La Falacia
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Introducción
La palabra falacia es usada a veces, como equivalente al término sofisma. La
significación de falacia o sofisma alude a un argumento aparente¨ o a una forma de
argumente no válida.
La palabra falacia tiene límites imprecisos en su significado. En algunos
contextos aparece el término denotando una falsa creencia o un error expresado en un
enunciado, pero éste es un uso impropio. Para que haya una falacia es necesario que
estemos en presencia de un argumento; conforme a lo que se ha dicho precedentemente,
es menester que se trate de un ¨argumento aparente¨. Desde el punto de vista lógico, no
existe un argumento o un razonamiento; pero aunque incorrectos a la luz de la lógica,
suele llamarse falacias a loa razonamientos que son psicológicamente persuasivos. Es
un modo de argumentar en que hay un error en la estructura del razonamiento, que pasa
inadvertido.
Por medio de la argumentación se logra establecer una solución jurídica de un
respectivo caso, o bien, se establece el significado jurídico de un concepto. El
argumento es fundamental para considerar los conceptos como correctos o erróneos,
sirviendo para la solución a la que queremos establecer como verdadera.
El argumento es un conjunto de oraciones que vienen a ser objetos y que nos
señalan una relación de causa-efecto, motivo-fin, o antecedente-consecuencia entre
diversos objetos, sujetos, situaciones o finalidades. Éste sirve para probar las ideas
propias como verdaderas y establecer como contradictorias e incoherentes las de la otra
persona. El argumento busca cambiar ideas de las otras personas. Para la argumentación
se requiere argumentar con argumentos, mientras que para el proceso es necesario la
acción y los objetos. En la argumentación siempre hay un propio interés y una finalidad.
El efecto del argumento va en la forma utilizada de las oraciones, en cómo se
expresan. Hay distintos tipos de argumentaciones, donde según lo que se esté buscando,
se aplica.
El presente trabajo tiene como propósito conceptualizar y hacer una clasificación
de las falacias y los tipos de argumentos de la lógica jurídica.
Asimili.
Una particularidad del argumento a simili es que surge de la ignorancia o el
desconocimiento, debido a que no se ha hecho un estudio exhaustivo del tema en
particular. El peso que recae en la analogía es el de mantener la importancia y el valor
del elemento.
Las reglas de inferencia utilizadas en la lógica son esquemas utilizados para
construir inferencias válidas, estos proporcionan relaciones sintácticas entre premisas y
conclusiones. Estas relaciones se utilizan en el proceso de inferencia, por medio del cual
se llegan a encontrar nuevas conclusiones verdaderas a partir de otras previamente
conocidas.
Argumento por Analogía.
Un argumento de analogía es aquél en el que se concluye que dos cosas tienen
cualidades similares porque se parecen en algún aspecto.
Un ejemplo de argumento por analogía es el siguiente:
Las ratas poseen un sistema nervioso y un cerebro desarrollado. Los humanos
también tienen un sistema nervioso y un cerebro desarrollado. Cuando se expuso a las
ratas al agente neurotóxico disulfuro de carbono, la totalidad de las ratas sufrió
neuropatía periférica. Si se expone a los humanos al disulfuro de carbono, todos ellos
también sufrirán neuropatía periférica.
Si observamos el argumento anterior notaremos que la estructura estándar para
crear un argumento por analogía es la siguiente:
Premisa 1: A tiene las cualidades P, Q y R
Premisa 2: B también tiene las cualidades P, Q y R
Premisa 3: A tiene la cualidad S
Conclusión: B también tiene la cualidad S.
Los argumentos por analogía se usan frecuentemente en aquellos casos en
queremos que nuestro lector acepte una situación percibida como positiva y convencerlo
para que finalmente la perciba como negativa. Lo mismo aplica para la combinación
negativo-positivo.
Por ejemplo:
Atacar a los vecinos, asesinarlos y quedarse tomar objetos de su propiedad es
inmoral. La guerra implica ir a un país vecino, matar gente y apropiarse de sus cosas.
Por tanto, la guerra es inmoral.
A lo que alguien tal vez argumentaría que aún cuando la guerra y el robo con
violencia comparten algunas características relevantes para una discusión moral:
intrusión, violencia, robo y toma de propiedad ajena; la guerra, a diferencia del robo con
violencia, se da generalmente entre países antagonistas cuyos ciudadanos están
dispuestos a pelear hasta la muerte para proteger su territorio, lo que la hace moralmente
aceptable.
