González Adánez.liberalismo, Republicanismo y Monarquía Absoluta Para América XVIII
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7/21/2019 Gonzlez Adnez.liberalismo, Republicanismo y Monarqua Absoluta Para Amrica XVIII
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LIBERALISMO, REPUBLICANISMOYM ONARQUA
ABSOLUTA: LOS PROYECTOS DE REFORMA
PARA AMRICA EN LA SEGUNDA MITAD
DEL SIGLO XVIII ESPAOL
Por NOELIA GONZLEZ ADANEZ
SUMARIO
SIGNIFICADO YALCANCE DE LAS TRADICIONES LIBERALYREPUBLICANA DE PENSAMIENT O.
LA MONARQUIA YAMRICAO AMRICA EN LA MONARQUA:
La quiebra del pacto colo-
nial.
LAS
MOTIVACIONES Y LOS PROYECTOS:
Preservacin
y
rentabilidad:Amrica como
colonias. Elmiedo
a
losEstados Unidos.LAS
BASES FILOSFICAS DE LAS REFORMAS CA-
ROLINAS FIN AMERICA.
Durante
el
reinado
de
Carlos
III
(1759- 1788) tuvieron lugar
un
conjunto
de
transformaciones capitalesen lahistoriade laMonarqua espaola. Amrica, parte
integrantedeesta unidad poltica,severa profundamente involucradaeneste pro-
cesodecambio.La reflexindelas lites ilustradasnoignor aquellos territorios,
porelcontrario,lapreocupacin por reformarlaMonarqua incluy proyectos para
reconfigurarlaestructura del Imperio, que pondrandemanifiestolaexistenciade
una visin de Am rica tanto en lo que se refiereasu configuracin poltico-adm i-
nistrativa com o
a
su desempeo econmico distinta de
la
que haba dominado du-
ranteel perodo Habsburgo.
Este artculo correspondea unintento por esclarecerloque Colin Maclachlan
llamlamatriz filosfica (1)de los planesdereforma conceb idos por las lites
ilustradas bajoelreinadodeCarlos III. Es decir,setratadeindagar no sloen las
motivaciones inmediatas de esas lites sino tambin en las referencias ideolgicas
y
axiolgicas de que disponen paralaarticulacinydesarrollo de los nuevos proyec-
(1 )
COLN MACLACHLAN:
Spain'sEmpire
in
the New
World:
theRole
of
Ideas
in
Institutional and
Social Changc. UnivcrsityofCalifornia Press, Berkeley, 1988, pg. X.
359
Revista
de Estudios Polticos
(Nueva poca)
N m . 1 1 3 . J u l i o - S c p t ic m b r c 2 0 0 1
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NOELIA GONZLEZ ADNEZ
tos. Para ello, se analizarn los contenidos de algunos de los escritos de Cam pom a-
nes, Aranda y Floridablanca, cuyos precedentes se hallan en las propuestas inmedia-
tamente previas de Campillo y Bernardo Ward.
Las referencias de estos escritores son mltiples, no obstante, todas ellas pue-
den, a efectos analticos, inscribirse en dos grandes lneas de pensamiento: el libera-
lismo en su manifestacin ilustrada en donde los conceptos de utilidad y raciona-
lizacin ocupan un lugar central, es decir, en donde una determinada epistemologa
crtica, que abrir el camino hacia una concepcin del hombre como detentador de
derechos inalienables, define una concepcin de la poltica basada en el clculo y
un cierto republicanismo de cuo especficamente espaol que tiene su origen en la
neoescolstica para el que la legitimidad de la autoridad procede de un pacto de
sujecin, por medio del cual cada individuo renuncia a su libertad y acepta el poder
absoluto del prncipe quien, como cabeza del Estado, se torna en garante nico del
bien comn.
Nicholas Henshall desarroll en su libro The Myth of Absolutism la idea, entre
otras, de que si bien el absolutismo tratar de imponer desde el mbito del gobierno
ciertas pautas de racionalizacin que implicarn como ocurre en el caso espa-
ol
un ejercicio ms directo y ms am plio del poder por parte del rey y sus oficia-
les, tambin conllevar el reconocimiento de las libertades corporativas y la ex-
tensin y consolidacin de los rganos de gobierno en los que stas estn represen-
tadas (2). Al evidenciar Henshall esta convivencia no exenta de tensin entre
absolutismo y consentimiento, ha cuestionado de forma persuasiva la existencia de
algo similar a lo que la utilizacin del concepto absolutismo ilustrado ha evocado
tradicionalmen te en la historiografa al uso. Henshall ha sostenido q ue, a la altura de
la segunda mitad del siglo xvni, el monarca gobierna de acuerdo a un contrato o pac-
to tcito en virtud del cual se compromete a fomentar el bienestar de sus subditos, a
cambio de lo cual stos se someten en obediencia, sin que ello sea incompatible con
que aqul goce de un amplio nmero de prerrogativas razn por la cual, efectiva-
mente, la monarqua es absoluta (3). Como consecuencia, el absolutismo convive
con instituciones que representan los intereses de las corporaciones sobre las que se
sustenta el antiguo rgimen y que esgrimen, en apoyo al mantenimiento de sus privi-
(2) NICHOLAS HENSHALL: The Myth of Absolutism. Change and Contimiity in Early Modern Euro-
pean Monarchy,Longman, Londres, 1992, pg. 66. En la misma linea de HENSHALL, THOMAS MUNCKha
hablado de monarquas nominalmente calificadas de absolutas que persiguieron llevar a cabo un pro-
grama de reformas graduales y consensuadas, en The Enlightenment. A Comparative Social History,
1721-1794, Amold, Londres, 2000, pgs. 218-9.
(3) Una de las particularidades de este fenmeno, segn el propio HENSHALL, es que: Las conse-
cuencias polticas a que dara lugar la insatisfaccin producida por la gestin de la autoridad (bajo el ab-
solutismo) no fueron precisadas, ibidem, pg. 151. La Revolucin Francesa y, antes de ella, la norte-
americana, constituiran dos intentos por concretar los mecanismos mediante los cuales deban y podan
los gobernados expresar su descontento, as como por ampliar el nmero de individuos capacitados para
hacerlo. Slo cuando se establecieran esos mecanismos los subditos dejaran de serlo para pasar a deno-
minarse ciudadanos.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO Y MONARQUA ABSOLUTA
legios, la defensa de las libertades tradicionales. A partir de esta premisa, asu mida
como prctica seminal, dependiendo del grado de intensidad con que el rey ejerza
sus potestades en detrimento, en ltima instancia, de aquellas libertades tradicio-
nales, nos encontramos ante una monarqua desptica o limitada.
El libro de Henshall constituye un punto de referencia clave para analizar el ab-
solutismo con el nimo de introducir matices y apreciaciones que arrojen una nueva
luz sobre la comprensin de este fenmeno. Con este espritu, tratar de mostrar
cmo Carlos III y sus ministros intentaron co nducir la gestin de los territorios am e-
ricanos de acu erdo a criterios de eficacia y racionalidad; lo cual, a la altura de la se-
gunda mitad del siglo xvm, slo pareca posible mediante un aumento e intensifi-
cacin de las potestades de la corona (4). Al mismo tiempo, y sin que ello fuera
incompatible con lo anterior, se imbricaron en este esquema de cosas ciertos plan-
teamientos qu e, com o tendremo s ocasin de ver, procedan de una tradicin diferen-
te a la que encarna el utilitarismo ilustrado. As se explica la prevalencia de criterios
de justicia distributiva so bre la nocin liberal del inters personal y la consiguien-
te asignacin al Estado de un papel rector en la gestin de las relaciones econ-
micas
o la idea de que es preciso revitalizar el pacto entre el monarca y sus sub-
ditos americanos cu ando surja en el escenario de las relaciones entre la madre patria
y los territorios americanos la posibilidad an remota de la secesin por parte
de stos.
SIGNIFICADO Y ALCANCE DE LAS TRADICIONES LIBERAL Y REPUBLICANA
DE PENSAMIENTO
Un anlisis detenido de los contenidos o presupuestos que pueden asignarse a
una u otra tradicin de pensamiento trascendera con mucho el propsito de este ar-
tculo. Lo que sigue es una sntesis apresurada de lo que pudieran c onsiderarse plan-
teamientos liberales y republicanos.
En trminos puramente ontolgicos, podramos decir que mientras el liberalis-
mo pone el nfasis en el individuo como elemento central en la articulacin de las
relaciones en el seno de la comunidad, el republicanismo desplaza el eje de impor-
tancia hacia la propia comunidad en detrimento de sus miembros.
