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Liceo Gabriela Mistral La Serena
MANUAL DE CONVIVENCIA Y PROTOCOLOS 2019
1
Tabla de contenido TITULO I ..............................................................................................................................................4
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................................................4
CONVIVENCIA ESCOLAR (art. 16ª, ley 20.536) ...............................................................................4
Objetivo del reglamento de convivencia: ...................................................................................4
BASES LEGALES ...........................................................................................................................5
Artículo 1°:..................................................................................................................................5
MISIÓN: ......................................................................................................................................5
VISIÓN: .......................................................................................................................................5
SELLO: .........................................................................................................................................5
VALORES: ....................................................................................................................................5
COMPETENCIAS: .........................................................................................................................6
TITULO II .............................................................................................................................................7
DERECHOS Y DEBERES DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA .......................7
Artículo 2°...................................................................................................................................7
ROLES Y FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO ............................................................................7
DE LOS PROFESORES ................................................................................................................11
DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN ....................................................................................13
DE LOS PADRES Y APODERADOS: .............................................................................................14
DE LOS ESTUDIANTES ...............................................................................................................16
Artículo 3°.................................................................................................................................18
ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS
DISCIPLINARIAS. .............................................................................................................................18
TITULO III ..........................................................................................................................................19
DE LA ADAPTABILIDAD ESCOLAR ....................................................................................................19
Artículo 4°.................................................................................................................................19
Artículo 5°.................................................................................................................................19
Artículo 6°.................................................................................................................................19
Artículo 7°.................................................................................................................................20
DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS ................................................................20
DEFINICIÓN DE FALTAS Y MEDIDAS EDUCATIVAS ....................................................................20
Artículo 8°.................................................................................................................................21
DE CLASIFICACIÓN DE FALTAS AL REGLAMENTO DE DISCIPLINA ..............................................21
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Artículo 9°.................................................................................................................................23
DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES QUE CORRESPONDAN A LA FALTAS........................................23
Artículo 10°:..............................................................................................................................24
DE LA DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS ............................................................24
Artículo 11°...............................................................................................................................26
DEL DEBIDO PROCESO ..............................................................................................................26
Artículo 12°: ............................................................................................................................27
DEL RECURSO DE APELACION ...................................................................................................27
TITULO IV .........................................................................................................................................28
DISPOSICIONES FINALES ...................................................................................................................28
Artículo 13°...............................................................................................................................28
ANEXO DE PROTOCOLOS ..................................................................................................................29
ACCIDENTE ESCOLAR ....................................................................................................................29
ESTUDIANTES, PADRES, MADRES Y EMBARAZADAS .....................................................................30
Respecto del Período de Maternidad .......................................................................................30
PROTOCOLO DE ATRASOS AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR ..................................................32
PROTOCOLO PARA CASOS DE AUSENTISMO ESCOLAR REITERADO O AUSENCIAS INJUSTIFICADAS
.....................................................................................................................................................33
PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN ........................................................34
PROTOCOLO CIBERBULLYNG ........................................................................................................35
DEFINICIONES DE SITUACIONES DE RIESGO EN EL USO DE TIC: ALGUNOS DE LOS ATAQUES
POR MEDIOS VIRTUALES, MÁS COMUNES ...............................................................................35
PROTOCOLO DE CIBERBULLING O GROOMING ........................................................................37
PROTOCOLO EMERGENCIA EN CASO DE SISMO, INCENDIO U OTROS..........................................39
PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE DELITO................................................................................40
Responsabilidad Civil Penal ......................................................................................................40
PROTOCOLO CONSUMO DE ALCOHOL O DROGAS .......................................................................42
PROTOCOLO TRÁFICO DE DROGAS...............................................................................................43
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALTRATO FÍSICO, SICOLÓGICO GRAVE Y/O SITUACIONES DE
ABUSO SEXUAL .............................................................................................................................44
PROTOCOLO DE AGRESIONES FISICAS O VERBALES ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA ...................................................................................................................................45
AGRESION FISICA ENTRE ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO. ..................................................45
AGRESION VERBAL DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO ....45
3
AGRESION FISICA DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO ......46
AGRESION VERBAL DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ALUMNO O
APODERADO .............................................................................................................................46
AGRESION FISICA O SICOLOGICA DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN
APODERADO .............................................................................................................................46
AGRESION FISICA O SICOLOGICA DE UN ESTUDIANTE HACIA UN FUNCIONARIO DEL
ESTABLECIMIENTO ...................................................................................................................46
AGRESION VERBAL DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ESTUDIANTE ....47
AGRESION FISICA DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ESTUDIANTE .......47
AGRESION FISICA ENTRE APODERADOS ...................................................................................47
AGRESION FISICA O SICOLOGICA ENTRE FUNCIONARIOS .........................................................48
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TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
CONVIVENCIA ESCOLAR (art. 16ª, ley 20.536)
Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de
la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el
adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo
integral de los estudiantes.
Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los
Objetivos de Aprendizajes Transversales, y es una responsabilidad compartida por toda la
Comunidad Educativa.
La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en
distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos
ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos
Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones
de padres y apoderados/as.
El enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de
conocimientos, habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces
de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran
el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las
estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción
de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar
anticipadamente.
El Reglamento de Convivencia, por tanto, debe constituirse en un instrumento de gestión
de carácter formativo, que promueva el desarrollo personal y social de los y las estudiantes,
contemplando, al mismo tiempo, a los demás actores de la Comunidad Educativa.
Objetivo del reglamento de convivencia:
Otorgar un marco regulatorio a la gestión de la convivencia del establecimiento, junto con
servir de orientación al actuar de los diversos actores que conforman la Unidad Educativa,
a través de normas y acuerdos que definen los comportamientos esperados de todos los
actores, estableciendo criterios y procedimientos de carácter formativos para abordar las
discrepancias, los conflictos y las situaciones de violencia. Además, define sanciones y
medidas reparatorias proporcionales y ajustadas a derecho, susceptibles de aplicar.
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BASES LEGALES
Constitución Política de la República de Chile
Ley General de Educación N° 20.370 del 12/09/2009
Ley 20.536 del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Declaración Universal de los Derechos del Niño
Ley de Inclusión N° 20.845
Ley N° 20.536 de Violencia escolar
Ley N° 21.128 Aula Segura
Junto con el marco referencial del Proyecto Educativo Institucional
Artículo 1°:
El Liceo “Gabriela Mistral”, de la Comuna de La Serena asume como Misión, Visión y Valores
orientadores de su accionar los declarados en su Proyecto Educativo;
MISIÓN:
Ser un referente en la formación de personas con un destacado desarrollo de
habilidades sociales e intelectuales.
VISIÓN:
Formación integral de los estudiantes para que sean un aporte positivo a nuestra
sociedad.
SELLO:
Superación académica y continuidad de estudios.
VALORES:
Respeto: Hacia sí mismo y a los demás, siendo capaz de relacionarse con todos los
miembros de la Comunidad Educativa en forma afectiva y grata, bajo la premisa de
que el respeto a los demás, es el respeto consigo mismo.
Honestidad: Cada estudiante deberá ser capaz de actuar con transparencia y
rectitud de acuerdo a los propios principios y valores, que promueve la familia y la
Comunidad Educativa.
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Tolerancia: Respeto a las ideas, valores, creencias o prácticas de los demás, sean
estas distintas a las propias, dentro de las relaciones interpersonales voluntarias o
involuntarias
COMPETENCIAS:
Compromiso: Cada estudiante deberá ser capaz de identificarse con el quehacer y
propósito del establecimiento, esforzándose para cumplir con sus obligaciones en
tareas, horarios, plazos y fechas convenidas.
Excelencia: Elevar el potencial intelectual de cada uno de los estudiantes, quienes
pueden fijase metas a las que lleguen mediante el intercambio académico con sus
pares y profesores
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TITULO II DERECHOS Y DEBERES DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Artículo 2°
Todos los integrantes de la comunidad educativa: Directivos, Profesores, Profesionales de
apoyo, Asistentes de la Educación, Padres y/o Apoderados y Estudiantes, deberán promover
y asegurar una sana convivencia escolar y realizar su labor dentro del marco del respeto
mutuo y la tolerancia.
ROLES Y FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO
PERFIL DEL CARGO
Director(a) Ser un(a) líder Pedagógico, Dinámico(a), gestionador(a), optimista, con perfeccionamiento y experiencia en el cargo. Habilidades y destrezas en comunicación.
Jefe(a) UTP Líder pedagógico con habilidades comunicacionales y perfeccionamiento técnico - pedagógico.
Evaluador(a) Líder pedagógico con perfeccionamiento en evaluación.
Inspector(a) General
Ser un(a) líder pedagógico, gestionador(a), empático(a) y resolutivo(a)., con perfeccionamiento acorde al cargo.
Orientador(a) Ser un(a) líder con perfeccionamiento en Orientación, con habilidades y destrezas sociales.
Encargado(a) Convivencia
Ser un líder con experiencia en el área de Convivencia, resolución pacífica de conflictos y mediación escolar
ROLES
Director(a) Responsable de la unidad educativa tendiente a consagrar los éxitos pedagógicos de todas las estudiantes al amparo del marco de la buena dirección y el Proyecto Educativo Institucional.
Jefe(a) UTP Responsable de coordinar y apoyar la gestión institucional a través del asesoramiento y apoyo pedagógico a los directivos y docentes en materias de gestión curricular.
Evaluador(a) Responsable de planificar, coordinar y monitorear las actividades de evaluación de la comunidad educativa.
Inspector(a) General
Responsable de la aplicación a cabalidad del Reglamento de Convivencia Escolar en la comunidad educativa, articulado con el Departamento de Orientación. y el Proyecto Educativo Institucional.
Orientador(a) Responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional y vocacional de la comunidad liceana., articulando con el Reglamento de Convivencia Escolar y el Proyecto Educativo Institucional.
Encargado(a) Convivencia
Responsable de conocer y comprender el enfoque formativo de convivencia escolar planteada en la Política Nacional de Convivencia Escolar y gestionar su implementación
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FUNCIONES
Director(a) Lograr las metas del establecimiento establecidas en el PEI y en el PME, coordinando las acciones con la comunidad escolar.
