Módulo 1, Introducción a las marcas

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CB002- INTRODUCCIÓN A LAS MARCAS MÓDULO Nº 1 MISIÓN, FUNCIÓN Y SERVICIOS DEL INAPI

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Misión, Función y Servicios de INAPI

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CB002- INTRODUCCIÓN A LAS MARCAS

MÓDULO Nº 1 MISIÓN, FUNCIÓN Y SERVICIOS DEL INAPI

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Aula INAPI es uno de los tres componentes del proyecto “Plataforma de difusión de la Propiedad Industrial y Transferencia de Conocimiento”, el cual es parte del Programa de Innovación y Competitividad UE-Chile, programa de cooperación ejecutado por diversas instituciones públicas para promover la innovación y el emprendimiento en beneficio del desarrollo económico del país. En su primera fase, cuenta con un financiamiento de 18,6 millones de euros, aportados en partes iguales por la Unión Europea y el Gobierno de Chile, bajo la coordinación de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI).

Aula INAPI ha sido desarrollado con la ayuda financiera de la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva de INAPI, en ningún caso debe considerarse refleja los puntos de vista de la Unión Europea.

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INDICE DE CONTENIDOS

1.1. CREACIÓN DEL INAPI .................................................................... 5

1.1.1 Historia de la Ley que crea el INAPI ............................................. 6

1.1.2 Institucionalidad ........................................................................ 8

1.2. FUNCIONES DEL INAPI ................................................................ 10

1.3. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL .................................................. 11

1.4. SERVICIOS ................................................................................ 16

1.4.1. Servicios de atención a usuarios ............................................. 20

1.4.2. Herramientas en Línea ........................................................... 20

1.4.3. Boletines tecnológicos. .......................................................... 21

1.5. ESTADÍSTICAS ........................................................................... 23

1.5.1. Patentes .............................................................................. 23

1.5.2. Diseños Industriales .............................................................. 26

1.5.3. Modelos de utilidad ............................................................... 26

1.5.4. Marcas ................................................................................. 27

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PROGRAMACIÓN DE MÓDULO 1

MÓDULO Nº 1: MISIÓN, FUNCIÓN Y SERVICIOS DEL INAPI

Ponderación del módulo: 10%

Objetivo de aprendizaje del módulo Que los participantes conozcan cuáles son las funciones, estructura y servicios del Instituto Nacional del Propiedad Industrial, INAPI, de acuerdo a lo establecido en la legislación nacional vigente.

CONTENIDOS TEMA SEMANA FECHAS

1.1. Creación del INAPI. 1.2. Funciones del INAPI. 1.3. Estructura Organizacional.

1 06/06/2011 AL 12/06/2011

1.4. Servicios. 1.4.1 Servicios de atención a usuarios. 1.4.2 Herramientas en línea. 1.4.3 Boletines e informes tecnológicos. 1.5. Estadísticas.

2 13/06/2011 AL 19/06/2011

EVALUACIÓN DEL MÓDULO 1 ACTIVIDADES DESCRIPCIÓN PONDERACIÓN

Foro Nº 1 Actividad en la cual los participantes deben comentar con respecto a un tema relacionado con el módulo que será propuesto por los tutores.

20%

Test en línea Nº 1 Test que abordará las temáticas: 1.1, 1.2 y 1.3 del módulo.

40%

Test en línea Nº 2 Test que abordará las temáticas: 1.4 y 1.5 del módulo.

40%

Estimamos que el tiempo mínimo de estudio que requiere el módulo es de 7 horas semanales.

El módulo tiene objetivos de aprendizaje, en el cual se detallan los conocimientos que usted debería adquirir después de estudiar. Le recomendamos leerlos al iniciar cada módulo para que tenga una idea de lo que aprenderá y léalos nuevamente al finalizar para comprobar su logro.

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1.1. CREACIÓN DEL INAPI El 13 de marzo del 2008 se promulgó la Ley N° 20.254 que “CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL”, lo cual permitió que el 1 de enero del año 2009 iniciara sus actividades el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de dicha Ley, el INAPI es un organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, conforme a lo dispuesto en las leyes sobre la materia. Asimismo, al INAPI le corresponde promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga.

Antes de esta fecha, la actividad administrativa concerniente al Estado en materia de Propiedad Industrial correspondía al Departamento de Propiedad Industrial (DPI) del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, (hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). Su autoridad máxima era el Jefe del Departamento de Propiedad Industrial. En este sentido, el DPI tenía como función principal administrar y atender los servicios de Propiedad Industrial de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.039 de Propiedad Industrial, sus modificaciones y Reglamento, para lo cual atendía la tramitación de solicitudes de derechos de propiedad industrial, resolvía juicios relativos al otorgamiento y nulidad de registros, otorgaba títulos y certificados, mantenía y custodiaba los registros de patentes y marcas, y ofrecía servicios de información tecnológica, asociados a la administración de los registros de propiedad industrial.

