Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs ...
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EstudioLegal
Institucional
Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
2014
EstudioLegal
Institucional
Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos
Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148
Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]
EstudioLegal
Institucional
Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos
Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148
Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA) Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) Fondo Mundial para el Ambiente (GEF)
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo en
Honduras sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs)
Estudio Legal Institucional
Actualizado al 2014 Agosto 2014
Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA)
Abg. Rigoberto Cuellar (Secretario de Estado, 2010-2013)
2014
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Dr. Roberto Cardona (Secretario de Estado, 2013-2014)
Ing. José Antonio Galdámez (Secretario de Estado, 2014)
Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)
Dr. Víctor Manuel Meléndez, Director
Dra. Alma Sabillón de Nájera, Subdirectora
Dra. Ana Gabriela Ramírez, Gestión de Productos Químicos
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI)
Dr. Alfredo Cueva, Director de Proyectos
Ing. Mireya Valladares, Coordinadora Nacional del Proyecto
Lic. Ángela Maldonado, Asistente Administrativo del Proyecto
Lic. María Elena Flores, Asistente Técnico del Proyecto
Abg. Claudia María Castro Valle, Consultora Responsable
Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA) Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) Fondo Mundial para el Ambiente (GEF)
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo en
Honduras sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs)
Estudio Legal Institucional
Actualizado al 2014 Agosto 2014
Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA)
Abg. Rigoberto Cuellar (Secretario de Estado, 2010-2013)
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Proyecto de Actualización del PNI del Convenio de Estocolmo sobre la Gestión de COPS en Honduras
Presentación
Secretario de Estado
Incluir Foto
Como Secretario de Estado en el Despacho de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas, puedo confirmar que una de las prioridades más inmediatas del Gobierno de Honduras reside en el bienestar de la población y su salud. El Gobierno ha hecho suya la protección del ambiente, comprometido con las obligaciones internacionales que ha ratificado, así como el cumplimiento de sus leyes nacionales y el fortalecimiento de su institucionalidad.
Habiendo suscrito el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en el año 2002, y habiéndolo ratificado tres años después, en el 2005, Honduras patentiza una vez más su compromiso con la protección del ambiente y la salud de su población, en particular, la de los grupos que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad: infantes, mujeres gestantes, mujeres lactantes, personas con discapacidades y personas de la tercera edad.
Honduras, con el apoyo del Fondo Global del Ambiente (GEF por sus siglas en inglés) y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), cumple con su obligación y compromiso de revisar y actualizar el Plan Nacional de Implementación (PNI) del Convenio de Estocolmo formulado en el año 2009, incorporando datos de interés que consideran los once nuevos Contaminantes Orgánicos Persistente suma el Convenio en su listado, sumando veinte y tres las sustancias reguladas al 2014. Esta ampliación ha hecho necesario que el país, por mandato de la Conferencia de la Partes, revise los compromisos que se ha impuesto para regular la gestión de estas sustancias, a lo largo de su ciclo de vida, a través de nuevas estrategias y estrategias de seguimiento de aquellas que estén vigentes o incompletas en su ejecución previa.
Para tal fin, el presente documento contiene el Estudio Legal e Institucional, el cual se ha desarrollado a cabo dentro uno de los componentes previstos en el proceso de actualización del PNI. Presenta un análisis detallado de las modificaciones que el ordenamiento jurídico nacional ha sufrido y que son relevantes para la gestión ambientalmente racional de productos químicos en general, y de los COPs en especial. También, detalla los vacíos y lagunas jurídicas que persisten y que necesitan ser abordados para que las obligaciones internacionales adquiridas sean resueltas satisfactoriamente.
El Estudio, presenta un análisis institucional que permite entender las capacidades reguladoras y de control que están asignadas en la legislación para la gestión de los COPs, frente a las acciones que el Estado de Honduras implementa, como un bagaje de conocimiento y análisis que sienta las bases para priorizar las estrategias en la realidad de su propio contexto y, que contribuyan a reducir y/o eliminar las amenazas de los COPs a la salud humana y el ambiente.
Se extiende un particular agradecimiento a la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos (CNG), a la Unidad Coordinadora de Proyecto en Honduras, al Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) y al resto de las instituciones claves por su invalorable contribución al esfuerzo intersectorial, interinstitucional e interdisciplinario de revisar y actualizar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, sus Estudios e Inventarios en Honduras.
Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras, 12 de septiembre de 2014.
Ing. José Antonio GaldamesSecretario de Estado
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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racionalde Productos Químicos en Honduras
Proyecto ActualizaciónPNI COPsHonduras
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Contenido
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Resumen Ejecutivo.
1. Introducción.
2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs.
3. Marco Teórico.
4. Metodología.
5. Resultados.
5.1. Marco Legal Actual.
5.1.1. Constitución de la República de Honduras.
5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs.
5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión
de COPs.
5.1.4. Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la Gestión
de COPs.
5.1.5. Legislación Nacional.
5.1.6. Normativa Legal decretada, publicada o en proceso de aprobación en el
marco del PNI 2009.
5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel
Nacional.
5.2. Marco Institucional.
5.2.1. Competencias Asignadas.
5.2.2. Recursos Disponibles.
5.2.3. Acciones Implementadas.
5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación.
5.4. Análisis del Cumplimiento de Indicadores 4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.
5.4.1. Indicador 4 de los Resultados del PNI 2009.
5.4.2. Indicador 5 de los Resultados del PNI 2009.
6. Conclusiones.
a. Marco Legal Nacional Vinculante.
b. Marco Legal Internacional Vinculante.
c. Marco Institucional Existente.
d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación.
7. Recomendaciones.
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37
3946
47
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8. Bibliografía.
9. Anexos
Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio.
Anexo 2. Preguntas de Investigación.
Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional.
Anexo 4. Instrumento de Validación.
Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional.
Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras.
Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
Índice de Tablas
Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs.
Tabla 2. Listado de las sustancias incluidas en los anexos A, B y C del Convenio de
Estocolmo.
Tabla 3. Sustancias propuestas para ser incluidas en el Convenio de Estocolmo.
Tabla 4. Instrumentos Jurídicos vigencia desde 2009 relevantes para la gestión de COPs.
Tabla 5. Convenios parte de la Agenda Química Internacional, que han sido ratificados o a
los que se ha adherido el Estado de Honduras.
Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano.
Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado
en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las
obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo.
Tabla 8. Instituciones a las que se les asigna competencias relevantes para la gestión de
COPs en los Instrumentos Jurídicos que han sido aprobados entre 2009 y el primer
semestre de 2014.
Tabla 9. Funciones de regulación atribuidas a dependencias gubernamentales en la
legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 al primer semestre de 2014 de
acuerdo al ciclo de vida.
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Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la
legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014
de acuerdo al ciclo de vida.
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras.
Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015.
Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos
2010-2013 en Honduras.
Tabla 14. Cooperación Interinstitucional para la gestión de Productos Químicos.
Índice de Figuras
Figura 1. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en el ámbito
internacional.
Figura 2. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en Honduras.
Figura 3. Metodología utilizada en el Estudio Legal-Institucional
Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21.
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525354
57
19
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Abreviaturas
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Siglas
ANC Autoridad Nacional Competente
CAFTA-RD Tratado de Libre Comercio entre Centro América, Estados Unidos y
República Dominicana
CESCCO Centro de Estudios y Control de Contaminantes
CGG Coordinación General de Gobierno
CMNUCC Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
CNG Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los
Productos Químicos
CONASA Comisión Nacional de Agua Potable y Saneamiento
CONEANFO Comisión Nacional para el Desarrollo de la Educación Alternativa No
Formal
COPECO Comité Permanente de Contingencias
COPs Contaminantes Orgánicos Persistentes
DDT Dicloro Difenil Tricloroetano
DECA Dirección de Evaluación y Control Ambiental
DGA Dirección de Gestión Ambiental
DGPQ Departamento para la Gestión de Productos Químicos
ENEE Empresa Nacional de Energía Eléctrica
ESCASAL Escuela y Casa Saludable
FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
(por sus siglas en inglés)
FISQ Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química
GEF Fondo Mundial para el Ambiente (por sus siglas en inglés)
HCH Hexaclorociclohexano
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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y
Vida Silvestre
INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional
INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1
INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos
ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)
LANAR Laboratorio Nacional de Residuos
LOT Ley de Ordenamiento Territorial
MPA Mejores Prácticas Ambientales
MTD Mejores Técnicas Disponibles
OIT Organización Internacional del Trabajo
OMS Organización Mundial de la Salud
ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial
PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)
PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PEI Plan Estratégico Institucional
PN Policía Nacional
PNI Plan Nacional de Implementación
POA Plan Operativo Anual
RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
RTCA Reglamento Técnico Centroamericano
1 De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA. 2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida
ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y
Vida Silvestre
INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional
INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1
INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos
ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)
LANAR Laboratorio Nacional de Residuos
LOT Ley de Ordenamiento Territorial
MPA Mejores Prácticas Ambientales
MTD Mejores Técnicas Disponibles
OIT Organización Internacional del Trabajo
OMS Organización Mundial de la Salud
ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial
PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)
PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PEI Plan Estratégico Institucional
PN Policía Nacional
PNI Plan Nacional de Implementación
POA Plan Operativo Anual
RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
RTCA Reglamento Técnico Centroamericano
1 De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA. 2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida
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ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y
Vida Silvestre
INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional
INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1
INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos
ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)
LANAR Laboratorio Nacional de Residuos
LOT Ley de Ordenamiento Territorial
MPA Mejores Prácticas Ambientales
MTD Mejores Técnicas Disponibles
OIT Organización Internacional del Trabajo
OMS Organización Mundial de la Salud
ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial
PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)
PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)
PEI Plan Estratégico Institucional
PN Policía Nacional
PNI Plan Nacional de Implementación
POA Plan Operativo Anual
RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
RTCA Reglamento Técnico Centroamericano
1 De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA. 2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida
SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería
SAICM Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel
Internacional (por sus siglas en inglés)
SDE Secretaría de Desarrollo Económico
SED Secretaría de Educación
SEFIN Secretaría de Finanzas
SEPLAN Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa2
SERNA Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SESAL Secretaría de Salud
SIC Secretaría de Industria y Comercio3
SIECA Secretaría de Integración Económica Centroamericana
SINAGER Sistema Nacional de Gestión de Riesgos
SINEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
SINIA Sistema Nacional de Información Ambiental
STSS Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
UNAH Universidad Nacional Autónoma de Honduras
UNITEC Universidad Tecnológica Centroamericana
2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida por la Secretaría de Desarrollo Económico.
SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería
SAICM Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel
Internacional (por sus siglas en inglés)
SDE Secretaría de Desarrollo Económico
SED Secretaría de Educación
SEFIN Secretaría de Finanzas
SEPLAN Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa2
SERNA Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
SESAL Secretaría de Salud
SIC Secretaría de Industria y Comercio3
SIECA Secretaría de Integración Económica Centroamericana
SINAGER Sistema Nacional de Gestión de Riesgos
SINEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
SINIA Sistema Nacional de Información Ambiental
STSS Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
UNAH Universidad Nacional Autónoma de Honduras
UNITEC Universidad Tecnológica Centroamericana
2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida por la Secretaría de Desarrollo Económico.
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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Resumen Ejecutivo
Resumen Ejecutivo
En el presente Estudio Legal Institucional se describe el recorrido del Estado de Honduras en la
gestión de sustancias que son objeto del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos
Persistentes (COPs), el cual inicia antes de que éste se hubiera pactado. Se establece
cronológicamente cómo Honduras ha suscrito y ratificado el instrumento antes mencionado, y la
designación que ha hecho de la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
(SERNA) como la Autoridad Nacional Competente responsable de su operativización. Se relata el
impacta de la demora en el proceso de ratificación para el cumplimiento por el Estado de Honduras
de las obligaciones adquiridas, particularmente en la elaboración y puesta en marcha del Plan
Nacional de Implementación. También, se describe los logros significativos en el proceso de
implementación hasta la actualidad desde la perspectiva normativa, institucional y técnica, así como
los principales avances en la vinculación que se ha hecho entre las estrategias de gestión de COPs y
los planes nacionales de desarrollo.
En el Marco Teórico del Estudio se plantea el objetivo que se pretende alcanzar por medio de la
operativización del Convenio de Estocolmo basado en el ciclo de vida de los COPs, permitiendo
entender la situación del Estado de Honduras con relación a la gestión racionalmente ambiental de
estas sustancias. Se incluye en ese apartado una explicación de las obligaciones adquiridas por el país
con la suscripción y ratificación del Convenio, así como la resolución de la Conferencia de las Partes
que impulsó la actualización del Plan Nacional de Implementación.
En el apartado dedicado a la Metodología se plantea los instrumentos y mecanismos de valoración
cualitativa de: los cambios del marco jurídico que incidió en la gestión de COPs desde el 2009 hasta
el 2014; la influencia PNI 2009 en la incorporación de la gestión de COPs en la legislación nacional;
la distribución de las capacidades institucionales; y, determinar las acciones que han sido o que están
siendo ejecutadas y aquellas que están planificadas por estas entidades.
En el Capítulo dedicado a los Resultados, se identifica el marco jurídico nacional e internacional
relevante para la gestión de COPs que ha entrado en vigencia desde 2009 como referencia para
determinar los vacíos normativos e institucionales que aún existen. Se analiza las capacidades
institucionales y de infraestructura recientes, y su relación con el proceso nacional de planificación.
Esto se complementa con la descripción de los recursos disponibles a nivel nacional para abordar las
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SERNA / ONUDI / GEF
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Resumen Ejecutivo
En el presente Estudio Legal Institucional se describe el recorrido del Estado de Honduras en la
gestión de sustancias que son objeto del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos
Persistentes (COPs), el cual inicia antes de que éste se hubiera pactado. Se establece
cronológicamente cómo Honduras ha suscrito y ratificado el instrumento antes mencionado, y la
designación que ha hecho de la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
(SERNA) como la Autoridad Nacional Competente responsable de su operativización. Se relata el
impacta de la demora en el proceso de ratificación para el cumplimiento por el Estado de Honduras
de las obligaciones adquiridas, particularmente en la elaboración y puesta en marcha del Plan
Nacional de Implementación. También, se describe los logros significativos en el proceso de
implementación hasta la actualidad desde la perspectiva normativa, institucional y técnica, así como
los principales avances en la vinculación que se ha hecho entre las estrategias de gestión de COPs y
los planes nacionales de desarrollo.
En el Marco Teórico del Estudio se plantea el objetivo que se pretende alcanzar por medio de la
operativización del Convenio de Estocolmo basado en el ciclo de vida de los COPs, permitiendo
entender la situación del Estado de Honduras con relación a la gestión racionalmente ambiental de
estas sustancias. Se incluye en ese apartado una explicación de las obligaciones adquiridas por el país
con la suscripción y ratificación del Convenio, así como la resolución de la Conferencia de las Partes
que impulsó la actualización del Plan Nacional de Implementación.
En el apartado dedicado a la Metodología se plantea los instrumentos y mecanismos de valoración
cualitativa de: los cambios del marco jurídico que incidió en la gestión de COPs desde el 2009 hasta
el 2014; la influencia PNI 2009 en la incorporación de la gestión de COPs en la legislación nacional;
la distribución de las capacidades institucionales; y, determinar las acciones que han sido o que están
siendo ejecutadas y aquellas que están planificadas por estas entidades.
En el Capítulo dedicado a los Resultados, se identifica el marco jurídico nacional e internacional
relevante para la gestión de COPs que ha entrado en vigencia desde 2009 como referencia para
determinar los vacíos normativos e institucionales que aún existen. Se analiza las capacidades
institucionales y de infraestructura recientes, y su relación con el proceso nacional de planificación.
Esto se complementa con la descripción de los recursos disponibles a nivel nacional para abordar las
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necesidades identificadas. Este Capítulo concluye con el análisis del cumplimiento de los Indicadores
4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.
El Estudio finaliza con una serie de conclusiones y recomendaciones en las que se recoge los aportes
más relevantes de los resultados obtenidos, y dictan la pauta para la elaboración del marco
estratégico en el que se basará la actualización de las estrategias de fortalecimiento legal e
institucional del PNI 2015.
1. Introducción
El problema ambiental puede manifestarse de diferentes formas, algunas perceptibles, otras no, pero
que constituyen verdaderos obstáculos para el desarrollo sostenible, y peligros para la salud humana.
Estas manifestaciones son normalmente consecuencia del desarrollo tecnológico e industrial, siendo
la misma humanidad la víctima de sus efectos, particularmente aquellos grupos que, por sus
condiciones de vulnerabilidad, ameritan una tutela especial del Estado. En esta categoría se incluye
especialmente a la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las personas con necesidades
especiales y los adultos mayores, quienes pueden ser más susceptibles a sus efectos y atentar contra
sus derechos más básicos dadas las condiciones actuales y los factores contaminantes.
Esa preocupación por la salud humana y por el ambiente llevó a la aprobación el Convenio de
Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en el 2001, tratando de reducir los efectos
causados por productos químicos altamente peligrosos, mediante su restricción o eliminación. En
dicha Convención los Estados Parte se comprometieron a preparar e implementar un plan para el
cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el Convenio.
El Convenio de Estocolmo aborda veintitrés (23) sustancias contaminantes orgánicas persistentes,
de las cuales algunas son plaguicidas tales como la aldrina, el alfa hexaclorociclohexano y beta
hexaclorociclohexano, clordano, clordecona, dicloro difenil tricloroetano (DDT), dieldrina, andrina,
heptacloro, hexaclorobenceno, lindano, mirex, pentaclorobenceno y toxafeno; otras son de uso
industrial como el hexabromobifenilo, los éteres tetra, penta, hexa y heptabromodifenilo, el ácido
sulfónico perfluorooctano y sus sales, y el pentaclorobenceno. Además incluye subproductos no
intencionales tales como las dibenzodioxinas policloradas (dioxinas) y los dibenzofuranos
policlorados (furanos).
Originalmente, sólo doce (12) de estas sustancias eran reguladas por el Convenio, sin embargo, éste
sufre modificaciones desde 2009 que hacen necesario que los Estados Parte revisen los planes de
acción propuestos, y los actualicen para que puedan cumplir a cabalidad las nuevas obligaciones del
Tratado. Estas enmiendas a los anexos A, B y C del texto del Convenio incluirán los nuevos
contaminantes orgánicos persistentes, que vendrán a sumarse a la docena inicial que era contenida
por el Tratado, siendo algunos de ellos pesticidas, pero la mayoría, químicos de uso industrial.
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SERNA / ONUDI / GEF
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necesidades identificadas. Este Capítulo concluye con el análisis del cumplimiento de los Indicadores
4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.
El Estudio finaliza con una serie de conclusiones y recomendaciones en las que se recoge los aportes
más relevantes de los resultados obtenidos, y dictan la pauta para la elaboración del marco
estratégico en el que se basará la actualización de las estrategias de fortalecimiento legal e
institucional del PNI 2015.
1. Introducción
El problema ambiental puede manifestarse de diferentes formas, algunas perceptibles, otras no, pero
que constituyen verdaderos obstáculos para el desarrollo sostenible, y peligros para la salud humana.
Estas manifestaciones son normalmente consecuencia del desarrollo tecnológico e industrial, siendo
la misma humanidad la víctima de sus efectos, particularmente aquellos grupos que, por sus
condiciones de vulnerabilidad, ameritan una tutela especial del Estado. En esta categoría se incluye
especialmente a la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las personas con necesidades
especiales y los adultos mayores, quienes pueden ser más susceptibles a sus efectos y atentar contra
sus derechos más básicos dadas las condiciones actuales y los factores contaminantes.
Esa preocupación por la salud humana y por el ambiente llevó a la aprobación el Convenio de
Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en el 2001, tratando de reducir los efectos
causados por productos químicos altamente peligrosos, mediante su restricción o eliminación. En
dicha Convención los Estados Parte se comprometieron a preparar e implementar un plan para el
cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el Convenio.
El Convenio de Estocolmo aborda veintitrés (23) sustancias contaminantes orgánicas persistentes,
de las cuales algunas son plaguicidas tales como la aldrina, el alfa hexaclorociclohexano y beta
hexaclorociclohexano, clordano, clordecona, dicloro difenil tricloroetano (DDT), dieldrina, andrina,
heptacloro, hexaclorobenceno, lindano, mirex, pentaclorobenceno y toxafeno; otras son de uso
industrial como el hexabromobifenilo, los éteres tetra, penta, hexa y heptabromodifenilo, el ácido
sulfónico perfluorooctano y sus sales, y el pentaclorobenceno. Además incluye subproductos no
intencionales tales como las dibenzodioxinas policloradas (dioxinas) y los dibenzofuranos
policlorados (furanos).
Originalmente, sólo doce (12) de estas sustancias eran reguladas por el Convenio, sin embargo, éste
sufre modificaciones desde 2009 que hacen necesario que los Estados Parte revisen los planes de
acción propuestos, y los actualicen para que puedan cumplir a cabalidad las nuevas obligaciones del
Tratado. Estas enmiendas a los anexos A, B y C del texto del Convenio incluirán los nuevos
contaminantes orgánicos persistentes, que vendrán a sumarse a la docena inicial que era contenida
por el Tratado, siendo algunos de ellos pesticidas, pero la mayoría, químicos de uso industrial.
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs
Al adquirir la sociedad internacional la certeza de que los COPs significaban una amenaza a la salud
humana y al ambiente, el Programa de Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA), solicita en
1995 sea llevado a cabo un proceso internacional de evaluación de una lista inicial de doce
sustancias, la que posteriormente será conocida como la “docena sucia”.
12 COPs Iniciales 11 Nuevos COPs 1. Aldrina 2. Clordano 3. DDT 4. Dieldrina 5. Endrina 6. Heptacloro 7. Hexaclorobenceno 8. Mírex 9. Toxafeno 10. Bifenilos Policlorados 11. Dibenzodioxinas
policloradas 12. Dibenzofuranos
policlorados
1. Clordecona 2. Alfa-hexaclorociclohexano 3. Beta- hexaclorociclohexano 4. Lindano 5. Pentaclorobenceno 6. Hexabromobifenilo 7. Éter de hexabromodifenilo y
éter de heptabromodifenilo 8. Ácido perfluorooctano
sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo
9. Éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo
10. Endosulfán 11. Hexabromociclododecano
Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Dicho proceso incluyó la participación del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) y
de la Organización Mundial de la Salud (OMS), demostrando la necesidad de crear un instrumento
internacional que regulara las formas más adecuadas de reducción o eliminación de las emisiones de
esas doce (12) sustancias, para minimizar los riesgos que generaban. La Convención que fue
diseñada con ese propósito, fue adoptada y abierta para firma en la Conferencia de Plenipotenciarios
celebrada en Estocolmo, Suecia, en mayo de 2001, y entró en vigencia tres años después, en mayo de
2004. A continuación se presentan los principales hitos históricos relevantes para la gestión de COPs
a nivel internacional.
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SERNA / ONUDI / GEF
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2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs
Al adquirir la sociedad internacional la certeza de que los COPs significaban una amenaza a la salud
humana y al ambiente, el Programa de Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA), solicita en
1995 sea llevado a cabo un proceso internacional de evaluación de una lista inicial de doce
sustancias, la que posteriormente será conocida como la “docena sucia”.
12 COPs Iniciales 11 Nuevos COPs 1. Aldrina 2. Clordano 3. DDT 4. Dieldrina 5. Endrina 6. Heptacloro 7. Hexaclorobenceno 8. Mírex 9. Toxafeno 10. Bifenilos Policlorados 11. Dibenzodioxinas
policloradas 12. Dibenzofuranos
policlorados
1. Clordecona 2. Alfa-hexaclorociclohexano 3. Beta- hexaclorociclohexano 4. Lindano 5. Pentaclorobenceno 6. Hexabromobifenilo 7. Éter de hexabromodifenilo y
éter de heptabromodifenilo 8. Ácido perfluorooctano
sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo
9. Éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo
10. Endosulfán 11. Hexabromociclododecano
Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Dicho proceso incluyó la participación del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) y
de la Organización Mundial de la Salud (OMS), demostrando la necesidad de crear un instrumento
internacional que regulara las formas más adecuadas de reducción o eliminación de las emisiones de
esas doce (12) sustancias, para minimizar los riesgos que generaban. La Convención que fue
diseñada con ese propósito, fue adoptada y abierta para firma en la Conferencia de Plenipotenciarios
celebrada en Estocolmo, Suecia, en mayo de 2001, y entró en vigencia tres años después, en mayo de
2004. A continuación se presentan los principales hitos históricos relevantes para la gestión de COPs
a nivel internacional.
