LEY Y REGLAMENTO DEL CIRUJANO DENTISTA

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UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICAFACULTAD DE ODONTOLOGA

LA CERTIFICACION PROFESIONAL ODONTOLOGICA EN EL PER

Dr. MG. C.D. Esp. EDGAR MARTIN HERNANDEZ HUARIPAUCAR. ICA PER. 2015

1.PRESENTACINEn el Per el esfuerzo de la profesin Odontolgica por ir de la mano con la calidad profesional se ha manifestado en una serie de acciones desarrolladas a la educacin continua del Cirujano Dentista peruano y que culmina con la conformacin del Colegio Odontolgico Peruano (CPO), Actualmente responsable conjuntamente con las normas establecidas, del proceso de Certificacin de los Cirujanos Dentistas de nuestro Pas. Conocedores que la Certificacin es el resultado de un proceso por el que se verifica y documenta el cumplimiento de requisitos de calidad previamente establecidos (SINEASE), este concepto puede referirse tambin a procesos o personas y a la vez la Certificacin de competencias, proceso mediante el cual la entidad certificadora reconoce formalmente las competencias profesionales o laborales demostradas por una persona natural en la evaluacin de desempeo, de acuerdo a los criterios establecidos por el ente rector del SINEACE.

Introduccin: En este medio en el que calidad, competitividad y globalizacin se refuerzan recprocamente, la certificacin profesional se convierte en un elemento de relevancia crucial, para la forja e impulso de un nuevo paradigma de la autorrealizacin humana en el siglo XXI. Surge as la certificacin profesional, entendida como la accin del Estado para reconocer las competencias profesionales de una persona, fueran adquiridas estas por un proceso de aprendizaje formal o no formal, siempre y cuando pruebe que sus desempeos se ajustan a estndares de exigencia preestablecidos. El Per, en este ltimo lustro, est introducindose cada vez ms en procesos de mejora de la calidad educativa. Prueba de ello es la aprobacin de Ley N 28740, del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa (SINEACE). En esta norma se establece el parmetro conceptual del tema de nuestro inters, a saber, la Certificacin Profesional, la cual es definida en el artculo 11, inciso d, como: el reconocimiento pblico y temporal de las competencias adquiridas dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales.IMPLEMENTACIN DE LA CERTIFICACIN PROFESIONAL EN ODONTOLOGA EN EL PERU

