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MUNICIPALIDAD DE IBARRA Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 1 ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA EN SESIÓN ORDINARIA REALIZADA EL MIERCOLES 2 DE FEBRERO DEL 2011. Acta N. 04-2011 El Ec. Carlos Arias Jiménez, Vicealcalde del Cantón Ibarra, en vista de que el Ing. Jorge Martínez Vásquez debe atender asuntos inherentes a la municipalidad en la ciudad de Quito, siendo las 09H30am, solicita se constate el Quórum para proceder a dar inicio a la Sesión de Concejo prevista para el miércoles 2 de Febrero del año 2011, y al encontrarse este completo. El I. Concejo Municipal de Ibarra avoca conocimiento de los diferentes asuntos presentados en la Municipalidad y el Cantón. Puesto a consideración del Orden del día, mociona el Ing. Wilmer Taboada con apoyo del Dr. Alfonso Beltrán, se incorpore un punto en el Orden del Día en el que se conozca el pedido realizado por varios concejales al Alcalde del Cantón Ibarra mediante oficio de fecha 7 de enero del año 2001. Conocida la propuesta se somete a votación. (Cuadro de votación: A FAVOR O EN CONTRA DE TRATAR DENTRO DEL ORDEN DEL DÍA LA SOLICITUD DEL ING. WILMER TABOADA CONCEJAL DEL CANTÓN IBARRA) LISTA CONCEJALES VOTACION A favor En contra Lic. Laureano Alencastro Sarzosa X Lic. Inés Almeida Sánchez X Dr. Alfonso Beltrán Fuentes X Ing. Oscar Caicedo Barrios X Ing. Hilda Herrera Tapia X Sr. José Moncayo Espinoza X Ing. Carlos Morejón Obando X Sra. Andrea Scacco. X Ing. Wilmer Taboada Salazar X Dr. Edwin Toaquiza Chiriboga X Votos a Favor: Votos en contra: TOTAL DE LA VOTACIÓN: 8 Votos. 2 votos. 11 votos Con 8 votos a favor se incorpora dentro del Orden del día el requerimiento del Concejal Taboada. EL I. CONCEJO MUNICIPAL APRUEBA EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:

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Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 1

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA EN SESIÓN ORDINARIA REALIZADA EL MIERCOLES 2 DE

FEBRERO DEL 2011.

Acta N. 04-2011

El Ec. Carlos Arias Jiménez, Vicealcalde del Cantón Ibarra, en vista de que el Ing. Jorge Martínez Vásquez debe atender asuntos inherentes a la municipalidad en la ciudad de Quito, siendo las 09H30am, solicita se constate el Quórum para proceder a dar inicio a la Sesión de Concejo prevista para el miércoles 2 de Febrero del año 2011, y al encontrarse este completo. El I. Concejo Municipal de Ibarra avoca conocimiento de los diferentes asuntos presentados en la Municipalidad y el Cantón.

Puesto a consideración del Orden del día, mociona el Ing. Wilmer Taboada con apoyo del Dr. Alfonso Beltrán, se incorpore un punto en el Orden del Día en el que se conozca el pedido realizado por varios concejales al Alcalde del Cantón Ibarra mediante oficio de fecha 7 de enero del año 2001. Conocida la propuesta se somete a votación.

(Cuadro de votación: A FAVOR O EN CONTRA DE TRATAR DENTRO DEL ORDEN DEL DÍA LA SOLICITUD DEL ING. WILMER TABOADA CONCEJAL DEL CANTÓN IBARRA)

LISTA CONCEJALES

VOTACION

A favor En contra

Lic. Laureano Alencastro Sarzosa X

Lic. Inés Almeida Sánchez X

Dr. Alfonso Beltrán Fuentes X

Ing. Oscar Caicedo Barrios X

Ing. Hilda Herrera Tapia X

Sr. José Moncayo Espinoza X

Ing. Carlos Morejón Obando X

Sra. Andrea Scacco. X

Ing. Wilmer Taboada Salazar X

Dr. Edwin Toaquiza Chiriboga X

Votos a Favor:

Votos en contra: TOTAL DE LA VOTACIÓN:

8 Votos. 2 votos. 11 votos

Con 8 votos a favor se incorpora dentro del Orden del día el requerimiento del Concejal Taboada.

EL I. CONCEJO MUNICIPAL APRUEBA EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:

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COMISIONES GENERALES.

SOLICITANTE PETICIÓN

DETERMINACIÓN

Sr. Clever Rodríguez. REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA OASISTURIS

Requieren se les permita la reubicación de la parada de su compañía, toda vez que según manifiesta su labor va dirigida en beneficio de la comunidad.

El I. Concejo Municipal, resolvió este requerimiento una vez que conoció el Informe N. 1-2011 de la Comisión de Transito y Transporte Terrestre.

Sr. Carlos Ipiales. PRESIDENTE DE LA PRE-COMPAÑÍA TRANSLAGO DE SANGRE

Solicita en representación de la Pre compañía de taxis que, una vez que se cuente con los resultados del análisis de factibilidad de taxis en el Cantón Ibarra, se los legalice pues tienen derecho a trabar e apego de la ley.

El I. Concejo Municipal, DETERMINO que esta solicitud pase a conocimiento de la Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre, quien una vez que cuente con los resultados del estudio emitirá un recomendación al I. Concejo Municipal.

Dr. José Sevilla PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD BOLIVARIANA NUCLEO DE IMBABURA

En la exposición realizada por los miembros de la Sociedad Bolivariana Núcleo de Imbabura, solicitan al I. Concejo Municipal se pronuncie respecto de una ilegalidad que les está perjudicando en la superficie del terreno

El I. Concejo Municipal, DETERMINO que esta solicitud pase a conocimiento de la Comisión de Obras Públicas Municipales

ORDEN DEL DÍA

1. OBSERVACIÓN Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES.

2. CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE INVITACIÓN AL ALCALDE DEL GOBIERNO

AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN IBARRA

3. INFORME DE COMISIONES.

4. CONOCIMIENTO DEL DOCUMENTO SUSCRITO POR LOS CONCEJALES LIC.

INES ALMEIDA, DR. ALFONSO BELTRAN, ING. OSCAR CAICEDO, ING. HILDA

HERRERA, ING. CARLOS MOREJON, SRA. ANDREA SCACCO, ING. WILMER

TABOADA, CON FECHA 7 DE ENERO DEL AÑO 2011.

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de su propiedad en la que suele desarrollarse la escenificación de la Batalla Simón Bolívar. Solicitan se revise los antecedentes históricas de mencionado terreno para que se determinen las dimensiones y propiedad.

ASUNTO INFORMATIVO: El Sr. Carlos Sevilla expone el proyecto para la creación de una escuela de Fútbol en el Cantón, la que como misión principal es formar jugadores profesionales de alta calidad.

PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

OBSERVACIÓN Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES

Puesto a consideración de los Señores (as) Concejales (as) del Cantón Ibarra el boletín de resoluciones,

es APROBADO por unanimidad.

SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE INVITACIÓN AL

ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

DEL CANTÓN IBARRA

RESOLUCIÓN

066-SG-2011

El I. Concejo Municipal de Ibarra aprueba las resoluciones adoptadas en el Acta 03 del 26 de enero del 2011.

RESOLUCIÓN

067-SG-2011

El I. Concejo Municipal de Ibarra una vez que conoce la invitación realizada al Alcalde del Cantón Ibarra por parte de FELCODE, y en atención a lo dispuesto en el Art. 57 literal d) RESUELVE: Dar por conocida la carta de invitación al Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Ibarra

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TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

INFORME DE COMISIONES.

INFORME N. 02 DE LA COMISIÓN DE ABASTOS, MERCADO Y POLICIA.

RESOLUCIÓN 068-SG-2011

1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor: CHUQUIN PUPIALES LUIS RAMIRO C.I. 100219076-5, quien solicita a la I. Municipalidad de Ibarra le autorice la ocupación del puesto de trabajo ocasional signado con el Nro. 17, del Mercado Santo Domingo para destinarlo a la venta de Cd’s y artículos varios. La Administración de Mercados mediante memorando 577 DSUM del 18 de octubre de 2010 manifiesta que: “….el puesto ocasional, fue adjudicado al señor Romel Fernando Erazo Clavijo, quién abandonó el puesto en mención, y desde el año 2004, hasta la presente fecha viene trabajando el señor Luis Chuquín Pupiales, comerciante que solicita se adjudique a su nombre …”. La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE AUTORIZAR la ocupación del puesto de trabajo ocasional, signado con el Nro. 17 ubicado en el patio del Mercado Santo Domingo de Ibarra, para destinarlo a la venta de Cd’s y artículos varios, a favor de el señor CHUQUIN PUPIALES LUIS RAMIRO.

RESOLUCIÓN 069-SG-2011

2. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor SOLANO GODOY JUAN CARLOS C.I. 100233946-1, quien solicita la legalización a su nombre el puesto de trabajo unificado Nro. 97 y 98 E, ubicado en el sector Calle Sin Nombre del Mercado Amazonas, destinado a la venta de ropa. La Administración de Mercados mediante memorando 646 DSUM del 02 de diciembre de 2010, manifiesta que: “...este puesto se encuentra a nombre del señor Milton Tomaico, tan como constan en los comprobantes de pago del canon de arrendamiento y pago de la patente anual, cabe señalar que el señor Juan Carlos Solano, ha venido trabajando por más de cinco años, según las investigaciones y versiones dadas por comerciantes del sector, además ponemos en conocimiento que los puestos mencionados son uno solo desde algún tiempo atrás”. La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados y que el comerciante consta en la ficha censal de Comerciantes y Puestos de los Mercados vigente.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE AUTORIZAR, la legalización del puesto de trabajo unificado Nro. 97 y 98 E, ubicado en el sector calle sin nombre del Mercado Amazonas, destinado a la venta de ropa, a favor del señor SOLANO GODOY JUAN CARLOS.

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RESOLUCIÓN 070-SG-2011

3. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señorita RAMIREZ LIDIA ESPERANZA C.I. 100261839-3, quien solicita a la Municipalidad de Ibarra le adjudique el puesto de trabajo Nro. 35 CR ubicado en el sector remodelado del Mercado Amazonas, para la venta de jugos.. La Administración de Mercados mediante memorando 627 DSUM del 2 de diciembre de 2010, manifiesta que: “…en el sector indicado si existe el puesto, el mismo que está abandonado desde hace mucho tiempo atrás, sugiero que la Comisión inspeccione el lugar….”. La Comisión acoge al informe de la Unidad de Mercados que consideró factible atender el requerimiento.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, y en atención a la petición formulada por la Concejala Ing. Hilda Herrera Presidenta de la Comisión de Abastos, mercado y policía, RESUELVE QUE ESTE PUNTO QUEDE PENDIENTE TODA VEZ QUE LA COMISIÓN REALIZARÁ UN INSPECCIÓN.

RESOLUCIÓN 071-SG-2011

4. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor VACA MORALES JUAN CARLOS C.I. 100232095-8, quien solicita el cambio de nombre del puesto ocasional ubicado en el sector de Av. Pérez Guerrero. La Administración de Mercados mediante memorando 645-DUM del 29 de noviembre 2010 manifiesta lo siguiente: “el puesto en mención, en realidad consta a nombre de la señora MORALES GILDA MARIANA, puesto ocasional que ha venido ocupando hace mucho tiempo atrás y por su avanzada edad, solicita se cambie el nombre de adjudicatario a favor del señor Vaca Morajes Juan Carlos” . La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE AUTORIZAR el cambio de nombre del puesto de trabajo ocasional ubicado en la Av. Pérez Guerrero frente al Centro Comercial La Bahía a favor del señor VACA MORALES JUAN CARLOS.

