Plagio Uni Catolica 1

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PLAGIO INTELECTUAL

En primer lugar el plagio intelectual implica copiar obras ajenas, por lo general sin autorizacin o de manera encubierta.

El plagio es usar en un trabajo de investigacin, las ideas, o las palabras de otra persona como si fueran propias, sin acreditar de modo explicito de donde proviene la informacin.Se considera que el plagio es todo aquello que supone copiar obras ajenas en lo sustancial en el aspecto amplio podemos decir que el plagio es como una actividad material mecanizada, poco creativa y carente de originalidad, aunque aporte cierta manifestacin de ingenioSe realiza un acto de plagio cuando se divulga, publica y reproduce una obra a nombre de un autor distinto del verdadero. Se atentan los derechos morales y patrimoniales del autor, pues se usurpa su autora y se defrauda sus intereses econmicos.

De esta manera se comete plagio si copia o imita algo que no le pertenece y se hace pasar por el autor de ello. En el mbito penal se tipifica este delito cuando, no se usa las comillas o sin indicar explcitamente el origen, ni citar la fuente original de la informacin, se incluye una idea, un prrafo o una frase ajenos.

Por ello podemos decir que se comete plagio cuando se divulga, publica y reproduce una obra a nombre de un autor distinto del verdadero, atentando a sus derechos morales y patrimoniales, ya que se usurpa su autora y se defraudan sus intereses econmicos.

Es indudable que la informacin ajena es propiedad de otra persona independientemente de que sea gratuito o no, o de la forma en que hayamos accedido a ella (en Internet, una revista, un libro) nuestras palabras nos pertenecen y no pueden utilizarse sin nuestro permiso. (C. Gmez, 2009).El plagio constituye, en consecuencia, un acto fraudulento, en el cual existe presuncin de intencionalidad, en el sentido de hacer aparecer un determinado conocimiento, labor o trabajo, como producto propio; y de desconocer la participacin de otros en su generacin, aplicacin o en su perfeccionamiento.Se debe tener en cuenta que tanto respecto del plagio como de la copia u otras infracciones de esta ndole, se suele percibir cierta indolencia e inconsciencia de los implicados respecto a la seriedad y significacin de fraude o trasgresin tica que el acto tiene al respecto debemos decir que el plagio implica engao y deshonestidad, falta de honorabilidad y de respeto a los compaeros y profesores, intento ilegtimo de conseguir beneficios o reconocimiento, lesionando los principios de igualdad de oportunidades, veracidad, integridad, honestidad, justicia y propiedad intelectual, entre otros. Dichas actitudes deben considerarse inaceptables, dado el dao provocado a terceros y el propio, por medio del desprestigio personal inevitable, la prdida de la confianza pblica y de los compaeros hacia el infractorLas publicaciones en diversos mbitos del conocimiento necesariamente son aportes que contribuyen a difundir los saberes en las disciplinas que comprenden. En cualquier caso, representan un bien que trasciende a su autor, es usufructuado por sus destinatarios individuales o la sociedad en su totalidad, y se sustentan en la confianza, honorabilidad y veracidad que le confiere su gnesis y elaboracin, y forman parte esencial de los atributos y de la conducta requeridas al autor. Es as que el principio bsico y comn en la investigacin y la difusin del conocimiento es la honestidad y la consiguiente confianza depositada en los autores. La correcta atribucin de autora corresponde al esfuerzo, al mrito y a las capacidades de quien gener la informacin o el conocimiento y, en tal asignacin, que slo debe alcanzar a las personas que la merecen y aceptan, reside la responsabilidad de la informacin que se proporciona y responde a la integridad moral de sus difusores.De todo lo anterior se infiere que la suplantacin, la copia o la tergiversacin en las publicaciones o trabajos de investigacin muy especialmente en un mbito acadmico docente como es el universitario, tanto ms que en trabajos cientficos de cualquier orden o en otras expresiones escritas de actividad intelectual o de simple difusin de la informacin, constituyen actos de deshonestidad y contrarios a la tica profesional, esto de manera independiente de los atenuantes o agravantes que pudieran alegarse para revertir esta trasgresin.