A partir de esta premisa, las manifestaciones histricas de cada uno de estos
planteamientos han sido mltiples, siempre adaptadas a los contextos en los que
han surgido. Muy sintticamente, podramos decir que dentro del republicanismo
encontramos: el el tomismo poltico de inspiracin aristotlica la sociedad es
(4)
ANTONIO ELORZA
ha afirmado: La sociedad aparece idealmente ante el reformador como un
todo homogneo sobre el que habrn de operar las medidas de fomento... De ah que... slo las superio-
res luces del gobierno,
med iante el ejercicio de la potestad reglamentaria,
puedan incorporar el inters
objetivo de la sociedad..., en
La ideologa liberal en la Ilustracin espaola,
Tecnos, Madrid, 1970,
pg. 29 (La cursiva es mia).
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NOELIA
GONZLEZ ADANEZ
conocimiento (mundos construidos sobre la base de un entendimiento racional de
las potencialidades morales del hombre) y su creacin se produce en virtud de un
pacto por medio del cual los individuos eligen o simplem ente acep tan de forma t-
cita a unos gobernantes cuya funcin es fomentar el bien comn el iusnatu-
ralismo moderno que pone el nfasis en el carcter artificioso (positivo) de
la comunidad al tiempo que lo hace en su inevitabilidad, al derivarse su existencia
de leyes generales que emanan de la naturaleza y el humanismo cvico o re-
publicanismo clsico que potencia la idea de que la
res publica
debe ser una
com unidad de individuos activos que participan de forma directa en la cond uccin
de los asuntos de gobierno. Aristteles y, en versin cristiana, Toms de Aquino
representaran la primera tendencia; Grotio y Pufendorf la segunda; mientras que
la tercera recorrera una lnea ms compleja en donde se inscribiran desde Cice-
rn hasta Rousseau (5).
Por su parte, el liberalismo, al considerar a cada hombre como un individuo an-
tes que como un ser social, y dar prioridad a la experiencia individual sobre la colec-
tiva, ensalza el carcter crtico e incluso cientfico de su propio enfoque de la rea-
lidad, se expresa, por tanto desde una epistemologa critica no hay que olvidar
que el liberalismo surge de la Reforma y se desarrolla de forma paralela y a veces
incluso convergente con la actividad cientfica que jalona el siglo xvn que histri-
camente deriva en el reconocimiento del individuo como portador de derechos fren-
te al Estado (6). La visin del individuo como un fin en s mismo, como un ser con
una voluntad y un proyecto prop ios que, en ocasiones, colisionar con los propsitos
generales de la comunidad de la que es miembro y la defensa de que prevalezca el
inters y los derechos individuales que son los nicos fundados en la razn so-
bre los del colectivo, est en pensadores tan dispares como John Locke o Inmanuel
Kant .
Vistos republicanismo y liberalismo desde esta perspectiva, vienen a constituir
ms que ideologas, metaideologas o, utilizando una denominacin clsica en histo-
ria de las ideas, tradiciones de pensamiento. Para un anlisis como el que pretendo
realizar, un estudio de los discursos elaborados por ciertas lites con relacin a un
problema poltico especfico la reorganizacin poltica de las posesiones espao-
las en Amrica estas tradiciones de pensamiento constituyen cdigos interpretati-
vos. Es decir, aportan unas coordenadas filosficas para la comprensin de los
discursos elaborados al objeto de justificar y promover o, por el contrario, cuestio-
nar, las decisiones polticas que se adoptan. Su anlisis debe ra perm itirnos, en lnea
con lo expuesto por John Pocock, aprehender, por medio de una interpretacin criti-
ca, qu ideas son utilizadas en un m omento particular, que enuncian e im plican, y en
(5) Diferentes ensayos sobre cada una de estas variantes aparecen en un libro coordinado por
ANTHONY
PAODEN:
The language ofPolitical Theory in Early Modern Europe,
Cambridge University
Press, 1987.
(6) ANTHONY ARBLASTER: The Rise and Decline of Western Liberalism, Basil Blackwel, Londres,
1986, pg. 32.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO
MONARQUA ABSOLUTA
qu mtodos
y
premisas basan
su
existencia
7). Es
decir, contribuiran
a
aclarar
qu
propuestas englobanlosplanesdereforma,lasintencionesdequieneslosenuncian,
y
en qu
ideas generales
se
inspiran para proponerlos.
En
la
Ilustracin espaola
y, ms
especficamente,
en los
programas
de
reforma
para Amrica elaborados bajo
los
auspicios
de
Carlos
III
encontramos, como tendre-
mos ocasin
de ver, que
tales coo rdenadas
se
trazan desde
la
sntesis entre
la
prime-
ra
de las
tres variantes repub licanas d escritas
que, en su
versin espaola
se
corres-
ponde
con lo que
ampliamente
se
conoce como neoescolstica
8) y un
tipo
de
libe-
ralismo
sin
implicaciones radicales,
es
decir,
que an no
plantea
la
exigencia
en que
histricamente culmina:elreconocimientodederechos individuales.Noobstante,lo
que
s se
detecta
es la
presencia
de
otros com ponentes
de la
tradicin liberal como
son
la
introduccin
de
criterios
de
utilidad
y
eficacia
en la
conduccin
de los
asuntos
de gobierno;
es
decir,
la
racionalizacin
de la
poltica.
LA MONARQUAYAMRICAOAMRICAEN LAMONARQUA
En trminos generales puede decirse
que,
bajo
la
dinasta
de los
Borbones,
se
impuso
un
tipo
de
autoritarismo regio basado
en la
idea
de que el rey
deba
ser el di-
rector supremo
y
absoluto
del
gobierno
de la
Monarqua. Esta suposicin implicaba,
al menos durante
la
segunda mitad
del
siglo
xvm, que su
autoridad emanaba
del de-
recho divino
de una
parte,
de
otra,
de su
capacidad para reconducir
a la
M onarqua
por
el
camino
de la
prosperidad
y la
grandeza.
El
propio C arlos
III era
consciente
de
que
su
legitimidad como monarca,
aun
p roviniendo
del
derecho divino, dependa
en
la prctica
de su
capacidad para promover
el
bienestar
de sus
subditos
9).
Visin
seculardelgobiernoyespritu utilitarioseunen,porco nsiguiente,en lajustificacin
de
su
poder, arrumbando
de
esta forma
la
antigua percepcin
de la
Monarqua como
embestida
de una
misin p rovidenc ial. Para
las
lites ilustradas universalismo
y ca-
tolicismo
ya no son
referencias sobre
las que
organizar
la
accin
de
gobierno
10).
(7)
En
Machiavelli, Harrington
and
English Political Ideologies
in the
Eighteenth Century,
pg.
106, enPolilcs, LanguageandTime. EssaysonPoltica ThoughtandHistory,The
University
of
Chicago Press,
1989.
(8) Lavigenciadeestos planteam ientoshasido pu estademanifiesto, entre otros,porJoaqun Vare-
la, quin afirm:Lainfluenciade laneoescolstica espaolade lossiglosxvi y xvn y engeneralla del
pensamiento aristotlico-tomistaen el queaqullaseasienta)... durante todoelsigloxvmsigui go zando
de predicamento,en
La
teora
del
Estado
en los
orgenes
del
constitucionalismo hispnico
Las
Cortes
de Cdiz), Centrode Estudios Constitucionales, Madrid, 1983, pg. 13.
(9) ANTHONY PAODEN: Liberty, HonourandComercio Libre:theStructuresof theDebates over
the Stateof theSpanish EmpireinEighteenth-Ccntury,pg. 7, en
The
Uncertainities ofEmpire, Vario-
rum, Londres, 1994.
DAVID
A.
BRADING,
en The Catholic Monarchy, pg. 401,
SERGE GRUZINSKI
y
NATHAN WACHTELL
(dir) :
Le
Nouveau Monde. Mondes Nouveaux. L'exprience amricaine.
ditions
Reserche
sur les
Civilisations, Pars,
1996.
(10) JOHN ELLIOTT
ha
sealado
en
Espaa
y su
mundo, 1500-1700,Alianza E ditorial, Madrid,
1990,
entre otros escritos, cules
son las
caractersticas fundamentales
de la
Monarqua Habsburgo:
su
tenden-
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NOELIA
GONZLEZ ADNEZ
La prioridad ahora es colocar a la Monarqua en el camino hacia la prosperidad
y para ello se precisa la creacin de un Estado fuerte. El problema es, como bien ha
sabido ver Anthony Pagden, cmo hacer provechoso un imperio construido sobre la
agregacin de territorios que, bajo los Austrias, slo se relacionaban entre s a travs
de la existencia de un vnculo comn con el monarca; en definitiva, cmo transfor-
mar esta estructura en una unidad poltica acabada y econmicamente eficien-
te (11).
