Primaria y Secundaria...alumnos que ingresarán a primer grado de secundaria y primer grado de...
Transcript of Primaria y Secundaria...alumnos que ingresarán a primer grado de secundaria y primer grado de...
2
COLEGIO FRANCISCANO SANTA ANITA, A.C.
Santa Anita, Tlaquepaque, Jalisco
Reglamento interno
Primaria y Secundaria
Paz y Bien. -
Estimados alumnos, alumnas, padres de familia o tutores, personal docente,
administrativo y de apoyo. La pastoral educativa requiere que todos juntos nos sintamos parte
del proceso formativo para poder así juntos cumplir nuestra misión institucional. Cada uno de
nosotros somos responsables para que nuestra Institución crezca día con día y sea un
verdadero instrumento que ayude a nuestra sociedad a formar personas con auténticos valores
humanos, cristianos y franciscanos. ¡No es un trabajo fácil!, pero hemos hecho mucho a lo
largo de la historia de nuestro Colegio. El 30 de marzo de 2017 el Colegio Santa Anita recibió
las placas de ACREDITACIÓN por parte de la CNEP. Tal acontecimiento hace que nuestro
Colegio se distinga por el compromiso en la educación de calidad y su organización
institucional.
El viernes 14 de junio del 2019 recibimos oficialmente el decreto de incorporación de
nuestro Colegio a la Universidad de Guadalajara, con fecha del 14 de mayo de 2019, para
impartir, a partir del 12 de agostos del presente año el Bachillerato General por
Competencias. Logro que se suma a nuestra Pastoral Educativa. Nuestra preparatoria se
llamará PREPARATORIA FRANCISCANA SANTA ANITA.
El cumplimiento de nuestros reglamentos internos instrumento es indispensable para
poder lograr nuestro objetivo. Es por ello que a continuación les presento el Reglamento
Interno para el ciclo 2019-2020, que regirán nuestras actividades durante el ciclo escolar en
los dos niveles, primaria y secundaria. Los exhortos a que todos juntos lo cumplamos con
responsabilidad, para que nuestro ser y quehacer sea cada vez más auténtico, en comunión y
en orden para que guie nuestra vida cotidiana.
El presente reglamento ha sido presentado a las autoridades competentes para ser
publicado y acatado.
DESCRIPCIÓN
El Colegio Franciscano Santa Anita, A.C., Tradicionalmente conocido como Colegio
Santa Anita, es una Institución dedicada a la educación primaria y secundaria incorporada a
la Secretaría de Educación Jalisco, fundada y atendida desde 1956 por los Franciscanos
pertenecientes a la Provincia Franciscana de los Santos Francisco y Santiago en México,
A.R. Se domicilia en: Ramón Corona 250, Santa Anita, municipio de Tlaquepaque Jalisco.
C.P. 45580.
3
SU MISIÓN
Formar ciudadanos con una educación integral, fomentando un ambiente fraterno,
inspirado en el Modelo Educativo Franciscano, en el que formamos hombres y mujeres en
camino de crecimiento, donde el intelecto ayude a la práctica de los valores humanos y
trascendentes y se conviertan en agentes de cambio en el entorno donde se vive.
SU VISIÓN
Ser la primera opción educativa para las familias que buscan un colegio católico
con espiritualidad franciscana garantizando la excelencia académica, que forma personas
con conocimientos, habilidades actitudes y valores que les permitan crecer y prosperar
como ciudadanos responsables en una sociedad diversa y cambiante.
4
REGLAMENTO GENERAL INTERNO
CAPÍTULO I
DE LA ADMISIÓN
ARTÍCULO 1.- Los padres de familia o tutores al solicitar la inscripción de su hijo o hija, se
comprometen a acatar el presente reglamento, así como aceptar los criterios de admisión
dispuestos por el Colegio, y si fuera necesario a una entrevista en el departamento
psicopedagógico.
ARTÍCULO 2.- Si los alumnos vienen de otro Colegio particular, los padres o tutores
deberán presentar su carta de no adeudo expedida por la Institución de procedencia.
ARTÍCULO 3.- El proceso de admisión se realizará durante el mes de enero para los
alumnos que ingresarán a primer grado de secundaria y primer grado de primaria,
estableciendo por el siguiente proceso:
§ 1.- Registro de aspirantes durante el mes de diciembre en control escolar de cada nivel.
§ 2.- Examen de admisión durante la tercera semana de enero.
§ 3.- L publicación de resultados durante los cuatro días hábiles posteriores al examen para
ello ingresar en la página www.cfsa.mx en el apartado de descargables
§ 4.- Si el resultado fue admitido en las primeras dos semanas del mes de febrero se deberá
realizar el pago de 600.00 pesos de preinscripción a cuenta de la inscripción que deberá estar
liquidada el último día hábil del mes de mayo, en Control de pagos, y se deberá hacer la
entrega de la documentación en Control escolar del nivel;
a) Primaria.
Boleta de preescolar actualizada (nivel de desarrollo del niño).
Examen de admisión.
Evaluación psicopedagógica.
b) Secundaria.
Boleta de sexto año de primaria actualizada (promedio mínimo de 8.5).
Examen de admisión.
Evaluación psicopedagógica.
§ 5.- Pago total de inscripción y anualidad durante el mes de mayo. La compra de libros
durante el mes de julio y agosto, así como la adquisición del uniforme con los proveedores
oficiales.
