PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL.docx
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PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL -SOCIEDAD MINERA AUSTRIA DUVAZ MOROCOCHA
UAPUNIVERSIDAD ALAS PERUANAS
FILIAL HUANCAYO
FACULTAD DE INGENIERÍAS Y ARQUITECTURAESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL
CATEDRA : MONITOREO AMBIENTAL
CATEDRÁTICO : Ing. Edgar Quijada Gamarra.
INTEGRANTES :
CÁRDENAS FLORES, Zelmira Cecilia. MEDRANO GUERE, Jemima. MANHUALAYA VILCAPOMA, Milena. ÑAHUI QUICHA, José Brandon. QUICHA LLANCO, Trevor Hans.
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CATEDRA : MONITOREO AMBIENTAL
CATEDRATICO : Ing. Edgar Quijada Gamarra.
INTEGRANTES :
1. CÁRDENAS FLORES, Zelmira Cecilia.2. MEDRANO GUERE, Jemima.3. MANHUALAYA VILCAPOMA, Milena.4. ÑAHUI QUICHA, Jose Brandon5. QUICHA LLANCO, Trevor Hans.
Primero, dar gracias a Dios, por estar con nosotros en cada paso que damos, por fortalecer nuestros corazones e iluminar nuestra mente poniendo en nuestro camino a buenos amigos y personas que son soporte y compañía durante todo trabajo.
Así mismo a la Empresa Minera Austria Duvaz por el apoyo en el fortalecimiento de nuestras capacidades en el campo.
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Contenido1. INTRODUCCIÓN...............................................................................................................3
2. DATOS DE UBICACIÓN..................................................................................................4
2.1. UBICACIÓN....................................................................................................................4
2.2. LIMITES..........................................................................................................................4
2.3. ACCESO.........................................................................................................................4
2.4. DATOS METEREOLOGICOS.....................................................................................4
2.5. CLIMA.............................................................................................................................4
3. NECESIDAD DEL MONITOREO....................................................................................5
4. RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES..........................................................6
5. ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLAN EN EL LUGAR..........................................6
6. DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIBIR LAS ACTIVIDADES..........................................6
7. INFORMACIÓN EXISTENTE SI SE REALIZARON MONITOREO ANTERIORMENTE...................................................................................................................6
8. INFORMACIÓN DE PARÁMETROS QUE SE VAN MONITOREAR.........................7
8.1. MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA INDUSTRIAL.............................................7
8.2. MONITOREO DE AGUA SUPERFICIAL....................................................................8
8.3. MONITOREO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO – CAMPAMENTOS.......8
8.4. MONITOREO DE AIRE – METEREOLOGICO.........................................................8
8.5. MONITOREO DE SUELO............................................................................................9
8.6. MONITOREO DE RUIDO AMBIENTAL – PERIODO DIURNO Y NOCTURNO...9
9. UBICACIÓN DE PUNTOS DE MONITOREO..............................................................10
9.1. MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA INDUSTRIAL...........................................10
9.2. MONITOREO DE AGUA SUPERFICIAL..................................................................10
9.3. MONITOREO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO – CAMPAMENTOS.....10
9.4. MONITOREO DE AIRE – METEREOLOGICO.......................................................11
9.5. MONITOREO DE SUELO..........................................................................................11
9.6. MEDICIÓN DE RUIDO AMBIENTAL – PERIODO DIURNO Y NOCTURNO......11
10. TOMA, MANEJO Y ANÁLISIS DE LA MUESTRA..................................................11
11. MANEJO, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.........................15
12. DIFUSIÓN DE RESULTADOS..................................................................................28
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1. INTRODUCCIÓN
El Plan de Monitoreo Ambiental establece los parámetros para el seguimiento de la calidad de
los diferentes componentes ambientales que podrían ser afectados durante la ejecución del
Proyecto, así como los sistemas de control y medida establecidos en un Plan de Manejo
Ambiental en cumplimiento de un Estudio de Impacto Ambiental para el cuidado y protección del
medio ambiente.
El monitoreo se encargará de describir las variaciones en la concentración de los elementos
que componen la calidad del ambiente biótico. Esto es de vital importancia ya que dicho
ambiente es el soporte de vida tanto animal como vegetal.
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2. DATOS DE UBICACIÓN
2.1. UBICACIÓN La unidad minera se encuentra ubicada en:
Nombre de la empresa : Sociedad Minera Austria Duvaz S.A.C.Coordenadas UTM :
8’717,854 NORTE375,584 ESTE
Distrito : MorocochaProvincia : YauliDepartamento : JunínAltitud : 4,540 m s.n.m.
2.2. LIMITESMorococha como distrito limita por:
Norte : Distrito de Marcapomacocha y el rio Mantaro.
Sur : Distrito de Yauli.
Este : Distrito de Santa Rosa de Sacco.
Oeste : Chicla, provincia de Huarochiri.
2.3. ACCESOEl acceso la unidad es vía terrestre:
o Lima - Morococha: se encuentra en el kilómetro 140 de la Carretera Central.o Huancayo – Morococha: Se encuentra a 3 horas de viaje.
2.4. DATOS METEREOLOGICOSo PRECIPITACIÓN.- El periodo de intensas precipitaciones está comprendido entre
los meses de Octubre a Abril en tanto que entre los meses de Mayo a Setiembre se presenta un periodo de baja precipitación.
o HUMEDAD RELATIVA.- el área de estudio presenta una humedad relativa
promedio mínima de 68.2% en el mes de Agosto y una humedad relativa máxima de 80.5% correspondiente en el mes de Marzo.
o TEMPERATURA.- la temperatura media mensual se encuentra en el rango de
3.2°C y 5.4°C, no presenta variación anual significativa y tiene una temperatura anual promedio de 53.90°C.
o DIRECCION Y VELOCIDAD DEL VIENTO.- la dirección del viento se caracteriza
por ser variante, durante los meses de lluvia la dirección de viento predominante proviene de Sureste (SE) y Noreste (NE) y en época seca proviene predominantemente del Noreste (NE) y este (E).
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2.5. CLIMASobre los 4500 msnm exactamente en las cumbres nevadas se presenta un clima frígido o glacial, entre los 4000 y 4500 msnm, el Altiplano posee un clima frio o de puna.
El Altiplano y cumbres nevadas, presentan variaciones muy diferenciadas entre el día y la noche, además presentan dos temporadas definidas: el primero entre los meses Diciembre a Abril y el segundo entre Mayo a Noviembre, época de lluvia y época seca respectivamente.
3. NECESIDAD DEL MONITOREOLa necesidad de monitoreo en la unidad minera es por la razón de desarrollar sus actividades de extracción y producción de plomo, cobre y zinc bajo el cumplimiento debido a la normativa vigente aplicable al sub sector minería por parte de la empresa En su compromiso de no causar impactos al agua, aire, suelo y ruido tanto a la población y trabajadores de sus operaciones cuidando el ambiente.
SIENDOS LOS OBJETIVOS PLANTEADOS LOS SIGUIENTES:
1. AGUA
Realizar el monitoreo ambiental de calidad de agua de las estaciones de monitoreo establecidos en el Plan de Monitoreo Ambiental y determinar la concentración de los parámetros definidos en dicho instrumento de gestión ambiental.
Determinar los parámetros fisicoquímicos y elementos metálicos en las estaciones de monitoreo y verificar el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP), de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 010-2010-MINAM (Límites Máximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas).
Determinar los parámetros para el agua de consumo humano y dar cumplimiento al DS N° 031–2010 –SA.
2. AIRE – METEREOLOGICO Determinar las concentraciones de partículas en suspensión y gases en las
estaciones de monitoreo de calidad de aire a fin de dar cumplimiento a la R.M. N°315-96-EM/VMM, y D.S. Nº074-2001-PCM y Decreto Supremo Nº003 - 2008 – MINAM.
