Manual Convivencia 2015

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  GIMNASIO MARCO FIDEL SUÁREZ  MANUAL DE CONVIVENCIA 2015 Resolución 4143.0.21.0473 del 03 de Febrero de 2012 de la Secretaria De Educación de Cali, Educación preescolar y básica primaria Calendario “A” Jornada única. Dirección: Carrera 8 No. 58-67 Teléfono: 488 10 00 ex t. 1021- 438 3 5 97 Cali-Valle Correo electrónico: [email protected] 

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Manual de convivencia 2015 colegio Gimnasio Marco Fidel Suarez

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  • GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ

    MANUAL DE CONVIVENCIA

    2015

    Resolucin 4143.0.21.0473 del 03 de Febrero de 2012 de la Secretaria

    De Educacin de Cali, Educacin preescolar y bsica primaria Calendario A Jornada nica.

    Direccin: Carrera 8 No. 58-67 Telfono: 488 10 00 ext. 1021- 438 35 97 Cali-Valle Correo electrnico: [email protected]

  • NDICE

    NDICE RESOLUCIN RECTORAL 02/2014 PRESENTACIN ORGANIGRAMA RESEA HISTRICA MISIN VISIN

    CAPTULO I. FUNDAMENTACIN Artculo 1. FILOSOFA Artculo 2. PRINCIPIOS Artculo 3. OBJETIVOS DEL MANUAL Artculo 4. FUNDAMENTOS LEGALES

    CAPTULO II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

    Artculo 5. PERFIL DEL ESTUDIANTE Artculo 6. DERECHOS FUNDAMENTALES Artculo 7. DERECHOS ACADMICOS Artculo 8. DEBERES ACADMICOS Artculo 9. DERECHOS DE CONVIVENCIA Artculo 10. DEBERES DE CONVIVENCIA Artculo 11. TRANSPORTE ESCOLAR Artculo 12. NORMAS DE COMPORTAMIENTO Artculo 13. SERVICIOS DE BIENESTAR QUE BRINDA EL COLEGIO Artculo 14. PRESENTACIN PERSONAL Y PORTE DE UNIFORMES Artculo 15. UNIFORMES Artculo 16. ESTMULOS

    CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

    Artculo 17. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Artculo 18. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

    CAPITULO IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES

    Artculo 19. DERECHOS DE LOS EDUCADORES Artculo 20. DEBERES DE LOS EDUCADORES Artculo 21. ESTMULOS PARA LOS EDUCADORES

    CAPITULO V. GOBIERNO ESCOLAR

    Artculo 22. CONFORMACIN DEL GOBIERNO ESCOLAR Artculo 23. OTROS MECANISMOS DE REPRESENTACIN Y PARTICIPACIN DE LOS ESTUDIANTES Artculo 24. OTROS MECANISMOS DE REPRESENTACIN Y PARTICIPACIN DE LOS PADRES DE FAMILIA Artculo 25. FINALIDADES DE LA ASOCIACIN DE PADRES DE FAMILIA

    CAPITULO VI. PROCESO DE ADMISIN, MATRCULAS Y RETIRO DE ESTUDIANTES Artculo 26. ADMISIN DE ESTUDIANTES Artculo 27. JUNTA DE SELECCIN Artculo 28. MATRCULA Artculo 29. CLASES DE MATRCULA Artculo 30. PENSIONES Artculo 31. COSTOS EDUCATIVOS Artculo 32. F A C T U R A C I O N Artculo 33. MEDIOS DE PAGO Artculo 34. INTERES DE MORA Artculo 35. RELIQUIDACION Artculo 36. MORA EN PENSION Y SERVICIO DE ALIMENTACIN Artculo 37. INFORMES

    Artculo 38. CHEQUES DEVUELTOS Artculo 39. AYUDAS ECONMICAS Artculo 40. RETIRO DE ESTUDIANTES

  • CAPITULO VII CURRCULO Y EVALUACIN

    Artculo 41. CURRCULO Artculo 42. EVALUACIN Artculo 43. CRITERIOS REPROBACIN DEL AO ESCOLAR EN LA SECCIN PRIMARIA Artculo 44. PROMOCIN ANTICIPADA DE GRADO Artculo 45. REGISTR ESCOLAR DE VALORACIN Artculo 46. PRDIDA DE CUPO EN LOS GIMNASIOS POR BAJO RENDIMIENTO ACADMICO

    CAPITULO VIII. CLASIFICACIN DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA UNA SANA CONVIVENCIA

    Artculo 47. FALTAS CONSIDERADAS COMO LEVES Artculo 48. FALTAS CONSIDERADAS COMO GRAVES Artculo 49. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Artculo 50. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Artculo 51. CONDUCTO REGULAR Artculo 52. DEBIDO PROCESO PARA LA IMPOSICIN DE MEDIDAS CAPITULO IX. SERVICIOS DE BIENESTARArtculo 53. SERVICIOS QUE BRINDA EL COLEGIO Artculo 54. COMIT DE PREVENCIN, EVALUACIN Y ATENCIN DE DESASTRES Artculo 55. VIGENCIA

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    RESOLUCIN RECTORAL 02/2014

    A TRAVS DE LA PRESENTE RESOLUCIN SE APRUEBAN ALGUNAS REFORMAS AL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ Y SE LE OTORGA VALIDEZ AL MISMO, PARA UN CUMPLIMIENTO PARTICIPATIVO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA (LEY115 DE 1994 ARTCULO 73 Y 78, DECRETO 1860 DE 1994 ARTCULO 17 Y DECRETO 1290 DE 2009).

    La suscrita Rectora del GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ, en uso de las atribuciones legales y en especial las que le confiere la Ley General de Educacin (Ley 115/94) en sus artculos 142 prrafo segundo, artculo 144 enciso c, e, h, i, Decreto 1860/94 en su artculo 25 enciso a, g y j, Decreto 1290/2009.

    CONSIDERANDO

    1. Que nuestro Manual de Convivencia se elabor teniendo en cuenta las siguientes disposiciones legales: los

    reglamentos de la Constitucin Poltica de Colombia, el Cdigo del Menor, la Ley General de Educacin, el Decreto 1860 y el Decreto 1290 y las disposiciones de La Accin Social Nuestra Seora de Loreto Seccional EMAVI , en el aspecto acadmico y administrativo emitan.

    2. Que las reformas hechas, contaron con la participacin activa de directivos, docentes, padres de familia y estudiantes de la Institucin.

    3. Que en reunin del Consejo Directivo del 27 de Julio del 2014 del Gimnasio Marco Fidel Surez fue revisado y aprobado el Manual de Convivencia que entrar en vigencia a partir del de 29 de Julio de 2014.

    RESUELVE

    Artculo 1. Aprobar las reformas del Manual de Convivencia del Gimnasio Marco Fidel Surez y dar validez al mismo.

    Artculo 2. Publicar el Manual de Convivencia en el blog institucional, para conocimiento, interiorizacin y cumplimiento de toda la comunidad educativa.

    Artculo 3. Los ajustes que a este Manual de Convivencia sean necesarios para dar cumplimiento a nuestra filosofa y

    a una sana convivencia, sern analizados y aprobados por el Consejo Directivo y difundidos a toda la comunidad educativa, aplicando as el principio legal de publicidad.

    Artculo 4. La presente resolucin ser anexada al Manual de Convivencia y Proyecto Educativo Institucional (PEI).

    Artculo 5. Adoptar el presente Manual de Convivencia como reglamento Institucional de toda la comunidad educativa a partir del 29 de Julio de 2014.

    PUBLQUESE, COMUNQUESE Y CMPLASE,

    Dada en Santiago de Cali a los 28 das del mes de Julio del ao 2.014 ------------------------------------------------------ Lic. Paola Andrea Toro Largacha. Rectora Gimnasio Marco Fidel Surez

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    PRESENTACIN

    El Manual de Convivencia es conocido y utilizado frecuentemente como un instrumento que orienta los principios, valores, estrategias y actuaciones que favorecen un clima organizacional armnico entre los miembros de la comunidad educativa, fomentando el respeto y la valoracin de la diversidad. El Manual de Convivencia o Reglamento de una Institucin Educativa tiene validez slo cuando se recogen todas las aspiraciones e ideales formativos y estos se llevan a la prctica en acuerdos claros y precisos para las diferentes instancias de una comunidad educativa frente a la formacin integral del estudiante.

    Los estamentos que conforman el Gimnasio Marco Fidel Surez, en uso de sus derechos y bajo su autonoma; orientado por los principios legales y educativos que rigen en Colombia, tras un productivo proceso de dilogo, anlisis y concertacin obtienen el presente Manual de Convivencia como parmetro general que regir las diferentes interacciones entre los miembros de la Institucin.

    El mbito de aplicacin de nuestro Manual de Convivencia en primera instancia rige para toda la comunidad educativa que conforma la Institucin, entre ella se encuentran los estudiantes matriculados, los padres de familia o acudientes, que aceptan las normas a travs de un contrato de prestacin de servicios educativos y la planta docente, el personal administrativo y de servicios generales.

    Sea este un Manual para que toda la comunidad educativa lo conozca, lo interiorice y lo use para los diferentes procedimientos operativos tanto acadmicos como de convivencia que se puedan presentar en el diario vivir del contexto escolar.

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    RESEA HISTRICA GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ

    La Accin Social FAC Nuestra Seora de Loreto es una asociacin sin nimo de lucro, conformada por esposas de oficiales activos y en uso del buen retiro de la Fuerza Area Colombiana que trabajan de manera voluntaria para garantizar el bienestar integral de los hogares de la Institucin. Esta iniciativa que se remonta a la dcada de los aos 50, naci con el propsito de ayudar a las futuras madres de escasos recursos mediante la elaboracin de canastillas para beb y ha trascendido hasta hoy, gracias al desarrollo de diversos programas y proyectos sociales de largo alcance.

    La historia del colegio GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ se remonta hacia el ao 1.989 bajo la direccin de las voluntarias de la Accin Social, llevndose a cabo en las instalaciones del Casino de Oficiales de la unidad, un programa de vacaciones recreativas para los hijos de todo el personal que trabaja en la EMAVI, participaron 80 nios divididos en grupos de diferentes edades de los cuales se destacaron un grupo de 15 pequeos que contaban con edades entre 1 y 3 aos.