Figura 1. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en el ámbito internacional (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Sin embargo, el Gobierno de Honduras comenzó su propio camino para la regulación de algunas de
estas sustancias, antes del proceso descrito. Para tal efecto, emite la resolución 09-91 del 9 de mayo
de 1991, y prohíbe el registro de las siguientes sustancias: Aldrin, Amitrole, B.H.C., Compuestos
Mercuriales, Mercuriales y de Plomo, 2, 4, 5-T, Dieldrin, Dinozeb, Etyl Paration o Paration,
Heptacloro, Lindano, Mirex, Toxafeno y Terbutilazina, seis de las cuales son ahora COPs.
Tres (3) años después, el Gobierno de la República emite la resolución 17-91 del 23 de septiembre
de 1991 de 1994 restringiendo el uso del Endosulfán, aunque esta posteriormente fue derogada por
la resolución 02-94. Cinco (5) años más tarde, emite también la resolución 014-99 del 17 de junio de
1999 prohibiendo el registro de manera indefinida del Clordano, Captafol y Dicofol.
El Convenio de Estocolmo es suscrito por el Estado de Honduras el 17 de mayo de 2002, lo
aprueba mediante Decreto 24-2004 en diciembre de 2004, y lo ratifica el 23 de mayo de 2005,
entrando en vigencia para este país el 21 de agosto del mismo año. Al incorporarse Honduras como
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Estado Parte del Convenio, adquiere la obligación internacional de presentar un Plan Nacional de
Implementación (PNI), requerido por el artículo 7 del texto convencional4.
Entre los años 2006 y 2009 se ejecuta el Proyecto “Asistir al Gobierno de Honduras a cumplir con
sus obligaciones bajo el convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
(COPs)” (2006-2009), conocido como PNI-COPs, coordinado por la SERNA a través de CESCCO,
bajo la administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y con
recursos financieros del Fondo Mundial del Ambiente (GEF, por sus siglas en inglés), con el
objetivo puntual de elaborar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para
Honduras. Dicha obligación es cumplida el 13 de enero de 2010, como resultado del Proyecto PNI-
COPs.
Posteriormente, a partir de 2011 y vigente hasta el 2015, se está implementado el Proyecto
“Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión y Reducción de las Emisiones COPs en Honduras”,
conocido como COPs 2, el cual tiene por objetivo reducir los riesgos a la salud y al ambiente de los
COPs, por medio de la aplicación de los principios de la gestión ambientalmente racional de
productos químicos en el contexto del Plan Nacional de Implementación del Convenio de
Estocolmo en Honduras.
A continuación se presenta los hitos históricos más relevantes para la gestión de COPs en Honduras.
4 El Artículo 7 de la Convención de Estocolmo, refiriéndose a los planes de aplicación establece que: “1. Cada Parte: (a) Elaborará un plan para el cumplimiento de sus obligaciones emanadas del presente Convenio y se esforzará en aplicarlo; (b) Transmitirá su plan de aplicación a la Conferencia de las Partes dentro de un plazo de dos años a partir de la fecha en que el presente Convenio entre en vigor para dicha Parte; y (c) Revisará y actualizará, según corresponda, su plan de aplicación a intervalos periódicos y de la manera que determine una decisión de la Conferencia de las Partes”.
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SERNA / ONUDI / GEF
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Estado Parte del Convenio, adquiere la obligación internacional de presentar un Plan Nacional de
Implementación (PNI), requerido por el artículo 7 del texto convencional4.
Entre los años 2006 y 2009 se ejecuta el Proyecto “Asistir al Gobierno de Honduras a cumplir con
sus obligaciones bajo el convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
(COPs)” (2006-2009), conocido como PNI-COPs, coordinado por la SERNA a través de CESCCO,
bajo la administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y con
recursos financieros del Fondo Mundial del Ambiente (GEF, por sus siglas en inglés), con el
objetivo puntual de elaborar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para
Honduras. Dicha obligación es cumplida el 13 de enero de 2010, como resultado del Proyecto PNI-
COPs.
Posteriormente, a partir de 2011 y vigente hasta el 2015, se está implementado el Proyecto
“Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión y Reducción de las Emisiones COPs en Honduras”,
conocido como COPs 2, el cual tiene por objetivo reducir los riesgos a la salud y al ambiente de los
COPs, por medio de la aplicación de los principios de la gestión ambientalmente racional de
productos químicos en el contexto del Plan Nacional de Implementación del Convenio de
Estocolmo en Honduras.
A continuación se presenta los hitos históricos más relevantes para la gestión de COPs en Honduras.
4 El Artículo 7 de la Convención de Estocolmo, refiriéndose a los planes de aplicación establece que: “1. Cada Parte: (a) Elaborará un plan para el cumplimiento de sus obligaciones emanadas del presente Convenio y se esforzará en aplicarlo; (b) Transmitirá su plan de aplicación a la Conferencia de las Partes dentro de un plazo de dos años a partir de la fecha en que el presente Convenio entre en vigor para dicha Parte; y (c) Revisará y actualizará, según corresponda, su plan de aplicación a intervalos periódicos y de la manera que determine una decisión de la Conferencia de las Partes”.
Figura 2. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en Honduras (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND,
2014).
En dicho Plan Nacional se le da prioridad al establecimiento de un mecanismo de coordinación y
organización del proceso que es liderado por la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente
y Minas (SERNA), en su rol de Autoridad Nacional Competente, por medio del Centro de Estudio y
Control de Contaminantes (CESCCO), Punto Focal del Convenio. En ese marco se crea el Comité
Nacional para la Gestión Racional de Sustancias Químicas y Residuos Peligrosos, ahora Comisión
Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos (CNG).
El Plan Nacional 2009 incluyó seis (6) objetivos estratégicos: a) reducción del riesgo de la población
frente a los plaguicidas COPs; b) reducción del riesgo de la población frente a los PCBs basada en
una gestión ambientalmente racional; c) reducción de las liberaciones de dioxinas y furanos en las
fuentes de emisión priorizadas; d) armonización e implementación de las disposiciones establecidas
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en el marco legal; e) creación de las capacidades y estructuras institucionales para la gestión
ambientalmente racional de las sustancias químicas; y, f) educación y sensibilización de la población
hondureña sobre la importancia de la gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas,
con énfasis en COPs.
De acuerdo al artículo 15 del Convenio5, los Estados Parte adquieren también la obligación de
reportar a la Conferencia de las Partes cada cuatro (4) años sobre las medidas que ha tomado para
implementar lo acordado, así como de la efectividad de estas para alcanzar los objetivos planteados.
La relevancia de estos reportes radica en que son la referencia más importante que tiene dicha
Conferencia para evaluar la efectividad del Convenio.
Honduras no cumple con el envío del reporte cuya fecha límite de entrega era el 31 de julio de 2007,
ya que aún no había presentado el Plan Nacional de Implementación. La segunda ronda de reportes
de las partes, programada para el 31 de octubre de 2010, se prolongó hasta el 31 de julio de 2011. La
SERNA en representación del Estado de Honduras remite el reporte a la Conferencia de las Partes
con retraso, el 27 de enero de 20126.
En el reporte del 2012 se estableció que el Estado de Honduras había desarrollado un Plan Nacional
de Implementación refrendado como parte de una estrategia de desarrollo sostenible. En el mismo
documento se aclara que el PNI aún no había sido actualizado para abordar los nuevos COPs
agregados a los anexos de la Convención a partir de 2009.
Además, el documento señala que las principales fuentes de contaminación identificadas son la
generación de energía eléctrica, la quema a cielo abierto, la producción minera y la disposición e
incineración de residuos. Establece que en el país no se produce ninguna de las sustancias incluidas
en los Anexos A y B de la Convención. Con relación al artículo 3, párrafo 2(b) del Convenio7, y se
reporta que en el 2000 el país exportó a los Países Bajos, Clordano, Hexaclorobenceno y DDT, para
5 Por su parte, el Artículo 15 del mismo Convenio, al indicar la obligación de la presentación de informes señala: “1. Cada Parte informará a la Conferencia de las Partes sobre las medidas que haya adoptado para aplicar las disposiciones del presente Convenio y sobre la eficacia de esas medidas para el logro de los objetivos del Convenio”. 6 Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras, 2012, disponible en http://www.pops.int/Art15/Print/Print.aspx 7 El artículo 3 de la Convención de Estocolmo se refiere a las medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales. Específicamente el párrafo 2(b) se refiere a la posibilidad de exportar estas sustancias, únicamente para fines de su eliminación ambientalmente racional, a una Parte que tiene autorización para utilizar ese producto químico, o a un Estado que no es Parte en el presente Convenio, que haya otorgado una certificación anual a la Parte exportadora”.
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SERNA / ONUDI / GEF
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en el marco legal; e) creación de las capacidades y estructuras institucionales para la gestión
ambientalmente racional de las sustancias químicas; y, f) educación y sensibilización de la población
hondureña sobre la importancia de la gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas,
con énfasis en COPs.
De acuerdo al artículo 15 del Convenio5, los Estados Parte adquieren también la obligación de
reportar a la Conferencia de las Partes cada cuatro (4) años sobre las medidas que ha tomado para
implementar lo acordado, así como de la efectividad de estas para alcanzar los objetivos planteados.
La relevancia de estos reportes radica en que son la referencia más importante que tiene dicha
Conferencia para evaluar la efectividad del Convenio.
Honduras no cumple con el envío del reporte cuya fecha límite de entrega era el 31 de julio de 2007,
ya que aún no había presentado el Plan Nacional de Implementación. La segunda ronda de reportes
de las partes, programada para el 31 de octubre de 2010, se prolongó hasta el 31 de julio de 2011. La
SERNA en representación del Estado de Honduras remite el reporte a la Conferencia de las Partes
con retraso, el 27 de enero de 20126.
En el reporte del 2012 se estableció que el Estado de Honduras había desarrollado un Plan Nacional
de Implementación refrendado como parte de una estrategia de desarrollo sostenible. En el mismo
documento se aclara que el PNI aún no había sido actualizado para abordar los nuevos COPs
agregados a los anexos de la Convención a partir de 2009.
Además, el documento señala que las principales fuentes de contaminación identificadas son la
generación de energía eléctrica, la quema a cielo abierto, la producción minera y la disposición e
incineración de residuos. Establece que en el país no se produce ninguna de las sustancias incluidas
en los Anexos A y B de la Convención. Con relación al artículo 3, párrafo 2(b) del Convenio7, y se
reporta que en el 2000 el país exportó a los Países Bajos, Clordano, Hexaclorobenceno y DDT, para
5 Por su parte, el Artículo 15 del mismo Convenio, al indicar la obligación de la presentación de informes señala: “1. Cada Parte informará a la Conferencia de las Partes sobre las medidas que haya adoptado para aplicar las disposiciones del presente Convenio y sobre la eficacia de esas medidas para el logro de los objetivos del Convenio”. 6 Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras, 2012, disponible en http://www.pops.int/Art15/Print/Print.aspx 7 El artículo 3 de la Convención de Estocolmo se refiere a las medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales. Específicamente el párrafo 2(b) se refiere a la posibilidad de exportar estas sustancias, únicamente para fines de su eliminación ambientalmente racional, a una Parte que tiene autorización para utilizar ese producto químico, o a un Estado que no es Parte en el presente Convenio, que haya otorgado una certificación anual a la Parte exportadora”.
su disposición final. En la siguiente tabla se enumeran las sustancias incluidas en los anexos A, B y C
del Convenio de Estocolmo.
Anexo A Eliminación
Anexo B Restricción
Anexo C Producción No Intencional
- Aldrina - Alfa-hexaclorociclohexano - Beta- hexaclorociclohexano - Beta-clordano - Clordecona - Dieldrina - Edrina - Heptacloro - Hexabromobifenilo - Éter de hexabromodifenilo y éter
de heptabromodifenilo - Hexaclorobenceno - Lindano - Mírex - Pentaclorobenceno - Bifenilos policlorados - Éter de tetrabromodifenilo y éter
de pentabromodifenilo - Toxafeno - Hexabromociclododecano
- DDT - Ácido perfluorooctano
sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo
- Hexaclorobenceno - Pentaclorobenceno - Bifenilos Policlorados - Dibenzoparadioxinas
policloradas y dibenzofuranos policlorados
Tabla 2. Listado de las sustancias incluidas en los anexos A, B y C del Convenio de Estocolmo (Organización de Naciones Unidas, Convenio enmendado sobre contaminantes orgánicos persistentes (COPs), Estocolmo, 2009).
Se señala que la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos
Químicos en Honduras (CNG) es el mecanismo oficial de intercambio de información sobre el
Convenio. Con relación a la CNG, los adelantos desde la perspectiva jurídica son amplios, pues en el
año 2013 se logró la aprobación del Decreto Ejecutivo de creación para esta Comisión8. Además, se
logró se aprobara la Política Nacional de Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos9y en
mayo de 2014 el Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos
Policlorados (PCB).
Es necesario en este apartado establecer que los esfuerzos que se han realizado en Honduras para
cumplir con las obligaciones del Convenio de Estocolmo, han estado en sintonía con la Agenda 21,
8 Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,206 de 19 de agosto de 2013. 9 Decreto Ejecutivo PCM 029-2013, Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,201 de 13 de agosto de 2013.
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suscrita en 1992 en la Cumbre de Río, en la que se considera que la gestión ambientalmente racional
de los productos químicos debe realizarse enfocándose en el ciclo de vida de cada una de estas
sustancias, es decir, tratando de regular, vigilar y controlar las fuentes antropogénicas de estas
sustancias, o la liberación de emisiones tóxicas a partir de sus utilización, transporte, almacenamiento
o disposición.
3. Marco Teórico
El Convenio de Estocolmo fue aprobado internacionalmente en 2001 y está vigente desde mayo de
2004. Su objetivo es proteger la salud humana y el ambiente de los Contaminantes Orgánicos
Persistentes. En el texto del Convenio se identifican y listan estos peligrosos químicos tóxicos, de tal
forma que se restrinjan o se eliminen, haciendo enfoque en todas las etapas de su ciclo de vida.
Estos contaminantes se clasifican en tres categorías: los que se producen y usan intencionalmente,
los que se producen y usan sin intención, y los que emanan de depósitos y desechos.
Específicamente, el Convenio de Estocolmo busca que los Estados Parte se comprometan con la
protección de la salud humana y el ambiente, investigando las repercusiones de condiciones
ambientales variables que puedan incidir en las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs10.
El ciclo de vida de las sustancias, que incluye la importación, producción, formulación,
almacenamiento, transporte, distribución, uso y disposición final es relevante porque permite
entender la amplitud del abordaje y la dimensión de sus efectos desde la perspectiva de la gestión,
estableciendo los principales riesgos en el país, dependiendo de su rol de productor o un
consumidor. En el caso de Honduras como consumidor.
Honduras suscribió este Convenio el 17 de mayo de 2002 y lo ratificó mediante decreto 24-2004 y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de abril de 2005. Dentro de las obligaciones
adquiridas por los Estados Parte se incluye, en el artículo 7 del Convenio, diseñar, establecer e
implementar planes de acción que efectivamente aseguren la gestión ambientalmente racional de
productos químicos. El país presenta en 2010 el Plan Nacional de Implementación correspondiente.
10 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Agosto de 2010, pp. 7.
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SERNA / ONUDI / GEF
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suscrita en 1992 en la Cumbre de Río, en la que se considera que la gestión ambientalmente racional
de los productos químicos debe realizarse enfocándose en el ciclo de vida de cada una de estas
sustancias, es decir, tratando de regular, vigilar y controlar las fuentes antropogénicas de estas
sustancias, o la liberación de emisiones tóxicas a partir de sus utilización, transporte, almacenamiento
o disposición.
3. Marco Teórico
El Convenio de Estocolmo fue aprobado internacionalmente en 2001 y está vigente desde mayo de
2004. Su objetivo es proteger la salud humana y el ambiente de los Contaminantes Orgánicos
Persistentes. En el texto del Convenio se identifican y listan estos peligrosos químicos tóxicos, de tal
forma que se restrinjan o se eliminen, haciendo enfoque en todas las etapas de su ciclo de vida.
Estos contaminantes se clasifican en tres categorías: los que se producen y usan intencionalmente,
los que se producen y usan sin intención, y los que emanan de depósitos y desechos.
Específicamente, el Convenio de Estocolmo busca que los Estados Parte se comprometan con la
protección de la salud humana y el ambiente, investigando las repercusiones de condiciones
ambientales variables que puedan incidir en las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs10.
El ciclo de vida de las sustancias, que incluye la importación, producción, formulación,
almacenamiento, transporte, distribución, uso y disposición final es relevante porque permite
entender la amplitud del abordaje y la dimensión de sus efectos desde la perspectiva de la gestión,
estableciendo los principales riesgos en el país, dependiendo de su rol de productor o un
consumidor. En el caso de Honduras como consumidor.
Honduras suscribió este Convenio el 17 de mayo de 2002 y lo ratificó mediante decreto 24-2004 y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de abril de 2005. Dentro de las obligaciones
adquiridas por los Estados Parte se incluye, en el artículo 7 del Convenio, diseñar, establecer e
implementar planes de acción que efectivamente aseguren la gestión ambientalmente racional de
productos químicos. El país presenta en 2010 el Plan Nacional de Implementación correspondiente.
10 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Agosto de 2010, pp. 7.
Sin embargo, en el anexo a la decisión SC-1/12 de la Conferencia de las Partes11 establece que el
PNI deberá ser revisado cuando surjan factores internos o externos que afecten su implementación.
De hecho, el Convenio se enmienda en 2009, 2011 y 2013, adicionando once (11) nuevas sustancias
a sus anexos, por lo que la revisión se vuelve necesaria, como efectivamente se está haciendo por
medio del Proyecto de Actualización del PNI del Convenio de Estocolmo sobre la Gestión de
COPs en Honduras, financiado por el Fondo Mundial para el Ambiente (GEF, por sus siglas en
inglés) y administrado por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial
(ONUDI) y la SERNA.
Es válido mencionar que en el 2014 hay cuatro (4) sustancias adicionales que han sido propuestas a
ser incluidas en el Convenio12. Cuando esto suceda, Honduras deberá repetir el ejercicio de revisión
y actualización de su Plan Nacional de Implementación, como se realiza entre 2014 y 2015. A
continuación se listan las sustancias propuestas.
Sustancias Propuestas para ser Incluidas en el Convenio de Estocolmo
Pentaclorofenol
Hexaclorobutadieno
Neftalinas Cloradas
Parafinas Cloradas de Cadenas Cortas
Tabla 3. Sustancias propuestas para ser incluidas en el Convenio de Estocolmo (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs
en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
4. Metodología
Este estudio se elaboró desde una perspectiva jurídico-descriptiva, disgregando el objeto de estudio
en los diversos aspectos que lo conforman, estableciendo las relaciones que hay entre los diferentes
instrumentos jurídicos analizados, de tal forma que se pueda ofrecer una imagen del funcionamiento
11 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, SC-1/12, disponible en http://chm.pops.int/Implementation/NIPs/Overview/tabid/565/Default.aspx 12 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Chemicals proposed for listing under the Convention, disponible en http://chm.pops.int/TheConvention/ThePOPs/ChemicalsProposedforListing/tabid/2510/Default.aspx
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del marco jurídico e institucional disponible para la gestión ambientalmente racional de los COPs.
Para tal fin se ha utilizado el método deductivo, yendo de la normativa más general a la más
específica. La metodología incorporó la elaboración de las preguntas de investigación (Anexo 2), un
análisis documental de la normativa sectorial vigente nacional e internacional. De la misma manera,
se revisó los compromisos internacionales que Honduras adquirió por medio de la ratificación de
instrumentos, o por la implementación de instrumentos no vinculantes en el país, que son
significativos para la actualización del PNI.
El análisis anterior sirvió para determinar: a) si entraron en vigencia instrumentos jurídicos que se
vinculen con la gestión de COPs desde la elaboración del PNI hasta la fecha; b) si en estos
instrumentos jurídicos se asignaron competencias a las diferentes instituciones del país que tienen
relevancia para la gestión de COPs y que deben ser tomadas en cuenta en la actualización del PNI; c)
si existe alguna vinculación entre estos nuevos elementos normativos e institucionales, con el Plan
de Nación y Visión de País vigente desde el 2010.
La revisión documental se complementó utilizando el método de la entrevista a los principales
actores involucrados. El instrumento diseñado para el levantamiento de la información en la etapa
de entrevista se encuentra en el Anexo 3 de este documento. Por último, la información analizada se
sometió a una primera validación por medio de un taller en el que participaron miembros de la
CNG. En el Anexo 4 se encuentra el instrumento aplicado en el taller de validación.
El proceso finalizó en Junio de 2014 con otro proceso de revisión y validación con los miembros de
la CNG, aplicando para ese efecto una rúbrica que se encuentra incluida en el Anexo 5. También se
aprovechó el evento para presentar la propuesta preliminar de las líneas que conforman el Plan
Estratégico.
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SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
del marco jurídico e institucional disponible para la gestión ambientalmente racional de los COPs.
Para tal fin se ha utilizado el método deductivo, yendo de la normativa más general a la más
específica. La metodología incorporó la elaboración de las preguntas de investigación (Anexo 2), un
análisis documental de la normativa sectorial vigente nacional e internacional. De la misma manera,
se revisó los compromisos internacionales que Honduras adquirió por medio de la ratificación de
instrumentos, o por la implementación de instrumentos no vinculantes en el país, que son
significativos para la actualización del PNI.
El análisis anterior sirvió para determinar: a) si entraron en vigencia instrumentos jurídicos que se
vinculen con la gestión de COPs desde la elaboración del PNI hasta la fecha; b) si en estos
instrumentos jurídicos se asignaron competencias a las diferentes instituciones del país que tienen
relevancia para la gestión de COPs y que deben ser tomadas en cuenta en la actualización del PNI; c)
si existe alguna vinculación entre estos nuevos elementos normativos e institucionales, con el Plan
de Nación y Visión de País vigente desde el 2010.
La revisión documental se complementó utilizando el método de la entrevista a los principales
actores involucrados. El instrumento diseñado para el levantamiento de la información en la etapa
de entrevista se encuentra en el Anexo 3 de este documento. Por último, la información analizada se
sometió a una primera validación por medio de un taller en el que participaron miembros de la
CNG. En el Anexo 4 se encuentra el instrumento aplicado en el taller de validación.
El proceso finalizó en Junio de 2014 con otro proceso de revisión y validación con los miembros de
la CNG, aplicando para ese efecto una rúbrica que se encuentra incluida en el Anexo 5. También se
aprovechó el evento para presentar la propuesta preliminar de las líneas que conforman el Plan
Estratégico.
Figura 3. Metodología utilizada en el Estudio Legal-Institucional. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5. Resultados
En este apartado se presentan, en primer término, los resultados de los análisis a los que han sido
sometidos el Marco Legal para la gestión de COPs en Honduras, que servirá de base a la
actualización del PNI, que incluye a la Constitución de la República, los Tratados Internacionales
ratificados por el Estado de Honduras, así como las leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico
nacional relacionados con la gestión de COPs.
Del análisis general del Marco Legal actual antes planteado, se desprende un análisis más específico
en el que se vincula los instrumentos normativos vigentes en Honduras con las principales
obligaciones establecidas en el Convenio de Estocolmo para los Estados que lo suscriben y ratifican.
Este análisis será la base para establecer los vacíos encontrados en el marco legal analizado.
Posteriormente se presenta el análisis del Marco Institucional disponible en el país para la
implementación de las acciones que deberán incluirse en la antedicha actualización. Este incluirá la
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evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias
que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que
actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de
gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación
interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.
Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de
Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,
que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente
racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la
gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.
5.1. Marco Legal Actual
A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en
vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.
Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución
de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012
Leyes
Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático
Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012
evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias
que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que
actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de
gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación
interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.
Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de
Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,
que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente
racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la
gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.
5.1. Marco Legal Actual
A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en
vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.
Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución
de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012
Leyes
Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático
Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012
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evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias
que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que
actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de
gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación
interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.
Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de
Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,
que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente
racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la
gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.
5.1. Marco Legal Actual
A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en
vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.
Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución
de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012
Leyes
Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático
Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012
Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs
Reglamentos
Reglamento del SINEIA Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales Reglamento de Auditorías Ambientales Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos Tabla de Categorización Ambiental Reglamento de la Ley General de la Minería Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública Creación del Departamento de Residuos Sólidos Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB) Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Acuerdo 189-2009 Acuerdo 826-2009 Acuerdo 887-2009 Acuerdo 031-2010 Acuerdo 032-2010 Acuerdo 1566-2010 Acuerdo 1567-2010 Acuerdo 1714-2010 Acuerdo 042-2013 Acuerdo 1071-2014 Acuerdo 1070-2014
Decretos Ejecutivos
Creación de la Dirección de Cambio Climático Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos
Decreto Ejecutivo PCM 022-2010 Decreto Ejecutivo PCM 029-2013 Decreto Ejecutivo PCM 035-2013
Tabla 4. Instrumentos Jurídicos vigencia desde 2009 relevantes para la gestión de COPs (Proyecto de Actualización
del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
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5.1.1. Constitución de la República de Honduras
La vinculación de la norma fundamental del Estado con la gestión de COPs parte de dos artículos
cuyo contenido es determinante. En primer término, la Constitución13 reconoce en su artículo 145,
el derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento a los ciudadanos, y establece un mandato a
los poderes públicos de conservar el ambiente, particularmente las fuentes de agua. Este artículo 145
fue modificado en 201214, siendo la única reforma constitucional con incidencia directa en la gestión
de COPs desde que se presentara el PNI 2009. En segundo término, el artículo 146 establece que el
Estado será el encargado de regular la gestión de productos químicos, función que deberá poder
coordinarse con otras funciones que la misma Constitución le asigna como la planificación de la
salud, la planificación del desarrollo económico y social, la planificación estratégica, la protección del
ambiente, entre otras.
En el Anexo 6 se hace amplía la relación de la vinculación del Texto Constitucional con el Convenio
de Estocolmo.
5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs
El Convenio de Estocolmo, así como los demás instrumentos internacionales que conforman la
Agenda Química Internacional, encuentran sus antecedentes jurídicos internacionales en dos (2)
instrumentos: La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo15 y la Agenda 2116. Ambos
son aprobados en el marco de la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, en la que participaron 178 países. En dicha
conferencia se refleja una visión antropocéntrica que determinará los intereses y el bienestar de las
personas como preocupación fundamental en la agenda ambiental internacional.
13 Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982. 14 Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013. 15 Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm 16 Organización de las Naciones Unidas, Agenda 21, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/agenda21sptoc.htm
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5.1.1. Constitución de la República de Honduras
La vinculación de la norma fundamental del Estado con la gestión de COPs parte de dos artículos
cuyo contenido es determinante. En primer término, la Constitución13 reconoce en su artículo 145,
el derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento a los ciudadanos, y establece un mandato a
los poderes públicos de conservar el ambiente, particularmente las fuentes de agua. Este artículo 145
fue modificado en 201214, siendo la única reforma constitucional con incidencia directa en la gestión
de COPs desde que se presentara el PNI 2009. En segundo término, el artículo 146 establece que el
Estado será el encargado de regular la gestión de productos químicos, función que deberá poder
coordinarse con otras funciones que la misma Constitución le asigna como la planificación de la
salud, la planificación del desarrollo económico y social, la planificación estratégica, la protección del
ambiente, entre otras.
En el Anexo 6 se hace amplía la relación de la vinculación del Texto Constitucional con el Convenio
de Estocolmo.
5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs
El Convenio de Estocolmo, así como los demás instrumentos internacionales que conforman la
Agenda Química Internacional, encuentran sus antecedentes jurídicos internacionales en dos (2)
instrumentos: La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo15 y la Agenda 2116. Ambos
son aprobados en el marco de la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, en la que participaron 178 países. En dicha
conferencia se refleja una visión antropocéntrica que determinará los intereses y el bienestar de las
personas como preocupación fundamental en la agenda ambiental internacional.
13 Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982. 14 Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013. 15 Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm 16 Organización de las Naciones Unidas, Agenda 21, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/agenda21sptoc.htm
La Declaración de Río recomienda como medida idónea la evaluación de impacto ambiental para
abordar cualquier problema que implique daño al ambiente, y prever y prevenir así los efectos
nocivos. Además reconoce el derecho soberano de cada Estado de diseñar políticas y promulgar la
legislación ambiental que sea necesaria para asegurar la sostenibilidad en el desarrollo,
recomendando de manera puntual la eliminación de aquellas formas de producción y de consumo
que impiden dicha sostenibilidad.
Establece como parte del concepto del desarrollo sostenible, tanto la equidad intra-generacional
como la inter-generacional, por lo que las estrategias impulsadas por cada Estado deben tener una
visión de largo plazo para alcanzar este acometido, además de tener la prevención y la precaución
como criterios para la gestión adecuada del ambiente. La responsabilidad ambiental por causa de
daño y la internacionalización de los costos de la contaminación vendrían a complementar estas
pautas.
Fomenta decididamente la cooperación internacional tanto para el intercambio de conocimiento
científico y tecnologías y el intercambio de información ambiental, particularmente en los casos de
riesgo y de emergencia que puedan tener impacto transfronterizo. Promueve la solución pacífica de
controversias. Señala además la relevancia del acceso a la información ambiental por parte de la
ciudadanía, así como la necesaria participación directa de mujeres, jóvenes y grupos indígenas.
La Agenda 21, por su parte, busca cambiar el modelo económico actual, el cual está basado en la
explotación indiscriminada de los recursos naturales, en otro, que se base en el desarrollo sostenible.
En ella se propone la gestión ecológicamente racional de los productos químicos tóxicos, incluyendo
la prevención del tráfico internacional ilícito de dichos productos. Reconoce los obstáculos que el
desarrollo científico y tecnológico actual supone para la comprensión exacta de los efectos del uso
de estos químicos en la salud y el ambiente, y las evaluaciones de los efectos que sí son conocidos
pueden suponer. Entiende las características nocivas de los contaminantes químicos, particularmente
que sus efectos pueden extenderse y ser transfronterizos. Reconoce además el derecho a la
información de las comunidades y los trabajadores sobre los riesgos que suponen los productos
tóxicos. Establece además varias áreas de cooperación internacional (Vid. Figura 4).
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Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21 (Organización de las Naciones Unidas,
Agenda 21, Río de Janeiro, 1992).
El Convenio de Estocolmo (cuyos antecedentes se incluyen en el Apartado 2 de este Estudio),
forma parte, junto con los Convenios de Basilea y Rotterdam, de lo que se denomina la Agenda
Química Internacional, junto con el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos en
el Ámbito Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés (el cual se analiza en el
acápite 5.a.iv, dedicado a los Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la
Gestión de COPs).
El Convenio de Basilea17 se aprobó en 1989 con el objetivo de evitar daños a la salud y al ambiente
por medio de la gestión adecuada de desechos peligrosos, especialmente en lo que a los movimientos
transfronterizos y su eliminación se refiere. Entra en vigencia en mayo de 1992. Honduras se adhirió
a esta Convención desde 1995. En él se establece las facultades de las partes de prohibir la
importación y exportación de desechos peligrosos, establecer medidas para reducir la generación de
estos desechos, eliminar tan cerca como sea posible de la fuente de generación y regular la gestión
adecuada de los mismos, relacionadas con las medidas para reducir o eliminar las emanaciones
derivadas de existencias y desechos, señaladas en el Convenio de Estocolmo.
17 Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de los Residuos Peligrosos y su Eliminación, Basilea, 1992, disponible en http://www.pic.int/ElConvenio/Generalidades/TextodelConvenio/tabid/1980/language/es-CO/Default.aspx
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Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21 (Organización de las Naciones Unidas,
Agenda 21, Río de Janeiro, 1992).
El Convenio de Estocolmo (cuyos antecedentes se incluyen en el Apartado 2 de este Estudio),
forma parte, junto con los Convenios de Basilea y Rotterdam, de lo que se denomina la Agenda
Química Internacional, junto con el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos en
el Ámbito Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés (el cual se analiza en el
acápite 5.a.iv, dedicado a los Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la
Gestión de COPs).
El Convenio de Basilea17 se aprobó en 1989 con el objetivo de evitar daños a la salud y al ambiente
por medio de la gestión adecuada de desechos peligrosos, especialmente en lo que a los movimientos
transfronterizos y su eliminación se refiere. Entra en vigencia en mayo de 1992. Honduras se adhirió
a esta Convención desde 1995. En él se establece las facultades de las partes de prohibir la
importación y exportación de desechos peligrosos, establecer medidas para reducir la generación de
estos desechos, eliminar tan cerca como sea posible de la fuente de generación y regular la gestión
adecuada de los mismos, relacionadas con las medidas para reducir o eliminar las emanaciones
derivadas de existencias y desechos, señaladas en el Convenio de Estocolmo.
17 Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de los Residuos Peligrosos y su Eliminación, Basilea, 1992, disponible en http://www.pic.int/ElConvenio/Generalidades/TextodelConvenio/tabid/1980/language/es-CO/Default.aspx
El Convenio de Rotterdam18 fue aprobado en 1998. Este Convenio aparece en el escenario
internacional como una respuesta al incremento en la producción de sustancias químicas,
particularmente de químicos peligrosos y pesticidas que puedan significar daños a la salud y al
ambiente. De ahí que se estableciera este procedimiento para el Consentimiento Fundamentado
Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos que son comercializados
internacionalmente, entrando en vigor en febrero de 2004.
Honduras se adhirió al Convenio de Rotterdam desde el 2011. Este Convenio establece mecanismos
de intercambio de información que permiten a las partes incluir productos químicos industriales y
plaguicidas peligrosos en el listado de sustancias que pudieran comercializarse con ese
consentimiento previo, así como aquellos que permiten retirar el consentimiento de productos que
previamente han sido incluidos. Se vincula con el Convenio de Estocolmo, en lo referente a las
medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
de COPs.
La SERNA, Autoridad Nacional Competente, por medio del Centro de Estudios y Control de
Contaminantes (CESCCO), es el Punto Focal para la implementación de estos tres instrumentos en
Honduras. Desde 2010, en el ámbito internacional se ha promovido la sinergia entre estos tres
convenios, con el fin de crear un mecanismo único de coordinación.
Tratado Internacional Fecha de Adherencia o Ratificación Convenio de Basilea 27 de diciembre de 1995(a) Convenio de Rotterdam 26 de septiembre de 2011(a) Convenio de Estocolmo 23 de mayo de 2005(r)
Tabla 5. Convenios parte de la Agenda Química Internacional, que han sido ratificados o a los que se ha adherido el Estado de Honduras. (Proyecto de
Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
En el caso de Honduras, otro instrumento que se debe considerar con relación a los riesgos de los
químicos peligrosos en las diferentes etapas de su ciclo de vida, es el Protocolo de Montreal relativo
18 Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, Rotterdam, 1998, disponible en http://www.pic.int/Inicio/tabid/1925/language/es-CO/Default.aspx
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a las sustancias que agotan la capa de ozono19. Este Protocolo entre en vigencia a partir de 1989,
intentando reducir la producción y consumo de dichas sustancias, como parte de las obligaciones
adquiridas por los Estados Parte del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono20.
Honduras se adhirió a dicho Convenio en Octubre de 1993 así como al Protocolo de Montreal. En
el 2002 ratificó las primeras dos (2) enmiendas que ha sufrido el Protocolo (Londres y Copenhague),
y en el 2007 se adhirió a las últimas dos (2) enmiendas (Montreal y Beijing).
Igual relevancia tiene el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
(CMNUCC)21. Esta reconoce la existencia del cambio climático, incorporando el principio
precautorio, obligando a los Estados Parte a actuar sobre esta temática para proteger la salud
humana, aún ante la falta de certeza científica. Entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Honduras lo
suscribe el 13 de junio de 1992, y lo ratifica el 19 de octubre de 1995, entrando en vigencia el 17 de
enero de 1996. El Convenio fue modificado por el Protocolo de Kyoto en 199722, por medio del
cual los países industrializados se comprometen a estabilizar las emisiones de los gases de efecto de
invernadero. Dicho Protocolo fue renovado en 2012.
La vinculación de los instrumentos internacionales arriba descritos con la gestión de los COPs se
basa en que las variaciones en las condiciones ambientales favorecen al transporte de los
contaminantes que repercuten en la salud de las personas y en el ambiente.
5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión de COPs
Entre los instrumentos regionales cabe destacar el Código Aduanero Uniforme Centroamericano
(CAUCA)23 y su Reglamento (RECAUCA)24. Ambos se derivan del Tratado General de
19 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=2 20 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Viena, 1985, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=1 21 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/la_convencion/items/6196.php 22 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/protocolo_de_kyoto/items/6215.php 23 Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1455
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a las sustancias que agotan la capa de ozono19. Este Protocolo entre en vigencia a partir de 1989,
intentando reducir la producción y consumo de dichas sustancias, como parte de las obligaciones
adquiridas por los Estados Parte del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono20.
Honduras se adhirió a dicho Convenio en Octubre de 1993 así como al Protocolo de Montreal. En
el 2002 ratificó las primeras dos (2) enmiendas que ha sufrido el Protocolo (Londres y Copenhague),
y en el 2007 se adhirió a las últimas dos (2) enmiendas (Montreal y Beijing).
Igual relevancia tiene el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
(CMNUCC)21. Esta reconoce la existencia del cambio climático, incorporando el principio
precautorio, obligando a los Estados Parte a actuar sobre esta temática para proteger la salud
humana, aún ante la falta de certeza científica. Entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Honduras lo
suscribe el 13 de junio de 1992, y lo ratifica el 19 de octubre de 1995, entrando en vigencia el 17 de
enero de 1996. El Convenio fue modificado por el Protocolo de Kyoto en 199722, por medio del
cual los países industrializados se comprometen a estabilizar las emisiones de los gases de efecto de
invernadero. Dicho Protocolo fue renovado en 2012.
La vinculación de los instrumentos internacionales arriba descritos con la gestión de los COPs se
basa en que las variaciones en las condiciones ambientales favorecen al transporte de los
contaminantes que repercuten en la salud de las personas y en el ambiente.
5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión de COPs
Entre los instrumentos regionales cabe destacar el Código Aduanero Uniforme Centroamericano
(CAUCA)23 y su Reglamento (RECAUCA)24. Ambos se derivan del Tratado General de
19 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=2 20 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Viena, 1985, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=1 21 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/la_convencion/items/6196.php 22 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/protocolo_de_kyoto/items/6215.php 23 Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1455
Integración Centroamericana suscrito por los Estados de la Región en 1962, el cual trata de
establecer un marco normativo para el adecuado funcionamiento del mercado común regional.
En el CAUCA se puede encontrar referencias a medidas que podrían ayudar a la restricción o
prohibición de COPs. Entre estas medidas están la habilitación de aduanas especializadas,
prohibiciones que buscan evitar el trasiego por puntos ciegos, y el ingreso al territorio de mercancías
peligrosas. Se faculta a las autoridades aduaneras a realizar controles aduaneros, retener mercancías
prohibidas y a implementar técnicas comunes para la gestión de riesgos. Por ser un instrumento de
aplicación regional, fomenta el intercambio de información entre los servicios aduaneros por medio
de la creación de bases de datos comunes.
El RECAUCA amplía las disposiciones anteriores, facultando no sólo la retención sino la
incautación de mercancías, estableciendo regulaciones para el transporte de mercancías peligrosas,
estandarizando la información de los manifiestos de carga y autorizando la extracción de muestras
para ser analizadas en los laboratorios que coordine el servicio aduanero. Busca armonizar los
criterios para la gestión del riesgo en la región como parte de los mecanismos de intercambio de
información entre los Estados Parte, que incluyen no sólo bases de datos, sino que registros
especiales. Contiene disposiciones para la asistencia técnica, primordialmente con capacitación del
personal que labora en las aduanas respecta. El contenido de ambos documentos se encuentra
relacionado con el Convenio de Estocolmo en el Anexo 7 de este documento.
Es importante señalar que en el Arancel Centroamericano25 se encuentran incluidas muchas de las
sustancias COPs, como se observa en la siguiente tabla.
CODIGO SUSTANCIA 2710.91.00.00 Desechos de aceites que contengan difenilos policlorados (PCB), terfenilos
policlorados (PCT) o difenilos polibromados (PBB) 2903.81.00.00 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano, incluido el lindano 2903.82.10.00 Aldrina 2903.82.20.00 Clordano 2903.82.30.00 Heptacloro 2903.89.10.00 Canfecloro (Toxafeno) 2903.89.20.00 Mirex
24 Sistema de Integración Centroamericano, Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1102 25 Dirección Ejecutiva de Ingresos, Arancel Centroamericano, Tegucigalpa, disponible en http://www.dei.gob.hn/website/index.php?cat=1434&title=Consulta%20de%20Arancel%20Centroam%E9ricano%20%28SAC%29&lang=es
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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CODIGO SUSTANCIA 2903.92.10.00 Hexaclorobenceno 2903.92.20.00 DDT (clofenotano), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)etano) 2903.99.10.00 Pentaclorobenceno 2903.99.20.00 Hexabromobifenilo 2904.90.20.00 Sulfonato de perfluorooctano 29.09.30.10.00 Éteres de octabromodifenilo 2909.30.20.00 Eteres de pentabromodifenilo 2910.40.00.00 Dieldrina 2914.70.10.00 Clordecona 3808.50.12.00 Que contengan DDT, aldrín, dieldrín, toxafeno, clordimeform, clordano,
heptacloro 3808.50.14.00 Que contengan lindano, compuestos de mercurio, fluoroacetamida,
pentaclorofenol, monocrotofós, fosfamidón. 3808.50.22.00 Que contengan hexaclorobenceno, pentaclorofenol, binpacril, óxidos de
mercurio 3808.91.50.00 Mirex o declordano 3824.82.00.00 Que contengan bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o
bifenilos polibromados (PBB)
Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
En julio de 1997 se constituye el Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema
de Integración Centroamericano26. Dentro de ese marco, en junio de 2004 se suscribe la Resolución
118-200427, que establece el marco para la Unión Aduanera Centroamericana en lo referente a
insumos agropecuarios en el campo de los agroquímicos, incluyendo una codificación para el
número de registro de estas sustancias y el procedimiento para la inclusión de ingredientes activos en
la lista armonizada de plaguicidas prohibidas de la Unión.
La Resolución 258-201028 de diciembre de 2010 establece el Reglamento RTCA 65.03.44:07
Plaguicidas. Plaguicidas de Uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de Registro; y del
Procedimiento para reconocimiento de registro de plaguicidas de uso doméstico y plaguicidas de uso
26 Vid. Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=960 27 Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 2004, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=840 28 Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, Guatemala, 2010 http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=695
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SERNA / ONUDI / GEF
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CODIGO SUSTANCIA 2903.92.10.00 Hexaclorobenceno 2903.92.20.00 DDT (clofenotano), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)etano) 2903.99.10.00 Pentaclorobenceno 2903.99.20.00 Hexabromobifenilo 2904.90.20.00 Sulfonato de perfluorooctano 29.09.30.10.00 Éteres de octabromodifenilo 2909.30.20.00 Eteres de pentabromodifenilo 2910.40.00.00 Dieldrina 2914.70.10.00 Clordecona 3808.50.12.00 Que contengan DDT, aldrín, dieldrín, toxafeno, clordimeform, clordano,
heptacloro 3808.50.14.00 Que contengan lindano, compuestos de mercurio, fluoroacetamida,
pentaclorofenol, monocrotofós, fosfamidón. 3808.50.22.00 Que contengan hexaclorobenceno, pentaclorofenol, binpacril, óxidos de
mercurio 3808.91.50.00 Mirex o declordano 3824.82.00.00 Que contengan bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o
bifenilos polibromados (PBB)
Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
En julio de 1997 se constituye el Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema
de Integración Centroamericano26. Dentro de ese marco, en junio de 2004 se suscribe la Resolución
118-200427, que establece el marco para la Unión Aduanera Centroamericana en lo referente a
insumos agropecuarios en el campo de los agroquímicos, incluyendo una codificación para el
número de registro de estas sustancias y el procedimiento para la inclusión de ingredientes activos en
la lista armonizada de plaguicidas prohibidas de la Unión.
La Resolución 258-201028 de diciembre de 2010 establece el Reglamento RTCA 65.03.44:07
Plaguicidas. Plaguicidas de Uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de Registro; y del
Procedimiento para reconocimiento de registro de plaguicidas de uso doméstico y plaguicidas de uso
26 Vid. Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=960 27 Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 2004, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=840 28 Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, Guatemala, 2010 http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=695
profesional. En él se prohíbe el registro de organofosforados, organoclorados y carbamatos.
Participó por Honduras la Secretaría de Salud.
El Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema de Integración
Centroamericano, por medio de la Resolución 273-201129, aprueba el Reglamento Técnico
Centroamericano, RTCA 65.03.57:10 Plaguicidas. Plaguicidas de uso Doméstico y de uso
Profesional. Requisitos de Etiquetado en diciembre de 2011, representando a Honduras la Secretaría
de Salud. En él se regula lo pertinente al adecuado etiquetado, como las obligaciones para que dichas
etiquetas incluyan medidas para la destrucción de envases y la prevención de contaminación.
5.1.4. Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la Gestión de
COPs
El más relevante de estos instrumentos es el Enfoque Estratégico Internacional para la Gestión
Ambientalmente Racional de Productos Químicos (SAICM, por sus siglas en inglés), el cual se basa
en tres (3) documentos aprobados en Dubai en 2006, en el marco de la Conferencia Internacional
sobre la Gestión de Productos Químicos: la Declaración Ministerial de Alto Nivel, la Estrategia de
Política Global y el Plan de Acción Mundial30.
La Estrategia incluye aspectos ambientales, económicos, sociales, de salud y trabajo de la seguridad
química, incluyendo productos químicos usados en la agricultura y la industria con la idea de
promover el desarrollo sostenible y cubrir todas las etapas del ciclo de vida de las sustancias
químicas, planteándose como plazo el 2020. El Punto Focal del SAICM para Honduras es el Centro
de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) de la SERNA.
Con el fin de emprender dicho enfoque estratégico en Honduras, se ha implementado dos (2)
proyectos hasta la fecha: “Fortalecimiento de la Gobernabilidad Nacional para la Implementación de
SAICM” (SAICM 1) e “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos
Químicos en el Plan de Nación” (SAICM 2), ambos con fondos de la Secretaría de SAICM y
ejecutados desde la SERNA. 29 Disponible en Secretaría de Integración Económica, Resolución 273-2011 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, San Salvador, 2011 http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=671 30 Disponibles en http://www.saicm.org/images/saicm_documents/saicm%20texts/SAICM_publication_SPA.pdf
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El primero de estos proyectos tiene por objetivo fortalecer la capacidad nacional para el desarrollo
de un plan de país para la implementación del Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos
Químicos a Nivel Internacional31. El segundo de estos proyectos tiene como propósito para el año
2020, que los productos químicos que se produzcan y se utilice en el país no causen efectos nocivos
para la salud y el ambiente, al establecer mecanismos de coordinación que involucren y sensibilicen a
los tomadores de decisión para que la SAICM se incluya en el Plan de Nación así como en los Planes
Estratégicos Institucionales32.
Igual relevancia tiene el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), que es un
inventario de emisiones de sustancias químicas, que informa sobre la naturaleza y cantidad de
emisiones al aire, agua, suelo y transferencia de contaminantes. Este modelo de registro tiene sus
antecedentes en la Declaración de Río de 1992 y en la Agenda 21, y es impulsado por el Foro
Intergubernamental sobre Sustancias Químicas (FISQ). En el marco europeo, el Convenio de
Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a
la Justicia en los Asuntos Ambientales de 1998 adopta el protocolo sobre RETCs, sin embargo, el
mayor impulso de este modelo es a través de la adopción del SAICM33. En Honduras se ha
implementado el Proyecto “Diseño de las Características Clave de un Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes (RETC) e Implementación de una Primera Prueba Piloto del
RETC en Honduras”34 (2011-2012). El Proyecto se desarrolló por el CESCCO-SERNA con fondos
del Reino de España a través del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación e Investigación
(UNITAR).