Gestionar recursos materiales y financieros, facilitando y potenciando las actividades de enseñanza, los aprendizajes para todas las alumnas y los resultados institucionales.
Gestionar los recursos humanos del establecimiento con el sostenedor. Mantener la información institucional actualizada en la base de datos del MINEDUC y
sostenedor. Favorecer en el establecimiento un ambiente estimulante al trabajo, promoviendo relaciones
humanas basadas en el respeto, la confianza y el compromiso, que permitan una convivencia armónica y un trabajo en equipo.
Crear canales de comunicación expeditos y efectivos que favorezcan el mejoramiento del Proceso Educativo.
Potenciar la convocatoria a: Consejos Escolares, de Profesores, administrativos, técnicos, de evaluación y coordinación de los diferentes departamentos y redes de apoyo.
Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del recinto escolar.
Gestionar una comunicación fluida entre el Liceo, el sostenedor, MINEDUC y todas las redes establecidas.
Contemplar acciones destinadas a la implementación de estrategias de capacitación del personal docente.
Motivar el trabajo en equipo. Tomar decisiones frente a situaciones no contempladas en el reglamento de convivencia y que
requieran una respuesta o intervención inmediata. Conducir los talleres de análisis y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. Informar y difundir el Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento Educativo
frente a la comunidad escolar. Vincular al Liceo con los organismos de la comunidad. Informar periódicamente al Equipo Directivo sobre las actividades de gestión directivos
desarrolladas.
Jefe(a) UTP Coordinar y conducir los procesos de planificación curricular, evaluación y orientación. Asesorar al director en el área curricular. Confeccionar horarios de profesores y cursos en conjunto con Inspectoría General. Coordinar e implementar actividades de estudiantes en práctica. Coordinar e implementar visitas de acompañamiento en el aula. Articular la puesta en práctica del Proyecto de Mejoramiento Educativo del Liceo. Detectar necesidades en el desempeño docente y proporcionar apoyos necesarios. Diseñar planes de reforzamiento para alumnas con aprendizajes deficitarios. Programar y coordinar los talleres técnicos de planificación, metodología, evaluación y
orientación. Coordinar los talleres por asignatura, con el fin de mejorar e innovar en las prácticas
pedagógicas vigentes. Conducir los talleres de análisis y evaluación del Plan de Mejoramiento Educativo. Planificación de las acciones, monitoreo y seguimiento del Plan de Mejoramiento. Revisar y monitorear los libros de clase, exigiendo a los docentes el cumplimiento de esta
función, cuando proceda. Atender las situaciones emergentes o programadas que tengan que ver con el tema curricular. Atender a las estudiantes y/o Padres y apoderados en aspectos curriculares. Informar periódicamente al Equipo Directivo sobre las actividades de gestión curricular
desarrolladas.
Evaluador(a) Manejar y conocer el reglamento de evaluación. Dar a conocer el Reglamento de Evaluación, orientando al profesorado hacia la correcta
interpretación de las disposiciones legales reglamentarias vigentes sobre evaluación y promoción de las estudiantes.
Asesorar a los docentes en las etapas de organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de enseñanza aprendizaje.
Monitorear el rendimiento escolar de forma permanente.
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Mantener estadísticas mensuales de calificaciones por nivel, docente y asignatura. Detectar problemas de rendimiento, con el fin de disminuir las tasas de repitencia o deserción. Analizar y proponer medidas referentes a resultados de aprendizajes, parciales, semestrales y
anuales. Programar y ejecutar sesiones de trabajo, talleres seminarios, foros, paneles, etc., para
estudiar y analizar las variadas técnicas de evaluación y los distintos recursos didácticos. Informar periódicamente al Equipo Directivo sobre las actividades de evaluación desarrolladas. Velar por la confiabilidad y validez de los instrumentos de evaluación utilizados por los
profesores, supervisando la aplicación de técnicas e instrumentos. Establecer y sugerir diseños y/o modelos evaluativos. (Formato de evaluación institucional-
SIMCE- PSU) Calendarizar las evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas, de acuerdo con las
disposiciones vigentes. Monitorear el correcto uso del libro de clases, verificando calificaciones y fechas de
evaluaciones. Atender a las estudiantes y/o Padres y apoderados en temas de evaluación. Calendarizar evaluaciones a las estudiantes con inasistencias prolongadas. Dirigir los consejos técnicos evaluativos. Facilitar y apoyar las evaluaciones externas, cautelando que sean conducentes a mejorar los
aprendizajes.
Inspector(a) General
Colaborar directa y personalmente con la(el) Directora en organizar, coordinar y supervisar actividades del establecimiento.
Supervisar la disciplina y controlar la asistencia de las alumnas. Programar, coordinar y controlar las labores y horario del personal docente, administrativo y
auxiliar. Coordinar la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Escolar. Cautelar el cumplimiento del Reglamento de Convivencia Escolar. Revisar y monitorear la asistencia en la plataforma del sostenedor, articulándola con el SIGE. Mantener un registro actualizado por alumna de sus atrasos e inasistencias, con informe al
apoderado, cuando éstas superen lo indicado en el Reglamento. Efectuar matricula de alumnas al inicio y durante el periodo del año lectivo. Supervisar el libro Registro de Salida de alumnas según Indicaciones de la Superintendencia de
Educación. Coordinar el uso de todas las dependencias del Liceo. Confeccionar horarios de profesores y cursos en conjunto con UTP. Atención de padres y apoderados en las temáticas de matrícula y aspectos disciplinarios. Realizar consejos disciplinarios. Coordinar el proceso de matrícula. Velar por la buena presentación y aseo del liceo. Programar, coordinar y evaluar las labores de los(as) asistentes de la educación. Coordinar la derivación y seguimiento de casos al Departamento pertinente. Mantener informada a la comunidad educativa de las decisiones y medidas disciplinarias
acordadas. Coordinar la articulación y vinculación con el Departamento de Orientación. Informar periódicamente al Equipo Directivo sobre las actividades de Inspectoría General y
Convivencia Escolar desarrolladas.
Orientador(a) Elaborar un Plan de Orientación anual. Monitorear la aplicación del material de orientación grupal. Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso. Orientar a los estudiantes en el proceso de desarrollo personal. Coordinar, asistir y supervisar la acción educativa del Profesor Jefe. Atender a las estudiantes y/o Padres y apoderados en temas de orientación. Supervisar y monitorear el registro de anotaciones en el libro de clases. Informar, comunicar y apoyar administrativamente a las jóvenes que estén en Proceso de
Opción Vocacional. Identificar problemas de las alumnas y proponer soluciones en conjunto con Inspectoría
General, Unidad Técnica y equipos. Coordinar las escuelas para padres.
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Relacionar al Colegio con la Universidad y entidades de la Educación Superior. Coordinar el Proceso de Ingreso a la Educación Superior e inscripción a Prueba de Selección
Universitaria (PSU). Coordinar el proceso de postulaciones a becas. Cumplir con los requerimientos de entidades externas en el seguimiento de casos del ámbito
psicosocial. Coordinar y organizar las visitas a instituciones de educación superior y ferias vocacionales. Coordinar visitas y charlas de instituciones de educación superior al establecimiento. Coordinar visitas domiciliarias con las profesionales del equipo psicosocial. Orientar a las madres adolescentes embarazadas durante su proceso educativo. Atención de padres y/o apoderados para resolver aspectos de beneficios escolares y
orientación. Coordinar con las redes de apoyo externas e internas la derivación de alumnas que requieran
una atención específica. Articular con Inspectoría General el seguimiento de casos abordados del reglamento de
Convivencia Escolar. Coordinar e implementar visitas de acompañamiento en el aula en la hora de Consejo de Curso
y Orientación. Informar periódicamente al Equipo Directivo sobre las actividades de Orientación
desarrolladas.
Encargado(a) Convivencia
Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el Consejo Escolar.
Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar Elaborar el Plan de acción sobre Convivencia Escolar Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de
situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la
elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia
Aplicar protocolos de acción frente a situaciones de violencia y/o acoso escolar de acuerdo a la Ley de Violencia Escolar N° 20.536 del año 2010, Reglamento interno y de Convivencia Escolar de Establecimiento
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DE LOS PROFESORES
Derechos
De los derechos de los docentes dispuestos en la ley 20.501 artículo n°8 en el cual se cita lo
siguiente:
El profesor gozará de un trato digno y respetuoso por parte de sus jefaturas, sus
colegas, padres o apoderados y sus estudiantes.
Todos los docentes tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su
dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o
degradantes por parte de ningún integrante de la Comunidad Educativa.
Los docentes tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos
de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las
instituciones de acuerdo con los principios y derechos contemplados en el
Reglamento de Convivencia.
Todos los docentes tienen derecho a perfeccionarse permanentemente para
actualizar sus conocimientos y mejorar su desempeño profesional y su desarrollo
personal.
El profesor tiene derecho a un trabajo colaborativo con los demás colegas para un
mutuo enriquecimiento, intercambiando estrategias y materiales metodológicos.
Proponer iniciativas para el progreso del Establecimiento
Recibir colaboración por parte de toda la Comunidad Educativa en su labor.
Artículo 8° bis.- Los profesionales de la educación tienen
derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto
mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su
integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser
objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos
psicológicos por parte de los demás integrantes de la
comunidad educativa.
Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física
o psicológica cometida por cualquier medio, incluyendo los
tecnológicos y cibernéticos, en contra de los profesionales
de la educación. Al respecto los profesionales de la
educación tendrán atribuciones para tomar medidas
administrativas y disciplinarias para imponer el orden en
la sala, pudiendo solicitar el retiro de alumnos; la
citación del apoderado, y solicitar modificaciones al
reglamento interno escolar que establezca sanciones al
estudiante para propender al orden en el establecimiento.
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Deberes de los docentes:
El docente debe planificar su trabajo conforme a los lineamientos establecidos en el
Marco de la Buena Enseñanza, los Programas de Estudio y Estándares Indicativos de
Desempeño del Currículum Nacional.