    El balance de la jornada de vacaciones recreativas fue positivo y dio pie para pensar en la posibilidad de brindar un espacio diseado para la escolaridad de los nios participantes en esta poca. Fue entonces como la ACCI N SOCIAL FAC NUESTRA SEORA DE LORETO- Seccional EMAVI, organiz un comit de educacin liderado por la Teniente Coronel Martha Cecilia Cana Cubillos, quien era en aquella poca la presidenta de sta dependencia, dando inicio a uno de los proyectos ms hermosos y beneficiosos para los hijos del personal militar y civil de la Escuela Militar de Aviacin.

    Se destin un terreno ptimo para la construccin de las primeras aulas, y el 8 de Septiembre de 1.998 abri oficialmente sus puertas el Jardn Infantil Alitas del Futuro con un total de 25 estudiantes. Ao tras ao el jardn aument su cobertura escolar hasta completar el grado Transicin graduando as su primera promocin en el ao escolar 2.002 - 2.003.

    En el ao 2.005 asume la presidencia de la Accin Social-Seccional Emavi, la seora MARCELA CASTRO DE PEREZ y decide proyectar el jardn ofreciendo el servicio para la apertura del ciclo de la Bsica Primaria el 11 de Septiembre de 2.007, iniciando con los grados 1 ,2,3,4 y 5.

    En el ao 2.009 asume la presidencia de la Accin Social-Seccional Emavi la seora CARMEN ROSA VSQUEZ DE RAMIREZ. En este ao se grada la primera promocin del ciclo de la bsica primaria y se da continuidad con el grado sexto para el ao escolar 2.009 - 2.010, bajo la direccin de la seora Teniente LILIANA INS CORTS FERNNDEZ. En este mismo periodo la institucin es aprobada bajo la Resolucin N 4143.2.21.2507 del 23 de Abril de 2.009 emitida por la Secretaria de Educacin Municipal de Santiago de Cali y es en este mismo ao que la Institucin asume el gran reto del Sistema de Gestin de la Calidad, que con todo esfuerzo, dedicacin y trabajo en equipo se logra sacar adelante; en el mes de Septiembre se recibi la certificacin de ICONTEC ISO 9001:2008 NTC-ISO 9001:2008 Certificado SC 7353-1.

    En el ao 2.011 asume la presidencia de la Accin Social-Seccional Emavi la seora ASTRID DE TORRADO, ocupa la direccin del colegio la Teniente NGELA CRISTINA CANTOR TRUJILLO. Al inicio de este ao se da cierre al nivel de bachillerato, al no contar con la infraestructura requerida para el ptimo funcionamiento del colegio.

    Iniciando el ao 2.012 asume la presidencia de la Accin Social-Seccional Emavi la seora CLARA IREGUI DE DELGADO, como Rectora la seora ADRIANA IVONNE ORJUELA. Para este ao la Institucin cuenta con un sistema de Gestin de la Calidad mucho ms maduro, el cual con la ayuda de toda la comunidad educativa ha logrado fortalecerse y mantenerse en el proceso, siempre pensando en la mejora continua. Se modifica el nombre del Colegio de GIMNASIO MILITAR MARCO FIDEL SUREZ a GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ bajo RESOLUCION No. 4143.0.21.047 del 3 de Febrero de 2.012. A partir del mes de Abril del ao 2.012 asume la presidencia de la Accin Social seccional EMAVI la seora ASTRID GRATTZ DE LONDOO y en Septiembre de 2.012 asume la Direccin del Colegio la seora Licenciada en Educacin Primaria, Licenciada en Educacin Preescolar y Especialista, MONICA FERNANDA AGUIRRE. En febrero del ao 2013 la seora CAROL LIZETTE RODRIGUEZ DE CONDE asume la presidencia de la Accin Social Seccional Emavi, y durante este tiempo se logran consolidar cambios significativos en cuanto la adecuacin y estructura de la planta fsica del colegio y su continuidad la asume en Enero del 2014 la seora CAROLINA AVILA DE AMAYA,como nueva presidenta de la Accin Social con la direccin de la Licenciada en Educacin Prescolar y Especialista en Educacin y Orientacin Familiar PAOLA ANDREA TORO L, desde el 1 de octubre del 2013.

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    MISIN

    El GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ es una institucin educativa donde se orienta al estudiante desde la Primera Infancia y Bsica Primaria en la bsqueda de la excelencia personal, acadmica y social, guiado por un modelo constructivista enmarcado en el respeto por la individualidad del ser. Nos caracterizamos por el amor, la solidaridad y la tica inspirados en Nuestra Seora de Loreto patrona de la Accin Social.

    VISIN

    En el 2.017 el GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ ser reconocido a nivel nacional como una institucin educativa que promueve la excelencia del ser a nivel social con valores y principios que transformarn la sociedad a la cual pertenecen.

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    CAPTULO I. FUNDAMENTACIN

    Artculo 1. FILOSOFA

    El Gimnasio Marco Fidel Surez de propiedad de la Accin Social FAC Nuestra Seora de Loreto Seccional Emavi concibe al educando como ser individual, nico e irrepetible inmerso en un mundo social que determina su desarrollo. De esta manera reconoce la singularidad de cada nio y nia determinante en su proceso de crecimiento y a la familia como el principal agente facilitador de este. (La familia ncleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educacin de los hijos, hasta la mayora de edad. Art. 7 Ley 115 de 1.994). Es as como el ambiente escolar se constituye en un entorno complementario de su desarrollo el cual deber estar dispuesto a favorecer, fortalecer y enriquecer sus procesos de aprendizaje personal, acadmico y social.

    Artculo 2. PRINCIPIOS

    El Gimnasio Marco Fidel Surez, conforme al artculo 67 de la Constitucin Poltica establece como principios prioritarios para su educacin los siguientes:

    1. Desarrollo pleno de la personalidad y formacin fsica, psquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, tica, cvica y dems valores humanos.

    2. Formacin en el respeto a la vida y a los dems derechos humanos, a la paz, a los principios democrticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y el ejercicio de la tolerancia y la equidad.

    3. Formacin en el respeto a la autoridad legtima y a la ley, a la cultura nacional, a la diversidad tnica, a la historia colombiana, a los smbolos patrios, a la conciencia de soberana y solidaridad nacional.

    4. Fortalecimiento de hbitos intelectuales para el desarrollo del saber, el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la investigacin, a la creacin artstica y desarrollo de la capacidad crtica, analtica y reflexiva.

    5. Conciencia para la conservacin, proteccin y mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.

    6. Promocin y preservacin de la salud y la higiene, la recreacin, el deporte y el uso adecuado del tiempo libre.

    Artculo 3. OBJETIVOS DEL MANUAL

    1. Regular la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa a partir de procedimientos enmarcados en los principios e ideales propios de la institucin.

    2. Favorecer el reconocimiento de la norma frente a los deberes y derechos de la comunidad educativa al explicitar los procedimientos que regulan la vinculacin, la permanencia y desvinculacin de los estudiantes de la institucin.

    3. Fomentar la sana convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa, favoreciendo la resolucin de conflictos, facilitando la participacin ciudadana y democrtica, clarificando criterios de evaluacin acadmica y de convivencia.

    4. Fortalecer la formacin tica, moral y poltica de los nios y nias a partir del ejercicio y regulacin de los mismos en el entorno educativo que redunde en la construccin de una sociedad justa y equilibrada.

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    Artculo 4. FUNDAMENTOS LEGALES 1. CONSTITUCIN POLTICA DE COLOMBIA 1.991. 2. CDIGO DEL MENOR DECRETO 2737. 3. DECRETO 1290 DE 2.009. 4. LEY GENERAL DE LA EDUCACIN 115 FEBRERO/1.994.

    5. DECRETO 2247 DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1.992

    6. DECRETO REGLAMENTARIO 1860 DE 1.994. 7. RESOLUCIN DE EDUCACION SEXUAL 3353 DE 1.993.

    8. PREVENCIN DE DROGADICCIN LEY 30 DE 1.986.

    9. LEY 133 DE 1.994. 10. LEY 1355 DE 2009 DE POLITICA INTERNACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL.

    11. LEY 1620 DE 2013. DECRETO1965 12. LTIMOS FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EDUCACIN.

    CAPTULO II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

    Artculo 5. PERFIL DEL ESTUDIANTE DEL GIMNASIO MARCO FIDEL SUREZ

    1. Excelencia personal, acadmica y social. 2. Ejemplo de una convivencia pacfica y conciliadora.

    3. Con autonoma, honestidad, lealtad y responsabilidad social.

    4. Con identidad propia y sentido de pertenencia hacia los principios y valores que orienta la institucin: amor, solidaridad y tica.

    5. Respetuoso y cumplidor de los derechos humanos, las leyes de la nacin, las normas de la institucin y las creencias religiosas.

    6. Comprometido con la innovacin y la crtica.

    7. Comprometido con el cuidado y preservacin del planeta tierra.

    8. Ejemplo de los buenos modales y sanas costumbres, normas de cortesa, presentacin personal y cordialidad.

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    Artculo 6. DERECHOS FUNDAMENTALES

    1. Conforme a la Ley 1098 de 2006 Cdigo de la Infancia y la Adolescencia, el Derecho a la vida, a la calidad de vida y al ambiente sano. Por tal razn ningn estudiante del Gimnasio Marco Fidel Surez podr ser violado en su derecho, ya sea agresin fsica, psicolgica o verbal.

    2. Derecho a la Educacin, Ley 1098 de 2006 Cdigo de la Infancia y la Adolescencia. Todo estudiante tendr derecho a una educacin de calidad.

    3. Al pleno desarrollo de la personalidad sin ms limitaciones que las que le imponen los derechos de los dems y el orden jurdico.

    4. Recibir durante el primer mes del ao lectivo el carnet estudiantil que lo identifique como estudiante de la Institucin el cual le servir para utilizar los servicios que brinda la Institucin.

    5. Recibir durante el primer mes del ao lectivo el carnet del seguro estudiantil.

    6. Tener acceso a los diferentes servicios de bienestar que ofrece la Institucin de manera oportuna y eficiente.

    7. Gozar de un ambiente institucional que le proporcione seguridad y bienestar para su desarrollo integral.

    8. Tener acceso al material de enseanza, enseres, equipos, instalaciones, implementos deportivos y/o de laboratorio y dems que le ofrece la Institucin para su formacin.

    9. Portar los elementos necesarios para el ptimo desempeo escolar, cuidndolos.

    10. Contar con el apoyo de la comunidad educativa en los eventos deportivos (municipales, zonales, departamentales), como tambin en los acadmicos y culturales donde participe o sea invitado.