RESOLUCIÓN 072-SG-2011

5. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora HUALCA CABASCANGO MELISA ELIZABETH, quien solicita la adjudicación de un puesto de trabajo ubicado en el Mercado Amazonas para la venta de accesorios de computadora. La Administración de Mercados mediante memorando 641 DSUM del 19 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no tenemos disponibilidad de puestos para esta clase de negocio….” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de accesorios de computadora a favor de la señora HUALCA CABASCANGO MELISA ELIZABETH, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio al interior del Mercado Amazonas.

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RESOLUCIÓN 073-SG-2011

6. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora HERNANDEZ HERNANDEZ SILVIA MARIA, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el interior del Mercado Amazonas, para la venta de comida. La Administración de Mercados mediante memorando 634 DSUM del 17 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no existe disponibilidad de puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de comida a favor de la señora HERNANDEZ HERNANDEZ SILVIA MARIA, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio.

RESOLUCIÓN 074-SG-2011

7. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora FLORA SANCHEZ, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el Mercado Amazonas, para la venta de verduras. La Administración de Mercados mediante memorando 642 DSUM del 19 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no existe disponibilidad de puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de verduras a favor de la señora FLORA SANCHEZ, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio al interior del Mercado.

RESOLUCIÓN 075-SG-2011

8. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor AMAGUAÑA CANDO LUIS JAVIER, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el interior del parqueadero del Mercado do La Playa, para la venta de ropa confeccionada. La Administración de Mercados mediante memorando 625 DSUM del 11 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…en el sector indicado no existe disponibilidad de puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados. Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del parqueadero del Mercado La Playa para venta de ropa confeccionada a favor del señor AMAGUAÑA CANDO LUIS JAVIER, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio en el sector solicitado.

RESOLUCIÓN 076-SG-2011

9. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora PILAR ELIZABETH TENGANA

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JARAMILLO, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector abierto del Mercado Amazonas, para la venta de ropa confeccionada. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 248 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora CACUANGO DAVILA FANNY PATRICIA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge el informe emitido por la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo Nro. 248 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas, a favor de la señora PILAR ELIZABETH TENGANA JARAMILLO, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.

RESOLUCIÓN 077-SG-2011

10. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora PUPIALES GUAMAN MARIA ESTHER, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector abierto del Mercado Amazonas, para destinarlo a taller de costura. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 249 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora TIAMARCA CACUANGO GICELA PAOLA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge la recomendación de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo Nro. 249 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas a favor de la señora PUPIALES GUAMAN MARIA ESTHER, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.

RESOLUCIÓN 078-SG-2011

11. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora PEÑAFIEL CUPUERAN MYRIAN MARISOL, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector abierto del Mercado Amazonas, para destinarlo a taller de costura. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 249 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora TIAMARCA CACUANGO GICELA PAOLA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del puesto de trabajo Nro. 249 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas a favor de la señora PEÑAFIEL CUPUERAN MYRIAN MARISOL, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.

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RESOLUCIÓN 079-SG-2011

12. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora CARMITA DEL ROCIO FLORES VALENCIA C.I. 040092910-5, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. GC5 destinado a la venta de granos cocidos, ubicados en el Mercado Mayorista de Ibarra. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.

RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE ES PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro. GC5 destinado a la venta de granos cocidos, ubicados en el Mercado Mayorista de Ibarra, a favor de la señora CARMITA DEL ROCIO FLORES VALENCIA, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos.

Beneficiario:

Clave Catastral: 100103031045001472

Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Dirección: 13 de abril

Descripción: GC5

Alícuota: 0.075

AREA = 4.10 m²

Avalúo: $ 1.352,02

LINDEROS

NORTE: 2,05 m. Con local GC6

SUR: 2,05 m. Con local GC4

ESTE: 2,00 m. Con pasaje 14

OESTE: 2,00 m. Con local BI5

RESOLUCIÓN 080-SG-2011

13. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora MARIN LARA LISLEY YANET C.I. 080242107-3, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. 81, ubicado en el sector Ampliación Remodelada del Mercado Amazonas de Ibarra, destinado a la venta de comida. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible

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atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.

RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE ES PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro.81, sector Ampliación del Mercado Amazonas de la ciudad de Ibarra, a favor de la señora MARIN LARA LISLEY YANET, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos, de conformidad a la propuesta de la peticionaria.

Beneficiario:

Clave Catastral: 100104040144003081

Apellidos y Nombres: Ilustre Municipio San Miguel de

Ibarra

Dirección: Av. Eugenio Espejo

Descripción: A-081

Alícuota: 0.504

Area: 7,75 m²

Valor Propiedad: $ 5,245.00

LINDEROS

NORTE: Pasaje A-A con 2,05 m

SUR: Puesto A-080 con 2,05 m

ESTE: Puesto A-063 con 2,00 m

OESTE: Pasaje A-2 con 3,78 m

RESOLUCIÓN 0801SG-2011

14. Se pone en conocimiento la petición formulada por la RINA MARIA YALAMA CANACUAN C.I. 100180178-4, quién presenta la renuncia al local comercial Nro. 09 ubicado en el San Miguel Arcángel. La Administración de mercados mediante memorando SM-2010-1405-M del 26 de noviembre del 2010 manifiesta lo siguiente: “Con fecha 22 de Noviembre del 2010 presenta su renuncia voluntaria al mencionado puesto por medio de un oficio, el mismo que se servirá encontrar adjunto” La Comisión luego del análisis respectivo recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelva:

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d)

del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE ACEPTAR la renuncia presentada por la señora Rina María Yalama Canacuan, al puesto de trabajo Nro. 09 ubicada en el sector del San Miguel Arcángel.

La Dirección Financiera procederá a dar de baja los títulos de crédito que por concepto de arrendamiento se encuentran emitidos después del mes de Noviembre de 2010.

RESOLUCIÓN 082-SG-2011

15. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora IPIALES VINUEZA ZULEMA DEL CARMEN, C.I. 100334178-9, quién solicita se le adjudique mediante contrato de arrendamiento el local comercial signado con el Nro. 14-MA ubicado en el sector del San Miguel Arcangel, para destinarlo a la venta de artesanías. La Administración de Mercados mediante memorando Nro. 638 DSUM del 18 de noviembre de 2010 manifiesta que: “pongo en su conocimiento que en el sector indicado existe el puesto Nro. 14 MA, el mismo que en la actualidad se encuentra vacante, además se indica que la directiva de ese sector, está muy de acuerdo en que se le adjudique el local a la señora solicitante”. La Comisión analizó el expediente y estableció que es factible atender el pedido de la solicitante. Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE: ADJUDICAR, mediante contrato de arrendamiento a favor de la señora IPIALES VINUEZA ZULEMA DEL CARMEN, el local comercial Nro. 14 MA ubicado en el sector del San Miguel Arcángel.

RESOLUCIÓN 083-SG-2011

16. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora LIDIA TERESA GONZALEZ ROSERO C.I. 040088900-2, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. FR-10, ubicado en el sector minorista del Mercado Mayorista de Ibarra, destinado a la venta de Frutas. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.

RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización,, RESUELVE: ES PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro.FR-10, ubicado en el sector minorista del Mercado Mayorista de la ciudad de Ibarra, a favor de la señora LIDIA TERESA GONZALEZ ROSERO, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos, de conformidad a la propuesta de la peticionaria.

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Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 11

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Beneficiario:

Clave Catastral: 100103031045001369

Apellidos y Nombres: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Dirección: 13 de Abril

Descripción: FR10

Alícuota: 0.075

Área: 4.18m²

Valor Propiedad: $ 1,352.02

LINDEROS

Norte: 2,00m con local GT27

Sur 2,00m con pasaje 9

Este 2,05m con local FR9

Oeste 2,05m con local FR11

INFORME N. 02 DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN, ORNATO,

AVALUOS Y CATASTROS.

RESOLUCIÓN 084-SG-2011

1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor PATRICIO DAZA NAVARRETE, quien solicita al Ilustre Concejo Municipal de Ibarra, autorice el cambio de uso de suelo de Zona Industrial de alto impacto y baja densidad a Zona Residencial, en un predio de su propiedad ubicado en la calle 13 de Abril y Pichincha sector de los Huertos Familiares de Azaya, frente al parque del Recuerdo del Sindicato de Choferes, con el objetivo de planificar un conjunto residencial de vivienda de interés social. La Dirección de Planificación mediante memorando PL-2010-1414-M, del 16 de diciembre de 2010 manifiesta los siguiente:

“….una vez revisada la Ordenanza de Reglamentación Urbana vigente se verificó que el predio se halla en la zona B-803-IMI, considerada una zona Industrial de mediano Impacto, en la que el uso residencial únicamente está previsto con una baja densidad poblacional, es decir para la implantación de vivienda de cuidador, debido a que el Parque Industrial planteado en esta zona podría producir a futuro efectos nocivos a la salud de la población. Por lo anteriormente expuesto, no es recomendable cambiar el uso de suelo de Industrial a residencial.”

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Se adjunta en el expediente el oficio Nro. 929 Gerencia Sad 3010 del 16 de noviembre de 2010 el cual manifiesta lo siguiente:

“De acuerdo a la zonificación urbana vigente, la empresa ha previsto un caudal medio de 0,07 Lt/s/ha. En la actualidad disponemos de tuberías adecuadas para atender sin inconveniente esta zona de baja densidad poblacional proyectada.

En las actuales condiciones es factible atender con un mayor caudal a esta propiedad, siempre y cuando sea este el único caso, el caudal medido sería de 0.63 L/s/ha, puesto que un incremento general de la densidad poblacional futura generaría la necesidad de incremento de diámetro de la tubería matriz que abastece al citado sector”.

La Comisión realizó una inspección al sector y pudo verificar que existen varios proyectos de vivienda que se encuentra consolidados en el sector, por lo que consideró factible atender el requerimiento del peticionario

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión, que en uso de las facultades establecidas en 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE:

RESOLUCIÓN 085-SG-2011

2. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor VICTOR MAULME CLAVIJO LEON, respecto a la afectación a un predio de su propiedad ubicado en la intersección de la vía los Galeanos y el Pasaje Ana Lía Bernal. La Dirección de Planificación mediante memorando PL-2010-1418-M del 16 de diciembre de 2010 manifiesta lo siguiente:

a) QUE ES PROCEDENTE autorizar el cambio de uso de suelo de Zona Industrial de alto

impacto y baja densidad a Zona Residencial, en un predio de propiedad del señor

PATRICIO DAZA NAVARRETE ubicado en la calle 13 de Abril y Pichincha sector de los

Huertos Familiares de Azaya, frente al parque del Recuerdo del Sindicato de Choferes, con

el objetivo de planificar un conjunto residencial de vivienda de interés social.

b) Que los interesados suscriban un convenio con la Empresa Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado EMAPA – I, para el abastecimiento del servicio de Agua Potable y la

ampliación de las redes que dotarán del servicio, el mismo que se deberá presentar previa

la aprobación del Anteproyecto de Construcción.

Page 13: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 13

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Con fecha de enero 1997 el Departamento de Planificación emitió directrices viales en la

propiedad del señor Oscar Benalcázar en donde el lindero sur no se establece ningún trazado

vial.

En el año de enero de 2005 se actualiza el trazado vial de la propiedad del señor Oscar

Benalcázar en la que no consta tampoco ningún trazado vial en el lindero sur de la propiedad

del señor Gonzalo Benalcázar colindante con la propiedad.

Con fecha 17 de marzo de 2009 mediante escritura publica el señor Oscar Aníbal Benalcázar

Acosta vende su propiedad al señor Víctor Maulme Clavijo León en la que en la clausula cuarta

referida a los linderos del lote Nº1, se señala que en el lindero sur, limita la calle Ana Lía Bernal

de Fuentes y de igual manera, el lote Nº 2 el lindero limita con un pasaje S/N. Esta vía ya fue

catastrada y denominada como Ana Lía Bernal.

