeronaves y la validez y vencimiento de la documentación de las tripulaciones.

b) EN BASE:

Verificar desde lo operacional las instalaciones, comunicaciones, facilidades para colectar información met., seguimiento y control de las operaciones, servicios de apoyo en tierra y evaluará la competencia del personal que conduce las tareas.

c) EN ESCALA:

Observará el grado de aptitud del grupo de personas que tiene un Explotador certificado 121 en una escala y evaluará como reciben, cargan o descargan y despachan un vuelo, verificando si se cumplen los últimos procedimientos enviados por la base principal de esa empresa.

REQUISITOS

Poseer:

a) Certificado de Competencia (Curso de Inspección. de Escala, Base y Plataforma)

b) Habilitación sicofísica conforme lo normado

c) Curso de Inspector Gubernamental.

d) Tener experiencia mínima de 2 años como instructor/ profesor en despacho.

e) Experiencia en actividades de una Línea aérea, o en operaciones de Transporte Aéreo por un período mínimo de 2 años.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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E INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO

NIVEL 9

CARGO INSPECTORES TCP (ESSYS-CRM Y MERCANCIAS

PELIGROSAS)

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Verificará:

a) La capacitación inicial que reciben los TCP

b) Los programas de instrucción de TCP

c) Los registros de Instrucción

d) Cumplimiento del Curso de CRM

e) Cumplimiento del Curso básico de Mercancías Peligrosas

f) Cumplimiento del Curso de Emergencias para cada tipo de aeronave

g) La competencia e idoneidad de los Comisarios y Auxiliares designados por las empresas de transporte, en las demostraciones de evacuación de emergencia, extinción de fuegos, uso de mascaras.

REQUISITOS

a) Poseer certificado de Idoneidad de TCP

b) Habilitación Sicofísica conforme a norma

c) Experiencia certificada en actividades de vuelo de Línea Aérea

d) Curso de Mercancías Peligrosas

e) Curso de CRM

f) Curso de ESSYs

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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F INSPECTOR DE OPERACIONES

AÉREAS

ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO

NIVEL 10

CARGO INSPECTOR DE ESCUELAS DE VUELO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Verificar si se mantienen los requisitos exigidos en la habilitación

otorgada.

b) Detallar los desvíos encontrados.

c) Proponer la suspensión de la habilitación a dicha escuela en caso que

los desvíos vulneren la seguridad.

REQUISITOS

a) Ser inspector gubernamental

b) Tener experiencia en reglamentaciones normas y disposiciones aeronáuticas.

c) Tener experiencia en formación técnica aeronáutica

d) Tener conocimiento de técnicas de Inspección e Instrucción avanzada.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Oficinas Centrales ANAC.

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DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO ESCALAFÓN

OPERADORES SEI

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10. PROYECTO DE ESCALAFÓN PARA OPERADORES SEI

A OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 12

CARGO ASPIRANTE

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Servir como bombero aeronáutico en entrenamiento. Aprendiendo las operaciones de salvamento y extinción de incendios; prevención contra incendios, y realizando trabajos relacionados al rescate en todo tipo de aeronaves, estructuras grandes o

complejas, bajo situaciones operacionales extremadamente difíciles e iintervenir en:

a) Prevención y Extinción de Incendio y Rescate de Víctimas en:

• Aeronaves • Edificios • Hangares • Vehículos • Pastos • Amenaza de Bomba

b) Prevención y Control de Materiales Peligrosos:

• Control de Fugas • Control de Derrames

REQUISITOS

a) Estar asignado a un entrenamiento especializado o formación básica en SEI

b) Ser alumno del curso de Capacitación Básico, requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI.

c) Aprobar el período de Práctica Profesional.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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108

B OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 11

CARGO OPERADOR EN EMERGENCIA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Servir como bombero aeronáutico realizando operaciones de salvamento y extinción de incendios; prevención contra incendios, conductor y/o operador de los vehículos de extinción, del equipo, y realizar trabajo relacionados al rescate en todo tipo de aeronaves, estructuras grandes o complejas, bajo situaciones operacionales

extremadamente difíciles e iintervenir

en:

a) Prevención y Extinción de Incendio y Rescate de Víctimas en:

• Aeronaves • Edificios • Hangares • Vehículos • Pastos • Amenaza de Bomba

b) Prevención y Control de Materiales Peligrosos:

• Control de Fugas • Control de Derrames

REQUISITOS

a) Haber aprobado el curso de Capacitación Básico, requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI.

b) Haber Completado satisfactoriamente el Período de Prácticas Profesionales en distintas áreas del SEI.

c) Estar asignado a una URAE de un Aeródromo de la República Argentina de responsabilidad de la ANAC.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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109

C OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 10

CARGO ESPECIALISTA SEI

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Servir como bombero aeronáutico especializado que trabaja en operaciones de salvamento y extinción de incendios; prevención contra incendios, conductor y/ o operador de los vehículos de extinción, del equipo, y realizar trabajo relacionados al rescate en todo tipo de aeronaves, estructuras grandes o complejas, bajo situaciones operacionales extremadamente difíciles e iintervenir en:

a) Prevención y Extinción de Incendio y Rescate de Víctimas en:

• Aeronaves • Edificios • Hangares • Vehículos • Pastos • Amenaza de Bomba

b) Prevención y Control de Materiales Peligrosos:

• Control de Fugas • Control de Derrames

REQUISITOS

a) Haber logrado una antigüedad mínima de 4 años en la Posición de operador de emergencias.

b) Haber aprobado el curso de Capacitación en Emergencias Médicas o

primeros auxilios requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI.

c) Mantener la certificación anual requerida para ejercer su función.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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110

CARGO AUXILIAR DE INSTRUCCIÓN

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Proporcionar el apoyo necesario al Equipo de Instructores para el mejor desarrollo de las capacitaciones que se dicten.

Previendo, Coordinado y Asegurando los aspectos logísticos de la Capacitación.

Realizar las acciones de apoyo necesarias antes, durante y después del dictado de la Capacitación.

REQUISITOS

a) Haber aprobado el curso de Instructor dictados por el CIPE o en Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

b) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Especialista SEI.

c) Haber aprobado el Curso de Emergencias Médicas

LUGAR DE DESEMPEÑO

Sección Escuela

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111

D OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 9

CARGO OFICIAL SEI

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Servir e intervenir como Técnico Aeronáutico realizando operaciones de salvamento y extinción de incendios; prevención contra incendios, conductor y/o operador de los vehículos de extinción, del equipo, y realizar trabajo relacionados al rescate en todo tipo de aeronaves, estructuras grandes o complejas, bajo situaciones operacionales

extremadamente difíciles e iintervenir en:

a) Prevención y Extinción de Incendio y Rescate de Víctimas en:

• Aeronaves • Edificios • Hangares • Vehículos • Pastos • Amenaza de Bomba

b) Prevención y Control de Materiales Peligrosos:

• Control de Fugas • Control de Derrames

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia en la Posición de Especialista SEI o 2 años como Auxiliar de Instrucción.

b) Haber aprobado el curso de Técnico SEI que debe considerar Respuesta a

Emergencias con Materiales Peligrosos, Prevención de Incendios y de Operación de vehículos SEI, en el CIPE o en un Instituto nacional o

Internacional reconocido por la ANAC a través de la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI.

c) Ser nombrado Técnico SEI en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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112

CARGO INSTRUCTOR SEI

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Asegurar que los alumnos logren alcanzar los Objetivos de Capacitación incluidos en los distintos Cursos dictados por la División Capacitación y Planes de Emergencias.

Desempeñarse en forma coordinada en su función con el Instructor Jefe de Equipo y el Auxiliar.

REQUISITOS

a) Haber aprobado el curso de Instructor dictados por el CIPE o en Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

b) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Auxiliar de Instrucción.

c) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Especialista SEI.

LUGAR DE DESEMPEÑO

SECCIÓN ESCUELA

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113

E OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 8

CARGO TECNICO SEI

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Ejercer como supervisor de grupo en el primer nivel realizando y dirigiendo las operaciones de salvamento y extinción de incendios; prevención contra incendios, conductor y/ o operador de los vehículos de extinción, del equipo, y realizar trabajo relacionados al rescate en todo tipo de aeronaves, estructuras grandes o complejas, bajo situaciones operacionales extremadamente difíciles, cumpliendo las siguientes tareas cuando sea requerido:

Atender la central de comunicaciones SEI.