    11.Recibir un trato respetuoso, amable y justo por parte de toda la comunidad educativa (directivas, profesores, compaeros, administracin, servicios varios y dems empleados), teniendo en cuenta su condicin de ser humano, sin distincin de edad, sexo, idioma, raza, posicin econmica y creencias religiosas de acuerdo con la legislacin Colombiana.

    12. La solicitud de certificados de estudio, paz y salvos de estudios, constancias y otros, atendiendo a los 5 das hbiles para entregar estos documentos.

    13. El debido proceso siguiendo el conducto regular estipulado en el presente manual de convivencia.

    14. Elegir y ser elegido para los diferentes cargos del gobierno escolar.

    15. Ser evaluado de forma integral en todos sus aspectos acadmicos, con vivenciales y personales.

    Artculo 7. DERECHOS ACADMICOS

    1. Ser informado al inicio del ao escolar sobre el sistema de evaluacin (SIE), y al comienzo de cada periodo los contenidos, logros, programacin, puntos de trabajo, y fechas de las diferentes evaluaciones.

    2. Tener acceso al inicio del ao escolar el horario de clases establecido por la institucin.

    3. Iniciar la jornada escolar puntualmente, de igual forma recibir las diferentes clases programadas en el horario establecido para cada da.

    4. Contar con el apoyo y ser tenido en cuenta por las Directivas y Docentes para representar a la Institucin en diferentes eventos acadmicos.

    5. Recibir reconocimiento en forma escrita en su seguimiento personal por destacarse y representar a la Institucin en diferentes eventos acadmicos.

    6. Disfrutar de un entorno fsico adecuado y la dotacin necesaria para desarrollar sus actividades acadmicas.

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    7. Acceder a los diferentes espacios que la Institucin tiene para su formacin siempre y cuando cumpla con los requisitos de uso establecidos.

    8. Tener conocimiento en cada perodo acadmico los resultados de los logros alcanzados como de los pendientes antes de ser entregados a Coordinacin Acadmica y solicitar las modificaciones si as lo requieran sus notas dentro de tres das hbiles.

    9. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos del proceso educativos, habilidades, destrezas y aptitudes.

    10. Recibir retroalimentacin y apoyo necesario por parte del docente para reorientar y consolidar su desempeo acadmico con estrategias pedaggicas y recursos didcticos adecuados para su desarrollo.

    11. Recibir una educacin de alta calidad con personal idneo, tanto en lo profesional como en lo personal; para que la enseanza sea til y aplicable en el diario quehacer y en la transformacin positiva de la Institucin.

    12. Tener un cronograma de tareas, lecciones y trabajos con objetivos claros y fines formativos, de tal manera que no se acumulen y se vea afectado el rendimiento del estudiante (mximo dos tareas diarias).

    13. Ser escuchado en sus solicitudes respetuosas verbales y/o escritas ante las instancias correspondientes de la Institucin habiendo observado el conducto regular y obtener respuesta oportuna.

    14. El cumplimiento con las actividades curriculares y extracurriculares ofrecidas.

    15. Presentar las evaluaciones que fueron programadas en su ausencia debidamente justificada, cuando esto sea oportuno o necesario.

    16. Solicitar segundo calificador con autorizacin de la Coordinacin Acadmica quien decidir en ltima instancia.

    17. Obtener el resultado y correccin de sus evaluaciones escritas y orales, de todas las asignaturas, as como la calificacin de sus trabajos en un trmino mximo de 10 das hbiles.

    18. Plantear opciones acadmicas que le ayuden a mejorar la calidad de la educacin recibida.

    Artculo 8. DEBERES ACADMICOS

    1. Acatar las disposiciones del Sistema de Evaluacin y consignar en su cuaderno la programacin acadmica de cada periodo.

    2. Cumplir con los horarios establecidos por la institucin para el inicio de la jornada escolar y el ingreso a las a las diferentes clases.

    3. Traer a tiempo tiles escolares y elementos solicitados por la institucin para el buen desarrollo de sus actividades.

    4. Representar a la Institucin en los diferentes eventos que participe, con esfuerzo y dedicacin.

    5. Permanecer dentro del aula correspondiente, esperando cada clase con respeto y buen comportamiento.

    6. Participar activamente en clase y con una actitud positiva, en la realizacin de tareas, talleres, dinmicas de grupo, organizacin y sustentacin de trabajos y evaluaciones.

    7. Presentar los diferentes trabajos asignados para superar dificultades o fortalecer conocimientos.

    8. Cumplir con las diferentes responsabilidades acadmicas en las fechas y horas asignadas.

    9. Escuchar y proceder con respeto frente a las diferentes recomendaciones dadas por profesores, Psicoorientadora y directivos para mejorar su rendimiento acadmico.

    10. Mantener una actitud investigativa, innovadora y profundizar en las distintas reas del conocimiento.

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    11. Evaluar su rendimiento acadmico, reflexionando y proponiendo correctivos o metas a seguir.

    12. Emplear un adecuado mtodo de estudio para lograr los objetivos propuestos y un rendimiento eficaz en sus estudios.

    13. Evitar que se acumulen faltas durante el perodo sin causa justificada, para que no se vea afectado su desempeo escolar.

    14. Presentar sus reclamos e inconformidades de manera respetuosa y cordial siguiendo el conducto regular.

    15. Cuidar sus tiles escolares, de igual forma el material y las instalaciones que la Institucin le ofrece para el desarrollo ptimo de las clases.

    Artculo 9. DERECHOS DE CONVIVENCIA

    1. Recibir y conocer el presente Manual de Convivencia, en familia, con sus docentes y compaeros de curso.

    2. Ser respetado en su debido proceso, de acuerdo con la ley 1098, Cdigo de la Infancia y la Adolescencia.

    3. Antes de impartir un procedimiento formativo, ser atendido y escuchado con justicia y equidad.

    4. Escuchar, dialogar, manifestar libre y responsablemente sus ideas teniendo en cuenta el respeto por las opiniones de los dems.

    5. Disfrutar de un ambiente escolar sano, moral, social, psicolgico y un entorno fsico adecuado, que favorezca su formacin integral.

    6. Recibir en forma escrita reconocimientos por destacarse en actividades acadmicas, culturales, deportivas y/o convivenciales.

    7. Usar sus derechos en beneficio de todos los miembros de la Comunidad Educativa y del suyo propio. 8. Participar en todas las actividades del Gobierno Escolar, elegir y ser elegido democrticamente para desempear funciones y dems actividades que se adelanten en la Institucin, si cumple con los requisitos exigidos.

    9. Ser escuchado y atendido por cualquier docente o directivo, cuando est enterado de cualquier conducta contraria a los parmetros establecidos en el presente Manual de Convivencia.

    10. Conocer de manera oportuna los smbolos patrios e himnos requeridos en actos cvicos.

    11. Realizar actividades utilizando el nombre de la institucin con previa revisin y autorizacin de Rectora.

    12. Solicitar permiso a la autoridad competente, previa solicitud, para permitir el ingreso de personas a la institucin.

    13. Obtener permiso para traer objetos de comunicacin, solicitados como apoyo a las clases en el proceso enseanza aprendizaje.

    14. Recibir el adecuado y oportuno servicio de alimentacin.

    15. Ser informado a tiempo sobre los horarios de rutas y sus respectivos paraderos; as como de las normas establecidas por la empresa de transporte.

    16. No ser vctima de bullying escolar.

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    Artculo 10. DEBERES DE CONVIVENCIA

    1. Conocer y cumplir el presente Manual de Convivencia. 2. Respetar y acatar el debido proceso presentando solicitudes respetuosas verbales y/o escritas ante las personas e instancias correspondientes de la institucin.

    3. Escuchar, dialogar y manifestar libre y responsablemente sus ideas teniendo en cuenta el respeto por las opiniones de los dems. 4. Acatar las sugerencias, observaciones, rdenes y/o amonestaciones de los docentes y directivos que promuevan su bienestar y el de los que le rodean.

    5. Colaborar con disposicin y agrado en las actividades que los compaeros propongan propias del Gobierno Escolar.

    6. Brindar un trato respetuoso, amable y justo a toda la comunidad educativa (directivas, profesores, compaeros, personal administrativo, personal de servicios varios y dems empleados), teniendo en cuenta la condicin del ser humano, sin distincin de edad, sexo, idioma, raza, posicin econmica y creencias religiosas de acuerdo con la legislacin Colombiana.

    7. Conservar dentro de la institucin un ambiente moral, social y psicolgico adecuado que garantice la integridad de todos los miembros de la comunidad educativa, el cual se ver reflejado en su lenguaje y sus acciones.

    8. Hacer cumplir sus derechos, y respetar los de los miembros de la comunidad educativa.

    9. Disfrutar de la democracia con la participacin en las actividades que se realizan para la eleccin del Gobierno Escolar.

    10. Informar oportunamente a quin corresponda toda conducta que conozca contraria a los parmetros de este Manual de Convivencia.

    11. Mantener una presentacin y un comportamiento ptimo durante las actividades programadas dentro o fuera de la institucin (izadas de bandera, actos culturales, salidas pedaggicas, encuentros deportivos o culturales en otras instituciones; entre otras), resaltando los valores ticos, sociales, patrios y religiosos.

    12. Demostrar sentido de pertenencia por su Institucin, respetando los smbolos patrios y entonando con espritu cvico el himno Nacional Colombiano y los regionales.

    13. Solicitar por escrito y debidamente firmado por los padres de familia o acudientes los permisos para retirarse de la Institucin, llegar tarde o faltar durante un tiempo determinado a la Institucin, ante el Coordinador Acadmico o Coordinador de Convivencia.

    14. Justificar ante el Director de Grupo la (s) ausencia (s) a la Institucin, con plazo mximo de tres das; entregando la excusa por escrito.

    15. Cumplir con el horario establecido para las rutas escolares y paraderos determinados.

    16. Utilizar adecuadamente el servicio de alimentacin en los horarios establecidos, limitndose a consumir estos alimentos solamente en las horas del descanso y a la hora del almuerzo respectivamente.

    17. Mantener una buena conducta durante toda la jornada escolar.

    18. Utilizar durante el tiempo de descanso, las reas asignadas por cada seccin.

    19. Utilizar en forma cuidadosa todos los materiales que se encuentran a su disposicin. En caso de dao parcial, o prdida total, el estudiante pagar la reparacin o comprar el bien de acuerdo a su valor correspondiente.

