MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SINDICATURA MUNICIPAL

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Página 1 de 34 AÑO: 03 No. 24 MUNICIPAL DE TENANCINGO, ESTADO DE MÉXICO. PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TENANCINGO JULIO VEINTIDOS DE DOS MIL VEINTIUNO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SINDICATURA MUNICIPAL

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AÑO: 03 No. 24

MUNICIPAL DE TENANCINGO, ESTADO DE MÉXICO.

PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TENANCINGO

JULIO VEINTIDOS DE DOS MIL VEINTIUNO.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA

SINDICATURA MUNICIPAL

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Con el propósito de fomentar un entorno

de respeto e igualdad entre el personal de

la Sindicatura Municipal que considere los

principios básicos de igualdad y equidad,

existente entre hombres y mujeres para su

óptimo desarrollo personal y profesional;

toda referencia, incluyendo los cargos,

puestos y funciones enunciados en este

Manual, al género masculino lo es también

para el género femenino, cuando de su

contenido y contexto establezca que es

para uno y otro género.

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© Ayuntamiento Constitucional de Tenancingo 2019-2021 Sindicatura Municipal Calle José María Morelos y Pavón, Palacio Municipal S/N Cabecera Municipal, Tenancingo de Degollado, Estado de México C.P. 52400 www.tenancingo.gob.mx Versión Vigente 001 Enero de 2021 Impreso y hecho en Tenancingo, México. Serie: Manuales de Organización del Ayuntamiento de Tenancingo, Estado de México.

La reproducción total o parcial de este documento se realizará siempre y cuando se otorgué el crédito correspondiente a la

fuente que le dio origen.

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Índice:

Presentación…………………….………………………………………………………………... 5

I. Antecedentes………………………………………………………………………………….. 6

II. Marco Jurídico……………………………………..………………………………………….. 7

III. Atribuciones……………………….…………………………………………………………... 9

IV. Misión………………………………………………………………………………………….. 12

V. Visión…………………………………………………………............................................... 13

VI. Valores Institucionales…………………………………………………..…………………… 14

VII. Objetivo del Manual…………………………..……………………………………………... 16

VIII. Organigrama………………………….……………………………………………………... 17

IX. Estructura Orgánica………………………………………………………………………….. 18

X. Objetivos y funciones por unidad administrativa…………………………….…………….. 19

1.1. Síndico Municipal………….……………………………………………….…………... 20

1.1.0.1. Secretaria …………….……..……….....…….………………………………………... 23

1.1.0.2. Auxiliar Administrativo………………………………………………………………….. 24

1.1.1. Asesor Jurídico……………………………………………………………….………... 25

1.1.2. Asesor Contable…….…………………………………………..………………………. 27

XI. Glosario………………………………….…………………………………………...……….. 29

XII. Actualización...………………..………………………………………………….………….. 31

XIII. Validación……………..……………………………………………………………............. 32

XIV. Directorio de la Dependencia……………………………………………………………… 33

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Presentación

El Manual de Organización de la Sindicatura Municipal es un documento que contiene,

en forma ordenada y sistemática, información sobre la historia y organización, que se

considera necesaria para realizar una eficiente y eficaz ejecución del trabajo.

Es el instrumento jurídico administrativo que fundamenta las actividades realizadas

dentro de la Administración Pública Municipal, dirigido al personal que labora en la propia

Sindicatura Municipal, para coadyuvar en su integración, a conocer y establecer un

compromiso con los objetivos institucionales y de proporcionar oportunamente la atención

e información que requieren los demandantes de su servicio.

Además, define las funciones y objetivos de la Sindicatura Municipal, sirviendo como

base de información y consulta sobre la estructura orgánica que la conforma,

estableciendo las políticas o directrices tendientes al buen funcionamiento del

Ayuntamiento, donde por Ley, es Representante Legal de los regidores, debiendo

procurar así la defensa de sus intereses tanto jurídicos como patrimoniales, llevando a

cabo la regularización de los bienes inmuebles propiedad del Municipio.

