Nº40 junio 2013 - Boletin AECPArona
-
Upload
asociacion-de-empresarios-de-arona -
Category
Documents
-
view
214 -
download
0
description
Transcript of Nº40 junio 2013 - Boletin AECPArona
Edita:
Asociación de Empresarios,
Comerciantes y Profesionales
de Arona
Deposito Legal:
TF - 1.340 - 2.001
Época : 5º - Año: 2013
Presidente:
Antonio Luis Glez. Núñez
Redacción:
J. Alexis Rguez. Remedios
Mª. Esmeralda Rguez.
Paulina Salas Guerrero
Fotógrafos:
Manuel Expósito, Moisés Pérez
Daniel Cetrulo, Jesús de Sousa
Diseño Gráfico:
ALGN - MSE
Director Comercial:
Miguel A. Coletto Estévez
Distribución:
A.L.O.G. - Publicidad
ARTÍCULO 20, Apartado a) Se reconocen y protegen los derechos, a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
La Frase 2.
Certificados de Eficiencia Energética 4.
Ley de Emprendedores 6.
Entregado el premio del DÍA DE LAS MADRES 2013 9.
Unidad de Rescate y Emergencia Empresarial (U.R.E.E.) 11.
Apostamos por el Comercio Tradicional 12.
Calendario de Contribuyente Nacional — MAYO 13.
Curso de Capacitación de Transportes 12.
¿A quién y en qué afecta?
Los afectados por este RD serán propietarios de
inmuebles, futuros compradores, futuros
arrendatarios, promotores y administraciones
públicas.
Se aplicará a edificios de nueva construcción.
• Edificios o partes de edificios existentes de
más de 50 m2 de superficie útil, que se vendan
o alquilen a un nuevo arrendatario.
• Edificios o partes de edificios en los que una
autoridad pública ocupe una superficie útil total
superior a 250 m2 y sean frecuentados de
manera habitual por público.
¿Qué es el certificado de eficiencia
energética?
Este certificado es una documentación
suscrita por un técnico competente, que
contiene información sobre las característi-
cas y la calificación energética del inmueble.
• Para otorgarlo, el técnico analizará las
características energéticas del edificio:
envolvente térmica, instalación térmica y
de iluminación, ocupación, confort térmico
y lumínico, y calidad del aire interior entre
otros.
• El propietario del inmueble es el
responsable de solicitar dicho certificado,
de conservarlo y de presentarlo al órgano
competente de la Comunidad Autónoma
para su inscripción en el registro
correspondiente. Su validez es de diez años
máximo, transcurridos los cuales debe
renovarse.
CLAVES DEL REAL DECRETO 235/2013 DE 5 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
¿Quién puede certificar la propiedad?
El propietario del inmueble, podrá elegir al
certificador de eficiencia energética, que
deberá ser un técnico en posesión de la
titulación académica y profesional habilitante
para la redacción de proyectos o dirección de
obras y dirección de ejecución de obras de
edificación o para la realización de proyectos
de sus instalaciones térmicas. Este técnico
puede ser elegido libremente por el
propietario del inmueble.
¿Qué sucede si no se cumple con los
requisitos del Real Decreto?
El órgano competente de cada Comunidad
Autónoma puede llevar a cabo cuantas
inspecciones crea necesarias para comprobar
y vigilar el cumplimiento de la obligación de
certificación de eficiencia de los edificios.
El incumplimiento de lo recogido en el RD se
considera infracción y se procederá a la
sanción del propietario del inmueble de
acuerdo con el Real Decreto Legislativo
1/2007 de 16 de noviembre, que establece la
cuantía de las infracciones en leves, graves y
muy graves:
• Las infracciones leves ascenderán hasta
3.005,06€.
• Las graves variarán entre 15.025,31€ y
601.012,10€.
• Las muy graves podrán incluso rebasar dicha
cantidad hasta alcanzar cinco veces el valor de
los bienes o servicios objeto de infracción.