1. OBJETIVO GENERAL:Contribuir a garantizarle a la sociedad el ejercicio competente (eficaz, oportuno, de calidad y seguro) en todos los campos de actividad profesional.2. OBJETIVOS ESPECFICOS:Contribuir a la generacin o fortalecimiento de capacidades de los Colegios Profesionales para el logro de su autorizacin y funcionamiento como entidades certificadoras.Favorecer la evaluacin por competencias con fines de certificacin profesional como mecanismo de garanta de del ejercicio profesional competente. Favorecer la coordinacin entre instituciones formadoras, empleadores, sociedad civil y entidades reguladoras, para la formacin y evaluacin basada en competencias profesionales. 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA (BASE LEGAL) Ley N 28044. Ley general de Educacin. Ley N 28740. Ley del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa (SINEACE). Decreto Supremo N 018- 2007- ED. Reglamento de Ley del SINEACE. Ley N 27444. Ley de Procedimientos Administrativos. ISO 9001: 2008 Sistemas de gestin de la Calidad. Resolucin N 008. 2009 SINEACE/ P/ de fecha 18.02.09. Gua de Procedimientos para Autorizacin y Registro de Entidades Certificadoras y Certificacin Profesional. Directriz CRT-acr-16-D. Directriz para la aplicacin de la Norma NTP-ISO/IEC 17024 para Organismos de Certificacin de Personas. 2007-01-09. Versin 00. RN018-2008- INDECOPI/CRT del 2008-02-10.4. DEFINICIONESEstablecidas en el Reglamento de la Ley N 28740 CalidadConjunto de caractersticas inherentes a un producto o servicio que cumple los requisitos para satisfacer las necesidades preestablecidas. CertificacinResultado de un proceso por el que se verifica y documenta el cumplimiento de requisitos de calidad referidas a competencias profesionales de personas.La Certificacin es el reconocimiento pblico y temporal de las competencias adquiridas dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales. Certificacin de CompetenciasProceso mediante el cual la entidad certificadora reconoce formalmente las competencias profesionales o laborales demostradas por una persona natural en la evaluacin de desempeo, de acuerdo a los criterios establecidos por el ente rector del SINEACE. Competencias LaboralesSon aquellas que adquieren las personas fuera de las instituciones educativas en su des empeo ocupacional. Competencias ProfesionalesSon aquellas que adquieren las personas en la educacin tcnico productiva y educacin superior no universitaria y universitaria. Entidad CertificadoraInstitucin especializada encargada de realizar la evaluacin con fines de certificacin de competencias profesionales o laborales, previa autorizacin y registro del rgano operador del SINEACE, la evaluacin de desempeo de las personas naturales.La Certificacin es otorgada por el colegio profesional correspondiente, previa autorizacin de acuerdo a los criterios establecidos por el SINEACE. Se realiza a solicitud de los interesados. EvaluacinProceso que permite valorar las caractersticas de un producto o servicio, de una situacin o fenmeno, as como el desempeo de una persona, institucin o programa, por referencia a estndares previamente establecidos y atendiendo a su contexto. SINEACESistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa.Concepto de Evaluacin de CompetenciasProceso por medio del cual un evaluador obtiene y analiza las evidencias del desempeo profesional de una persona con base en una norma de competencia, para emitir el juicio de demostr la competencia o an no demostr la competencia, e identificar aquellas reas de desempeo que requieren ser fortalecidas mediante capacitacin para alcanzar el nivel de competencia requerido.La evaluacin de competencias profesionales se centra en el desempeo real de las personas, soportado por evidencias vlidas y confiables frente al referente que es la norma de competencia profesional y no en contenidos o potencialidades.La evaluacin basada en competencias puede considerarse dentro del concepto de evaluacin formativa. Por lo tanto, permite encontrar las brechas entre el desempeo mostrado y el desempeo requerido, y trazar planes de desarrollo con acciones de capacitacin para mejorar la calidad en el desempeo. Se centra en demostrar las competencias en accin, en un desempeo profesional observable y plenamente definido. Norma de CompetenciaLa Norma de competencia se elabora por cada unidad de competencia y sus elementos de competencia correspondientes. Los elementos de competencia son descritos en trminos de los resultados que debe lograr una persona en el desempeo de su funcin laboral profesional, los contextos en que ocurre ese desempeo, los conocimientos que debe aplicar y las evidencias que puede presentar para demostrar su competencia. As elaborada constituye la norma de competencia para el Per.Es recomendable, para mayor legitimidad de las Normas, que en su elaboracin intervengan empleadores, formadores, trabajadores y otros actores relevantes.El CONEAU es el rgano operador del SINEACE encargado de aprobar los estndares y criterios de certificacin de competencias profesionales, elaborados en concordancia con la Asamblea Nacional de Rectores y los colegios profesionales correspondientes. PortafolioEl portafolio es una coleccin de pruebas o evidencias que demuestran que el aprendizaje personal necesario para ejercer determinada especialidad o carrera. PostulantePersona natural con ttulo profesional universitario y colegiado que debe o desea ser evaluado en sus competencias con fines de certificacin profesional.5. RESPONSABILIDADESLas entidades certificadoras de competencias profesionales de carcter obligatorio y las de carcter voluntario son responsables de la aplicacin. 6. PROCEDIMIENTO6.1 ACCIONES PREPARATORIAS

