Lectura 5. El Derecho Indiano

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Materia Historia del Derecho Profesor Luciana Jimenez - 1 - El Derecho Indiano 1. El Derecho indiano: características, elementos, orden de prelación. Recopilación de 1680. 1 El Derecho Indiano 1-El Derecho Indiano es el que rigió en el nuevo mundo tras la conquista de América por los españoles. Y esto ¿Por qué? Se tuvieron que dictar nuevas normas para hacer frente a las situaciones hasta ese momento desconocidas, nuevas circunstancias sociales, económicas, raciales y geográficas del nuevo mundo que no encuadraban en los preceptos rígidos del Derecho Castellano por lo que se hacía necesario dictar normas destinadas sobre todo a organizar el gobierno temporal y espiritual, la justicia, las finanzas, las relaciones humanas y mercantiles entre España y Las Indias, la condición de los naturales y otros problemas 1 . Por todo lo dicho, cabe aclarar que en un pimer momento, como ya veremos más adelante, convivieron derecho castellano y derecho Indiano .Pasando en claro, definiremos al Derecho Indiano como: “Derecho sancionado en España especialmente para América”  rigió en América durante tres siglos de dominación española, e incluso tuvo vigencia  posterior”  2- Elementos Desde lo expuesto hasta ahora vemos como el Derecho Castellano y el Derecho Indiano han tenido conexiones y vigencias simultáneas, lo cual obliga a estudiarlos en conjunto y a lo que se suma el derecho indígena, el derecho que estaba vigente en América hasta la llegada de los españoles. Por lo tanto, vemos que convivieron tres tipos de derecho DERECHO CASTELLANO DERECHO INDIANO DERECHO INDÍGENA El Derecho Castellano- Era el que imperaba en Castilla al momento de la conquista, y que se siguió sancionando posteriormente para ese reino. Se aplica en América sólo una parte de ese Sistema que tenía carácter supletorio, es decir, se aplicaba si no había disposiciones especiales para el nuevo mundo 3 . Tuvo mayor alcance en el campo del derecho privado (civil y comercial), penal y procesal (que no fueran reemplazadas por otras, especialmente dictadas para las Indias). Para que el Derecho Castellano tuviera vigencia en América era preciso que las nuevas leyes que se iban sancionando pasaran y fueran aprobadas por el Consejo de Indias. El Derecho Indiano- Este derecho propiamente dicho se componía : - De las normas sancionadas en España para regular el funcionamiento de los órganos gubernativos indianos allí existentes. 1  ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, “ Nociones de Historia del Derecho Argentino”Tomo I ,2º ED. Ed.  Marcos Lerner-Editora Córdoba-Córdoba.1994-p.121. 2 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.121. 3 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.122.

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El Derecho Indiano

1. El Derecho indiano: características, elementos, orden de prelación.Recopilación de 1680.

1 El Derecho Indiano

1-El Derecho Indiano es el que rigió en el nuevo mundo tras la conquista de América por losespañoles. Y esto ¿Por qué? Se tuvieron que dictar nuevas normas para hacer frente a lassituaciones hasta ese momento desconocidas, nuevas circunstancias sociales, económicas,raciales y geográficas del nuevo mundo que no encuadraban en los preceptos rígidos delDerecho Castellano por lo que se hacía necesario dictar normas destinadas sobre todo aorganizar el gobierno temporal y espiritual, la justicia, las finanzas, las relaciones humanas y

mercantiles entre España y Las Indias, la condición de los naturales y otros problemas1

. Por todolo dicho, cabe aclarar que en un pimer momento, como ya veremos más adelante, convivieronderecho castellano y derecho Indiano .Pasando en claro, definiremos al Derecho Indiano como:

“Derecho sancionado en España especialmente para América”  rigió en América durante tres siglos de dominación española, e incluso tuvo vigencia 

 posterior” 2  

2- ElementosDesde lo expuesto hasta ahora vemos como el Derecho Castellano y el Derecho Indiano hantenido conexiones y vigencias simultáneas, lo cual obliga a estudiarlos en conjunto y a lo que se

suma el derecho indígena, el derecho que estaba vigente en América hasta la llegada de losespañoles. Por lo tanto, vemos que convivieron tres tipos de derechoDERECHO CASTELLANODERECHO INDIANODERECHO INDÍGENAEl Derecho Castellano- Era el que imperaba en Castilla al momento de la conquista, y que sesiguió sancionando posteriormente para ese reino. Se aplica en América sólo una parte de eseSistema que tenía carácter supletorio, es decir, se aplicaba si no había disposiciones especialespara el nuevo mundo3. Tuvo mayor alcance en el campo del derecho privado (civil y comercial),penal y procesal (que no fueran reemplazadas por otras, especialmente dictadas para las Indias).Para que el Derecho Castellano tuviera vigencia en América era preciso que las nuevas leyes quese iban sancionando pasaran y fueran aprobadas por el Consejo de Indias.El Derecho Indiano- Este derecho propiamente dicho se componía :

- De las normas sancionadas en España para regular el funcionamiento de los órganosgubernativos indianos allí existentes.

1  ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, “ Nociones de Historia del Derecho Argentino”Tomo I ,2º ED. Ed.

 Marcos Lerner-Editora Córdoba-Córdoba.1994-p.121.

2ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.121.

3 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.122.

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- De las leyes expedidas en España para resolver los problemas de la América Hispánica yde Filipinas.

-  De las leyes y costumbres establecidas en las indias “derecho indiano criollo”. - De las interpretaciones de todas esas leyes hechas por los tribunales superiores(Consejos de Indias y Audiencias).Básicamente este nuevo derecho se limitaba a Derecho Público Eclesiástico (organización dela Iglesia, real patronato, evangelización de los indios, entre otros), el gobierno político de lasindias, el régimen administrativo, judicial, financiero y militar, a la condición de los indios alingreso de personas y a la regulación de las actividades económicas 4.

El Derecho Indígena

El Derecho Indígena  era el que regía en las Indias desde antes de la conquista española,

esencialmente no escrito, y se componía de las órdenes emanadas de las diversas autoridades yde las costumbres existentes. No todo éste derecho fue rechazado por los españoles, perotampoco se mantuvieron muchas de las instituciones de este tipo de derecho debido a quechocaban con los preceptos cristianos. Subsisten las instituciones de derecho indígena como:El Casicazgo, que eran los jefes de las tribus.El ayllu, que era la propiedad colectiva de la tierra, que se había impuesto como régimen agrarioen el Incanato, sobre la base del parentesco y de la religión.La mita,obligación de concurrir al trabajo por turnos.3-Característica del Derecho indianoCasuismo acentuado: consecuencia de un conjunto de normas individuales. Se legisló sobreproblemas muy concretos como aspiración al mejor gobierno, y su vigencia se expresa a través dela facultad de las autoridades indianas de suspender la ejecución de una ley.

Una tendencia asimiladora y uniformadora: Se trató de que la legislación fuera asimilada a lapropia legislación del territorio pensinsular como un principio rector de uniformidad. Se impuso larealidad y las instituciones adquirieron modalidades diferentes según el ambiente geográfico,social y económico en que hubieron de desenvolverse.Una gran minuciosidad reglamentaria: Existían en muchos casos cuestiones que sólo interesabana un reducido distrito rural, por lo que se daba amplias facultades resolutorias a las autoridadescoloniales.Un profundo sentido religioso: La conversión a la fe de Cristo de los aborígenes sometidos y a ladefensa de la religión católica en estos territorios fue uno de los móviles que impulsara la políticacolonizadora.Fue en muchos aspectos un derecho consuetudinario: que se desprendía de las costumbreslocales, de los indígenas, de éstos y los españoles, o de las prácticas americanas de losespañoles solos.Es un derecho especial o municipal: adaptado a las distintas regiones, grados de cultura ysumisión del indio al español.Es un derecho singular: por que nace de acuerdo a las circunstancias de Indias, como adaptaciónde los principios del derecho natural y del derecho castellano.Es diverso y a la vez tiene unidad5.

4-Orden de prelación

4 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.123.5

ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.126.