Para que la Monarqua recuperara su grandeza perdida, para que alcanzara el
pinculo de su gloria (12), era necesario proceder a una reforma completa de su
estructura y tradicional mecnica de funcionamiento. En este esquema general de
cosas a los territorios am ericanos se les conferira un papel central (13). En el anli-
sis de los ilustrados, la Amrica espaola, mediante el comercio con la metrpoli,
propiciara la recuperacin de la Monarqua. Su desempeo, en adelante, se equipa-
rara al de las posesiones coloniales de Francia o Inglaterra: un proveedor de mate-
rias primas, un mercado y por aadidura una fuente de recursos impositivos.
De forma que la idea de Am rica como reinos llegara a su fin bajo el reinado
de Carlos III. Aquella
ius commune,
que algunos historiadores han calificado de mo-
narqua compuesta (14), basada en la idea de los reinos federados, sera progresiva-
mente sustituida por un nuevo modelo segn el cual la madre patria, la metrpoli,
deba procurarse un control activo sobre las posesiones americanas. Este control se-
ra ejercido por medio de la racionalizacin de las tareas de gobierno mediante la
centralizacin y la creacin de nuevos cargos, as como la introduccin de criterios
de supervisin de las funciones atribuidas a los distintos oficiales pblicos; la obli-
gacin de cumplir una ley subvirtiendo de esta forma aquella mxima antigua se
obedece pero no se cumple, que se supona derivada no slo de la voluntad del so-
berano, sino tambin de una razn natural y por ende universal; y la ampliacin de
la prerrogativa regia a expensas de la Iglesia y de las lites criollas.
De otro lado, una nueva teora econmica que podramos calificar de tardomer-
cantilista un liberalismo econmico atenuado por la intervencin directa del Esta-
do inspirara las reformas para Amrica en materia comercial.
De forma que los esfuerzos de las sucesivas administraciones de los Borbones
se encaminaron a la creacin de un Estado fuerte mediante la instrumentacin de
cia a la universalidad, lo que equivale a nimo de expansin; su decisiva naturaleza catlica; la superposi-
cin de los territorios de los que se compone y la existencia de un vinculo directo entre el rey y cada uno
de sus subditos, pg. 210. Los dos primeros elementos dotaban a la Monarqua, en los que a su impulso
imperial se refiere, de un marcado carcter providencialista.
(11) ANTHONY PAGDEN: Liberty, Honour and Comercio Libre..., pg. 3, op. cit.
(12) CSPEDES DELCASTILLO: Las reformas indianas del absolutismo ilustrado, pg. 205, en
Ensayos sobre los reinos castellanos de Indias, Real Academia de la Historia, Madrid, 1999.
(13)
CHARLES
S.
NOEL:
Charles III of Spain, pgs. 123-124, en H. M. Scorr (ed.):
Enlightened
bsolutism. Reform and Reformen in Later Eighteenth-Century Europe,Macmillan, Londres, 1990.
(14) JOHN H. ELLIOTT: A Europe of Composite Monarchies, en Pasl and Presenl, nm. 137,
1992.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO Y M ONARQUA ABSOLUTA
una poltica inspirada en lo que Peggy K. Liss ha llamado una nueva teora impe-
rial de tipo nacional (15). Puesto que nacional puede entenderse como nacionalista,
quizs sea ms apropiado hablar de una teora imperial centralizadora, de acuerdo
con la cual, cada una de las partes que componan la Monarqua iba a ser unificada
desde arriba para configurar una estructura hom ognea (16).
La quiebra del pacto colonial
John Lynch ha sealado que, hasta aproximadamente mediado el siglo, la Mo-
narqua haba basado su existencia y el manejo de los asuntos americanos en el
consenso; puesto que las lites criollas participaban notablemente en las gestin
de los territorios coloniales, mediando a travs de un sistema complejo entre los in-
tereses de la Corona y los de sus subditos americanos (17).
No obstante, como el propio Lynch ha puesto de manifiesto, este consenso no
descansaba en un compromiso de delegacin de poderes por parte de la metrpoli,
sino en una cierta inhibicin del lado de las autoridades peninsulares respecto de
los asuntos americanos: El verdadero contraste no era entre centralismo y delega-
cin de poderes, sino entre los grados de poder que la metrpoli estaba dispuesta a
ejercer en un momento determinado (18). Este tipo de poltica fue similar al salu-
tary n eglect
desplegado por los britnicos para con sus colonias americanas, al me-
nos hasta el fin de la Guerra de los Siete Aos (19).
En Espaa, la mencionada falta de integracin entre la metrpoli y los territorios
coloniales iba a ser percibida por las lites ilustradas como un grave obstculo para
(15) PEGGY K . LISS:LO Simperios transatlnticos. Las redes del comercio y de las Revoluciones de
Independencia, FCE, Mxico, 1989, pg. 116.
(16) PABLO FERNNDEZ ALBALADEJO: La Monarqua, enActas del Con greso Internacional sobre
Carlos III y la Ilustracin, tomo I, El Rey y la Monarqua, Ministerio de Cultura, Madrid, 1989.
ALBALADEJO
ha sealado que el absolutismo alcanz su plenitud
all
donde los monarcas implantaron
una concepcin del reino entendido como
dominio d irecto,
sobreponindose asi a las limitaciones que les
venan impuestas por el
dominio til
de las
constituciones
tradicionales, pgs. 26-27. No obstante, de
acuerdo con las tesis de Henshall, lo ms frecuente fue que el rey ejerciera, simultneamente, ambas mo-
dalidades de dominacin.
(17) JOHN LYNCH:La Espaa del SigloXVIII,Crtica, Barcelona, 1999, pgs.
298-301.
GUILLERMO
CSPEDES DEL CASTILLOha sealado que: La impresin general de desorden e ineficacia ofrecida por las
Indias era completamente falsa. Bajo tal apariencia, las oligarquas criollas haban impuesto sus concep-
tos del orden y de la disciplina so cial, asi como sus prioridades en el m anejo y destino de los fondos p-
blicos, en Las reformas indianas del absolutismo ilustrado, pg. 229, op. cit.Precisamente esta inde-
pendencia defacto de que gozaban las lites criollas es, segn CSPEDES DEL CASTILLO, uno de los ele-
mentos que impidieron que las reformas introducidas en Amrica arrojaran resultados amplios.
(18) LYNCH: pg. 298, ibidem.
(19) Una comparacin entre las administraciones im periales de Espaa y Gran Bretaa, en JOHN
ELLIOTT: Empire and State in British and Spanish America, en GRUZINSKI, op. cit.
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NOELIA GONZLEZ ADNEZ
el desarrollode laMonarqua (20).Deforma que lanecesidaddeuniformarla
constitucin poltica afectaraconespecial intensidad
a
losterritorios americanos.
La cuestin
es que los
proyectos destinadosarestaurar
el
podery laprosperidad
delaM onarqua ignoraronlacultura Habsburgo sobrelaquesehaba sostenidola
autoridaddelaCoronaenAmrica hasta entonces.Lasreformas implicaran,de al-
guna forma,
la
creacinde unnuevo Estado,
al
dotar
a
aquellos territoriosde una
maquinaradegobiernoaunescala hasta entonces desconocidaen laAmricaes-
paola (21). Peroelnuevo Estadoseformsin elco nsentimientode laslites
criollas.En unmundo construido sobrelaculturadelpacto,lasubversinde loacor-
dadopor una de laspartesno iba
a
tenerunagrata aco gida, sobre todo
si
pensamos
enlosgrandes perjuiciosqueelnuevo esquema traera consigo paraunalite h abi-
tuadaaejercerelpoder, aunque fueraaescala localyporcanalesnosiempre institu-
cionales.
LAS MOTIVACIONES
Y
LOSPROYECTOS
BajoelreinadodeCarlosIIICam pom anes, Aranda, Floridablanca,con sus pre-
cedentesen losescritosdeCam pilloyBernardo Ward; todos ellosse vieron concer-
nidos
de
unaforma
u
otrapor
la
cuestin americana.
A
pesar
de las
disimilitudes
queseaprecianensuspropuestas,supropsito centralessiempreelmismo:unfor-
talecimiento
de los
lazos
con los
dominios americanos sera imprescindible para
re-
forzarlaM onarquaen sutotalidad, mien trasque unimpulsoalasrelaciones comer-
ciales procuraraelsostenimientodelvnculo entrelamadre patriaysusterritorios
americanosy, lomsim portante,lohara p rovechoso desdeun puntodevistaeco-
nmico.