Orientar vocacionalmente a sus estudiantes cuando corresponda.
Desarrollar y fomentar Aprendizajes Significativos en sus estudiantes.
Establecer y conservar buenas relaciones laborales con sus colegas favoreciendo la
articulación Pedagógica entre asignaturas.
Adecuar contenidos y metodologías según las necesidades particulares de sus
estudiantes, favoreciendo estándares óptimos de aprendizaje.
Visualizar a sus estudiantes como personas en formación, que requieren de su ayuda
para realizarse como personas con conocimientos y actitudes ligadas a los valores
de convivencia social, manteniendo un seguimiento semanal de estas en su
quehacer pedagógico.
Ser puntual en sus horarios de trabajo, tanto en el ingreso y retiro de la Unidad
Educativa, como en el cumplimiento de los horarios pedagógicos frente a
estudiantes y/o en actividades complementarias de preparación de la enseñanza.
Mantener relaciones de comunicación con sus apoderados en forma fluida,
favoreciendo el proceso educativo de los estudiantes que atiende
Desarrollar sus labores administrativas en forma sistemática y oportuna
favoreciendo así, la gestión global de la institución.
Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente, según cronograma
establecido por MINEDUC.
Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los
derechos de los estudiantes, y tener un trato respetuoso y sin discriminación
arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
Informar a Inspectoría la situación de inasistencias excesivas de sus estudiantes.
Citar a los apoderados cuando sus estudiantes tengan acumulados más de tres
observaciones negativas.
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DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
Derechos
Trabajar en un ambiente digno y adecuado a la labor que realiza.
Recibir un trato respetuoso por parte de todos los integrantes de la Unidad Educativa.
A ser informado de las actividades planificadas por el establecimiento o participar,
por medio de un representante, en el Consejo Escolar.
Hacer uso de las dependencias del Liceo previamente solicitadas y autorizadas por
el Director.
Deberes
Desarrollar sus labores según funciones asignadas y contrato laboral.
Realizar tareas administrativas de atención de público, organización y elaboración
de documentos, registros, varios, etc.
Atender situaciones conflictivas que sean generadas por estudiantes durante sus
tiempos de recreación o derivarlas al Inspector General, si fuesen graves.
Realizar turnos de vigilancia durante los recreos y horas libres en patios y pasillos
asumiendo una actitud de trato respetuoso y cordial con los estudiantes.
Colaborar en eventos, ceremonias, levantamiento de escenografías, exposiciones, diarios
murales, etc.
Contribuir con su presencia y consejos oportunos a la prevención de accidentes
escolares durante la permanencia de los estudiantes fuera de la sala.
Velar porque estudiantes no deambulen fuera de la sala en horario de clase, e
informar al Inspector General o profesor
Acompañar a los estudiantes que son enviados a un centro asistencial. Siempre y
cuando el apoderado no se presente rápidamente.
Colaborar en actividades complementarias del proceso educativo.
Atender en forma rápida a las necesidades emergentes solicitadas por un Directivo.
Mantener un seguimiento semanal de asistencia y comportamiento de los cursos bajo su
cargo informando a inspectoría general el último día hábil de la semana.
Apoyar en la elaboración y construcción de materiales o herramientas de apoyo a la gestión
educativa. (Diarios Murales, otros)
Asumir tareas de control y monitoreo que les sean asignados: atrasos, asistencia, etc.
Realizar tareas que le asigne el jefe directo fuera del establecimiento.
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DE LOS PADRES Y APODERADOS:
Los padres y apoderados, por razón natural, son los primeros educadores de sus hijas e
hijos, su cooperación, apoyo y comprensión con el Liceo es indispensable para lograr los
objetivos educacionales que el establecimiento se ha propuesto. El liceo requiere y espera
que sus apoderados cumplan con los siguientes requisitos:
Derechos
A participar activamente en el proceso de aprendizaje de su hija(o) o pupila(o).
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los integrantes de la
Unidad Educativa.
Derecho a recibir oportunamente informes académicos, al igual que la
documentación de su pupila(o) para los fines que estime convenientes.
Derecho a ser recibido y atendido por las autoridades del establecimiento.
Informarse de los registros de anotaciones que afecten a su hija(o) o pupila(o).
Derecho a ser informados de todo accidente escolar que sufra su hija(o) o pupila(o).
A organizarse con sus pares.
Solicitar entrevista personal con su profesor jefe o de asignaturas en horarios y
fechas establecidas por el establecimiento.
Proponer acciones que beneficien a su hija(o) o pupila(o) y a todo el
establecimiento.
Participar de todas las reuniones programadas para su curso.
A apelación de cualquier medida disciplinaria aplicada por el establecimiento en los
plazos establecidos.
Matricular a su hijo(a) o pupilo(a) en las fechas según Calendario regional de
Educación y/o del Establecimiento.
Deberes
Debe conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y velar porque su pupila (o)
cumpla con las disposiciones contenidas en éste.
Será apoderado por derecho propio sólo el padre o la madre
del estudiante, o su tutor legal cuando sea el caso.
Excepcionalmente, se aceptará como apoderado a una persona
debidamente autorizada por los padres o el tutor legal. En
caso de que la actitud del apoderado(a) se contraponga a
los principios y valores del Liceo, la Dirección se reserva
el derecho de pedir cambio de éste.
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Mantener un número actualizado y habilitado permanentemente para contacto
telefónico entre el Liceo y la familia.
Mantener un trato digno y respetuoso con todos los integrantes de la Comunidad
Educativa
El apoderado perderá su calidad de tal frente al Liceo en las siguientes situaciones:
agresión verbal o física a cualquier funcionario del establecimiento.
Asistir a toda reunión o citación formalmente convocada por el Establecimiento
(carácter obligatorio).
Justificar personalmente toda inasistencia de su pupila(o) a clases regulares o
actividad planificada por la institución.
Formalizar con su firma en el Libro de Salidas de estudiantes en Inspectoría General
todo retiro excepcional de su hija(o) o pupila(o) en jornada de clases.
Responder, con la reparación, todo daño o perjuicio causado por su hija(o) o
pupila(o) a toda estructura de propiedad del Liceo o de un tercero, dentro del
establecimiento.
Velar que su hija(o) o pupila(o) asista a clases en óptimas condiciones de
presentación personal, salud física, alimenticia, emocional y a la hora que
corresponde al inicio de la jornada, a fin de optimizar el normal desarrollo de sus
actividades académicas.
El apoderado deberá esperar la información oficial del Liceo frente a cualquier
situación especial que afecte a su pupila(o) durante la jornada escolar respetando
para esto el debido conducto regular que es la Agenda institucional
Avisar oportunamente a Inspectoría General toda ausencia de su pupila(o) a clases
y dar la justificación correspondiente.
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DE LOS ESTUDIANTES
Derechos
Derecho a no ser discriminada(o) por ningún motivo.
Ser respetada(o) en su integridad física y psíquica, además, recibir un trato
respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa
A recibir una formación y educación acorde con el Marco Curricular nacional vigente.
A recibir una formación y educación acorde con los lineamientos de la Misión de
nuestro establecimiento.
Participar en todas las actividades que se desarrollen en el establecimiento, acordes
al nivel educacional que cursen.
Acceder a beneficios de tipo social según corresponda tales como: alimentación
escolar, atenciones médicas (oftalmólogo, otorrino, odontólogo, traumatólogo,
nutricionista, etc.) según orientaciones de los organismos competentes tales como:
JUNAEB, Servicio de Salud, Ministerio de Educación, Corporación Municipal, otros.
En caso de accidente escolar dentro del establecimiento y también de trayecto
directo, el estudiante accederá al Seguro Escolar. (según Protocolo de actuación
frente a accidente escolar).
A recibir atención en sus NEE cuando sea matriculado(a) en el Proyecto de
Integración.
Ser informado de las causas, motivos y las consecuencias de la aplicación de una
medida disciplinaria formativa o de alguna observación en el libro digital.
Derecho a elevar una solicitud a la Dirección del Establecimiento cuando no se
cumpla con el mínimo del 85% presentando la documentación que lo avale.
Deberes
Ingresar al Establecimiento a las 7:50 para iniciar la clase a las 8:00
Asistir a todas las clases, y todas las actividades pedagógicas programadas por el
establecimiento.
Asistir todos los días a clases con material y equipamiento necesarios para poder
participar activamente en el desarrollo de esta.
El estudiante debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada
escolar.
Debe asistir como mínimo un 85% a clases anual, para poder ser promovido
Todos los estudiantes que asistan a clases regulares en el Liceo deberán cumplir con
las siguientes disposiciones respecto del uniforme escolar:
DAMAS y VARONES
Polera Institucional
Buzo institucional
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Zapatillas negras
Parka o chaqueta negra
Sin piercing
Sin maquillaje
Varones con cabello corto y afeitados
Para la clase de Educación física las(los) estudiantes deben presentarse con:
DAMAS y VARONES
Polera blanca
Short negro (varones)
Calzas negras (damas)
Zapatillas negras
Implementos de aseo personal
NO podrán utilizar ningún artefacto electrónico de uso personal, a excepción
de ser solicitados por el profesor, tales como: computador, cámara
fotográfica, celular, pendrive, o cualquier reproductor de música o juegos.
NOTA: El uso y cuidado de cualquier artefacto (Notebook,
celulares, alisadores, parlante, radios, etc.) no requerido
para actividades de clase, es de absoluta responsabilidad
de quien lo porte y el Establecimiento NO SE RESPONZABILIZA
por su pérdida o deterioro.
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Artículo 3°
ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
En el caso que un estudiante incurra en alguna falta al Reglamento de Convivencia, se
adoptarán las siguientes estrategias formativas y de acompañamiento, antes de aplicar las
medidas de observación, derivación, suspensión, condicionalidad, expulsión y cancelación de
matrícula.
La información quedara registrada en la Hoja de Vida del estudiante
ESTRATEGIAS DE APOYO RESPONSABLES
Entrevistas a el estudiante que presente problemas disciplinarios, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.
