Presentación Organizaciones Civiles y Mercantiles
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FORMACIN DE ORGANIZACIONES CIVILES Y MERCANTILES (PROCEDIMIENTO)
Prof: Msc. Lisandro Zapata
Participantes: Ing. Dayana Flores
Ing. Mara TremontIng. Celenio Fernandez
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CONTENIDO Introduccin
Objetivo General y Especficos
Planteamiento del Problema e Importancia
Principales Definiciones
Tipos de Organizaciones
Organizaciones Civiles
Organizaciones Mercantiles
Mapa Conceptual
Conclusiones
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INTRODUCCIN
La formacin de organizaciones civiles y mercantiles busca
lograr la reunin o unin moral de seres inteligentes con
acuerdos estables y eficaces para conseguir un fin conocido
y querido por todos. El fin puede ser de muy diversa
naturaleza: mercantil, poltica, cultural, educativa o
recreativa.
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OBJETIVOS
GENERAL:
Analizar el procedimiento de constitucin y formacin de
organizaciones civiles y mercantiles.
ESPECFICOS:
I. Revisar informacin bibliogrfica.
II. Identificar los procedimientos para cada uno de los tipos de
organizaciones.
III. Interpretar la informacin bibliogrfica.
IV. Describir la constitucin de una sociedad especfica como anlisis
de campo.
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EL PROBLEMA
Esta investigacin busca definir y estudiar los
procedimientos y las regulaciones correspondientes a cada
una de las clases de Organizaciones Civiles y Mercantiles
existentes en Venezuela.
Y SU IMPORTANCIA
La importancia de esta investigacin se basa en resaltar el
papel que desempea la formacin y constitucin de
sociedades civiles y mercantiles en el entorno social,
econmico y poltico de un pas en va de desarrollo como
Venezuela.
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LA ORGANIZACIN
Es un grupo social formado por personas, tareas yadministracin, que interactan en el marco de unaestructura sistemtica para cumplir con sus objetivos.
Las Organizaciones se clasifican de acuerdo a lasactividades que realicen para lograr el objetivo por el cualfueron creadas, de esta manera se pueden clasificar en:civiles y mercantiles.
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SOCIEDAD
Una sociedad es un contrato realizado entre dos oms personas para constituir o crear un vnculojurdico.
SOCIEDADES REGULARES O IRREGULARES?
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Podemos definir el Documento Constitutivo como aqulque contiene la exteriorizacin de la voluntad contractualde los socios y que al registrarse y publicarse crea o danacimiento a la personalidad jurdica de una sociedad.
Documento Constitutivo
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PERSONA JURDICA
Toda unidad orgnica resultante de una colectividad organizada depersonas o de un conjunto de bienes a los que, para la consecucinde un fin social durable y permanente, es reconocida por el Estadouna capacidad de derechos patrimoniales
Roberto de Ruggiero.
La persona jurdica es una organizacin que el ordenamientoreconoce como sujeto independiente de derechos, encaminada allogro de fines comunes.
Heinrich Lehmann.
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PRINCIPIOS QUE RIGEN LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS JURDICAS
Pluralidad de voluntades.
Las asociaciones, fundaciones o sociedades civiles deben cumplir con todos
los requisitos que al efecto exige el Cdigo Civil.
La persona jurdica es ante la ley y ante los terceros un ente completamente
distinto a los individuos que la conforman.
Toda asociacin o sociedad estar representada por aquella persona natural
que se indique en sus estatutos o estipulaciones.
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TIPOS DE ORGANIZACIONES
Organizaciones Civiles
Sindicatos
Consejos Comunales
Comunas
Cooperativas
Fundaciones sin fines de lucro
ONG
Organizaciones Mercantiles
Compaia en nombre Colectivo
Compaia en comandita
Compaia annima
Compaia de responsabilidad
limitada
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Son organizaciones con personalidad jurdica,autnomas, en las que las personas deciden participarpara perseguir objetivos precisos del beneficio directoy en primera instancia para terceros.
