MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL...

34
GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE TURISMO MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL GOBIERNO DE JALISCO. Fecha de elaboración: Febrero, 2006

Transcript of MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL...

Page 1: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE TURISMO

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL GOBIERNO DE JALISCO.

Fecha de elaboración: Febrero, 2006

Page 2: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 2 de 34

CONTENIDO DEL MANUAL

I. Introducción

II. Objetivos del manual de bienvenida e inducción al Gobierno de Jalisco

III. Contenido del manual de bienvenida e inducción al Gobierno del Estado

1. Presentación

2. Mensaje de bienvenida

3. Antecedentes históricos

4. Atribuciones de la Institución

5. Misión y visión

6. Estructura orgánica de la Institución

7. Objetivos generales de las direcciones generales y de áreas

8. Políticas y procedimientos internos de la Institución

9 Obligaciones

10. Normas de comportamiento interno y condiciones de trabajo

a. Acceso a las diferentes instalaciones b. Horario de trabajo y puntualidad c. Uso del gafete d. Equipo de seguridad e. Llamadas telefónicas y correo electrónico f. Manejo de información g. Horario de comida h. Limpieza y orden i. Fotocopiado de documentos j. Períodos de descanso k. Armarios (lockers) l. Uniforme

Page 3: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 3 de 34

11. Derechos (planes y beneficios) a. Entrenamiento b. Evaluación de personal c. Vacaciones y prima vacacional d. Estímulos e. Sueldos f. Tipos de deducciones g. Días festivos y los otorgados por la Institución h. Servicio médico i. Aportación para el fondo de pensión j. Tipo de pensiones otorgadas k. SEDAR (Seguro estatal de ahorro para el retiro) l. Préstamos m. Aguinaldo n. Licencias y permisos o. Plan múltiple de beneficios p. Actividades culturales, sociales y deportivas q. Quinquenio

IV. Glosario

V. Anexos

VI. Autorizaciones

Page 4: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 4 de 34

I. INTRODUCCIÓN

Actualmente el Manual de Bienvenida tiene mucha trascendencia ya que el Servidor Público que se incorpore a la Secretaria de Turismo, le permitirá identificarse plenamente con la organización a través de una adecuada herramienta, instrumento que explicará de manera explicita los derechos y obligaciones que el trabajador adquiere en el momento de tomar posesión del mismo.

La Secretaría de Turismo trabaja en el diseño y actualización de los Manuales mejorando la Administración Pública Estatal e incorporando ésta útil herramienta para la inducción del nuevo trabajador.

El presente Manual se encuentra legalmente fundamentado en base a las atribuciones que establece el Articulo 38 Fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, mismo que rige las acciones del Gobierno del Estado.

El Manual de Bienvenida o Inducción de la Secretaria de Turismo establece las bases para que el personal de nuevo ingreso conozca la Institución de una manera integral que permita su desarrollo armonioso y conozca al grupo se ésta incorporando además de ofrecerle una herramienta que podría seguir consultando en beneficio de su cabal acercamiento a ésta Dependencia.

Page 5: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 5 de 34

II. OBJETIVOS DEL MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Lograr que el servidor público de nuevo ingreso se integre al ambiente laboral en el tiempo requerido en el manual de descripción de puestos y comprenda claramente la forma en que se encuentra estructurada la organización, sus políticas, derechos y obligaciones correspondientes.

Que la Institución canalice todas las dudas existentes por parte del personal de nuevo ingreso relacionadas con el trabajo, la operación, las obligaciones y prestaciones a que tiene derecho el personal.

Page 6: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 6 de 34

III. CONTENIDO DEL MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL GOBIERNO DE JALISCO.

1. Presentación

El presente Manual de bienvenida tiene como objetivo fomentar el proceso de adaptación e integración del personal que ingrese a la Secretaria de Turismo, así como propiciar su desarrollo en la misma. 2. Mensaje de bienvenida Compañero: Ahora que ya eres parte de la Secretaria de Turismo, sabrás que tratamos de cumplir el inminente compromiso de colaborar con el desarrollo del Estado, promoviendo y fomentando el turismo, optimizando recursos naturales y culturales. Para lograr nuestro objetivo es necesario que TU como nuevo integrante de nuestra institución, conozcas su organización, historia, principios, políticas, beneficios, atribuciones, funciones, objetivos y también los lineamientos propios que conviene seguir. Espero que te adaptes lo mas rápida y eficazmente a nuestra organización. Tu participación activa, profesional y eficiente hará que esta Dependencia brinde el servicio que Jalisco necesita. ¡¡ BIENVENIDO Y ADELANTE!!

Page 7: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 7 de 34

3. Antecedentes históricos Tras la promulgación de varios decretos oficiales y la constitución de algunos consejos, se instituyó lo que actualmente es la Secretaria de Turismo de Jalisco. El primer antecedente al respecto data de 1930, cuando se crea en la Ley Federal de Turismo el Consejo Nacional de Turismo, el cual determina funciones de la Junta Local de Turismo. Para 1934 el Consejo Nacional de Turismo crea en la Ley Federal de Turismo las funciones de la Junta local, este mismo año se realizan las modificaciones a ésta Ley, las cuales otorgan atribuciones al Gobernador para designar un “ Comité Coordinador “ que promueva el desarrollo del Turismo. En 1936 siendo el Gobernador Everardo Topete, nace el Reglamento de Guías Turísticos y Agencias Comerciales de Turismo en Jalisco. Con el fin de garantizar un mejor servicio al turista, en 1949 nace el Reglamento para Hoteles en el Municipio de Guadalajara. Siendo Gobernador del Estado el Lic. Jesús González Gallo, se creó el Reglamento de Turismo del Estado de Jalisco ( 1952 ), el cual establece que la Comisión de Turismo del Estado es el Órgano Oficial encargado de fomentar las actividades relativas al Turismo Nacional y Extranjero en Jalisco. Siete años más tarde ( 1959 ) siendo Gobernador el Profesor Juan Gil Preciado, se celebra el Convenio entre el Departamento de Turismo Federal y el Gobierno del Estado de Jalisco, para la coordinación de las actividades turísticas de la Entidad. En este mismo año la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo cambia la Comisión de Turismo por Departamento de Turismo del Estado de Jalisco. En 1968 siendo Gobernador el Lic. Francisco Medina Ascencio, se instituye la Comisión Jalisciense de Fomento Hotelero. En 1970 se crea en la Ley de Fomento Turístico la promoción de actividades recreativas y de recursos naturales en el Valle de Atemajac, el cual fue creado conforme a la ley de secretarías y departamentos de Estado. En 1977 siendo el Gobernador Flavio Romero de Velasco, se crea la Ley Orgánica del Consejo de Fomento Turístico del Estado de Jalisco.