• En el caso de que se trate de un edificio que no
está construido todavía, el vendedor debe solicitar la
certificación energética del proyecto, y una vez
construido, en el caso de que el proyecto haya sido
ejecutado de acuerdo a lo establecido, se expide el
certificado energético del edificio terminado.
• Además, si se vende un edificio existente, el
certificado de eficiencia energética obtenido debe
ponerse a disposición del comprador. En cambio, si
se trata de un contrato de alquiler, bastará con
enseñar y poner a disposición del inquilino una copia
del certificado.
¿Qué es la etiqueta energética?
Una vez obtenido el certificado de eficiencia
energética, el propietario tiene derecho a utilizar la
etiqueta de eficiencia energética durante el periodo
de validez del mismo.
• Esta etiqueta clasifica los edificios dentro de una
escala de siete letras, que varía de la letra G (edificio
menos eficiente) a la A (edificio más eficiente) y se
debe incluir en toda promoción dirigida a la venta o
arrendamiento del inmueble.
• Siempre que se trate de un edificio de titularidad
privada frecuentado por el público, y con una
superficie útil igual o superior a 500 m2, será
obligatoria la exhibición de la etiqueta. En el caso de
los edificios públicos, su superficie deberá superar
los 250 m2. Para el resto de los casos es voluntaria y
de acuerdo con lo que apruebe cada comunidad
autónoma.
Los contratos celebrados con menores de 30
años tendrán derecho a una reducción en la
cuota empresarial de la seguridad Social del
100% para empresas de menos de 250
trabajadores y del 75% para empresas de mayor
tamaño. Las condiciones a cumplir por los
trabajadores son las siguientes:
No tener experiencia laboral, o que ésta sea
inferior a tres meses.
Encontrarse en situación de desempleo y
llevar inscrito como demandante del empleo al
menos durante los doce meses anteriores a la
contratación.
Proceder de otro sector de actividad.
Formación en idiomas o TIC de una duración
al menos de 90 horas en el conjunto de un año.
La formación debe ser acreditable o
incentivada por los servicios públicos de
Empleo.
La formación la deben haber realizado los seis
meses anteriores a la celebración del contrato.
La jornada no deberá ser nunca superior al
50% de la jornada completa.
No se podrán acogerlas empresas que hayan
celebrado decisiones extintas improcedentes.
La empresa contratante tendrá que mantener
el nivel de empleo alcanzado con el contrato
durante la duración del mismo.
Contratación indefinida de un joven por
microempresas y empresarios autónomos.
Las empresas que contraten de manera
indefinida, a tiempo completo o parcial, a un
joven desempleado menor de treinta años
tendrán derecho a una reducción del 100% de
la cuota empresarial a la Seguridad Social
durante el primer año de contrato. Para
acogerse a esta medida deberá haber cumplido
los requisitos que a continuación se exponen:
Tener en el momento de la celebración del
contrato una plantilla igual o inferior a nueve
trabajadores.
No haber realizado decisiones extintivas
improcedentes en los seis meses anterior a la
celebración del contrato.
No haber tenido nunca ningún vínculo laboral
con el trabajador.
La empresa deberá mantener el nivel de
empleo en la empresa alcanzado con el
contrato a que se refiere este artículo durante
al menos un año desde la celebración del
contrato.
La empresa tendrá que mantener en el
empleo al trabajador contratado al menos 18
meses desde la fecha de inicio del contrato.
Incentivos a la contratación en nuevos
proyectos de emprendimiento joven.
Tendrán derecho a una reducción del 100% de
la cuota empresarial de la Seguridad Social
durante los doce meses siguientes a la
contratación de los trabajadores por cuenta
propia menores de 30 años y sin trabajadores
asalariados que desde la entrada en vigor de este
real decreto-ley contraten por primera vez de
forma indefinida mediante un contrato de
trabajo a tiempo completo o parcial a personas
desempleadas de igual o superior a 45 años
inscritas como desempleadas en la oficina de
empleo al menos durante 12 meses o que
resulten beneficiarios del programa de
recualificación profesional de las personas que
agoten su protección por desempleo. Se deberán
cumplir los siguientes requisitos:
Se deberá mantener el empleo por lo menos
durante 18 meses desde el inicio de la relación
laboral.
