Incapacidades

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INCAPACIDADES

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INCAPACIDADES

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DEFINICIÓN

• Es la imposibilidad que tiene un trabajador de realizar sus labores, debido a una enfermedad o lesión y que está certificada por el IMSS.

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TIPOS

• Existen tres tipos de incapacidad:

– Incapacidad temporal

– Incapacidad permanente parcial

– Incapacidad permanente total

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Cuando un trabajador no está en condiciones adecuadas de salud para desempeñar sus labores puede acudir a su clínica de adscripción a recibir la atención médica correspondiente y si su doctor lo considera conveniente se le puede otorgar un certificado de incapacidad médica.

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Dicho certificado tiene 3 finalidades primordiales:

1. Justificar las ausencias del trabajador ante la empresa en que labora. Esto con la finalidad de que el trabajador no sea despedido.

2. Otorgar, cuando se cumplan los requisitos, un subsidio al trabajador. Debido a que, al no presentarse el trabajador a laborar, el patrón no está obligado al pago del salario correspondiente, por lo que el IMSS le otorga una ayuda económica que le permita seguir cubriendo sus necesidades.

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Dicho certificado tiene 3 finalidades primordiales:

3. Permitir al patrón la deducción de cuotas. En términos de lo que establece el artículo 31 de la LSS, cuando un trabajador no asista a laborar por tener una incapacidad, el patrón no está obligado al pago de las cuotas, a excepción de lo que se refiere al ramo de Retiro.

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Estas incapacidades se pueden otorgar por tres motivos:

a) Enfermedad general. Se refiere a cualquier tipo de padecimiento no profesional o accidente ocurrido fuera de su centro de trabajo. • En este caso el subsidio se pagará a partir del cuarto día de

incapacidad y será el equivalente al 60% del salario diario integrado con el cual está registrado el trabajador.

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Estas incapacidades se pueden otorgar por tres motivos:

b) Riesgos de trabajo. Se refiere a algún accidente ocurrido en el centro de trabajo, o aquél que ocurre cuando el trabajador se dirige a su centro de trabajo o viceversa, o bien a alguna enfermedad provocada por la acción continua de una causa que tenga su origen o motivo en su trabajo. • En este caso el subsidio se pagará a partir del primer día de

incapacidad y será el equivalente al 100% del salario diario integrado con el cual está registrado el trabajador.

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INCAPACIDAD TEMPORAL

• Estas incapacidades se pueden otorgar por tres motivos:

c) Maternidad. Se refiere al embarazo de la asegurada y se otorga una incapacidad que se llama prenatal por las seis semanas anteriores al parto y otra, llamada posnatal, por las seis semanas posteriores al parto. • En este caso el subsidio se pagará a partir del primer día de

incapacidad y será el equivalente al 100% del salario diario integrado con el cual está registrado la trabajadora.

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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL

• Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona, que la imposibiliten parcialmente para desempeñar cualquier trabajo, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que la haya producido.

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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL

• Consecuencias:

– Hasta el 25%

• Indemnización equivalente a cinco anualidades.

– Más de 25% y hasta 50%

• Indemnización equivalente a cinco anualidades o

• Pensión correspondiente – Falta poner ejemplo

– Más del 50%

• Pensión correspondiente (Art. 65 fracc. III)

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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

• Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona, que la imposibiliten para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que la haya producido.

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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

• Consecuencias:

– Accidente de trabajo

• Pensión correspondiente

– Enfermedad de trabajo

• Pensión correspondiente

– Enfermedad de general

• Pensión correspondiente