Page 8: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 8 de 34

En 1989 siendo Gobernador el Lic. Guillermo Cosio Vidaurri, el primero de Marzo en el Periódico Oficial del Estado decreto 13570, se edita la “ Nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado” que transforma al Departamento de Turismo en la Secretaria de Fomento Turístico Artesanal y Pesquero. El 20 de Julio de éste mismo año en el Periódico Oficial del Estado decreto 13605 se crea el Consejo Estatal para el desarrollo turístico. En 1992 siendo Gobernador el Lic. Carlos Rivera Aceves en el Periódico Oficial del Estado del 20 de agosto decreto 14780 se reestructura la Institución denominándose Secretaria de Fomento Turístico y Artesanal separándose así del Departamento de Pesca. En el mismo año el Presidente de la República, Lic. Carlos Salinas de Gortari, decreta la Ley Federal de Turismo que descentraliza las funciones de la Secretaria de Turismo Federal la cual es publicada el 31 de Diciembre en el Diario Oficial de la Federación. En 1993 el 10 de Marzo en el Periódico Oficial del estado decreto 15032 la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo modifica la denominación de la Institución quedando como Secretaria de Turismo. El 18 de Diciembre de éste mismo año se lleva a cabo el acuerdo de coordinación para descentralizar las funciones operativas en materia turística el cual fue celebrado entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado. En 1994 en el Periódico Oficial del Estado del 11 de Enero se publicó el decreto 15313 se instaura el “Consejo Consultivo de Turismo” en el Estado. El 2 de Mayo el Presidente de la República expide el “ Reglamento de la Ley Federal de Turismo” En 2002 el 28 de Mayo se publicó en el periódico oficial del Estado el decreto 19472 mediante el cual se creo la “ Ley de Promoción Turística del Estado” a iniciativa del Titular de la Secretaria del ramo Sr. Horacio González Pardo. 4.- Atribuciones de la Institución La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Artículo Art. 34.- La Secretaría de Turismo, es la dependencia responsable de planear, promover y fomentar el desarrollo turístico en el estado, cuidando el óptimo y racional aprovechamiento y preservación de los recursos naturales y culturales. Corresponde a esta Secretaría:

Page 9: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 9 de 34

I. Participar en la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo, respecto a

la definición de las políticas para la promoción de las actividades turísticas; formular, revisar y ejecutar el programa estatal para el desarrollo turístico, directa o concertadamente con los sectores interesados y evaluar los proyectos que se formulen, utilizando indicadores que muestren su factibilidad económica y social, así como su impacto ecológico y de riesgo para la población;

II. Establecer en el Estado las delegaciones locales y regionales que sean necesarias, así como promover la creación de oficinas de promoción turística en el interior del país y en el extranjero;

III. Coadyuvar en el ámbito de su competencia, con las autoridades federales, estatales y municipales, en los servicios e instalaciones de transportación aérea, hospedaje, alimentos y bebidas, agencias de viajes y guías turísticas, para la mejor presentación de los servicios que se ofertan al turista;

IV. Auxiliar en el control, vigilancia y funcionamiento de los servicios de información y ayuda para los turistas, a través de módulos de información y servicios de carretera;

V. Apoyar y estimular la formación de personal que requiere la actividad turística, con el objeto de lograr la calidad total de los servicios turísticos;

VI. De acuerdo al convenio de descentralización, aplicar las disposiciones reglamentarias establecidas en la Ley Federal de Turismo y sus reglamentos;

VII. Participar y fomentar la celebración de convenios por parte del Ejecutivo del Estado con el gobierno de la Federación y los ayuntamientos, que sean necesarios para incrementar el turismo y mejorar los servicios que se ofrecen;

VIII. Estimular la formación de organismos de carácter social y privado que tiendan a fomentar el turismo;

IX. Promover, dirigir y realizar la propaganda y publicidad en materia de turismo;

X. Gestionar ante la dependencia correspondiente, el otorgamiento de concesiones para la explotación de rutas y circuitos con vehículos adecuados, sobre la base de garantizar plenamente la seguridad y la economía de los turistas y dentro de las rutas de jurisdicción estatal;

Page 10: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 10 de 34

XI. Propiciar e incrementar todas aquellas celebraciones tradicionales y folclóricas que sirvan de atracción al turismo;

XII. Impulsar el turismo social a fin de que la cultura y recreación sana, sean accesibles a las personas de menores ingresos económicos;

XIII. Promover y participar en la realización de eventos que atraigan visitantes al estado, ya sea a nivel nacional o internacional;

XIV. Promover y fomentar la inversión nacional y extranjera necesarias para impulsar el adecuado desenvolvimiento del turismo;

XV. Apoyar y asesorar a los sectores privado y social, en las gestiones de crédito y asistencia técnica que deban realizar ante las dependencias y organizaciones federales, cuando se trate de inversiones que contribuyan al fomento y desarrollo del turismo;

XVI. Realizar y coordinar los estudios e investigaciones para el desarrollo de la actividad turística, así como formular la estadística estatal en esa materia, coordinadamente con las dependencias federales, estatales y municipales que corresponda;

XVII. Estimular la creación de organismos de carácter tripartito, con los sectores publico, privado y social, con el fin de celebrar convenios de concertación que promuevan y fomenten el desarrollo turístico de la entidad, conjuntando los recursos económicos y técnicos disponibles;

XVIII. Promover en coordinación con autoridades federales y estatales, la mejor capacitación turística a nivel básico, medio y superior de prestadores de servicios directos e indirectos.