De acuerdo al art. transitorio primero de la Ley N° 20.254, el INAPI y su Director Nacional, por el solo ministerio de la ley, son los continuadores legales del DPI y del Jefe del Departamento de Propiedad Industrial, respectivamente. Sin embargo, la creación de INAPI implicó cambios significativos en cuanto a su misión y visión, teniendo en cuenta que su objetivo es prestar servicios de acuerdo a los requerimientos de la economía del conocimiento. De esta manera, el INAPI no sólo es un organismo técnico y jurídico encargado de la

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administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, sino que además le corresponde promover la protección que brinda la propiedad industrial, difundir el acervo tecnológico e impulsar la transferencia de conocimiento. Por tanto INAPI no es un DPI 2.0, sino que es una institución pública moderna que trabaja en pro del fortalecimiento y consolidación de la innovación en Chile.

1.1.1 Historia de la Ley que crea el INAPI Los antecedentes de la historia de la Ley N° 20.254 que se mencionan en este apartado fueron extraídas del documento “Historia de la Ley Nº 20.254 Crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial”, de fecha 14 de abril de 2008, elaborado por la Biblioteca del Congreso de Chile, disponible en el sitio www.bcn.cl.

Con fecha 3 de enero del año 2000, el Presidente de la República don Eduardo Frei Ruiz Tagle envió el mensaje Nº 279-341 al Presidente de la Honorable Cámara de Diputados, con el que inició el proyecto de ley que crea el Instituto de Propiedad Industrial.

Los fundamentos del mensaje del Presidente daban cuenta de los avances y reformas impulsadas por el país en materia de propiedad industrial, a saber:

• Dictación, a comienzos del año 1991, de una nueva normativa sustantiva de propiedad industrial -que reemplazó una anterior que databa desde 1931-, sobre patentes de invención, modelos de utilidad, marcas comerciales y diseños industriales. Resultado de esto surgió la Ley Nº 19.039.

• Adhesión al Acuerdo de Marrakesh por el que se estableció la Organización Mundial del Comercio. D.S. Nº 16 del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 5 de enero de 1995.

• Acuerdos logrados con Canadá, México y el Acuerdo Marco de Cooperación con la Unión Europea, los cuales contienen disposiciones específicas que se refieren a la protección a los derechos de propiedad intelectual.

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Asimismo, explicaba que la experiencia internacional demostraba que para un sistema moderno de propiedad industrial no sólo era fundamental contar con un cuerpo de normas actualizado, sino que era “igualmente esencial que exista una estructura administrativa moderna que aplique eficientemente esas normas y que despliegue hacia los usuarios un conjunto adecuado de servicios que contribuyan, en última instancia, a acelerar los procesos de incorporación de nuevas tecnologías y a generar desarrollos locales que permitan una mayor innovación y competitividad a la producción nacional de bienes y servicios, los cuales no son prestados por las oficinas tradicionales de propiedad industrial”.

Considerando lo anterior, planteaba que “es indispensable para afrontar los nuevos desafíos del mercado, de la globalización internacional y de la adecuación de nuestra preceptiva a las concepciones modernas,…la creación de un Instituto de Propiedad Industrial descentralizado y dotado de una estructura y medios suficientes para prestar un servicio acorde con las necesidades actuales”.

El proyecto ingresó al Congreso Nacional en marzo de 2000 pero fue archivado dado que previo a su tramitación, era necesario adecuar la legislación a los compromisos internacionales adquiridos por Chile en el marco del Acuerdo sobre los “Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio” (ADPIC) y, posteriormente, en el marco de los Tratados de Libre Comercio celebrados con Estados Unidos y con la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA). Ello se materializó en las leyes N° 19.996, de diciembre de 2005 y N° 20.160, de enero de 2007, que modificaron la ley N° 19.039, sobre Propiedad Industrial. Luego de esto, el proyecto de creación del INAPI fue desarchivado en diciembre de 2006 y en enero de 2007, el Ejecutivo presentó dos paquetes de modificaciones a fin de adecuar el texto original a los requerimientos de ese entonces en materia de Propiedad Industrial.

Así en marzo de 2007 la Cámara de Diputados inicia la tramitación de la Ley, la cual -tras pasar por las respectivas instancias legislativas y administrativas- es promulgada el 13 de marzo de 2008 y publicada en el Diario Oficial el 14 de abril del mismo año.

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Portada del Diario Oficial de la República de Chile del 14 de abril de 2008, en el cual se publica la

Ley 20.254 de creación del INAPI, extraída del sitio web www.diariooficial.cl.

