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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL 2010
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REPÚBLICA DE PANAMÁ ÓRGANO LEGISLATIVO SECRETARÍA GENERAL
UNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ASAMBLEA NACIONAL Mayo 2010
ANEXO. MODELO DE CONTRATO
MAPEO PROCESO NO 1 CONFECCIÓN DE TRÁMITE DE CONTRATOS
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
DEPARTAMENTO DE CONTRATO
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ÓRGANO LEGISLATIVO
ASAMBLEA NACIONAL
H.D. JOSÉ LUIS VARELA PRESIDENTE H.D. ROGELIO BARUCO PRIMER VICEPRESIDENTE H.D. NORIEL SALERNO SEGUNDO VICEPRESIDENTE LICDO. WIGBERTO QUINTERO SECRETARIO GENERAL LICDO. LUIS E.CAMACHO SUBSECRETARIO GENERAL DR. ROBERTO ALFONSO PROLL SUBSECRETARIO GENERAL
Mayo 2010
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SECRETARÍA GENERAL
UNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
EQUIPO TÉCNICO
MAGISTRA IRIAM B. DE DELGADO UNIDAD DESARROLLO INSTITUCIONAL -DIRECTORA
LICDA. BERTA HISLOP ANALISTA SEÑORA YAJAIRA NIETO ANALISTA LICDA. MELINA OROCÚ ANALISTA SEÑORA DALMA RODRÍGUEZ SECRETARIA
POR LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
LICDA. CECILIA DE SILVERA JEFA DEPARTAMENTO DE
CONTRATO
Mayo 2010
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ÍNDICE INTRODUCCIÓN 6
I. GENERALIDADES 7
1.1. Objetivos del Manual 7
1.2. Ámbito de Aplicación 7
II. BASE LEGAL 7
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 9
3.1. Organigrama 10
IV. OBJETIVOS Y FUNCIONES 11
V. PROCEDIMIENTO 13
VI. PROCESO Y MAPEO 20
VII. ANEXOS (Formularios) 24
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INTRODUCCIÓN
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El presente Manual tiene por objeto presentarle el proceso administrativo que
contiene la descripción de actividades que deben seguirse en la realización de
las funciones del Departamento de Contratos de la Dirección de Recursos
Humanos.
El manual incluye además las funciones, actividades, proceso y flujogramas
formularios e instructivos que intervienen precisando su responsabilidad y
participación.
Permite conocer el funcionamiento interno del proceso que conlleva en la
presentación de las diferentes tipos de planilla por lo que respecta a
descripción de tareas, ubicación, requerimientos y ayuda a la coordinación de
actividades y evitar duplicidades.
Construye una base para el análisis posterior del trabajo y el mejoramiento de
los sistemas, procedimientos y métodos.
La valiosa colaboración de la Licenciada Cecilia de Silvera y todo el personal
que allí labora ha sido factor determinante para la realización de este trabajo.
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I. GENERALIDADES
Este manual esta diseñado para facilitar el proceso de reclutamiento y selección de personal en la organización. Debido a la importancia que tiene el recurso humano en la Asamblea Nacional, debemos tener especial cuidado a la hora de reclutar y seleccionar a nuestros futuros trabajadores, esto con la finalidad de conseguir el personal idóneo para ocupar el puesto vacante. El Contrato de Trabajo deberá contener las identificaciones de las partes contratantes, la fecha de inicio, el título del cargo, el salario, el horario, la descripción de puesto y cualquier otra condición relativa al empleo con la Asamblea Nacional.
1.1. Objetivos del Manual
Establecer los lineamientos generales para realizar el proceso de atracción, adquisición y contratación de los recursos humanos idóneos, para realizar de manera eficiente, las actividades y labores establecidas 1.2. Ámbito de aplicación
Áreas o unidades orgánicas que intervienen en el procedimiento de reclutamiento y selección de personal.
II. BASE LEGAL
- Constitución Política de la República de Panamá de 1972, reformada por
los Actos Reformatorios de 1978, por el Acto Constitucional de 1983 y los Actos Legislativos 1 de 1993 y 2 de 1994; y por el Acto Legislativo N° 1 de 2004.