La acumulación de reducciones es
incompatible.
Primer empleo joven. Se incentiva la
celebración de contratos temporales con jóvenes
desempleados menores de 30 años que no
tengan experiencia laboral o que ésta sea inferior
a 3 meses. Las empresas que una vez pasado el
plazo mínimo de 3 meses desde la celebración
del contrato transformen en indefinidos este tipo
de contratos tendrán derecho a una bonificación
en las cuotas empresariales a la Seguridad Social
de 41.67 €/mes (500/año) durante 3 años
siempre que la jornada sea inferior al 50%, en el
caso de que sea contratada una mujer la
bonificación será de 700 €/año.
La empresa deberá mantener el nivel de
empleo alcanzado con la transformación del
contrato durante al menos 12 meses.
Incentivos a los contratos en prácticas para el
primer empleo. Se podrán celebrar contratos en
prácticas aunque hayan transcurrido 5 o más
años desde la terminación de los
correspondientes estudios. Las empresas que
concierten un contrato en prácticas con un
menor de 30 años tendrán derecho a una
reducción del 50% de la cuota empresarial a la
Seguridad Social durante toda la vigencia del
contrato de trabajo en practicas la reducción
será del 75%.
Incentivos a la incorporación de jóvenes a
entidades de la economía social.
Bonificaciones en las cuotas empresariales de
la Seguridad Social durante 3 años aplicable a
cooperativas o sociedades laborales que
incorporen trabajadores desempleados menores
de 30 años como socios trabajadores.
Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad
Social aplicables a las empresas de inserción en
los supuestos de contratos de trabajo suscritos
con personas menores de 30 años en situación
de exclusión social, la bonificación será de
1.650€/año durante 3 años en el caso de
contratación indefinida o durante la vigencia del
contrato.
El pasado día 16 de mayo y como figuraba
publicado en las bases del la Campaña de Las
Madres 2013, se celebró la entrega de premios del
sorteo, dentro del Plan de Dinamización Comercial
de la Asociación de Empresarios de Arona.
Por expreso deseo del ganador del sorteo, que
nos ha solicitado mantener su anonimato, no se ha
realizado, publicación alguna de ningún recurso
fotográfica, cumpliendo así con deseo recogido en la
Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
La Campaña del “Día de las Madres” 2013,
este año bajo el lema “Un regalo para cada
Madre”, y logró superar los objetivos previstos en
cuanto a difusión y alcance, impulsando así la
actividad comercial de nuestro municipio.
La Campaña que se desarrolló del 19 de Abril
al 5 de Mayo, siendo el sorteo el 10 de Mayo y
el día 16 la entrega del premio al ganador.
Esperamos que el ganador disfrute de su
viaje y siga consumiendo en el comercio local.
Esta nueva iniciativa viene a
complementar la ya larga oferta continua de
actividades y eventos de divulgación y
promoción de carácter gratuito de la A.E.C.P.
Arona, esperando poder contar con el
respaldo de todos para fomentar el consumo
en nuestro Municipio.
Desde la Asociación de Empresarios,
Comerciantes y Profesionales de Arona,
queremos expresar nuestro agradecimiento a
todos nuestros asociados, por confiar en el
colectivo, para la defensa de sus intereses y
en nuestras campañas de dinamización
comercial.
Para publicar su opinión en esta sección el autor deberá remitir nombre, apellidos y D.N.I. Este último no será publicado en cumplimiento de la L.O.P.D.