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Fue necesario establecer un orden de prelación por existir normas contradictorias. El problema seresolvió imitando la solución adoptada por los españoles desde antaño y se dio preferencia a las

leyes dictadas específicamente para las Indias.Ante un problema los jueces para resolver, debían buscar la norma aplicable:1º- En el derecho Indiano, prefiriendo la ley más específica a la general, más reciente a la másantigua.2º-En las leyes de Castilla, reunidas en la nueva Recopilación de 1567, y las posteriores, siempreque hubieran pasado por el Consejo de Indias o por la Secretaría de Indias después de 1716.3º- En el fuero Real y en el Fuero Juzgo.4º- En las Siete Partidas de Alfonso, el Sabio.

5-Recopilación de 1680.Finalmente durante el reinado de Carlos II se promulgó la Real Cédula del 18 de mayo de 1680,que dio fuerza legal a la Recopilación de las Leyes de las Indias, conjunto de disposiciones jurídicas, que se considera una obra monumental ordenadas en 9 libros, que contienen alrededorde 6.400 leyes. La Recopilación de 1680 es de gran importancia para conocer los principiospolíticos, religiosos, sociales y económicos que inspiraron la acción de gobierno español. Si bienla obra adolece de técnica legislativa implica el reconocimiento y aplicación del derecho de Indias,sancionado en España. Los 9 libros con materias de distinto índole a saber:

RECOPILACION DE 1680----------- Se promulga durante el reinado de Carlos IIObra monumental de disposiciones jurídicasComprende varias materias Ordenadas en 9libros

Libro I. Se refiere a los asuntos religiosos, tales como el regio patronato, la organización de laIglesia americana; la situación del clero (regular y secular) y diversos aspectos relacionados con lacultura y la enseñanza, entonces muy conectada con la religión.

Libro II. Se ocupa de la estructura del gobierno indiano con especial referencia a las funciones ycompetencia del Consejo de Indias y las audiencias.

Libro III. Resume los deberes, competencia, atribuciones y funciones de virreyes y gobernadores.Igualmente hace referencia a la organización militar indiana.

Libro IV. Se ocupa de todo lo concerniente al descubrimiento y la conquista territorial. Enconsecuencia fija las normas de poblamiento, reparto de tierras y las relacionadas con las obraspúblicas y minería.

Libro V. Legisla sobre diversos aspectos del derecho público (límites jurisdiccionales) y funciones,competencia y atribuciones de los alcaldes, corregidores y demás funcionarios menores.

Libro VI. Se ocupa fundamentalmente de la situación de los indígenas (condición social, régimende encomiendas, tributos, etc.).

Libro VII. Resume todos los aspectos vinculados con la acción policial, especialmente los

relacionados con la moralidad pública.

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Libro VIII. Legisla sobre la organización rentística y financiera.

Libro IX. Se refiere a la organización comercial indiana y a los medios de regularla, con especialreferencia a la Casa de Contratación y a los sistemas de comercio.

Resumiendo:

Se suele denominar derecho indígena al sistema jurídico y a diversas instituciones jurídicas que

regían en América antes de la llegada de los españoles y que era esencialmente NO escrito. Entre

otras, algunas de las instituciones que persistieron  –parcial y limitadamente- a la llegada de los

conquistadores fueron el cacicazgo, el ayllu , y la mita.

El Derecho Indiano se caracterizaba por un acentuado casuismo, una tendencia asimiladora y

uniformadora, una gran minuciosidad reglamentarista y un profundo sentido religioso. Además era

un derecho basado en gran parte en las costumbres locales, y de carácter singular.

2.2 LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA INDIANA

Una vez conocido el descubrimiento de América y realizada la donación, el nuevo mundo esincorporado a la Corona de Castilla en calidad de bien realengo.Al comienzo América se rigió por las leyes y autoridades del reino de Castilla, pero lasparticularidades de sus problemas hicieron necesaria la creación de un gobierno y una legislación