En este medio en el que calidad, competitividad y globalizacin se refuerzan recprocamente, la certificacin profesional se convierte en un elemento de relevancia crucial, para la forja e impulso de un nuevo paradigma de la autorrealizacin humana en el siglo XXI. Surge as la certificacin profesional, entendida como la accin del Estado para reconocer las competencias profesionales de una persona, fueran adquiridas estas por un proceso de aprendizaje formal o no formal, siempre y cuando pruebe que sus desempeos se ajustan a estndares de exigencia preestablecidos.6.1.1 Portafolio del EvaluadorLa instancia correspondiente de la entidad certificadora organizar un portafolio para cada evaluador que contendr: Documentacin sustentatoria del evaluador. Copia de los informes consolidados de evaluacin presentados. Copia de las apelaciones de sus evaluados. Otros.6.1.2 SensibilizacinEsta fase es de responsabilidad del rgano de gestin de la certificacin del Colegio Profesional y el Evaluador de competencias profesionales puede acompaar el proceso a solicitud del equipo de gestin.Para la sensibilizacin es necesario informar al postulante sobre: Objetivos de la certificacin Calidad del desempeo profesional. Los requisitos para certificar. El proceso de evaluacin, certificacin y certificacin peridica. Principios de la evaluacin y certificacin. Normas de competencia a evaluar con fines de certificacin profesional. Proceso de Autodiagnstico. Evidencias con las cuales el candidato debe demostrar su competencia. Caractersticas de las Evidencias: vigencia, pertinencia, autenticidad. Diploma que recibir. Los derechos y deberes del candidato, del evaluador y de los organismos de gestin en la certificacin. Beneficios profesionales, institucionales y sociales que se obtienen con la certificacin.Objetivo de la sensibilizacin:a. Motivar a la postulacin a certificacin profesional y a participar en el proceso.b. Consolidar una cultura de calidad en los servicios proporcionados a la sociedad.La sensibilizacin puede realizarse por diferentes medios, tales como: Talleres o Jornadas de sensibilizacin, medios impresos (boletines, trpticos, peridico, revistas, etc.), medios magnticos (pgina web, correo electrnico, otros).6.1.3 AutodiagnsticoDespus de realizado el proceso de sensibilizacin; el postulante, con la orientacin del evaluador u otro profesional que la entidad certificadora designe; realiza el autodiagnstico. Para ello recibe el formato de autodiagnstico, el que debe ser llenado en el tiempo y de acuerdo a las indicaciones establecidas por la entidad certificadora.Si el postulante considera que cumple con las competencias y los requisitos establecidos en la norma, procede, con criterio propio, a solicitar su inscripcin o bien participar en acciones de capacitacin para el desarrollo de competencias.Es responsabilidad del postulante, como actor clave del proceso, decidir si est listo o no para formalizar su inscripcin. La Entidad Certificadora a travs del rgano correspondiente brindar asesora sobre dnde, cundo y cmo podra desarrollar la competencia (s) faltante (s).Se debe registrar los nombres de los postulantes orientados en el autodiagnstico y entregarlo al rgano correspondiente de la entidad certificadora.6.1.4 InscripcinLa inscripcin del postulante ante la Entidad Certificadora, formaliza el inicio del proceso de certificacin profesional.La inscripcin del postulante podr efectuarse con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la entidad certificadora, incluida la habilidad profesional y la ausencia de sanciones ticas y administrativas.Para la inscripcin deber llenar y firmar el formato de autodiagnstico.Hecha la verificacin de lo anterior el postulante presenta la solicitud de Inscripcin (anexo N 2). La inscripcin se realiza ante el rgano establecido por la entidad certificadora, asignndosele un cdigo de identificacin.Con la inscripcin formalizada se apertura el expediente del postulante que contendr: Currculo vitae. Portafolio de evidencias del postulante. Formato de autodiagnstico. Solicitud de Inscripcin. 