· Considerando la vía señalada en las escrituras del predio del señor Víctor Clavijo, el

Departamento de Planificación emite las directrices viales al predio de propiedad del señor

Gonzalo Benalcázar en el cual de mantiene el trazado de la calle Ana Lía Bernal de 12.00m de

ancho en la que se afecta el predio del señor Benalcázar, plano DIRC 40/2007 de junio 2007.

· Cabe aclarar que los estudios del Conjunto Habitacional los Galeanos se hallan en un nivel de

anteproyecto sin aprobar, por lo que el interesado no puede iniciar la realización de los

demás estudios de urbanización e infraestructura, en consecuencia la municipalidad no es

responsable de las modificaciones que podrían realizarse

· En referencia a la propuesta de que no se carguen a los representados las tasas por

contribución de mejoras, cuando se habilite la vía que colinda con el predio, cabe señalar que

no es posible dicha exoneración por ser esta una disposición legal.

· En relación a una indemnización por el ensanchamiento en la vía Ana Lía Bernal, cabe indicar

que no se justifica en razón de que dicha vía de acuerdo al plan de desarrollo atravesaba

diagonalmente por su predio, pero en consideración de que exista un pasaje y calle en el

ancho del predio y muy cerca a la otra vía, se definió la ampliación de el pasaje existente para

el funcionamiento de una vía vehicular, la misma que inicialmente se halla proyectada en

12.00m.

“De acuerdo al anteproyecto modificatorio presentado, se plantea dos vías longitudinales de

9.00m de ancho, cada una que justifican plenamente la conectividad con el sector por lo que

es técnicamente factible reducir el ancho de la calle Ana Lía Bernal ya que cediendo los 2.50m,

se establecería un ancho de pasaje de 8.50m por lo que no se modificara el proyecto que

beneficia a mas de 120 personas.

Page 14: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 14

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Por lo expuesto se sugiere la aprobación de dicho anteproyecto y la ampliación del pasaje

peatonal que actualmente es de 6.00m, para que se considere su ancho en 8.50m;

planteamiento que fue discutido y aceptado con los técnicos y propietarios del Conjunto

Habitacional los Galeanos”

La Comisión realizó una inspección al sitio y constató que es factible atender el requerimiento

de los solicitantes añadiendo varias modificaciones.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Planificación, y en uso de

las facultades establecidas en el Art. 57 literal d) del Código Orgánico de Organización

Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE:

INFORME N. 01 DE LA COMISIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE

TERRESTRE.

RESOLUCIÓN 086-SG-2011

1. Se pone en conocimiento el memorando SG-2011-00031-M del 24 de enero de 2011 en el cual la

Secretaría General de I. Concejo Municipal solicita la modificación a las resoluciones 816,817 y 818 SG-2011 tomadas por el Concejo Municipal en sesiones del 22 de diciembre de 2010 y 6 de enero de 2011, en razón que se omitió incluir varias recomendaciones. La Comisión considero factible

a) QUE ES PROCEDENTE, la aprobación del anteproyecto del Conjunto Habitacional LOS GALEANOS,

ubicada en la vía Los Galeanos intersección con la calle Ana Lía Bernal.

b) Que la vía paralela al Pasaje Analía Bernal, ubicada al norte del Bloque A, deberá proyectarse en

12 metros de ancho, reduciendo el ancho de la calle sin nombre, ubicada al norte de los bloques B y

C a 8,50cm.

c) La Dirección de Planificación deberá considerar el ancho de 12 metros del Pasaje Analía Bernal

para conceder línea de fábrica a lotizaciones o construcciones futuras.

d) El peticionario deberá rediseñar el proyecto de manera que las construcciones que colindan con el

pasaje Ana Lía Bernal se encuentren con frente a dicha vía.

Page 15: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 15

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

atender la solicitud pues se tratan de recomendaciones que establecen plazos, fechas de vigencia entre otros que validan la resolución. El Ilustre Concejo Municipal en el marco del convenio suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre para la transferencia de competencia y funciones; y, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 264 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; Articulo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que:

a) Se incluya en la resolución 818 SG-2011 del 12 de enero del 2011 las siguientes recomendaciones:

La habilitación operacional conferida a la COMPAÑÍA DE TRASPORTE COMPATIBARRA S.A” tiene vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución.”

La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente.

La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.

La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma.

La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas, Reglamento y Resoluciones vigentes.

El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas; reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.

La operadora COMPAÑÍA DE TRASPORTE COMPATIBARRA S.A” se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.

La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.

La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo.

Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de socio.

Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida

b) Se incluya en la resolución 817 SG-2011 del 12 de enero del 2011 las siguientes recomendaciones:

Page 16: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 16

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La habilitación operacional conferida a la COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS LA

ESPERANZA tiene vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta

resolución.”

La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente.

La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la

participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la

flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.

La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas

con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma.

La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su

negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas,

Reglamento y Resoluciones vigentes.

El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y

legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas;

reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.

La operadora COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS LA ESPERANZA se someterá a las

normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y

Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de

Tránsito.

La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre

que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.

La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las

decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo.

Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija

como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de

socio.

Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el

otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de

efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida

c) Se incluya en la resolución 816 SG-2011 del 12 de enero del 2011 las siguientes recomendaciones:

La habilitación operacional conferida a la CORPORACION SAN JOSE DE CORSAJO S.A tiene

vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución.”

Page 17: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 17

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente.

La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la

participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la

flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.

La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas

con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma.

La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su

negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas,

Reglamento y Resoluciones vigentes.

El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y

legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas;

reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.

La operadora CORPORACION SAN JOSE DE CORSAJO S.A se someterá a las normas legales

establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones

vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.

La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte

terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.

La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las

decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo.

Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija

como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de

socio.

Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el

otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de

efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida

RESOLUCIÓN 087-SG-2011

2. Petición formulada por la “COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA”, la misma que solicita a la Ilustre Municipalidad de Ibarra, apruebe la renovación de habilitación operacional, a favor de un socio de la Cooperativa. Al respecto la Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre, mediante memorando 001-RHO-DPTT de fecha 20 de enero de 2011, manifiesta lo siguiente:

INFORMACION DE LA OPERADORA DE TRANSPORTE

Page 18: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 18

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

DENOMINACION: COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL

YAHUARCOCHA

RUC: 1090065900001

MODALIDAD: TAXI

REG. MUN. Nº: 021

REPRESENTANTE LEGAL

NOMBRE: ANDRADE JOSE CAMILO

CEDULA: 1001026036

DATOS DE CONSTITUCION JURIDICA

ACUERDO MINISTERIAL: 000307

FECHA: 27 DE MARZO DE 1983

INSC. REG. GENERAL DE COOP. 3594

DATOS DE HABILITACIÓN OPERACIONAL ANTERIOR

HABILITACION OPERACIONAL ANTERIOR: 017-RPO-010-2005

FECHA: 27 DE DICIEMBRE DEL 2005

CADUCA: 27 DE DICIEMBRE DE 2010

Nº DE SOCIOS: CATORCE

Page 19: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 19

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Nº DE VEHICULOS:CATORCE

ESTACIONAMIENTO

DIRECCIÓN: AV. JAIME RIVADENEIRA SECTOR PLAZOLETA MONS. LEONIDAS PROAÑO

CAMBIO IMPLEMENTADOS

CAMBIOS DE SOCIOS Y UNIDAD

SOCIO Y UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

003

PAUCAR

BEDOYA

WASSHING

TON

ANDRES

1002431

797

E IAK01

08

HYUN

DAI

20

02

SED

AN

5 G4EC104

6101

KMHCH41BP2U

271138

SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MAR

CA

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

Page 20: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 20

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

021-

003

JACOM

E

CAZAR

ES

OSWAL

DO

DAVID

0400495

628

E FACTU

RA

KIA 201

0

SED

AN

5 G4EE9H27

4575

KNADG411AA66

28290

SOCIO Y UNIDAD SALIENTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

005

ORBE

MIÑO

LUIS

ENRIQ

UE

10002081

97

E IAH02

75

MAZD

A

199

6

SEDA

N

5 E57745

96

BF10E2M306683

96B

SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MARCA AÑ

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

005

ECHEVER

RIA

GUTIERR

EZ IVAN

PATRICI

1707620

470

E FACTU

RA

CHEVRO

LET

20

09

SED

AN

5 F16D3872

716C

9GATD5166981

24392

Page 21: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 21

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

O

SOCIO Y UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOT

OR

CHASIS

021-

007

CHILIQUIN

GA

GORDILLO

PABLO

JAVIER

10017220

48

E IAG03

06

LADA 199

4

SEDA

N

5 32025

55

XTA210430RO44

5214

SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

007

QUELA

L

PATIÑ

O

EDISSO

N

DAVID

10018623

8-0

E IAK07

32

SKOD

A

200

9

SEDA

N

5 BTS1204

19

TMBGD45JX93111

792

SOCIO Y UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PAS

AJ

MOT

OR

CHASIS

Page 22: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 22

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

N.

021-

009

TORRES

CARRERA

GALO

ATAHUAL

PA

10007893

86

E IAG-

624

HYUND

AI

200

2

SEDA

N

5 KMHCH41BP2U35

8104

SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PAS

AJ

MOTO

R

CHASIS

021-

009

SANTA

FE

POZO

EULALI

A

SILVAN

A

10017596

36

E ICL-

521

HYUND

AI

200

7

SEDA

N

5 KMHCM41AP7U10

6371

CAMBIOS DE SOCIOS

SOCIO SALIENTE

REG.

MUN.

SOCIO CEDULA T/L PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ MOTOR CHASIS

021-

003

MENA

MEJIA

JOSE

E ICB-

048

HYUNDAI 2002 SEDAN 5

Page 23: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 23

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

IGNACIO

SOCIO ENTRANTE

REG.

MUN

.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASI

S

021-

003

PAUCAR

BEDOYA

WASSHINGTO

N ANDRES

100243179

7

E ICB-

048

HYUND

AI

200

2

SEDA

N

5

SOCIO SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLA

CA

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

006

CACERE

S

CUADRA

DO

FREDDY

GABRIEL

0602811

481

E IAH-

142

DAEW

OO

20

02

SED

AN

5 A15SMS414

234B

KLATF69YE2B7

26136

SOCIO ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDUL

A

T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

Page 24: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 24

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

021-

006

MORRIL

LO

PANTOJ

A

ALEJAN

DRO

ENRIQU

E

0401222

73-2

E IAH01

42

DAEW

OO

20

02

SED

AN

5 A15SMS414

234B

KLATF69YE2B7

26136

SOCIO SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

009

SANTA

FE

POZO

EULALI

A

SILVA

NA

1001759

636

E ICL-

521

HYUND

AI

200

7

SEDA

N

5 G4EE6596

603

KMHCM41AP7U1

06371

SOCIO ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLA

CA

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

009

HERNAN

DEZ

HERNAN

DEZ

JORGE

1002808

986

E ICL-

521

HYUN

DAI

20

07

SED

AN

5 G4EE6596

603

KMHCM41AP7U1

06371

Page 25: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 25

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

HERNAN

SOCIO SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

010

PORTILL

A LUIS

TARQUI

NO

1000369

114

E IAH08

76

HYUN

DAI

200

5

SED

AN

5 G4E5071

972

KMHCG41CP5U6

30636

SOCIO ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDUL

A

T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

010

RUIZ

TORRES

RONALD

RIGOBE

RTO

1717002

511

E IAH08

76

HYUN

DAI

20

05

SED

AN

5 G4ED5071

972

KMHCG41CP5U6

30636

SOCIO SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

Page 26: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 26

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

021-

008

CACHIGUA

NGO VEGA

LUIS

ENRIQUE

1000086

361

E IAH07

52

HYUN

DAI

20

05

SED

AN

5 G4ED507

2721

KMHCG51CP5U

272377

SOCIO ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

008

CULQUI

DOMING

UEZ

CRISTIAN

PAUL

1002842

175

C IAH07

52

HYUN

DAI

20

05

SED

AN

5 G4ED507

2721

KMHCG51CP5U2

72377

CAMBIOS DE UNIDAD

UNIDAD SALIENTE

REG.