Profesor jefe o de asignatura
Entrevistas a los padres del estudiante que presenten problemas disciplinarios, para informarle la situación, de los acuerdos con el estudiante y establecer acciones de apoyo. Posteriormente, de ser necesario, se derivará con informe escrito a equipo pertinente.
Profesor jefe o de asignatura
Se brindará apoyo pedagógico y sicosocial al estudiante y su familia según corresponda
Equipo de Convivencia o PIE Orientadora
Seguimiento a estudiantes que están siendo tratados por especialistas externos.
Equipo de Convivencia o PIE
Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a estudiantes que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.
Equipo de Convivencia o PIE
Aplicación de protocolos de mediación, negociación o arbitraje cuando corresponda.
Equipo de Convivencia o PIE Orientadora
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TITULO III DE LA ADAPTABILIDAD ESCOLAR
Artículo 4°
La Unidad Educativa orientará sus esfuerzos organizacionales a crear las condiciones para
posibilitar el desarrollo y crecimiento personal de todos sus estudiantes, procurando a
través de todos sus recursos, que los estudiantes identifiquen y vivencien los principios y
valores propios de un ambiente de sana convivencia, que favorezcan el desarrollo de las
actividades de la comunidad escolar.
Artículo 5°
El Establecimiento aplicará un proceso de seguimiento a los estudiantes a través de
registros de antecedentes personales, implementados y organizados por curso, donde se
informará de las situaciones que representen actitudes positivas y comportamientos que
den cuenta de dificultades de adaptabilidad escolar.
Artículo 6°
A efecto de destacar actitudes positivas de los estudiantes, se podrán efectuar las siguientes
acciones, conforme a las características de la situación:
Felicitaciones en forma verbal, la podrá realizar cualquier miembro de la Unidad
educativa
Felicitaciones con constancia escrita en los documentos del establecimiento. La
realiza cualquier miembro de la unidad educativa.
Reconocimiento público en actos oficiales, cuadro de honor, diarios murales, página
web del establecimiento u otros. La efectúa cualquier miembro del personal del
establecimiento que tenga a su cargo la responsabilidad de las tareas y/o acciones
antes mencionadas.
Para el efecto de la aplicación del inciso precedente se considerarán actitudes positivas
destacadas, entre otras, las que evidencien la presencia de los siguientes valores:
a. Responsabilidad, autonomía
b. Solidaridad
c. Perseverancia y tenacidad
d. Consecuencia, compromiso.
e. Espíritu de superación.
f. Creatividad, espíritu explorador.
g. Honradez, honestidad y lealtad
h. Rendimiento académico.
i. Espíritu colaborativo
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Artículo 7°
DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
DEFINICIÓN DE FALTAS Y MEDIDAS EDUCATIVAS
Para educar en la sana convivencia escolar, se hace necesario establecer consecuencias
frente a la trasgresión de normas. El no cumplimiento de estas normas, se consideran faltas,
teniendo éstas, distintas categorías.
Para evaluar adecuadamente la gravedad de una falta, en leve, grave o gravísima, es
necesario haber definido previamente algunos criterios generales de evaluación, los que
deben ser conocidos por todos los miembros de la comunidad escolar.
Las faltas de los estudiantes se clasifican en leves, graves y gravísimas, distinguiéndose en
su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas disciplinarias.
Faltas leves:
Serán consideradas como Faltas Leves aquellas actitudes y comportamientos que alteren el
normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucren daño físico o
psíquico propio o a otros miembros de la comunidad.
Una trasgresión leve será atendida y encauzada por el agente educativo que la observe, en
función de promover en el estudiante, la reflexión de manera individual y con un carácter
educativo, enfatizando lo que se espera de ella, el significado o importancia del valor
trasgredido, con el fin de ayudarle a internalizar la norma. Se le pedirá realizar un acto
reparador, compatible con el valor o norma: por ejemplo, pedir disculpas, recoger lo que
botó, arreglar lo que rompió, disminuir los atrasos, no usar el celular en clases, entrar a
tiempo a la sala de clases, etc.
En caso de ser necesario, la persona que observa la trasgresión, llamará la atención
verbalmente al estudiante y/o comunicará al apoderado la situación, con miras a buscar
colaboración mutua, en la situación y efectos de ella.
Si la situación lo amerita el profesor o el inspector deja registro de lo sucedido en la hoja de
vida del estudiante.
Faltas Graves:
Son faltas graves aquellas que atentan contra la sana convivencia y/o vulneran la dignidad
de la persona. Pueden ser faltas de respeto hacia sí mismos, hacia otros miembros de la
comunidad, a las normas, instalaciones, valores y tradiciones del Establecimiento
Educacional, el medio ambiente y seguridad del individuo o comunidad. Además, se
consideran faltas graves aquellas que causan perjuicios a otras personas, la propiedad
privada o pública.
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La persona que observa la trasgresión, comunicará al apoderado la situación, con miras a
buscar colaboración mutua, en la situación y efectos de ella y se dejará registro en la hoja
de vida del estudiante
Faltas Gravísimas:
Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psíquica propia o de
terceros, así como acciones deshonestas que afecten significativamente los valores del
liceo, agresiones, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robos, abuso sexual,
agresiones, tráfico y consumo de drogas, o el acoso escolar, etc.
Las trasgresiones gravísimas son objeto de especial evaluación por parte del Equipo de
Gestión, quién podrá convocar a un consejo de profesores de curso de carácter consultivo,
cuyo fin será aportar antecedentes u orientaciones para una toma de decisión justa y
pertinente al caso.
Frente a este tipo de faltas, cualquier integrante del Equipo de Gestión derivará a quién
corresponda (Orientación, Equipo de Convivencia, Investigaciones o Carabineros),
posteriormente se realizará la derivación a Convivencia y Orientación para un
acompañamiento y seguimiento pedagógico, formativo y sicosocial.
Artículo 8°
DE CLASIFICACIÓN DE FALTAS AL REGLAMENTO DE DISCIPLINA
Faltas leves
Llegar atrasado en la jornada de la mañana y entre horas.
Asistir al colegio sin uniforme completo, sin útiles escolares y sin agenda
institucional.
No comunicar al apoderado las citaciones.
Hacer mal uso de dependencias del Establecimiento (Biblioteca, salas de clase,
baños, laboratorios, etc.)
Interrumpir el normal desarrollo de la clase.
Faltas Graves
Falta de respeto a sus pares y/o a otros miembros de la comunidad de manera verbal
(decir improperios, gritar groserías, etc.) o gestual (gestos groseros o amenazantes,
etc.)
Actitud deshonesta en una evaluación o negarse a desarrollar una evaluación.
Presentar un trabajo de tercero como propio.
Salir de la sala de clases sin autorización.
Deteriorar o destruir materiales o útiles escolares de compañeros, propios o del
Establecimiento.
Falsificación de justificativos o comunicaciones.
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Responder con engaños o mentiras ante indagaciones practicadas por funcionarios
del Establecimiento Educacional.
No ingresar a aula estando presente en el Establecimiento educacional.
Actos injustificados que perturben el normal funcionamiento de las actividades del
Establecimiento Educacional.
Incumplimiento de sanciones impuestas.
Grabar, filmar o capturar imágenes utilizando cualquier medio audiovisual, sin el
previo consentimiento de las personas involucradas.
Faltas Gravísimas
Mal uso, daño o destrucción de bienes del colegio.
Adulterar o falsificar documentos oficiales del Liceo.
Abandono del Liceo en forma furtiva poniendo en riesgo su integridad.
Participar en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto
escolar o en salidas pedagógicas externas que atenten contra la dignidad de terceros
Uso de fotos no autorizadas para denostar en forma pública
Portar, guardar o utilizar armas (de fuego, corto punzantes, elementos
contundentes, entre otros) y/o artículos explosivos, corrosivos o peligrosos que
constituyan un potencial riesgo para la propia integridad física y/o la de los demás.
Portar, promover, vender y/o consumir alcohol, cigarrillos, drogas o cualquier
sustancia tóxica dentro del establecimiento educacional y/o en sus inmediaciones
y/o Presentarse en estado de intemperancia, ya sea alcohol, marihuana o drogas en
general.
Insultar, amenazar y/o burlarse de la incapacidad física de algún integrante de la
comunidad educativa.
Amenazar en la vía Pública a funcionarios de la Comunidad Educativa
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Artículo 9°
DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES QUE CORRESPONDAN A LA FALTAS
GRAVEDAD FALTA
MEDIDAS O SANCIONES AUTORIDAD FACULTADA
PARA DISPONER DE LA SANCIÓN
Leve Amonestación verbal y/o escrita, Acto reparatorio personal. Citación del apoderado de ser necesario
Todo funcionario de la Comunidad Educativa
Grave Registro escrito en la hoja de vida del estudiante. (1° falta)
Citación a apoderado (2° Falta) Asistencia a Convivencia para atención de dupla
psicosocial (3° Falta) Suspensión de clases por 1 día (4° Falta) Matrícula Condicional (5° Falta) Adecuación curricular del proceso educativo por un
periodo de un semestre donde el estudiante tendrá derecho a rendir pruebas estando alejado del aula. (6° Falta). Vencido este plazo el estudiante se reintegra en forma normal el segundo semestre o al año siguiente
Profesor (1° y 2° Falta) Equipo Directivo
Gravísima Registro escrito en la hoja de vida del estudiante, citación a apoderado, asistencia a Convivencia para aplicación de protocolo correspondiente y se aplica la suspensión por tres días (1° falta)
Matrícula Condicional (2° Falta) Adecuación curricular del proceso educativo por un
periodo de un semestre donde el estudiante tendrá derecho a rendir pruebas estando alejado del aula. (3° Falta). Vencido este plazo el estudiante se reintegra en forma normal el segundo semestre o al año siguiente.