6.2 EVALUACIN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES6.2.1 Principios de la EvaluacinLa evaluacin de competencias profesionales se rige por los principios de:Validez: Las evidencias recogidas durante el proceso de evaluacin deben corresponder con la norma de competencia profesional frente a la cual se evala una persona, proporcionando pruebas reales y ciertas. Las tcnicas e instrumentos utilizados corresponden a la metodologa establecida.Transparencia: El proceso de evaluacin y certificacin debe ser desarrollado dentro del marco que establece la normatividad CONEAU SINEACE, sin barreras ni restricciones, asequible a toda persona, facilitando su participacin en el momento que as lo requiera.Confiabilidad: El proceso es confiable en la medida en que las mismas evidencias, para el mismo candidato, recogida por otros evaluadores en otros lugares, tienen el mismo juicio.Confidencialidad: se debe guardar estricta reserva del proceso y de los resultados de la evaluacin, el mismo que slo deber ser conocido por el postulante y el rgano responsable de la entidad certificadora.6.2.2 Criterios para valorar y aceptar evidenciasLos criterios que se establecen para valorar las evidencias durante el proceso de evaluacin de las competencias deben aplicarse integralmente y no son mutuamente excluyentes.Estos criterios son: Pertinencia: las evidencias corresponden con las requeridas en la norma de competencia a evaluar. Vigencia o actualidad: las evidencias no deben estar obsoletas debido a cambios tecnolgicos, legislativos o normativos. Autenticidad: las evidencias corresponden al postulante evaluado y no a otra persona; que las produjo l solo y no con la participacin de otras personas.6.2.3 Aspectos a considerar por el evaluador antes de iniciar el proceso Las normas de competencia que van a evaluarse. Cuntos y cules elementos tiene cada norma de competencia. Las posibles situaciones complejas que los rangos de aplicacin puedan generar. Cuntas y cules evidencias requeridas exige la norma. El tiempo requerido para obtener evidencias. Las tcnicas e instrumentos que se pueden y deben utilizar. La disponibilidad de formatos para registrar los resultados del proceso. La disponibilidad del portafolio de evidencias para cada postulante. Con qu instituciones se tiene convenio para ser sede evaluadora. Qu exigencias para el evaluador tiene la unidad de evaluacin de competencias. 6.2.4 Portafolio del postulanteEl portafolio permite recoger evidencias del aprendizaje y el mantenimiento de competencias de un profesional. Le induce a reflexionar sobre ello. El proceso de reflexin establece relacin entre aprendizaje y mejora de la calidad.Principios del portafolio: Desarrollo de la propia responsabilidad del profesional hacia el aprendizaje. Fomento del aprendizaje. Relacin con la experiencia y el aprendizaje que se infiere de ella.Caractersticas:o Coleccionar evidencias que pueden ser evaluadas.o Analizar los procesos que conducen a las evidencias.o Responder a una planificacin profesional de aprendizaje.Ventajas Aprendizaje reflexivo. Experiencia real. Evaluacin relacionada con competencias.Contenido de un portafolio Artculos de difusin, publicaciones. Constancias de presentaciones profesionales, ponencias. Investigaciones. Proyectos. Certificados de asistencia a capacitaciones: cursos, seminarios, congresos, simposios, u otros. Artculos cientficos. Otros pertinentes a las normas a evaluar.6.2.5 Valoracin del PortafolioEl postulante al momento de su inscripcin, presenta su portafolio actualizado (de los ltimos 3-5 aos), y el evaluador segn normas de la entidad certificadora procede a valorarlas, registrando los resultados en el formato respectivo (anexo N 3).El Portafolio aportar como mximo el veinte por ciento (20%), o su equivalente en la escala elegida, del componente de evaluacin de conocimientos de las competencias profesionales.6.2.6 Plan de EvaluacinEl Plan de Evaluacin, elaborado entre el postulante y el evaluador, define el proceso de recoleccin y valoracin de las evidencias requeridas por la norma de competencia, las tcnicas, los instrumentos a utilizar y el cronograma (anexo N 4).Los instrumentos de evaluacin deben estar debidamente codificados. Para la codificacin se tendr en cuenta lo siguiente:INSTRUMENTOTCNICANMERO

