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ENUNCIADOS

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

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BLANCA184

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EJERCICIO Nº 1

DOMICILIO, NOTIFICACIÓN Y TÉRMINOS

Casos de discusión:

1) Una persona física que se encuentra en etapa de discusión administrativa con elFisco en proceso de Determinación de Oficio se ha mudado. Como consecuen-cia de la modificación de su domicilio fiscal informa tal hecho a la Agencia de laDGI en la que se encuentra inscripta.

La DGI procede a notificar la Resolución del Juez Administrativo al domicilioanterior. Determinar si la notificación es considerada válida.

2) Si se realizara un cambio de domicilio fiscal y la DGI a los 30 días comunica quetoda presentación deberá realizarse en la nueva dependencia ¿Desde cuándoproduce efectos el cambio y a partir de qué momento se deberán hacer laspresentaciones en la nueva Agencia de la AFIP?

3) A -Se le notifica a un contribuyente, con domicilio en un edificio indicando pisoy departamento, una Determinación de Oficio mediante carta certificadacon aviso de retorno. La documentación es recibida por el portero el díasábado y entregada al contribuyente el lunes siguiente. Determinar la fechaa partir de la cual deben computarse los términos.

B -Como alternativa debe analizarse la situación en el caso de que la cartatuviese como domicilio la calle y el número, pero sin identificar el piso ni eldepartamento.

4) El contribuyente al inscribirse en la Agencia correspondiente, denuncia el domi-cilio donde funciona la administración principal y el domicilio comercial me-diante el formulario habilitado a tal efecto; constituyendo domicilio fiscal en elprimero.

Es válida una notificación realizada en el domicilio comercial del mismo, supo-niendo:

A) es firmada por el propio contribuyente;

B) es firmada por un empleado del contribuyente;

C) mediante carta certificada con aviso de retorno.

5) Indique si la notificación sería válida en los términos del art.100 inc. b) de la LPT ,en los siguientes casos:

A) La segunda acta es pegada en la puerta del domicilio comercial.-no fiscal;

B) La segunda acta es entregada por un inspector al propio contribuyente en eldomicilio fiscal el día sábado a las 13 horas;

C) La segunda acta fue notificada al día inmediato hábil siguiente de labrarse laprimera acta de notificación.

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6) A - Ante un requerimiento, un contribuyente contesta en las dos primeras ho-ras del día siguiente al del vencimiento. Definir si esa presentación fue hecha entérmino.

B - Definir la situación anterior con la alternativa que el contribuyente planteaun recurso de reconsideración.

7) A -La AFIP al intentar notificar un requerimiento al contribuyente XX en sudomicilio fiscal, verifica que corresponde a un baldío, no existiendo la nu-meración denunciada, por información de terceros conoce el domiciliodonde está desarrollando actividad el contribuyente, indique qué procedi-miento debe aplicar para notificar en dicho domicilio.

B -En caso que el contribuyente no hubiera denunciado domicilio alguno a laAFIP, qué procedimiento debe seguir para notificar un requerimiento.

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EJERCICIO Nº 2

SUJETOS DE LOS DEBERES TRIBUTARIOS

Indique quienes son los sujetos responsables del cumplimiento de los deberesimpositivos conforme la Ley 11.683:

1) La Dirección intima mediante nota de fecha 20/07/2002 al Señor XX en su cali-dad de presidente de Amigos S.A. el Impuesto a las Ganancias por el cierre12/98. El importe intimado corresponde a la determinación de oficio practica-da a la sociedad y notificada el 10/08/01, que ésta no cumplió. El director alegaen su descargo que la firma se encontraba en estado de insolvencia real y sinfondos suficientes.

2) La Dirección intima a Mar S.A., agente de retención del IVA el ingreso de reten-ciones omitidas de practicar. La entidad sostiene en su descargo que los impor-tes fueron ingresados por los contribuyentes al presentar sus respectivas decla-raciones juradas.

3) La Dirección sanciona el incumplimiento de las normas de facturación vigentesa Sabueso S.A. debido a que no volcaba en las facturas de venta el Nº de C.U.I.T.y la condición ante el I.V.A. de los clientes. La empresa efectúa el descargoalegando que la presunta infracción fue realizada por un empleado de la firmaque reemplazó por enfermedad al encargado de ventas y desconocía las nor-mas vigentes.

4) Tax S.A. no tributa el Impuesto a las Ganancias 2001 (cierre Diciembre) porcarecer de fondos. La ausencia de fondos obedece a que la empresa gratificó asus directores y gerentes enviándolos a Japón y Corea a ver el Mundial de Fútbol2002. La D.G.I. intima a la S.A. a regularizar el pago, cosa que ésta no hace. ¿Lecabe responsabilidad al Directorio en ejercicio que administraba los fondos?

5) Palenque S.R.L. no cumple sus obligaciones fiscales de I.V.A. correspondientesa Noviembre y Diciembre/02. ¿Qué pasos debe seguir la D.G.I. para hacerefectiva la responsabilidad solidaria del Art. 8 Ley 11.683 respecto del sociogerente?

Siguiendo el caso anterior: ¿Puede exculparse el socio gerente alegando que ala fecha de la notificación de la vista había vendido las cuotas sociales y ya noera más gerente?

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EJERCICIO Nº 3

INFRACCIONES

Analice las situaciones que se presentan, configure el ilícito de que se trata y lasanción que corresponde aplicar:

1) Eustaquio Pérez, médico, presentó e ingresó espontáneamente el saldo de suDDJJ de Impuesto a las Ganancias 30 días después del vencimiento general. LaA.F.I.P. detecta tal situación y le instruye sumario a efectos de aplicarle la sancióndel Art. 45 de la Ley 11.683.

A) Ratifique o rectifique la pretensión fiscal.

B) Considere el caso que el Sr. Pérez hubiera presentado al vencimientogeneral una DDJJ inexacta y a los 30 días rectifica (en exceso).

2) Partiendo del planteo anterior considere que el contribuyente no presentó laDDJJ. En este caso previa intimación, el Fisco inicia procedimiento de determi-nación de oficio y sumario por omisión (Art. 45). Considere la procedencia de lamulta atendiendo las siguientes circunstancias:

A) La DDJJ no arrojó suma a ingresar.