propia. Es aquí cuando las tierras descubiertas por Colón adquieren categorías de reinos6.La población de éste nuevo territorio descubierto estaba compuesto de grandes culturasindígenas, pueblos con gran desarrollo, con determinada organización social económica y política,pero también habitaban otros grupos que no habían alcanzado el mismo grado de civilización, loque motivó diferentes reacciones de los indios frente a los españoles y viceversa. A blancos eindios, se agregaron los mestizos y también los negros traídos de África, que dieron origen azambos y mulatos.La organización política estaba compuesta por distintos órganos, con contrapeso entre si. Sedistingue las funciones de gobierno, justicia, guerra y hacienda. Las primeras se entremezclabandependiendo de todo tipo de funcionarios, salvo la Hacienda que era totalmente organizada por elrey7.Quien gobernaba era el que organizaba todo lo que se refería a su jurisdicción, esto es lo que erael estado natural de las cosas, no constituía una violación de derecho como sería ahora.

1-Las Funciones del EstadoExistieron cuatro funciones principales en el régimen de la organización política indiana: elGobierno, la justicia ,la guerra y la real hacienda.Gobierno: comprende dos materias: 1-temporal: materia amplia que comprendía la legislación, elnombramiento de funciones, actividad económica, buen tratamiento de los indios, entre otras -2-espiritual: de gran importancia ya que significaba la organización de la Iglesia, nombramientos delas autoridades eclesiásticas, pase de bulas, fundación de diócesis, iglesias, conventos yhospitales, la enseñanza y misiones entre otras.

6 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.135..

7ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.136..

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Justicia:  solución de pleitos y procesos, apelaciones de medidas tomadas por distintasautoridades.

Guerra: organización del ejército y las miliciasReal hacienda:  función destinada a recaudar e invertir recursos fiscales, constituyó uno de losprincipales problemas de los reyes ya que siempre creó déficit8.

2.3 El gobierno metropolitano: el Rey, Casa de Contratación, Consejo de Indias.

1-El gobierno metropolitano.Al comienzo del descubrimiento los problemas de las nuevas tierras eran resueltos directamentepor el rey y los funcionarios del Consejo de Castilla. A medida que el proceso de conquista avanzase constituirá una sala dentro del Consejo de Castilla que se va a ocupar directamente del NuevoMundo. Finalmente en 1524 se constituye el Consejo Real y Supremo de Indias 9.

2- El rey.El rey era la cabeza, representaba la nación española. El origen de su poder estaba en lacomunidad, debía procurar su bien común y gobernar de acuerdo a la s leyes vigentes.En un primer momento poder del rey se justificaba por la teoría clásica del poder(Francisco Suarez, Covarrubias, entre otros) para luego pasar a la teoría del absolutismomonárquico, que considera que el rey ocupa el trono por concesión divina: teoría desarrollada porBossuet y que fue aplicada en España por los Borbones.Funciones:a-El rey ejerce las más altas funciones ejecutivas, legislativas y judiciales.b-Dicta leyes y las interpreta

c-Exige el pago de los impuestos.d-Nombra los funcionarios.e-Es jefe del ejercito.f-Administra justicia.

DINASTÍAS QUE GOBERNARON ESPAÑA Y AMÉRICA ( SIGLOS XVI-XIX)-

Mayores Carlos I (Carlos V) (1516-1556)Felipe II (1556-1558)

DINASTIAS A)Hasburgoso

AustriasMenores Felipe III ( 1598-1621)

Felipe IV (1621-1665)Carlos II ( 1665-1700)

8Zorraquin Becú citado por ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.137.

9 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.138.

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B) Borbones Felipe V ( 1701-1746)Fernando VI ( 1746-1759)

Carlos III ( 1759-1788)Carlos IV ( 1788-1808)Fernando VII ( 1808-1814-1830)10 

3-Casa de Contratación.

Fue el primer órgano residente en España, creado en 1503 especialmente para América. La casafue un centro de Comercio y navegación con sede en Sevilla, luego fue trasladada a Cádiz ( 1717)donde funcionó hasta su desaparición en 1790.Integrantes. En sus orígenes un factor, un tesorero, y un contador- En 1557 se agrega unpresidente y 1583 se forman dos salas distintas, una de administración con los funcionariosiniciales y otra de justicia con dos oidores, luego tres (1596); ambas bajo la dirección delpresidente11.Atribuciones. Estricto control del comercio, vigilando el régimen de monopolio impuesto enAmérica, registro de barcos, licencias de pasajeros, registros de mercaderías. Funciones judicialesderivadas de la contratación y navegación, atiende algunos intereses fiscales12.Es un órgano independiente hasta que en 1524 pasa a depender del Consejo de Indias.

