Factibilidad Ambiental Planta de Tratamiento Sureste

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ESTUDIO L9407.- ESTUDIO DE FACTIBILIDAD, TÉCNICA, AMBIENTAL, EVALUACIÓN SOCIOECONÓMICA Y DICTAMEN DE EXPERTO, PARA EL PROYECTO: CONSTRUC DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESID. LLAVE EN MANO 1RA ETAPA (ZONA SURESTE) EN LA CD. VHSA, TABASCO. Calle Juan Álvarez No. 115, Depto. 7 Col. Centro Villahermosa, Tabasco, México. Tel. (993) 1 32 47 02 FACTIBILIDAD AMBIENTAL L9407.- ESTUDIO DE FACTIBILIDAD, TÉCNICA, AMBIENTAL, EVALUACIÓN SOCIOECONÓMICA Y DICTAMEN DE EXPERTO, PARA EL PROYECTO: CONSTRUC DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESID. LLAVE EN MANO 1RA ETAPA (ZONA SURESTE) EN LA CD. VHSA, TABASCO

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DICTAMEN DE EXPERTO, PARA EL PROYECTO: CONSTRUC DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESID. LLAVE EN MANO 1RA ETAPA (ZONA SURESTE)

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FACTIBILIDAD AMBIENTAL

“L9407.- ESTUDIO DE FACTIBILIDAD, TÉCNICA,

AMBIENTAL, EVALUACIÓN SOCIOECONÓMICA Y

DICTAMEN DE EXPERTO, PARA EL PROYECTO:

CONSTRUC DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS

RESID. LLAVE EN MANO 1RA ETAPA (ZONA SURESTE)

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C O N T E N I D O

I. INTRODUCCIÓN Pag.

I.1.- Antecedentes 3

I.2.- Nombre del proyecto 4

I.3.- Ubicación del Proyecto 4

I.4. Tiempo de la Vida Útil 5

1.5. Naturaleza del Proyecto 6

II. ASPECTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS

II.1.- Preparación del Sitio 9

II.2.- Construcción de la Planta de Tratamiento 11

II.3.- Operación y mantenimiento 12

II.4.- Generación, manejo y disposición final 14

de residuos sólidos, líquidos y emisiones

a la atmósfera

III. LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN LA MATERIA 17

IV. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO

IV.1.-Vegetación 32

IV.2.-Fauna 37

V. CONCLUSIONES 42

VI. BIBLIOGRAFIA 45

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I. Introducción.

I.1.-Antecedentes

Las necesidades de agua cada vez es mayor, esto derivado de un crecimiento de

la población aunado a prácticas de un consumismo que va en aumento.

Los organismos operadores de agua, buscaron en un tiempo el poder satisfacer

las necesidades de agua potables sin darle importancia a las aguas residuales que

se generaban, hoy en día las políticas públicas han cambiado siendo importante

el tratamiento de las aguas residuales derivadas de los servicios de

abastecimiento a la población ya que generalmente esta agua van a descargarse

a cuerpo de aguas superficiales, mismo que se ocupan como fuente de

abastecimiento en otros tramos de los mismos cuerpos de agua.

Uno de los ejemplos que se tienen son las descarga de aguas residuales crudas al

río Mezcalapa que han creado problemas de contaminación en este cuerpo

receptor, afectando el uso de las aguas de este cuerpo en otros fines y crea

condiciones insalubres en la zona; por lo anterior se hace necesario el de llevar a

cabo la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales de la zona

sureste de la ciudad de Villahermosa, así como de obras auxiliares que en

primera instancia permitan contar con los elementos necesarios para la

construcción de las obras que resuelvan y mitiguen la problemática de la zona y

permitan dar cumplimiento a la normatividad vigente, en cuanto a calidad del

agua, además de ampliar las posibilidades de rehusó de las aguas tratadas en

fines productivos típicos de la zona de interés.

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La población beneficiada directamente es la de la ciudad de Villahermosa que

según censo de población y vivienda 2000 se contaba con 330,846 habitantes y

según conteo de población 2005 se cuenta con una población estimada de

335,778 habitantes.

La proyección de la planta de tratamiento se enfoca a dar solución a la demanda

de una población ubicada en la zona sureste de la ciudad y atender a las

siguientes colonias y fraccionamientos:

Colonia Tamulte de las Barrancas, colonia el espejo I y II, colonia carrizal,

fraccionamiento villa de los trabajadores, colonia Miguel Hidalgo II etapa,

fraccionamiento Pages Llergo, colonia 18 de Marzo (san joaquin), col. Guadalupe

Borja Díaz Ordaz, colonia las delicias, colonia infonavit- Atasta, col. Atasta de

Serra y fraccionamiento palmitas, fracc. Villa los Arcos, fracc. Vista alegre entre

otras, que por un lado, como lo marca la normatividad las entidades mayores de

2,500 habitantes deben contar con planta de tratamiento de aguas residuales, la

zona sureste según censo de población 2000 se tenían 103,776 habitantes y para

el año 2005 se contaba con una población de 105,299 habitantes

I.2.-Nombre del Proyecto

Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Zona Sureste, Villahermosa Tabasco

I.3.-Ubicación Del Proyecto

El proyecto que nos ocupa es la construcción y operación de una planta para dar

tratamiento a las aguas residuales domiciliarias que se generan en el sur-sureste

de la ciudad de Villahermosa, en el estado de Tabasco, su construcción se

propone en el predio ubicado en la ranchería conocida como Río Viejo 2da.

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Sección, municipio de Centro, a la altura del kilómetro 8.4 con una dimensión de

18 has aproximadamente.

La capacidad de la planta de tratamiento es 600 litros por segundo en dos etapas

1era. Etapa: con dos lagunas aireadas, se tendrá una capacidad de tratamiento

de 400 LPS.

2da. Etapa: con tres lagunas aireadas, se tendrá una capacidad de tratamiento

de 600 LPS

En una primera etapa tendrá la capacidad de tratar 400 litros por segundo (LPS),

lo cual se considera adecuado para la población actual y su crecimiento a corto

plazo. A mediano plazo.

Por otro lado se considera una ampliación de la capacidad de tratamiento para

alcanzar los 600 L.P.S. que se estima como la capacidad adecuada para atender

la población calculada para los próximos 17 años, de acuerdo a la tasa de

crecimiento poblacional registrada.

I.4.-Tiempo de la vida útil

La planta de tratamiento debe ser proyectada para dar atenciónen su primera

etapa a la población actual del sureste de la ciudad de Villahermosa y vida útil

en operación y con el mantenimiento adecuado será de al menos 50 años.

Para optimizar los recursos y la operación de la planta, se propone su

construcción en dos etapas, la primera abarcará aproximadamente el 80 % de su

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totalidad y se dejará un 20% para la segunda etapa, de la construcción total de

la planta; esta construcción en dos etapas queda plenamente justificada, ya que

la segunda etapa prevé el crecimiento de la población en los próximos 17 años,

la capacidad total será de 600 l.p.s en dos etapas la primera para 400 lps y un

crecimiento modular de 200 lps sin embargo la presente Factibilidad se evalúa la

primera etapa

I.5.-Naturaleza del proyecto.