XIX. Las demás que le confiera esta Ley y otras disposiciones legales aplicables.

Page 11: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 11 de 34

5. Misión y visión

Visión

La Visión de la Secretaría de Turismo es consolidar el

posicionamiento de Jalisco en el desarrollo integral de las

diversas regiones del Estado de Jalisco, mediante la promoción

turística de sus destinos.

Misión

Esta Dependencia tiene como Misión la de promover el

desarrollo integral del sector turístico a través de la

generación de empleos y la captación de divisas que

contribuyan al bienestar de la sociedad y al fomento de una

cultura turística de calidad.

En sentido piramidal hemos establecido cuatro objetivos

estratégicos medulares los siguientes:

* Promover un desarrollo sustentable de la actividad turística

mediante el uso racional y la conservación de los recursos

naturales y culturales

* Atraer visitantes a los destinos turísticos del Estado,

consolidando y abriendo nuevos mercados

* Impulsar una cultura de servicios turísticos de alta calidad y

competitividad

* Fomentar en la población una actitud hospitalaria y de servicio

hacia el turista

Page 12: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 12 de 34

6. Estructura orgánica de la Institución

DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE

PRODUCTOSTURÍSTICOS

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE

PROYECTOS

DIRECCIÓN DE

PROMOCIÓN

DIRECCIÓN DE

CAPACITACIÓN

DIRECCIÓN DE

DESARROLLO REGIONAL

DIRECCIÓN

DERECURSOS

FINANCIEROS Y MATERIALES

DIRECCIÓNINFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN TURÍSTICA

DESPACHO DEL SECRETARIO

COMUNICACIÓN SOCIAL

SECRETARIA PARTICULAR

DIRECCIÓN DE TURISMO PUERTO

VALLARTA

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y

DESARROLLO REGIONAL

DIRECCIÓN DETRÁMITES Y

VERIFICACIÓN JURÍDICA

DIRECCIÓN GENERAL

ADMINISTRATIVA

Page 13: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 13 de 34

7. Objetivos generales de las direcciones generales y de áreas DESPACHO DEL SECRETARIO Planear, promover y fomentar el desarrollo turístico en el Estado, cuidando el óptimo y racional aprovechamiento y preservación de los recursos naturales y culturales. SECRETARÍA PARTICULAR Apoyar al titular de la dependencia en la atención y seguimiento a los acuerdos de trabajo. COMUNICACIÓN SOCIAL Difundir de manera positiva a la Secretaria de Turismo a través de todos los medios de comunicación. DIRECCIÓN DE TURISMO PUERTO VALLARTA Garantizar e impulsar el desarrollo sostenido de la actividad turística en Puerto Vallarta. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN TURÍSTICA Asegurar la planeación y diseño de proyectos turísticos que coadyuven al desarrollo del sector en el Estado. DIRECCIÓN DESARROLLO DE PRODUCTOS TURÍSTICOS La conformación de nuevos productos turísticos que impulsen la inversión, generación de empleos y crecimiento económico de las regiones turísticas del Estado, buscando alternativas que lo diversifiquen a nivel nacional en productos de alta competitividad. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS Desarrollar el banco de información en materia turística Analizar las tendencias y necesidades del mercado y detectar oportunidades. Contribuir al proceso de planeación definiendo el modelo de desarrollo turístico. Coordinar y evaluar la Política y planeación del Sector Turismo, mediante la cuantificación y análisis del mercado determinando los principales indicadores turísticos y formulando los documentos básicos de estadística del Estado, que apoye la toma de decisiones.

Page 14: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 14 de 34

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO REGIONAL Planear, programar, dirigir, controlar y evaluar todas las acciones encaminadas a la promoción turística del Estado en el ámbito regional, nacional e internacional; fomentando la inversión y mejorando cualitativa y cuantitativamente la oferta turística.

DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Implementar estrategias de desarrollo de la actividad turística. DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Determinar las estrategias y acciones que fomenten y promuevan la calidad de los servicios turísticos a través de la concertación de esfuerzos con asociaciones de prestadores de servicios, agrupaciones sindicales e instituciones publicas y privadas. DIRECCIÓN DE DESARROLLO REGIONAL Lograr el desarrollo regional sustentable de cada destino turístico en Jalisco. Coadyuvar con los municipios en la explotación de sus atractivos turísticos susceptibles de aprovechamiento Promocionar corredores turísticos en cada región del Estado. Promover la oferta de servicios turísticos provocando mayor afluencia en cada destino. Contribuir y fomentar con la Dirección General de Planeación, las necesidades de los municipios y su rehabilitación. DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Dirigir y coordinar las funciones administrativas internas para atender las necesidades de los recursos humanos, financieros y técnicos de las distintas áreas de la dependencia, de acuerdo a las disposiciones legales aplicables, las disposiciones presupuéstales y materiales a su alcance, los procedimientos dados por la Secretaría de Administración, así como los derivados de convenios de cooperación y aquellos que establezca la Secretaría de Turismo; así mismo la planeación estratégica para coadyuvar al desarrollo de los programas internos de la Dependencia. . DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Y MATERIALES Establecer y administrar las políticas para la planeación, programación y presupuestación, control de los recursos, responsable del tramite de solicitudes de adquisiciones de bienes de consumo y de servicio ante la

Page 15: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 15 de 34

Secretaria de Administración, así como el suministro de materiales a las diversas Direcciones de esta Secretaria. DIRECCIÓN DE TRÁMITES Y VERIFICACIÓN JURÍDICA Coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal de Turismo orientado a los prestadores de servicios para su debido cumplimiento y coordinando las actividades operativas de verificaciones y los movimientos de actualización al Registro Nacional de Turismo. Elaboración y asesoría jurídica en materia de convenios tanto a nivel Federal como Estatal y municipal para coadyuvar en la promoción turística. DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA Coordinar actividades del área de Informática para dar soporte Técnico a los servicios, coordinar al equipo de súper usuarios para lograr así mas comunicación y dar un mejor servicio, implementar nuevas tecnologías de Información Coordinar y evaluar la Política y planeación del Sector Turismo, mediante la cuantificación y análisis del mercado determinando los principales indicadores turísticos y formulando los documentos básicos de estadística del Estado.

