GOBIERNO D E L E S T A DO PODER EJECUTIVO NOVENA … · GOBIERNO D E L E S T A DO PODER EJECUTIVO...

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ORGANO DEL GOBIERNO ESTADO LIBRE Y CONSTITUCIONAL DEL SOBERANO DE OAXACA Registrado como artículo de segunda clase de fecha 23 de diciembre del año 1921 TOMO XCVII OAXACA DE JUAREZ, OAX., FEBRERO 14 DEL ANO 2015 G O B I E R N O D E L E S T A D O PODER EJECUTIVO NOVENA SECCIÓN SUMARIO SECRETARÍA DEL TRABAJO REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO

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ORGANO DEL GOBIERNO

ESTADO LIBRE Y

CONSTITUCIONAL DEL

SOBERANO DE OAXACA

Registrado com o artículo de segunda clase de fecha 23 de d ic iem bre del año 1921

TOMOXCVII OAXACA DE JUAREZ, OAX., FEBRERO 14 DEL ANO 2015

G O B I E R N O D E L E S T A DO PODER EJECUTIVO NOVENA SECCIÓN

SUMARIO

SECRETARÍA DEL TRABAJO

REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO

Silvanito
Resaltado

2 NOVENA SECCIÓN SÁBADO ±4 DE FEBRERO DEL ANO 2015

W i'XJOBIERfiO DEL ESTADO

DEOAXACA

LICENCIADO GABINO CUÉ MONTEAGUDO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE LOS ARTÍCULOS 66, 80 FRACCIONES II Y X, 82 Y 84 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA; 1, 2, 3 FRACCION I, 15 PRIMER PARRAFO, 16, 24, 26 Y 39 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, Y

CONSIDERANDO

La actualización y redimensionamiento de la Administración Públicá Estatal hace necesaria una reestructuración integral del Poder Ejecutivo del Estado, para dotarlo de una organización que permita ejercer de manera eficaz y eficiente las facultades que le encomienda la Constitución y las diversas Leyes Estatales, así como las responsabilidades que debe asumir, derivada de Jos convenios suscritos con la federación.

Este Reglamento Interno es una expresión más de la voluntad del Ejecutivo def Estado, de dotar a las Dependencias de las herramientas necesarias para continuar mejorando su gestión y desempeño.

Las condiciones socioeconómicas prevalecientes en el Estado de Oaxaca, hacen necesaria la atención integral al Sector Laboral, para que exista un debido cumplimiento de las Leyes y Reglamentos relativos al Marco Normativo Laboral y una vigilancia estricta,dé la impartición de Justicia en la materia, de manera que así se pueda continuar realizando acciones con la finalidad de fomentar la generación de empleos formales de calidad, contando con instrumentos legales que mejoren el sistema de Gobierno en el Estado de Oaxaca. propósito establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016.

Que es importante reglamentar la Estructura Orgánica de la SETRAO; ya que esta tiene como característica esencia! ser la Dependencia normativa responsable de la vigilancia, observancia y aplicación de la Legislación en Materia Laboral, en el Estado.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales, el Ejecutivo del Estado a mi cargo ha tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DE LA SETRAO

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Las disposiciones de este ordenamiento son de observancia general y tienen por objeto reglamentar la organización, competencia y facultades de la SETRAO.

Artículo 2. La SETRAO, a través de sus Áreas Administrativas, planeará y conducirá las actividades conforme los objetivos, estrategias y programas establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo, con sujeción a la transparencia y honestidad que rige la Administración Pública Estatal y a las demás políticas establecidas por el Gobernador y que determíne las disposiciones normativas aplicables. ‘

Artículo 3. Para los efectos de este Reglamento Interno, se entenderá por:

I. Áreas Administrativas: Todas aquellas Subsecretarías, Direcciones,1Coordinaciones, Jefaturas de Unidad, de Departamento y demás que conforman la estructura interna de la Secretaria del Trabajo-

II. Asesores: A los asesores o asesoras de la SETRAO.

III. Coordinador: Al Coordinador o Coordinadora de las Coordinaciones que integran la SETRAO.

IV CSNEO: Coordinación del Servicio Nacional de Empleó Oaxaca de la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, la cual fungirá como la Oficina del Servicio Nacional del Empleo en el Estado;

V. CGSNE: Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo;

VI. Dependencias: Las Dependencias de la Administración.Pública Centralizada;

V il. Entidades: Las definidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dei Estado de Oaxaca y Ley de Entidades Paraestatales dei Estado de Oaxaca;

VIH. Gobernador: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca;

IX. ICÁPET: Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca;

X. JAESPE: Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes delEstado; v -

XI. Jefe(a)de Departamento: Al o la Titular de cada uno de los Departamentos de, la SETRAO;

XII Jefé(a)de Unidad; Al o la Titular de cada uná de las Unidades de la SETRAO;

XIII. JLCA: Junta Local de Conciliación y Arbitraje; V

XIV. Ley de Entidades: Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Oaxaca.

XV. Ley Orgánica: Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca:

XVI. Ley de Responsabilidades: Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca;

XVII. Régimen de transparencia: Ley de Transparencia y Acceso a la - Información Pública para el Estado de Oaxaca; Ley de Archivos del Estado de

Oaxaca y la Ley de Protección de Datos Personales dél Estado de Oaxaca.

XV!II. PACO: Programa de Apoyo a la Economía Social y Fomento Cooperativo en el Estado de Oaxaca

XIX. PAE: Programa de Apoyo al Empleo de la Coordinación General de! Servicio Nacional de Empleo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y operado por la Coordinación del Servicio Nacional de Empleo Oaxaca dé la SETRAO;

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XX. POA: Programa Operativo Anual, de la SETRAO y sus Coordinaciones;

XXI. Plan Estatal de Desarrollo: Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016

XXII. PRODET: Procuraduría para la Defensa del Trabajo, de la SETRAO;

XXIII. Reglamento: El Reglamento Interno de la SETRAO;

XXIV. Secretario(a): El o la titular de la SETRAO;

XXV. SETRAO: Secretaria del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca;

XXV!. Subsecretario: Subsecretario de! Trabajo de la SETRAO.

Articulo 4. Los titulares de las Áreas Administrativas, independientemente de las facultades inherentes a sus cargos, deberán informar a su superior jerárquico sobre el estado que guarda el área de su responsabilidad y de'los asuntos que se le encomienden.

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 3

TÍTULO SEGUNDO ORGANIZACIÓN DE LA SETRAO

CAPÍTULO ÚNICO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA SETRAO

Artículo 5. Para el ejercicio de las facultades y el despacho de los asuntos que le competen, la SETRAO contará con las Áreas Administrativas siguientes:

1. Secretario

1.0.0.0.1.Secretario particular1.0.0.1. Asesor1.0.0.2. Asesor1.0.1. Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional

• 1.0.2. Dirección Administrativa

1.0.0.0.2. Procuraduría para la Defensa del Trabajo1.0.0.3. Unidad Jurídica

1.1. Subsecretaría del Trabajo

1.1. í. Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo1.1.1.0.1. Departamento de Inspección Laboral y Previsión Social1.1.1.0.2. Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo1.11.0.3. Departamento de lo Sancionador y Contencioso1.1.1.0.4. Departamento.de Atención al Trabajador Migrante

1.1.2. Coordinación de Fomento a la Competitividad y Atención a los Factores de la Producción.

1.1.2.0.1. Departamento de Innovación Laboral y Empleabilidad 1.1.2.0 2. Departamento de Fomento al Cooperativismo y Empresas

Sociales1.1 2.0.3. Departamento de Estudios y Promoción de la Igualdad y

Equidad Laboral

1.1.3 Coordinación del Sen/icio Nacional de Empleo Oaxaca1.1.3.0.1. Departamento de Vinculación y Promoción Laboral1.1.3.0.2. Departamento de Atención a la Movilidad Laboral 1.1.3.0 3. Departamento de Apoyo a Iniciativas Ocupacionales1.1.3.0.4.Departamento Regional de Capacitación y Atención a! Empleo de Oaxaca de Juárez1.1.3.0.5. Departamento Regional de Capacitación y Atención al Empleo de San Juan Bautista Tuxtepéc1.1.3.0.6. Departamento Regional de Capacitación y Atención al Empleo de Salina Cruz1.1.3.0.7. Departamento Regional de Capacitación y Atención al Empleo de Huajuapan de León1.1.3.0.6. Departamento Regional de Capacitación y Atención a! Empleo de Puerto Escondido

Artículo 6. Además de fas Áreas Administrativas previstas en ia estructura orgánica autorizada, la SETRAO contará con el personal técnico y administrativo necesario para la debida atención y el mejor desempeño de las facultades, de acuerdo con el presupuesto autorizado.