Es relevante señalar el Código Internacional de Conducta sobre la Distribución y Uso de
Plaguicidas, elaborado en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y
la Alimentación (FAO), y revisado en 200235. Este Código establece estándares voluntarios para
31 Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Perfil Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www2.unitar.org/cwm/publications/cw/np/np_pdf/Honduras_National_Profile_2009.pdf 32 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www.hn.undp.org/content/dam/honduras/docs/proyectos/00076058_PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf 33 Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC, disponible en http://prtr.unitar.org/es/inicio/acerca-de-los-retc 34 Disponible en http://www.retchn.org/ 35 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Código Internacional sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003, disponible en http://www.fao.org/docrep/006/y4544s/y4544s00.HTM
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SERNA / ONUDI / GEF
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El primero de estos proyectos tiene por objetivo fortalecer la capacidad nacional para el desarrollo
de un plan de país para la implementación del Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos
Químicos a Nivel Internacional31. El segundo de estos proyectos tiene como propósito para el año
2020, que los productos químicos que se produzcan y se utilice en el país no causen efectos nocivos
para la salud y el ambiente, al establecer mecanismos de coordinación que involucren y sensibilicen a
los tomadores de decisión para que la SAICM se incluya en el Plan de Nación así como en los Planes
Estratégicos Institucionales32.
Igual relevancia tiene el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), que es un
inventario de emisiones de sustancias químicas, que informa sobre la naturaleza y cantidad de
emisiones al aire, agua, suelo y transferencia de contaminantes. Este modelo de registro tiene sus
antecedentes en la Declaración de Río de 1992 y en la Agenda 21, y es impulsado por el Foro
Intergubernamental sobre Sustancias Químicas (FISQ). En el marco europeo, el Convenio de
Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a
la Justicia en los Asuntos Ambientales de 1998 adopta el protocolo sobre RETCs, sin embargo, el
mayor impulso de este modelo es a través de la adopción del SAICM33. En Honduras se ha
implementado el Proyecto “Diseño de las Características Clave de un Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes (RETC) e Implementación de una Primera Prueba Piloto del
RETC en Honduras”34 (2011-2012). El Proyecto se desarrolló por el CESCCO-SERNA con fondos
del Reino de España a través del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación e Investigación
(UNITAR).
Es relevante señalar el Código Internacional de Conducta sobre la Distribución y Uso de
Plaguicidas, elaborado en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y
la Alimentación (FAO), y revisado en 200235. Este Código establece estándares voluntarios para
31 Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Perfil Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www2.unitar.org/cwm/publications/cw/np/np_pdf/Honduras_National_Profile_2009.pdf 32 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www.hn.undp.org/content/dam/honduras/docs/proyectos/00076058_PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf 33 Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC, disponible en http://prtr.unitar.org/es/inicio/acerca-de-los-retc 34 Disponible en http://www.retchn.org/ 35 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Código Internacional sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003, disponible en http://www.fao.org/docrep/006/y4544s/y4544s00.HTM
entidades públicas y privadas que participen de la distribución y uso de plaguicidas. Provee los
lineamientos sobre los que deberá diseñarse la legislación nacional para la regulación de plaguicidas,
particularmente en lo que a su registro y control se refiere. De hecho, en Honduras, este Código es
la base sobre la que se elabora el Acuerdo No. 642-98, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control
de Plaguicidas y Sustancias Afines, cuya aplicación actualmente le corresponde a la SAG.
Además, es importante hacer referencia al Codex Alimentarius, que es un conjunto de normas
internacionales para alimentos cuyo propósito es la protección de la salud de los consumidores,
elaborado por la Comisión que para este propósito establecieron la FAO y la Organización Mundial
de la Salud (OMS). Dentro de las normas que lo integran se encuentran los estándares para los
límites máximos de residuos de pesticidas en los alimentos36.
5.1.5. Legislación Nacional
En el PNI 2009 se identifica la dispersión normativa como el principal problema que hay con
relación al marco legal nacional para la gestión de COPs. Pero a esto hay que agregar que salvo los
reglamentos que se elaboran en el marco del PNI 2009, los demás instrumentos sectoriales no son
específicos para la gestión de COPs, sino que para productos químicos en general.
Sin embargo, el ordenamiento jurídico vigente, como sistema abierto y flexible que es, ha sufrido
modificaciones causadas por la entrada en vigencia desde finales de 2009, año en que se finaliza la
elaboración del PNI. En dichos instrumentos es posible encontrar regulaciones que se vinculan al
cumplimiento de las obligaciones principales adquiridas por Honduras a través del Convenio de
Estocolmo, contenidas en los artículos 3, 5 y 6 de dicho Tratado Internacional, como se observa en
la tabla a continuación.
36 Codex Alimentarius, Base de datos en línea del Codex sobre los residuos de plaguicidas en los alimentos, 2012, disponible en http://www.codexalimentarius.net/pestres/data/index.html?lang=es
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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Instrumento Jurídico Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la
producción no intencional, (Art. 5)
Medidas relacionadas con las
existencias y desechos, (Art. 6)
1. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto
181-2007
X X X
2. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009
X X X
3. Ley de Minería, Decreto 238-2012
X
4. Reglamento de la Ley General de la Minería, Acuerdo 042-2013
X
5. Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009
X X X
6. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009
X X X
7. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-
2010
X X X
8. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos,
Acuerdo 1567-2010
X X
9. Política para la Gestión Ambientalmente Racional de
Productos Químicos
X X X
10. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto
Ejecutivo PCM 035-2013
X X X
11. Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente
Racional de PCBs, Acuerdo 1071-2014
X X
12. Reglamento del Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes, Acuerdo
1070-2014
X X X
Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo
(Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
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Instrumento Jurídico Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la
producción no intencional, (Art. 5)
Medidas relacionadas con las
existencias y desechos, (Art. 6)
1. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto
181-2007
X X X
2. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009
X X X
3. Ley de Minería, Decreto 238-2012
X
4. Reglamento de la Ley General de la Minería, Acuerdo 042-2013
X
5. Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009
X X X
6. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009
X X X
7. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-
2010
X X X
8. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos,
Acuerdo 1567-2010
X X
9. Política para la Gestión Ambientalmente Racional de
Productos Químicos
X X X
10. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto
Ejecutivo PCM 035-2013
X X X
11. Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente
Racional de PCBs, Acuerdo 1071-2014
X X
12. Reglamento del Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes, Acuerdo
1070-2014
X X X
Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo
(Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
En lo que a las medidas relacionadas con las obligaciones del Convenio de Estocolmo, los
principales aportes de estos once (11) Instrumentos normativos son los siguientes:
a. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto 181-2007 Con este Decreto Legislativo, se descentraliza el otorgamiento de Licencias Ambientales, delegando
expresamente a ciertas Municipalidades. Se exceptúa aquellos proyectos cuyas actividades afectan a
la salud humana y a la contaminación, así como aquellos que en su ejecución utilicen materiales
tóxicos.
b. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009 Atribuye a la Autoridad del Agua y a las Municipalidades la autorización de vertimientos de aguas
residuales en cuerpos de agua, previo obligatorio tratamiento, a excepción de aquellas que contengan
sustancias tóxicas o contaminantes. Manda que las aguas residuales que no puedan ser vertidas
reciban el adecuado tratamiento, lo que condiciona su reutilización o reciclaje, además de la
autorización correspondiente. Ordena se suspenda, restrinja o condicione los aprovechamientos de
agua otorgados, cuando se compruebe la contaminación de los recursos hídricos en una zona
determinada hasta que se verifique que se elimine la fuente de contaminación.
Incluye también un catálogo de infracciones administrativas que considera sancionable verter en los
cauces, o infiltrar en el subsuelo sustancias contaminantes que puedan afectar la calidad y cantidad
del recurso hídrico, cuando dicha contaminación no proceda de una autorización o sean el resultado
de violación a las autorizaciones otorgadas.
c. Ley de Minería, Decreto 232-2012 Tiene por objeto normar las actividades mineras y metalúrgicas del país. Manda la previa obtención
de licencias ambientales para que la autoridad minera pueda otorgar concesiones. Además exige que
se adopten y mantengan las medidas de seguridad, higiene y salud ocupacional y comunitaria. Esta
ley establece que las actividades mineras pueden ser suspendidas si existiera el riesgo o peligro
inminente para la vida de las personas y sus bienes, y canceladas como efecto de la cancelación
previa de la licencia ambiental, o para la penalización de un delito ambiental cometido por el titular
de la concesión.
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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d. Reglamento de la Ley general de la Minería, Acuerdo 042-2013 Dentro de la institucionalidad para el sector de la minería, se incluye una Unidad de Laboratorios
para el ámbito minero-geológico, y la Unidad de Ambiente y Seguridad que deberá implementar las
acciones correctivas y preventivas que se deben aplicar para minimizar el riesgo de los impactos
ambientales que se produzcan por el sector. Además, las licencias ambientales y/o los planes de
manejo ambiental se convierten en requisitos para las actividades mineras. También, los titulares de
las concesiones para exploración o explotación, en sus declaraciones anuales consolidadas, deberán
indicar las actividades de protección ambiental que han implementado durante ese período.
e. Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Acuerdo
189-2009 Este instrumento pretende evaluar y controlar las actividades humanas capaces de generar efectos
adversos al ambiente. Es la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) de la SERNA la
encargada de rectorar este proceso, teniendo entre sus atribuciones la elaboración de normas
técnicas y guías de buenas prácticas ambientales.
El reglamento establece los requisitos para el trámite previo o reactivación de licencias ambientales
de acuerdo a diferentes categorías establecidas, imponiendo obligaciones específicas a los
proponentes de proyectos para el licenciamiento, tales como el cumplimiento de medidas
ambientales y de mitigación, realizar estudios de impacto ambiental y garantizar la ejecución de
planes de gestión ambiental para los proyectos con mayor impacto. También regula el control
ambiental obligatorio para los proyectos en ejecución.
El elemento más innovador incorporado en este instrumento es la evaluación de efectos
acumulativos. Es necesaria para la planificación del uso del suelo municipal o regional y se considera
un instrumento de identificación de medidas correctivas, de mitigación, saneamiento y/o
rehabilitación de las zonas afectadas.
f. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 Establece los requerimientos para la obtención de licencias ambientales para los proyectos de las
diferentes categorías desde bajo impacto, hasta muy alto impacto. También exige la suscripción de
contratos de medidas de normalización para proyectos de moderado a muy alto impacto, exigiendo
para estos últimos la obligación de realizar un estudio de auditoría ambiental con el objetivo de que
se elabore un Plan de Mejoramiento Ambiental para mitigar los impactos negativos del proyecto.
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SERNA / ONUDI / GEF
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d. Reglamento de la Ley general de la Minería, Acuerdo 042-2013 Dentro de la institucionalidad para el sector de la minería, se incluye una Unidad de Laboratorios
para el ámbito minero-geológico, y la Unidad de Ambiente y Seguridad que deberá implementar las
acciones correctivas y preventivas que se deben aplicar para minimizar el riesgo de los impactos
ambientales que se produzcan por el sector. Además, las licencias ambientales y/o los planes de
manejo ambiental se convierten en requisitos para las actividades mineras. También, los titulares de
las concesiones para exploración o explotación, en sus declaraciones anuales consolidadas, deberán
indicar las actividades de protección ambiental que han implementado durante ese período.
e. Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Acuerdo
189-2009 Este instrumento pretende evaluar y controlar las actividades humanas capaces de generar efectos
adversos al ambiente. Es la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) de la SERNA la
encargada de rectorar este proceso, teniendo entre sus atribuciones la elaboración de normas
técnicas y guías de buenas prácticas ambientales.
El reglamento establece los requisitos para el trámite previo o reactivación de licencias ambientales
de acuerdo a diferentes categorías establecidas, imponiendo obligaciones específicas a los
proponentes de proyectos para el licenciamiento, tales como el cumplimiento de medidas
ambientales y de mitigación, realizar estudios de impacto ambiental y garantizar la ejecución de
planes de gestión ambiental para los proyectos con mayor impacto. También regula el control
ambiental obligatorio para los proyectos en ejecución.
El elemento más innovador incorporado en este instrumento es la evaluación de efectos
acumulativos. Es necesaria para la planificación del uso del suelo municipal o regional y se considera
un instrumento de identificación de medidas correctivas, de mitigación, saneamiento y/o
rehabilitación de las zonas afectadas.
f. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 Establece los requerimientos para la obtención de licencias ambientales para los proyectos de las
diferentes categorías desde bajo impacto, hasta muy alto impacto. También exige la suscripción de
contratos de medidas de normalización para proyectos de moderado a muy alto impacto, exigiendo
para estos últimos la obligación de realizar un estudio de auditoría ambiental con el objetivo de que
se elabore un Plan de Mejoramiento Ambiental para mitigar los impactos negativos del proyecto.
g. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo
1566-2010 Se establecen las directrices para la creación de un registro de emisiones, y se ordena a las actividades
que vayan a iniciar operaciones que se inscriban en él, debiendo presentar con la solicitud un
monitoreo de sus emisiones para comprobar que se está cumpliendo con las normas técnicas que
estén vigentes. El monitoreo de las chimeneas deberá hacerse periódicamente por medio de una
empresa prestadora de servicios ambientales y los registros de las mediciones deben reportarse a la
SERNA.
También promueve la adquisición de equipos para la baja generación de emisiones, al financiamiento
de los gastos generados por la reubicación de empresas ya establecidas, o para la compra de equipos
de combustión y tratamiento de emisiones, pudiendo hacer uso para esto de incentivos tributarios.
h. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010
Por medio de este reglamento, el Estado de Honduras apuesta a implementar prácticas para la
reducción de residuos en la fuente, prácticas de reciclaje, de valoración de residuos y de mercado de
consumo. Clasifica los residuos en: a) especiales, b) no especiales, y c) inertes, sub clasificándolos de
acuerdo a su origen. También clasifica los residuos de acuerdo a su peligrosidad. Establece además
cuales son las diferentes etapas de la gestión de residuos.
En referencia a la prevención, ordena a todas las empresas generadoras de envases que han
contenido lubricantes, plaguicidas y aditivos, así como aquellas que generan residuos con
características de peligrosidad que implementen Planes de Gestión de Residuos que vayan desde su
generación hasta su disposición final. Estos planes de gestión buscan prevenir la producción de
residuos estableciendo nuevas modalidades y modelos de manejo factibles y sostenibles.
Se propone el relleno sanitario como la alternativa más conveniente, estableciendo sus categorías
(manual, mecanizado, y semi-mecanizado), y sus características. Se reconoce la posibilidad de la
existencia de gestores privados de residuos sólidos, permitiéndoles a ellos también construir rellenos
sanitarios, plantas de generación de energía eléctrica por incineración de residuos, captura de biogás,
entre otros.
Con relación a los residuos especiales, se designa a la SERNA como la autoridad a cargo de su
control, estableciendo que las empresas o proyectos que generen este tipo de residuos, se incorporen
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
a un registro de residuos especiales. Estos residuos, cuando no sean reciclables, deberán tratarse, y
previo a un análisis de peligrosidad, podrán disponerse en los rellenos sanitarios o celdas de
confinamiento de seguridad.
Con relación a los residuos peligrosos deberán ser tratados también, pero con el objetivo de reducir
su volumen y peligrosidad. Se excluye los residuos peligrosos generados en establecimientos de salud
y los provenientes de sustancias químicas peligrosas que tengan una regulación especial.
i. Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en
Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-2013
Establece las bases jurídico-institucionales para la gestión adecuada de productos químicos en el
país, con el objetivo de reducir los riesgos a la salud y al ambiente que su utilización puedan causar,
guiando la gestión racional de los productos químicos a lo largo de su ciclo de vida. Recoge los
compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Honduras, así como de políticas
internacionales relacionadas con la gestión de productos químicos.
Establece lineamientos que incluyen: a) desarrollar un sistema coordinado de gestión
ambientalmente racional de los productos químicos y fortalecer las capacidades nacionales para su
implementación; b) desarrollar los instrumentos legales, económicos, administrativos y técnicos
necesarios para la implementación del sistema coordinado; c) desarrollar e implementar programas
de educación, concienciación y sensibilización de la población para lograr la gestión ambientalmente
racional de los productos químicos; d) fomentar el desarrollo de investigación científica y
tecnológica en áreas prioritarias de la gestión integral de los productos químicos; e) asegurar el
funcionamiento adecuado y sostenible del sistema coordinado de gestión ambientalmente racional
de los productos químicos; f) establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento
de la política y sus instrumentos; g) contribuir al control del tráfico internacional de los productos
químicos y residuos peligrosos a través del establecimiento y cumplimiento de acuerdos
multilaterales de cooperación; y, h) contribuir con la formulación de medidas de prevención y
respuesta para mitigar los impactos en la salud y el ambiente generados por las situaciones de
emergencia con productos químicos.
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SERNA / ONUDI / GEF
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a un registro de residuos especiales. Estos residuos, cuando no sean reciclables, deberán tratarse, y
previo a un análisis de peligrosidad, podrán disponerse en los rellenos sanitarios o celdas de
confinamiento de seguridad.
Con relación a los residuos peligrosos deberán ser tratados también, pero con el objetivo de reducir
su volumen y peligrosidad. Se excluye los residuos peligrosos generados en establecimientos de salud
y los provenientes de sustancias químicas peligrosas que tengan una regulación especial.
i. Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en
Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-2013
Establece las bases jurídico-institucionales para la gestión adecuada de productos químicos en el
país, con el objetivo de reducir los riesgos a la salud y al ambiente que su utilización puedan causar,
guiando la gestión racional de los productos químicos a lo largo de su ciclo de vida. Recoge los
compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Honduras, así como de políticas
internacionales relacionadas con la gestión de productos químicos.
Establece lineamientos que incluyen: a) desarrollar un sistema coordinado de gestión
ambientalmente racional de los productos químicos y fortalecer las capacidades nacionales para su
implementación; b) desarrollar los instrumentos legales, económicos, administrativos y técnicos
necesarios para la implementación del sistema coordinado; c) desarrollar e implementar programas
de educación, concienciación y sensibilización de la población para lograr la gestión ambientalmente
racional de los productos químicos; d) fomentar el desarrollo de investigación científica y
tecnológica en áreas prioritarias de la gestión integral de los productos químicos; e) asegurar el
funcionamiento adecuado y sostenible del sistema coordinado de gestión ambientalmente racional
de los productos químicos; f) establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento
de la política y sus instrumentos; g) contribuir al control del tráfico internacional de los productos
químicos y residuos peligrosos a través del establecimiento y cumplimiento de acuerdos
multilaterales de cooperación; y, h) contribuir con la formulación de medidas de prevención y
respuesta para mitigar los impactos en la salud y el ambiente generados por las situaciones de
emergencia con productos químicos.
j. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los
Productos Químicos, Decreto Ejecutivo PCM 035-2013
En este Decreto Ejecutivo se oficializa la CNG como mecanismo interinstitucional por medio del
cual se gestionará la Política para la Gestión Ambientalmente Racional de los productos Químicos
en Honduras. Para su funcionamiento, estará integrada por una Asamblea General multisectorial,
una Secretaría Ejecutiva, la que será desempeñada por la SERNA a través del CESCCO, y por
Comités Permanente, entre los cuales se crea uno específico para la gestión de COPs. Asimismo, por
medio de este decreto se crea del Departamento para la Gestión de Productos Químicos en el
CESCCO-SERNA, el cual deberá asesorar técnicamente a la Secretaría Ejecutiva.
k. Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de los Bifenilos Policlorados
(PCB), Acuerdo 1071-2014
Este reglamento busca establecer las medidas necesarias para minimizar los riesgos derivados del
uso, almacenamiento, manipulación, transporte, tratamiento y eliminación de equipos, aceites,
desechos o suelos contaminados con PCBs.
Uno de los aportes principales es la obligación de declarar la posesión de PCBs por parte del
propietario. Establece un procedimiento para la identificación de esas sustancias y su adecuado
etiquetado, así como las medidas necesarias para la gestión adecuada de desechos contaminados con
dichas sustancias.
l. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo
1070-2014
Establece las características de la base de datos mediante la que operará el registro, así como su
funcionamiento. Además, promueve el acceso a la información ambiental referente a las emisiones y
transferencia de contaminantes. Todo lo anterior con la finalidad de coadyuvar en la toma de
decisiones y en la prevención y control ambiental.
Se consideran sustancias sujetas a reporte, las sustancias y contaminantes del aire, agua, suelo y
residuos peligrosos, así como compuestos orgánicos persistentes, gases de efecto invernadero y
sustancias agotadoras de la capa de ozono.
El funcionamiento de este registro está a cargo de CESCCO-SERNA a través del DGPQ en
coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), con apoyo de la CNG.
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
5.1.6. Normativa Legal decretada, publicada o en proceso de aprobación en el marco
del PNI 2009
En el marco del PNI 2009, se ha elaborado y posteriormente aprobado la Política Nacional de
Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos en Consejo de Ministros en Junio de 2013,
mediante el Decreto Ejecutivo PCM 029-2013. Esta es el resultado de un proceso de consulta
liderado por la SERNA a través del CESCCO. Se vincula con el Enfoque Estratégico para la
Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional (SAICM).
También, se aprueba el Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, por medio del cual se crea la Comisión
Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos. Esta Comisión es
un mecanismo intersectorial de coordinación, consulta y socialización. Generará recomendaciones a
los tomadores de decisión en la materia. Además, coordinará el Sistema y gestionará la Política para
la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, a través de la
adopción del Enfoque Estratégico del SAICM. Igualmente, gestionará el Plan de Implementación
del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos (SIP-Honduras) y otros
instrumentos de planificación derivados del cumplimiento de la Política antes mencionada, así como
los Tratados Internacionales ratificados por el Estado de Honduras sobre la materia.
Además de los dos arriba mencionados, también se logró la aprobación del Reglamento para la
Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB) y del Reglamento del Registro de
Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Pero es necesario señalar que la voluntad
política para la aprobación de los demás instrumentos que se elaboraron en el marco del PNI 2009
no ha sido lo suficientemente amplia, o la capacidad de cabildeo no ha sido lo suficientemente
efectiva. Los instrumentos normativos que no han sido promulgados aún, encontrándose
actualmente en diferentes momentos del proceso son:
a. Reglamento para la Gestión de Sitios Contaminados por Sustancias Químicas
b. Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Sustancias Químicas
Peligrosas
c. Reglamento para el Transporte de Mercancías Peligrosas
Se planteó además la necesidad de elaborar una norma de calidad para suelos y sedimentos, proceso
que ya ha iniciado, y de socializar las directrices del Convenio de Basilea para determinadas
corrientes de residuos.
5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel Nacional
a. Contexto Internacional El Estado de Honduras no ha ratificado aún dos Convenios de la OIT que están directamente
vinculados con la temática, el 170 de 1990 y el 184 de 2001. El Convenio 17037 regula la seguridad en
la utilización de los productos químicos en el trabajo. Fue adoptado en junio de 1990 y entró en
vigor en noviembre de 1993. En él se establece un control operativo por medio del cual los
empleadores se comprometen a evaluar los riesgos dimanantes de la utilización de productos
químicos en el trabajo, y asegurar la protección de los trabajadores contra tales riesgos.
El Convenio 184 de la OIT38 fue adoptado en el 2001, entrando en vigor en el 2003. Con él se
pretende la formulación de una política nacional en materia de seguridad y salud en la agricultura.
Esta política deberá tener por objetivo prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean
consecuencia del trabajo, mediante el control de los riesgos inherentes al ambiente de trabajo en la
agricultura.
En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, el Estado de Honduras no ha adoptado aún
las propuestas formuladas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)
para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas
terrestres39, publicadas el 8 de mayo de 2009, ni el Manual Centroamericano de Normas para la
37 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170), Ginebra, 1990, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312315,es:NO 38 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura (Núm. 184), Ginebra, 2001, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312329,es:NO 39 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, Managua, 2009, disponibles en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/F5309ED6-3CF0-4C6D-B84B-012F6BAABEC7.pdf
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Se planteó además la necesidad de elaborar una norma de calidad para suelos y sedimentos, proceso
que ya ha iniciado, y de socializar las directrices del Convenio de Basilea para determinadas
corrientes de residuos.
5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel Nacional
a. Contexto Internacional El Estado de Honduras no ha ratificado aún dos Convenios de la OIT que están directamente
vinculados con la temática, el 170 de 1990 y el 184 de 2001. El Convenio 17037 regula la seguridad en
la utilización de los productos químicos en el trabajo. Fue adoptado en junio de 1990 y entró en
vigor en noviembre de 1993. En él se establece un control operativo por medio del cual los
empleadores se comprometen a evaluar los riesgos dimanantes de la utilización de productos
químicos en el trabajo, y asegurar la protección de los trabajadores contra tales riesgos.