ARTÍCULO 4.- Los alumnos de nuevo ingreso, esto es a primero de primaria y primero de
secundaria, el pago de pre-inscripción en el mes de febrero por ningún motivo es rembolsable
si posteriormente se decide no ingresar al Colegio.
§ 1.- Todos los alumnos de los otros grados se pre-inscriben en el mes de marzo con un
anticipo de 600.00 pesos a cuenta de la inscripción.
§ 2.- Los padres o tutores deberán realizar el pago en su totalidad, de inscripción y anualidad
durante el mes de mayo. Si ya es alumno del Colegio, no deberá tener adeudos anteriores.
ARTÍCULO 5.- Queda bajo custodia de la Institución la documentación recibida del alumno,
la cual será registrada en el formato de inscripción y archivada en el departamento de control
escolar, asegurando con ello el cuidado de su privacidad en conformidad a lo establecido en
5
nuestro aviso de privacidad, el cual se encuentra visible en la dirección general y descargable
en la página www.cfsa.mx
El expediente del alumno queda conformado de la siguiente manera:
Firma de conocimiento y aceptación del reglamento del colegio.
Firma y conocimiento del aviso de privacidad.
Ficha de identificación del alumno.
Documentos requeridos por control escolar.
ARTÍCULO 6.- Ningún alumno del Colegio tiene derecho a la reinscripción automática. En
todos los casos, el alumno debe cumplir con el proceso de admisión y acudir a Control escolar
junto con sus padres o tutores, para realizar los trámites correspondientes en las fechas que el
calendario escolar interno haya estipulado y que la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ)
indique para los de nuevo ingreso.
ARTÍCULO 7.- Los padres o tutores de los niños que inicien ciclo escolar en primaria y
secundaria, deben leer y firmar el presente reglamento durante la semana de inducción, como
signo de conformidad y compromiso para reconocer y aceptar los derechos, beneficios y
sanciones que se deriven de las acciones y situaciones de las personas y circunstancias del
presente reglamento.
ARTÍCULO 8.- En todos los casos, la Institución se reserva el derecho de admisión
cualquiera que sea el caso o situación del alumno que vaya a ser inscrito o reinscrito.
CAPÍTULO II
COLEGIATURAS Y CUOTAS
ARTÍCULO 9.- Los conceptos por los que hay que realizar un pago al Colegio, son; a) Pre-
Inscripción. b) Inscripción y anualidad. c) Colegiatura. d) Constancias y boletas. e) Cursos
especiales de catequesis en preparación para sacramentos que ofrece el Colegio.
ARTÍCULO 10.- La cuota de pre-inscripción se debe de realizar al momento de realizar el
trámite la cual no será rembolsable.
ARTÍCULO 11.- La cuota final de inscripción o re-inscripción deberá estar cubierta en su
totalidad al inicio del ciclo escolar, en caso contrario se pierde el derecho de admisión.
ARTÍCULO 12.- El padre de familia o tutor se obliga a pagar al Colegio la cantidad
correspondiente por concepto de colegiatura mensual. El pago se realizará directamente en el
departamento administrativo del Colegio. Si se realiza transferencia bancaria se deberá
reportar el talón de pago para generar el respectivo recibo o factura.
ARTÍCULO 13.- Las colegiaturas deberán ser cubiertas durante los primeros diez días
naturales del mes, a fin de no generar algún tipo de recargo. Pasado este tiempo se deberá
cubrir el 7% de interés moratorio.
ARTÍCULO 14.- El Colegio extenderá un comprobante físico por pago realizado: factura o
recibo y sello en la boleta de pagos.
ARTÍCULO 15.- Los servicios que presta el Colegio son por mes completo. De tal manera
que, si el alumno es retirado por voluntad de los padres o tutores, será obligatorio el pago total
de la colegiatura mensual, aún si esto ocurre al inicio del mes.
6
ARTÍCULO 16.- Si un cheque es devuelto por el banco, por el motivo que sea, se
considerará como no cubierta la colegiatura y el padre de familia o tutor deberá cubrir los
recargos que se generen hasta el día que el cheque pueda ser cobrado, esto
independientemente de la comisión que el banco cobra por dicho concepto.
ARTÍCULO 17.- Si la colegiatura mensual no es cubierta en su totalidad, el Colegio no se
hace responsable de seguir prestando los servicios ofrecidos. Si el adeudo es de tres
mensualidades genera baja definitiva del alumno. Los padres o tutores serán notificados
directamente por escrito, vía mail o vía telefónica a partir de los quince días naturales del
tercer mes de adeudo.
ARTÍCULO 18.- El pago de las colegiaturas del alumno deberá estar al corriente para
presentar los exámenes parciales y finales y tener derecho a recibir sus calificaciones, darse
de baja o retirar cualquier documentación.
ARTÍCULO 19.- Los pagos que deban realizarse por concepto de algún otro documento, se
harán al momento de efectuarse el trámite.
ARTÍCULO 20.- Los pagos realizados por concepto de pre-inscripción, inscripción,
colegiatura, y demás servicios en ningún caso serán reembolsables.
ARTÍCULO 21.- Los recibos de pre-inscripción, inscripción, colegiaturas o de algún otro
pago, deberán presentarse en original para cualquier aclaración y cada vez que la
administración o Dirección del Colegio así lo soliciten.
ARTÍCULO 22.- De la anualidad comprende el pago del seguro escolar, festividades y
mantenimiento del inmueble.