Otra persona tal vez sustentaría la misma postura con un nuevo argumento de
analogía:
Una pelea de box es moralmente aceptable pues se da entre dos combatientes
dispuestos a luchar, la guerra se da entre dos combatientes dispuestos a luchar, por
tanto, la guerra es moralmente aceptable.
Argumento a Contrario Sensu. (Por argumento a contrario).
Es un argumento por el que dado un enunciado normativo que predica una
calificación normativa de un término perteneciente a un enunciado destinado a un sujeto
o a una clase de sujetos, se debe evitar extender el significado de aquel término de tal
modo que comprenda a sujetos o clases de sujetos no estricta y literalmente incluidos en
el término calificado por el primer enunciado normativo.
Todos los autores coinciden en señalar que el argumento a contrario se basa en
la presunción de que si el legislador ha regulado expresamente una hipótesis, entonces
esa regulación se refiere a esa hipótesis y solo a ella. A partir de ahí, se aprecian
diferencias a la hora de entender el argumento de los distintos autores. Así, encontramos
dos vertientes: por una parte los que consideran que consisten en que cuando la ley
prevé y da una regulación a una hipótesis, se debe entender que ha pretendido regular de
forma diferente la hipótesis contraria; y por otro parte, los que consideran que lo que se
rechaza es cualquier otra hipótesis distinta a la expresamente contemplada por el
legislador, y no solo la hipótesis contraria, es decir, o dicho de otro modo, no se
extiende a las demás especies del mismo género que no quedaron mencionadas en el
texto.
Aquellos que adoptan la primera de las posturas expuestas, se dicen que adoptan
un sentido restringido de este tipo de argumento. Entienden que es necesario que la
hipótesis regulada por el legislador esté regulada de forma negativa. Este es
seguramente el punto más vulnerable de esta manera entender el argumento, ya que no
sólo excluye su aplicación a las hipótesis redactadas de forma de listas, sino que no se
ve confirmada por la práctica judicial, al menos en la española.
Como caracteres que normalmente se predican de este argumento:
a) El argumento a contrario es considerado un instrumento de la interpretación
lingüística o literal, en cuanto que la actividad interpretativa llevada a cabo no se sale
fuera del texto a interpretar; también supone un respeto o "veneración" de la letra, única
guía para la interpretación.
b) El argumento a contrario sirve para motivar o proponer la denominada
"interpretación restrictiva". Es consecuencia de la característica anterior. La
interpretación literal tendrá como resultado la interpretación restrictiva del texto, que
limita los posibles significados de éste. De tal modo que no todos los sugeridos por la
letra del documento o por otros datos extratextuales son adoptados.
c) El argumento a contrario impone como condición para su utilización el
silencio de la ley. Para que pueda emplearse el argumento a contrario es preciso
distinguir dos hipótesis: la regulada por el legislador y otra no regulada por este, aunque
debe considerarse incluida dentro de la previsión legal. Por medio del argumento a
contrario se entiende que el legislador no ha querido extender esa regulación a la
hipótesis no expresamente recogida en el texto.
d) El argumento a contrario se basa en la presunta voluntad del legislador.
A partir de lo redactado por el legislador para una especie concreta se deduce
que su voluntad ha sido excluir de esa regulación otra series de supuestos del mismo
género que prima facie hubieran podido considerarse allí incluidos.
Argumento a maiore ad minus (de mayor a menor).
Este argumento tiene por base el adagio latino que dice " Qui potest plus, potest
minu? ( quien puede lo más , puede lo menos.
El argumento a maiore ad minus (de mayor a menor).
Consiste en tener ordenado o permitido de manera implícita, que haga algo
menor de lo que esta ordenado o permitido expresamente por la ley; si está permitido
por ejemplo divulgaren forma impresa los actos de las sesiones del Parlamento,
entonces háyase sobre entendido a fortiori que se permite hacerlo oralmente, puesto que
la divulgación oral es menor que la impresa.