4-Consejo de Indias.Carlos V crea dentro de la Comisión del Consejo de Castilla una comisión encargada de las

Indias, que se transformaría en 1524 en el Real y Supremo Consejo de Indias.Se encargaba de resolver todo lo referente a América ejerciendo numerosas funciones.

Funciones del Consejo.- Asesoramiento-Aconseja y hace planteos al rey. participa en los actos de gobierno.-Gobierno-Ejerce el gobierno temporal y espiritual.-Justicia. Es el tribunal supremo de América-Guerra y hacienda. Las ejercía conjuntamente con el Consejo de hacienda y con la Junta Guerradel rey.El consejo se expresa a través de Reales Ordenanzas .Composición. Un presidente, cinco consejeros, un gran canciller, un fiscal, un secretario,contador, entre otros, número que aumenta durante la segunda mitad del s. XVI y XVII

Resumiendo: La organización política indiana se basaba en cuatro funciones principales: el

gobierno, la justicia, la guerra y la real hacienda. En cuanto a las autoridades indianas, según el

lugar de residencia se clasificaban en autoridades metropolitanas  y autoridades residentes en 

América . Las primeras eran el Rey, el Consejo Real y Supremo de Indias y la Casa de

Contratación. Las segundas eran los Adelantados, el Virrey, el Gobernador, el Teniente de

Gobernador, el Teniente Letrado, el Corregidor, el Cabildo, la Audiencia y el Consultado.

10ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.141.

.

11ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.141.

12ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.142.

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Con la llegada de los Borbones al reino se instaurarán en las Indias las Gobernaciones

Intendencias, dividiéndose el territorio en ocho Gobernaciones Intendencias y Cuatro GobiernosMilitares.

Los habitantes originarios de América, usualmente denominados indios o indígenas , si bien

  jurídicamente no eran considerados “esclavos”, si eran tenidos por “personas miserables”,

inferiores y subordinadas a los conquistadores, quienes debían “protegerlos”. No obstante ello, el

criterio de la corona respecto a la condición jurídica de los indígenas fue cambiando en el correr

de los siglos en los que se ejerció la dominación.

Por último, podemos señalar que las Indias integraban la real hacienda ; es decir, el conjunto de

bienes que formaban el acervo real. Además se contaba con un régimen rentístico que  –al decirde Tau Anzoátegui- se integraba por regalías, monopolios o estancos, e impuestos. Estos últimos,

a su vez, se dividían en reales y eclesiásticos . Entre los reales encontramos el almojarifzgo, la 

alcabala, derechos de tránsito, el tributo, la media anata y el derecho de avería. Los impuestos

eclesiásticos se subdividían, a su vez, en el diezmo, la santa cruzada y la mesada eclesiástica.

2.4 El gobierno local: adelantados, gobernadores y virreyes. Los cabildos. El virreynatodel Río de la Plata. La Real Ordenanza de Intendentes.

1- El gobierno Local de las Indias.Para la organización de los reinos de Indias, España trasladó a América su propiaorganización.Podemos diferenciar tres etapas bien marcadas en el Gobierno local de las Indias:1º-Adelantados.2º-Gobernadores.3º-Virreyes.

2-Los Adelantados.En ésta primera etapa la conquista se caracteriza por ser una empresa privada financiada porlos particulares a través de los contratos de las capitulaciones que se hacían con el rey y quetraían a cambio una serie de títulos de nobleza y beneficios económicos13.

Por razones de orden económico, para abaratar la conquista se contrata al adelantado quefinancia todo a cambio de los privilegios.Funciones-Tenían funciones de Gobierno, justicia y guerra.-Podían dictar ordenanzas generales, que requerían la confirmación del rey pero mientrastanto se aplicaban.Aceptada las capitulaciones, el adelantado reclutaba la gente mediante el pregón.En el Río de la Plata el primer adelantado fue Pedro de Mendoza, designado por Carlos I en1534, quien realiza la primera fundación de Buenos Aires.