Envíe sus cartas a: [email protected]
Quiero hacer publico mi agradecimiento y le doy las gracias a los miembros de la A.E.C.P. Arona por el exquisito trato y la diligencia en la tramitación y la respuesta a mi problema particular que hace unas semanas les plantee y que afortunadamente ya ha sido resuelto, y por ello hago publica esta pequeña reseña, para poner en valor el trabajo que hacen y que nadie valora en su justa medida ya que solo nos quejamos de que la cuota es cara y un gasto de eliminar, pero me han demostrado que juntos sí somos fuertes y es invertir en nosotros mismos si estamos todos unidos.
Tuve problemas en mi establecimiento y no encontraba una solución satisfactoria, pasaba un miembro de la Junta y tras hablar con el me recomendó que tuviera una reunión en la Asociación y se encargaban de gestionar todo.
Tras la reunión en la que les expliqué mi caso y me pidieron toda clase de documentación y me pasaron con el letrado. La Asociación de Empresarios se encargó de hacer las gestiones oportunas ante el Ayuntamiento de Arona y el Concejal del Área, logrando saltarse la dictadura de los funcionarios que no ven mas allá de su titulitis aguda.
No se trataba de realizar ninguna ilegalidad solo hacer el trabajo que no quería hacer el funcionario de turno y en tres semanas se solucionó algo que llevaba trabado más de cinco años.
Es de bien nacidos ser agradecidos y les doy las gracias por el trabajo realizado y por que se demuestre la valía y la calidad humana de las personas. J.M.G.L.
Horarios adaptados a las necesidades del alumno
Metodología activa adaptada a las necesidades
y niveles del alumno
Material de estudio, Test y Casos Prácticos incluidos
Grupos Reducidos
Tutorías personalizadas y Clases presenciales
Profesorado cualificado con amplia experiencia docente
Horarios adaptados a las necesidades del alumno
Metodología activa adaptada a las necesidades
y niveles del alumno
Material de estudio, Test y Casos Prácticos incluidos
Grupos Reducidos
Tutorías personalizadas y Clases presenciales
Profesorado cualificado con amplia experiencia docente
DATOS PERSONALES:
Don / Doña: ___________________________________________________________________________________________
Empresa: ___________________________________________________ C.I.F./ N.I.F.: _______________________________
Dirección: _____________________________________________________________________________________________
Población: _____________________________________________________ Municipio: ______________________________
Código Postal: ________________________ Actividad de la Empresa: ___________________________________________
Teléfonos: _______________ / ________________ / _______________ / _______________ Fax: _____________________
E-mail: __________________________________________________ Pagina Web: __________________________________
Observaciones: ________________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________________________
DATOS DOMICILIACIÓN BANCARIA:
Caja / Banco: ________________________________________ Sucursal: _______________________________
Entidad: ____________ Oficina: ____________ D.C.: _______ Nº Cuenta: ______________________________
Autorizo a la Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesiones de Arona a cargar en mi Nº de Cuenta las
cuotas mensuales establecidas y aprobadas en Asamblea General.
Importe de la Cuota: ________________€.
Arona, a ____ de _________________________ de 201__.
Firmado: _____________________________________
El interesado otorga su consentimiento inequívoco, para el tratamiento de sus datos por parte de la A.E.C.P. Arona.
En cumplimiento del artículo 5 de la Ley 15/1999 se informa que los datos de carácter personal que constan en esta notificación se incluirán en el fichero de nombres
de la base de datos de la A.E.C.P. Arona, la finalidad del fichero en la gestión de las cuotas y transmisión de toda la información a los asociados y será gestionada exclusivamente
por el personal de la Asociación. Los interesados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de sus datos personales en cualquier momento.
Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesionales de Arona
C./ Barranquillo, nº: 11 - 38.650 Los Cristianos - Arona Tel./Fax: 922 751 555
Nº Trabajadores 1 a 5 6 a 10 11 a 25 26 a 50 51 a >100
CUOTA MENSUAL 20€ 30€ 50€ 70€ 95€