El proyecto, consiste en la construcción y operación de una Planta de

Tratamiento de Aguas Residuales, cuyo objetivo es dar tratamiento a las aguas

residuales que actualmente se generan en la zona sureste de la Ciudad de

Villahermosa, Tabasco.

En una primera etapa tendrá la capacidad de depurar 400 litros por segundo

(LPS), se considera una ampliación de 200 L.P.S. para llegar a los 600 L.P.S.

Con la operación de la planta se espera una reducción significativa de las aguas

residuales que actualmente se vierten de manera cruda a la cuenca del Río

Mezcalapa, que representa un importante avance en el saneamiento y

conservación ambiental de la cuenca de este río.

La planta de tratamiento se propone en un predio de 18 hectáreas ubicado al

sureste de la ciudad de Villahermosa, en una ranchería denominada Río Viejo en

la zona conurbana.

La planta de tratamiento en términos generales consiste de los siguientes

elementos:

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1.-. Tres lagunas con aireación, las cuales darán tratamiento al agua residual

mediante procesos secundarios, las cuales ocuparan 3.7 hectáreas, que

representa el 20.8 % del área total del predio, que sumadas a las instalaciones

Administrativas de servicios y utilitarias, correspondientes a oficinas, taller de

servicios, un museo del agua suman 5.4 hectáreas, que representan el 30% del

área total del terreno.

2. El tren de tratamiento de agua consta de un pretratamiento (cribado y

desarenado, posteriormente el tratamiento en las lagunas aireadas, después la

clarificación, desinfección, con luz ultravioleta y su retorno al Río Mezcalapa, los

lodos serán separados, prensados y estabilizados mediante su composteo, y se

realizara el análisis CRIT para conocer si son considerados residuos peligrosos o

no.

3. El 48.6 % del predio será destinado para áreas de rehabilitación ecológica, y

amortiguamiento, en las cuales se plantará flora nativa de Tabasco, cuyo

crecimiento contemple los tres estratos de vegetación (arbóreo, arbustivo y

herbáceo) y en el área acuática la vegetación acuática y semiacuática nativa, lo

que será una recuperación del ecosistema original, a expensas de la vegetación

secundaria que actualmente existe en el predio y que corresponde a pastizal

inducido con inundaciones periódicas.

4. Con la rehabilitación de la vegetación, se espera que exista un retorno de la

fauna nativa, el estrato arbóreo formara una barrera física natural que evite la

dispersión de olores a nivel de suelo, y generara un mejoramiento de la calidad

del paisaje.

5.- Las áreas no techadas como estacionamiento y patios accesos y andadores

ocuparan el 21.38 % del predio que corresponde a 3.85 hectáreas.

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II.- Aspectos Ambientales Significativos A continuación se enlistan las diversas actividades que se contemplan a lo largo

del proyecto de las cuales se identificaron y evaluaron como los aspectos

ambientales significativo del proyecto:

II.1 -Preparación del sitio:

Rescate de Flora y Fauna (propagulos y juveniles).

Desmonte, y nivelación (terraplen) en el predio.

Conformación de bordos y desazolve del canal pluvial “pedrero”.

Paso de vehículos y maquinaria.

Presencia de trabajadores

Generación de residuos sólidos y líquidos.

La primera acción que se realizara al iniciar la obra, será el rescate de las

plántulas que se encuentren en la zona de desplante, y así como de fauna,

poniendo especial énfasis en las tres especies de fauna enlistadas en la NOM-

059-SEMARNAT-2001, para posteriormente repoblar las áreas de

amortiguamiento y rehabilitación ecológica.

Por otro lado la fauna que se presente en el área donde se desarrollaran las

obras, será ahuyentada y en caso de ser necesario, capturarla y liberarla

inmediatamente en sitios de amortiguamiento.

Posteriormente, se realizará la limpieza del área que será utilizada para las

instalaciones de la planta de tratamiento, incluyendo la caseta, sopladores,

oficinas y toda el área de despalme igual a 95,215 m2 que representa el 52.9 del

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predio, el restante 47.7 % corresponde a áreas verdes, que engloba el concepto

de jardines y sitios de restauración las cuales requerirán preparación necesaria

para ser reforestados mediante el aumento de nivel y colocación de tierra fértil

rescatada de las áreas en que se colocara infraestructura.

En las áreas de desmonte la capa vegetal será rescatada para ser utilizada en las

áreas de restauración.

Se establecerán las plataformas con material de banco a una compactación de

90% PROCTOR sobre las cuales se construirán las casetas y el edificio

administrativo, para las lagunas aireadas, las terracerias serán colocadas sobre

una geomalla bidireccional, para dar mayor soporte a las plataformas en general

la infraestructura de la planta ya descrita.

La altura de las plataformas inicialmente se programaron de acuerdo al Nivel de

Agua Máximo extraordinario (NAME) establecido por CNA de 8.305 m., sin

embargo debido a las inundaciones ocurridas durante octubre del 2007, se

decidió elevar las plataformas de desplante a 10.179 metros y las coronas de las

lagunas a 12.679 metros

Dentro de las acciones el acceso al lugar del proyecto se utilizará la carretera,

con conduce a la ranchería, sin embargo dentro del predio se consideran el uso

de vehículos y maquinarías que generaran ruido y emisiones a la atmósfera, para

lo cual esta contemplado, que se aplique el programa de mantenimiento, así

como se riegue con agua si existe el levantamiento de partículas suspendidas.

Paso de vehículos y maquinaria.

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El personal que laborará en la obra, se apegara a los programas de

sensibilización y educación ambiental, así como dará cumplimiento a las medidas

preventivas y restrictivas para el proyecto.

Los residuos generados durante el proyecto son residuos sólidos y de manejo de

especial, los cuales serán entregados al camión de limpia de la ciudad, otros

residuos esperados, serán el agua resultado de los servicios en las oficinas y

casetas, la cual será conducida hacia la planta de tratamiento y en etapa de

construcción con letrinas portátiles.

II.2.- Construcción de la planta de tratamiento.

Construcción de la infraestructura y edificios.

Paso de vehículos y maquinaria.

Presencia de trabajadores

Generación de residuos sólidos y líquidos.

Una vez establecidas las terracerías, se iniciara simultáneamente la etapa

constructiva y equipamiento de cada una de las estructuras que integrarán la

planta de tratamiento.

Las bases de terracería realmente forman las bases y los taludes de las lagunas,

por lo tanto en la parte de construcción corresponde a la colocación de equipos,

tales como la membrana, los sopladores, y en general asegurarse que los niveles

se encuentren conforme a proyecto.

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El edificio administrativo y las casetas, serán realizados de manera estándar de

concreto armado y muros de block, sobre las plataformas conformadas en la

etapa de preparación del sitio, con acabados de pasta y mortero, equipados con

todos los servicios.

Los caminos y andadores, serán realizados en asfalto con guarniciones de

concreto en el estacionamiento se utilizara adopasto y los andadores peatonales

serán conformados con adoquines.