B) El saldo de la DDJJ actualizado es de $ 500 y el contribuyente lo ingresadentro de los 5 (cinco) días siguientes a la corrida de vista del Art. 17.

C) Con posterioridad a la iniciación del procedimiento se dicta una ley querebaja la sanción del Art. 45 en una graduación del 20% al 40%.

3) En 1991 la empresa Ferrocarriles Argentinos ha encargado la remodelación deun centro comercial en la estación de la ciudad de Mar del Plata. La construc-ción ha sido realizada y la empresa contratista explota los locales en alquiler porel término de 50 años como contraprestación a los trabajos efectuados. El con-trato de locación de obra se ha redactado dentro del marco de los términos deconcesión de explotación.

La empresa percibe ingresos por los siguientes conceptos: alquileres, expensas,depósitos en garantía de los contratos de alquiler.

La empresa no se halla inscripta en I.V.A. por considerar que los ingresos queobtiene no están gravados.

La A.F.I.P. realiza una inspección, no comparte el criterio y ajusta el impuestomediante un procedimiento de determinación de oficio.

A) Configure el ilícito y cuantifíquelo suponiendo que el impuesto actualizadoes de $1.000.000.

B) Defina si existe posibilidad de reducir la multa.

4) La empresa “El Pincha” actuó como agente de retención del Impuesto a lasGanancias (RG.830) y no depositó los importes retenidos, no obstante habersido intimado a hacerlo por parte de la A.F.I.P.

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A) ¿Qué sanción le cabría?

B) ¿Qué sanción le cabría si no retuvo?

C) ¿Cuál sería la sanción si el contribuyente ingresa el importe retenido perono presenta la DDJJ?

5) La A.F.I.P. realiza una determinación de oficio a la firma “El León S.A.”, corres-pondiente al Impuesto las Ganancias por el período 2001, en el cual se determi-na un ajuste que reduce el quebranto declarado en la DDJJ original (presentadaal vencimiento general) de $ 28.000 a $ 1.500.

Determinar la sanción que correspondería.

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EJERCICIO Nº 4

PRESCRIPCIÓN

Casos de discusión:

1) Defina las fechas en que prescribe la acción del Fisco para exigir el pago delImpuesto a las Ganancias 2002 a El Palenque S.A. partiendo de las fechas decierre de ejercicio comercial que a continuación se detallan:

A) 30/06/02

B) 31/08/02

C) 31/12/02

Nota: La empresa no se ha acogido a regímenes de presentación espontánea.

2) A) Manuel Pedroza no presentó su DDJJ de Ganancias año 2000. Ante un re-querimiento de la DGI la presentó el 31/01/2002, falseando y omitiendodatos que debía contener y pagando la multa por la falta de presentaciónde declaraciones juradas del art. 38. Defina:

B) Plazo de prescripción de la Acción del Fisco para aplicar multas por omisióno defraudación.

C) Suponiendo que la D.G.I. no detecta la falsedad de la DDJJ presentada peroinstruye sumario por multa del art. 39, el 03/03/02 dicta resolución y el14/03/02 notifica la resolución a Manuel Pedroza quien al 04/04/02 no haofrecido descargo previsto en el artículo 71. Defina el plazo de prescripciónpara hacer efectiva la multa.

3) A) La sociedad NN cierra ejercicios fiscales el día 30 de Junio de cada año. Unaverificación detecta una diferencia de Impuesto a las Gananciascorrespondiente al ejercicio 1993 determinando y exigiendo su pago el07/06/99 (fecha de notificación). El contribuyente considera que prescribióla acción del fisco por ese período ya que transcurrió el plazo quinquenal yno se acogió a ninguno de los regímenes de excepción dictados en los últi-mos años.

B) Suponga que el 24/06/99 NN reconoció expresamente el ajuste.

4) A) Atento a que el próximo 1° de Enero de 2004 se completará el término de laprescripción del año 1997 para la empresa XX S.A., se le sugiere que renunciea los términos corridos de la prescripción. La empresa considera que reciénprocede esa renuncia después del 01/01/2004.

B) Independientemente de ello, se informa que firmará dicha renuncia el ge-rente general que cuenta con un poder que lo autoriza a efectuar gestionesante organismos públicos.

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5) Al verificarse la actuación como agente de retención a su personal en relaciónde dependencia de JJ S.R.L., se comprobó que en el año 1995, la firma admitiócomo gastos deducibles, comprobantes por gastos médicos aportados por elgerente de ventas; lo cual es improcedente. El empleado no está inscripto en elImpuesto a las Ganancias ante la A.F.I.P., siendo esa su única fuente de ingresos.

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EJERCICIO Nº 5

PRESCRIPCIÓN

El señor Eduardo López ingresa por el Impuesto a las Ganancias correspondienteel año 1998 los siguientes conceptos:

Concepto Fecha de pago Importe

1er anticipo 13-06-98 1.234,-

2º anticipo 13-08-98 1.234,-

3º anticipo 13-10-98 1.234,-

4º anticipo 13-12-98 1.234,-

5º anticipo 13-02-99 1.234,-

Saldo DDJJ 03-02-00 1.875,-

Se solicita determinar cuándo comienza a correr el término de la prescripción paraefectuar la acción de repetición de cada uno de los pagos detallados.

Vencimiento de la DDJJ 20-04-99.

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EJERCICIO Nº 6

INTERESES

El contribuyente La Esperanza S.A., cuyo cierre de ejercicio opera el 31 de Diciem-bre de cada año, ha abonado diez de once anticipos correspondientes al Impuesto a lasGanancias, por el período fiscal 2001, adeudando el 7º anticipo por $ 6.382,- que vencióel 13-12-2001.

El 19-05-2002 venció la presentación de la declaración jurada y su correspondientepago por $ 15.955,-; la que presenta en fecha pero paga el 5 de Julio de 2002, tanto elsaldo de la declaración jurada como los intereses generados por todo concepto.

Se solicita determinar los montos adeudados.