- Ley Nº 30 de 14 de diciembre de 1993, "Por la cual se crea la Biblioteca
Parlamentaria Dr. Justo Arosemena" (G. O. No. 22,438 de 23 de diciembre de 1993).
- Ley 12 de 10 de febrero de 1998, por la cual se desarrolla la Carrera del
Servicio Legislativo. - Ley 16 de 8 de febrero de 2008, que reforma la Ley 12 de 10 de febrero
de 1998, por la cual se desarrolla la Carrera del Servicio Legislativo y dicta otras disposiciones.
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- Ley 16 de 17 de febrero de 1998, "Por la cual se reforma el Texto Único
del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa" (G. O. 23,539 de 11 de mayo de 1998).
- Resolución Nº 42 de 9 de junio de 1998, de la Directiva de la Asamblea
Legislativa, por la cual se aprueba la nueva estructura administrativa del Órgano Legislativo. - Resolución Nº 8 de 5 de octubre de 1998, por la cual la Directiva de la
Asamblea Legislativa modifica la Resolución Nº 42 de 9 de junio de 1998. - Ley 35 de 30 de julio de 1999, por la cual se modifica el Reglamento
Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa (G. O. 23,855 de 3 de agosto de 1999).
- Resolución Nº 72 de 11 de julio de 2000, por la cual se modifica la
estructura administrativa del Órgano Legislativo. - Resolución Nº 49 de 30 de mayo de 2001, por la cual se crea la Dirección
Nacional de Promoción de la Participación Ciudadana. - Resolución Nº 80 de 9 de agosto de 2001, por la cual se modifica la
estructura organizativa de la Asamblea Legislativa. - Resolución Nº 117 de 7 de agosto de 2002, por la cual se modifica la
estructura organizativa de la Asamblea Legislativa y modifica la resolución Nº.80 de 9 de agosto de 2001 y a todas las que les sean contrarias.
- Resolución Nº 263 del 30 de junio de 2008, por la cual se modifica la
estructura organizativa de la Asamblea Nacional y modifica la resolución Nº117 de 7 de agosto de 2002 y a todas las que les sean contrarias.
- Resolución Nº 314 de 14 de agosto de 2008, por la cual la Directiva de la
Asamblea Nacional modifica la Resolución Nº 263 de 30 de junio de 2008.
- Resolución Nº 52 de 12 de agosto de 2009, por la cual la Directiva de la Asamblea Nacional deroga la Resolución Nº 263 de 30 de junios de 2008, modificada por la Resolución Nº 314 de 14 de agosto de 2008 y modifica la Resolución Nº 216 de 5 de julio de 2007.
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III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
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3.1. ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y CARRERA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE CONTRATOS
DIRECCIÓN DE RECURSOS
HUMANOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
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IV. OBJETIVOS Y FUNCIONES
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DEPARTAMENTO DE CONTRATOS
OBJETIVO
Brindar un servicio adecuado y oportuno, a fin de dar respuesta a la demanda por servicios profesionales y de consultoría, a través de contratos.
FUNCIONES
- Efectuar la tramitación de los diferentes contratos de servicios profesionales y de consultoría que realice la Asamblea Nacional;
- Elaborar los distintos contratos de servicios profesionales y otros conforme a procedimientos establecidos;
- Confeccionar la elaboración de los contratos por servicios profesionales y de consultoría, coordinando con las instancias pertinentes sobre las funciones que realizarán los contratistas, su envío para revisión y verificación legal, por intermedio de la Dirección de Recursos Humanos;
- Entregar el contrato correspondiente por servicios profesionales o de Consultoría para efectos de la firma del Contratista y del Representante Legal de la Asamblea Nacional o la persona responsable que sea designada;
- Dar seguimiento a la elaboración de contratos por Servicios Profesionales, de Consultoría y otras contrataciones por diferentes servicios;
- Elaborar el plan anual de trabajo de sus actividades y proyectos;
- Confeccionar los informes de seguimiento sobre la ejecución de sus labores;
- Elaborar los informes de evaluación de resultados;
- Formular el anteproyecto de presupuesto del Departamento;
- Las demás funciones que se le asignen afines a su área de especialidad.