MUN

.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASI

S

021-

013

ANDRAD

E JOSE

CAMILO

100102603

6

E IAR-

728

CHEVROLE

T

199

4

SEDA

N

5

UNIDAD ENTRANTE

Page 27: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 27

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

REG.

MUN.

SOCIO CEDULA T/L PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ MOTOR CHASIS

021-

013

ANDRADE

JOSE

CAMILO

1001026036 E IAF-

502

HYUNDAI 2002 SEDAN 5

UNIDAD SALIENTE

REG.

MUN

.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASI

S

021-

002

ROSERO

ARMAS

RAMIRO

JOAQUI

N

100163620

6

E IAE-

404

CHEVROLE

T

198

8

SEDA

N

5

UNIDAD ENTRANTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASIS

021-

002

ROSERO

ARMAS

RAMIR

O

JOAQUI

N

10016362

06

E IAF-

416

DAEWO

O

199

8

SEDA

N

5 KLATF19Y1WB2141

35

UNIDAD SALIENTE

Page 28: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 28

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

REG.

MUN

.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARCA AÑ

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASIS

021-

012

MARTINEZ

MERA

EDUARDO

FERNAND

O

100126937

0

E IAE-

741

CHEVROLE

T

199

5

SEDA

N

5 T695C1861

8

UNIDAD ENTRANTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASIS

021-

012

MARTINE

Z MERA

EDUARD

O

FERNAND

O

10012693

70

E CBN-

158

NISSA

N

200

6

SEDA

N

5 3N1EB31S16K300

491

UNIDAD SALIENTE

REG.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MARC

A

O

TIPO PASA

J

MOTO

R

CHASIS

021-

011

BENITE

Z

ROMO

NELSON

HOMER

10000909

83

E IAG046

4

LADA 199

2

SEDA

N

5 1133759 XTA210900N1188

04

Page 29: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 29

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

O

UNIDAD ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLACA MAR

CA

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

011

BENITE

Z

ROMO

NELSO

N

HOMER

O

10000909

83

E IAK05

06

NISSA

N

200

8

SEDA

N

5 GA1677656

4W

3N1EB31S38K33

2197

UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

013

ANDRA

DE

JOSÉ

CAMIL

O

10010260

36

E IAF05

02

HYUND

AI

200

2

SEDA

N

5 G4EC10936

45

KMHCH51BP2U13

6868

UNIDAD ENTRANTE

Page 30: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 30

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

013

ANDRA

DE

JOSÉ

CAMIL

O

1001026

036

E IAK05

23

HYUN

DAI

200

8

SED

AN

5 G4ED8968

478

KMHCN41CP8U2

33450

UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

002

ROSER

O

ARMAS

RAMIR

O

JOAQU

IN

10010260

36

E IAF04

16

DAEW

OO

199

8

SEDA

N

5 G15MF69630

3B

KLATF19Y1WB21

4135

UNIDAD ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

002

ROSER

O

ARMA

S

1001636

206

E ICJ09

52

HYUN

DAI

200

5

SEDA

N

5 G4ED4939

022

KMHPM81CP5U1

92135

Page 31: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 31

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

RAMIR

O

JOAQU

IN

UNIDAD SALIENTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MARC

A

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

009

HERNAN

DEZ

HERNAN

DEZ

JORGE

HERNAN

1002808

98-6

E ICL05

21

HYUND

AI

200

7

SEDA

N

5 G4EE6596

603

KMHCM41AP7U1

06371

UNIDAD ENTRANTE

REG

.

MU

N.

SOCIO CEDULA T/

L

PLAC

A

MAR

CA

O

TIPO PAS

AJ

MOTOR CHASIS

021-

009

HERNAN

DEZ

HERNAN

DEZ

JORGE

HERNAN

1002808

98-6

E IAA10

29

NISS

AN

201

0

SEDA

N

5 GA167561

10Y

3N1EB31S4AK34

9385

Page 32: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 32

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

LISTADO DE SOCIOS

COD. SOCIO CEDULA T

/

L

PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ. No. MOTOR No: DE CHASIS

021-

001

PEREZ

ROSERO

JORGE

GUILLERMO

040025312-

6

E IAH0266 NISSAN 2004 SEDAN 5 GA16884721S 3N1EB31S14K559754

021-

002

ROSERO

ARMAS

RAMIRO

JOAQUIN

100163620-

6

E ICJ0952 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED4939022 KMHPM81CP5U192135

021-

003

JACOME

CAZARES

OSWALDO

DAVID

040049562-

8

E IAK0883 KIA 2010 SEDAN 5 G4EE9H274575 KNADG411AA6628290

021-

004

MARTINEZ VALDIVIEZO JORGE IVAN

170529696-

8

E IAG0629 NISSAN 1998 SEDAN 5 GA16757580V 3N1EB31S8ZL025748

021-

005

ECHEVERRIA

GUTIERREZ

IVAN

PATRICIO

170762047-

0

E IAK0718 CHEVROLET 2009 SEDAN 5 F16D3872716C 9GATJ51669B124392

021-

006

MORRILLO

PANTOJA

ALEJANDRO

ENRIQUE

040122273-

2

E IAH0142 DAEWOO 2002 SEDAN 5 A15SMS414234B KLATF69YE2B726136

021-

007

QUELAL

PATIÑO

EDISSON

DAVID

100186238-

0

E IAK0732 SKODA 2009 SEDAN 5 BTS120419 TMBGD45JX93111792

Page 33: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 33

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

021-

008

CULQUI

DOMINGUEZ

CRISTIAN

PAUL

100284217-

5

C IAH0752 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED5072721 KMHCG51CP5U272377

021-

009

HERNANDEZ

HERNANDEZ

JORGE

HERNAN

100280898-

6

E IAA1029 NISSAN 2010 SEDAN 5 GA16756110Y 3N1EB31S4AK349385

021-

010

RUIZ

TORRES

RONALD

RIGOBERTO

171700251-1 E IAH0876 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED5071972 KMHCG41CP5U630636

021-

011

BENITEZ

ROMO

NELSON

HOMERO

100009098-

3

E IAK0506 NISSAN 2008 SEDAN 5 GA16776564W 3N1EB31S38K332197

021-

012

MARTINEZ

MERA

EDUARDO

FERNANDO

100126937-

0

E CBN0158 NISSAN 2006 SEDAN 5 GA16880286T 3N1EB31S16K300491

021-

013

ANDRADE

JOSÉ

CAMILO

100102603-

6

E IAK0523 HYUNDAI 2008 SEDAN 5 G4ED8968478 KMHCN41CP8U233450

SON: CATORCE ACCIONISTAS (14) Y TRECE VEHICULOS HABILITADOS (13)

NOTA: SOCIO REZAGADO EL SEÑOR RASQUEL ENDARA JESUS AMABLE, POR CUANTO EL VEHICULO

CUMPLIO LA VIDA UTIL Y DEBE SER SOMETIDO A LA CHATARRIZACION.

El I. Concejo Municipal acogiendo el informe de la Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre estableció

que existe la factibilidad de atender favorablemente el pedido formulado por la institución

compareciente, en tal virtud en el marco del convenio suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y

Transporte Terrestre para la transferencia de competencia y funciones; y, en uso de las facultades

establecidas en los artículos: 264 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la

Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; Articulo 57 literal a) y d) del Código

Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que:

Page 34: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 34

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

a) ES PROCEDENTE autorizar la renovación del permiso de habilitación operacional solicitada por la

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA, de conformidad a los datos constantes en el memorando Nro. 001-RHO-DPPTT del 20 de enero de 2011, emitido por la Unidad Municipal de Tránsito y Transporte.

b) La Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre notificará a los directivos de la Compañías que han solicitado renovación del permiso de habilitación operacional para que en un plazo máximo de 30 días de conformidad a lo que establece la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y su Reglamento, presente las unidades para su respectiva aprobación, caso contrario se dejará sin efecto el titulo habilitante a los socios que no presentaren el vehículo. La habilitación operacional conferida a la COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE

TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA, tiene la vigencia de cinco años, contados a partir de la

fecha de expedición de esta resolución.

La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente.

La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la

participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la

flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.

La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas

con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma.

La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su

negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas,

Reglamento y Resoluciones vigentes.

El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y

legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas;

reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.

La operadora COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL

YAHUARCOCHA se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de

tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo

Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.

La prohibición de transferir la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte

terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.

La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las

decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo.

Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija

como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio

de socio.

Page 35: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 35

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para

el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de

efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida.

En base a los antecedentes señalados y habiendo cumplido la COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA con los requisitos exigidos pongo a consideración de la Comisión para que proceda como corresponda.

RESOLUCIÓN 088-SG-2011

3. Se pone en conocimiento la petición formulada por el Ab. Marco Parreño PRESIDENTE DEL BARRIO LA MERCED DE CHORLAVI, quienes solicitan la reubicación de la parada de la Compañía de Tasis OASISTURIS S.A. al Barrio Chorlaví. La Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre, mediante memorando oficio Nro. OP-2011-00061-O, manifiesta lo siguiente:

“1.- La Compañía de transporte de pasajeros en taxi OASISTURIS S.A. mediante resolución Nro. 055-DIR-

2006-CNTTT, emitida por el Consejo Nacional de Transito en su Decima Quinta Sesión Ordinaria,

efectuada el 1 de noviembre del 2006, analiza y aprueba la concesión del permiso de operación, con

la finalidad de fomentar el turismo en la parroquia de Ambuqui.

2.- En la actualidad en I. Municipio de Ibarra, no cuenta con ningún estudio de factibilidad que nos

permita establecer el lugar adecuado para su reubicación.

3.- La reubicación de la parada de la Compañía OASISTURIS S.A. NO es factible en razón de que el I.

Municipio de Ibarra, va a realizar un estudio integral de la ciudad y en dicho estudio consta en uno de

los puntos a ser tratados las paradas de todas las operadoras en las diferentes modalidades. “

La Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre, recibió en Comisión General tanto a los moradores

del Barrio La Merced de Chorlaví, como a los integrantes de la Compañía OASISTURIS S.A., quienes

expusieron sus argumentos para solicitar la dotación de un servicio de taxis para el Barrio y por otra

parte la reubicación de la Compañía respectivamente. La Comisión debatió en torno al tema,

existiendo varios argumentos:

1) Por una parte el Señor Renso Torres quién consideró que no es viable el pedido, por las razones expuestas en el informe presentado por la Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre.

2) Por otra parte la Señora Andrea Scacco y el Coronel Mario Torres Morejón Jefe de Transito de Imbabura, consideraron la factible atender la solicitud formulada, en razón de que es una compañía legalmente constituida, recalcando que es necesario atender los requerimientos de quienes se encuentran legalizados, a fin de disminuir el trabajo ilegal de otras operadoras.

Al existir dos propuestas se procedió a la votación, dando como resultado lo siguiente:

Page 36: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 36

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Ing. Hilda Herrera A favor de la propuesta 2

Crnel. Mario Torres M. A favor de la propuesta 2

Sra. Andrea Scacco A favor de la propuesta 2

Sr. Carlos Vaca A favor de la propuesta 2, con la observación que sea por única vez la

reubicación.