TÍTULO TERCERO DE LAS FACULTADES

CAPÍTULO I DE LAS FACULTADES DEL SECRETARIO

Artículo 7. La representación, trámite y resolución de los asuntos de la SETRAO corresponden originalmente al Secretario, quien para la mejor atención y desarrollo de los mismos podrá conferir su desempeño a los servidores públicos subalternos, excepto aquéllos que por disposición legal, reglamentaria o por XV. acuerdo del Gobernador, deban ser ejecutadas directamente por él.

El Secretario podrá ejercer directamente, cualquiera de las faícultades de los titulares de las Áreas Administrativas qiie conforman la SETRAO, sin necesidad de acuerdo por escrito.

Si la Delegación de la atención de los asuntos a que se- refiere el primer párrafo del presente articulo tiene o puede tener efectos generales o contra terceros, el acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Artículo 8. La SETRAO contará con un Secretario, quien dependerá directamente del Gobernador y tendrá las siguientes facultades:

I. Coordina y evalúa la política pública en materia laboral en el Estado .de Oaxaca, de acuerdo a lo plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Federal del Trabajo, Reglamentos, Tratados, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, el Plan Estatal de Desarrollo y diversos ordenamientos jurídicos aplicables en él ámbito de su competencia;

II. Dirigir y evaluar las actividades de los órganos desconcentrados y descentralizados del sector laboral en el.Estado de Oaxaca así como las estrategias que «coadyuven al cumplimiento de los programas .de conformidad con los objetivos, metas y políticas que determine el Gobernador;

III. Proponer a la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, los proyectos de Leyes, Decretos, Reglamentos, Acuerdos y Convenios sobre asuntos de competencia de la SETRAO y de las Entidades agrupadas a su Sector, previo acuerdo y/o del Gobernador;

IV. Autorizar en ejercicio de las facultades los acuerdos, circulares, lineamientos, instructivos, manuales y demás ordenamientos que le faculten a la SETRAO y la Ley Orgánica en apego a las disposiciones legales;

V. Autorizar los manuales de organización, de procedimientos de la SETRAO;

VI. Nombrar a los Mandos Medios y Superiores de la SETRAO;

VII. Coordinar y decidir sobre la creación dé plazas, designación y remoción del personal y de apoyo de la SETRAO ,

VIII. Designar a las y los Inspectores del Trabajo;

IX. Representar a la SETRAO en los Comités, Consejos, Comisiones, Juntas .Directivas en Materia Laboral y designar quienes en cada caso representaran a la SETRAO en las Comisiones, Consejos, Congresos. Organizaciones, Entidades e Instituciones Nacionales e Internacionales en que participe la misma;

X. Otorgar Poder Genera! al Jefe(a) de la Unidad Jurídica o al Servidor Público adscrito que determine para representar a la SETRAO en los asuntos de carácter legal asimismo al Secretario;

XI’ Celebrar convenios específicos, marco de colaboración, y contratos con lasautoridades locales, Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, así como de los sectores público y privado, para el desarrollo y operación de las. acciones y programas del ámbito de competencia de la SETRAO;

Xli. Dirigir las estrategias necesarias para que los resultados de las acciones desarrolladas por la SETRAO a su cargo, se integren al Informe de Gobierno; ' .

XIII. Coordina el funcionamiento de la SETRAO y demás organismos descentralizados y desconcentrados que sean de su competencia:

XIV. Autorizar el POA, en virtud de que en él se establecen* de manera pormenorizada las acciones y/compromisos anuales para el cumplimiento de los programas;*

Conducir y vigilar el buen funcionamiento del presupuesto federal y estatal que recibe la SETRAO;

II: Planificar una adecuada distribución de competencias entre las AreasAdministrativas de la SETRAO y el Sector Laboral;

4 NOVENA SECCIÓN SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2045XVI. Ejecutar el presupuesto autorizado a las áreas administrativas que integran

la SETRAO, con basé a las necesidades de los programás establecidos en el anteproyecto de presupuesto de egresos, tomando en cuenta los principios de eficiencia, eficacia, efectividad y austeridad;

XVII. Vigilar el presupuesto, los recursos federales y estatales que se obtengan para los programas, subprogramas y acciones de la CSNEO.para su óptimo funcionamiento;

XVIJI. Coordina la observancia y la transparencia del PAE; ^

XIX. Presidir los Consejos y Comisiones dentro del ámbito de su competencia y de conformidad con las disposiciones normativas correspondientes;

XX. Resolver sobre la interpretación y aplicación del presente Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo, y;

XXI. Las demás que le señale el Gobernador y los ordenamientos Jurídicos aplicables.

CAPÍTULO»DE LAS FACULTADES DEL SECRETARIO PARTICULAR

Artículo 9. La SETRAO contará con un Secretario Particular, quien dependerá directamente del Secretario y tendrá las siguientes facultades;

I. Auxiliar al titular de la SETRAO y dar seguimiento a los compromisos institucionales, conforme a sus facultades;

II. Llevar el registro, control y archivo de correspondencia oficial deiSecretario; ,

III. Atender y resolver 'los asuntos específicos que sean sometidos a su consideración y;

IV. Las que le señale el Secretario y demás disposiciones normativas.aplicables.

CAPÍTULO III DE LAS FACULTADES DE LOS ASESORES

Artículo 10. Para la debida atención de los asuntos que requieran asesoríaespecifica, la SETRAO contará con los asesores que determine laestructura autorizada, quienes dependerán del Secretario y a quienes corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades.

I; Asesorar sobre los temas específicos que le sean solicitados por el , Secretario;

II. "Representar al Secretario, en reuniones y en otros eventos que traten temas relacionados de su competencia;

III. Mantener relaciones de cooperación e intercambio de información con las dependencias encargadas de la prestación de servicios legales y organizaciones y;

IV. Las que le señale el Secretario y demás disposiciones normativas aplicables,

CAPÍTULO IVDE LAS FACULTADES DE LA COORDIN ACfÓN DE PLAÑE ACIÓN

EVALUACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL

Artículo 11. La Coordinación de Planeación Evaluación y Enlace Institucional contará con un Coordinador, quien dependerá directamente del Secretario y tendrá las siguientes facultades:

I. Planear las acciones y alcances, de conformidad a los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo y evaluar para dar asistencia técnica y laboral;

III. Diseñar una lineación del presupuesto, las políticas públicas y sus programas con el gasto a través de mandatos congruentes con el Plan Estatal de Desarrollo;

IV. Elaborar, integrar y consolidar, los resultados que deriven de la aplicación' de proyectos y acciones en materia laboral; ,

V. Mantener permanentemente un. seguimiento, control y evaluación de las acciones y actividades realizadas de acuerdo a la señalado en el Plan Estatal de Desarrollo, Programa Sectorial y Programas Anuales de Trabajo de las diferentes Áreas Administrativas de la SETRAO, así como del seguimiento a los Organismos integrantes del Sector Laboral;

Vi. Controlar y vigilar' las acciones para transparentar la operación deiPrograma de Apoyo al Empleo en cada uno de los Subprogramas que io integran; ..

Vil. Vigilar y aprobar los programas de trabajo a cargo de las Coordinacionesde la SETRAO;

VIH. Coordinarse con la CSNEO y con la Dirección Administrativa de laSETRAO, para aprobar y ejecutar los programas y subprogramas establecidos por las reglas de operación y manuales-respectivos, emitidos por la CGSNE, perteneciente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

IX. Prever el alcance de los recursos y su posible agolpamiento entre las áreas administrativas que conforman la SETRAO, a fin de establecer prioridades y temporalidad de sus actividades,, así como la agrupación de acciones entre programas; '

X. Diseñar una línea de trabajo permanente entre el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Sectorial Laboral que tenga autorizado, para evaluar "y proyectar las metas sectoriales, así como inversión de programas y proyectos;

XI. Dar seguimiento e informar al Secretario en los asuntos que éste le encomiende, para el ejercicio eje las facultades previstas en la Ley

■ Orgánica;

XIí. Servir de Enlace Técnico entre la SETRAO y las demás Dependencias. de< Gobierno del Estado y de los diferentes niveles de Gobierno;

XIII Fungir como Secretario Técnico del Sector Laboral y asistir al Secretario con este carácter; .

XIV. Cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca y en e! Régimen de transparencia, y

XV. Las que le señale el Secretario y demás disposiciones normativas aplicables.

CAPÍTULO VDE LAS FACULTADES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Artículo 12. La Dirección Administrativa contará con un Director, el cualdependerá directamente del Secretario y tendrá las siguientes facultades:

l Diseñar las bases y lineamientos para la organización administrativa de laSETRAO y enviarlas al Secretario para su aprobación;

II. Organizar, dirigir y controlar, previo acuerdo con el Secretario, lasactividades administrativas qué desarrolla la SETRAO, con la finalidad de que todo funcione en óptimas condiciones;

MI. Desarrollar e implementar sistemas de control y evaluación para asegurar que los recursos asignados a los programas autorizados se utilicen con eficiencia;

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 5

IV. Representar al Secretario en temas de auditoría que la SETRAO esté sujeta;

V. Mantener un adecuado control en sus archivos activos, libros de contabilidad y en cualquier tipo de documentación contable de la SETRAO;

VI. Gestionar y dirigir el mecanismo para el manejó de archivos e información. que de acuerdo con el Régimen de transparencia, está obligado a

resguardar;

Vil.. Elaborar mensualmente los estados financieros de la SETRAO y el informe analítico relativo a la conclusión de cada ejercicio;

Víll. Dirigir y evaluar el sistema de contabilidad implementado en la SETRAO yen caso de ser necesario modificarlo y someterlo a aprobación deiSecretario;

IX. Supervisar que se apliquen las bases, lineamientos y procedimientos establecidos, con la finalidad de comprobar que el POA de la SETRAO. se elaboren y desarrollen de manera uniforme;

■X. Proponer al Secretario para su aprobación, el Anteproyecto de Presupuestode Egresos y el POA de la SETRAO, para su envío a la Secretaría de Finanzas; '

XI. Coordinar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros de ja SETRAO y sus coordinaciones dé manera óptima y transparente;

'XII. Supervisar, distribuir en su caso, ejecutar el recurso material, humano yfinanciero proveniente de la federación y del Estado para las coordinaciones de la SETRAO, de acuerdo con los lineamientos. reglas de operación y demás normativídad aplicable;

XIII. Dirigir la ejecución del presupuesto de los recursos federales y estatales, qué se obtengan para la CSNEO y su eficiente funcionamiento;

XIV. Aprobar los programas de trabajo a’ cargo de las Coordinaciones de la , SETRAO;

XV. Coordinarse con la CSNEO y con la Coordinación de PlaneadorEvaluación y Enlace Institucional de la SETRAO, para aprobar y ejecutar los programas y subprogramas establecidos por las reglas de operación y manuales respectivos, emitidos por la CGfeNE, perteneciente a la Secretaría del Trabajo.y Previsión Social;

XVI. Supervisar que el cierre presupuesta! y contable, los informescorrespondientes y estados financieros se elaboren oportuna y

- correctamente, para su presentación ante la Secretaría de Finanzas;

XVII. Ejecutar el control presupuesta!, así como implantar procedimientos que garanticen la correcta y transparente aplicación de los fondos públicos;

XVIII. Revisar qué las afectaciones, transferencias y recalendarizaciones presupuéstales solicitadas por las áreas administrativas de la SETRAO, se. efectúen conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaria de Finanzas;

XIX. Promover cursos de capacitación y actualización del Personal de laSETRAO;

XX. Coordinar previo acuerdo con el Secretario, la integración del Programa Anual de Adquisiciones de la SETRAO;

XXI. Programar previo acuerdo con el Secretario, las reuniones del Subcomité de Adquisiciones y Obra Pública, a fin de someter a su aprobación las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios;

XXII. Autorizar y vigilar el suministro de recursos materiales solicitados por las Áreas Administrativas de la SETRAO, de acuerdo con la programación establecida; asi como realizar la afectación presupuestal correspondiente;

XXIII. Autorizar la asignación, resguardo, uso, destino, mantenimiento de vehículos y transportes de la SETRAO;

XXIV. Evaluar y autorizar las adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios a la SETRAO, así como la documentación necesaria para realizar el pago, dentro de los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas;

XXV. Supervisar implementar el sistema de red de comunicación interna de datos en la SETRAO, así como su mantenimiento y actualización;

XXVI. Dirigir y coordinar la actualización, depuración, registro, control y consulta de los archivos de la SETRAO;

XXVII. Verificar la integración, actualización y control de los inventarios de bienes muebles asignados a la SETRAO, así como también todos los movimientos de altas y bajas e informarlo a la Secretaria de Finanzas y a la Secretaría de Administración;

XXVIII. Planear y dirigir las actividades relacionadas con el mantenimiento de las instalaciones, mobiliario y equipo de la SETRAO;

XXIX. Gestionar ante la Secretaría de Finanzas la autorización y enajenación de bienes muebles cuando sea necesario;

XXX. Supervisar y'dirigir el establecimiento de las medidas preventivas correspondientes al Programa de Protección Civil en la SETRAO. para prevenir contingencias;

XXXI. Resguardar, controlar la documentación contable y presupuesta!, que soporte y compruebe el ejercicio del gasto de la SETRAO, y

XXXII. Las que le confiera el Secretario y demás disposiciones normativas aplicables.

CAPITULO VI

DE LAS FACULTADES DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DEL TRABAJO

Artículo 13. La Procuraduría para la Defensa del Trabajo, contará con una o unprocurador quien dependerá directamente del Secretario y tendrá las siguientesfacultades:

I. Representar, resolver los asuntos que competan a la PRODET, ante las autoridades del Estado;

II Dirigir y Coordinar las funciones de esta Procuraduría, teniendo como principal objetivo procurar el equilibrio, entre las y los trabajadores, las y los patrones y sus beneficiarios y/o beneficiarías en el ámbito de competencia local;

III. Asesorar y representar a las y los trabajadores, sindicatos y/o sus beneficiarios y/o beneficiarías, ante las instancias laborales para hacer valer

-sus . derechos en caso de haber sido estos últimos degradados y/o violentados, considerados en el Apartado “A" del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

IV: Resolver las consultas respecto de los casos concretos que formulen las ylos trabajadores, o agrupaciones de trabajadores en la relación con los conflictos entre los factores de la producción;

V. _ Recibir de las y los trabajadores, sus sindicatos o a las o los beneficiarios,, las quejas por el incumplimiento o violación de las normas de trabajo y. de ser necesario citar a las y los patrones y sindicatos a juntas de avenimiento o conciliatorias apercibiéndolos que de no comparecer a las mencionadas diligencias, se les impondrán las medidas de apremio establecidas en ia Ley Federal del Trabajo vigente y las supletorias a ésta;

VI. Establecer medidas para prevenir y en su caso conciliar los conflictos obrero-patronales; proponiendo a las partes soluciones amistosas para el

6 NOVENA SECCIÓN SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015arreglo de sus conflictos o controversias laborales, mediante la celebración de convenios constatados en actas autorizadas;

Vil. Representar a las y los trabajadores, sus sindicatos o a las o losbeneficiarios siempre que los soliciten ante cualquier autoridad en cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo, ejercitando acciones, interponiendo recursos ordinarios, extraordinarios, especiales e incluso en Juicio de Amparo, hasta la total resolución de(; mismo o revocación del mandato en su caso; .

VIH. Proponer previo acuerdo de la o el Secretario, todas las medidas quetiendan a dar unidad, eficacia y rapidez a la acción de la PRODET para un mejor resultado ante los Tribunales del Trabajo;

IX. Supervisar que el personal de la PRODET cumpla con los reglamentos o disposiciones de la Ley Federal del Trabajó;

X. Expedir los informes que se le soliciten por autoridades o parte interesada.y ■

XI. Las que, le señale el Secretario y demás disposiciones normativasaplicables.

. CAPÍTULO VIIDE LAS FACULTADES DE LA UNIDAD JURÍDICA

Artículo 14. La Unidad Jurídica contará con un Jefe(a) de Unidad, quiendependerá directamente del Secretario; y tendrá las siguientes facultades:

). Representar legalmente al Secretario y a la SETRAO, ante ios órganosJurisdiccionales o contenciosos administrativos o de otra naturaleza, jurídica en los procedimientos de cualquier índole cuando se requiera siT intervención;

II. Formular a nombre de la SETRAO, las denuncias y querellas quelegalmente procedan, así como desistirse y otorgar el perdón en aquellos delitos que se persigan a petición de parte, previo acuerdo del Secretario,

III Presentar demandas o contestarlas, reconvenir a la contraparte, ejercitaracciones y oponer excepciones, así como ofrecer pruebas, formularalegatos, > absolver posiciones', interponer toda clase de recursos y en general, vigilar y atender la tramitación de los procedimientos contenciosos y en aquellos asuntos en los que la SETRAO sea parte;

IV.* Intervenir en los juicios de amparo en los que forme parte la SETRAO y que no provengan de las Inspecciones realizadas por la. Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo, se deberá rendir los informes correspondientes, orientando a las áreas administrativas que cumplan con las resoluciones que en ellos se pronuncien, e informando al superior jerárquico;

V. Autorizar al personal de la Unidad Jurídica para que realicen promociones, concurran a las audiencias, rindan pruebas, formulen alegatos, promuevan los incidentes e interpongan los recursos en términos de ley;

VI. Proporcionar asesoría legal al personal de la SETRAO, en los asuntos desu competencia; *

VII. Auxiliar sobre las consultas que en la materia formulen los integrantes de la SETRAO con motivo del desempeño de sus funciones, asi como fijar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas que normen su procedimiento;

VIII. Requerir a las Áreas Administrativas la documentación e ' información necesarias para el cumplimiento de las facultades;

IX. Elaborar proyectos de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares,manuales, convenios y. contratos, relacionados con la competencia de ia SETRAO, así como emitir opiniones sobre aquellos que le sean sometidos a su consideración;

X. Compilar y sistematizar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos federales, estatales y municipales y particularmente, las normas relacionadas con la competencia de la SETRAO;

XI. Realizar proyectos de convenios específicos, marco de colaboración, y contratos a celebrarse con las autoridades locales, Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, así

• como de los sectores público y privado, para el desarrollo y operación de las acciones y programas del ámbito de competencia de la SETRAO;

XII. Registrar y controlar los convenios, acuerdos y demás actos Jurídicos dé los que se generen derechos y obligaciones a cargo de la SETRAO;

XIII. Ser el Titular de la Unidad de Enlace y Acceso a la Información, en términos dei Régimen de transparencia;

XIV. Certificar las copias de documentos que obren en esta Unidad Jurídica y en la SETRAO con motivo del ejercicio de sus facultades;

XV. Mantener permanentemente informado al Secretario, respecto de los , asuntos y actividades realizadas por el área a su cargo, y

XVI. Las que le señale el Secretario y demás disposiciones normativas aplicables.

CAPÍTULO VIHDE LAS FACULTADES DE LA SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO

Artículo 15. La Subsecretaría del Trabajo contará con una o un Subsecretario, quien dependerá directamente del Secretario y tendrá las siguientes facultades:

I. Ejercer las funciones que el Secretario le delegue, así como representarlo ante las Dependencias, Entidades y en los actos que este determíne, manteniéndolo informado sobre la ejecución y desarrollo dé sus actividades;

II. Coordinar y organizar con el Secretario sobre los asuntos relevantes de las Áreas Administrativas a su cargo y los que le hayan sido delegados;

III. Organizar y evaluar el funcionamiento de las Coordinaciones y las Áreas Administrativas que se le adscriban, de acuerdo con las disposiciones aplicables, el presente Reglamento, con los lineamientos que fije el Secretario y los requerimientos técnicos de la función correspondiente,

IV Acordar con el Secretario ja atención de los programas y el despacho de losasuntos que estén bajo su responsabilidad;

V. Proponer al Secretario, las políticas en materia de empleo, autoempléo y Capacitación laboral, así como, dirigir los programas de actividades que se deriven de los Acuerdos y Convenios de Coordinación que se establezcan para tal efecto;' . '

VI. Establecer y coordinar las acciones laborales encomendadas a su cargo ylos mecanismos de integración e interrelación que propicien, en los niveles internos y externos, según sea el caso; conforme a las disposiciones legales aplicables;

Vil Autorizar los acuerdos administrativos y documentos relativos ai ejercicio desus facultades, asi como aquellos que sean señalados por delegación o les corresponda por suplencia;

VIII. Ejecutar las acciones y procedimientos que en materia de empleo/ autoempleo y capacitación laboral, le correspondan;

IX. Planear y evaluar el funcionamiento de ios programas y proyectos que aésta Subsecretaría le corresponde;

X Coordinar las acciones de-vigilancia asi como auxiliara las autoridadesfederales, en materia de capacitación y adiestramiento y de seguridad ehigiene en los centros de trabajo de circunscripción local;

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 7XI. Supervisar los acuerdos que se celebren y recomendaciones que se

generen en las JLCA para coadyuvar a la aplicación eficiente de la justicia laboral;

XII Coordinar y dirigir las inspecciones de trabajo en los establecimientos dejurisdicción local;

XIII. Otorgar información que le sea requerida por otras Dependencias o Entidades, previo acuerdo con el Secretario;

XIV. Las demás que le confiera el Secretario y las que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

CAPÍTULO IXDE LAS FACULTADES DE LA COORDINACIÓN DE NORMATIVIDAD E

INSPECCIÓN DEL TRABAJO

Artículo 16. La Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo, contará con un Coordinador quien dependerá directamente del Subsecretario y tendrá las siguientes facultades:

I. Representar y ejercer a nombre de la SETRAO en los temas de inspección, migración, seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo, desarrollo, igualdad y equidad laboral en el territorio del Estado;

II. Coordinar, actividades con las demás Coordinaciones y Áreas Administrativas, cuando así se requiera para un adecuado funcionamiento de la SETRAO;

íll. Verificar que en los asuntos de su competencia se dé cumplimiento a los ordenamientos legales y a las disposiciones administrativas que resulten aplicables;

IV. Desempeñar las funciones y comisiones oficiales que sus superiores !e deleguen y encomienden;

V. Supervisar en los centros de trabajo el cumplimiento de las normas de trabajo contenidas en la Constitución Política de los Estados- Unidos Mexicanos, Ley Federal del Trabajo, Tratados y Normas Oficiales Mexicanas en materia laboral, la Ley Orgánica, otras Leyes y Reglamentos, así como ios Decretos, acuerdos e instructivos, convenios, acuerdos y contratos de trabajo así como en todas aquellas disposiciones dictadas por la SETRAO en ejercicio de sus facultades;

VI. Proporcionar información, técnica a las y los trabajadores y a las y Jos patrones que lo requieran sobre la manera más efectiva de cumplir con las normas de trabajo, de previsión social y las contractuales de carácter laboral, así como procurar la obtención por parte de los patrones de promesas de cumplimiento en materia de seguridad y salud en el trabajo;

Vil. Definir las estrategias para propiciar que los centros de trabajo cuenten con las condiciones y medio ambiente laboral que prevengan los riesgos de trabajo, con la participación que corresponda a otras Áreas Administrativas de la SETRAO;

VIII. Coordinar,, dirigir, planificar y verificar las inspecciones en los lugares o centros de trabajo en jurisdicción estatal;

IX. Firmar y notificar los acuerdos de trámites y resoluciones que emitan dentro de su competencia, con fundamento en las facultades que le correspondan y acreditar la personalidad jurídica de ios inspectores;

X. Programar y ordenar, las visitas a los centros de trabajo de competencia Estatal, para verificar el cumplimiento de la normatividad laboral;

XI. Informar en coordinación con la Unidad Jurídica a las autoridades competentes las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que se obsérve en las empresas y establecimientos;

XII. Asesorar y vigilar a los patrones sujetos de inspección laboral, a fin de que contribuyan al fomento de las actividades educativas, culturales y deportivas

entre sus trabajadores y/o trabajadoras y proporcionen a éstos los equipos y útiles indispensables para el desarrollo de tales actividades;

XIII. Certificar, por medio de inspectores dei trabajo, los padrones r relacionados con las elecciones de representantes obreros y patronales ante

la JLCA;

XIV. . ■ Emitir las reglas generales y dar seguimiento a los compromisos que se adquieran en los convenios de coordinación que en materia de inspección se celebren con las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal, relacionados con la capacitación y adiestramiento de los trabajadores y la seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo;

XV. Proteger en el ámbito de su competencia local, el trabajo de los mayores de catorce y menores de v dieciséis años expidiendo los permisos correspondientes previo cumplimiento a la Constitución Política de los, Estados Unidos Mexicanos y la Ley# Federal del Trabajo;

XVI. Supervisar y vigilar el cumplimiento de las restricciones al o: del .trabajo de las y los menores, para contribuir a erradicar el trabajo infantil en e!Estado de Oaxaca y aplicar previo acuerdo con el Secretario, políticas públicas para combatir la explotación del trabajo infantil ,

XVII. Coordinar, Inspeccionar y vigilar el exacto cumplimiento a las Normas Oficiales.Mexicanas en materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el trabajo en empresas de competencia estatal;

XVIII. Diseñar, planear, coordinar, difundir y evaluar programa^ y campañas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el trabajo; *

XIX. Promover el funcionamiento de las comisiones de Seguridad e Higiene en los1 centros de trabajo de competencia estatal, así como de los servicios preventivos establecidos por la normatividad de la materia;

XX. Supervisar y evaluar los programas que se ejecuten y lleven a cabo susÁreas Administrativas; -

XXI. Resolver las consultas que le sean formuladas en el ámbito de sucompetencia; .

XXII. Promover la celebración de los instrumentos de colaboración con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y de coordinación con otras Entidades Federativas, en materia de Seguridad, Higiene y medio ambiente en el trabajo;

XXIII. Coordinar los Consejos y Comisiones que presida el Secretario, aun por suplencia, dentro del ámbito de su competencia y de conformidad don las disposiciones normativas correspondientes,

XXIV. Dar continuidad, seguimiento y cumplimiento a los convenios relacionados con esta Coordinación y que han sido celebrados por la SETRAO, y

XXV Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Articulo 17. La Coordinación de Normatividad é Inspección del Trabajo, para el cumplimiento de sus facultades a que se refiere el articulo anterior, se auxiliará de! Departamento de Inspección Laboral y Previsión Social, Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, Departamento de lo Sancionadpr y Contencioso y del Departamento de Atención al Trabajador Migrante.

Artículo 18. El Departamento de Inspección Laboral y Previsión Social, contará con un Jefe(a) de Departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo, y tendrá las siguientes facultades:

I. Visitar e inspeccionar los centros de trabajo y aquellos lugares dedicados a la colocación de trabajadores, sin importar la denominación que estos sean de competencia estatal;

I!. Vigilar el cumplimiento de las normas establecidas para la capacitación, procesamiento . .análisis y difusión de la información estadística laboral:

III. Supervisar el cumplimento de las obligaciones patronales derivadas de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social; Sistema de Ahorro para e! Retiro; Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para ios Trabajadores;

IV. Integrar la base de datos de los centros de trabajo de competencia Local;

V. Proporcionar información técnica y asesoría Jurídica a los trabajadores v a'los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir con las normas de trabajo; -

VI. Coordinar y vigilar el debido cumplimiento de las funciones de las y los inspectores locales del trabajo; .

VII. Informar a la Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo sobre las deficiencias y violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos del ámbito local para lo legalmente VI. procedente;

VIII. Remitir al departamento de lo sancionador y contencioso de la SETRAO. los formatos, actas, notificaciones, citatorios, verificaciones y todos los elementos técnicos, jurídicos y demás, que se hayan utilizado, realizado y generado en las visitas de inspección para el dictamen respectivo;

•IX. Documentar, • clasificar, actualizar y emitir la información relativa en suámbito de competencia, y que solicite la Unidad de Enlace de la SETRAO. v ,{1 para ía aplicación del Régimen de transparencia y;

X. Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y leconfiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Artículo 19. El Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, contará con unJefe(a) de Departamento, quien dependerá directamente dé la Coordinación deNormatividad e Inspección del Trabajo y tendrá las siguientes facultades:

I. Vigilar las medidas sobre Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el trabajo en los centros de trabajo sujetos de la inspección laboral;

II. Verificar el exacto cumplimiento a las normas oficiales mexicanas en materia de Seguridad, Higiene y medio ambiente en el trabajo en empresas de competencia estatal, en Coordinación con el Departamento de- inspección Laboral y Previsión Social de esta SETRAO;

III. Evaluar los sistemas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, en Coordinación con el Departamento de Inspección Laboral y-Previsión Social;

IV. Gestionar, desarrollar y convenir acciones con instituciones públicas y privadas, en materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo;

V. Supervisar la integración en las empresas de las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento y de Seguridad e Higiene, informando a la Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo y al Secretario de dichas actividades;

VI. Constatar en los centros de trabajo, el cumplimiento de la normatividad y Programa Anual de Verificación en materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en e trabajo, en Coordinación con el Departamento de Inspección Laboral y Previsión Social; y

VII. Laé que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y !e vil . confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Artículo 20. El Departamento de lo Sancionador y Contencioso, contará con unJefe de Departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación deNormatividad e Inspección del Trabajo y tendrá las siguientes facultades:

I. Recibir el dictamen y el expediente que lo fundamenta del Departamento de Inspección Laboral y Previsión Social para iniciar con el procedimiento administrativo sancionador;

II. Recibir y contestar los recursos interpuestos, con motivo de las visitas de inspección, ante las autoridades competentes;

III. Elaborar los proyectos de resolución, de conformidad con las normas laborales vigentes;

IV. Verificar que las sanciones que se impongan a los infractores, cumplan con lo establecido en las regulaciones laborales respectivas;

V Informar a la autoridad competente, previo acuerdo con la Unidad Jurídica,sobre la posible comisión de un delito cuando este, se desprenda del contenido de las actuaciones respectivas;

Intervenir en los juicios de amparo en los que forme parte la Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo, sobre todo que provengan de inspecciones, se deberá rendir los informes correspondientes, obligándose a cumplir con las resoluciones que en ellos.se pronuncien, informando a ía Unidad Jurídica y su superior jerárquico;

VII. Proporcionar a las autoridades respectivas, las copias necesarias de lasresoluciones para el debido cumplimiento de las multas o sanciones que se deriven del proceso de inspección;

Concluir con el procedimiento administrativo, aplicando la sanción correspondiente o turnando el expediente para archivo en la serie documental de la Coordinación de Normatividad e Inspección del Trabajo, respetando el orden riguroso de tramitación;

IX. Compendiar Jos montos enterados a la Secretaria de Finanzas, por sanciones pecuniarias impuestas; y

X. Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y Je confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Artículo 21. El Departamento de Atención al Trabajador Migrante, contará con unJefe de Departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación deNormatividad e Inspección del Trabajo y tendrá las siguientes facultades: .,

L Elaborar registros estadísticos desagregados, respecto de trabajadoresmigrantes,-con indicadorés en los productos y servicios que presta la SETRAO ala comunidad;

H. Realizar estudios generales y comparativos sobre el comportamiento yevolución de los fenómenos laborales y sobre la participación deí movimiento obrero en el desarrollo del Estado; de aquellas acciones'que mejoren las condiciones laborales de las y los trabajadores migrantes;

III. Coadyuvar en la definición de perfiles laborales para implementar estrategias de promoción de las acreditaciones y certificaciones laborales correspondientes a fin de incrementar la productividad laboral en dichas actividades;

IV. Compilar Leyes y Reglamentos en materia de migración y movilidad laboral;

V. Promover la realización de foros y talleres de análisis sobre trabajadores migrantes y movilidad laboral en general;

VI. Difundir entre los empleadores loeales de trabajadores migrantes, !a equidad y la no discriminación, tanto en la oferta de empleos como en !a estabilidad,, remuneración y desarrollo laboral, así como, vigilar la observancia de tales principios;

Fungir como enlace en materia de movilidad laboral ante otras instituciones y/o Dependencias públicas;

8 NOVENA SECCIÓN SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 9

VIH, Orientar a las y los trabajadores migrantes que soliciten atención, en caso xvl de discriminación laboral; y

IX, Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

CAPÍTULO X XVIIIDE LAS FACULTADES DE LA COORDINACIÓN DE FOMENTO A LA

COMPETIVIDAD Y ATENCIÓN A LOS FACTORES DE LA PRODUCCIÓNXIX.

Artículo 22. La Coordinación de Fomento a la Competitividad y Atención a losXXFactores de la Producción, contará con un Coordinador, quien dependerá

directamente del Subsecretario y tendrá las siguientes facultades:

XXI.

I. Representar a la SETRAO en materia de fomento a la competitividad yatención a los factores de la producción; . .

II. Realizar actividades con las demás coordinaciones, cuando ásí se requiera para un adecuado funcionamiento de la SETRAO;

III. Ejecutar las funciones y comisiones oficiales que sus superiores le deleguen y encomienden;

IV. Supervisar y evaluar los programas que se ejecuten y lleven a cabo sus Áreas Administrativas;

V. Fungir como enlace con las dependencias y entidades, grupos patronales y grupos vulnerables para la aplicación y seguimiento de los proyectos implementados por la SETRAO en materia de profesionalización;

VI. Vigilar los asuntos de su competencia, el cumplimiento a los ordenamientoslegales y a las disposiciones administrativas que resulten aplicables;

VII. Supervisar los mecanismos y programas en materia de Innovación laboral yempleabilidad, así como del fomento al cooperativismo y empresas sociales; *

VIII Supervisar los mecanismos para la difusión.de la normatividad en materia de profesionalización;

IX. Impulsar la productividad del sector empresarial a través de iaprofesionalización;

X. Diseñar y ejecutar contenidos en materia de profesionalización, para la implementación de prácticas de administración de calidad, ademas de metodologías que diseñe la SETRAO para el cumplimiento de sus objetivos;

XI. Diseñar los mecanismos para la participación de las institucioneseducativas en el diseño de políticas y lineamientos que permitan modernizar e innovar los procesos y servicios de la clase emprendedora;

XII. Elaborar informes analíticos y ejecutivos que le sean solicitados por sussuperiores; '

XIII. Firmar y notificar los acuerdos de trámites y resoluciones que emitan dentrode su competencia, con fundamento en las facultades que le correspondan; ’

XIV. Coordinar e impartir ia capacitación a empresarios y grupos vulnerables, procurando fortalecer los conocimientos en temas de su interés, o relativos a su actividad económica para incrementar la calidad de su prestación de servicios;

XV. Informar al Secretario sobre las empresas u organizaciones candidatas a los procesos de certificación en materia de profesionalización. aplicando las normas técnicas de competencia laboral;

Establecer las bases para una vinculación y coordinación operativa con los encargados de las Direcciones de Recursos Humanos del sector productivo;

Proponer y en su caso instrumentar proyectos y programas que involucren la participación ciudadana en la mejora de los servicios públicos;

Contribuir a la superación personal de los trabajadores en las empresas y en la sociedad en general;

Consolidar la capacitación y profesionalización como una herramienta determinante para el desarrollo del capital humano y de la iniciativa privada;

‘ Dar continuidad, seguimiento y cumplimiento a los convenios relacionados . con esta Coordinación y que han sido celebrados por la SETRAO;

Resolver las consultas que le sean formuladas en el ámbito de su competencia;

Coordinar los Consejos y Comisiones que presida el Secretario, aun por suplencia, dentro dél ámbito de su competencia y de conformidad con jas disposiciones normativas correspondientes, y

XXIII. Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

Articulo 23 La Coordinación dé Fomento a la Competitividad y Atención a los. Factores de la Producción, para el cumplimiento de sus facultades a que se refiere el artículo anterior, se auxiliará del Departamento de Innovación Laboral y Empleabilidad, Departamento de-Fomento al Cooperativismo y Empresas Sociales y Departamento de Estudios y Promoción de la Igualdad y Equidad Laboral.

Artículo 24. El Departamento de Innovación Laboral y Empleabilidad, contará con un Jefe(a) de Departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación de Fomento a la Competitividad y Atención a los Factores de la Producción y tendrá las siguientes facultades:

I. Fomentar la capacitación y adiestramiento encaminado a las mejoras productivas, creativas e innovadoras de los trabajadores;'

II. Promover el conocimiento dirigido a la innovación laboral;

III. Promover el uso y aplicación de tecnología e instrumentos de mejora eincremento de las capacidades productivas, creativas e innovadoras de las y los trabajadores;

IV. Identificar diferentes perfiles laborales más demandados por las diferentesempresas en el Estado, para la formación y capacitación de buscadores deempleo basada en competencias laborales;

V. Capacitar a buscadores de empleo sobre innovación laboral, aptitudes y capacidades que permitan elevar el nivel de productividad y la generación de mayor valor agregado;

VI. Crear y difundir el Observatorio de Capacitación y del Observatorio laboral:

VII. Elaborar, proponer y difundir modelos de gestión para la Innovación Laboral;

VIII. Operar los programas institucionales autorizados y relacionados con su competencia; .

IX. Diseñar, coordinar, desarrollar y supervisar la impartición de talleres decapacitación sobre gestión empresarial, innovación laboral y empresarial a trabajadores. empresarios, sindicatos, cámaras y organismos empresariales; y •

X. Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y !e confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

■ Artículo 25. El Departamento de Fomento al Cooperativismo y EmpresasSociales, contará con un Jefé(a) de Departamento, quien dependerá directamente

de la Coordinación de Fomento a la Compétitividad y Atención a los Factores de laProducción y tendrá las siguientes facultades:

I. Fortalecer al sector cooperativo instalado.en el estádo y promover su crecimiento enfocado a actividades de producción o de consumo de bienes y/o servicios;

II. Fomentar el asociacionismo de persona desempleada y/o subempleada:

III. Elaborar expedientes técnicos de cada una de las Sociedades Cooperativas, para contar con el sustento administrativo de los mismos;

IV. Crear una base de datos de las sociedades cooperativas existentes en e! Estado;

V. Promover con los socios de las cooperativas de producción de bienes y/o servicios y de consumo de bienes y/o servicios una cultura cooperativista,

' con la finalidad de arraigar un sentido de pertenencia dentro de la sociedad cooperativa;

VI. Dar asesoría y capacitación legal, social y técnica en cada uno de los ramos o actividades a las que se dedique la sociedad cooperativa;

VII. Capacitar a las socios de las sociedades cooperativas en temas del cuidado de la ecología y medio ambiente;

VIH. Instruir a las sociedades cooperativas acerca del desarrollo de fondossociales, modelos económicos y proyectos que permitan una mayor viabilidad y sustentabilidad económica;

IX. Instruir a la organización cooperativa en los temas de igualdad y equidad de género, así como de no discriminación social, sexual, racial y religiosa:

X. Promover la educación continua y la superación académica de los socios cooperativistas que lo deseen y requieran;

XI. Sistematizar y orientar el procedimiento legal para la constitución de sociedades cooperativas de producción o de. consumo de bienes y/o servicios;

XII. Ejecutar las políticas públicas enfocadas al progreso de las sociedades cooperativas de producción o de consumo de bienes y/o servicios que permitan el perfeccionamiento de sus actividades económicas;

XIII. Generar vínculos que permitan ampliar un mercado para los productos de las Sociedades Cooperativas con las que se enfoca el Programa PACO:

XIV. Desarrollar y ejecutar la estrategia de trabajo para el programa PACO;

XV. Proporcionar información, que así lo soliciten, las áreas de vinculadas al Departamento de Fomento al Cooperativismo y Empresas Sociales de !a SETRAO;

XVI. Informar de manera continua y permanente al Subsecretario y Secretario acerca de las actividades realizadas y de los objetivos alcanzados, y

XVII. Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

Artículo 26. El Departamento de Estudios y Promoción de la Igualdad y EquidadLaboral, contará con un Jefe(a) de Departamento, quien dependerá directamentede la Coordinación de Fomento a la Compétitividad y Atención a los Factores de laProducción, y tendrá las siguientes facultades:

1. Realizar registros estadísticos desagregados por sexo, con indicadores de -género en los productos y servicios que presta la SETRAO a la comunidad:

II Analizar y recabar estudios comparativos de los distintos indicadores degénero producidos por instituciones oficiales, relacionados con la normatividad, igualdad, equidad e inclusión laboral con perspectiva de género;

io NOVENA SECCIÓNIII. Investigar y elaborar documentales sobre el comportamiento y evolución de

los fenómenos laborales y sobre la participación del movimiento obrero en el desarrollo del Estado; así como, de aquellas acciones que mejoren las condiciones laborales de las mujeres;

IV. Instalar foros y talleres de análisis sobre productividad, desarrollo, equidad, inclusión y competitividSd laboral;

V. Proponer previo acuerdo con la o el Secretario y el o la titular dé ¡a. Coordinación y Fomento a la Compétitividad y Atención a los Factores de la Producción, medidas en los centros de trabajo sujetos de la inspección laboral tendientes a observar, asegurar y consolidar la igualdad de género;

VI. ' Proponer medidas de coordinación y convenio con las Instituciones de Educación Superior del Estado y de investigación social, para la realización de estudios en materia de desarrollo, productividad equidad e inclusión laboral;

VII. Operar acciones con perspectiva de género que mejoren las condiciones laborales de las y los trabajadores;

VIH. Difundir entre los empleadores la equidad y la no discriminación tanto en la oferta de empleos como en la estabilidad, remuneración y desarrollo laboral, así como, vigilar la observancia de tales principios;

IX. Fungir como enlace en materia de igualdad y equidad de género ante otras instituciones y/o dependencias;

X. Canalizar ante las autoridades competentes, a las o los trabajadores que soliciten atención en caso de Hostigamiento, Acoso y Discriminación Laboral, y

XI. Las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables y íe confiera su superior jerárquico en el ámbito de su competencia.

CAPÍTULO XI DE LAS FACULTADES DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE

EMPLEO OAXACA

Artículo 27. La Coordinación def Servicio Nacional de Empleo Oaxaca: contarácon una o un Coordinador(a) quien dependerá directamente dei Subsecretariopara la CGSNEO se denomina OSNE y tendrá las siguientes facultades.

I. Coordinar y dirigir la CSNEO así como sus programas y áreas administrativas de adscripción determinadas en términos de los documentos suscritos para su incorporación a la SETRAO;

II. Realizar actividades con las demás Coordinaciones, cuando asi se requiera para un adecuado funcionamiento de la SETRAO;

III. Ejecutar, previo acuerdo y aprobación del Secretario, o el titular de la Dirección Administrativa y el titular de la Coordinación de Planeación. Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO; los programas y subprogramas del PAE;

IV. Sus Obligaciones y acciones de la CSNE y sus departamentos se regirán por lo establecido en este reglamento, en el convenio y/o acuerdo de coordinación firmado entré la STPS y el Gobierno del Estado de Oaxaca. reglas de operación del PAE, y en los manuales emitidos por ia CGSNE;

V. Supervisar la comprobación del recurso asignado de la CSNEO e informar a la o el Secretario y a la o el Subsecretario respectivamente;

VI. Operar, previo acuerdo con el. Secretario, los recursos Federales y Estaíes asignados a la CSNEO;

VII. Coordinar e instrumentar la elaboración del POA, que permita establecer objetivos y metas a realizar a corto y mediano plazo dentro de sus areas administrativas, en acuerdo con la Dirección Administrativa de la SETRAO;

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 11

VIII. Programar y autorizar los cursos y proyectos conforme a las metasautorizadas por el Secretario del Trabajo;

IX. ' Representar al Secretario y asistir á las reuniones, cuando haya participadocon anterioridad y asi lo determine el Titular de la SETRAO;

X. Organizar, coordinar y supervisar las acciones para la realización del. , . . informe de las actividades desempeñadas por la CSNEO;

XI. Coordinar con ia Dirección Administrativa y la Coordinación de Pláneación, Evaluación y Enlace Institucional; la revisión y supervisión* de los métodos para el aprovechamiento de los bienes, como también las medidas pertinentes para lograr la operatividad en todas las áreas administrativas de la CSNEO;

XII. Supervisar e informar al Secretario, Subsecretario y al Coordinador de la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional; respectivamente, sobre los sistemas de control interno que faciliten alcanzar, las metas y objetivos propuestos en la CSNEO;

XIII. Dirigir y Supervisar, previo acuerdo con el Secretario, la operación del PAE así cómo de los subprogramas que lo integran;

XIV. Programar, participar y supervisar visitas a los Departamentos Regionales de Capacitación y Atención al Empleo para verificar, su funcionalidad y conocer sus requerimientos, así como darle solución y seguimiento. Deberá integrar, al respecto los informes correspondientes para conocimiento de la o el Secretario y la o el Subsecretario;

XV. Coordinar y realizar las reuniones correspondientes con los empresarios para la realización de las Ferias de Empleo y, las actividades de

• vinculación respectivas;

XVI. Programar y coordinar las reuniones mensuales de avances y evaluación del Programa Anual de Trabajo de CSNEO, entre el Subsecretario y el personal del Servicio Nacional de Empleo Oaxaca;

XVII. Realizar las acciones de difusión y promoción relativas a los eventos de*■ profesionalización programados;

XVIII. Ser el enlace entre la SETRAO y las diversas dependencias y entidades, que así determine la o el Secretario y la o el Subsecretario;

XIX. Mantener informado a! Subsecretario acerca del desarrollo de las funciones . de la CSNEO;

XX. Coordinar los Consejos y Comisiones que presida el Secretario, aun por suplencia, dentro del ámbito de su competencia y de conformidad con las disposiciones normativas correspondientes,

XXI. . Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y leconfiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

Articulo 28. La Coordinación del Servicio Nacional de Empleo Oaxaca, para el cumplimiento de sus facultades a que se refiere el artículo anterior, se auxiliará del Departamento de Vinculación y Promoción Laboral, Departamento dé Atención a la Movilidad Laboral, Departamento\de Apoyo a Iniciativas Ocupacionales y los Departamentos Regionales de Capacitación y Atención al Empleo.

Artículo 29. El Departamento de Vinculación y Promoción Laboral, contará con una o un Jefe(a) de departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación del Servicio Nacional de Empleo Oaxaca y tendrá las siguientes facultades: ,

I. Dirigir las funciones de este departamento para (a operatividad del mismo;

II. Dirigir a ios Departamentos Regionales de Capacitación y Atención al Empleo, en lo referente al subprograma de Becas de Capacitación para el Trabajo {BÉCATE) en sus modalidades correspondientes establecidas en las reglas de operación del PAE, en conjunto con la CSNEO, la Dirección Administrativa y la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO;

III. Supervisar y capacitar a los Departamentos Regionales de Capacitación y Atención al Empleo;

IV. Vincular, capacitar y adiestrar á oferentes y demandantes de empleo, a través de la pláneación y conducción de diversas estrategias, instrumentos y mecanismos de atención, que permitan la efectiva incorporación de la población en el mercado de trabajo, incluidos aquellos basados en las tecnologías de la información y las telecomunicaciones;

V. Apoyar la formulación y aplicación de políticas, programas y líneas de ' acción, para ampliar las oportunidades de empleo dé la población tanto

urbana como rural; ’

VI. Dirigir las acciones para promover directa o indirectamente el aumento de las oportunidades de empleo, incluyendo las relativas al sistema de capacitación para el trabajo;.

VII. Proporcionar asesoría ocupacional para la colocación adecuada de los buscadores de empleo, desempleados y subempíeados;

VH1 Proponer, elaborar y gestionar la celebración de convenios de coordinación y concertación en materia de empleo y colocación de trabajadores, entre la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal, y los distintos agentes que participan en el funcionamiento del mercado de trabajo, respectivamente y, en su caso, proveer su ejecución;

IX. Proponer lineamientos para la prestación del servicio de colocación de trabajadores y, en coordinación con las áreas administrativas de la SETRAO que corresponda, autorizar o registrar, según el caso, a tes personas, agencias, dependencias, organizaciones e instituciones que se dediquen á ello;,

X. Informar a la CNSEO, Dirección Administrativa y a la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO, el avance de las metas programadas y autorizadas para el subprograma de Becas de Capacitación para el Trabajo (BÉCATE);

XI. Informar en caso de detectar probables irregularidades a la CSNEO marcando copia a la o el titular de la SETRAO;

XII. Planear y supervisar de manera oportuna los pagos autorizados por !a CGSNE a los cursos impartidos;

XIII. Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

Artículo 30. EI Departamento de Aten'ción a la Movilidad Laboral, contará con unao un Jefe(a) de departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación

el Servicio Nacional de Empleo Oaxaca y tendrá las siguientes facultades:

I. Dirigir las funciones dé este .departamento para la operatividad del mismo;

II. Dirigir a los Departamentos Regionales de Capacitación y Atención ai Empleo, en Jo_referente a los subprogramas de Movilidad Laboral. Sector Agrícola, Subprograma de Movilidad Laboral, Sector Industrial y de Servicios; Mecanismo de Movilidad Laboral; Programa de Trabajadores agrícolas temporales México - Canadá (PTAT) y; Subprograma de Repatriados Trabajando, establecidos en las Reglas de Operación del PAE. en conjunto con la CSNEO, la Dirección Administrativa y la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO;

í l l Operar tanto el recurso estatal como el federal en el Departamento Regional de Capacitación y Atención al Empleo de Oaxaca de Juárez, lo referente a los subprogramas de Movilidad Laboral, Sector Agrícola; Subprograma de Movilidad Laboral, Sector Industrial y de Servicios; Mecanismo de Movilidad Laboral; Programa’ de Trabajadores agrícolas temporales México - Canadá (PTAT) y; Subprograma de Repatriados Trabajando, establecidos en las Reglas de Operación del PAE, en conjunto con la CSNEO, la Dirección Administrativa y la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO;

12 NOVENA SECCIÓN SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015IV. Supervisar y capacitar a los Departamentos Regionales de Capacitación y

Atención al Empleo; .

V. Promover, la ocupación de mano de obra excédente en el sector agrlcoia en áreas de mayor demanda dentro y fuera del país;

Vi. Promover la incorporación de mano de obra técnica o especializada : desempleada en las áreas de construcción, turismo e industrial, a nuevas oportunidades laborales en estados con deficiencia de mano de obra, mediante los Programas Pilotos;

VII. Incidir en el mejoramiento de las condiciones de movilidad laboral interna y externa, y regular las mismas;

VIII. Vincular trabajadores de zonas de origen, con empresas localizadas en zonas receptoras de alto dinamismo económico, de tal manera, que se incida en flujo ordenado entre una zona y otra;

IX Apoyar, mediante-una estrategia que involucra recursos, a la fuerza laboral dentro del área agrícola, industrial o de servicios, quiénes por aprovechar nuevas oportunidades de empleo tengan la necesidad de desplazarse a otros estados o municipios dentro del país;

X. Proponer, elaborar y gestionar la celebración de convenios de coordinación y concertación en materia de empleo y vinculación de trabajadores, entre la Federación, las Entidades Federativas y el Distrito Federal, y los distintos ' agentes que participan en el funcionamiento del mercado de trabajo, respectivamente y, en su caso, proveer su ejecución;

XI. Proponer lineamientos para Ja prestación del servicio de vinculación y/o colocación de trabajadores y, en coordinación con las áreas administrativas de la SETRAO que corresponda, autorizar o registrar, según el caso, a las personas, agencias, dependencias, organizaciones e instituciones que sé dediquen a ello;

XII. Informar a la CNSEO, Dirección Administrativa y a la Coordinación de Planeación, Evaluación y.Enlace Institucional de la SET&AO, el avance de las metas programadas y autorizadas para los subprogramas de Movilidad Laboral, Sector Agrícola, Subprograma de Movilidad Laboral, Sector Industrial y de Servicios; Mecanismo-de Movilidad Laboral; Programa de Trabajadores agrícolas temporales México - Canadá, (PTAT) y; Subprograma de Repatriados Trabajando;

XIII. Informar en caso de detectar probables irregularidades a la CSNEO marcando copia a la o el titular de la SETRAO;

XIV. Planear y supervisar de manera oportuna los pagos autorizados por la CGSNE para gastos de traslados;

XV. Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le . confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

Artículo 31. El Departamento de Apoyo a Iniciativas Ocupacionales, contará conun Jefe(a) de departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación delServicio Nacional de Empleo Oaxaca y tendrá las siguientes facultades:

I. Dirigir las funciones de este departamento para la operatividad del mismo;

II. Dirigir a los Departamentos Regionales de Capacitación y Aténción a l - Empleo, en lo referente al subprograma Fomento al Autoempleo (FA) establecido en las reglas de operación del PAE, en conjunto con la CSNEO; la Dirección Administrativa y la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO;

III. Supervisar y capacitar a los Departamentos Regionales de Capacitación y VIII. _ Atención al Empleo,

IV. Brindar atención a personas desempleadas y subempleadas con potencial IX. . para desarrollar una actividad productiva por cuenta propia;

V. Programar y realizar entregas en custodia condicionada de mobiliario,maquinaria y/o herramienta a las y los beneficiarios de las Iniciativas de Ocupación por Cuenta Propia (IOCP) autorizadas por la CGSNE;

VI. Incentivar la consolidación.y formalización de la Iniciativas de Ocupación porCuenta Propia (IOCP); - 1

VII. Incentivar la consolidación de empleos mediante la entrega de mobiliariomaquinaria y/o herramienta que permitan la creación o fortalecimiento de las Iniciativas de Ocupación por Cuenta Propia (IOCP) viables y rentables,

XIV. Informar a la CNSEO, Dirección Administrativa y a la Coordinación de.• Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO, el avance de

las metas programadas y autorizadas para el subprograma Fomento al Autoempleo (FA);

XV Informar en caso de detectar probables irregularidades a la CSNEO marcando copia a la o el titular de la SETRAO;

XVI. Planear y supervisar de manera oportuna las entregas de Iniciativas deOcupación por Cuenta Propia {IOCP) autorizados por la CGSNE;

XVU. Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

Artículo 32. Los Departamentos Regionales de Capacitación y Atención al Empleo, se establecerán en los siguientes municipios:

o OAXACA DE JUÁREZ o SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC o SALINA CRUZ 'o HUAJUAPAÑ DE LEÓN o PUERTO ESCONDIDO

Éstos contarán con un Jefe de departamento, quien dependerá directamente de la Coordinación del Servicio Nacional de Empleo Oaxaca, y por su capacidad de operación, se encuentran reconocidas como Oficinas Regionales por la CGSNE, siendo su ámbito de competencia regional y tendrá las siguientes facultades:

I. Operar los programas y subprogramas del PAE establecidos por las reglas de operación y manuales respectivos, emitidos por la Coordinación General del Servicio Nacional del Empleo perteneciente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de manera conjunta con la Dirección Administrativa y la Coordinación de Planeación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO;

II. Operar los sistemas correspondientes a la operatividad del PAE;

íll. Brindar atención a la población beneficiaría;

IV. Suministrar información a la CSNEO en cuanto a las metas alcanzadas y los recursos ejercidos;

V. Opera con recursos estatales, asi como de la transferencia federal;

VI. Se coordinarán según corresponda de acuerdo al programa o subprograma del PAE a operar, con el Departamento de Vinculación y Promoción Laboral, Departamento de Atención a la Movilidad Laboral, Departamento de Apoyo a Iniciativas Ocupacionales.

Vil. Informar a la CNSEO, Dirección Administrativa y a la Coordinación dePlaneación, Evaluación y Enlace Institucional de la SETRAO, el avance delas metas programadas y autorizadas para el PAE;

Informar en caso de detectar probables irregularidades a la CSNEO marcando copia a la o el titular.de la SETRAO, y

Las que señalen las demás disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.

SÁBADO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 NOVENA SECCIÓN 13

- TÍTULO CUARTO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y DEL ENLACE Y ACCESO A LA

INFORMACIÓN

CAPÍTULO I DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 33. Los actos administrativos que realicen los servidores públicos de la SETRAO en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán Sujetos a ia Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca y a las demás disposiciones normativas aplicables. •

Artículo 34. Los interesados afectados por los actos y resoluciones de las áreas administrativa de la SETRAO podrán ejercer los recürsosJegales que procedan con forme a la Ley de Justicia administrativa para el Estado de Oaxaca. lo que deberá informarse al final de la emisión del acto.

CAPÍTÜLO 11 DEL ENLACE Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Artículo 35. La titularidad de la Unidad de Enlace y Acceso a la Información, para la aplicación del Régimen de transparencia recaerá en la unidad jurídica quien tendrá además de Isls facultades inherentes a su cargo, las siguientes:

I. Informar a la o el Secretario de la SETRAO de los asuntos que tenga a su cargo derivados del cumplimiento del Régimen de transparencia;

II. Proponer al Secretario en su calidad de Presidente del Comité de Información la información en poder de la SETRAO que deberá clasificarse como reservada_y periodos de reserva de la misma,-de conformidad con lo que establece el Régimen de transparencia;

III. Proponer ante el Comité de Información de la SETRAO el periodo de ampliación de la información clasificada como reservada, y hacerlo del conocimiento a la Comisión de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca;

X. Dar cumplimiento con las notificaciones a los solicitantes, ya sea de manera personalizada en las oficinas de la Unidad de Enlace, por medio del Sistema Electrónico de Acceso a la Información o al correo que hayan señalado para recibir la información; '

XI. Llevar un control archivístico actualizado y eficiente de las solicitudes de acceso a la información pública;

XII. Dar cumplimiento a los lineamientos, mecanismos, procedimientos, criterios y política que en materia del régimen de transparencia emane;

XII!. Integrar y remitir debidamente los informes, de conformidad con el Régimen de Transparencia, y

XIV. Las demás que le señale el Régimen de Transparencia, este Reglamento.- las disposiciones normativas aplicables y las que le confiera directamente el Secretario, en el ámbito de su competencia.

TITULO QUINTO DE LAS SUPLENCIAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

CAPITULO UNICO DE LAS SUPLENCIAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Articuló 36. Las ausencias temporales del Secretario, se suplirán por el titular de la subsecretaría o por quien designe el Secretario, quien tendrá las facultades que corresponden al Secretario, en los términos previstos por la normatividad aplicable, independientemente de la atención a las de su propio cargo.

Artículo 37. Las ausencias temporales de los titulares de las áreas administrativas de la SETRAO, serán suplidas por los servidores públicos de jerarquía inmediata inferior adscritos al área de su responsabilidad, previa autorización de su superior jerárquico.

ARTICULOS TRANSITORIOSIV. Proponer ante el Comité de Información de la SETRAO los mecanismos

necesarios para la custodia y conservación de la información clasificada PR|MER0. E) preSente Reglamento Interno entrará en vigor al día siguiente de su,publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.como reservada y confidencial;

V. Recibir las solicitudes de información que presente la ciudadanía o las empresas inversionistas, relativas a leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, manuales, convenios, contratos y bases de coordinación celebrados entre la SETRAO con las autoridades locales dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, asi como de los sectores público y privado, dar contestación y realizar todos los actos necesarios para ello en términos del articulo 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a Ja Información Pública para el Estado de Oaxaca:

VI. Recabar y difundir la información pública de oficio, en poder de las áreas administrativas de la SETRAO en el portal de transparencia del Gobierno del Estado, de acuerdo a lo que marcan los lineamientos, así como su actualización periódicamente;

VII. Dar atención personalizada a los particulares, auxiliándolos en la elaboración • de solicitudes, y en caso de no ser jos responsables de la información que solicitan, orientarlos sobre que sujeto obligado puede tener la información pública que solicitan;

VIH. Recibir las solicitudes de acceso a la información pública, rectificación y/ocancelación de datos personales, hacer el trámite interno correspondiente y darles seguimiento hasta la entrega de la respuesta, resguardándolas hasta la conclusión del mismo;

IX. Gestionar ante las diversas áreas administrativas de la SÉTRAOresponsables de la información, con la finalidad de estar en condiciones de dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública recibidas en la Unidad de Enlace, tanto físicas como electrónicas, en los tiempos que nos marca el Régimen de transparencia;

SEGUNDO. Las disposiciones del presente Reglamento, prevalecerán cor encima de las disposiciones'normativas de igualo menor jerarquía que se opongan a ellas aun cuando no estén expresamente derogadas.

Dado en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a los nueve días del mes de febrero de dos mil quince.

LIC. ALBERTO yÁRGASsVARELA

S E C R E f ^ lO ^ L TRABAJO

LIC. DANIEL JUÁSÉZ LÓPEZ