ARTÍCULO 23.- La colegiatura y costos del ciclo escolar 2018-2019 son los siguientes:
Concepto PRIMARIA SECUNDARIA PRIMARIA SECUNDARIA
INSCRIPCIÓN 1,900.00 2,200.00
ANUALIDAD 1,250.00 1,250.00
MENSUAL 1,770.00
12 MESES
2,110.00
12 MESES
2,124.00
10 MESES
2,532.00
10 MESES
CAPÍTULO III
DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 24.- Son derechos de los alumnos;
I.- Acudir a la escuela y recibir la educación particular en un ambiente efectivo de igualdad de
oportunidades, acceso y permanencia.
II.- Recibir una formación integral que contribuya al desarrollo de su persona de acuerdo a los
planes y programas de estudio vigentes.
III.- Estar en un ambiente de aprendizaje sano, seguro y tolerante, libre de discriminación,
acoso escolar, malos tratos, violencia, adicciones y sectarismo.
IV.- Denunciar y ser atendido por las autoridades competentes de la Institución.
7
V.- Recibir un trato respetuoso y amable por parte de personal de la escuela, autoridades,
directivos, maestros y compañeros de clase.
VI.- Recibir al inicio del ciclo escolar el presente reglamento interno, que informa del
comportamiento que se espera del alumno y sanciones en caso de transgresión.
VII.- Conocer los criterios de evaluación (encuadre o forma de evaluación) para cada área o
asignatura, así como recibir los resultados de las evaluaciones, según los criterios
establecidos.
VIII.- Confidencialidad en el manejo del expediente personal.
IX.- Expresar respetuosamente sus opiniones y presentar propuestas que coadyuven a su
desarrollo académico.
X.- Recibir la protección y cuidado necesario para preservar su dignidad física, psicológica y
social. Recibir atención médica de urgencia en caso requerido.
XI.- Recibir las clases para el grado al que fue inscrito, de acuerdo a los planes y programas
oficiales vigentes.
XII.- Tener salones limpios y adecuados para las clases.
XIII.- Recibir atención y seguimiento por parte de los profesores ante problemas de carácter
académico.
XIV.- Participar en las actividades extra-clase que se organicen como parte de su formación
integral.
XV.- Utilizar y tener acceso al mobiliario, equipo e instalaciones y al material de apoyo
necesario para su mejor desempeño, dentro del horario de clase y en diversas actividades
escolares.
XVI.- Tener un tiempo de recreo diario, para fortalecer la sana convivencia escolar, tomar sus
alimentos y atender sus necesidades fisiológicas.
XVII.- Conocer la misión, visión e Ideario Franciscano de la Institución, como herramienta de
convivencia escolar, familiar y social.
XVIII.- Recibir atención espiritual y moral cuando lo requiera.
XIX.- Ser atendidos y avisar a sus padres o tutores en caso de accidente, así como estar
protegidos con un seguro médico para estos casos.
XX.- Tener acceso al servicio del Departamento psicopedagógico del Colegio.
CAPÍTULO IV
DEL MODO DE EVALUACIÓN
ARTÍCULO 25.- Se realizarán evaluaciones periódicas de acuerdo a los lineamientos de la
Secretaria de Educación Jalisco.
ARTÍCULO 26.- En el encuadre de cada grado o materia, se establecerán aspectos a evaluar
como: tareas, cuaderno, libros de trabajo, participación en clase, convivencia sana,
investigación, examen escrito, portafolio y lo estipulado por el Instituto.
8
ARTÍCULO 27.- Los alumnos que, por motivos de enfermedad, deberán informar de manera
oportuna a dirección de sección o coordinación académica, presentando copia de comprobante
médico, podrán ser evaluados posteriormente siempre y cuando lo permita el calendario de la
Secretaria de Educación Jalisco.
§ 1.- Todo caso no contemplado en el anterior párrafo, deberá ser informado de manera
expedita a las Direcciones de sección; con la intensión de establecer acuerdos.
ARTÍCULO 28.- Los alumnos recibirán las calificaciones en tiempo y forma, según
corresponda a cada sección escolar.
ARTÍCULO 29.- La escala de calificación es de 5 a 10, siendo la mínima aprobatoria de 6.0
El promedio mínimo para permanecer en la Institución es de 8.5. En el caso de los alumnos
que no obtengan el promedio mínimo se turnará el caso a CTE y Consejo Directivo del
Colegio.
CAPÍTULO V
DEBERES DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 30.- El derecho de recibir educación implica de parte del alumno, la obligación
de asistir a clases y participar activamente en las actividades escolares, realizar las tareas que
le sean asignadas y tener los útiles, así como el material de trabajo necesarios para ello.
ARTÍCULO 31.- Los alumnos deberán asistir diaria y puntualmente a las clases y a todas las
actividades escolares que con carácter obligatorio se realicen dentro o fuera del plantel
escolar. En el caso de las actividades fuera del plantel se deberá contar con la anuencia por
escrito del padre o tutor del alumno.
ARTÍCULO 32.- Cuando un alumno falte a clase sin justificación o notificación alguna por
parte de los padres o tutores, un miembro del personal escolar podrá concurrir o comunicarse
al hogar del alumno a fin de requerir informes al padre o tutor, dejando constancia escrita de
la visita o comunicación.
ARTÍCULO 33.- La justificación de cualquier falta de asistencia, no exime al alumno de la
obligación de cumplir con los trabajos, tareas, ejercicios, lecturas y demás actividades
escolares que se hubiesen realizado o se hubiesen designado el día o días de las faltas. El
incumplimiento de tales labores y actividades, impactará directamente en la evaluación del
alumno, salvo en los casos de fuerza mayor.
