Legislacion....Zona Franca

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INTRODUCCION Las zonas francas corresponden a uno de los incentivos pactados en la ley 7 de 1991, el cual fue creado con el objetivo de establecer zonas dentro del territorio nacional que gozaran de un régimen aduanero y fiscal especial, con el fin de fomentar la industrialización de bienes y la prestación de servicios orientados principalmente a los mercados externos y de manera subsidiaria al mercado nacional. Para las operaciones con el resto del mundo las zonas francas se reconocerían como parte del territorio nacional, mientras que para las operaciones de comercio con el país se tomarían como territorio extranjero. En la actualidad, Colombia cuenta con zonas francas industriales de bienes y servicios ubicadas en Barranquilla, Bogotá, Cali -la Ciudadela Industrial del Pacífico, Cartagena, Cúcuta, Malambo, Palmaseca, Quindío, Rionegro y Santa Marta. Así mismo, hay autorizadas tres zonas francas de servicios turísticos que son las de Barú y Eurocaribe de Indias en Cartagena y Pozos Colorados en Santa Marta. A través de todo este trabajo se abordaran temas tan importantes como el por qué y para que de una zona franca, cuales son los beneficios que otorga a usuarios tanto nacionales como extranjeros la utilización de zonas francas, casos en que no se puede otorgar el régimen de zona franca, marco legal que rige la normatividad de las zonas francas en Colombia, quienes pueden acceder al régimen de zona franca, usuarios de las mismas, clases de

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INTRODUCCION

Las zonas francas corresponden a uno de los incentivos pactados en la ley 7

de 1991, el cual fue creado con el objetivo de establecer zonas dentro del

territorio nacional que gozaran de un régimen aduanero y fiscal especial, con el

fin de fomentar la industrialización de bienes y la prestación de servicios

orientados principalmente a los mercados externos y de manera subsidiaria al

mercado nacional. Para las operaciones con el resto del mundo las zonas

francas se reconocerían como parte del territorio nacional, mientras que para

las operaciones de comercio con el país se tomarían como territorio extranjero.

En la actualidad, Colombia cuenta con zonas francas industriales de bienes y

servicios ubicadas en Barranquilla, Bogotá, Cali -la Ciudadela Industrial del

Pacífico, Cartagena, Cúcuta, Malambo, Palmaseca, Quindío, Rionegro y Santa

Marta. Así mismo, hay autorizadas tres zonas francas de servicios turísticos

que son las de Barú y Eurocaribe de Indias en Cartagena y Pozos Colorados

en Santa Marta.

A través de todo este trabajo se abordaran temas tan importantes como el por

qué y para que de una zona franca, cuales son los beneficios que otorga a

usuarios tanto nacionales como extranjeros la utilización de zonas francas,

casos en que no se puede otorgar el régimen de zona franca, marco legal que

rige la normatividad de las zonas francas en Colombia, quienes pueden

acceder al régimen de zona franca, usuarios de las mismas, clases de zonas

francas, pasos para la declaratoria de zonas francas y finalizando con las

situaciones en que la declaratoria de zona franca se pierde.

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OBJETIVOS

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JUSITIFICACION

Este trabajo es de importante validez, pues como negociadores Internacionales

es importante conocer todo lo concerniente al tema de las zonas francas dentro

del territorio nacional, tener conocimiento del objetivo de las mismas, las

distintas clases de zonas francas que existen, cuales son los beneficios que se

pueden obtener al participar en ellas, entre otros aspectos.

Adicionalmente se hace importante investigar con respecto a este tema pues

actualmente Colombia ocupa el segundo lugar en Latinoamérica con mejor

entorno de negocios, según el Doing Business Report 2010, de la misma

manera cuenta con las zonas francas más competitivas de Latinoamérica: 15%

de impuesto de renta y se permiten las ventas al mercado local.

El desarrollo de las zonas francas dentro del territorio colombiano ha implicado

para la economía nacional:

- se conviertan en instrumentos para la creación de empleo y para la

captación de nuevas inversiones de capital.

- Promueven la generación de economías de escala, y la competitividad

en las regiones donde se establecen.

- Desarrollan procesos industriales altamente productivos y competitivos,

bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción

limpia, y buenas prácticas empresariales.

- Con su constitución se simplifican los procedimientos del comercio de

bienes y servicios, para facilitar su venta1.

