II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de...

58
1 I PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES que regulan la contratación MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que regulan el SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS.

Transcript of II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de...

Page 1: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

1

I PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES que regulan la contratación MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS

II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que regulan el SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS.

Page 2: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

2

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E REGULAN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SU MINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SE MAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIE DAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.

1.1.- Constituye el objeto genérico del presente contrato, los trabajos de suministro, instalación, mejoras y reposición de las luminarias que integran la red de alumbrado público y edificios municipales, el mantenimiento de todas las instalaciones eléctricas propiedad del Ayuntamiento de Carboneras y el abono de las facturas de consumo energético del Ayuntamiento, todo ello de conformidad con el contenido de este Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas que regula el suministro y servicios energéticos y mantenimiento integral de las instalaciones de Alumbrado público, semafóricas y de electricidad de los edificios municipales propiedad del Ayuntamiento de Carboneras en todo el Término Municipal, así como en el Documento de Síntesis Anexo.

1.2.- Naturaleza del contrato: el contrato que se suscriba tendrá carácter

administrativo, conforme lo dispuesto en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante, TRLCSP), calificándose como de contrato mixto, por contener prestaciones de contratos de servicios y de suministros, según lo previsto en el artículo 12 de la citada ley. A los efectos de determinar el régimen jurídico del contrato, éste será el relativo al contrato de suministro, por tener mayor peso económico en el contrato, la parte relativa al suministro que la del servicio.

Se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada por aplicación del artículo

15 del TRLCSP. 1.3.- El órgano de contratación de acuerdo con las competencias cedidas por el

Pleno Municipal del Ayuntamiento de Carboneras, de fecha 15 de Julio de 2011, será la Junta de Gobierno Local.

1.4.- Codificación del objeto del contrato: La codificación que corresponde a la

nomenclatura del Vocabulario Común de los contratos públicos según el Reglamento (CE) núm. 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica

Page 3: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

3

el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 34928530-2 (lámparas de alumbrado público) y 45316000-5 (Trabajos de instalación de sistemas de alumbrado).

1.5.- La necesidad administrativa que se pretende satisfacer con esta

contratación es la reducción del consumo energético actual y adaptación de los niveles de iluminación a las condiciones del nuevo Reglamento de Eficiencia Energética de Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y al Decreto 357/2010 de agosto que regula la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro energético.

1.6. Se establece un plazo de duración del contrato de DIEZ AÑOS.

1.7.- En consecuencia al objeto del contrato, el Adjudicatario del mismo quedará autorizado para proceder a la contratación del suministro de energía eléctrica con la compañía que estimare más conveniente. Autorización que deberá constar expresamente en el contrato Administrativo correspondiente.

En la emisión de los recibos de consumo de energía eléctrica que emitan las Compañías suministradoras quedará reflejado que, el titular de las instalaciones será el Ayuntamiento de Carboneras y el pagador de las mismas el adjudicatario de este Contrato.

2ª.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN . La adjudicación del presente contrato se lleva a cabo mediante procedimiento

abierto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 157 del TRLCSP y conforme a los criterios de valoración de ofertas fijados en la cláusula 11ª del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, en virtud de lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP.

La tramitación del expediente será ordinaria. 3ª.- PLAZO DE EJECUCION.

La instalación de los equipos y su funcionamiento correcto deberán realizarse en

un plazo máximo de treinta 30 semanas, contadas desde el día siguiente de la formalización del contrato o, en su caso, desde el día siguiente en que el Ayuntamiento acuerde el comienzo de dicha ejecución.

Page 4: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

4

4ª.- PRECIO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO .

4.1.- El precio de licitación, correspondiente al período de duración del contrato asciende a la cantidad de 450.000 € anuales , más el Impuesto sobre el Valor Añadido anual, 21% que asciende a 94.500 €, ascendiendo a un total de 4.500.000 € de precio de licitación y un IVA de 945.000 euros.

4.2.- Se fija como tipo de licitación el presupuesto máximo del contrato que podrá

ser susceptible de mejora a la baja. 5ª.- FINANCIACIÓN.

Existe crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones económicas

que se deriven de esta contratación para el año 2013 y sucesivos con cargo a la aplicaciones presupuestarias del Presupuesto Municipal de 2013 (prorrogado):

165.22100 SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA 425.000,00 € 165.22199 MATERIAL ELECTRICO 40.000,00 € 165.22799 MANTENIM. ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR, COLEGIOS Y EDF. MUNICIP. 150.000,00 €

Y en el Presupuesto Municipal para 2014, inicialmente aprobado: 165.22100 CONTRATO EFICIENCIA ENERGETICA INTEGRAL: SUMINISTRO 425.000,00 € 165.22199 CONTRATO EFICIENCIA ENERGETICA INTEGRAL: MATERIALES 40.000,00 € 165.22799 CONTRATO EFICIENCIA ENERGETICA INTEGRAL: MANTENIMIENTO 150.000,00 €

para cubrir el importe de 544.500 EUROS anuales I.V.A incluido , teniendo en cuenta que el presupuesto del contrato se financiará con la diferencia entre el gasto inicial destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que la red de alumbrado público, instalaciones y edificios, objeto de la presente licitación haga posible, siempre en términos cuantitativos de potencia kW/h.

6ª.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN.

6.1.- GARANTÍA PROVISIONAL Para tomar parte en la presente contratación se exige la presentación de una

garantía provisional por importe del 3% del presupuesto base de licitación, I.V.A excluido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103.1 del TRLCSP. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato.

Page 5: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

5

6.2.- GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario procederá a la constitución de la garantía definitiva por el importe

equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA. La citada garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el

artículo 96 del TRLCSP y en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP. En el caso de que dicha garantía se constituya mediante aval o seguro de

caución, las firmas deberán estar legalizadas. La verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes será realizado por

fedatario público, que adjuntará diligencia al dorso.

7ª.- LEGITIMACIÓN. Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas,

españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 61 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad

tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

8ª.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE.

El Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas,

junto con los demás documentos que integran el expediente, estarán de manifiesto en el Negociado de Contratación de este Ayuntamiento, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, de lunes a viernes.

Estos pliegos podrán consultarse en el perfil de contratante de la página Web del Ayuntamiento: www.Carboneras.es.

Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en el Negociado de Contratación del Ayuntamiento de Carboneras.

Page 6: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

6

9ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. 9.1.- Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento, o en

cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9.2.- Las proposiciones se presentarán en la forma indicada en el apartado

anterior. En caso de presentación de proposiciones por correo, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación el mismo día en que se presente mediante fax, al número 950 136 132 la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. No se admite la presentación de proposiciones ni la comunicación de la presentación de las mismas al amparo del artículo 80.4 indicado por correo electrónico.

9.3.- Plazo de presentación de proposiciones: A tenor del artículo 159 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones

será de 52 días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio al Diario Oficial de la Comisión Europea, sin perjuicio de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial del Estado.

Las proposiciones podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento

detallado anteriormente en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. También podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si el último día del plazo de presentación de proposiciones fuera sábado, domingo o inhábil a efectos administrativos, se entenderá prorrogado el plazo hasta el siguiente día hábil que no sea sábado. Las proposiciones que puedan presentarse transcurridas las 14 horas del último día del plazo serán inadmitidas.

En casos justificados, el órgano de contratación podrá suspender la licitación o

ampliar el plazo de presentación de proposiciones, mediante anuncio publicado por los mismos medios que lo haya sido la licitación. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido del presente pliego y del pliego de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.

Page 7: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

7

9.4.- Formato de Presentación de las proposiciones: Con objeto de unificar el formato de las ofertas que presenten los licitadores,

toda la documentación que aporte el licitador vendrá desarrollada en FORMATO DIN A-4. y, en su caso, los planos que se precisen aportar vendrán doblados según el mismo formato.

Las carpetas conteniendo los distintos grupos de documentación a presentar en correspondientes Sobres “A”, “B” y “C” no podrán ser mayores de 22 x 32 cms. y en su interior vendrán anillados todos los documentos en ellas contenidas.

Se incorporará además en cada SOBRE un CD. conteniendo toda la documentación que se presente en formato digital: formato PDF (.pdf) o formato WORD (.doc).

La presentación en formatos distintos de los especificados anteriormente será causa de elminación automática del concurso.

10ª.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Los licitadores presentarán sus ofertas mediante la entrega de tres sobres

cerrados, en cuyo exterior deberá figurar el título del contrato al que se licita y el número de referencia del expediente de contratación. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.

SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS, PRESENTADA POR…”.

Dicho sobre incluirá original o copia compulsada o bastanteada por el

Ayuntamiento de Carboneras de los siguientes documentos, que deberán numerarse por el siguiente orden:

1º.- Acreditación de la personalidad jurídica y cap acidad de obrar del

licitador: a) Empresas españolas cuyo titular sea una persona física: Únicamente

Documento Nacional de Identidad del titular.

Page 8: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

8

b) Empresas españolas cuyo titular sea una persona jurídica: Escritura de constitución de la Sociedad, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la vigente legislación societaria, o Estatutos o acto fundacional de la Asociación, Cooperativa, Fundación o persona jurídica de que se trate, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

c) Empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea: Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, que, con arreglo a la legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.

La capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Además, en ambos casos declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.

d) Empresas extranjeras de Estados que no sean miembros de la Unión

Europea: Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión

Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 44 LCSP o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.

En todo caso, deberán presentar declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.

Page 9: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

9

e) En los casos de Uniones de Empresarios, cada una deberá acreditar su

personalidad y capacidad con arreglo a las anteriores normas, y además presentarán un documento firmado por los representantes legales de todas ellas en que figure la constitución de la Unión, la participación de cada empresa en ella, y se designe un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. En caso de resultar adjudicatarios, deberán formalizar la constitución y los poderes en escritura pública antes de que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.

2º.- Acreditación de la personalidad y representación de quien firme la

documentación en nombre de la empresa: Mediante el Documento Nacional de Identidad (o equivalente si es persona

extranjera) del representante y poder bastanteado por el Titular de la Asesoría Jurídica o Letrado Asesor. El poder deberá estar inscrito en el Registro Público correspondiente, en caso de que la normativa aplicable así lo exija. El licitador deberá presentar en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento toda la documentación necesaria para realizar el bastanteo, al menos con 48 horas de antelación a la fecha establecida como fin de plazo de presentación de proposiciones.

3º.- Solvencia económica y financiera del licitador , que deberá acreditarse

mediante informe de institución financiera en el que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación.