3-Los gobernadores.

13ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.145.

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El gobernador era el funcionario que se encontraba frente de una provincia mayor o menor; sediferenciaban por que una poseía Audiencia, un considerable territorio y una posición estratégica

mientras que la provincia menor carecía de esas particularidades14.En las mayores además el gobernador era presidente de la Audiencia y capitán general. En lasmenores tenía el titulo de justicia mayor.Eran nombrados directamente por el rey a propuestas del consejo de Indias por un periodo de tresa cinco años.Nuestro país comprendía las siguientes gobernaciones:

a) La provincia del Río de la Plata, creada en 1593.b) La gobernación de Tucumán .( 1593)c) Corregimiento de Cuyo, dependiente de la Capitanía General de Chile

Funciones. Los gobernadores que se encontraba frente de una provincia mayor tienen por logeneral las mismas atribuciones conferidas al virrey en su carácter de gobernador; facultad degobierno, judiciales y militares al ser nombrado como capitán general.Con los gobernadores de provincias menores se da la misma situación, sólo que éstos no seencuentran limitados por el poder del virrey sino por el gobernador de la provincia mayor15. Hasta1680 tuvieron facultades legislativas dictando ordenanzas referidas principalmente al trato de losindios y gobiernos de las ciudades.

4-Los Virreyes.El virrey era el representante directo del rey en América, el “Alter nos”. Este titulo fue otorgado por primera vez para las Indias al almirante Colón en las capitulaciones de Santa Fe en 1492.Desde 1629 se dispuso que los virreyes duraban tres años en sus cargos, con posibilidad deprorroga.Funciones. Además de virrey, era gobernador, capitán general y presidente de las Audiencias de

su distrito o sea que ejercía funciones múltiples.Los Corregidores y Alcaldes Mayores. Eran funcionarios nombrados para partidos o pueblosdonde no había gobernador, por lo tanto sus funciones eran similares.La diferencia entre corregidor y Alcalde mayor no era sustancial, sino que el nombre de corregidorse usó en el Virreinato del Perú y el del alcalde mayor en Nueva España16.

Tenía además amplia función gubernativa, gozaron de poder de expedir nuevas normas.Debían hacer respetar las leyes que hubieran sido dictadas para respetar a los indios.Estaban autorizados para perdonar o reprimir delitos que se cometieran en su jurisdicción.Ejecutaban órdenes reales, nombraban funcionarios de menor jerarquía, procuraba aumentar elingreso de las rentas fiscales ejercía el vicepatronato.Como presidente de la Real Audiencia impartía justicia en representación del rey.

Como capitán general es jefe supremo de las fuerzas militares del virreynato.

5-Los cabildos.

Fue una de las primeras instituciones españolas trasladadas a América para su gobierno.Antes de iniciar un viaje se preparaban los funcionarios que gobernarían las nuevas tierras,llegando al lugar de asentamiento se producía la instalación, distribución de tierras y elnombramiento de los cabildantes.

14ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.147.

15 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.148.16

ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.151.

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Funciones de los Cabildos. Principalmente la de administración de Justicia y gobierno de laciudad.

Integrantes. Había tres categorías de personas que integraban los cabildos: a) Los Alcaldesordinarios: en la mayoría de los cabildos había dos, en los menor importancia uno. Funciónprimordial: presidir el cabildo.b) Los Regidores: tenían voz y voto dentro del cabildo según el orden jerárquico.-c) otros funcionarios especiales: tenían voz pero no voto.Funciones. Judiciales-tanto como cuerpo como individualmente algunas de sus autoridadestenían funciones criminales y civiles.Gobierno Comunal. Estaba a su cargo el cuidado de la ciudad, tareas edilicias ,de asistenciasocial, instrucción primaria y seguridad.Legislativas. Daba lo que podríamos llamar ordenanzas municipales .Militares: Todo vecino desde los 15 años formaba parte de la milicia comunal.