1.1.2 Institucionalidad Debido a que el desarrollo e innovación de un país van de la mano de la creación y la inventiva, el nacimiento de INAPI es un factor de gran relevancia para Chile. La nueva institucionalidad de INAPI contribuye a la estrategia de innovación impulsada por el Gobierno de Chile generando sistemas eficientes para el uso y protección de los derechos de propiedad industrial, promoviendo la innovación, el emprendimiento y la transferencia de conocimiento a la comunidad.

Visión

INAPI se constituirá en una institución líder a nivel mundial en el registro, gestión y promoción de la propiedad industrial, reconocida por su gran aporte al emprendimiento e innovación en Chile, sobre la base de procesos y tecnología óptimos, elevada capacidad de servicio, alta confiabilidad e imparcialidad, y focalizada en el continuo mejoramiento de su desempeño.

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Misión

La misión principal de INAPI es contribuir al desarrollo económico nacional estimulando el emprendimiento, la innovación y la creatividad mediante la protección de la propiedad industrial y la gestión del conocimiento. Para ello, debe procurar procesos que aseguren la eficacia y calidad, así como la accesibilidad y certidumbre de la información.

En materia de registro, el servicio busca gestionar oportuna y adecuadamente la protección de los derechos de propiedad industrial, en especial considerando la importancia que éstos tienen para el emprendimiento y la innovación nacional.

Como encargados de difundir el acervo tecnológico del país, se ha establecido como objetivo primordial facilitar el acceso, en especial al dominio público, a través de la gestión del conocimiento disponible. En este mismo sentido el INAPI se ha abocado a desarrollar capacidades en materia de propiedad industrial fortaleciendo las instancias de estudio, promoción y asesoramiento en estos ámbitos.

A nivel internacional, los esfuerzos se centran en posicionar adecuadamente a Chile en las redes de cooperación y coordinación nacionales y extranjeras de propiedad industrial.

Finalmente, a nivel interno, el objetivo es convertir al INAPI en un referente técnico en las áreas de su competencia.

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1.2. FUNCIONES DEL INAPI De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 20.254, el INAPI ejerce las siguientes funciones:

a) Ser el órgano encargado de todas las actuaciones administrativas relativas al reconocimiento y vigencia de la protección registral otorgada por la ley a la propiedad industrial, correspondiéndole, entre otras, la elaboración, mantención y custodia de los registros, anotaciones y transferencias; emisión de títulos y certificados; conservación y publicidad de la documentación, cuando sea procedente.

b) Servir de órgano consultivo y asesor del Presidente de la República en materias vinculadas a la propiedad industrial e informar, a requerimiento de las autoridades competentes, los proyectos de ley y otras normas que inciden en esta materia.

c) Proponer, por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, la firma o adhesión de Chile a tratados o convenios internacionales relacionados con la propiedad industrial, como también su denuncia y mantener, coordinadamente con los ministerios competentes, vínculos de cooperación con las autoridades extranjeras y entidades internacionales que actúan en este campo.

d) Promover iniciativas y desarrollar actividades tendientes a difundir el conocimiento de la propiedad industrial, elaborar estadísticas, realizar estudios sobre la materia y prestar servicios de información a los usuarios.

e) Obtener, recopilar y clasificar la información sobre patentes y facilitar el acceso a aquélla de libre disponibilidad, con el objeto de promover la transferencia de tecnología y la investigación e innovación tecnológica en el país.

f) Recaudar los recursos que la ley le asigna, a nombre propio o de terceros. Éstos incluyen aquellos establecidos en tratados internacionales vigentes.

g) Emitir los informes que le sean requeridos por las autoridades pertinentes en las materias propias de su competencia.

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h) Certificar la idoneidad de los peritos que intervienen en el procedimiento para el otorgamiento de los derechos de propiedad industrial y en las controversias que sean de conocimiento del Director Nacional, previa calificación de sus competencias.

i) Fijar los valores por los servicios que preste en conformidad a la ley. Estos valores corresponderán a las actuaciones, documentos y demás prestaciones a que se refiere el decreto ley Nº 2.136, de 1978; a los precios de las publicaciones que realice el Instituto y de los espacios para avisos publicitarios que contuvieren dichas publicaciones, y a los servicios que preste en virtud de la administración de Tratados Internacionales y convenios de cooperación internacional vigentes.

1.3. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL El INAPI cuenta con un Director Nacional y está estructurado orgánicamente en: Subdirecciones, Divisiones, Departamentos y Unidades.

El Director Nacional del INAPI es el Jefe Superior del Servicio, funcionario elegido por el Sistema de Alta Dirección Publica1 y es de exclusiva confianza del Presidente de la República. Sus atribuciones y deberes están establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 20.254, los que en términos generales son administrar, controlar y velar por el cumplimiento de los fines del Instituto Nacional de Propiedad Industrial. El actual Director Nacional del INAPI es el Sr. Maximiliano Santa Cruz Scantlebury.