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EJERCICIO Nº 7

INTERESES

1. Mencione cuál es la norma aplicable para determinar los intereses que se adeu-dan en los distintos momentos especificados en las situaciones que se mencio-nan a continuación:

1.1. Saldo de declaración jurada de impuesto a las ganancias no abonado en lafecha de su vencimiento;

1.2. Deuda previsional por Seguridad Social y Obra Social devengada por el mesde abril de 2002;

1.3. Multa automática del artículo 38, que se quiere abonar con posterioridada los 15 días posteriores a la notificación de la infracción que enviara elfisco;

1.4. Multa ejecutoriada reclamada mediante juicio de ejecución fiscal;

1.5. Retenciones de impuesto al valor agregado no abonadas al vencimiento;

1.6. Saldo de declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales delperíodo fiscal 2000 reclamado mediante juicio de ejecución fiscal;

1.7. Saldos de diversos tributos impagos por los cuales un contribuyente, conimposibilidad económico -financiera demostrable para efectuar el pago delos mismos, solicita facilidades de pago de acuerdo con los regímenes vi-gentes;

1.8. Apelación ante el T.F.N. por la determinación de oficio realizada por el fiscopor el impuesto a las ganancias del período fiscal 1995;

1.9. Recurso de reconsideración del artículo 76 de la ley de procedimiento tri-butario por acción de repetición denegada por pago espontáneo;

1.10. Demanda interpuesta ante el T.F.N. por acción de repetición por pago arequerimiento.

2. Mencione la forma general de contar los plazos de devengamiento de los intere-ses.

3. Mencione el intervalo de tiempo en el cual se devengan los intereses por cadauna de las situaciones enumeradas en el punto 1 y el monto de la tasa de interés.

4. Un contribuyente omitió el pago del importe correspondiente al Régimen deTrabajadores Autónomos del mes de noviembre de 1996 con vencimiento el05/12/96. La categoría que reviste por el desempeño de su actividad es la “B”.Los importes referidos a esa categoría han evolucionado de la siguiente forma:

• desde el 01/09/96 al 31/03/97: $ 116,48.

• desde el 01/04/97 a la fecha: $ 122,56.

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¿Cuál es el importe a pagar si desea abonarlo el día 20/11/02?

5. Considere que en el caso anterior, ante intimación de parte del fisco, el contri-buyente paga el capital el día 20/11/02, pero sin los intereses. ¿Cuál es el importeque adeuda si decidiera pagar los intereses el 5/12/02?

6. Indique, conceptualmente, el plazo de devengamiento de los intereses para uncontribuyente que adeuda el último anticipo de impuesto a las ganancias delúltimo período fiscal vencido.

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EJERCICIO Nº 8

CLAUSURA

Se trata de la firma Bendodetodo SRL que se dedica a la compra venta de utensiliospara uso personal.

Cierre de ejercicio: 31/12

Domicilio comercial: Deno Chetrampa 328- Pcia. Buenos Aires

Domicilio legal: Dedía Todolegal 2122- Capital Federal

Domicilio fiscal: Güemes 2384 – Capital Federal

El día 26 de enero de 2000 dos funcionarios de la AFIP-DGI, Sres. Santiago Eldelfiny Hector Rulomán, encontrándose en la puerta del establecimiento comercial, mani-fiestan que vieron que una mujer joven y muy atractiva había comprado un utensilioque fue entregado por el vendedor en bolsa cerrada, habiendo abonado un importepor dicha operación sin recibir la factura respectiva.

Los funcionarios interrogan a la compradora Graciela Timidez solicitando la exhi-bición del objeto comprado y de la factura respectiva, negándose la misma por razonesde pudor.

Los funcionarios actuantes proceden a labrar un acta de constatación, describien-do dicha operación y manifestando que no se emitió factura alguna. Al no encontrarsealgún representante legal ni apoderado de la firma, el empleado Richard Badboy de lafirma Bendodetodo SRL se negó a firmar las actuaciones, manifestando que la facturahabía sido entregada por la mañana cuando la compradora señó el producto ante eltemor de que se agotara el mismo.

En el mismo día concurren al domicilio fiscal no encontrando ninguna personaque atienda el llamado, procediendo al labrado el acta respectiva.

En un día posterior los mismos funcionarios concurren al domicilio fiscal recibien-do las actuaciones la empleada doméstica Macarena Medespidió, notificándole de lasmismas y de la citación a la audiencia del descargo contemplada en el artículo 41 de laLey 11.683.

El 9 de febrero, el abogado Leopoldo Defensa, con poder general concurre a laaudiencia acompañando un descargo por escrito y las pruebas que hacen a su derecho.

La jueza administrativa Noemí Lucylagamba dicta la resolución sancionándolocon una multa de $30.000 y la clausura por el término de 10 días.

ACTAS

1) Acta de constatación

a- Indique cuatro elementos esenciales que debe contener un acta de consta-tación.

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b- En caso que en la misma no constara el encuadre legal de la norma jurídicaviolada, y el contribuyente no fuera a la audiencia de descargo, cuáles seríanlos argumentos para su defensa.

c- En caso que el acta labrada por los funcionarios de la DGI conste que sonatendidos por una persona ajena al establecimiento, indique si la mismapodrá ser cabeza del procedimiento del acto de clausura.

2) En caso que los funcionarios manifiesten que visualizaron una venta, por la queno se abonó pago alguno, cuando en realidad el cliente retiró una mercaderíaque ya había abonado, sin haberse interrogado al comprador, y éste se hayaretirado ¿cómo debe demostrar sus dichos?

DESCARGO

3) El contribuyente no concurre a la audiencia contemplada en el primer párra-fo del art. 41 y presenta el descargo en las dos primeras horas del día si-guiente al fijado para la audiencia. El mismo, ¿se considera presentado entérmino?

4) En el descargo, el contribuyente alega que la venta fue realizada por un emplea-do de 17 años, menor de edad. ¿Es correcto que deslinde o transfiera su respon-sabilidad hacia el mismo?

5) Habiéndose presentado en la audiencia señalada en el punto anterior sin des-cargo por escrito ni ofrecimiento de pruebas, ¿puede ofrecer una opinión ver-bal?, en caso afirmativo el juez administrativo deberá tomarla en cuenta para eldictado de la resolución.

6) En caso de ofrecer descargo, enumere tres requisitos formales que debe conte-ner.

RESOLUCION

7) Si en la resolución el juez administrativo no hace un análisis pormenorizado detodas las pruebas aportadas por el contribuyente, indique si hay causales paraimpugnar el acto.