El Convenio 184 de la OIT38 fue adoptado en el 2001, entrando en vigor en el 2003. Con él se
pretende la formulación de una política nacional en materia de seguridad y salud en la agricultura.
Esta política deberá tener por objetivo prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean
consecuencia del trabajo, mediante el control de los riesgos inherentes al ambiente de trabajo en la
agricultura.
En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, el Estado de Honduras no ha adoptado aún
las propuestas formuladas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)
para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas
terrestres39, publicadas el 8 de mayo de 2009, ni el Manual Centroamericano de Normas para la
37 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170), Ginebra, 1990, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312315,es:NO 38 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura (Núm. 184), Ginebra, 2001, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312329,es:NO 39 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, Managua, 2009, disponibles en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/F5309ED6-3CF0-4C6D-B84B-012F6BAABEC7.pdf
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Revisión Mecánica de Vehículos40, o el Manual Centroamericano de Normas para el Transporte
Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos41 que la misma SIECA publicó en 2009.
b. Ámbito Nacional Se observa que salvo el acuerdo ministerial para la gestión de PCBs, no existe ningún instrumento,
sea decreto legislativo o acuerdo ejecutivo, que prohíba o restrinja las demás sustancias reguladas por
el Convenio de Estocolmo, pues muchas habían sido prohibidas aún antes de que Honduras se
adhiriera a éste. Este vacío, definitivamente causa problemas de aplicación, en tanto las autoridades
no toman las medidas adecuadas para la restricción de ingreso y uso de las mismas en el país. Un
ejemplo claro de lo antes afirmado reside en el hecho de que no se ha trabajado en la elaboración de
normativa para la disposición adecuada de residuos electrónicos.
Además, no existe normativa suficiente en la legislación interna para la implementación de las demás
obligaciones adquiridas en el marco del Convenio de Estocolmo, tales como intercambiar
información con los Estados Parte, dedicar recursos para la investigación, desarrollo y vigilancia, o
crear mecanismos de financiamiento para su implementación. Honduras tampoco ha inscrito en el
registro creado por el Convenio de Estocolmo, las exenciones que considera necesarias para los
once nuevos COPs.
Tampoco se ha hecho énfasis en la normativa disponible sobre la tutela especial que el Estado debe
proveer a grupos especialmente vulnerables a la contaminación por químicos, tales como la primera
infancia, las madres lactantes, las madres en período de gestación, las personas discapacitadas o el
adulto mayor.
Un caso particular es el del Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías y Desechos
Peligrosos, el cual ya ha sido aprobado, pero aún no ha sido publicado, ni tampoco el Manual que
para su difusión deberá publicar en el INSEP.
Asimismo, se ha identificado que aunque en el Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización
Ambiental, se incluye el Transporte y Distribución de Productos Peligrosos, como una actividad que
está sujeta al licenciamiento ambiental, asignándosele una categoría tres (3), no existe ninguna 40 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009, disponible en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/E740E22E-8AEA-44AE-BE0C-BB13FE5854CF.pdf 41 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=2344
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Revisión Mecánica de Vehículos40, o el Manual Centroamericano de Normas para el Transporte
Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos41 que la misma SIECA publicó en 2009.
b. Ámbito Nacional Se observa que salvo el acuerdo ministerial para la gestión de PCBs, no existe ningún instrumento,
sea decreto legislativo o acuerdo ejecutivo, que prohíba o restrinja las demás sustancias reguladas por
el Convenio de Estocolmo, pues muchas habían sido prohibidas aún antes de que Honduras se
adhiriera a éste. Este vacío, definitivamente causa problemas de aplicación, en tanto las autoridades
no toman las medidas adecuadas para la restricción de ingreso y uso de las mismas en el país. Un
ejemplo claro de lo antes afirmado reside en el hecho de que no se ha trabajado en la elaboración de
normativa para la disposición adecuada de residuos electrónicos.
Además, no existe normativa suficiente en la legislación interna para la implementación de las demás
obligaciones adquiridas en el marco del Convenio de Estocolmo, tales como intercambiar
información con los Estados Parte, dedicar recursos para la investigación, desarrollo y vigilancia, o
crear mecanismos de financiamiento para su implementación. Honduras tampoco ha inscrito en el
registro creado por el Convenio de Estocolmo, las exenciones que considera necesarias para los
once nuevos COPs.
Tampoco se ha hecho énfasis en la normativa disponible sobre la tutela especial que el Estado debe
proveer a grupos especialmente vulnerables a la contaminación por químicos, tales como la primera
infancia, las madres lactantes, las madres en período de gestación, las personas discapacitadas o el
adulto mayor.
Un caso particular es el del Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías y Desechos
Peligrosos, el cual ya ha sido aprobado, pero aún no ha sido publicado, ni tampoco el Manual que
para su difusión deberá publicar en el INSEP.
Asimismo, se ha identificado que aunque en el Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización
Ambiental, se incluye el Transporte y Distribución de Productos Peligrosos, como una actividad que
está sujeta al licenciamiento ambiental, asignándosele una categoría tres (3), no existe ninguna 40 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009, disponible en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/E740E22E-8AEA-44AE-BE0C-BB13FE5854CF.pdf 41 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=2344
resolución o reglamento que obligue al INSEP exigir la licencia ambiental como requisito previo
para la emisión de los permisos para empresas de transporte de carga especializada.
5.2. Marco Institucional
Para la adecuada implementación del marco jurídico antes descrito, es necesario que el país cuente
con la institucionalidad adecuada y suficiente. Aunque ya se ha establecido que dicho marco jurídico
se encuentra disperso, es posible observar que los actores involucrados son normalmente los
mismos.
Utilizando como base los instrumentos normativos vinculados a la gestión de COPs y que han
entrado en vigencia desde finales de 2009 hasta el primer semestre de 2014, se ha establecido en la
tabla presentada a continuación, aquellas dependencias de gobierno que tienen competencias
asignadas y relevantes.
INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO
Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto 181-2007
SERNA
Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Decreto 151-2009
COPECO SESAL
Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental, Decreto 158-2009
Secretaría de Educación SERNA
CONEANFO INFOP UNAH SESAL
ICF Ley General de Aguas, Decreto 181-2009 CONASA
Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras, Decreto 286-2009
Presidencia de la República Consejo de Plan de Nación
Consejo Nacional de Competitividad e Innovación Gabinetes Sectoriales
Consejos de Desarrollo Regional Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y
Racionalización del Gasto Público, Decreto 17-2010
SEFIN DEI
Ley de Minería, Decreto 238-2012 SERNA Municipalidades
DEI
Ley de Cambio Climático SERNA SEFIN
ICF
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INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO
Coordinación General de Gobierno SAG
Municipalidades COPECO
ENEE Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009 SERNA
Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, Acuerdo 826-2009
SERNA OHA
Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 SERNA
Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres, Acuerdo 031-2010
ICF
Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Acuerdo 032-2010
COPECO Municipalidades
SESAL
Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-2010
SERNA SESAL
Municipalidades
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010
Municipalidades SERNA SESAL
DEI Tabla de Categorización Ambiental, Acuerdo 1714-2010 SERNA
Reglamento General de la Ley de Minería, Acuerdo 042-2013 SERNA STSS
SESAL Municipalidades
Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública
SESAL
Creación del Departamento de Residuos Sólidos SERNA
Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB), Acuerdo 1071-2014
SERNA
Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo 1070-2014
SERNA
Creación de la Dirección de Cambio Climático, Decreto Ejecutivo PCM 022-2010
SERNA
Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-
2013
SERNA SAG
SESAL STSS
Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico
Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto
Ejecutivo PCM 035-2013
SERNA SAG
SESAL STSS
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INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO
Coordinación General de Gobierno SAG
Municipalidades COPECO
ENEE Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009 SERNA
Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, Acuerdo 826-2009
SERNA OHA
Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 SERNA
Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres, Acuerdo 031-2010
ICF
Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Acuerdo 032-2010
COPECO Municipalidades
SESAL
Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-2010
SERNA SESAL
Municipalidades
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010
Municipalidades SERNA SESAL
DEI Tabla de Categorización Ambiental, Acuerdo 1714-2010 SERNA
Reglamento General de la Ley de Minería, Acuerdo 042-2013 SERNA STSS
SESAL Municipalidades
Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública
SESAL
Creación del Departamento de Residuos Sólidos SERNA
Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB), Acuerdo 1071-2014
SERNA
Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo 1070-2014
SERNA
Creación de la Dirección de Cambio Climático, Decreto Ejecutivo PCM 022-2010
SERNA
Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-
2013
SERNA SAG
SESAL STSS
Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico
Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto
Ejecutivo PCM 035-2013
SERNA SAG
SESAL STSS
INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO
Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico
Tabla 8. Instituciones con competencias relevantes para la gestión de COPs en los Instrumentos Jurídicos que han sido aprobados entre 2009 y el primer semestre de 2014. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de
Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5.2.1. Competencias Asignadas
Las dependencias gubernamentales listadas en el apartado anterior tienen funciones que pueden
vincularse a las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs y diferenciarse en dos categorías: de
regulación, y de control y vigilancia. La siguientes dos tablas ilustran como se distribuyen las
competencias de regulación (Tabla 9) y de control y vigilancia (Tabla 10) las dependencias de
Gobierno, asignadas para las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs en la normativa
relevante a partir de 2009 al primer semestre de 2014.
INSTITUCION Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
SERNA X X X X X X X X X
COPECO X X X X X X X X X
SESAL X X X X X X X X X
STSS X X X X X X X X X
SEFIN X X X X X X X X X
CGG X X X X X X X X X
SAG X X X X X X X X X
Municipalidades X X X X X X X X X
Tabla 9. Funciones de regulación atribuidas a dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
INSTITUCION Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
SERNA X X X X X X X X X
SESAL X X X X X X X X X
SAG X X X X X X X X X
Municipalidades X X X X X X X
52
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Autoridad del Agua
X X X X X X X X X
STSS X X X X X X X X X
DEI X X
Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5.2.2. Recursos Disponibles
Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo
los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos
recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y
políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.
Recursos Disponibles para la Gestión de COPs
Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia
Infraestructurales ¥ Laboratorios
¥ Gestión de residuos / desechos
¥ Centros de Capacitación
¥ Centros de Investigación
¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos
¥ Almacenamiento
Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental
¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural
Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales
Autoridad del Agua
X X X X X X X X X
STSS X X X X X X X X X
DEI X X
Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5.2.2. Recursos Disponibles
Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo
los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos
recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y
políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.
Recursos Disponibles para la Gestión de COPs
Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia
Infraestructurales ¥ Laboratorios
¥ Gestión de residuos / desechos
¥ Centros de Capacitación
¥ Centros de Investigación
¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos
¥ Almacenamiento
Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental
¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural
Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales
53
SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Autoridad del Agua
X X X X X X X X X
STSS X X X X X X X X X
DEI X X
Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5.2.2. Recursos Disponibles
Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo
los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos
recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y
políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.
Recursos Disponibles para la Gestión de COPs
Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia
Infraestructurales ¥ Laboratorios
¥ Gestión de residuos / desechos
¥ Centros de Capacitación
¥ Centros de Investigación
¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos
¥ Almacenamiento
Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental
¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural
Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales
Autoridad del Agua
X X X X X X X X X
STSS X X X X X X X X X
DEI X X
Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del
Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
5.2.2. Recursos Disponibles
Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo
los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos
recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y
políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.
Recursos Disponibles para la Gestión de COPs
Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia
Infraestructurales ¥ Laboratorios
¥ Gestión de residuos / desechos
¥ Centros de Capacitación
¥ Centros de Investigación
¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos
¥ Almacenamiento
Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental
¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural
Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales
¥ Organizaciones Gremiales
Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades
Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)
GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias
gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la
publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,
incluyendo a los COPs.
En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto
Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el
renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar
la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.
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Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15
Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%
Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%
Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%
Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%
Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%
Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%
42 Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf
¥ Organizaciones Gremiales
Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades
Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)
GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias
gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la
publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,
incluyendo a los COPs.
En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto
Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el
renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar
la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.
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Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15
Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%
Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%
Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%
Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%
Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%
Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%
42 Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf
¥ Organizaciones Gremiales
Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades
Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)
GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias
gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la
publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,
incluyendo a los COPs.
En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto
Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el
renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar
la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.
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Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15
Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%
Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%
Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%
Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%
Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%
Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%
42 Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf
¥ Organizaciones Gremiales
Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades
Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)
GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias
gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la
publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,
incluyendo a los COPs.
En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto
Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el
renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar
la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.
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Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15
Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%
Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%
Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%
Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%
Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%
Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%
42 Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf
¥ Organizaciones Gremiales
Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales
Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en
Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades
Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)
GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias
gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la
publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,
incluyendo a los COPs.
En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto
Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el
renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar
la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.
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Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15
Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%
Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%
Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%
Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%
Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%
Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%
42 Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Educación, Investigación, Cultura, Actividades Recreativas 6.8% 6.4% 7.3% 9.1% 7.38%
Protección Social 24.1% 0.3% 9.1% 17.4% 12.72%
Deuda Pública -1.4% 14.2% 11.1% 15.2% 9.76%
Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015. (Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012).
Aunado a esto, el GEF ha destinado cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos
veinte dólares americanos (US$ 4,589,420) para el desarrollo de cuatro proyectos para la gestión de
COPs en el país43.
5.2.3. Acciones Implementadas
Las acciones que se implementaron en el pasado reciente han sido pocas, y han tendido sobre todo a
tratar de prevenir, o a reducir la emisión de contaminantes. Muy pocas han tendido a la remediación
de la contaminación causada por estas sustancias.
Las acciones que se están implementando actualmente, y que pueden vincularse con la gestión de
productos químicos siguen tendiendo a la prevención y a la reducción de la contaminación por las
emisiones de estas sustancias. En la Tabla 13 se reflejan las acciones vinculadas con las obligaciones
adquiridas por el Estado de Honduras en el Convenio de Estocolmo que las instituciones de
gobierno han reportado para este estudio.
Institución Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.
5)
Medidas relacionadas con las existencias y
desechos, (Art. 6)
Intercambio de
Información (Art. 9)
Información, sensibilización y formación del
público (Art. 10)
Investigación, Desarrollo y
Vigilancia (Art. 11)
Mecanismos y recursos
financieros (Art. 13)
DEI X X
SESAL X X X X
INSEP X
SAG X X X X
SED X
SERNA X X X X X X X
IHCAFE X X
CGG X
43 Vid. Información disponible en http://www.thegef.org/gef/country_profile/HN?countryCode=HN&op=Browse&form_build_id=form-xx8eqhAXjohNaVadQ0fHKAiqz1-AHzZnJlQ6lri4xaM&form_id=selectcountry_form
Institución Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.
5)
Medidas relacionadas con las existencias y
desechos, (Art. 6)
Intercambio de
Información (Art. 9)
Información, sensibilización y formación del
público (Art. 10)
Investigación, Desarrollo y
Vigilancia (Art. 11)
Mecanismos y recursos
financieros (Art. 13)
Bomberos X X X
CONEANFO X
Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos 2010-2013 en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Las acciones vinculadas con la reducción o eliminación de emisiones por producción y utilización
intencional más relevantes incluyen la elaboración de la política nacional de inocuidad de alimentos y
la promoción de prácticas agrícolas amigables con el ambiente que incluyen el manejo integrado.
Por su parte, las acciones que se vinculan con la reducción o eliminación de emisiones por
producción no intencional incluyen algunos esfuerzos en la gestión de residuos hospitalarios,
particularmente, identificación de sitios para su disposición final. También se ha elaborado un
manual para gestión de rellenos sanitarios, así como algunos planes directores para la gestión de
residuos sólidos en algunos municipios. También ha habido algún avance con relación al
coprocesamiento de residuos peligrosos en conjunto con la industria cementera. Así como la
elaboración de manual de MTD/MPA para el sector industrial.
Las medidas relacionadas con las emisiones producidas por existencias y desechos, las acciones más
relevantes que se reportan se refieren a procesos de licitación internacional para la eliminación
transfronteriza de COPs, así como otras sustancias nocivas.
Con relación al intercambio de información, se ha podido identificar una instancia técnica y una
política relevante. Técnicamente, el logro más significativo es el éxito obtenido con la
implementación de la prueba piloto del RETC. Políticamente, también ha sido significativo que tres
(3) municipios hondureños (Tela, Puerto Cortés y Omoa) participaron del Proyecto Golfo de
Honduras sobre colaboración transfronteriza, el cual podría servir de referencia para futuras
experiencias.
El componente de información, formación y sensibilización al público, presenta también acciones
relevantes. En el ámbito de la formación se incluye actividades de capacitación a técnicos en salud
ambiental, así como capacitación a usuarios para el manejo seguro de plaguicidas y capacitación en
55
SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Educación, Investigación, Cultura, Actividades Recreativas 6.8% 6.4% 7.3% 9.1% 7.38%
Protección Social 24.1% 0.3% 9.1% 17.4% 12.72%
Deuda Pública -1.4% 14.2% 11.1% 15.2% 9.76%
Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015. (Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012).
Aunado a esto, el GEF ha destinado cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos
veinte dólares americanos (US$ 4,589,420) para el desarrollo de cuatro proyectos para la gestión de
COPs en el país43.
5.2.3. Acciones Implementadas
Las acciones que se implementaron en el pasado reciente han sido pocas, y han tendido sobre todo a
tratar de prevenir, o a reducir la emisión de contaminantes. Muy pocas han tendido a la remediación
de la contaminación causada por estas sustancias.
Las acciones que se están implementando actualmente, y que pueden vincularse con la gestión de
productos químicos siguen tendiendo a la prevención y a la reducción de la contaminación por las
emisiones de estas sustancias. En la Tabla 13 se reflejan las acciones vinculadas con las obligaciones
adquiridas por el Estado de Honduras en el Convenio de Estocolmo que las instituciones de
gobierno han reportado para este estudio.
Institución Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.
5)
Medidas relacionadas con las existencias y
desechos, (Art. 6)
Intercambio de
Información (Art. 9)
Información, sensibilización y formación del
público (Art. 10)
Investigación, Desarrollo y
Vigilancia (Art. 11)
Mecanismos y recursos
financieros (Art. 13)
DEI X X
SESAL X X X X
INSEP X
SAG X X X X
SED X
SERNA X X X X X X X
IHCAFE X X
CGG X
43 Vid. Información disponible en http://www.thegef.org/gef/country_profile/HN?countryCode=HN&op=Browse&form_build_id=form-xx8eqhAXjohNaVadQ0fHKAiqz1-AHzZnJlQ6lri4xaM&form_id=selectcountry_form
Institución Medidas relacionadas con la
producción y utilización
intencional, (Art. 3)
Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.
5)
Medidas relacionadas con las existencias y
desechos, (Art. 6)
Intercambio de
Información (Art. 9)
Información, sensibilización y formación del
público (Art. 10)
Investigación, Desarrollo y
Vigilancia (Art. 11)
Mecanismos y recursos
financieros (Art. 13)
Bomberos X X X
CONEANFO X
Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos 2010-2013 en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
Las acciones vinculadas con la reducción o eliminación de emisiones por producción y utilización
intencional más relevantes incluyen la elaboración de la política nacional de inocuidad de alimentos y
la promoción de prácticas agrícolas amigables con el ambiente que incluyen el manejo integrado.
Por su parte, las acciones que se vinculan con la reducción o eliminación de emisiones por
producción no intencional incluyen algunos esfuerzos en la gestión de residuos hospitalarios,
particularmente, identificación de sitios para su disposición final. También se ha elaborado un
manual para gestión de rellenos sanitarios, así como algunos planes directores para la gestión de
residuos sólidos en algunos municipios. También ha habido algún avance con relación al
coprocesamiento de residuos peligrosos en conjunto con la industria cementera. Así como la
elaboración de manual de MTD/MPA para el sector industrial.
Las medidas relacionadas con las emisiones producidas por existencias y desechos, las acciones más
relevantes que se reportan se refieren a procesos de licitación internacional para la eliminación
transfronteriza de COPs, así como otras sustancias nocivas.
Con relación al intercambio de información, se ha podido identificar una instancia técnica y una
política relevante. Técnicamente, el logro más significativo es el éxito obtenido con la
implementación de la prueba piloto del RETC. Políticamente, también ha sido significativo que tres
(3) municipios hondureños (Tela, Puerto Cortés y Omoa) participaron del Proyecto Golfo de
Honduras sobre colaboración transfronteriza, el cual podría servir de referencia para futuras
experiencias.
El componente de información, formación y sensibilización al público, presenta también acciones
relevantes. En el ámbito de la formación se incluye actividades de capacitación a técnicos en salud
ambiental, así como capacitación a usuarios para el manejo seguro de plaguicidas y capacitación en
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
gestión de residuos sólidos para las municipalidades. También se reportan campañas de información
y sensibilización al público en general en el marco del Proyecto COPs 2. Se participó del proceso de
elaboración de una guía metodológica sobre la gestión de productos químicos para educación básica
y media, y su correspondiente validación y socialización. Y además hubo experiencias de educación
no formal sobre productos químicos.
Con relación a la investigación, desarrollo y vigilancia, la SESAL ha hecho un esfuerzo muy
interesante tratando de caracterizar los efectos de los plaguicidas en la salud de las personas.
Igualmente se ha trabajado en la certificación ISO 17025 del Laboratorio Nacional de Residuos
(LANAR). Además, el país ha adquirido por medio del Cuerpo de Bomberos equipo para el control
de materiales peligrosos. Se ha avanzado, también, con el mapeo de zonas contaminadas con
plaguicidas.
Los mecanismos y recursos financieros se han limitado a la utilización de fondos GEF para el
financiamiento de proyectos vinculados con la gestión ambientalmente racional de productos
químicos y COPs, así como este proyecto de actualización del PNI del Convenio de Estocolmo.
Es relevante señalar que ninguna de las instituciones ha implementado programas o proyectos
específicos que vinculen la equidad de género con la gestión ambientalmente racional de los COPs.
Sin embargo, la participación comunitaria sí ha sido integrada en sus acciones, encontrando
iniciativas interesantes en la Secretaría de Salud, por medio de la formación de técnicos de salud
ambiental en la utilización de la metodología ESCASAL44.
El ámbito educativo es en el que mayor incidencia ha encontrado la participación comunitaria, pues
la Secretaría de Educación también lo ha incorporado como un eje transversal en la educación
popular. Y en el ámbito organizativo, el modelo del IHCAFE puede señalarse como un ejemplo
relevante, pues los productores forman parte de los órganos de dirección de la institución.
El compartir responsabilidades con otros sectores de la ciudadanía en la gestión de los productos
químicos tampoco es un elemento que se haya desarrollado como estrategia institucional con la
regularidad esperada. Son la SERNA y la SESAL tal vez las únicas dependencias gubernamentales
que han ido implementando iniciativas de esta índole, particularmente en lo que se refiere a la
44 Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009. Págs 54-55, disponible en http://www.bvsde.paho.org/CD-GDWQ/CasosEstudiosPSA/guiaPSAHonduras.pdf
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SERNA / ONUDI / GEF
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gestión de residuos sólidos para las municipalidades. También se reportan campañas de información
y sensibilización al público en general en el marco del Proyecto COPs 2. Se participó del proceso de
elaboración de una guía metodológica sobre la gestión de productos químicos para educación básica
y media, y su correspondiente validación y socialización. Y además hubo experiencias de educación
no formal sobre productos químicos.
Con relación a la investigación, desarrollo y vigilancia, la SESAL ha hecho un esfuerzo muy
interesante tratando de caracterizar los efectos de los plaguicidas en la salud de las personas.
Igualmente se ha trabajado en la certificación ISO 17025 del Laboratorio Nacional de Residuos
(LANAR). Además, el país ha adquirido por medio del Cuerpo de Bomberos equipo para el control
de materiales peligrosos. Se ha avanzado, también, con el mapeo de zonas contaminadas con
plaguicidas.
Los mecanismos y recursos financieros se han limitado a la utilización de fondos GEF para el
financiamiento de proyectos vinculados con la gestión ambientalmente racional de productos
químicos y COPs, así como este proyecto de actualización del PNI del Convenio de Estocolmo.
Es relevante señalar que ninguna de las instituciones ha implementado programas o proyectos
específicos que vinculen la equidad de género con la gestión ambientalmente racional de los COPs.
Sin embargo, la participación comunitaria sí ha sido integrada en sus acciones, encontrando
iniciativas interesantes en la Secretaría de Salud, por medio de la formación de técnicos de salud
ambiental en la utilización de la metodología ESCASAL44.