Asesores directos del Director Nacional son los Departamentos Legislativo, Internacional, Auditoría Interna, Estudios y Políticas Públicas, Planificación y Control de Gestión, Comunicaciones y el Jefe de Gabinete.

Por otra parte, se encuentran las Subdirecciones, Divisiones y Departamentos de INAPI, quienes gestionan y ejecutan las funciones propias del Instituto: Subdirección de Patentes, Subdirección de Marcas, Subdirección Jurídica,

1 El Sistema de Alta Dirección Pública (SADP) fue creado el año 2003, con el objetivo de profesionalizar los altos cargos del Estado y así contar con una gerencia pública calificada y profesional que lleve a cabo y ejecute las políticas públicas que el gobernante determine. Extraído del sitio web www.serviciocivil.cl.

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Subdirección de Transferencia del Conocimiento, División de Desarrollo y el Departamento de Administración y Finanzas.

La Subdirección de Patentes tiene por objetivo principal llevar adelante los procedimientos relativos a la concesión de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad, Dibujos y Diseños Industriales, y Esquemas de Trazado o Topografías de Circuitos Integrados. Junto con ello, tiene la función de estudiar y proponer la resolución de las solicitudes de anotaciones marginales a dichos registros. Para esto cuenta con un Departamento de Asesoría Jurídica. Además debe asesorar al Director Nacional en los juicios de oposición y nulidades, relacionados con solicitudes o registros de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad, Dibujos y Diseños Industriales, y Esquemas de Trazado o Topografías de Circuitos Integrados.

La estructura organizacional de la Subdirección de Patentes la conforman el Departamento jurídico de patentes, el Departamento de examen de patentes, la Sección de gestión de peritos, la Sección de orientación y apoyo al solicitante, y la Sección de procesamiento administrativo de patentes.

La sección de “Orientación y Apoyo al solicitante de Patentes”, dependiente de la Subdirección de Patentes, se encarga de orientar y asesorar a los solicitantes de patentes en todos los aspectos concernientes a la tramitación de los procesos de propiedad industrial de patentes, con el propósito de agregar valor a los ciclos de innovación empresarial, así como hacer más eficaces y eficientes las etapas posteriores de los procesos de negocio de la Subdirección de Patentes.

A la Subdirección de Marcas le corresponde llevar adelante los procedimientos relativos a la solicitud de concesión de marcas comerciales, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, cuyo registro ha sido entregado por la Ley N° 19.039 a INAPI. Junto con ello, tiene la función de estudiar y llevar adelante la tramitación de las solicitudes de renovación de marcas y las de anotaciones marginales a los registros de marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, tales como transferencias, cambios de nombres, licencias de uso, prendas, embargos, prohibiciones.

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La estructura organizacional de la Subdirección de Marcas la conforman el Departamento jurídico de marcas, el Departamento de anotaciones, emisiones de títulos y certificados, el Departamento de renovaciones, el Departamento de digitación y digitalización de imágenes, y el Departamento de orientación y apoyo al solicitante de marcas.

El departamento de “Orientación y Apoyo al Solicitante de Marcas”, dependiente de la Subdirección de Marcas, se encarga de orientar y responder consultas a los usuarios de marcas en todos los aspectos concernientes a la tramitación de los procesos para el registro de marcas y demás signos distintivos que administra el INAPI, con el propósito expreso de hacer más eficaces y eficientes las etapas posteriores de los procesos de otorgamiento. En el cumplimiento de su función, también le corresponde dar orientación legal especializada respecto del procedimiento para la inscripción de marcas, renovaciones, anotaciones, así como sobre causas con oposición y nulidad.

La Subdirección Jurídica tiene como objetivo principal velar por la juridicidad de las actuaciones del INAPI y asesorar en la elaboración e implementación de políticas tanto de funcionamiento interno del INAPI como de normas sobre propiedad industrial.

La Subdirección de Transferencia del Conocimiento es la encargada de desarrollar la gestión del conocimiento de las tecnologías estratégicas asociadas al desarrollo del país y promover la propiedad industrial, a fin de contribuir al emprendimiento y la innovación. La gestión del conocimiento considera acciones asociadas a la identificación, organización, difusión y transferencia del conocimiento disponible en las bases de datos de propiedad industrial. En tanto para promover la propiedad industrial realiza acciones destinadas a formar capacidades para el uso adecuado de las herramientas de propiedad industrial y difunde el uso y los beneficios del sistema de propiedad industrial.

