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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999 AÑO XVII - Nº 6974 Pág. 176315 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA" DECRETOS DE URGENCIA Modifican el D.U. Nº 039-99, por el cual se autorizó al Ministerio de Educación y a los CTAR financiar incremento de plazas docentes DECRETO DE URGENCIA Nº 045-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 039-99, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional a financiar el incremento de plazas docentes que en detalle contiene el Anexo que forma parte del referido Decreto de Urgencia; Que, constituye interés prioritario ampliar la oferta edu- cativa para consolidar el proceso de modernización de la educación que se viene ejecutando, siendo menester garanti- zar su financiamiento, autorizando la ejecución de las medi- das urgentes de carácter financiero que sean necesarias para tal fin; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º del Decreto de Urgen- cia Nº 039-99, cuyo texto en adelante será el siguiente: "Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación y a los Consejos Transitorios de Administración Regional a financiar el incremento de las plazas docentes que en detalle contiene el Anexo que forma parte del presente Decreto de Urgencia, con cargo a las asignaciones presupuestarias aprobadas para las referidas entidades, mediante la Ley Nº 27013 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para 1999". Artículo 2º.- Déjanse en suspenso las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, el mismo que será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de la Presiden- cia y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 9892 P C M Aprueban donación destinada a pobla- ción de escasos recursos de las pro- vincias de Chota, Bagua y Chepén RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 090-99-PCM Lima, 26 de julio de 1999 Visto el Expediente Nº 4926-99 presentado por Ayuda Misio- nera Internacional Cristiana, sobre aprobación de donación. CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado del Perú en Miami, Christian International Missiona- ry Relief, con sede en Florida, Estados Unidos, efectúa una donación de bienes a favor de Ayuda Misionera Internacional Cristiana; Que según Conocimiento de Embarque Nº SMLU CAO003A72929 de fecha 13 de julio de 1999, extendido por la Compañía Seaboard Marine Ltd., se consigna que la mercadería donada ha sido enviada en el Contenedor Nº SMLU 543075 8 y embarcada en el Puerto Marítimo de Miami, Estados Unidos, a bordo del vapor Seaboard Chile 004S, con destino al Puerto Marítimo del Callao, Perú; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donación efectuada a Ayuda Misionera Internacional Cristiana; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Coope- ración Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efec- tuada por Christian International Missionary Relief, con sede en Florida, Estados Unidos, consistente en 40 bultos con ropa usada, con un valor de US$ 750,00 y un peso bruto de 20.412,00 kgs., a favor de Ayuda Misionera Internacional Cristiana, la que será distribuida en forma gratuita entre la población de escasos recursos económicos de las provincias de Chota y Bagua en Cajamarca y la provincia de Chepén en Lambayeque. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría Gene- ral de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 9803

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DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999 AÑO XVII - Nº 6974 Pág. 176315

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

DECRETOS DEURGENCIA

Modifican el D.U. Nº 039-99, por el cualse autorizó al Ministerio de Educacióny a los CTAR financiar incremento deplazas docentes

DECRETO DE URGENCIANº 045-99

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 039-99, se autorizó alMinisterio de Educación y a los Consejos Transitorios de Admi-nistración Regional a financiar el incremento de plazas docentesque en detalle contiene el Anexo que forma parte del referidoDecreto de Urgencia;

Que, constituye interés prioritario ampliar la oferta edu-cativa para consolidar el proceso de modernización de laeducación que se viene ejecutando, siendo menester garanti-zar su financiamiento, autorizando la ejecución de las medi-das urgentes de carácter financiero que sean necesarias paratal fin;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) delArtículo 118º de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º del Decreto de Urgen-cia Nº 039-99, cuyo texto en adelante será el siguiente:

"Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación y a losConsejos Transitorios de Administración Regional a financiar elincremento de las plazas docentes que en detalle contiene elAnexo que forma parte del presente Decreto de Urgencia, concargo a las asignaciones presupuestarias aprobadas para lasreferidas entidades, mediante la Ley Nº 27013 - Ley de Presu-puesto del Sector Público para 1999".

Artículo 2º.- Déjanse en suspenso las normas que se opongana lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, el mismo queserá refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas, por el Ministro de la Presiden-cia y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete díasdel mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas

EDGARDO MOSQUEIRA MEDINAMinistro de la Presidencia

FELIPE GARCIA ESCUDEROMinistro de Educación

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P C MAprueban donación destinada a pobla-ción de escasos recursos de las pro-vincias de Chota, Bagua y Chepén

RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERALNº 090-99-PCM

Lima, 26 de julio de 1999

Visto el Expediente Nº 4926-99 presentado por Ayuda Misio-nera Internacional Cristiana, sobre aprobación de donación.