4º.- Solvencia técnica de los licitadores, que deberá ser justificada con la presentación de una relación de los servicios o trabajos realizados de similares características al objeto del concurso, que incluya nombre del contrato, importes, fechas y promotores públicos o privados de los mismos. En concreto, para que un ofertante pueda ser tenido en cuenta, deberá acreditar:

o Haber contratado al menos una obra de características similares al objeto del concurso, bajo la modalidad de Empresa de Servicios Energéticos (ESE).

o Haber ejecutado al menos 3 contratos cuyo objeto sea la optimización o eficiencia energética, con suministro de material, en los tres últimos años.

o Haber contratado tres obras cuyo objeto sea el mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones de alumbrado público también durante los tres últimos años cuyo importe acumulado iguale o supere el presupuesto anual de este contrato.

Page 10: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

10

En la documentación presentada deberá quedar suficientemente acreditada la solvencia económica, financiera y técnica para hacer frente a las obligaciones del contrato.

5º.- Declaración responsable de no hallarse incurso en n inguna de las

prohibiciones para contratar contenidas en el art. 60 del TRLCSP , así como, de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con este Ayuntamiento y con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes según modelo del anexo III y autorización suscrita por licitador o representante del mismo, según modelo que figura como anexo IV al presente pliego, para que el Ayuntamiento pueda solicitar de oficio estos datos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Seguridad Social.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y comprobará mediante los datos obrantes en la propia Tesorería Municipal el cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.

Asimismo, en dicho plazo el adjudicatario deberá aportar alta en el IAE, cuota municipal, provincial o nacional en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja. Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas, y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien, acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. núm. 24 de 28/01/2003).

6º.- Escrito firmado por el licitador indicando número de fax al objeto de que

puedan comunicársele, en su caso, los defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego.

7º.- Propuesta de seguro de responsabilidad civil, en los términos detallados en

el PPT, a los efectos de que cubra cualquier daño que se pudiera provocar con ocasión del suministro o servicio objeto del presente pliego.

Page 11: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

11

SOBRE B: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS, PRESENTADA POR…”.

Contendrá la siguiente documentación: - Mejoras propuestas sin cargo para la Administración y valoradas

económicamente, detalladas en la cláusula 11.2.1. - Memoria técnica detallada según lo especificado en la cláusula 11.2.2. - Tanto la Memoria técnica como el Estudio técnico y económico, se

presentarán también en soporte informático. SOBRE C: “DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, DEL SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS PRESENTADA POR…”.

Contendrá la siguiente documentación: • Oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato

debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.

• oferta económica sobre el cuadro de precios incluido en el anexo 1, del PPT. La documentación relativa a la oferta económica del presente apartado, se presentará conforme al modelo que se incorpora como anexo I del presente pliego.

• Documentación relativa a la acreditación de los certificados en los Sistemas

de Calidad, especificados en la cláusula 11.3.

Page 12: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

12

11ª.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitador que presente la

proposición más ventajosa por aplicación de los siguientes criterios de adjudicación: 11.1.- Criterios objetivos (evaluables de forma aut omática): 60 puntos. 1º.- Mejor oferta económica a la baja, hasta un máximo de 40 puntos . Se valorará con la puntuación máxima 40 puntos a la que corresponda con una

baja del 20% respecto del tipo máximo de licitación. Aquellas ofertas iguales al tipo de licitación recibirán 0 puntos en este apartado. Las ofertas cuya baja sea superior al 20% serán consideradas como ofertas desproporcionadas o temerarias y serán valoradas con 0 puntos. Al resto de ofertas se les asignarán puntos de forma lineal entre 0 y 40.

2º.- Mejor oferta económica sobre el cuadro de precios incluido en el anexo 1, del PPT, hasta un máximo de 10 puntos.

Se valorará la baja que se realice en los Gastos Generales ó en el Beneficio Industrial. Cada punto porcentual que se rebajen los Gastos Generales ó el Beneficio Industrial se valorará con 1 punto, hasta un máximo de 10 puntos. 3º.- Acreditar la certificación en los Sistemas de Calidad que se enuncian, hasta un máximo de 10 puntos.

Disponer del certificado de calidad ISO 9001, ISO 14001, ISO 50001 de Sistema de Gestión Energética y OHSAS 18001 en las actividades objeto del contrato (instalación, mantenimiento y operación de alumbrado público). Se otorgará 2,50 puntos por cada certificado que acredite el licitador.

11.2.- Criterios subjetivos (no evaluables de forma automá tica): 40 puntos.

Se valorará cada oferta atendiendo a los siguientes parámetros: 1º.- Mejoras propuestas sin cargo para la administración, hasta un máximo de 25

puntos . Las mejoras consistirán en: - Por la carencia propuesta en el pago de la cuota del primer año, hasta un máximo de 10 puntos. - Contratación de personal de Carboneras, para la realización de las diferentes

tareas objeto de la presente licitación, hasta un máximo de 5 puntos. - Iluminación especial de fiestas, eventos y lugares emblemáticos, hasta un

máximo de 5 puntos. - Cualquier otra mejora relacionada con el objeto del contrato, hasta un máximo

de 5 puntos.

Page 13: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

13

- Los detalles y características técnicas sobre las mejoras descritas, se consultarán en la Oficina Técnica Municipal

2º.- Memoria técnica, hasta un máximo de 15 puntos.

En base a la información proporcionada por el Ayuntamiento, el licitador deberá elaborar una memoria técnica que deberá contener la descripción del proyecto de eficiencia energética propuesto, indicando, al menos:

• Estudio lumínico, hasta 7 puntos: o Detalle de las luminarias, lámparas, centros de mando y equipos auxiliares

que se prevea instalar, así como de sus potencias (especificaciones técnicas).

o Eficacia de las lámparas y equipos auxiliares a utilizar, rendimiento de las luminarias, emisión de flujo hacia el hemisferio superior.

o Estudio luminoso de la instalación mediante programas informáticos reconocidos en el mercado, para cada una de las soluciones adoptadas con la realización de cálculos lumínicos en todas las vías del municipio o, al menos, en las más significativas.

o Justificación del factor de mantenimiento empleado en los cálculos según el REEIAE.

• Descripción de los centros de mando, protección y control propuestos, incluso esquemas tipo y armarios, hasta 3 puntos.

• Descripción del sistema de mantenimiento propuesto, incluso de los modelos de documentos propuestos, hasta 5 puntos.

Para cada uno de los modelos de luminaria propuesta, deberá aportarse la documentación que se detalla suponiendo esta omisión la EXCLUSIÓN del procedimiento de adjudicación:

• Declaración de conformidad o certificado equivalente de que las luminarias

en cuestión cumplen con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobado por Real Decreto 848/2002, de 2 de agosto, y con el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobado por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre. Indicando que la luminaria cumple con los requisitos marcados por las siguientes Normas:

o NORMA UNE-EN 60598-1. o NORMA UNE-EN 60598-2-3. o NORMA UNE-EN 62031.

Page 14: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

14

o NORMA UNE-EN 55015. o NORMA UNE-EN 61547. o NORMA UNE-EN 61000-3-2. o DIRECTIVA EUROPEA 2004/108/CE, de 15 de diciembre. o Certificado de marcado CE. • Ficha técnica de las luminarias indicando todas las características técnicas

de tipo de fuente de luz, fuente de alimentación, sistema óptico, materiales y acabados, temperaturas de funcionamiento, características de mantenimiento, grado de protección, características eléctricas (factor de potencia según flujo y corriente de arranque).

• Ficha técnica oficial del fabricante de la fuente de luz empleada en las luminarias, indicando el tipo exacto de fuente empleado en la luminaria, así como todas las características técnicas de tipo de fuente de luz (flujo nominal temperatura de color y rendimiento cromático).

• Certificado emitido por el fabricante de la luminaria donde se indique expresamente la duración de la garantía y de la vida útil de la luminaria (conjunto fuente de luz + fuente de alimentación) y las condiciones que regirán la garantía además de las referencias de los tipos de fuente empleados.

• Certificado que incluya el ensayo y estudio fotométrico de las luminarias conforme a lo establecido en la Norma UNE-EN 13032 (dicho estudio deberá proporcionar datos completos de las curvas fotométricas de la luminaria en formato compatible con software reconocido en el mercado, la eficiencia lumínica y el rendimiento de la misma, la temperatura de color y el rendimiento de color de la fuente de luz, y el porcentaje de flujo emitido al hemisferio superior, entre otros datos).

• Certificado de reciclabilidad, en el que se justifique que se cumplen las directivas RoHS y WEEE.

• Certificado del fabricante de estar inscrito en un SIG (Sistema Integral de Gestión de Residuos)

12ª.- VARIANTES.

No se admitirán variantes ni alternativas.

13ª.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS PROPOSI CIONES.

Para la calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de

Page 15: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

15

Contratación, cuyos integrantes se designan de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.

• Presidente: El de la Corporación Municipal: D. Salvador Hernández Hernández ,

o miembro en quien delegue. • Vocales: El Concejal de Servicios Urbanos: D. José Gómez Lozano. El Portavoz del grupo PSOE: D. José Luis Amérigo Fernández, o concejal en

quien delegue. El Secretario-Interventor: D. Fco. Javier Rodríguez Rodríguez. El Arquitecto-Técnico Municipal: D. José Manuel Rodríguez Fuentes. • Secretario de la Mesa: D. Joaquín González Belmonte (funcionario del área de

Secretaría).

14ª.- RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el

Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la

documentación que se incluye en el sobre A, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.

De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.

Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el TRLCSP.

Concluida la fase anterior, se celebrarán los actos públicos de apertura de las proposiciones en el lugar y día que previamente se haya señalado, en los términos previstos en el TRLCSP.

La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes en el plazo máximo de tres días.

Page 16: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

16

Concluida las anteriores actuaciones elevará su propuesta al órgano de

contratación.

15ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más

ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64 del TRLCSP y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. En dicho plazo, se deberá aportar suscrito el seguro de responsabilidad civil previsto en la cláusula 10 del presente pliego.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio , de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.

16ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Los contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán formalizarse

en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se

Page 17: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

17

podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el

contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

17ª.- GASTOS DEL ADJUDICATARIO. ANUNCIOS.

El adjudicatario vendrá obligado a pagar el importe de los gastos derivados de la

publicación de la licitación del contrato en Boletines o Diarios Oficiales, con un límite máximo de MIL EUROS (1.000 €).

Asimismo serán de cuenta del adjudicatario los trabajos realizados de la preparación de la licitación y auditoria energética que ascienden a la cuantía de dieciocho mil euros más el IVA correspondiente. 18.000,00€.

El importe exacto a que ascienden dichos gastos se comunicará al adjudicatario en el acuerdo de adjudicación definitiva para que proceda a su abono en el Área de Gestión Económica en el plazo de 30 días naturales desde la formalización del contrato.

En el caso de que el contratista no proceda al abono de los gastos de licitación en dicho plazo su importe se descontará del pago de la primera factura al contratista.

18ª.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL SUMINISTRO OBJETO DEL CONTRATO.

