Presentacion iniciativa de ley dfo (1)
-
Upload
ramon-garcia-borbon -
Category
Documents
-
view
62 -
download
1
Transcript of Presentacion iniciativa de ley dfo (1)
![Page 1: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/1.jpg)
Propuesta de “Iniciativa Avendaño”
ActualCódigo Penal para el Estado de Sonora
Propuesta
ARTÍCULO 67.- Serán aplicables a los delitos culposos, las siguientes reglas: …II. Cuando el delito doloso sea perseguible a petición de parte ofendida, regirá esta misma regulación cuando el delito se ejecute culposamente, excepto cuando el responsable se haya retirado del lugar del hecho sin prestar auxilio a la víctima, o se produzca con motivo del tránsito de vehículos y el conductor se encuentre en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra substancia que afecte las facultades psicomotrices, casos en los cuales los delitos se perseguirán de oficio.
ARTÍCULO 67.- Serán aplicables a los delitos culposos, las siguientes reglas: …II. Cuando el delito doloso sea perseguible a petición de parte ofendida, regirá esta misma regulación cuando el delito se ejecute culposamente, excepto cuando el responsable se haya retirado del lugar del hecho sin prestar auxilio a la víctima, o se produzca con motivo del tránsito de vehículos y el conductor se encuentre en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra substancia que afecte las facultades psicomotrices, casos en los cuales los delitos se perseguirán de oficio.…
Queda igual
![Page 2: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/2.jpg)
Propuesta de “Iniciativa Avendaño”ActualCódigo Penal para el Estado de Sonora
Propuesta
ARTICULO 274.- Al conductor de un vehículo cualquiera o jinete que, culposa o fortuitamente, atropelle a una persona y se retire del lugar, sin prestar o facilitar la asistencia que estuviere a su alcance proporcionar, será sancionado con prisión de un mes a dos años o de cuarenta a trescientos días multa, independientemente de las sanciones que resultaren por el delito cometido, en su caso.
ARTICULO 274.- Al conductor de un vehículo cualquiera o jinete que, culposa o dolosamente, atropella, lesiona o asesina a una persona y se retira del lugar, será sancionado con prisión de uno a cinco años, independientemente de las sanciones que resultaren por el delito cometido, en su caso. En caso de que el conductor permanezca en el lugar a la espera de las autoridades, pero sin prestar o facilitar la asistencia que estuviera a su alcance proporcionar, será sancionado con prisión de un mes a dos años, independientemente de las sanciones que resultaren por el delito cometido, en su caso.
![Page 3: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/3.jpg)
ActualCódigo Penal para el Estado de Sonora
Propuesta
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora
Art. 187 ……I. …II. …III. … Se califican como delitos graves, los previstos en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Sonora: … abandono de personas, previsto en el artículo 275, cuando le corresponda las sanciones señaladas en los párrafos segundo y tercero del mismo numeral; …
Art. 187 ……I. …II. …III. … Se califican como delitos graves, los previstos en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Sonora: … abandono de personas, previsto en lo artículo 274, cuando corresponda a las sanciones señaladas en el primer párrafo de ese numeral, así como el artículo 275, cuando le corresponda las sanciones señaladas en los párrafos segundo y tercero del mismo numeral; …
![Page 4: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/4.jpg)
![Page 5: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/5.jpg)
![Page 6: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/6.jpg)
![Page 7: Presentacion iniciativa de ley dfo (1)](https://reader035.fdocument.pub/reader035/viewer/2022071723/55c210f9bb61ebf77d8b476f/html5/thumbnails/7.jpg)