Durante esta etapa es donde tiene mayor personal y se generan residuos sólidos

urbanos y aguas residuales, mismo que se generan manejados adecuadamente,

dándole disposición final adecuada a través del envió de los residuos al relleno

sanitario del municipio de centro y las aguas residuales con letrinas portátiles.

II.3.- Operación y mantenimiento.

Tratamiento de aguas residuales de la zona sur de la ciudad de

Villahermosa.

Vertimiento de aguas tratadas al río.

Generación de composta (lodos desactivados).

Paso de vehículos y maquinaria.

Presencia de trabajadores

Generación de residuos sólidos y líquidos.

La planta de tratamiento de aguas residuales funcionara de forma automática en

todos sus aspectos de tratamiento al agua residual por lo tanto la operación

consistirá básicamente en la calibración y supervisión del buen funcionamiento

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de los equipos, los niveles adecuados, tomar decisiones y reportar en caso de

algún evento imprevisto.

El personal obtendrá las muestras de agua después de la desinfección para

realizar análisis de coliformes y determinación de parámetros como DBO, DQO y

pH y vigilar en todo momento que el agua producto cumpla con lo propuesto en

el diseño.

El mantenimiento de las áreas verdes es un aspecto muy importante del

mantenimiento y operación de la planta ya que esta funcionara como área de

amortiguamiento, de restauración de la flora y fauna, de retención de finos y

estabilización de taludes, por ello se contara con el personal necesario para

mantener estas áreas en optimo funcionamiento.

Se dará mantenimiento de manera periódica al canal perimetral para asegurar su

máxima eficiencia en la conducción de las aguas pluviales hacia el río y con ello

mantener libre de inundaciones a las partes bajas de la planta de tratamiento y

a los predios circundantes.

Se mantendrá en permanente crecimiento la cortina viva conformada por árboles

nativos, que conformará la zona de amortiguamiento.

Se mantendrá en constante producción el vivero para contar con material

vegetal siempre.

Se realizaran cursos sobre educación ambiental y cultura del agua, dirigidos a la

comunidad cercana.

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II.4 Generación, Manejo y Disposición de Residuos Sólidos,

Líquidos y Emisiones a la Atmósfera.

Durante la etapa de preparación del sitio y en la etapa de construcción se

generarán residuos sólidos, así como recortes de varillas, cables láminas, restos

de tubería etc. Los cuales serán canalizados hacia los centros de acopio y

reciclaje que existen en Villahermosa.

También se generaran residuos domésticos por consumo de alimentos y

provisiones por parte del personal de las compañías constructoras los cuales

serán entregados al servicio de limpia del sitio y en caso de generarse un

volumen sostenible, se llevaran por cuenta del proyecto al relleno sanitario.

Las emisiones a la atmósfera que se generaran durante la preparación y

construcción de la planta de tratamiento son humos resultado de la combustión

de el diesel de la maquinaría. Las emisiones resultado de la combustión del

diesel, las cuales son poco significativas para el ambiente y dinamismo de la

ciudad de Villahermosa, ya que se encontraran en buen estado mecánico y

dentro del rango de emisiones de diseño.

Es probable que se puedan resuspender polvos por efecto del manejo de las

terracerias, para evitar esa resuspensión se mantendrán humedecidas las

superficies de la terracería a ser manejadas, con el fin de evitar que los vientos

levanten grandes cantidades de partículas.

Las emisiones de ruido que se generaran serán el resultado de la operación de la

maquinaría, sin embargo éste no afectara el entorno ya que será puntual,

alejada de los predios vecinos y en horario diurno.

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Los residuos sólidos generados, serán recolectados en tambos de 200 litros,

distribuidos estratégicamente en el área de obra a los cuales se les dará

mantenimiento continuo y los residuos llevados al relleno sanitario municipal.

Los residuos líquidos durante la etapa de construcción serán muy pocos debido a

que no será necesario tener un campamento, ya que los trabajadores provendrán

de la zona urbana cercana y para prevenir los residuos sanitarios, se contrataran

baños portátiles, los cuales serán mantenidos de manera constante por la

empresa contratada al efecto.

B).- Durante la etapa de operación

En esta etapa los residuos sólidos corresponderán a los generados por las

actividades personales de los empleados los cuales se encontraran en cantidades

menores a las de una casa habitación, por ello serán entregados al servicio de

limpia municipal.

Los residuos líquidos corresponderán a las actividades del personal en la planta,

tales como drenaje, los cuales serán acopiados en una fosa séptica y conducidos

para su tratamiento en la misma planta.

Por el tipo de análisis que se realizaran en el laboratorio no se espera la

generación de residuos peligrosos, tampoco se realizara ningún tipo de

mantenimiento con aceites ni grasas sin embargo en caso de generarse estos se

contará con sitio de acopio y se contratara a una empresa autorizada para su

colecta y disposición adecuada.

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Las grasas separadas del agua residual se dispondrán mediante una empresa

autorizada para el acopio y reciclamiento de este material.

No se esperan emisiones a la atmósfera, ya que todos los equipos funcionaran

con energía eléctrica.

Es posible que se generen de vez en vez residuos metálicos, por el recambio de

piezas en los equipos, estos serán canalizados a las empresas de reciclado de

Villahermosa.

En general los residuos será de tipo orgánico principalmente, el mayor volumen

corresponderá a los lodos producidos y al producto de podas en las áreas verdes

los cuales serán composteados y aprovechados in situ.

Por ello se considera que estos residuos orgánicos forman parte de los productos

de la planta de tratamiento, más que residuos, ya que como mejorador de

suelos, podrá ser susceptible de ser utilizado en el terreno e incluso podría

comercializarse, utilizando ecotecnias tales como la lobricomposta.

Se generaran residuos sólidos de tipo municipal por las actividades naturales de

la oficina, que serán dispuestos en el transporte municipal de limpia con

excepción de aquellos materiales susceptibles de ser reciclados los cuales se

enviaran a empresas de acopio especializadas.

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III.- Legislación Ambiental en la materia.

De acuerdo a lo previsto en el articulo 28 la LGEEPA y del articulo 5° el inciso

“A” de su reglamento en materia de impacto ambiental, la construcción y

operación de una planta de tratamiento de aguas residuales que verterá las

aguas tratadas en aguas nacionales, corresponde la elaboración de una

Manifestación de impacto ambiental modalidad particular en el ámbito federal.

Por lo que para el proyecto se cuenta con una MIA-P, misma que cumple con los

requisitos de la guía correspondiente emitida por la SEMARNAT, misma que

deberá ser presenta ante el Centro Integral de Servicios de la SEMARNAT para su

evaluación y obtener su autorización correspondiente de parte de la Secretaría.

El proyecto en materia de impacto es de Competencia federal, mediante y

como instrumento ambiental aplicable se elaboró la MIA-P, de acuerdo a la

siguiente normatividad.

1) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

2) Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

3) Ley General de Vida Silvestre.

4) Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco

el 2 de diciembre de 2006, relativo a la aprobación e instrumentación del

Programa Estatal de Ordenamiento Territorial (PEOT).