    20. Permanecer fuera de los salones de clase durante el descanso, a excepcin de los das de lluvia.

    21. No portar y/o consumir alcohol, cigarrillos y drogas dentro de la Institucin.

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    22. No portar material bibliogrfico o fotogrfico con connotacin pornogrfica.

    23. Informar a un adulto que est siendo vctima de acoso escolar por parte de cualquier persona de la comunidad educativa. 24. Mantener y conservar el turno, respetar y ordenar los distintos lugares de trabajo. 25. Abstenerse de publicar, comentar, participar y enviar a travs de la web (redes sociales, blogs. Wiki, chat correos electrnicos, otros) fotografas videos y comentarios o noticias que atenten contra la intimidad y buen nombre de cualquier miembro de la comunidad.

    ARTICULO 11. TRANSPORTE ESCOLAR 1. Ser informado a tiempo sobre los horarios de rutas y sus respectivos paraderos.

    2. Cumplir con el horario establecido para las rutas y paraderos determinados.

    3. Cumplir las normas que la empresa de transporte reglamente.

    4. Tratar con respeto y educacin al conductor, el acompaante, los compaeros y los transentes.

    5. Abstenerse de comer, comprar o vender golosinas.

    6. Evitar actividades que vayan en contra de su seguridad o la de sus compaeros.

    7. Informar a Coordinacin de Convivencia, cuando por algn motivo no se haga uso de la respectiva ruta, presentando por escrito la autorizacin de los padres.

    8. Mantener un comportamiento ptimo que contribuya con su bienestar y el de los dems.

    9. Comunicar a la Institucin cuando se presente alguna anomala con el transporte escolar, ya sea por parte del personal de rutas, compaeros escolares o por el servicio que se presta.

    Artculo 12. NORMAS DE COMPORTAMIENTO

    1. EN LA SALA DE INFORMTICA

    Se restringe el Ingreso a la sala de informtica con comidas y/o bebidas

    Revisar detalladamente antes de iniciar la clase su equipo asignado e informar al docente si se presenta alguna

    anomala oportunamente.

    Mantener el orden y el buen comportamiento.

    Cuidar y aprovechar al mximo todos los elementos que le permitan acceder a su formacin y se encuentren en la

    sala de informtica.

    Sentarse frente al computador asignado por el docente del rea y responsabilizarse del mismo.

    Se restringe el uso de pginas de redes sociales y juegos en lnea.

    Seguir estrictamente las indicaciones y normas establecidas por el docente del rea para el trabajo en la sala 2. EN LA BIBLIOTECA

    Asistir a la biblioteca en los horarios establecidos para su uso.

    En caso de prstamo de libros, cumplir con los requisitos establecidos para adquirir este servicio.

    Mantener el orden, silencio y buena disposicin para enriquecer su formacin en este espacio.

    Cuidar y aprovechar al mximo los diferentes elementos que se encuentran a disposicin en la biblioteca.

    Cuando se solicite un libro en prstamo, se debe comprometer con el cuidado del mismo y la devolucin oportuna.

    Una vez usados los libros se deben regresar al mismo lugar donde se tomaron.

    Proteger y cuidar los libros, evitando el deterioro. En caso de encontrar algn material en mal estado informar a las personas encargadas para realizar el procedimiento necesario.

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    No se permite consumir alimentos, ni bebidas, esto con el fin de evitar accidentes que deterioren los libros y dejar rastros que atraen insectos y roedores.

    En caso de prdida o deterioro del material textual debe ser repuesto por el mismo ejemplar e igual a su valor comercial.

    3. EN EL COMEDOR

    Lavarse las manos antes de ingerir los alimentos, ya sea a la hora del descanso o al almuerzo.

    Procurar mantener un tono de voz adecuado a la hora de tomar los alimentos.

    Mantener una posicin correcta que le permita ingerir los alimentos con agrado y salud.

    Cuidar de todos los elementos que se encuentran en el comedor para la disposicin de los alimentos.

    Respetar el turno en la fila.

    Consumir todos los alimentos con respeto y normas de cortesa.

    Usar adecuadamente los cubiertos para consumir los alimentos.

    Una vez terminados los alimentos se deben disponer los platos al lugar asignado para tal fin. 4. EN LOS BAOS

    Los baos se deben usar en horas de descanso, o bajo autorizacin de un docente si es en otro momento.

    Como parte primordial de la Institucin, y muestra de principios y valores ticos, los baos deben permanecer

    limpios, para ello se deben arrojar los papeles u otros elementos en los recipientes dispuestos para tal fin.

    Descargar las bateras sanitarias cada vez que se haga uso de ellas.

    Las paredes deben estar limpias, no pueden ser rayadas con graftis o manchadas por desechos orgnicos.

    Los baos no son espacios de recreacin, ni de alimentacin; por tanto se deben usar estrictamente para satisfacer

    las necesidades fisiolgicas.

    El respeto es indispensable al momento de usar el bao, por ello no debemos molestar, encerrar, ridiculizar o hacer

    parte de burlas cuando un estudiante haga uso de los mismos.

    Artculo 13. SERVICIOS DE BIENESTAR QUE BRINDA EL COLEGIO

    Atentos a las diferentes necesidades presentadas por nuestra Comunidad Educativa, las Directivas del colegio han organizado para todos los integrantes del Gimnasio Marco Fidel Surez, diferentes servicios de bienestar con el nimo de satisfacerlas oportuna y eficientemente, logrando as un mejor desempeo y desarrollo integral de toda la familia GIMFS.

    1. Psicoorientacin. 2. Restaurante escolar. 3. Seguro Estudiantil. 4. Transporte Escolar. 5. Biblioteca. 6. Capellana. (Capelln de la EMAVI, de acuerdo a la disponibilidad de los servicios). 7. Actividades ldicas y recreativas.

    Artculo 14. PRESENTACIN PERSONAL Y PORTE DE UNIFORMES

    El Gimnasio Marco Fidel Surez considera el uniforme de los estudiantes como un smbolo Institucional. En virtud de lo anterior la presentacin personal y el porte del mismo en los estudiantes representan al colegio y a la persona que lo lleva decorosamente. Para tal fin, es necesario tener en cuenta los siguientes deberes de presentacin personal: 1. Portar el uniforme de acuerdo a la norma exigida en el presente Manual, con una presentacin personal de orden, aseo y decoro, permaneciendo en las mismas condiciones durante toda la jornada escolar.

    2. Los accesorios para el peinado de las nias pueden ser balacas, moas o pinzas de color blanco o azul.

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    3. Presentarse diariamente con el uniforme completo ya sea, el de educacin fsica, o el de diario segn corresponda en el horario, de lo contrario presentar excusa por escrito al director de curso, justificando el incumplimiento con el uniforme.

    4. Por razones de presentacin personal estipuladas por la Institucin no se les permite lucir a los hombres el cabello largo, cortes y peinados no reglamentarios, aretes, pendientes y otros objetos similares dentro de la institucin o en actividades del Colegio.

    5. Con respecto a los accesorios, a las nias no se les permitir usar joyas o prendas diferentes a las del uniforme establecido, solo podrn usar un par de aretes pequeos o topos acordes al color del uniforme. El colegio no se hace responsable por la prdida de los mismos.

    6. El cabello debe mantener limpio, bien recogido, sin tintes y usar balacas, moas o pinzas moderadas acordes con los colores del uniforme.

    7. Lucir aseado y pulcro en su presentacin personal.

    8. Usar zapatos lustrados y cordones limpios en ambos uniformes.

    9. La falda debe ir a la rodilla y las medias blancas. Artculo 15. UNIFORMES

    1. PREESCOLAR

    Los estudiantes del preescolar (nias y nios), desde prvulos hasta grado transicin solamente usarn una clase de uniforme, el UNIFORME DEPORTIVO.

    Pantaln sudadera, azul oscuro.

    Camibuso blanco (dentro del pantaln).

    Medias blancas sin estampados.

    Tenis exclusivamente blancos, sin lneas de color.

    Accesorios para las nias nicamente balacas, bambas o moos blancos o azul oscuro.

    Si se utiliza una camisilla debajo del camibuso, sta deber ser blanca.

    Chaqueta institucional.

    2. PRIMARIA

    2.1 DIARIO NIAS

    Falda azul turqu con bicicletero interior y el largo debe ir a la rodilla.

    Blusa en dacrn blanca manga corta, de cuello beb con bolsillo con el escudo del colegio.

    Medias blancas.

    Zapatos de cuero NEGROS (limpios y lustrados).

    Accesorios nicamente balacas, bambas o moos blancos o azules; aretes pequeos o topos acordes con el

    color del uniforme.

    Chaqueta institucional. 2.2 DIARIO NIOS

    Pantaln azul oscuro, con resorte en la parte trasera de la cintura, dos prenses.

    Camisa blanca en dacrn, con cuello para corbata, manga corta; dentro del pantaln.

    Medias azul oscuro clsicas sin estampados.

    Zapatos de cuero NEGROS (limpios y lustrados).

    Chaqueta institucional.

    Correa negra.

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    2.3 UNIFORME DEPORTIVO NIOS Y NIAS PRIMARIA - PREESCOLAR

    Pantaln sudadera anti fluido, azul oscuro.

    Camibuso blanco (dentro del pantaln).

    Medias blancas sin estampados.

    Tenis exclusivamente blanco, sin lneas de color.

    Accesorios para las nias nicamente balacas, bambas o moos blancos o azul oscuro.

    Si se utiliza una camisilla debajo del camibuso, sta deber ser blanca.

    Pantaloneta azul oscura.

    Chaqueta institucional.

    Pargrafo 1: La pantaloneta debe ser nicamente la del uniforme, sin mostrar la ropa interior.

    Pargrafo 2: No se acepta ningn tipo de combinacin de uniformes o el uso de accesorios diferentes a los establecidos. Artculo 16. ESTMULOS

    Teniendo en cuenta la filosofa del Gimnasio Marco Fidel Surez, se otorgar a los estudiantes diferentes incentivos de acuerdo a sus competencias y habilidades:

    1. Obtener mencin de Honor al finalizar el grado por su rendimiento acadmico y su convivencia.

    2. Publicacin de los trabajos ms distinguidos en el peridico mural del Colegio.

    3. Ser elegido monitor de convivencia o acadmico, por su excelente responsabilidad y desempeo.

    4. Derecho a recibir trofeos, condecoraciones, premios, menciones especiales por su participacin en diferentes eventos deportivos del colegio.