El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, quien

supervisará la correcta realización de la prestación pactada, comprobando que se ajusta a lo establecido en el contrato y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación en orden a asegurar la correcta ejecución del contrato.

19ª.- MODIFICACION DEL CONTRATO. 19.1.- Se realizará en los siguientes casos:

a) cuando el número de puntos de luz que se incorporen a la instalación que se recibe, aumenten ó disminuyan en un 5%.

b) cuando la potencia instalada aumente o disminuya un 10 % sobre la potencia que quede en la instalación una vez ejecutadas las obras de mejora y renovación en el alumbrado exterior para conseguir un menor consumo energético (P4), así como las obras de mejora incluidas en el sobre B.

Page 18: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

18

Para ello, una vez realizadas las obras propuestas, el adjudicatario deberá presentar una memoria explicativa con las obras finalmente ejecutadas, indicando claramente el número de puntos de luz en la instalación de alumbrado exterior en el municipio de Carboneras objeto del presente documento así como la potencia instalada. La modificación del contrato se regirá por lo dispuesto en los arts. 105 y ss. y el art. 219 del TRLCSP.

20ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Además de las previstas en el pliego de prescripciones técnicas, se establecen

las siguientes obligaciones: 20.1.- Finalizadas las obras de instalación, y de acuerdo a los términos del

contrato y a satisfacción del Ayuntamiento, se realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad suscribiéndose la correspondiente acta de recepción. Desde la fecha de dicha acta se iniciará el cómputo del plazo de garantía de las obras.

20.2.- El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, avería o perjuicios ocasionados en el material antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiera incurrido en mora al recibirlo.

20.3.- Será obligación del contratista adoptar cuantas precauciones sean necesarias para evitar desgracias y perjuicios, siendo responsable de todos los que puedan originarse durante los trabajos para la ejecución del contrato.

20.4.- El Ayuntamiento gozará de las facultades de inspección y control necesarias para asegurar que la prestación del contrato se realiza de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como la facultad de interpretar y modificar el contrato en los supuestos y por el procedimiento y alcance legalmente establecido.

21ª.- FORMA DE PAGO.

21.1.- El pago se efectuará mediante la presentación, en el Registro de Entrada

del Ayuntamiento, de la correspondiente factura que se abonará previo informe del Departamento correspondiente. Los pagos serán mensuales, y estarán sufragados a cuenta del ahorro mensual energético logrado progresivamente con la nueva instalación de luminarias. Para hallar la cantidad resultante, se dividirá el precio de adjudicación por el número de mensualidades descontando los meses de carencia ofrecidos, obteniendo así la cuantía mensual a abonar a la empresa adjudicataria.

El plazo de pago de las citadas facturas, será de 30 días, desde la presentación

de las mismas en el registro de entrada del Ayuntamiento.

Page 19: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

19

21.2.- En el supuesto de resolución del contrato por parte del Ayuntamiento de forma anticipada y/o antes de la satisfacción total del pago del contrato, el Ayuntamiento de Carboneras abonará en ese momento al contratista el total de las cantidades pendientes de cobro derivadas de la instalación realizada.

21.3.- Revisión de precios. El presente contrato está sujeto a revisión de precios, y el índice a acoger será el IPC para los costes de las prestaciones P2, P3 y P4. Para la prestación P1, Gestión Energética de la instalación, la revisión de precios se hará anualmente en función de los precios de los combustibles y de la electricidad tal y como se define a continuación: P1’ = P1x [(E’/E0)] Siendo, P1’ = Precio revisado (en euros). P1 = Precio que figura en la oferta económica a la fecha de inicio del contrato (euros). E0 = Precio de la electricidad, a fecha de inicio del contrato. E’ = Precio de la electricidad, del año anterior que se revise. La revisión se realizará en los términos previstos en el TRLCSP. 22ª.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN .

El plazo de garantía será como mínimo de dos años contados a partir de la

suscripción del acta de recepción. Si durante dicho plazo se acreditara la existencia de vicios o defectos en el suministro, el contratista vendrá obligado a realizar las sustituciones necesarias, o la reparación de los mismos para solventar las deficiencias imputables al mismo, incluyendo en todo caso los gastos por desplazamientos.

Durante el plazo de garantía el contratista tiene derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con los bienes suministrados. Si durante el plazo de garantía el órgano de contratación estimase que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no será bastante para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

La garantía será devuelta o cancelada cuando se haya producido el vencimiento

del plazo de garantía y se haya cumplido satisfactoriamente el contrato y las obligaciones del contratista derivadas del mismo sin que el órgano de contratación haya

Page 20: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

20

formalizado alguno de los reparos o denuncias a que se refieren los apartados anteriores y si no resultan responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.

23ª.- INFRACCIONES Y SANCIONES.

El Ayuntamiento tendrá la facultad de imponer al adjudicatario las sanciones que procedan por infracciones en la prestación del servicio y/o suministro, en los términos establecidos en el presente pliego y en la normativa que resulte de aplicación. Clasificación de faltas y sanciones: - Las faltas en las que puede incurrir el adjudicatario se clasifican en leves, graves y muy graves. El técnico municipal las notificará por escrito al adjudicatario. - Se considera falta leve el cumplimento defectuoso de las obligaciones que correspondan al adjudicatario recogidas en el pliego técnico. - Tienen la consideración de faltas graves el incumplimiento injustificado, a criterio del Ayuntamiento, de las obligaciones del adjudicatario y, además:

a) La reincidencia en faltas leves que hayan sido motivo de comunicación. b) No dar respuesta en el plazo máximo de 48 horas a las comunicaciones efectuadas por los servicios técnicos del Ayuntamiento relativas a problemas, incidencias, anomalías o irregularidades observados en el suministro o en el servicio. c) La actuación profesional deficiente, negligente o contraria a las normas que hubieran sido motivo de imposición de sanciones por los organismos competentes.

- Constituye falta muy grave: a) La reincidencia en falta grave o la persistencia en la situación infractora sin

rectificarla. b) El incumplimiento doloso de cualquiera de las obligaciones del adjudicatario

establecidas en este pliego - Las sanciones por faltas leves y graves tendrán carácter de amonestación o económico, a razón de 100 € diarios para las faltas leves y 500 € diarios por las faltas graves. - El importe variable de la sanción a aplicar en las faltas graves y muy graves será a criterio de la Comisión de Seguimiento que tendrá en consideración, dentro de la gravedad de la infracción, el perjuicio al usuario, la pérdida de imagen del Ayuntamiento, la importancia de las instalaciones objeto de la sanción, la reiteración de sanciones o amonestaciones anteriores sobre la misma causa sin corregir, etc. - La comisión de una falta muy grave, además de la sanción de carácter económico puede significar la declaración de resolución del contrato.

Page 21: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

21

- Las sanciones serán impuestas por el órgano de contratación, a través del procedimiento establecido en el Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

24ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

24.1.- Son causas de resolución del contrato, además de las especificadas en el

artículo 223 del TRLCSP, las señaladas en el artículo 299 de la misma, debiendo estar, en cuanto a aplicación y efectos, a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 de dicho texto legal.

Son causas específicas de resolución del contrato, el incumplimiento de las prestaciones definidas en el contrato, de los requisitos de calidad consignados en la oferta además de los requisitos técnicos previstos en el PPT.

24.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla las prestaciones definidas en el contrato o incurra en demora respecto al plazo de realización de las obras previsto en el presenta pliego, el órgano de contratación podrá imponer penalidades diarias con arreglo a lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP, en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000,00 euros del precio del contrato.

25ª. CESIÓN DEL CONTRATO

Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser

cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP, y lo autorice el Ayuntamiento de Carboneras. 26ª.- SUBCONTRATACIÓN.

Para la celebración de subcontratos que pueda realizar el contratista con terceros estará sometido al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP, sin que en ningún caso pueda el contratista subcontratar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 de dicho texto legal. 27ª.- CONFIDENCIALIDAD.

Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El

Page 22: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

22

contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 28ª.- RÉGIMEN JURÍDICO.

En caso de discordancia de lo establecido en el PPT y este PCA prevalecerá éste último. Dada la naturaleza administrativa del presente contrato, en lo no previsto en el mismo, en el PCA y en el PPT, se estará a lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local en la parte que se mantiene vigente y supletoriamente por las demás normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, por las normas del Derecho privado. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursos públicos. 29ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.

El presente contrato es de carácter administrativo, de conformidad con el artículo

19.1.a) del TRLCSP, lo que determina que todas las cuestiones que el mismo plantee, una vez firmes en vía administrativa, se sustancien ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme al artículo 21 del TRLCSP.

Ambas partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción en esta Ciudad, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.

Carboneras, a 6 de febrero de 2014 EL ALCALDE

Fdo.: Salvador Hernández Hernández

Page 23: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

23

ANEXO I

MODELO DE PROPOSICIÓN

«Don/Doña...................................................... mayor de edad, con DNI nº....................... y con domicilio a efectos de notificaciones en ....................................... provincia de

......................................................., teléfono ......................................, correo electrónico ......................................................, actuando en nombre (propio o de la empresa a que

represente), manifiesta que, enterado del anuncio publicado en el B.O.E. ………………… de fecha …………, conforme con todos los requisitos y condiciones que

se exigen para adjudicar mediante procedimiento abierto el contrato de SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚ BLICO, SEMAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNI CIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONE RAS con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir el mencionado contrato, y en la representación que ostenta, se compromete a asumir el cumplimiento de dicho contrato por el precio alzado de:

• Cantidad en letra euros (Cantidad en número €);

• Cantidad en letra euros (Cantidad en número €) en concepto de Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A 21%);

Lo que totaliza una cantidad total de:

• Cantidad en letra euros (Cantidad en número €); PARA EL CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS QUE SE INCLUYE COMO ANEXO I DEL PPT.

• Baja propuesta al cuadro de precios unitarios del anexo 1, del PPT en puntos porcentuales respecto de Gastos Generales ó Beneficio Industrial,% en letra …………………………….. ( % en número) …………………………….

En caso de discrepancia entre el número y la letra, prevalecerá siempre esta última.

Page 24: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

24

En este precio se incluye la realización de las mencionadas obras, con estricta sujeción a todos los condicionantes y exigencias recogidos en los Pliegos de Condiciones tanto Administrativos como Técnicos que rigen la presente licitación. Asimismo, el plazo de instalación ofertado para las lámparas y luminarias de nueva instalación será de Cantidad en letra (Cantidad en número) semanas contadas a partir del día siguiente a la formalización del contrato.

(Lugar, fecha y firma).»