Efectuar un monitoreo meteorológico, a fin de determinar las características generales de la zona y su influencia en las concentraciones obtenidas en calidad de aire.
3. RUIDO Realizar el monitoreo de calidad de ruido ambiental de las estaciones de
monitoreo establecidos en el Plan de Monitoreo Ambiental y determinar el Nivel Máximo Equivalente (Leq) definido en dicho instrumento de gestión ambiental.
4. SUELO
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Realizar el monitoreo ambiental de calidad de suelos de las estaciones de monitoreo establecidos en el Plan de Monitoreo Ambiental y determinar la concentración de los parámetros definidos en dicho instrumento de gestión ambiental, dando cumplimiento al DS N° 002-2013-MINAM
4. RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONESNormativa General
- Constitución Política del Perú 1993
Esta norma, establece en su artículo 2°, inciso 22, que “Toda persona tiene derecho a la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida”, de la misma manera los artículos 66°, 67°, 68° y 69° establecen que los recursos naturales, renovables y no renovables son patrimonio de la Nación, siendo el Estado el que debe promover el uso sostenible de los mismos.
Por otro lado en el artículo 70°, la constitución protege el derecho de propiedad con garantía del Estado, debido a que no se puede privar a nadie de su propiedad. Sin embargo, se podrá expropiar propiedades previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio en caso se requiera desarrollar proyectos de necesidad pública.
- Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su respectivo reglamento aprobado mediante D.S. 008-2005-PCM
La presente ley señala que el objetivo de la Política Nacional Ambiental es el mejoramiento continuo de la calidad de vida de las personas, mediante la protección y recuperación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, garantizando de esta manera la existencia de ecosistemas viables y funcionales a futuro.
- Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente y sus respectivas modificatorias mediante D.L. N° 1055
Norma que brinda la directriz del marco legal para la gestión ambiental en el Perú, establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente y a sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país.
La Ley General del Ambiente fue modificada mediante el D.L. N° 1055, que complementa el D.L. N° 1013, la misma que aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, en lo relativo a los Límites Máximos Permisibles (LMP) y el Sistema de Información Ambiental, a fin de que la mencionada norma incorpore los mecanismos de transparencia, participación ciudadana y las sanciones aplicables al incumplimiento de las obligaciones contenidas en ella.
- Ley N° 27446 – Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y sus respectivas modificatorias mediante D.L. N° 1078
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Se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. En esta norma se categoriza los Estudios de Impacto Ambiental, de acuerdo a la magnitud, envergadura y ámbito de influencia del proyecto; existen diversas modificatorias que hacen referencia a modificaciones de diversos artículos de la ley, en la que se señalan nuevas directrices en cuanto a obligatoriedad de certificación ambiental, categorización de proyectos de acuerdo al riesgo, criterios de protección ambiental, etc.
- D.S. N° 019-2009-MINAM – Reglamento de Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
Este Decreto Supremo aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo objetivo es identificar, prevenir, supervisar, controlar y corregir anticipadamente los impactos ambientales negativos de los proyectos de inversión, así como de las políticas, planes y programas públicos. Establece también diversas modalidades de gestión de la evaluación de impacto ambiental, para que sean aplicables a los diversos proyectos de inversión que están comprendidos en el SEIA, desde grandes proyectos de minería o hidrocarburos, hasta proyectos más pequeños o dispersos como los de industria, pesquería, de servicios, entre otros, que puedan presentar impactos ambientales negativos.
antisubversiva, con el fin de incrementar las medidas de control en la fabricación, comercialización, transporte, almacenaje, uso y destrucción de artefactos explosivos de uso civil y de los insumos utilizables en su fabricación.
- Ley N° 29338 – Ley de Recursos Hídricos
Mediante esta ley se regula el uso y gestión de los recursos hídricos. La norma abarca el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Se extiende también al agua marítima y atmosférica.
Esta ley reconoce tres clases de uso de agua: Uso primario, poblacional y uso productivo. El uso del agua se ejerce mediante derechos de uso de agua, los mismos que son otorgados por la Autoridad Nacional del Agua.
- D.S. N° 001-2010-AG – Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
La presente norma busca regular el uso y gestión de los recursos hídricos y sus bienes asociados, así como la actuación del estado y los particulares en dicha gestión que tiene como base territorial a la cuenca hidrográfica. Sus alcances más destacados son los siguientes:
Esta norma reitera a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) como el organismo técnico especializado capaz de ejercer la jurisdicción administrativa exclusiva en materia de recursos hídricos.
Establece como órganos desconcentrados de la ANA a las Autoridades Administrativas de Agua (AAA), siendo entidades mediante las cuales la ANA ejerce sus funciones a nivel nacional. Establece a las Administraciones Locales de Agua como unidades orgánicas de las AAA.
La norma también condiciona el uso del agua a las necesidades reales del objeto al cual se destinan y a las fluctuaciones de su disponibilidad, debiendo ser ejercidas de manera eficiente, evitando que se afecte su calidad y de las condiciones naturales del entorno, respetando los usos primarios y derechos de uso de agua otorgados.
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- D.S. N° 017-2009-AG – Reglamento de clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor
Este reglamento fue elaborado con la finalidad de promover y difundir el uso racional continuado del recurso suelo, con el fin de conseguir de este recurso el óptimo beneficio social y económico dentro de la concepción y principios del desarrollo sostenible, evitar la degradación de los suelos como medio natural de bioproducción y fuente alimentaria, además de no comprometer la estabilidad de las cuencas hidrográficas y la disponibilidad de los recursos naturales que la conforman, además de establecer un sistema nacional de clasificación de tierras según su capacidad de uso mayor adecuado a las características ecológicas, edáficas y de la diversidad de ecosistemas de las regiones naturales del país.
- D.S. N° 002-2009-MINAM – Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en Asuntos Ambientales
El presente decreto supremo tiene como objetivo la regulación del acceso a la información pública ambiental y el proceso ciudadano en la gestión ambiental a cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM). Se define la participación ciudadana ambiental como el proceso mediante el cual el ciudadano se involucra en la elaboración y difusión de información ambiental, así como programas y agendas; evaluación y ejecución de proyectos de inversión pública y privada, así como de proyectos de manejo de los recursos naturales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.
Marco Legal aplicado al Sector Minero
- D.L. N° 109 – Ley General de Minería
La presente Ley señala que “Comprende todo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y del subsuelo del territorio nacional, así como del domicilio marítimo. Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley, el petróleo e hidrocarburos análogos, los depósitos de guano y las aguas minero-medicinales”. Modificado por la promulgación del D.S. Nº 708.
- D.S. N° 014-92-EM – Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (TUO), con sus modificatorias mediante Ley 27341
Rige las actividades mineras; que comprenden las actividades de prospección, exploración y explotación, procesamiento de minerales, metalurgia extractiva, transporte de minerales y comercialización.
- D.L. N° 708 - Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Minero
En el Titulo VI del Medio Ambiente y de la Inversión Minera, establece que todas las personas naturales o jurídicas que realicen o deseen realizar actividades de beneficio y/o explotación requieren aprobación de los proyectos inherentes a la actividad por la autoridad competente, la cual, está supeditada a especificación expresa, pautas y obligaciones inherentes a la defensa del medio ambiente y de los recursos naturales de acuerdo a las normas que establezca la autoridad competente.
- D.S. N° 028-2008-EM – Aprueban el Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector Minero
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La aprobación de la presente norma incorpora nuevos mecanismos de participación ciudadana que garantice el ejercicio de este derecho y contribuya a la prevención de conflictos socioambientales.