Operador de los vehículos SEI;

Dirigir operaciones de lucha contra incendios y de rescate durante el control de extinción en cualquier tipo de aeronaves y incendios estructurales;

Supervisar el inventario, las operaciones y el mantenimiento del equipo y de las instalaciones de lucha contra el fuego de la estación.

Supervisar a subordinados implicados en el control del fuego, la prevención y actividades de rescate.

supervisar las primeras actividades del rescate usando resucitadores portátiles, oxígeno, la respiración artificial y técnicas relacionadas de los primeros auxilios

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia en la Posición de Especialista SEI Avanzado.

d) Haber aprobado el curso de Oficial SEI. requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

b) Cumplir satisfactoriamente con funciones mas específicas y complejas, teniendo a su cargo, el primer escalón de respuesta ante Incidentes, accidentes, emergencias o desastres aeroportuarios.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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114

CARGO INSTRUCTOR JEFE DE EQUIPO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Asegurar que los alumnos logren alcanzar los Objetivos de Capacitación incluidos en los distintos Cursos planificados por la División Capacitación y Planes de Emergencias y ejercerá las siguientes funciones específicas:

Será el supervisor inmediato del personal asignado a la Sección Escuela.

Evaluará el desempeño de cada persona asignada a la Sección Escuela de la Región.

Administrará efectivamente la Sección Escuela para toda la Región.

Preparará y desarrollará planes de capacitación en forma continua para toda la región.

Preparará manuales de capacitación con las lecciones para cada nivel de escalafón SEI.

Mantendrá un registro de capacitación para todo el personal SEI de la Región.

Manejará el presupuesto asignado de forma responsable y optima.

Adquirirá el equipo logístico necesario para lograr que la escuela funcione eficazmente.

Se asegurará que cada curso de capacitación sea evaluado al finalizar el mismo.

Asegurarse que los alumnos logren los objetivos de capacitación incluidos en los distintos cursos dictados por la División de Capacitación y Planes de Emergencia.

Será responsable por mantener un nivel óptimo de enseñanza y rendimiento de cada alumno.

Será responsable de la disciplina y control de grupo.

Será responsable por la seguridad y bienestar de cada alumno asignado a su escuela.

REQUISITOS

a) Haber aprobado el curso de Instructor Avanzado dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

b) Tener a lo menos 8 años de experiencia como Especialista SEI Avanzado.

c) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor.

LUGAR DE DESEMPEÑO

SECCIÓN ESCUELA

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115

F OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 7

CARGO JEFE DE GRUPO SEI

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Supervisar y administrar las actividades de control de incendios, de la prevención, del entrenamiento y del rescate. El trabajo implica la responsabilidad de la supervisión del personal implicado en lucha contra incendios del avión, la supresión o control del fuego, la prevención y actividades del rescate de una estación asignada.

Es responsable del entrenamiento de los empleados, las actividades de la prevención contra los incendios que coordinan, la inspección de características y asegurar todas las características está en conformidades con todas las normas nacionales y de OACI establecidas para la prevención y protección de incendios.

REQUISITOS

a) Tener una experiencia mínima de 4 años en la Posición de oficial SEI.

e) Haber aprobado el curso de Jefe de Grupo requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

b) Cumplir satisfactoriamente con funciones más específicas y complejas, teniendo a su cargo la Respuesta directa a Incidentes, accidentes, emergencias o desastres aeroportuarios.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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116

CARGO COORDINADOR DE INSTRUCTORES

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Propiciar las condiciones favorables, a los fines de dar cumplimiento a los Planes de Capacitación en vigencia en el Departamento SEI

a) Coordinar la conformación de Equipos de Instructores.

b) Planificar y capacitación y actualización de los equipos de instructores a su cargo, el logro del los Objetivos de Capacitación por parte de los capacitados.

c) Prever los aspectos logísticos para el mejor desarrollo de las distintas capacitaciones.

REQUISITOS

a) Tener una experiencia de la menos 5 años en la Posición de Instructor

b) Haber aprobado los distintos Cursos y capacitaciones que lo habiliten para cumplir dicha función determinados por la ANAC para el carog en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Haber sido nombrado coordinador de Instructores SEI por la ANAC:

LUGAR DE DESEMPEÑO

Sección Escuela

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117

G OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 6

CARGO JEFE DE TURNO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Dirigir y coordinar a los Grupos SEI durante una Emergencia Aeroportuaria, coordinando la asignación correcta del personal y vehículos que participan, como asimismo determinar las prioridades para el rescate y salvamento de personas.

Asistir en las funciones administrativas al Jefe SEI. Sustituye al Jefe SEI en ausencia del Jefe de la Unidad SEI, con los deberes y responsabilidades correspondientes. Deberá estar disponible para una respuesta inmediata cuando le sea asignado durante horas fuera de servicio para asistir a emergencias.

Dirigir las operaciones contra incendio, prevención y rescate en aeropuerto para proteger a las personas, al avión, y/o a las instalaciones; realiza el trabajo relacionado según lo requerido.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Jefe de Grupo.

b) Haber aprobado el curso de Administración requerido por la ANAC en coordinación con la División Capacitación y Planes de Emergencias del Departamento SEI en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Haber sido nombrado como Asistente del Jefe SEI por la ANAC.

d) Tener Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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118

H OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 5

CARGO JEFE UNIDAD SEI –

Aeródromos nivel II y III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Controlar y dirigir las operaciones de incendios, rescate y emergencias en todo tipo de aeronaves e instalaciones teniendo un conocimiento cuidadoso de la química del fuego, del mantenimiento preventivo y de la operación de los equipos para las operaciones de Salvamento y Extinción de Incendio (SEI), de los materiales combustibles, de estructuras de edificio y de sus sistemas componentes eléctricos, de gas, de agua, de los sistemas de ventilación, de detección de fuego y de los sistemas de alarmas contra incendios, de prácticas de primeros auxilios, de características de las operaciones y técnicas contra incendios, escaleras, de la eficacia de los agentes extintores, de la distribución del agua y de los requisitos de abastecimiento.

Interpretar las publicaciones técnicas de la protección contra los incendios publicadas por OACI, FAA, NFPA, OSHA.

Preparar las instrucciones de funcionamiento escritas, los informes y la correspondencia general referente a la protección contra los incendios,

Responsable de la protección contra los incendios, la supresión y el rescate, crear programas de contingencia de entrenamiento, Planes Pre-Incendio y programa de la prevención contra los incendios.

Planeará y organizará actividades de la protección contra los incendios, supervisará el entrenamiento y los programas técnicos de los servicios y actuará como Comandante de Incidente en incendio de gran magnitud durante respuestas importantes de un accidente.

Verificar los planes para la ingeniería de la protección contra los incendios.

REQUISITOS

a) Tener una experiencia de al menos 4 años como Asistente de Jefe del SEI.

b) Haber aprobado el curso de Licenciatura en Gestión Aeronáutica o similar dictado por el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

AERÓDROMOS/AEROPUERTOS DEL PAÍS

Unidad de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias (UREA)

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119

I OPERADORES SEI ESCALAFÓN TÉCNICO

AERONÁUTICO

NIVEL 4

CARGO JEFE NACIONAL SEI Aeródromos nivel I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Supervisar y optimizar el funcionamiento de las Unidades de Respuesta a Emergencias Aeroportuarias de la Regional SEI de su responsabilidad y tendrá las siguientes funciones específicas.

Confeccionar el Plan de Capacitación anual del personal SEI, en coordinación con la División Regional de Servicios Aeroportuarios.

Participar en la revisión y actualización de los Planes de Emergencias de los aeródromos/aeropuertos de la Región.

Mantener información actualizada del material rodante de vehículos SEI, planificando su mantenimiento y renovación cuándo corresponda.

Efectuar al menos una inspección anual a las Unidades de Emergencias aeroportuarias de la Región correspondiente.

Participar en la confección del presupuesto anual en lo relacionado con las Unidades de Emergencias aeroportuarias de la Región correspondiente.