Page 25: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

25

ANEXO II

MODELO LICITADOR PERSONA FÍSICA

D./Dª. ________________________________________, mayor de edad, con domicilio en ________________________________________, con N.I.F. núm. _______________, declara que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Carboneras y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. _________________________, ______ de __________________ de _______

Fdo.: ________________________

MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA

D./Dª. ________________________________________, mayor de edad, con domicilio en ________________________________________, con N.I.F. núm._______________, en su condición de _________________ de la mercantil _____________________, con C.I.F. núm. _______________, declara que la mercantil a la que representa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Carboneras y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. _________________________, ______ de __________________ de _______

Fdo.: ________________________

Page 26: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

26

ANEXO III AUTORIZACIÓN DEL LICITADOR PARA QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES PARA CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO.

D. ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de ……………… , con C.I.F.................. autoriza al Excmo. Ayuntamiento de Carboneras a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento el contrato de “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN SUSTITUCIÓN DE EXISTENTES POR OTRAS MÁS EFICIENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO DE Carboneras”.

La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación definitiva del contrato de “SUMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS” y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las

condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el real decreto 944/1999, de 11 de junio.

Carboneras, a....... de............. de 2013

Fdo: Nombre, D.N.I. y título de representación Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al organismo solicitante.

Page 27: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

27

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGULAN EL S UMINISTRO Y SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO, SE MAFÓRICAS Y DE ELECTRICIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARBONERAS. 1.- OBJETO

El objeto de este pliego de prescripciones técnicas es regular y definir el alcance y condiciones mínimas de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los servicios energéticos y mantenimiento con garantía total de las instalaciones de alumbrado público, las semafóricas y las instalaciones eléctricas de los edificios municipales (en adelante, la INSTALACION) pertenecientes al Ayuntamiento de Carboneras. LA INSTALACION estará formada por los siguientes elementos: 1.- El Alumbrado Público y sus instalaciones. 2.- Instalaciones eléctricas y alumbrado de los ed ificios municipales 3.- Las instalaciones eléctricas y alumbrado de lo s repetidores de radio y televisión municipales. 4.- Cualquier instalación eléctrica propiedad del Ayuntamiento

Los Servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones obligatorias: - Gestión Energética (Prestación P1): Gestión energética y administrativa, necesaria para el funcionamiento correcto de la INSTALACIÓN objeto del contrato; gestión del suministro energético de la INSTALACIÓN, control de calidad, cantidad y uso, y garantías de aprovisionamiento, así como también el pago de la facturación eléctrica de la INSTALACION. - Mantenimiento e Inspección (Prestación P2): Mantenimiento preventivo y correctivo para lograr el perfecto funcionamiento de las lámparas y demás elementos de la INSTALACIÓN, así como lograr la permanencia en el tiempo de su rendimiento inicial. - Garantía Total (Prestación P3): Reparación con sustitución de los elementos deteriorados mencionados en el apartado de Prestación P2 Mantenimiento, según se regula en este pliego bajo la modalidad de garantía total. - Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones del Alumbrado Exterior para conseguir un menor consumo energético (Prestación P4): Además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende conseguir la mejora de la eficiencia

Page 28: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

28

energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones que fomenten el ahorro de energía.

La Empresa de Servicios Energéticos (en adelante, ESE) contratada será responsable de la ejecución de estas Prestaciones, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de satisfacer sus exigencias.

Estas prestaciones deberán quedar perfectamente expuestas en la documentación a presentar de acuerdo a la Cláusula 10ª.- PROPOSICION Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA, en su SOBRE C: “DOCUMENTACION ECONOMICA PARA TOMAR PARTE….”.

La falta u omisión de una de estas prestaciones obligatorias será causa automática de eliminación del licitador. 2.- AMBITO DE APLICACIÓN

Los trabajos a realizar por la ESE abarcan a todas las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Público Exterior que se ubican dentro del término municipal de Carboneras, incluyendo las semafóricas, así como a todas las instalaciones eléctricas de los edificios municipales, a todos y cada uno de sus componentes (en adelante, LA INSTALACION).

3.- REQUISITOS GENERALES

La ESE aceptará la INSTALACION en las condiciones de la fecha de licitación, haciéndose cargo de la misma, a la que prestará el servicio correspondiente, de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este respecto la ESE manifiesta que tiene completo conocimiento de:

� La naturaleza de la INSTALACION � Estado de todas las instalaciones y equipos de la INSTALACION cuya

gestión le es encomendada. � Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la

especificidad de sus instalaciones Esta aceptación de la INSTALACION actual, independientemente de su tipo,

estado y calidad, le obliga a mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo en los casos específicos en este Pliego, o cuando previamente haya sido autorizada para ello por el Ayuntamiento de Carboneras. Es por tanto necesario que los licitadores realicen el estudio de las instalaciones actualmente existentes, antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para

Page 29: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

29

ello, pueden solicitar al Ayuntamiento autorización para tener acceso a las mismas siempre que no interfieran en su funcionamiento. Para visitar las instalaciones se pondrán en contacto con el Ayuntamiento de Carboneras, sellándose el certificado de haberse realizado la visita a cada una de las instalaciones.

Los licitadores, en su oferta, deberán realizar un estudio de las actuaciones que resulten necesarias realizar en LA INSTALACIÓN para adecuarla al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, presupuestando cada una de ellas según el cuadro de precios incluido en el Anexo 1 del presente documento. El Ayuntamiento de Carboneras, según su urgencia, irá encomendando a la empresa adjudicataria las actuaciones a acometer. Cualquier partida no incluida en el cuadro de precios deberá quedar claramente identificada y valorada.

Además, para cualquier obra o actuación que el Ayuntamiento de Carboneras necesite realizar en LA INSTALACIÓN, la empresa adjudicataria preparará un proyecto o memoria técnica, en función de la entidad de los trabajos a acometer, en el que se incluirá un presupuesto utilizando para ello los precios incluidos en el cuadro de precios del anexo 1. Como en el caso anterior cualquier partida no incluida aquí deberá quedar claramente identificada y valorada.

Estos dos casos comentados serán los únicos considerados no incluidos en el objeto del contrato, por lo que se facturarán a parte de la cuota mensual. 3.1.- Nuevas instalaciones

Durante la vigencia de este Contrato, la ESE se hará cargo de todas las instalaciones eléctricas de edificios municipales, semafóricas o de alumbrado público que realice o reciba de terceros el Ayuntamiento, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente Contrato.

No obstante, si la instalación ha sido recibida de terceros y no cumple lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, la ESE deberá hacerlo constar con vistas a la realización de obras para su adecuación por parte de los responsables.

La ESE aceptará la resolución que le transmita el Ayuntamiento y, en su caso, se haría cargo de la instalación en las condiciones existentes y de acuerdo con las especificaciones de este Pliego.

En el caso de que, por causas debidamente justificadas, las instalaciones recibidas de terceros deban de ser terminadas y adecuadas a normativa vigente por el Ayuntamiento, éste encargará a la ESE adjudicataria la realización de las instalaciones. 3.2.- Instalaciones futuras

Todos los materiales que se utilicen, tanto en las instalaciones definitivas como en las provisionales, deberán estar de acuerdo con las condiciones técnicas generales

Page 30: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

30

que se establezcan, respetando cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.

En todas las instalaciones podrán utilizarse nuevos materiales si la evolución tecnológica así lo aconseja, previa comprobación y autorización del Ayuntamiento de Carboneras.

Las nuevas instalaciones, las ampliaciones de las existentes y las modificaciones cuando corresponda, cumplirán el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, el Código Técnico de la Edificación y la normativa municipal. 3.3.- Instalaciones provisionales: Desvíos por obra s o similares

Cuando, como consecuencia de la realización de obras o por otros motivos debidamente justificados se precise modificar las redes del alumbrado público, el titular de la obra que precise de dicho desvío o modificación de la red, deberá realizar dicha modificación contratando a su cargo a electricista debidamente cualificado y con el preceptivo carné de instalador electricista autorizado.

Igualmente la reposición de la red a su estado inicial correrá por cuenta y cargo del titular de la obra contratando igualmente a electricista debidamente cualificado y con el preceptivo carné de instalador electricista autorizado.

En ambos casos el electricista autorizado, previamente a los trabajos a realizar, se pondrá en contacto con la ESE adjudicataria para realizar las obras, siguiendo las directrices de los técnicos de la ESE, de manera que las obras provisionales y su restitución serán realizadas íntegramente por dicho electricista autorizado, siguiendo las mencionadas instrucciones, a excepción de los empalmes a la red existente que siempre serán realizados por operarios de la ESE. 3.4.- Cumplimiento de la Reglamentación

En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las instalaciones.

Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 a ITC-EA-07, el Código Técnico de la Edificación, especialmente los Documentos Básicos HE Ahorro de Energía y SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad, la normativa vigente de la compañía gestora de las líneas de distribución eléctrica que puedan afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas y el Plan General de Ordenación Urbana de Carboneras junto con sus Ordenanzas Municipales.

Page 31: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

31

Se debe tener en cuenta que el municipio de Carboneras se encuentra dentro del ámbito de aplicación del RD 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad y del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética, por lo que todas las actuaciones que se acometan en la instalación de alumbrado público por la empresa adjudicataria deberán cumplir las exigencias incluidas en el citado reglamento.

Asimismo, la empresa adjudicataria deberá adaptar la instalación de alumbrado público a las exigencias del RD 357/2010 si una vez realizadas las obras de mejoras contempladas en la Prestación P4 se comprobara que alguna parte de la instalación no se hubiese adaptado a las exigencias del reglamento, la empresa adjudicataria deberá llevarlo a cabo sin coste extra para la administración.

La ESE aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Carboneras. 3.5.- Documentación

La ESE deberá conservar toda la documentación perteneciente al municipio que se vaya generando a lo largo del tiempo de duración del contrato y se la entregará al Ayuntamiento de Carboneras a la finalización del mismo, en formato digital. No obstante, irá entregando copias puntuales de los informes que se vayan realizando, de las certificaciones y otros documentos que se generen.

De acuerdo al Plan de Gestión de Mantenimiento previsto en la propuesta, la ESE adjudicataria del contrato presentará al Departamento Municipal competente, al menos con quince días de antelación, un “planing” de las obras a realizar en el próximo trimestre; a los efectos de una mayor colaboración, conocimiento y planificación por ambas partes de los trabajos a realizar. 4.- CESION DE USO Y EXPLOTACION DE LA INSTALACION

El Ayuntamiento de Carboneras cede, por este Contrato, el uso y la explotación de la INSTALACION, en favor del adjudicatario, la ESE, quien por su parte la acepta, en los términos y condiciones que se especifican a continuación.

La ESE, desde el momento de la firma del Contrato, será el único y exclusivo responsable de utilizar y explotar dicha INSTALACION con la diligencia y cuidado que su destino exija, operándola de acuerdo con los manuales de operación y mantenimiento establecidos por el Ayuntamiento de Carboneras, y manteniéndola en perfecto estado de uso y funcionamiento, constituyéndose así la ESE en el único y exclusivo responsable de cualquier daño que pudiera ocasionarse en la prestación de

Page 32: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

32

este Servicio Público como consecuencia de la omisión o negligencia en la realización de tales tareas.