- R.M. N° 304-2008-MEM/DM – Normas que regulan el Proceso de Participación Ciudadana en el Subsector Minero
La presente norma tiene por objeto desarrollar los mecanismos de participación ciudadana a que se refiere el Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector Minero, aprobado por el D.S. Nº 028-2008-EM, así como las actividades, plazos y criterios específicos, para el desarrollo de los procesos de participación en cada una de las etapas de la actividad minera.
- D.S. N° 016-93-EM – Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Minero Metalúrgicas
La presente norma establece los procedimientos y pautas necesarias para que las actividades mineras se adecuen a las normas ambientales vigentes en el país y a las estipuladas por el Ministerio y establece los requisitos de operación y las pautas necesarias para que las nuevas operaciones mineras adopten medidas para el control y monitoreo de sus actividades, asegurando así una adecuada protección ambiental. Fue modificado por el Decreto Supremo Nº 059-93-EM.
Del mismo modo, considera expresamente la posibilidad de depositar relaves en el fondo de cuerpos lacustre o del mar, bajo condiciones técnicamente manejables, para los casos en los que la topografía no permite su disposición en superficie o cuando su disposición en superficie representa un mayor riesgo a la población o al ambiente (Art. 38°). Además, se establece la obligación de garantizar la estabilidad física y química del material depositado en la etapa de abandono (Art. 39°).
- R.D. N° 004-94-EM/DGAA – Publicación de las Guías de Monitoreo de Agua y Aire para la Actividad Minero Metalúrgicas
En la presente norma se publican los protocolos de monitoreo de calidad de aire y emisiones, y el protocolo de monitoreo de calidad de agua, guías que estandarizan los procedimiento para la ejecución de los programas de monitoreo, tanto para aire como para agua.
- R.D. N° 035-95-EM/DGAA – Aprueban guías ambientales como lineamientos para la elaboración de EIA y PAMA del subsector minero
Mediante esta norma se aprueba una serie de guías para el manejo ambiental en las operaciones minero metalúrgicas. Entre ellas se puede citar las siguientes:
Guía ambiental para el manejo de aguas en operaciones minero metalúrgicas.
Guía ambiental para el manejo de drenaje ácido de minas.
Guía ambiental para vegetación de áreas disturbadas por la industria minero metalúrgica.
Guía ambiental para el manejo de relaves mineros.
Guía ambiental para actividades de exploración de yacimientos minerales en el Perú.
Guía de Relaciones Comunitarias.
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- R.D. N° 034-98-EM – Aprueban publicar Guías Ambientales para el manejo de problemas de Ruido y estabilidad de Taludes de Depósitos de Residuos Sólidos provenientes de Actividades Mineras
Mediante la presente resolución se aprueban las siguientes guías de manejo ambiental:
Guía ambiental para el manejo de problemas de ruido en la industria minera.
Guía ambiental para la estabilidad de taludes de depósitos de residuos sólidos provenientes de actividades mineras.
Aprueban Guía para la evaluación de Impacto en la calidad del aire por actividades minero metalúrgicas. R.D. Nº 280-2007-MEM-AAM.
Aprueban Guía para la evaluación de impactos en la calidad de aguas superficiales para las actividades minero- metalúrgicas. R.D. Nº 281-2007 –MEM-AMM.
Aprueban Guía para el diseño de coberturas de depósito de residuos mineros metalúrgicos. R.D. Nº 282-2007.
Aprueban Guía para el diseño de tapones para el cierre de labores mineras. R.D. Nº 283-2007.
Aprueba Guía para la evaluación de la estabilidad de pilares corona en labores minero metalúrgico. R.D. Nº 284-2007 MEM/AAM.
Protocolos de monitoreo de calidad de aire.
Protocolo de monitoreo de efluentes líquidos y calidad del agua. Emitido por el MEM., en concordancia con D.S. Nº 059-93-EM, denominado Reglamento de protección ambiental para las actividades mineras.
- D.S. N° 002-96-EM-DGAA – Guías ambientales para proyectos de lixiviación de pilas, perforación y voladura en operaciones Mineras, Cierre y Abandono de Minas y manejo de relaves mineros
El presente decreto supremo tiene como objetivo servir de guía en el desarrollo, construcción y operación de proyectos de lixiviación, Asimismo, se deberá utilizar en el desarrollo de instalaciones de lixiviación tanto de cobre como de metales preciosos.
- R.M. 270-2011-MEM/DM – Aprobación del Sistema de Evaluación Ambiental en Línea – SEAL para la presentación, evaluación y otorgamiento de Certificación Ambiental para la mediana y gran minería
Esta resolución tiene como objetivo uniformizar los procedimientos de evaluación y certificación ambiental a través de la presentación vía internet de los instrumentos de gestión Ambiental aplicables a la Mediana Minería y Gran Minería.
- D.S. 011-2011-MINAM – Decreto Supremo que integra los plazos para la presentación de los instrumentos de gestión ambiental de las actividad minero – metalúrgicas al ECA para agua y LMP para las descargas de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas
La presente norma aplica a aquellos titulares de las actividades minero-metalúrgicas que se encuentran en los supuestos regulados en el numeral 8.4 del artículo 8° del Decreto supremo N° 023-2009-MINAM y en el numeral 4.3 del artículo 4° del Decreto supremo N° 010-2010-MINAM y que se encuentran en los siguientes requisitos:
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Que la vigencia de la presente norma, no hayan presentado los planes de Implementación para el cumplimiento de los LMP y plan de actualización para el cumplimiento de los ECA para agua.
Que habiendo cumplido con la presentación de uno de los planes mencionados anteriormente conforme lo determine el Ministerio de Energía y Minas, requieren acogerse en lo que corresponde al Plan no presentado.
Que habiendo cumplido con presentar ambos planes opten por acogerse a los plazos previstos por este decreto supremo, previa solicitud de adecuación al plan integral y conformidad del Ministerio de Energía y Minas.
- R.M. N° 030-2011-MEM/DM – Aprueban Términos de Referencia conforme a los cuales se elaborará el Plan de Implementación para el Cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP) para la descarga de efluentes líquidos de Actividades Minero-Metalúrgicos, así como el procedimiento de evaluación de dicho plan.
La presente norma aprueba los términos de referencia, con los cuales se elaborará el plan de implementación para el cumplimiento de los límites máximos permisibles (LMP) para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicos así como el procedimiento para la evaluación de dicho plan.
Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles
- D.S. Nº 002-2008 MINAM - Aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua
El presente decreto supremo tiene como objetivo el establecer el nivel de concentración o el grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos presentes en el agua, en cuyos niveles de concentración no deberán representar riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente. Por tal motivo dicho reglamento ha clasificado el agua en su condición de cuerpo receptor y componente básico de los ecosistemas acuáticos en cuatro categorías: Categoría 1: Poblacional y Recreacional, Categoría 2: Actividades marino costeras, Categoría 3: Riego de Vegetales y Bebida de Animales, Categoría 4: Conservación del ambiente acuático.
- D.S. N° 074-2001-PCM – Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire – D.S. N° 074-2001-PCM
La presente norma establece los estándares nacionales de calidad ambiental del aire, además, indica los planes de acción para mejorar la calidad del aire con el fin de establecer las estrategias, políticas y medidas necesarias para alcanzar los estándares primarios de calidad del aire en un plazo determinado.
- D.S. Nº 003-2008/MINAM - Aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire
El presente decreto supremo da a conocer los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire en el que actualiza el valor permitido para el dióxido de azufre, una de las principales causas de contaminación ambiental en las ciudades, pero entraron en vigencia a partir del 01 enero de 2009.