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5) Acuerdo que publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de

Tabasco el 20 de diciembre de 2006 relativo a la aprobación del Programa de

Ordenamiento Ecológico Territorial (POET).

6) Se aclara que el Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Villahermosa,

(PDU), no aplica para el presente proyecto, ya que el predio en el que se

propone la planta de tratamiento, se encuentra fuera de sus límites. Sin

embargo la zona urbana a la cual la planta dará servicio, si se encuentra

influenciada por este.

7) NOM-001-SEMARNAT-1996. Que establece los límites máximos permisibles de

contaminantes en las descargas de aguas residuales en agua y bienes nacionales.

8) NOM-002-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles

de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de

alcantarillado urbano o municipal.

9) NOM-003-SEMARNAT-1997. Que establece los límites máximos permisibles de

contaminantes para las aguas residuales tratadas que se rehúsen en servicios al

público.

10) NOM-004-SEMARNAT-2002.- Protección Ambiental.- Lodos y Biosólidos .-

Que establece las especificaciones y límites máximos permisibles de

contaminantes para su aprovechamiento y disposición final.

11) NOM-041-SEMARNAT-1999.- Que establece los limites máximos permisibles de

emisión de gases contaminantes provenientes de los escapes de los vehiculo

automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

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19

12) NOM-042-SEMARNAT-1993.-Que establece los limites máximos permisibles de

emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono, óxidos de

nitrógeno y partículas suspendidas provenientes del escape de vehículos

automotores nuevos en plantas, así como de hidrocarburos evaporativos

provenientes del sistema de combustible que usan gasolina, gas licuado de

petróleo, gas natural y diesel de los mismos, con peso bruto vehicular que no

exceda los 3,856 kg.

13) NOM-044-SEMARNAT-1993.- Que establece los niveles máximos permisibles de

emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono, óxidos de nitrógenos, partículas

suspendidas totales y opacidad de humo proveniente del escape de motores

nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizaran para la propulsión

de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kg.

14) NOM-045-SEMARNAT-1996.- Que establece los niveles máximos permisibles de

opacidad del humo proveniente del escape de vehículos automotores en

circulación que usan diesel o mezclas que incluyen diesel como combustible.

15) NOM-052-SEMARNAT-2005.- Que establece las características el

procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos

peligrosos.

16) NOM-053-SEMARNAT-1993.- Que establece el procedimiento para llevar a

cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un

residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

17) NOM-055-SEMARNAT-2003.-Que establece los requisitos que deben reunir los

sitios destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos, excepto de

los reactivos.

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18) NOM-059-SEMARNAT-2001.-Protección Ambiental – Especies nativas de México

de flora y fauna silvestre – Categorías de riesgo y especificaciones para su

inclusión, exclusión o cambio – Lista de especies en riesgo.

19) NOM-080-SEMARNAT-1994.-Que establece los límites máximos permisibles de

emisión de ruido proveniente del escape de los vehículos automotores,

motocicletas y triclicos motorizados en circulación, y su método de medición.

20) NOM-081-SEMARNAT-1994.- Que establece los límites máximos permisibles

de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.

21) NOM-083-SEMARNAT-2003.- Especificaciones de protección ambiental para la

selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras

complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de

manejo especial.

22) NOM-086-SEMARNAT-1994.- Contaminación atmosférica – especificaciones

sobre protección ambiental que deben reunir los combustibles fósiles líquidos y

gaseosos que se usan en fuentes fijas y móviles.

23) NOM-127-SEMARNAT-SSA1-1994, Salud ambiental, agua para uso y consumo

humano límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el

agua para su potabilización.

24) TRAMITE SERMANAT-004-02.- Recepción, evaluación y resolución de la

Manifestación de impacto ambiental en su Modalidad particular.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

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De acuerdo y de acuerdo a las características del Proyecto”, “Planta de

Tratamiento de Aguas Residuales Zona Sureste Villahermosa” es evidente que

aplica el párrafo I del artículo 28 de la LGEEPA, el cual establece lo siguiente:

Requerirán autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de

Medio Ambiente y Recursos Naturales, quienes pretendan llevar a cabo:

I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos,

carboductos y poliductos;

De donde se desprende que la SEMARNAT es autoridad competente para conocer

del procedimiento de evaluación del impacto ambiental en los términos

solicitados.

En concordancia con la anterior, resulta procedente la presentación de una

manifestación de impacto ambiental en su modalidad particular, de

conformidad a lo previsto por los artículos 9, 10 y 12 del Reglamento de la

LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental,

Por otro lado el artículo 35 de la LGEEPA, que regula la resolución del

procedimiento de evaluación del impacto ambiental, establece únicamente tres

causas de negativa de la autorización de impacto ambiental, las causas de

negativa son las siguientes:

a) Que se contravenga lo establecido en la LGEEPA, sus reglamentos, las normas

oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables;

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b) Que la obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más

especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando

se afecte a una de dichas especies, o

c) Que exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes,

respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate.

Ley General de Vida Silvestre (LGVS)

El artículo 4º de la LGVS prohíbe la realización de cualquier acto que implique la

destrucción, daño o perturbación de la vida silvestre, entendida ésta como los

organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se

desarrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e

individuos que se encuentran bajo control del hombre, así como las ferales.

El ordenamiento citado prevé restricciones únicamente para las actividades de

aprovechamiento extractivo y no extractivo. Entendiéndose en términos del

artículo 3º de la LGVS:

I. Aprovechamiento extractivo: La utilización de ejemplares, partes o derivados

de especies silvestres, mediante colecta, captura o caza.

II. Aprovechamiento no extractivo: Las actividades directamente relacionadas

con la vida silvestre en su hábitat natural que no impliquen la remoción de

ejemplares, partes o derivados, y que, de no ser adecuadamente reguladas,

pudieran causar impactos significativos sobre eventos biológicos, poblaciones o

hábitat de las especies silvestres.

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En función a lo anterior, y como se desprende en la MIA, relativo al Proyecto, no

tiene por objeto la utilización de ejemplares de especies silvestre, o bien la

realización de actividades directamente relacionadas con la vida silvestre, por lo

que no opera restricción alguna en esta materia. Las actividades asociados al

proyecto no implicarán la destrucción, daño o perturbación de la vida silvestre,

por el contrario, en un área perturbada (el predio) se propone la rehabilitación

ecológica con especies nativas, tratando de emular y por lo tanto restituir los

procesos ecológicos que ahí se llevaban a cabo antes de que las actividades

agropecuarias realizadas desde hace mucho tiempo, sobrepasaran la resiliencia

del sitio, convirtiéndolo en lo que es hoy, un pastizal inducido.

El proyecto no se encuentra dentro de una zona que haya sido declarada por la

SEMARNAT como hábitat crítico para la conservación de la vida silvestre, por lo

que no resulta aplicable ninguna medida especial de manejo o conservación en

términos de los dispuesto por los artículos 63 y 64 de la ley. No existen

limitaciones a los derechos de dominio en el predio en el que se desarrollará el

proyecto. Tampoco existen dentro del mismo, programas de prevención,

atención de emergencias o de restauración para la recuperación y

restablecimiento de las condiciones de la vida silvestre.