8. Políticas y procedimientos internos de la Institución El reglamento interno establece las condiciones generales de trabajo para los Servidores, Funcionarios y el Titular de la Secretaria, tiene como fin la reglamentación y coordinación de las atribuciones y funciones, su observancia y aplicación será obligatoria para el personal adscrito a la propia Secretaria. Se otorga un reglamento interno anexo al presente.

9. Obligaciones

Son obligaciones de los servidores públicos : 1.- Desempeñar sus labores dentro de los horarios establecidos,

con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a la dirección de sus jefes y a las leyes y reglamentos respectivos.

2.- Observar buena conducta y ser atentos para con el público. 3.- Cumplir con las obligaciones que se deriven de las condiciones

generales de trabajo. 4.- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y

la de sus compañeros.

Page 16: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 16 de 34

5.- Asistir puntualmente a sus labores. 6.- Guardar reserva de los asuntos que lleguen a su conocimiento con

motivo de su trabajo. 7.- Abstenerse de hacer propaganda de cualquier clase, dentro de los

edificios o lugares de trabajo. 8.- Asistir a los cursos de capacitación y adiestramiento que la Entidad

Pública implante para mejorar su preparación y eficiencia. 9.- Comunicar a su superior jerárquico las faltas en que incurran otros

compañeros. 10.- Comunicar fallas del servicio que ameriten su atención inmediata. 11.- Sugerir medidas técnicas y sistemas que redunden en la mayor

eficacia del servicio. 12.- Realizar durante las horas de trabajo las labores que se les

encomiendan, quedando terminantemente prohibido abandonar el local o lugar donde preste sus servicios, sin la autorización previa del superior inmediato.

13.- Guardar para los superiores jerárquicos la consideración, respeto y disciplina debidos.

14.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo, o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o de utilización indebida de aquella.

15.- Observar respeto a sus superiores inmediatos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten en el ejercicio de sus atribuciones.

16.- Comunicar por escrito al titular de la Dependencia o Entidad de la que presten sus servicios el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este articulo o a las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las ordenes que reciban.

17.- Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión, después de concluido el periodo para el cual se le designo o de haber cesado, por cualquier otra causa, en el ejercicio de sus funciones.

18.- Abstenerse el superior jerárquico de disponer o autorizar a un servidor publico a no asistir, sin causa justificada, por mas de quince días continuos o treinta discontinuos en un año, como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones, cuando las necesidades del servicio público no lo exijan.

19.- Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la ley le prohíba.

20.- Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado, por resolución firme de la autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Page 17: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 17 de 34

21.- Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

22.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir por interpósita persona, dinero, objetos o servicios.

23.- Presentar con oportunidad la declaración patrimonial ante el órgano del poder público que le corresponda de conformidad con la ley de responsabilidades de los servidores públicos del Estado de Jalisco.

24.- Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Contraloría, conforme a la competencia de ésta.

10. Normas de comportamiento interno y condiciones de trabajo a. Acceso a las diferentes instalaciones

El acceso a las instalaciones será por la puerta principal de la calle Morelos 102 b. Horario de trabajo y puntualidad

El horario que deberá cubrir el personal de base adscrito a la Secretaria se sujetara a las disposiciones siguientes:

a) Los horarios para el personal será de ocho horas de lunes a viernes b) Los servidores se les otorgará treinta minutos para toma de alimentos los

cuales se consideraran tiempo efectivo de trabajo.

c) Se establecerán horarios especiales cuando las necesidades del servicio y circunstancias así lo requieran para cubrir eventos o comisiones especiales.

d) Contaran con una tolerancia de quince minutos para el registro de asistencia y en ningún caso podrá exceder de treinta minutos, transcurrido dicho limite se considerará falta injustificada. Además de 5 retardos entrada y salida en el mes se considera falta con el descuento respectivo.

Page 18: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 18 de 34

c. Uso del gafete Quienes laboramos en la Secretaria de Turismo portamos el “Gafete” de

identificación durante la jornada de trabajo para eficientar la comunicación interna en la Secretaria, así como en ciertos casos que necesitemos acreditarnos como miembros de SETUJAL.

d. Equipo de seguridad Se cuenta con extinguidores en cada piso bien identificados encerrados

en un circulo rojo pintado en la pared para casos de incendio, así como salidas de emergencia bien identificadas.

e. Llamadas telefónicas y correo electrónico Hacer uso indebido o excesivo de los teléfonos en llamadas personales e Internet. ( Manual de políticas Internas Dependencia)

f. Manejo de información Atendiendo a las obligaciones de los trabajadores en el Capitulo V articulo 55 fracción VI de la Ley para los Servidores Públicos menciona lo siguiente: se debe guardar reserva de los asuntos que lleguen a su conocimiento con motivo de su trabajo guardando la debida Confidencialidad a los mismos

g. Horario de comida El personal tendrá derecho a 30 minutos de comida mismos que serán determinados por el Director de Área de su adscripción ( Ley para los Servidores Públicos Art. 32 )

h. Limpieza y orden El servidor Público deberá tener el máximo de responsabilidad por el aseo y el orden personal dentro de su lugar de trabajo ( Manual de políticas internas )

i. Fotocopiado de documentos En el uso de las maquinas fotocopiadoras se dispondrá a lo considerado en el Reglamento Interno de la Dependencia. ( Manual de políticas internas )

j. Periodos de descanso El servidor público no contara con periodos de descanso excepto los treinta minutos que se le otorgan para su alimentación. En el caso de la reanudación de trabajo de las madres por cada tres horas laboradas tendrán derecho a un descanso extraordinario de media hora para alimentar a sus hijos. (Ley para los Servidores Públicos Capitulo III Articulo 43).

k. Armarios No aplica

Page 19: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 19 de 34

l. Uniforme No aplica ( actualmente )

11. Derechos (planes y beneficios)

a. Entrenamiento El Director de Área proporcionará el programa establecido de

capacitación estableciendo el tiempo de su preparación y adaptación al puesto al que ha sido asignado.