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- D.S. N° 006-2013-MINAM - Aprueban Disposiciones Complementarias para la aplicación de Estándar de Calidad Ambiental (ECA) de Aire
La presente norma brinda las disposiciones complementarias para la aplicación del Estándar de Calidad Ambiental (ECA) de aire para Dióxido de Azufre (SO2) que tiene con la finalidad de considerar en el análisis de las concentraciones diarias de dióxido de azufre las distorsiones derivadas de eventos no habituales, establézcase un máximo de tres (03) días al año de excedencias permitidas respecto al valor diario del Estándar de Calidad Ambiental de Aire para Dióxido de Azufre vigente, dentro de un periodo anual de monitoreos ambientales continuos, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2003-SA, Reglamento de los Niveles de Estados de Alerta Nacionales para Contaminación del Aire y sus modificatorias.
- D.S. Nº 085-2003-PCM - Reglamento de Estándares nacionales de calidad ambiental para ruido, aprobado mediante
Este reglamento establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. La norma indica que se debe clasificar como tales a las siguientes zonas de aplicación: Zona Residencial, Zona Comercial, Zona Industrial, Zona Mixta y Zona de Protección Especial. Las zonas residencial, comercial e industrial deberán haber sido establecidas como tales por la municipalidad correspondiente.
- D.S. Nº 010-2010-MINAM - Aprueban los niveles máximos permisibles para descarga de efluentes líquidos de actividades minero – metalúrgicos
Mediante el presente decreto se aprueban los Límites Máximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de Actividades Minero-Metalúrgicas de acuerdo a los valores que se indican dentro de la norma.
El presente decreto supremo actualiza a la R.M. N° 011-96-EM-VMM, mediante el cual se aprobaron los niveles máximos permisibles para efluentes líquidos minero metalúrgicos, a efecto de cumplir con los objetivos de protección ambiental.
- R.M. Nº 315-96-EM/VMM - Aprueban niveles máximos permisibles de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero - metalúrgicas
La presente resolución aprueba los niveles máximos permisibles de anhídrido sulfuroso, partículas, plomo y arsénico presentes en las emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero-metalúrgicas, con la finalidad de controlar las emisiones producto de sus actividades y contribuir efectivamente a la protección ambiental.
5. ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLAN EN EL LUGARLa actividad de producción de la empresa minera es la de extracción y obtención de concentrados de cobre, plomo y zinc. Por el proceso de tratamiento de flotación.
o La actividad de extracción se da en la zona denominada Tucto, donde se
encuentran ubicadas las minas subterráneas las cuales constan desde el Nv. 400 hasta el Nv. 1700.
o La actividad de obtención de concentrado se realiza en la zona denominada
Morococha donde se encuentra la planta concentradora de capacidad 1000TMD.
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6. DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIBIR LAS ACTIVIDADES
PLANTA DE PRODUCCION DE CONCENTRADOS
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ZONA DE EXTRACCION DEL MINERAL
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7. INFORMACIÓN DE PARÁMETROS QUE SE VAN MONITOREAR
7.1. MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA INDUSTRIAL
o pH :o Temperatura :o Conductividad Eléctrica :o Oxígeno Disuelto :o STS :o Aceites y grasas :o Cianuro Total :o Metales totales :o Cromo Hexavalente :o Hierro Disuelto :
7.2. MONITOREO DE AGUA SUPERFICIAL
o pH :o Temperatura :o Conductividad Eléctrica :o Oxígeno Disuelto :o STS :o Cianuro WAD :o DBO5 :o Metales Totales :
7.3. MONITOREO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO – CAMPAMENTOS
PUNTO DE MONITOREO
PARÁMETROS
MAI-01 pH, temperatura, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto, STS,
aceites y grasas (LC = 5,0 mg/L), CN total, Metales Totales x ICP (As, Cd, Cu, Pb, Zn, Hg), Cromo hexavalente,
Fe disuelto x AA
MAI-02MAI-04MAI-05
MAI-06
PUNTO DE MONITOREO
PARÁMETROS
MAS-01 pH, temperatura, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto, STS, CN WAD, DBO5, metales totales por ICP (Se, Hg, Cd, Pb, Zn, As, Cu, Cr).
MAS-02
MAS-03
PUNTO DE MONITOREO
PARÁMETROS
CP
pH, temperatura, conductividad eléctrica, coliformes termotolerantes (ufc/100 mL), coliformes totales (ufc/100 mL), E.coli (ufc/100 mL), Bacterias heterotróficas (ufc/mL), huevos y larvas de helmintos (N°org/L), color, turbiedad, sólidos totales disueltos, cloruros, sulfatos, dureza total, Metales Totales x ICP (Fe, Mn, Al, Cu, Zn, Na, Sb, As, Ba, B, Cd, Cr, F, Hg, Ni, Pb, Se, Mo, U), cianuro total, nitratos, nitritos y aceites y grasas (LC = 0,2 mg/L), cloro libre residual.
CT
CG
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o pH :o Temperatura :o Conductividad Eléctrica :o Coliformes :o Coliformes Totales :o Escherichia Coli :o Bacterias heterotróficas :o Huevos y larvas de helmintos :o Color :o Turbiedad :o Sólidos Totales Disueltos :o Cloruros :o Sulfatos :o Dureza Total :o Metales Totales :o Cianuro Total :o Nitratos :o Nitritos :o Aceites y grasas :o Cloro libre residual :
7.4. MONITOREO DE AIRE – METEREOLOGICO
Las diferentes actividades de la empresa minera generan diversos agentes contaminadores de aire en diferentes cantidades, a distintas temperaturas y desde puntos diferentes dentro de la planta y en sus alrededores. Los factores meteorológicos hacen que los agentes contaminantes sean transportados y esparcidos de manera diferente en lugares distintos por dispersión.
7.5. MONITOREO DE SUELO
o Benceno :o Tolueno :o Etilbenceno :
ESTACIÓN DE
MONITOREOPARÁMETROS DE AIRE PARÁMETROS METEREOLOGICOS
MA-01
PM – 10/ Plomo, Arsénico, PM – 2.5, SO2,NO2, CO, O3, H2S, HCT
Velocidad del viento, Humedad Relativa, Temperatura
MA-02
MA-03
MA-04
MA-05
ESTACIÓN PARÁMETROS
MS-01 Parámetros del Anexo I del D.S. N° 002-2013-MINAM (Benceno, Tolueno, Etilbenceno, Xileno, Naftaleno, Fracción de hidrocarburos F1 (C5-C10), Fracción de hidrocarburos F2 (C10-C28), Fracción de hidrocarburos F3 (C28-C40), Benzo(a) pireno, Bifenilos policlorados – PCB, Aldrín, Endrín, DDT, Heptacloro, Cianuro libre, Arsénico total, Bario total, Cadmio total, Cromo VI, Mercurio total, Plomo total)
MS-02
MS-03
MS-04
MS-05
18
o Xileno :o Naftaleno :o Fracción de hidrocarburos F1 (C5-C10) :o Fracción de hidrocarburos F2 (C10-C28) :o Fracción de hidrocarburos F3 (C28-C40) :o Benzo(a) pireno :o Bifenilos policlorados – PCB :o Aldrín :o Endrín :o DDT :o Heptacloro :o Cianuro libre :o Arsénico total :o Bario total :o Cadmio total :o Cromo VI :o Mercurio total :o Plomo total :