El ámbito educativo es en el que mayor incidencia ha encontrado la participación comunitaria, pues
la Secretaría de Educación también lo ha incorporado como un eje transversal en la educación
popular. Y en el ámbito organizativo, el modelo del IHCAFE puede señalarse como un ejemplo
relevante, pues los productores forman parte de los órganos de dirección de la institución.
El compartir responsabilidades con otros sectores de la ciudadanía en la gestión de los productos
químicos tampoco es un elemento que se haya desarrollado como estrategia institucional con la
regularidad esperada. Son la SERNA y la SESAL tal vez las únicas dependencias gubernamentales
que han ido implementando iniciativas de esta índole, particularmente en lo que se refiere a la
44 Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009. Págs 54-55, disponible en http://www.bvsde.paho.org/CD-GDWQ/CasosEstudiosPSA/guiaPSAHonduras.pdf
gestión de residuos sólidos domésticos y hospitalarios, y la conformación de comités
interinstitucionales, siendo la CNG uno de esos ejemplos.
La cooperación interinstitucional tampoco es tan amplia como se esperaría. Habitualmente se realiza
en campos específicos como la gestión de plaguicidas, inspecciones aduaneras y control fronterizo,
control fitozoosanitario, servicios laboratoriales, auditorías ambientales y peritajes técnicos,
planificación, elaboración de normas técnicas, gestión de servicios de agua y saneamiento,
encadenamiento productivo, financiamiento, y manejo y disposición de residuos. Esta forma de
cooperación normalmente procede de la reglamentación vigente en país, excepcionalmente de
convenios interinstitucionales. La Tabla 14 refleja las diferentes instancias de Cooperación
Interinstitucional identificadas.
Institución
DE
I
SESA
L
INSE
P
SAG
SED
SER
NA
IHC
AF
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e
ICF
SEF
IN
SIP
DEI X X X X X X X SESAL X X X X X X X X INSEP X X X X X X SAG X X X X X X X SED X X
SERNA X X X X X X X X X X X IHCAFE X X X
CGG X X X X Bomberos X X X X X X
CONEANFO X PN X X X X
SDE X X X ALCALDIAS X X X X X
MP X X X X X X UNAH X X X SANAA X X X
COPECO X X X Marina
Mercante X X
ICF X X SEFIN X X X X X X X X X X X X X X X X X X
SIP X X
Tabla 14. Cooperación Interinstitucional para la gestión de Productos Químicos. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación45
La Visión de País, está planteada para un plazo de veintiocho (28) años, en tanto el Plan de Nación
se ha definido para un plazo más corto, de doce (12) años. Dicha Visión de País se conforma por
una declaración de principios, el planteamiento de unos objetivos nacionales y el establecimiento de
metas de prioridad nacional. El Plan de Nación incluye lineamientos estratégicos, un sistema de
indicadores, así como lineamientos presupuestarios. El modelo contiene además un tercer nivel, el
Sistema Nacional de Planificación, que incluye los planes de gobierno cuya duración son de cuatro
(4) años. Dicho Sistema se conforma por un marco jurídico, un marco institucional, un sistema de
monitoreo y evaluación y un observatorio de cumplimiento.
Los objetivos nacionales planteados en la Visión de País son cuatro: 1) una Honduras sin pobreza,
educada y sana, con sistemas consolidados de previsión social; 2) una Honduras que se desarrolla en
democracia, con seguridad y sin violencia; 3) una Honduras productiva, generadora de
oportunidades y empleo, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad
ambiental; y, 4) un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo. El primero y
el tercero de estos objetivos están directamente vinculados con la gestión de COPs, aunque se
vincula a los otros dos de manera indirecta.
Sin embargo, la mayor relación se encuentra definitivamente con el tercero de los objetivos, pues
éste involucra conceptos como el del desarrollo sostenible. Para alcanzarlo, el Estado de Honduras
ha diseñado como herramientas idóneas los Planes Territoriales de Desarrollo, como una forma de
descentralización de la gestión administrativa, incluyendo la gestión ambiental. Es así como el
cumplimiento del objetivo se vincula con la nueva lógica organizativa que ha adoptado el Estado por
medio de la aplicación de la Ley de Ordenamiento Territorial (LOT). Actualmente se ha establecido
dieciséis (16) regiones de desarrollo en la implementación de la LOT
Ninguna de las metas diseñadas para dicho objetivo se vincula de manera directa a la gestión racional
de productos químicos, mucho menos a la gestión de COPs, porque se refieren de manera muy
general a temas como empleo, relación exportaciones/PIB, energía renovable, tierras bajo riego,
represamiento y aprovechamiento hídrico, restauración de la cobertura forestal y riesgo climático.
45 Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010, disponible en http://plandenacion.hn/sites/default/files/Decreto%20286-2009%20Visi%C3%B3n%20de%20Pa%C3%ADs%20Plan%20de%20Naci%C3%B3n.pdf
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5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación45
La Visión de País, está planteada para un plazo de veintiocho (28) años, en tanto el Plan de Nación
se ha definido para un plazo más corto, de doce (12) años. Dicha Visión de País se conforma por
una declaración de principios, el planteamiento de unos objetivos nacionales y el establecimiento de
metas de prioridad nacional. El Plan de Nación incluye lineamientos estratégicos, un sistema de
indicadores, así como lineamientos presupuestarios. El modelo contiene además un tercer nivel, el
Sistema Nacional de Planificación, que incluye los planes de gobierno cuya duración son de cuatro
(4) años. Dicho Sistema se conforma por un marco jurídico, un marco institucional, un sistema de
monitoreo y evaluación y un observatorio de cumplimiento.
Los objetivos nacionales planteados en la Visión de País son cuatro: 1) una Honduras sin pobreza,
educada y sana, con sistemas consolidados de previsión social; 2) una Honduras que se desarrolla en
democracia, con seguridad y sin violencia; 3) una Honduras productiva, generadora de
oportunidades y empleo, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad
ambiental; y, 4) un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo. El primero y
el tercero de estos objetivos están directamente vinculados con la gestión de COPs, aunque se
vincula a los otros dos de manera indirecta.
Sin embargo, la mayor relación se encuentra definitivamente con el tercero de los objetivos, pues
éste involucra conceptos como el del desarrollo sostenible. Para alcanzarlo, el Estado de Honduras
ha diseñado como herramientas idóneas los Planes Territoriales de Desarrollo, como una forma de
descentralización de la gestión administrativa, incluyendo la gestión ambiental. Es así como el
cumplimiento del objetivo se vincula con la nueva lógica organizativa que ha adoptado el Estado por
medio de la aplicación de la Ley de Ordenamiento Territorial (LOT). Actualmente se ha establecido
dieciséis (16) regiones de desarrollo en la implementación de la LOT
Ninguna de las metas diseñadas para dicho objetivo se vincula de manera directa a la gestión racional
de productos químicos, mucho menos a la gestión de COPs, porque se refieren de manera muy
general a temas como empleo, relación exportaciones/PIB, energía renovable, tierras bajo riego,
represamiento y aprovechamiento hídrico, restauración de la cobertura forestal y riesgo climático.
45 Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010, disponible en http://plandenacion.hn/sites/default/files/Decreto%20286-2009%20Visi%C3%B3n%20de%20Pa%C3%ADs%20Plan%20de%20Naci%C3%B3n.pdf
5.4. Análisis del Cumplimiento de Indicadores 4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.
En el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo de 2009 se establece seis (6)
objetivos estratégicos, siendo el cuarto el Fortalecimiento de las Capacidades Nacionales para la Gestión
Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas, y el quinto, la Armonización e Implementación del Marco
Legal para Lograr la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas.
5.4.1. Indicador 4 de los Resultados del PNI 2009
En cuanto al fortalecimiento de las capacidades nacionales se planificaron las siguientes acciones:
a. Designar la Autoridad Nacional Competente de las Sustancias Químicas y Residuos
Peligrosos en Honduras.
b. Operativizar la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los
Productos Químicos (CNG).
c. Fortalecer la capacidad técnica de la Autoridad Competente para la gestión de las sustancias
químicas y los residuos peligrosos.
Con relación a la primera de esas acciones, se emitió el Decreto Ejecutivo PCM 029-2013,
contentivo de la Política Nacional de Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos. En dicha
política se designa a la SERNA como la Autoridad Nacional Competente, encargada de promover y
rectorar la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en Honduras, estableciéndose
el Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) como parte de la estructura del
Centro de Estudios y Control de Contaminantes. Dicho departamento está conformado en la
actualidad por un (1) técnico especialista, y ubicado físicamente en las instalaciones del CESCCO.
Además, se elaboró el Manual de Funciones para el DGPQ, constituyéndose en una de las
principales fortalezas de los logros en la implementación del PNI 2009. La DGPQ es una verdadera
oportunidad para la consolidación de la gestión ambientalmente racional de los productos químicos,
incluyendo los COPs en el país.
En el marco del proyecto COPs 2 se desarrolló algunas estrategias con el propósito de manejar
adecuadamente los residuos sólidos en nueve (9) municipios, incluyendo los cinco (5) que
conforman la Mancomunidad de Colosuca, el Distrito Central, Comayagua, Siguatepeque y
60
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Potrerillos. Este avance también es una oportunidad, en el sentido que puede servir como ejemplo
de experiencias exitosas para ser replicadas en otros municipios.
La Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos
también fue institucionalizada por medio de Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, sin embargo su
funcionamiento aún no ha sido reglamentado. En la actualidad, son más de cuarenta (40)
instituciones públicas y privadas las que conforman su membrecía. Su creación no obedece
exclusivamente a la implementación del PNI del Convenio de Estocolmo, sino que a la
implementación de una estrategia más general para la implementación de la gestión ambientalmente
racional de productos químicos (SAICM). En 2013 la CNG se reunió en varias ocasiones, además de
participar en actividades puntuales coordinadas por la ANC y sus contrapartes. La oficialización de
la CNG se constituye como una fortaleza, y en una oportunidad para transversalizar la gestión
ambientalmente racional de productos químicos. Pero, no se puede desconocer la amenaza para el
proceso que supone el hecho que la CNG nunca llegue a ser verdaderamente funcional y se
convierta en un espacio de encuentro forzado y no sinérgico.
Las capacidades laboratoriales de la ANC, gestionadas por CESCCO, actualmente son las siguientes:
calidad de aguas, contaminantes químicos, contaminación atmosférica, ecotoxicología y
microbiología ambiental y de alimentos46. De acuerdo a lo informado por el DGPQ, en el marco de
implementación del PNI se fortalecieron las capacidades analíticas para plaguicidas organoclorados y
bifenilos policlorados (PCBs) en diferentes matrices. Ninguno de estas capacidades analíticas está
certificada, ni ha sido sometida a ningún proceso de acreditación, sin embargo, se rigen bajo un
sistema de gestión de calidad. La falta de acreditación o certificación de estas capacidades es una
debilidad que aún no logra ser remontada, pero que desde una perspectiva muy optimista, podría
considerarse una oportunidad de mejora muy interesante.
Entre las investigaciones más recientes elaboradas en el CESCCO con la participación de otras
instituciones se encuentra:
a. UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el
Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.
b. Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio
Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011. 46 Vid. sitio web de CESCCO-SERNA disponible en http://cesccoserna.net/index.html .
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Potrerillos. Este avance también es una oportunidad, en el sentido que puede servir como ejemplo
de experiencias exitosas para ser replicadas en otros municipios.
La Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos
también fue institucionalizada por medio de Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, sin embargo su
funcionamiento aún no ha sido reglamentado. En la actualidad, son más de cuarenta (40)
instituciones públicas y privadas las que conforman su membrecía. Su creación no obedece
exclusivamente a la implementación del PNI del Convenio de Estocolmo, sino que a la
implementación de una estrategia más general para la implementación de la gestión ambientalmente
racional de productos químicos (SAICM). En 2013 la CNG se reunió en varias ocasiones, además de
participar en actividades puntuales coordinadas por la ANC y sus contrapartes. La oficialización de
la CNG se constituye como una fortaleza, y en una oportunidad para transversalizar la gestión
ambientalmente racional de productos químicos. Pero, no se puede desconocer la amenaza para el
proceso que supone el hecho que la CNG nunca llegue a ser verdaderamente funcional y se
convierta en un espacio de encuentro forzado y no sinérgico.
Las capacidades laboratoriales de la ANC, gestionadas por CESCCO, actualmente son las siguientes:
calidad de aguas, contaminantes químicos, contaminación atmosférica, ecotoxicología y
microbiología ambiental y de alimentos46. De acuerdo a lo informado por el DGPQ, en el marco de
implementación del PNI se fortalecieron las capacidades analíticas para plaguicidas organoclorados y
bifenilos policlorados (PCBs) en diferentes matrices. Ninguno de estas capacidades analíticas está
certificada, ni ha sido sometida a ningún proceso de acreditación, sin embargo, se rigen bajo un
sistema de gestión de calidad. La falta de acreditación o certificación de estas capacidades es una
debilidad que aún no logra ser remontada, pero que desde una perspectiva muy optimista, podría
considerarse una oportunidad de mejora muy interesante.
Entre las investigaciones más recientes elaboradas en el CESCCO con la participación de otras
instituciones se encuentra:
a. UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el
Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.
b. Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio
Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011. 46 Vid. sitio web de CESCCO-SERNA disponible en http://cesccoserna.net/index.html .
c. UNAH-CESCCO. Diagnóstico Nacional de Mercurio en Honduras. Tegucigalpa. 2011.
d. UNAH-CESCCO. Diagnóstico de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos. Tegucigalpa.
2013.
e. UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.
El que el CESCCO logre vincularse con la academia y se desarrolle este tipo de estudios es una
fortaleza en un país donde la investigación científica es casi inexistente, pero la falta de
financiamiento para la investigación es una verdadera amenaza que podría ser revertida con las
adecuadas previsiones presupuestarias.
5.4.2. Indicador 5 de los Resultados del PNI 2009
Para el quinto objetivo estratégico, “Armonización e implementación del marco-legal para lograr la
gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas”, se plantearon las siguientes acciones:
a. Elaborar y ejecutar la normativa para la gestión ambientalmente racional de las sustancias
químicas.
b. Regular la CNG la aplicabilidad de la legislación existente.
c. Aprobar y socializar la Política para la Gestión de productos químicos y residuos peligrosos.
d. Implementar una estrategia de capacitación en materia legal.
Para su cumplimiento se realizó algunas acciones puntuales, tales como la elaboración de
instrumentos normativos, y sentar así las bases de la gestión ambientalmente racional de los
productos químicos. Sin embargo, sólo cuatro (4) de esos instrumentos han sido aprobados: la
política para la gestión ambientalmente racional de productos químicos, la creación de la CNG, el
reglamento para la gestión ambientalmente racional de PCBs y el Reglamento del Registro de
Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
El retraso en el logro de la promulgación de dichos reglamentos es una debilidad para la gestión de
productos químicos, pues no lograr aún la aprobación de los demás instrumentos, deja inoperativa la
Política. Para convertir dicha debilidad en una oportunidad de mejora, los esfuerzos inmediatos
deberán centrarse en la revisión y readecuación de esos instrumentos, para la consiguiente
aprobación, y poder brindarle así funcionalidad normativa.
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Vale mencionar que en el 2011, se desarrolla el Proyecto Regional “Diseño de las características
claves y pruebas piloto de un registro de emisiones y transferencias de contaminantes RETC”, con
apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR),
financiado por el Reino de España. En la actualidad se ha ejecutado una fase piloto y dos reportes
voluntarios. Este es un avance significativo, convirtiéndose en una verdadera oportunidad que se
consolidará ahora que el reglamento de RETC ya ha sido aprobado.
En el marco del proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias
Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales” (SAICM 2) se logró la inclusión de los principios
para la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en el plan estratégico
institucional de SERNA47. También se logró la incorporación de estos principios en cinco Planes de
Desarrollo Regional con Enfoque en Ordenamiento Territorial, así como en el Plan de Desarrollo de
la Mancomunidad de COLOSUCA, como se había comentado anteriormente.
6. Conclusiones
a. Marco Legal Nacional Vinculante
A partir del análisis anterior se puede concluir que la creación normativa vinculada directa o
indirectamente con la gestión de COPs y productos químicos en general ha sido sustancial en los
últimos cinco (5) años, permitiendo que la gestión cuente con una base jurídica más completa que la
que estaba disponible cuando se elaboró el PNI 2009. Además, los aportes recientes no sólo se dan
en el nivel reglamentario, sino que inician desde el nivel constitucional. Esto evidencia que el
diagnóstico inicial sobre el que se construyó el PNI 2009, y que sirve de base para estrategias más
amplias como el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional
(SAICM, por sus siglas en inglés), fue pertinente.
La Constitución de Honduras refleja un carácter antropocéntrico en tanto su artículo 59 señala que
el propósito supremo del Estado de Honduras, es la persona humana, por lo que cualquier
normativa de jerarquía inferior a la Constitución, sea esta de carácter ambiental o de cualquier otro,
47 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Documento de Proyecto, Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales. Tegucigalpa. 2010. Disponible en http://www.undp.org/content/dam/undp/documents/projects/HND/00060418/PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf
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Vale mencionar que en el 2011, se desarrolla el Proyecto Regional “Diseño de las características
claves y pruebas piloto de un registro de emisiones y transferencias de contaminantes RETC”, con
apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR),
financiado por el Reino de España. En la actualidad se ha ejecutado una fase piloto y dos reportes
voluntarios. Este es un avance significativo, convirtiéndose en una verdadera oportunidad que se
consolidará ahora que el reglamento de RETC ya ha sido aprobado.
En el marco del proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias
Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales” (SAICM 2) se logró la inclusión de los principios
para la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en el plan estratégico
institucional de SERNA47. También se logró la incorporación de estos principios en cinco Planes de
Desarrollo Regional con Enfoque en Ordenamiento Territorial, así como en el Plan de Desarrollo de
la Mancomunidad de COLOSUCA, como se había comentado anteriormente.
6. Conclusiones
a. Marco Legal Nacional Vinculante
A partir del análisis anterior se puede concluir que la creación normativa vinculada directa o
indirectamente con la gestión de COPs y productos químicos en general ha sido sustancial en los
últimos cinco (5) años, permitiendo que la gestión cuente con una base jurídica más completa que la
que estaba disponible cuando se elaboró el PNI 2009. Además, los aportes recientes no sólo se dan
en el nivel reglamentario, sino que inician desde el nivel constitucional. Esto evidencia que el
diagnóstico inicial sobre el que se construyó el PNI 2009, y que sirve de base para estrategias más
amplias como el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional
(SAICM, por sus siglas en inglés), fue pertinente.
La Constitución de Honduras refleja un carácter antropocéntrico en tanto su artículo 59 señala que
el propósito supremo del Estado de Honduras, es la persona humana, por lo que cualquier
normativa de jerarquía inferior a la Constitución, sea esta de carácter ambiental o de cualquier otro,
47 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Documento de Proyecto, Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales. Tegucigalpa. 2010. Disponible en http://www.undp.org/content/dam/undp/documents/projects/HND/00060418/PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf
deberá anteponer los intereses de las personas por sobre las del ambiente. De ahí que, la gestión de
COPs en el país debe estar prioritariamente vinculada con la prevención de los impactos negativos
que su uso puede causar a la salud. En este sentido, la prevención debe tener siempre el propósito de
garantizar condiciones de vida dignas al ser humano. Esto se sustenta aún más con la reforma del
artículo 145 de la Constitución, con la que se incluye el derecho al acceso al agua y al saneamiento
como corolario del derecho a la salud, espacio en el que puede caber perfectamente la necesidad de
prevenir la contaminación por COPs.
Como se manifestó ya en el desarrollo del estudio, el principal problema de la legislación existente es
la dispersión normativa, faltando una adecuada sistematización. Sin embargo, a pesar de la
dispersión, se ha encontrado un número considerable de provisiones que son de aplicación para las
tres (3) principales obligaciones que Honduras ha adquirido en el Convenio de Estocolmo, que
consisten en implementar medidas para reducir o eliminar las emanaciones ya sean estas causadas
intencionalmente, no-intencionalmente, o sean consecuencia de existencias y desechos. También se
ha identificado una serie de provisiones, en las que se asignan competencias específicas a las
diferentes instituciones de la estructura estatal, que pueden ser útiles en la construcción de un Plan
Nacional de Implementación, o para adicionarse al que ya existe.
Aunada a la dispersión normativa, es necesario seguir resaltando el hecho de que, salvo los
reglamentos que se producen dentro del marco de la implementación de la gestión racionalmente
ambiental para los productos químicos, ningún instrumento normativo, se refiere directamente a los
COPs, sino que, se refieren de manera más general a la gestión de productos químicos.
Cuatro (4) de esos instrumentos están vigentes: la política para la gestión ambientalmente racional de
productos químicos, la oficialización de la CNG, el reglamento para la gestión de PCBs y el
reglamento del RETC. Los otros instrumentos que se han elaborado como parte de la
implementación de la gestión ambientalmente racional de productos químicos, aún no se encuentran
vigentes, lo que hace parcialmente inoperante la política, de la manera que fue diseñada.
Haciendo el análisis de la normativa aprobada de 2009 al primer semestre de 2014 desde la
perspectiva de las etapas del ciclo de vida de los COPs, existe aún un marcado vacío con relación a la
regulación necesaria para el transporte y disposición final de estas sustancias, y tampoco se ha
elaborado ninguna normativa para la gestión adecuada de residuos electrónicos.
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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
La nueva reglamentación para el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA),
es muy significativa de frente al proceso de actualización del PNI, creando una oportunidad
interesante para la transversalización de la gestión de COPs en las diferentes etapas de su ciclo de
vida. Pero la modificación más significativa para la gestión de COPs en el esquema normativo reside
en la aplicación del Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos. Su implementación
adecuada impactaría en la reducción de las emisiones de COPs no intencionales, ya que la quema
traspatio ha sido identificada como una de las principales fuentes de contaminación de COPs.
Además, en el 2010 entra en vigencia el Decreto que crea la Dirección Nacional del Cambio
Climático, y a finales del año pasado se aprueba la Ley Nacional de Cambio Climático, siendo
Honduras uno de los pocos países en América Latina que ha promulgado una normativa de esta
naturaleza. También se ha integrado un departamento a la estructura de la SERNA para gestionar
esta temática. Se abre así un espacio interesante en el que se pueden desarrollar sinergias útiles para
la implementación de ambos Tratados Internacionales, el de Cambio Climático y el de Estocolmo.
Además, esta consideración es válida si se toma en cuenta que a diferencia de la gestión de
productos químicos, el cambio climático sí ha sido tomado en cuenta dentro de los indicadores del
sistema de planificación nacional. Por lo que, vincular el mayor impacto que las emanaciones de
COPs puedan tener en la salud de las personas, cuando se ven potenciados por la variaciones
climáticas, debe ser tenido permanentemente en consideración.
b. Marco Legal Internacional Vinculante
En los Tratados Internacionales analizados, hay suficientes provisiones que están relacionadas con
medidas para reducir o eliminar emanaciones que sean derivadas de la producción o utilización
intencional, no intencional, o de existencias almacenadas o de la gestión inadecuada de desechos.
También se ha incluido provisiones que facilitan el intercambio de información entre diferentes
Estados, incluyendo información comercial y aduanera.
Se observa menor cantidad de provisiones que pudieran servir para coadyuvar en la implementación
de mecanismos de información, formación o sensibilización del público sobre temas relacionados a
la adecuada gestión de COPs, o con asistencia técnica interestatal sobre diversos aspectos vinculados
con la temática. Sin embargo, donde se evidencia una mayor cantidad de vacíos es en los ámbitos de
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La nueva reglamentación para el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA),
es muy significativa de frente al proceso de actualización del PNI, creando una oportunidad
interesante para la transversalización de la gestión de COPs en las diferentes etapas de su ciclo de
vida. Pero la modificación más significativa para la gestión de COPs en el esquema normativo reside
en la aplicación del Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos. Su implementación
adecuada impactaría en la reducción de las emisiones de COPs no intencionales, ya que la quema
traspatio ha sido identificada como una de las principales fuentes de contaminación de COPs.
Además, en el 2010 entra en vigencia el Decreto que crea la Dirección Nacional del Cambio
Climático, y a finales del año pasado se aprueba la Ley Nacional de Cambio Climático, siendo
Honduras uno de los pocos países en América Latina que ha promulgado una normativa de esta
naturaleza. También se ha integrado un departamento a la estructura de la SERNA para gestionar
esta temática. Se abre así un espacio interesante en el que se pueden desarrollar sinergias útiles para
la implementación de ambos Tratados Internacionales, el de Cambio Climático y el de Estocolmo.