Por tanto, la consulta periódica a este Manual, ayuda a evitar duplicidad de funciones y

permite visualizar el contexto que rige la actuación y funcionamiento de sus compañeros

en el logro de sus objetivos. Dada su condición de marco de referencia, para el

desempeño del personal en materia administrativa, será necesario que este manual sea

actualizado permanentemente, o en el momento en que se presente algún cambio o

modificación orgánica y/o funcional al interior del área.

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I. Antecedentes

La sindicatura es el órgano de control y fiscalización en búsqueda de la justicia, y está en

manos de los síndicos. La palabra sindicatura nos remonta en su origen a Atenas, donde

se originó de la unión de syn que significa “con” y dike, traducido como “justicia”, pues se

usaba para nombrar a quienes protegían a las personas, a las leyes o a la comunidad en

general.

La función del Síndico tiene antecedentes en los antiguos municipios españoles, en

figuras como la del procurador quien era el defensor de los derechos ciudadanos aun en

contra del cabildo. Era electo por los regidores, pero no formaba parte del cabildo.

La Sindicatura Municipal tiene funciones de fiscalización y control de la administración

pública, es una figura relevante del ayuntamiento no sólo por la multiplicidad de

atribuciones que las diversas legislaciones le otorgan, sino porque éste suele poseer un

“doble carácter”, es decir, además de formar parte del organismo colegiado de gobierno

con los mismos derechos y obligaciones que el resto de los regidores, desempeña ciertas

funciones en la administración municipal.

En México el cargo de síndico es de elección popular igual que el Presidente municipal y

regidores. En el Estado de México ejerce funciones de fiscalización. Tiene voz y voto en

las sesiones del Cabildo.

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II. Marco Jurídico

✓ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

✓ Ley General de Contabilidad Gubernamental.

✓ Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

✓ Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

✓ Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y Municipios.

✓ Ley que regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México.

✓ Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios.

✓ Ley de Planeación del Estado de México.

✓ Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

✓ Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal

correspondiente.

✓ Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

✓ Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México.

✓ Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México.

✓ Código Financiero del Estado de México.

✓ Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

✓ Código Reglamentario Municipal de Tenancingo.

✓ Plan de Desarrollo Municipal de Tenancingo 2019-202.

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✓ Acuerdo Del Ejecutivo Del Estado, Por El Que Se Crea El Procedimiento De

Inmatriculación Administrativa De Bienes Inmuebles Del Dominio Público De Los

Municipios.

✓ Manual para la Planeación, Programación y Presupuesto de Egresos Municipal para

el Ejercicio correspondiente.

✓ Bando Municipal del Ayuntamiento de Tenancingo Estado de México.

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III. Atribuciones

Ley Orgánica del Estado de México

Artículo 53.- Los síndicos tendrán las siguientes atribuciones:

I. Procurar, defender y promover los derechos e intereses municipales; representar

jurídicamente a los integrantes de los ayuntamientos, facultándolos para otorgar y revocar

poderes generales y especiales a terceros o mediante oficio para la debida

representación jurídica correspondiente, pudiendo convenir en los mismos.

La representación legal de los miembros de los ayuntamientos, sólo se dará en asuntos

oficiales;

I Bis. Supervisar a los representantes legales asignados por el Ayuntamiento, en la

correcta atención y defensa de los litigios laborales;

I Ter. Informar al presidente, en caso de cualquier irregularidad en la atención y/o defensa

de los litigios laborales seguidos ante las autoridades laborales competentes.

Derogado.

II. Revisar y firmar los cortes de caja de la tesorería municipal;

III. Cuidar que la aplicación de los gastos se haga llenando todos los requisitos legales y

conforme al presupuesto respectivo;

IV. Vigilar que las multas que impongan las autoridades municipales ingresen a la

tesorería, previo comprobante respectivo;

V. Asistir a las visitas de inspección que realice el Órgano Superior de Fiscalización del

Estado de México a la tesorería e informar de los resultados al ayuntamiento;

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VI. Hacer que oportunamente se remitan al Órgano Superior de Fiscalización del Estado

de México las cuentas de la tesorería municipal y remitir copia del resumen financiero a

los miembros del ayuntamiento;