7.6. MONITOREO DE RUIDO AMBIENTAL – PERIODO DIURNO Y NOCTURNO
ESTACIÓN DE
MONITOREODESCRIPCIÓN
MR-01 Barrio Vista Alegre
MR -02 Barrio Yanque Alto
MR -03 AA.HH. Marcial Salomé
MR -04 Costado de Oficinas Generales
MR -05 Campamento El Golf
o LAeqT : Nivel de presión sonora equivalenteo Máx. : Nivel de presión sonora máximao Mín. : Nivel de presión sonora minima
8. UBICACIÓN DE PUNTOS DE MONITOREO
8.1. MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA INDUSTRIAL
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
MAI-01 8 718 039 375 731 4 510 Agua decantada de la Relavera Puquiococha
MAI-02 8 717 924 376 093 4 498Efluente de no contacto, captación de las aguas de escorrentía – lado sur
MAI-03 8 717 942 376 098 4 498Efluente de no contacto, captación de las aguas de escorrentía – lado norte
MAI-04 8 717 922 376 116 4 499Efluente de no contacto, captación de las aguas de escorrentía de la confluencia de P-4 y P-5
MAI - 06 8 713 921 384 598 4 031 Agua de mina – salida del túnel Kingsmill
19
8.2. MONITOREO DE AGUA SUPERFICIAL
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
MAS-01 8 713 551 384 668 4 029 Río Yauli a 30m aguas arriba del túnel
MAS-02 8 713 911 384 985 4 017 Río Yauli a 100m aguas abajo del túnel
MAS-03 8 718 218 378 128 4 373 Lado Oeste de la Laguna Huascacocha
8.3. MONITOREO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO – CAMPAMENTOS
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
CP 8 717 829 375 605 4 532 Comedor Planta
CT 8 717 755 377 181 4 387 Comedor Tucto
CG 8 718 054 377 526 4 386 Comedor Golf
8.4. MONITOREO DE AIRE – METEREOLOGICO
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
MA-01 8 717 607 375 582 4 555 Barrio Vista Alegre
MA-02 8 717 735 375 794 4 546 Barrio Yanque Alto
MA-03 8 717 827 375 981 4 487 AA.HH. Marcial Salomé
MA-04 8 717 854 375 584 4 542 Costado de Oficinas Generales
MA-05 8 718 084 377 810 4 338 Campamento El Golf
8.5. MONITOREO DE SUELO
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
MS-01 8 718 599 380 803 4 368 L. Huascacocha (margen izquierda)
MS-02 8 718 380 381 590 4 310 Pucará
MS-03 8 719 436 376 689 4 490 Quebrada Vizcas
MS-04 8 717 962 380 501 4 380 Alpamina
MS-05 8 718 256 378 043 4 380 L. Huascacocha (margen derecha)
MS-06 8 717 988 375 548 4 545 Bosque de quinuales
8.6. MEDICIÓN DE RUIDO AMBIENTAL – PERIODO DIURNO Y NOCTURNO
ESTACIÓN DE
MONITOREO
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓNCOORDENADAS UTM ALTITUD(m.s.n.m.)NORTE ESTE
MR-01 8 717 607 375 582 4 555 Barrio Vista Alegre
MR-02 8 717 735 375 794 4 546 Barrio Yanque Alto
MR-03 8 717 827 375 981 4 487 AA.HH. Marcial Salomé
20
MR-04 8 717 854 375 584 4 542 Costado de Oficinas Generales
MR-05 8 718 084 377 810 4 338 Campamento El Golf
9. TOMA, MANEJO Y ANÁLISIS DE LA MUESTRALa toma de muestras se realizará teniendo en cuenta la cadena de custodia del laboratorio con el cual se tendrá que trabajar, el cual deberá estar certificado por INDECOPI.
A. TOMA DE MUESTRAS DE AGUA
Cada toma de muestras de agua en las diferentes estaciones de monitoreo se realizaran según lo establecido en la Resolución Jefatural N° 182-2011-ANA - Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los cuerpos naturales de agua superficial, en lo referente a la selección de las estaciones de muestreo, recipientes y tipo de muestras.
Con respecto al tipo de muestra tomada en las aguas superficiales se consideró lo siguiente:
⁻ Características de la estación de muestreo.
⁻ Caudal de agua.
⁻ Equipos utilizados para las mediciones In-Situ.Las muestras tomadas son evaluadas en cumplimiento con los Niveles Máximos Permisibles para la descarga de Efluentes Líquidos de Actividad Minero-Metalúrgicas Decreto Supremo Nº 010-2010-MINAM. Y los ECA para agua DS 002-2008-MINAM.
PARAMETROS PRESERVANTE ENVASE
Aceites Y Grasas Ac. Sulfúrico G. Ámbar / 1 L
Cianuro Total Hidróxido de Sodio (10N) P/ 1 L
Cromo Hexavalente Sol. Buffer / Hidróxido de
Sodio(5N)P/ 1/4L
Solidos Totales Suspendidos Nada P/ 1/2L
Metales Totales Ac Nítrico P/ 1L
Hierro Disuelto Nada P/ 1/4L
B. TOMA DE MUESTRAS DE SUELO
Es importante mencionar que anterior a la publicación de la Guía para muestreo de
suelos, el cual fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM, no
existía una metodología ambiental aprobada por el Estado para la toma de muestras de
suelo. De igual forma, anterior a la publicación del D.S. N° 002-2013-MINAM:
Estándares de Calidad Ambiental para Suelos, a nivel nacional no existía un estándar
normativo ambiental específico de comparación a nivel nacional.
Debido a ello el muestreo de suelo se realizará utilizando como referencia las
metodologías siguientes: Guía para el muestreo y análisis de suelo (Ministerio de
Energía y Minas), así como la aplicación del PMMA-004 (Procedimiento de monitoreo
de suelo superficial y sedimentos) del laboratorio con quien se vaya a trabajar.
21
Entre los equipos y materiales utilizados se tiene: Bolsas, etiquetas, frascos de plástico
de boca ancha, cámara fotográfica, GPS, cuaderno de campo, barreno, pico, pala,
badilejo.
N° Parámetro ECA Suelo EnvaseVolumen
mínimo (g)ORGANICOS
1 Benceno (mg/kg MS)
Vial (ámbar) 402 Tolueno (mg/kg MS)3 Etilbenceno (mg/kg MS)4 Xileno (mg/kg MS)5 Naftaleno (mg/kg MS)
G (ámbar) 1006 Benzo (a) pireno (mg/kg MS)
7Fracción de hidrocarburos F1 (C5 - C10) (mg/kg MS)
Vial (ámbar) 40
8Fracción de hidrocarburos F2 (C10 - C28) (mg/kg MS)
G (ámbar) 1009
Fracción de hidrocarburos F3 (C28 - C40) (mg/kg MS)
10 Bifenilos policlorados - PCB (mg/kg MS) G (ámbar) 10011 Aldrín (mg/kg MS)
G (ámbar) 10012 Endrín (mg/kg MS)13 DDT (mg/kg MS)14 Heptacloro (mg/kg MS)
INORGANICOS15 Cianuro libre (mg/kg MS) P.G (ámbar) 50016 Arsénico total (mg/kg MS)
P 50017 Bario total (mg/kg MS)18 Cadmio total (mg/kg MS)19 Mercurio total (mg/kg MS)20 Plomo total (mg/kg MS)21 Cromo VI (mg/kg MS) P 50
22
C. TOMA DE MUESTRAS DE AIRE – METEREOLOGICO
En cada sitio con potencial de afectación de la calidad del aire se han realizado evaluaciones según lo indicado en el Protocolo de Monitoreo de Calidad de Aire y Emisiones establecido por el Ministerio de Energía y Minas, D.S. Nº 074-2001-PCM, D.S. N° 003-2008-MINAM, “Disposiciones Complementarias para la Aplicación de Estándar de Calidad Ambiental (ECA) de Aire”, al D.S. N°006-2013-MINAM y la R.M Nº 315-96 EM/VMM.
Los análisis de muestras se realizaron en los laboratorios los cuales se encuentran acreditados en INDECOPI.
o Partículas en Suspensión, PM-10El método utilizado corresponde a lo descrito en el Apendix J Reference Method for the Determination of Particulate Matter as PM10 in the Atmosphere (Federal Register. Vol 52. N° 126. July 1, 1987) y NTP 900.030-(2003).