Por ejemplo cotidiano podríamos decir: Quien levanta un peso de 20 kilos, a
fortiori, levanta 10. Si puede lo más puede lo menos. Un ejemplo jurídico seria el
siguiente:
Esta…. Tiene desde hace tiempo y reiteradas veces establecidas, la doctrina de
que al precepto constitucional de irretroactividad de la ley no le puede n crear, ni por los
jueces, ni aun por el legislador ordinario, excepciones basadas de orden público de la
ley en que asiente la excepción, ni en ninguna consideración. No solo en algunos
autores clásicos, sino también en los más modernos especialistas, se combate
fuertemente que la razón de orden público pueda justificar la retroactividad, ni siquiera
en los países en que este principio es derecho civil, porque él es también de orden
público y es de índole fundamental, aplicable a toda clase de leyes. Si esto es así, con
mayor razón debe rechazarse esa noción de orden público en las legislaciones en que la
irretroactividad de la ley se incluido en la Constitución.
Argumento a minore ad maius (de menor a mayor).
Este argumento consiste en inferir de la validez del juicio particular la del
correspondiente universal.
Tiene por base el adagio latino: "Qui non potest minus non potest plus" , es decir
, que quien no puede lo menos tampoco puede lo mas . Si una persona no puede levantar
100 kilos, a fortiori, no puede levantar 200.
Jurídicamente se entiende que "a quien le está prohibido lo menos, le está
prohibido lo más" Ejemplo: Si está prohibido pisar el césped a minore ad maius, o sea, a
fortiori, (pues esta es la expresión que utiliza usualmente), le está prohibido cortarlo.
Su estructura se corresponde con el esquema de los juicios subalternos .Por
consiguiente, de la invalidez del juicio particular del juicio particular se concluye la
invalidez del juicio universal.
La premisa dice en los juicios afirmativos:" Es falso en algunos S sean P , y la
conclusión que se saca es la siguiente : "Es falso que todos los S sean P"
Argumento a generali sensu (sentido general).
Si la ley está tomada en sentido general que el intérprete no debe entenderla en
sentido particular".
Los romanos consagraron la expresión anterior en el conocido aforismo: "Donde
la ley no distinga no se debe distinquir". "Lege non distinguente non nobis es
distinguere".
En la mayoría de las veces el legislador expresa su deseo de que no se hagan
distinciones en la norma, utilizando para enfatizarlo según el caso, las palabras todos y
ninguno.
Ejemplo: Debe tenerse en cuenta, sobre todo , que nuestro poder constituyente ,
en conocimiento de que habido entre algunos expositores, y en parte de la
jurisprudencia , defensores de la excepción de orden público , quiso descartar toda
discusión al respecto y utilizo el categórico adverbio de negación "ninguna", diciendo :
"ninguna ley tendrá efecto retroactivo " para incluir las de orden público , las de derecho
público , las imperativas , las prohibitivas y en general todas aquellas que alguna vez se
haya creído que se debían de aplicar inmediatamente a todas las situaciones jurídicas ,
aun las creadas bajo la ley anterior.
Argumento ab auctoritate.
Consiste en invocar la autoridad de la doctrina o de la jurisprudencia.
Reglas de la Argumentación.
• Presente sus ideas en un orden natural.
• Dos formas:
• Primero su conclusión seguida de las razones
• Exponer primero las premisas y extraer la conclusión final.
• Un truco es reordenar varias veces su argumento con el objeto de
encontrar el orden más natural.
• Use un lenguaje concreto, específico y definitivo.
• Evite los términos generales, vagos y abstractos, por ejemplo, si quiere
decir hablar sobre personas liberales diga “liberal” no “de tendencia izquierdista” o “en
la tradición del New Deal”.
• Evite un lenguaje emotivo
• El lenguaje emotivo predica sólo para el converso, pero una presentación
cuidadosa de los hechos puede, por sí misma, convencer a una persona.
• Use un único significado para cada término
• Al momento de elaborar el argumento, hay que eliminar la ambigüedad,
para ello es necesario definir cuidadosamente cualquier término que se introduzca,
sobretodo términos especiales o palabras técnicas.
Información de las Reglas de la Argumentación.
a). Son premisas relevantes si conducen o prestan apoyo a la conclusión.
Ejemplo: “No se debe condenar a este asesino convicto y confeso porque su
anciana madre no podría soportar tamaño disgusto”.