    5. Representar al curso en izadas de bandera, con notificacin al padre de familia y anotacin en el Observador del Estudiante.

    6. Exaltar los valores morales, culturales de los estudiantes, mediante felicitaciones verbales o escritas en el observador del estudiante.

    7. Consignar en los observadores y en los boletines de los estudiantes, las felicitaciones correspondientes en cada periodo.

    8. Resaltar su derecho a la niez en las diferentes celebraciones que se festejan durante el ao.

    CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

    Artculo 17. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

    1. Conocer el presente Manual de Convivencia para ser ledo, socializado y analizado en familia.

    2. Ser escuchado, atendido y orientado oportunamente en sus dudas, inquietudes reclamos o sugerencias presentadas respetuosamente al personal directivo, docente y administrativo de la institucin en los horarios establecidos para tal fin.

    3. Ser acogido con respeto y cortesa por todos los dems miembros de la comunidad educativa. 4. Participar en las diferentes actividades programadas por la Institucin para padres de familia.

    5. Participar activamente en la planeacin y ejecucin de actividades programadas por el Gimnasio Marco Fidel Surez y que requieran de su colaboracin.

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    6. Recibir oportunamente informacin acadmica o de convivencia.

    7. Recibir cada periodo escolar el informe acadmico y de comportamiento de su(s) hijo(s). 8. Integrarse a los diferentes grupos que conforman los padres de familia; Asociacin de Padres de Familia, Consejo de Padres, Comit de Convivencia y Comisin de evaluacin y promocin.

    9. Dar su concepto en la evaluacin institucional del Gimnasio Marco Fidel Surez.

    10. Representar a su hijo en las reuniones especiales en las que se juzguen faltas graves.

    11. Conocer el debido proceso con el que se juzgan las diferentes faltas cometidas por los estudiantes.

    12. Recibir informacin oportuna a travs de los diferentes medios de comunicacin; agenda, blog institucional o correo electrnico, sobre las actividades programadas por la Institucin.

    Artculo 18 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

    1. Cumplir y hacer cumplir los principios y las disposiciones del presente Manual de Convivencia para su bienestar y el de toda la Comunidad Educativa.

    2. Responder oportunamente por las obligaciones financieras que adquieran con el Colegio, dentro de los plazos seala- dos por ste.

    3. Asistir puntualmente a las diferentes actividades programadas por la institucin para los padres de familia; como son entrega de informes valorativos por periodo, escuela de padres, charlas informativas, eventos culturales, deportivos o citaciones especiales que ameriten su presencia.

    4. Conocer el rendimiento acadmico, asistencia a clase, comportamiento y cumplimiento de los deberes escolares de sus hijos; dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades.

    5. Proveer oportunamente a los estudiantes de los uniformes, materiales escolares y dems recursos necesarios para el adecuado desempeo escolar.

    6. En caso de no asistir a las diferentes actividades que programe la Institucin informar a travs de la agenda escolar y/o blog institucional, la razn de su inasistencia.

    7. Retornar al Colegio el desprendible de las circulares o las notificaciones debidamente firmadas al da siguiente a su recibo.

    8. Informar a Coordinacin Acadmica o Coordinacin de Convivencia en forma escrita y con un da de anterioridad sobre los permisos de sus hijos para no asistir al Colegio o retirarse dentro de la jornada escolar, debidamente firmados por el padre de familia.

    9. Remitir a Coordinacin Acadmica o Coordinacin de Convivencia la excusa por la inasistencia de sus hijos al da siguiente, firmada por el padre y/o acudiente, en una hoja aparte y dentro de la agenda escolar.

    10. Favorecer un mtodo de estudio adecuado en un lugar apropiado para tal fin, siendo este gradual en cuanto a la edad y el grado que cursan.

    11. Reforzar en el hogar los contenidos trabajados en clase, as como normas de urbanidad, los valores y buenas costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar y del Colegio.

    12. Mantener un entorno familiar positivo, evitando la agresin fsica o verbal entre los miembros del grupo familiar puesto que van en contra de la Integridad fsica, moral y psicolgica de sus propios hijos.

    13. Dar ejemplo de dilogo y establecer normas en el hogar como principal herramienta para una sana convivencia; tanto en el contexto familiar como el escolar.

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    14. Velar por la adecuada presentacin y porte de los uniformes y el cuidado con todos los elementos que utilicen sean o no de su propiedad.

    15. No permitir a sus hijos traer al Colegio elementos diferentes a los tiles escolares y uniforme reglamentario, a excepcin de algunos materiales solicitados en clase, con previa autorizacin por escrito del docente y el acudiente. La institucin educativa no se hace responsable por el dao o la prdida de elementos no autorizados.

    16. Devolver al Colegio cualquier objeto que lleven sus hijos a casa y no sea de su propiedad.

    17. Mantener una observacin constante de la conducta o actitudes de sus hijos, informar a tiempo si se presenta algn cambio para brindarles ayuda adecuada en el Colegio.

    18. En casos especiales de la conducta, entregar a Coordinacin Acadmica o Coordinacin de Convivencia la certificacin mdica en la cual se consignen detalladamente los cuidados y precauciones que el estudiante debe tener.

    19. Apoyar en sus hijos en la participacin de actividades culturales, artsticas y deportivas que ayudan a su formacin integral.

    20. Brindar un trato respetuoso y corts a los diferentes miembros de la comunidad educativa; siguiendo el conducto regular al presentar algn reclamo o sugerencia dependiendo de la situacin a tratar y hacerlo de manera oportuna as: Profesor, Director de Grupo, Coordinador Acadmico, Coordinador de Convivencia, Rector, Accin Social.

    21. Respetar y hacer cumplir las normas establecidas para el transporte escolar.

    22. Acatar las observaciones o correctivos pertinentes que sugieran docentes, Psicoorientadora, directivas, Accin Social frente a situaciones especiales acadmicas o de convivencia.

    23. Mantener una comunicacin oportuna con la Institucin a travs de la agenda, revisndola diariamente y firmando las notas. Utilizar el correo electrnico del colegio como medio de comunicacin alterno.

    24. Presentarse en forma adecuada a la Institucin, conservando la pulcritud, el decoro y la buena presentacin personal de acuerdo al contexto al que se dirige.

    25. Promover el sentido de pertenencia por la Institucin, comunicando personalmente sobre sus reclamos, inconformidades o sugerencias; evitando comentarios por fuera que deterioren la imagen de la misma.

    26. Brindar un trato respetuoso y cordial al personal militar, acatar las normas de ingreso y permanencia en la unidad militar en la cual se encuentra la institucin escolar.

    27. Comunicar oportunamente las irregularidades que tenga conocimiento, entre otras en relacin con el maltrato infantil, abuso sexual, trfico y consumo de sustancias psicoactivas.

    CAPITULO IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES

    Artculo 19. DERECHOS DE LOS EDUCADORES

    1. Recibir trato respetuoso por parte de los miembros de la Comunidad Educativa. 2. Ser atendido en sus solicitudes, opiniones, reclamos y sugerencias siguiendo el conducto regular; Coordinador Acadmico, Coordinador de Convivencia, Director, Presidenta de la Accin Social.

    3. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo y Acadmico o a las dems comisiones.

    4. Ser evaluado con ecuanimidad y objetividad.

    5. Asistir y participar en programas de capacitacin y actualizacin profesional que organice la Institucin. 6. Ser reconocido y apoyado en la elaboracin y divulgacin de material didctico en lo referente a su trabajo para beneficio de la Institucin.

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    7. Recibir oportunamente el uniforme que estipula la Institucin y el material que requiera para su desempeo docente.

    8. Ser instruido y capacitado oportunamente en cuanto al horizonte institucional, sistema de evaluacin, organizacin acadmica, de convivencia y dems instancias del Gimnasio Marco Fidel Surez.

    9. Ser respetado en su horario laboral a excepcin de las situaciones especiales que requieran de su colaboracin y presencia.

    10. Solicitar a las directivas permisos en caso de atender situaciones de salud, familiares o personales.

    11. Recibir estmulos verbales y por escrito a su hoja de vida cuando por su excelente desempeo laboral as lo amerite.

    12. Conocer el debido proceso para corregir el incumplimiento con sus deberes:

    Llamado de atencin verbal.

    Llamado de atencin escrito (por medio de oficio).

    Llamado de atencin escrito con copia a la hoja de vida. Artculo 20. DEBERES DE LOS EDUCADORES

    1. Conocer y cumplir el horizonte institucional y las normas consignadas en este Manual de Convivencia.

    2. Ser modelo de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales.

    3. Emplear un lenguaje cordial, respetuoso y claro con todos los miembros de la comunidad educativa.

    4. Poseer una actitud abierta al cambio, dispuesto a aprender y a perfeccionar su quehacer y promover la investigacin.

    5. Tener alto sentido de pertenencia con la Institucin; colaborando con las diferentes actividades que se programen, cumpliendo con responsabilidad los turnos de vigilancia o acompaamiento a la hora del descanso y del almuerzo, evitar comentarios negativos de docentes, directivas, Accin Social o alumnos al interior como en el exterior del colegio.

    6. Acompaar al estudiante con el fin de conocer sus fortalezas, habilidades y aspectos por mejorar, apoyndolo en su proceso acadmico y de convivencia como un gua y orientador en quien el estudiante pueda confiar.

    7. Participar en la planeacin, ejecucin y evaluacin del P.E.I y realizar la programacin general acorde al mismo.

    8. Cumplir la jornada laboral, las tareas propias de su cargo y tener la disponibilidad que el plantel amerite en situaciones especiales. En caso de ausencia imprevista, informar oportunamente al coordinador inmediato va telefnica y justificarla.

    9. Presentar la correspondiente excusa mdica, cuando falte por razones de salud.

    10. Mantener informados oportunamente a los padres de familia y estudiantes de los resultados del desempeo acadmico y de convivencia, escuchando asertivamente los reclamos y sugerencias.

    11. Mantener una actitud positiva, colaborando y evitando comentarios y actitudes que afecten la integridad entre los miembros de la Comunidad Educativa.

    12. Respetar y cumplir el debido proceso en el manejo de las faltas acadmicas y de convivencia de los estudiantes.

    13. Emplear el tiempo asignado a la clase para desarrollar las actividades programadas propias del rea y no realizar otras diferentes.

