Conflictos socio ambientales: Actividades extractivas en territorios y ...
INDUSTRIAS EXTRACTIVAS Y CONFLICTOS EN COLOMBIA
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INDUSTRIAS EXTRACTIVAS Y CONFLICTOS EN COLOMBIA
Fabio E. Velásquez C.Foro Nacional por Colombia
Quito, Julio de 2013
Dinámica de los conflictos
Un estudio del CINEP señala que la movilización social en Colombia se ha incrementado como resultado de la dinámica reciente de las IE en Colombia, en particular por el aumento de la IED y de la presencia de actores armados ilegales en el sector (104 conflictos en el sector de minería entre 2000 y 2011)..
Esto ha sido particularmente cierto desde 2005 y con mayor fuerza en el período 2007-2011 en lo que respecta a la minería.
El sector petrolero registra igualmente conflictos, en especial de carácter laboral, el más reciente de los cuales fue la huelga en los pozos de Pacific Rubiales en el Departamento del Meta.
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 20110
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Luchas sociales relacionadas con minería, 2000-2011
Oro Carbón Megaminería
Dinámica de los conflictos
Fuente: CINEP
Tipificación de los conflictos
Fuente: CINEP
Pobladores urbanos14%
Campesinos7%
Etnias14%
Asalariados41%
Mineros artesanales
24%
Actores , 2000-2011
Tipificación de los conflictos
Fuente: CINEP
Ambientales23%
Pliego laboral20%
Tierra3%
Infraestructura física5%
Incumplimiento pactos26% Derechos
17%Políticas
2%
Solidaridad4%
Motivos
Tipificación de los conflictosUna mejor clasificación de los conflictos
es la que distingue: Conflictos derivados de la defensa de
territorios étnicos. Conflictos en torno a la criminalización
de la pequeña minería. Conflictos socio-ambientales. Conflictos en torno al ordenamiento
territorial. Conflictos laborales en grandes
empresas
Defensa de territorios étnicos
Defensa de territorios étnicos3.977 de los 54.600 polígonos involucrados en
las solicitudes de título minero a 2010 afectan territorios de comunidades indígenas y afro. Ello representa 5,4 millones de hectáreas.
Se trata de territorios colectivos, en algunos de los cuales se realiza ancestralmente pequeña minería artesanal de carácter familiar, como medio de subsistencia y, en ocasiones, como complemento de actividades agrícolas.
Dos temas objeto de conflicto:a. Derecho ancestral de las comunidades sobre
el territorio (Chocó).b. Consulta previa (minería artesanal de oro en
el Cauca).
Criminalización de pequeña mineríaLa política de formalización, emprendida por el
gobierno nacional, tiene como foco principal la lucha contra la minería ilegal (explotación sin títulos, con importantes afectaciones socio-ambientales).
Los instrumentos han sido la quema de maquinaria de Unidades Productivas ilegales, combinada con programas de legalización de títulos y capacitación de pequeños mineros.
El primer instrumento se ha aplicado en forma indiscriminada, sin distinguir minería artesanal de minería ilegal Paros mineros en el Chocó (Agosto del 2012) y se prepara uno para el próximo 17 de julio.
Conflictos socio-ambientales
En Colombia, las actividades de exploración (minería e hidrocarburos) no requieren de licencia ambiental (Decreto 501 de 1995).
A finales de diciembre de 2012, en Colombia habían sido suscritos 9.400 títulos mineros, cubriendo 5,6 millones de hectáreas. De estos, 3.760 están en explotación y abarcan cerca de 2,1 millones de hectáreas, un área cercana al 1,8 por ciento del territorio nacional.
Parte de esos títulos han sido concedidos en zonas de protección ambiental (humedales, áreas de reserva forestal, parque nacionales y regionales, páramos), zonas de nacimientos de agua y de recargas de acuíferos.
Conflictos socio-ambientales
Alto impacto ambiental, sobre todo de los proyectos de exploración y explotación de oro a cielo abierto, en cabeza de empresas multinacionales.
Grandes movilizaciones en varias zonas del país (La Colosa, en Tolima, Santurbán, en Santander, Marmato, en Caldas, para citar las más recientes), que han movilizado a diferentes sectores de la población en contra de este tipo de minería por sus impactos ambientales (agua, reservas forestales, contaminación de ríos, etc.).
Conflictos de ordenamiento territorial
Dos lógicas para comprender las instituciones del OT en Colombia.
Constitucional
El OT hace parte del diseño de la nueva arquitectura estatal. (CP/91). El instrumento: la LOOT.