Se pudo apreciar en la MIA, baja abundancia de especies de flora y de fauna No

obstante lo anterior, la obra o actividad no afectará a ninguna una de dichas

especies. Por lo que hace a ejemplares de fauna previstos por la NOM-059-

SEMARNAT-2001, al afectarse para operación de la planta únicamente una

superficie del 52.9% de la superficie total del predio, los efectos sobre el hábitat

de las especies contenidas en la norma citada, es moderado. La intensidad de

dicha afectación se atenuará por la rehabilitación de hábitat que se llevara a

cabo, conservando de este modo el pool genético de las poblaciones, y

permitiendo que estas especies e incluso otras originarias de aquí pero, que

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ahora ya no se encuentran por la modificación de hábitat alimento y refugio. Por

tanto, puede concluirse que no existe impedimento alguno en términos de lo

dispuesto por el artículo 35 de la LGEEPA en relación con la LGVS.

Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco

Tal como se analiza en la LGEEPA, y su Reglamento en Materia de Impacto

Ambiental, la evaluación de la MIA, para una planta de tratamiento de aguas

residuales que descargue el agua producto a aguas nacionales, es de ámbito

federal, sin embargo por contemplarse en el criterio numero “INF 1”, Programa

de Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Tabasco publicado el 20 de

Diciembre de 2006, se realiza el análisis de aplicación como sigue:

El ámbito de aplicación de la Ley de Protección Ambiental de Tabasco (LPAET),

se señala en su artículo 3, párrafos II, y IV tal como a continuación se cita y

vincula con el proyecto:

ARTÍCULO 3.- Esta Ley se aplicará en el territorio del Estado, en los siguientes

casos:

II. En la prevención y control de la contaminación de las aguas localizadas en el

Estado, que de conformidad con el párrafo quinto del artículo 27 constitucional,

no sean consideradas Aguas nacionales, o que tratándose de aguas nacionales

hayan sido asignadas al mismo.

En este caso se señala que no es ámbito de competencia de la LPAET las aguas

nacionales señalada como tal por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, la cual señala en su artículo 27 que los ríos y sus afluentes son aguas

Nacionales, tal como a continuación se cita:

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Articulo 27 Son propiedad de la Nación las aguas de los ríos y sus afluentes

directos e indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras

aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el

mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; El Rió Mezcalapa entra en

esta categoría de aguas nacionales, de lo cual se desprende que la LPAET,

excluye del ámbito de su competencia la protección del Rió, ya que corresponde

al ámbito Federal.

VI. En la evaluación y autorización del impacto ambiental de obras y actividades

que de conformidad con lo que establece la Ley General del Equilibrio Ecológico

y la Protección al Ambiente, no sean de competencia federal; y..En este párrafo

se señala que quedan excluidas las obras y actividades que son de competencia

federal, de esta manera es evidente y congruente con las leyes y reglamentos en

ambos niveles de competencia que la Evaluación de Impacto Ambiental para el

Proyecto “planta de Tratamiento de Aguas Residuales Zona Sureste” es de

ámbito Federal.

Sin embargo en el artículo 4 de la LPAET, se contempla la protección y

preservación de la biodiversidad como de utilidad publica, y en su artículo 6

señala los principios rectores de la política ambiental, tal como a continuación

se cita:

ARTÍCULO 4.- Se considera de utilidad pública: La formulación y ejecución de

acciones de protección y preservación de la biodiversidad del territorio estatal y

las zonas sobre las que éste ejerce su soberanía; y

ARTÍCULO 6.- La política ambiental en el Estado de Tabasco se rige por los

siguientes principios:

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II. La conservación, restauración y el manejo sustentable de los recursos

naturales del Estado prevalecerán sobre cualquier otro tipo de uso y destino que

se pretenda asignar.

La planta de tratamiento dará tratamiento al agua residual que actualmente se

produce en el sureste de la ciudad de Villahermosa, esta agua actualmente se

vierte a la cuenca, de manera cruda (sin tratamiento), lo cual ocasiona

diferentes grados de contaminación de las aguas freáticas y superficiales, por

ello este proyecto al dar tratamiento al agua, es una obra que apoyará la

conservación, restauración y manejo sustentable de los recursos naturales del

Estado con lo cual su realización es prioritaria desde el punto de vista de

conservación ambiental y en congruencia con los principios dictados en el

articulo 6, de la LPAET.

Cualquier programa, proyecto o acción que se desarrolle en el Estado deberá

garantizar el mantenimiento y conservación de la biodiversidad, así como de la

continuidad e integridad de los ecosistemas;

Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental

De acuerdo al artículo 5 inciso “a)”, párrafo VI del Reglamento en Materia de

Impacto Ambiental de la LGEEPA, se indica que la presentación de la

manifestación de Impacto ambiental para el caso de Plantas para el tratamiento

de aguas residuales que descarguen líquidos o lodos en cuerpos receptores que

constituyan bienes nacionales; corresponde al Ámbito Federal, tal como a

continuación se cita:

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CAPÍTULO II

DE LAS OBRAS O ACTIVIDADES QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE

IMPACTO AMBIENTAL Y DE LAS EXCEPCIONES.

Artículo 5º.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o

actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia

de impacto ambiental:

A) HIDRÁULICAS:

VI. Plantas para el tratamiento de aguas residuales que descarguen líquidos o

Iodos en cuerpos receptores que constituyan bienes nacionales.

En este caso se trata de la construcción y operación una planta para dar

tratamiento a las aguas residuales que se producen en la zona sureste de la

Ciudad de Villahermosa en el estado de Tabasco, la cual conducirá las aguas

producto hacia el río Mezcalapa,

Programa Estatal de Ordenamiento Territorial (PEOT).

Uno de los instrumentos de planeación en el estado de tabasco es el PEOT, el

cual aplica en el área y designa para el uso de suelo y vegetación, que el área en

donde se desarrollara la planta de tratamiento de aguas residuales para la zona

sureste de la ciudad de Villahermosa, como un sitio de uso de suelo es

vegetación de tular y pastizal cultivado , lo cual corresponde con lo observado

en la caracterización ambiental del sitio en la cual se encontró que es un área

de pastizal inducido, con inundaciones por encontrarse en una zona baja de

escurrimientos pluviales.

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El uso de suelo es también congruente con la información proporcionada por la

Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial (SDUOT),

dependiente de la Secretaria de Asentamientos y Obras Publicas del Estado de

Tabasco (SAOP) que en su oficio No. SAOP/SDUOT/271/08, del 22 de mayo de

2008, en donde indica que según el PEOT, el uso de suelo es vegetación de tular

y pastizal cultivado, y que por esta fuera de los límites urbanos y por presentar

Características importantes, la planta de tratamiento no interfiere con proyecto

alguno de orden territorial o urbano.