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HETEROGENEIDAD
IDENTIDAD COLECTIVA
ORIENTACIN DE VALORES TICOS
BSQUEDA Y DESCUBRIMIENTO DE NUEVOS MODOS DE PRODUCCIN
CARACTERSTICAS DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES
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SINDICATOS
Es la asociacin de personas morales o fsicas que tiene por objeto
la representacin y la defensa de sus intereses comunes. Su
acepcin corriente, se trata de las asociaciones de obreros y de
empleados, de una profesin (sindicato de oficio) o de una rama
industrial (sindicato de industria), que se agrupan con el propsito
de defender sus derechos e intereses inmediatos: salarios, horarios,
condiciones de trabajo, de seguridad, etc.
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ATRIBUCIONES Y FINALIDADES
Proteccin y defensa de los intereses profesionales y gremiales.
Representacin en las negociaciones, conflictos y procedimientos
de conciliacin.
Vigilancia en los cumplimientos de las normas de higiene y
seguridad industrial, en la defensa del medio ambiente, en las
normas protectoras de los diversos sectores del colectivo laboral.
Creacin de formas de mejorar econmicamente a los asociados.
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FORMACIN DE SINDICATOS
Acta de fundacin
Eleccin de la junta directiva
Elaboracin del padrn o registro de afiliados
Eleccin de una comisin encargada de redactar los
estatutos
Formacin de un expediente para solicitar a las autoridades del trabajo la inscripcin del sindicato en el registro respectivo.
Plebiscito
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CONSEJO COMUNAL
Es la forma de organizacin ms avanzada que pueden darse los vecinos de
una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder
popular, es decir, es la instancia bsica de planificacin, donde el pueblo
formula, ejecuta, controla para poner en prctica las decisiones adoptadas
por la comunidad.
Base Legal: Ley Orgnica de los consejos Comunales. Gaceta oficial Nro.
39.335. 28 Diciembre 2009.
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OBJETIVOS DE LOS CONSEJOS COMUNALES
Articular organizaciones presentes en la comunidad, paradiversos propsitos.
Ejercer un control social en todas y cada una de lasactividades que se desarrollan en la comunidad.
Elaborar planes de trabajo para atacar los problemas que lacomunidad puede resolver con sus propios recursos yevaluar sus resultados.
Promover la elaboracin de proyectos en relacin con losprincipales problemas que por sus altos montos ocomplejidad la comunidad no est en capacidad deresolver. Estos proyectos deben ir al presupuestoparticipativo o a otras instancias de financiamiento.
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FORMACIN DE UN CONSEJO COMUNAL
1.-Realizar una asamblea de ciudadanos.
2.-Formar dos comisiones, la comisin promotora
provisional, y la comisin electoral provisional
3.-Realizar otra asamblea de ciudadanos y ciudadanas para nombrar la comisin electoral
permanente del consejo comunal.
4.-Realizar un proceso de votacin directo y secreto para elegir los diferentes
comits y voceras del consejo comunal.
5.-Adecuar el acta constitutiva del consejo
comunal a los requerimientos de la comunidad.
6.-Registrar el acta constitutiva ante la oficina
Subalterna del Registro pblico.
7.-Registrar el acta constitutiva por la taquilla nica del poder popular.
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LAS COMUNAS
Desarrollo sustentable
Desarrollo endgeno
Diversificacin de la economa
Participacin ciudadana
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1. Realizar una asamblea con la participacin de todos los consejos
comunales que tienen el inters de conformarse en comuna.
2. Cuando ya est creada la Comisin Promotora, se debe notificar a la
Oficina Nacional de Registro del Poder Popular.
3. Redactar el Proyecto de la Comuna.
4. Declaracin de Principios.
5. Realizar un referendo aprobatorio de la Carta Fundacional.
6. Registrar la Comuna ante la Oficina Nacional de Registro del Poder Popular.
7. Consignar el Acta de Conformacin de la Comisin Promotora, Carta
Fundacional Aprobada y el Acta de Escrutinio del Referendo Aprobatorio.
8. Formalizar el registro de la Comuna.
CONSTITUCIN DE UNA COMUNA
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ASOCIACIONES COOPERATIVAS
Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho
cooperativo, de la economa social y participativa, autnomas de personas
que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario para hacer frente a
sus necesidades y aspiraciones econmicas, sociales y culturales comunes,
para generar bienestar integral, colectivo y personal por medio de procesos
y empresas de propiedad colectiva gestionadas y controladas
democrticamente.