    14. Mantener una excelente presentacin personal; uniforme organizado, zapatos acordes al uniforme, peinado y accesorios adecuados.

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    15. Proteger y velar por el buen uso de los elementos de la Institucin. 16. Emplear la agenda escolar y el observador del estudiante como medio de comunicacin efectiva entre los estamentos de la Comunidad Educativa, para todos los eventos acadmicos y de convivencia.

    17. Dar a conocer a los estudiantes al comienzo de cada periodo los programas acadmicos, los logros e indicadores de cada rea.

    18. Devolver oportunamente a los estudiantes los trabajos y evaluaciones realizadas, en un mximo de 10 das hbiles a partir de la fecha de entrega.

    19. Motivar adecuadamente a los estudiantes, siendo reflexivo y recursivo en su metodologa, en este sentido ser comprensivo y abierto a cualquier sugerencia.

    20. Evaluar a los estudiantes de manera integral, siendo equitativo y justo; atendiendo a los diferentes ritmos de aprendizaje. 21. No utilizar el telfono celular o fijo en los horarios de clase para comunicaciones de tipo personal o con padres de familia. Emplear para la comunicacin con padres horarios destinados por la coordinacin de convivencia, salvo una emergencia para lo cual se utilizaran los telfonos de la oficina adicionalmente se utilizar la agenda escolar o el blog institucional.

    22. Atender al padre de familia de manera personal segn su solicitud de manera oportuna cumpliendo para ello con los horarios establecidos por la Coordinacin de Convivencia.

    23. Realizar entrevista familiar al inicio del primer periodo escolar y todas aquellas que sean necesarias para el acompaamiento en el proceso escolar del estudiante.

    24. No utilizar las redes sociales para la publicacin de fotos de nios y nias de la institucin educativa atendiendo al derecho constitucional de la privacidad. Las fotos de actividades realizadas e la institucin educativa ser publicadas exclusivamente en el blog de la institucin previa autorizacin de la Rectora.

    25. Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

    26. Portar el uniforme de trabajo con decoro y respeto, utilizndolo nicamente durante la jornada escolar.

    27. Solicitar autorizacin a la seora Presidenta de la Accin Social su permanencia en el colegio o en las instalaciones de la Unidad al finalizar la jornada de trabajo.

    28. Los docentes debern ser autorizados por la Directora del colegio y Presidenta de la Accin Social para la realizacin de clases particulares y de refuerzos a estudiantes de la institucin educativa. Pargrafo 1: En caso de ausencia programada, el docente debe justificarla ante las autoridades competentes por escrito

    y planear los talleres para que los estudiantes los desarrollen durante su ausencia, guiados por el docente que est llevando a cabo el remplazo. Pargrafo 2: Los permisos deben solicitarse con dos das de antelacin y diligenciar los formatos pertinentes que se

    encuentran en secretara; el permiso se autoriza cuando este firmado por la autoridad competente. Artculo 21. ESTMULOS PARA LOS EDUCADORES

    1. Felicitaciones en nota de oficio, con transcripcin al folio de vida.

    2. Capacitaciones y actualizaciones de acuerdo con la disposicin de los recursos que tenga la Institucin.

    3. Disfrutar de costos educativos especiales para ingresar a sus hijos a la Institucin.

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    ESTMULOS LEGALES

    1. Ley Mara, aplicada al personal civil cotizante del Sistema General de Seguridad Social en salud. Ley 755/02. (4 das de licencia remunerada de paternidad, en el caso que slo el padre este cotizando.

    *En el caso que ambos padres estn cotizando se concedern al padre 8 das hbiles de licencia remunerada de paternidad) 2. Fallecimientos de familiares en el primer grado de consanguinidad y Primero Civil afinidad. (Hasta cinco (5) das de

    permiso).

    3. Permiso por calamidad o eventos fortuitos comprobados. (Un (1) da de permiso.)

    CAPITULO V. GOBIERNO ESCOLAR Artculo 22. CONFORMACIN DEL GOBIERNO ESCOLAR

    Segn el artculo 142 de la Ley 115, toda Institucin conformar su propio Gobierno Escolar, integrado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Acadmico. En el gobierno escolar sern consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopcin y verificacin del reglamento escolar, la organizacin de las actividades sociales, deportivas, culturales, artsticas y comunitarias y dems acciones que redunden en la prctica de la participacin democrtica en la vida escolar.

    1. CONSEJO DIRECTIVO (Ley 115, Artculo 143)

    El Consejo Directivo est integrado por los siguientes miembros, con voz y voto.

    El Rector del Gimnasio, q u i e n lo presidir y convocar ordinariamente u n a vez por mes

    y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

    Coordinador Acadmico y Coordinador de Convivencia.

    Dos representantes de los docentes del Gimnasio elegidos por mayora de los votantes en una asamblea

    de los docentes (un docente de preescolar y otro de primaria).

    Dos representantes de los padres de familia segn Decreto 1286 de 2.005, elegidos por el Consejo de

    Padres de Familia.

    Un representante de los estudiantes del Grado 5. Elegido por el consejo estudiantil.

    Un representante del sector productivo.

    Y otros funcionarios que a consideracin del Consejo Directivo deban asistir a las sesiones, con voz pero

    sin voto.

    Pargrafo 1: Dentro de los primeros sesenta das calendario siguientes a la iniciacin de clases de cada periodo lectivo anual, deber quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el Rector convocar con la debida anticipacin, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

    1.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

    1. Tomar las decisiones frente a situaciones que afecten el funcionamiento de la Institucin y que no sean

    competencia de otra autoridad. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los

    estudiantes del plantel educativo. 3. Adoptar el Reglamento de la Institucin de conformidad con las normas vigentes.

    4. Fijar los criterios para la asignacin de cupos disponibles. 5. Aprobar el Plan anual de actualizacin del personal de la Institucin presentada por el Rector. 6. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 7. Asumir la defensa y garanta de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se

    sienta lesionado. 8. Participar en la planeacin y evaluacin del Proyecto Educativo Institucional, del currculo y del plan de estudios y

    someterlos a la consideracin de la Secretara de Educacin respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos.

    9. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institucin Educativa.

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    10. Establecer estmulos y sanciones para el buen desempeo acadmico y social del estudiante. 11. Participar en la evaluacin anual de los directivos, docentes y personal administrativo de la Institucin.

    12. Recomendar criterios de participacin de la Institucin en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

    13. Promover las relaciones de tipo acadmico, deportivo y cultural con otras Instituciones Educativas. 14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos. 15. Adems de lo estipulado por la ley, el Consejo Directivo del Gimnasio se encargar de decidir sobre la imposicin

    de medidas por faltas graves. 16. Darse su propio reglamento.

    2. CONSEJO ACADMICO (Ley 115, Artculo 145)

    El Consejo Acadmico estar conformado por:

    El Rector.

    Los Directivos Docentes (Coordinador acadmico y de Convivencia).

    Un docente por cada rea o grado que ofrezca la respectiva Institucin. 2.1 FUNCIONES DEL CONSEJO ACADMICO

    1. Estudiar, modificar y ajustar al currculo de conformidad con la Ley 115, Decretos y resoluciones vigentes. 2. Organizar y evaluar permanentemente el plan de estudios. 3. Disear, programar y supervisar programas acadmicos especficos tales como: refuerzo y recuperacin de reas,

    seguimiento acadmico y de Psicoorientacin de los estudiantes. Evaluacin bimestral de docentes y programas acadmicos.

    4. Servir de rgano consultor del Consejo Directivo en la revisin de propuestas al Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y sugerir los ajustes acadmicos necesarios.

    5. Realizar el acta respectiva para cada reunin. 6. Evaluar las diferentes propuestas para promociones anticipadas, evaluaciones anticipadas a las fechas estipuladas

    o las diferentes situaciones que se presenten a nivel acadmico. 7. Informar a la Direccin de las decisiones que se tomen para su aprobacin.

    3. EL RECTOR (Decreto 1860 de 1.994, Artculo25)

    Le corresponde al Rector del GIMFS:

    1. Orientar la ejecucin del proyecto educativo institucional con la participacin de la Comunidad Educativa y aplicar

    las decisiones del Gobierno Escolar. 2. Velar por el cumplimiento de las funciones docente y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para

    el efecto. 3. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Acadmico y coordinar el funcionamiento de otras instancias de

    participacin. 4. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo, y

    reportar las novedades e irregularidades del personal a la Direccin administrativa de la Institucin. 5. Participar en la definicin de los perfiles para la seleccin del personal Docente y Administrativo de la Institucin. 6. Distribuir las asignaturas acadmicas y dems funciones de Docentes y Directivos docentes a su cargo.

    7. Formular planes anuales de accin y de mejoramiento de la calidad del servicio Educativo y dirigir su ejecucin. 8. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, y con la comunidad local, para el continuo progreso

    acadmico de la institucin y mejoramiento de la vida comunitaria. 9. Establecer canales de comunicacin entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 10. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia. 11. Identificar las nuevas tendencias como aspiraciones o influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del

    proyecto educativo institucional. 12. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 13. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, atinentes a la prestacin de l servicio privado

    educativo. 14. Las dems funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el proyecto educativo

    institucional.

  • 24

    Artculo 23. OTROS MECANISMOS DE REPRESENTACIN Y PARTICIPACIN DE LOS ESTUDIANTES 1. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

    Conforme al Artculo 28 del Decreto No. 1860, en todos los establecimientos Educativos el Personero de los estudiantes ser un alumno que curse el ltimo grado que ofrezca la institucin encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en el Constitucin Poltica, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

    1.1 LOS REQUISITOS PARA SER ELEGIDO SON:

    Estar debidamente matriculado como estudiante del Gimnasio.

    Haber cursado los dos ltimos aos en la Institucin.

    Destacarse por su rendimiento acadmico y comportamiento.

    No estar desempeando otro cargo (representante al consejo Directivo, Monitor, entre otros).

    Planear y presentar un plan o programa de trabajo a los estudiantes. 1.2 PROCESO DE ELECCIN:

    Durante la primera semana del inicio de clases se realizar la Induccin y motivacin a toda la comunidad

    estudiantil por parte del docente de Ciencias Sociales y los directores d e grupo de cada curso para participar en

    el proceso de Eleccin del Personero Estudiantil.

