LEGISLACIÓN-AMBIENTAL-1
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7/24/2019 LEGISLACIN-AMBIENTAL-1
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1. LEGISLACION AMBIENTAL
La legislacin ambiental o derecho ambiental es un complejo conjunto de tratados,
convenios, estatutos, reglamentos, y el derecho comn que, de manera muy amplia,
funcionan para regular la interaccin de la humanidad y el resto de los componentesbiofsicos o el medio ambiente, natural, hacia el fin de reducir los impactos de la actividad
humana, tanto en el medio natural y en la humanidad misma, a travs de:
La prevencin, la reduccin o el control de una fuga, descarga o emisin de
contaminantes ambientales. l control de sustancias o productos qumicos, otras sustancias, materiales o
desechos peligrosos o t!icos, y la diseminacin de informacin relacionada con
ello. La proteccin de la flora y fauna silvestres, incluso especies en peligro de
e!tincin, su h"bitat, y las "reas naturales bajo proteccin oficial, en el territorio.
#o incluye leyes o reglamentos ni sus disposiciones, directamente relacionados
con la seguridad e higiene en el trabajo.
$urante las ltimas dcadas se han producido varios hechos, como accidentes
medioambientales, problemas de salud, deterioro de la biosfera que ha provocado un
aumento de conciencia social respecto a la conservacin del medioambiente, y en
consecuencia un aumento en la legislacin relacionada.
$entro del amplio abanico de regulacin e!istente en la materia, podemos encontrar
normas de obligado cumplimiento y otra serie de regulaciones de car"cter voluntario, que
tienen car"cter de recomendaciones.%
La Ley &eneral $el 'mbiente, Ley #( )*+%% inteti-a el desarrollo normativo ambiental
precedente, incorporando nuevas tendencias e instituciones jurdicas. ' diferencia de su
antecedente, desarrolla una mejor sistem"tica, para el tulo /0 sobre la 1esponsabilidad
por da2o ambiental.
La legislacin ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los
problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido
dominar la naturale-a. l instruir e inducir al ser humano para que modere su
1 http://www.peruecologico.com.pe/
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comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educacin, pero e!igir ese
comportamiento a travs de la norma y la coaccin es propia del derecho.
l $erecho 'mbiental se desarroll como lgica respuesta a la necesidad de e!plotar los
recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y proteccin
del ambiente. u evolucin ha sido r"pida y progresiva, incorpor"ndose paulatinamente
en todas las ramas jurdicas y adquiriendo, a su ve-, autonoma propia como disciplina
vinculada con casi todas las ciencias.
1.1. NIVELES DE LEGISLACIN
egn su campo de aplicacin podemos clasificar la normativa medioambiental en cinco
niveles diferentes.
Internacional
ratados y convenios internacionales. Los estados deben ratificarlos para
que entren en vigor. 'lgunos ejemplos m"s destacados: 3onferencia de
stocolmoen %45), 3omisin 6undial sobre 6edio 'mbiente y $esarrolloen
%4*5,3onferencia de las #aciones 7nidas en 1o de 8aneiroen %44).
Europeo
Las $irectivas uropeas necesitan ser traspuestas al derecho interno de
cada stado. La mayor parte de la legislacin medioambiental estatal surge de la
trasposicin de $irectivas comunitarias. Los reglamentos son de obligado
cumplimiento y de aplicacin directa en todo el territorio comunitario. Legislacin
uropea.
Estatal
Leyes, 1eglamentos, 9rdenes 6inisteriales. Los 1eglamentos desarrollan
las Leyes, concretando su contenido y asegurando su ejecucin. on aprobadas a
travs de 1eales $ecretos, $ecretos Legislativos y $ecretos Ley. Las rdenes
ministeriales en cambio, son disposiciones legales en materias especficas emitidas
por los ministerios. oletn oficial del estado.
LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" #
http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.un-documents.net/wced-ocf.htmhttp://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?documentid=78&articleid=1163http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://www.boe.es/http://www.un-documents.net/wced-ocf.htmhttp://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?documentid=78&articleid=1163http://eur-lex.europa.eu/http://eur-lex.europa.eu/http://www.boe.es/http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97http://www.unep.org/Documents.Multilingual/Default.asp?DocumentID=97 -
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Autonmico
Leyes autonmicas, decretos y ordenaciones;resoluciones. imilar al
funcionamiento de la legislacin estatal, los decretos autonmicos desarrollan las
leyes autonmicas.
l stado establece las bases de la legislacin medioambiental y las
3omunidades 'utnomas pueden desarrollarlas y complementarlas cumpliendo
siempre con ciertas condiciones.
Municipal
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1.3. COMPETENCIAS
e asume la defensa jurdica del 6inisterio del 'mbiente ?6/#'6@ y de sus organismos
adscritos:
ervicio #acional de Areas =rotegidas ?ernanp@
/nstituto &eofsico del =er ?/&=@
/nstituto de /nvestigaciones de la 'ma-ona =eruana ?//'=@
ervicio #acional de 6eteorologa e Bidrologa del =er ?enamhi@' su ve-, asume la defensa jurdica del stado en cuanto a la comisin de delitos
ambientalesa nivel nacional.
1.4. DELITOS AMBIENTALES
La impunidad para los que cometen delitos contra el ambiente y los recursos naturales
lleg a su fin con la Ley )4)+CCque modifica el tulo D/// del 3digo =enal peruano, que
sanciona con penas mucho m"s duras los delitos ambientales. 7n ejemplo de la
aplicacin de la modificatoria del 3digo =enal han sido las multas a =luspetrol en torno a
las declaratorias de emergencia ambientalen cuencas de Loreto, y la pena privativa de la
libertad de E a2os sentenciada a tres pescadores que usaron dinamita para e!traer )FF
Gilos de especies marinas en el "mbito de la 1eserva #acional =aracas, importante
reserva marino costera del pas.
=recedentes como este dan cuenta de la efectividad de esta modificatoria, un logro del
6inisterio del 'mbiente, capacitado para ejercer adecuadamente las funciones de
fiscali-acin y control del cumplimiento de esta norma, ya que cuenta con juecesambientales y especialistas del 6inisterio =blico en todo el pas. stos pueden imponer
penas privativas de la libertad de tres a2os como mnimo y die- a2os como m"!imo,
dependiendo de la gravedad del delito.
LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" %
http://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/el-ministerio/organismos-adscritos/sernanp/http://www.igp.gob.pe/http://www.iiap.org.pe/http://www.senamhi.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/Delitos-ambientales-Ley.29263.pdfhttp://www.minam.gob.pe/cuencas/http://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/?el-ministerio=organismos-adscritoshttp://www.minam.gob.pe/el-ministerio/organismos-adscritos/sernanp/http://www.igp.gob.pe/http://www.iiap.org.pe/http://www.senamhi.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/Delitos-ambientales-Ley.29263.pdfhttp://www.minam.gob.pe/cuencas/ -
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n este espacio los lectores encontrar"n material para descargar como el pster de
delitos ambientales y el folleto de difusin de delitos ambientalesy modalidades
agravadas, detallados en sus cuatro captulos y )) artculos. 'lgunos de los delitos
ambientales considerados en el 3digo =enal son: delitos de contaminacin del ambiente>
el incumplimiento de las normas relacionadas al manejo de residuos slidos> el tr"ficoilegal de residuos peligrosos> el tr"fico ilegal de especies de flora y fauna silvestre
protegida, de especies acu"ticas, depredacin de flora y fauna silvestre> el tr"fico ilegal de
recursos genticos> delitos contra bosques o formaciones boscosas> el uso indebido de
tierras agrcolas> la alteracin del ambiente o paisaje> entre otros de vital importancia para
la defensa de un ambiente sano y seguro para los peruanos.
LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" &
http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/07delitosambientales.pdfhttp://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/07delitosambientales.pdf -
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1.5.
1.5.
SISTEMA
NACIONAL DE EVALUACIN DE
IMPACTO AMBIENTAL
l /'?istema #acional de valuacin de /mpacto 'mbiental@ es un sistema nico y
coordinado de identificacin, prevencin, supervisin y correccin anticipada de los
impactos ambientales negativos. st"n comprendidos tambin las polticas, planes y
programas de nivel nacional, regional y local que generen implicancias ambientales,
significativas, as como los proyectos de inversin pblica privada o de capital mi!to que
podran causar impactos ambientales negativos significativos.
1.6.POLTICA NACIONAL DE EDUCACIN AMBIENTAL
La =oltica nacional de educacin ambiental establece los objetivos, lineamientos de
poltica y resultados esperados en la formacin y fortalecimiento de la ciudadana que
requiere el desarrollo sostenible ambiental nacional.
LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" '
http://www.minam.gob.pe/seia/http://www.minam.gob.pe/seia/ -
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sta poltica es el resultado de un proceso liderado por los sectores ducacin y
'mbiente, con la activa participacin de entidades del sector pblico y la sociedad civil. n
su elaboracin hubo un amplio proceso de an"lisis, participacin y consulta pblica.
l presente gobierno a travs de los jes stratgicos de la &estin 'mbiental, priori-fortalecer la ciudadana, la comunicacin y educacin ambiental, siendo un primer paso la
aprobacin de la =oltica #acional de ducacin 'mbientaly su respectivo plan de
implementacin.
1.6.1. La imp!"a#$ia %& $#"a! $# '#a p()"i$a am*i"a( +'& #, p&!mi"a
'# %&,a!!(( ,,"i*(&
Las "reas naturales han sido deterioradas y han aumentado la cantidad de especies en
e!tincin, el hombre con su visin antropocntrica ha invadido espacios y puesto en
peligro el ambiente, as mismo los grados de contaminacin van en aumento y reducen
da a da la esperan-a de vida de cada uno de los pobladores de la regin y en mayor
magnitud la de generaciones futuras.
' nivel mundial esta preocupacin nos lleva a cambiar esa actitud e impartir polticas
adecuadas que nos permitan mejorar la calidad de vida de todos los seres vivos y cambiar
la ruta de caos a la que caminamos en el mundo moderno y consumista priori-ando el
inters de unos cuantos.l concepto de conservacin y uso sostenible de recursos se comen- a incluir desde la
primera reunin mundial sobre el medio ambiente en %45), desde entonces se
comen-aron aplicar polticas de proteccin del ambiente, en el =er recin el termino de
$esarrollo ostenible se incluy en las polticas ambientales a partir de la dcada de los
4F pero hasta el momento esta normatividad ha sido inefica- para el cuidado del
ambiente.
0ivir en un ambiente saludable es un derecho de todos y es deber del gobierno encaminar
a la nacin hacia una sociedad que se desarrolle de modo sostenible, as que debemossumar fuer-as en la investigacin, en el desarrollo adecuado de las estrategias a seguir
como una comunidad organi-ada y apoyada por las autoridades con un marco legal que
lo haga efectivo.
1.-.SOCIEDAD PEUANA DE DEEC/O AMBIENTAL 0SPDA
LEGISLACIN AMBIENTALPgi!" (
http://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/politica_nacional_educacion_ambiental_folleto_castellano12.pdfhttp://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2013/10/politica_nacional_educacion_ambiental_folleto_castellano12.pdf -
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s una asociacin civil sin fines de lucro que desde su fundacin en el a2o %4*+, ha
trabajado de manera ininterrumpida en la promocin de polticas y legislacin ambiental
en el =er, trabajo que nos ha convertido en una de las m"s reconocidas organi-aciones
latinoamericanas especiali-adas en el tema.