REQUISITOS

a) Tener una experiencia mínima de 4 años como Jefe SEI en un aeropuerto Internacional.

b) Curso de Gestión de Emergencias Aeroportuarias o similar realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

d) Haber sido nombrado Supervisor Regional SEI por la ANAC.

LUGAR DE DESEMPEÑO

REGIONAL CENTRO, NOROESTE, NORESTE ó SUR

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120

DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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121

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO

ESCALAFÓN DE

ELECTRÓNICOS AERONÁUTICOS

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11. PROYECTO DE ESCALAFÓN PARA TÉCNICOS CNS

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

A AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD AUXILIAR CNS NIVEL ANAC 11

CARGO AUXILIAR CNS EN TELECOMUNICACIONES

AERONÁUTICAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados para el apoyo de la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Poseer el Título de Técnico en Telecomunicaciones o Electromecánico otorgado por una Escuela Industrial o equivalente.

b) Haber aprobado el curso de Técnico en Telecomunicaciones Aeronáuticas, dictado en el CIPE.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de familiarización y ubicación de los equipos de Telecomunicaciones en el aeródromo o aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO AUXILIAR CNS EN RADIOAYUDAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados para el apoyo de la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Poseer el Título de Técnico en Telecomunicaciones o Electromecánico otorgado por una Escuela Industrial o equivalente.

b) Haber aprobado el curso de Técnico en Radioayudas dictado en el CIPE. c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o

aeropuerto del país. d) Estar participando en un proceso de familiarización y ubicación de las

radioayudas en el aeródromo o aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO AUXILIAR CNS EN INSTALACIONES RADAR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas radar utilizados para el apoyo de la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de visualización radar utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Poseer el Título de Técnico en Telecomunicaciones o Electromecánico otorgado por una Escuela Industrial o equivalente.

b) Haber aprobado el curso de Técnico en Radar dictado en el CIPE. c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o

aeropuerto del país. d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos radares

Primario y Secundario en el aeródromo, aeropuerto o unidad asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO AUXILIAR CNS EN ELECTRICIDAD

AEROPORTUARIA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de ayudas visuales utilizados en los aeródromos/aeropuertos del país para el apoyo de la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de ayudas visuales para la Navegación y equipos de energía utilizados por los sistemas de apoyo a los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Poseer el Título de Técnico en Telecomunicaciones o Electromecánico otorgado por una Escuela Industrial o equivalente.

b) Haber aprobado el curso de Técnico en Electricidad Aeroportuaria dictado en el CIPE.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos de ayudas visuales y de energía en el aeródromo, aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO AUXILIAR CNS DE LABORATORIO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados para la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de apoyo a la Navegación Aérea.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Poseer el Título de Técnico en Telecomunicaciones o Electromecánico otorgado por una Escuela Industrial o equivalente.

b) Haber aprobado el curso de Técnico de Laboratorio dictado en el CIPE. c) Estar asignado a un Laboratorio de mantenimiento técnico de la Administración

Nacional de Aviación Civil. d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos a los cuáles

tendrá que intervenir.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

B AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD OPERADOR CNS NIVEL ANAC 10

CARGO OPERADOR CNS EN PLANTAS TRANSMISORAS HF

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de Plantas Transmisoras HF. b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos Transmisores

HF utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo. c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la

Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar CNS en Telecomunicaciones Aeronáuticas Nivel Básico.

b) Haber aprobado el curso de capacitación en Transmisores de HF, Antenas, Microondas y Grupo Electrógeno

c) Poseer la Habilitación correspondiente para desempeñarse en Plantas transmisoras HF.

d) Estar asignado a una Unidad de Mantenimiento Técnico como especialista en Plantas Transmisoras HF en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO OPERADOR CNS EN MANTENIMIENTO DE

RADIOAYUDAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de radioayudas utilizados para el apoyo de la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de apoyo al funcionamiento de las radioayudas.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Auxiliar CNS de Radioayudas. b) Haber aprobado el Curso de capacitación en Transmisores y Receptores, Antenas

y Grupo Electrógeno dictado en el CIPE. c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o

aeropuerto del país. d) Estar participando en un proceso de habilitación y certificación en mantenimiento

de radioayudas en el aeródromo o aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO OPERADOR CNS EN SISTEMAS DE VISUALIZACIÓN

RADAR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de visualización radar utilizados para los Servicios de Tránsito Aéreo.

b) Participar en el mantenimiento de las bases de datos utilizados por los sistemas de visualización radar.

c) Integrar turnos en las dependencias radar a lo largo del país.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar CNS en sistemas Radar. b) Haber aprobado el curso de Sistemas de Visualización Radar dictado en el CIPE

o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC. c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento radar en una de las unidades de

mantenimiento radar establecida en el país. d) Estar habilitado y certificado para realizar funciones de especialista en sistemas de

visualización radar.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO OPERADOR CNS EN SISTEMAS DE ILUMINACIÓN

DE PISTAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de iluminación en los aeródromos/aeropuertos del país.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de iluminación y equipos de energía utilizados por los sistemas de apoyo a la Navegación Aérea.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar CNS en Electromecánica Aeroportuaria

b) Haber aprobado el curso de Sistemas de Iluminación de Pistas y Aeródromos dictado en el CIPE.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos de iluminación en el aeródromo, aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO OPERADOR CNS DE LABORATORIO EN SISTEMAS

DE BAJA FRECUENCIA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento y reparación de los equipos de Telecomunicaciones utilizados para la Navegación Aérea.

b) Participar en el mantenimiento y reparación de los equipos auxiliares de apoyo a las telecomunicaciones Aeronáuticas.

c) Entender en el reemplazo e instalación de Sistemas de Baja Frecuencia.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar CNS de Laboratorio Técnico.

b) Haber aprobado el curso de Sistemas de Baja Potencia dictado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Estar asignado a un Laboratorio de mantenimiento técnico de la Administración Nacional de Aviación Civil.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos a los cuáles tendrá que intervenir.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Laboratorios Técnicos establecidos por de la Dirección CNS.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

C AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD ESPECIALISTA CNS NIVEL ANAC 9

CARGO ESPECIALISTA CNS EN

PLANTAS RECEPTORA DE VHF Y HF

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de Plantas Receptoras VHF y HF.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos Receptores VHF y HF utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Operador CNS en Plantas Transmisoras HF.

b) Haber aprobado el curso de capacitación en Receptores de VHF, HF, Antenas, Microondas y Fibra Óptica.

c) Poseer la Habilitación correspondiente para desempeñarse en Plantas Receptoras VHF y HF.

d) Estar asignado a una Unidad de Mantenimiento Técnico como especialista en Plantas Receptoras VHF y HF en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO ESPECIALISTA CNS EN SISTEMAS ILS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de aproximación de precisión ILS.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de los sistemas de aproximación de precisión ILS.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Operador CNS en Mantenimiento de Radioayudas Avanzado.

b) Haber aprobado el Curso de capacitación en Transmisores y Receptores, Antenas y UPS de los sistemas ILS CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de habilitación y certificación en mantenimiento de sistemas ILS en el aeródromo o aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO ESPECIALISTA CNS EN MANTENIMIENTO DE EQUIPOS RADAR PRIMARIO Y SECUNDARIO.