Para evitar la condena del asesino pudiera ser relevante alegar que no es
responsable de sus actos porque está loco. Por el contrario, apelar al dolor de su anciana
madre, a que un día saldrá de la cárcel y tomará venganza, a que nos ha hecho un favor
porque la víctima era un asesino peligrosísimo, etc., son ejemplos típicos de argucias
que eluden la cuestión.
b). Son premisas suficientes aquellas que dan distintas razones para sostener la
misma conclusión; aportan los datos e información adecuada para sostener la conclusión
frente a una falsa causa, o bien, son aquellas que explican la razón o motivo que se ha
tenido para hacer o dejar de hacer una cosa.
Ejemplo de un argumento cuya premisa no es suficiente para sostener una
conclusión:
A mediados de enero de dos mil nueve, producto del ataque israelí por aire, mar
y tierra, habían perdido la vida más de 1,300 palestinos, la mayor parte civiles y gran
porcentaje de niños. Los que sobrevivieron, luego de 23 días de fuego constante,
tendrían que salir adelante en medio de la pobreza, el aislamiento y la destrucción.
Ante este terrible panorama, el secretario general de las Naciones Unidas, Ban
Ki-Moon, condenó el uso excesivo de la fuerza por parte del ejército israelí.
El gobierno israelí y sus aliados norteamericanos, representados por la saliente
administración Bush, sostuvieron que el ataque a Gaza se justificaba por los constantes
hostigamientos del grupo Hamas. Es decir, la milicia judía actuó en “represalia” contra
las amenazas y acciones de esta fuerza violenta palestina, aplicando -según ellos- los
principios de la legítima defensa.
Ante la postura anterior, la comunidad internación comenzó a cuestionarse si era
suficiente el argumento de legítima defensa, sostenido por Israel para justificar la
masacre en Gaza; dicha cuestión partió de la siguiente reflexión:
¿Puede un Estado, en esta época, irrogarse la facultad de atacar por todos los
frentes a otro, en evidente superioridad militar y haciendo uso de armas químicas, y lo
que es peor, sin ser sancionado por los entes supranacionales so pretexto de estar
defendiéndose de las hostigaciones de un grupo radical? ¿Es esto una guerra justa?
Como podemos apreciar, el argumento de la legítima defensa no resulta
suficiente para justificar el ataque a Gaza, pues el mismo no constituyó un motivo o
razón suficiente para hacer frente a la interrogante que se le contrapunteo.
c). Son premisas aceptables si tienen un respaldo que las sostenga. Es aceptable
o admisible, cualquier premisa que:
• Ofrezca datos objetivos.
• Exprese un conocimiento común o personal, un testimonio incontrovertido, el
informe incontrovertido de un experto.
• Recoja la conclusión de un argumento ya aceptado.
• Pueda probarse, porque cuenta con un respaldo sólido.
Por el contrario, son inaceptables las siguientes premisas:
• Un juicio que esté en contradicción con la evidencia, con otro juicio bien
fundado, con una fuente creíble, con nuestro propio conocimiento, o con otras premisas
del mismo argumento.
• Un juicio dudoso que no lleve respaldo.
• Un juicio confuso, ambiguo o ininteligible.
• Un juicio basado en un supuesto cuestionable.
• Un juicio que olvide alternativas.
Con estas premisas inaceptables surgen las falacias.
3. El argumento debe estar protegido ante la refutación.
Si el argumento se atiene a la cuestión, sus premisas son relevantes, ofrecen
apoyo suficiente y son aceptables, el argumento está sólidamente preparado para resistir
cualquier crítica.
Pese a ello nos pueden atacar por no concertar la conclusión o no señalar las
posibles salvedades. Debemos, pues, incluir estos aspectos:
• ¿Es una conclusión segura, probable, posible? ¿Es una afirmación tajante o una
mera hipótesis?
• ¿Caben excepciones? ¿Hemos de hacer alguna salvedad referida a la fiabilidad
de los respaldos o los cambios en las circunstancias?
De este modo se le obliga al adversario a limitarse a la defensa de su propia
posición.
Finalmente, siempre es necesario tratar de entender las opiniones de una persona
contraria a nuestra postura, aun cuando pensemos que está totalmente equivocada. Sino
podemos entender cómo alguien podría defender el otro punto de vista, es que no hemos
comprendido la postura de esa persona, y por lo tanto, será mas difícil argumentar en su
contra.
Falacia.
Una falacia o sofisma es un razonamiento incorrecto que aparenta ser correcto.