CONSIDERANDO:

Que mediante Certificado de Donación, legalizado por elConsulado del Perú en Miami, Christian International Missiona-ry Relief, con sede en Florida, Estados Unidos, efectúa unadonación de bienes a favor de Ayuda Misionera InternacionalCristiana;

Que según Conocimiento de Embarque Nº SMLUCAO003A72929 de fecha 13 de julio de 1999, extendido por laCompañía Seaboard Marine Ltd., se consigna que la mercaderíadonada ha sido enviada en el Contenedor Nº SMLU 543075 8 yembarcada en el Puerto Marítimo de Miami, Estados Unidos, abordo del vapor Seaboard Chile 004S, con destino al PuertoMarítimo del Callao, Perú;

Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita enel Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva deCooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejode Ministros;

Que la importación de bienes donados a favor de entidadesreligiosas se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventasy derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los DecretosLegislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente;

Que en consecuencia, es procedente que la Presidencia delConsejo de Ministros apruebe la donación efectuada a AyudaMisionera Internacional Cristiana;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942,Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821,Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujecióna lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto SupremoNº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM;

Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Coope-ración Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina deAsesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efec-tuada por Christian International Missionary Relief, con sede enFlorida, Estados Unidos, consistente en 40 bultos con ropa usada,con un valor de US$ 750,00 y un peso bruto de 20.412,00 kgs., afavor de Ayuda Misionera Internacional Cristiana, la que serádistribuida en forma gratuita entre la población de escasosrecursos económicos de las provincias de Chota y Bagua enCajamarca y la provincia de Chepén en Lambayeque.

Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que quedaprohibida la venta o la recepción de dinero como condición parala entrega de los bienes donados.

Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a laSecretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de laPresidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega oRecepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en elnumeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a laSuperintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría Gene-ral de la República dentro de los plazos establecidos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR CAMACHO ORLANDINISecretario General

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Pág. 176316 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

AGRICULTURAPrecisan concepto de transformaciónmecánica primaria de la especie macaa que se refiere el D.S. Nº 025-99-AG

RESOLUCION MINISTERIALNº 0533-99-AG

Lima, 23 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-99-AG se prohíbe laexportación de la especie maca Lepidium meyenni al estadonatural o con proceso de transformación mecánica primaria, aefectos que su exportación sea con mayor valor agregado;

Que, para los efectos de la mejor aplicación del mencionadoDecreto Supremo es necesario definir el concepto de transfor-mación mecánica primaria; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Para los efectos de la aplicación del DecretoSupremo Nº 25-99-AG entiéndase como proceso de transforma-ción mecánica primaria al tratamiento o modificación física oquímica que se señalan a continuación de los especímenes de laespecie maca Lepidium meyenni: trozado, picado, secado al sol,refrigerado, rayado, triturado o en fibras; siendo viable de expor-tarse en las formas de jugos y zumos con preservantes y/oedulcorantes, harinas, mermeladas, galletas, confitería y otrasformas distintas a la transformación mecánica primaria.

Regístrese y comuníquese.

BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRAMinistro de Agricultura

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ENERGIA Y MINASImponen servidumbres de ocupa-ción de bienes para subestacionesde distribución eléctrica a favor deEDELNOR S.A.

RESOLUCION MINISTERIALNº 312-99-EM/VME

Lima, 7 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32067798, que incluye los documentos conRegistros Nºs. 1187317, 1199902 y 1212103, presentado por la conce-sionaria Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización,de las servidumbres de ocupación de bienes para subestaciones dedistribución eléctrica Nºs. 0881, 7231 y 7489, ubicadas en el distrito deSan Miguel, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.- EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en méritode la Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubrede 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres deocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctricaNºs. 0881, 7231 y 7489;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministeriode Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a lafecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con quecuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentrodel proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de susinstalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconoci-das por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y suReglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 104-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distribución Eléctri-ca de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regularización concarácter permanente, las servidumbres de ocupación de bienes parasubestaciones de distribución eléctrica Nºs. 0881, 7231 y 7489, ubicadasen el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; deacuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en elDiario Oficial El Peruano los días 4 y 5 de noviembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas necesa-rias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuiciopor causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabi-lidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá velar permanentementepara evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

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RESOLUCION MINISTERIALNº 313-99-EM/VME