La INSTALACION sólo podrá ser dedicada al uso previsto en el presente contrato.

Serán por cuenta y cargo de la ESE todos los gastos necesarios que la INSTALACION pudiera requerir con ocasión de su uso, explotación, mantenimiento, conservación y reparaciones, tanto ordinarias como extraordinarias.

La transformación, modificación, supresión, retirada y/o alteración de cualesquiera partes o elementos componentes de la INSTALACION no podrá ser llevada a cabo durante la vigencia del presente contrato sin la previa y expresa autorización del Ayuntamiento de Carboneras. 5.- DURACIÓN DEL CONTRATO

El contrato tendrá una duración de 10 años a contar desde la firma del mismo. 6.- PRESUPUESTO

El presupuesto de licitación asciende a 4.500.000 euros (IVA no incluido) a la baja. El importe anual será de 450.000 euros (IVA no incluido) a la baja. 7- ESTION ENERGETICA DE LA INSTALACION.- PRESTACION P1

La gestión energética de la INSTALACION contemplada en la Prestación P1 comprenderá su accionamiento, vigilancia y control; la reposición de los materiales, lámparas y otros componentes que se deterioren y la reparación de sus averías; todas las operaciones que exija el correcto funcionamiento de la misma, y el suministro de la energía requerida para el funcionamiento de la misma. 7.1.- Gestión de facturas y pagos del suministro el éctrico

La ESE se compromete a hacer suministrar, a su cuenta, la electricidad necesaria para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de la INSTALACION, gestionando todas las pólizas de abono necesarias y asumiendo su pago mediante la domiciliación bancaria con la compañía comercializadora de electricidad. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Carboneras seguirá manteniendo la titularidad de la instalación.

Para ello, en el plazo máximo de una semana a la firma del Contrato, la ESE habrá comunicado de forma fehaciente a la actual compañía comercializadora de electricidad sus datos bancarios para la domiciliación de la factura de consumo de electricidad de la INSTALACION, remitiendo copia del escrito al Ayuntamiento de Carboneras.

El importe del consumo de electricidad de la INSTALACION comprendido entre la fecha del día siguiente a la firma del Contrato y la fecha de lectura final de la última

Page 33: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

33

factura emitida por la compañía comercializadora de electricidad será prorrateado y abonado por la ESE al Ayuntamiento de Carboneras.

La ESE está obligada a conservar las facturas de suministro eléctrico durante el plazo que dure este contrato. Durante este tiempo dichas facturas estarán a disposición del Ayuntamiento para consultar cuantos datos sean necesarios. La ESE llevará un registro mensual desglosado de la facturación de cada edificio y cuadro de mando. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Carboneras a la conclusión de dicho contrato.

La ESE podrá negociar y contratar el suministro de electricidad de la INSTALACION con compañías comercializadoras. Esa nueva contratación será aprobada previamente por el Ayuntamiento de Carboneras.

Las garantías de calidad en suministro y aprovisionamiento de electricidad dadas por la ESE serán las mismas aportadas por los organismos y las empresas distribuidoras o comercializadoras de electricidad. El Ayuntamiento de Carboneras se comprometerá a abonar la cuota resultante de la oferta presentada por la ESE adjudicataria siempre dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la factura. La falta de cumplimiento generará intimación de intereses desde el día trigésimo primero posterior.

Por la índole del concepto de cobro, al 3º mes impagado, la ESE estará capacitada para resolver el contrato, asumiendo el Ayuntamiento como compensación los costes de impago, intimación de intereses y pago íntegro de la prestación P4 con los intereses generados desde la fecha del suministro, al mismo interés devengado en el resto de conceptos. 7.2.- Gestión de conducción y vigilancia de la INST ALACION

La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los

ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos.

- La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones necesarias. El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado público se realizará

por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos).

En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de

Page 34: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

34

las instalaciones de alumbrado público, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento de Carboneras.

Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato.

La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento de Carboneras. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Carboneras podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Carboneras antes de su puesta en funcionamiento.

Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán definidos.

Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. 7.3.- Gestión de seguimiento del funcionamiento

La ESE llevará un registro mensual de los consumos de cada edificio y cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Carboneras a la conclusión de dicho contrato.

Así mismo, la ESE llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de las instalaciones de alumbrado público, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE).

La ESE mantendrá el factor de potencia de LA INSTALACIÓN, sin variar las características de las mismas, en el valor de 0,9, como mínimo.

Anualmente la ESE elaborará un informe de gestión del suministro y de los niveles de iluminación, eficiencia energética y resplandor, con las conclusiones más significativas. Este informe será entregado al Ayuntamiento de Carboneras. 8.- MANTENIMIENTO E INSPECCION.- PRESTACION P2

El mantenimiento e inspecciones de la INSTALACION contemplado en la Prestación P2 seguirán las prescripciones de la normativa vigente que la ESE deberá ejecutar para

Page 35: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

35

llevar a cabo las labores de mantenimiento, verificación e inspección de LA INSTALACIÓN, y que comprenderán:

• Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y electrónicos.

• Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de empalme, cajas de fusibles, etc.

• La reposición de portezuelas, retirada y sustitución de báculos, columnas, brazos, y otros elementos que por accidente u otras causas resulten dañados.

• Conservación de luminarias, lámparas y farolas, sobre soporte o fachada, así como las de todos los elementos para su correcto funcionamiento, tales como inclinación de la luminaria, fijación y sujeción de la misma, adecuado apriete de tornillos y tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y estado de la junta en las cerradas, cierres, reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas, instalación eléctrica y elementos originarios que puedan faltar, aunque sólo tengan una función estética.

• Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de los edificios municipales y de alumbrado público.

• Conservación de luminarias y lámparas así como de todos los componentes necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones eléctricas en los edificios municipales.

Periódicamente, como resultado de las labores de mantenimiento, la ESE emitirá al Ayuntamiento de Carboneras informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan. 8.1.- Elaboración de un Plan de Mantenimiento Preve ntivo

La ESE deberá presentar durante el primer mes, desde el inicio del contrato, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la INSTALACION apoyándose en la normativa vigente, y más concretamente en el Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y el resto de normativa vigente que sea de aplicación.

En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.

El Plan de Mantenimiento Preventivo incluye la realización de las tareas de limpieza de las instalaciones.

La ESE emitirá informes periódicos en los que se indique el grado de avance del Plan de Mantenimiento Preventivo, desglosado por tareas, zonas y edificios.

Page 36: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

36

8.2.- Mantenimiento preventivo mínimo en equipos de regulación y control Trimestralmente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y

anotación del funcionamiento y de los parámetros fundamentales de los relojes astronómicos, digitales o analógicos ubicados en los cuadros de maniobra, así como de las células fotoeléctricas.

La ESE efectuará las reparaciones de los fallos detectados y emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento. 8.3.- Mantenimiento preventivo mínimo en cuadros de maniobra

Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas disparadas)

Trimestralmente se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los parámetros fundamentales (consumos, revisión termográfica). También se llevará a cabo una limpieza.

Anualmente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, y se comprobarán los aislamientos (reapretado de bornas, comprobación y medidas de puesta a tierra) y el equilibrado de fases y la instalación eléctrica.

La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento de Carboneras. 8.4.- Mantenimiento preventivo mínimo en luminarias

Tres veces por semana, en días alternos, se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada zona, corrigiendo aquéllos que se encuentren fuera de servicio.

A su vez, tres veces por semana, en días alternos, se comprobará en cada edificio municipal el correcto funcionamiento de la instalación eléctrica. Estas comprobaciones habrán de realizarse en horario de funcionamiento de cada edificio. La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento.

Cada dos años, como mínimo, se llevará a cabo una limpieza. La limpieza de las luminarias cerradas comprenderá la limpieza de la carcasa, del interior del reflector y del cierre exterior e interior del vidrio. La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles y de los globos afectará a todos sus componentes y elementos. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Ayuntamiento. 8.5.- Inspecciones de la INSTALACION

La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACION como el estado de la

Page 37: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

37

totalidad de los soportes, armarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de los edificios municipales, de los semáforos y de alumbrado público.

Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentarse al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas.

Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Carboneras tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos.

Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de Carboneras, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACION, así como todo accidente causado por o con aquélla.

Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva. 8.6.- Centro de Mantenimiento

La ESE dispondrá de un Centro de Mantenimiento compuesto por el personal y medios contemplados en su oferta. Se entiende por Centro de Mantenimiento el conjunto de medios humanos y materiales de la ESE que estará más en contacto con los técnicos municipales, y a través del cual se cursarán las órdenes de trabajo, notas de servicio, informes, etc., sirviendo se nexo de unión entre la ESE y el Ayuntamiento de Carboneras.

Para albergar dicho Centro de Mantenimiento la ESE deberá disponer de un local con las características adecuadas según su cometido en el municipio de Carboneras. 9.- GARANTIA TOTAL.- PRESTACION P3

La ESE conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material y los componentes de la INSTALACION, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean necesarias, con la mayor brevedad y sin necesidad de requerimiento previo, cualquiera que sea la causa que lo motivó.

Page 38: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

38

En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio. Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se informará de ello al Ayuntamiento.

Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen nuevos sistemas de control de las mismas, la ESE quedará obligada a aceptar la conservación de los mismos.

La reposición de los diversos elementos se efectuará con materiales de las mismas características y calidades que los primitivos, los cuales serán comprobados por los técnicos del Ayuntamiento de Carboneras, quienes podrán rechazar los materiales que no cumplan estas condiciones. Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.

En el caso de que el Ayuntamiento de Carboneras considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la ESE que lo sustituya por productos ajustados a la actual tecnología.

La ESE queda obligada a la localización y reparación a su cargo de todas las averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato. Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminoso sea inferior al mínimo correspondiente al final de su vida, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o, en aquellos casos en los que por su importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento.

Para la prestación de los servicios de conservación de las instalaciones y reparación de averías, la ESE establecerá un “servicio de guardia” integrado por al menos un equipo disponible las 24 horas del día. El equipo dispondrá de un vehículo provisto de escalera hidráulica para una altura de trabajo de 16 metros, sistema de comunicación para optimizar y minimizar los desplazamientos, y estará dotado del personal, medios técnicos y repuestos que lo capaciten para resolver inmediatamente cualquier incidencia, o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de los usuarios de la vía pública o deterioro de la instalación. El/los vehículos se encontrarán en un local, dotado de sistema de comunicación.

Igualmente existirá un servicio telefónico de guardia en las oficinas de la ESE a lo largo de las 24 horas del día que reciba los avisos y reclamaciones, dotado de grabador de llamadas que le permita grabar el informe sobre la anomalía denunciada y de sistema de comunicación para poner en conocimiento del/los equipos de guardia la deficiencia. El Ayuntamiento podrá examinar, cuando lo estime pertinente, las grabaciones, para lo cual deberán ser almacenadas hasta que no se autorice su destrucción por parte del Ayuntamiento de Carboneras.