VII. Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e inmuebles

propiedad del municipio, haciendo que se inscriban en el libro especial, con expresión de

sus valores y de todas las características de identificación, así como el uso y destino de

los mismos;

VIII. Regularizar la propiedad de los bienes inmuebles municipales, para ello tendrán un

plazo de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la adquisición;

IX. Inscribir los bienes inmuebles municipales en el Registro Público de la Propiedad,

para iniciar los trámites correspondientes tendrán un plazo de ciento veinte días hábiles

contados a partir de aquel en que concluyó el proceso de regularización;

X. Vigilar que los Oficiales Calificadores, observen las disposiciones legales en cuanto a

las garantías que asisten a los detenidos;

XI. Participar en los remates públicos en los que tenga interés el municipio, para que se

finquen al mejor postor y se guarden los términos y disposiciones prevenidos en las leyes

respectivas;

XII. Verificar que los remates públicos se realicen en los términos de las leyes respectivas;

XIII. Verificar que los funcionarios y empleados del municipio cumplan con hacer la

manifestación de bienes que prevé la Ley de Responsabilidades Administrativas del

Estado de México y Municipios;

XIV. Admitir, tramitar y resolver los recursos administrativos que sean de su competencia;

XV. Revisar las relaciones de rezagos para que sean liquidados;

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XVI. Revisar el informe mensual que le remita el Tesorero, y en su caso formular las

observaciones correspondientes.

XVII. Las demás que les señalen las disposiciones aplicables.

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IV.- Misión:

Vigilar el patrimonio municipal y la correcta aplicación de los recursos públicos

contribuyendo a una administración transparente, siendo un contrapeso real y eficaz de

los actos del gobierno municipal, con el objetivo de ofrecer a la ciudadanía la certeza de

la correcta aplicación de los recursos, a través de la revisión de las cuentas públicas.

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V.- Visión:

Ser una Dependencia que, al conducirse con responsabilidad, honestidad, compromiso

y con estricto apego a lo establecido por el marco jurídico que nos rige, seamos factor

determinante en el establecimiento de la certeza jurídica del Ayuntamiento de

Tenancingo, lo que indudablemente se reflejará en beneficio para la ciudadanía, además

de transparentar el uso y destino de los bienes muebles e inmuebles que integran el

patrimonio municipal.

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VI. Valores Institucionales

Honestidad: Practicamos la rectitud en nuestro quehacer cotidiano, respetando la verdad

sin desviaciones, no robar, no mentir y no traicionar al pueblo.

Responsabilidad: Nos conducimos con estricto apego a la ley, colaborando en equipo,

definiendo nuestras prioridades y cumpliendo nuestras obligaciones con transparencia,

conocimiento de causa y conciencia.

Seguridad: Este gobierno se ha propuesto conformar una sociedad protegida,

procurando un entorno de seguridad y respeto al estado de derecho, así como la

integración con los sistemas de seguridad pública nacional y estatal, las políticas

municipales que garanticen el establecimiento de la seguridad ciudadana, sus libertades

y derechos fundamentales.

Congruencia: Actuamos de acuerdo con lo que pensamos, sentimos y decimos,

anteponiendo la verdad y alineando nuestras actitudes, aptitudes y procedimientos a las

estrategias propias de un Municipio eficiente y eficaz.

Gobernanza: Para garantizar la dualidad gobierno-sociedad, la administración pública

municipal deberá basarse en los principios de transparencia, honradez, equidad,

igualdad, eficacia y eficiencia para lograr un gobierno solidario, progresista y de

resultados.

Gobierno de resultados: Que mida sus logros y alcances por medio de la percepción

inmediata y tangible del mejoramiento del nivel de vida de los habitantes del Municipio, a

través de indicadores puntuales, transparentes y objetivos e implementando procesos

digitales que disminuyan el costo del acceso a la información y vuelvan eficiente la acción

de la administración pública municipal.

Transparencia: Este gobierno deberá garantizar la rendición de cuentas y la

transparencia, fomentando la participación de la sociedad para consolidar una

administración honesta, transparente, ágil, eficaz y eficiente.