Ente Rector: Ministerio del Poder Popular Para las Comunas
y los Movimientos Sociales, a travs de SUNACOOP
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Asociaciones abiertas y voluntarias
Gestin democrtica de los asociados
Participacin econmica de los asociados
Autonoma e independencia
Educacin, entrenamiento e informacin
Cooperacin entre cooperativas
Compromiso con la comunidad
PRINCIPIOS COOPERATIVOS
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PASO 1 Retirar la planilla de reserva de denominacin en las Oficinas de Taquilla nica
PASO 2
Certificar a travs de una constancia que la denominacin consultada no pertenece aotra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominacin.
PASO 3
Realizar Asamblea Constitutiva, para formalizar el acuerdo cooperativo donderedactarn y aprobarn los Estatutos que regirn a su cooperativa. (Art. 13 LEAC).
PASO 4
Acudir al registro subalterno o inmobiliario de la localidad para proceder alotorgamiento del Acta Constitutiva y Estatutos.
PASO 5
Enviar a la Taquilla nica dentro de los quince (15) das siguientes los requisitoscorrespondientes para el otorgamiento de la constancia de inscripcin de lacooperativa.
PASO 6 Retirar la constancia de inscripcin
-Las cooperativas deben estar conformadas por un mnimo de 5 personas.
-Asistir a un proceso formativo segn la Providencia Administrativa N PA-1119-13 de SUNACOOP.
CONSTITUCIN DE UNA ASOCICIN COOPERATIVA
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CARACTERSTICAS:
Se instituye con propsitos ajenos a toda idea de lucro.
Los beneficiarios de la obra son siempre personas indeterminadas,
extraas completamente a los miembros que las dirigen.
La base no es una colectividad, sino una obra a realizar, por medio de
una organizacin de hombres y de bienes, puestos al servicio de una
empresa
Son entidades privadas sin nimo de lucro y con personalidad jurdica,
plena integrada por personas fsicas para el cumplimiento de fines
culturales, educativos, de divulgacin, deportivos o de ndole similar al
objeto de fomentar entre sus socios y/o terceros alguna actividad social.
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.ONG
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El artculo 200 del cdigo de comercio las define comoaquellas sociedades que tienen por objeto uno o ms actosde comercio.
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Segn tipo de capital
Segn su constitucin
CLASIFICACIN
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TIPOS DE ORGANIZACIONES MERCANTILES
Compaas en Nombre Colectivo.
Compaas Annimas ( C.A. o S.A.)
Compaas en Comandita.
Compaas de responsabilidad Limitada (S.R.L.)
Segn su constitucin:
Su base legal, C.C Titulo VII seccin II de la forma ycontrato de la sociedad
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SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
OB
LIC
AC
ION
ES S
OC
IALE
SEstn garantizadas por la responsabilidad solidaria e ilimitada de todos los socios
CA
PIT
AL
Constituido porpartes sociales.En principio nosujetas a sesin A
DM
ISN
ISTR
AC
IN
El administradordebe estarautorizado en eldocumentoconstitutivo
DO
CU
MEN
TO
CO
NST
ITU
TIV
O
-Nombres y domicilios de los socios
-Firma o razn social
-Objeto Social
-Autorizados para obrar
RA
ZN
SO
CIA
L
La forma elnombre de unoo varios de lossociossolidariamenteresponsables.Art. 227
Do
mic
ilio
Se determinar en el documento de creacin y en su defecto donde tenga su establecimiento principal
Su base legal, C.C Titulo VII seccin III
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SOCIEDAD EN COMANDITA
La principal caracterstica de este tipo de sociedad es la existencia de dostipos de socios ,en virtud de la cual las obligaciones estn garantizadas porla responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o mas socios llamados socioscomanditantes, a cambio de la responsabilidad limitada a una sumadeterminada de uno o mas socios llamados comanditarios.
COMANDITA SIMPLE COMANDITA POR
ACCIONES
Se rigen por las disposiciones del Cdigo de Comercio, siendo tambin aplicables a lasociedad comanditaria por acciones los preceptos de la Ley de Sociedades Annimas.