Se ha de señalar que una falacia no es tal porque la conclusión sea falsa, sino porque el
razonamiento es erróneo. Es un argumento que no tiene validez ya que las razones
dadas para soportarlo no están relacionadas con el tema, aunque parecen estarlo. Se
apoyan en las formas de la lógica y de la teoría de la argumentación, pero solo para
parecer válidas, sin llegar a aplicar de forma estricta sus mecanismos. Las falacias
pretenden ser persuasivas, es decir, han de parecer argumentos sensatos para el receptor.
Características de la Falacia.
Que parezca cierta.
Que intente hacer daño a alguien.
Que contenga un engaño, un fraude o una mentira.
Que el razonamiento que ha llevado a su conclusión sea erróneo.
Las falacias son divididas en dos grandes grupos: Formales y No Formales.
Falacias formales.
Diremos que son aquéllas que están conectadas con esquemas de inferencias
válidos (el error se distingue en la estructura ¨formal¨) Las falacias formales son
argumentos no válidos que aparentemente parecen ser validos, y esto nos puede llevar a
pensar de modo erróneo que son correctos.
Falacias no formales.
Las falacias no formales consisten en errores en el razonamiento sometidos o
bien por la fuerza persuasiva del argumento empleado para establecer la conclusión o
bien por la ambigüedad que presenta el lenguaje utilizado para formular el
razonamiento. A la luz de este criterio clasificatorio las falacias no formales se dividen
en dos grandes grupos:
A) Falacias de Atinencia.
B) Falacias de Ambigüedad.
Falacias de Atinencia.
La característica común a todos los razonamientos que cometen falacias de
atinencia es que sus premisas carecen de atinencia lógica con respecto a sus
conclusiones, no pudiendo establecer su verdad.
La circunstancia de carecer de atinencia lógica, presentando en cambio atinencia
psicológica se explica por los distintos modos en que puede ser usado el lenguaje.
1) Argumentum ad baculum. (Apelación a la fuerza).
Es la falacia que se presenta por la amenaza o la fuerza. Sigue la ley del más
fuerte
Usualmente sólo se recurre a ella cuando fracasan las pruebas o argumentos
racionales. Podría resumirse el ad baculum en la frase: ¨La fuerza hace el derecho¨.
Ejemplo: En la reunión de los ¨Tres grandes¨ en Yalta, al fin de la segunda
guerra mundial. Informaron que el Papa sugería un curso de acción, por esto Stalin, en
desacuerdo pregunto: ¿Y cuántas divisiones dice usted que tiene el Papá para el
combate?
2) Argumentum ad hominem.
Esta Falacia se comete atacando directamente al adversario en tanto que es ser
humano.
Puede haber dos clases:
A) Ofensivo: Se ataca a quien se opone a los argumentos propuestos, con
razones personales que van contra las condiciones o características.
Ejemplo: Si se trata de desvalidar la palabra de Pitágoras: “El hombre es la
medida de todas las cosas”, con el argumento falaz: ¡Esa proposición es falsa como
todas las afirmaciones de los sofistas!, nos encontramos con que el nexo es sólo
emocional y por lo tanto psicológico; no hay conexión lógica entre el enunciado que
ataca el autor de la preposición y la proposición cuya verdad se pretende refutar.
B) Circunstancial: Se basa en la suposición de conocimientos en el adversario
debido a su carácter o circunstancial.
Ejemplo: Una persona imputa a un cazador ser un desalmado por cazar
animales indefensos; y este le refuta el argumento recordándole que el otro que su modo
de subsistir incluye el sacrificio de animales, cuya carne consume.
4) Apelación a la autoridad.
Es un argumento falsa que acepta fácilmente la gente, por que lo sostiene
alguien con fama, riqueza o prestigio.
5) Argumentum ad misericordiam.
El argumentum ad misericordiam constituye un claro ejemplo de la utilización
del lenguaje en sentido emotivo como también la falta de atinencia lógica entre los
enunciados que constituyen la argumentación y la conclusión que se pretende aceptar.
Mediante esta falacia se pretende que se acepte una argumentación apelando a la
piedad.
Ejemplo: Como ya se ha mencionado, el uso de esta falacia en los tribunales de
justicia es muy común, en donde se trata de mencionar hechos, de poca relación con el
hecho en cuestión (meritos, triunfos, estado familiar, servicios prestados al linaje
humano, etc.), para conseguir así la inocencia.