La estructura organizacional de la Subdirección de Transferencia del Conocimiento la conforman el Subdepartamento de transferencia tecnológica, el Subdepartamento de difusión y apoyo integral a innovadores, y el Subdepartamento de propiedad industrial para la innovación.

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La División de Desarrollo gestiona permanentemente el desarrollo institucional del INAPI, de modo de aumentar la eficacia y eficiencia de los procesos del negocio y de apoyo; administrar y desarrollar las tecnologías de información y comunicaciones de INAPI; así como gestionar la atención y guía de los diversos clientes y usuarios, haciéndose cargo de la recepción de las solicitudes y los documentos asociados a los procesos de tramitación de otorgamiento de patentes y marcas, y procesos asociados a los mismos, tales como anotaciones y renovaciones, según corresponda.

La estructura organizacional de la División de Desarrollo la conforman el Subdepartamento de procesos y mejoramiento continuo, el Subdepartamento de tecnologías de información y el Subdepartamento de atención a usuarios.

El Departamento de Administración y Finanzas contribuye a garantizar el cumplimiento de los objetivos estratégicos del INAPI mediante la generación de los bienes y servicios necesarios para la gestión del mismo, proporcionando los recursos humanos y materiales, los recursos financieros, el apoyo logístico, y -en general- los medios necesarios para dichos fines.

La estructura organizacional de la División de Administración y Finanzas la conforman el Departamento administrativo, el Departamento de recursos humanos, y el Departamento de archivo.

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De acuerdo a lo señalado anteriormente, el organigrama del INAPI es el siguiente:

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1.4. SERVICIOS A fin de dar cumplimiento al objetivo y funciones establecidas en la Ley N° 20.254, el INAPI presta los siguientes servicios:

a. Atiende la tramitación de solicitudes de patentes, marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.039, la tramitación de las solicitudes de patentes, marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen competen al INAPI.

Para tales efectos, cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, podrá presentar una solicitud de registro del derecho que desea obtener, acompañando a dicha solicitud los antecedentes que la Ley y el Reglamento establecen para cada caso. En caso que el solicitante sea una persona natural o jurídica residente en el extranjero, deberá designar un apoderado o representante en Chile.

Las solicitudes de registro de derechos de propiedad industrial pueden presentarse en la oficina de atención de usuarios del INAPI ubicada en Moneda 975, piso 13, de la ciudad de Santiago de Chile, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00 hrs., o a través de Internet accediendo a “servicios en línea” en el sitio web del INAPI www.inapi.cl.

Para dar respuesta a consultas e inquietudes de los solicitantes, INAPI cuenta con las unidades de orientación y apoyo al solicitante de marcas y de patentes. Los servicios de estas unidades son gratuitos y los interesados pueden acceder a ellos en la oficina de atención de usuarios del INAPI ubicada en Moneda 975, piso 13, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00 hrs.

b. Otorga títulos y certificados de patentes, marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen.

Los usuarios pueden requerir al INAPI títulos y certificados relativos a derechos de propiedad industrial constituidos o en trámite.

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Un título es un documento emitido por el INAPI que acredita el otorgamiento de un derecho de propiedad industrial.

Los certificados por su parte son documentos empleados para constatar un determinado hecho. Los usuarios pueden solicitar a INAPI, entre otros, los siguientes certificados:

• Certificado de solicitud de marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, indicaciones geográficas o denominaciones de origen. Este documento constatará que la solicitud que se indica se encuentra en proceso de tramitación.

• Certificado de registro de marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, indicaciones geográficas o denominaciones de origen. Este documento constatará que la solicitud de derecho que se indica se encuentra concedida.

• Certificado de anotaciones marginales. Una anotación marginal es un texto que se estampa al costado del documento original en el cual se indica cualquier cambio que haya sufrido la solicitud o el registro durante su vigencia, como por ejemplo: cambios de representante, cambio de dirección del titular, transferencia, etc. Por tanto el Certificado de anotaciones marginales constatará todos aquellos cambios de la solicitud o el registro, en tanto éstos hayan sido informados por el titular o representante de la solicitud o el registro al INAPI.