( Manual de Políticas Internas ) b. Evaluación de personal El área de recursos humanos realizara la Detección de necesidades de

capacitación del personal aplicando y actualizando los reportes que nos indiquen los requerimientos y necesidades de cada área.

( Manual de políticas Internas ) c. Vacaciones y prima vacacional

Los servidores públicos que tengan mas de seis meses consecutivos de servicio disfrutarán, cuando menos de dos periodos anuales de vacaciones de 10 días laborales cada uno, en las fechas que se señalen con anterioridad, según el calendario que para ese efecto establezca la entidad pública, de acuerdo con las necesidades del servicio. En todo caso se dejarán guardias para la tramitación de los asuntos pendientes, para las que se utilizarán, de preferencia, los servidores que no tuvieran derecho a vacaciones. ( Ley para los Servidores Públicos Capitulo III Articulo 40 )

d. Estímulos La Secretaria otorgara estímulos y recompensas a los servidores que destaquen por su puntualidad, honradez, eficiencia, constancia y servicios relevantes en el desempeño de sus labores, consistiendo estas en : I.- Diplomas II.- Menciones III.-Becas en Instituciones Educativas. IV.-Apoyo económico para actividades culturales, deportivas y sociales que establezca la Secretaria otorgando subsidios a los servidores públicos para su participación en eventos y actividades de carácter institucional, estando sujeto a las posibilidades presupuestales. ( Manual de Políticas Internas )

e. Sueldos Es la remuneración que debe pagarse al servidor público por los

servicios prestados. El plazo para su pago no podrá. ser mayor de quince días, en caso de que el día no sea laborable se cubrirá anticipadamente,

El Sueldo para los servidores públicos será acorde a las funciones y responsabilidades de sus cargos y se fijará en base a los presupuestos

Page 20: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 20 de 34

de Egresos respectivos, tomando en cuenta las recomendaciones del Comité Técnico de Valoración Salarial del Estado de Jalisco y sus Municipios de acuerdo a la capacidad económica de la Entidad Pública, sin que pueda ser disminuidos, y de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia.

( Ley para los Servidores Públicos Capitulo IV Art. 45 y 46 ) f. Tipos de deducciones

Solo podrán hacerse retenciones. Descuentos o deducciones al sueldo, cuando se trate: A) Deudas contraídas con la entidad Pública por concepto de anticipos, de pagos hechos en exceso, errores o perdidas debidamente comprobadas. B) Del cobro de cuotas sindicales o aportación de fondos para la constitución de cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que el servidor hubiese manifestado previamente de una manera expresa su voluntad. C) De aquellos ordenados por la Dirección de Pensiones del Estado. D) De los descuentos ordenados por la autoridad judicial competente para cubrir alimentos que fueren exigidos al servidor. E) De descuentos a favor de Instituciones de Seguridad Social. F) Del pago de abonos para cubrir obligaciones derivadas de la adquisición, construcción, reparación o mejoras de casa habitación, así como de su uso, o al pago de pago de pasivos adquiridos por estos conceptos, y siempre que la afectación se haga mediante fideicomisos o en Instituciones de crédito. ( Ley para los Servidores Públicos Art. 49 )

g. Días festivos y los otorgados por la Institución Serán considerados como días de descanso obligatorio, los siguientes: 1 de Enero; 5 de Febrero; 21 de Marzo; 1 y 5 de Mayo; 16 y 28 de septiembre; 12 de Octubre; 2 y 20 de Noviembre; 25 de Diciembre; el día correspondiente a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; las que determínenlas leyes Federal y Local electorales en el caso de elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral; y los que se determinen por acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, previa su publicación en el Diario Oficial. ( Ley para los Servidores Públicos Art. 38 )

h. Servicio médico La seguridad social será proporcionada por las Entidades Públicas, a los trabajadores y sus beneficiarios, a través de convenios de incorporación que celebren preferentemente con el Instituto Mexicano del Seguro Social proporcionando los servicios médicos quirúrgicos, farmacéuticos, hospitalarios y asistenciales. ( Ley para los Servidores Públicos Art. 64 )

Page 21: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 21 de 34

i. Aportación para el fondo de pensión

La Secretaria de Turismo afilia a los servidores públicos a la Dirección de Pensiones del Estado para el otorgamiento de pensiones y jubilaciones correspondientes, descontando de su nomina el 2.5% por la empresa y 2.5% trabajador para éste fin. Otorgar las jubilaciones conforme lo dispone la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco Ley para los Servidores Públicos Capitulo I Articulo XII ) Los Servidores Públicos sujetos a esta ley, deberán pagar a la Dirección de Pensiones, una cuota o aportación obligatoria, del 5 por ciento mensual del sueldo, sobresueldo y compensación que perciban. Las entidades públicas a que se refiere esta ley, están obligadas a pagar a la Dirección de Pensiones, un 5 por ciento mensual sobre los mismos conceptos (articulo 13 de la Ley de Pensiones del Estado).