LCH = Lista de ChequeoOD = Observacin DirectaV P = Valoracin Productos001, 002, 003, etc. = Nmero correlativo de instrumento.

Ejs. CT-FP-001, CT-FP-002; LCH-OD-001, LCH- OD-002; LCH-VP-001La recoleccin de evidencias debe ser planificada por el evaluador y consignarse en el plan de evaluacin, estableciendo: Las normas de competencia que van a evaluarse. Evidencias que se deben recoger. Tcnicas e instrumentos a utilizar para recoger evidencias de desempeo, de producto y de conocimiento. Lugar y fecha acordados para recoger las evidencias. En caso fuese necesario modificar el plan de evaluacin, tales modificaciones tambin deben ser concertadas con el postulante. En ningn caso las acciones durante el proceso de evaluacin tienen carcter unilateral. Las actividades del postulante y el evaluador para elaborar el plan de evaluacin son: Verificar los nombres de las normas y los elementos de competencia. Analizar los requerimientos de las normas y las evidencias a obtener. El evaluador debe especificar las tcnicas y los instrumentos que va a utilizar segn las evidencias que se van a obtener. El plan de evaluacin debe contener las firmas del postulante y del evaluador responsable de la elaboracin del plan.6.2.7 Evaluacin de ConocimientosA. Recomendaciones para el recojo de las evidencias de conocimiento Tener en cuenta el lugar y fecha pactadas en el plan de evaluacin para el recojo de las evidencias actuales de conocimientos. Verificar las condiciones de equipamiento, mobiliario, iluminacin, sonido y dems del lugar donde se realizar esta evaluacin. Si la evaluacin se realiza en forma grupal, preveer la distancia y disposicin conveniente de los evaluados para evitar interferencias o intercambios entre los evaluados. Traer el o los cuestionarios seleccionados correspondientes a la(s) norma(s) de competencia a evaluar y las hojas de respuesta (una por cada cuestionario), y otros materiales necesarios. Identificar a cada evaluado con el documento respectivo dispuesto para tal fin por la entidad certificadora (carn de postulante, DNI, carn de colegiado, otro). A la hora prevista dar las indicaciones respectivas sobre el registro, duracin, llenado de la hoja de respuestas, reglas de comportamiento durante la aplicacin del instrumento de evaluacin de conocimientos; y otros. Luego, absolver preguntas y aclarar dudas. Terminado este momento dar por iniciada la evaluacin y anunciar o colocar en lugar visible la hora de trmino de la misma. Cada instrumento de evaluacin de conocimiento debe tener una codificacin que lo identifique y las hojas de respuesta deben usar esta codificacin del instrumento para efectos de identificacin y auditora. En caso de uso de cuestionarios la cartilla de preguntas no debe ser marcada o sealada por los postulantes. El evaluador debe recoger los cuestionarios y hojas de respuesta de cada postulante. Se indicar al postulante el lugar y fecha del resultado de la evaluacin.B. Valoracin de las evidencias de conocimientosLa valoracin de las evidencias de conocimientos podr considerar dos opciones:

1ra. opcin100% de respuestas correctas del instrumento de evaluacin.

2da. opcin

100% obtenido de la siguiente manera:80% como mnimo de respuestas correctas del instrumento de evaluacin 20% como mximo de valoracin del portafolio (6.2.5).