• Certificado de prioridad. La presentación de una solicitud de un derecho de propiedad industrial en un país miembro del Convenio de París2 (CUP) o de la Organización Mundial del Comercio (OMC) da lugar al nacimiento de un derecho de prioridad. En la práctica, el derecho de prioridad significa que una vez que se ha presentado una solicitud en un país parte del Convenio de París o la OMC, se tiene derecho a reivindicar la prioridad durante un período de tiempo determinado (que será de 12 meses si la solicitud corresponde una invención o modelo de utilidad y

2 El Convenio de París es uno de los tratados más antiguos en materia de propiedad intelectual, en el cual se establecen normas comunes a seguir por los países que conforman la Unión. El texto completo así como los países miembros del tratado están disponibles en el sitio web de la OMPI http://www.wipo.int/treaties/es/ip/paris/

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de 6 meses si la solicitud corresponde a una marca o dibujo industrial) y la fecha de presentación de esa primera solicitud se considera la "fecha de prioridad". Por tanto, cuando se solicita la protección en otros Estados miembros del Convenio de París o la OMC durante ese periodo de tiempo, la fecha de presentación de la primera solicitud se considera que tiene "prioridad" sobre otras solicitudes presentadas después de dicha fecha. En dicho caso, el solicitante sigue conservando la prioridad en otros Estados miembros, aun cuando se hayan presentado otras solicitudes antes de la fecha de presentación de su solicitud en dichos países. De esto, en el Certificado de prioridad emitido por el INAPI, constatará la fecha en la cual se realizó la primera presentación de una solicitud de un derecho de propiedad industrial, en tanto esta primera presentación se haya realizado en Chile.

La petición de estos documentos puede realizarse de forma presencial en la oficina de atención de usuarios del INAPI ubicada en Moneda 975, piso 13, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00 hrs, o a través de Internet accediendo a “servicios en línea” en el sitio web del INAPI www.inapi.cl.

c. Resuelve juicios relativos al otorgamiento o nulidad de los registros de las solicitudes.

El INAPI actúa como tribunal de primera instancia en caso de presentarse demandas de oposición de las solicitudes o nulidad de registro. En tales casos, las partes (demandado y demandante) deben comparecer patrocinados por un abogado habilitado, conforme a lo dispuesto por la ley N° 18.120 que establece normas sobre comparecencia en juicio.

La oposición a la solicitud de registro de una marca, patente de invención, modelo de utilidad, dibujo y diseño industrial, esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados e indicaciones geográficas y denominaciones de origen es una acción mediante la cual un tercero interesado pide que una solicitud no se convierta en registro, por considerar que incurre en alguna de las causales de irregistrabilidad, conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Industrial.

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La acción de nulidad en tanto, está destinada a cancelar el registro de un derecho de propiedad industrial en los casos señalados por la ley o a dejar sin efecto una transferencia, tal como establece el artículo 17 de la Ley de Propiedad Industrial.

d. Mantiene y custodia los registros de propiedad industrial presentados en Chile.

INAPI mantiene los registros de propiedad industrial presentados en Chile desde el año 1840 hasta el día de hoy. La primera patente de invención propiamente tal fue concedida en Chile en el año 1840 por el Presidente José Joaquín Prieto a Andrés Blest la cual comprendía un método para hacer ron.

Después de la publicación en el Diario Oficial, todas las solicitudes de registro presentadas en el INAPI quedan a disposición del público. Aquellas solicitudes presentadas en el INAPI que no sean publicadas en el Diario Oficial se mantienen en reserva.

e. Pone a disposición y facilita el acceso al conocimiento científico y tecnológico disponible en bases de patentes nacionales e internacionales.

Desde su creación INAPI ha publicado de forma periódica y sistemática boletines tecnológicos en los cuales pone a disposición el conocimiento contenido principalmente en los documentos de patentes. Estos documentos están disponibles para su descarga gratuita desde el sitio web www.inapi.cl sección “Publicaciones”.

f. Desarrolla y promueve la capacitación y formación de capacidades en materias de Propiedad Industrial.

Diversos estudios indican que a nivel nacional existe desconocimiento del sistema de propiedad industrial y sus beneficios, lo que redunda en un bajo nivel de patentamiento.

Con el fin de revertir esta situación, INAPI ha desarrollado, impulsado y apoyado una serie de actividades de formación y fortalecimiento de capacidades en materias de propiedad industrial. Es así como durante el año

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2009 se realizaron 21 actividades de capacitación, talleres y charlas, de las cuales participaron un total de 789 personas. El año 2010 esta cifra aumentó significativamente llegando a 1.997 personas capacitadas. De igual forma se llevó a cabo el programa “Fortalecimiento de capacidades en materias de Propiedad Industrial” en conjunto con REUNA3 y CONICYT4, con el objeto de promover el uso y los beneficios del sistema de propiedad industrial de manera de sensibilizar a la comunidad científica y universitaria sobre la importancia de estas temáticas para el desarrollo del país.

Durante 2010 INAPI también generó una serie de publicaciones como las “Marcas comerciales, Manual de procedimiento de INAPI”, cuya elaboración fue sometida a consultas públicas; la “Compilación de normas relativas a la Propiedad Intelectual”, que reúne en un sólo libro toda la legislación nacional vigente y tratados internacionales suscritos por Chile sobre la materia; además del libro “Historia Gráfica de la Propiedad Industrial en Chile”.