ZONAS FRANCAS1 ABC del nuevo régimen de zonas francas, disponible en: http://web.presidencia.gov.co/especial/zona_franca/index.html#cuantas_zonas

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1. El porqué y para qué de las Zonas Francas (Finalidades).

El nuevo régimen Franco contenido en la ley 1004/05 y reglamentado a través

de los decretos 383/2007 y 4051/2007, estipula que las Zonas Francas son

las áreas geográficamente delimitadas dentro del territorio nacional, en donde

se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios o actividades

comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y

de comercio exterior.

Adicionalmente las Zonas Francas deberán cumplir con las siguientes

finalidades:

1. Ser instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas

inversiones de capital.

2. Ser un polo de desarrollo que promueva la competitividad en las regiones

donde se establezcan.

3. Desarrollar procesos industriales altamente productivos y competitivos, bajo

los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia y

buena prácticas empresariales.

4. Promover la generación de economías de escala.

5. Simplificar los procedimientos del comercio de bienes y servicios, para

facilitar su venta. Con la nueva reglamentación, las Zonas Francas se

concibieron no sólo como un mecanismo de atracción de nuevas inversiones y

empleo, sino como un incentivo para desarrollar procesos industriales

altamente productivos, competitivos y con un componente de innovación

tecnológica sustancial. Lo anterior significa que todo proyecto o empresa que

pretenda ser cobijada por el régimen deberá asegurarse de cumplir con las

finalidades anteriormente mencionadas.

Adicionalmente, tratándose de proyectos de alto impacto económico y social

para el país, se creó la figura de Zona Franca Permanente Especial (ZFPE) -

“Uniempresarial”, para la cual, teniendo en cuenta sus características, se exige

un alto componente de reconversión industrial o de transferencia tecnológica o

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de servicios, más exigente que el requerido en las Zonas Francas

Permanentes.

La Comisión Intersectorial de Zonas Francas tendrá en cuenta, en el momento

de evaluar el Plan Maestro de Desarrollo, la contribución que haga el proyecto

al desarrollo de los procesos de modernización y reconversión de los sectores

productivos de bienes y de servicios que mejoren la competitividad e

incrementen y diversifiquen la oferta, además del contenido de investigación

científica o tecnológica del proyecto.

2. Beneficios.

• Tarifa única de impuesto de renta de 15% para usuarios industriales de

bienes, usuarios industriales de servicios y usuarios operadores. Se exceptúan

los usuarios comerciales que tributan a la tarifa general.

• No se causan ni pagan tributos aduaneros (IVA y ARANCEL), para

mercancías que se introduzcan desde el exterior.

• Exención de IVA para materias primas, insumos y bienes terminados que se

vendan desde territorio aduanero nacional a usuarios industriales de Zona

Franca.

• Exención de IVA por ventas de mercancías a mercados externos.

• Las exportaciones que se realicen desde Zona Franca a terceros países se

benefician de los acuerdos comerciales internacionales negociados por

Colombia.

• Se reconoce origen nacional sobre bienes elaborados, manufacturados,

transformados o que sean producto de cualquier proceso productivo

desarrollado en la Zona Franca. (Únicamente Perú no reconoce origen

colombiano sobre bienes elaborados en Zonas Francas colombianas

cualquiera que sea su modalidad).

• Posibilidad de realizar procesamientos parciales por fuera de la Zona Franca

hasta por (9) meses.

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• Posibilidad de vender al territorio nacional el 100% de la producción de

bienes o servicios producidos en Zona Franca con el respectivo pago de

Arancel e IVA únicamente sobre el porcentaje de insumos provenientes de

terceros países.

• Los usuarios industriales de las zonas francas disponen de todas las

posibilidades de crédito existentes en Colombia: líneas regulares de crédito

para empresas establecidas en el territorio nacional en bancos, corporaciones

financieras y corporaciones de ahorro y vivienda; línea del Instituto de Fomento

Industrial (Ifi-Banco Mundial) para activos fijos que permite financiar la

relocalización de empresas en estas zonas; y, líneas especiales del Banco de

Comercio Exterior para la financiación de empresas exportadoras

• Crédito bancoldex para zonas francas El Banco de Comercio Exterior,

mediante la modalidad de crédito denominada "inversión fija", contempla un

mecanismo de financiación para activos fijos que permite a los usuarios

operadores, desarrolladores, industriales y de servicios de las zonas francas

industriales y turísticas tener acceso, bajo el sistema de redescuento a los

recursos de crédito, tanto en moneda legal como en dólares2.