Lima, 13 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32067598, que incluye los documentoscon Registros Nºs. 1187314 y 1212102, presentado por la concesio-naria Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., solicitando la imposición, en vía de regulariza-ción, de las servidumbres de ocupación de bienes para subes-taciones de distribución eléctrica Nºs. 6826, 7919, 7996, 8197 y8198, ubicadas en el distrito del Callao, Provincia Constitucionaldel Callao;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.- EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en méritode la Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubrede 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres deocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctricaNºs. 6826, 7919, 7996, 8197 y 8198;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministeriode Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a lafecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con quecuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentrodel proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de susinstalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconoci-das por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y suReglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 105-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de DistribuciónEléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regula-rización con carácter permanente, las servidumbres de ocupaciónde bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 6826,7919, 7996, 8197 y 8198, ubicadas en el distrito del Callao,Provincia Constitucional del Callao; de acuerdo a la documen-tación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial ElPeruano los días 3 y 4 de setiembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas necesa-rias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuiciopor causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabi-lidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá velar permanentementepara evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

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Pág. 176317NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

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RESOLUCION MINISTERIALNº 314-99-EM/VME

Lima, 7 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32067298, que incluye los documentos conRegistros Nºs. 1187310, 1198158 y 1212100, presentado por la concesio-naria Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A. - EDEL-NOR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de lasservidumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribu-ción eléctrica Nºs. 0615, 0980, 0990, 1126 y 1926, ubicadas en el distritode Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito dela Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres deocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctricaNºs. 0615, 0980, 0990, 1126 y 1926;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministeriode Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a lafecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con quecuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentrodel proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de susinstalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconoci-das por la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y suReglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 103-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distribución Eléctri-ca Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regularización concarácter permanente, las servidumbres de ocupación de bienes parasubestaciones de distribución eléctrica Nºs. 0615, 0980, 0990, 1126 y1926, ubicadas en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional delCallao; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicadosen el Diario Oficial El Peruano los días 3 y 4 de setiembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.-Empresa de Distribución Eléctrica Lima NorteS.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas necesarias afin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio porcausa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidadcivil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.- EDELNOR S.A., deberá velar permanentemente para evitar que enel área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

9587

RESOLUCION MINISTERIALNº 315-99-EM/VME

Lima, 7 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32083598, que incluye los documentoscon Registros Nºs. 1209116 y 1213821, presentado por la concesio-naria Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., solicitando la imposición, en vía de regula-rización, de las servidumbres de ocupación de bienes para subes-taciones de distribución eléctrica Nºs. 8296, 8439 y 9042, ubicadasen el distrito de Lima, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.- EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en méritode la Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre

de 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres deocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctricaNºs. 8296, 8439 y 9042;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministeriode Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a lafecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con quecuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentrodel proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de susinstalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconoci-das por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y suReglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 097-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de DistribuciónEléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regula-rización con carácter permanente, las servidumbres de ocupaciónde bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 8296,8439 y 9042, ubicadas en el distrito de Lima, provincia y depar-tamento de Lima; de acuerdo a la documentación técnica y a loscuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 30 denoviembre y 1 de diciembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas necesa-rias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuiciopor causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabi-lidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá velar permanentementepara evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

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RESOLUCION MINISTERIALNº 316-99-EM/VME

Lima, 7 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32075398, que incluye los documentoscon Registros Nºs. 1204139 y 1212105, presentado por la concesio-naria Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., solicitando la imposición, en vía de regulariza-ción, de las servidumbres de ocupación de bienes para subes-taciones de distribución eléctrica Nºs. 1957, 1961 y 1979, ubicadasen el distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de laResolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, hasolicitado la regularización de las servidumbres de ocupación de bienespara subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 1957, 1961 y 1979;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza alMinisterio de Energía y Minas a regularizar las servidumbresexistentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico,comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversiónprivada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesariaspara el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que seencuentren expresamente reconocidas por la Ley de ConcesionesEléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado porel Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 102-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

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Pág. 176318 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distribución Eléctri-ca de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regularización concarácter permanente, las servidumbres de ocupación de bienes parasubestaciones de distribución eléctrica Nºs. 1957, 1961 y 1979, ubicadasen el distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; de acuerdoa la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario OficialEl Peruano los días 6 y 7 de noviembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas necesa-rias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuiciopor causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabi-lidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá velar permanentementepara evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