Si al reintegrarse el estudiante reincide en una falta gravísima se aplicará la expulsión del Establecimiento
Si el estudiante al año siguiente volviera a matricularse y comete otra falta gravísima se procederá a la cancelación de su matrícula
Profesor (1° Falta) Equipo Directivo
NOTA: Frente a situaciones de violencia y donde un miembro de la
familia (padre, madre, tutor y/o hermanos) o el estudiante
involucrado profieran amenazas de hacer justicia con
posterioridad en contra del otro estudiante, siendo algún miembro
de la comunidad educativa testigo del hecho, se procederá en
forma inmediata a aplicar la adecuación curricular del proceso
educativo por un periodo de un semestre, donde tendrá derecho a
rendir pruebas manteniéndose alejado del aula.
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Artículo 10°:
DE LA DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Ante una evidente situación o transgresión de la normativa vigente de la unidad educativa,
se podrán aplicar las siguientes medidas disciplinarias conforme a la gravedad de la
situación y/o falta cometida y acorde a la edad de la(el) estudiante se graduarán las
sanciones. Teniendo en cuenta su grado de madurez se categorizarán de acuerdo a los
siguientes niveles de la Formación General Media.
Acto reparatorio personal:
Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar
el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por
la víctima.
Amonestación verbal:
Consiste en hacer ver al estudiante acerca de lo inadecuado de su conducta, de las
repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no
cometerla nuevamente y hacerle comprender que esta conducta se opone a una buena y
sana convivencia al vulnerar derechos de otros miembros de la comunidad educativa.
La aplica cualquier miembro del personal. La persona que aplique la amonestación verbal
deberá:
Clarificar el conflicto y sus alcances negativos, en especial si posee consecuencias de
vulneración de derechos de terceros;
Aceptación y reconocimiento mutuo y personal de responsabilidades en la
generación del conflicto.
Motivarle a resolver el conflicto apelando a sus capacidades y Habilidades de
comunicación y entendimiento.
Negociar soluciones y reparar el daño que pudiere haberse producido.
Concienciar respecto de las actitudes y valores del perfil deseable del estudiante del
establecimiento.
Amonestación con constancia escrita en documentos oficiales y registros del
establecimiento:
Corresponde al llamado de atención registrado en la Hoja de Vida del estudiante u otro
documento oficial del establecimiento. Este registro debe señalar objetivamente el hecho
o conducta causal de la amonestación, los valores que la actuación compromete, acciones
de mejoramiento para la modificación o superación de la conducta observada o de los
rasgos descendidos. La aplica cualquier funcionario del Liceo.
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Citación al Apoderado
Consiste en la citación a entrevista del apoderado a objeto de informar el comportamiento
de su pupila(o) que transgrede las normas institucionales y comprometer su intervención
en la realización de acciones que posibiliten el logro de actitudes y vivencia de valores
deseables para una sana convivencia.
La medida de Citación de Apoderado la aplica cualquier funcionario del Liceo, los que
deberán informar a Inspectoría General.
La entrevista al apoderado deberá registrarse en la hoja de vida del estudiante.
Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento
Corresponde al alejamiento temporal, de uno a tres días, del estudiante a la sala de clases
a efecto de resguardar los derechos fundamentales de uno o más o miembros de la
comunidad escolar. Esta medida se aplica cuando quien realizó una acción que se convierte
en una amenaza a terceros vulnerando con su actuar los derechos de los mismos, ya sea a
través de agresión física, psicológica o verbal denigrando a cualquier miembro del
establecimiento a través de lenguaje soez, vulgar.
La impone el Director(a) y/o la Inspectora General, previo estudio de los antecedentes de
la situación que la amerita, comunicando el mismo día al apoderado.
Quien aplique esta sanción determinará el número de días conforme a la gravedad de la
falta, siendo un máximo de 3 días.
La aplicación de esta sanción, deberá registrarse en la hoja de entrevista de la(el) estudiante
otro documento oficial del establecimiento. A su vez, deberá señalarse la falta que motivó
la sanción, el período de suspensión, las acciones de mejoramiento o modificación de
conducta y el compromiso o participación del apoderado en el proceso, bajo firma.
Condicionalidad de Matrícula
Consiste en establecer como condición para la continuidad de la(el) estudiante en su calidad
de tal en el establecimiento, el requerimiento de modificación de una o más de sus
conductas contrarias a la esencia de la sana convivencia, y que se contraponen a lo
establecido en este reglamento, es aplicada por el equipo Directivo y comunicada a su
apoderado.
Adecuación curricular del proceso educativo
Corresponde al alejamiento del aula del alumno por el periodo del semestre que se
encuentre rindiendo donde asistirá a rendir solo las evaluaciones correspondientes
teniendo el apoyo pedagógico y sicosocial que requiera, esta sanción es SOLO por el
semestre que esté rindiendo y al siguiente se reintegra en forma normal.
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La aplicación de esta sanción la realizará la Dirección, deberá registrarse en la hoja de vida
de la(el) estudiante y se debe realizar la comunicación al apoderado bajo firma.
La expulsión
Es una medida disciplinaria excepcional que se aplica durante el transcurso del año escolar
lo que significa que el estudiante debe retirarse del establecimiento. Se llevará a cabo
cuando:
Su causal esté descrita en el reglamento interno del Establecimiento
Su actuar afecte gravemente la convivencia escolar
La conducta de estudiante atenta directamente contra la integridad física o
psicológica de los miembros de la comunidad escolar
Cancelación de matrícula
Es aquella medida disciplinaria en la que se da aviso al estudiante, madre, padre o
apoderado de la continuidad de matrícula para el año siguiente.
Sólo se pueden aplicar estas medidas cuando los hechos afecten gravemente la convivencia
escolar y la integridad física y sicológica de un miembro de la comunidad educativa.
Siguiendo y ajustándose al debido proceso.
Artículo 11°
DEL DEBIDO PROCESO
El Director deberá iniciar un proceso sancionatorio en los casos en que algún miembro de
la comunidad educativa incurriere en una conducta grave o gravísima establecida como tal
en el reglamento interno del colegio o que afecte gravemente la convivencia escolar
conforme a lo dispuesto en la ley
El Director tendrá la facultad de suspender como medida cautelar mientras dure el
procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que
hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas y que conlleven como sanción
en los mismos la EXPULSIÓN o CANCELACIÓN DE MATRICULA
El Director deberá notificar por escrito al estudiante y su apoderado la medida cautelar de
suspensión mientras dure el procedimiento sancionatorio, habrá un plazo máximo de 10
días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar
Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos los
involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de
evitar actuar con rigidez y arbitrariedad.
El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos
los involucrados.
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El debido proceso implica:
Que sus argumentos sean escuchados.
Bilateralidad
Derecho a presentar pruebas
Que se presuma inocencia; y,
Que se reconozca su derecho a apelación.
Artículo 12°:
DEL RECURSO DE APELACION
Contra la resolución que imponga el proceso establecido el alumno y su apoderado podrán
pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la
respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al consejo
de profesores quien deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida
reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación.
La imposición de la medida cautelar de la suspensión no podrá ser considerada como
sanción cuando resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma,
como son la EXPULSIÓN O CANCELACIÓN DE MATRÍCULA.
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TITULO IV DISPOSICIONES FINALES
Artículo 13°
El presente Reglamento tendrá vigencia por el año escolar 2019. Al término del 2° Semestre,
o, durante el mes de diciembre, se evaluará y determinarán los requerimientos de
continuación y/o cambio introduciendo las modificaciones que de su proceso de evaluación
se deriven. En este proceso participará toda la comunidad educativa.
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ANEXO DE PROTOCOLOS
ACCIDENTE ESCOLAR
La comunidad educativa, como garante y protectora de niños, niñas y jóvenes, cuenta con
diferentes mecanismos para enfrentar de manera oportuna y organizada situaciones de
riesgo que afecten su integridad.
Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus
estudios y que le produzca incapacidad o muerte
Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud, en un formulario
denominado Declaración Individual de Accidente Escolar.
Los padres, madres y apoderados deben ser informados por el establecimiento Educacional
siempre que ocurra un accidente escolar.
El Establecimiento activará el protocolo de actuación considerando que el accidente puede
ser de trayecto, ingreso o salida o ya en su jornada escolar, para esto:
1) Realizar una atención oportuna, considerando los primeros auxilios
2) Completar el formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar.
3) Comunicar al apoderado de la situación del estudiante indicándole que se presente
en el Establecimiento o se dirija directamente al Centro Asistencial, dependiendo de
la urgencia de atención
4) Tener identificados los números de emergencia necesarios y los responsables del
traslado que serán, los inspectores de curso cuando no sea posible esperar la
presencia del apoderado en el Establecimiento
5) Inspector de Nivel del estudiante accidentado o profesor jefe se comunicará en
forma posterior con el apoderado para informarse de la evolución del accidente.
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ESTUDIANTES, PADRES, MADRES Y EMBARAZADAS
El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y
permanecer en el establecimiento Educacional.
Se considerará situación de embarazo cuando la alumna o su Apoderado presente a
Inspectoría General o a la Unidad Técnico Pedagógica, un certificado emitido por un médico
o matrona que acredite la situación.
1) La Dirección del Liceo otorgará las facilidades académicas necesarias para que las
alumnas en situación de embarazo asistan regularmente durante todo este periodo
al establecimiento de salud para el control prenatal, como, asimismo, a los controles
médicos de post parto y a los que requiera el lactante.
2) Las alumnas en estado de embarazo serán sometidas a los procedimientos de
evaluación contando con flexibilización de los procesos de aprendizaje como
número de evaluaciones, calendario flexible, propuesta curricular adaptada, entre
otros.
3) Para justificar los controles médicos de la alumna embarazada bastará demostrarlos
con su carné maternal y de control de embarazo y niño sano.
4) El estudiante, padre o madre, tiene el derecho y deber de asistir a los controles de
embarazo, post-parto y control sano de su hijo/a en el Centro de Salud Familiar o
consultorio correspondiente.
5) La estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico
correspondiente, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo y
maternidad. Además deberá mantener informado a la dirección del Liceo de su
situación.
6) La estudiante tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera durante el
embarazo, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una
infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto)
Respecto del Período de Maternidad
1) La estudiante tiene derecho, cuando nazca el niño o niña, a amamantarlo, para esto
puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime conveniente.