8) Una vez que ha quedado firme la resolución de clausura correspondiente, seprocede a colocar la faja respectiva. El contribuyente alega que en sus instala-ciones hay productos perecederos, los cuales deben ser entregados a sus clien-tes, es esto posible? ¿Qué ocurriría si los funcionarios continuaran con el proce-dimiento y no permitieran el retiro de dicha mercadería?

9) Al otro día de realizado el acto descrito del punto anterior, el contribuyenteconcurre a la puerta del domicilio clausurado y observa que la faja ha sidodestruida. ¿Cuál es el procedimiento a seguir a fin de evitar que se le atribuya aél dicha situación?

10) Habiéndose colocado la faja de clausura sobre la puerta del establecimiento y elcontribuyente procede a colocar otra puerta encima de la misma impidiendo lavisión de la citada faja, indique si dicha actitud puede ser considerada quebran-tamiento de clausura.

11) Habiendo quedado firme la clausura y en el momento que concurren los fun-cionarios responsables a efectivizarla, verifican que el negocio comercial hacambiado su titularidad, por transferencia del fondo de comercio. Indique si losfuncionarios pueden proceder a clausurar el citado local.

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RECURSOS

Ante la resolución del Juez Administrativo que aplica sanción de clausura:

12) ¿Existe algún recurso que pueda interponer el contribuyente? En caso afirma-tivo, indique:

a) ¿Cuál es?

b) ¿Ante quién se interpone?

c) ¿Dentro de qué plazo?

d) ¿Qué efectos produce?

e) ¿Existe algún plazo para que se resuelva?

13) De confirmarse la resolución,

a- ¿Qué accionar puede tomar el contribuyente?

b- ¿Puede recurrir ante el T.F.N?

14) ¿Existen vías para evitar la efectivización de la sanción mientras se resuelve lainstancia judicial?

15) ¿En qué casos y por qué medios puede recurrirse ante la CSJN?

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SOLUCIONES

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 201

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 1

1) La notificación es valida.

El contribuyente además del trámite efectuado debería haber comunicadofehacientemente la situación a la División donde se encuentra radicada la actua-ción administrativa (Art. 3º, 8vo. Párrafo de la ley 11.683).

2) Al presentar un cambio de domicilio, el contribuyente desde ese momentodeberá hacer todas las presentaciones en la nueva agencia de la D.G.I.

Jurisprudencia: 1) FISCO NAC. (D.G.I.) c/ DIST.DIARSA S.A. – C.N.FED. – SALA1 CONT ADM. – 20/04/82–

El cambio de domicilio produce efectos desde la presentación del formulariopertinente y mientras no sea impugnado por la D.G.I.

2) DICT. 23/94 DAL (DGI) 24/02/94 y PETRONI, DANTE RENATO – TFN –SALA D – 22/02/2000.

Invalidez de las notificaciones efectuadas por el fisco al domicilio anterior si elcambio fue realizado en debida forma.

3) A - En casos de notificación por carta certificada con aviso de retorno el plazopara el cómputo de los términos para apelar comienza a correr a partir delprimer día hábil siguiente al de la notificación, vale decir del lunes. (Art. 4to.Ley 11.683 y Art. 19 D.R.).

Se considera tácita la habilitación del día inhábil.

Jurisprudencia: Sackman Muriel – C.S.J.N. 22/12/65 –

Austral Cía. Arg. De Transp. Aéreos S.A. – CNC – Sala C 09/05/68.

* Plantear la alternativa de trasladar la notificación en día inhábil al primerdía hábil siguiente. En este caso se considera notificado el lunes y los térmi-nos corren a partir de la hora cero del día martes.

Jurisprudencia: Cooperativa Agrícola Ganadera de Aregnito – T.F.N.11/06/93.

B -La notificación no es válida por no estar los datos completos del domicilio.No se considera entregada en el domicilio del contribuyente. No cumple conel Art. 100 inc. a) de la ley 11.683. Excepto que se advierta que el contribuyen-te tomó conocimiento del acto.

Jurisprudencia: Gabimar S.A. – TFN – 16/08/94.

4) A- Si la notificación es firmada por el propio contribuyente es válida aunque sela notifique en cualquier domicilio (Art. 100 inc. b 1º párrafo).

B- Al ser firmada la notificación por un empleado del contribuyente en el do-micilio comercial, no es válida, ya que la misma debería haberse realizado enel domicilio fiscal (Art. 100, inc b 2º párrafo).

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C- No es válida la notificación, ídem punto anterior, para notificar en el domi-cilio comercial, porque considera que ese es el principal, debe el fisco inti-mar su modificación y dictar resolución fundada (Art. 6º RG 301/98).

5) A- Según el Art. 100 b la notificación de la segunda acta en el domicilio comer-cial no es válida, ante ausencia responsable, las mismas se realizarán en eldomicilio fiscal.

B- Se debe tomar en cuenta que el acta no se envió por correo, sino por uninspector, quien no se encuentra habilitado a ejercer su función un día sába-do, excepto casos especiales. La notificación, no es válida.

C- La notificación sería válida, aunque tomando en cuenta el fallo de sala A delTribunal Fiscal de la Nación de fecha 25/11/97 “Giorgio, José Vicente s/apelación”, el mismo entiende que debería realizarse en días posteriores, yno en el día inmediato siguiente.

6) A - La presentación no se considera efectuada en término. El plazo de gracia delas primeras dos horas del día hábil siguiente es para los escritos judiciales ypara procedimientos administrativos (Art. 4º R.G. 2452).

Las presentaciones de escritos que se realicen para el ejercicio de los dere-chos de los contribuyentes o responsables gozan de tal beneficio, no así elsimple ofrecimiento de prueba.

Jurisprudencia: Brossard Félix – C.N.Fed. Sala I Contencioso Administra-tivo 04/06/81.

B -Es considerada en término la presentación.

7) A - La AFIP deberá dictar resolución fundada declarando el nuevo domiciliofiscal del contribuyente, siendo válidas las notificaciones que se efectúen apartir de dicho acto en el citado domicilio. R.G. 301 Art. 5º y ley 11.683, Art.3º, 4º Párrafo.

B- En caso que la AFIP conociera alguno de los domicilios previstos en elArt. 3º, 5º Párrafo de la ley 11.683, podrá proceder igual que en el puntoanterior.

