Manual de convivencia.

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CAÑASGORDAS-ANTIOQUIA. C.E.R.BOTIJA ABAJO MARTA CASTRO. MANUAL DE CONVIVENCIA. ¨ PORQUE LA SANA CONVIVENCIA ES EL CAMINO PARA LA PAZ ¨

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CAÑASGORDAS-ANTIOQUIA.

C.E.R.BOTIJA ABAJO

MARTA CASTRO.

MANUAL DE CONVIVENCIA.

¨ PORQUE LA SANA CONVIVENCIA ES EL CAMINO

PARA LA PAZ ¨

BOTIJA ABAJO 2011.

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MARCO LEGAL.

Considerando que el pueblo colombino ha reafirmado en la Constitución Nacional su fé en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana y su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto mas amplio en la libertad.

considerando que en la declaración universal de los derechos humanos, toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Considerando que el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especial, incluso la de vida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.

Considerando que la necesidad de esa protección especial a sido enunciada en la declaración de Ginebra de 1924 sobre los derechos del niño y reconocida en la declaración universal de los derechos humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño.

Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle, proclama la declaración de los niños para que este pueda tener una infancia feliz y gozar en su propio bien y en de la sociedad, de los derechos y libertades que se enuncian en ella e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales por que se observen medidas legislativas y de otra índole, para beneficio de los niños.

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Considerando que el principio siete (7), de los derechos de los niños proclama que ¨ los niños tiene derecho a educación que será: Gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.Séle dará una educación que favorezca su cultura general y le permita en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, sus sentidos de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe de ser principio rector de quien tiene la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer termino a sus padres.El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos de la educación; la sociedad y las autoridades publicas se esforzarán por promover el goce de este derecho ¨. Declaración de los derechos del niño, consignada en la constitución nacional. Página 201, 203, 204.

Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta 9º de educación básica.

La educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las facultades del menor, con el fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcándole el respeto por los derechos humanos, los valores culturales propios y el cuidado del medio ambiente natural, con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad, su perjuicio de la libertad de enseñanza establecida en la Constitución Política.

Capitulo II. Artículo 7. Código del Menor.(Constitución Nacional Artículo 67, Artículo 253 y 254. Decreto 94 de 1992, artículo 28 y 29).

Artículo 312. Los padres o quienes tengan al menor bajo su cuidado, tiene la obligación de vincularlos a los

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establecimientos educativos públicos y privados, con el objeto que reciban la educación al que se refiere el artículo anterior.

Los padres tendrán derecho a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos, respetando los principios consagrados en el Código del Menor.

Artículo 313. Los directores de los centros educativos velarán por el permanente asistencia del menor a sus establecimientos procurara habitar las deserción escolar y si esta se presenta se investigará la causa.

Artículo 314. Para el cumplimiento del artículo anterior el director del establecimiento educativo citará a los padres del menor cundo se presentes dos o mas ausencia injustificadas en el mes.

Si se establece que el padre es el responsable, el director del establecimiento deberá informar a las autoridades competentes para que aplique las correspondientes sanciones.

Si el responsable es el menor se le amonestará y exhortará a los padres, si persiste la conducta el director educativo remitirá el menor al defensor de familia para que adelante las diligencias de protección permanente. (Código del Menor).

Artículo 87. Reglamento manual de convivencia.Los establecimientos educativos tendrá u reglamento o manual de convivencia en le cual se definen los derechos u obligaciones de los estudiante. Los padres o tutores, al firmar la matriculan correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.(Ley general de Educación 115 del 94).

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JUSTIFICACIÓN.

Manual de Convivencia:

El manual de convivencia del C.E.R. BOTIJA ABAJO contiene los reglamentos que orientan la sana convivencia entre los integrantes de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución.

Es un compendio de normas en que se especifica los derechos, los deberes, estímulos, y correctivo de alumnos, padres de familia y educador, enfocados al mejoramiento de la convivencia, basado en el respeto y la tolerancia. A la vez compromete a todos sus integrantes en el que hacer educativo de una manera organizada y participativa.

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OBJETIVOS GENERALES.