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos receptores y transmisores de radar primario y secundario.

b) Verificar la integración correcta de los datos radar. c) Integrar turnos en las dependencias radar a lo largo del país.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Operador CNS en sistemas de Visualización Radar.

b) Haber aprobado el curso de Curso capacitación en Transmisores, Receptores, Antenas y sistema de energía de emergencia UPS de radares primarios y secundarios.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento radar en una de las unidades de mantenimiento radar establecida en el país.

d) Estar habilitado y certificado para realizar funciones de especialista en mantenimiento de radares primarios y secundarios.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO ESPECIALISTA CNS EN ENERGÍA Y GRUPOS

ELECTRÓGENOS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de energía del aeródromo/aeropuerto y Grupos Electrógenos.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los Tableros de Energía de los sistemas del aeródromo/aeropuerto.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Operador CNS en Sistemas de Iluminación de Pista.

b) Haber aprobado el curso de Grupos Electrógenos y Sistemas de Energía Aeroportuarios.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos de energía y grupos electrógenos en el aeródromo/ aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO ESPECIALISTA CNS DE LABORATORIO EN EQUIPOS

TRANSMISORES Y RECEPTORES VHF Y HF

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos transmisores y receptores VHF y HF

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de DE LOS transmisores y receptores VHF y HF

c) Entender sobre la reparación, reemplazo e instalación de los transmisores y receptores VHF y HF.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Operador CNS en Sistemas de Baja Frecuencia.

b) Haber aprobado el curso de Transmisores y Receptores VHF y HF dictado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Estar asignado a un Laboratorio de mantenimiento técnico de la Administración Nacional de Aviación Civil.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos a los cuáles tendrá que intervenir.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Laboratorios Técnicos establecidos por de la Dirección CNS.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD EXPERTO CNS NIVEL ANAC 8

CARGO EXPERTO CNS DE SALA DE EQUIPOS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de Transmisores/Receptores de VHF, Control Técnico del Sistema REAVA, Microondas, Fibra Óptica, Receptor GPS, Sistema de Grabación Digital, Sistema Conmutación de Voz VCS 3020X, Sistema de Energía y UPS.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de Telecomunicaciones utilizados por los Servicios de Tránsito Aéreo.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil o en los Centros de Control (ACC) del país.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Especialista CNS, o poseer el Título de Ingeniero en Telecomunicaciones otorgado por una Universidad o Instituto de Educación Superior reconocido por el estado a nivel Nacional o Internacional..

b) Haber aprobado el Curso de Capacitación Técnica en el CIPE que incluya conocimientos en Transmisores / Receptores de VHF, Control Técnico del Sistema REAVA, Microondas, Fibra Óptica, Receptor GPS, Sistema de Grabación Digital, Sistema Conmutación de Voz VCS 3020X, Sistema de Energía y UPS.

c) Poseer la Habilitación correspondiente para desempeñarse en Salas de Equipos. d) Estar asignado a una Sala de Equipos en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Sala de Equipos de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

Unidad Regional de Mantenimiento Técnico.

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CARGO EXPERTO CNS EN SISTEMAS VOR Y DME

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de ayuda a la Navegación VOR (radiofaro Direccional) y DME (Sistema medidor de distancia).

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de los sistemas de ayuda a la Navegación VOR (radiofaro Direccional) y DME (Sistema medidor de distancia).

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Especialista CNS en Mantenimiento de Sistemas ILS.

b) Haber aprobado el Curso de capacitación en Transmisores y Receptores, Antenas y UPS de los sistemas VOR/DME en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC:

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de habilitación y certificación en mantenimiento de sistemas VOR/DME en el aeródromo o aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO EXPERTO CNS EN SISTEMAS DE PROCESAMIENTO

DE DATOS RADAR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de visualización radar utilizados para los Servicios de Tránsito Aéreo.

b) Participar en el mantenimiento de las bases de datos utilizados por los sistemas de visualización radar.

c) Integrar turnos en las dependencias radar a lo largo del país.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como especialista CNS Radar. b) Haber aprobado el curso de Procesamiento de Datos Radar dictado en el CIPE o

en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC. c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento radar en una de las unidades de

mantenimiento radar establecida en el país. d) Estar habilitado y certificado para realizar funciones de especialista en

Procesamiento de Datos Radar.

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Radar de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO EXPERTO CNS EN SISTEMAS DE ALTA Y BAJA

TENSIÓN

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de Subestaciones Eléctricas de Alta y Baja tensión de aeródromos y aeropuertos del país.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de Alta y Baja tensión de aeródromos/aeropuertos del país.

c) Integrar turnos en los aeródromos o aeropuertos del país de responsabilidad de la Administración Nacional de Aviación Civil.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Especialista CNS en Energía y Grupos Electrógenos

b) Haber aprobado el curso de Sistemas de Alta y Baja Tensión en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Estar asignado a los equipos de mantenimiento técnico en un aeródromo o aeropuerto del país.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los Sistemas de Alta y Baja Tensión en el aeródromo/ aeropuerto asignado para desempeñar sus funciones.

e) Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Unidad de Mantenimiento Técnico de un Aeródromo o Aeropuerto del país.

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CARGO EXPERTO CNS EN SISTEMAS Y REDES DIGITALES

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en el mantenimiento de Sistemas y Redes Digitales utilizados por la ANAC.

b) Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos auxiliares de DE LOS transmisores y receptores VHF y HF

c) Entender sobre la reparación, reemplazo e instalación de los transmisores y receptores VHF y HF.

REQUISITOS

a) Tener al menos 4 años de experiencia como Especialista CNS en Transmisores y Receptores VHF y HF.

b) Haber aprobado el curso de Sistema y Redes Digitales dictado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Estar asignado a un Laboratorio de mantenimiento técnico de la Administración Nacional de Aviación Civil.

d) Estar participando en un proceso de familiarización de los equipos a los cuáles tendrá que intervenir.

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Laboratorios Técnicos establecidos por de la Dirección CNS.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

E AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD SUPERVISOR CNS INSTRUCTOR CNS

NIVEL ANAC 7

CARGO SUPERVISOR CNS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Conocer sobre todos los aspectos técnicos de los Sistemas de Navegación, Comunicación y Vigilancia de responsabilidad de la Unidad de Mantenimiento del Aeródromo o Aeropuerto asignado.

b) Participar en la distribución del Personal durante los turnos a su cargo. c) Responder oportunamente a la solución de los problemas de los sistemas CNS

que se manifiesten en los Servicios de Tránsito Aéreo durante su turno.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Experto CNS en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

b) Haber desempeñado la función de Instructor en terreno durante un período mínimo de 2 años.

c) Haber aprobado el Curso de Supervisión Técnica dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

d) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones requeridas para desempeñarse como Supervisor de Turno.

e) Haber sido nombrado como Supervisor de Turno en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

f) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromos o Aeropuertos del País.

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CARGO INSTRUCTOR CNS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

d) Participar en la capacitación y preparación del personal que se integra a los equipos de Mantenimiento Técnico.

e) Participar en el desarrollo de programas de capacitación para el personal técnico en los aeródromos o aeropuertos del país.

f) Integrar como Instructor los cursos de capacitación dictados por el CIPE cuándo le sea requerido.

REQUISITOS

g) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Experto CNS h) Haber aprobado el Curso de Instructor dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o

Internacional reconocido por la ANAC. i) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones requeridas para desempeñarse

como Instructor. j) Haber sido nombrado como Instructor CNS en un Aeródromo o Aeropuerto del país

o en el CIPE.

k) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromos o Aeropuertos del País, Departamento Regional CNS o CIPE.

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CARGO TÉCNICO CNS REGIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Participar en la planificación de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

b) Apoyar a las unidades regionales en aspectos técnicos o materiales cuándo sea requerido.

c) Mantener información actualizada sobre el estado de funcionamiento a nivel regionall de los sistemas correspondientes a su especialidad.

d) Integrar equipos de Emergencia de Mantenimiento cuándo sea necesario para apoyo a nivel regional o de un aeródromo o aeropuerto del país.

e) Planificar las necesidades de repuestos a nivel Nacional de acuerdo a lo solicitado por las unidades de mantenimiento de su región.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años como Experto CNS en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

b) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

c) Haber sido nombrado como Técnico CNS Regional por la Dirección CNS en coordinación con el Director Regional correspondiente.

d) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional de Servicios de Navegación Aérea.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

F AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD JEFE DE TURNO CNS

INSPECTOR CNS NIVEL ANAC 6

CARGO JEFE CNS AERÓDROMO / AEROPUERTO

NIVEL III

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Supervisar la ejecución de los Planes de Mantenimiento Técnico diseñado en aeródromo/aeropuertol correspondiente para el equipamiento de su responsabilidad.

b) Participar en el desarrollo de los Planes de Mantenimiento anual, incluyendo necesidades de repuestos y materiales y necesidades de personal.

c) Planificar los turnos de apoyo técnico para las dependencias de los Servicios de Tránsito Aéreo.

d) Verificar que el personal bajo su responsabilidad se mantiene con sus correspondientes capacidades y habilidades facilitando la capacitación permanente y continua del personal técnico.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Supervisor CNS o Instructor CNS o 2 años como Inspector CNS o Técnico Regional CNS.

b) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes a los equipamientos y sistemas bajo su responsabilidad.

c) Haber un curso de Administración Básica en el CIPE o en Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

d) Haber sido nombrado como Jefe de Unidad de Mantenimiento Técnico en un Aeródromo o Aeropuerto del país.