Además, esta consideración es válida si se toma en cuenta que a diferencia de la gestión de
productos químicos, el cambio climático sí ha sido tomado en cuenta dentro de los indicadores del
sistema de planificación nacional. Por lo que, vincular el mayor impacto que las emanaciones de
COPs puedan tener en la salud de las personas, cuando se ven potenciados por la variaciones
climáticas, debe ser tenido permanentemente en consideración.
b. Marco Legal Internacional Vinculante
En los Tratados Internacionales analizados, hay suficientes provisiones que están relacionadas con
medidas para reducir o eliminar emanaciones que sean derivadas de la producción o utilización
intencional, no intencional, o de existencias almacenadas o de la gestión inadecuada de desechos.
También se ha incluido provisiones que facilitan el intercambio de información entre diferentes
Estados, incluyendo información comercial y aduanera.
Se observa menor cantidad de provisiones que pudieran servir para coadyuvar en la implementación
de mecanismos de información, formación o sensibilización del público sobre temas relacionados a
la adecuada gestión de COPs, o con asistencia técnica interestatal sobre diversos aspectos vinculados
con la temática. Sin embargo, donde se evidencia una mayor cantidad de vacíos es en los ámbitos de
la investigación y en la creación de mecanismos financieros que permitan que el plan de acción que
se diseñe pueda implementarse a cabalidad.
c. Marco Institucional Existente
Desde antes que el Estado de Honduras suscribiera y ratificara el Convenio de Estocolmo, contaba
ya con una estructura institucional para la gestión de productos químicos, que es la que sirvió de
base para el diseño del PNI 2009 y que permitió se pudiera cumplir sus indicadores 4 y 5 de la
manera que se logró.
En dicha estructura, es la SERNA, la Autoridad Nacional Competente, por medio de CESCCO
como Punto Técnico Focal, quien encabeza la institucionalidad sectorial. Sin embargo, estas
instituciones se vieron impactadas con las reformas al marco jurídico que se han identificado en este
estudio, particularmente con la creación del DGPQ, lo que demuestra que el marco institucional del
país para la gestión racional de productos químicos aún está en formación.
Se pudo identificar que la legislación analizada diferencia las competencias de regulación de las de
control y vigilancia para estas instituciones. Es así que algunas dependencias del sector público
deben participar en la regulación de COPs en todas las etapas de su ciclo de vida (SERNA,
COPECO, SESAL, ICF, SEFIN, CGG, STSS, SAG y Municipalidades). Es necesario señalar que,
estas capacidades son eminentemente técnicas, por lo que salvo algunas excepciones, las
instituciones no incluyen estrategias para su implementación que promuevan la igualdad de género,
fomenten la participación comunitaria, procuran la protección del binomio materno-infantil,
aseguren la equidad o la responsabilidad compartida.
Cuando se analiza las funciones de control o vigilancia para los COPs en sus diferentes etapas de
ciclo de vida, la situación es diferente, siendo los principales actores la SERNA, SESAL, SAG, STSS
y la Autoridad del Agua creada en la Ley General de Aguas. Las Municipalidades también pueden
ejercer funciones de control y vigilancia salvo en lo que se refiere a la importación y a la exportación
de COPs, aunque aún no hagan uso de esas capacidades, salvo ejemplo puntuales, como lo
observado en los municipios de Puerto Cortés y Comayagua.
Aunado a lo anterior, hay que mencionar que la Ley Especial de Educación y Comunicación
Ambiental hace que sumado a lo anterior, haya suficientes disposiciones para abarcar elementos
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importantes del Convenio de Estocolmo, tales como la información, educación y sensibilización del
público, y que estas hayan sido asignadas a varias instituciones públicas, permitiendo que el espectro
de su aplicación sea amplio. Sin embargo las funciones de financiamiento y de investigación no se
plantean en ninguno de estos cuerpos normativos.
La cooperación institucional que existe en el sector es desordenada y asistemática, y no tiene una
lógica clara que rija la formas y los motivos para que esta se lleve a cabo, ni tampoco se implementa
con propósitos ni objetivos específicos. En muy pocos casos, forma parte de las estrategias
institucionales la igualdad de género, la participación comunitaria, el binomio materno-infantil, la
equidad y la responsabilidad compartida.
d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación
En la actualidad es posible valorar que el Estado de Honduras ha manifestado hasta cierto punto
cierta voluntad política para crear los instrumentos necesarios que permitan la adecuada gestión de
los COPs en el país. Pero, en lo que al sistema de planificación nacional se refiere, este no contiene
indicadores nacionales que directamente se puedan vincular a la gestión racionalmente ambiental de
los COPs. Sin embargo, esto no ha sido óbice para que en el ámbito regional si se haya podido
desarrollar indicadores específicos para la gestión de COPs.
7. Recomendaciones
La nueva redacción del art. 145 constitucional abre un espacio de sinergia interesante que debe ser
aprovechado para integrar a la CONASA y la gestión del agua en los procesos para la gestión
ambientalmente racional de productos químicos. Además, para la adecuada aplicación de la
normativa que ya está vigente, es necesario crear instrumentos administrativos que faciliten el trabajo
del gestor público, así como la incorporación de la Política GAR de PQ a los PEI y POA de las
instituciones del sector, y la suficiente asignación de recursos financieros, humanos, técnicos,
políticos y logísticos.
Se recomienda también la organización y armonización de la normativa dispersa a partir de la
formulación de una Ley Marco para la Gestión de Productos Químicos, que transversalice y
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importantes del Convenio de Estocolmo, tales como la información, educación y sensibilización del
público, y que estas hayan sido asignadas a varias instituciones públicas, permitiendo que el espectro
de su aplicación sea amplio. Sin embargo las funciones de financiamiento y de investigación no se
plantean en ninguno de estos cuerpos normativos.
La cooperación institucional que existe en el sector es desordenada y asistemática, y no tiene una
lógica clara que rija la formas y los motivos para que esta se lleve a cabo, ni tampoco se implementa
con propósitos ni objetivos específicos. En muy pocos casos, forma parte de las estrategias
institucionales la igualdad de género, la participación comunitaria, el binomio materno-infantil, la
equidad y la responsabilidad compartida.
d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación
En la actualidad es posible valorar que el Estado de Honduras ha manifestado hasta cierto punto
cierta voluntad política para crear los instrumentos necesarios que permitan la adecuada gestión de
los COPs en el país. Pero, en lo que al sistema de planificación nacional se refiere, este no contiene
indicadores nacionales que directamente se puedan vincular a la gestión racionalmente ambiental de
los COPs. Sin embargo, esto no ha sido óbice para que en el ámbito regional si se haya podido
desarrollar indicadores específicos para la gestión de COPs.
7. Recomendaciones
La nueva redacción del art. 145 constitucional abre un espacio de sinergia interesante que debe ser
aprovechado para integrar a la CONASA y la gestión del agua en los procesos para la gestión
ambientalmente racional de productos químicos. Además, para la adecuada aplicación de la
normativa que ya está vigente, es necesario crear instrumentos administrativos que faciliten el trabajo
del gestor público, así como la incorporación de la Política GAR de PQ a los PEI y POA de las
instituciones del sector, y la suficiente asignación de recursos financieros, humanos, técnicos,
políticos y logísticos.
Se recomienda también la organización y armonización de la normativa dispersa a partir de la
formulación de una Ley Marco para la Gestión de Productos Químicos, que transversalice y
visibilice adecuadamente la gestión de COPs. Esta ley marco brindaría coherencia, conectaría todos
instrumentos existentes y permitiría que se integren los demás que están por aprobarse.
Se sugiere continuar con las acciones de cabildeo para la aprobación de los reglamentos que están
aún pendientes, pues su elaboración obedeció a vacíos que fueron identificados en el diagnóstico
que se hizo para la elaboración del PNI 2009, haciéndolos necesarios para abordar de una forma más
completa las obligaciones que Honduras ha adquirido con el Convenio de Estocolmo, para los
cuales, posteriormente, deberá crearse instrumentos administrativo similares a los señalados
anteriormente.
Se deberá, elaborar la legislación para la gestión ambientalmente racional de los residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos, y publicarse el Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías
y Desechos Peligrosos, este último gestionado por el INSEP. Pero la promulgación de todos esos
instrumentos debe ser posterior a una revisión que hagan de los mismos los operadores de justica,
especialmente el Ministerio Público, de tal forma que se asegure su funcionalidad, particularmente
para la persecución adecuada del ilícito ambiental, y no terminen siendo simples normas técnicas.
Ese marco regulatorio deberá complementarse con un sistema de estándares ambientales para el
monitoreo, seguimiento y control de los COPs en Honduras. En este sentido se recomienda
aprovechar el sistema de evaluación de impacto ambiental vigente en el país, trasnversalizando la
gestión racionalmente ambiental de COPs en todos los instrumentos que ya se han diseñado para
este efecto. Además, es necesario completar todas las normas técnicas que aún no han sido creadas
para la gestión de COPs. También se recomienda la implementación de un sistema de vigilancia
epidemiológica y toxicológica, y fortalecer el sistema de vigilancia transfronteriza.
Es necesario que SERNA emita una circular por medio del cual se notifiqué al sector público del
régimen al que están sometidos los diferentes COPs en el país, y se establezca las prohibiciones y
restricciones que devienen del Convenio, para que estas se apliquen, y el control y vigilancia puedan
ser efectivos.
Honduras, además debe terminar de alinear sus obligaciones internacionales, ratificando los
Convenios 170 y 184 de la OIT, y las propuestas para mejorar la eficiencia, productividad y
profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, así como el Manuales
Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículo y el Manual Centroamericano
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de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos de la SIECA. Así
cerraría el círculo que se plantea en el ámbito constitucional, conectando la gestión de los COPs con
la protección de la salud en todos los ámbitos, incluyendo los laborales.
Una vez definido el marco estratégico sobre el que ha de construirse el PNI 2015, será necesario
elaborar la cartera de proyectos para asegurar su cumplimiento. Para tal fin, deberá fortalecerse el
DGPQ, para que funcione como una unidad ejecutora que pueda asegurar el cumplimiento de los
compromisos internacionales adquiridos por Honduras y dirigir y gestionar adecuadamente la
planificación sectorial. Pero también se requiere fortalecer las capacidades de la Autoridad Nacional
Competente en el marco de la Agenda Química Internacional.
También es necesario, por medio de convenios interinstitucionales, lograr que los escasos recursos
existentes, tales como los laboratorios gubernamentales puedan ser utilizados sin mayores obstáculos
burocráticos, por las instituciones del sector, para poder hacer una vigilancia más adecuada. Se
recomienda crear una red laboratorial que los integre y que además se asegure su debida acreditación.
Es perentorio que la coordinación interinstitucional para la gestión de productos químicos en
general, y para la gestión ambientalmente racional de los COPs en especial, sea sistemática y
organizada. Esto deberá verificarse por medio de la incorporación de la Política Nacional de GAR
de PQ en los PEI y POA de las instituciones del sector.
La CNG debe continuar siendo el espacio político idóneo para la cooperación interinstitucional.
Para eso es necesario asegurar su funcionamiento por medio de la debida reglamentación,
asegurando la continua participación de los tomadores de decisión de más alto nivel. También es
necesario el fortalecimiento de su membresía, el que puede asegurarse por medio de iniciativas tales
como la capacitación continua de sus miembros.
La coordinación interinstitucional deberá extenderse a incluir otras iniciativas ambientales que estén
siendo impulsados por el Estado de Honduras, tales como la del Cambio Climático, de tal forma que
se pueda crear sinergias interesantes que permitan la implementación de la Política para la Gestión
Ambientalmente Racional de Productos Químicos en su total amplitud.
También es necesario replicar las experiencias exitosas que se ha tenido en algunos ámbitos, como la
gestión de residuos sólidos en dos municipios: Comayagua y Puerto Cortés, haciendo notar además,
que en este segundo municipio, la gestión se ha hecho sin mayor cooperación externa. En este
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de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos de la SIECA. Así
cerraría el círculo que se plantea en el ámbito constitucional, conectando la gestión de los COPs con
la protección de la salud en todos los ámbitos, incluyendo los laborales.
Una vez definido el marco estratégico sobre el que ha de construirse el PNI 2015, será necesario
elaborar la cartera de proyectos para asegurar su cumplimiento. Para tal fin, deberá fortalecerse el
DGPQ, para que funcione como una unidad ejecutora que pueda asegurar el cumplimiento de los
compromisos internacionales adquiridos por Honduras y dirigir y gestionar adecuadamente la
planificación sectorial. Pero también se requiere fortalecer las capacidades de la Autoridad Nacional
Competente en el marco de la Agenda Química Internacional.
También es necesario, por medio de convenios interinstitucionales, lograr que los escasos recursos
existentes, tales como los laboratorios gubernamentales puedan ser utilizados sin mayores obstáculos
burocráticos, por las instituciones del sector, para poder hacer una vigilancia más adecuada. Se
recomienda crear una red laboratorial que los integre y que además se asegure su debida acreditación.
Es perentorio que la coordinación interinstitucional para la gestión de productos químicos en
general, y para la gestión ambientalmente racional de los COPs en especial, sea sistemática y
organizada. Esto deberá verificarse por medio de la incorporación de la Política Nacional de GAR
de PQ en los PEI y POA de las instituciones del sector.
La CNG debe continuar siendo el espacio político idóneo para la cooperación interinstitucional.
Para eso es necesario asegurar su funcionamiento por medio de la debida reglamentación,
asegurando la continua participación de los tomadores de decisión de más alto nivel. También es
necesario el fortalecimiento de su membresía, el que puede asegurarse por medio de iniciativas tales
como la capacitación continua de sus miembros.
La coordinación interinstitucional deberá extenderse a incluir otras iniciativas ambientales que estén
siendo impulsados por el Estado de Honduras, tales como la del Cambio Climático, de tal forma que
se pueda crear sinergias interesantes que permitan la implementación de la Política para la Gestión
Ambientalmente Racional de Productos Químicos en su total amplitud.
También es necesario replicar las experiencias exitosas que se ha tenido en algunos ámbitos, como la
gestión de residuos sólidos en dos municipios: Comayagua y Puerto Cortés, haciendo notar además,
que en este segundo municipio, la gestión se ha hecho sin mayor cooperación externa. En este
renglón se puede adicionar la implementación del RETC más allá de su fase piloto. Esto deberá
complementarse por medio de la normativización y regulación para la adecuada recolección y
disposición de residuos especiales y peligrosos, impulsando la innovación tecnológica, pues en la
actualidad, en la mayoría de los casos, la disposición de residuos en el país no cumple con estándares
internacionales.
La actualización del PNI debe ser la oportunidad que permita la integración de la empresa privada a
la gestión adecuada de COPs. Para eso, deberá crearse un sistema de incentivos y desincentivos que
prevengan la contaminación por COPs, e impulsar iniciativas tales como el coprocesamiento.
Además, el Estado de Honduras debe crear las condiciones adecuadas para que ese proceso de
integración sea exitoso, para lo que se recomienda la creación de programas de asesoría e
información para el sector privado.
Por último, y para complementar la visión antropocéntrica del constituyente y del legislador
hondureño, es necesario que en la normativa que se vaya promulgando para la adecuada gestión de
los COPs y en la institucionalidad que se vaya integrando a dicha gestión, se vayan visibilizando
también los grupos más vulnerables a la contaminación por químicos, y que requieren de una tutela
especial por parte del Estado, tales como la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las
personas con discapacidades y el adulto mayor.
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
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el Diario Oficial La Gaceta #32, 397 de 21 de diciembre de 2010.
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Acuerdo 031-2010, Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,341 de 16 de octubre de 2010.
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el Diario Oficial La Gaceta #32,338 de 11 de octubre de 2010.
Acuerdo 1566-2010, Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas,
publicado 21 de febrero de 2011.
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Diario Oficial La Gaceta #32,449 de 22 de febrero de 2011.
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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
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Acuerdo 1070-2014. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
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Codex Alimentarius, Base de datos en línea del Codex sobre los residuos de plaguicidas en los
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la Convención, 2012.
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Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997.
Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982.
Decreto 181-2007, Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta #32, 265 de 16 de julio de 2010.
Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de
Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010.
Decreto 151-2009, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta #32,098 de 26 de diciembre de 2009.
Decreto 158-2009, Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta #32,099 de 28 de diciembre de 2009.
Decreto 181-2009, Ley General de Aguas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,088 de 14
de diciembre de 2009.
Decreto 17-2010, Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del
Gasto Público, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,193 de 22 de abril de 2010.
Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario
Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013.
Decreto 238-2012, Ley de Minería, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,088 de 2 de abril
de 2013.
Decreto 266-2013, Ley para optimizar la administración pública, mejorar los servicios a la ciudadanía
y fortalecimiento de la transparencia en el gobierno, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 33.336
de 23 de enero de 2014.
Decreto Ejecutivo PCM 022-2010, Creación de la Dirección de Cambio Climático, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta #32,251 de 30 de junio de 2010.
Decreto Ejecutivo PCM 029-2013, Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los
Productos Químicos en Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,201 de 13 de
agosto de 2013.
Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, Creación de la Comisión Nacional para la Gestión
Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
#33,206 de 19 de agosto de 2013.
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Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170),
Ginebra, 1990.
Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura
(Núm. 184), Ginebra, 2001.
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión
Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Chemicals proposed for listing under the
Convention, Châtelaine.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de
la Capa de Ozono, Viena, 1985.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía
del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Ginebra, 2010.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las
sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, SC-1/12.
Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas
Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009.
Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012.
Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
Sistema de Integración Centroamericano, Reglamento del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano.
Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de
Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997. Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración
Económica, Guatemala, 2004.
Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración
Económica LIX, Guatemala, 2010.
Secretaría de Integración Económica, Resolución 273-2011 de Consejo de Ministros de Integración
Económica LIX, San Salvador, 2011.
Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el
Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009.
Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la
Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009.
Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la
eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres,
Managua, 2009. UNAH-CESCCO. Diagnóstico de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.
Tegucigalpa. 2013.
UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el
Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.
UNAH-CESCCO. Diagnóstico Nacional de Mercurio en Honduras. Tegucigalpa. 2011.
74
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.
Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio
Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.
9. Anexos
Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio
Institución Funcionario Cargo
AMDC
German Pavón Sub.director
Silvia Becerra Asistente UGA
Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA
Mario Nájera Jefe Municipal PS
APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División
CGG José Silva Especialista en Planificación
CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental
Luis Romero Director Técnico
CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa
COPECO Liber Fino Jefe UGA
Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante
Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos
DEI
Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero
Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria
Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria
Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y
Ambiental
FAO Mirza Castro Asesora
FHIS Fany García FHIS DIM
Hospital Escuela Isis Flores Asistente
Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales
IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico
Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación
IHSS Denis Hernández Supervisor DSH
INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte
Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte
Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales
Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina
Ministerio Público
Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental
Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental
Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente
Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos
75
SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.
Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio
Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.
9. Anexos
Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio
Institución Funcionario Cargo
AMDC
German Pavón Sub.director
Silvia Becerra Asistente UGA
Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA
Mario Nájera Jefe Municipal PS
APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División
CGG José Silva Especialista en Planificación
CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental
Luis Romero Director Técnico
CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa
COPECO Liber Fino Jefe UGA
Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante
Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos
DEI
Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero
Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria
Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria
Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y
Ambiental
FAO Mirza Castro Asesora
FHIS Fany García FHIS DIM
Hospital Escuela Isis Flores Asistente
Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales
IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico
Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación
IHSS Denis Hernández Supervisor DSH
INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte
Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte
Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales
Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina
Ministerio Público
Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental
Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental
Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente
Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos
9. Anexos
Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio
Institución Funcionario Cargo
AMDC
German Pavón Sub.director
Silvia Becerra Asistente UGA
Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA
Mario Nájera Jefe Municipal PS
APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División
CGG José Silva Especialista en Planificación
CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental
Luis Romero Director Técnico
CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa
COPECO Liber Fino Jefe UGA
Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante
Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos
DEI
Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero
Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria
Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria
Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y
Ambiental
FAO Mirza Castro Asesora
FHIS Fany García FHIS DIM
Hospital Escuela Isis Flores Asistente
Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales
IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico
Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación
IHSS Denis Hernández Supervisor DSH
INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte
Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte
Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales
Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina
Ministerio Público
Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental
Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental
Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente
Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Comayagua
Municipalidad de Potrerillos Kelvin Hernández Gerente del Relleno Sanitario
Municipalidad de Puerto Cortés Kay Bodden Jefe de Departamento Ambiental
Municipalidad de San Pedro Sula José Agurcia Jefatura de Desechos Sólidos
OIRSA José Luis Maradiaga Oficial de Servicios Delegados
Norlan Hernández Jefe Cuarentena Agropecuaria Toncontín
Policía Nacional Ramón Banegas Sub-Director Nacional de Tránsito
Proyecto COPS2 Mirta Ferrari Especialista FICE
Pablo Rodríguez Sub-Coordinador
Vivian Cárdenas Especialista Económico-Institucional
SAG
Juan Ramón Velásquez Coordinador DIA
Karen Araujo Supervisor Oficial DIA
Juan Vicente Barrios Oficial de Registro y Fiscalización de Plaguicidas
Emérita Ávila Técnico de Plaguicidas
Martha Beatriz Canales Asesor Legal
Julio Hernández Asesor Legal SENASA
Dímpida Meléndez UPEG SAG
Concepción Arias UPEG SAG
SANAA
Gerson Urtecho Asistente Técnico DIAT/SANAA
Lourdes Reyes Jefe de Control de Calidad
Ela Rivera División Técnica
Mirna Argueta Directora Nacional
SDE Santiago Mejía Secretario Ejecutivo de la Unidad Técnica de Biocombustibles
SED
Arely Argueta Jefe DECOAS
Fabio Zelaya Técnico DECOAS
Oscar Ortega Técnico DECOAS
Verónica Castellanos Asistente Técnico
Rusbelinda Sánchez Jefe del Departamento de Educación de Adultos
SEFIN Leonardo Matute Coordinador de Unidad de Cambio Climático
SERNA
Carlos Pineda Fasquelle Viceministro
Julio Eguigure Director DECA
Luisa Canelas Analista Ambiental DECA
Kessel Rosales Director DGA
Eleonora Aguilar Coordinadora DECAM
Yoycelin Rodas Asistente
Marvin Martínez Coordinador del Dpto. de Residuos Sólidos
Fresia Rovelo Planificador UPEG
Marcela Bustillo Planificador UPEG
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SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Comayagua
Municipalidad de Potrerillos Kelvin Hernández Gerente del Relleno Sanitario
Municipalidad de Puerto Cortés Kay Bodden Jefe de Departamento Ambiental
Municipalidad de San Pedro Sula José Agurcia Jefatura de Desechos Sólidos
OIRSA José Luis Maradiaga Oficial de Servicios Delegados
Norlan Hernández Jefe Cuarentena Agropecuaria Toncontín
Policía Nacional Ramón Banegas Sub-Director Nacional de Tránsito
Proyecto COPS2 Mirta Ferrari Especialista FICE
Pablo Rodríguez Sub-Coordinador
Vivian Cárdenas Especialista Económico-Institucional
SAG
Juan Ramón Velásquez Coordinador DIA
Karen Araujo Supervisor Oficial DIA
Juan Vicente Barrios Oficial de Registro y Fiscalización de Plaguicidas
Emérita Ávila Técnico de Plaguicidas
Martha Beatriz Canales Asesor Legal
Julio Hernández Asesor Legal SENASA
Dímpida Meléndez UPEG SAG
Concepción Arias UPEG SAG
SANAA
Gerson Urtecho Asistente Técnico DIAT/SANAA
Lourdes Reyes Jefe de Control de Calidad
Ela Rivera División Técnica
Mirna Argueta Directora Nacional
SDE Santiago Mejía Secretario Ejecutivo de la Unidad Técnica de Biocombustibles
SED
Arely Argueta Jefe DECOAS
Fabio Zelaya Técnico DECOAS
Oscar Ortega Técnico DECOAS
Verónica Castellanos Asistente Técnico
Rusbelinda Sánchez Jefe del Departamento de Educación de Adultos
SEFIN Leonardo Matute Coordinador de Unidad de Cambio Climático
SERNA
Carlos Pineda Fasquelle Viceministro
Julio Eguigure Director DECA
Luisa Canelas Analista Ambiental DECA
Kessel Rosales Director DGA
Eleonora Aguilar Coordinadora DECAM
Yoycelin Rodas Asistente
Marvin Martínez Coordinador del Dpto. de Residuos Sólidos
Fresia Rovelo Planificador UPEG
Marcela Bustillo Planificador UPEG
Fausto Díaz Técnico Especial UCMR-SERNA
Manuel López Luna Director Nacional de Cambio Climático
Aracely Membreño Analista Ambiental
Julio Rivas Asesor Técnico
Julio Castrillo Asistente de Secretaría General ICF
Víctor Meléndez Director CESCCO
Alma de Nájera Sub-directora CESCCO
Indira Sierra Analista Ambiental
Nelly Cálix Analista Ambiental CESCCO
Marco Cálix Asesor Legal, CESCCO
Diana Sequeira Asesora Legal
Roger Bautista Asistente
Rina Mejía Analista Ambiental
Ramón Nuila Enlace de Comunicación
Javier Conlo Comunicación UCI
Martha Cabrera Asistente DGPQ
Ana Ramírez Jefe DGPQ
Marsy Barahona Analista Ambiental
SESAL
German Adalid Alfaro Jefe del Departamento Técnico Normativo
Wilberto Montalván PNCHL SESAL
Lavinia Silva Regulación Sanitaria
Blanca Luz Acosta Jefe del Departamento de Ingeniería
Bredy Lara Director General de Vigilancia de Salud
Gustavo Urbina Coordinador de Vigilancia de IAP
Rosibel Nasser Técnico DGRS
Amy Tovar Técnico DGVS, Coordinadora CNG
Oscar Adán Herrera Técnico del Departamento de Hospitales
STSS Cruz Rosales Inspector de Higiene y Seguridad
Selim Nazar Médico
UNITEC Marlon Brevé Vicerrector Académico
UPNFM Javier García Departamento de Ciencias Naturales
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Anexo 2. Preguntas de Investigación
Marco Jurídico
1. ¿Cuál es la legislación internacional vinculante a la gestión de los COPs? 2. ¿Cuál legislación internacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010
a la fecha? 3. ¿Cuál legislación nacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010 a la
fecha? 4. ¿Existe normativa vinculada a la gestión de COPs que aún no haya sido aprobada, o
habiéndolo sido no está aún en vigencia? 5. ¿Los instrumentos normativos que fueron elaborados en el marco del Programa COPs II
son pertinentes para la adecuada gestión de estas sustancias? 6. ¿Existe armonía entre la normativa vinculada a la gestión de COPs en el país? De no haberla,
¿cuáles son las causas? 7. ¿Abarca la legislación existente a todas las etapas del ciclo de vida de los COPs? 8. ¿Cuáles son los vacíos legales referentes a la gestión de los COPs?