ARTÍCULO 34.- Todos los alumnos deberán asistir apoyado por sus padres respetando los
siguientes horarios y presentando su credencial de la escuela.
a) Secundaria.
I. La puerta se abrirá a las 6: 35 am.
II. Los alumnos checarán asistencia presentando su credencial de estudiante.
III. Los alumnos deberán estar en su formación de entrada a las 6:50 am.
IV. La puerta se cierra a las 7:00 am
V. La puerta se reabrirá a las 7:10 para los alumnos que lleguen después de las 7.00
am y lo harán con su respectiva notificación de retardo.
b) Primaria.
VI. La puerta se abrirá a las 7:30 am.
9
VII. Los alumnos checarán asistencia presentando su credencial de estudiante.
VIII. Los alumnos deberán estar en su formación de entrada a las 7:50 am.
IX. La puerta se cierra a las 8:00 am.
X. La puerta se reabrirá a las 8:10 para los alumnos que lleguen después de las 8.00
am y lo harán con su respectiva notificación de retardo.
ARTÍCULO 35.- Ingresando al plantel, el alumno deberá permanecer dentro del Colegio y en
el área correspondiente, todo el tiempo de su horario escolar, salvo solicitud expresa de sus
padres o tutores y autorizado por la Dirección o coordinación académica de nivel.
Comprometiéndose el alumno a conservar los bienes muebles e inmuebles del Colegio; se le
asignará butaca que deberá mantener en buen estado a lo largo del ciclo escolar, mismo que
podrá personalizar y forrar con plástico transparente en la primera semana de clases del ciclo
escolar.
CAPÍTULO VI
DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL
ARTÍCULO 36.- El uso del uniforme es obligatorio en todas las actividades que se realicen
dentro y fuera del Colegio, a no ser que se indique lo contrario por la Institución.
ARTÍCULO 37.- Especificaciones de uniforme por nivel educativo.
El uniforme para nivel PRIMARIA consiste en:
a) Niñas con uniforme de gala
Falda oficial del Colegio a cuadros a la rodilla.
Blusa de manga corta blanca con cuello para corbata.
Chaleco oficial del Colegio azul marino con el escudo del colegio.
Suéter oficial del Colegio azul marino con escudo del colegio.
Corbata roja.
Zapato escolar negro.
Calceta blanca lisa.
Listón o moño en color rojo para el cabello.
Uniforme deportivo.
Se presentarán con el uniforme deportivo el día que tengan educación física.
Pants y chamarra oficial del colegio con el escudo.
Tenis deportivo blanco, azul marino, negro, rojo o la combinación de esto
colores.
Playera oficial tipo polo color azul marino con escudo del colegio.
Falda short azul marino (opcional en tiempos de calor).
b) Niños con uniforme de gala
Pantalón oficial del colegio azul marino.
Camisa de manga corta blanca con cuello para corbata.
Chaleco azul marino con el escudo del Colegio.
Suéter azul marino con el escudo del Colegio.
Corbata roja.
Zapato escolar negro.
Calcetín de vestir.
10
Uniforme deportivo.
Solamente se presentarán con el uniforme deportivo el día que les toque.
Pants y chamarra oficial del colegio con el escudo.
Tenis deportivo blanco, azul marino, negro, rojo o la combinación de esto colores.
Playera oficial tipo polo color azul marino con escudo del colegio.
Short azul marino (opcional en tiempos de calor).
§ 1.- Todos los niños y niñas los días viernes podrán venir a la escuela con pantalón de
mezclilla azul marino no roto, playera deportiva oficial tipo polo con escudo del colegio y
tenis oficiales, blanco, rojo, negro, azul o la combinación de estos colores.
El uniforme para nivel SECUNDARIA consiste en:
a. Mujeres con uniforme de gala
Falda oficial del colegio a cuadros a la rodilla.
Blusa de manga corta blanca con cuello para corbata.
Chaleco azul marino con el escudo del colegio.
Suéter azul marino con escudo del colegio.
Corbata en color rojo.
Zapato escolar negro.
Calceta azul marino lisa.
Listón o moño en color rojo.
Uniforme deportivo.
Solamente se presentarán con el uniforme deportivo el día que les toque clase de
deportes.
Pants y chamarra oficial del colegio con el escudo.
Tenis deportivo blanco, azul marino, negro, rojo o la combinación de esto colores.
Playera oficial tipo polo color azul marino con escudo del colegio.
Falda short azul marino (opcional en tiempos de calor).
b. Hombres con uniforme de gala
Pantalón oficial del Colegio de gabardina azul marino.
Camisa de manga corta blanca con cuello para corbata.
Chaleco azul marino con el Colegio.
Suéter azul marino con escudo del Colegio.
Corbata roja
Zapato escolar negro.
Calcetín de vestir.
Uniforme deportivo.
Solamente se presentarán con el uniforme deportivo el día que les toque la clase de
deportes.
Pants y chamarra oficial del colegio con el escudo.
11
Tenis deportivo blanco, azul marino, negro, rojo o la combinación de esto colores.
Playera oficial tipo polo color azul marino con escudo del colegio.
Short azul marino con escudo del colegio (opcional en tiempos de calor).
