Finanzas Internacionales Trabajo

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Instituto Profesional DuocUC Sede Plaza Vespucio. Escuela de Administración y Negocio Ingeniería en Administración. Profesor: Juan Otárola Integrantes: Caren Sepúlveda Carolina Campos Cinthya Ferrada Asignatura: Finanzas Internacionales Sección: 001-V 24/06/2015 Finanzas Internacionales Trabajo de Investigación: Basilea II, Crédito, Dscto. Comercial y Prepago

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Finanzas Internacionales Trabajo de Investigación: Basilea II, Crédito, Dscto. Comercial y Prepago.

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Profesor: Juan Otárola

Integrantes:

Caren Sepúlveda

Carolina Campos

Cinthya Ferrada

Asignatura: Finanzas Internacionales

Sección: 001-V

24/06/2015

Instituto Profesional DuocUCSede Plaza Vespucio.Escuela de Administración y NegocioIngeniería en Administración.

Investigación: Basilea II,

Crédito, Dscto. Comercial y Prepago

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INTRODUCCIÓN

En diciembre de 1974, el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de

los bancos centrales del G-10, donde se publicó el primero de los Acuerdos de

Basilea, un conjunto de recomendaciones alrededor de una idea principal: Se

trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que

debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.

El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por

elementos que se agrupan en 2 categorías (o "tiers") si cumplen ciertos requisitos

de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante

quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito,

mercado y tipo de cambio. Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios

aproximados y sencillos.

Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así

como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento

regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas. Entró en vigor en

más de cien países.

La regulación sobre recursos propios de Basilea nació en 1988 cuando los bancos

emisores de las principales economías desarrolladas se pusieron de acuerdo para

establecer el capital mínimo que deben tener los grupos bancarios en función de

los riesgos que afrontan.

En junio de 2004 el Comité publicó el documento “Convergencia Internacional de

medidas y normas de capital: marco revisado”, más conocido como BASILEA II.

Asimismo, el origen etimológico de la palabra crédito nos remonta al

latín creditum, que significa “cosa confiada”. Por lo tanto, la noción de crédito

aparece vinculada con tener confianza, este tema también será tratado en el

desarrollo de este trabajo, en conjunto con el descuento comercial y prepago.

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BASILEA II

Es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en

recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el

Comité de supervisión bancaria de Basilea. Este comité tiene sede en la ciudad

Suiza del mismo nombre y funciona en el edificio del Bank for International

Settlements (BIS). El Comité de Basilea es también conocido como el «Banco

Central de los Bancos Centrales» porque está integrado por representantes de los

Bancos Centrales de más de 100 países miembros, entre ellos el Banco Central

de la República Argentina. Debe aclararse que Basilea emite recomendaciones

que orientan pero que no son mandatorias para los Supervisores Bancarios (léase

bancos centrales) de cada país. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente

en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de

referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los

requerimientos de capital necesarios para asegurar la protección de las entidades

frente a los riesgos financieros y operativos.

Principales Objetivos.-

1. Construir una base regulatoria solida sobre el capital, la supervisión y la

disciplina de mercado.

2. Mejorar el manejo de riesgo y la estabilidad financiera.

3. Asegurar un nivel adecuado de capital en el sistema bancario internacional.

Beneficios.-

Los beneficios que se esperan obtener de la aplicación de Basilea II repercutirán

en un mejor cálculo de riesgos, una convergencia clara entre el capital económico

y capital regulatorio de las entidades financieras y una mayor estabilidad en los

sistemas financieros internacionales.

Limitantes.-

La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial: la de la calidad

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crediticia y, por lo tanto, la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios. Es decir, consideraba que los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir.

Cuadro Comparativo BASILEA I V/S BASILEA II

PILARES DE BASILEA II

La estructura del acuerdo se establece en base a tres pilares fundamentales,

como pueden verse representados en el cuadro, donde, a su vez, hemos incluido

los diferentes métodos de medición de riesgos:

Pilar I: Establece requisitos mínimos de capital

Pilar II: Fomenta la labor supervisora tendente al reforzamiento de la

evaluación del riesgo y utilización de las herramientas y procedimientos

adecuados para la gestión del riesgo.

Pilar III: Disciplina de mercado. Referida principalmente a la transparencia

informativa sobre el riesgo y capital de cada entidad.

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CRÉDITO

El crédito es un préstamo de dinero que el Banco otorga a su cliente, con el

compromiso de que en el futuro, el cliente devolverá dicho préstamo en forma

gradual (mediante el pago de cuotas) o en un solo pago y con un interés adicional

que compensa al Banco por todo el tiempo que no tuvo ese dinero (mediante el

prepago).

Cuando el crédito es de consumo, éste permite disponer de una cantidad de

dinero para la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios.

Ahora bien, no cualquier persona puede tener acceso a un crédito bancario. Para

ello debe cumplir con ciertos requisitos, siendo los principales contar con

antecedentes comerciales y crediticios adecuados y demostrar ingresos actuales y

posteriores que le permitan atender de manera adecuada la deuda que va a

contraer.

¿Cuáles son las diferencias entre un crédito y un préstamo?

En un préstamo, el banco pone a disposición de un cliente una cantidad fija de

dinero, la cual deberá ser devuelta en un lapso de tiempo determinado, junto a

unos intereses también pauteados previamente. Se trata de una operación que se

realiza a medio o largo plazo y que se va amortizando en cuotas regulares que

pueden ser de tipo mensual, trimestral, semestral o anual. Así el cliente puede

planificar la forma y cuotas en las que irá devolviendo el dinero que se le prestó.

En el caso de los créditos, el banco ofrece al cliente una cuenta de crédito, en el

cuál el cliente podrá acceder a la cantidad que necesite (habiendo una cantidad

máxima determinada en el contrato). En general la forma en la que el cliente paga

dicho crédito es de forma regular cuando el banco le hace llegar la liquidación por

el dinero utilizado, a lo que se le suman los gastos e intereses impuestos por la

entidad.

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¿Qué tipos de Créditos existen?

Créditos de Consumo

Créditos Comerciales

Créditos Hipotecarios

DESCUENTO COMERCIAL

El descuento comercial o bancario es un instrumento de financiación bancaria a

corto plazo, utilizado principalmente por las empresas, y ofrecido como servicios

por parte de las entidades financieras.

A través del descuento comercial o bancario, una entidad financiera (banco, caja o

entidad de crédito) anticipa a un cliente el importe de un crédito que aún no ha

vencido y que generalmente es el resultado de la venta de bienes, suministros o

servicios a un tercero. La entidad financiera será entonces la encargada de

realizar la gestión de los cobros del valor nominal de dicho crédito al cliente de la

empresa; si bien, dicha entidad no asume el riesgo de impago por parte del

deudor.

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En estas transacciones se cede a una entidad financiera una porción de los

derechos de cobro futuros (aún no vencidos) de la empresa, que deben estar

debidamente documentados a través de letras de cambio, pagares, facturas o

recibos. Y la entidad financiera a cambio, realiza un adelanto o anticipo por el valor

nominal del derecho de cobro menos los gastos de gestión y los intereses que se

generen en la operación.

La entidad financiera cobra intereses, por el tiempo que media entre la fecha en

que se anticipa al cedente el valor de los derechos de cobro y la fecha de

vencimiento de dicho derecho. La comisión incluye la remuneración del servicio de

gestión de cobro y en parte un coste financiero adicional al interés, lo cual

depende de las condiciones contractuales. La entidad financiera no asume el

riesgo de impago.

La característica principal de este descuento, que lo hace diferente del descuento

simple y del descuento compuesto, es que en este caso se cobran los intereses

por adelantado sobre el valor nominal de la operación.

Otra de las ventajas que tienen los descuentos comerciales o bancarios para las

empresas, es que eliminan los costes administrativos derivados de la gestión de

los cobros, pues éstos pasan a ser una gestión que desarrolla la entidad

financiera.

Ejemplo: Calcular el descuento por anticipar un capital de 800.000 ptas.

por 7 meses a un tipo de descuento del 12%.

Aplicamos la formula del interés: D = C * d * t

Como el plazo está expresado en meses, tenemos que calcular el

tipo de descuento en base mensual equivalente al 12% anual.

Luego, d (12) = 12 / 12 = 1,0 (es el tipo de descuento mensual

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equivalente)

Se podría también haber dejado el tipo anual, y haber puesto el

plazo (7 meses) en base anual (= 0,583 años). El resultado habría

sido el mismo. Comprobar

Una vez que tengo el tipo mensual equivalente, aplico la fórmula del

interés.

Luego, D = 800.000 * 0,01 * 7 (un tipo del 1% equivales a 0,01)

Luego, D = 56.000 ptas.

PREPAGO

Consiste en un monto adicional al pago del mismo crédito, y corresponde a un

porcentaje que se cobra por dejar de pagar los intereses pactados. De todos

modos, la comisión de prepago no puede superar el valor de un mes de intereses

calculados.

Ante la solicitud formal del pago anticipado, la institución financiera emitirá un

certificado para la liquidación, que contiene el monto exacto a pagar, además de

otras informaciones descritas en el punto 3.1 de la circular Nº3.511 de las

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

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CONCLUSIÓN

Sin lugar a dudas el nuevo acuerdo de Basilea es muy positivo para el sistema

financiero mundial en su conjunto, puesto que crea una infraestructura operativa

de acciones sistemáticas que tratarán de reforzar la gestión de riesgos

uniformemente. Entendemos que, en este proceso de cambio, los bancos de

economías emergentes no pueden quedar ajenos a dicha dinámica.

Si ya de por sí, la complejidad de los contenidos del nuevo acuerdo aconsejan ser

bastante cuidadoso en su implementación, en el caso de las economías

emergente todavía debe ser más exquisita la pulcritud en su implantación. Se

recomienda una aplicación gradual del acuerdo, sin ser demasiado lentos o

demasiados acelerados. Una lenta aplicación aumenta la probabilidad de quedar

fuera de competencia, con las implicaciones negativos que eso tiene para el flujo

de capitales. Por el contrario, una implementación muy apresurada puede generar

claras deficiencias y debilitar el sistema financiero en cuestión.

En cuanto al crédito, descuento comercial y el prepago son alternativas que

podemos utilizar al momento de necesitar financiar un proyecto o liquidar por

anticipado alguna deuda. La mejor opción, irá de la mano de una minuciosa

evaluación sobre de lo que resulte más conveniente a los objetivos pretendidos.

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NETGRAFÍA Y BIBLIOGRAFÍA

http://www.bis.org/publ/bcbs109esp.pdf

https://www.oroyfinanzas.com

http://slideplayer.es/slide/1108728/

http://www.ubiobio.cl/

Banco de Pagos Internacional (2001): El nuevo acuerdo de Basilea. Documento

del Comité de Supervisión Bancaria.

Banco de Pagos Internacional (2003): Principios de alto nivel para la aplicación

transfronteriza del nuevo acuerdo. Documento del Comité de Supervisión

Bancaria.

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ANEXOS

G-10.- es el que se encuentra para los acuerdos generales para la obtención de

préstamos. Encontramos a países como; Gran Bretaña, Italia, Japón, EE.UU,

Canadá, Francia, Bélgica, entre otros.

Relevancia del acuerdo.- El Acuerdo de Basilea II, constituye un hito para la

banca mundial. En forma unánime se reconoce su importancia, necesidad de

implementación y rigurosidad.

Flexibilidad.- Basilea II ofrece distintas alternativas de medición de riesgo, desde

métodos básicos hasta avanzados. Serán las propias instituciones financieras y

las entidades reguladoras de los propios países, quienes deberán definir los

métodos más adecuados de implementar, considerando sus propias realidades en

cuanto al desarrollo de tecnologías y condiciones de incertidumbre en el mercado

financiero.

Posición de la Banca Chilena: Existe unanimidad entre las autoridades

reguladoras de la importancia del nuevo acuerdo de Basilea para Chile, es así

como la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras(SBIF) y el Banco

Central trabajan en forma coordinada, con el objetivo de implementar medidas que

permitan a la banca enfrentar adecuadamente los desafíos del nuevo acuerdo. En

opinión de la SBIF, la Banca Chilena cuenta con las herramientas necesarias y

con un adecuado nivel de preparación.

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