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V. PROCEDIMIENTO
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PROCEDIMIENTO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
PREPARADO POR: LICDA. BERTA HISLOP ANALISTA DE SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
REVISADO POR: LICDA. CECILIA DE SILVERA UNIDAD EJECUTORA
FECHA:2010 PAGINA 1-6
MAGISTRA IRIAM BETEGÓN DE DELGADO DIRECTORA UNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
APROBADO POR: LICDO.WIGBERTO QUINTERO
SECRETARIO GENERAL
VERSIÓN N0.
AN/ DGDAF/DC//02
OBJETIVO
Este procedimiento establece los pasos necesarios en la designación, inducción y contratación de nuevos empleados, a través de tramitación de contratos, mediante la cual se formaliza la incorporación de una persona al servicio legislativo.
UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y FUNCIONARIOS (AS) QUE INTERVIENEN EN PROCESO
UNIDAD ADMINISTRATIVA SOLICITANTE U HONORABLE DIPUTADO(A)
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
- Entrega autorización para la confección de los contratos luego de la partida presupuestaria aprobada para los mismos.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO DE CONTRATOS
- Recibe listado de cada Diputado(a). - Busca en los archivos los documentos de cada personal del listado aprobado
(hoja de vida, fotocopia de cédula, fotocopia de S.S. y diplomas); y la remite a la oficinista.
- Si no tiene expediente, el Diputado(a); adjunta los documentos al listado.
OFICINISTA DE ARCHIVO
- Pasa el listado con toda la documentación encontrada en los expediente y lo remite al analista.
- Busca en la estructura que dio el MEF de acuerdo al salario y le asigna la numeración el Jefe del Departamento.
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Nota Si no existe el salario solicitado o el cargo de acuerdo al marco de referencia se procede a modificar las posiciones una vez se tiene el número del contrato vs el salario adecuado a lo solicitado se procede a confeccionar los contratos.
OFICINISTA
- Confecciona los contratos y los remite al supervisor.
SUPERVISOR
- Recibe los contratos y los revisa e ingresa a la estructura de contratos. - Adjunta a los contratos nota señalando documentación faltante. Una vez
subsanada la documentación faltante la remite al Jefe de Departamento de Contratos.
JEFE(A)
- Recibe los contratos y verifica si todo está en orden. - Remite el paquete de contratos a la Presidencia de la Asamblea Nacional para
su firma. PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL
PRESIDENTE O PERSONA ASIGNADA
- Firma el primer juego de contratos de cada contrato que él ha autorizado. - Entrega a los Honorable Diputados(as) o a sus asistentes los paquetes de sus
contratos. - Remite contrato al Jefe de Contratos, cuando ya están firmados.
JEFE DE CONTRATOS
- Recibe los contratos. - Confecciona cuadro de modificaciones y lo remite al Departamento de
Presupuesto. - Lleva el control de la estructura, para que no se repitan la numeración. - Remite contratos al analista.
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P.A. AN/DGAF/DC/01
PROCEDIMIENTO DE TRAMITAR USOS DE PERMISOS
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ANALISTA
- Revisa los contratos nuevamente para comprobar que cumpla con los requisitos establecidos.
- Envía contratos con nota remisoria para Presupuesto y Contabilidad
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
- Recibe paquete de contratos. - Verifica el saldo por contrato. - Coloca a cada contrato la partida presupuestaria y remite al Departamento de
Contabilidad.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD.
- Recibe los contratos - Ingresa en el SIASPA los contratos que tenga dígito verificador.
NOTA
Los contratos que no tienen dígito verificados se le solicita al MEF a través de fax.
Ingresando en el sistema los envía nuevamente a presupuesto. DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
- Recibe los contratos y los bloquea la partida en el sistema y lo regresa al Departamento Contabilidad.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
- Recibe y le hace contingente (compromete partida en el sistema y da seguimiento del contrato en el sistema) y lo remite al Departamento de Contratos.
DEPARTAMENTO DE CONTRATO
- Verifica cada contrato si está en la estructura del MEF. - Verifica si cada contrato tiene toda la documentación requerida.