6) Argumentum ad populum.
Es la forma sofistica encargada de lograr el entusiasmo del pueblo, del estar
distraído con una emoción, acepte sin razón argumentos falsos.
Falacias de ambigüedad.
La característica común de las falacias de ambigüedad es que aparecen en
razonamientos cuya formación contiene palabras o frases, cuyos significados oscilan y
cambian de manera más o menos sutil en el curso del razonamiento.
Maneras de Evitar la Falacia.
Conociéndose que la falacia es una trampa en la que cualquier persona puede
caer en el proceso del razonamiento, es necesario:
1) Contar con una cierta habilidad para indicarla y analizarla a fin de impedir
que seamos engañados por ella al caer inconscientemente en una familiaridad con ella.
2) Para evitar las falacias se requiere una vigilancia constante y la conciencia de
las muchas maneras en que podemos incurrir en alguna de ellas. Por ello es útil un
estudio preciso de los diferentes usos del lenguaje, contar con una comprensión de la
flexibilidad del lenguaje y la multiplicidad de sus usos impedirá que confundamos el
sentido de sus términos.
3) Debemos tener presente que las palabras son resbaladizas y la mayoría de
ellas tienen toda una variedad de sentidos o significaciones diferentes, y hay falacia allí
donde se confunden estos significados diferentes.
4) Es indispensable definir los términos claves que se utilizan, pues los cambios
en la significación de los términos pueden hacer falaz un razonamiento y dado que la
ambigüedad puede evitarse mediante una cuidadosa definición de los mismos, la
definición es un tema importante para el estudio de la lógica.
Sofismo.
Es una forma de pensamiento, en la cual, desde la antigüedad se practicaba al
enseñarle a jóvenes mediante el cuestionamiento, así como el método Socrático lo hace,
sin embargo al cuestionar todo y al ser los seres humanos tan cómodos, que no nos
gusta no tener algo concreto en lo que pensar, comenzaron a ver a estos filósofos como
charlatanes; sin embargo es una forma de profundizar en el conocimiento aunque
provoque una severa confusión al no tener una base estable. Sin embargo esta es una
técnica que fue creada originalmente para entrena a la gente para la política. También
cabe destacar que no cree en una verdad absoluta, ya que al ser todos distintos y tener
distintas formas de pensar, tenemos diferentes puntos de vista; por lo tanto no hay una
verdad absoluta, sino que depende del punto de vista de cada individuo a lo que se le
considera como verdad.
Paradoja.
Es una idea extraña opuesta a lo que se considera verdadero o a la opinión
general. En otras palabras, es una proposición en apariencia verdadera que conlleva a
una contradicción lógica o a una situación que infringe el sentido común. En retórica, es
una figura de pensamiento que consiste en emplear expresiones o frases que implican
contradicción. Un ejemplo de paradoja es la "Paradoja de Jevons", más conocida como
efecto rebote. La paradoja es un poderoso estímulo para la reflexión. A menudo los
filósofos se sirven de las paradojas para revelar la complejidad de la realidad. La
paradoja también permite demostrar las limitaciones de las herramientas de la mente
humana.
Conclusión
Es natural que nos preguntemos como tales argumentos pueden engañarnos.
Ante esto se podrían citar dos respuestas: A) No siempre es obvio que una
determinada argumentación constituye una falacia, ya que una larga discusión,
podría fácilmente, llevarnos a la fatiga y perjudicar nuestra atención, pasando por
inadvertidas la poca atinencia de la conclusión con respecto a las premisas. B) Y
segundo, y más importante, que el lenguaje no solo sirve para comunicar
información, sino que puede despertar grandes emociones.
El principal objetivo de la argumentación jurídica es conseguir una
armonización entre la valorización, los precedentes y el caso concreto, es decir, la
argumentación jurídica tiene como finalidad resolver o defender un caso particular,
a través de la construcción de premisas que nos conduzcan a una conclusión,
basándonos para ello en el análisis de las circunstancias, la valorización de las
pruebas, la interpretación de la ley y la comparación nuestro asunto con los
resultados de casos análogos.
No hay un procedimiento específico que no permita evitar las falacias. Por
tratarse de razonamientos de carácter persuasivo, las formas, o mejor dicho, las
grandes formas que pueden adoptar son muy sutiles.
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