9589

RESOLUCION MINISTERIALNº 326-99-EM/VME

Lima, 14 de julio de 1999

Visto, el Expediente Nº 32072198, que incluye los documentos conRegistros Nºs. 1201887 y 1213816, presentado por la concesionariaEmpresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNORS.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de las servi-dumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribucióneléctrica Nºs. 0539, 0565, 0580, 1278 y 8891, ubicadas en la ProvinciaConstitucional del Callao, departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.- EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en méritode la Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubrede 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres deocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctricaNºs. 0539, 0565, 0580, 1278 y 8891;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministeriode Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a lafecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con quecuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentrodel proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de susinstalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconoci-das por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y suReglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haberverificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido elInforme favorable Nº 127-99-EM/DGE;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º delDecreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 019-99-PCM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidady del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de DistribuciónEléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regula-rización con carácter permanente, las servidumbres de ocupaciónde bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 0539,0565, 0580, 1278 y 8891, ubicadas en la Provincia Constitucionaldel Callao, departamento de Lima; de acuerdo a la documen-tación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial ElPeruano los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 1998.

Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes nopodrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de lasservidumbres constituidas.

Artículo 3º.-Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá adoptar las medidas nece-sarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño niperjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de LimaNorte S.A. - EDELNOR S.A., deberá velar permanentementepara evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquiertipo de construcción.

Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia eldía de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL HOKAMAMinistro de Energía y Minas

9520

MITINCIDeclaran infundada apelación contraresolución que sancionó con multa aempresa por inobservancia del Regla-mento de Casinos de Juego

RESOLUCION VICEMINISTERIALNº 025-99-MITINCI/VMT

Lima, 8 de julio de 1999

Visto el recurso impugnativo interpuesto por INVERSIONESPIRAMIDE S.A. contra la Resolución Nº 025-99-CNCJ de fecha13-MAY-99 y el Informe Nº 038-99-MITINCI/VMT-AJA;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 025-99-CNCJ se sancionó con unamulta equivalente a 6 UIT a la empresa INVERSIONES PIRAMI-DE S.A. por no grabar el día 6-ABR-99, con imagen y en formaininterrumpida el juego de la mesa de Póker 5 Cartas (PókerCaribeño) Nº 4 del Casino "Derby Gran Casino" del cual es Titular,durante las horas de funcionamiento de dicho establecimiento;

Que, con fecha 11-JUN-99, la Titular interpone Recurso deApelación, manifestando en su descargo, que la falta de grabación sedebió a que la videograbadora se había desactivado de su funciónREC, la cual minutos antes había sido revisada por la Representantede la CONACA, no habiendo encontrado falla alguna;

Que, la apelante señala igualmente, que la Autoridad Admi-nistrativa carece de facultad para calificar infracciones e imponersanciones, basada en un Decreto Supremo, por lo que consideraque debe declararse la nulidad de todo lo actuado;

Que, según consta en autos y ha sido reconocido por la empresarecurrente, la falta de grabación de las operaciones de juego realiza-das en la mesa de Póker 5 Cartas (Póker Caribeño) Nº 4, se debió aun error involuntario de parte de su operador de video, quien noverificó que se había desactivado la función de grabación de lavideograbadora que correspondía a dicha mesa de juego;

Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 49º del Reglamento deCasinos de Juego, el Titular de un Casino es solidariamente respon-sable por el cumplimiento de todas las obligaciones y deberes que seestablecen en la Ley, el Reglamento, las Directivas y el Contrato deExplotación; por lo que en consecuencia la apelante asume responsa-bilidad por la inobservancia de lo dispuesto en el Artículo 41º delReglamento de Casinos de Juego, no pudiendo ser eximida de lasanción impuesta mediante la Resolución recurrida;

Que, el Decreto Ley Nº 25836 que establece las normas relativasa la autorización y funcionamiento de los Casinos de Juego, en suArtículo 13º faculta al Ministerio de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales para que medianteDecreto Supremo reglamente dicha disposición legal, habilitándoloen consecuencia, para regular toda la actividad de casinos de juego,incluyendo las infracciones y sanciones; por lo que la nulidad a quehace referencia la apelante carece de fundamento;

Que, siendo el Viceministro de Turismo, la autoridad admi-nistrativa competente en materia de Casinos de Juego, es de suinjerencia adoptar las acciones de ley que correspondan;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 99º del TextoUnico Ordenado de Normas Generales de Procedimiento Admi-nistrativo aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; el Re-glamento de Casinos de Juego aprobado por Decreto Supremo Nº01-95-ITINCI, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 014-96-ITINCI, el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Orgánica del Ministerio deIndustria, Turismo, Integración y Negociaciones ComercialesInternacionales y la modificatoria incluida en la Ley Nº 26961;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apela-ción interpuesto por la empresa INVERSIONES PIRAMIDE S.A.contra la Resolución Nº 025-99-CNCJ, por las razones expuestasen la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- El importe de la multa impuesta deberá serabonada en las condiciones establecidas en el Artículo 2º de laResolución recurrida.