§ 2.- Todos los varones y señoritas podrán venir los días viernes a la escuela con pantalón de
mezclilla azul marino, no roto, playera deportiva oficial tipo polo con escudo del colegio y
tenis oficiales, blanco, negro, rojo, azul o la combinación de estos colores.
§ 3.- Es obligatorio que el chaleco, suéter y chamarra de deporte tenga marcado el
nombre del alumno o alumna. Esto por la gran cantidad de prendas extraviadas cada
semana. Fomentemos el cuidado de nuestras vestimentas.
ARTÍCULO 38.- Todos los alumnos deberán presentarse al Colegio debidamente aseados;
con su uniforme limpio y bien planchado, zapatos boleados y tenis limpios. Las niñas y
señoritas sin maquillaje, sin tinte en el cabello y sin uñas barnizadas ni artificiales; con el
cabello totalmente recogido utilizando su listón o moño en color rojo y con la cara
despejada; los varones: corte de cabello escolar debidamente peinado, cara y orejas
despejadas.
CAPÍTULO VII
DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTÍCULO 39.- Los alumnos deberán seguir las siguientes reglas de conducta:
I.- Respetar raza, credo, nacionalidad, sexo, género, ideología, cultura y demás características
y particularidades tanto físicas como psicológicas de los integrantes de la comunidad escolar;
II.- Respetar la autoridad del personal directivo, profesores y demás integrantes del plantel
escolar;
III.- Cumplir con los trabajos y actividades escolares que la escuela y los profesores les
indiquen realizar, incluyendo en los casos de ausencia a la escuela, esto último siempre y
cuando se haya dado aviso oportuno a las autoridades competentes.
IV.- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico según sus
capacidades y el desarrollo de su personalidad, involucrándose plenamente en las actividades
educativas.
V.- Llegar a la escuela con los materiales y útiles que le permitan desarrollar las actividades
escolares, no se recibirá en la puerta ningún trabajo, tarea o material olvidado en casa,
esto con la finalidad de fomentar la responsabilidad en el alumno y evitar que los padres de
familia den dos vueltas más, sabiendo que sus ocupaciones son tantas.
§ 1.- El docente dará tiempo, a los alumnos de secundaria, en la primera hora clase para que
retire del locker el material requerido para ese día.
§ 2.- Los alumnos podrán abrir el locker durante los dos recreos
VI.- Guardar dentro y fuera de la escuela la conducta, modales y lenguaje adecuados.
VII.- Cumplir con la asistencia, puntualidad y permanencia, como parte de su formación
integral, estando a tiempo en los horarios establecidos para su atención y en los actos
programados por la escuela;
12
VIII.- Comunicar a sus padres o tutores los avisos institucionales de la escuela dirigidos
expresamente a ellos;
IX.- No usar teléfonos celulares, dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda
distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas y en los recesos
salvo cuando sean utilizados con fines educativos o con previa autorización.
X.- Actuar con respeto hacia sus compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio
de violencia de ningún tipo por ningún medio;
XI.- Abstenerse de provocar pleitos o reñir dentro y en los alrededores del plantel escolar.
XII.- Guardar las previsiones y actuar conforme a ellas sobre la seguridad y protección civil
que se implementen en el plantel.
XIII.- Guardar respeto a los valores y símbolos patrios conforme a la normatividad aplicable.
XIV.- Portar la credencial de identificación del colegio dentro y fuera del mismo, cuando
realice actividades extraescolares.
XV.- Abstenerse de vender producto alguno dentro de la Escuela.
XVI.- Respetar y cuidar las instalaciones y equipo de la escuela, haciendo uso adecuado de
los bienes y servicios del plantel escolar que pone a disposición de alumnos, profesores y
padres de familia;
XVII.- No ingresar ni ingerir alimentos ni bebidas dentro del aula, salvo agua natural
embotellada.
XVIII.- Conservar el aula limpia en todo momento, ordenando sus materiales escolares en sus
respectivos locker al término del día.
XIX.- Las demás que sean propias de la naturaleza de su condición escolar y las que se
establezcan en el presente y otros ordenamientos aplicables.
ARTÍCULO 40.- El incumplimiento de alguna de las conductas descritas anteriormente,
traerá con consecuencia o implicará una sanción según sea el acto de indisciplina.
ARTÍCULO 41.- Los actos que ameritan la imposición de medidas disciplinarias a los
alumnos, se clasifican en actos de indisciplinas leves, graves y muy graves.
ARTÍCULO 42.- El acto leve de indisciplina lo constituirá:
I.- No prestar la debida atención a sus actividades escolares y al maestro que se vean
reflejadas en su desempeño académico.
II.- Realizar actividades o juegos ajenos que no son parte de la planeación del maestro en el
salón de clase.
III.-Dirigirse a otro alumno en forma irrespetuosa utilizando apelativos que demeriten a la
persona.
IV.- Distribuir propaganda de cualquier tipo sin la autorización de la dirección de la escuela.
V.- Realizar y/o dar promoción a actividades en nombre de la escuela sin la debida
autorización de la autoridad escolar.
13
VI.- Usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier tipo que pueda
distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas o recesos, salvo
cuando sean utilizados con fines educativos y previamente autorizados Coordinación
académica.
VII.- Ocasionar daño y perjuicio a recursos materiales y bienes del plantel escolar, alumnos y
personal escolar, de forma no intencional.
VIII.- Utilizar los equipos y material de la escuela para fines diversos a los estrictamente
educativos.
IX.- Ingerir o ingresar alimentos dentro del aula.