Las entidades públicas sujetas a este ordenamiento, están obligadas a descontar, y enterar quincenalmente, a la Dirección de Pensiones, el monto de las aportaciones a que se refiere esta ley, así como el importe de los descuentos, que por adeudos, ordene la citada Institución (articulo 16 de la Ley de Pensiones del Estado). Los afiliados que desempeñen dos o más empleos en las entidades públicas a que se refiere esta ley, cubrirán sus cuotas sobre la totalidad de los sueldos, sobresueldos y compensaciones que correspondan, los que servirán de base para fijar el monto de las pensiones y prestaciones correspondientes (articulo 18 de la Ley de Pensiones del Estado). Al afiliado que se separe definitivamente del servicio, sin tener derecho a pensión, se le devolverán, previa solicitud, el total de las aportaciones efectuadas por éste al Fondo de Pensiones (articulo 23 de la Ley de Pensiones del Estado). La devolución de las aportaciones del afiliado se realizará, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la prestación de la solicitud, pudiendo ser retenidas éstas y aplicadas al pago de los adeudos que tuviere con la Dirección de Pensiones (articulo 24 de la Ley de Pensiones del Estado).

j. Tipo de Pensiones Otorgadas: El derecho a las pensiones, por jubilación, edad avanzada e invalidez, nace cuando el afiliado se encuentre en los supuestos consignados en la Ley de Pensiones del Estado y satisfaga los

Page 22: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 22 de 34

requisitos que la misma señala. La Dirección de Pensiones, de acuerdo con sus recursos económicos, concederá estos beneficios, dando prioridad a los de mayor antigüedad. Todas las pensiones se otorgarán por cuota mensual (articulo 25 de la Ley de Pensiones del Estado).

Las prestaciones y servicios que otorga la presente ley son: I. Pensiones:

a) Por jubilación; b) Por edad avanzada; y c) Por invalidez; (articulo 6 de la Ley de Pensiones del

Estado).

Jubilación: Tienen derecho a la jubilación, los trabajadores con 30 años o más de servicios, cualquiera que sea su edad, siempre que hubieren contribuido al Fondo de Pensiones por lo menos durante 20 años (articulo 39 de la Ley de Pensiones del Estado). Edad Avanzada: Los afiliados que tengan 65 años o más de edad y 20 años de servicios como mínimo y de contribución al Fondo de Pensiones, adquieren derecho a la pensión por edad avanzada (articulo 41 de la ley de pensiones del Estado). El monto de esta pensión se calculará, aplicado al salario base a que se refiere el artículo 29 de la ley de pensiones los porcentajes de la siguiente tabla: 20 años de servicio 60% 21 años de servicio 63% 22 años de servicio 66% 23 años de servicio 69% 24 años de servicio 72% 25 años de servicio 75% 26 años de servicio 80% 27 años de servicio 85% 28 años de servicio 90% 29 años de servicio 95% El derecho de pago comenzará, a partir del día siguiente a aquel en que el afiliado hubiese cobrado el último sueldo.

Page 23: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 23 de 34

Invalidez: El afiliado que solicite una pensión por invalidez, y quienes resulten pensionados por la misma causa, están obligados a someterse a los exámenes y tratamientos médicos que la Dirección de Pensiones, a través de la Secretaría de Salud y Bienestar Social del Estado, les prescriba; lo anterior es condición para el trámite de su solicitud y el goce de la pensión (articulo 48 de la Ley de Pensiones del Estado).

k. Sedar: Es una prestación económica adicional para el Servidor Público. Aportación: El Ejecutivo del Estado o tú Dependencia aporta el 2% de tu ingreso gravable, creándose un fondo individual de retiro. Manejo de la aportación: El dinero aportado se deposita en un banco bajo un esquema de fideicomiso. En el banco se abre una cuenta a tu nombre, y las aportaciones se depositan cada dos meses en tu cuenta individual donde los recursos depositados generan rendimientos reales superiores a la inflación. Beneficios: Es una pensión adicional y complementaria a la que obtengas en su oportunidad, a través de la Dirección de Pensiones del Estado. Disposición de fondo cuando adquieras el derecho de una pensión por jubilación, cesantía, vejez, invalidez o de la misma manera, al quedar desempleado, tendrás la oportunidad de designar beneficiarios. Incrementar el fondo al realizar aportaciones voluntarias. l. Prestamos:

1. PRESTAMOS A CORTO PLAZO Y PRESTAMOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES DE CONSUMO DURADERO: La Dirección de Pensiones concederá préstamos a corto plazo a sus afiliados, utilizando, a título de inversión, el porcentaje del fondo de aportaciones que autorice el Consejo Directivo (articulo 61 de la Ley de Pensiones del Estado). Los préstamos se harán bajo las siguientes reglas:

I. A quienes hayan cubierto las aportaciones a que se refiere esta

ley, por lo menos durante 6 meses;

Page 24: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 24 de 34

II. Hasta el importe de cuatro meses del sueldo, sobre sueldo y compensación sobre el que haya aportado el solicitante, cuya base determinará el Consejo Directivo, de acuerdo a los recursos financieros;

III. Todo préstamo deberá ser necesariamente avalado por otro afiliado, que suscribirá la obligación en forma solidaria; y

IV. Cuando el préstamo sobrepase el monto de las aportaciones del solicitante, se garantizará con el 1 por ciento del importe de dicho crédito, lo que constituirá el fondo de garantía.

Los descuentos que deban hacerse en favor de la Dirección de Pensiones, por préstamos otorgados al afiliado, no excederán del 50 por ciento de la percepción total sobre la que cotice (articulo 62 de la Ley de Pensiones). El pago del préstamo a corto plazo se hará mediante abonos quincenales, sin que dicho plazo pueda exceder de 18 meses (articulo 63 de la Ley de Pensiones). Los préstamos causarán el interés del 12 por ciento anual, sobre saldos insolutos. El Consejo Directivo tendrá, en todo momento, facultad de revisar el tipo de interés, determinando su incremento o reducción (articulo 64 de la Ley de Pensiones). Sólo podrán otorgarse nuevos préstamos a corto plazo a los afiliados, cuando hubiesen pagado el 50 por ciento del préstamo anterior, de acuerdo con los montos, plazos, intereses y primas de renovación acordadas por el Consejo Directivo (articulo 65 de la Ley de Pensiones). Los créditos se darán por vencidos anticipadamente, si el afiliado se separa definitivamente del servicio y no continúa pagando los abonos a que esté obligado (articulo 66 de la Ley de Pensiones). La Institución podrá conceder préstamos para la adquisición de bienes de consumo duradero; siempre que el solicitante ofrezca garantía suficiente a juicio de la Dirección, y lo amortice en un período no mayor de 36 meses. La tasa de interés y las condiciones en que deben operar este tipo de préstamos, las señalará el Consejo Directivo, procurando que dicho interés sea el más bajo posible (articulo 67 de la Ley de Pensiones).