Preservaciny rentabilidad: Amrica como colonias
Con estos planteamientos
en
mente,lasustitucin
de
laidea
de
expansin impe-
rialporotra basadaen lapreservacindelosdominios americanosseconv irtien
prioridad. Esta transmutacindeobjetivosibaatener lugar mediantelasuplantacin
delespritudeexpansinque haba dominado
la
accinenAm ricaenetapasan-
teriores porlabsquedade beneficios. Para lograr este objetivo,elEstado deba
patrocinarunasustitucindevalores tradicionales, tales com oelhonory laconquis-
ta ,porotrosdetipomsmod erno; aquellos conectadosconelcomercioysus be-
neficios, inspirados
en
nociones como
la
cooperacin
y la
confianza (22).
20)
CHARLES
C. NOEL: Charles III of Spain, pg. 121. en H. M. SCOTT,
op. cil.
21)
DAVIDA.BRADING:
The Catholic Monarchy, pg. 399,
enGRUZINSK IyWACHTEL,op.
cil.
(22) A.PAGDEN: Liberty, Honour
and
Comercio Libre...,
pg.
7,
op. cil.
Elpapel
del
Estadoen
materia
de
educacin,
de
inculcacin
de los
nuevos valores paralaconversinde
los
subditos
de
la
Mo-
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO Y M ONARQUA ABSOLUTA
La idea de un imperio basado en su preservacin y no en la expansin de sus l-
mites,
aparece con claridad en la obra de Jos de Campillo y Cosso
Nuevo sistema
econmico de gobierno para la Amrica,escrita en 1743 y publicada por vez prime-
ra en 1798 aunque para esta fecha ya era ampliamente conocida en crculos gu-
bernamentales e intelectuales. Campillo era perfectamente consciente de las necesi-
dades impuestas por la contingencia. Si en el siglo xvi la conquista haba sido no
slo legtima sino incluso rentable para la Corona no slo en trminos econmi-
cos sino tambin de prestigio internacional en el siglo xvm la escena configurada
por la aparicin de nuevas ex igencias y dinmicas era notablem ente diferente. La re-
cuperacin de la Monarqua tendra lugar mediante el desarrollo cuidadoso de su po-
tencial econmico.
En el anlisis de Campillo, el problema de la distancia entre los dominios ameri-
canos y la metrpoli, que haba permitido disponer a la lite criolla de un amplio
margen de autonoma, poda y deba ser resuelto mediante la implantacin del siste-
ma de intendencias, en la presuncin de que ste reducira el poder de aquellas li-
tes. El desarrollo y la intensificacin del comercio sera el otro remedio a apli-
car (23).
Por lo que se refiere a la primera p ropuesta de C ampillo, efectivamente, la venta
de cargos, practicada desde finales del siglo xvn, ces en 1750 y a partir de 1764 co-
menz a implantarse el sistema de intendencias (24). Los intendentes vendran a
sustituir a los corregidores, cargos tradicionalmente ocupados por criollos. Como es
bien sabido, sus amplias atribuciones abarcaban desde la recaudacin y administra-
cin de impuestos y la gestin y promocin general de los recursos pblicos (censo,
obras pblicas, industria y agricultura, graneros y archivos, etc.) hasta la adm inistra-
cin militar. Estas iniciativas produjeron una exitosa desamericanizacin del go-
bierno colonial (25), y redundaron el la quiebra del pacto colonial, en la lnea de lo
expuesto anteriormente.
En su
Proyecto econmico en el que se proponen varias providencias dirigidas
a promover los intereses de Espaa, con los medios necesarios para su plantifica-
narquia en agentes activos, en contribuidores a la riqueza colectiva, se aprecia claramente entre otros, en
los conocidos escritos de Campomanes Discurso sobre la educacin popularde 1775 y Jovellanos
Reforma de la Ley Agraria ,
de 1795.
(23) A.
PAGDEN:Ibidem
Este escrito de
CAMPILLO
es tambin analizado con detenimiento por Ancs
en
La Corona y a Amrica del Siglo de las Luces,
Marcial Pons, Madrid, 1994.
(24) Los aos inmediatamente posteriores a la firma del tratado de Pars, que puso fin a la Guerra de
los Siete A os, asisten a un notable impulso reformador. Y ello no slo en Espaa sino tambin en Ingla-
terra y Francia. A este respecto H. M.SCOTTha sealado: Aunque la Guerra de los Siete Aos provea
de un nuevo mpetu reformador, no dictaba el tipo de medidas que se instrumentaran, pg. 17, en
Introduction, en H. M. SCOTT,op. cil.TambinCSPEDES DEL CASTILLOha puesto de manifiesto la im-
portancia de la guerra en la concepcin de nuevas reformas e incluso ha sostenido que stas tuvieron, en
consecuencia, un profundo carcter reactivo, pues el fin de la guerra trajo consigo la necesidad de reorga-
nizar la estructura de dominacin en Amrica, en Las reformas indianas..., pg. 232, op. cil.
(25)
LYNCH:
pg. 304,
op. cil.
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NOELIA
GONZLEZ A DNEZ
cin(1762), Bernardo Ward coincida con Campillo en que la pervivencia de los va-
lores asociados al espritu de conquista paralizaba el desarrollo de Amrica y, por
extensin, de la Monarqua en su conjunto (26).
Igual que Campillo, Ward compar los beneficios obtenidos por Inglaterra y
Francia de la posesin de territorios insulares en el continente para concluir que s-
tos superaban enormemente los extrados por Espaa de un espacio geogrfico no
slo mucho mayor, sino tambin ms rico (27).
La expansin del comercio y la reorganizacin poltica del imperio fueron las
dos grandes proposiciones avanzadas por Ward: Debemos mirar la Amrica baxo
dos conceptos: I. en quanto puede dar consumo nuestros frutos y mercancas: 2.
en quanto es una porcin considerable de la Monarqua, en que cabe hacer las mis-
mas mejoras que en Espaa (28). En esta frase se aprecia con claridad que aquella
conversin, anteriormente mencionada, de los territorios americanos de reinos a co-
lonias no fue radical ni inmediata. Para Ward Amrica debe ser un mercado, pero
considera estas posesiones como parte de la Monarqua, merecedoras del mismo tra-
tamiento que recibe la pennsula. La conciliacin de ambas ideas resultara, cuando
menos, problemtica. Al atribuir a los territorios americanos el papel de una colon ia,
stos quedaban necesariamente colocados en una posicin de subordinacin respec-
to de la madre patria. El hecho de que se les dispensara en materia poltico-adminis-
trativa un tratamiento equivalente al recibido por la pennsula no slo no compensa-
ba lo anterior, sino que agravaba sus resultados puesto que, como ya dijimos, las re-
formas introducidas generaron en Amrica un considerable descon tento (29).
Conviven por tanto en el periodo las dos visiones de Amrica. Si, por ejemplo,
Campomanes habla abiertamente de colonias, este nombre no aparecer nunca en
documentos oficiales (30). An en la primera dcada de la siguiente centuria se si-
gue dando esta circunstancia. Flrez Estrada aludir en su
Examen imparcial
a
Amrica como colonias, mientras que la Junta Central, la Regencia y la propia
Constitucin de 1812, seguiran refirindose a los territorios americanos como rei-
nos (31).
(26)
BERNARDO WARD:
Proyecto econmico.
Banco de Bilbao, Bilbao, 1986, pg. 148.
(27) Ibidem, pg. 225.
(28) Ibidem, pg. 228.
(29) En lneas generales, puede decirse que los historiadores espaoles han tendido a relativizar el
papel del reformismo borbnico como causa de la independencia americana (CSPEDESyANES), mientras
que los historiadores anglosajones suelen colocar las reformas entre los elementos centrales que precipi-
taron los procesos de emancipacin, al excluir a las lites autctonas de los mbitos de poder (BRADING,
LYNCH, MACLACHLAN).
(30) R.
LEVENE: Las Indias no eran colonias.
Buenos Aires, 1951.
