La culpabilidad
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LA CULPABILIDAD
por Virginia Arango Durling
Derechos reservados 2014
http://www.europarl.europa.eu/eplive/expert/photo/20061002PHT11281/pict_20061002PHT11281.jpg
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1.Culpabilidad en la teoría del delito
Delitoacción
antijuricidad
culpabilidad
típica
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Con la culpabilidad se le atribuye al sujeto el hecho realizado, y se le hace extensivo la sanción aplicable.
http://endirecto.mx/wp-content/uploads/2012/02/PrisionCarceles.png
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El sujeto responde por el hecho realizado, es decir, por culpabilidad del acto. En ese sentido, lo que se atribuye al sujeto es un acto típico y antijurídico, hecho que se traduce en que: “no hay ni delito ni pena, ni
culpabilidad sin conducta”.
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2.Distinciones entre Culpabilidad formal y material
Culpabilidad formal se refiere a las características anímicas del hecho que se exigen en un ordenamiento jurídico determinado como presupuesto de la imputación objetiva (Jescheck, 2002, p. 44), mientras que la culpabilidad en sentido material, establece que la reprochabilidad se fundamenta en el libre albedrío, en la posibilidad de poder haber actuado de otra modo.Derechos reservados. 2014
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3. Evolución del concepto de culpabilidad
CONCEPCIÓN PSICOLÓGICA Relación psicológica del autor con el hecho
CONCEPCIÓN NORMATIVA DE LA
CULPABILIDAD
Fundamentada en la exigibilidad de una
conducta distinta y en un juicio de reproche
Derechos reservados. 2014
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El concepto (Arango Durling, 2003) psicológica o tradicional de la culpabilidad (Von Listz/ Beling) se sustenta en principios causal-naturalistas, de la tesis que lo objetivo está en el tipo y los subjetivo en la culpabilidad, y que la relación entre el autor del hecho y el acto realizado es de naturaleza “psicológica” (nexo), de manera que la “imputabilidad” se convierta en un presupuesto de la culpabilidad”
http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/f/ff/Liszt_1858.jpg
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CULPABILIDADEVOLUCIÓN DEL CONCEPTO
La culpabilidad, es un juicio de reproche que se hace al autor que ha realizado una conducta antijurídica, que pudo haber actuado de manera distinta
(Mir Puig, 1999, p. 535)
https://encrypted-tbn1.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcTgsaPwCehZRlcOQxA_2BjAkvlJSGAxaGfYBcX4FaIWa_WObhE7XgDerechos reservados. 2014
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CULPABILIDADEVOLUCIÓN DEL CONCEPTO-Tendencias actuales
Por lo que respecta a las tendencias actuales, podemos mencionar las posiciones de ROXIN y de JACOBS, en los que el primero, se refiere a la culpabilidad como dato empírico-normativo.
http://criminet.ugr.es/recpc/Roxin1.jpg
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La culpabilidad debe entenderse como “actuación injusta pese a la existencia de asequibilidad normativa. Con ello se quiere decir que hay que afirmar la culpabilidad de un sujeto cuando el mismo estaba disponible en el momento del hecho para la llamada de la norma según su estado mental y anímico, cuando (aún) le eran psíquicamente asequibles, posibilidades de decisión por una conducta orientada conforme a la norma, cuando la posibilidad/ ya sea libre, ya sea determinada) psíquica de control existe en el adulto sano en la mayoría de las situaciones existía en el caso concreto (Roxin, 1997, p. 805).
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JAKOBS, concibe la Culpabilidad funcional y la fundamentan desde los fines de la pena o los fines del derecho pena (CULPABILIDAD FUNCIONALISTA)
http://observatoriodpi.org/_data/boletin/noticia/20080421135047_JAKOBS.jpg
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En ese sentido, JAKOBS ( 1995,p.584 ) concibe la culpabilidad funcional, en cuanto a que ésta se estructura sobre el fin, preventivo-general de la pena, en la que se trata de mantener el reconocimiento general de la norma ( no intimidar o escarmiento) y restablecer el ordenamiento jurídico alterado.