6.2.8 Evaluacin de DesempeoA. Recomendaciones para el recojo de las evidencias de desempeoLa evaluacin de desempeo es el mtodo ms aconsejable de recoleccin de evidencias en la evaluacin por competencias. En el plan de evaluacin estn descritas las diferentes formas en que se verificar el cumplimiento de los criterios de desempeo, las tcnicas e instrumentos.Previo a la observacin directa en ambiente real de trabajo o de simulacin, se debe verificar: Autorizacin, horario, equipamiento, insumos, y requerimientos de la norma. Se debe considerar el uso de uniforme, protectores u otros, segn sea el caso. Se debe obtener, si el caso lo requiere, el consentimiento del (la) usuario(a), cliente, paciente, entre otros. En la fecha, lugar y hora pactados en el Plan de Evaluacin el evaluador se debe presentar portando todos los implementos necesarios: el o los instrumentos de evaluacin, lapiceros, tablilla de apoyo u otros que considere. Desarrollar una comunicacin amigable con el postulante a fin de disipar un poco las tensiones y darle seguridad. Se ubicar en un lugar que le permita recoger las evidencias de desempeo del evaluado, sin interferir con su actividad y evitar hacer gestos, seales, sonidos u otros que perturben el desenvolvimiento natural del postulante.B. Valoracin de las evidencias de desempeo Terminada la observacin directa el evaluador proceder a valorar el resultadoLa valoracin de las evidencias de desempeo se debe hacer en el sistema binario si cumple o no cumple, debiendo tener 100% de afirmaciones de la lista de chequeo para considerar que cumple con el estndar o norma de competencia y por tanto demuestra la competencia.En caso necesario, el no cumplimiento de alguno de los criterios de desempeo de la lista de verificacin, se explicar en el instrumento a efectos de asesorar al postulante sobre las reas que debe reforzar.6.2.9 Evaluacin de ProductoA. Recomendaciones para el recojo de la evidencias de Producto Segn lo establezca la norma de competencia se ha de recoger el o los productos para su evaluacin y valoracin, Poner en conocimiento del postulante el o los productos que solicita la norma. El instrumento que se utiliza en estos casos es la lista de chequeo o verificacin, y el evaluador la aplicar segn lo acordado en el Plan.B. Valoracin de las evidencias de ProductoLa valoracin de las evidencias de producto considera el 100% de presencia de los criterios evaluados en la lista de chequeo o verificacin para considerar que el evaluado demuestra la competencia.En caso de no cumplimiento del criterio es importante que la no conformidad se registre con un comentario sustentatorio.6.2.10 Juicio de la CompetenciaTerminado el recojo de las evidencias sealadas en la Norma de Competencia, bajo los principios de validez, transparencia y confiabilidad, el evaluador procede a completar el Formato Resultados de la Evaluacin (anexo N 5), y lo har firmar por el postulante.Una vez resumidos los resultados de la evaluacin de conocimientos, desempeo y producto(s) de todas las normas de competencia determinadas por la entidad certificadora, el evaluador responsable procede a emitir su juicio en relacin a los resultados para lo cual completar el formato Juicio de la Competencia. El juicio de la competencia slo permite dos posibilidades de respuesta, segn los criterios valorativos establecidos en los acpites respectivos para evidencias de conocimiento, desempeo y producto:a. Demostr la competencia b. An no demostr la competencia.

6.3 RESULTADOS DE LA EVALUACIN6.3.1 Comunicacin de ResultadosAntes de comunicar los resultados de la evaluacin, el evaluador deber realizar una verificacin de todo lo actuado. Revisar y se asegurar de que los instrumentos de evaluacin y dems formatos y documentos del mismo estn debidamente llenados y sin borrones. Excepcionalmente, de ser el caso, las enmendaduras se hacen trazando una lnea sobre el texto errado, y debern tener las iniciales y rbrica de quien las realiz. Todos los formatos correspondientes deben contener las firmas del evaluador y del postulante, y todo ello debe estar ordenado en el expediente segn pautas establecidas en el anexo N 7. Verificar que todos los documentos pertenecen al evaluado y que los procedimientos y registros se han llevado segn el plan de evaluacin y la normatividad establecida.La comunicacin al postulante es continua a lo largo del proceso de evaluacin, conforme va presentando las evidencias de su competencia y el evaluador valorando las mismas. La comunicacin con el postulante es individual, debe ser emptica, asertiva y respetuosa. La firma del postulante en los formatos correspondientes es seal de que dicha comunicacin se ha realizado y no debe, por ello, anticiparse la firma del postulante en los formatos. La entidad certificadora establecer los mecanismos y pautas de comunicacin de la determinacin final del logro de las competencias o juicio de las competencias.Toda informacin relacionada a la evaluacin del postulante es de carcter confidencial.El evaluador bajo reserva y responsabilidad remite tres (03) copias del informe consolidado de todas las evaluaciones, asignadas por la entidad certificadora, que ha realizado en un periodo determinado. Una copia, adjuntando los expedientes del (los) postulante(s), es para la instancia correspondiente de la entidad certificadora; otra copia se ingresa al portafolio del evaluador y la tercera copia para cargo del evaluador.El postulante que considere que ha sido afectado en el proceso de evaluacin, debe manifestarlo al evaluador y plantearle una reconsideracin.La reconsideracin puede hacerse sobre dos momentos de la evaluacin siguientes:a. En la valoracin del portafolio.b. En la valoracin de las evidencias actuales (conocimientos, desempeo, producto).Si no encuentra respuesta o la considera insatisfactoria, tiene derecho a apelar una vez conocido el resultado del juicio de la competencia.