(31) ALVARO FLREZ ESTRADA:Exam en imparcial de las disensiones de la Amrica con la Espaa,
de los medios de su reciproco inters y de la utilidad de los aliados de las Espaa(1811), Consejo Fede-
ral del D istrito M unicipal, Caracas, 1974, sostena q ue: Espaa tal vez se puede gloriar, a pesar de su go-
bierno desptico, de haber sido la ms indulgente de todas las metrpolis antiguas y modernas para con
suscolonias;as es que ningunas otras llegaron a igual grado de prosp eridad, pg. 6 3. El 22 de enero de
1809 la Junta Central se decidi a emitir una decreto convocando el envo de vocales americanos. En l
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LIBERALISMO
REPUBLICANISMO Y MO NARQUA ABSOLUTA
Pedro Rodrguez de Campomanes demostr tener un exhaustivo conocimiento
de las posesiones espaolas en Amrica en sus
Reflexiones sobre el comercio espa-
ol a Indias
(1762), cuya primera parte est ntegramente consagrada a la descrip-
cin de las condiciones histricas y ambientales de los diferentes territorios que
componan los dominios espaoles. Campomanes denunciara que uno de los obs-
tculos interpuestos a la recuperacin de la Monarqua proceda de la sobreabun-
dancia del clero en Amrica. En el planteamiento de Campomanes, la Iglesia
existe nicamente dentro del Estado, y los clrigos no deben quedar exentos de sus
obligaciones en tanto que subditos y ciudadanos (32).
De hecho, una nueva actitud y correspondiente legislacin hacia el clero sus
privilegios y su propiedad en consonancia con el regalismo practicado en la pe-
nnsula, se aprecia desde mediados de la centuria. Se restringieron la inmunidad
eclesistica, el derecho de asilo, la jurisdiccin del fuero eclesistico y otros privile-
gios tradicionales, como ciertas exenciones tributarias (33). La secularizacin de te-
rritorios administrados directamente por rdenes religiosas culmin en 1767 con las
expulsin de los jesutas, accin cuya violencia contrasta notablemente con la laxi-
tud de las otras reformas y los mecanismos empleados para su introduccin (34).
Pero adems, para Campomanes, si la estructura imperial o, en trminos ms
flexibles, las relaciones entre Amrica y la mad re patria, adolecan de ciertos proble -
mas, ello tena su origen en un modelo de colonizacin que dio prioridad a la explo -
tacin y poblamiento de las reas ricas en produccin de materiales preciosos, dan-
do lugar a la introduccin en Espaa de grandes cantidades de oro y plata, que gene-
r una inflacin de la economa y una anegacin del desarrollo agrcola e industrial;
y, finalmente, el establecimiento de un sistema de flotas y la restriccin de los puer-
tos a los que se les permita comerciar con Amrica impidieron, igualmente, una
rentabilizacin del intercambio comercial y provocaron la concentracin de los be-
neficios extrados del com ercio en unas pocas m anos (35).
Campo manes se hace eco de lo advertido por M ontesquieu en su
Esprit des lois
(1748), donde argument que la llegada masiva de metales preciosos a la pennsula
se decia: ... la Junta Suprema C entral Gubernativa del Rcyno, considerando que los vastos y precisos do-
minios que Espaa posee en las Indiasno son propiamente colonias o factoras como las de otras nacio-
nes, sino una parte esencial e integrante de la Monarqua espaola...se ha servido S.M. declarar que los
reinos, provincias e islas que forman los referidos dominios, deben tener representacin inmediata a su
real Persona por medio de sus correspondientes diputados. Citado en FRANCISCO XAVIER GUERRA: Mo-
dernidad e independencias. En sayos sobre las revoluciones hispnicas.FCE, Mxico, 1992, pg. 135.
(32)
Citado
por D. BRADING, pg. 398, op. cit.
(33)
CSPEDES
DEL CASTILLO: pg. 240,
op. cit.
(34) CSPEDES DEL CASTILLOha explicado que el hecho de que la orden de los jesutas, particular-
mente en Paraguay, se comportara com o un Estado dentro del Estado, se perciba como un grave ob stcu-
lo para el fortalecimiento de la Monarqua en Amrica, razn por la que se opt por la expulsin,
pgs. 242-243, ibidem.
(35) P.CAMPOMANES: Reflexiones sobre el comercio espaol a Indias, editado por Vicente Llom-
bart, Instituto de Estudios fiscales, Ministerio de Economa y Hacienda, Madrid, 1988, pg. 3.
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NOELIA GONZLEZ ADANE Z
haba arruinado la econom a de la Monarqua al impedir el desarrollo de sus fuerzas
productivas, resultando que la mayora de las manufacturas exportadas desde Cdiz
a Amrica procedan de otros pases europeos. Montesquieu concluy que: Las
Indias y Espaa son dos poderes bajo el mando de un mismo soberano; pero las
Indias son la parte principal, mientras que Espaa es slo la accesoria (36). Ya Sir
Josiah Child haba advertido que el comercio de Espaa con sus posesiones ameri-
canas era mucho ms costoso que el mantenido por Inglaterra con sus colonias del
norte; de forma que, en el primer caso, el intercambio era no slo menos fluido
debido al establecimiento de un sistema de flotas, sino tambin mucho menos
rentable (37).
Puesto que la reorganizacin adm inistrativa del imperio y el aumen to de los des-
tacamentos m ilitares iban a generar nuevos costes, urga desarrollar un nuevo esque-
ma econmico (38). En lugar de elevar los impuestos tal y como se haba hecho tra-
dicionalmente, la Corona prefiri estimular aquellas actividades econmicas sus-
ceptibles de incrementar los recursos del Tesoro.
Mientras que el sector minero recibira un impulso notable una bajada del
precio del mercurio y un descenso general de impuestos fueron algunas de las medi-
das instrumentadas bajo los auspicios de Jos de Glvez (39) , en los mbitos de la
agricultura y la produccin manufacturera la legislacin se encamin a garantizar
que la produccin americana no se hallara en disposicin de competir con la penin-
sular (40).
En este orden de cosas, la promocin del comercio se convirti en una prioridad
esencial. El comercio, en palabras de Campillo, era la sangre del cuerpo polti-
co (41). La idea general era que de tener todos los subditos acceso al comercio, ello
redundara en un beneficio global para el conjunto de la Monarqua. Detrs de esta
propuesta se hallaba, sin duda, la nocin ilustrada de que el comercio consista no
nicamente en el intercambio de mercancas, sino tambin en un cierto intercambio
de tipo cultural, en virtud del cual los individuos devenan ms civilizados, ms
tolerantes, menos proclives a recurrir a la violencia en situaciones de conflicto. El
com ercio, por tanto, en el ideario ilustrado, favoreca la armona que, de natural, de-
(36)
BARN
DE
MONTESQUIEU: El Espritu de las Leyes.
Libro XXII, cap. XXI. Tecnos, Madrid,
1972, pgs. 304-5.
(37)
JOSIAH CHILD: A New Discourse of Trade,
Londres (1688), 1740, pgs. 192-219.
(38) Las reformas m ilitares se acometieron con el propsito de poner en estado de defensa a toda la
Amrica espaola, mediante la formacin de una marina real permanente basada en ocho apostaderos o
arsenales ultramarinos y de un ejrcito profesional formado por milicias de nueva creacin. Para las re-
formas militares verCSPEDES DEL CASTILLO,pgs. 244-27 6, en Las reformas indianas...,op. cit.
(39) Las reformas de tipo econmico, as como una valoracin de los resultados obtenidos a partir
de su introduccin, pueden verse en el libro de GONZALO ANES:La Corona y la Amrica..., op. cit.;el co-
rrespondiente epgrafe de Las reformas indianas del Absolutismo Ilustrado de
CSPEDES DEL CASTILLO,
citado ms arriba; y la parte final del captulo Espaa y Amrica en el libro de John Lynch.
(40) LYNCH: pgs. 327-328, op. cit.
(41)
PAGDEN:
Liberty, Ilonour...,
op. cit.,
pg. 14.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO Y MONARQUA ABSOLUTA
ba reinar entre los hombres, es decir, constitua uno de los mbitos naturales para el
desarrollo de los potenciales humanos de sociabilidad (42).
En 1765 se aprobaron los primeros decretos para ampliar el nmero de puertos
con capacidad para comerciar con Amrica. La promulgacin del decreto de 1778
sancion un comercio libre y protegido (43). A pesar de que este nuevo conjunto
de medidas signific una abolicin del monopolio detentado hasta entonces por C-
diz, no implic una libertad plena de comercio, puesto que ste segua estando cir-
cunscrito a los puertos de la pennsula. La prohibicin de comerciar con pases ex-
tranjeros se mantuvo intacta y, adicionalmente, se endurecieron las medidas contra
el trfico ilegal.
Lo anterior denota que si bien los reformadores ilustrados estaban de acue rdo en
la necesidad de eliminar obstculos a los beneficios que traera consigo la persecu-
cin del inters personal, no conceban la conduccin de los asuntos econmicos al
margen de un cierto papel rector que corresponda al Estado (44). Se fue asentando,
de esta forma, una determinada forma de ver la economa que vinculaba la accin de
Estado con la prosperidad y el bienestar de los individuos de acuerdo a criterios de
justicia distributiva (45). Esto fue lo que Bernardo Ward llam comercio polti-
co (46).