Artículo 3º.- Declárese agotada la vía administrativa en loque haya sido materia de apelación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE MIGUEL GAMARRAViceministro de Turismo

9804

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Pág. 176319NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

INTERIORDan por concluido nombramiento deSubprefecto de la provincia de Che-pén, ex Región La Libertad

RESOLUCION SUPREMANº 0424-99-IN-1501

Lima, 23 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema Nº 0815-97-IN-030100000000de fecha 19 de setiembre de 1997 se nombró al señor VíctorManuel SERNA LAMAS, como Subprefecto de la provincia deChepén de la Región La Libertad;

De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del DecretoLegislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983;

SE RESUELVE:

Dar por concluido el nombramiento del señor Víctor ManuelSERNA LAMAS, como Subprefecto de la provincia de Chepén de la exRegión La Libertad, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori F.Presidente Constitucional de la República

JOSE VILLANUEVA RUESTAMinistro del Interior

9893

Sancionan con destitución a servido-res de la PNP por abandono de cargo

RESOLUCION MINISTERIALNº 0742-99-IN/PNP

Lima, 19 de julio de 1999

Visto, el Parte Nº 002-98-DEO-PNP/DACA-2S. de 24.SET.98, deregistro C-252-3746-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra el ECPB PNP Mario Humberto VASQUEZ HOYOS (53) CIP Nº 70012400;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 583-99-DGPNP/DIPER de 9.MAR.99, se instauró proceso administrativo discipli-nario al EC PB PNP Mario Humberto VASQUEZ HOYOS, porhaber incurrido en presunto abandono de cargo desde el17.AGO.98, sin haberse reincorporado hasta la fecha;

Que, efectuada la publicación de la indicada ResoluciónDirectoral en el Diario Oficial El Peruano, y transcurrido el plazoestablecido el procesado ha presentado su descargo escrito co-rrespondiente, no desvirtuando la falta imputada;

Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis-ciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú,ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguidocontra el referido servidor, observando las garantías y procedimientosestablecidos, habiéndose determinado que la acción realizada consti-tuye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomen-dar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución;

Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec.Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º desu Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;

Lo recomendado por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de laPNP, en el Acta Nº 33-99-COPEPROAD-PNP de 26.ABR.99;

Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio-nal del Perú; y,

Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional delPerú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Sancionar al EC PB PNP Mario HumbertoVASQUEZ HOYOS con Destitución con fecha 17.AGO.98, en víade regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo).

Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución alinteresado, a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano.

Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolucióna la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JOSE VILLANUEVA RUESTAMinistro del Interior

9590

RESOLUCION MINISTERIALNº 0743-99-IN/PNP

Lima, 19 de julio de 1999

Visto, el Parte Nº 002-98-DISAN.PNP/OFAD-UL de 8.SET.98, deregistro C-245-3627-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra el ECAA PNP Aquelino Tolomeo SOSA CANDELARIO (38) CIP Nº 31029864;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 1093-99-DGPNP/DIPER de 12.ABR.99, se instauró proceso administrativo disci-plinario al EC AA PNP Aquelino Tolomeo SOSA CANDELARIO,por haber incurrido en abandono de cargo desde el 2.SET.98, sinhaberse reincorporado hasta la fecha;

Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directo-ral en el Diario Oficial El Peruano, y transcurrido el plazo establecido,el procesado no ha presentado su descargo correspondiente.

Que, la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacionaldel Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes alproceso seguido contra el referido servidor, observando las ga-rantías y procedimientos establecidos, habiéndose determinadoque la acción realizada constituye grave falta disciplinaria, acor-dando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se leimponga la sanción de Destitución;

Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec.Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º desu Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;

Lo recomendado por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de laPNP, en el Acta Nº 71-99-COPEPROAD-PNP de 20.MAY.99;

Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio-nal del Perú; y,

Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional delPerú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Sancionar al EC AA PNP Aquelino TolomeoSOSA CANDELARIO con Destitución con fecha 2.SET.98, en víade regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo).

Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución alinteresado, a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano.

Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolu-ción a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los finespertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JOSE VILLANUEVA RUESTAMinistro del Interior

9591

JUSTICIAConceden indultos a sentenciados dediversos Establecimientos Penitencia-rios del país

RESOLUCION SUPREMANº 184-99-JUS

Lima, 27 de julio de 1999

Vista la opinión de la Comisión Permanente de la Calificaciónde Indultos;

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º,inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución delseñor Presidente de la República, conceder indultos;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- CONCEDER indultos a los siguientes SEN-TENCIADOS de los diferentes Establecimientos Penitenciariosde la República:

E.P. CALLAO

1. GIRON PARRA, Efraín Javier o GIRON PARRA, JavierEfraín o GIRON PARRA, Javier.

2. MENDOZA TEJADA, Giovanni Orlando o MENDOZATEJADA, Giovanni.

3. NIÑO OLIVA, Marco Antonio o NIÑO OLIVA, Marco oNIÑO OLIVA, Marcos.

4. PARRA ZAMUDIO, Carlos Félix o BALZAMO ZAMORA,Carlos Félix o SOTO ZAMUDIO, Carlos Félix o PARRA SOTO,Carlos Félix o BERROA AGUAYO, Carlos Félix.

5. RIVERA LEON, César Hernán o RIVERA LEON, OscarHernán.

6. VERA ANCAYA, Carlos Alberto.7. YENZ PAZ, Víctor Alberto o YENS PAZ, Víctor.

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Pág. 176320 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

E.P. CARQUIN - HUACHO

8. CUIZANO ALEJO, Arturo Elías o CUISANO ALEJO,Arturo Elías o CUYSANO ALEJO, Arturo Elías.

9. SOSA PILLHUAMAN, Gabriel Flavio o SOSA PILHUA-MAN, Gabriel Flavio.

E.P. CHORRILLOS

10. GAYOSO MERCADO, Luz Marina o GALLOSO MERCA-DO, Luz Marina.

E.P. JAEN

11. VASQUEZ BAZAN, Jorge.

E.P. LURIGANCHO

12. ALVAREZ ROJAS, Richard Javier.13. ATAUJE CONTRERAS, Luis Roberto.14. CASTILLO HUGO, Oscar Rafael.15. LEYVA PAREDES, William Martín.16. MONTAÑEZ CARBONELL, Omar Rayan Dusty.17. ROMERO PANAYFO, Marco Antonio o ROMERO PA-

NAIFO, Marco Antonio o ROMERO PANAYFO, Marco o ROME-RO PANAIFO, Marco o ROMERO PARAIFO, Marco Antonio oROMERO PARAYFO, Marco Antonio.

18. TAVARA REGALADO, Luis Alberto o TAVARA REGA-LADO, Cristihan Emilio o TAVARA REGALADO, Cristian Emi-lio.

19. TITO PIMENTEL, Edwin Alexander o TITO PIMENTEL,Edwin.

20. ZAPATA DUEÑAS, Eduardo o ZAPATA DUEÑA, Eduar-do o DUEÑAS ZAPATA, Eduardo Nicolas.

E.P. PRIMARIOS DE LIMA

21. CCENTE PEREZ, Alfredo Pablo.22. COLUNCHE SAMAME, Alex Willy o COLUMCHE SAMA-

ME, Alex Willy o CULUNCHE SAMAME, Alex o Alex WillyCOLUNCHE SAMANE.

23. FLORES HUAMAN, Miguel o FLORES HUAMAN, Fredyo FLORES HUAMAN, Fredy Andia o FLORES HUAMAN, Mi-guel Angel o FLORES HUAMAN, Freddy Andia.

EP. QUENCCORO

24. MAMANI COLLADO, Nelly Hortencia o MAMANI CO-LLADO, Neli Hortencia o MAMANI COLLADO, Nelly Ortencia.

25. PEREZ CHARA, Jose o GARMENDIA VALDEZ, CarlosEnrique o GARMENDIA VALDES, Carlos Enrique.

E.P. PICSI

26. HUAMAN BUSTAMANTE, Máximino o HUAMAN BUS-TAMANTE, Máximo.

E.P. RIO SECO

27. SANDOVAL ORTIZ, Gerardo o SANDOVAL ORTIZ,Gerado.

E.P. SOCABAYA

28. CONDORI IVARGUEN, Rosa o CONDORI IVARGUEN,Rosa Elena o CONDORI IBARGUEN, Rosa.

29. HUARI CORI, Andres o HUARI CCORI, Andres o HUA-RY CCORI, Andrés.

30. RIOS BELLIDO, Eleazar Jhon o RIOS BELLIDO, JhonEleazar o RIOS BELLIDO, Eleazar o RIOS BELLIDO, EliazarJhon.

31. YALO VIVAS, Fortunato o YALO VIVIAS, Fortunato.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refren-dada por el Ministro de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

JORGE BUSTAMANTE ROMEROMinistro de Justicia

9894

RELACIONESEXTERIORES

Autorizan el pago de cuotas y/ocontribuciones a diversos organismosinternacionales

RESOLUCION SUPREMANº 330-99-RE

Lima, 27 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotasadeudadas a los Organismos Internacionales priorizados, demanera que permita potenciar la capacidad de negociación en lasgestiones diplomáticas, acrecentar el beneficio de los Flujos deCooperación y Asistencia Técnica Internacional.

Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de lascuotas a los Organismos Internacionales priorizados, con cargo alpresupuesto asignado al Ministerio de Relaciones Exteriorespara el ejercicio presupuestal 1999, en la Función 13 RelacionesExteriores, Programa 045 Política Exterior, Subprograma 0119Cooperación Internacional, Actividad 00165 Coordinación yParticipación en Asuntos y Organismos Internacionales, Compo-nente 0182 Atención de Cuotas Internacionales, Meta 01488Pago Aportes a Organismos Internacionales, Genérica 4 OtrosGastos Corrientes, Específica 42 Cuotas Internacionales;

Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministeriode Relaciones Exteriores, serán atendidas de acuerdo a la dispo-nibilidad de Caja Fiscal;

De conformidad con el Artículo 14º de la Ley Nº 27013 - Leyde Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 1999; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contribuciones alos Organismos Internacionales que figuran en la relación establecidapor el Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continua-ción, por el importe de QUINIENTOS SESENTINUEVE MIL QUI-NIENTOS CINCUENTIOCHO Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 569,558.00):

ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA

FONDO CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA 30,000.00LA PAZ, DESARME Y DESARROLLO (FCRPDDAL)Pago de la Contribución única 1999

CONVENCION PROHIBICION USO CIERTAS ARMAS 579.00CONVENCIONALES (CRCPUAC)Gastos de la Primera Conferencia Anual de lasPartes del Protocolo II enmendado de la Convenciónsobre Ciertas Armas Convencionales y ReuniónPreparatoria

SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA (SGCAN) 510,800.00Cancelación de la cuota 1999

FONDO FIDUCIARIO PARA EL CONVENIO SOBRE LA 10,979.00DIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB)Pago de la cuota 1998 y 1999

CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA 9,400.00LA DESERTIFICACION (CLD)Pago de la cuota 1998

INSTITUTO PANAMERICANO DE GEOGRAFIA E HISTORIA 7,800.00(IPGH)Pago de la cuota 1998 y 1999

Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lodispuesto en el artículo precedente, serán con cargo a la Fuentede Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa045, Subprograma 0119, Actividad 00165, Componente 0182,Meta 01488, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42Cuotas Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Rela-ciones Exteriores correspondiente al ejercicio 1999.

Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será esta-blecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDAMinistro de Relaciones Exteriores

9897

Designan funcionarios para participaren reuniones sobre proyecto de Regla-mento de Convenio con Ecuador refe-rido a tránsito de personas, vehículos,embarcaciones y aeronaves

RESOLUCION SUPREMANº 331-99-RE

Lima, 27 de julio de 1999

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Pág. 176321NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

Debiendo realizarse Reuniones sobre el Proyecto de Regla-mento del Convenio entre Perú y Ecuador sobre Tránsito dePersonas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales, Marítimas y Ae-ronaves, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 23 dejulio de 1999;

Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1855, del Gabine-te de Coordinación del señor Viceministro Secretario General deRelaciones Exteriores, de 21 de julio de 1999;

De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del DecretoLegislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República,de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del DecretoLey Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio-res, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del DecretoSupremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria,el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; elDecreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, elDecreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991;

SE RESUELVE:

1º.- Designar a los siguientes funcionarios para que partici-pen en las Reuniones sobre el Proyecto de Reglamento delConvenio entre Perú y Ecuador sobre Tránsito de Personas,Vehículos, Embarcaciones Fluviales, Marítimas y Aeronaves, arealizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 23 dejulio de 1999:

- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la Repúbli-ca, don Marco Balarezo Lizarzaburu, Subdirector de Países Andi-nos de la Dirección de América del Sur; y,

- Doctor Luis Oliveros Lakoma, Asesor de la Dirección Nacio-nal de Desarrollo Fronterizo y Límites.

2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presenteResolución, por concepto de pasajes US$ 1,132.80, viáticos US$800.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50.00, serán cubiertospor el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio-res.