3. Casos en que no se puede otorgar zona franca

• Exploración, explotación o extracción de recursos naturales no renovables

definidos en el Código de Minas y Petróleos.

• Prestación de servicios financieros.

• Actividades en el marco de contratos estatales de concesión.

• Servicios públicos domiciliarios, salvo que sean generadoras de energía o

nuevas empresas prestadoras de servicios de telefonía pública de larga

distancia internacional.

2 Zona franca Colombia disponible en: http://www.productosdecolombia.com/main/guia/Zona_Franca.asp

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4. Marco legal.

Las solicitudes de Declaratoria de Zonas Francas se rigen por lo establecido en

las siguientes normas:

Ley 1004 del 30 de diciembre de 2005.

Decreto 2685 del 28 de diciembre de 1999 y sus modificatorios:

Decreto 383 del 12 de febrero de 2007, Decreto 4051 del 23 de octubre

De 2007, Decreto 780 del 13 de marzo de 2008, Decreto 1197 del 3

De Abril de 2009, Decreto 4285 del 4 de noviembre de 2009, Decreto

4584 del 24 de noviembre de 2009 y Decreto 1769 del 21 de mayo de 2010.

Resolución 01 del 3 de diciembre de 2007, expedida por la Comisión

Intersectorial de Zonas Francas.

Resolución 5532 del 24 de junio de 2008 de la Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacionales.

5. Quiénes pueden acceder al régimen de Zona Franca.

• Persona jurídica domiciliada en el país o sucursal de sociedad extranjera.

• Parques tecnológicos reconocidos.

• Sociedades Portuarias.

• Instituciones prestadoras de servicios de salud.

6. Clases de usuarios.

6.1. Usuario Operador:

Persona jurídica encargada de la dirección, administración de la Zona Franca y

de la calificación de los usuarios que se instalen en ellas. Debe ser diferente

del usuario industrial y sin vinculación económica o de sociedad con éste, y

dedicarse exclusivamente a las actividades propias de dichos usuarios, quienes

tendrán los tratamientos especiales y beneficios tributarios, una vez sean

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autorizados como tal. Debe tener conocimiento o experiencia en actividades

que se van a desarrollar en la Zona Franca, experiencia en comercio exterior y

aduanas, además de capacidad operativa y financiera.

6.2. Usuario Industrial de Bienes:

Fabrica, produce, transforma o ensambla bienes dentro de la respectiva Zona

Franca.

6.3. Usuario Industrial de Servicios:

Presta servicios dentro o desde el área declarada de la Zona Franca para

desarrollar, entre otras, las siguientes actividades: logística, transporte,

distribución, telecomunicaciones, investigación científica y tecnológica,

asistencia médica, odontológica y en general de salud, turismo, soporte

técnico, equipos de naves y aeronaves, consultoría o similares.

6.4. Usuario Comercial:

Almacena, mercadea, conserva y comercializa dentro de la respectiva Zona

Franca. Puede ocupar hasta el 5% del área total de la Zona Franca.

Condiciones de los usuarios.

• El Usuario Operador no puede ostentar simultáneamente otra calidad ni tener

vinculación económica o societaria con los demás usuarios.

• Los Usuarios Industriales de Bienes y Usuarios Industriales de Servicios,

pueden ostentar simultáneamente las dos calidades.

• Los Usuarios Industriales de Bienes y Usuarios Industriales de Servicios, sólo

podrán estar domiciliados al interior de las Zonas Francas y no podrán tener

sucursales ni agencias en ningún otro lugar del territorio nacional.

• Quien solicite declaratoria de ZFU será reconocido como único Usuario

Industrial de la misma.

• El Usuario Comercial no podrá tener simultáneamente otra calificación; sin

embargo, podrá tener negocios en el resto del territorio nacional.

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• Dentro de las Zonas Francas Permanentes Especiales (ZFPE) -

“Uniempresariales” no podrán calificarse ni reconocerse usuarios comerciales.

• Los usuarios de ZFP son calificados por el Usuario Operador.