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 203

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 2

1) El director si bien es responsable por deuda ajena conforme lo dispone el Art.6º inciso d) y Art. 7º Ley 11.683, por Art. 8º inciso a) le cabe beneficio de excusiónen la medida que pruebe realmente el estado de insolvencia y que no priorizóotros pagos en desmedro de las obligaciones fiscales. Sobre este último puntoexiste jurisprudencia.

Jurisprudencia: Calvo Luis Enrique y otro – T.F.N.– 05/04/1973.

2) Mar S.A. es responsable del cumplimiento por deuda ajena, Art. 6º inciso f ) yArt. 8º inciso c), Ley 11.683; aunque podría demostrar que los contribuyenteshan abonado el gravamen.

Jurisprudencia: SA-CE SRL - CNFED. CONT. ADM. - SALA III - 26/9/1989. Lacarga de la prueba del extremo que excluye la responsabilidad del agente deretención, contemplado en el artículo 18, inciso c), de la ley 11.683 (t.o. 1978 ymodif.) se encuentra en cabeza del retenedor incumpliente.

3) Sabueso S.A. es responsable de la infracción cometida por su dependiente.

Art. 9º Ley 11.683.

4) La responsabilidad es de los directores, en este caso por Art. 8º inciso a) tienenresponsabilidad personal y solidaria. No cabe el beneficio de excusión.

5) Debe intimar a regularizar su situación a Palenque S.R.L., si ésta no cumple conla obligación fiscal debe iniciar procedimiento de determinación de oficio – Art.16 Ley 11.683 - Una vez firmada la misma debe iniciar el procedimiento alsocio gerente – Art. 17, 5º párrafo. Ley 11.683 –

Jurisprudencia: Club Atlético Adelante – CNFCA – Sala IV – 15/07/99.

No puede exculparse. Aun cuando haya tomado todos los recaudos que marcala ley de sociedades comerciales, ello no significa que desaparezca su responsa-bilidad solidaria por los actos realizados durante el ejercicio de su cargo.

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CÁTEDRA PROFESOR HORACIO ZICCARDI204

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3

1) A- El procedimiento de instrucción de sumario es correcto pero no así lacaratulación de la multa por omisión ya que la misma no resulta procedenteen este caso (instrucción 19/92). Es de aplicación la multa por infracciónformal del Art. 38 Ley 11.683 y del Art. 39.

B- Corresponde aplicar la multa por omisión de impuestos del Art. 45. La gra-duación de la multa se hará conforme a la instrucción 4/97 (50 % al 100 %del impuesto omitido). Se debe considerar la posibilidad de la reducción dela sanción dispuesta en el Art. 49.

En el caso de detectarse que la DDJJ original fuese maliciosa o engañosacorresponderá aplicar la multa por defraudación (Art. 46) de 2 a 10 veces elimpuesto no ingresado. La graduación de la multa se hará conforme a lainstrucción 4/97. Y también se deberá considerar la reducción legal de lasanción de acuerdo al Art. 49.

2) A- No hay configuración del Art. 45 pues no hay omisión de impuesto. Son deaplicación los Art. 38 y 39.

B- No se aplica multa del Art. 45 por la eximición de sanción dispuesta en el 4ºpárrafo del Art. 49. Es de aplicación los arts. 38 y 39.

C- En función del principio de Ley Penal más benigna la sanción a aplicar (decorresponder) sería la actual.

3) A- Se debe aplicar la multa del Art. 45 (50% a 100% del impuesto omitido ac-tualizado)

Ejemplo: Multa de 70% $ 700.000 graduación conforme Inst. 4/97.

Mínimo Legal: 50 % $ 500.000

B- Sí, si el contribuyente demostrara que existió error de derecho no corres-pondería sanción, y de corresponder sanción se debe aplicar el Artículo 49:

1) Antes de correrse la vista (Art. 17): 1/3 mínimo legal: $ 166.666; pero porInst. 19/92 no hay sanción.

2) Desde la corrida la vista pero antes del vencimiento del primer plazo decontestación: 2/3 mínimo legal: $ 333.333.-

3) Consentida la determinación de oficio: Mínimo legal: $ 500.000.

4) A- Corresponde multa del Art. 48, de 2 a 10 veces el tributo retenido y noingresado vencido los plazos. Por Inst. 4/97 se determinará la graduaciónde la multa.

B- Si no retuvo corresponde multa Art. 45 (50% al 100% del importe no reteni-do) y la graduación de la misma se hará conforme a la Inst. 4/97.

C- Corresponde aplicar multa por los arts. 38 y 39 (por falta de presentación).

5) No existe sanción alguna ya que la DDJJ fue presentada en término y no existióomisión de impuesto.

Ver artículo a continuación del 46. (En caso que "El León S.A." haya utilizado losquebrantos superiores a los que correspondía declarar para compensarlos conutilidades sujetas a impuestos, correspondería sanción Art. a continuación del Art.46- dos a diez veces de la tasa máxima del impuesto a las ganancias por el quebrantoajustado si la declaración ha sido engañosa o ha habido ocultación maliciosa).

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 205

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 4

B) El plazo de la prescripción para aplicar la multa por infracción a los deberesmateriales comienza a contar el 01/01/2003 y termina el 01/01/2008.

C) El término de la prescripción para hacer efectiva la multa comienza a correr apartir de la cero hora del 05/04/2002 y se extiende hasta el 05/04/2007.

Fuente: Arts. 58, 59 y 60 Ley 11683.

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CÁTEDRA PROFESOR HORACIO ZICCARDI206

B) La prescripción se interrumpe y se vuelve a contar nuevamente el plazoquinquenal a partir del 01/01/2000.

Fuente: Art. 67. Ley 11683.

4) A) En este tema existe una controversia en la doctrina que ha dado lugar a dosteorías:

A.1) Civilista: En ella se inscribe Dino Jarach que sostiene que nadie puederenunciar a lo que no se posee, ya que la prescripción se operará el 01/01/2004 y no antes. Aplica el Art. 3965 del Código Civil: “Todo el que puedeenajenar, puede remitir la prescripción ya ganada, pero no el derecho deprescribir para lo sucesivo”. Considera que lo contrario significaría alterar elorden público, por lo que la ley 11.683 es inconstitucional en este punto.