Cabe indicar que en los filtros muestreados, se efectuará el análisis de plomo y arsénico, a través del método 3050 EPA (digestión ácida y absorción atómica), NTP 900.032-(2003) y EPA/625/R-96ª method IO-3.3 (1999).
o Partículas en Suspensión, PM-2.5
El método utilizado corresponde a lo establecido en USEPA (USEPA, 1997- Part 50, appendix L, Fig. L 1-19, pp. 66-84). Método Separación Inercial / Filtración (gravimetría).
o Análisis de gases SO2, NO2, CO, O3 , H2S y HCT
Para la determinación de Anhídrido sulfuroso en la atmósfera, se realizará de acuerdo al estándar del apéndice A, parte 50, titulo 40 del CFR de la USEPA.
El equipo empleado para la determinación de SO2, NO2, O3 , CO,H2S y HCT fue a través del tren de muestreo, el cual se compone de una bomba de succión de aire, un frasco burbujeador de pyrex, mangueras para la conexión de entrada y salida con tornillos reguladores de flujo y controlador de flujo constante. La solución captadora de SO2 es tetracloromercurato de potasio, se utilizará el método utilizado por Pararosanilina. Para el NO2 y CO se utilizará las normas ASTM D-1607-91 (2005) y ASTM D 3669 -78T respectivamente. Para determinación del ozono se utilizará la
LEYENDA
P = Envase de plástico G= Envase de vidrio.
23
norma ASTM D 2912-76. Para H2S se utilizará solución de hidróxido de cadmio y para HCT se utilizará método de detección fluorimetrica.
D. TOMA DE MUESTRAS DE RUIDO
Los métodos y técnicas empleados están de acuerdo con las disposiciones transitorias del D.S. Nº 085-2003 PCM, los criterios descritos en la norma técnica es la siguiente:
NTP-ISO 1996-1 2007 Acústica. Descripción, medición y evaluación del ruido ambiental. Parte I: Índices básicos y procedimiento de evaluación.
Los análisis de muestras se realizaran en los laboratorios los cuales se encuentran acreditados en Indecopi.
Se realizará con ayuda de un sonómetro el cual deberá constar con un certificado de calibración. Ubicándolo en dirección a la fuente de emisión del ruido. Tomando datos de nivel sonoro equivalente, nivel sonoro máximo y nivel sonoro mínimo.
10. MANEJO, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOSEl manejo, análisis e interpretación de resultados se darán en base a la presentación de informes los cuales serán presentados por el laboratorio encargado del análisis, además de ello la empresa se regirá en la normativa vigente que corresponde a los ECAs (agua (superficial, industrial y de consumo humano), aire, suelo, ruido) – LMP descargas de efluentes minero metalúrgico para la presentación del informe a la entidad competente. Los cuales se describen a continuación:
CALIDAD DE AGUA:
24
Las muestras de las estaciones de monitoreo definidas en el Plan de Monitoreo Ambiental, son comparadas de acuerdo al D.S. Nº 010-2010- MINAM (Límites Máximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de Actividades Minero – Metalúrgicas), DS N° 002 – 2008 – MINAM (Estándar de calidad ambiental para agua), DS N° 031 – 2010 – MINAM (Reglamento para agua de consumo humano).
DS N° 002 – 2008 - MINAMESTÁNDAR DE CALIDAD AMBIENTAL - CATEGORÍA 3
25
PARÁMETROS UNIDAD VALOR
Bicarbonatos mg/L 370
Calcio mg/L 200
Carbonatos mg/L 5
Cloruros mg/L 100 - 700
Conductividad (Us/cm) < 2 000
Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L 15
Demanda Química de Oxígeno mg/L 40
Fluoruros mg/L 1
Fosfatos mg/L 1
Nitratos (NO3 - N) mg/L 10
Nitritos (NO2 - N) mg/L 0.06
Oxígeno Disuelto mg/L >=4
Ph Unidad de pH 6.5 - 8.5
Sodio mg/L 200
Sulfatos mg/L 300
Sulfuros mg/L 0.05
Aluminio mg/L 5
Arsénico mg/L 0.05
Bario Total mg/L 0.7
Boro mg/L 0.5 - 6
Cadmio mg/L 0.005
Cianuro Wad mg/L 0.1
Cobalto mg/L 0.05
Cobre mg/L 0.2
Cromo (6+) mg/L 0.1
Hierro mg/L 1
Litio mg/L 2.5
Magnesio mg/L 150
Manganeso mg/L 0.2
Mercurio mg/L 0.001
Níquel mg/L 0.2
Plata mg/L 0.05
Plomo mg/L 0.05
Selenio mg/L 0.05
Zinc mg/L 2
ECA AGUA - CATEGORÍA 3: RIEGO DE VEGETALES Y BEBIDAS DE ANIMALES
PARÁMETROS PARA RIEGO DE VEGETALES DE TALLO BAJO Y TALLO ALTO
Fisicoquímicos
Inorgánicos
26
Aceites y grasas mg/L 1
Fenoles mg/L 0.001
S.A.A.M (detergentes) mg/L 1
Aldicard ug/L 1
Aldrín (CAS 309-00-2) ug/L 0.004
Clordano (CAS 57-74-9) ug/L 0.3
DDT ug/L 0.001
Dieldrín (N° CAS 72-20-8) ug/L 0.7
Endrín ug/L 0.004
Endosulfán ug/L 0.02
Heptacloro (N° CAS 76-44-8) y heptacloripoxido ug/L 0.1Lindano ug/L 4
Paratión ug/L 7.5
Orgánicos
Plaguicidas
Vegetales Tallo Bajo Vegetales Tallo Alto
VALOR VALOR
Coliformes Termotolerantes NMP/100mL 1 000 2 000 (3)
Coliformes Totales NMP/100mL 5 000 5 000 (3)
Enterococos NMP/100mL 20 100
Escherichia coli NMP/100mL 100 100
Huevos de Helmitos huevos/ litro <1 <1 (1)
Salmonella sp. Ausente
Vibrion cholerae Ausente
PARÁMETROS PARA RIEGO DE VEGETALES
PARÁMETROS UNIDAD
ECA AGUA- CATEGORÍA 3: RIEGO DE VEGETALES Y BEBIDAS DE ANIMALES
Biológicos
Ausente
Ausente
27
PARÁMETROS UNIDAD VALOR
Conductividad Eléctrica (uS/Cm) <=5000
Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L <=15
Demanda Química de Oxígeno mg/L 40
Fluoruros mg/L 2
Nitratos (NO3 - N) mg/L 50
Nitritos (NO2 - N) mg/L 1
Oxígeno Disuelto mg/L >=5
Ph Unidad de pH 6.5 - 8.4
Sulfatos mg/L 500
Sulfuros mg/L 0.05
Aluminio mg/L 5
Arsénico mg/L 0.1
Berilio mg/L 0.1
Boro mg/L 5
Cadmio mg/L 0.01
Cianuro Wad mg/L 0.1
Cobalto mg/L 1
Cobre mg/L 0.5
Cromo (6+) mg/L 1
Hierro mg/L 1
Litio mg/L 2.5
Magnesio mg/L 150
Manganeso mg/L 0.2
Mercurio mg/L 0.001
Níquel mg/L 0.2
Plata mg/L 0.05
Plomo mg/L 0.05
Selenio mg/L 0.05
Zinc mg/L 24
F́ ÍSICO QUÍMICOS
INORGÁNICOS
PARÁMETROS PARA BEBIDAS DE ANIMALES
28
Aceites y grasas mg/L 1
Fenoles mg/L 0.001
S.A.A.M (detergentes) mg/L 1
Aldicarb ug/L 1
Aldrín (CAS 309-00-2) ug/L 0.03
Clordano (CAS 57-74-9) ug/L 0.3
DDT ug/L 1
Dieldrín (N° CAS 72-20-8) ug/L 0.7
Endosulfán ug/L 0.02
Endrín ug/L 0.004
Heptacloro (N° CAS 76-44-8) y heptacloripóxido ug/L 0.1
Lindano ug/L 4
Paratión ug/L 7.5
Coliformes Termotolerantes NMP/100mL 1 000
Coliformes Totales NMP/100mL 5 000
Enterococos NMP/100mL 20
Escherichia coli NMP/100mL 100
Huevos de Helmitos huevos/ litro <1
Salmonella sp.
