legislación

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6) Móvil: En función de los altibajos del costo de vida para garantizar un mínimo de vida. Salario Vital: Se impone establecer estatalmente una remuneración mínima. La remuneración en efecto, debe satisfacer las necesidades vitales del dependiente, entendiendo por vital no solo la subsistencia física de él y de su familia, sino también la educación, instrucción y esparcimiento. 8) GARANTÍA A LA SEGURIDAD SOCIAL, LA CAPACITACIÓN, EL ADIESTRAMIENTO. Seguridad Social: Este principio tiene como fundamento proteger al trabajador de los riesgos que se puedan presentar a causa o por ocasión del trabajo. Capacitación: Consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla. Adiestramiento: Como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador más apto en el desempeño de la labor que normalmente corresponde. 9) ARTICULO 1o. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre (empleadores) y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. 10) DEFINICION DE TRABAJO. Se define como una actividad humana lícita y libre que una persona natural ejecuta al servicio de otra persona natural o jurídica. 11) ARTICULO 8o. LIBERTAD DE TRABAJO.

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6) Móvil: En función de los altibajos del costo de vida para garantizar un mínimo de vida.Salario Vital: Se impone establecer estatalmente una remuneración mínima.La remuneración en efecto, debe satisfacer las necesidades vitales del dependiente, entendiendo por vital no solo la subsistencia física de él y de su familia, sino también la educación, instrucción y esparcimiento.

8) GARANTÍA A LA SEGURIDAD SOCIAL, LA CAPACITACIÓN, EL ADIESTRAMIENTO.

Seguridad Social: Este principio tiene como fundamento proteger al trabajador de los riesgos que se puedan presentar a causa o por ocasión del trabajo.Capacitación: Consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla.Adiestramiento: Como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador más apto en el desempeño de la labor que normalmente corresponde.

9)  ARTICULO 1o. OBJETO. 

La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre (empleadores) y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.

10) DEFINICION DE TRABAJO.

Se define como una actividad humana lícita y libre que una persona natural ejecuta al servicio de otra persona natural o jurídica.

11) ARTICULO 8o. LIBERTAD DE TRABAJO.

 Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley.

12) ARTICULO 9o. PROTECCION AL TRABAJO. 

El trabajo goza de la protección del Estado, en la forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes. Los funcionarios públicos están obligados a prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus atribuciones.

EXPLICACION: El trabajo es un derecho fundamental de las personas, deberá gozar de la especial protección del Estado donde se presentan mecanismos que la propia Constitución y

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las leyes. Esta norma contiene una orientación de profundo contenido social y moral basada en el hecho social de la prestación de servicios. Están el intervencionismo del Estado en la economía tendiente a asegurar el pleno empleo, la seguridad social y la asistencia pública; la libertad de empresa; el salario mínimo; las normas que afirman y amplían los derechos humanos y el respeto a la dignidad de los trabajadores; las disposiciones que garantizan los derechos adquiridos y protegen al trabajo y al trabajador mediante la aplicación de los principios de equidad, justicia social, irrenunciabilidad a los beneficios, igualdad ante la ley, carácter de orden público de las normas laborales; así como en las políticas adoptadas por el Estado para procurar que toda persona pueda tener un puesto de trabajo que le proporcione una subsistencia apta, digna y decorosa.