EL oficio SAOP/SDUOT/271/08 citado, también indica que el predio que se

encuentra dentro de un polígono de inundación, probablemente de un cuerpo

lagunar (laguna el tinto), y recomienda solicitar la opinión técnica de la

CONAGUA a fin de determinar la vulnerabilidad por inundación de la Zona así

como su capacidad de almacenamiento de la cuenca, al respecto se realizo la

consulta técnica a CONAGUA quien mediante oficio BOO.E.65.4.1.-111/2008

fechado el 11 de abril de 2008 y visita de inspección, determinó que el predio en

donde se construirá es una zona de bajo relieve que funciona como área de

almacenamiento de los excedentes de lluvia conocido por los habitantes del

lugar como laguna el tinto y señala que dicho cuerpo de agua NO se encuentra

considerado propiedad de la nación y por lo tanto NO se encuentra a cargo de la

CONAGUA, de esta manera entonces de acuerdo al art. a Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, la cual enumera en su articulo 27 las aguas

nacionales propiedad de la nación, e indica que cualesquiera otras aguas forman

parte integral del terreno y en caso de abarcar mas de dos predios se considera

de utilidad publica y queda sujeto a las disposiciones del Gobierno del Estado,

de esta forma el brazo técnico operativo de gobierno del estado de Tabasco en

materia de agua es precisamente SAPAET (Servicios de Agua Potable y

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Alcantarillado del Estado de Tabasco) quien es el promovente de la planta de

tratamiento de aguas residuales que nos ocupa.

Por todo lo anterior se puede concluir que la planta de tratamiento de aguas

residuales es congruente con lo previsto en el PEOT, de acuerdo con lo declarado

por la SAOP, que al ser un área de bajo relieve inundable, funciona como

almacén de agua pluvial excedente, pero no es considerada aguas nacionales por

lo tanto no es competencia de la CONAGUA, sino de la autoridad estatal en

materia de agua, que al resultar ser el mismo promovente, se asegura el

correcto destino y uso de suelo en el predio.

Según el Programa Estatal de Ordenamiento Territorial PEOT, la planta de

tratamiento tiene designado un uso de suelo de tular y pastizal cultivado.

Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial (POET)

De acuerdo con lo indicado en el oficio No SERNAPAM/SPA/027/08 emitido el día

10 de abril de 2008, por la Secretaria de Recursos Naturales y Protección

Ambiental (SERNAPAM), el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del

Estado de Tabasco publicado el 20 de diciembre de 2006, ubica el predio en una

zona de restauración y una zona de uso intensivo, según oficio la dependencia

indica mediante un mapa de la zona, que el tipo de uso de suelo que aplica en el

área es de “ZONA DE USO INTENSIVO”.

De acuerdo al tipo de uso de suelo dictado por el POET, la planta de tratamiento

de aguas residuales que nos ocupa, se encuentra regulada por los criterios y

vocaciones donde los impactos ambientales serán compensados con las medidas

de mitigación propuesta.

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Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población del Municipio de

Centro, Tabasco.

El predio en donde se propone la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, no

se encuentra contemplado dentro del polígono del Programa de Desarrollo

Urbano, aunque la zona urbana de la cual provendrá el agua residual si se

encuentra dentro del PDU. En este caso las obras de drenaje y conducción de

agua se encuentran fuera de los alcances de esta manifestación debido a que es

desarrollada por un proyecto paralelo al presente y la normatividad ambiental

marca que es del ámbito estatal.

Debido a la importancia que significa el tratamiento de aguas residuales para el

área urbana, en el PDU se menciona que el desarrollo acelerado de la Ciudad, ha

propiciado un crecimiento horizontal de la mancha urbana, dificultando la

dotación satisfactoria de servicios básicos para la población y elevando el costo

de introducción y operación de los mismos.

Dentro de éste Programa de Desarrollo del Centro de Población del Municipio de

Centro, Tabasco, se tienen contempladas actividades en base a Programas de

Planeación a corto y mediano plazo, suelo urbano, vivienda, infraestructura,

medio ambiente, vialidad y transporte, equipamiento y servicios, imagen

urbana, riesgos y vulnerabilidad.

Dentro de ellos destacan para la Importancia del presente proyecto los

siguientes proyectos paralelos:

Rehabilitación de las Líneas de Agua Potable y Alcantarillado.

Construcción de Planta Potabilizadora de Agua Potable.

Construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Negras.

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Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en Colonias que carecen

del Servicio.

Instalación del Drenaje Pluvial de la Ciudad.

Sistema Nacional y Estatal de Áreas Naturales Protegidas.

El predio en el que se propone la planta de tratamiento de aguas residuales Zona

Sureste, no se encuentra dentro ninguna área natural protegida y tampoco

existen vestigios arqueológicos, ni sitios de importancia cultural, lo cual fue

evidente durante los muestreos necesarios para la caracterización ambiental.

Tampoco existen sistemas ecológicos excepcionales, ni elementos relevantes

por su estado de conservación. Vale aclarar que el área protegida mas cercana

al predio ubicada a 21,000 m. y se trata de un Área Arqueológica (sin decreto),

dentro del Municipio de Comalcalco por lo tanto no existe ninguna afectación

que la planta pudiera causar en este aspecto. Como un marco de referencia se

tienen las 9 Áreas Naturales Protegidas, decretadas por el Estado de Tabasco

localizadas en sus diferentes Municipios, y una de ANP de competencia federal

siendo los Pantanos de Centla.

Área Natural Protegida. Localización

Con respecto a la Legislación Ambiental en la materia el proyecto tiene

Manifestación de Impacto Ambiental modalidad particular en apego a los

ordenamientos legales aplicables en materia ambiental mexicana

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IV.- Descripción del Medio

IV.1.- Vegetación

La vegetación terrestre de Tabasco, esta constituida por 159 familias con 988

géneros y 2598 especies y subespecies. Cincuenta y cuatro especies están dentro

de alguna de las categorías de la NOM- 059-SEMARNAT-2001 (32 amenazadas,

siete en peligro de extinción y 15 bajo protección especial). Las palmas y las

leguminosas son las familias con más especies en estas categorías (Barba-Macias,

et., al, 2006).

La ciudad de Villahermosa y sus alrededores pertenece originalmente a una zona

de vegetación de Selva Alta Perennifolia y Mediana Subperenifolia. Los árboles

del estrato superior alcanzan entre 30-40 metros aproximadamente. Las especies

dominantes reportadas en la bibliografía son Cedrela mexicana, Manilkara

zapota, Ceiba pentandra, Bursera simaruba. Los diámetros se encuentran dentro

del intervalo de los 30 y 60 centímetros. El estrato medio-bajo se encuentra

entre 12 y 15 metros de altura, las especies dominantes son Sapindus saponaria,

Byrsonima crassifolia, Haematoxylum campechianum Crysophylum cainito y

Coccoloba barbadensis.(Abogado, 2005).

Actualmente en la ciudad de Villahermosa, la vegetación primaria terrestre esta

reducida a islas de vegetación entre áreas extensas fuertemente perturbadas por

ganadería, agricultura, asentamientos humanos y actividades de Petróleos

Mexicanos. (Barba-Macias, et., al, 2006). La gran mayoría de las áreas en las que

se desarrolló la selva primaria, actualmente son pastizal inducido.