El manual tiene por objeto:

Consagrar los derechos, deberes y compromiso de los alumnos, padres de familia y educadora del C.E.R. BOTIJA ABJO.

Determina los principios que orientan las normas de convivencia de la comunidad educativa.

Definir situaciones y comportamientos irregulares y sus respectivas soluciones.

Señalar el debido proceso ante cualquier irregularidad. Establecer los compromisos adquiridos al ingresar al

C.E.R

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OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Promover la sana convivencia a través del respeto y tolerancia entre la comunidad educativa.

dar a conocer los derechos y los deberes de alumnos, padres de familia y docente del C.E.R.BOTIJA ABAJO

Motivar la buena conducta por medio de estímulos Mejorar las conductas inadecuadas por medios de

correctivos. Fomentar el sentido de pertenencia en la comunidad

educativa.

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COMPROMISO DE ESTUDIANTE Y DEL PADRE DE FAMILIA AL FIRMAR LA MATRÍCULA.

Presentar la papelería requerida para ingresar Al C.E.R. Botija Abajo

Pagar oportunamente los servicios complementarios y servicio de restaurante.

Cumplir con el manual de convivencia.

El carácter de estudiante se pierde por:

Papelería falsa. expulsión del C.E.R. Inasistencia a la cuarta parte del año lectivo (250

horas para primaria )

DERECHOS DE LOS ALUMNOS.

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Todos los alumnos del C.E.R.BOTIJA ABAJO tienen derecho a:

Ser tratado con dignidad. Ser atendido en sus reclamos ante el docente siempre

y cuando sean hechos con veracidad y respeto. Participar en los eventos deportivos, culturales y

sociales que se programen. Ser tratados de acuerdo con sus capacidades físicas e

intelectuales. Se le autoricen permisos cundo sean solicitados con

justa causa. Hacer uso de los bienes y enceres del C.E.R. BOTIJA

ABAJO. Ser calificado y evaluado justamente por sus actitudes,

de acuerdo a las normas vigentes. Elegir y ser elegido en el gobierno escolar. Ser protegido contra el uso de sustancias que

producen dependencia. A no ser discriminado por razón de pensamiento, raza,

religión o condición física. Recibir enseñanza y educación de acuerdo a su edad y

progreso. No ser privado de arbitrariamente de las actividades

escolares y recibir buen trato. Conocer la información de sus logros y su rendimiento

académico. Recibir información permanentemente sobre el

funcionamiento del C.E.R.

DEBERES DE LOS ALUMNOS.

Todos los alumnos del C.E.R. BOTIJA ABAJO deben:

Guardar buen comportamiento dentro y fuera del establecimiento.

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Dar trato cortés y respetuoso a sus compañeros, maestros y superiores.

Presentarse al establecimiento aseado, portar bien el uniforme los días establecidos.

Cumplir con tareas y trabajos asignados. Asistir con regularidad y puntualidad a las clases. Pedir autorización para utilizar objetos ajenos. Cuidar los pupitres muebles y demás enseres del

establecimiento. Usar un vocabulario decente en todo momento. No portar armas. No portar, distribuir ni consumir bebidas

embriagantes, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

No ausentarse del aula ni del establecimiento sin previa autorización.

Acatar cortés y comedidamente las sugerencias de sus superiores.

Informar oportunamente las causas de las inasistencias.

Hacer buen uso del tiempo y preocuparse por su rendimiento académico.

Asistir a clase con buena disposición y ánimo. Cumplir oportunamente con los pagos en el Centro

Educativo.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE.

Todos los padres de familia y/o acudientes del C.E.R. BOTIJA ABAJO tienen derecho a:

Ser tratados con dignidad. Ser escuchados y atendidos en sus sugerencias. Participar en la Asociación de Padres de Familia.

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Conocer por medio de informes periódicos el rendimiento académico y de convivencia de sus hijos y/o acudido.

Participar en diferentes actividades programadas. Recibir información sobre el funcionamiento del

establecimiento.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Velar para que su hijo o acudido tenga todos los útiles y elementos de trabajo necesarios.