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Los objetivos, estrategias y líneas de acción que defina el Ayuntamiento y cada una de

sus unidades administrativas deben estar encaminados a fortalecer las Misión y Visión

del gobierno municipal 2019-2021. Además, estos se deben conducir por la vía de los

Principios enunciados.

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VII. Objetivo General

Procurar y defender los derechos e intereses del Municipio de Tenancingo, así como

salvaguardar los bienes inmuebles que conforman su patrimonio. De igual manera

normar, coordinar, ejecutar y controlar la alta y baja de bienes inmuebles, enajenación y

transmisión de los mismos, así como controlar con certeza jurídica el alta y baja de los

bienes inmuebles ya sea por enajenación, donación o transmisión de dichos bienes.

Además, tiene a su cargo la procuración y defensa de los derechos e intereses del mismo.

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VIII. Organigrama

Ayuntamiento Constitucional de Tenancingo 2019-2021

Organigrama de la Sindicatura Municipal

Ayuntamiento

Constitucionalde Tenancingo

Sindicatura

Municipal

Asesor JurídicoAsesor

Contable

SecretariaAuxiliar

Administrativo

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IX.- Estructura Orgánica

1.- Ayuntamiento Constitucional de Tenancingo 2019-2021

1.1.- Sindicatura Municipal

1.1.0.1.- Secretaria

1.1. 0.2.- Auxiliar Administrativo

1.1.1.- Asesor Jurídico

1.1.2.- Asesor Contable

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X. Objetivos y funciones por unidad administrativa

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1.1. Síndico Municipal

Objetivo:

Representar a la ciudadanía como órgano de vigilancia; evaluación y seguimiento en la

gestión y manejo de los recursos públicos municipales, con el propósito que se ejerzan

con transparencia eficiencia, eficacia y honradez.

Funciones:

1.- Revisar los Informes Mensuales y la Cuenta Pública Municipal que remita la Tesorería

Municipal al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

2.- Intervenir en la formulación y actualización de los inventarios de bienes muebles e

inmuebles procurando que se establezcan los registros administrativos;

3.- Asistir a las visitas o inspecciones que realice el Órgano Superior de Fiscalización del

Estado de México, a la Tesorería Municipal, o a cualquier otra dependencia municipal;

4.- Participar con derecho a voz y voto en las sesiones de Cabildo y en las comisiones

que por ley le corresponden;

5.- Vigilar la correcta observancia de los acuerdos y disposiciones del Ayuntamiento;

6.- Participar en Ias·comisiones del Ayuntamiento cuando se trate de resoluciones o

dictámenes que afecten los intereses Jurídicos, Fiscales y de Gasto Público del

municipio;

7.- Participar activamente como Comisario del Consejo Directivo del Organismo Público

Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y

Saneamiento del Municipio Tenancingo, Estado De México;

8.- Revisar que el ejercicio del gasto se realice llenando todos los requisitos legales y

conforme al presupuesto de egresos autorizado;

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9.- Vigilar que las multas que impongan las autoridades municipales o cualquier ingreso

sean enteradas a la Tesorería Municipal, previo certificado de ingresos;

10.- Vigilar la formulación del inventario general de los bienes muebles e inmuebles

propiedad del Municipio;

11.- Vigilar el régimen de propiedad de los bienes inmuebles municipales;

12.- Revisar la situación de los rezagos fiscales para que éstos sean liquidados y

cobrados;

13.- Formar parte de una comisión encomendada a los Regidores cuando la importancia

de la misma y los intereses del municipio así lo ameriten;

14.- Conocer de las condonaciones o reducciones de créditos fiscales que realicen el

Tesorero o el Presidente Municipal;

15.- Solicitar datos, informes y documentación en general a fin de hacer las compulsas

necesarias a las empresas o entidades, privadas o públicas participantes en las

actividades que se revisan;

16.- Realizar las gestiones necesarias a fin de que todos los actos traslativos de dominio

en que el ayuntamiento sea parte, así como las declaratorias de incorporación y

desincorporación de bienes inmuebles municipales se encuentren debidamente inscritos

en el Registro Público de la Propiedad;