En esta misma lnea, Campomanes propuso impulsar el comercio con lo que,
como dijimos, abiertamente llamaba las colonias, pero manteniendo a un tiempo
un control sobre el intercambio. Como ha sealado Llombart en su estudio prelimi-
nar a la obra de Campomanes, junto con el clculo poltico y la idea de una organi-
zacin social basada en la ley natural, la nueva teora colonial rechazaba esquemas
previos de coercin monopolios para defender la necesidad de un desarrollo
colonial controlado, que propiciara un incremento de la demanda de manufactu-
ras espaolas en Amrica y la produccin de materias primas en los trminos ms
ventajosos posibles (47).
El miedo a los Estados Unidos
En 1787 el Conde de Floridablanca recoga en su Instruccin reservada los
pensamientos del propio Carlos III acerca de cmo deban conducirse los asuntos de
gobierno. Sus propuestas para mejorar la situacin en Amrica podran quedar resu-
midas en: los oficios pblicos deban ser ocupados por sujetos de probidad par-
(42) Ibidem.
(43) LYNCH: pg. 325, Ibidem.
(44)
MACLACHLAN:
op. cit.. pg. 93.
(45) ... an economic justificatio n... that linked the state to the prosterity and well bcing of indivi-
duis MacLachlan, op. cit., pg. 67.
(46) WARD: op. cit.. pg. 234.
(47) CAMPOMANES: op. cit., pgs. XXVI-XXVII.
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NOELIA
GONZLEZ A DNEZ
ticularmente los funcionarios de la hacienda deban someterse a rigurosos criterios
de transparencia en el desempeo de sus cargos; la exigencia de que se disciplina-
ra el clero (48); y de que se mantuviera la legislacin que en materia comercial cul-
min en el decreto de 1778.
Pero adems, Floridablanca sugera la adopcin de ciertas medidas destinadas a
asegurar la frontera norte, puesto que una vez producida la independencia de las Trece
Colonias, surgi el temor a que los recin creados Estados Unidos amenazaran la inte-
gridad territorial de las posesiones espaolas en Amrica. Una poltica de aislamiento
traera consigo un doble beneficio: no slo se podrn defender de enemigos aquellas
vastas e importantes regiones de la parte septentrional, sino que sern tenidos en suje-
cin los espritus inquietos y turbulentos de algunos habitantes (49).
Con esta misma preocupacin en mente, el Conde de Aranda elev su
Exposi-
cin al rey Don Carlos III sobre la conveniencia de crear reinos independientes en
Amrica
en 1783. Inmediatamente despus de firmar el acuerdo de paz con Inglate-
rra y proceder al reconocimiento de la independencia norteamericana, Aranda afir-
maba: la independencia de las colonias inglesas queda reconocida y ste es para m
un motivo de dolor y temor (50). Al igual que Floridablanca, Aranda presuma que
la ideologa revolucionaria que llev a las Trece Colonias a reclamar su indepen-
dencia, podra extenderse a las posesiones espaolas en Amrica del Sur. Otros fac-
tores que Aranda menciona como potenciales amenazas a la integridad territorial de
los dominios espaoles eran: la idea ampliamente aceptada de que la distancia entre
aquellas tierras y la madre patria haca insostenible el mantenimien to de los vnculos
imperiales por mucho ms tiempo (51); las dificultades para proveer a Amrica de
los recursos necesarios (socorros); los abusos cometidos por ciertos oficiales pbli-
cos;
la falta de coordinacin entre las decisiones adop tadas en la madre patria y las
necesidades a que deban darse satisfaccin en Am rica, dado el problema de la dis-
tancia (52).
Si adems tenemos en cuenta la Rebelin de Tpac Amaru en Per y de los Co-
muneros del Socorro en Nueva Granada, que inquiet los nimos no slo en la ma-
dre patria, sino tambin entre las mismas lites criollas entre los aos de 1780 y
1783,
se entiende la preocupacin de Aranda y la radicalidad de su propuesta (53).
(48) CONDE DE FLORIDABLANCA:Instruccin reservada que la Junta de estado creada formalmente
por mi decreto de este da 8 de julio de 1787, deber observar en todos los puntos y ramos encargados a
su conocimiento y examen, en Gobierno del Seor Rey Don Carlos III. editado por ANDRS MURIEL,
Madrid, 1839, pgs. 195-212.
(49)
Ibidem.,
pg. 225.
(50) CONDE DE ARANDA: Exposicin del Conde de Aranda al rey Don Carlos III sobre la conve-
niencia de crear reinos independientes en Am rica, enANDRS MURIEL,Historia de Ca rlos IV.tomo se-
gundo, BAE, volumen 115, Madrid, 1959, pg. 399.
(51) Jams han podido conservarse por mucho tiempo posesiones tan vastas, colocadas a tan gran
distancia de la metrpoli,
Ibidem.
(52) Ibidem.
(53) La rebelin complic la introduccin de reformas y tuvo una influencia notable en el conjunto
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LIBERALISMO. REPUBLICANISMO Y M ONARQUA ABSOLUTA
Aranda sugirilacreacin de tres reinos separadosenAm rica. Los tronos de-
ban ser ocupados por prncipesde laCasa Borbn,deforma que CarlosIIIsera
proclamado emperador. Deban firmarse acuerdos conlarama francesa de los B or-
bones,que garantizaranypusieranasalvaguardia el comercio con Am rica; permi-
tiendoalos franceses tomar p arte en l,en elreconocimiento de que Espaa no po -
da,por s sola, proveera lasAm ricasdetodos los recursos requeridos (54).
Para Aranda este plan permitira disfrutardetodas las ventajas que nosda la
posesindeAm ricasinningunode susinconvenientes (55).Dealguna forma,
Aranda pretendalarevitalizacin delavieja idea delaMonarqua como reinosfe-
derados para conciliaria con los nuevos objetivos;elsostenimiento de un intercam-
bio comercial altamente beneficioso paralaM onarqua,envirtud del cual Am rica
desempeaba,
defacto,
lafuncin de una colonia. Su plan implicaba adicionalm ente
la enajenacin de un territorio que, aproxim adam ente, se corresponda conelrecien-
temente creado Virreinato del Ro delaPlata, pueslaidea era formar una unidad te-
rritorial compacta ms resistente ante posibles amenazas externas (56). En definiti-
va,laidea de Aranda era preservar,acualquier precio,laintegridad de una Monar-
qua que, unos aos antes, haba descritoenlos siguientes trminos: La Coronase
componededos porciones,la deEuropay la deAm rica;y tan vasallos son unos
como otros.Elmonarcaesuno soloy elgobiernohade ser unoen loprincipal, de-
jando nicamente las diferencias para las circunstancias territoriales queloexigie-
ran (57). Com o vem os,laidea delaMonarqua compuesta por los territoriosaam -
bos lados del Atlntico se aade, en sntesis com pleja,a lanecesidad de transformar
las posesiones espaolasenAm ricaencolonias,almenosa efectos comerciales,
con toda lacargadesubordinacin queello implica.
Las razones por las cuales
el
plan de Aranda fue rechazado fueron bsicamente
dos.
Primero, Carlos
III no
poda renunciar
a
territorios que eran patrimonio
de la
Corona. Incluso
si
los reinos fueran
a
ser gobernados por prncipes de
la
Casa Bor-
bn, su creacin equivala, de alguna forma,
a
una concesin de indepen dencia, algo
que
ni
Carlos
III ni
sus m inistros estaban dispuestos
a
aceptar. En segundo lugar,
el
plan
de
Aranda contravena
la
poltica seguida hasta en tonces,
de
mayor control
y
presencia
de la
Corona
y sus
agentes
en
Am rica.
de los dominios.Apesar de qu efuefinalmente suprimida, m ostr que M adrid no tena un control pleno
sobrelasituacin en Am rica. JAIME E.RODRGUEZO.,La Independencia de la Amrica Espaola,FCE,
Mxico, 1996, pgs. 40-41.
54) ARANDA: p. 400, op. cit.
(55) Ibidem, pg. 401.
(56) Dentro del impulso reformista general hay que ver la creacin de nuevas divisiones administra-
tivas en A mrica. En 1776 se creelvirreinato del Ro delaPlata, en 1777lacapitana general de Vene-
zuelay en 1778 la deChile.
(57) EnelPlan de gobierno para el Prncipe que Aranda en vi desde Pars al Principe de Asturias
en 1781. Citado por
JOAQUINOLTRA
y
MARIANGELES PREZSAMPER:El Conde de Aranda y los Estados
Unidos,
PPU, Barcelona, 1987, pg. 233.