El plagio es una infraccin del derecho de autor sobre una obra de cualquier tipo, que se produce mediante la copia de la misma, sin autorizacin de la persona que la cre o que es duea o que posee los derechos de dicha obra, y su presentacin como obra original.

Lamentablemente en la Universidad muchos estudiantes se sienten presionados para completar sus trabajos bien y rpidamente en la actualidad existe las nuevas tecnologas (Internet en particular) puede efectuarlos mediante copia y transcripcin de informacin de otras fuentes y as los entregan a tiempo con poco esfuerzo los docentes que detectan fcilmente esta forma de actuar, y por ello sancionan a los estudiantes.

El fraude intelectual en la Universidad, ya sea en forma de copia o plagio, se puede generar en distintos mbitos y es difcil de evitar, pero es un tema que debemos tratar los defensores/as de la originalidad con el propsito de una mejora continua en la calidad acadmica.

Si bien es cierto que el estudiante que efecta un fraude de este tipo, ya sea Copia o Plagio debe ser sancionado, como defensores debemos tambin evitar los casos en los que se genere abuso de poder, es decir un castigo desproporcionado a la falta cometida.Cometemos plagio, de manera intencionada o no, al copiar una obra y presentarla como propia, independientemente de que la copia sea total o parcial. Si la obra est protegida por el Derecho de autor, no ser relevante si se ha copiado mucho o poco de ella para que exista plagio.Se produce plagio al reproducir un texto literalmente en el trabajo propio sin hacer referencia a su autor. Tambin cuando se reproduce de modo literal en el trabajo propio palabras habladas o escritas de otro autor, sin indicar de manera expresa que se trata de una cita literal, con el uso de comillas o de cursiva, aunque se mencione al autor en la bibliografa.El plagio se presenta cuando se incluye frases, prrafos o ideas de otros en nuestros escritos, sin citar su procedencia o autor. Adems cuando se copia prrafos o frases de sentencias sin sealar su procedencia.Se produce cuando se compone un texto a base de combinar frases o prrafos copiados de varios autores sin citar las fuentes. Tambin cuando se parafrasea un texto o una idea sin citar a su autor.El plagio implica emplear datos de procedencia ajena a nuestro trabajo de investigacin sin la debida autorizacin y sin citar la fuente original de los datos. Adems el plagi tambin se da cuando se compra un trabajo a otra persona, o adquirirlo a travs de direcciones de internet, y presentarlo como propio.Se produce plagi cuando se Copia cualquier obra multimedia (audio, vdeo, Webs), msica, grficos, sin citar al autor. Tambin se da el plagio cuando se presenta un trabajo nuestro ya utilizado. En este caso hablamos de auto plagi. Igualmente incorrecto, aunque no se califique propiamente como plagio, es el hecho de presentar como contribucin individual el trabajo realizado por otros en equipo, o firmar como coautor en un trabajo en el que no se ha contribuido.La Constitucin Poltica de 1993 establece el derecho de autor como derecho personalsimo y patrimonial; en su artculo 2 inciso 8 seala como derecho fundamental de la persona, al establecer que la libertad de creacin intelectual, artstica, tcnica y cientfica, as como la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto.De esta manera se regula el derecho sobre las creaciones intelectuales, en todas sus formas, a diferencia de la Constitucin de 1979 que slo se refera a la libertad de creacin intelectual. A nuestro criterio debera considerarse el mbito moral del derecho de autor dentro de los derechos personalsimos tal como lo realiza la Constitucin de 1993, pero eliminando el concepto de propiedad intelectual.