Su base legal, C.C Titulo VII seccin IV
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CARACTERSTICAS DE UNA COMPAA ANNIMA
Personalidad jurdica propia.
Suscripcin de capital.
Capital social representado por acciones.
Obligatoriedad en el registro de comercio.
Responsabilidad limitada de los accionistas.
Carcter mercantil.
Administracin delegada, Art. 275
Existencia ilimitada.
Permisibilidad en la denominacin social.
Designacin obligatoria de comisarios.
Responsabilidad solidaria de los administradores.
Su base legal, C.C Titulo VII seccin V
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CARACTERTICAS DE S.R.L
Estn garantizadas por un capital determinado y limitado al monto de los
aportes de cada socio.
El capital debe estar dividido en cuotas de participacin
La administracin puede ser llevada por una o ms personas, sean socios
o no. (art. 322)
La denominacin social puede referirse a un objeto o formarse con
cualquier nombre de fantasa o persona. Debe agregrsele necesariamente
S.R.L
Su base legal, C.C Titulo VII seccin VII
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CONTENIDO DEL DOCUMENTO CONSTITUTIVO
Voluntad de los otorgantes
Nacionalidad y domicilio
Identidad de los socios
Aportacin de los socios
Estatutos Normas Internas
CONTENIDO DE ESTATUTOS: Denominacin Social Capital Social Objeto Social Fecha cierre de ejercicio social
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ORGANIZACIONES MERCANTILES
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COMO REGISTRAR UNA C.A
REQUISITOS
Nombre o Razn Social
Capital Suscrito
Objeto y servicio de la compaa
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SINDICATOS
CONSEJOS COMUNALES
COOPERATIVAS
COMUNAS
SIN FINES DE LUCRO (ONG)
CIVILESFORMACIN Y
CONSTITUCIN DE ORGANIZACIONES
MERCANTILESTIPOS
CARACTERSTICAS
-Heterogeneidad-Identidad Colectiva-Orientacin de valores ticos-Bsqueda de nuevos modos de reproduccin social
NOMBRE COLECTIVO
S.R.L
SOCIEDADES ANNIMAS
COMANDITA
TIPOS
COMO CONSTITUIRLA
CDIGO DE COMERCIO
LOTTTLEY RGANICA DE LOS
CONSEJOS COMUNALES
LEAC
LEY RGANICA DE LAS COMUNAS
CDIGO CIVIL
BASES LEGALES
-Registro Mercantil central-Notario: Escritura pblica-Registro Mercantil Inscripcin-Agencia Tributaria: nmero de identificacin fiscal
BASE LEGAL
SIMPLE
-Socios comanditarios:resp. limitada-Socios colectivos:resp. ilimitada-Aportacin capital opatrimonio valoradoeconmicamente
- Capital dividido enacciones
-Voluntad de los otorgantes-Nacionalidad y domicilio-Identidad de los socios-Aportacin de los socios-Estatutos
CONTENIDO
Responsabilidad limitada-Mnimo un miembro-Capital divido en acciones
Responsabilidadlimitada-Capital mnimo ymximo-Administracin porsocios o no
Responsabilidad ilimitada delos socios-Constituido por partessociales
POR ACCIONES
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CONCLUSIONES
La Republica Bolivariana de Venezuela, cuenta con un conjunto dereglamentos contenidos en el Cdigo Civil y el Cdigo de ComercioVenezolano, adems de las leyes especiales creadas para algunos tiposde sociedades, las cuales rigen la formacin y constitucin deorganizaciones civiles y mercantiles.
Las sociedades se originan a partir de la necesidad de lograr unfin comn entre los asociados.
Las sociedades tienen un origen negocial, normalmente uncontrato, que dar vida a un ente, al que una vez cumplidoslos requisitos exigidos, el ordenamiento le reconoce lapersonalidad jurdica. De ah el aspecto contractual einstitucional de la sociedad.
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Gracias por su atencin
No importa si el producto son coches ocosmticos. Una compaa es solo tan buenacomo la gente que tiene.
Mary Kay Ash