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromos o Aeropuertos del País.

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CARGO EXPERTO CNS NACIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

f) Participar en la planificación de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

g) Apoyar a las Regionales en aspectos técnicos o materiales cuándo sea requerido. h) Mantener información actualizada sobre el estado de funcionamiento a nivel

nacional de los sistemas correspondientes a su especialidad.

i) Integrar equipos de Emergencia de Mantenimiento cuándo sea necesario para apoyo a nivel regional o de un aeródromo o aeropuerto del país.

j) Planificar las necesidades de repuestos a nivel Nacional de acuerdo a lo solicitado por las Regionales.

REQUISITOS

e) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Experto CNS en un Aeródromo o Aeropuerto del país o 2 años como Experto CNS Regional.

f) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

g) Haber sido nombrado como Experto CNS en la Dirección Nacional de Servicios de Navegación Aérea.

h) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

G AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD JEFE CNS

AEROPUERTO NIVEL I NIVEL ANAC 5

CARGO JEFE CNS AEROPUERTO NIVEL II

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Planificar y supervisar la ejecución de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

b) Planificar y solicitar la capacitación necesaria para el personal técnico en los aeródromos o aeropuertos de responsabilidad de la Regional respectiva.

c) Asesorar al Jefe del Departamento Regional CNS en materias de su competencia. d) Apoyar con personal y material a las unidades de Mantenimiento Técnico

establecidas en la Región correspondiente.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Jefe de Unidad de Mantenimiento Técnico en un Aeródromo o Aeropuerto del país ó 2 años como Inspector CNS.

b) Haber aprobado el Curso de Gestión Aeronáutica dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

d) Haber sido nombrado como Jefe CNS en un aeródromo ó aeropuerto del país clasificado en nivel 1 por la ANAC.

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional CNS

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CARGO INSPECTOR CNS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

Técnico CNS responsable de la calibración y evaluación de las señales que

transmiten las ayudas a la navegación, considerando los datos obtenidos en tierra y a bordo de una aeronave en vuelo que cuenta con equipos de

análisis específicos para este cometido. Cumple las siguientes funciones específicas:

a) Participar en la implantación de radioayudas a la navegación para la fase "en ruta" del vuelo y de ayudas electrónicas y visuales para la

aproximación y el aterrizaje. b) Participar en la evaluación técnica de su área de competencia de

procedimientos instrumentales de llegada y salida de los aeropuertos

(SID y STAR). c) Participar en la confección de la carta de altitudes mínimas de recepción

de radio (MRA, Minimum Reception Altitude) y de las Cartas de

vectorización radar que utiliza el Control de Tránsito Aéreo. d) Participar con la correspondiente evaluación técnica en la implantación

de aerovías. e) Participar en la realización de inspecciones periódicas de las radioayudas

utilizadas por la navegación aérea. f) Participar en la investigación de interferencias a las comunicaciones

tierra-aire, a las radioayudas y a las instalaciones radar.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como Supervisor CNS. b) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor CNS. c) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes a los

equipamientos y sistemas bajo su responsabilidad. d) Haber un curso de Inspector CNS o similar en el CIPE o en Instituto Nacional o

Internacional reconocido por la ANAC. e) Haber sido nombrado como Inspector CNS por la Dirección CNS.

f) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Aeródromos o Aeropuertos del País.

Direcciones regionales

Dirección CNS

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

H AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD JEFE UNIDAD DE

APOYO CNS NIVEL ANAC 4

CARGO JEFE CNS AEROPUERTO NIVEL I

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Planificar y supervisar la ejecución de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

b) Planificar y solicitar la capacitación necesaria para el personal técnico en los aeródromos o aeropuertos de su responsabilidad

c) Asesorar al Jefe del Departamento Regional CNS en materias de su competencia.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Jefe CNS aeródromo/aeropuerto Nivel II ó 4 años como Supervisor o Instructor CNS.

b) Haber aprobado el Curso de Gestión Aeronáutica dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

d) Haber sido nombrado como Jefe CNS en un aeródromo/aeropuerto nivel I del país

e) Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Departamento Regional CNS

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CARGO JEFE UNIDAD NACIONAL/REGIONAL CNS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Planificar y supervisar la ejecución de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

b) Planificar y solicitar la capacitación necesaria para el personal técnico en los aeródromos o aeropuertos de responsabilidad de la Regional respectiva.

c) Asesorar al Jefe del Departamento Nacional CNS correspondiente al área de su responsabilidad.

d) Cumplir las funciones establecidas en el Manual de Procedimientos respectivo.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 2 años de experiencia como Jefe de División Regional o como Especialista CNS nacional.

b) Haber aprobado el Curso de Gestión Aeronáutica dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

d) Haber sido nombrado como responsable de una unidad CNS la División CNS Regional o de la Dirección CNS.

e) Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia.

Direcciones Regionales.

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ESCALAFÓN AERONÁUTICO

I AGRUPAMIENTO TÉCNICO CNS

ESPECIALIDAD JEFE UNIDAD DE

APOYO CNS NIVEL ANAC 3

CARGO JEFE TÉCNICO CNS NACIONAL/REGIONAL

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Planificar y supervisar la ejecución de los Planes de Mantenimiento para el equipamiento de responsabilidad del área correspondiente a su sección.

b) Planificar y solicitar la capacitación necesaria para el personal técnico a nivel nacional.

c) Participar en la definición de renovación de equipamiento de apoyo a la Navegación Aérea.

d) Asesorar al Director CNS en materias de su competencia. e) Cumplir todas las funciones establecidas en el Manual de Procedimiento

correspondientes a la Dirección CNS para el cargo.

REQUISITOS

a) Tener a lo menos 4 años de experiencia como responsable de una unidad CNS Nacional ó Regional.

b) Poseer el Título de Licenciado en Gestión Aeronáutica dictado por el CIPE o un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

c) Poseer o haber obtenido todas las habilitaciones correspondientes los niveles anteriores.

d) Haber sido nombrado como Jefe Técnico CNS en la Dirección CNS o en una Dirección Regional.

e) Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia.

Direcciones Regionales.

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DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO ESCALAFÓN

TECNICO EN

LICENCIAS AERONAUTICAS

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CARGO AUXILIAR EN REGISTRO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Evaluar las solicitudes de Certificados de Idoneidad Aeronáutica. b. Coordinar con la dirección de Operación Aeronaves los exámenes de vuelo para la

tramitación de Licencia y Certificado de Competencia. c. Emitir y aprobar las Licencias de Pilotos Privados, Pilotos profesionales y Habilitaciones

para el personal aeronáutico y mantener actualizados el registro en forma permanente. d. Dar de alta en el sistema a los Inspectores designados por disposición del Director

Nacional de Seguridad Operacional. e. Coordinar con el Sistema Informático Central la emisión oportuna de Licencias,

Certificados de competencia y Habilitaciones en forma electrónica. f. Realizar las coordinaciones necesarias para aprobar las convalidaciones o revalidas de

licencias extranjeras y mantener actualizados los registros. g. Confeccionar las estadísticas anuales y mensuales necesarias requeridas por distintos

organismos.

h. Facilitar asesoramiento en cuanto a las Normas y Procedimientos empleados para el otorgamiento y emisión de Certificados de Idoneidad Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Haber cumplido los requisitos de ingreso establecidos por la Administración nacional de Aviación Civil.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Registro de la Dirección de Licencias al Personal.

e. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

A AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD AUXILIAR DE LICENCIAS NIVEL ANAC 10

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CARGO AUXILIAR EN FOLIADO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Controlar y actualizar los Registros de Vuelo que emiten las Empresas, Escuelas de vuelo, Organismos oficiales, Aeroclubes e Instituciones Aerodeportivas

b) Confeccionar estadísticas anuales y mensuales necesarias y requeridas por los distintos organismos.

c) Brindar asesoramiento en cuanto a Normas y procedimientos empleados, para el foliado del libro de vuelo.

d) Realizar el Acto de Folio controlando la documentación personal del tripulante y registrar la actividad de vuelo.