Sr. Renso Torres En contra de la propuesta 2,

En tal virtud la Comisión recomienda al Ilustre Concejo Municipal que en el marco del convenio

suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre para la transferencia de

competencia y funciones; y, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 264 numeral 6 de la

Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito

y Seguridad Vial; y Articulo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial

Autonomía y Descentralización, resuelva que:

a) ES PROCEDENTE autorizar la reubicación de la parada de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXI OASIS TURIS S.A., al Barrio La Merced de Chorlaví, por única vez.

b) La Unidad de Transito y Transporte Terrestre establecerá técnicamente la ubicación del Estacionamiento de los vehículos, a fin de modificar el permiso de habilitación operacional de la referida operadora de transporte.

OCUPANDO LA SILLA VACIA INTERVIENE EL DR. PARREÑO QUIEN SOLICITA SE APRUEBE EL INFORME YA QUE LA SITUACIÓN HA CAMBIADO DESDE EL MOMENTO EN EL QUE SE CONCEDIÓ EL PERMISO DE OPERACIÓN A LA COOPERATIVA

EL I. CONCEJO MUNICIPAL UNA VEZ QUE TRATA ESTE PUNTO DELIBERA RESPECTO DEL MISMO, Y REALIZADAS LAS EXPOSICIONES POR CADA UNO (A) DE LOS (AS) EDILES MUNICPALES, RESUELVE POR UNANIMIDAD ACOGER LA RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE.

a) ES PROCEDENTE autorizar la reubicación de la parada de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXI OASIS TURIS S.A., al Barrio La Merced de Chorlaví, por única vez.

b) La Unidad de Transito y Transporte Terrestre establecerá técnicamente la ubicación del Estacionamiento de los vehículos, a fin de modificar el permiso de habilitación operacional de la referida operadora de transporte.

RESOLUCIÓN 089-SG-2011

4. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor HUGO HERNANDO GARCIA RUIZ, socio de la Cooperativa de Taxis LOS CEIBOS, quién solicita al Ilustre Concejo Municipal de Ibarra le autorice vender el taxi de su propiedad, en razón que se encuentra atravesando problemas de salud que le impiden seguir laborando. La Lic. Fanny Peralta Trabajadora Social de la Municipalidad mediante memorando Nro. GA-2011-00199-M del 20 de enero de 2011 presenta un informe socio económico el mismo que manifiesta lo siguiente:

Page 37: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 37

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

De la entrevista mantenida a la persona en mención, me permito dar a conocer lo siguiente:

Antecedentes: Mediante Resolución Administrativa Nro. 696-DARH del 3 de agosto del 2009, resuelve

que el señor Hugo García, ingrese a la Cooperativa los Ceibos en calidad de socio con vehículo de su

propiedad el 17 de febrero del 2008, mismo que consta de las siguientes características:

Placa IAK0441, Marca CHEVROLET, Año 2008. En el mes de Diciembre del 2010 resuelve vender el

vehículo, debido al mal estado de salud que atraviesa, relacionada con el desgaste de la cabeza del

humero del brazo derecho, de acuerdo a certificado médico otorgado por la Dra. Luz Angélica

Vinuesa, Médico del Sub Centro de Salud de la Policía, impidiéndole continuar con el trabajo habitual.

Su domicilio, se ubica en la ciudad de Ibarra, en la calle Elías Almeida Nro.1-65, sector del Coliseo Luís

Leoro Franco, lugar que es habitado por los cónyuges y los fines de semana les visita su hijo

estudiante en la ciudad de Quito en un establecimiento particular, mismo que está financiado por el

IECE.

Ingreso económico: Debido a enfermedad de jefe de hogar, su esposa es quien debe solventar los

gastos que se presentan en el diario vivir como maestra de escuela a más de otros ingresos que

percibe por renta de dos locales comerciales y un departamento , dando un total de 560,00 dólares.

Por los motivos expuestos el peticionario ha visto la necesidad de vender el auto en miras a velar por

su salud y bienestar de su familia.

El I. Concejo Municipal acoge el informe de la Comisión así como el informe de la señora Trabajadora Social Municipal que antecede, y considerando los problemas de salud del peticionario que están debidamente justificados por la Sra. Luz Vinueza Medico del Subcentro de Salud de la Policía, RESUELVE, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, ES PROCEDENTE, autorizar al señor GARCIA RUIZ HUGO HERNANDO, socio de la Cooperativa de Taxis Los Ceibos de la ciudad de Ibarra, para ceder las acciones y derechos de referida cooperativa.

RESOLUCIÓN 090-SG-2011

1. Se pone en conocimiento el pedido formulado por las Cooperativas 28 de Septiembre y Cooperativa San Miguel de Ibarra, referente a extender el plazo en 90 días para la revisión de la categorización de las unidades. La Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre mediante memorando OP-2011-00206-M manifiesta lo siguiente:

“Adjunto al presente podrá encontrar el detalle del cronograma con el cual se ha venido trabajando

para la categorización de los buses, el cual inicio el 28 de octubre del año en curso y la última

revisión se la realizó el 17 de noviembre. Como no todos los vehículos se presentaron a la revisión de

acuerdo con el cronograma existieron vehículos que pidieron ser revisados al final. Del proceso de

categorización de la Cooperativa 28 de Septiembre a esta fecha están categorizados como

especiales 93 vehículos. De los 67 restante 4 no se presentaron a la revisión y de los otros 63 que

están fuera de plazo, 21 piden ser revisados por segunda vez en vita que ya han hecho las

Page 38: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 38

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

modificaciones indicadas por las empresas y los inspectores de la Unidad que realizaron la revisión

vehicular. En cuanto al resto de vehículos aún no han pintado del color determinado en la

ordenanza ya que quedarían como populares (color blanco y rojo).

En el caso de la Cooperativa San Miguel de Ibarra, la misma solicita una ampliación del plazo hasta

el 15 de febrero de los corrientes. En este caso la revisión a transcurrido de la siguiente manera:

El proceso se da inicio el 22 de noviembre del año anterior y concluye el día 6 de diciembre. Para

aquellos vehículos que no se presentaron hasta la fecha programada se realizo la revisión los días

16 y 17 de diciembre. Hasta la presente fecha han sido categorizados como especiales 30 vehículos

de esta cooperativa. De los 110 vehículos restantes 31 no se presentaron a la revisión y hasta la

presente fecha desconocemos las razones por las cuales no se han presentado. El plazo para

realizar las adecuaciones concluyo el 5 de enero y existen solicitudes de varios socios que dicen

haber realizado las adecuaciones requeridas por la UMTT y que están a la espera de la ampliación

del plazo por parte del Concejo.

Como apunto final quiero informar que de no atenderse el pedido de las Cooperativos procederé a

notificar a la Policía Nacional para que inicie con los controles respectivos ya que de acuerdo con lo

evidenciado en la revisión vehicular en el caso de la Cooperativa 28 de Septiembre 6 unidades

quedarían fuera de servicio por haber superado la vida útil total permitida y en el caso de la

Cooperativa San Miguel serían 22 vehículos que ya han cumplido con la vida útil total.

Con la documentación adjunta pongo en su consideración los hechos para de acuerdo con su

criterio se otorgue o no una prorroga en el plazo establecido en la ordenanza emitida por el Concejo

Municipal.”

EI I. Concejo Municipal acoge la recomendación de la Comisión de Transito, y en el marco del

convenio suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre para la transferencia

de competencia y funciones; y, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 264 numeral

6 de la Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la Ley Orgánica de Transporte

Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; y Articulo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de

Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve por mayoria:

APROBAR EN Primer Debate la ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA

CATEGORIZACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO EN EL CANTON IBARRA, de

acuerdo al siguiente cuadro de votación:

LISTA CONCEJALES

VOTACION

A favor de la Reforma

En contra de la Reforma

Lic. Laureano Alencastro Sarzosa X

Lic. Inés Almeida Sánchez X

Dr. Alfonso Beltrán Fuentes EN BLANCO

Page 39: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 39

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Ing. Oscar Caicedo Barrios X

Ing. Hilda Herrera Tapia X

Sr. José Moncayo Espinoza X

Ing. Carlos Morejón Obando X

Sra. Andrea Scacco. X

Ing. Wilmer Taboada Salazar X

Dr. Edwin Toaquiza Chiriboga X

Votos a Favor:

Votos en contra: Votos en blanco:

TOTAL DE LA VOTACIÓN:

5 Votos. 4 votos. 1 voto. 11 votos

De conformidad con el Art. 321 “todo voto en blanco se acumulará a la mayoría”

TEXTO DE LA REFORMA A LA ORDENANZA

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE IBARRA

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Especial de Tránsito Transporte recibió el pedido de las dos operadoras de

transporte público urbano del cantón, basados en el argumento de que no se ha podido cumplir

con el plazo para realizar los correctivos impuestos por la UMTT en vista que los talleres de la

ciudad están saturados por este motivo.

En uso de las atribuciones antes indicadas y en ejercicio de las atribuciones que le confiere los

EXPIDE:

La siguiente “ORDENANZA REFORMATORIA A ORDENANZA PARA LA CATEGORIZACIÓN DEL

SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO EN EL CANTON IBARRA”

Artículo. 1.- Sustituyese el artículo 5 por el siguiente:

Artículo 5.- Los vehículos que no fueren aprobados en los procedimientos para verificar su

estado mecánico y de seguridad; el nivel de emisiones de gases contaminantes o de opacidad y

ruido dentro de los límites máximos permisibles, deberán ser reparados conforme a los daños o

deficiencias detectados y sólo luego de ello, podrán ser revisados por segunda ocasión,

exclusivamente en la parte o partes que hubieren sido objeto de rechazo, hasta el día 15 de

febrero del año 2011. En el transcurso de este plazo la unidad puede seguir prestando el servicio

pero de no pasar la segunda revisión el permiso y/o el contrato de operación quedará

suspendido hasta que el propietario del vehículo acredite el buen estado mediante la

certificación de la revisión vehicular.

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 40

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La segunda revisión y sucesivas se contabilizarán dentro del mismo período de Revisión Técnica

Vehicular; es decir, aquellas efectuadas dentro del mismo período, no serán acumulativas para el

siguiente.

DISPOSICIÓN FINAL.- Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio

de su publicación en el R.O.

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, a (fecha)…..”

INFORME N. 02 DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

MUNICIPALES.

RESOLUCIÓN 091-SG-2011

1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el Arquitecto MINA ARMIJOS AUNER CRISTOBAL, quien solicita a la Ilustre Municipalidad de Ibarra, proceda a la aprobación de la declaratoria de propiedad horizontal del inmueble de su propiedad, ubicado en la calle Marco Tulio Nieto, de la Parroquia la Victoria del Cantón Ibarra, sector la Victoria, y apruebe el Reglamento de Condóminos que regirá al interior del mencionado conjunto. Al respecto, la Dirección de Planificación, mediante memorando 2010-226-DPM –PH, manifiesta lo siguiente:

“Adjunto se servirá encontrar el expediente para el trámite de la declaratoria de propiedad horizontal del inmueble de propiedad de señor MINA ARMIJO AUNER CRISTOBAL, ubicado en la Parroquia SAN FRANCISCO, sector LA VICTORIA, calle MARCO TULIO NIETO de ésta ciudad y una vez que se ha procedido a la revisión de los documentos, planos y cuadros de áreas, linderos y dimensiones de los bienes exclusivos y comunales y de sus correspondientes alícuotas, el Departamento de Planificación aprueba los planos base para la declaratoria de propiedad horizontal por lo que en cumplimento del Art. 209 de la Ordenanza de Reglamentación Urbana, …..”