Vibrion cholerae
ORGÁNICOS
PLAGUICIDAS
BIOLÓGICOS
Ausente
Ausente
29
ESTÁNDAR DE CALIDAD AMBIENTAL - CATEGORÍA 4
30
COSTA Y SIERRA SELVA ESTUARIOS MARINOS
Aceite y grasas mg/LAusencia de
película visibleAusencia de
película visibleAusencia de
película visible1 1
Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5) mg/L <5 <10 <10 15 10
Nitrógeno Amoniacal mg/L <0.02 0.02 0.05 0.05 0.08
Temperatura Celsius
Oxígeno Disuelto mg/L 5 5 5 delta 3°C 5
Ph mg/L 6.5 - 8.5 6.5 - 8.5 6.5 - 8.5 6.5 - 8.5
Sólidos Disueltos Totales unidad 500 500 500 500
Sólidos Suspendidos Totales mg/L 25 25 - 100 25 - 400 25 - 100 30.00
Arsénico mg/L 0.01 0.05 0.05 0.05 0.05
Bario mg/L 0.7 0.7 1 1
Cadmio mg/L 0.004 0.004 0.004 0.005 0.005
Cianuro Libre mg/L 0.022 0.022 0.022 0.022
Clorofila A mg/L 10
Cobre mg/L 0.02 0.02 0.02 0.05 0.05
Cromo VI mg/L 0.05 0.05 0.05 0.05 0.05
Fenoles mg/L 0.001 0.001 0.001 0.001
Fosfatos Total mg/L 0.4 0.5 0.5 0.5 0.031 - 0.093
Hidrocarburos de Petróleo Aromáticos Totales Ausente Ausente Ausente
Mercurio mg/L 0.0001 0.0001 0.0001 0.0001 0.0001
Nitratos (N-NO3) mg/L 5 10 10 10 0.07 - 0.28
Nitrógeno Total mg/L 1.6 1.6
Níquel mg/L 0.025 0.025 0.025 0.002 0.0082
Plomo mg/L 0.001 0.001 0.001 0.0081 0.0081
Silicatos mg/L 0.14 - 0.7
Sulfuro de Hidrógeno (H2S indisociable) mg/L 0.002 0.002 0.002 0.002 0.06
Zinc mg/L 0.03 0.03 0.3 0.03 0.081
Coliformes Termotolerantes NMP/100mL 1 000 1 000
Coliformes Totales NMP/100mL 2 000 2 000
ECA AGUA - CATEGORIA 4 : CONSERVACION DEL AMBIENTE ACUÁTICO
PARÁMETROS UNIDADES LAGUNAS Y LAGOS
RIOS ECOSISTEMAS MARINO COSTEROS
3 000
≤30
FÍSICOS Y QUÍMICOS
INORGÁNICOS
INORGÁNICOS
MICROBIOLÓGICOS
2 000
31
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA LA DESCARGA DE EFLUENTES LÍQUIDOS DE ACTIVIDADES MINERO METALURGICAS
D.S N° 010 – 2010 - MINAM
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CALIDAD DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO
DS 031 – 2010 - SA
PARAMETRO UNIDADLÍMITE EN
CUALQUIER MOMENTO
LÍMITE PARA EL PROMEDIO ANUAL
Ph mg/L
Sólidos Totales Suspensión mg/L 50 25
Aceites Y Grasas mg/L 20 16
Cianuro Total mg/L 1 0.8
Arsénico Total mg/L 0.1 0.08
Cadmio Total mg/L 0.05 0.04
Cromo Hexavalente (*) mg/L 0.1 0.08
Cobre Total mg/L 0.5 0.4
Hierro (Disuelto) mg/L 2 1.6
Plomo Total mg/L 0.2 0.16
Mercurio Total mg/L 0.002 0.0016
Zinc Total mg/L 1.5 1.2
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA LA DESCARGA DE EFLUENTES LÍQUIDOS DE ACTIVIDADES MINERO - METALURGICAS
ANEXO I
32
PARÁMETROS UNIDAD DE MEDIDALÍMITE MÁXIMO
PERMISIBLE
1. Bacterias Coliformes Totales UFC/ 100 mLa 35° C 0 (*)
2. E. Coli UFC/ 100 mLa 44.5° C 0 (*)
UFC/ 100 mLa 35° C 500
N° org/L 0
6. Virus UFC/ Ml 0
ANEXO I
LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS MICROBIOLÓGICOS Y PARASITOLÓGICOS
3. Bacterias Coliformes Termotolerantes o Fecales
4. Huevos y larvas de Helmintos, quistes y ooquistes protozoarios patógenos
7. Organismos de vida libre, como algas, protozoarios, copépodos, rotíferps, nemátodos en todos sus estadios evolutivos.
N° org/L 0
UFC/ 100 mLa 44.5° C 0 (*)
PARÁMETROSUNIDAD DE
MEDIDA
LÍMITE MÁXIMO
PERMISIBLE
1. Olor Aceptable
2. Sabor Aceptable
3. Color UCV escala Pt/ Co 15
4. Turbiedad UNT 5
5. Ph Valor de Ph 6.5 - 8.5
6. Conductividad (25°C) umho/cm 1 500
7. Sólidos totales disueltos mgL-1 1 000
8. Cloruros mg Cl L-1 250
9. Sulfatos mg SO4 L-2 250
10. Dureza total mg CaCO3L-3 500
11. Amoniaco mg N L-4 1.512. Hierro mg Fe L-5 0.313. Manganeso mg Mn L-6 0.414. Aluminio mg Al L-7 0.215. Cobre mg Cu L-8 216. Zinc mg Zn L-9 317. Sodio mg Na L-10 200
LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE CALIDAD ORGANOLÉPTICA
ANEXO II
33
PARÁMETROS UNIDAD DE MEDIDA LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE
1. Antimonio mg Sb L-1 0.020
2. Arsénico mg As L-1 0.010
3. Bario mg Ba L-1 0.700
4. Boro mg B L-1 1.500
5. Cadmio mg Cd L-1 0.003
6. Cianuro mg Cn L-1 0.070
7. Cloro mg L-1 5
8. Clorito mg L-1 0.7
9. Clorato mg L-1 0.7
10. Cromo Total mg Cr L-1 0.050
11. Flúor mg F L-1 1.00012. Mercurio mg Hg L-1 0.00113. Níquel mg Ni L-1 0.02014. Nitratos mg NO3 L
-1 50.00
15. Nitritos mg NO2 L-1 3.00 Exposición corta
0.20 Exposición larga16. Plomo mg Pb L-1 0.01017. Selenio mg Se L-1 0.01018. Molibdeno mg Mo L-1 0.0719. Uranio mg U L-1 0.015
LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS QUÍMICOS INORGÁNICOS Y ORGÁNICOS
ANEXO III
34
1. Trihalometanos totales 1.00
2. Hidrocarburo disuelto o emulsionado; aceite mineral mg L-1 0.01
3. Aceites y grasas mg L-1 0.5
4. Alacloro mg L-1 0.020
5. Aldicarb mg L-1 0.010
6. Aldrín y dieldrín mg L-1 0.000
7. Benceno mg L-1 0.010
8. Clordano (total de isómeros) mg L-1 0.0002
9. DDT (total de isómeros) mg L-1 0.001
10. Endrín mg L-1 0.0006
11. Gamma HCH (lindano) mg L-1 0.0020
12. Hexaclorobenceno mg L-1 0.001
13. Heptacloro y heptacloroepóxido mg L-1 0.00003
14. Metoxicloro mg L-1 0.020
15. Pentaclorofenol mg L-1 0.009
16. 2,4 - D mg L-1 0.030
17. Acrilamida mg L-1 0.0005
18. Epiclorhidrina mg L-1 0.0004
19. Cloruro de Vinilo mg L-1 0.0003
20. Benzopireno mg L-1 0.0007
21. 1,2 - dicloroetano mg L-1 0.03
22. Tetracloroeteno mg L-1 0.04
23. Monocloramina mg L-1 3
24. Tricloroeteno mg L-1 0.07
25. Tetracloruro de carbono mg L-1 0.004
26. Ftalato de di (2 - etilhexilo) mg L-1 0.008
27. 1,2 - Diclorobenceno mg L-1 1
28. 1,4 - Diclorobenceno mg L-1 0.3
29. 1,1 - Dicloroeteno mg L-1 0.03
30. 1,2 - Dicloroeteno mg L-1 0.05
30. Diclorometano mg L-1 0.02
32. Ácido edético (EDTA) mg L-1 0.6
33. Etilbenceno mg L-1 0.3
34. Hexaclorobutadieno mg L-1 0.0006
35. Ácido Nitrilotriacético mg L-1 0.2
36. Estireno mg L-1 0.02