REQUISITOS

a. Haber cumplido los requisitos de ingreso establecidos por la Administración nacional de Aviación Civil.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Foliado de la Dirección de Licencias al Personal.

e. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO OPERADOR DE REGISTRO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Evaluar las solicitudes de Certificados de Idoneidad Aeronáutica. b. Coordinar con la dirección de Operación Aeronaves los exámenes de vuelo para

la tramitación de Licencia y Certificado de Competencia. c. Emitir y aprobar las Licencias de Pilotos Privados, Pilotos profesionales y

Habilitaciones para el personal aeronáutico y mantener actualizados el registro en forma permanente.

d. Dar de alta en el sistema a los Inspectores designados por disposición del Director Nacional de Seguridad Operacional.

e. Coordinar con el Sistema Informático Central la emisión oportuna de Licencias, Certificados de competencia y Habilitaciones en forma electrónica.

f. Realizar las coordinaciones necesarias para aprobar las convalidaciones o revalidas de licencias extranjeras y mantener actualizados los registros.

g. Confeccionar las estadísticas anuales y mensuales necesarias requeridas por distintos organismos.

h. Facilitar asesoramiento en cuanto a las Normas y Procedimientos empleados para el otorgamiento y emisión de Certificados de Idoneidad Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar de Registro.

b. Haber realizado el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Haber realizado el curso de capacitación en el mantenimiento y actualización del sistema automatizado de Registro de Licencias.

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Torre de Control de un Aeródromo Controlado.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

B AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD OPERADOR DE LICENCIAS NIVEL ANAC 9

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CARGO OPERADOR DE FOLIADO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Controlar y actualizar los Registros de Vuelo que emiten las Empresas, Escuelas de vuelo, Organismos oficiales, Aeroclubes e Instituciones Aerodeportivas

b) Confeccionar estadísticas anuales y mensuales necesarias y requeridas por los distintos organismos.

c) Brindar asesoramiento en cuanto a Normas y procedimientos empleados, para el foliado del libro de vuelo.

d) Realizar el Acto de Folio controlando la documentación personal del tripulante y registrar la actividad de vuelo.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Auxiliar en Foliado.

b. Haber participado en un proceso de capacitación para el sistema automatizado de foliado de licencias aeronáuticas.

c. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos

d. Poseer Nivel 3 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO ESPECIALISTA EN REGISTRO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Evaluar las solicitudes de Certificados de Idoneidad Aeronáutica. b. Coordinar con la dirección de Operación Aeronaves los exámenes de vuelo para

la tramitación de Licencia y Certificado de Competencia. c. Emitir y aprobar las Licencias de Pilotos Privados, Pilotos profesionales y

Habilitaciones para el personal aeronáutico y mantener actualizados el registro en forma permanente.

d. Dar de alta en el sistema a los Inspectores designados por disposición del Director Nacional de Seguridad Operacional.

e. Coordinar con el Sistema Informático Central la emisión oportuna de Licencias, Certificados de competencia y Habilitaciones en forma electrónica.

f. Realizar las coordinaciones necesarias para aprobar las convalidaciones o revalidas de licencias extranjeras y mantener actualizados los registros.

g. Confeccionar las estadísticas anuales y mensuales necesarias requeridas por distintos organismos.

h. Facilitar asesoramiento en cuanto a las Normas y Procedimientos empleados para el otorgamiento y emisión de Certificados de Idoneidad Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 8 años de experiencia como Operador de Registro.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Gestión de la Seguridad Operacional.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

C AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD ESPECIALISTA EN LICENCIAS NIVEL ANAC 8

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CARGO ESPECIALISTA EN FOLIADO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Controlar y actualizar los Registros de Vuelo que emiten las Empresas, Escuelas de vuelo, Organismos oficiales, Aeroclubes e Instituciones Aerodeportivas

b) Confeccionar estadísticas anuales y mensuales necesarias y requeridas por los distintos organismos.

c) Brindar asesoramiento en cuanto a Normas y procedimientos empleados, para el foliado del libro de vuelo.

d) Realizar el Acto de Folio controlando la documentación personal del tripulante y registrar la actividad de vuelo.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 8 años de experiencia como Operador de Foliado.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Gestión de la Seguridad Operacional.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO EXPERTO EN REGISTRO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Evaluar las solicitudes de Certificados de Idoneidad Aeronáutica. b. Coordinar con la dirección de Operación Aeronaves los exámenes de vuelo para

la tramitación de Licencia y Certificado de Competencia. c. Emitir y aprobar las Licencias de Pilotos Privados, Pilotos profesionales y

Habilitaciones para el personal aeronáutico y mantener actualizados el registro en forma permanente.

d. Dar de alta en el sistema a los Inspectores designados por disposición del Director Nacional de Seguridad Operacional.

e. Coordinar con el Sistema Informático Central la emisión oportuna de Licencias, Certificados de competencia y Habilitaciones en forma electrónica.

f. Realizar las coordinaciones necesarias para aprobar las convalidaciones o revalidas de licencias extranjeras y mantener actualizados los registros.

g. Confeccionar las estadísticas anuales y mensuales necesarias requeridas por distintos organismos.

h. Facilitar asesoramiento en cuanto a las Normas y Procedimientos empleados para el otorgamiento y emisión de Certificados de Idoneidad Aeronáutica.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Especialista en Registro.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Haber realizado el Taller CRM de Trabajo en Equipo

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD EXPERTO EN LICENCIAS NIVEL ANAC 7

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CARGO EXPERTO EN FOLIADO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Controlar y actualizar los Registros de Vuelo que emiten las Empresas, Escuelas de vuelo, Organismos oficiales, Aeroclubes e Instituciones Aerodeportivas

b) Confeccionar estadísticas anuales y mensuales necesarias y requeridas por los distintos organismos.

c) Brindar asesoramiento en cuanto a Normas y procedimientos empleados, para el foliado del libro de vuelo.

d) Realizar el Acto de Folio controlando la documentación personal del tripulante y registrar la actividad de vuelo.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Especialista en Foliado.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos

e. Haber realizado el Taller CRM de Trabajo en Equipo

c. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO EXPERTO EN CONTROL EDUCATIVO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Fiscalizar y estandarizar la instrucción y capacitación de todo aquel personal que trámite la obtención de Certificados de Idoneidad Aeronáutica y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico entendiendo en lo referente a los planes y programas de estudio de los cursos de instrucción reconocida, haciendo cumplir lo establecido por las normas vigentes.

b) Recepcionar, gestionar y controlar los requisitos para la obtención de la Habilitación de Filiales y Centros de Capacitación, según lo establecido en disposiciones vigentes, a efectos de proponer al Jefe del Departamento, la habilitación correspondiente.

c) Realizar y supervisar el cumplimiento del Plan de inspección de los Centros de Capacitación y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico, fiscalizando la formación y capacitación de los alumnos y el cumplimiento de los Planes y Programas de Instrucción Reconocida.

d) Fiscalizar los Programas Teóricos y Prácticos de los cursos de instrucción Reconocida. e) Elaborar los requisitos mínimos exigidos para el Personal Docente e Instructores de

Vuelo, y los Planes y Programas de capacitación de los mismos. f) Coordinar con Autoridades Educativas Estatales y/o Privadas, los alcances de los

Programas de Instrucción Reconocida. g) Coordinar con la Dirección de Aeronavegabilidad las exigencias técnicas a cumplir en los

Planes de instrucción. h) Actualizar las normas, reglamentaciones y procedimientos recomendados por la OACI,

que rigen la Actividad Aeronáutica Civil en toda sus expresiones, acordes a la evolución técnica – operativa y ordenar su fiscalización y cumplimiento.

i) Entender y actualizar las normas, reglamentaciones, disposiciones y procedimientos recomendados por OACI, que rigen la habilitación y el registro de las personas que realizan funciones aeronáuticas a bordo de aeronaves y en superficie.