Para esto corresponderá, como máximo, a una hora de su jornada diaria de clase,
sin considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser comunicado
formalmente a la dirección del Liceo durante la primera semana de ingreso posterior
al parto.
2) Durante el periodo de lactancia la estudiante tiene derecho a salir a sala de primeros
auxilios a extraerse leche cuando lo estime necesario.
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3) Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su
cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante,
el Liceo dará, a la madre adolescente, las facilidades pertinentes.
4) La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a su condición de
embarazo.
En su calidad de adolescente embarazada, la estudiante será tratada con los mismos
deberes y derechos que sus pares en relación a las exigencias académicas y conductuales.
La estudiante deberá asistir a clases de Ed. Física, debiendo ser evaluada y eximida de ser
necesario. Después del parto, será eximida hasta que finalice un periodo de seis semanas
(puerperio). Asimismo, en casos calificados por el médico tratante, podrá eximirse de la
actividad física. En estos casos, la alumna deberá realizar trabajos alternativos designados.
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PROTOCOLO DE ATRASOS AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR
El colegio tiene su horario de inicio de clases a las 8:00 horas, por lo que el estudiante debe
encontrarse en el Establecimiento a las 7:55 horas.
Si ha ocurrido algún hecho extraordinario, apoderado DEBE enviar comunicación en agenda
escolar y de esta forma el estudiante puede ingresar de inmediato al aula
Los estudiantes que ingresen después de las 8:10 horas, sin justificativo del apoderado,
serán registrados por los inspectores en el cuaderno respetivo y se procederá de la siguiente
manera:
1) 3[tres] atrasos: inspector de nivel se comunicará con apoderado y lo citará para la
justificación respectiva si el apoderado no se presenta el alumno no podrá ingresar
a sala permaneciendo en Sala de Convivencia realizando trabajo pedagógico hasta
la concurrencia de su apoderado.
2) 5[cinco] atrasos: Inspector de nivel informará a Asistente Social quien debe
comunicarse con apoderado para informarle de visita domiciliaria si esto se sigue
repitiendo.
3) 6[seis] atrasos: Inspector de nivel informará a Asistente Social quien realizará visita
domiciliaria, de ser necesario acompañada de carabineros, para informarse de
situación familiar y posible vulneración de derechos del menor.
4) Ya realizada la visita y no habiendo cambio de conducta Asistente Social informará
a OPD para velar por los derechos del niño/a y adolescente.
Inspector de nivel y Asistente social deben mantener informada a Inspectoría General de
las acciones seguidas
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PROTOCOLO PARA CASOS DE AUSENTISMO ESCOLAR REITERADO O AUSENCIAS INJUSTIFICADAS
La prevención y control del ausentismo y abandono escolar injustificados constituyen un
ámbito de actuación fundamental en el marco de nuestro modelo educativo, ya que
representan factores que dificultan el pleno desarrollo de nuestros estudiantes y vulnera su
derecho a la educación, por lo cual, se hace necesaria la detección de aquellas situaciones
en que se aprecia irregularidad en la escolarización, poniendo en marcha medidas
destinadas a su corrección, según se indica a continuación:
1) En caso de inasistencias reiteradas e injustificadas del estudiante, el profesor jefe
deberá citar al apoderado para solicitar mayores antecedentes que puedan estar
afectando al estudiante o familia.
2) En caso que el estudiante continúe sin asistir a clases en forma injustificada o con
ausencias reiteradas, el profesor jefe deberá informar de la situación a Inspectoría
General.
3) Inspectoría General citará al apoderado o familiares directos, para analizar la
situación personal, escolar y familiar del estudiante con el fin de determinar las
acciones a seguir se explicará las implicancias personales, familiares, legales que
conlleva la no asistencia a clases y realizar la derivación psicosocial, ya sea a
profesionales del establecimiento o a las redes externas.
4) Si el apoderado no acude a las entrevistas, Inspectoría General deberá procurar que
Asistente Social realice una visita domiciliaría para recopilar antecedentes, firmar
compromiso de asistencia y explicar las implicancias personales, familiares y legales
que conlleva la no asistencia a clases.
5) Inspector de Nivel realizará seguimiento de la asistencia del estudiante, y de
comprobar que, aún realizados todos los procedimientos anteriores, la inasistencia
del estudiante persiste, informará a Asistente Social quien a su vez informará a
tribunales de familia.
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PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN
La discriminación se define como: “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de
justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause
privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales
establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales
sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular
cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación
socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la sexual, la identidad de género,
el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”
Frente a una situación de discriminación se deberá:
1) El Directivo, docente o asistente de la educación que reciba la denuncia deberá dejar
por escrito la denuncia que será firmada por el denunciante.
2) Quién recibe la denuncia encargará a Convivencia Escolar que recopile la
información que contribuya a la solución de la situación denunciada.
3) De constatarse la veracidad de la denuncia se procederá a la entrevista de los
involucrados.
4) Se informará de la situación al apoderado del estudiante víctima de la
discriminación.
5) Se aplicarán las sanciones de acuerdo al manual de Convivencia. En la resolución se
especificarán las medias de reparación en favor del afectado, así como la forma en
que se supervisará su efectivo cumplimiento.
6) Se llevará a cabo un acompañamiento de carácter orientador hacia los involucrados.
7) Se dejará registro en la hoja de vida del estudiante con la finalidad de tener
antecedentes oficiales en caso que la situación de discriminación se repita.
8) El encargado de Convivencia gestionará las acciones que permitan acoger y educar
a la víctima, sancionar y educar al agresor, trabajando con observadores.
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PROTOCOLO CIBERBULLYNG
DEFINICIONES DE SITUACIONES DE RIESGO EN EL USO DE TIC: ALGUNOS DE LOS ATAQUES POR MEDIOS VIRTUALES, MÁS COMUNES
1) CIBERBULLYING
El ciberbullying es el acoso psicológico entre pares, a través de medios tecnológicos (ej.
Internet y redes sociales, telefonía celular y videojuegos online). Puede manifestarse a
través de amenazas, burlas, envío de mensajes ofensivos, provocación con vocabulario
grosero, trato irrespetuoso, difamación, propagación de información personal.
El Ciberbullying NO ES UNA SITUACIÓN PUNTUAL, una broma de mal gusto o un comentario
negativo escrito en las redes sociales. El acoso de adultos a menores a través de internet,
sea o no con contenido sexual, tampoco constituye una situación de ciberbullying.
El ciberbullying se caracteriza por:
Ser una situación sostenida en el tiempo, excluyendo circunstancias puntuales.
Constituir situaciones de hostigamiento psicológico, pero no necesariamente con
una intención sexual. Sin embargo, podría contener algunos rasgos de esta
naturaleza.
Tanto víctimas como acosadores suelen tener edades similares (siempre menores
de edad).
Desarrollarse a través de medios digitales, especialmente a través de las redes
sociales.
Vincularse la mayoría de las veces a situaciones de acoso en la vida real.
Llegar a una audiencia mayor al generarse en un ambiente virtual, donde existen
muchísimas posibilidades de replicar los comentarios, burlas o situaciones de acoso.
El acosador suele ampararse en el anonimato.
Contar generalmente con testigos, que suelen estar al tanto de la situación que vive
la víctima, pero no siempre actúan para denunciar o ayudan a solucionar el conflicto.
El ciberbullying puede darse de las siguientes maneras:
1) Acoso: Es el envío constante y repetido de mensajes crueles, viciosos o
amenazantes. Por ejemplo, organizar concursos de votaciones que promuevan la
“marcada” de una persona por un aspecto negativo de él o ella. Por ejemplo: “voten
ME GUSTA quienes encuentran gorda a …”
2) Denigración: Consiste en crear o utilizar sitios webs, portales de Internet u otras
plataformas tecnológicas o virtuales, con el propósito deliberado y directo de
insultar, denostar o atacar a una persona. Como, por ejemplo, publicar en Internet
secretos, información o imágenes (reales o trucadas), con el objetivo de avergonzar,
humillar o denigrar la honra de ésta.
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3) Injurias y calumnias: La calumnia es la imputación de un delito determinado, pero
falso. La injuria es toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra,
descrédito o menosprecio de otra persona. Estas acciones tienen el fin de denigrar,
dañar la reputación, la honra y amistades de la persona afectada. Por ejemplo, hacer
circular rumores en los cuales a la víctima se le atribuya un comportamiento
reprochable, ofensivo o desleal.
4) Suplantación: Suplantar la identidad de la víctima, creando un perfil falso en redes
sociales u otros servicios webs, donde se escriben, a modo de confesiones,
opiniones infundadas o de manera irrespetuosa respecto a una persona o un grupo
en particular.
5) Usurpación de identidad: Usurpar la clave de algún medio en redes sociales para,
utilizarla enviando material vicioso o embarazoso para otros y para la víctima.
6) Exclusión: intencionalmente excluir a alguien de un grupo en línea.
7) Peleas en línea mediante mensajes electrónicos con lenguaje vulgar y denigrante.
8) Amenazas: Se refiere al acto de causar temor al otro expresándole una intención de
daño o riesgo serio hacia él o hacia su familia. en relación a su persona, honra o
propiedad. Por ejemplo, enviar mensajes amenazantes en varios lugares de internet
en los que se relaciona la víctima de manera habitual, provocándole una sensación
de completo agobio.
9) Happy-slapping: La acción de grabar, filmar o registrar agresiones y/o actos de
violencia física, normalmente en el ámbito escolar, mediante teléfonos celulares,
cámaras webs u otros aparatos o tecnologías, difundiendo tales agresiones para que
circulen por la red o publicándolos en portales de Internet o servidores para videos.
2) GROOMING
Se llama grooming a la acción premeditada de un adulto de acosar sexualmente a un niño
mediante el uso de Internet. El grooming solo lo ejercen los adultos hacia los menores de
edad. Se caracteriza por:
El acosador usa perfiles falsos: Generalmente el acosador se hace pasar por jóvenes,
niños o adultos muy atractivos.
Iniciarse a partir de una amistad: El acosador se contacta a través de las redes
sociales o videojuegos en línea con el menor para conocer sus intereses y gustos.
Después de generar el contacto inicial y ganar su confianza, se profundiza el vínculo
de amistad a lo largo del tiempo.
Establecerse a partir de una relación de confianza y amistad: Una vez establecida la
confianza en la relación de amistad entre el acosador y el menor, el adulto propone
diálogos personales e íntimos. El acosador, con frecuencia, le pide al menor que
participe de actos de naturaleza sexual, grabaciones de videos o toma de fotografías.
Es probablemente el más severo y peligroso de los cyber-acosos.
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El objetivo final del adulto es seducir, engañar y/o abusar sexualmente de la víctima. Es
considerado un delito y está penado por ley.
3) GRABACIÓN Y DIFUSIÓN DE SITUACIONES PRIVADAS.
Es la acción en que se capta, intercepta, graba o reproduce conversaciones o
comunicaciones, imágenes o hechos, todos de carácter privado que ocurre en recintos
particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado
y por cualquier medio. Es un delito que se sanciona legalmente. También se sanciona a
quien sustraiga, fotografíe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter
privado.
PROTOCOLO DE CIBERBULLING O GROOMING
Los pasos a seguir en caso de detectar un caso de cyberbullying son:
1) La denuncia puede ser realizada por apoderados o estudiantes del colegio o algún
funcionario del Establecimiento. En caso que un profesor o inspector de nivel reciba la
denuncia deberá derivar el caso a Dirección y/o Inspectora General.
2) Se entrevistará, por separado, a las partes involucradas. Las entrevistas deberán
realizarse en dupla: profesor jefe/ inspectora General, Encargada de Convivencia
/Dirección académica, dejando registro escrito y firmado de ellas.
3) Se cita a los apoderados de ambas partes, por separados, para informar la situación.
A quien realiza la agresión POR PRIMERA VEZ las consecuencias serán:
El alumno deberá realizar una presentación en su curso y el del agredido, si fuesen
distintos, donde explicará el significado de la falta cometida y sus consecuencias,
supervisado por su profesor jefe y Orientadora.
El agresor deberá pedir disculpas a quien agredió en compañía de su apoderado y
presencia de algún miembro del equipo directivo.
NOTA: El agredido tendrá una sesión con los integrantes del
Equipo de Convivencia Escolar donde se abordará el tema y
se entregarán estrategias de acción para enfrentar este
tipo de conflictos.
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Si el estudiante INCURRE NUEVAMENTE EN UN HECHO DE CYBERBULLYING las
consecuencias serán las siguientes:
Se comunicará a la familia sobre los hechos en una entrevista personal donde estará
presente el estudiante.
El estudiante agresor pierde el derecho a estar en la sala o en el patio con sus
compañeros(as) durante 48 horas realizando trabajo pedagógico en la oficina de
Convivencia Escolar.
Se comunicará en una entrevista personal a la familia del agredido los hechos
ocurridos y los pasos a seguir.
Se aplicará condicionalidad de la matrícula al agresor.
Se solicitará evaluación psicológica externa del agresor.
Para lo cual se deberá presentar los resultados de la evaluación dentro de un mes
en una entrevista formal donde estarán presente Inspectora General y Encargado
de Convivencia.
Profesor Jefe abordará la temática de BUEN TRATO con apoyo de Orientadora
durante la semana en que ocurren los hechos.
En caso que los mensajes o información cibernética sean anónimos se hará parte en la
denuncia a Policía de Investigaciones (PDI) en un plazo no mayor de 24 horas.
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PROTOCOLO EMERGENCIA EN CASO DE SISMO, INCENDIO U OTROS
En virtud de salvaguardar la integridad física de los integrantes de la Comunidad Educativa
es importante que estemos preparados en caso de emergencia (Sismo, incendio u otros).
Cada uno de los funcionarios debe tener una función específica en caso que ocurra.
1) La persona que esté en ese momento en portería debe tocar un timbre lo
suficientemente largo y pausado para que se entienda como una emergencia y en caso
de corte de luz se avisará por megáfono o campanas manuales
2) Los profesores deben salir con los estudiantes de la sala a la zona de seguridad más
cercana al lugar donde se encuentra una vez dado el aviso de evacuación, siendo él el
último en abandonar la sala.
3) Asistente de la Educación se encargará de cortar el suministro de energía eléctrica.
4) Auxiliar de servicio Don Luis debe cortar la energía eléctrica en el sector del gimnasio y
el suministro de agua potable en el mismo sector.
5) Los profesores, deben contar y revisar que estén todos los estudiantes del curso que les
corresponde y supervisar que se mantengan en la zona de seguridad.
6) Inspectores deben asegurarse que no haya estudiantes en pasillos revisando el piso y
los baños que le corresponda.
7) Director del Establecimiento esperará información oficial de los organismos pertinentes
e indicará si la emergencia ha sido superada y se puede volver a los lugares de trabajo
o si la situación lo amerita enviar a la comunidad escolar a sus domicilios.
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PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE DELITO
Responsabilidad Civil Penal
Este protocolo se aplica a todos los delitos que se constituyen en la ley chilena, sin embargo,
se pone especial énfasis en las siguientes leyes por ser de especial sensibilidad en el
contexto escolar como la Ley 20.084 Responsabilidad penal adolescente, Ley 20.000
Consumo y tráfico de drogas, Ley 20.609 Antidiscriminación, Ley 20.066 Violencia
Intrafamiliar, Ley 20.536 Violencia Escolar, Ley 21.128 Aula Segura
Desde el Establecimiento en lo que respecta a los estudiantes mayores de 14 años, de verse
involucrados en un delito que tenga impacto en la comunidad escolar estos serán
sancionados según lo establecido en el Reglamento de Convivencia.
1. Denuncia
Cualquier miembro de la comunidad educativa podrá realizar la denuncia ante un Delito
a Convivencia Escolar, quien tomará registro del hecho, existiendo un plazo de 24 horas
para esto, designando una persona para el seguimiento de la situación. El encardado de
Convivencia y/o la persona que se designe para esto, citará dentro de los próximos 3
días hábiles a los apoderados de los estudiantes involucrados, dejando registro de
dichas entrevistas. Esta notificación de la denuncia consiste en informar lo que sucede,
pero, además, es una instancia para recoger información de posibles hechos que la
familia pudiera haber visto y/o para corroborar lo que está sucediendo con el resto de
los estudiantes. Es importante acoger a los/as apoderados/as, pues se busca generar
una alianza de colaboración.
2. Indagación del caso
El encargado de convivencia o la persona designada para el caso, buscará comprender
lo sucedido, averiguando con los estudiantes, profesores, inspectores y familia, dándose
como plazo máximo para esto dos semanas de recibida la denuncia. En caso de tratarse
de un delito de connotación sexual, existe un protocolo diferenciado para esto, donde
por ley, con el sólo relato se oficiará a las entidades pertinentes narrando lo sucedido.
3. Informe de investigación
El encardo de convivencia o la personada designada para el seguimiento del caso,
realizará un informe sobre la situación de delito tomando conocimiento de esto el
sostenedor, el director, los/as apoderados/as de los estudiantes involucrados, enviando
una copia de este al MINEDUC en caso de ser necesario, realizándose esto en un plazo
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máximo de tres días hábiles pasada la indagación del caso, al mismo tiempo al
constituirse la figura de delito se oficiará a las entidades competentes para tomar las
acciones legales al respecto
4. Sanciones
Al contar con todos los elementos y en caso de ser necesario, se procederá a sancionar
de acuerdo al Reglamento de Convivencia Escolar del establecimiento, partiendo de la
base que todo delito será visualizado como una acción gravísima, considerando
agravantes y atenuantes del caso según corresponda. Esto lo realiza la dirección del
colegio, junto con el equipo de convivencia escolar o quien este designe para esta
acción. Esto dentro de los siguientes 5 días hábiles de dado a conocer el informe de
investigación.
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PROTOCOLO CONSUMO DE ALCOHOL O DROGAS
La prevención del consumo de alcohol y drogas es una tarea ineludible del sistema escolar
y de la comunidad educativa en su conjunto, ya que es en este ámbito donde se espera
contribuir a que los(as) estudiantes alcancen un desarrollo afectivo y social pleno y
saludable.
La ley de alcohol y drogas, ley 20.000, obliga a denunciar, cuando existe sospecha o
consumo en establecimientos educacionales.
En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante consumiendo alcohol y/o drogas
dentro del establecimiento educacional, se procederá de la siguiente forma:
1) El adulto que sorprenda al alumno deberá informar en forma inmediata a
Inspectoría General quién procederá a entrevistar al estudiante
2) Se informará en forma inmediata a su apoderado.
3) Director o Inspector General llamará Carabineros de Chile para realizar la denuncia
de la situación.
4) Se aplicará la sanción establecida en el Reglamento de convivencia para esta falta
calificada como gravísima.
5) Se dispondrá de una medida de seguimiento, por parte de la dupla sicosocial de
convivencia, del estudiante de modo de brindarle apoyo en la superación de su
situación.
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PROTOCOLO TRÁFICO DE DROGAS
La Ley N° 20.000 o Ley de Drogas, sanciona en nuestro país el tráfico ilícito de drogas. Existe
tráfico de drogas ilícitas no sólo cuando alguien la vende o comercializa, también se
considera tráfico cuando: Se distribuya, regale o permute.
Constituye una circunstancia agravante de la responsabilidad penal, si se suministran o si se
promueve o facilita el consumo de éstas, entre menores de edad. Lo anterior demuestra la
gravedad que reviste si se configura al interior del Establecimientos educacional.
La normativa procesal penal obliga a una serie de personas a denunciar los delitos que
tengan conocimiento. Entre ellos, se cuentan los directores, profesores e inspectores de
establecimientos educacionales de todo nivel, a quienes se impone la obligación de
denunciar los delitos que afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el
establecimiento
1) El adulto que sorprenda al alumno deberá informar en forma inmediata a
Inspectoría General quién procederá a entrevistar al estudiante
2) Considerar que estos estudiantes pueden estar siendo víctimas de explotación,
abuso o engaño, es decir pueden ser instrumentos, más que sujetos activos del
delito
3) Se informará en forma inmediata a su apoderado.