Tipos de cabildos Ordinario. Se reúne por temas corrientes

Abierto. Se reúne por temas extraordinarios

Los cabildos convocaban a los vecinos más notables, altos funcionarios, sacerdotes ymilicias, para consultar graves asuntos en los que se requería la opinión publica yespecialmente el apoyo para la resolución que tomara el cabildo17.

6-LAS AUDIENCIAS.Fueron además de los tribunales más importantes de América, los organismos de gobierno quedebían procurar la realización de “Buena administración de justicia”, fin que tenía la Monarquíapara estos territorios. Tenían tres funciones diferenciadas:A) Consultivas: Informan al Rey de todos los problemas de su distrito, especialmente lo relativoal tratamiento de los indios.B) Gubernativas: Además de cooperación con el virrey, el rey podía encomendarles funcionesejecutivas. La más importante atribución eran los recursos acordados contra resoluciones de losorganismos de gobierno, especialmente contra las disposiciones del virrey. Por éste recurso losparticulares tienen la posibilidad de obtener una revisión de los actos de gobiernos ante el tribunal.“Se procuraba mantener el imperio de la ley”. Existía relación de coordinación entre virrey yaudiencia. Según que funcionario preside las audiencias pueden ser: 1-Virreinales- preside el

virrey 2-Pretoriales- preside un gobernadorC)  Judiciales: Como tribunal entendieron en primera instancia en los casos de corte, en lascausas criminales ocurridas en el radio de cinco leguas de su sede, en las causas de encomiendade indios inferiores a mil ducados. Su sentencia era de vista, y luego podían hacerlo de revista,mediante el recurso de súplica. A través del recurso de fuerza contra los tribunales eclesiásticos,cuando éstos se excedían en sus facultades o no actuaban conforme a derecho. En segundainstancia conocían las apelaciones de las causas sentenciadas por gobernadores y oficialesreales. Juzgaba igualmente causas civiles y criminales18.

17 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.156..18

ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.168.

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7-El Virreinato del Río de la Plata (1776-1810).

En el último cuarto de siglo del s.XVIII, la corona española creó el Virreynato del Río de la Plata.La colonia había progresado: crecía su población, crecían las estancias que producían sebo,cueros y ahora también tasajo, todos productos exportables, y se desarrollaban los cultivos 19.Una real cédula del 1º de agosto de 1776 creó el Virreinato y designó virrey a Pedro Ceballos. Lasgobernaciones del Río de la Plata, del Paraguay y del Tucumán, los territorios de Cuyo, Potosí,Santa Cruz de la Sierra y Charcas quedaron unidas bajo la autoridad virreinal, y así se dibujó elprimer mapa de lo que sería el territorio argentino.Cevallos logró pronto derrotar a los portugueses y recuperar la Colonia del Sacramento20.De todos los virreyes, se destaca Vértiz: bajo su administración se implantó el reglamento de librecomercio para España e Indias, se aplicó el régimen de intendencias, se instaló la aduana yaudiencia de Buenos Aires, entre las reformas más importantes21.

8-La Real Ordenanza de Intendentes.Otra reforma importante de los Borbones fue el establecimiento de las gobernacionesintendencias. La Ordenanza, dictada el 28 de enero de 1782, dividió al territorio en ochogobernaciones intendencias y cuatro gobiernos militares. Las primeras son: Buenos Aires,Córdoba del Tucumán, Salta del Tucumán, Paraguay, Potosí, Charcas, Cochabamba y la Paz: loscuatro gobiernos militares eran: Montevideo, Misiones, Moxos y Chiquitos.Los intendentes ejercían funciones de policía, de hacienda: justicia y guerra, y aunque dependíandel Virrey eran nombrados directamente por el rey.Las intendencias representan un proceso de centralización de la vida administrativa colonial 22.

19   ROMERO José Luis “ Breve historia de la argentina”- 1ª ed. 5 ª reimp- Buenos Aires; . Fondo de Cultura

 Económica,2007.p.37.

20   ROMERO José Luis “ Breve historia de la argentina”- 1ª ed. 5 ª reimp- Buenos Aires; . Fondo de Cultura

 Económica,2007.p.37.

21 ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.159..22

ORTIZ PELLLEGRINI Miguel Angel, ob. Cit.-p.160..