Práctica 5

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Análisis del sistema de ordenación educativa español en la ley Moyano de 1857, Ley General de Educación de 1970 y Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, de 1990 Educación y sociedad Selene Moreno Triana Rodríguez Ruth Suárez 2ºB Magisterio Educación Infantil

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Análisis del sistema de ordenación educativa español en la ley Moyano de

1857, Ley General de Educación de 1970 y Ley de Ordenación General del Sistema

Educativo, de 1990Educación y sociedad

Selene Moreno

Triana Rodríguez

Ruth Suárez

2ºB Magisterio Educación Infantil

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Ordenación y objetivos de la enseñanza primaria elemental en la Ley de instrucción Pública de 1857.

• Ordenación: La Ley Moyano consta de cuatro secciones. La primera, «De los estudios», regula los niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental (obligatoria y gratuita para quien no pueda costearla) y superior; segunda enseñanza, que comprende seis años de estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales. En la sección «De los establecimientos de enseñanza» se regulan los centros de enseñanza públicos y privados. La tercera, «Del profesorado público», regula la formación inicial, forma de acceso y cuerpos del profesorado de la enseñanza pública.

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Por último, en la sección «Del gobierno y administración de la instrucción pública» se establecen tres niveles de administración educativa (central, provincial y local) perfectamente jerarquizados, y se regulan unos tímidos intentos de participación de la sociedad en el asesoramiento a las diversas Administraciones.

• Objetivos:- Relacionar la configuración de la enseñanza y la situación del profesorado con lo que cabría esperar.- Comprobar si ha contribuido al mejor funcionamiento del sistema.- Dar respuesta adecuada a los problemas que se han planteado.

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Ordenación y objetivos de la enseñanza infantil en la Ley

General de Educación de 1970.

• Ordenación: La Ley introdujo una cierta diferenciación entre las etapas que corresponderían a la enseñanza Primaria y Secundaria. La primera etapa (6 – 11 años) acentuaba el carácter globalizado de las enseñanzas (en los cursos de 1º a 5º). La segunda (11 – 14 años) introducía una “moderada diversificación de las enseñanzas por áreas de conocimiento” (6º a 8º). Los alumnos que cursaran con éxito toda la EGB recibirían el título de “graduado escolar”. La organización de este nivel nunca ha llegado a resolverse completamente -especialmente en lo que se refiere a la segunda etapa que establecía la L.G.E- como demuestra la persistencia de porcentajes todavía significativos de alumnos que, aún hoy, no llegan a alcanzar sus objetivos, no obtienen el título de graduado escolar y deben conformarse con el “certificado de escolaridad”.

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De hecho, el porcentaje de graduados escolares fue disminuyendo, con una sola excepción, año tras año a lo largo de la década de los setenta, conforme se avanzaba hacia la plena escolarización  • Objetivos:- Hacer partícipe de la educación a toda la población española, ya que es y era injusto negarle a un español su derecho a recibir una educación.- Completar la educación general con una preparación profesional que capacite para la incorporación fecunda del individuo al mundo laboral.- Ofrecer a todos la igualdad de oportunidades educativas, sin más limitaciones que la de la capacidad para el estudio. Es decir, no dar más oportunidades a los que tenían más poder adquisitivo, sino a los que verdaderamente se lo merecieran.- Establecer un sistema educativo que se caracterice por su unidad, flexibilidad e interrelación, al tiempo que se facilita una amplia gama de posibilidades de educación permanente.

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la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, de

1990.

• Ordenación: La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo da forma jurídica a la propuesta y se convierte en el instrumento esencial de le reforma. Con la consecución de objetivos tan fundamentales como la ampliación de la educación básica, llevándola hasta los dieciséis años edad mínima legal de incorporación al trabajo, en condiciones de obligatoriedad y gratuidad; con la reordenación del sistema educativo estableciendo en su régimen general las etapas de educación infantil educación primaria, educación secundaria –que comprenderá la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional de grado medio–, la formación profesional de grado superior y la educación universitaria; con la prestación a todos los españoles de una enseñanza secundaria; con la reforma profunda de la formación profesional y con la mejora de la calidad de la enseñanza, esta ley trata no sólo de superar las deficiencias del pasado y del presente sino, sobre todo, de dar respuesta adecuada y ambiciosa a las exigencias del presente y de futuro.

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La ley se refiere a la Ordenación General del Sistema Educativo, y, en la provisión de la educación como servicio público, íntegra tanto a la enseñanza pública como a la enseñanza privada y a la enseñanza privada concertada. La reforma requerirá y asegurará su participación en la necesaria programación de la enseñanza.

•Objetivos: - Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción.- Relacionarse con los demás través de las distintas formas de expresión y de comunicación.- Observar y explorar su entorno natural, familiar y social.- Adquirir progresivamente una autonomía en sus actividades habituales.