Page 39: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

39

A partir de las llamadas recibidas, la ESE creará un registro electrónico donde se reflejará la fecha y la hora de cada llamada, el aviso recibido y las acciones realizadas para subsanar la posible avería. Este registro estará permanentemente actualizado y a disposición del Ayuntamiento.

Estos servicios se prestarán todos los días del año en idénticas condiciones. La ESE tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas

Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento de Carboneras, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.

Para el caso de averías que afecten a la seguridad vial o transeúntes, tales como cables accesibles en tensión, cuadros eléctricos abiertos, accidentes, desprendimiento de columnas o luminarias,…. deberá personarse en la zona personal técnico de la ESE en el plazo máximo de 1 hora con el fin de contrarrestar el riesgo mediante aislamiento, acordonado o vallado de la zona de peligro y avisando a la Policía Local para que ésta tome las medidas oportunas para el desvío y control del tráfico si lo estima conveniente.

Cuando una avería afecte, por sus características, a tres o más puntos de luz consecutivos, y se precise de un tiempo de reparación que superase las 48 horas, la ESE estará obligada a realizar a su cargo una instalación provisional, con tendido de cables, sustitución de componentes, etc, que permita al menos una restitución cuantitativa y cualitativa del 50% de la iluminación normal. 10.- OBRAS DE MEJORA Y RENOVACION DE LAS INSTALACIO NES DEL ALUMBRADO EXTERIOR.- PRESTACION P4

La ESE ejecutará, a su cargo, las inversiones de ahorro propuestas en la Memoria Técnica presentada en su oferta para la mejora y renovación de las instalaciones del alumbrado público exterior, basadas en los documentos que acompañan al presente pliego.

Si desde el momento que se presenta la oferta hasta el inicio de las obras, por alguna de las dos partes se considera que existe alguna solución que aportará mayor eficiencia energética a la INSTALACIÓN o parte de ella, se podrá ejecutar esta nueva solución siempre y cuando se consensue entre ambas partes, se justifique debidamente la modificación y la inversión económica en la INSTALACIÓN sea la misma. La ESE gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de la nueva INSTALACION de acuerdo con el calendario incluido en la oferta.

La ESE inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de la nueva INSTALACION y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se puedan derivar por

Page 40: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

40

cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de la INSTALACION por ella misma o sus Proveedores.

El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la ESE y el Ayuntamiento, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados.

La aceptación de la nueva INSTALACION por parte del Ayuntamiento de Carboneras tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de LA INSTALACION. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad de la ESE y de sus Proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos en el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

No tendrá lugar la aceptación de la nueva INSTALACION cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman la nueva INSTALACION, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la misma. Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento de Carboneras suscribirá conjuntamente con la ESE y por duplicado ejemplar, un Certificado de Aceptación de la nueva INSTALACION, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción.

Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la ESE asume las responsabilidades de gestión, mantenimiento y garantía de la nueva INSTALACION en las mismas condiciones contempladas en el Contrato para las Prestaciones P1, P2 y P3. En virtud de lo pactado en el contrato que se firme, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la ESE para la nueva INSTALACION, serán propiedad del Ayuntamiento de Carboneras. Consecuentemente, la ESE no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento, o LA INSTALACION en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de cumplimiento de las mismas. 11.- OTRAS ACTUACIONES

Todas las actuaciones previstas en el presente punto se consideran incluidas dentro del objeto del contrato, por lo que la ESE adjudicataria deberá realizarlas una vez el Ayuntamiento se las encomiende.

Page 41: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

41

11.1.- Robo de electricidad, obras ajenas y otras c ausas

La ESE deberá desconectar de inmediato las instalaciones ajenas a la INSTALACION que pudieran estar conectadas a la misma y comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento de Carboneras.

La ESE tendrá capacidad para detectar y comprobar la realización de cualquier trabajo ajeno a la Red de Alumbrado Público, a las instalaciones semafóricas o de los edificios municipales, realizado por otras empresas y que puedan afectar a la misma, poniendo diariamente en conocimiento del Ayuntamiento las incidencias que por estos motivos se produzcan.

La ESE revisará a su cargo las nuevas instalaciones de alumbrado, semafóricas o en edificios municipales realizadas por terceros antes de su recepción por el Ayuntamiento, a quien informará de la bondad de la ejecución de las mismas o de las deficiencias apreciadas.

Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la ESE dará parte de las incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa y singularizada. 11.2.- Operaciones casuales

La ESE estará a disposición del Ayuntamiento para cuantas reuniones sean necesarias para colaborar en obras y proyectos del Ayuntamiento que puedan afectar a la Red de Alumbrado Público Exterior, a las instalaciones semafóricas o a las instalaciones eléctricas de los edificios municipales.

Igualmente colaborará en las conexiones, desconexiones, aportación de material y mano de obra y adaptaciones del Alumbrado Público Exterior, de los semáforos o de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales que pudiera requerir el Ayuntamiento a consecuencia de obras municipales que pudieran afectarle, siendo por su cuenta el apoyo técnico, no así las horas de mano de obra de ejecución de dichas tareas, y materiales que pudiera ser necesarios aportar, siendo ambos conceptos facturados aparte. 11.3.- Alumbrado especial fiestas

La ESE se encargará de realizar las instalaciones de alumbrado exterior eventuales con motivos de fiestas o actos lúdicos, las características de conexionado, cajas y materiales, deberá tener la aprobación de la Oficina Técnica Municipal. Asimismo se encargará de gestionar cuantos proyectos, certificados y permisos sean necesarios para la legalización de dichas instalaciones, y también de contratar con la empresa comercializadora de electricidad aquellos contratos eventuales que sean menester.

La relación de actos festivos es la siguiente: Fiestas Patronales:

Page 42: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

42

- San Antonio: Cuatro días, se contratan 200 kW para la plaza y 10 kW para el alumbrado de calles.

- Fiestas del pescador: Tres días, para los que se contratan 100 kW para la plaza y 10 kW para alumbrado público.

Fiestas en las diferentes barriadas: - Llano de Don Antonio: Tres días, en los que se contratan 50 kW. - El Argamasón: Tres días, contratando 50 kW. - El Saltador: Tres días, para los que contratan 10 kW. - Gafares: Tres días, contratando 10 kW. - La Cueva del Pájaro: Tres días 20 Kw. Los trabajos eléctricos que se ejecutan en las fiestas son el conexionado de

aparatos de feria, alumbrado y grupos musicales, así como la instalación de diferentes equipos de sonido para los eventos que se realizan.

Otros trabajos que se realizan y no se encuentran en el listado anterior, son instalaciones de alumbrado e instalación de cuadros eléctricos para mercadillos estivales, de fin de semana y Navidad.

No obstante, en la oficina técnica del Ayuntamiento de Carboneras se podrá recopilar la información detallada referente a los trabajos a realizar en cada acto festivo. 12.- SEGUROS DE LA INSTALACION

La ESE asume todos los riesgos por daños y pérdidas totales o parciales de los elementos y/o equipos que conforman la INSTALACION, incluso por robo, por incendio, por vandalismo, o cualquiera que sea la causa a que responda, al tener encomendado el mantenimiento y conservación de la misma.

Con tal motivo la ESE se obliga a concertar, previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento de Carboneras, y por cuantía suficiente en las sumas aseguradas, la póliza o pólizas de seguros que cubran de manera suficiente al menos:

� Seguro todo riesgo de la INSTALACION � Daños a terceros y responsabilidad civil por explotación. Debe cubrir una

cantidad mínima de 350.000 € por este concepto. � Incendio, explosión, rayo y adicionales incluidos los riesgos extensivos de

daños por huelgas y acciones tumultuosas con inclusión de la prima del consorcio de compensación de seguros para riesgos catastróficos.

La Ese se obliga a remitir al Ayuntamiento, de manera inmediata, y en todo caso, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la fecha de su formalización, copia acreditativa de dichas Pólizas y de todas sus renovaciones, no quedando obligado este último con la Aseguradora al pago de las primas que serán de única cuenta y cargo de la ESE.

Page 43: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

43

El periodo durante el cual deberán mantenerse en vigor tales pólizas coincidirá con la duración del presente contrato, estando sujeto a las mismas prórrogas que el mismo pudiere sufrir.

La ESE informará por escrito al Ayuntamiento, en caso de siniestro y con independencia de su gravedad, dentro del mismo plazo en que venga obligado a comunicar su acaecimiento a la entidad aseguradora, precisando su naturaleza, la fecha, el lugar y las circunstancias del mismo, así como la índole y valoración provisional de los daños producidos.

En caso de siniestro, el importe de la indemnización recibida de la Compañía Aseguradora será destinado por el Ayuntamiento a la reconstrucción o reparación de LA INSTALACION, transfiriendo los importes recibidos, directamente a la ESE a estos solos efectos.

Para las zonas que en ciertos días u horas del día queden prácticamente deshabitadas, como son los polígonos industriales, urbanizaciones alejadas del caso urbano,… la ESE adjudicataria deberá tomar medidas eficaces contra el robo de cables, luminarias, arquetas, etc… adjuntando la correspondiente propuesta en la documentación a entregar en el SOBRE B indicado en el pliego de cláusulas administrativas.

Podrá abonar el AYUNTAMIENTO las mejoras que puedan ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por estas causas (cambio a material normalizado si no lo fuera el que se sustituye, cambio de luminarias abiertas a cerradas, etc.) y las modificaciones que se realicen para evitar o minorar causas de robos o vandalismo (cambio a luminarias a más altura, protecciones diversas adicionales, desplazamientos a lugares más idóneos, etc.), todo ello a iniciativa del Ayuntamiento de Carboneras.