17.- Dirigir y coordinar la planeación, programación, ejecución y evaluación de los

programas de trabajo, proyectos, estrategias y acciones de acuerdo con el ámbito de

competencia;

18.- Supervisar la integración del proyecto de presupuesto general y presupuesto basado

en resultados y validarlos;

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19.- Atender las obligaciones que le correspondan en materia de transparencia y acceso

a la información pública, alimentando el portal habilitado para tal efecto, así como las

solicitudes específicas de información que le sean requeridas por la Unidad de

Trasparencia;

20.- Coordinar la elaboración y/o actualización del Manual de Organización y Manual de

Procedimientos del Área;

21.- Validar y reportar los informes de avance trimestral del presupuesto basado en

resultados, del programa de mejora regulatoria y del plan de desarrollo municipal, así

como todos los demás que le sean solicitados por el Presidente Municipal y/o la

Secretaria Técnica; y

22.- Desarrollar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia y aquellas

solicitadas por su superior inmediato.

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1.1.0.1. Secretaria.

Objetivo:

Brindar atención a la población en general con amabilidad y respeto, realizar la recepción

y archivo de los documentos, solicitudes, etc. que llegan al área, además elaborar oficios.

Funciones:

1.- Controlar agenda de la Síndico Municipal;

2.- Controlar el archivo físico y electrónico, así como los expedientes que sea necesario

conservar para su análisis o revisión posterior;

3.- Atender las llamadas telefónicas con respeto, brindando la atención e información

solicitada y llevar control de las mismas;

4.- Recibir y atender a los ciudadanos que acudan a visitar a la Síndico Municipal, con

atención respeto y calidez humana, registrando sus datos de contacto;

5.- Controlar el programa de audiencias para su revisión y aprobación;

6.- Recibir y organizar documentos oficiales y correspondencia en general dirigida a la

Sindicatura Municipal;

7.- Elaborar oficios, memos, circulares y demás documentos que la Síndico Municipal

dicte;

8.- Vigilar que la oficina cuente con los recursos necesarios para su buen funcionamiento;

9.- Registrar el número de oficios expedidos por la Sindicatura;

10.- Desarrollar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia y aquellas

solicitadas por su superior inmediato;

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1.1.0.2. Auxiliar Administrativo:

Objetivo:

Apoyar las actividades de la Sindicatura en las acciones de fiscalización y control que se

desarrollen.

Funciones:

1.- Elaborar, capturar y registrar oficios y documentos que se requieran;

2.- Remitir la correspondencia que se envía a las Dependencias;

3.- Archivar y controlar la orden del día y actas de sesiones ordinarias y extraordinarias

de las sesiones de Cabildo;

4.- Controlar el archivo general de la sindicatura;

5.- Auxiliar a los asesores cuando el desarrollo de sus actividades así lo requieran,

6.- Mostrar buena disposición y capacidad de interpretación en la delegación de

responsabilidades;

7.- Tener seriedad, ser organizado, responsable honesto y con vocación de servicio a la

comunidad,

8.- Desarrollar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia y aquellas

solicitadas por su superior inmediato,

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1.1.1. Asesor Jurídico

Objetivo:

Diseñar y proponer la estrategia jurídica para respaldar legalmente los actos y

resoluciones que emita la Sindicatura Municipal.

Funciones:

1.- Tramitar y dar el seguimiento a los procedimientos de inmatriculación administrativa

de los bienes inmuebles de propiedad municipal;

2.- Conocer y auxiliar en los recursos administrativos de Inconformidad que se presenten

en la Sindicatura Municipal;

3.- Acordar las peticiones que formulen por escrito los particulares o las diversas

autoridades, con vistos bueno y firma autógrafa del Titular de Sindicatura;

4.- Realizar inspecciones en los predios de propiedad municipal, para proceder al trámite

de inmatriculación administrativa, en unión del personal que comisione la oficina de

Catastro Municipal;

5.- Asesorar al Síndico Municipal en el despacho de los asuntos a su cargo e informarle

oportunamente sobre el seguimiento de los mismos;