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La culpabilidad se sostiene hoy en día, que se fundamenta por el acto realizado prohibido por la ley, y no por el carácter de la personalidad o por la conducta de la vida, es decir, que se niega la tesis de la culpabilidad del autor, por su género de vida u otras (Gómez López, p.365).
https://encrypted-tbn1.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcQCKPj99t53ubfAflxnDKFza-qKH-5BR-qj5K_qUAwkYzDQvDVh4Q
CUESTIONES ACTUALES
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El sujeto responde en base al principio de culpabilidad
No hay pena sin
culpabilidad
El sujeto debe haber
actuado culpablemente
El principio
de culpabilid
ad
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EL PRINCIPIO DE CULPABILIDADes fundamental dado que
NULLA POENA SINE CULPA
No ha pena sin culpabilidadNULLUM CRIMEN SINE CULPA
EL SUJETO DEBE HABER ACTUADO CULPABLEMENTE
PRINCIPIO DE IMPUTACIÓN SUBJETIVA, SUJETO IMPUTABLE, SE DESCARTA EL DERECHO PENAL DE
AUTOR.
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EL SUJETO PARA SER CULPABLEDEBE TOMARSE EN CUENTA EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD
La necesaria verificación de la imputabilidad del sujeto y la ausencia de causas de exculpación, según las perspectivas que se adopten”.
https://encrypted-tbn2.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcSPzDUcpu9brPGzoISNoJ8IyVH2XKeRmnP8iORwZcTJOC3A44Vl
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La personalidad de la pena, en el sentido de que se prohíbe castigar a alguien por un hecho ajeno.
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EN SÍNTESISSolo es culpable el sujeto cuando concurre los elementos de la culpabilidad, que a continuación señalamos.
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ELEMENTOS DE LA CULPABILIDAD
• ACTITUD MENTAL PARA SABER LO QUE ESTÁ HACIENDO.
Capacidad de culpabilidad o imputabilidad
•EL SUJETO DEBE ACTUAR CON CONOCIMIENTO DE LA ILICITUD DEL HECHO.
Conocimiento de la
antijuricidad
•EL SUJETO IMPUTABLE CONOCIENDO LA ILICITUD DEL HECHO REALIZA EL HECHO, PUDIENDO HABER ACTUADO DE UNA MANERA DISTINTA.
Exigibilidad de un
comportamiento
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ACTITUD MENTAL PARA SABER LO QUE ESTÁ HACIENDO
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EL SUJETO DEBE ACTUAR CON CONOCIMIENTO DE LA ILICITUD DEL HECHO.
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EL SUJETO IMPUTABLE CONOCIENDO LA ILICITUD DEL HECHO REALIZA EL HECHO, PUDIENDO HABER ACTUADO DE UNA MANERA DISTINTA.
!Que bien” Ahora tengo dinero ….luego de robar esas joyas
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BIBLIOGRAFÍA ACEVEDO, José Rigoberto, Derecho Penal General y Especial Panameño. Comentarios al
Código Penal, Taller Senda, Panamá, 2008. ARANGO DURLING, Virginia, “El menor desde la perspectiva penal” en Cuadernos de
Ciencias Penales No.1, Ediciones Panamá Viejo, Panamá, 1998; Observaciones al Anteproyecto de Código Penal de 1998 y Revisado de 1999” en Cuadernos de Ciencias Penales No. 3, enero-diciembre, Panamá, 2003. Las causas de inculpabilidad, Ediciones Panamá Viejo, Panamá, 1998; ARANGO DURLING, Virginia, Temas fundamentales de la nueva legislación penal, Ediciones Panamá Viejo, Panamá, 2010,,
HURTADO POZO, José, Manual de Derecho Penal, Parte General I, 3ª edición, Grijley, Lima, 2005
JAKOBS, Gunther, Bases para una teoría funcional del Derecho Penal, Palestra editores, Lima, 2000.
“La ciencia del derecho penal ante las exigencias del presente”, Cuadernos de conferencias y artículos No. 25, Universidad Externado de Colombia, 2000.Derecho Penal, Parte General, Fundamentos y Teoría de la imputación, traducción de Joaquín Cuello Contreras y Jose Luis Serrano González de Murillo, Marcial Pons, Madrid, 1995.
ROXIN, Claus, Derecho Penal, Parte General, Traducción por Diego Manuel Luzón Peña, Miguel Díaz y García Conlledo , Javier de Vicente Remesal, tomo I, Civitas, Madrid,1997
SALAZAR MARIN, Mario, Teoría del delito con fundamento en la Escuela Dialéctica del Derecho Penal, Ibáñez, Bogotá, 2007-