Jurisprudencia: Juan Pollio, C.N.F. La Plata 23/06/47

A.2) Autonomía del derecho tributario: Postura sustentada por GiulianiFonrouge y Roberto Freytes, entre otros. Entienden que las normas del Art.69 de la Ley no se oponen al Art. 3965 del Código Civil, que sólo prohíbe larenuncia anticipada de la prescripción pero nada dice de la prescripción encurso.

Jurisprudencia: Sudamericana de Exportación e Importación S.R.L., C.N.Federal 27/04/61. La Industrial S.R.L., Corte Suprema de Justicia 20/10/71.Parello, Battistone Jerónimo y otros T.F.N. Sala “A” 1/06/70.

B) Sólo puede renunciar a la prescripción aquel que tenga poder para enajenarbienes (quien puede vender un bien puede renunciar a la prescripción), porlo que si solo está autorizado a efectuar gestiones, su firma no tiene efectos.Siam Di Tella Ltda., T.F.N. Sala “A” del 21/07/72. Cofrasur SAIC, T.F.N. Sala “B”del 5/10/1989.

5) La ley establece la prescripción de 5 años para el no inscripto no obligado ainscribirse.

La Cámara Federal Contenciosa Administrativa en Eduardo Schlup (06/08/81)entendió que la prescripción del empleado era de 5 años como la del agente deretención.

Sin embargo, el T.F.N. en Ricardo Evans (17/04/70) consideró que si no se habíaretenido correctamente el impuesto, el empleado estaba obligado a inscribirsey fijó la prescripción en 10 años.

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 207

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 5

Por los anticipos 1er al 4º ingresados durante el período 13-06-98 hasta el 31-12-98comienza a correr el 01-01-99 hasta 01-01-04.

Por el anticipo 5º ingresado durante el año 1999 comienzan a correr el 01-01-00hasta 01-01-05.

Esto es así debido a que por todos los pagos que se efectúen antes del cierre(vencimiento) del período fiscal, el término de la prescripción comienza a correr apartir del 1 de enero siguiente a dicho cierre.

Jurisprudencia: Inocente Juan – 1/12/67 y La Corchera del Plata 20/08/74 T.F.N

Por el pago correspondiente al saldo de la Declaración Jurada comienza a correr el01-01-2001 hasta 01-01-06.

Fuente: Art. 61.

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CÁTEDRA PROFESOR HORACIO ZICCARDI208

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 6

Anticipo N° 7 (1):

– Devenga intereses resarcitorios desde el 13-12-01 hasta el 19-05-02. Estos inte-reses calculados hasta el vencimiento general, son exigibles aún después de éstafecha.

– Los intereses resarcitorios, el 19-05-02 se transforman en capital que devengaráintereses hasta la fecha de su efectivo pago. (Art. 37, 5° párrafo L.11.683).

– El capital del Anticipo sólo es exigible hasta el 19-05-02. A partir de esta fechaqueda dicho importe subsumido en el saldo de la DDJJ. (Art. 21 Ley 11.683).

A1) Valor Nominal: 6.382,00 Fc. Vto.: 13/12/01 Fecha Pago: 19/05/02.-----------------------------------------------------------------------Fecha desde Fecha hasta Días % Alícuota Intereses-----------------------------------------------------------------------13/12/01 19/05/02 156 3.00 995.59-----------------------------------------------------------------------T O T A L E S - - - - - - - - > 156 (2) 995.59 -----------------------------------------------------------------------

A2) Valor Nominal: 995,58 Fc. Capit.: 19/05/02 Fecha Pago: 05/07/02.-----------------------------------------------------------------------Fecha desde Fecha hasta Días % Alícuota Intereses-----------------------------------------------------------------------19/05/02 05/07/02 46 3.00 45.80-----------------------------------------------------------------------T O T A L E S - - - - - - - - > 46 (3) 45.80-----------------------------------------------------------------------

B) Valor Nominal: 15.955,00 Fc.Vto.: 19/05/02 Fecha Pago: 05/07/02-----------------------------------------------------------------------Fecha desde Fecha hasta Días % Alícuota Intereses-----------------------------------------------------------------------19/05/02 05/07/02 46 3.00 733.93-----------------------------------------------------------------------T O T A L E S - - - - - - - - > 46 (3) 733.93

(1) Ver Instrucción DGI 342/82.(2) CALCULO DE DIAS s/ Inst. Gral. 7/93: Desde el 13/12/01 al 13/05/02: 5 meses (150

días). Desde el 14/05/02 al 19/05/02: 6. Total: 156 días.(3) CALCULO DE DIAS s/ Inst. Gral. 7/93: Desde el 19/05/02 al 19/06/02: 1 mes (30 días).

Desde el 20/06/02 al 05/07/02: 16. Total: 46 días.

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 209

SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 7

1. 1.1. Ley 11.683, artículo 37. Intereses resarcitorios que proceden sobre impues-tos adeudados, incluidos pagos a cuenta.

1.2. Decreto 507/93, artículo 24 (BO 25/03/93, Ratificado por Ley 24.447, ar-tículo 22, BO 30/12/94) y Ley 11.683, artículo 37.

1.3. El artículo 37 de la ley 11.683, no es aplicable sobre multas. No correspon-den intereses resarcitorios.

1.4. Ley 11.683, artículo 52. Intereses punitorios que proceden sobre créditos ymultas ejecutoriadas.

1.5. Ley 11.683, artículo 37.

1.6. Ley 11.683, artículo 37, hasta el inicio de la ejecución y luego artículo 52.

1.7. Ley 11.683, artículo 32. Planes de pago concedidos por el fisco para tributos,intereses y multas.

1.8. Ley 11.683, artículo 168. (Si la apelación es maliciosa).

1.9. Ley 11.683, artículo 179.

1.10.Ley 11.683, artículo 179.

2. Instrucción General 7/93 del 6/5/93.

3. 1.1. Desde vencimiento de la obligación hasta el pago. Tasa artículo 37: 3% men-sual

1.2. Idem 1.1.

1.3. No corresponde.

1.4. Desde fecha de interposición de demanda de ejecución fiscal hasta la can-celación de la suma reclamada. Tasa artículo 52: 4% mensual.