REQUISITOS

a. Haber cumplido los requisitos de ingreso establecidos por la Administración nacional de Aviación Civil.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar de un Título Profesional relacionado con la Pedagogía.

e. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Foliado de la Dirección de Licencias al Personal.

f. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO EXPERTO EN EVALUACIÓN MÉDICA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Determinar las exigencias psicofísicas que debe satisfacer el personal afectado a la actividad aeronáutica.

b) Registrar y controlar los certificados de aptitud medica. c) Participar en el otorgamiento de habilitaciones para el personal médico

autorizado por la ANAC para emitir certificados de aptitud médica. d) Verificar y supervisar que se cumplen las normativas OACI y de la ANAC

relacionadas con la aptitud psico-física de las personas que solicita Licencias Aeronáuticas

e) Verificar los centros autorizados para emitir certificados de aptitud medica. f) Supervisar e inspeccionar la personal médico autorizado a emitir los certificados

de aptitud correspondientes.

REQUISITOS

a. Haber cumplido los requisitos de ingreso establecidos por la Administración nacional de Aviación Civil.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar de un Título Profesional de Medicina.

e. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Evaluación Médica de la Dirección de Licencias al Personal.

f. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO SUPERVISOR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Supervisar y verificar que el personal a su cargo realiza las labores asignadas en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos para la División a su cargo.

b. Facilitar y promover la capacitación permanente del personal a su cargo.

c. Verificar el mantenimiento de las habilidades y competencias del personal que integra la división a su cargo.

d. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

e. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 12 años de experiencia como Experto en Registro o Foliado

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Administración Aeronáutica en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

d. Cumplir con los requisitos administrativos establecidos por la ANAC para ocupar el cargo de Jefe de División.

e. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

D AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD SUPERVISOR DE LICENCIAS NIVEL ANAC 6

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CARGO SUPERVISOR EN CONTROL EDUCATIVO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Fiscalizar y estandarizar la instrucción y capacitación de todo aquel personal que trámite la obtención de Certificados de Idoneidad Aeronáutica y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico entendiendo en lo referente a los planes y programas de estudio de los cursos de instrucción reconocida, haciendo cumplir lo establecido por las normas vigentes.

b) Recepcionar, gestionar y controlar los requisitos para la obtención de la Habilitación de Filiales y Centros de Capacitación, según lo establecido en disposiciones vigentes, a efectos de proponer al Jefe del Departamento, la habilitación correspondiente.

c) Realizar y supervisar el cumplimiento del Plan de inspección de los Centros de Capacitación y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico, fiscalizando la formación y capacitación de los alumnos y el cumplimiento de los Planes y Programas de Instrucción Reconocida.

d) Fiscalizar los Programas Teóricos y Prácticos de los cursos de instrucción Reconocida. e) Elaborar los requisitos mínimos exigidos para el Personal Docente e Instructores de

Vuelo, y los Planes y Programas de capacitación de los mismos. f) Coordinar con Autoridades Educativas Estatales y/o Privadas, los alcances de los

Programas de Instrucción Reconocida. g) Coordinar con la Dirección de Aeronavegabilidad las exigencias técnicas a cumplir en los

Planes de instrucción. h) Actualizar las normas, reglamentaciones y procedimientos recomendados por la OACI,

que rigen la Actividad Aeronáutica Civil en toda sus expresiones, acordes a la evolución técnica – operativa y ordenar su fiscalización y cumplimiento.

i) Entender y actualizar las normas, reglamentaciones, disposiciones y procedimientos recomendados por OACI, que rigen la habilitación y el registro de las personas que realizan funciones aeronáuticas a bordo de aeronaves y en superficie.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 4 años de experiencia como experto en control educativo.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar de un Título Profesional relacionado con la Pedagogía.

e. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Foliado de la Dirección de Licencias al Personal.

f. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

Page 166: PROYECTO ESCALAFÓN AERONÁUTICO ANAC · Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde un límite especificado sobre el terreno. 2.12. ÁREA DE MANIOBRAS ... NOTAM

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CARGO SUPERVISOR DE EVALUACIÓN MÉDICA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Determinar las exigencias psicofísicas que debe satisfacer el personal afectado a la actividad aeronáutica.

b) Registrar y controlar los certificados de aptitud medica. c) Participar en el otorgamiento de habilitaciones para el personal médico

autorizado por la ANAC para emitir certificados de aptitud médica. d) Verificar y supervisar que se cumplen las normativas OACI y de la ANAC

relacionadas con la aptitud psico-física de las personas que solicita Licencias Aeronáuticas

e) Verificar los centros autorizados para emitir certificados de aptitud medica. f) Supervisar e inspeccionar la personal médico autorizado a emitir los certificados

de aptitud correspondientes.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 4 años de experiencia como experto en evaluación médica.

b. Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental.

c. Haber aprobado el curso de capacitación en Licencias Aeronáuticas.

d. Estar de un Título Profesional de Medicina.

e. Estar en un proceso de Instrucción en el Departamento Evaluación Médica de la Dirección de Licencias al Personal.

f. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO INSPECTOR DE SISTEMAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Brindar asesoramiento en cuanto a Sistemas informaticos en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos.

b. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

c. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 4 años de experiencia en la Dirección de Licencias al Personal como Supervisor.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

CARGO INSPECTOR DE NORMAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Brindar asesoramiento en cuanto a Normas en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos.

b. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

c. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 4 años de experiencia en la Dirección de Licencias al Personal como Supervisor.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

E AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD INSPECTOR DE LICENCIAS NIVEL ANAC 5

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CARGO INSPECTOR EN CONTROL EDUCATIVO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Fiscalizar y estandarizar la instrucción y capacitación de todo aquel personal que trámite la obtención de Certificados de Idoneidad Aeronáutica y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico entendiendo en lo referente a los planes y programas de estudio de los cursos de instrucción reconocida, haciendo cumplir lo establecido por las normas vigentes.

b) Recepcionar, gestionar y controlar los requisitos para la obtención de la Habilitación de Filiales y Centros de Capacitación, según lo establecido en disposiciones vigentes, a efectos de proponer al Jefe del Departamento, la habilitación correspondiente.

c) Realizar y supervisar el cumplimiento del Plan de inspección de los Centros de Capacitación y Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico, fiscalizando la formación y capacitación de los alumnos y el cumplimiento de los Planes y Programas de Instrucción Reconocida.

d) Fiscalizar los Programas Teóricos y Prácticos de los cursos de instrucción Reconocida. e) Elaborar los requisitos mínimos exigidos para el Personal Docente e Instructores de

Vuelo, y los Planes y Programas de capacitación de los mismos. f) Coordinar con Autoridades Educativas Estatales y/o Privadas, los alcances de los

Programas de Instrucción Reconocida. g) Coordinar con la Dirección de Aeronavegabilidad las exigencias técnicas a cumplir en los

Planes de instrucción. h) Actualizar las normas, reglamentaciones y procedimientos recomendados por la OACI,

que rigen la Actividad Aeronáutica Civil en toda sus expresiones, acordes a la evolución técnica – operativa y ordenar su fiscalización y cumplimiento.

i) Entender y actualizar las normas, reglamentaciones, disposiciones y procedimientos recomendados por OACI, que rigen la habilitación y el registro de las personas que realizan funciones aeronáuticas a bordo de aeronaves y en superficie.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 04 años como Spervisor en Control Educativo.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Gestión de la Seguridad Operacional.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO INSPECTOR EN EVALUACIÓN MÉDICA

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Determinar las exigencias psicofísicas que debe satisfacer el personal afectado a la actividad aeronáutica.

b) Registrar y controlar los certificados de aptitud medica. c) Participar en el otorgamiento de habilitaciones para el personal médico

autorizado por la ANAC para emitir certificados de aptitud médica. d) Verificar y supervisar que se cumplen las normativas OACI y de la ANAC

relacionadas con la aptitud psico-física de las personas que solicita Licencias Aeronáuticas

e) Verificar los centros autorizados para emitir certificados de aptitud medica. f) Supervisar e inspeccionar la personal médico autorizado a emitir los certificados

de aptitud correspondientes.

REQUISITOS

a. Haber cumplido 04 años como Supervisor en Evaluación Médica.