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El pastizal inducido surge cuando se elimina totalmente la vegetación debido a

quemas o entre 3 o 6 meses de inundación. Se localizan principalmente en las

llanuras aluviales bajas y llanuras litorales donde predominan las depresiones

inundadas sobre los cordones litorales. En esta asociación vegetal predominan

los pastos nativos como el Paspalum paniculatum, Leersia hexandra y Paspalum

conjugatum.

La vegetación riparia es aquella que crece en la zona de transición entre los

medios terrestres y acuáticos. (Granados, et., al, 2006), en el estado de tabasco

ha sido prácticamente eliminada, lo que genera desborde marginal de ríos y

asolvamiento de cauces (Barba-Macias, et., al, 2006).

Las especies principalmente dominantes de la vegetación riparia en el centro de

tabasco son Citharexylum hexangulare, Dalbergia brownii, Chrysobalanus icaco,

Pithecellobium lanceolatum e Inga sp Haematoxylum campechianum,

Lonchocarpus hondurensis,(RAMSAR, 2001).

Los ecotonos con selva se conocen como tifales se encuentran arbustos y hierbas

que soportan altos índices de inundación: En áreas menos inundadas y en

transición con el tintal el Tifal es desplazado por el chaparral de Mimosa pigra y

por Cyperus articulatus (CONABIO, 2007)

Durante los recorridos dentro del predio en donde se propone la planta de

tratamiento de aguas residuales, se hizo evidente que el predio tiene escasa

cobertura arbórea.

Dentro del predio se identificaron dos zonas ecológicas, el área de inundación

que drena hacia el canal Pedrero localizado a 50 m al norte del predio a la que

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se le denominó zona baja y la sección centro-sur, a la que se le denominó zona

alta.

Estas zonas son claramente delimitadas por la vegetación. En el límite de estas

dos zonas dentro del predio es posible encontrar un corredor de Mimosa pigra

denominada guarumo, especie que se desarrolla en los límites de las áreas de

inundación y también es considerada especie indicadora de alteración.

La sección centro-sur es la que presenta especies arbóreas dentro del predio,

aunque en muy baja densidad. En el resto del predio las especies dominantes son

las gramíneas Paspalum plicatulum, Paspalum fasciculatum

Con respecto a la vegetación, se encontraron 23 familias que comprenden 34

especies y 32 géneros. La familia más importante fue la Fabaceae con 5 especies

seguida de la Poaceae con tres especies.

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Tabla 1.- Familias encontradas en el predio

Familia Especies

Fabaceae 6

Poaceae 3

Araceae 2

Moraceae 2

Bignoniaceae 2

Bombacaceae 2

Malvaceae 2

Cucurbitaceae 1

Cannaceae 1

Cecropiaceae 1

Anacardiaceae 1

Boraginaceae 1

Musaceae 1

Asclepiadaceae 1

Rutaceae 1

Salicaceae 1

Sterculiaceae 1

Verbenaceae 1

Pasifloraceae 1

Aristolochiaceae 1

Solanaceae 1

Cactaceae 1

Commelinaceae 1

De las especies encontradas cinco son exóticas y están reportadas como

introducidas a México.

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Tabla 2 especies vegetales encontradas en el predio

Familia Nombre Comun Nombre Cientifico Origen

Anacardiaceae Mango Mangifera indica Introducida

Araceae Malanga Xantosoma yucatanense Nativa

Araceae Syngonium pophyllum Nativa

Aristolochiaceae Guaco Aristolochia sp Nativa

Asclepiadaceae Quiebra muela Asclepia curassavica Nativa

Bignoniaceae Maculis Tabebuia rosea Nativa

Bignoniaceae Tulipan africano Spathodeacampanulata Introducida

Bombacaceae Ceiba Ceiba pentandra Nativa

Bombacaceae Sapote de agua Pachira acuatica Nativa

Boraginaceae Vara de mono Heliotropium indicum Nativa

Cactaceae Pitaya de monte Epiphyllum phyllantus Nativa

Cannaceae Platanillo Canna indica Nativa

Cecropiaceae Guarumbo Cecropia peltata Nativa

Commelinaceae Lengua de pollo Commelina coelestis Nativa

Cucurbitaceae Cundeamor Momordica charanthia Nativa

Cyperaceae Junco Cyperus sp

Fabaceae Cocoite Grilicidia sepium

Fabaceae Huatope Inga sp Nativa

Fabaceae Gusano Lonchocarpus sp Nativa

Fabaceae Zarza Mimosa pigra Nativa

Fabaceae Ojo de venado Mucuna andreana Nativa

Fabaceae Tukuy Pithecellobium anceolatum Nativa

Fabaceae Yaax jabin Lonchocarpus sp Nativa

Malvaceae Majahua Hampea trilobata Nativa

Malvaceae Chichibej Sida acuta Nativa

Moraceae Contrahierba Dorstenia contrajerva Nativa

Moraceae Matapalo Ficus sp Nativa

Musaceae Platano Musa paradisiaca Introducida

Pasifloraceae Flor de la pasión Passiflora spp Nativa

Poaceae Bambu Bambusa vulgaris Introducida

Poaceae Zacate camalote Paspalum fasciculatum Nativa

Poaceae Zacate pajon Paspalum plicatulum Nativa

Rutaceae Naranja Citrus aurantium Introducida

Salicaceae Sauce Salix salicifolia Nativa

Solanaceae Solanaceae Solanum sp Nativa

Sterculiaceae Pixoy Guazuma ulmifolia Nativa

Verbenaceae Palomillo Citharexylum hexangulare Nativa

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IV.2- Fauna.

La fauna de Tabasco en su mayor parte pertenece a la región biogeografía

neotropical, presenta agrupaciones plenamente identificadas con la asociaciones

vegetales; se pueden distinguir las siguientes siete asociaciones faunisticas; de

bosque tropical perennifolio, de acahual, de pastizales o sabana, de pantano de

agua dulce, de pantano de mucaleria, de pantano de manglares y de aguas

salinas.

Para su caracterización, la fauna fue dividida en tres grupos básicos: mamíferos,

aves y reptiles. Durante los trabajo de campo se identificación a lo largo del

predio a través de la observación directa lo siguiente:

Mamíferos

Fueron encontrados dos especies de mamíferos de talla media Canis familiaris y

Procyon lotor Por el número de huellas y rastros registrados se puede mencionar

que ambas especies se distribuyen en toda el área de estudio. Sin embargo es

importante hacer notar que Canis familiaris es una especie doméstica que

ahuyenta y daña la fauna nativa

Tabla 3.- Especies de mamíferos medianos encontrados dentro del predio

Familia Nombre Común Nombre Cientifico

Canidae Perro Canis familiaris

Procyonidae mapache Procyon lotor

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Aves

Se hicieron recorridos a lo largo y ancho del predio buscando actividad de aves.

Únicamente se encontró una especie representando a cada familia. Dentro de

este listado solo tres aves fueron encontradas fuera de los límites del predio, en

el área de influencia.