4) Director o Inspector General en el caso de estar en presencia de un delito flagrante,
es decir cuando se sorprende a una persona realizando una actividad de tráfico o
microtráfico de drogas, realizará la denuncia a la autoridad competente,
Carabineros de Chile.
5) Se aplicará la sanción establecida en el Reglamento de convivencia para esta falta
calificada como gravísima.
6) Se dispondrá de una medida de seguimiento, por parte de la dupla sicosocial de
convivencia, del estudiante de modo de activar las redes de apoyo con el objeto de
procurar una respuesta colectiva y solidaria para enfrentar las situaciones de tráfico,
así como también dar protección a quienes puedan estar expuestos a represalias
como consecuencia de las denuncias.
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALTRATO FÍSICO, SICOLÓGICO GRAVE Y/O SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL
Funcionario/a que reciba develación del abuso, informa al respecto en Inspectoría General
o Encargado de Convivencia. Encargados realizan registro escrito del relato del estudiante
en Hoja de Registro Denuncia. La corroboración de la información debe realizarse antes de
dos horas de sucedida la develación, debiendo quedar registro escrito, describiendo la
situación en forma detallada
1) Quien reciba la denuncia debe comunicar en forma inmediata a Inspectoría General
o encargado de Convivencia Escolar y dupla sicosocial.
2) Se cita en forma inmediata a padres/apoderados fin de informarles respecto de
situación denunciada por el estudiante y procedimiento a seguir.
3) Oficialización de la denuncia: Tratándose de este tipo de delito, legalmente no es
necesario solicitar consentimiento a los padres del menor para efectuar la denuncia,
la que debe ser llevada por escrito por las autoridades del colegio junto a los
antecedentes que se hubiesen recabado (personas entrevistadas, testimonios
aportados, documentos) debiendo realizarse ante Ministerio Público, Fiscalía y
Tribunales de Familia.
4) En caso que el involucrado/a sea un/a funcionario/a del establecimiento, éste será
apartado inmediatamente de sus funciones notificándole del hecho hasta su total
esclarecimiento. El funcionario tendrá un plazo de 24 horas para presentar sus
descargos y argumentos. Debe quedar registro escrito de lo realizado
5) En caso que el involucrado sea un estudiante del establecimiento, éste será
separado de la posible víctima, notificándose del hecho al apoderado del alumno o
alumna involucrado/a. El estudiante tendrá un plazo de 24 horas para presentar sus
descargos. Quedará registro de lo realizado.
6) Si el abuso se ha producido momentos antes de la entrevista, se debe constatar, si
es posible, las lesiones en el centro asistencial más cercano o derivarlo donde sus
padres o apoderado determinen. En caso de ser los padres los involucrados en la
situación de abuso, se informará del hecho a algún familiar directo que refiera el
alumno o alumna victimizado/a, señalándose los hechos referidos. Quedará registro
escrito de lo realizado.
El establecimiento se abstendrá de comentar las actuaciones judiciales o de fiscalía y sólo
la persona encargada por la Dirección del Establecimiento o su sostenedor, deberá informa
a la comunidad educativa, sea lo crea conveniente y oportuno, las circunstancias y demás
detalles del caso.
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PROTOCOLO DE AGRESIONES FISICAS O VERBALES ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
AGRESION FISICA ENTRE ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO.
1) De forma inmediata llevar a los alumnos a Inspectoría General o sala de Convivencia
donde se procede a entrevistarlos
2) En forma paralela se llama a los apoderados de los estudiantes involucrados
indicándoles que se presenten de inmediato en el Establecimiento
3) Llamar a Carabineros para hacer la denuncia del hecho y se siga el protocolo legal
por riña.
4) Aplicar sanción que indica reglamento interno en caso de falta gravísima.
5) Asegurar el acompañamiento de la dupla sicosocial a los alumnos involucrados,
tanto agresor como agredido.
AGRESION VERBAL DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO
1) Quien reciba la denuncia deberá dirigirse al Encargado de convivencia escolar
2) El encargado de Convivencia Escolar(CE) o algún miembro del equipo Directivo toma
conocimiento de la situación e informa por escrito a la Dirección del colegio, la que
deberá recabar los antecedentes que estime conveniente y citar al apoderado a una
entrevista
Dependiendo del resultado de la entrevista de la Dirección con el Apoderado, los pasos a
seguir pueden ser:
a) Aceptar las explicaciones del apoderado entregadas a la Dirección, con el
compromiso de entregar personalmente sus excusas al funcionario ofendido.
b) En caso de negativa del apoderado se dejará constancia por escrito en el formato de
entrevistas a apoderados y se dejará nota suscrita por el afectado avalada por la
firma del Director.
c) Si se vuelve a reiterar esta conducta, con el mismo funcionario u otro, el involucrado
perderá la condición de apoderado. De esta situación deberá quedar constancia en
la dirección del colegio y será comunicada a las instancias superiores (Departamento
de educación, Superintendencia de Educación).
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AGRESION FISICA DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO
1) Una vez que el encargado de Convivencia Escolar toma conocimiento del hecho,
informa a la Dirección del establecimiento, quien en compañía del afectado
proceden a denunciar a la justicia el hecho ocurrido y a constatar lesiones en un
centro de salud. Esto se debe hacer dentro de un periodo de 24 horas. Disponer de
fotografías de las agresiones y/o lesión.
2) Informar de la pérdida de la condición de apoderado.
3) Presentar los recursos judiciales necesarios para impedir una nueva agresión.
AGRESION VERBAL DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ALUMNO O APODERADO
1) Una vez recibida la denuncia el encargado de C.E. o algún miembro del equipo
Directivo, realizara la investigación correspondiente e informa a la Dirección.
2) La Dirección solicita al apoderado dejar constancia escrita en Inspectoría General.
3) La Dirección extiende Carta de Amonestación al docente y le solicita entregar
disculpas verbales al apoderado ofendido
AGRESION FISICA O SICOLOGICA DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN APODERADO
1) Una vez recibida la denuncia, la Dirección o a quien esta designado (Encargado de
CE o miembro del equipo Directivo u otro funcionario designado) iniciara de
inmediato una investigación interna para aclarar las circunstancias en que
ocurrieron los hechos.
2) Los resultados de dicha investigación, serán entregados al Director de
Establecimiento, quien informará a la Corporación Gabriel González Videla.
3) En caso que el apoderado afectado decida denunciar el hecho ante la justicia, deberá
realizarla personalmente. Sin embargo, la Dirección del establecimiento también
podrá hacerse parte de dicha denuncia si así lo considera.
AGRESION FISICA O SICOLOGICA DE UN ESTUDIANTE HACIA UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO
1) El encargado de Convivencia Escolar deberá entrevistar al estudiante y al funcionario
afectado, recabando todos los antecedentes para elaborar su informe.
2) Se deberá dejar constancia en la hoja de vida del estudiante.
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3) El encargado de Convivencia Escolar deberá citar al apoderado y alumno para
informar de la situación e Inspectoría aplicará la sanción de acuerdo a lo establecido
por el Reglamento de Convivencia.
4) Si el afectado lo considera necesario deberá constatar lesiones en el organismo
pertinente y establecer una denuncia ante la justicia, la que podrá ser refrendada
por la Dirección del establecimiento.
AGRESION VERBAL DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ESTUDIANTE
1) Una vez recibida la denuncia el encargado de convivencia escolar realizara la
investigación de rigor e informara a la Dirección.
2) La Dirección solicitara al apoderado dejar la constancia por escrito en Inspectoría
General.
3) La Dirección informará los hechos a la Corporación Gabriel González Videla.
4) La Dirección extiende una amonestación escrita al funcionario y le solicita entregar
disculpas al estudiante ofendido.
AGRESION FISICA DE UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO HACIA UN ESTUDIANTE
1) Una vez que el encargado de convivencia escolar toma conocimiento del hecho,
informa de inmediato a la Dirección del establecimiento, quienes en compañía del
afectado y de sus respectivos padres y / o apoderados proceden a constatar lesiones
en un centro de salud y a denunciar a la justicia el hecho ocurrido.
2) Los padres y / o apoderados dejaran una constancia por escrito en Inspectoría
General.
3) La dirección del establecimiento realizara un sumario interno para determinar cómo
ocurrieron los hechos y aplicar, a la luz de los resultados, las amonestaciones o
sanciones.
4) La Dirección informará los hechos a la Corporación Gabriel González Videla.
AGRESION FISICA ENTRE APODERADOS
1) Una vez que el encargado de C. E. toma conocimientos de los hechos, deberá citar a
los apoderados involucrados y mediar en el conflicto, haciéndoles ver los deberes y
derechos de los apoderados que establece el Reglamento Interno.
2) La Dirección del establecimiento podrá proceder a investigar lo ocurrido y en caso
de perjudicar la imagen de la comunidad educativa deberá intervenir aplicando las
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sanciones que establece el Reglamento de Convivencia, en cuanto al
incumplimiento de deberes por parte de apoderados.
3) La sanción máxima aplicada a la agresión física entre apoderados será la perdida de
la condición de apoderados.
AGRESION FISICA O SICOLOGICA ENTRE FUNCIONARIOS
1) Una vez que el encargado de C. E. toma conocimientos de los hechos, deberá citar a
los funcionarios involucrados y mediar en el conflicto, haciéndoles ver los deberes y
derechos de los funcionarios que establece el Reglamento Interno.
2) La Dirección del establecimiento podrá proceder a investigar lo ocurrido,
investigación que llevará a cabo el encargado de convivencia escolar o quien este
determine.
3) Funcionarios deben escribir un informe donde explique lo ocurrido, ademar de
expresar sus disculpas por el hecho acontecido.
4) Concluida la Investigación, se enviará al Equipo Directivo el resultado y estos
informarán a la Corporación Gabriel González Videla, quienes indicarán las medidas
a tomar.