La ley sobre el derecho de autor decreto legislativo n 822, en el ttulo preliminar establece que el objeto de la ley es la proteccin de los autores de las obras literarias y artsticas y de sus derechohabientes, as como a los titulares de los derechos conexos, al margen de la nacionalidad, domicilio y lugar de publicacin.El Cdigo Penal vigente en el ttulo VII se refiere a los delitos contra los derechos intelectuales. El captulo I trata sobre los delitos contra los derechos de autor y conexos.El artculo 217, est referido a la difusin, distribucin y circulacin de la obra sin la autorizacin del autor. Este artculo establece que ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis aos y con treinta a noventa das-multa, el que con respecto a una obra, una interpretacin o ejecucin artstica, un fonograma, o una emisin o transmisin de radiodifusin, o una grabacin audiovisual o una imagen fotogrfica expresada en cualquier forma, realiza alguno de los siguientes actos, sin la autorizacin previa y escrita del autor o titular de los derechos:El artculo 217, est referido a la difusin, distribucin y circulacin de la obra sin la autorizacin del autor. Este artculo establece que ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis aos y con treinta a noventa das-multa, el que con respecto a una obra, una interpretacin o ejecucin artstica, un fonograma, o una emisin o transmisin de radiodifusin, o una grabacin audiovisual o una imagen fotogrfica expresada en cualquier forma, realiza alguno de los siguientes actos, sin la autorizacin previa y escrita del autor o titular de los derechos:El artculo 219 trata sobre la falsa atribucin de autora de obra. Se establece que ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho a los y sesenta a ciento ochenta das-multa, el que con respecto a una obra, la difunda como propia, en todo o en parte, copindola o reproducindola textualmente, o tratando de disimular la copia mediante ciertas alteraciones, atribuyndose o atribuyendo a otro, la autora o titularidad ajena.Posteriormente el artculo 221 trata sobre la incautacin o decomiso. Este artculo establece que en los delitos previstos en este captulo, se proceder a la incautacin previa de los ejemplares ilcitos y de los aparatos o medios utilizados para la comisin del ilcito. Asimismo, el Juez, a solicitud del Ministerio Pblico ordenar el allanamiento o descerraje del lugar donde se estuviere cometiendo el ilcito penal.En la actualidad los delitos contra la propiedad intelectual han pasado a ser delitos de carcter pblico, por lo que son perseguibles de oficio sin necesidad de denuncia previa. Sin embargo, se aprecia que existe falta de eficacia del Cdigo Penal porque las penas son muy benignas y adems no se persigue a los autores de estos delitos.La situacin prcticamente de impunidad de los autores de los delitos, hace que estos sigan cometiendo delitos de piratera editorial, sin que exista una accin decidida de las autoridades.

En este contexto los ms perjudicados son los autores que ven afectados en sus derechos morales y patrimoniales y por ello se ven mermados sus ingresos econmicos entre otros. Adems debemos tener en cuenta que los autores cuentan con un derecho personal y perpeto, inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible esto debido a que entre otros bsicamente la piratera de libros no es sancionada de manera efectiva.

Definitivamente ha quedado histricamente demostrado que el bien jurdico que se protege con este grupo de delitos no es exclusivamente el patrimonial ni estrictamente el moral, la doctrina penal moderna es clara y rotunda al fundir lo patrimonial y lo moral, sntesis que ha venido a resolver no pocos problemas, superando as la tesis civilista que precisamente sent sus reales en Berna y que posteriormente se cristaliz con mayor amplitud internacional en la propia Declaracin Universal de los Derechos del HombreAnte la problemtica de plagio es necesario sugerir la adopcin de medidas tendientes a prevenir y evitar conductas fraudulentas, dando mayor importancia a la formacin tica de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad universitaria; en general, propiciando un clima tico y de constante consideracin a los valores de las personas, para lo cual resulta esencial, entre otras acciones, la adecuada difusin de los instructivos y normas pertinentes, para reforzar la actitud interior de estimacin y respeto al trabajo y a la propiedad intelectual ajena.BIBLIOGRAFA

Jaume Sureda, R. (2009). Las causas del plagio acadmico entre el alumnado universitario segn el profesorado. Revista iberoamericana de educacin, Madrid.

Jimnez Soto, I. (2009). Derechos y deberes en la comunidad universitaria. Ed. Marcial Pons, Madrid.

Pedro J.y Gmez P.(2004). La copia de prcticas de Programacin: el problema y su deteccin. Editorial Cultura Buenos Aires.