ARTÍCULO 43.- El acto grave de indisciplina lo constituirá:
I.- Realizar actos que lesionen o perjudiquen seriamente las actividades educativas.
II.- Cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres socialmente aceptadas tanto
en el interior como en los alrededores de la escuela.
III.- Distribuir, poseer o consultar por cualquier medio en la escuela material pornográfico.
IV.- Utilizar lenguaje grosero, indecente o vulgar para referirse a otra persona o alumno y
agredir verbalmente a sus compañeros o a cualquier integrante de la comunidad escolar.
V.- Desobedecer o faltar al respeto al personal escolar.
VI.- Abandonar el salón de clase o plantel escolar sin conocimiento o autorización del
maestro o de la autoridad escolar;
VII.- Planificar y/o participar en el abandono del plantel escolar de dos o más alumnos sin
autorización del maestro o de la autoridad escolar, y
VIII.- No presentarse puntualmente o no asistir reiterativamente a su horario escolar y las
actividades escolares que le convoque la escuela.
IX.- Faltar al respeto a los símbolos institucionales y patrios durante un acto solemne.
X.- La acumulación de tres reportes de indisciplina de carácter leve durante el ciclo escolar
serán considerados como un acto grave.
ARTÍCULO 44.- El acto muy grave de indisciplina lo constituirá:
I.- Agredir al personal o cualquier integrante que conforma la comunidad educativa del
plantel por cualquier medio.
II.- Llevar a cabo acoso escolar físico, verbal, psicológico, exclusión social, sexual y
cibernético contra sus compañeros.
III.- Asociarse con otros compañeros para llevar a cabo acoso escolar;
IV.- Causar o participar en disturbios o actos vandálicos que obstruyan o afecten el servicio
educativo, así como la destrucción parcial o total de las instalaciones, mobiliario y equipo de
la escuela.
V.- Portar o usar en el plantel escolar cualquier instrumento considerado como arma blanca o
de fuego, dispositivo, objeto o artefacto peligroso, aun cuando no sea de los prohibidos por la
legislación aplicable.
14
VI.- Portar, consumir, vender o regalar en el plantel escolar cualquier tipo de sustancias
tóxicas. No se considerará como acto de indisciplina la portación y/o consumo por parte del
alumno de sustancias controladas o medicamentos recetados por un médico competente,
según lo informen por escrito a la escuela los padres o tutores del menor.
VII.- Sustraer o apoderarse, destruir o dañar intencionalmente, dentro del plantel escolar,
bienes y documentación pertenecientes a la escuela, al personal escolar, a los alumnos y
demás integrantes de la comunidad escolar y terceros.
VIII.- Alterar o falsificar la firma del padre o tutor en cualquier comunicado institucional de
la escuela.
IX.- Falsificar o alterar por cualquier medio físico, electrónico o mecánico, cualquier
documento oficial;
X.- Incurrir en mentiras que perjudiquen a terceros o con la finalidad de obtener algún
beneficio.
XI.- Poner en peligro con su actuación la integridad de alguna persona de la comunidad
escolar.
XII.- La acumulación de tres reportes de indisciplina graves acumulados a lo largo del ciclo
escolar.
ARTÍCULO 45.- Las medidas disciplinarias que corresponda a las faltas cometidas por los
alumnos contempladas en el presente ordenamiento tendrá como propósito apoyar la
formación de la personalidad y el desarrollo de las competencias educativas para el manejo de
situaciones, para la convivencia y para la vida en sociedad, establecidas en el Plan de Estudios
de la Educación Básica vigente.
ARTÍCULO 46.- Las medidas disciplinarias a que estarán sujetos los alumnos conforme a la
falta cometida son:
a) Para los actos leves de indisciplina se considerarán las siguientes medidas:
I. Diálogo con el alumno sin la presencia de sus compañeros.
II. Notificación de hechos con acuerdos y compromisos por parte del alumno o
en su defecto el grupo, y las acciones de acompañamiento y seguimiento que la
escuela dará al mismo.
III. Diálogo con el grupo.
IV. Amonestación o llamada de atención verbal, al alumno en privado.
V. Reporte de indisciplina por escrito si reincide en alguna falta leve, con copia
para los padres o tutores, de cuya recepción deberán éstos entregar evidencia al
maestro de grupo o al personal escolar responsable; el reporte y la evidencia de
recepción se agregarán al expediente del alumno.
b) Para los actos graves de indisciplina se considerarán las siguientes medidas:
I. Citatorio por escrito a los padres o tutores para que acudan al plantel escolar a
entrevistarse con quien corresponda, en relación con el acto de indisciplina
cometido por el alumno; la comunicación y el informe de la entrevista con
acuerdos y compromisos se agregarán al expediente personal del alumno.
II. Tareas y actividades escolares extra clase tendientes a concientizar al alumno
respecto de su acto de indisciplina y las consecuencias del mismo.
III. Amonestación por escrito al alumno con aviso al padre de familia sobre
indisciplina reincidente, misma que se agregará al expediente personal.
15
IV. Firma de carta compromiso de los padres o tutores y del alumno expedido por
la Institución, mediante la cual expresen su compromiso de contribuir con el
mejoramiento de la conducta del propio alumno y aceptar el apoyo profesional
especializado, donde exista la posibilidad de otorgarlo, cuando sea requerido
por la autoridad escolar, documento que se agregará al expediente personal.
c) Para los actos muy graves de indisciplina se considerarán las siguientes medidas:
I. Cambio a un grupo paralelo dentro de la misma escuela, donde las condiciones
lo permitan.