2. PRESTAMOS HIPOTECARIOS:

Page 25: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 25 de 34

La Dirección de Pensiones podrá conceder préstamos hipotecarios, utilizando el porcentaje del fondo de aportaciones que autorice el Consejo Directivo. Los préstamos se destinarán por los afiliados para los siguientes fines (articulo 68 de la Ley de Pensiones):

I. Adquisición de terrenos urbanos, en los que deberán construir

su habitación; II. Adquisición de casas o departamentos para su habitación; III. Construcción, mejoras o reparación de los inmuebles de su

propiedad; y IV. Redención de gravámenes que soporten tales inmuebles.

Los préstamos hipotecarios se otorgarán por una sola vez, bajo las siguientes bases (articulo 69 de la ley de pensiones):

I. En los casos de las fracciones I y II, del artículo que antecede,

será requisito que los afiliados carezcan de inmuebles de su propiedad;

II. Que los afiliados hayan cubierto sus cuotas, por lo menos, durante cuatro años;

III. Deberá constituirse garantía hipotecaria, en primer término, en favor de la Dirección de Pensiones;

IV. El préstamo hipotecario deberá estar garantizado por un seguro que libere al afiliado o a sus beneficiarios de las obligaciones derivadas de dicho préstamo, en los casos de siniestro del inmueble, incapacidad total permanentemente, o fallecimiento del acreditado;

V. El monto del préstamo podrá ser hasta diez veces el salario mínimo general de Guadalajara, elevado al año;

VI. El préstamo no excederá, en ningún caso, del 80 por ciento del valor del inmueble;

VII. El plazo para cubrir el importe del préstamo no excederá de quince años. En cualquier caso, el capital, los intereses y la prima de los seguros aplicables, deberán pagarse en amortizaciones quincenales;

VIII. La tasa de interés no podrá ser superior a la establecida por el Gobierno Federal, en sus programas de vivienda de interés social; y

IX. Se darán por vencidos anticipadamente, si los deudores enajenan las viviendas, o no las dedican para su habitación.

Al afiliado que se separe definitivamente del servicio, la Dirección de Pensiones podrá concederle un plazo hasta de seis meses, sin

Page 26: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 26 de 34

causar intereses moratorios, para continuar el pago del préstamo hipotecario (articulo 70 de la ley de pensiones).

m. Aguinaldo Los servidores públicos tendrán derecho a un aguinaldo anual de cincuenta días, sobre sueldo promedio, y el mismo estará comprendido en el presupuesto de egresos, el cual preverá la forma de pagarlo. El aguinaldo se cubrirá proporcionalmente tomando en cuenta las faltas de asistencia injustificadas, licencias sin goce de sueldo y días no laborados por sanciones impuestas. El pago del aguinaldo no ésta sujeto a deducción impositiva alguna. Los servidores que no hayan cumplido un año de labores tendrán derecho a que se le pague ésta prestación, en proporción al tiempo efectivamente trabajado. ( Ley para los Servidores Públicos Art. 54 )

n. Licencias y permisos Cuando los servidores públicos tengan que desempeñar comisión de representación del Estado o de elección popular incompatible con su trabajo, la Entidad Pública les concederá el permiso o licencia necesaria sin goce de sueldo y sin perder sus derechos escalafonarios y de antigüedad, por todo el lapso que el interesado éste en el desempeño correspondiente de dicho encargo. La Entidad Publica, previo el estudio del caso, podrá conceder permiso o licencia a sus servidores públicos hasta por 60 días por cada año de calendario, siempre que el solicitante tuviere, por lo menos un año de antigüedad en el servicio. Se podrá otorgar permiso o licencia sin goce de sueldo a los servidores públicos, hasta por 30 días, cuando estos tengan por lo menos 6 meses de antigüedad en el servicio. Para que los permisos o licencias se concedan es requisito previo la solicitud por escrito con ocho anteriores a la fecha en que debe empezar a surtir efectos el mismo. ( Ley para los Servidores Públicos Art. 42 )

o. PLAN MÚLTIPLE DE BENEFICIOS: La muerte del pensionado por jubilación, edad avanzada o invalidez, dará lugar al otorgamiento a sus derechohabientes de una prestación

Page 27: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 27 de 34

económica consistente en el 50 por ciento del importe de lo que éste recibía (articulo 55 Ley de Pensiones del Estado). El derecho al pago de esta prestación se iniciará, a partir del día siguiente al que ocurra el fallecimiento del pensionado (articulo 56 Ley de Pensiones del Estado). El orden de los derechohabientes para recibir esta prestación será el siguiente (articulo 57 Ley de Pensiones del Estado):

I. La esposa supérstite sola, si no hay hijos del pensionado o, en concurrencia con éstos, si los hay menores de 18 años, o hasta 25 años, si estudian en escuelas del Sistema Educativo Nacional, o cuando sean mayores que estén inhabilitados totalmente para trabajar y dependan económicamente del pensionado;

II. A falta de esposa, la concubina sola o en concurrencia con los hijos del pensionado, o éstos solos, cuando reúnan las condiciones señaladas en la fracción anterior; siempre que aquella hubiese tenido hijos con el pensionado, o vivido en su compañía durante los 5 años que precedieron a su muerte, y ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato;

III. El esposo supérstite solo, si no hay hijos de la pensionada, o en concurrencia con éstos si los hay, o éstos solos, cuando reúnan las condiciones a que se refiere la fracción I; siempre que aquel fuese mayor de 65 años o esté inhabilitado para trabajar, y dependa económicamente de la esposa pensionada;

IV. El concubinario solo, o en concurrencia con los hijos, de la pensionada, o éstos solos, cuando reúnan las condiciones señaladas en la fracción I; siempre que aquel reúna los requisitos señalados en las fracciones II y III; y

V. La cantidad total a que tengan derecho los deudos señalados en cada una de las fracciones anteriores, se dividirá por partes iguales entre ellos.