1.4.1. Servicios de atención a usuarios INAPI recibe consultas presenciales, apoya y orienta a los solicitantes de patentes y marcas, recepciona solicitudes, y entrega certificados y títulos en los módulos de atención a usuarios ubicados en sus oficinas de Moneda 975, piso 13.

De igual forma recibe consultas telefónicas a través del número (56 2) 8360000 y por correo electrónico en la casilla [email protected].

1.4.2. Herramientas en Línea INAPI no cuenta con oficinas en regiones. Para hacer frente a esto ha implementado una serie de herramientas y trámites en línea.

Los servicios que actualmente se encuentra en línea son los siguientes:

a. Presentación en Línea de solicitudes de marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales; realizar pagos en línea, y obtener títulos y certificados de derechos de Propiedad Industrial.

3 Red Universitaria Nacional, www.reuna.cl. 4 Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, www.conicyt.cl.

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b. Clasificador en Línea de Productos y Servicios, herramienta que permite efectuar búsquedas que ayudan a catalogar correctamente los productos y/o servicios para los cuales se pretende registrar una marca.

c. Pago en Línea de Publicaciones de Extractos de Marcas. A través de esta herramienta se puede pagar en línea la publicación de los extractos de solicitudes de marcas aceptadas a tramitación. Para ello, automáticamente el solicitante será referido al sitio web del Diario Oficial.

d. Consulta a Base de datos de patentes, herramienta que permite conocer detalles de las solicitudes de registro de patentes tras su publicación en el Diario Oficial.

e. Consulta a Base de datos de marcas, herramienta que permite conocer detalles de las solicitudes de registro de marcas tras su publicación en el Diario Oficial, así como los documentos escaneados de las sentencias de primera instancia cuando hay oposición.

f. Notificaciones Diarias, aquí podrá encontrar en formato PDF, información relativa a los estados diarios notificados en materia de Marcas y Patentes. Sin embargo, sólo constituyen notificación legal de una resolución aquélla que se efectúa mediante Estado Diario publicado diariamente en las oficinas de INAPI. En consecuencia la información que aquí se presenta tiene carácter informativo y NO legal. Todas las notificaciones que digan relación con el procedimiento de otorgamiento de un derecho de propiedad industrial, oposiciones, nulidad y, en general, cualquier materia que se siga ante el INAPI, se efectuarán por el estado diario.

1.4.3. Boletines tecnológicos. Los Boletines que a continuación se describen están disponibles para su descarga gratuita desde el sitio web www.inapi.cl sección “Publicaciones”.

Boletines de Tecnologías de Dominio Público: material que tiene como objetivo acercar y familiarizar a la comunidad nacional con conocimientos en materias de propiedad industrial, así como difundir aquellas tecnologías que han pasado a dominio público en el territorio nacional. Las invenciones o innovaciones de dominio público son aquellas en que la protección provista por la patente ha cesado debido a causas establecidas por ley. Es decir, ha

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finalizado el tiempo de protección, no ha sido solicitada en el territorio nacional aún estando vigente en otros países, o fue abandonada durante el proceso de tramitación. De igual forma, se considera dominio público aquello en que su creador renuncia a la propiedad intelectual y, por lo tanto, puede ser utilizado por cualquier persona.

Boletines de patentamiento en los clusters: contienen antecedentes con respecto a la situación actual de sectores productivos importantes, como solicitantes de patentes, áreas de la técnica en las cuales protegen los residentes y no residentes, los países y empresas que depositan patentes, entre otros. A la fecha se han publicado tres boletines correspondientes a los cluster acuícola, minero y frutícola.

Boletines “A Reconstruir Chile con ayuda de la Propiedad Industrial”: publicación con la cual el INAPI se sumó al esfuerzo del país, orientando su contribución a emprendedores e instituciones que trabajan en regiones devastadas por el terremoto del año 2010, entregando información tecnológica de ayuda para la reconstrucción del país.

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1.5. ESTADÍSTICAS

1.5.1. Patentes a. Evolución en las solicitudes de patentes de invención

La mayor parte de las solicitudes de patentes de invención son presentadas en Chile por extranjeros.

A lo largo de los años el número de solicitudes de patentes de invención ha tenido un incremento constante. Sin embargo, y como era de esperar, con la entrada en vigencia del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), en el período 2008-2010 el volumen bajó considerablemente. Esta reducción se debe a la baja de solicitudes de extranjeros y es un efecto normal en la fase inicial de implementación para cada país que se hace parte de este tratado.

En cuanto a las presentaciones de residentes, este indicador se ha mantenido prácticamente constante desde el año 2002, con un promedio en la década de 322 solicitudes anuales.