Por su parte la Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando PS-2010-0395-M del 19 de octubre de 2010, manifiesta lo siguiente: En referencia a la petición de Declaratoria de Propiedad Horizontal del inmueble de propiedad del señor MINA ARMIJOS AUNER CRISTOBAL, ubicado en el sector de la Victoria, Parroquia de San Francisco, calle Marco Tulio Niieto de esta ciudad de Ibarra, Provincia de Imbabura, corresponde emitir un criterio jurídico sobre el contenido del Reglamento Interno de Condóminos, al respecto manifiesto lo siguiente:

a).- Del certificado de gravámenes que se acompaña, se desprende que dicho inmueble es de

propiedad del señor Auner Cristóbal Mina Armijos, que el 22 de Octubre del 2008, bajo la partida

Nro.3752, del Libro Registro de Propiedad del Cantón Ibarra, se ha inscrito una escritura de Compra

Venta, otorgada en esta ciudad, el 13 de Octubre del 2008, ante el Notario Público Segundo de este

cantón, Doctor Carlos Proaño Mera, mediante la cual la Compañia Inmococepto S.A, representada

representada por su gerente general y representante legal Sr. René Antonio Alvarez Hidalgo dan en

venta a favor de los cónyuges Sres. Mina Armijos Auner Cristóbal y Sra. Blanca Margoth Vaca Salazar,

un lote de terreno signado con el número siete, Manzana diez, de la Lotización La Victoria, ubicada en

la calle Marco Tulio Nieto, de la Parroquia San Francisco de esta Ciudad de Ibarra mismo que,

conforme al Certificado de Gravámenes, no consta que se encuentre: Hipotecado, Embargado, ni

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 41

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Prohibido de Enajenar. La propiedad indicada se encuentra comprendida dentro de los siguientes

linderos: Norte: en la extensión de cuarenta metros con el inmueble signado con el número cuatro;

Sur: en igual extensión anterior con la calle tres, hoy "Marco Tulio Nieto"; Oriente: en la extensión de

sesenta y dos metros, cincuenta centímetros con el inmueble número ocho; y Occidente, en igual

extensión anterior con el inmueble signado con el número seis. Siendo su superficie total de dos mil

quinientos metros cuadrados.

b).- El Memorando interno Nro. DPM-AU-2010-220, del 20 de Septiembre del 2010, emitido por el

Departamento de Planificación del Ilustre Municipio de Ibarra, sugiere que la presente Declaratoria

en Régimen de Propiedad Horizontal, sea acogida favorablemente y solicita el análisis jurídico del

Reglamento de Condóminos de Declaratoria de Propiedad Horizontal.

c).- Considerando que el Reglamento de Propiedad Horizontal del inmueble de propiedad del señor

Mina Armijos Auner Cristóbal, compuesto por 14 BE, está de acuerdo a la normativa de la Ley de

Propiedad Horizontal y conforme a Derecho, esta Procuraduría Síndica considera que ES

PROCEDENTE su aplicación para regular las relaciones entre sus condóminos, por lo tanto se sugiere

la aprobación de la Presente Declaratoria de Propiedad Horizontal.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la comisión, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelve que ES PROCEDENTE aprobar la declaratoria de propiedad horizontal y el Reglamento de Condóminos del inmueble de propiedad del Ing. MINA ARMIJOS AUNER CRISTOBAL, ubicado en la calle Marco Tulio Nieto de la Lot. La Victoria

RESOLUCIÓN 092-SG-2011

2. Se pone en conocimiento el ANTEPROYECTO DE LA URBANIZACIÓN “PACÍFICO SUR” a implantarse en el sector de Yuyucocha, parroquia San Francisco, calles Guillermo Garzón Ubidia y Miguel Sánchez.

Con fecha 18 de Octubre de 2010, el Departamento de Planificación procedió a la revisión y aprobación del anteproyecto de la Urbanización “Pacífico Sur” a implantarse en el sector de Yuyucocha de esta ciudad. De la misma manera, mediante memorando 873-DP-UDP-2010 se indica que se ha presentado los estudios definitivos de: perfiles y rasantes de las vías aprobadas por los departamentos de Obras Públicas, y los de agua potable y Alcantarillado, energía eléctrica, teléfonos, los mismos que has sido aprobados por las correspondientes empresas de estos servicios.

Mediante MEMORANDO Nº PS-2011-0042 la Procuraduría manifiesta que “…adjuntando los planos probados, el estudio y proyecto de electrificación aprobado por EMELNORTE, los estudios de agua potable y alcantarillado aprobados por EMAPA, la memoria técnica de las redes telefónicas aprobada por la CNT, los informes técnicos de la Dirección de Planificación y Dirección de Obras Públicas, certificado de no adeudar al IMI, certificado de gravámenes y demás documentación pertinente y el proyecto de Ordenanza de la urbanización, que ha sido debidamente revisada, sin que existan cambios a realizarse. Con estos antecedentes, es criterio de esta Procuraduría Síndica que: por haberse cumplido los requisitos administrativos y legales indicados, se apruebe el

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Anteproyecto de la Urbanización “Pacífico Sur” y la Ordenanza a la que deberá sujetarse el predio que conforma la Urbanización”

El I. Concejo Municipal acoge la recomendación de la Comisión de Obras Públicas que versa respecto de los informes de los Departamentos de Planificación, Obras Públicas y Jurídico que anteceden; en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelva que ES PROCEDENTE:

a) Aprobar Anteproyecto de la Urbanización “Pacífico Sur” parroquia San Francisco, calles Guillermo Garzón Ubidia y Miguel Sánchez.

b) Aprobar en primer debate la Ordenanza de la Urbanización “Pacífico Sur”, la que deberá sujetarse el predio que conforma la Urbanización de conformidad con el texto que se acompaño en la sesión de Concejo del día 2 de febrero del 2011

RESOLUCIÓN 093-SG-2011

3. Se pone en Conocimiento la solicitud formulada por Sr. JOHN EDWARD PALOMEQUE MARÍN

quien solicita a la I. Municipalidad de Ibarra, se le aprueben los planos para la construcción en un

predio de su propiedad ubicado en la lotización de la Asociación de Carchenses de la parroquia La

Esperanza en la intersección de las calles 3 y calle B. Al respecto la Dirección de Planificación

manifiesta lo siguiente:

El predio se halla en zona de Reserva Agrícola, esta lotización carece de obras de infraestructura no tiene aceras, bordillos y las calzadas no tienen revestimiento.

Los planos arquitectónicos fueros revisados en vista de que se le ha otorgado el Informe de Reglamentación urbana, pero por no haber realizado la entrega de las obras de infraestructura a la Municipalidad no se aprobaron dichos planos.

El señor Palomeque manifiesta que no es posible juntar a todos los propietarios de los predios para que se concluya las obras de urbanización y se entregue a la Municipalidad, porque ya no existe ninguna directiva por tratarse de una lotización antigua y los predios ya tienen nuevos propietarios ya no son de los socios fundadores.

Por otro lado y con la finalidad de viabilizar el pedido del señor Palomeque, se le solicitó una

Declaración Juramentada debidamente Notariada, en la que se comprometen los frentistas de la cuadra en la que se implanta el lote a realizar las obras de infraestructura por su propia cuenta y entregarlas a la Municipalidad.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales quien a su vez acogió los informes del Departamento de Planificación y el Criterio Jurídico que anteceden; en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelve que ES PROCEDENTE aprobar los planos arquitectónicos a implantarse en el predio de ubicado en la lotización de la Asociación de Carchenses de la parroquia La Esperanza en la intersección de las calles 3 y calle B perteneciente al Sr. JOHN EDWARD PALOMEQUE MARÍN

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

RESOLUCIÓN 094-SG-2011

4. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora ROCIO DE LOS ANGELES CERVANTES MINDA, tendiente a que la I. Municipalidad de Ibarra le autorice la cancelación del gravamen de Prohibición de enajenar de un lote ubicado en la parroquia Salinas Calle 24 de Mayo. Al respecto, la Procuraduría Síndica manifiesta que: Con respecto a la petición formulada por la señora ROCIO DE LOS ANGELES CERVANTES MINDA, tendiente a que la I. Municipalidad de Ibarra le autorice la cancelación del gravamen de Prohibición de enajenar dispuesta en la cláusula quinta de la escritura de compra- venta, otorgada por el I. Municipio de Ibarra a favor de la señora Roció de los Ángeles Cervantes Minda, el día dos de Enero del año dos mil uno ante el Notario quinto del Cantón Ibarra, e inscrita el veinte de Febrero del mismo año bajo las partidas Nros. 571 y 98 de los libros Registro de la Propiedad y Prohibiciones de enajenar del Cantón. Mediante memorando Nro. PL-2011-00068-M, emitido por la Dirección de Planificación en el cual manifiesta que de acuerdo a la inspección realizada al inmueble de la señora Cervantes Minda, ubicada en la Parroquia de Salinas del Cantón Ibarra, manifestando que se encuentra construida una vivienda con manposteria de bloque y cubierta de madera y eternirt.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales quien a su vez acogió los informes técnicos y el Criterio Jurídico que anteceden; en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelve que ES PROCEDENTE Autorizar la cancelación del gravamen de Prohibición de enajenar de un lote de propiedad de la señora ROCIO DE LOS ANGELES CERVANTES MINDA ubicado en la parroquia Salinas Calle 24 de Mayo, por cuanto se ha construido la vivienda y se ha cumplido con lo que reza la cláusula quinta de la escritura pública de compra venta.

RESOLUCIÓN 095-SG-2011

5. Se pone en conocimiento la petición formulada por la Señora LIDIA ESPERANZA FLORES HUERTAS, quien solicita que la Municipalidad de Ibarra le autorice la cancelación de los gravámenes de: Hipoteca y la cancelación de la Prohibición de enajenar que pesa sobre el local PM 36 ubicado en la sección patatas del Mercado Mayorista, Parroquia El Sagrario, cantón Ibarra, provincia de Imbabura, que lo adquirió por compra al Ilustre Municipio de Ibarra, según escritura otorgada el veinticinco de septiembre del año dos mil, ante el Doctor Carlos Proaño Mera, Notario Segundo del Cantón Ibarra, e inscrita bajo las partidas N. 4272, 1544 y 690 de los Libros Registros de la Propiedad, Hipotecas y Gravámenes y Prohibiciones de Enajenar, el cinco de diciembre del año dos mil en el Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra. Al respecto la Procuraduría Síndica manifiesta que “Por cuanto han cumplido con el pago total del local Nro PM 36 conforme se desprende de la certificación conferida por la Tesorería Municipal y COMERCIBARRA, me permito sugerir favorablemente se le autorice la cancelación de los gravámenes de hipoteca y prohibición de enajenar, establecido en las cláusulas Cuarta y Quinta de la escritura que se adjunta”

La Comisión, debatió en torno al tema y acogiendo el Criterio Jurídico, recomienda al Ilustre Concejo Municipal que en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelva que ES PROCEDENTE Autorizar la cancelación del gravamen de Prohibición de enajenar que pesa sobre el local PM 36 de

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

propiedad Señora LIDIA ESPERANZA FLORES HUERTAS ubicado en la sección patatas del Mercado Mayorista, Parroquia El Sagrario, cantón Ibarra, provincia de Imbabura por cuando a cumplido con el pago total del local, conforme se desprende de la certificación conferida por la Tesorería Municipal y COMERCIBARRA.