7. Clases de Zonas Francas.

7.1. Zona Franca Permanente (ZFP):

Las Zonas Francas Permanentes son un área de más de 20 hectáreas, en

donde varias empresas se pueden instalar y desarrollar sus actividades

industriales, comerciales o de servicios. Estas empresas deben producir o

transformar bienes, o prestar servicios  para poder gozar de los incentivos.

Adicionalmente deben cumplir con los requisitos de Empleo e Inversión, dentro

de los tres años siguientes a la aprobación de  Usuario Industrial de Bienes o

de Servicios dentro de la Zona Franca.3

Las zonas francas a su vez pueden ser de tipo:

7.1.1 Industrial

En general, en una zona franca industrial se reúnen varias empresas cuya

producción es destinada en su mayoría a la exportación -son consideradas

como prioritariamente exportadoras las que destinan más del 51% de su

producción a los mercados internacionales-. También se considera como

exportación la venta de la producción hecha al resto del territorio nacional,

cuando se trate de programas especiales de importación-exportación como es

el caso del Plan Vallejo. Adicionalmente, los industriales de zonas francas

pueden vender en el territorio nacional más del 49% de su producción anual si

cumplen con un contenido nacional del 35%, si esa producción corresponde a

sustitución de importaciones o si el mercado internacional no les favorece por

razones de reducción del mercado o por aplicación de barreras arancelarias y

no arancelarias por parte de terceros países. Las actividades principales de las

zonas francas industriales son la manufactura, el procesamiento de mercancías

y el ensamblaje.

Las clases de zonas francas industriales son:

3 ZONAS FRANCAS PERMANENTES disponible en: http://www.inviertaencolombia.com.co/zonas-francas-y-otros-incentivos/zonas-francas-permanentes.html

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Zona franca industrial de bienes y servicios: tiene por objeto principal

promover y desarrollar el proceso de industrialización de bienes y de prestación

de servicios, destinados a mercados externos y de manera subsidiaria al

mercado nacional.

Zona franca industrial de servicios turísticos: su objetivo primordial es

promover la prestación de servicios de la actividad turística -alojamiento,

agencias de viajes, restaurantes, servicios de transporte; etcétera-, destinados

al turismo receptivo y de manera subsidiaria al nacional.

Zona franca industrial de servicios tecnológicos: debe promover y

desarrollar como mínimo diez empresas de base tecnológica, cuya producción

se destine al mercado internacional y de manera subsidiaria al nacional.

7.1.2 Comercial

De otra parte, las zonas francas comerciales son aquellas que pueden definirse

como bodegas de almacenamiento de mercancías para una futura

comercialización. Desde su creación han mantenido el mismo régimen

estipulado en la ley 105 de 1958, el cual establece básicamente los siguientes

incentivos aduaneros:

Ingreso de bienes extranjeros al territorio nacional sin el pago de impuestos de

importación.

Almacenamiento por tiempo indefinido de bienes foráneos y posibilidad de

nacionalizar parcialmente las mercancías extranjeras. Este punto constituye la

diferencia con los depósitos aduaneros, los cuales deben cumplir con un plazo

de dos meses para la nacionalización o reembarque de las mercancías.

Introducción de bienes extranjeros a territorio colombiano sin la existencia de

licencia o registro de importación.

7.2. Zona Franca Transitoria (ZFT):

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La existencia y regulación de las zonas francas transitorias se rige mediante el

decreto 1552 de 1992. Con este régimen se le otorga de manera temporal el

tratamiento de zona franca comercial a los terrenos donde se celebren ferias,

exposiciones, congresos y seminarios de carácter internacional, con el fin de

permitir el ingreso de mercancías procedentes del exterior libres de aranceles e

IV A. El tiempo máximo de permanencia de las mercancías en la zona franca

transitoria incluye la duración del evento más dos períodos adicionales; uno de

tres meses antes de su iniciación y otro de seis meses después de su

terminación4.

7.3 zona franca permanente especial uniempresarial

Las Zonas Francas Uniempresariales son un área donde una única empresa se

puede instalar para que desarrolle sus actividades industriales o de servicios.

En este tipo de Zonas Francas existen subtipos de Zonas Francas que tienen

un requisito de inversión y empleo diferente, pero en todos los casos las

empresas deberán cumplir con estos requisitos para ser declaradas como Zona

Franca.