Carboneras, a 6 de febrero de 2014 EL ALCALDE

Fdo.: Salvador Hernández Hernández

Page 44: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

44

ANEXO I

CUADRO DE PRECIOS PARA TRABAJOS COMPLEMENTARIOS Y ACTUACIONES NO

INCLUIDAS EN EL OBJETO DEL CONTRATO

Descripción Unidades

Precio

unitario de

licitación

(€)

OBRA CIVIL

Raso y canalización para alumbrado (ml) 1 50,00 €

Excavación en roca (m3) 1 60,00 €

Excavación de cotas, y reposición de pavimento (m2) 1 78,93 €

Hormigón H-20 protección servicio (m3) 1 78,93 €

Arqueta de registro 42.5x42.5x35 1 105,00 €

Dado de hormigón 60x60x80 1 72,00 €

Dado de hormigón 80x80x80 1 88,00 €

Dado de hormigón 100x100x130 1 121,00 €

Dado de hormigón 120x120x150 1 145,00 €

Suministro y Colocación Tubo corrugado PEØ90mm (ml) 1 2,92 €

Suministro y Colocación Tubo corrugado PEØ110mm (ml) 1 3,25 €

Demolición de dado de hormigón cualquier dimensión 1 19,74 €

Demolición y reposición de pavimento en acera (m2) 1 40,70 €

Demolición y reposición de pavimento en calzada (m2) 1 24,60 €

Page 45: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

45

Pedestal para cuadro de maniobra 1 82,38 €

MONTAJES Y DESMONTAJES

Colocación de luminaria en soporte existente (5m) 1 45,89 €

Colocación de luminaria en soporte existente (5 a 9m) 1 47,03 €

Colocación de luminaria en soporte existente (9 a 12m) 1 47,97 €

Colocación de luminaria en soporte existente (12 a 15m) 1 49,15 €

Desmontaje punto de luz, incluyendo poste y luminaria 1 74,79 €

Desmontaje luminaria existente (5m) 1 45,89 €

Desmontaje luminaria existente (5 a 9m) 1 47,03 €

Desmontaje luminaria existente (9 a 12m) 1 47,97 €

Desmontaje luminaria existente (12 a 15m) 1 49,15 €

Desplazamiento punto de luz existente 1 138,09 €

Desmontaje de palo de madera 1 19,22 €

Desmontajes de puntales 1 15,21 €

Desmontaje de palo metálico, repisa, sillita u otros 1 21,38 €

Retirar líneas grapadas (ml) 1 2,36 €

Retirar líneas aéreas sobre aisladores (ml) 1 2,36 €

Retirar líneas aéreas trenza (ml) 1 1,44 €

Puesta a punto del punto de luz 1 28,25 €

Mejora estanqueidad 1 28,00 €

Poda de árboles 1 10,51 €

Ejecución de nuevo punto de luz en zona oscura 1 249,25 €

Page 46: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

46

INSTALACIÓN ELÉCTRICA

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 3x2,5 mm2 (F+N+TT) (ml) 1 1,49 €

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 4x6 mm2 (ml) 1 3,36 €

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 4x10 mm2 (ml) 1 4,95 €

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 4x16 mm2 (ml) 1 7,19 €

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 4x25 mm2 (ml) 1 10,97 €

Suministro y Colocación Conductor RV-K 1000 de 4x35 mm2 (ml) 1 16,99 €

Suministro y Colocación Red equipotencial Cu 35 mm2 (ml) 1 3,37 €

Suministro y Colocación Cable de cobre 1x35 mm2 aislado 750 V (ml) 1 4,59 €

1SiC Cable de cobre aislado de 6 mm2 puesta a tierra de columnas (ml) 1 3,95 €

Terminal bimetálico 6 mm2 puesta a tierra de columna 1 3,37 €

Suministro y Colocación Pica de acero cobreado 2m x16 mm 1 20,47 €

Interruptor automático magnetotérmico de 10/16 A ICP-M, bipolar 1 21,85 €

Interruptor automático magnetotérmico de 20 /25 A ICP-M, bipolar 1 23,87 €

Interruptor automático magnetotérmico de 16 A curva B/C, bipolar 1 18,59 €

Interruptor automático magnetotérmico de 20 A curva B/C, bipolar 1 19,46 €

Interruptor automático magnetotérmico de 25 A curva B/C, bipolar 1 19,70 €

Interruptor automático magnetotérmico de 16A ICP-M, tetrapolar 1 44,56 €

Interruptor automático magnetotérmico de 20A ICP-M, tetrapolar 1 45,74 €

Interruptor automático magnetotérmico de 25A ICP-M, tetrapolar 1 47,04 €

Interruptor automático magnetotérmico de 32A ICP-M, tetrapolar 1 49,36 €

Page 47: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

47

Interruptor automático magnetotérmico de 40A PIA curva D, tetrapolar 1 57,83 €

Interruptor automático magnetotérmico de 50A ICP-M, tetrapolar 1 123,49 €

Interruptor diferencial AC, 100A, 300 mA tetrapolar 1 201,86 €

Interruptor diferencial AC, 40A, 300 mA bipolar 1 59,29 €

Interruptor diferencial AC, 40A, 300 mA tetrapolar 1 111,52 €

Interruptor diferencial AC, 80A, 300 mA bipolar 1 245,56 €

Interruptor manual de 25 A, tetrapolar 1 26,52 €

Vehículo cesta hasta 12m (h) 1 19,90 €

Vehículo cesta hasta 14m (h) 1 21,14 €

MATERIALES

AC16 D 1 54,00 €

Agua a pie de obra 1 1,17 €

Bastimento-tapa pericons 425x425x35 1 26,00 €

Brazo IRAP500 de acero galvanizado 1 65,00 €

Cable cobre 4x10 mm2 con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV, colocado bajo

tubo flexible corrugado doble capa de PVC, según REBT (ml) 1 3,66 €

Cable cobre 4x6 mm2 con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV, colocado bajo

tubo flexible corrugado doble capa de PVC, según REBT (ml) 1 2,18 €

Cable cobre 4x16 mm2 con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV, colocado bajo

tubo flexible corrugado doble capa de PVC, según REBT (ml) 1 5,78 €

Cable cobre 4x25 mm2 con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV, colocado bajo

tubo flexible corrugado doble capa de PVC, según REBT (ml) 1 9,44 €

Cable cobre 4x35 mm2 con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV, colocado bajo

tubo flexible corrugado doble capa de PVC, según REBT (ml) 1 15,35 €

Page 48: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

48

Cable de cobre 1x35mm2aislante con aislamiento de tensión nominal 0,6/1 kV,

colocado por fuera de los tubos, según REBT, unido mediante soldadura

aluminotérmica a las picas de tierra clavadas sobre el terreno (ml)

1 3,30 €

Cable de cobre desnudo1x35mm2 instalado por fuera de las canalizaciones de los

cables de alimentación si forma parte de la red de tierra (ml) 1 3,37 €

Caja seccionadora fusible de 20 A, bipolar 1 29,75 €

Canon vertidos según ley residuos escombros sucios (€/m3) 1 23,00 €

Canon vertidos según ley residuos escombros mixtos (€/m3) 1 12,30 €

Canon vertidos para tierras (€/m3) 1 4,50 €

Cartel señalización cuadro 1,00 44,85 44,85 1 44,85 €

Cemento portland (kg) 1 0,16 €

Cemento portland PB-350 blanco (kg) 1 1,19 €

Cinta señalización servicios (ml) 1 0,70 €

Cofre exterior VHE200/38-40-5 AF-2000 1 430,00 €

Columna troncocónica de acero galvanizado de 3 mm de espesor y altura 7 m 1 280,66 €

Columna troncocónica de acero galvanizado de 3 mm de espesor y altura 9 m y

brazo bastón 1.5m 1 463,77 €

Columna acero galv. 7m octogonal y espesor de chapa 3 mm 1 306,16 €

Columna troncocónica de acero galvanizado de 3 mm de espesor y altura 8 m 1 319,99 €

Columna troncocónica de acero galvanizado de 3 mm de espesor y altura 9 m 1 413,58 €

Columna acero galvanizado 4m. Tipo Nikolson 1 150,05 €

Columna acero galvanizado 5m. Tipo Nikolson 1 193,26 €

Columna de poliéster reforzado con fibra de vidrio de 3 m de altura 1 169,71

Page 49: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

49

Columna de poliéster reforzado con fibra de vidrio de 9 m de altura 1 405,91

Columna de poliéster reforzado con fibra de vidrio de 12 m de altura 1 666,75

Condensador 1 15,00 €

Conductor RV-K 1000 de 2,5mm2 (ml) 1 1,01 €

Conductor RV-K 1000 de 4x6mm2 (ml) 1 2,18 €

Cuadro CITI-10 4S DR GSM DN 1 5.813,17 €

Emulsión asf. Catiónica ECI 5 kg (kg) 1 0,41 €

Equipo ferromagnético doble nivel HM 100W. Equipo completo 1 106,00 €

Equipo ferromagnético doble nivel HM 150W. Equipo completo 1 107,40 €

Equipo ferromagnético doble nivel HM 250W. Equipo completo 1 123,50 €

Equipo ferromagnético doble nivel HM 35W. Equipo completo 1 68,15 €

Equipo ferromagnético doble nivel HM 70W. Equipo completo 1 83,60 €

Equipo ferromagnético doble nivel VSAP 100W. Equipo completo 1 78,93 €

Equipo ferromagnético doble nivel VSAP 150W. Equipo completo 1 79,73 €

Equipo ferromagnético doble nivel VSAP 50W. Equipo completo 1 58,78 €

Equipo ferromagnético doble nivel VSAP 70W. Equipo completo 1 69,95 €

Equipo ferromagnético doble nivel VSAP 250W. Equipo completo 1 89,60 €

Equipo ferromagnético HM 100W 1 49,75 €

Equipo ferromagnético HM 150W 1 56,15 €

Equipo ferromagnético HM 250W 1 48,00 €

Equipo ferromagnético HM 35W 1 46,60 €

Equipo ferromagnético HM 70W 1 47,60 €

Page 50: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

50

Equipo ferromagnético VSAP 100W 1 41,00 €

Equipo ferromagnético VSAP 150W 1 51,00 €

Equipo ferromagnético VSAP 50W 1 35,00 €

Equipo ferromagnético VSAP 70W 1 38,00 €

Equipo ferromagnético VSAP 250W 1 63,50 €

Hormigón HF-3,5 1,00 67,81 67,81 (m3) 1 81,37 €

Hormigón HM-20 1,00 65,33 65,33 (m3) 1 78,39 €

Hormigón HNE-15 1,00 63,62 63,62 (m3) 1 76,34 €

Arreglar cuadro exteriormente 1,00 14,32 14,32 1 14,32 €

Compensación de fases 1 28,64 €

Comprobación y corrección de las protecciones 1 56,97 €

Suministro y Colocación reloj astronómico 1 210,08 €

Puesta a tierra 1 28,64 €

Suministro y Colocación carteles cuadro 1 60,53 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 25A PIA curva b, bipolar 1 28,96 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 25A PIA curva c, tripolar 1 36,74 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 40A PIA curva d, tetrapolar 1 46,85 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 40A PIA curva c, tripolar 1 113,64 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 10A PIA ICP-M bipolar 1 26,66 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 30A PIA ICP-M bipolar 1 46,56 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 50A PIA ICP-M tripolar 1 98,00 €

SiC interruptor automático magnetotérmico 50A PIA ICP-M tetrapolar 1 124,16 €

Page 51: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

51

Suministro y Colocación Interruptor diferencial AC 40A bipolar 1 65,24 €

Suministro y Colocación Interruptor diferencial AC 100A tetrapolar 1 212,11 €

Suministro y Colocación Interruptor diferencial AC 80A bipolar 1 257,13 €

Suministro y Colocación Cortacircuito unipolar, con fusible de cuchillo 25A 1 16,25 €