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Gestión de la Seguridad Operacional.

d. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal

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CARGO INSPECTOR JEFE DE CONTROL MEDICO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a. Supervisar y verificar que el personal a su cargo realiza las labores asignadas en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos a su cargo.

b. Facilitar y promover la capacitación permanente del personal a su cargo.

c. Verificar el mantenimiento de las habilidades y competencias del personal que integra la división a su cargo.

d. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

e. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

a. Tener a lo menos 5 años de experiencia como Inspector de evaluación medica

b. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

c. Haber realizado el curso de capacitación básico de Administración Aeronáutica en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

d. Cumplir con los requisitos administrativos establecidos por la ANAC para ocupar el cargo de supervisor.

e. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

ESCALAFÓN AERONÁUTICO

F AGRUPAMIENTO TÉCNICO LICENCIAS AERONÁUTICAS

ESPECIALIDAD INSPECTOR JEFE NIVEL ANAC 4

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CARGO INSPECTOR JEFE CONTROL EDUCATIVO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

f. Supervisar y verificar que el personal a su cargo realiza las labores asignadas en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos a su cargo.

g. Facilitar y promover la capacitación permanente del personal a su cargo.

h. Verificar el mantenimiento de las habilidades y competencias del personal que integra la división a su cargo.

i. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

j. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

f. Tener a lo menos 5 años de experiencia como Inspector de control educativo

g. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

h. Haber realizado el curso de capacitación básico de Administración Aeronáutica en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

i. Cumplir con los requisitos administrativos establecidos por la ANAC para ocupar el cargo de supervisor.

j. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

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CARGO INSPECTOR JEFE EN SISTEMAS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

k. Supervisar y verificar que el personal a su cargo realiza las labores asignadas en forma oportuna y eficaz, para lo cuál establecerá y mantendrá los índices de Gestión establecidos a su cargo.

l. Facilitar y promover la capacitación permanente del personal a su cargo.

m. Verificar el mantenimiento de las habilidades y competencias del personal que integra la división a su cargo.

n. Participar en el desarrollo del presupuesto anual de su división.

o. Mantener estadísticas actualizadas de las áreas de su competencia.

REQUISITOS

k. Tener a lo menos 5 años de experiencia como Supervisor en sistemas

l. Haber aprobado satisfactoriamente el curso anual de actualización de normas y procedimientos.

m. Haber realizado el curso de capacitación básico de Administración Aeronáutica en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

n. Cumplir con los requisitos administrativos establecidos por la ANAC para ocupar el cargo de supervisor.

o. Poseer Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección de Licencias al Personal.

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DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO

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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROYECTO DE ESCALAFÓN

INSPECTORES DE AERÓDROMO

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12. REGLAMENTO DE ESCALAFÓN PARA LOS INSPECTORES DE AERÓDROMO.

A INSPECTORES DE AERÓDROMO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 7

CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE A

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

REQUISITOS

a) Poseer Título de Grado o Título Universitario, en la rama de ciencias exactas.

b) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

c) Haberse desempeñado por no menos de DOS (2) años como:

a. Jefe de Área de Fiscalización

b. Jefe de Aeródromo

c. Jefe de Operaciones en un Aeródromo

d. Profesional Aeronáutico en la División Aeródromos de una Región Aérea.

e. Profesional Aeronáutico en la Dirección de Tránsito Aéreo

f. Profesional Aeronáutico en la Dirección de Proyectos e Infraestructura.

d) Haber aprobado el curso de Inspector Gubernamental de Aeródromo.

e) Estar asignado a la Dirección de Aeródromos de la Dirección Nacional de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios.

f) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase A por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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B INSPECTORES DE AERÓDROMO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 6

CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE B

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

e) Certificar e Inspeccionar sistema de ayudas visuales para aeródromos Categoría I.

REQUISITOS

a) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

b) Haberse desempeñado por no menos de 2 años como Inspector de Aeródromos Clase A.

c) Haber realizado el curso anual de actualización para Inspectores de Aeródromos.

d) Tener curso de certificación y habilitación en sistemas de ayudas visuales para aeródromos Categoría I realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

e) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase B por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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C INSPECTORES DE AERÓDROMO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 5

CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE C

ESPECIALISTA EN AYUDAS VISUALES

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

e) Certificar e Inspeccionar sistema de ayudas visuales para aeródromos Categoría I.

f) Certificar e Inspeccionar sistemas de ayudas visuales para Pistas habilitadas con Aproximaciones Instrumentales y de Precisión Categoría II y III (a, b y c)

REQUISITOS

a) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

b) Haberse desempeñado por no menos de 2 años como Inspector de Aeródromos Clase B

c) Haber realizado el curso anual de actualización para Inspectores de Aeródromos.

d) Tener curso de certificación y habilitación en sistemas de ayudas visuales para aeródromos Categoría II y III (a, b, y c) realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

e) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase C por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE C

ESPECIALISTA PAVIMENTOS

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

e) Certificar e Inspeccionar sistema de ayudas visuales para aeródromos Categoría I.

f) Certificar e Inspeccionar pavimentos de Pistas y Calles de Rodaje.

REQUISITOS

a) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

b) Haberse desempeñado por no menos de 2 años como Inspector de Aeródromos Clase B

c) Haber realizado el curso anual de actualización para Inspectores de Aeródromos.

d) Tener curso de certificación de Gestión de Pavimentos realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

e) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase C por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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D INSPECTORES DE AERÓDROMO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 4

CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE D

INSTRUCTOR

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

e) Certificar e Inspeccionar sistema de ayudas visuales para aeródromos Categoría I.

f) Certificar e Inspeccionar pavimentos de Pistas y Calles de Rodaje.

g) Certificar e Inspeccionar sistemas de ayudas visuales para Pistas habilitadas con Aproximaciones Instrumentales y de Precisión Categoría II y III (a, b y c)

h) Entender y Participar en el proceso de Instrucción y habilitación de los Inspectores de Aeródromo Clase A, B, y C

REQUISITOS

a) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

b) Haberse desempeñado por no menos de 2 años como Inspector de Aeródromos Clase C.

c) Haber realizado el curso anual de actualización para Inspectores de Aeródromos.

d) Tener curso de certificación y habilitación en sistemas de ayudas visuales para aeródromos Categoría II y III (a, b, y c) realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

e) Tener curso de certificación de Gestión de Pavimentos realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

f) Haber aprobado satisfactoriamente el curso de Capacitación Pedagógica realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

g) Mantener un promedio anual de Inspecciones de acuerdo a lo establecido en lo índices de Gestión para la Dirección de Aeródromos.

h) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase D (Instructor) por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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E INSPECTORES DE AERÓDROMO

ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO

NIVEL 3

CARGO INSPECTOR DE AERÓDROMO CLASE E

SUPERVISOR TÉCNICO

FUNCIONES A DESEMPEÑAR

a) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para operaciones VFR

b) Certificar e inspeccionar aeródromos con pistas habilitadas para uso exclusivo de ultralivianos.

c) Certificar e inspeccionar pistas eventuales habilitadas para uso exclusivo de operaciones de trabajo aéreo.

d) Certificar e inspeccionar Helipuertos habilitados para operaciones VFR.

e) Certificar e Inspeccionar sistema de ayudas visuales para aeródromos Categoría I.

f) Certificar e Inspeccionar pavimentos de Pistas y Calles de Rodaje.

g) Certificar e Inspeccionar sistemas de ayudas visuales para Pistas habilitadas con Aproximaciones Instrumentales y de Precisión Categoría II y III (a, b y c)

h) Evaluar y Habilitar a Inspectores de Aeródromo Clase A, B y C.

REQUISITOS

a) Poseer vigente su aptitud psicofísica Clase III, certificada por el INMAE.

b) Haberse desempeñado por no menos de 2 años como Instructor de Inspectores de Aeródromos

c) Haber realizado el curso anual de actualización para Inspectores de Aeródromos.

d) Tener curso de certificación y habilitación en sistemas de ayudas visuales para aeródromos Categoría II y III (a, b, y c) realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

e) Tener curso de certificación de Gestión de Pavimentos realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

f) Haber aprobado satisfactoriamente el curso de Supervisión Aeronáutica realizado en el CIPE o en un Instituto Nacional o Internacional reconocido por la ANAC.

g) Haber sido nominado como Inspector de Aeródromos Clase E por acto administrativo correspondiente.

LUGAR DE DESEMPEÑO

Dirección Nacional de Infraestructura y Aeródromos.

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ULTIMA

DEJADA INTENCIONALMENTE EN BLANCO