    El docente de ciencias sociales se encargarn de explicar, motivar e incentivar la participacin de los estudiantes

    de grado quinto para lanzarse a candidatos a la personera; una vez revisados los requisitos para ser elegido

    candidato.

    Una vez elegidos los candidatos (la eleccin se realiza la primera semana de clase por las directivas de la

    Institucin, el docente de Sociales y el director del grado Quinto), estos deben presentar un programa, el

    cual incluye: su presentacin, lema para su candidatura, objetivos y planes de trabajo para el ao escolar. Este

    plan de trabajo debe estar orientado a la proteccin de los derechos de los estudiantes y el cumplimiento de sus

    deberes.

    Se elaborar un acta de inscripcin de los candidatos, firmada por el Director de Curso de grado Quinto,

    Coordinacin Acadmica y docente de Sociales.

    El programa de trabajo que realiza el candidato debe estar supervisado y avalado por el docente de Sociales

    antes de ser presentado a la comunidad estudiantil, (Este programa debe ser planeado y entregado al docente

    de Sociales la semana siguiente a la eleccin de los candidatos a personera por las instancias

    correspondientes).

    Presentacin del programa de cada candidato a la personera a toda la comunidad estudiantil, las campaas se

    realizarn la tercera y cuarta semana del inicio de clases.

    Elaboracin de tarjetn electoral con fotografa de los candidatos para personero con su respectivo espacio para

    voto en blanco.

    Elaboracin lista de estudiantes por curso. (A las elecciones participarn los estudiantes de grado transicin

    hasta grado quinto).

    La votacin y eleccin se har en forma directa en urnas separadas para cada grado.

    Hoja de recopilacin o resumen de conteo de votos por mesa, firmada por los tres jurados de cada mesa.

    Hoja de cuadro resumen total de votos generales.

    Quien obtenga la mayora de los votos ser elegido personero pro actor de los derechos y deberes y vocero ante

    las directivas de la institucin.

    Las elecciones se realizarn la primera semana de marzo. Pargrafo 1: el personero de los estudiantes ser elegido dentro de los treinta das calendario siguiente al de la

    iniciacin de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto el rector convocar a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayora simple y mediante voto secreto.

  • 25

    Pargrafo 2: la asignacin de los jurados para cada mesa la realizar el docente de Sociales; destinando para este

    cargo a un docente, un estudiante de grado quinto y otro de grado tercero para cada mesa. 1.3 ACTA DE PROCLAMACION DE ELEGIDOS

    Toma de juramento por el Director ante la comunidad estudiantil, al Personero, a los representantes de cada

    grado ante el Consejo de Estudiantes y al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

    Las decisiones respeto a las solicitudes del personero de los estudiantes las tomar en ltima instancia el

    Consejo Directivo. 1.4 FUNCIONES DEL PERSONERO:

    1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podr utilizar los medios de

    comunicacin interna del establecimiento, pedir la colaboracin del consejo de estudiantes, organizar foros y otras

    formas de deliberacin.

    2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y que las

    formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

    3. Presentar ante el Rector, segn sus competencias, las solicitudes de oficio o a peticin de parte que considere

    necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

    4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones

    del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

    Pargrafo 1: el ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los

    estudiantes ante el Consejo Directivo. 2. CONSEJO DE ESTUDIANTES (Decreto 1860, Artculo 29)

    El Consejo de Estudiantes es el mximo rgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participacin por parte de los educandos. Estar integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento (desde grado transicin a grado quinto). El Consejo Directivo deber convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario acadmico, asambleas integradas por los estudiantes que cursen cada

    grado, con el fin de que elijan mediante votacin secreta el vocero que los representar para el ao lectivo en curso. 2.1 FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

    1. Crear su propia organizacin interna.

    2. Apoyar al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el

    cumplimiento de su representacin.

    3. Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presente iniciativas sobre el desarrollo de la vida estud iantil y

    dems actividades complementarias que le atribuya el Manual de Convivencia.

    4. Ser modelo en el desempeo acadmico, disciplinario; cumpliendo y contribuyendo a hacer cumplir los deberes y

    responsabilidades propios de un estudiante del Gimnasio Marco Fidel Surez.

    5. Escuchar y canalizar las inquietudes y problemas internos del curso. 6. Ser vocero de los problemas, inquietudes y sugerencias del grupo que representa ante los diferentes miembros del

    Gobierno Escolar. 7. Ser partcipe en las alternativas de solucin a los problemas y necesidades presentadas. 8. Aportar creatividad, liderazgo y motivacin para llevar a cabo tareas que impliquen un desarrollo y crecimiento

    institucional.

    9. Ser dinamizador en cada uno de los cursos en todas las actividades o eventos que se realicen en pro de la formacin

    integral.

    10. Ser pionero en concientizar y motivar la participacin activa en las campaas y subproyectos organizados en el

    Colegio. 11. Participar activamente en la resolucin de conflictos ejerciendo su papel como Juez de Paz.

    Pargrafo 1: una vez elegido el Consejo Estudiantil, este mismo nombrar como representante al Consejo Directivo a un

    estudiante que curse el ltimo grado que se ofrece en la Institucin.

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    Artculo 24. OTROS MECANISMOS DE REPRESENTACIN Y PARTICIPACIN DE LOS PADRES DE FAMILIA

    1. CONSEJO DE PADRES (Decreto 1286, Artculo5, 6 y 7)

    Est integrado por un representante de los padres de los estudiantes de cada uno de los cursos de la institucin. Durante el transcurso del primer mes del ao escolar contando desde la fecha de iniciacin de las actividades acadmicas, la Rectora convocar a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia. La eleccin de los representantes de los padres para el correspondiente ao lectivo se efectuar en reunin por grados, por mayora, con la presencia de al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes despus de transcurrida la primera hora de iniciada la reunin.

    1.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES:

    1. Contribuir con la rectora en el anlisis y difusin y uso de los resultados de las evaluaciones peridicas de

    competencias y las pruebas del estado (pruebas saber).

    2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participen en las pruebas de competencias y de estado

    realizadas por el Instituto Colombiano para el fomento de la Educacin Superior (ICFES).

    3. Apoyar las actividades artsticas, cientficas, tcnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo,

    orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas reas, incluida la ciudadana y la creacin

    de la cultura de la legalidad.

    4. Participar en la elaboracin de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

    5. Promover actividades de formacin de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de

    acompaamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la prctica de hbitos

    de estudio extracurriculares y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos de los nios.

    6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integracin, solidaridad y concertacin entre todos los estamentos de

    la comunidad educativa.

    7. Presentar propuestas de mejoramiento al Manual de Convivencia en el marco de la Constitucin y la ley. 8. Colaborar con las actividades destinadas a la promocin de la salud fsica y mental de los educandos, la solucin de

    las dificultades de aprendizaje, la deteccin de problemas de integracin escolar y el mejoramiento del medio

    ambiente.

    9. Elegir al padre de familia que participar en la comisin de evaluacin y promocin de acuerdo con el Decreto 230

    de 2.002.

    10. Elegir al padre de familia que integrar el Comit de Convivencia de la Institucin. 11. Presentar las propuestas de modificacin del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de

    conformidad con lo previsto en los artculos 14,15 y 16 del decreto 1860 de 1.994.

    12. Elegir los dos representantes (durante los primeros treinta das del inicio de clases) de los padres de familia de la

    institucin para el Consejo Directivo.

    Pargrafo 1: el Consejo de Padres ejercer estas funciones en directa coordinacin con la Rectora y requerir de

    expresa autorizacin cuando asuma responsabilidades que comprometan a la institucin ante otras instancias o autoridades.

    Pargrafo 2: el Consejo de Padres se reunir como mnimo tres veces al ao por convocatoria del rector o director, o por

    derecho propio. 2. ASOCIACIN DE PADRES DE FAMILIA (Decreto 1286, Artculo 9)

    Para todos los efectos legales, la Asociacin de Padres de Familia es una entidad jurdica de derecho privado, sin nimo de lucro, que se constituye por la decisin libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en la Institucin. El Consejo Directivo a travs de la Rectora del Gimnasio, promueve la constitucin de la Asociacin de Padres de Familia. Durante el transcurso del primer mes del ao escolar, contado desde la fecha de iniciacin de las actividades acadmicas la Rectora convocar a los padres de familia de cada grado para que elijan a su representante de la Asociacin de Padres de Familia.

  • 27

    La eleccin de los representantes de los padres para el correspondiente ao lectivo se efectuar en reunin por grados, por mayora, con la presencia de al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes despus de transcurrida la primera hora de iniciada la reunin. Los representantes elegidos de cada grado se reunirn al iniciar el ao para conformar la Junta Directiva de la Asociacin de Padres de Familia y elegir al representante ante el Consejo Directivo.

    Artculo 25 FINALIDADES DE LA ASOCIACIN DE PADRES DE FAMILIA (decreto 1286/05)

    1. Apoyar la ejecucin del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. 2. Promover la construccin de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover los procesos de formacin y actualizacin de los padres de familia. 4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

    5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solucin pacfica de los conflictos y compromisos con la legalidad. 6. Facilitar la solucin de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formacin integral.

    CAPITULO VI. PROCESO DE ADMISIN, MATRCULAS Y RETIRO DE ESTUDIANTES

    Artculo 26. ADMISIN DE ESTUDIANTES

    Es el proceso que realizan todos los padres de familia o acudientes de los nios y nias aspirantes, acorde con la disponibilidad de cupo de la institucin educativa, requisitos exigidos y prioridades segn los grados escolares ofrecidos.

    Pargrafo 1: Aspirantes

    1. Estudiantes Nuevos: son aquellos que realizan el ingreso por primera vez a la institucin. 2. Reingreso: son aquellos que ya han pertenecido a la institucin anteriormente. 3. Extemporneo: son aquellos que ingresan al colegio en cualquier momento del ao.

    Pargrafo 2: Requisitos de Admisin

    En el proceso de admisin la institucin educativa requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos para preseleccin de estudiantes:

    1. Los aspirantes hijos de personal Militar FAC, Ejrcito, Polica, Armada, Civiles y Particulares de todos los grados

    deben comprar formulario de solicitud de cupo en las oficinas de la Accin social Nuestra Seora de Loreto seccional Emavi.

    2. Los aspirantes hijos de personal particular deben presentar carta de recomendacin de militar FAC activo sea este oficial o suboficial.

    3. Presentar carta solicitando cupo por parte de los Padres de Familia de los nios aspirantes dirigida a la Direccin del Gimnasio.