6.- Desahogar las consultas de carácter legal que las dependencias de la administración

pública municipal central o descentralizada sometan a la consideración de la Sindicatura;

7.- Brindar asesoría jurídica en las gestiones de carácter social que realice la Sindicatura

Municipal;

8.- Preparar iniciativas a solicitud del Síndico Municipal, para someter a la consideración

del Ayuntamiento;

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9.- Revisar y autorizar los dictámenes de expedientes relacionados con los inmuebles de

dominio público municipal, que le son turnados por la Contraloría Municipal;

10.- Efectuar revisiones jurídicas específicas, preparar los informes correspondientes,

notificar a los sujetos revisados y en su caso, dar seguimiento a los resultados;

11.- Redactar informes relacionados con las solicitudes de información que efectúen los

ciudadanos a la Sindicatura, a través de la Unidad de Transparencia;

12.- Revisar los procedimientos y autorizar en su caso, la firma del Síndico Municipal de

las actas de baja y depuración de bienes muebles y en su caso, su enajenación o

donación;

13.- Representar a la Sindicatura Municipal cuando así lo disponga el Síndico Municipal

en actos, comisiones, eventos y reuniones ante instituciones públicas y privadas de los

ámbitos federal, estatal y municipal; y

14.- Las demás funciones que le confiera expresamente el Síndico Municipal.

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1.1.2. Asesor Contable

Objetivo:

Controlar la ejecución y el seguimiento de las acciones de fiscalización, mediante la

verificación periódica del avance del plan y programa de auditoría y de la situación que

guardan las distintas acciones de fiscalización, así como del flujo de información, del

cumplimiento de las normas legales, de los lineamientos de políticas y planes de acción

internos.

Funciones:

1.- Controlar que se realicen y lleven a cabo las actividades de fiscalización y control de

acuerdo a los objetivos y alcances determinadas en la planeación de la auditoria;

2.- Verificar que se lleven a cabo la aplicación de pruebas de control y/o de cumplimiento;

3.- Apoyar las revisiones y la fiscalización, con técnicas, procedimientos, normas y

políticas aplicables, asi como en los fundamentos jurídicos del marco legal aplicable;

4.- Investigar las operaciones financieras, administrativas u operacionales realizadas por

la dependencia auditada;

5.- Analizar la documentación recabada por los auditores;

6.- Practicar Auditorías a las obligaciones de los servidores públicos programados;

7.- Efectuar la revisión al Informe Mensual y la cuenta pública anual;

8.- Realizar la Revisión de la deuda pública;

9.- Intervenir en la formulación del Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles del

Municipio;

10.- Verificar que los remates públicos se realicen en los términos de las Leyes

respectivas;

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11.- Elaborar un informe de manera trimestral, del Presupuesto basado en Resultados;

12.- Participar como representante de la Sindicatura en los comités internos de Obra

pública y adquisiciones y Servicios, Arrendamientos, Adquisición de Inmuebles y

Enajenaciones; y

13.- Las demás funciones que le confiera expresamente el Síndico Municipal.

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XI.- Glosario

Ayuntamiento: - Es el cuerpo colegiado de Regidores, Sindico y Presidente Municipal

que analiza, estudia y aprueba Reglamentos o Normativa Municipal aplicable en el

Municipio de Tenancingo, Estado de México.

Arrendamiento: El arrendamiento es un contrato mediante el cual una parte, llamada

arrendador, se obliga a transferir de modo temporal el uso o goce de una cosa a otra

parte, llamada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio

cierto y determinado.

Apersonarse: Verbo pronominal. Usado en Derecho. Personarse (comparecer).

Cabildo. - Es la Sesión respectiva donde se reúnen los miembros integrantes del

Ayuntamiento, para el análisis, discusión y aprobación de asuntos municipales.

Comodato: El comodato es un contrato mediante el cual una persona, llamada

comodante, se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible a otra

persona, llamada comodatario, quien a su vez se obliga a restituir la cosa individualmente,

es decir, la misma cosa prestada.

Concesión: Es el acto por el cual se concede a un particular el manejo y explotación de

un servicio público o la explotación y aprovechamiento de bienes del dominio del Estado.