=romovemos y facilitamos la efectiva aplicacin de polticas y normas ambientales,participando activamente en el di"logo tcnico y poltico e interviniendo en defensa del
inters ciudadano en casos singulares. =ara apoyar la gestin pblica y privada de los
problemas ambientales, proponemos el uso de herramientas de planeamiento y gestin
especficas e invertimos en programas de educacin y capacitacin, promoviendo la
responsabilidad ambiental y social de las empresas y dem"s actores sociales, entre otros
frentes de actuacin vinculados a la articulacin efica- en el da a da, de las tres
dimensiones del desarrollo sostenible: ambiental, econmica y social.
3reemos en el proceso de descentrali-acin y en el importante papel que tienen los&obiernos 1egionales y 6unicipales en la bsqueda del desarrollo sostenible. =or ello,
adem"s de sus oficinas en Lima, la =$' cuenta con dos oficinas descentrali-adas en las
regiones Loreto y 6adre de $ios, y reali-a trabajos de enlace permanente en los
departamentos de 'ma-onas, an 6artn y 3usco.C
1..MINAM PBLICA COMPENDIO DE LEGISLACIN AMBIENTAL
PEUANA.
l 6inisterio del 'mbiente debe garanti-ar el cumplimiento de las normas ambientales,
concertando y coordinando con los tres niveles de gobierno, el sector empresarial, las
universidades y la sociedad civil. La $ireccin &eneral de =olticas, #ormas e
/nstrumentos de &estin 'mbiental del 0ice 6inisterio de &estin 'mbiental del 6inam,
en cumplimiento del mandato legal, ha fijado dentro de sus metas institucionales
$ http://www.)p*".org.pe/progr"m")+e+i!ici"ti,")/
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abastecer al sector pblico y a la sociedad civil con un 3ompendio de la Legislacin
'mbiental =eruana debidamente actuali-adoE.
1..E( O!a#i,m %& Ea('a$i7# 8 Fi,$a(i9a$i7# Am*i"a( 0OEFA
l
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pesquero industrial y acuicultura de mayor escala@ e industria ?cerve-a, papel, hormign,
cemento, yeso, curtiembre, biocombustible> y petroqumica intermedia y final@.
Las dem"s actividades econmicas se encuentran bajo la competencia de las ntidades
de Hiscali-acin 'mbiental ?H'@ de "mbito nacional, regional o local, que conforman el
inefa. 1especto de dichas entidades, el 3aptulo // $el 'mbiente y los 1ecursos
#aturales 'rt. )( inc.))I, ++(, +5(, +*(, +4(.
& http)://www.oe0".go.pe/
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L&8&,
Ley #( )*+%% Ley &eneral del 'mbiente Ley #( )5C%E Ley &eneral de 1esiduos Ley #( )545) Ley
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$ecreto upremo #( F%E;)FF5;6 6odifican 1eglamento 'mbiental para las
'ctividades de !ploracin 6inera. $ecreto upremo #( F%K;)FF5;'& 6odifican el 1eglamento de la Ley de Areas
#aturales =rotegidas. $ecreto upremo #( FC+;)FF5;=36 'prueban el =lan 'nual de ransferencia de
3ompetencias ectoriales a los &obiernos 1egionales y Locales del a2o )FF5. $ecreto upremo #( FKC;)FF5;6 'prueban 1eglamento de la Ley de =romocin
del 7so ficiente de la nerga+.
2.1.ESOLUCIONES< ODENAN=AS< LE>ES< DECETOS< DEL MEDIO
AMBIENTE EN LA EGIN DE A>ACUC/O.
