Ley de la prpi
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LEY DELA PROPIEDAD
INTELECTUAL
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LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
La propiedad intelectual, según la definición de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), se refiere a toda creación de la mente humana.1 Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.
La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: los inventos, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes, los dibujos y modelos utilizados en el comercio.
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• Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
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LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
• Existe además una corriente, especialmente la que proviene del movimiento de software libre, que considera que el término propiedad intelectual es engañoso y reúne bajo un mismo concepto diferentes regímenes jurídicos no equiparables entre sí, como las patentes, el derecho de autor, las marcas y las denominaciones de origen, entre otros.
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Derechos de Autor
• Es la representación de los derechos que confiere la Ley de Propiedad Intelectual
El derecho de autor comprende los derechos patrimonial y moral, que protegen el aprovechamiento, la paternidad y la integridad de la obra. El derecho de autor es el conjunto de normas, legales que protegen al autor y a su obra intelectual.
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Derechos conexos
Los derechos conexos al derecho de autor proporcionan protección a los artistas intérpretes y ejecutantes (por ejemplo, actores y músicos), los productores, y los organismos de radiodifusión: el derecho de autor y sus beneficios financieros tienen una duración de por lo menos 50 años contados a partir de la muerte del autor; ese plazo de vigencia es de hasta 90 años en algunos países.
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Derechos Sobre la Propiedad Intelectual
La Propiedad Intelectual, conlleva a dos clases de derecho:
• Derecho Moral
• Derecho Patrimonial
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ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES ENCARGADOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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OMPI • La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas. Su objetivo es desarrollar un sistema de propiedad intelectual (P.I.) internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.
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CISAC • La CISAC, la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores, trabaja para incrementar el reconocimiento y la protección de los derechos de los creadores. En 2006, la CISAC agrupa 217 sociedades de autores en 114 países y representa indirectamente a más de 2,5 millones de creadores dentro de todos los repertorios artísticos: música, teatro, literatura, obras audiovisuales y artes gráficas y visuales.
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SCD • El propósito fundamental de esta institución es el de administrar los derechos de ejecución pública y de reproducción de las obras musicales de sus asociados, lo cual implica:
• 1. El otorgamiento de una licencia (autorización) a los usuarios, toda vez que la música es comunicada al público o grabada en soportes sonoros o audiovisuales.
• 2. La recaudación de los derechos generados por dicho concepto.
• 3. La distribución de estos derechos a sus respectivos titulares.
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CREAIMAGEN• Tiene por objetivo proteger y
administrar el derecho de autor de los artistas plásticos, escultores, fotógrafos, diseñadores e ilustradores, administrar el uso de las obras de artes plásticas, diseño, fotografía y escultura, tanto de nuestros socios como de los miembros extranjeros representados y detectar e impedir el uso no autorizado, de las obras del repertorio de CREAIMAGEN.