    4. Anexar la documentacin requerida en el formulario de solicitud de cupo: certificados de estudios de los dos

    ltimos aos, paz y salvo expedido por la institucin anterior, registro civil para menores de 7 aos y tarjeta de identidad para nios que hayan cumplido ya los 7 aos o mayores, fotocopia de carnet mdico o certificado del servicio, fotocopia del carnet de vacunas actualizado, certificado mdico, optometra, audiometra, carta laboral de los dos padres, ltimo recibo de nmina, certificado de ingresos para trabajadores independientes, fotocopia de la cdula de ambos padres, 4 fotos en fondo azul tamao 3x4.

    5. Entregar en el colegio los numerales 1, 2, 3, 4 para ser programado a la jornada de socializacin y entrevista familiar.

    6. Todos los aspirantes asistirn a la jornada de socializacin. 7. Todos los aspirantes asistirn con sus padres a la entrevista familiar. 8. Los resultados del proceso se exponen en la Junta de Seleccin y posteriormente se publican en el blog de la

    institucin educativa en un periodo estipulado para ello. Para los procesos de seleccin extemporneos se realizar va telefnica dicha comunicacin.

    9. Los padres de los aspirantes admitidos podrn recibir el sobre de matrcula en las instalaciones del colegio segn la fecha informada con anterioridad en el blog o por va telefnica.

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    Nota: Quien no cumpla con lo establecido en este Manual de Convivencia y en las fechas estipuladas, quedar fuera del proceso.

    Pargrafo 3: Prioridad para la admisin de estudiantes

    El Gimnasio Marco Fidel Surez de acuerdo a su carcter privado, admitir aspirantes de acuerdo con las siguientes prioridades:

    1. Oficial, Suboficial, Civil de la Fuerza Area.

    2. Oficial, Suboficial, Civil de otras Fuerzas, Polica Nacional y Transito.

    3. Particulares.

    Artculo 27. JUNTA DE SELECCIN

    La Junta de Seleccin estar conformada de las siguientes personas:

    1. Rector (a) 2. Presidenta Accin Social FAC Nuestra Seora de Loreto seccional EMAVI 3. Coordinador Acadmico y Coordinador de Convivencia 4. Psicorientadora

    Pargrafo 4: Funciones de la Junta de Seleccin:

    1. Analizar los resultados de la Jornada de Socializacin, la entrevista familiar, el cumplimiento de requerimientos

    documentales de los aspirantes. 2. Seleccin de aspirantes acorde a la disponibilidad de cupos. 3. Autorizacin para la publicacin de los resultados en el blog de la institucin educativa.

    Artculo 28. MATRCULA

    La matrcula es un acto formal mediante el cual el Gimnasio, los estudiantes, los padres de familia o acudientes se comprometen a participar activamente en el proceso de formacin dentro de la institucin escolar. Se legaliza con el acta correspondiente, la cual debe llevar las firmas del representante de la Accin Social FAC Nuestra Seora de Loreto seccional EMAVI, Rector (a) y Secretaria del Gimnasio, los padres del estudiante o representante legal y del estudiante. Siendo la matrcula un contrato civil en donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes, cualquiera de ellas puede dar por terminado en caso de incumplimiento parcial o total por un ao escolar. Al firmar la matrcula los acudientes y el estudiante se comprometen a cumplir los compromisos firmados en el documento de conocimiento y aceptacin del Manual de convivencia, consecuentemente el representante legal del menor no debe tener impedimento de orden moral, psicolgico, econmico o penal, ni ser menor de edad. Las partes estudiante-acudiente e institucin educativa se comprometen a cumplir con las disposiciones del MEN, Manual de Convivencia, Cdigo del menor, Ley General de Educacin, Constitucin Nacional y dems disposiciones legales vigentes relacionados con la educacin.

    La institucin aplicando los parmetros de la Junta de Seleccin, se reserva el derecho de admisin de estudiantes y la continuacin de los estudiantes antiguos.

    Para quienes no se matriculen en las fechas establecidas (matrcula ordinaria y extraordinaria) y no hayan presentado carta solicitando plazo, la Institucin no responder por el cupo, y este podr ser otorgado a otro estudiante.

    Los costos de matrcula y pensin se rigen por las disposiciones legales emanadas del Consejo Directivo y autorizadas por el Gobierno Nacional a travs de la Secretara de Educacin, conformes a la Resolucin No. 410 de Noviembre 01.

  • 29

    Artculo 29. CLASES DE MATRCULA

    1. MATRCULA ORDINARIA

    La matrcula ordinaria es de caracterizacin anual, por ende se realiza dentro de los plazos y fechas sealadas por parte de las directivas de la institucin educativa para los nios y nias que ingresan ya sea por primera vez a la institucin o para estudiantes antiguos.

    2. MATRCULA EXTRAORDINARIA

    La matrcula extraordinaria es la que se realiza en fechas posteriores a la matrcula ordinaria y requiere previa solicitud escrita por parte de los Padres de Familia y visto bueno de la Rectora del Colegio, implica el pago de un sobrecosto del 4% del valor de la misma, establecido en la resolucin de costos para el ao escolar. Esta aplica tanto para los alumnos nuevos como para los alumnos antiguos.

    3. MATRCULA EXTEMPORANEA

    La matrcula extempornea se aplica principalmente a los nios y nias hijos de personal activo de la Fuerza Area, Ejrcito, Armada y Polica que llegan de traslado a la ciudad. Se podr realizar en cualquier momento del ao, y no generar un sobrecosto en el valor de matrcula al ser realizada fuera del tiempo estipulado.

    Pargrafo 1: REQUISITOS

    Son requisitos de matrcula los siguientes: 1. Presentar paz y salvo del colegio por todo concepto. 2. Presentar paz y salvo con la empresa de transporte escolar. 3. Diligenciar contrato de prestacin del servicio educativo. 4. Diligenciar contrato de prestacin de Servicio de Alimentacin. 5. Entregar pagar firmado y debidamente autenticado en notara. 6. Entregar carta laboral o cmara y comercio del deudor y codeudor del pagare con sus respectivas fotocopias de documento de identidad. 7. Matricular al estudiante en la fecha indicada por el Gimnasio, el incumplimiento de esta norma acarrear la prdida

    del cupo. 8. Presentar la documentacin completa: constancia de la entidad prestadora de servicio mdico, carnet de vacunas

    actualizado, exmen mdico, optometra y audiometra. 9. Presentar comprobante de pago por concepto de matrcula y otros costos educativos. 10. Realizar actualizacin de datos personales del estudiante.

    La Institucin no autorizar la matrcula a quien incumpla con alguno de los requisitos establecidos en los numerales anteriores. 4. MATRCULA POR TRANSFERENCIA Y VALIDACIONES

    Las matrculas por transferencia y validaciones en la institucin, se regirn por lo dispuesto en los Decretos 1469 y 1964 de 1.987; 1450 de 1.988; 1196 de 1.992 en la Resolucin 952 de 1.993; el Decreto 2225 de 1.993 y las normas que los adicionan o modifiquen. De acuerdo con las disposiciones, como parmetros generales en estas materias, la Institucin establece: Los aspirantes provenientes de pases extranjeros que hayan cursado y aprobado estudios y que sean hijos de personas con funciones diplomticas o consultores, no requieren presentar exmenes de validacin.

    En este caso se remitirn al Consejo Acadmico quien acuerda las condiciones de ingreso.

  • 30

    Artculo 30. PENSIONES

    Es el costo mensual que paga el padre de familia o acudiente a la institucin, por la participacin del estudiante en el proceso formativo durante el respectivo ao acadmico.

    La pensin deber ser cancelada dentro de los cinco primeros das hbiles de cada mes, a partir del sexto da hbil, la pensin estar en mora y el padre de familia o acudiente cancelar una morosidad diaria liquidada a la tasa de inters fijada para tal fin por la Superintendencia Financiera de Colombia. El padre que entre en morosidad ser notificado por el colegio de manera escrita.

    Artculo 31. COSTOS EDUCATIVOS

    La Secretara de Educacin del Departamento del Valle, autorizar al Gimnasio Marco Fidel Surez fijar las tarifas de cobro de derechos acadmicos, por determinacin del Consejo Directivo correspondientes al ao lectivo que se encuentre en curso. Estableciendo anualmente costos por concepto de:

    1. Matrcula y pensin mensual

    2. Carnetizacin 3. Sistematizacin de notas 4. Formularios de inscripcin 5. Certificados y constancias 6. Asociacin de Padres de Familia (Voluntaria) 7. Seguro estudiantil 8. Agenda

    6. POLTICAS ECONMICAS

    Para matricularse en el siguiente periodo lectivo, el estudiante debe estar a paz y salvo por todo concepto con el Colegio, se

    incluye para efectos de este Paz y Salvo aquellas instituciones contratadas para la prestacin del servicio de Restaurante

    Escolar y de transporte. El pago de la matrcula se realiza en las oficinas de las entidades financieras que el Colegio

    designe para tal efecto, en efectivo o tarjeta de crdito.

    La matrcula se paga para cubrir todo el ao lectivo y no es reintegrable. Dentro del proceso de matrcula, el padre y la

    madre de cada estudiante, o el Responsable Financiero firman solidariamente un contrato de prestacin de servicios

    educativos y un pagar a favor del colegio que sirve de garanta para el pago de las pensiones mensuales. Para efectuar

    cambios del responsable Financiero en el contrato de servicios educativos, la familia deber encontrarse al da con sus

    compromisos financieros. El Responsable Financiero, en todo caso, podr ser uno de los padres o un Tutor Financiero

    formalmente presentado por la familia quienes pueden cumplir como Acudientes. En ningn caso podr ser una entidad

    jurdica.

    ARTCULO 32. FACTURACIN

    La pensin, alimentacin y dems costos educativos se facturan y contabilizan por separado y se consolidan en un solo

    documento llamado Recibo de Pago de Matrculas y Pensiones para ser cancelado en los primeros cinco (05) das

    calendario del mes facturado o en el siguiente da hbil en caso de caer da festivo; este es un proceso sistematizado por lo

    cual ningn funcionario del Colegio puede asignar fechas para pagos manualmente.

    .

    ARTCULO 33. MEDIOS DE PAGO

    El Colegio busca ofrecer a las familias la mayor posibilidad de opciones para sus pagos. En ese sentido, el pago de la

    pensin y del servicio de restaurante escolar se puede realizar