Presentación marco normativo ppto bolivia
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MARCO NORMATIVO Y CONCEPTUAL DEL
PRESUPUESTO EN BOLIVIA
Dr. José Eduardo Romero Frías
Contenido
• Introducción• Sustento Legal• Participación Ciudadana• Control Social• El Presupuesto Anual• Planificación de Mediano y Largo Plazo• Marco Macroeconómico Plurianual• Técnicas Presupuestarias• Juan Brun G.
Introducción
Introducción
Sustento legal• Clasificación de la ley
- Ley material- Ley formal
• Principios del Derecho Presupuestario- Anualidad: - Especialidad del Crédito: - Unidad de Caja: - Universalidad: Único- Especialidad Cualitativa:- Especialidad Cuantitativa:- Especialidad Temporal:
Sustento legal• Constitución Política del Estado
Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional
Aprobar leyes en materia de presupuestos, ¿Quién Recibe y considera el proyecto de ley?¿Cuándo debe ser tratado?¿Cómo debe ser considerado?¿ Cómo se procede cuando no se trata el PPTO?
Sustento legal
Constitución Política del Estado Son atribuciones de la Presidente o Presidente del Estado
Presentar a la A.P.N., dentro de las 30 primares sesiones el Proy. de Ley del Ppto. Gral. del Estado y proponer, en su
vigencia, modificaciones que estime necesarias.• Artículo 321. I. La administración económica y financiera del
Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Sustento legal
• Constitución Política del EstadoArtículo 339. I. El Presidente de la República podrá decretar pagos no autorizados por la ley del presupuesto, únicamente para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de conmoción interna o del agotamiento de recursos destinados a mantener servicios cuya paralización causaría graves daños Los gastos destinados a estos fines no excederán del uno por ciento del total de egresos autorizados por el Presupuesto General
Sustento legal• Ley de Administración y Control Gubernamentales
Artículo 1º.- – Regula los sistemas de Administración y de Control de los
recursos del Estado y su relación con los sistemas de Planificación e Inversión Pública, con el objeto de:
– a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos
– b) Disponer de información útil, oportuna y confiable Artículo 2º Los sistemas que se regulan son:
a) Para programar y organizar las actividades:-Organización Administrativa.- Presupuesto
Sustento legal• Ley de Administración y Control Gubernamentales
b) Para ejecutar las actividades programadas:- Administración de Personal.- Administración de Bienes y Servicios.- Tesorería y Crédito Público.- Contabilidad Integrada.c) Para controlar la gestión del Sector Público:- Control Gubernamental,
Sustento legal• Ley de Administración y Control Gubernamentales• Artículo 8º.- El Sistema de Presupuesto preverá, los montos y
fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual en función de las prioridades de la política gubernamental y su asignación a los requerimientos monetarios de la Programación de Operaciones y de la Organización Administrativa adoptada. Se sujetará a los siguientes preceptos generales:-Los gastos totales deben responder a la disponibilidad de sus recursos, no pudiendo transferir gastos de inversión a funcionamiento.
Sustento legal• Ley de Administración y Control Gubernamentales
-Las entidades con autonomía de gestión, financiarán sus costos de funcionamiento, el aporte propio del financiamiento para sus inversiones y el servicio de su deuda con sus propios ingresos. Sus presupuestos de gastos son indicativos de sus operaciones de funcionamiento e inversión.
• Articulo 22º.- El Ministerio de Finanzas es la autoridad fiscal y órgano rector de los sistemas de PO, OA, Presupuesto; AP; ABS; TCP y CI
Sustento legal
• Ley 2042 de Administración Presupuestaria Artículo 1°Tiene por objeto establecer las normas generales a las que debe regirse el proceso de administración presupuestaria ,del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año. Normar la elaboración y presentación de los Estados Financieros de la Administración Central para su consideración en el Honorable Congreso Nacional.
Sustento legal• Ley 2042 de Administración Presupuestaria • Artículo 4°
Las asignaciones presupuestarias de gasto aprobadas por la Ley de Presupuesto de cada año, constituyen límites máximos de gasto y su ejecución su sujetará a los procedimientos legales que en cada partida sean aplicables
• Artículo 6°• El Poder Ejecutivo puede realizar modificaciones presupuestarias
intrainstitucionales e interinstitucionales, siempre y cuando esta no contravenga lo siguiente:
• a) aumentar el total del gasto agregado • b) Incrementar el total del grupo de gastos 10000 .• c) Traspasar recursos de apropiaciones presupuestarias de inversión a
otros gastos,
Sustento legal• Ley 2042 de Administración Presupuestaria
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO EN SERVICIOS PERSONALES Y DEUDA PÚBLICA
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO EN SERVICIOS PERSONALES
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO DE LA DEUDA PÚBLICA
Sustento legalLey 2042 de Administración Presupuestaria
TÍTULO IIIRÉGIMEN DE EVALUACIÓN, CIERRE PRESUPUESTARIO,ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROSDE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALCAPÍTULO IEVALUACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIACAPÍTULO IICIERRE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABLE
Sustento legal• Ley Marco de Autonomías y Descentralización
“Andrés Ibáñez” Ley n° 031• I. El objeto es regular el régimen económico financiero en
cumplimiento con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en el ámbito de aplicación de la presente Ley.
• II. Regula la asignación de recursos a las entidades territoriales autónomas y las facultades para su administración
• III. Las entidades territoriales autónomas financiarán el ejercicio de sus competencias con los recursos consignados en sus presupuestos institucionales, conforme a disposiciones legales vigentes.
Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Ley n° 031
• Artículo 102. (LINEAMIENTOS GENERALES). • La administración se ejercerá en sujeción a los siguientes
lineamientos: 1. Sostenibilidad financiera2. Autonomía económica financiera, 3. Equidad con solidaridad entre todas las autonomías4. Coordinación constructiva y lealtad institucional.5. Asignación de recursos suficientes
Sustento legal• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”
• Artículo 104. (RECURSOS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMASDepartamentales). 1. Las regalías departamentales establecidas por la Constitución Política del Estado y las disposiciones legales vigentes.2. Los impuestos de carácter departamental 3. Las tasas y las contribuciones.4. Las patentes por la explotación recursos naturales5. Venta de bienes, servicios y la enajenación de activos.6. Los legados, donaciones y otros ingresos similares.
Sustento legal
Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez7. Los créditos y empréstitos internos y externos contraídos de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.8. Las transferencias del IDH y del IEHD y otros.9. Aquellos provenientes por transferencias, por delegación o transferencia de competencias.
Sustento legal• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés
Ibáñez”
• Artículo 114. (PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS).IV. Las entidades territoriales autónomas elaborarán el presupuesto institucional considerando la integralidad y articulación de los procesos de planificación, programación, inversión y presupuesto, incorporando los mecanismos de participación y control social, en el marco de la transparencia fiscal y equidad de género.V. El presupuesto de las entidades territoriales autónomas debe incluir la totalidad de sus recursos y gastos.
Sustento legal• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”
• IX. Los gobiernos autónomos tienen la obligación de presentar a las instancias delegadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, la siguiente información y documentación:1. El Plan Operativo Anual y el presupuesto anual aprobados por las instancias autonómicas de acuerdo a las disposiciones legales vigentes:
2. La ejecución presupuestaria mensual sobre los recursos, gastos e inversión pública, hasta el día 10 del mes siguiente. 3. Estados financieros de cada gestión fiscal.4. Información de evaluación física y financiera
Participación Ciudadana
MARCO GENERAL DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIALEN LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMASCAPÍTULO IPARTICIPACIÓN SOCIALArtículo 138. (DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL). I. La normativa de los gobiernos autónomos debe garantizar la participación y el control social.II. La participación social se aplica a la elaboración de políticas públicas, planificación, seguimiento y evaluación, mediante mecanismos establecidos y los que desarrollen los gobiernos autónomos en el marco de la ley.
Participación CiudadanaContexto Democracia Representativa Democracia Participativa
Marco Legal Ley Orgánica de Municipalidades Ley de Participación Popular
Actores centrales Partidos Políticos Organizaciones Territoriales de Base y Comités de Vigilancia
Escenarios de participación Elecciones de Alcaldes y Concejos Municipales
Además de elecciones, Asambleas de barrios y distritos municipales
Roles Alcaldes – Ejecutivo
Concejos Municipales-Control
1. Elaboración Participativa de Planes de Desarrollo Municipal: Largo Plazo (PDMs), Corto Plazo (POAs).
2. Vigilancia social
Control social
Control social
Artículo 142. (GARANTÍA DE CONTROL SOCIAL). La normativa de los gobiernos autónomos garantizará el ejercicio del control social por parte de la ciudadanía.
Artículo 143. (CONTINUIDAD DE LA GESTIÓN PÚBLICA). El control social no podrá retrasar, impedir o suspender, la ejecución o continuidad de proyectos, programas, planes y actos administrativos,
Marco conceptualEl Presupuesto Es un plan de ingresos y gastos para un período de tiempo determinado a fin de cumplir los objetivo y metas de una empresa o de un Estado. El Sistema de Presupuesto Es un conjunto ordenado y coherente de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación, de los presupuestos públicos, según el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República.
. Sistema de Administración de las Finanzas Públicas
Marco conceptual
PD
PI
RRHH
TyCP
OOProgramar
y organizar
PND
Ejecutar
Ctb
PDD RRHH
TyCP
POAPOA PPTOPPTO
Cumplimiento
Seguimiento y Evaluación
ByS
Marco conceptual
POA
PDS
PEIPND PDD
PDM
FormulaciónFormulación
Cartera de Proyectos de Inversión (Registro SISIN)
Priorización y selección de Proyectos de Inversión
Programación de Inversión
Programación Financiera
Programación de la Ejecución Física
Administración Bienes y Servicios (Plan Anual de Contrataciones)
Proyecto de presupuesto
Seguimiento a:
Ejecución Financiera
Ejecución Física
Seguimiento y Seguimiento y EvaluaciónEvaluación
Marco conceptual
Marco Macroeconómico Plurianual
Tasa de crecimiento del PIBTasa de inflaciónInversión PúblicaEficiencia tributariaCotización internacional del Barril de petróleoTipo de cambio Otros
Marco conceptualTécnicas de elaboración del presupuesto
• TradicionalParte de un volumen global del gasto, gastos recurrentes ordinarios, regla del penúltimo año, que se convierte en una limitación de gasto y extraordinarios no recurrentes de acuerdo a ingresos extraordinarios
• Incrementalista• Análisis de partidas, , comienza defiiendo las unidades
monetarias asignadas, beneficio costo de las nuevas actividades.• Base Cero. Programa en blanco, analiza costo beneficio comienza
con propósitos y objetivos, enfoques nuevos, alternativas
Marco conceptual
• Por Progranmas• Identifica objetivos y metas a alcanzar, el SP productor de
bienes y servicios. Estructura por categorías programáticas sub programa, proyecto actividad
• Por resultadosEs una metodología que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto.
GRACIASJose Romero
La Paz, mayo 2011