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b. Evolución de las solicitudes de patentes de invención de residentes

El nivel de presentación de solicitudes de patentes de invención de residentes se percibe estable a partir del 2002, con un valor promedio de 330 solicitudes al año. La mayor parte de ellas corresponde a personas naturales, en tanto que las universidades y otras instituciones presentan un volumen menor. No obstante, se puede observar una tendencia leve y sostenida de crecimiento de estos dos grupos, mientras que las presentadas por personas naturales muestran una clara tendencia, mantenida en el tiempo, a la baja.

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Evolución de Solicitudes de Patentes de Invención de Residentes

Empresa Univ/Inst Partic. Total

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45,2%54,8%

Sector Acuícola

Residentes No Residentes

41,38%

58,62%

Sector Minero

Residentes No Residentes

34,67%

65,33%

Sector Frutícola

Residentes No residentes

c. Distribución de las solicitudes de patentes de invención a lo largo del país

El año 2010 la presentación de patentes de invención de residentes se concentró de manera preponderante en la Región Metropolitana, con un 71,4%, mientras que el 28,6% correspondió a las otras 15 regiones, siendo la V y VIII las principales con un porcentaje cercano a 8% cada una.

d. Participación de los residentes por área de la técnica

Chile ha alcanzado un nivel de patentamiento importante en sus sectores productivos relevantes. Así, tanto en el área minera como frutícola y acuícola, las presentaciones de solicitudes de patentes por nacionales en estas áreas es sustantivamente superior al promedio global de todos los sectores productivos.

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Evolución Anual Solicitudes DiseñoResidentes y No Residentes (2000-2010)

Residentes No Residentes TOTAL

1.5.2. Diseños Industriales Las solicitudes de diseños presentadas por no residentes muestran una clara tendencia ascendente, a diferencia que lo que ocurre con los residentes, indicador que ha mostrado desde el 2007 una tendencia gradual, pero mantenida, a la baja.

1.5.3. Modelos de utilidad En promedio en los últimos 10 años el 85% de las solicitudes de modelos de utilidad han sido presentadas por residentes, con un promedio anual de 93 solicitudes.

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Evolución Anual Solicitudes Modelo de UtilidadResidentes y No Residentes (2000-2010)

Residentes No Residentes TOTAL

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1.5.4. Marcas a. Evolución en la presentación de solicitudes de marcas nuevas y renovación

En 2010, más de 31 mil solicitudes se presentaron para el registro de marcas nuevas, lo que representa un aumento de más de 15% respecto del 2009, cifra que está bajo el estándar del año 2008, previo a la crisis económica internacional. El promedio de presentación mensual de solicitudes fue de 2.640, pese a que en los tres últimos meses del año se observó un aumento del 12%, llegando a un promedio de 2.948 en dicho trimestre.

La gran mayoría de las solicitudes de marcas nuevas corresponden a residentes. A diciembre de 2010 los registros vigentes en Chile superaban los 320 mil.

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Evolución Presentación de Solicitudes de Marcas Nuevas y Renovación

Nuevas Residentes Nuevas No Residentes TOTAL

Renov. Residentes Renov. No Residentes

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c. Tipos de marcas

Dentro de los distintos tipos de marcas existentes, las marcas figurativas, las frases de propaganda y las marcas sonoras son comparativamente poco usadas en Chile. En tanto las marcas denominativas, esto es, aquellas que consisten en letras, palabras, números, signos, sin la adición de colores ni elementos figurativos, concentran la mayor parte de las solicitudes que se presentan ante INAPI.

El gráfico anterior evidencia que las solicitudes de registro de marcas denominativas concentran la mayor cantidad de presentaciones, seguidas por las marcas mixtas, es decir, aquellas que combinan palabras, letras, números y elementos figurativos. Sin embargo, desde el año 2005 se observa un descenso en el registro de las primeras en beneficio de las segundas, que muestran un crecimiento sostenido.

Asimismo, las solicitudes de frases de propaganda muestran un comportamiento relativamente constante, en tanto que las solicitudes de figurativas tienden a decrecer en el período 2008 -2009.

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Soli

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de

s

Año Presentación

Tendencia Presentación Solicitudes de Marcas Nuevas por Tipo

Denominativa Mixta Propaganda (*) Figurativa (*)

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d. Las marcas en el territorio

Durante el año 2010, un 85,4% de las solicitudes de marcas fueron presentadas por solicitantes que indicaron tener su domicilio en la Región Metropolitana, lo que implica que menos de un quinto del volumen se concentra en las 15 regiones restantes. Si se excluye a la Región Metropolitana, las más importantes son la V y VIII, las que –coincidentemente– son las de mayor actividad económica.

V29%

VIII14%

VII8%

X8%

I7%

IX7%

IV7%

VI5%

II5%

XIV3%

III2%

XII2%

XV2%

XI1%

Detalle regional