Todas las especies reportadas son clasificadas como residentes del estado.

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Tabla 4.- Aves encontradas en el área de estudio y área de influencia.

Familia

Nombre Común

Nombre Científico

Observada dentro

del predio

En área de influencia

Accipitridae Gavilán Buteo sp x

Alcedinidae

Martín pescador Ceryle torquatus x

Anatidae

Garza blanca Ardea alba x

Anatidae

pijije Dendrocygna autumnalis

x

Cathartidae

Zopilote negro

Coragyps atratus x

Corvidae

Chara Cyanocorax morio x

Cuculidae

Pijuy Crotophaga sulcirostris x

Emberizidae

Zanate Quiscalus mexicanus

x

Falconidae

Caracara comun

Polyborus plancus x

Fringilidae

Sargentito

Agelaius phoeniceus x

Jacanidae

Jacana Jacana spinosa x

Phalacrocoracidae

Camacho Phalacrocórax brasilianus

x

Psittacidae Kili Aratinga nana x

Rallidae

Tutupana Aramides cajanea x

Scolopacidae

Chorlitos Scolopacidae x

Picidae

Carpintero Melanerpes aurifrons x

Tyrannidae

Chilera Pitangus sulphuratus x

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Reptiles y Anfibios

Se hizo una búsqueda activa en oquedades, troncos, hojas secas y especies

vegetales que proporcionan resguardo principalmente y en encharcamientos de

agua y zonas con hojarasca húmeda.

Para anfibios y reptiles se realizó de manera conjunta, tomándolos como un solo

grupo faunístico. En la parte norte del predio se observo una distribución

relativamente uniforme para Bufo marinus y Rana berlandieri la segunda se

encuentra en la NOM-059-SEMARNAT- 2001.

En el caso de Bufo marinus se encontró que esta especie hace madrigueras

dentrodel predio y el máximo de individuos encontrados en ella es de dos.

Durante los recorridos en campo se encontraron 2 especies de reptiles y 4

especies de anfibios, y de acuerdo a las referencias de los pobladores se

distribuyen en el área otras cinco especies de reptiles. De los organismos

encontrados en el predio, la familia mejor representada es la Bufonidae y la

Ranidae, ambas con dos especies.

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Tabla 5.-Anfibios y reptiles encontrados.

Familia

Nombre Común

Nombre Científico

Referida por los

Pobladores

Observada

dentro del

predio

Boidae Boa Boa constrictor x

Bufonidae Sapo Bufo valliceps x

Bufonidae Sapo Bufo marinus x

Elapidae Coralillo Micrurus diastema x

Emydidae Jicotea Trachemys scripta x

Iguanidae

Iguana verde

Iguana iguana x

Kinosternidae Pochitoque Kinosternon sp x

Ranidae

Rana leopardo

Rana berlandieri x

Ranidae Rana Hilax sp x

Staurotypidae

Huau Staurotypus triporcatus

x

Viperidae Nauyaca Bothrops asper x

Dentro del predio fueron encontradas 21 especies de vertebrados, el grupo

mejor representado fue el de aves con el 61% de las especies observadas en el

predio. Debido a las características de inundación el segundo grupo mejor

representado fueron los anfibios y reptiles.

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V.-Conclusiones

El proyecto tiene elaborado Manifiesto de Impacto Ambiental, Modalidad

Particular dando cumplimiento al Artículo 28 de LGEEPA inciso A), y 5 del

Reglamento de la LGEEPA en materia de evaluación del impacto ambiental.

Con la operación de la planta de tratamiento Sureste en la ciudad de

Villahermosa se espera una mejora significativa en la salud ambiental y la

salubridad en la capital tabasqueña.

La construcción y operación adecuada de una planta de tratamiento para que

atienda el agua residual generada en la ciudad de Villahermosa, es una acción

necesaria, urgente e impostergable, toda vez que el vertimiento del agua

residual en forma cruda esta causando daños al ambiente natural, que incluso

repercuten en la salud de los pobladores.

La construcción del proyecto, generará un beneficio al ambiente de grandes

proporciones, al liberarlo de la contaminación que en este momento esta siendo

sujeto, por la contaminación con el agua residual cruda.

El estado de conservación ambiental en el que actualmente se encuentra el

predio donde se propone la planta de tratamiento, se considera muy degradado,

ya que la gran mayoría de los elementos bióticos originales ya no se encuentran

presentes.

El predio donde se pretende realizar la construcción del proyecto no se

encuentra dentro de áreas naturales protegidas estatales o federales, o regiones

prioritarias para la conservación de la biodiversidad, siendo decretada por el

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Programa de .Ordenamiento Territorial del Estado de Tabasco, como una zona

de restauración y una zona de uso intensivo, por lo que hace factible el

desarrollo del proyecto en la zona.

Los impactos ambientales negativos identificados por la construcción y operación

de la planta de tratamiento, se calificaron como de poca relevancia, la gran

mayoría de ellos es prevenible y/o mitigable, los impactos residuales son

totalmente compensables.

La rehabilitación ecológica en el 55 % del predio en el cual se propone la planta

de tratamiento generara un impacto positivo relevante al restaurarla vegetación

nativa en un sitio en que ya no existe, con lo cual se espera se generen sitios de

refugio y en general el hábitat adecuado para el regreso de la fauna nativa.

El río Mezcalapa no sufrirá ningún impacto directo por la construcción de la

planta de tratamientos, sin embargo, se tendrá especial cuidado durante la

etapa operativa para que la descarga proveniente de la planta, cumpla con las

especificaciones y los parámetros establecidos en la normatividad ambiental

vigente, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las

descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.

El proyecto de construcción de planta de tratamiento de aguas residuales,

cumple con los requerimientos que la Legislación Ambiental mexicana pide.

Como podrá apreciarse de los expuesto en el presente apartado, así como del

contenido íntegro de la Manifestación del Impacto Ambiental que se someterá a

consideración de la SEMARNAT, el proyecto propuesto no contraviene ninguna

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disposición de la LGEEPA, de sus reglamentos, u otra que le resulte aplicable o

bien de alguna norma oficial mexicana.

De conformidad a lo expuesto en la MIA-P puede concluirse que las obras a

realizarse no propiciarán que una o más especies sean declaradas como

amenazadas o en peligro de extinción, así como que no se afectara ninguna de

éstas, por el contrario el presente corresponde a un proyecto que viene en

auxilio del medio natural al tratar las aguas residuales que se producen en la

ciudad de Villahermosa

Se concluye que el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Zona

Sureste, Villahermosa Tabasco” que se construirá en dos etapas es factible

ambientalmente, por cumplir con los requisitos que la Legislación Ambiental

mexicana vigente

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VI.-Bibliografía.

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Barba-Macías E., J Rangel-Mendoza, R Ramos-Reyes (2006) Clasificación de los

humedales de tabasco mediante sistemas de información geográfica. En: Universidad y Ciencia trópico húmedo. 22 (2):101-110,2006.

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Revista Chapingo. Seria ciencias forestales y del ambiente. Año/vol 12. 001. Universidad Autónoma de Chapingo. Chapingo México.

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