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NOELIA GONZLEZ ADNEZ
La permanencia de la integridad de los territorios americanos fue tan im portante
para Ca rlos III com o para su sucesor. Godoy, en sus
Mem orias,
sealaba que uno de
los grandes logros de Carlos IV haba sido el mantenimiento de sus posesiones en
Amrica: Carlos IV, en el siglo ms plagado de trastornos y turbaciones que ofre-
ci la Edad Moderna, fuerte contra todos los embates de una larga guerra encarniza-
da, a dos y tres mil leguas de su asiento, conserv en paz e intacta, mientras tuvo el
cetro,
la soberbia herencia de las Indias espaolas que le dejaron sus mayores (58).
Dos dcadas despus del plan de Aranda, Godoy hizo una nueva propuesta que
comprenda el envo de infantes espaoles a Amrica en el lugar de virreyes. stos
deban ser acompaados por ministros responsables y un senado compuesto a par-
tes iguales por peninsulares y am ericanos deba crearse para el conjunto de las pose-
siones. De manera que Godoy reclamaba la reincorporacin de los criollos al go-
bierno de los asuntos americanos. La idea de que su exclusin haba producido un
descontento que poda dar lugar, como ocurriera en el caso de las Trece Colonias, a
una revolucin y consiguiente secesin de los territorios americanos, se haca inso-
portable al Prncipe de la Paz. El acercamiento del Rey a sus subditos en Amrica y
la incorporacin de los mismos a la gestin poltica y administrativa, fueron percibi-
dos como elementos que podran evitar una posible catstrofe.
Godoy acus a Aranda de haber sido influido por los franceses y present su
propio proyecto como espaol enteramente (59). Justific el carcter patritico
de su propuesta sobre la base de que sta no contemplaba la enajenacin de territo-
rios de la Monarqua. Su deseo era recuperar la confianza de los americanos acer-
cando la Corona a sus subditos, no hacer concesiones que tendran por nicos bene-
ficiarios a potencias extranjeras.
LAS BASES FILOSFICAS DE LAS REFORMAS CAROLINAS EN AMRICA
Como hemos visto, la centralizacin, el regalismo, la exigencia de una gestin
transparente en el desempeo de los cargos pblicos, es decir, la introduccin de cri-
terios de eficacia y utilidad, son todos ellos elemen tos que estn presentes en las re-
flexiones que originan, de una u otra forma, las reformas Carolinas en Amrica. La
nueva visin que se tiene de cul debe ser el objetivo de la Monarqua respecto de
los territorios americanos; lograr su preservacin y hacerlos provechosos desde un
punto de vista econmico, es el punto de partida desde el que se estructura un dis-
curso destinado a promover la gestin eficaz de las posesiones americanas.
Por tanto, el espritu de reforma que acompa la adopcin de las nuevas medi-
das,
as como el tono critico de la reflexin que las produjo, son sin duda rasgos pro-
pios de lo que ms arriba calificamos de liberalismo en su fase ilustrada. Ahora bien,
(58 ) M. GODOY: Memorias del Principe de la Paz, BAE, volumen 88, tomo I, Madrid, 1965,
pg. 418.
(59) Ibidem, pg. 420.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO
MONARQUA ABSOLUTA
la formaencmo reforma
y
crtica
se
sustanciaron
en
polticas concretas parece,
en
muchas ocasiones, contravenir ciertos supuestos propios
de
aquella corriente
de
pensamiento. Ello
no
entraa
una
contradiccin
si
consideramos,
con
H.
M.
Scott,
que
la
Ilustracin debe verse como
un
marco intelectual amplio
a
partirdelcual
se
adoptan determinadas reformas,
no
como
la
fuente directa
de
medidas particula-
res60).
En
la
reflexin
en
torno
a
medidas concretas ocurreque,junto
a las
nuevas
ideas, aparecen planteamientosdeotro tipo.
En
elcasodeEspaa, comohasoste-
nido MacLachlan:Elescolasticismo ,en susprincipales v ariaciones, contina sien-
do influyente
a lo
largodelreinadodeCarlosIII.Como consecuencia, m ientrasque
los oficiales aceptan mtodos tradicionales
en
determinadas reas, emplean otros
ms innovadores cuando les esposible
61).
En
uno
de
los
aspectos
en
los que ms
claramente
se
aprecia
la
pervivencia
de
esos esquemas tradicionales
es en el
econmico.Yavimosque
la
libertad
de
co-
mercio,una exigencia lgicamente derivada
de los
planteamientosdel liberalismo
ilustrado,se veatemperadapor
la
necesidadde que
el
Estado intervenga activamen-
te
en la
regulacin
de
lasactividades productivas
y
com erciales.Lanocin clsica
de justicia distributiva, vinculada
al
planteamiento neoescoltico-republicano
que
prioriza
el
logrodelbien comn sobre
la
consecucindeintereses ind ividuales,
se antepone
a
lashipotticas ventajasde unutilitarismoque, en
lo
econmico, puede
generar grandes desigualdadesy,sobre todo,noreportaralEstado unos beneficios
proporcionales.
Un
Estado poderoso,
con
recursos suficientes como para enfrentar
desafios externos, segua siendo
una
prioridad fundamental 62).
La idea ilustrada
de la
natural armona
en las
relaciones humanas tardaraan
mucho tiempoencalaren lasmentalidadesde losgobernantes. Elloes as nosloen
Espaa, sino tambin
en
otros lugares
de
Europa, como demuestra
el
hecho
de
que
estos planteamientos tienenunanotable correspondenc iacon lo quepara
el
casoale-
mn
se
hallamado cameralism,enrelacin
a
undeterminado corpusdeideaseco-
nmicasqueenfatizaban
la
primaca
de la
riquezadelEstado
y el
bienestar
de sus
subditos como objetivos centralesen laaccindegobierno (63).EnAlemania,la
pervivencia
de
planteamientos previos
a los
especficamen te ilustrados
se
aprecia
adicionalmenteen
la
vigenciadeliusnaturalismo desarrollado
a lo
largode
la
centu-
ria anterior
al
setecientosporpensadores como Pufendorfo
Wolff.La
legitimacin
delaautoridad real sob relabase
de
ideas com oelpatrimon ialismoy elderecho
di-
vino,es
sustituidapor unconceptodepactoqueimplica
la
aparicindeciertas obli-
60) H. M.
SCOTT:
Introduction, pg. 17,
op. cit.
61) MACLACHLAN: pg. 72, op. cit.
(62) Comohadicho
H. M.SCOTT:El
competitivo sistema
de
Estadosen elcual operaban
las po-
tencias europeas, requeraelmantenimientodeejrcitos poderosos,asicomode
una
adm inistraciny
unos sistemas fiscales eficaces
que
pudieran gestionar
su
coste. Estas prioridades condicionaron enorme-
mente ladireccin queseguira el reformismo ilustrado,pg.2,Introduction, op. cit.
63) H. M. SCOTT: Introduction, pg. 18, en SCOTT, op. cit.
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N0EL1A GONZLEZ ADNEZ
gaciones por parte del monarca el respeto a la ley y el fomento de la prosperidad
de sus subditos y del reconocimiento y asignacin de ciertos derechos a los gober-
nados (64).
En definitiva y como ya advirtiera Jos Antonio Maravall, existe una conexin
fundamental entre las exigencias ilustradas de uniformidad, la justificacin del
poder absoluto del rey, y la consecucin de un tipo de bien com n qu e califica de
expresin escolstica, bien alejada de su originaria significacin (65). Si, efecti-
vamente, el concepto bien comn ya no tiene durante la Ilustracin el mismo sig-
nificado que adquiriera con la neoescolstica, su dbito con la forma original de en-
focar la cuestin es indudable. El propio Maravall reconoce en algn momento que
el sentimiento ilustrado de solidaridad procede de la tradicin cristiana, revigoriza-
da, posiblemente, por los grupos sociales que promueven la Ilustracin, crendose,
de esta forma, una teora de la felicidad pblica que no es sino una adaptacin al
lenguaje y la mentalidad individualista y utilitarista de la nocin clsica del bien
com n (6 6). Desde esta perspectiva, es posible sos tener la vigencia en el siglo xvm
de una idea del bien comn que rebasa claramente los intereses egostas de los es-
tamentos p rivilegiados en la sociedad del Antiguo R gimen (67).