II. No asistencia a eventos escolares como excursiones, actividades deportivas,
fiestas escolares, y demás actividades similares.
III. Suspensión dentro de la escuela al alumno que reincida en actos de
indisciplina, en clase específica o días escolares de acuerdo al presente
ordenamiento y atendiendo a las condiciones de cada plantel, realizando
actividades dirigidas a reparar los daños causados y con el consenso de los
padres de familia o tutores y supervisadas, en donde sea posible, por personal
escolar.
IV. Recomendación por escrito de cambio de escuela emitida por la Institución en
los casos donde las condiciones lo permitan, asegurando el derecho a la
educación, así como lo establecido por el Artículo 182 de la Ley de Educación
y el Artículo 63 del Reglamento.
d) Nota: El cúmulo de los reportes afectará la calificación en la materia en que se dio
la indisciplina o si se realiza fuera de clase se valorará la situación. Las direcciones
de nivel en coordinación con el profesor establecerán el criterio para cada uno de
los casos. Los reportes serán registrados en la boleta de calificaciones.
ARTÍCULO 47.- Del modo de proceder ante las indisciplinas mencionadas en el artículo
anterior en el Colegio Santa Anita.
I.- El docente entregará el reporte por escrito al prefecto donde se indica la naturaleza de la
falta y después de haber dialogado con el alumno como se indica en el artículo 48 inciso a).
II.- El prefecto refiere al Director de nivel el reporte del docente, si la indisciplina es
considerada acto grave el Director de nivel, en el caso de secundaria, citará a los padres o
tutores para informar la situación y las medidas disciplinarias mencionadas en el inciso b) del
mismo artículo.
III.- Cada docente tiene la facultad de suspender al alumno (a) de una clase dentro de las
instalaciones del plantel realizando actividad de la misma materia, previa autorización del
Director de nivel o coordinación académica. El docente deberá informar por escrito (reporte
de indisciplina) al prefecto de toda suspensión de alumnos para que estos se encuentren bajo
su vigilancia. Una vez que el docente suspende a un estudiante por tres ocasiones de forma
acumulativa en cualquier momento del ciclo escolar y que el alumno incurra en nuevas
conductas de indisciplina deberá solicitar por escrito al Director de nivel se tomen las medidas
para los actos muy graves de indisciplina según lo estipulado en el inciso c) del ya
mencionado artículo.
IV.- Los Directores de nivel presentarán los casos de indisciplina considerados muy graves y
reincidentes y que atenten al buen desempeño grupal al Consejo Técnico Escolar para su
valoración. Los Directores de nivel, escuchado el Consejo Técnico Escolar presentarán por
16
escrito todo el proceso de las medidas disciplinarias al Director general quien en diálogo con
los padres de familia o tutores determinará el cambio de escuela.
V.- Si se comprueba que un alumno se apropió de algún objeto que pertenece a otra persona,
el titular de la patria potestad estará obligado a restituirlo en su totalidad. Además de aplicar al
alumno la sanción que este mismo reglamento establece. Si se comprueba que el alumno ha
causado un daño a un bien mueble de la Institución, el titular de la patria potestad deberá
restituir o pagar en su totalidad el daño ocasionado.
VI. En el caso de comprobarse una indisciplina, el alumno o los alumnos involucrados serán
canalizados primero a prefectura, posteriormente con el Director de nivel, y dependiendo la
gravedad con el Director general. Si se ve conveniente en cualquier instancia se consultará al
titular del Departamento psicopedagógico, quien valora la situación y se notifica a los padres
o tutores para dar un seguimiento psicológico externo, éstos se comprometen informar al
Instituto los avances de dicha atención.
ARTÍCULO 48.- Es función del prefecto dar seguimiento y solución a las situaciones y
reportes de indisciplina ocasionadas por los estudiantes.
CAPÍTULO VIII
DE LAS BAJAS DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 49.- El alumno será dado de baja cuando:
I.- Sus padres o tutores así lo decidan, con previo acuerdo de consentimiento por escrito.
II.- Los padres o tutores no hayan cumplido con el pago de tres mensualidades de colegiatura.
III.- Se incurra en faltas muy graves a personas, a la moral o a la Institución como son:
agresiones físicas o verbales a los docentes y trabajadores del Colegio.
IV.- Después de haber firmado la carta compromiso reincide o incumple los compromisos y
acuerdos estipulados en dicho documento.
ARTÍCULO 50.- Al darse la baja, el alumno no deberá tener adeudo alguno, para poder
recibir la documentación que entregó al Colegio en el momento de la inscripción.
CAPÍTULO IX
DE LAS DISTINCIONES
ARTÍCULO 51.- Los alumnos recibirán el reconocimiento de Fidelidad cuando hayan
cursado todos sus estudios en el Colegio de 1° de primaria a 3° de secundaria y aquellos
alumnos que provengan de otro Colegio de la Provincia de los Santos Francisco y Santiago,
A.R.
ARTÍCULO 52.- Recibirá el premio de Excelencia Académica quien o quienes al final del
ciclo escolar obtenga el promedio global más alto de su generación, incluyendo las materias
internas.
ARTÍCULO 53.- Recibirá el premio anual al Mérito Franciscano quien o quienes se
destaquen dentro y fuera del aula, por su actitud fraterna, conducta de servicio y
compañerismo, cuidado del medio ambiente, la vivencia de los valores de cada mes y su
empeño en la vida cristiana, durante el ciclo escolar.