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL A), y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 096-SG-2011

6. Se pone en conocimiento, la petición formulada por la señora CECILIA DEL CARMEN TOBAR, quien solicita que la Municipalidad de Ibarra le autorice la venta y la cancelación de la Prohibición de enajenar que pesa sobre los locales signados con los Nros. B38 y B145 ubicados en el Centro Comercial La Bahía, Parroquia San Francisco, según escritura otorgada el treinta y uno de julio del año dos mil uno, ante el Doctor Fabián Simbaña Ayabaca, Notario Primero del Cantón Otavalo, e inscrita bajo las partidas Nros. 3127, 1443 y 667 de los Libros Registros de la Propiedad, Hipotecas y Gravámenes y Prohibiciones de Enajenar, el dieciséis de octubre del dos mil uno en el Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra. Al respecto la Procuraduría Síndica manifiesta que “Por cuanto han cumplido con el pago total de los locales Nros. B38 y B145 conforme se desprende de las certificaciones conferidas por la Tesorería Municipal y la Presidenta del Centro Comercial “La Bahía”, me permito sugerir favorablemente se le autorice la venta y la cancelación del gravamen de prohibición de enajenar, establecido en la cláusula Séptima de la escritura que se adjunta”

La Comisión, debatió en torno al tema y acogiendo el Criterio Jurídico, recomienda al Ilustre Concejo Municipal que en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelva que ES PROCEDENTE Autorizar la venta y cancelación del gravamen de Prohibición de enajenar, que pesa sobre los locales de propiedad de señora CECILIA DEL CARMEN TOBAR signados con los Nros. B38 y B145 ubicados en el Centro Comercial La Bahía, Parroquia San Francisco, por cuando a cumplido con el pago total de los locales, conforme se desprende de la certificación conferida por la Tesorería Municipal y la Presidencia del centro Comercial “La Bahía”

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL A), y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 097-SG-2011

7. Se pone en conocimiento, los informes relacionados a la petición presentada por la señora MARÍA ERMINIA CHINGUA GUADIR, propietaria del local comercial Nro. ANR 231, ubicado en el sector Ampliación del Mercado Amazonas, de esta ciudad de Ibarra, mediante el cual solicita el levantamiento del gravamen de prohibición de enajenar que consta establecido en la cláusula quinta de la escritura suscrita con el Ilustre Municipio de Ibarra el 21 de junio del año 2010, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra. Al respecto, la Procuraduría Síndica manifiesta que “Por cuanto ha cumplido con el pago de la totalidad del

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ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

precio del puesto, condición determinada como requisito para el levantamiento del gravamen y para constancia de lo indicado adjunta el comprobante de pago de la última cuota de amortización, con número 1516897 del 11 de noviembre el año 2010, conferido por la tesorería Municipal. Con estos antecedentes y por cuanto la petición se encuadra dentro de los preceptos legales establecidos para el efecto, esta Procuraduría considera que lo solicitado es procedente”

La Comisión, debatió en torno al tema y acogiendo el Criterio Jurídico, recomienda al Ilustre Concejo Municipal que en uso de las facultades establecidas en los artículos: 63 numerales 1 y 49; 123 y 124 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, resuelva que ES PROCEDENTE Autorizar el levantamiento del gravamen de Prohibición de enajenar, que pesa sobre el local de propiedad de señora MARÍA ERMINIA CHINGUA GUADIR, signado con el Nro. ANR 231, ubicado en el sector Ampliación del Mercado Amazonas por cuando ha cumplido con el pago total del puesto

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL a) y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 098-SG-2011

8. Se pone en conocimiento los informes relacionados a la petición presentada por la señora ELISA MAGDALENA JÁTIVA CHAMORRO quien solicita la actualización de la Resolución emitida en sesión ordinaria realizada el martes 25 de septiembre del 2001 y ratificada el martes 2 de octubre del mismo año, y la ratificación de la autorización de venta y del levantamiento del gravamen establecido en el inmueble de su propiedad ubicado en la Av. 17 de Julio, en la Cooperativa de Vivienda Monseñor Leonidas Proaño de esta ciudad.

Mediante MEMORANDO Nº PS-2011-00057 M la Procuraduría Síndica Municipal manifiesta lo

siguiente: El Ilustre Concejo Municipal de Ibarra, en sesión ordinaria realizada el martes 25 de

septiembre del 2001 y ratificada el martes 2 de octubre del mismo año, Resuelve: que es

procedente la autorización de venta y el levantamiento de gravamen que pesa sobre el predio de

propiedad de la señora Elisa Magdalena Játiva Chamorro, ubicada en la Av. 17 de Julio, en la

Cooperativa de Vivienda Monseñor Leonidas Proaño de esta ciudad, esta Resolución se emite

estando en vigencia la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en la que se establecía la caducidad de

los Actos Administrativos en su Art. 278, en el plazo de tres años, indicando que caducará en

forma automática sin necesidad de que así lo declare el Concejo; por lo tanto la Resolución

mencionada ya no se encuentra en vigencia.- Por esta razón, la señora Elisa Magdalena Játiva

Chamorro solicita la actualización de la Resolución indicada y la ratificación de la autorización de

venta y del levantamiento del gravamen establecido en el inmueble de su propiedad; dicho

pedido se encuentra amparado en lo dispuesto en el Art. 367 del Código Orgánico de

Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización que trata sobre la extinción y reforma

de los Actos administrativos, por lo que esta Procuraduría se pronuncia favorablemente al

requerimiento por ser legítimo

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 46

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica que antecede resolvió Recomendar

al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a)

y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva

que es: ES PROCEDENTE la Actualización de la Resolución emitida en sesión ordinaria realizada

el martes 25 de septiembre del 2001 y ratificada el martes 2 de octubre del mismo año, y la

ratificación de la autorización de venta y del levantamiento del gravamen establecido en el

inmueble de propiedad de la señora ELISA MAGDALENA JÁTIVA CHAMORRO ubicado en la Av.

17 de Julio, en la Cooperativa de Vivienda Monseñor Leonidas Proaño de esta ciudad.

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL a) y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 099-SG-2011

9. Se pone en conocimiento los informes relacionados a la petición presentada por la Sra. ANDRADE MORALES SONIA LILIANA, quien solicita a la I. Municipalidad de Ibarra, la legalización mediante escritura de compraventa del puesto Nro. 379 del Mercado la Playa destinado a la venta de mariscos.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Obras Públicas en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); 436 y 437 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que es: PROCEDENTE la legalización del puesto puesto Nro. 379 del Mercado la Playa a favor de la Señora ANDRADE MORALES SONIA LILIANA, mediante escritura de compraventa el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

Beneficiario:

Clave Catastral: 100104040635006439

Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Dirección: Av. Fray Vacas Galindo

Descripción: Puesto No. 379

Alícuota: 0.147 %

Área = 6 m²

Avalúo: $ 3.322,54

LINDEROS: NORTE: 2,40 m. con puesto 378

SUR: 2.40 m. con puesto 380

ESTE: 2,50 m. con pasaje 1

OESTE: 2,50 m. con parqueadero

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 47

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

RESOLUCIÓN 100-SG-2011

10. Se pone en conocimiento los informes relacionados a la petición formulada por el señor PAI NATACUAZ GILBERTO quién solicita la legalización de un lote de terreno de propiedad Municipal sobre el cual mantiene posesión por varios años, ubicado en la Comunidad de Guallupe, Parroquia La Carolina del Cantón Ibarra. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.

El Ilustre Concejo Municipal, en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); 436 y 437 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que: ES PROCEDENTE la legalización mediante escritura de compraventa de un predio ubicado en la Comunidad de Guallupe, Parroquia La Carolina del Cantón Ibarra, a favor del señor PAI NASTACUAZ GILBERTO, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos.

Beneficiario:

Cantón: Ibarra

Parroquia: La Carolina

Comunidad: Guallupe

Clave Catastral: Nro. 53010224006000

Área: 210,00 m2;

Avalúo: $ 237, 93 USD

LINDEROS: Norte: 15,00 m con Miguel Revelo

Sur: 15,00 con Lote Municipal

Este: 13,50 m con calle Pública

Oeste: 13,50 con calle Pública

RESOLUCIÓN 101-SG-2011

11. Se pone en conocimiento los informes relacionados con la solicitud del señor MANUEL CIFUENTES PAREDES quién solicita a la Ilustre Municipalidad de Ibarra la adjudicación de una franja de terreno que colinda con su propiedad, mediante remate forzoso.

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 48

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

ANTECEDENTES

Mediante oficio dirigido al señor Alcalde, el señor Manuel Cifuentes Paredes, solicita se le reciba

en

Audiencia ante el Concejo Municipal, con el fin de exponer sobre su pedido de adjudicación de

una franja de terreno que colinda con su propiedad, mediante el procedimiento de remate

forzoso; recibido en sesión del Concejo del 17 de noviembre y ratificada en sesión del 24 del

mismo mes del año 2010, la Cámara Edilicia resuelve: “que con los informes pertinentes este

asunto pase a conocimiento de la Comisión de Planificación”.

El Informe de la Dirección de Avalúos y Catastros manifiesta: En atención al Memorando Nº PL-

2011-00043-M, trámite Nº 7079-E, esta Dirección informa que, revisado el Sistema del Catastro

Predial, y de acuerdo al plano SAMPER/REMA, Enero del 2011, el área de propiedad municipal

ubicada en la Parroquia de Caranqui, Barrio El Retorno, calle Huiracocha, solicitada en Remate

Forzoso a favor del propietario colindante Sr. Manuel Cifuentes Paredes con clave catastral

01010605015000, tiene los siguientes datos:

Área de terreno 162,09 m2

Valor: .. $ 2.371,38 USD

Mediante MEMORANDO Nº AC 2011 00030-M la procuraduría Síndica que:

Para cumplir con esta resolución, se han emitido los informes técnicos de la Dirección de Avalúos

y Catastros, como también el informe de la Dirección de Planificación, que lo complementa con el

respectivo levantamiento planimético del área solicitada en remate y manifiesta que si se

resuelve favorablemente, el solicitante deberá comprometerse a embovedar el tramo desde el

muro hacia el norte de la quebrada con la finalidad de consolidar el área. Siempre que se cumpla

con lo sugerido por el Director de Planificación, esta Procuraduría se pronuncia favorablemente

al pedido de remate de este bien municipal.-

El I. Concejo Municipal debatió en torno al tema y acogiendo la recomendación del a Comisión de Obras Públicas Municipales quien analizó el expediente, tomando en cuenta los informes emitidos por Direcciones: Planificación, Avalúos y Catastros, Jurídico; en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); 436 y 437 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelva que es: PROCEDENTE

a) La adjudicación mediante Remate Forzoso de una franja de terreno de propiedad Municipal a favor del Sr. MANUEL CIFUENTES PAREDES el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 49

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Beneficiario:

Clave Catastral: 01010605015000

Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Dirección: Parroquia Caranqui Barrio el Retorno calle

Huiracocha

Área = 162,09 m²

Avalúo: $ 2.371,38 USD

LINDEROS: NORTE: 3,70m con Prop. María Vásquez

SUR: 4,00 con Calle Pública s/n

ESTE: 20,70m y 20,47m con prop. María Vásquez y área

Comunal

OESTE: 13,27m-19,60m y 7,34m en partes con propiedad Manuel Cifuentes y Calle Pública.

b) El Sr. MANUEL CIFUENTES PAREDES deberá comprometerse a embovedar el tramo desde el muro hacia el norte de la quebrada con la finalidad de consolidar el área.

RESOLUCIÓN 102-SG-2011

12. Se pone en Conocimiento de la Comisión los informes relacionados a la petición relacionada con MISIÓN JOAQUÍN GALLEGOS LARA quien solicita a la Municipalidad, proceda con la adjudicación de un lote de terreno ubicado en el Cantón Ibarra, Parroquia El Sagrario , sector de los Huertos Familiares, calle Segundo Luís Moreno y Manabí, a favor del señor ROSALINO SAAVEDRA AYALA. Al respecto mediante Memorando No. PS-2011-00080 manifiesta lo siguiente “considerando los informes técnicos favorables emitidos por el Director de Obras Públicas, Director de Planificación Unidad de Vivienda, Dirección Financiera, Director de Avalúos y Catastros, Secretaría General del I. Concejo, Es criterio de esta Procuraduría a efectos de cumplir con lo que dispone el Art. 436 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización que lo solicitado por la peticionaria es procedente para realizar la adjudicación de dicho lote de terreno mediante compraventa”

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Obras Públicas quien analizó el expediente, tomando en cuenta los informes emitidos por Direcciones: Obras Públicas, Financiera, Planificación, Avalúos y Catastros, Jurídico; en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); 436 y 437 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que es: PROCEDENTE La adjudicación de un lote de terreno Sector Huertos Familiares Azaya, junto a Aso. 18 de Septiembre, Calle Segundo

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MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 50

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Luis Moreno y Manabí a favor del Sr. ROSALINO SAAVEDRA AYALA, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

Beneficiario:

Clave Catastral: 03031106077000

Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Dirección: Ibarra, Sector Huertos Familiares Azaya, junto a Aso.

