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Exp.-

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Escrito : No. 01

Cuaderno: Principal.

Sumilla: Denuncia Penal.

SEOR FISCAL DE TURNO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN.

MARTINA VALENTINA SALAMANCA ZEA, identificada con DNI No. 01269551 y doa VIRGINIA ALEJANDRA SALAMANCA ZEA, identificado con DNI No. 41350742, ambos con domicilio real en el Jr. Arica No. 322, 325 y 327 de esta localidad, sealamos domicilio procesal en el Jr. Pumacahua No. 233 Of. 08 de esta localidad;. Ante usted con el debido respeto decimos:

Que, de conformidad con el Art. 1 y 9 de la L.O.M.P., recurro a su Despacho, interponiendo denuncia penal en contra de: 1) Nelly Zapana Choquehuancca; 2) Ronald Zapana Choquehuanca; 3) Mauro Zapana Choquehuanca; 4) Yeny Zapana Choquehuanca y Abogado Rodrguez, el padre de los hermanos Zapana Choquehuanca y otras personas. En mrito de los siguientes fundamentos:

FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DENUNICA:

PRIMERO: Que, nosotros estbamos ocupando en alquiler la vivienda del Jr. Arica No. 322, 325 y 327 de esta ciudad, de su propietaria doa Luciana Mamani de Snchez, hasta la madrugada del da 27 de Marzo ltimo, aproximadamente a horas 00.15 a.m., en donde los denunciados en estado de ebriedad irrumpieron al interior de nuestra vivienda quemando la puerta de ingreso y a golpe de patadas ingresaron al interior de nuestra habitacin nos levantaron de la cama y con palos, puetes y patadas, arremetieron con suma violencia, las mujeres sostenan nuestros brazos a cada una y el segundo y tercer denunciado nos dieron de alma en todas las partes de nuestro cuerpo fracturndonos el tabique, conforme se muestra del Certificado Mdico Legal que nos otorga 15 y XX das, las placas radiogrficas y sus respectivos informes radiolgicos, as como las fotos que se adjuntan determinan la lesin.

SEGUNDO: Adems de habernos usurpado en nuestra posesin sacaron para la calle todas nuestras pertenencias y nos amenazaron de muerte y si no hubiera sido la oportuna intervencin del serenazgo loca, los vecinos y la propietaria del bien, seguramente hubisemos sido victimadas de muerte por los denunciados.

TERCERO: Es ms, no contentos con despojarnos de nuestra posesin, lesionarnos gravemente, saquearon algunas de mis pertenencias, dos sujetos no identificados que les acompaaban a los denunciados, se llevaron algunos de nuestros bienes y enseres, adems de 10 calaminas.

CUARTO: Que, los delitos materia de la denuncia penal se encuentran tipificados en los Arts. 189 (Robo agravado); 204 inc. 2) (Usurpacin agravada); 206 inc. 3) (Dao agravado), 108 (Homicidio calificado) y Lesiones.

POR TANTO;

Pido dar por interpuesta la presente denuncia en va de prevencin de delito y se disponga da y hora, para la constatacin inmediata.

ANEXOS:

1.a.- Copia de mi DNI.

1.b.- Acta de Sucesin Intestada de don Tiburcio Mamani Coila;

1.c.- Recibo de luz del inmueble, en donde la recurrente soy la titular;

1.d.- Declaraciones de pago de autoevalo del inmueble del Jr. Arica No. 327 antes 308.

Juliaca, 28 de marzo del 2008.

Exp.-

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Escrito : No. 01

Cuaderno: Principal.

Sumilla: Insto denuncia de garantas personales y patrimoniales.

SEOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN.

LUCIANA MAMANI DE SNCHEZ, identificada con DNI No. 02365988, sealando domicilio procesal en el Jr. Pumacahua No. 233 Of. 08 de esta localidad;. Ante usted con el debido respeto digo:

Que, al amparo del Reglamento de Autoridades Polticas, concordante con la constitucin poltica del Estado Peruano, insto DENUNCIA ADMINISTRATIVA SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTAS PERSONALES Y PATRIMONIALES en contra de 1) Nelly Zapana Choquehuancca; 2) Ronald Zapana Choquehuanca; 3) Mauro Zapana Choquehuanca y; 4) Yeny Zapana Choquehuanca, quienes domicilian en Alto la Rinconada de Juliaca, a fin de que previos los trmites de ley me OTORGUEN LAS AMPLIAS GARANTIAS PERSONALES Y PATRIMONIALES A FAVOR de la recurrente, y haciendo extensivo a favor de mi esposo, hijos, yernos, nueras, nietos y dems familiares. Bajo apercibimiento expreso de ser denunciados por los delitos contra la libertad Personal en su modalidad DE COACCION. En mrito de lo siguiente:

FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA:

PRIMERO: Que, la recurrente vengo poseyendo el bien inmueble ubicado en el Jr. Arica No. 322 de esta localidad, desde hace un buen tiempo, a ttulo de heredera de la sucesin hereditaria de mi padre don Tiburcio Mamani Coila.

SEGUNDO: Que, es el caso que el da 27 de marzo ltimo, aproximadamente a horas 00.10 am., se presentaron una turba de DIEZ PERSONAS, aproximadamente entre ellas los demandados junto con terceras personas que desconozco, quines sin justificacin alguna y utilizando violencia contra la recurrente y mis inquilinas ocupantes del bien, quemaron la puerta de madera que serva de acceso al inmueble, derrumbaron el muro que serva de soporte a la puerta de ingreso, rompieron vidrios, se apoderaron y llevaron calaminas de mi propiedad entre otros daos, actos que gracias a la oportuna intervencin de los vecinos y el Serenazgo de Seguridad Ciudadana, se pudo repeler dichas acciones, recuperando la posesin del bien, dndose a la fuga todos los mencionados.

TERCERO: Que, es el caso que los demandados me han amenazado de muerte y en cualquier momento arremetern nuevamente contra mi persona y propiedad; por lo que, solicito que por intermedio de su Autoridad, se me haga otorgar las ms amplias garantas personales y morales contra mi persona; y en caso de perturbarme nuevamente con amenazas actos en la va de hechos, se le aperciba con el pago de una multa aproximadamente de S/. 15,000.00 nuevos soles, sin perjuicios de las acciones penales a que hubiera lugar.

Seora Gobernadora desde ya HAGO RESPONSABLE A LOS DENUNCIADOS DE TODO LO QUE ME PUDIERA PASAR A LA RECURRENTES Y A MIS FAMILIARES.

POR TANTO;

Pido dar por interpuesta la presente denuncia y fijar da y hora para la Audiencia ante su Despacho.

ANEXOS:

1.a.- Copia de mi DNI.

OTROSI: Que, DECLARO BAJO JURAMENTO, que con los denunciados no tengo proceso judicial alguno en trmite respecto a los hechos materia del otorgamiento de las garantas personales. Se tenga presente.

Juliaca, 28 de marzo del 2008.