ANEXO IIILIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS QUÍMICOS INORGÁNICOS Y
ORGÁNICOS
35
36
37. Tolueno mg L-1 0.7
38. Xileno mg L-1 0.5
39. Atrazina mg L-1 0.002
40. Carbofurano mg L-1 0.007
41. Clorotoluron mg L-1 0.03
42. Cianazina mg L-1 0.0006
43. 2,4 - DB mg L-1 0.09
44. 1,2 - Dibromo - 3 - Cloropropano mg L-1 0.001
45. 1,2 - Dibromoetano mg L-1 0.0004
46. 1,2 - Dicloropropano (1,2 - DCP) mg L-1 0.04
47. 1,3 - Dicloropropeno mg L-1 0.02
48. Dicloroprop mg L-1 0.1
49. Dimetato mg L-1 0.006
50. Fenoprop mg L-1 0.009
51. Isoproturon mg L-1 0.009
52. MCPA mg L-1 0.002
53. Mecoprop mg L-1 0.01
54. Metolacloro mg L-1 0.01
55. Molinato mg L-1 0.006
56. Pendimetalina mg L-1 0.02
57. Simazina mg L-1 0.002
58. 2, 4 ,5 - T mg L-1 0.009
59. Terbutilazina mg L-1 0.007
60.Trifluralina mg L-1 0.02
61. Cloropirifos mg L-1 0.03
62. Piriproxifeno mg L-1 0.3
63. Microcistin - LR mg L-1 0.001
64. Bromato mg L-1 0.01
65. Bromodiclorometano mg L-1 0.06
66. Bromoformo mg L-1 0.1
67. Hidrato de cloral (tricloroacetaldehído)
mg L-1 0.01
68. Cloroformo mg L-1 0.2
69. Cloruro de cianógeno (como CN) mg L-1 0.07
70. Dicromoacetonitrilo mg L-1 0.07
71. Dibromoclorometano mg L-1 0.1
72. Dicloroacetato mg L-1 0.05
73. Dicloroacetonitrilo mg L-1 0.02
74. Formaldehído mg L-1 0.9
75. Monocloroacetato mg L-1 0.02
76. Tricloroacetato mg L-1 0.2
77. 2, 4, 6 - Triclorofenol mg L-1 0.2
37
CALIDAD DE SUELO:
PARÁMETROSUNIDAD DE
MEDIDALÍMITE MÁXIMO
PERMISIBLE
1. Dosis de referencia total mg Sb L-1 0.1
2. Actividad global a Bq/L 0.5
3. Actividad global b Bq/L 1.0
LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS QUÍMICOS INORGÁNICOS Y ORGÁNICOS
ANEXO IV
38
Los parámetros serán analizados según a lo establecido en el D.S. N° 002-2013-MINAM, “Aprueban Estándares de calidad Ambiental para Suelo”, para suelo industrial/extractivo de la presente norma.
De acuerdo al Anexo I de D.S. N° 002-2013-MINAM, que establece los Estándares de Calidad Ambiental para suelos, los parámetros a analizar, así como el método de ensayo se muestran a continuación:
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA SUELODS 002 – 2013 – MINAM
39
CALIDAD DE AIRE:Los parámetros analizados se enmarcan de acuerdo al D.S. Nº 074-2001-PCM (Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire) y su modificatoria D.S. Nº003 - 2008 – MINAM (Aprueban Estándares de Calidad Ambiental para Aire) y D.S. N°006-2013-MINAM (Aprueban Disposiciones Complementarias para la aplicación de Estándar de Calidad Ambiental [ECA] de Aire).
Además del R.M. N° 315-96-EM/VMM (Aprueban niveles máximos permisibles de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero-metalúrgicas).
NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE ELEMENTOS Y COMPUESTOS PRESENTES EN EMISIONES GASEOSAS PROVENIENTES DE LA UNIDADES
MINERO METALURGICASRM N° 315 – 96 – EM/VMM
40
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA AIREDS 074 N° 074 – 2001 – PCM
MOD. DS 003 – 2008 – MINAM
41
CALIDAD DE RUIDO:Los niveles de presión sonora (LAeqT) resultantes del monitoreo realizado en los periodos descritos se enmarcan de acuerdo al D.S. 085-2003- PCM (Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido) expresado en LAeqT; cuyos parámetros se encuentran descritos a continuación:
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDODS 085 – 2003 – PCM
ZONAS DE APLICACIÓN
VALORES EXPRESADOS EN LAeqT
HORARIO DIURNOHORARIO
NOCTURNOZona de protección
Especial50 40
Zonas Residencial 60 50Zona Comercial 70 60Zona Industrial 80 70
11. DIFUSIÓN DE RESULTADOSPara la discusión de resultados frente a los monitoreos realizado estos se darán a conocer
entorno al área de influencia directa e indirecta, así mismo estos monitoreos se llevarán a
cabo con la participación de la población que se encuentra entorno al área del proyecto; lo
cual es por ley de poder cumplir. Los tipos de información en la cual se darán a conocer los
resultados obtenidos entonces serán por:
Monitoreo Participativo.
Eventos Informáticos.
Boletines.
D.S. N° 002-2009-MINAM – Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento sobre Transparencia, acceso a la información pública
ambiental y participación y consulta ciudadana en Asuntos
Ambientales
El presente decreto supremo tiene como objetivo la regulación del
acceso a la información pública ambiental y el proceso ciudadano en
la gestión ambiental a cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM). Se
define la participación ciudadana ambiental como el proceso
mediante el cual el ciudadano se involucra en la elaboración y
difusión de información ambiental, así como programas y agendas;
evaluación y ejecución de proyectos de inversión pública y privada,
así como de proyectos de manejo de los recursos naturales en el
marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.
42
12. CONCLUSIONES
13. RECOMENDACIONES Para realizar los monitoreos debemos de tener en cuenta a la normatividad vigente
aplicables. Para los correctos monitoreos los equipos y materiales deben en correcto estado y
rotulado correcto.
14. BIBLIOGRAFIA
DS N° 002 – 2008 – MINAM ESTÁNDAR DE CALIDAD AMBIENTAL - CATEGORÍA 3
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA LA DESCARGA DE EFLUENTES LÍQUIDOS DE ACTIVIDADES MINERO METALURGICAS - D.S N° 010 – 2010 - MINAM
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CALIDAD DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO - DS 031 – 2010 - SA
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA SUELO - DS 002 – 2013 – MINAM
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA AIRE - DS 074 N° 074 – 2001 – PCM MOD. DS 003 – 2008 – MINAM
43