Responder los daños que el alumno ocasione en el establecimiento.

Solicitar periódicamente los informes de su hijo o acudiente.

Asistir a los llamados y reuniones programadas en el establecimiento.

Colaborar con el mejoramiento y progreso del establecimiento en el logro de sus objetivos.

Velar por el cumplimiento de tares y compromisos de sus hijos.

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Enviar aseados, con el uniforme y puntualidad a sus hijos al establecimiento.

Presentar excusas por escrito de la inasistencia de sus hijos.

DEBERES DE LOS PROFESORES.

Cumplir la constitución y las leyes de Colombia. Inculcar en los educando el amor a los valores

históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios.

Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.

Cumplir con las órdenes inherentes de su cargo que les imparta sus superiores jerárquicos.

Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación con motivo del servicio.

Cumplir con la jornada laborar y cumplir con la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones y propósitos del C.E.R.

Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes del C.E.R..

Observar una conducta publica acorde con el decoro y la dignidad del cargo.

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Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a sus alumnos.

Desempeñar su empleo, cargo o función sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones legales.

Las demás funciones que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos.

A los docentes les esta prohibido abandonar o sus pender sus labores injustificadamente o sin previa autorización.

Decreto 2277 del 79, artículo 44 y 45. Ley 200 del 95, artículo 40.

FALTAS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA.

Impuntualidad a las clases. Desordenes en formaciones y actos generales de la

comunidad. Conversaciones que interrumpan las clases y estudio. Falta de comedimiento para atender las

recomendaciones. Maltrato para los compañeros, profesor y demás

personas del C.E.R. Vocabulario descomedido y grosero. Chistes y chisme de mal gusto. Ausentarse del establecimiento sin autorización. Realizar en las clases asuntos diferentes de los

señalados por los profesores. Perder el tiempo o hacer perder el tiempo a sus

compañeros. Llevar o guardar armas. Negarse a cumplir con sus deberes académicos. Usar cachucha, gorros o sombreros en el salón de

clase o formación. No portar el uniforme debidamente en los días

programados.

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FALTAS QUE AFECTAN LA CONDUCTA.

Todo acto contra la moral y las buenas costumbres. Agredir de hecho o de palabra a un superior, un

compañero o cualquier otra persona del establecimiento.

Alterar los libros de calificaciones, los controles de asistencia o los certificados de estudio.

Atentar contra la propiedad ajena. Presentarse en estado de embriaguez al C.E.R. Consumo de sustancias psicotrópicas dentro del

establecimiento. Portar o guardar armas. Presentación impropia del vestuario o uniforme. Reincidencia en quebrantar las normas reglamentaras

del centro educativo. Colocar música inmoral y videos. Colocar música no autorizada por los profesores. Manipular equipos: computador, tv y equipo de sonido

sin autorización. Entrar a la vivienda sin autorización.

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ESTIMULOS.

Por su rendimiento académico, colaboración compañerismo y buen comportamiento, los alumnos del C.E.R. BOTIJA ABAJO recibirán los siguientes premios.

Izada de bandera. Representar el establecimiento en eventos culturales,

recreativos y científico dentro y fuera del municipio. Reconocimiento público de sus labores. Felicitaciones públicas y privadas con copia a hoja de

vida y/o ficha personal. Participación en caminatas e integraciones. Buenos informes y calificaciones. Premiaciones sencillas. Demás estímulos y premios aprobados por el docente,

Consejos Directivos y Asociación de Padres de Familia.

FALTAS LEVES.

Impuntualidad a clases sin justificación. Desorden en formación y otros eventos.

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Conversaciones que interrumpan las clases. Maltrato verbal para compañeros, profesores y demás

personas del Centro Educativo. Bromas y comentarios de mal gusto. Ausentarse del establecimiento sin previa

autorización. Realizar en clase actividades diferentes a las

señaladas por el profesor. Perder el tiempo a hacerlo perder a los compañeros. Negarse a cumplir con sus deberes académicos. Usar el celular en horas de clase. Utilizar enceres de la institución sin previa

autorización. Arrojar basuras al piso. Dañar las sillas y enceres. No acatar órdenes de los superiores. Llevarse los libros sin autorización.