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PROCEDIMIENTO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
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NOTA
Si el contrato no está en la estructura que ha llegado, tiene que esperar hasta que el MEF envíe dicha estructura.
- Confecciona hoja de dualidad a los contratos que estén perfeccionados - Confecciona nota para Control Fiscal - Registra en el envío hacia control Fiscal
CONTROL FISCAL
- Recibe los contratos - Realiza el registro de entrada de documentos - Verifica los contratos están en la estructura ya sellada por el MEF. - Verifica si cada contrato tiene los documentos requeridos (Fotocopia de
cédula, Hoja de vida, timbres, diplomas de acuerdo al salario) y sellos de los departamentos de Presupuesto y Contabilidad
- Verifica que cada contrato cumpla con los requisitos establecidos en el marco de referencia, estipulados entre la Contraloría General de la República y la Asamblea Nacional.
- Verifica dualidad en el sistema - Entrega al abogado del sector para que revise la parte legal de cada contrato. - Refrenda contrato y lo remite al Departamento de Contrato.
NOTA
Si el contrato cumple con todos los pasos requeridos es refrendado por la persona autorizada por el contralor General de la República, de lo contrario es devuelto al Departamento de Contrato para Subsanar.
DEPARTAMENTO DE CONTRATO
- Recibe y desglosa cada contrato, saca copias de los originales con timbre fiscal.
- Envía copia de los contratos al Departamento de Planilla.
DEPARTAMENTO DE PLANILLA JEFE(A)
- Recibe contratos y autoriza al Supervisor para que confeccione la planilla.
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PROCEDIMIENTO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
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SUPERVISOR
- Confecciona planilla y la remite al jefe para su firma.
JEFE(A) O PERSONA ASIGNADA
- Recibe la planilla y firma; la remite al Director para su firma.
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS O PERSONA ASIGNADA
- Recibe y firma la planilla y la remite al Departamento de presupuesto.
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
- Realiza el registro presupuestario y sella la planilla y la remite al Departamento de Contabilidad.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
- Ingresa la planilla en el sistema SIAFPA, sella y envía a la Dirección de Auditoría. DIRECCIÓN DE AUDITORÍA
- Revisa y sella la planilla y la remite al Departamento de Planilla. DEPARTAMENTO DE PLANILLA
- Recibe y registra la planilla y la envía a Control Fiscal.
CONTROL FISCAL
- Revisa con las copias de los contratos adjuntos, firma la planilla y envía al Departamento de Planilla.
DEPARTAMENTO DE PLANILLA
- Recibe los contratos y los remite al Departamento de Contabilidad.
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PROCEDIMIENTO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
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DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
- Recibe la planilla y realiza el devengado y remite al Departamento de Planilla nuevamente.
DEPARTAMENTO DE PLANILLA
- Recibe planilla y la remite a la Contraloría General de la República para la confección de Cheques.
NOTA
Para poder cobrar, se hace obligatorio por el contratista, presentar un informe de las actividades realizadas durante el mes. Este informe debe estar firmado por el contratista y el Honorable Diputado responsable de su personal de contrato.
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PROCEDIMIENTO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
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VI. PROCESO Y MAPEO
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PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO DE CONTRATOS
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
CONTROL FISCALDEPARTAMENTO
DE PLANILLADIRECCIÓN DE
AUDITORÍA INTERNA
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MAPEO DE PROCESO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
ASAMBLEA NACIONAL
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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATO
Entrega autorización para confección de contratos a la Dirección de Recursos Humanos.
Recibe el listado y busca los documentos de cada persona y los remite a la oficinista.
Arma el expediente, busca la estructura del MEF de acuerdo al salario y confecciona contrato y los remite al Supervisor.
Recibe y revisa los contratos e ingresa a la estructura de contratos y las remite al Jefe de Contrato.
Recibe los contratos y verifica si todo esta en orden y remite el paquete al Presidente para su firma.
Recibe contratos y confecciona cuadro de modificaciones y lo remite al Departamento de Presupuesto.
Recibe contratos e ingresa en el SIAFPA los contratos con su dígito verificador, y lo remite al Departamento de Presupuesto.