Todos estos elementos aclaran la relacin entre el absolutismo como proyecto
poltico y la ilustracin como movimiento cultural, en lnea con lo expresado por
Henshall en el libro que comentbamos al principio de este artculo. La Ilustracin,
inicialmente, potencia ciertos valores liberales com o son la utilidad y la inclusin de
criterios de racionalidad en la gestin poltica; presentando, de esta forma, una di-
mensin crtica y otra constructiva y poniendo de manifiesto la existencia de valores
asignables al liberalismo en su vertiente procedimental (68). Hacia la segunda mi-
tad del setecientos la cristalizacin de estos valores slo parece pos ible por medio de
la homogeneizacin administrativa y la centralizacin de las tareas de gobierno. No
obstante, junto al imperativo de la utilidad, perviven ciertas exig encias, en el caso de
Espaa, asociadas fundamentalmente a la idea de que el rey, cabeza del E stado, debe
(64)
Ibidem,
pg. 19.
(65) La frmula poltica del despotismo ilustrado, pgs. 455- 457, en
JOS ANTONIO MARAVALL:
Estudios de la historia del pensamiento espaol (siglo XVIII),
Mondadori, Madrid, 1991. Prlogo de
CARMEN IGLESIAS,
en Espritu burgus y principio de inters personal en la Ilustracin espaola
MARAVALL
sostuvo: Se ha querido presentar el Siglo de las Luces... bajo la imagen del individualismo
de mera sociedad , por tanto, no comu nitario; esto es, la etapa en que reinara el individuo inso lidario,
reducido a una unin mecnica con los dems. Creo que, en todo caso, estara ms cerca de esto el siglo
anterior, en Estudios... ibidem. pg. 255.
(66)
Ibidem,
pg. 264.
(67)
FRANCISCO SNCHEZ-BLANCO PARODY: Europa y el pensamiento espaol del siglo
XVIII,
Alianza Editorial, Madrid, 1991, pg. 352.
(68) En
LESTER
G.
CROCKER:
Interpreting thc Enlightenmcnt: A Political Approach, pg. 211, en
Journal ofthe History of Ideas,
volume XLVI, number 2 , april-june 1985. Con crtico,
CROCKER
alude a
la denuncia de abusos y a las propuestas d e cambio destinadas a su eliminacin; con constructivo remite a
teoras polticas generales cuyo fin es contribuir al logro de una sociedad mejon>.
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LIBERALISMO REPUBLICANISMO Y M ONARQUA ABSOLUTA
garantizar el bienestar de sus subditos. El utilitarismo liberal, por tanto, incorpora y
renueva las exigencias comunitaristas y pactistas de la tradicin neoescolstica de
gobierno. Respecto de un personaje concreto, Campomanes uno de los campeo-
nes indiscutidos del absolutismo en Espaa, nos dice Concepcin de Castro: ... es-
taba dispuesto a aceptar la teora tomista contractual del origen del poder, recurrir a
ella para defender las regalas de la corona en cuanto partes del contenido de los
pactos entre el pueblo y el soberano... (69). Esta sntesis debiera alertar no slo so-
bre la convivencia de ideas clsicas y modernas, sino tambin sobre la combinacin
de ambas en la accin poltica. Campomanes, como fiscal del Consejo de Castilla,
es quizs quin mejor personifica una tensin que De Castro califica sin am bages de
contradiccin: Contradiccin... entre su empeo en fortalecer el Estado en lo
cual no haca sino seguir la tendencia general del siglo y el de mantener el poder
del Consejo de Castilla (70). Se entiende que, con relacin a Amrica, Campoma-
nes postulara una reconversin de tales territorios en colonias, cuya aportacin eco-
nmica contribuira al engrandecim iento de la Monarqua, es decir, al fortalecimien-
to del Estado. Mientras que, a un tiempo, reivindicaba la preservacin de las atribu-
ciones/poderes tradicionales del Consejo de Castilla.
Por otra parte, el enunciado de los planes de Aranda o Godoy, orientados a re-
convertir la Monarqua en una federacin de reinos, inspirados por el temor de
que lo ocurrido en las colonias inglesas se repita en la posesiones espaolas, a pesar
de no llevarse a la prctica, denotan la existencia de un cierto apego por una visin
clsica de la Monarqua, de inspiracin republicana, que enardece la idea de un pac-
to entre el rey y sus subditos, en virtud del cual aqul se comprome te a garantizar su
seguridad e intereses y stos prestan obediencia. Ms claramente se aprecia en el
plan de Godoy un intento por revitalizar la idea del pacto, al proponer nada menos
que la creacin de un senado en Amrica, compuesto a partes iguales por espaoles
peninsulares y americanos. De alguna man era, despus de la guerra n orteamericana
de independencia, se adverta que la creacin de relaciones internacionales estables
y de redes comerciales rentables precisaba de grandes dosis de magnanimidad.
Como ha sostenido Pagden: ... si la cultura era lo nico que ligaba la colonia a la
metrpoli, la manera correcta de interpretar dicha relacin no era sobre la base de la
dependencia, sino de la proteccin y el libre comercio; en definitiva, no un imperio
sino una confederacin (71). Los planes de Aranda y Godoy , por tanto, no son sino
el testimonio de que los planteamientos clsicos siguen vivos, aunque presenten un
semblante adaptado a los tiempos.
Es precisamente la vigencia de planteamientos de filiacin distinta a la liberal,
es decir, de inspiracin republicana, la que proporcionar a las ideas ilustradas el
(69) CONCEPCIN DE CASTRO: Campomanes. Estado y reformismo ilustrado. Alianza Universidad,
Madrid, 1996, pg. 218.
(70) Ibidem, pg. 319.
(71) A.PAODEN:Seores de todo el mundo. Ideologas del imperio en Espaa . Inglaterra y Francia
(en los siglos XVI, XVII y XVIII). Pennsula, Barcelona, 1997, pg. 243.
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NOELIA GONZLEZ ADNHZ
impulso que conducir a la extincin del antiguo rgimen y el establecimiento de
sistemas liberales. Es evidente, por ejemplo, en el caso de Inglaterra, donde el repu-
blicanismo en su variante anglosajona; la ideologa de los
commonwealthmen,
asentado en la conciencia de los grupos disidentes, proporcionar a stos un valioso
instrumento de batalla por la ampliacin del sistema parlamentario. Algo similar
ocurrira en Espaa, donde esta sntesis entre un liberalismo que concluir en la rei-
vindicacin de derechos de ciudadana y un republicanismo que exacerba la nocin
del pacto resultar, por medio de una revolucin, en la consagracin de un texto
constitucional en el que conviven una determinada nocin de la constitucin hist-
rica y el reconocim iento de la soberana nacional. Ahora bien, si la primera aluda a
los usos y costumbres po r medio de los cuales se haba regido la convivencia dentro
del espacio de la Monarqua hispnica (72), los territorios americanos debieran ha-
ber sido objeto, cuando menos, de una sesuda reflexin encaminada a reubicarles en
el interior de esa unidad poltica de acuerdo a las tradiciones de relativo autogo-
bierno cuya restauracin reclamaban los criollos. De la misma manera, si se hu-
biera incluido a todos los efectos a los americanos en la nacin cuyas loas se can-
taban, stos hubieran visto compensados los agravios padecidos en la segunda parte
de la centuria y que la Revolucin pareca consagrar. Ninguna de las dos cosas ocu-
rri y el resultado no fue otro que la independencia. No obstante, las aparentes in-
consecuencias del primer liberalismo espaol no deben ser juzgadas al margen del
contexto en el que se tomaron las decisiones polticas. De igual forma que los pro-
yectos de reforma bajo el reinado de C arlos III tienen su justificacin en las razones
que trataron de exponerse a lo largo de este artculo, las actitudes de los liberales ga-
ditanos merecen un anlisis que si no atene responsabilidades, al menos exp lique la
postura adop tada con relacin a Am rica, pero ese sera otro tema distinto al que m e
propuse tratar aqu.
(72) Jovellanos, quien llev a cabo una defensa encendida de la nocin de constitucin histrica
dira, desde su posicin de vocal de la Junta de Asturias: Espaa no lidia por los Borbones ni por los
Femando... Espaa lidia por su religin, por su constitucin, por sus leyes, sus costumbres, sus usos, en
una palabra, por su libertad.... Citado por JAVIER VRELA enJovellanos, Alianza Universidad, Madrid,
1989. Ntese la equivalencia establecida por el asturiano entre leyes tradicionales y libertad. Una lectura
literal de este tipo de planteamientos debiera haber reconocido que la participacin de los criollos en el
gobienmo de Amrica formaba parte de esas leyes tradicionales usos y costumbres; de forma que ne-
garles el disfrute de un cierto grado de poder equivaldra a negarles la libertad. Este argumento, de hecho,
es utilizado recurrentemente por los criollos en la primera fase de las revoluciones americanas de inde-
pendencia.
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