1.5. Idem 1.1.

1.6. Desde fecha de interposición de demanda de ejecución fiscal hasta la can-celación de la suma reclamada. Tasa artículo 52: 4% mensual. Por el período:vencimiento del impuesto hasta la fecha de imposición de la demanda,corresponden intereses resarcitorios, ver Instrucción DGI 339 del 18/12/81. Los intereses resarcitorios capitalizan para los punitorios, verInstrucción DGI 266 del 24/10/79.

1.7. Desde el vencimiento del plazo de pago o presentación de plan de pagoshasta el pago de cuotas. La tasa no puede exceder a la del artículo 37 yvariará de acuerdo a la antigüedad de la deuda y si se presentan o no ga-rantías. Por el período: vencimiento del impuesto hasta la fecha de solicituddel plan, corresponden intereses resarcitorios.

1.8. Desde la fecha de interposición de recurso y hasta la sustanciación de lacausa en instancia del TFN. La tasa es la del artículo 37. Si la apelación esevidentemente maliciosa, el TFN podrá disponer que sin perjuicio del in-terés del artículo 37, se liquide otro interés igual hasta el momento delfallo, que podrá aumentar en un 100%.

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CÁTEDRA PROFESOR HORACIO ZICCARDI210

1.9. Desde la fecha de interposición del reclamo administrativo hasta el pago,ver Instrucción DGI 216 del 27/4/78. Según TFN 7/12/93, Dálmine SidercaS.A., a partir del 1/4/91 es aplicable la tasa de interés pasiva promediopublicada mensualmente por BCRA (Dtos. 529/91 y 941/91). Tasa desde el01/07/02, según Res. ME 120/02: 0.84 %.

1.10. Desde la fecha de interposición de la demanda hasta el pago. Tasa: ídemanterior.

Recordatorio para los puntos 1.9. y 1.10. Acción y demanda de repetición. Art. 81

a) Acción de repetición por pago espontáneo, corresponde Reclamo Administrativo.

Ante denegatoria se puede plantear:

1) Recurso de Reconsideración: art. 76.

2) Apelación al TFN (art. 76b, 178, 181) o demanda Justicia Nac. Primera Ins-tancia (82b).

b) Acción de repetición por pago a requerimiento, corresponde:

1) Demanda ante el TFN (art. 144, 82 b) y c).

2) Demanda ante la Justicia Nacional (82 b).

4. Normas aplicables:

• Dto. 618/97, artículos 1º y 20, y Dto. 507/93, artículo 30.

• Ley 24.241, Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, artículo 156:

“Las disposiciones de las leyes 18.037 (t.o. 1976) y 18.038, (t.o. 1980) y suscomplementarias, que no se opongan ni sean incompatibles con las de estaley, continuarán aplicándose supletoriamente en los supuestos no previstosen la presente, de acuerdo con las normas que sobre el particular dictará laAutoridad de Aplicación”.

• Ley 18.038, Trabajadores Autónomos, artículo 13:

“Los aportes en mora al régimen de la presente ley, de la ley 14.397 o deldecreto-ley 7825/63, deberán abonarse de acuerdo con el porcentaje y mon-to de la categoría mínima obligatoria, o en su caso de la mayor por la queoptó el afiliado, vigentes a la fecha del pago, con más los recargos pertinentesy sin perjuicio de las sanciones que correspondan...”

Cálculo de intereses:

Valor Nominal: 122,56 Fc.Vto.: 05/12/96 Fecha Pago: 20/11/02-------------------------------------------------------------------------------------------Fecha desde Fecha hasta Días % Alícuota Intereses (4)-------------------------------------------------------------------------------------------05/12/96 30/09/98 655 2.00 53.5201/10/98 30/06/02 1349 3.00 165.3301/07/02 20/11/02 139 4.00 22.71-------------------------------------------------------------------------------------------T O T A L E S - - - - - - - - > 2.143 (5) 241.56

-------------------------------------------------------------------------------------------

(4) FORMULA DE INTERES: CAPITAL x CANT. DIAS DE MORA x %ALICUOTA/30(5) CALCULO DE DIAS s/ Inst. Gral. 7/93:• Al 2%: Desde el 05/12/96 al 05/09/98: 21 meses (630 días). Desde el 06/09/98 al 30/09/98:

25 días. Total: 655 días.

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 211

5. Hasta el 30/12/99:

Postura 1: el interés que se adeuda es el resarcitorio devengado entre elvencimiento y la fecha de pago del capital original.

Postura 2: Anatocismo: se adeuda interés sobre intereses resarcitorios noabonados. Dictamen DGI 16/92.

Desde el 31/12/99 (s/ reforma introducida por la Ley 25.239-BO:31/12/99)

El artículo 37 dispone que cuando se pague el capital fuera de término sinintereses, genera deuda de intereses calculados sobre los intereses no abona-dos

Cálculo de intereses:

Valor Nominal: 241,56

Fecha de Pago de Capital: 20/11/02 - Fecha de Pago Intereses: 05/12/02-------------------------------------------------------------------------------------------Fecha desde Fecha hasta Días % Alícuota Intereses-------------------------------------------------------------------------------------------20/11/02 05/12/02 15 4.00 4,83-------------------------------------------------------------------------------------------T O T A L - - - - - - - - - > (Interés s/ punto 4 + punto 5) 246,39-------------------------------------------------------------------------------------------

6. Instrucción 342/82 del 15/2/82:

“... inciso b): los intereses resarcitorios devengados por la falta de pago o por elpago extemporáneo de los anticipos podrán exigirse aún después del venci-miento del plazo general pero se liquidarán hasta ese momento, con prescin-dencia de que el contribuyente y/o responsable presentare la declaración jura-da y, en su caso, con abstracción del resultado que arrojare la misma;...”

Por otra parte, los intereses devengados hasta el vencimiento general de lapresentación y pago de la declaración jurada, transformados en capital,devengarán desde ese momento hasta el pago los intereses previstos en elArt. 37 – L.11.683.

(Ver “opción de reducción de anticipos”).

• Al 3%: Desde el 01/10/98 al 01/06/02: 44 meses (1320 días). Desde el 02/06/02 al 30/06/02: 29 días. Total: 1349 días.

• Al 4%: Desde el 01/07/02 al 01/11/02: 4 meses (120 días). Desde el 02/11/02 al 20/11/02:19 días. Total: 139 días.