1esolucin 6inisterial #I )C*;)F%K;6/#'6
'prueban el =roceso de 1econocimiento a la &estin 'mbiental Local ostenible &'L)F%K
Hecha de aprobacin: F4NF4N)F%K
1esoluciones #I %FKC; )F%E;6=BN'
=lan 'nual de valuacin y Hiscali-acin 'mbiental ?=L'#H'@
Hecha de aprobacin: )+N%)N)F%E
$ecretos 1egionales #I FFFE ;)F%E;&1'N=131'3/9# $ L' 6' O3#/3' $L /'1
Hecha de aprobacin: )*N%%N)F%E
1esoluciones #I *+K;)F%E &1'N=1
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Hecha de aprobacin: %4N%)N)F%C
1esoluciones #I #IK+);)F%C;6=N'
1esolucin de 'lcalda de =rocompite
Hecha de aprobacin: FEN%)N)F%C
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#10/'
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3. GEENTE GENEAL DE ECUSOS NATUALES > GESTION DEL
MEDIO AMBIENTE; ADIAN AME= ?UISPE ODVA /UAMAN>
/UELLA
La legislacin ambiental dio inicio con el ministerio del ambiente el )FF5 y )FF*.
La &erencia 1egional de 1ecursos #aturales y &estin del 6edio 'mbiente, es un rgano
de lnea del &obierno 1egional de 'yacucho> se crea conforme lo dispone la Ley #(
)5+*F, 1eforma 3onstitucional> Ley #( )55*C, ases de la $escentrali-acin> Ley #(
)54+5,
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informacin en forma digital, dando a conocer las actividades, logros y documentos
publicados en materia de: recursos naturales, gestin ambiental, biodiversidad, cambio
clim"tico, cartografa, proceso de evaluacin y control ambiental, as como las principales
acciones que se viene impulsando en materia de gestin de riesgo, cultura de prevencin
de desastres y comits tcnicos de defensa civil. l manejo adecuado de nuestrosrecursos naturales, requiere de la gestin gubernamental y la participacin ciudadana, ya
que, cada ve-, se denota la necesidad de reducir los da2os al ambiente, para conservar la
naturale-a, de la que depende toda forma de vida, incluida la del ser humano. s por ello,
que la responsabilidad compete a todos y cada uno de los 'yacuchanos, afn de hacer de
nuestro departamento, una reserva potencial de recursos naturales que nos brinde el
soporte necesario para vivir en equilibrio y armona para beneficio nuestro y de
futuras generaciones.
3.1. FUNCIONES jercer la evaluacin y control permanente de los recursos naturales renovables,
haciendo viables su conservacin y proteccin. jecutar inventarios permanentes de los recursos naturales renovables. 3oordinacin y promocin de alian-as con los sectores pblicos y privados para
un mejor desarrollo de los recursos naturales renovables. 3onducir las "reas naturales protegidas y proponer el reconocimiento de otros,
previo estudio. =roponer lineamientos de poltica y directivas en materia de manejo y
conservacin de suelos, cuencas y sus afluentes de cuencas y suelos. valuar, aprobar y supervisar estudios b"sicos, proyectos sobre recursos naturales
de la regin.
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CEPLANes un organismo tcnico especiali-ado que ejerce la rectora efectiva
del Si,"&ma Na$i#a( %& P(a#&ami" E,"!a"@i$conducindolo de manera
participativa, transparente y concertada, contribuyendo as al mejoramiento de la calidadde vida de la poblacin y al desarrollo sostenible del pas.*
AEAS POTEGIDAS
osque de =uyas 1aimondi =ampas de 'yacucho 1eserva nacional pampas galeras
stas "reas son protegidas ya que sin son da2adas por las personas se cometera delito
ambientalcon estos
patrimonios.
- http://www.cepl"!.go.pe/
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4. VISITA EN LA DIECCIN FOESTAL > DE FAUNA SILVESTE; BIOLOGO
ILLIAM A>ALA /INOSTO=A.
n la visita reali-ada el da mircoles )% de setiembre del )F%K a las %%:FF am al ilogo
Uilliam 'yala
Binostro-a quien
labora en el
6inisterio de'gricultura en la
"rea de
$/133/
-
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