17
ARTÍCULO 54.- Durante el ciclo escolar los alumnos que participen en los diferentes
eventos propios del Institución o de la zona recibirán un reconocimiento por su participación
y otro por el lugar obtenido durante dicha participación.
CAPÍTULO X
DE LAS BECAS OFICIALES
ARTÍCULO 55.- La Secretaría de Educación Jalisco busca que algunos de los alumnos en
necesidad económica y con nivel académico igual o mayor a 8.5 se vean beneficiados con un
porcentaje de beca escolar para el ciclo que se cursa. Pide que el 5% del alumnado sea
beneficiado y dichas becas se pueda distribuir en 25%, 50%, 75% o 100%. La beca puede ser
refrendada, mas no en todos los casos se realiza. La decisión la toma la COMISIÓN
ESCOLAR DE BECAS que se integra para cada ciclo escolar en la fecha que indique la SEJ.
ARTÍCULO 56.- El Instituto, contratará un despacho de trabajo social especializado en
estudios socioeconómicos, que los padres o tutores deberán pagar al solicitar la beca, para
apoyar a la COMISIÓN ESCOLAR DE BECAS a tomar sus decisiones de la manera más
certera.
ARTÍCULO 57.- Después de tener los resultados del estudio socioeconómico se reúne la
COMISIÓN ESCOLAR DE BECAS conformado por; dos padres de familia de nivel, un
maestro que conozca bien el alumnado, el Director académico del área. Colegialmente
asignarán el porcentaje correspondiente de beca.
§1.- Posteriormente, en reunión con todos los interesados, se dan a conocer los resultados de
dicho dictamen y se les pide que firmen un documento de aceptación. En todo momento se
sigue el proceso y el calendario emitido por la Dirección general de becas de la SEJ. En
ningún caso el Colegio se compromete a sostener becas para los ciclos posteriores o asegurar
un refrendo.
ARTÍCULO 58.- El apoyo institucional para los alumnos que resulten ganadores en las
competencias de los encuentros Inter-franciscanos será a criterio de la Dirección general.
CAPÍTULO XI
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
DE LOS PADRES DE FAMILIA O TUTORES
ARTÍCULO 59.- Son derechos de los padres de familia o tutores:
I.- Ser atendidos con respeto y amabilidad por todo el personal del Colegio.
II.- Ser informados de la situación académica de sus hijos a través de la Coordinación
Académica de nivel y maestro de grado o asignatura.
III.- Recibir comprobante por sus pagos efectuados, así como el sello en la boleta de pagos.
IV.- Solicitar y recibir constancias de estudios, boletas de calificaciones, certificados etc.,
conforme los requerimientos propios de cada documento.
V.- Asistir y participar de las conferencias que brinde el Colegio.
VI. Ser atendidos espiritualmente por los religiosos franciscanos de la fraternidad educativa.
18
ARTÍCULO 60.- Son deberes de los padres de familia o tutores:
I.- Acompañar a su hijo(a) en el proceso de aprendizaje tales como, tareas escolares,
desarrollo de proyectos, cumplimiento de materiales didácticos necesarios y completos para el
desarrollo de las clases, etc.
II.- Asistir puntualmente a juntas convocadas por el Colegio; asamblea y conferencias de
escuela para padres, entrega de calificaciones, acudir puntualmente a los citatorios por parte
del docente, coordinación académica, prefectura, Dirección de nivel o Dirección general.
III.- Vigilar la asistencia y puntualidad de sus hijos según el horario escolar. Es obligación del
padre de familia o tutor que el alumno(a) se presente portando el uniforme limpio, planchado
y completo. Así como cuidar que los alumnos se presenten con los útiles escolares completos.
Dirigirse al personal del Colegio con respeto. Para ser mejor atendidos por los directivos o
docentes deberá solicitar cita en el área a la que se desea acudir. En caso de lenguaje no
adecuado o agresión física se levantará un acta administrativa y se presentará a las autoridades
correspondientes de Estado de Jalisco solicitando baja definitiva del alumno(a).
V.- Mantener actualizados sus números de teléfonos en servicios escolares para facilitar la
comunicación en caso de emergencia. Para seguir mejorando nuestra comunicación con los
padres de familia es obligatorio que nos proporcione y correo electrónico en donde
recibirán todo comunicado oficial del Colegio.
VI.- Cubrir puntualmente las mensualidades a más tardar el día 10 de cada mes.
VII. Para ingresar al Colegio deberá registrarse en la puerta y dirigirse solo al área solicitada.
No podrá ingresar a los salones o demás espacios escolares sin la debida autorización del
Director de nivel o general. No se deberán tratar asuntos de sus hijos con otros alumnos ni con
otros padres o tutores.
VIII.- Es responsabilidad de los padres o tutores trabajar en conjunto con la Dirección de
nivel o general para resolver problemas conductuales y emocionales de los alumnos y darle
seguimiento hasta que el problema haya finalizado; asimismo, si la dirección lo solicita, el
padre de familia o tutor deberá entregar el reporte del psicólogo que atiende a su hijo o hija.
ARTÍCULO 61.- Cualquier situación no presentado en el presente reglamento será valorada
y resuelta por la Dirección de cada nivel o Dirección general.
________________________________
Fr. Roberto Ibarra Guerrero, ofm.
Director General