Cuadro de evolución de tasas de intereses mensuales

Período ResarcitoriosNormaDevolucionesRepeticiones

ReintegrosPunitorios

1-10-98 a 30-6-02 R(ME) 1253/981-7-02 a 31-1-03 R(ME) 110/021-2-03 a 31-5-04 R(ME) 36/031-6-04 a 31-8-04 R(ME) 314/04Desde 1-9-04 R(ME) 578/04

3 %4 %3 %2 %

1,50 %

4 %6 %4 %3 %2 %

0,50 %0,84 %0,50 %0,50 %0,50 %

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SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 8

Bendodetodo SRL

Domicilio Fiscal: Donde se encuentra la Dirección o Administración Principal yefectiva de sus operaciones (Art. 3 LPT) – Güemes 2384 – Capital Federal.

La Srta. Graciela Timidez, tiene la obligación de exigir la factura y exhibirla a losinspectores de la AFIP/DGI, cuando lo soliciten (Art. 10-LPT).

Es correcto el procedimiento seguido por los funcionarios de la AFIP/DGI.

ACTAS

1- a- Indicación de lugar, día, hora, funcionarios intervinientes, descripción de loshechos, citación de la infracción cometida, y norma transgredida, elemen-tos que se acompañan al acta, firmas de los funcionarios actuantes, etc.

b- Podrá solicitar la nulidad del acta ante la imposibilidad de ejercer su derechoconstitucional de defensa, al ignorar la norma jurídica violada.

c- Previamente se deberá notificar al contribuyente del acta de constatación.

2- Mediante prueba documental, acompañando la factura emitida, y de existir elmedio de pago utilizado (tarjeta, débito, etc.) y mediante prueba testimonial dela persona compradora y de testigos que refrendan tal situación.

DESCARGO

3. Los descargo en las citaciones para la audiencia deben efectivizarse en el plazode las mismas, no corriendo para ello, los descargos presentados fuera de horani cabe la posibilidad de presentación de descargos en las dos primeras horasdel día siguiente. Por consiguiente, no estaría encuadrada en la RG 2452 (02/04/84),dado que en la misma se prevé que las presentaciones de escritos y los aportesde pruebas que realicen los contribuyentes y responsables dentro de las 2 pri-meras horas del horario administrativo habilitado para la atención al público, seconsiderarán efectuados en término cuando el plazo previsto para el ejerciciode sus derechos hubiere vencido al finalizar el día hábil anterior.

4. No corresponde deslinde de responsabilidad de acuerdo a lo dispuesto por elArt. 9º de la Ley 11.683, el contribuyente es responsable por los hechos de susdependientes.

5. Puede realizar descargo verbal y corresponde que el Juez Administrativo lomeritúe para el dictado de la resolución.

Para obviarle toda dificultad, y en aplicación del “Principio de Informalidad”a favor del administrativo —el cual según el inc. c) del Art. 1º de la LeyNº 19.545, rige toda la materia de procedimientos administrativos— no seexige ningún tipo de formalidad sacramental en la interposición y tramita-ción del descargo.

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TEORÍA Y TÉCNICA IMPOSITIVA II 213

6. Algunos de los requisitos que debe contener son:

a) Personería del contribuyente o responsable, eventualmente del firmante

b) Objeto

c) Descargo propiamente dicho

d) Firma, del sujeto individualizado en 1)

e) Solicitud

f) Ofrecimiento de pruebas

g) Reserva del Caso Federal

h) Petitorio

RESOLUCIÓN

7. Existiendo una instancia posterior no hay causales para impugnar el acto. ElCódigo Procesal indica que no es necesario que el juez expida sobre todas laspruebas ofrecidas.

8. Una de las excepciones previstas son los productos perecederos. (Art. 43 L.P).En caso que los funcionarios continuaran con el procedimiento de clausura elcontribuyente podría interponer el recurso de amparo. (La medida de no inno-var debe ser presentada en el momento de la notificación, no al momento deefectuarse la clausura de lo contrario no sería aplicable). Tendría la posibilidadde accionar por daños y perjuicios contra la Administración. Fallo Lapiduz,Enrique CSJN 28/04/98.

9. El contribuyente deberá demostrar que no hubo dolo en su accionar. (Ej. De-nuncia policial por violación a la propiedad privada, presentar testigos, un escri-bano que constate que manifiesten que el contribuyente no fue partícipe de estasituación). Notificar a la Administración en forma fehaciente.

10. No se configura como violación a la sanción de clausura el hecho que el contri-buyente oculte las fajas de clausura fijadas en la puerta de su establecimientomediante la colocación de objetos que impidan la visión de las mismas. Confr.CNA Sal 16/08/92. Causa 31621.

11. No corresponderá en ningún caso efectivizar la sanción de clausura en un esta-blecimiento donde el infractor no desarrolle en ese momento su actividad co-mercial (comercio de temporada, cambio de titular), todo ello, en virtud delprincipio de la personalidad de la persona. Dict. 89/94.

RECURSOS

12. a) Recurso de apelación “administrativo”. Art. 77 de la ley 11.683.

b) Ante los funcionarios superiores que designe la Administración Federal deIngresos Públicos.

c) 5 días

d) suspensiva

e) 10 días

13. a) Recurso de Apelación con efecto devolutivo ante la Justicia en lo Penal Eco-nómico, en la Capital Federal, o Juzgados Federales, en el resto del territorio.Art. 78 de la ley 11.683. Dentro de los cinco días de notificada la resolución en

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CÁTEDRA PROFESOR HORACIO ZICCARDI214

sede administrativa, con efecto devolutivo. En caso de cumplirse los requi-sitos formales en 24 hs. se eleva al juez competente.

b) TFN no es competente en recursos de apelación por clausuras.

14. El recurso de amparo. Fallo Lapiduz Enrique. CSJN 28/04/98.

15.a) Recurso de Apelación Ordinario: Monto mínimo Mayor 700.000.-

b) Recurso Extraordinario: Fundamentalmente por constitucionalidad; es con-secuencia del artículo 31 de la Constitución Nacional.

c) Recurso de Queja: Por arbitrariedad de hechos o normativas en las senten-cias de 1º o 2º instancia. Se puede interponer juntamente con el de Apela-ción.