Suministro y Colocación Cortacircuito con fusible de 20A, bipolar 1 34,81 €

SiC interruptor manual de 15A, tripolar 1 31,47 €

Suministro y Colocación Caja seccionadora fusible de 20A, bipolar 1 34,81 €

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Proyecto y legalización alumbrado público 1 2.273,40 €

MANO DE OBRA Y MAQUINARIA

Ayudante de montador (h) 1 18,41 €

Ayudante electricista (h) 1 20,63 €

Ayudante electricidad en horario nocturno y festivo (h) 1 47,24 €

Ayudante electricidad en horario nocturno o festivo diurno (h) 1 36,67 €

Jefe grupo (h) 1 27,36 €

Encargado electricidad (h) 1 26,06 €

Encargado electricidad en horario nocturno y festivo (h) 1 50,80 €

Encargado electricidad en horario nocturno o festivo diurno (h) 1 40,23 €

Encargado instalaciones (h) 1 27,36 €

Alquiler de generador entre 0 i 60kVA 230/400v automático (incluido seguro) (día) 1 50,00 €

Oficial 1ª (h) 1 27,36 €

Oficial 1ª electricidad (h) 1 26,06 €

Page 52: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

52

Oficial 1ª electricidad horario nocturno y festivo (h) 1 50,58 €

Oficial 1ª electricidad en horario nocturno o festivo diurno (h) 1 40,01 €

Oficial 1ª montador (h) 1 26,90 €

Oficial paleta 1ª (Albañil) (h) 1 27,30 €

Oficial paleta 2ª (Albañil) (h) 1 24,00 €

Peón (h) 1 20,85 €

EQUIPOS

Sustitución de equipo ferromagnético HM+lámpara HM 35W color constante 1 123,44 €

Sustitución de equipo ferromagnético HM+lámpara HM 70W color constante 1 128,34 €

Sustitución de equipo ferromagnético HM+lámpara HM 100W color constante 1 136,61 €

Sustitución de equipo ferromagnético HM+lámpara HM 150W color constante 1 138,33 €

Sustitución de equipo ferromagnético HM+lámpara HM 250W color constante 1 135,08 €

Sustitución de equipo ferromagnético VSAP+lámpara VSAP 50W 1 73,43 €

Sustitución de equipo ferromagnético VSAP+lámpara VSAP 70W 1 79,64 €

Sustitución de equipo ferromagnético VSAP+lámpara VSAP 100W 1 85,98 €

Sustitución de equipo ferromagnético VSAP+lámpara VSAP 150W 1 100,17 €

Sustitución de equipo ferromagnético VSAP+lámpara VSAP 250W 1 120,72 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel VSAP+lámpara VSAP 50W 1 108,22 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel VSAP+lámpara VSAP 70W 1 122,86 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel VSAP+lámpara VSAP 100W 1 135,36 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel VSAP+lámpara VSAP 150W 1 140,08 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel VSAP+lámpara VSAP 250W 1 157,91 €

Page 53: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

53

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel HM+lámpara HM 35W color

constante 1 155,94 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel HM+lámpara HM 70W color

constante 1 175,73 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel HM+lámpara HM 100W color

constante 1 204,87 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel HM+lámpara HM 150W color

constante 1 201,42 €

Sustitución de equipo ferromagnético doble nivel HM+lámpara HM 250W color

constante 1 223,16 €

LÁMPARAS

Sustitución de lámpara halogenuros metálicos 70W 1 76,08 €

Sustitución de lámpara halogenuros metálicos 100W 1 82,13 €

Sustitución de lámpara y portalámparas de halogenuros metálicos 70W 1 80,20 €

Sustitución de lámpara y portalámparas de halogenuros metálicos 100W 1 87,28 €

Sustitución de lámpara Master MHN-LA 2000W 380v/956 1 437,07 €

Sustitución lámpara VSAP 50W 1 24,88 €

Sustitución lámpara VSAP 70W 1 28,00 €

Sustitución lámpara VSAP 100W 1 31,26 €

Sustitución lámpara VSAP 250W 1 42,81 €

CUADROS DE MANDO Y REDUCTORES DE FLUJO EN CABECERA

Suministro y Colocación Cuadro de control doble puerta 1 5.234,89 €

Suministro y Colocación Regulador de flujo en cabecera con armario 30 kVA 1 6.660,40 €

Suministro y Colocación Regulador de flujo en cabecera con armario 15 kVA 1 4.455,53 €

Page 54: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

54

Desmontaje de Cuadro existente 1 196,68 €

Condicionamiento de cuadro existente 1 1.785,83 €

Suministro y Colocación Cuadro regulador de tránsito 4 grupos 1 3.118,19 €

Suministro y Colocación Placas tierra de acero cobreado 30x30cm (ml) 1 20,00 €

Suministro y Colocación tubo de acero galvanizado PG-36 (ml) 1 14,50 €

Suministro y Colocación tubo de acero galvanizado PG-29 (ml) 1 3,50 €

Conexión de acometida a cuadro de compañía 1 300,00 €

Conexión a red existente 1 290,00 €

Conversión aérea subterránea con tubo de Ø32mm 1 48,00 €

Conversión aérea subterránea con tubo de Ø50mm 1 48,00 €

COLUMNAS

Suministro y Colocación columna acero galv. 4m tipo Nikolson 1 214,64 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 5m tipo Nikolson 1 262,99 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 7m 1 358,82 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 7m octogonal 1 385,61 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 8m 1 408,18 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 9m 1 531,21 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 9m bastón 1,5m 1 583,95 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 7m con salida alumbrado navidad 1 366,56 €

SiC columna acero galv. 7m octogonal con salida alumbrado navidad 1 393,88 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 8m con salida alumbrado navidad 1 416,74 €

Suministro y Colocación columna acero galv. 9m con salida alumbrado navidad 1 541,49 €

Page 55: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

55

SiC columna acero galv. 9m bastón 1,5m con salida para alumbrado navidad 1 595,28 €

Suministro y Colocación soporte para dos luminarias 1 138,31 €

Suministro y Colocación de palo de madera 7m de altura 1 78,54 €

Suministro y Colocación de palo de madera de 8m o más de altura 1 85,23 €

Suministro y Colocación cuadros claved en columna existente 1 12,00 €

Suministro y Colocación cuadros claved 1 10,00 €

Suministro y Colocación Brazo mural IRAP500 de acero galvanizado 1 79,78 €

Picas de acero cobreado 2x16m (unidad 1 11,23 €

OTROS

Placas de tierra de acero cobreado 30x30cm 1 8,73 €

Reloj astronómico 1 143,25 €

Arena (m3) 1 15,85 €

Tierra granítica de cantera (m3) 1 30,84 €

Suplemento árido<22mm y plástico (bolsa) 1 1,52 €

Cortacircuito con fusible cilíndrico de 2A, unipolar 1 3,38 €

Cortacircuito unipolar, con fusible cuchillo de 25A 1 11,74 €

Tubo corrugado PE Ø90mm (ml) 1 1,95 €

Tubo corrugado PE Ø110mm (ml) 1 2,25 €

Tubo de acero galvanizado PG-29, roscado (ml) 1 5,40 €

Tubo de acero galvanizado PG-36, roscado (ml) 1 10,80 €

Red equipotencial Cu 35mm21,00 1,24 1,24 1 50,00 €

Page 56: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

56

Nota: Los precios son de ejecución material, es decir, serán incrementados por el 6% de beneficio

industrial, el 13% de gastos generales y el IVA vigente.

Este cuadro de precios será revisado anualmente según la formula polinómica del decreto

3650/1970, real decreto 2167/1981 y la disposición transitoria segunda de real decreto

legislativo 2/2000.

La formula a utilizar para cada una de las partidas del cuadro de precios es la siguiente:

P’6 = P6 x Kt

Kt= 0,22 ∙ Ht/Ho + 0,05 ∙ Ct/Co + 0,16 ∙ St/So + 0,28 ∙ Alt/Alo + 0,14 ∙ Cut/Cuo + 0,15

Donde:

P’6: A precio revisado

P6: Precio del periodo anual precedente

Kt: Coeficiente teórico de revisión en el momento de la revisión t

Ho: Índice de coste de la mano de obra en la fecha de licitación

Ht: Índice de coste de la mano de obra en la fecha de la actualización

Co: índice de coste del cemento en la fecha de licitación

Ct: Índice de coste del cemento a la fecha de actualización

So: Índice de coste de materiales siderúrgicos a la fecha de la licitación.

St: índice de coste de materiales siderúrgicos a la fecha de la actualización

Alo: índice del coste del aluminio a la fecha de la licitación

Alt: índice del coste del aluminio a la fecha de la actualización

Cuo: índice del coste del cobre a la fecha de la licitación

Cu:t Índice del coste del cobre a la fecha de la actualización

Page 57: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

57

ANEXO B.

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LUMINARIAS. B.1. Luminarias y adaptaciones con tecnología LED

Modelo Valores mínimos exigidos

Fabricante y modelo. Paquete lumínico y potencia del sistema

Vida útil de la luminaria para L80 F10 ≥ 65.000h

Rango de temperatura de funcionamiento De -20º a +35º

Sistema de control para temperatura ambiente

Si, Integrado en driver

Sistema de refrigeración de la fuente luz

Mediante disipadores

Grado de protección sistema óptico IP ≥ 65

Grado de protección IK ≥ 08

Rendimiento de Color ≥ 76

Eficacia de la luminaria (lm/w) ≥ 85 (para 4000K)

Temperatura de color ≥3000K y ≤4000K

Sistema de regulación autónomo incorporado

Sí (con un mínimo de 3 saltos)

Page 58: II - ayuntamientocarboneras.es...destinado al consumo de la red de alumbrado público, así como de las instalaciones y edificios del Ayuntamiento y el importe del consumo real que

58

B.2. Luminarias y adaptaciones con lámparas de descarga

Modelo Valores mínimos exigidos

Fabricante

Vida útil de fuente de luz

(horas para una mortalidad del 80%) ≥13.000 para halogenuros cerámicos y ≥17.000 para VSAP

Rendimiento de Color de fuente de luz ≥ 80 para halogenuros cerámicos y ≥ 25 para VSAP

Temperatura de color 2000K para VSAP y 2800K para halogenuros cerámicos

Vida útil del equipo (horas para una mortalidad del 10%)

80.000

Rango de temperatura ambiente de funcionamiento del equipo

Entre 30ºC y 50ºC

Protección contra rayos del equipo ≥ 5KA y ≤ 10KV

Eficacia (lm/W) de la fuente de luz ≥ 90 para halogenuros cerámicos y ≥ 100 para VSAP

Relación de flujo hacia el hemisferio superior

≤ 25%

Grado de protección sistema óptico IP ≥ 65