Estos se clasifican en:

Zona franca uniempresarial de bienes

Zona franca uniempresarial de servicios

Zona franca uniempresarial de agroindustria

Zona franca uniempresarial de sociedad portuaria

8. Zonas Francas en Colombia

4 Zonas francas disponible en: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/economia/industrilatina/168.htm

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Actualmente Colombia cuenta con 89 Zonas Francas creadas desde la

aprobación del nuevo régimen franco, en cuanto a las zonas Francas

Permanentes hay cuatro que están ubicadas en el territorio costero con fácil

acceso a los principales puertos del país. Estas son Zona Franca de

Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Pacífico. Otras están ubicadas en

puntos estratégicos para atender las necesidades de cada sector como por

ejemplo Cúcuta, Malambo, Palmaseca, Quindío, Rionegro, entre otras. Así

mismo, hay autorizadas tres zonas francas de servicios turísticos que son las

de Barú y Eurocaribe de Indias en Cartagena y Pozos Colorados en Santa

Marta. A continuación se muestra información de alguna de ellas:

13. COLOMBIA 5 NUEVAS ZONAS FRANCAS5

Recientemente fue aprobado el plan maestro y el concepto de viabilidad

favorable emitido por la Comisión Intersectorial de Zonas Francas, para dos

proyectos portuarios en Buenaventura (valle del Cauca) y Dibulla (Guajira); y

para otros que se desarrollaran en Caldas (Antioquia) y Barranquilla (Atlántico) la

quinta es la nueva zona franca Sur Colombiana ubicada en el departamento del

Huila, ubicada a 5 kilómetros de Neiva, vía a Palermo, tiene una inversión

cercana a los $200 millones.

Las cuatro nuevas zonas francas comprometen inversiones por 435.942

millones de pesos, con una generación de 482 nuevos empleos directos. 

Estas zonas francas, dijo el Ministro Sergio Díaz Granados, serán de gran

impacto social y económico en las regiones donde estarán ubicadas, y abrirán

un nuevo camino hacia el desarrollo de estos departamentos. 

ALGUNAS DE LAS ZONAS FRANCAS EN COLOMBIA

5 Revista INFOCARGA Febrero- Marzo 2011 : http://issuu.com/saryon001/docs/infocarga_38

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El Ministro destacó la importancia de esta figura, como herramienta efectiva para

atraer inversión y generar empleo, y precisó que con estos 4 proyectos se

Page 14: Legislacion....Zona Franca

espera mantener el crecimiento de la inversión extranjera y diversificar los

beneficios del régimen franco, que hoy cobija a 89 proyectos que están

diseminados en veinte departamentos del país, los cuales representan una

inversión de 13,3 billones de pesos y la generación de cerca de 47 mil empleos

directos. 

En Buenaventura: 

El proyecto consiste en la construcción y mantenimiento de un puerto de servicio

público multipropósito para la prestación de servicios de cargue y descargue de

mercancías, y la manipulación y almacenamiento de los diferentes tipos de

carga, así como el desarrollo de otras actividades portuarias. 

En esta zona franca habrá una inversión de $324.526 millones y se tiene

proyectada la generación de 295 empleos directos, y 80 vinculados durante la

etapa de operación. 

En Caldas: 

El proyecto comprende la construcción de una plataforma que brinde a los

usuarios una infraestructura adecuada para convertirse en polo de desarrollo

para la ubicación de empresas que requieran desarrollar actividades de

comercio exterior, de tal manera que el ingreso y egreso de mercancías se

facilite y agilice. 

La inversión a realizar, en este caso, es de 16.239 millones de pesos, y se

generarán 10 empleos directos. 

En Barranquilla: 

En la capital del Atlántico se desarrollará un clúster para el sector del acero y la

metalmecánica, en donde se busca el fortalecimiento de la cadena productiva

siderurgia-metalmecánica en esa ciudad. 

“De esta forma aumenta la productividad y se logra mayor eficiencia en los

procesos industriales que involucran la transformación, la generación de valor

agregado y la fabricación de productos”, afirmó el Ministro. 

Esta zona franca contempla una inversión de 12.109 millones de pesos y la

generación de 27 empleos directos. 