6.3.2 Asesoramiento al PostulanteLuego de realizar la comunicacin del juicio de las competencias, el evaluador proceder a asesorar a los postulantes de acuerdo a los resultados de la evaluacin y los procedimientos establecidos por la entidad certificadora: Para los que an no logren las competencias, sobre acciones formativas o la necesidad de una mayor prctica profesional, de acuerdo a las polticas y otras opciones que la entidad certificadora haya establecido para este fin. Para los que logren las competencias, sobre actividades de desarrollo profesional continuo.El asesoramiento se realizar con absoluto respeto al postulante y de manera motivadora y proactiva.La asesora debe quedar registrada en el expediente del postulante, para lo cual se debe llenar el formato Plan de Acciones de Mejora / Desarrollo Profesional (anexo N8) con las firmas del evaluador y del postulante.6.3.3 ApelacinLa apelacin es un derecho de todo postulante a certificacin profesional; consiste en solicitar a las instancias respectivas de la Entidad Certificadora que revise la decisin tomada por el evaluador por considerar que no corresponde a los principios y criterios de la evaluacin (Ver anexo 9: Solicitud de apelacin).La entidad certificadora debe garantizar al postulante dos instancias de apelacin debidamente definidas en su reglamento. Las instancias de apelacin debern tener carcter tcnico.El plazo para resolver la apelacin ser como mximo de veinte (20) das hbiles a partir de la presentacin de la apelacin.El postulante debe dirigirse por escrito a la Entidad Certificadora (o al organismo designado por ella) en un plazo no mayor de diez (10) das hbiles de recibida la informacin de los resultados de la evaluacin. La Entidad Certificadora o el organismo designado deriva la apelacin a la primera instancia de apelacin.Primera instancia de apelacin:1. Puede definir directamente si la apelacin es fundada o infundada.2. Puede establecer el recojo nuevamente de evidencias establecidas en la(s) norma(s) correspondiente(s).Si se requiere recoger nuevamente las evidencias motivo de la apelacin se conformar un equipo evaluador (compuesto como mnimo por dos evaluadores) que emitir su juicio en forma nica. Si el equipo evaluador establece que cumple la competencia, la apelacin se declarar fundada. Si considera que no cumple la competencia, la apelacin se declarar infundada.Si la apelacin se declara fundada se comunicar al postulante y se continuar con el proceso de Certificacin profesional.Si la apelacin se declara infundada, se comunica al postulante, el cual:1. Acepta la decisin y pasa a asesoramiento.2. No acepta la decisin y apela a la segunda instancia.Segunda instancia de apelacin:Define directamente si la apelacin es fundada o infundada.Si la segunda instancia declara la apelacin fundada se comunica al postulante y se continuar con el proceso de Certificacin profesional.Si la segunda instancia declara la apelacin infundada, se comunica al postulante y pasa a asesoramiento.Todo lo actuado formar parte del portafolio del postulante y del (los) evaluadores.

6.3.4 Aseguramiento de la Calidad del Proceso de EvaluacinCada entidad certificadora debe desarrollar mecanismos de aseguramiento de la calidad del proceso de evaluacin con fines de certificacin.La auditora de calidad del proceso de evaluacin consiste en el examen sistemtico e independiente (interno o externo) para determinar si las actividades y los resultados relativos a la calidad satisfacen a las disposiciones previamente establecidas y si estas disposiciones se llevan a cabo efectivamente y son aptas para alcanzar los objetivos.Para ello se sugiere conformar equipo(s) auditor(es). Este equipo debe verificar o comprobar que la evaluacin de competencias se realiza de conformidad con lo establecido y se cumplen los principios y criterios para su realizacin. Pueden hacerse muestreos selectivos de diferentes evaluaciones, revisin o reelaboracin de la evaluacin en casos en que no se disponga de suficientes evidencias que den una idea de la competencia o no se encuentren las evidencias necesarias para tener un slido criterio.

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