Cuando fuesen varios los beneficiarios de esta prestación y algunos de ellos perdiesen el derecho, su parte acrecerá proporcionalmente la de los restantes (articulo 57 Ley de Pensiones del Estado). Si otorgada la prestación aparecen otros familiares con derecho a la misma, se les hará extensiva, y percibirán su parte, a partir de la fecha en que sea resuelta su solicitud por la Dirección de Pensiones, sin que puedan reclamar el pago de las cantidades cobradas por los primeros derechohabientes (articulo 58 Ley de Pensiones del Estado).

Page 28: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 28 de 34

En caso de controversia, se suspenderá el trámite del beneficio, hasta que se defina judicialmente la situación, sin que tengan derecho a reclamar las cantidades cobradas. El derecho a percibir esta prestación se pierde, por alguna de las siguientes causas (articulo 59 Ley de Pensiones del Estado): I. Llegar a la mayoría de edad los hijos del pensionado, salvo

cuando estén inhabilitados totalmente para trabajar, o hasta los 25 años cuando estudien en escuelas del Sistema Educativo Nacional. La Dirección de Pensiones podrá, en todo tiempo, ordenar la práctica de exámenes médicos a efecto de constatar la subsistencia de la inhabilitación;

II. Cuando los derechohabientes del pensionado contraigan nupcias o llegaren a vivir en concubinato; y

III. Por fallecimiento de los derechohabientes. Cuando fallezca un pensionado, la Dirección de Pensiones entregará a sus deudos, o a la persona que se hubiese hecho cargo de la inhumación, el importe de un mes de pensión por concepto de gastos funerarios, sin más trámites que la presentación del acta de defunción y la constancia de los gastos del sepelio (articulo 60 Ley de Pensiones del Estado). En el caso de fallecimiento de un afiliado no pensionado, la Dirección de Pensiones del Estado entregará a los beneficiarios designados por el trabajador en activo, o en caso de no haberlos, a los dependientes económicos, y a falta de éstos, a los herederos legítimos, conforme a la resolución judicial, la prestación que al efecto, y en forma general, se haya determinado por el Consejo Directivo (articulo 60 bis Ley de Pensiones del Estado). Para que los beneficiarios puedan recibir lo anterior, será necesario que el afiliado en los términos del artículo 3 fracciones I, II, III, haya cotizado hasta la fecha del fallecimiento, su aportación en los términos del artículo 13 de esta ley. Las Entidades Públicas, en caso de muerte del servidor público, pagarán a la persona, preferentemente familiar del fallecido que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, dos meses de sueldo como ayuda para estos gastos. Esta prestación se otorgará, sin perjuicio de lo que al respecto establezcan diversas leyes (articulo 68 de la Ley de Servidores Públicos). Cuando algún servidor público fallezca y tuviera más de seis meses de servicio y desempeño, sus familiares o no familiares que hayan vivido con

Page 29: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 29 de 34

el en la fecha del fallecimiento y se hagan cargo de los gastos de inhumación, recibirán un importe de tres meses de salario, compensación y demás prestaciones salariales que en vida le correspondían (articulo 68 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto).

El Gobierno del Estado de Jalisco, otorga como beneficio adicional a los familiares del servidor público que halla fallecido: $150,000.00 por muerte natural y; $300,000.00 por muerte accidental. Servicio Funerario: Descuento Especial en las capillas de velación “San Lázaro” calzada González Gallo #1345 tel. 36194600 y 36194809. (página web de la Dirección de Pensiones del Estado de Jalisco).

p. Actividades culturales, sociales y deportivas La Secretaria de turismo a través del Sindicato fomenta el desarrollo de actividades deportivas, culturales, sociales y turísticas generando la convivencia y apoyando las necesidades para el desarrollo armonioso de cada actividad del personal de la Dependencia.

q. Quinquenio Denominada prima de antigüedad consiste en el pago de un importe mensual calculado para cada uno de ellos en función a su antigüedad y estructurado en base al numero de años en múltiplos de sueldo. Aplica a todos aquellos servidores Públicos que ocupen una plaza en la planilla de personal y hayan acumulado cinco años de labores interrumpidas e independientemente de la diversidad de las áreas en que se hubiere servido. El importe a cubrir quedara en función al salario mínimo de la zona metropolitana al momento de su procedencia. ( Convenio Gobierno del Estado de Jalisco Poder Ejecutivo 2002 )

Page 30: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 30 de 34

Page 31: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 31 de 34

GLOSARIO, ANEXOS Y AUTORIZACIONES

Fecha de elaboración: Febrero de 2006.

Page 32: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 32 de 34

V. GLOSARIO.

SEDAR Sistema Estatal de Ahorro para el retiro.

Derechohabientes Familiar del afiliado que tiene derechos a prestaciones y servicios otorgados por la Dependencia.

Page 33: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 33 de 34

VI. ANEXOS.

Page 34: MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN AL …ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo48068.pdf · 4. Atribuciones de la Institución ... Misión y visión 6. Estructura orgánica

MANUAL DE BIENVENIDA E INDUCCIÓN A LA SECRETARÍA DE TURISMO

Fecha de elaboración: Febrero, 2006 Página 34 de 34

VII. AUTORIZACIONES.

ELABORACIÓN: SR. HORACIO GONZALEZ PARDO

FEBRERO 2006

DICTAMEN TÉCNICO: SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN

C.P. ADRIAN GARZA RODRIGUEZ

JUNIO 2006