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En Dibulla: 

El proyecto consiste en la construcción de un Puerto Marítimo Multipropósito de

servicio público e inversión privada, de dos muelles con cuatro posiciones de

atraque adecuadas como terminales para el manejo de gráneles minerales y

carga general. La inversión prevista alcanza los 81.009 millones de pesos. Se

espera la generación de 150 empleos directos y 750 indirectos. 

Por departamentos 

En la actualidad, las mayores inversiones en zonas francas se encuentran en los

departamentos de Bolívar, con un 52 por ciento; Cundinamarca, con un 14 por

ciento; y Valle del Cauca, con 7 por ciento. Les siguen: Atlántico, con un 5 por

ciento; Boyacá, con un 4 por ciento; Magdalena, Córdoba y Antioquia, con un 3

por ciento, cada una; Santander y Meta, con 2 por ciento; y Cauca, Guajira,

Risaralda, Caldas y Bogotá, con un 1 por ciento, cada una.

ZONA FRANCA DE SANTA MARTA

SOFRASA S.A.

La Zona Franca De Santa Marta está dividida en dos grandes areas: La

Industrial ubicada a un costado de la carretera Troncal del Caribe con 340.000

metros cuadrados a solo 10 kilómetros del aeropuerto y 5 del puerto y el area

Comercial., situada al lado mismo de la Zona Portuaria y Ferroviaria de Santa

Marta convirtiendose con ello en poderoso argumento para la relocalización de

industrias, que busquen quedar a las puertas de los mercados del mundo.

Puerto y Zona Franca

La integración Puerto-Zona Franca, es la modalidad que bajo el nombre de

"Puertos de Tercera Generación" cada vez adquiere más fuerza en los países

desarrollados por ser la fórmula ideal para el éxito.

Este es el sistema que aprovechan las industrias nacionales y extranjeras

establecidas actualmente en la Zona Franca de Santa Marta.

La Zona Franca de Santa Marta se encuentra en pleno funcionamiento, con

usuarios dedicados a diversas especialidades industriales y comerciales.

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Estamos desarrollando 200.000 metros cuadrados adicionales con patios y

bodegas para los nuevos usuarios. En el edificio administrativo del área

comercial, tenemos oficinas para instalar empresas especializadas de apoyo

que faciliten a nuestros usuarios sus actividades.6

CLIENTES DE SOFRASA S.A.

Litex Ltda.Remac Ltda.Van Hander's AssociatesTechint CorporationEuroamericana de Servicios Ltda.Alyar Ltda.Banacol.Sumitomo Corporation Inc.Komoto de Colombia Ltda.Electroautos LtdaServicios Aduanero S.I.A.F.M.A. Ltda.Palacios y Cuellar Ltda.Intercontainers Ltda.Resamcar Ltda.Transportes Paola.Suministros Generales LtdaTransmares LtdaAlmabanco S.A.Almadelco S.A.Aduanas Avia Ltda.Guajira Gas Services Inc.InguevelAlmaviva S.A.Transportes Las Mulas LtdaImporcomer

9. requisitos para usuarios industriales de bienes o servicios de la zona

franca permanente

6 ZONA FRANCA DE SANTA MARTA, SOFRASA S.A. Disponible en: http://www.colombiaexport.com/zfstamta/zfstamta.htm

Page 17: Legislacion....Zona Franca

Las empresas que desean instalarse en Zona Franca Permanente, deben ser

creadas dentro de los últimos seis meses anteriores a la solicitud de Zona

Franca, y cumplir con un requisito de Inversión y Empleo según el total de sus

activos. Por lo anterior, si una empresa instalada dentro de una Zona Franca

Permanente cambia de rango de activos dentro del primer año de operación

deberá cumplir con el nuevo requisito de Empleo e Inversión correspondiente.

 

Si los activos de la

empresa están entre:

Inversión Generación de empleo

USD $ 0 - USD $ 99.380 USD $ 0 0

USD $ 100.000 - USD $

993.800

USD $ 0 20

USD $ 994.800 - USD $

5.9 millones

USD $ 1,373,487 30

Superior a USD $ 5.9

millones

USD $ 3,159,020

Millones

50

El Salario mínimo mensual legal vigente para el 2011 es COP $ 515000. El

S.M.M.L.V y el tipo de cambio de referencia COP $ 1874.79 = US $ 1 están

sujetos a variaciones.