SANCIONES.

Amonestaciones en privado. Amonestaciones en público. Anotación en ficha de observación.

Nota: el consejo directivo, personero estudiantil y maestros determinan la sanción de acuerdo a la falta o a la repitencia de la misma, esta falta se pude convertir en una falta grave con su respectiva sanción.

FALTAS GRAVES.

Agresión física y verbal a compañeros, profesor y demás miembros del Centro Educativo.

Maltrato verbal hacia un superior. Robar objetos a los compañeros y al Centro Educativo. Juego de manos entre compañeros. Daños premeditados a objetos y enceres.

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Portar armas. Amenazas a compañeros y profesor. Uso excesivo de la fuerza.

SANCIÓN.

Notificación al padre de familia. Anotación a la hoja de vida. Contrato pedagógico. Rebaja de valoración en convivencia. Privación de actividades escolares de acuerdo a

la falta.

Nota: el consejo directivo, personero estudiantil y maestro determinan la sanción de acuerdo a la falta o a la repitencia de la misma, esta falta se pude convertir en una falta gravísima con su respectiva sanción.

FALTAS GRAVISIMAS.

Agresión con arma blanca. Agresión con arma de fuego. Consumo de droga y bebidas embriagantes. Acoso y abuso sexual entre compañeros. Actos sexuales dentro de la institución. Distribución de drogas u otras sustancias nocivas.

SANCIONES.

Actas de compromiso. Notificación al acudiente.

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Anotación en la hoja de vida. Privación de actividades escolares de acuerdo a la

falta. Cancelación de matrícula por un año.

Nota: el consejo directivo, personero estudiantil y maestro estamos en obligación de informar a comisario, personero, inspector y policía para que el juez de menores determine la sanción de acuerdo a la falta.

DEFINICIÓN DE TERMINOS.

Convivencia: Vivir en compañía de otros manteniendo buenas relaciones.

Conducta: Comportamiento moral y costumbres adecuadas dentro de un grupo.

Disciplina: Enseñanza de respeto y cumplimiento de las leyes.

Derechos: Principio éticos y morales que protegen la integridad humana.

Deberes: Obligaciones adquiridas por un grupo.

Estímulo: Motivación otorgada por el cabal cumplimiento de un deber.

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Correctivo: Sanción aplicada al no cumplimiento de los deberes.

Merito: Acción que hace al hombre digno de ser premiado o castigado.

Amonestación: Llamada de atención verbal o escrita por comportamientos indebidos.

Compromiso: Obligación contraída.

Reglamento: Conjunto de normas.

CAÑSGORDAS-ANTIOQUIA.RESOLUCIÓN Nº 01.

(2 Febrero 2011)

Por medio del cual el C.E.R. BOTIJA ABAJO adopta el Manual de Convivencia.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL C.E.R. BOTIJA ABAJO DE CAÑASGORDAS, en uso de sus atribuciones y en especial la conferida por el artículo 44 de la ley 115 de 1994,

RESUELVE:

Artículo 1º. Adoptar el Manual de Convivencia del C.E.R. BOTIJA ABAJO

Artículo 2º. La presente resolución rige a partir de la fecha de sus expediciones.

COMÚNIQUESE Y CÚMPLAECE.

______________________ ______________________

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Representantes de Aso padres. Representante Concejo de Padres.

_______________________ ______________________ Rep. Del Sector Productivo. Representante de los Alumnos.

_______________________ ______________________ Personero Estudiantil. Profesor.

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

Serán las siguientes.

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.

Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del C.E.R.

Adoptar el comportamiento escolar de conformidad con las normas vigentes.

Fijar os criterios para la asignación de cupos. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda

la comunidad educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el directivo docente.

Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos.

Estimular y comprobar el buen funcionamiento del C.E.R.

Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno.

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Participar en las evaluaciones anuales del docente del C.E.R.

Recocer criterio de participación de participación de la institución en actividades comunitarias y recreativas.

Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, deportivas y sociales de la respectiva comunidad.

Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos.

Darse su propio reglamento.