Marco Institucional
1. ¿Existen capacidades institucionales a nivel nacional para la gestión de COPs que sean contenidas en la legislación que ha sido promulgada del 2010 a la fecha?
2. De haber capacidades nacionales instaladas para la gestión de COPs, ¿incluyen estrategias de igualdad de género, participación comunitaria, equidad y responsabilidad compartida?
3. ¿Cómo abordan la problemática de los COPs las instituciones gubernamentales más relevantes?
4. ¿Existe una estructura institucional adecuada para el cumplimiento de los indicadores para la gestión de los COPs?
Plan de Nación, Visión de País
1. ¿Puede vincularse la gestión de los COPs con la Visión de País y el Plan de Nación?
Indicadores de Resultados del PNI
1. ¿Es pertinente el diagnóstico de la gestión de COPs en Honduras sobre la que se basa el diseño del PNI?
2. ¿Hay coherencia entre la Política de Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos y el PNI?
3. ¿Se cumple el Plan nacional de Implementación del 2009, particularmente a los que los indicadores 4 y 5 se refiere?
Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional
INSTITUCION
DEPENDENCIA
ENTREVISTADO
CARGO
FECHA
1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?
b. Si b. Algo c. No
3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?
a. Si b. Algo c. No
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SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Anexo 2. Preguntas de Investigación
Marco Jurídico
1. ¿Cuál es la legislación internacional vinculante a la gestión de los COPs? 2. ¿Cuál legislación internacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010
a la fecha? 3. ¿Cuál legislación nacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010 a la
fecha? 4. ¿Existe normativa vinculada a la gestión de COPs que aún no haya sido aprobada, o
habiéndolo sido no está aún en vigencia? 5. ¿Los instrumentos normativos que fueron elaborados en el marco del Programa COPs II
son pertinentes para la adecuada gestión de estas sustancias? 6. ¿Existe armonía entre la normativa vinculada a la gestión de COPs en el país? De no haberla,
¿cuáles son las causas? 7. ¿Abarca la legislación existente a todas las etapas del ciclo de vida de los COPs? 8. ¿Cuáles son los vacíos legales referentes a la gestión de los COPs?
Marco Institucional
1. ¿Existen capacidades institucionales a nivel nacional para la gestión de COPs que sean contenidas en la legislación que ha sido promulgada del 2010 a la fecha?
2. De haber capacidades nacionales instaladas para la gestión de COPs, ¿incluyen estrategias de igualdad de género, participación comunitaria, equidad y responsabilidad compartida?
3. ¿Cómo abordan la problemática de los COPs las instituciones gubernamentales más relevantes?
4. ¿Existe una estructura institucional adecuada para el cumplimiento de los indicadores para la gestión de los COPs?
Plan de Nación, Visión de País
1. ¿Puede vincularse la gestión de los COPs con la Visión de País y el Plan de Nación?
Indicadores de Resultados del PNI
1. ¿Es pertinente el diagnóstico de la gestión de COPs en Honduras sobre la que se basa el diseño del PNI?
2. ¿Hay coherencia entre la Política de Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos y el PNI?
3. ¿Se cumple el Plan nacional de Implementación del 2009, particularmente a los que los indicadores 4 y 5 se refiere?
Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional
INSTITUCION
DEPENDENCIA
ENTREVISTADO
CARGO
FECHA
1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?
b. Si b. Algo c. No
3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?
a. Si b. Algo c. No
Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional
INSTITUCION
DEPENDENCIA
ENTREVISTADO
CARGO
FECHA
1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?
b. Si b. Algo c. No
3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?
a. Si b. Algo c. No
Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional
INSTITUCION
DEPENDENCIA
ENTREVISTADO
CARGO
FECHA
1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?
b. Si b. Algo c. No
3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?
a. Si b. Algo c. No
4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?
a. Si b. Algo c. No
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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
81
SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Áreas/Departamentos
Funciones Antigüedad
5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?
a. Si b. No
Instrumentos
6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?
Extracción
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
Producción
Formulación
Exportación
Importación
Almacenamiento
Transporte
Uso
Desecho Final
Disposición
7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?
Recursos Antigüedad
8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones Antigüedad
9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Acciones
Antigüedad
82
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
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10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
83
SERNA / ONUDI / GEF
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?
Recursos Antigüedad
11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?
12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?
13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?
14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?
15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?
a. Si b. No
Instituciones
Acciones
16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?
14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?
15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?
a. Si b. No
Instituciones
Acciones
16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?
14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?
15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?
a. Si b. No
Instituciones
Acciones
16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?
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Anexo 4. Instrumento de Validación
INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN
TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014
ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL
MARCO JURIDICO
1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.
Instrumento Nivel de relevancia Observaciones
No es relevante
Es algo relevante
Es muy relevante
Constitución de la República
Ley General del Ambiente
Código de Salud
Ley Fitozoosanitaria
Ley de Ordenamiento Territorial
Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental
Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos
Ley General de Aguas
Ley Marco del Sector de Agua
Anexo 4. Instrumento de Validación
INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN
TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014
ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL
MARCO JURIDICO
1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.
Instrumento Nivel de relevancia Observaciones
No es relevante
Es algo relevante
Es muy relevante
Constitución de la República
Ley General del Ambiente
Código de Salud
Ley Fitozoosanitaria
Ley de Ordenamiento Territorial
Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental
Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos
Ley General de Aguas
Ley Marco del Sector de Agua
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Anexo 4. Instrumento de Validación
INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN
TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014
ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL
MARCO JURIDICO
1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.
Instrumento Nivel de relevancia Observaciones
No es relevante
Es algo relevante
Es muy relevante
Constitución de la República
Ley General del Ambiente
Código de Salud
Ley Fitozoosanitaria
Ley de Ordenamiento Territorial
Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental
Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos
Ley General de Aguas
Ley Marco del Sector de Agua
Potable y Saneamiento
Ley de Municipalidades
Ley de Pesca
Ley de Transporte
Ley de Aeronáutica Civil
Ley Orgánica de la Marina Mercante
Ley de Aduanas
Código de Trabajo
Reglamento General de la Ley del Ambiente
Reglamento del SINEIA
Reglamento de Auditorías Ambientales
Reglamento de Registro Nacional de prestadores de Servicios Ambientales
Tabla de Categorización Ambiental
Reglamento de Salud Ambiental
Reglamento para el Control Sanitario de Productos y Servicios de Establecimientos de Interés Sanitario
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Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial
Reglamento del SINAGER
Reglamento de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento
Reglamento de Salud Pesquera y Acuícola
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos
Reglamento para el manejo de Desechos Peligrosos Generados en los Establecimientos de Salud
Reglamento sobre el registro, uso y control de plaguicidas y sustancias afines
Reglamento General de Transporte
Reglamento de Transporte Marítimo
Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales
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Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial
Reglamento del SINAGER
Reglamento de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento
Reglamento de Salud Pesquera y Acuícola
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos
Reglamento para el manejo de Desechos Peligrosos Generados en los Establecimientos de Salud
Reglamento sobre el registro, uso y control de plaguicidas y sustancias afines
Reglamento General de Transporte
Reglamento de Transporte Marítimo
Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales
Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción
Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Reglamento de Cuarentena Agropecuaria
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos
2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.
Instrumento Propuesto Observaciones
Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción
Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Reglamento de Cuarentena Agropecuaria
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos
2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.
Instrumento Propuesto Observaciones
Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción
Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Reglamento de Cuarentena Agropecuaria
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos
2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.
Instrumento Propuesto Observaciones
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MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
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MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
MARCO INSTITUCIONAL
1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.
INSTITUCION
Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide
Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho
DEI x x x x x
STSS x x x x x x x
Secretaría de Salud x x x x
INSEP x
IHSS x x x x x x x
SDE x
SAG x x x x x x x x x
Secretaría de Educación x x x x x
SERNA x x x x x x x x
Municipalidades x x x x
Ministerio Público x x x
Bomberos x x
IHCAFE x x x x x
OIRSA x x x
No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas
Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida
2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.
Nombre de la Institución
Tipo de Institución �Gubernamental �Privada �AcadŽmica �ONG/OPD/Coop
Estructura Organizativa � Ente Funcional �Ente Formal
Dependencias Vinculadas con la Gestión de COPs
Recursos/Capacidades
Base Legal
Presupuestarios
Logísticos
Humanos
Técnicos
Funciones �Normador �Administrador �Pol’tico
Convenios Interinstitucionales Relevantes para la Gestión de COPs
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Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional
Nombre: _______________________________________________________________________
Institución: ____________________________________________________________________
Instrucciones:
Marcar con una X la afirmación que mejor describa al documento evaluado, de acuerdo a los criterios establecidos para cada elemento a evaluar.
En el caso de que no sea calificado de manera “excelente o muy bueno” alguno de los elementos, por favor justificar su decisión en la parte inferior del cuadro.
1.- Esquema del informe
Justificación:
Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente
Estructura general
Se ha realizado una presentación general de la estructura de forma lógica, coherente y ordenada.
Se ha realizado una presentación general de la estructura, ordenada pero discreta respecto al planteamiento del tema.
Se ha realizado una presentación general confusa, desordenada e incoherente
Distribución de temas a tratar
Los temas en los que se subdivide el problema principal son trascendentes para su solución.
Algunos de los subapartados propuestos son innecesarios. Su eliminación mejoraría el esquema final.
Hay un exceso de cuestiones a tratar. Hará difícil que se abarque el objetivo propuesto.
2.- Contenido
Justificación:
Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente
Definición del problema
El problema está definido y justificado. Se ha realizado un planteamiento correcto del problema que se pretende analizar.
El problema aparece definido pero con algunas deficiencias.
No aparece el problema definido ni justificado
Coherencia con el Problema principal
El contenido responde coherentemente al problema principal planteado. El informe responde la pregunta de investigación
Se plantea más de un problema aunque se reconduce al problema principal manteniendo cierta coherencia.
Hay varios problemas identificados. El informe carece de coherencia El informe es panorámico y no responde concluyentemente la pregunta de investigación.
Fuentes utilizadas Las fuentes son idóneas y aportan toda la información relevante para la construcción del informe.
Las fuentes son apropiadas, pero no se consideraron otras que son relevantes.
Las fuentes carecen de relevancia para la construcción del informe.
Conclusiones Las conclusiones elaboradas responden directamente a los objetivos de la investigación
Las conclusiones dejan vacíos en relación a los objetivos planteados para la investigación
Las conclusiones no abordan los temas planteados en los objetivos de la investigación
Recomendaciones Las recomendaciones planteadas son relevantes para el propósito de la investigación.
Las recomendaciones planteadas tienen alguna relevancia para el propósito de la investigación.
Las recomendaciones no tienen ninguna relevancia para el propósito de la investigación.
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Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional
Nombre: _______________________________________________________________________
Institución: ____________________________________________________________________
Instrucciones:
Marcar con una X la afirmación que mejor describa al documento evaluado, de acuerdo a los criterios establecidos para cada elemento a evaluar.
En el caso de que no sea calificado de manera “excelente o muy bueno” alguno de los elementos, por favor justificar su decisión en la parte inferior del cuadro.
1.- Esquema del informe
Justificación:
Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente
Estructura general
Se ha realizado una presentación general de la estructura de forma lógica, coherente y ordenada.
Se ha realizado una presentación general de la estructura, ordenada pero discreta respecto al planteamiento del tema.
Se ha realizado una presentación general confusa, desordenada e incoherente
Distribución de temas a tratar
Los temas en los que se subdivide el problema principal son trascendentes para su solución.
Algunos de los subapartados propuestos son innecesarios. Su eliminación mejoraría el esquema final.
Hay un exceso de cuestiones a tratar. Hará difícil que se abarque el objetivo propuesto.
2.- Contenido
Justificación:
Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente
Definición del problema
El problema está definido y justificado. Se ha realizado un planteamiento correcto del problema que se pretende analizar.
El problema aparece definido pero con algunas deficiencias.
No aparece el problema definido ni justificado
Coherencia con el Problema principal
El contenido responde coherentemente al problema principal planteado. El informe responde la pregunta de investigación
Se plantea más de un problema aunque se reconduce al problema principal manteniendo cierta coherencia.
Hay varios problemas identificados. El informe carece de coherencia El informe es panorámico y no responde concluyentemente la pregunta de investigación.
Fuentes utilizadas Las fuentes son idóneas y aportan toda la información relevante para la construcción del informe.
Las fuentes son apropiadas, pero no se consideraron otras que son relevantes.
Las fuentes carecen de relevancia para la construcción del informe.
Conclusiones Las conclusiones elaboradas responden directamente a los objetivos de la investigación
Las conclusiones dejan vacíos en relación a los objetivos planteados para la investigación
Las conclusiones no abordan los temas planteados en los objetivos de la investigación
Recomendaciones Las recomendaciones planteadas son relevantes para el propósito de la investigación.
Las recomendaciones planteadas tienen alguna relevancia para el propósito de la investigación.
Las recomendaciones no tienen ninguna relevancia para el propósito de la investigación.
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Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CONSTITUCIONAL
DESCRIPCIÓN
Artículo 1 Protección de la salud humana y medio ambiente
Artículo 1 Naturaleza del Estado
Artículo 65 Derecho a la vida.
Artículo 145 Derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento. Obligación del Estado a proteger el medio ambiente.
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 103
Derecho a la propiedad privada. Función social de la propiedad. Limitaciones al derecho de propiedad por motivos de necesidad o interés público.
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra
Artículo 24 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República
Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones
Artículo 5
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción no intencional
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 248 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República
Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones
Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 248 Requisitos de validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la
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Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CONSTITUCIONAL
DESCRIPCIÓN
Artículo 1 Protección de la salud humana y medio ambiente
Artículo 1 Naturaleza del Estado
Artículo 65 Derecho a la vida.
Artículo 145 Derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento. Obligación del Estado a proteger el medio ambiente.
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 103
Derecho a la propiedad privada. Función social de la propiedad. Limitaciones al derecho de propiedad por motivos de necesidad o interés público.
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra
Artículo 24 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República
Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones
Artículo 5
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción no intencional
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 248 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República
Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones
Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 128.6
Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales
Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado
Artículo 248 Requisitos de validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la
República
Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones
Artículo 7
Plan de Implementación
Artículo 111 Grupos/instituciones sociales especialmente tutelados por el Estado de Honduras
Artículo 123 Derechos del niño
Artículo 127 Derecho al trabajo
Artículo 142 Derecho a la Seguridad Social
Artículo 149
Atribución a la Secretaría de Salud para la coordinación de un plan nacional de salud
Artículo 245.22
Atribución de la Presidencia de la República de formular, dirigir y ejecutar el plan nacional de desarrollo
Artículo 329 Planificación estratégica del desarrollo económico y social
Artículo 345 La Reforma Agraria como parte esencial de la planificación estratégica
Artículo 10
Información, sensibilización y formación del público
Artículo 125 Deber de cooperación de los medios de comunicación con la formación de los niños
Artículo 162 Obligaciones de los docentes con la sociedad
Artículo 176 Obligaciones de los medios de comunicación
Artículo 182 Garantías Constitucionales. Habeas Data.
Artículo 245.29
Atribución de la Presidencia de la República para adoptar medidas para la prevención y promoción de la salud de los habitantes.
Artículo 274 Obligación de las Fuerzas Armadas de cooperar con las secretarías de Estado en temas como educación, ambiente y sanidad.
Artículo 11 Investigación, desarrollo y vigilancia Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra
Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 205.29 Atribución del Congreso Nacional para autorizar la recepción de cooperación técnica
Artículo 13 Mecanismos y Recursos Financieros Artículo 365 Atribución del Poder Ejecutivo para atender compromisos financieros internacionales
Artículo 18
Solución de Controversias Artículo 15 Principios del Derecho Internacional Público. Validez y obligatoriedad de sentencias arbitrales y judiciales de carácter internacional
Artículo 24 Firma del Convenio Artículo 245.13 Atribución de la Presidencia de la República para la celebración de tratados y convenios
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Artículo 25 Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Convenio
Artículo 16 Aprobación de tratados internacionales por parte del Congreso nacional previa ratificación
Artículo 205.30
Atribución del Congreso Nacional con relación a la aprobación de tratados internacionales
Artículo 245.13 Celebrar y ratificar tratados y convenios internacionales
Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CODIFICADO
DESCRIPCIÓN
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas
Artículo 9 Facultad del control aduanero
Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera
Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías
Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas
Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas
Artículo 6
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas
Artículo 9 Facultad del control aduanero
Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera
Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías
Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas
Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas
Artículo 9
Intercambio de información
Artículo 11 Implementación de técnicas de gestión de riesgo
Artículo 16 Intercambio de información entre los servicios aduaneros
Artículo 17 Reconocimiento mutuo de las actuaciones de los servicios aduaneros
Artículo 95 Creación de la base de datos regional de
transportistas aduaneros
Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO REGLAMENTARIO
DESCRIPCIÓN
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 8 Control Aduanero
Artículo 12 Retención o incautación de mercancías
Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones
Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas
Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados
Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas
Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte
Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo
Artículo 239 Inspección y registro
Artículo 242 Obligación de proporcionar información
Artículo 243 Información del manifiesto de la carga
Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras
Artículo 335 Establece la metodología para análisis del riesgo en la importación
Artículo 336 Establece el procedimiento para la verificación inmediata de mercaderías
Artículo 337 Establece la obligación del declarante de poner a disposición del oficial aduanero la mercancía para su verificación
Artículo 338 Obligación del declarante de manipular la mercancía cuando para su reconocimiento se requiera medidas técnicas especializadas
Artículo 341 Extracción de muestras
Artículo 344 Procedimiento de extracción de muestras
Artículo 345 Remisión de muestras a laboratorio
Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las Artículo 8 Control Aduanero
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Artículo 25 Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Convenio
Artículo 16 Aprobación de tratados internacionales por parte del Congreso nacional previa ratificación
Artículo 205.30
Atribución del Congreso Nacional con relación a la aprobación de tratados internacionales
Artículo 245.13 Celebrar y ratificar tratados y convenios internacionales
Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CODIFICADO
DESCRIPCIÓN
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas
Artículo 9 Facultad del control aduanero
Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera
Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías
Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas
Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas
Artículo 6
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas
Artículo 9 Facultad del control aduanero
Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera
Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías
Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas
Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas
Artículo 9
Intercambio de información
Artículo 11 Implementación de técnicas de gestión de riesgo
Artículo 16 Intercambio de información entre los servicios aduaneros
Artículo 17 Reconocimiento mutuo de las actuaciones de los servicios aduaneros
Artículo 95 Creación de la base de datos regional de
transportistas aduaneros
Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano
ARTÍCULO CONVENCIONAL
DESCRIPCIÓN ARTÍCULO REGLAMENTARIO
DESCRIPCIÓN
Artículo 3
Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional
Artículo 8 Control Aduanero
Artículo 12 Retención o incautación de mercancías
Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones
Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas
Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados
Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas
Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte
Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo
Artículo 239 Inspección y registro
Artículo 242 Obligación de proporcionar información
Artículo 243 Información del manifiesto de la carga
Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras
Artículo 335 Establece la metodología para análisis del riesgo en la importación
Artículo 336 Establece el procedimiento para la verificación inmediata de mercaderías
Artículo 337 Establece la obligación del declarante de poner a disposición del oficial aduanero la mercancía para su verificación
Artículo 338 Obligación del declarante de manipular la mercancía cuando para su reconocimiento se requiera medidas técnicas especializadas
Artículo 341 Extracción de muestras
Artículo 344 Procedimiento de extracción de muestras
Artículo 345 Remisión de muestras a laboratorio
Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las Artículo 8 Control Aduanero
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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 12 Retención o incautación de mercancías
Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones
Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas
Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados
Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas
Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte
Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo
Artículo 239 Inspección y registro
Artículo 242 Obligación de proporcionar información
Artículo 243 Información del manifiesto de la carga
Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras
Artículo 341 Extracción de muestras
Artículo 617 Destrucción de mercancías en mal estado, inservibles o prohibidas
Artículo 7
Plan de Implementación
Artículo 4 Organización del Servicio Aduanero
Artículo 5 Funciones y atribuciones del Servicio Aduanero
Artículo 24 Atribuciones de los órganos fiscalizadores
Artículo 44 Otras facultades de los órganos fiscalizadores
Artículo 9 Intercambio de información Artículo 17 Creación de bases de datos para la gestión del riesgo
Artículo 19 Armonización de los criterios para la gestión del riesgo en el ámbito regional
Artículo 20 Creación de registros aduaneros
Artículo 22 Mecanismos para intercambio de información
Artículo 54 Reconocimiento mutuo de las acciones realizadas por los servicios aduaneros
Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 53 Apoyo técnico para la capacitación aduanera
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SERNA / ONUDI / GEF
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emanaciones derivadas de existencias y desechos
Artículo 12 Retención o incautación de mercancías
Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones
Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas
Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados
Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas
Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte
Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo
Artículo 239 Inspección y registro
Artículo 242 Obligación de proporcionar información
Artículo 243 Información del manifiesto de la carga
Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras
Artículo 341 Extracción de muestras
Artículo 617 Destrucción de mercancías en mal estado, inservibles o prohibidas
Artículo 7
Plan de Implementación
Artículo 4 Organización del Servicio Aduanero
Artículo 5 Funciones y atribuciones del Servicio Aduanero
Artículo 24 Atribuciones de los órganos fiscalizadores
Artículo 44 Otras facultades de los órganos fiscalizadores
Artículo 9 Intercambio de información Artículo 17 Creación de bases de datos para la gestión del riesgo
Artículo 19 Armonización de los criterios para la gestión del riesgo en el ámbito regional
Artículo 20 Creación de registros aduaneros
Artículo 22 Mecanismos para intercambio de información
Artículo 54 Reconocimiento mutuo de las acciones realizadas por los servicios aduaneros
Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 53 Apoyo técnico para la capacitación aduanera
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Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
2014
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Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras
Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras
Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos
Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148
Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]
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