 

10 Requisitos para usuario operador de la zona franca permanente

Debe tener conocimiento o experiencia en las actividades que se van a

desarrollar en la Zona Franca, experiencia en comercio exterior y aduanas,

capacidad operativa y financiera.

Adicionalmente deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Patrimonio líquido de 23.000 S.M.M.L.V. (US $5.92 millones) cuando se

trate de Zona Franca Permanente.

Contratar auditoría externa con una empresa registrada la cual deberá

controlar de forma periódica, de acuerdo a las normas de auditoría

NAGA y normas internacionales NIA.

Page 18: Legislacion....Zona Franca

Certificaciones derivadas de relaciones laborales, contratos o

transacciones que acrediten experiencia en comercio exterior, aduanas y

actividades a desarrollar en la Zona Franca.

Cumplir con los requisitos establecidos en los siguientes literales del Art.

76 del Decreto 2685 de 1999:

Comprometerse a ejecutar el Plan Maestro General de Desarrollo y

cronogramas.

Si desea mayor información sobre Zonas Francas por favor descargue el

Manual de Zonas Francas.

Presentar un cronograma que precise el cumplimiento de:

a.    Cerramiento 100% antes del inicio de operaciones.

b.    Al final del quinto (5º) año siguiente a la declaratoria, debe haber 5

usuarios industriales de bienes o servicios, que entre todos sumen una

cifra superior a 46.000 S.M.M.L.V (US $11.8 millones) (No aplica para

Parques Industriales).

El Usuario Operador puede realizar la inversión de 46.000 S.M.M.L.V

(US $11.8 millones) pero manteniendo el requisito de tener al menos 5

Usuarios Industriales al 5 año de declaratoria de la zona franca.

11. Pasos para la Declaratoria de Zona Franca.

1. Preparar el Plan Maestro de Desarrollo, estudios de factibilidad y de ser el

caso, solicitar a la DIAN concepto previo sobre el área del proyecto.

2. Presentación del Plan Maestro y de los estudios de factibilidad ante la

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.

3. Revisión, análisis e informe de la Secretaría Técnica sobre el Plan Maestro

y sobre el concepto de viabilidad.

4. Evaluación de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.

5. Emisión del concepto sobre viabilidad de la Zona Franca y decisión sobre el

Plan Maestro.

Page 19: Legislacion....Zona Franca

6. Radicación de la solicitud de Declaratoria de Zona Franca por parte de la

persona jurídica interesada ante la DIAN.

7. Verificación de requisitos por parte de la DIAN.

8. Expedición de Resolución de declaratoria o negación de Zona Franca.

12. Pérdida de Declaratoria de Zona Franca.

12.1. Zona Franca Permanente.

• No se efectúe ni mantenga el cerramiento del 100% del área.

• No se cumpla con el Plan Maestro de Desarrollo.

• Al finalizar el quinto (5°) año no se cuente con mínimo cinco (5) usuarios

industriales de bienes o servicios.

• Al finalizar el quinto (5°) año no se hayan realizado inversiones por 46.000

S.M.M.L.V. (US $11.8 millones) por el usuario operador o los usuarios

industriales.

• No se mantengan al menos 5 Usuarios Industriales de bienes o servicios por

el término de declaratoria de la Zona Franca.

12.2. Zona Franca Permanente Especial - “Uniempresarial”.

• No se efectúe ni mantenga el cerramiento del 100% del área.

• No se cumpla con el Plan Maestro de Desarrollo.

• Al finalizar el 3er año no se haya ejecutado el 100%de la nueva inversión.

• Al finalizar el 3er año no se haya cumplido con el requisito de nuevos

empleos directos y formales.

• No se mantenga mínimo el 90% del total de empleos, después del 2° año de

puesta en marcha del proyecto.

• Cuando la entidad prestadora de salud no solicite acreditación dentro del

término previsto, o se le niegue la acreditación nacional o internacional.

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• Para inversiones pre-existentes solo aplica la causal de cerramiento del

100% del área.7

CONCLUSIONES

7 MANUAL PARA PRESENTACION DE SOLICITUDES DE DECLARATORIA DE ZONAS FRANCAS invierta en Colombia junio 2010 disponible en: http://www.inviertaencolombia.com.co/Adjuntos/090_Manual%20Zonas%20Francas%202010.pdf

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BIBLIOGRAFIA