Condominio: La modalidad del derecho de propiedad por la que su titular, el condominio,

tiene por una parte la propiedad exclusiva y singular respecto de una casa, departamento,

vivienda, piso o local, como unidad privativa de las que un inmueble consta y por la otra,

una participación en la copropiedad de los elementos comunes de dicho inmueble, en

proporción al valor de su unidad.

Contencioso: Dicho de un asunto, proceso o recurso: Sometido a conocimiento y

decisión de los tribunales en forma de litigio entre partes, en contraposición a los de

jurisdicción voluntaria y a los que estén pendientes de un procedimiento administrativo.

Usado también como sustantivo masculino.

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Convenio: El acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir

obligaciones.

Derecho Civil: El Derecho Civil puede ser considerado como la rama del Derecho

Privado, general para el orden jurídico, que estudia y regula los atributos de las personas,

los derechos de la personalidad, la organización jurídica de la familia y las relaciones

jurídicas de carácter patrimonial habidas entre particulares, con exclusión de aquellas de

contenido mercantil, agrario o laboral.

Derechos Humanos: La doctrina, de acuerdo con la cual toda persona tiene por

naturaleza, y por tanto sin importar su voluntad, mucho menos la voluntad de unos

cuantos o de uno solo, algunos derechos fundamentales.

Síndico: Persona elegida por una comunidad o corporación para cuidar de sus intereses.

Sindicatura: Oficina del síndico.

Proyecto: - Es una planificación que consiste en un conjunto de actividades que se

encuentran interrelacionadas y coordinadas.

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XII. Actualización

Manual de Organización de la Sindicatura Municipal

Primera Edición.

Presidente Municipal Constitucional:

Lic. Gabriel Gallegos García

Síndico Municipal

L.D.G. Deyanira Domínguez Reynoso

Secretario Técnico

C. Jorge Sabino Mejía Rivera

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XIII. Validación

El presente Manual de Organización de la Sindicatura Municipal, fue aprobado en la Sala

de Cabildos del Palacio Municipal en la Ciudad de Tenancingo de Degollado, Estado de

México, en la sesión del XX de septiembre de 2019 por el Ayuntamiento Constitucional

de Tenancingo, para su publicación y observancia.

LIC. GABRIEL GALLEGOS GARCIA

Presidente Municipal Constitucional

(Rubrica)

L.D.G. DEYANIRA DOMÍNGUEZ REYNOSO,

Síndico Municipal

(Rubrica)

M.D.C. RENE VELÁZQUEZ MIRELES,

Primer Regidor Municipal

(Rubrica)

L.D. NATIELY YAZARETH JARDÓN DELGADO,

Segunda Regidora Municipal

(Rubrica)

LIC. PABLO HERMILO PEDROZA HERNÁNDEZ,

Tercer Regidor Municipal

(Rubrica)

C. MA. DEL SOCORRO PEDRAZA DOMÍNGUEZ,

Cuarta Regidora Municipal

(Rubrica)

L.A.E. JUAN RUBIO HERNÁNDEZ,

Quinto Regidor Municipal

(Rubrica)

C. CAROLINA VELÁZQUEZ CRUZ

Sexta Regidora Municipal

(Rubrica)

L.D. JORGE ALBERTO JARDON ZARZA,

Séptimo Regidor Municipal

(Rubrica)

C. AURELIA STEPHANIE REYNOSO VILLANUEVA,

Octava Regidora Municipal

(Rubrica)

C. GONZALO VÁZQUEZ VÁSQUEZ

Noveno Regidor Municipal

(Rubrica)

C. ELIZABETH LARA GONZÁLEZ

Décima Regidora Municipal

(Rubrica)

LIC. JULIO CÉSAR LÓPEZ VÁSQUEZ

Secretario del H. Ayuntamiento

(Rubrica)

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XIV. Directorio de la Dependencia

Lic. Gabriel Gallegos García

Presidente Municipal Constitucional de Tenancingo

L.D.G. Deyanira Domínguez Reynoso

Síndico Municipal

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