Recibe los contratos y bloquea la partida en el sistema y lo remite al Departamento de Contabilidad.
Recibe los contratos y le hace contigencia y seguimiento en el Sistema y lo remite al Departamento de Contratos.
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Recibe y revisa la autorización con el listado de los nombres de las personas que se le confeccionará el contrato y lo remite al Departamento de Contrato para que proceda con el trámite.
Recibe y firma un juego de contratos y entrega a los Honorables Diputados(as) un juego y el orginal los remite al Departamento de Contrato.
MAPEO DE PROCESO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
Recibe paquete de contratos y verifica saldo por contrato, coloca la partida presupuestaria y remite al Departamento de Contabilidad.
Verifica que cada contrato esté en la estructura y la documentación requerida, confecciona hoja de dualidad y los remite a Control Fiscal.
ASAMBLEA NACIONAL
Recibe contratos, realiza registro de entrada, verifica que los contratos estén en la estructurasi tiene los documentos requeridos y la dualidad, luego lo remite al Departamento de Contrato.
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1
MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATO
Recibe contratos y autoriza la confección de la planilla y la firma y remite planilla al Director de Recursos Humanos.
Recibe y revisa la planilla y la remite al Departamento de Presupuesto.
Realiza el registro presupuestario, sella la planilla y la remite al Departamento de Contabilidad.
Ingresa la planilla en el sistema SIAFPA, sella y la remite a la Dirección de Auditoría Interna.
Revisa y sella la planilla y la remite al Departamento de Planilla.
Recibe, registra la planilla y la envía a Control Fiscal.
Revisa con las copias de los contratos ajuntos, y firma la planilla y envía al Departamento de Planilla.
Recibe los contratos y los remite al Departamento de Contabilidad.
Recibe la planilla y realiza el devengado y la remite a planilla.
Recibe planilla y la remite a la Contraloría Generla de la República.
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ASAMBLEA NACIONAL
Recibe y desglosa cada contrato y saca copia de los originales, después los remite al Departamento de Planilla.
MAPEO DE PROCESO DE CONFECCIÓN Y TRÁMITE DE CONTRATOS
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VII. ANEXO MODELO DE CONTRATO
ASAMBLEA NACIONAL CONTRATO No.00000
SERVICIOS PROFESIONALES
Los suscritos, a saber: XXXXXXX XXXXXXX, varón panameño, mayor de edad, vecino
de esta ciudad, con cédula de identidad personal No. 0-000-000, actuando en nombre y
representación de LA ASAMBLEA NACIONAL, en su condición de PRESIDENTE, por
una parte; y por la otra XXXXX XXXXX, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula
de identidad personal No. 0-000-000 y seguro social No. 000-0000, actuando en
nombre propio, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, han convenido
en suscribir el presente Contrato de Servicios Profesionales, de conformidad con las
cláusulas siguientes:
PRIMERA: EL CONTRATISTA se obliga, estrictamente mediante el presente
contrato, a prestar sus servicios profesionales ejerciendo el cargo de
COORDINADOR DE PLANES Y PROGRAMAS EN LA PROVINCIA DE
PANAMA, con las características y eficiencias señaladas en este
Contrato.
SEGUNDA: En atención a la naturaleza de servicios profesionales del presente
contrato, El CONTRATISTA no está sujeto a horario, ni a subordinación
Jerárquica, y solo presta sus servicios de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuesto vigente y el Manual de Gasto Público.
TERCERA: EL CONTRATISTA se compromete a ENTREGAR un informe mensual
por escrito al Departamento de Contratos, detallando las labores
efectuadas durante su gestión, el progreso de las no concluidas, sus
observaciones a los puntos encomendados a él y las recomendaciones
que estime conveniente o necesarias para un mejor desarrollo de las
tareas y funciones.
Dicho informe debe estar debidamente REFRENDADO por la firma de la
Persona a cuyas órdenes presta su servicio el CONTRATISTA. Del mismo
Modo se obliga a presentar un informe del progreso de sus actividades
Cuando lo sean exigidas por la Asamblea Nacional en los momentos en
XXXXXX XXXXXX
CO-000000
Los momentos en que ésta así lo dispongan por intermedio del
Presidente de la misma.