18 de Septiembre, Calle Segundo Luis Moreno y Manabí.

Área = 90,00 m²

Avalúo: $ 2.371,38 USD

LINDEROS: NORTE: 15.00m Propiedad Municipal

SUR: 15.00m Propiedad Municipal

ESTE: 6.00m con Franja Protección Río Tahuando

OESTE: 6.00m con Calle Segundo Luis Moreno

RESOLUCIÓN 103-SG-2011

13. Se pone en conocimiento los informes referentes a la solicitud presentada por la Señora MARÍA TERESA SERRANO CHILAMA, quien solicita la adjudicación mediante remate forzoso de una franja de terreno de Propiedad Municipal que colinda con su propiedad ubicada en el barrio Monseñor Leonidas Proaño Lote Nº 23 vía a la piedra Chapetona de la ciudad de Ibarra.

El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales

quien analizó el expediente, tomando en cuenta los informes emitidos por Direcciones: Obras

Públicas, Financiera, Planificación, Avalúos y Catastros, Jurídico; en uso de las facultades

establecidas en los artículos 57 literal a) y d); 436 y 437 del Código Orgánico de Organización

Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que es: PROCEDENTE

a) La adjudicación mediante remate forzoso de una franja de terreno propiedad ubicada en el barrio Monseñor Leonidas Proaño Lote Nº 23 vía a la piedra Chapetona de la ciudad de Ibarra a favor de la Señora MARÍA TERESA SERRANO CHILAMA el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:

Beneficiario:

Clave Catastral: 03030266007

Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra

Page 51: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 51

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Dirección: ingreso a la piedra Chapetona

Área = 16,85 m²

Avalúo: $ 252,75USD

LINDEROS: NORTE: 3,50m con Prop. Julio Simba

SUR: 1,65 m con Prop. Mariles Ortega

ESTE: 8,25 m con Prop María Serrano

OESTE: 3,48 m y 5, 65 m con Prop. Municipal

b) La Beneficiaria tendrá que asumir la responsabilidad de los riesgos y perjuicios.

RESOLUCIÓN 104-SG-2011

14. Se pone en conocimiento los informes referentes a la solicitud presentada por el Señor LUIS ARCESIO MOROCHO, quien solicita que la Municipalidad de Ibarra le autorice la venta y la cancelación de la Prohibición de enajenar que pesa sobre el local Nro. 49 ubicado en el Centro Comercial La Bahía, Parroquia San Francisco, cantón Ibarra, provincia de Imbabura, que lo adquirió por compra al Ilustre Municipio de Ibarra, según escritura otorgada el diecisiete de julio del dos mil uno, ante el Doctor Fabián Simbaña Ayabaca, Notario Primero del Cantón Otavalo, e inscrita bajo las partidas Nros. 3127, 1443 y 667 de los Libros Registros de la Propiedad, Hipotecas y Gravámenes y Prohibiciones de Enajenar, el dieciséis de octubre del dos mil uno en el Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra.

La Procuraduría Sindica Municipal mediante memorando Nro.PS-2011-00086-M “Por el presente

me permito informar respecto a la petición formulada por el Señor Luis Arcesio Morocho, quien

solicita que la Municipalidad de Ibarra le autorice la venta y la cancelación de la Prohibición de

enajenar que pesa sobre el local Nro. 49 ubicado en el Centro Comercial La Bahía, Parroquia San

Francisco, cantón Ibarra, provincia de Imbabura, que lo adquirió por compra al Ilustre Municipio de

Ibarra, según escritura otorgada el diecisiete de julio del dos mil uno, ante el Doctor Fabián

Simbaña Ayabaca, Notario Primero del Cantón Otavalo, e inscrita bajo las partidas Nros. 3127, 1443

y 667 de los Libros Registros de la Propiedad, Hipotecas y Gravámenes y Prohibiciones de Enajenar,

el dieciséis de octubre del dos mil uno en el Registro de la Propiedad del Cantón Ibarra. Por cuanto

han cumplido con el pago total del local Nro. 49 conforme se desprende de la certificación

conferida por la Presidenta del Centro Comercial “La Bahía”, me permito sugerir favorablemente se

le autorice la venta y la cancelación del gravamen de prohibición de enajenar, establecido en la

cláusula Séptima de la escritura que se adjunta”

Page 52: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 52

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica que antecede resolvió: Recomendar al

Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d)

del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva que es: ES

PROCEDENTE autorizar la venta y cancelación del gravamen de prohibición de enajenar e hipoteca

que pesan sobre el local comercial de propiedad del señor LUIS ARCESIO MOROCHO signado con

el Nº49 ubicado en el Centro Comercial La Bahía, Parroquia San Francisco, cantón Ibarra, provincia

de Imbabura por cuanto han cumplido con el pago total de dicho local.

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL a) y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 105-SG-2011

15. Se pone en conocimiento los informes relacionados con la petición de la COOPERATIVA DE VIVIENDA IMBABURA, tendiente a que se entregue en comodato la Unidad de Policía Comunitaria ubicada en la calle Sangolqui y Galápagos, Parroquia de Alpachaca, cantón Ibarra a favor de la Policía Nacional.

Mediante MEMORANDO DOP 001-2011 emitido por la Dirección de Obras Públicas se informa:

“Se realizó la Inspección física al lugar indicado en el cual se encuentra construido un UPC, al

momento si es posible continuar con este trámite de adjudicación del Comodato solicitado……”

A su vez el departamento Jurídico manifiesta: “de acuerdo con el informe emitido por la

Dirección de Obras Públicas en el cual pone a conocimiento que una vez realizada la inspección

física en la dirección señalada, se constato que se encuentra construido la UPC en mención,

indicando además que es procedente continuar con el proceso del Comodato; esta Procuraduría

Síndica sugiere que en caso de proceder favorablemente con la petición, el Ilustre Concejo

Municipal deberá resolver otorgarlo considerando el tiempo de duración de la presente

administración o dejamos a estricto criterio de la Comisión”

La Comisión acogiendo los informes respectivos y el criterio de la Procuraduría Síndica Municipal

que antecede y luego del análisis del expediente, resolvió: Recomendar al Ilustre Concejo

Municipal, que en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); del Código

Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelva que: ES

PROCEDENTE autorizar el Contrato de Comodato a favor de la POLICIA NACIONAL, por el lapso de

dos años, del inmueble de propiedad Municipal ubicado en la calle Sangolqui y Galápagos,

Parroquia de Alpachaca en la cual se encuentra construida una Unidad de Policía Comunitaria UPC

de conformidad a los cuadros de áreas y linderos que a continuación se detalla.

UBICACIÓN Cantón: Ibarra

Page 53: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 53

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

Parroquia: Alpachaca

Calle: Sangolqui y Galápagos

Área = 201.02m²

LINDEROS: NORTE: 10,85 m. Área Comunal

SUR: 10,85 m. Área Comunal

ESTE: 18,50 m. Área Comunal

OESTE: 18,50 m. calle Sangolqui

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL a) y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

RESOLUCIÓN 106-SG-2011

8. Se pone en conocimiento los informes referentes a la solicitud presentada por el Señor Segundo Gonzalo Toro, quien solicita a la I. Municipalidad, se deje sin efecto resolución 1094 del 10-02-2009 la misma que tiende a adjudicar mediante compra venta un lote de terreno a favor del peticionario, y Resolución Nro. 024-SG-2010, la misma que tiende a modificar la resolución anterior y procede a permutar el lote de terreno Nro. 6 por el lote Nro. 3 de la manzana 24, ubicado en el programa de vivienda San Francisco, Sector Lomas de Azaya de esta ciudad de Ibarra. Por alegar motivos y razones de aumento precio en el encaje para las viviendas, del programa encabezado por la Curia Diocesana de Ibarra. Al respecto mediante MEMORANDO PS-2011-00073-M la Procuraduría Síndica manifiesta que:

“En atención al trámite Nro. 560-E, en el cual el señor Segundo Gonzalo Toro solicita que se deje sin

efecto las resoluciones Nro. 1094 realizada el 10 de Febrero del 2009, la misma que tiende a

adjudicar mediante compra venta un lote de terreno a favor del peticionario, y Resolución Nro. 024-

SG-2010, la misma que tiende a modificar la resolución anterior y procede a permutar el lote de

terreno Nro. 6 por el lote Nro. 3 de la manzana 24, ubicado en el programa de vivienda San

Francisco, Sector Lomas de Azaya de esta ciudad de Ibarra. Por alegar motivos y razones de

aumento precio en el encaje para las viviendas, del programa encabezado por la Curia Diocesana de

Ibarra. Con los antecedentes expuestos es criterio de esta Procuraduría Síndica Municipal que se

deje sin efecto dichas resoluciones, para que en lo futuro se reviertan las cosas a su estado anterior

con la Rescisión de la Escritura Pública celebrada el 20 de Febrero del año 2009 ante el Notario

cuarto del Cantón Ibarra”

Page 54: MUNICIPALIDAD DE IBARRA - Gob

MUNICIPALIDAD DE IBARRA

Acta: 04 Sesión ordinaria: 2 febrero 2011 Página 54

ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA

La Comisión acogiendo los informes respectivos y el criterio de la Procuraduría Síndica Municipal

que antecede y luego del análisis del expediente, resolvió: Recomendar al Ilustre Concejo

Municipal, que en uso de las facultades establecidas en los artículos 57 literal a) y d); del Código

Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, RESUELVA Dejar sin efecto

la modificación a la Resolución Nº 99 SGSM-2009 tomada en sesión del 10 de febrero de 2009

toda vez que jamás se perfeccionó mediante escritura pública

EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 57 LITERAL a) y D) DEL COOTAD, RESUELVE: Acoger la recomendación de la Comisión de Obras Públicas Municipales.

CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

CONOCIMIENTO DEL DOCUMENTO SUSCRITO POR LOS

CONCEJALES LIC. INES ALMEIDA, DR. ALFONSO BELTRAN, ING.

OSCAR CAICEDO, ING. HILDA HERRERA, ING. CARLOS MOREJON,

SRA. ANDREA SCACCO, ING. WILMER TABOADA, CON FECHA 7

DE ENERO DEL AÑO 2011.

LA SESIÓN SE CLASURA A LAS 14H15.

RESOLUCIÓN

107-SG-2011

El I. Concejo Municipal de Ibarra una vez que delibera en torno al tema, se exponen criterios de los y las señores (as) concejales del Cantón Ibarra, y tras la exposición del Administrador General del IMI, Ec. Raúl López, RESUELVE:

DAR POR CONOCIDO EL OFICIO SUSCRITO POR LOS SEÑORES CONCEJALES: LIC. INES ALMEIDA, DR. ALFONSO BELTRAN, ING. OSDCAR CAICEDO, ING. HILDA HERRERA, ING. CARLOS MOREJÓN, ING. WILMER TABOADA, SAR ANDREA SCACCOO CON FECHA 7 DE ENERO DEL AÑO 2011.

CONFORMAR UNA COMISIÓN ESPECIAL INTEGRADA POR LOS Y LAS CONCEJALES: LIC. LAUREANO ALENCASTRO, LIC. INÉS ALMEIDA, Y DR. ALFONSO BELTRÁN, QUIENES EMITIRÁN UN INFORME AL I. CONCEJO MUNICIPAL RESPECTO DE LAS ASEVERACIONES CONTENIDAS DENTRO DEL OFICIO DIRIGIDO AL ALCALDE DEL CANTÓN IBARRA EL 7 DE ENERO 2011.