Legal
El OT busca enfrentar a través de leyes los retos de la urbanización acelerada. El instrumento: la LDT
La Lógica Constitucional
OT como producto de un “Proyecto Territorial Nacional”, en dos dimensiones estrechamente ligadas:
El mapa político del país (entidades territoriales, autoridades,
competencias y recursos)
La organización del territorio
(vocaciones regionales, usos del
suelo, infraestructuras,
jerarquía urbana y equidad socio-
territorialPlanificación territorial a escala
regional y local
Esta lógica nunca tuvo aplicación en Colombia
La Lógica Legal
Acelerado proceso de urbanización no controlado
Ley de Reforma urbana (Ley 9ª. De 1989),centrada en tres temas:
Planeación urbana Construcción de vivienda popular Instrumentos de intervención del suelo
urbano.
Esta ley tuvo muy poco aplicación, lo que llevó a su reforma a través de la Ley de Desarrollo Territorial (Ley 388 de 1997).
La Lógica legal
Esta ley entrega a las autoridades municipales el encargo de formular los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), a la luz de tres principios:
a. La función social y ecológica de la propiedadb. La prevalencia del interés general sobre el
particular; yc. El reparto equitativo de las cargas y
beneficios
Los POT tienen tres componentes:
General: Estrategias de largo plazoUrbano: normas para el desarrollo urbano.Rural: políticas, para orientar la conveniente utilización del suelo para actividades agropecuarias y mineras.
La Lógica legal
Supuesto
La autonomía de los municipios para formular el POT.
Sin embargo, esa autonomía es desconocida por normas nacionales, entre ellas:
El Código Minero, que declara la actividad minera como actividad de utilidad pública e interés social. El CM abre la posibilidad de sustraer áreas de protección para la explotación minera y señala que “ninguna autoridad regional, seccional o local podrá establecer zonas del territorio que queden permanente o transitoriamente excluidas de la minería” (Art. 37)
La Lógica legal Decreto 2201 de 2003: Los planes o
esquemas de OT de los municipios y distritos no pueden ser opuestos a las actividades consideradas por el legislador de utilidad pública e interés social cuya ejecución corresponda a la Nación.
Decreto 934 el 9 de mayo de 2013: la decisión de establecer zonas excluidas y restringidas de minería compete exclusivamente a las autoridades minera y ambiental. Por tanto, los POT de los municipios y distritos no podrán incluir disposiciones que impliquen un ordenamiento de la actividad minera en el ámbito de su jurisdicción, salvo previa aprobación de las autoridades nacionales.
La Lógica legal
Estas disposiciones han causado malestar entre las autoridades locales y han producido tensiones entre las colectividades locales (alcaldes y comunidades) y el gobierno nacional, pues anulan la autonomía de los municipios.
Existen sentencias de la Corte Constitucional que declaran inexequibles algunas de estas medidas (el decreto 2201 de 2003) y reivindican la autonomía de los municipios para formular su POT y regir los usos del suelo.
El Decreto 934 acaba de ser demandado.
El papel del Estado
El gobierno nacional declaró al sector minero-energético como la principal locomotora del desarrollo del país. Sin embargo, son varias las debilidades del Estado para regular el sector:
Desarticulación institucional, especialmente entre el MME y el MMAyDT
Baja capacidad de control de la producción Legislación ambigua que genera
incertidumbre y reglas de juego imprecisas para los inversionistas. Es la mayor queja de estos últimos
Laxitud en la entrega de títulos mineros (la ventanilla de solicitudes se reabrió el pasado 3 de julio. En un día hubo 2.000 solicitudes).
El papel del Estado
En ese marco, que contrasta con su afán de estímulo a las grandes inversiones en el sector, el gobierno ha dado un tratamiento a los conflictos que combina represión con negociación.
En el primer caso, el argumento es que muchas de estas manifestaciones de descontento, por ejemplo de los pequeños mineros, pueden ser acciones organizadas por las guerrillas, lo que amerita un tratamiento militar.
En el segundo caso, los acuerdos son generalmente incumplidos, lo que genera nuevas confrontaciones.
El papel del Estado
Además, el gobierno nacional no tiene una política clara en materia de consulta previa:
• Ratificación del convenio 169 de la OIT.• Expedición del Decreto 1320 para
reglamentar los procesos de consulta previa.• Descontento de las comunidades étnicas con
el Decreto• Sentencias de la Corte Constitucional en las
que ordena no aplicar ese decreto en varios casos analizados.
• El gobierno prepara un proyecto de ley desde hace dos años que no ha querido tramitar
• Las comunidades étnicas se niegan hoy a ser consultadas mediante los procedimientos del 1320.
El papel del Estado
Se requieren cambios de política y nuevos diseños institucionales para el tratamiento democrático de los conflictos:
- Políticas incluyentes que contemplen los diferentes tipos de minería (según escala).La política de formalización no ha dado resultados por trabas que el mismo proceso impone a los pequeños mineros.
- Políticas para el sector extractivo articuladas con políticas ambientales y de participación ciudadana, incluida la consulta previa)
- Diseños institucionales: articulación de entidades nacionales en torno a una política única.
- Cambio en las relaciones intergubernamentales