CUARTA: EL CONTRATISTA se obliga a acatar las indicaciones y a cumplir las
normas legales y administrativas que rigen en la Asamblea Nacional, así
como a cumplir fielmente con todas las leyes, decretos, ordenanzas
provinciales,
acuerdos municipales disposiciones legales vigentes y asumir todos los
gastos que estas establezcan, sin ningún costo adicional para la
Asamblea Nacional. El contratista queda advertido igualmente de lo
señalado en el Artículo 345 del Código Penal:
Artículo 345. El servidor público que acepte un nombramiento para un
cargo Público o perciba remuneración del Estado sin prestar el servicio al
cual ha sido designado, sin causa justificada, será sancionado con ciento
cincuenta a trescientos días multa o trabajo comunitario.
QUINTA: El contratista brindará sus servicios a la Asamblea Nacional en la
PROVINCIA DE PANAMA, coordinará los proyectos de infraestructura que
se lleven a cabo para el desarrollo de las actividades comunitarias del
circuito. Deberá velar por el mantenimiento preventivo y correctivo de
todas las infraestructuras que se desarrollen producto de la gestión de los
diputados en el circuito.
SEXTA: La Asamblea Nacional se compromete a pagar al contratista la suma total
TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA BALBOAS (B/. 3,540.00), mediante
Pagos mensuales de SEISCIENTOS BALBOAS (B/. 600.00) cuya
erogación corresponde a la Partida Presupuestaria N0.
.0.01.0.2.001.01.01.172 del Presupuesto de Rentas y Gastos de la
ASAMBLEA NACIONAL.
XXXXX XXXXXX
CO-00000
SEPTIMA: Queda entendido que del presente contrato no se derivan relaciones
laborales de carácter permanente y al CONTRATISTA, se le harán las
deducciones legales correspondientes.
OCTAVA: La Asamblea Nacional se reserva el derecho de resolver este contrato en
Cualquier tiempo, sin causa justificada y sin pago de indemnización
alguna,
Previo aviso de treinta días de antelación a EL CONTRATISTA.
NOVENA: Serán causales de resolución administrativa del presente contrato las con-
tenidas en el artículo 99 de la Ley 22 del 27 de junio de 2006 que
reglamenta la Contratación Pública, a saber:
1. El incumplimiento de las cláusulas pactadas.
2. La muerte del contratista, en los casos en que debe producir la
extinción del contrato conforme a las reglas del Código Civil, si no se
ha provisto que puede continuar con los sucesores del contratista,
cuando sea una persona natural.
3. La quiebra o el concurso de acreedores del contratista, o por
encontrarse esta en estado de suspensión o cesación de pagos sin
que se haya producido la declaratorio de quiebra correspondiente.
4. La incapacidad física permanente del contratista, certificada por
médico Idóneo, que le imposibilite la realización de la obra, si fuera
personal natural.
5. La disolución del contratista, cuando se trata de persona jurídica, o de
alguna de las sociedades que integran un consorcio o asociación acci-
dental, salvo que los demás miembros del consorcio o asociación
puedan Cumplir el contrato.
XXXXXX XXXXXX
CO-000000
DECIMA: El contratista se obliga a pagar los timbres fiscales que deben adherirse al
Presente contrato, por un valor de TRES BALBOAS CON SESENTA
CENTESIMOS (B/.3.60), al momento de la firma del presente Contrato.
DECIMA Al Contratista se le reconocerán los viáticos por concepto de misión oficial
PRIMERA: de acuerdo a la Ley 63 del 28 de Octubre de 2009, del presupuesto
General del Estado.
DECIMA El término de duración del presente Contrato será de cinco (5) meses y
SEGUNDA: veintisiete (27) días, contados a partir del 4 de ENERO al 30 de JUNIO del
Año 2010. Para constancia de lo convenido, se firma el presente contrato,
en la ciudad de Panamá, a los primero días del mes de ENERO del año
dos Mil diez.
POR LA ASAMBLEA NACIONAL POR EL CONTRATISTA
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Presidente Céd.
REFRENDO:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA