FAQ Fundación Tripartita

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1 REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS 1. Financiación 2. Empresas y Colectivos 3. Organización de la Formación 4. Acreditación/Inscripción Entidades de Formación 5. Modalidades de formación/Duración 6. Comunicaciones en la aplicación /Costes 7. Régimen Sancionador 1. Financiación ¿Cómo se financia la formación programada por las empresas? Mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, que no tendrán carácter subvencional. Desde el primer día del ejercicio presupuestario, las empresas dispondrán de un crédito de formación, que podrán hacer efectivo mediante las bonificaciones en las cotizaciones empresariales por formación a la Seguridad Social. El importe de dicho crédito estará en función de lo ingresado por ese concepto el año anterior y del tamaño de la empresa, según se establezca anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Para el ejercicio 2015, en tanto no se modifiquen, se mantienen los porcentajes establecidos en los presupuestos generales para 2015: Plantilla Crédito De 6 a 9 trabajadores 100% De 10 a 49 trabajadores 75% De 50 a 249 trabajadores 60% De 250 o más trabajadores 50% La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio podrá establecer un crédito mínimo de formación en función del número de trabajadores que las empresas tengan en sus plantillas, que podrá ser

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Resumen de las dudas más frecuentes en relación a la formación bonificada tras los cambios del RD en formación.

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    REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente

    del Sistema de Formacin Profesional para el Empleo en el mbito

    laboral.

    FORMACIN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS

    1. Financiacin

    2. Empresas y Colectivos

    3. Organizacin de la Formacin

    4. Acreditacin/Inscripcin Entidades de Formacin

    5. Modalidades de formacin/Duracin

    6. Comunicaciones en la aplicacin /Costes

    7. Rgimen Sancionador

    1. Financiacin

    Cmo se financia la formacin programada por las empresas?

    Mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad

    Social, que no tendrn carcter subvencional.

    Desde el primer da del ejercicio presupuestario, las empresas dispondrn

    de un crdito de formacin, que podrn hacer efectivo mediante las

    bonificaciones en las cotizaciones empresariales por formacin a la

    Seguridad Social. El importe de dicho crdito estar en funcin de lo

    ingresado por ese concepto el ao anterior y del tamao de la empresa,

    segn se establezca anualmente en los Presupuestos Generales del

    Estado.

    Para el ejercicio 2015, en tanto no se modifiquen, se mantienen los

    porcentajes establecidos en los presupuestos generales para 2015:

    Plantilla

    Crdito De 6 a 9 trabajadores 100%

    De 10 a 49 trabajadores 75%

    De 50 a 249 trabajadores 60%

    De 250 o ms trabajadores 50%

    La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio podr

    establecer un crdito mnimo de formacin en funcin del nmero de

    trabajadores que las empresas tengan en sus plantillas, que podr ser

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    superior a la cuota de formacin profesional ingresada por aquellas en el

    sistema de Seguridad Social.

    Para el ao 2015, se garantiza un crdito mnimo de 420 para las

    empresas de 1 a 5 trabajadores.

    Existe alguna excepcin en el caso de tener la consideracin de

    grupo de empresas?

    A partir del 1 de enero de 2016, en caso de pertenecer a un grupo de

    empresas, cada empresa podr disponer del importe del crdito que

    corresponda al grupo, con el lmite del 100 por cien de lo cotizado por cada

    una de ellas en concepto de formacin profesional.

    Qu empresas pueden acceder a la formacin programada (antes

    formacin bonificada o de demanda)?

    Todas las empresas y entidades pblicas no incluidas en el mbito de

    aplicacin de los acuerdos de formacin en las Administraciones Pblicas,

    que coticen por formacin, independientemente de su tamao o sector de

    actividad.

    2. Empresas y Colectivos

    Quines pueden participar en la formacin programada por las

    empresas?

    Los trabajadores asalariados que presten servicios en las empresas y

    entidades pblicas no incluidas en el mbito de aplicacin de los acuerdos

    de formacin en las Administraciones Pblicas, que coticen por formacin,

    independientemente de su tamao o sector de actividad.

    Estarn incluidos los trabajadores fijos-discontinuos en los periodos de no

    ocupacin, as como los trabajadores que, durante su participacin en esta

    formacin, accedan a situacin de desempleo y los trabajadores afectados

    por medidas temporales de suspensin de contrato por causas econmicas,

    tcnicas, organizativas o de produccin, en sus periodos de suspensin de

    empleo.

    Pueden los trabajadores autnomos realizar formacin

    programada por las empresas?

    No estn contemplados como beneficiarios de la Formacin Programada por

    las empresas.

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    3. Organizacin de la Formacin

    Cmo pueden llevar a cabo las empresas la formacin de sus

    trabajadores desde el 24 de marzo?

    Organizando la formacin de sus trabajadores por s misma e impartiendo la

    formacin con medios propios o recurriendo a su contratacin. En el caso de

    los grupos de empresas, cualquiera de las empresas del grupo podr

    organizar la formacin del grupo e impartirla con medios propios o

    recurriendo a su contratacin.

    Las empresas podrn optar por encomendar la organizacin a una entidad

    externa que ser la que contrate a la entidad o entidades que imparten la

    formacin, salvo que la entidad organizadora sea a su vez la entidad

    formativa que imparta la formacin.

    En este ltimo caso, la imparticin de la formacin se realizar por una

    entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de

    formacin habilitado por la Administracin pblica competente.

    Hay que tener en cuenta que ni la actividad de organizacin, ni la de

    imparticin podrn ser objeto de subcontratacin; no considerndose

    subcontratacin la obligacin que tiene la entidad organizadora de contratar

    a la entidad o entidades que imparten la formacin, ni la contratacin del

    personal docente.

    A qu tipo de entidades podrn las empresas encomendar la

    organizacin de la formacin desde el 24 de marzo de 2015?

    Estas entidades pueden ser:

    Organizaciones empresariales.

    Organizaciones sindicales.

    Estructuras paritarias constituidas en el mbito de la negociacin

    colectiva que cuenten con personalidad jurdica propia.

    Asociaciones de trabajadores autnomos.

    Asociaciones de la economa social.

    Entidades de formacin acreditadas y/o inscritas en el

    correspondiente registro.

    Otras entidades externas (En tanto no se dicten las disposiciones

    precisas para el desarrollo y ejecucin del Real Decreto-ley 4/2015,

    de 22 de marzo, estas entidades son las previstas en el artculo 17 de

    la Orden TAS/2307/2007 siempre que cumplan los artculos 10.3 y 13

    del citado Real Decreto-ley).

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    Cules son las funciones de las entidades organizadoras?

    Las entidades organizadoras sern las responsables de:

    Comunicar el inicio y finalizacin de las acciones formativas

    cuando as lo acuerden con la empresa.

    Asegurar el desarrollo satisfactorio de las acciones formativas

    Asegurar las funciones de seguimiento, control y evaluacin

    Asegurar la adecuacin de la formacin realizada a las

    necesidades formativas reales de las empresas.

    Contratar a la entidad de formacin acreditada y/o inscrita que

    imparta las acciones formativas, salvo en el caso de tratarse de

    la misma entidad.

    Facilitar a las empresas para las que organicen la formacin la

    documentacin relacionada con la organizacin, gestin e

    imparticin de las acciones formativas.

    Facilitar a las empresas la informacin necesaria para la

    correcta aplicacin de las bonificaciones

    Someterse y asegurar el desarrollo satisfactorio las actuaciones

    de comprobacin, seguimiento y control que realicen las

    Administraciones pblicas competentes y los dems rganos de

    control.

    Otras que puedan establecerse reglamentariamente.

    Quin debe contratar a las entidades que imparten la formacin?

    En el caso de que empresas que organicen la formacin de sus propios

    trabajadores ellas mismas pueden impartir la formacin con medios propios

    o recurrir a su contratacin.

    En el caso de que la empresa opte por encomendar la organizacin a una

    entidad externa sta ser la que contrate a la entidad o entidades que

    imparten la formacin, salvo que la entidad organizadora sea a su vez la

    entidad formativa que imparta la formacin.

    En este ltimo caso, la imparticin de la formacin se realizar por una

    entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de

    formacin habilitado por la Administracin pblica competente.

    4. Acreditacin/Inscripcin Entidades de Formacin

    Deben estar los centros que imparten acreditados o inscritos para

    ello en la formacin cuyo inicio se haya comunicado desde el 24 de

    marzo de 2015?

    Si la empresa opta por encomendar la organizacin de la formacin a una

    entidad externa, sta ser la que contrate a la entidad o entidades que

    imparten la formacin que deber estar acreditada y/o inscrita en el registro

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    de entidades de formacin habilitado por la Administracin pblica

    competente.

    Cmo se realiza la acreditacin o inscripcin en el registro de

    entidades de formacin?

    Para la inscripcin para impartir especialidades formativas no

    dirigidas a la obtencin de Certificados de Profesionalidad, las

    entidades de formacin debern presentar una declaracin

    responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en

    cuanto a instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen

    su solvencia tcnica para impartir la formacin, tanto terica como

    prctica, as como la calidad de la misma. Las instalaciones y

    recursos podrn ser propios o bien de titularidad de terceras

    entidades privadas o pblicas cuando ello no implique subcontratar la

    ejecucin de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el

    correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.

    Para la inscripcin para impartir formacin distinta de las

    especialidades formativas previstas en el Catlogo de

    especialidades formativas, las entidades de formacin debern

    presentar ante la Administracin pblica competente una declaracin

    responsable con arreglo al modelo especfico que se desarrolle.

    Para impartir formacin dirigida a la obtencin de certificados

    de profesionalidad ello requerir la previa acreditacin por parte de

    la Administracin competente. Las entidades no acreditadas para los

    correspondientes certificados debern presentar la oportuna solicitud

    de acreditacin ante la Administracin competente.

    Hay que sealar que en la iniciativa de formacin programada por las

    empresas no es obligatorio que las acciones formativas estn

    referenciadas a las especialidades formativas del Catlogo de

    especialidades formativas, sin perjuicio de la obligacin de comunicar su

    inicio y finalizacin.

    Quin es la Administracin pblica competente en el caso de la

    acreditacin o inscripcin de entidades de formacin?

    Ser Administracin competente para efectuar la citada acreditacin y/o

    inscripcin la Comunidad Autnoma en la que radiquen las instalaciones y

    los recursos formativos de la entidad de formacin interesada. Corresponde

    al SEPE la acreditacin y/o inscripcin de las entidades de formacin que

    utilicen plataformas de teleformacin. Igualmente podrn solicitar su

    acreditacin e inscripcin al citado organismo las entidades de formacin

    que dispongan de instalaciones y recursos formativos permanentes en ms

    de una Comunidad Autnoma.

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    Qu obligaciones tienen las entidades que impartan formacin?

    Las entidades que impartan formacin debern:

    Facilitar y corresponsabilizarse en el seguimiento de la

    participacin de los alumnos del aprendizaje y su evaluacin,

    as como en la investigacin de metodologas y herramientas

    para la puesta al da del sistema.

    Someterse a los controles y auditoras de calidad que

    establezcan las administraciones competentes, cuyos

    resultados se incorporan a los registros.

    Mantener las exigencias tcnico-pedaggicas de las

    instalaciones, equipamiento y medios humanos tenidas en

    cuenta para la acreditacin o inscripcin.

    Comunicar a la Administracin pblica competente cualquier

    cambio en su titularidad o forma jurdica.

    5. Modalidades de formacin/Duracin

    Qu modalidades de formacin se pueden utilizar?

    La formacin profesional para el empleo, a partir del 1 de enero de 2016,

    slo podr impartirse de forma presencial, mediante teleformacin, o bien

    de forma mixta; por tanto, a partir de esa fecha no se podr impartir

    formacin en modalidad a distancia.

    Qu duracin pueden tener las acciones formativas?

    La formacin cuyo inicio se haya comunicado desde el 24 de marzo de 2015

    (incluido) se podr desarrollar con una duracin mnima de una hora y no

    se considerar formacin las actividades de ndole informativa o divulgativa

    cuyo objeto no sea el desarrollo de un proceso de formacin.

    6. Comunicaciones en la aplicacin /Costes

    Quin debe realizar las comunicaciones de inicio y finalizacin

    desde el 24 de marzo de 2015?

    Las comunicaciones de inicio y finalizacin de las acciones formativas

    debern comunicadas ante la Administracin por:

    Las empresas que organicen formacin para sus trabajadores o para

    las empresas del grupo.

    Las entidades a las que las empresas encomienden la organizacin de

    la formacin para sus trabajadores cuando as lo acuerden con la

    empresa.

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    Qu mdulos econmicos se deben aplicar?

    Se entiende por mdulo econmico, el coste por participante y hora de

    formacin que podr ser objeto de financiacin pblica. Los mdulos

    econmicos que se aplicaran por igual a todas las empresas (cualquiera que

    sea su tamao), para la formacin cuyo inicio se haya comunicado desde el

    24 de marzo de 2015 (incluido), son los siguientes:

    Modalidad de imparticin Nivel de formacin

    Bsico Superior

    Presencial. 9 13 Teleformacin.. 7,5

    A distancia convencional. 5,5 Mixta Se aplicarn los mdulos anteriores en funcin de

    las horas de formacin presencial y a distancia

    convencional o teleformacin que tenga la accin

    formativa.

    Qu tipos de costes existen y qu limites tienen?

    En el importe de los mdulos econmicos estarn comprendidos tanto los

    costes directos como los costes indirectos de la actividad formativa. Los

    costes indirectos no podrn superar el 10 por ciento del coste total de la

    actividad formativa realizada y justificada.

    Por otro lado, si las empresas encomiendan la organizacin de la formacin

    a una entidad externa conforme a lo previsto en el artculo 13, adems se

    podrn financiar los costes de organizacin con el siguiente lmite:

    Plantilla

    Lmite a los

    costes de

    organizacin De 1 a 5 trabajadores 20 %

    De 6 a 9 trabajadores 15 %

    De 10 o ms trabajadores 10 %

    Este aspecto es de aplicacin para la formacin cuyo inicio se haya

    comunicado desde el 24 de marzo de 2015 (incluido).

    Reglamentariamente se establecern las incompatibilidades entre conceptos

    financiables como costes indirectos y costes de organizacin de la

    formacin.

    Deber la empresa participar en la financiacin de la formacin de

    sus trabajadores?

    S, las empresas participaran en la financiacin de la formacin de sus

    trabajadores segn los porcentajes mnimos sobre el coste total de la

    formacin que se establecen en funcin de su tamao:

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    Plantilla

    Porcentaje de

    cofinanciacin

    privada

    De 1 a 9 trabajadores 5%

    De 10 a 49 trabajadores 10%

    De 50 a 249 trabajadores 20%

    De 250 o ms trabajadores 40%

    La cofinanciacin privada se corresponde con la cantidad resultante de la

    diferencia entre los costes ajustados y la cuanta que la empresa se

    bonifique en concepto de formacin. Adems se incluirn los costes

    salariales de los trabajadores que reciben formacin en jornada laboral; a

    estos efectos, slo podrn tenerse en cuenta las horas de dicha jornada en

    las que realmente los trabajadores participan en la formacin.

    Este aspecto es de aplicacin para la formacin cuyo inicio se haya

    comunicado desde el 24 de marzo de 2015 (incluido).

    7. Rgimen Sancionador

    Se contemplan nuevas infracciones y sanciones?

    En materia de control, el nuevo sistema incluye numerosas novedades cuyo

    incumplimiento podr ser objeto de sancin y de prdida de ayudas,

    subvenciones, bonificaciones y beneficios para las empresas, las entidades

    de formacin y las que asuman la organizacin de las acciones programadas

    por las empresas.

    Se estar a los dispuesto en los artculos 20 y 21 del Real Decreto-Ley

    4/2015, de 22 de marzo.