3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración oliberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denomina-ción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDAMinistro de Relaciones Exteriores

9898

TRABAJO YPROMOCION SOCIAL

Autorizan a procurador iniciar procesojudicial contra presuntos autores defalsificación de depósito bancario

RESOLUCION MINISTERIALNº 114-99-TR

Lima, 22 de julio de 1999

VISTO; el Oficio Nº 291-99-TR/PP del Procurador Público delMinisterio de Trabajo y Promoción Social, y el Oficio Nº 226-99-TR/OA del Director General de la Oficina de Administración delMinisterio de Trabajo y Promoción Social;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa FERMA S.A., a través de su representantelegal señor Alberto Zevallos Vizcarra, entregó mediante carta defecha 14 de abril de 1999, la Papeleta de Entrega Telesistema delBanco de la Nación Nº 145600243 emitido con fecha 14 de abril de1999, por la suma de S/. 1,120.00 (Mil ciento veinte con 00/100Nuevos Soles);

Que, al efectuarse la conciliación bancaria correspondiente,este Ministerio verificó que dicho depósito no se encontrabaabonado en la Cuenta Corriente Nº 0000-250090;

Que, mediante Oficio Nº 107-99-OA-OFIN-UTE, este sectorsolicitó al Banco de la Nación la regularización del depósitobancario mencionado en el primer considerando de la presenteresolución;

Que, por Carta EF/92.4323 Nº 266-99, el Banco de la Nacióninformó que el referido depósito era falso, motivo por el cual nofue considerado en el estado de cuenta corriente bancario de esteMinisterio;

Que, se considera que existen elementos razonables y sufi-cientes que ameritan la autorización al Procurador Público,

encargado de asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo yPromoción Social, a iniciar las acciones legales a que hubieralugar con la finalidad de salvaguardar los derechos e intereses delSector;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Adminis-tración y Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de laConstitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modificadopor el Decreto Ley Nº 17667; y la Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 071-93-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado delos asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y PromociónSocial, para que en nombre y representación de los derechos eintereses del Estado, interponga las acciones correspondientescontra los que resulten responsables por lo expuesto en la parteconsiderativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antece-dentes del caso, al Procurador Público para los fines a los que secontrae la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE IGNACIO GARCIA ESCUDEROMinistro de Educación y encargado delDespacho de Trabajo y Promoción Social

9839

M T CAutorizan viaje de asesor del Ministe-rio a Ecuador para participar en grupode trabajo que recomendará requisi-tos para que empresas puedan realizartransporte fronterizo

RESOLUCION SUPREMANº 125-99-MTC

Lima, 22 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, en la I Reunión del Comité Técnico Binacional Peruano-Ecuatoriano de Régimen Fronterizo realizada los días 17 y 18 dejulio de 1999 en la ciudad de Machala - Ecuador, se sugirió elestablecimiento del Grupo de Trabajo para que examine y reco-miende los requisitos que deberán cumplir las empresas a las quese otorgarán Documentos Unicos para realizar transportetransfronterizo entre la Región Tumbes, Piura y Cajamarca delPerú y las provincias de El Oro, Loja y Zamora-Chinchipe delEcuador;

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteFacsímil (SAA/SUR/ECU) Nº 183, comunica la realización dela Reunión del Grupo de Trabajo mencionado en el conside-rando precedente para el día 23 de julio en la ciudad de Quito,Ecuador;

Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien-da y Construcción ha designado al Ing. Víctor Zúñiga Acosta,Asesor de la Dirección General de Circulación Terrestre para queparticipe en la I Reunión de Trabajo citada por el Comité,debiéndose expedirse la correspondiente Resolución Supremaque autorice el viaje del caso;

De conformidad con la Ley Nº 27103, Decreto Ley Nº 25862 yDecretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Ing. Víctor Zúñiga Acosta,Asesor de la Dirección General de Circulación Terrestre delMinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-trucción a la ciudad de Quito, Ecuador para que participe en laReunión que se llevará a cabo el día 23 de julio de 1999, para losfines a que se contrae en la parte considerativa de la presenteresolución.

Artículo 2º.- El gasto que demanda el viaje autorizado porconcepto de viáticos, será a cargo al Presupuesto del Ministerio deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuer-do al siguiente detalle:

- Viático : US$ 400.00- Pasaje : US$ 195.00- Tarifa Corpac : US$ 25.00

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho aexoneración o liberación de impuestos o de derechos aduanerosde ninguna clase o denominación.

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Pág. 176322 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULUMinistro de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción

9895

Aceptan renuncia de Viceministro deVivienda y Construcción

RESOLUCION SUPREMANº 126-99-MTC

Lima, 27 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 058-95-MTC se desig-nó al arquitecto EDUARDO CHULLEN DEJO en el cargo deconfianza de Viceministro de Vivienda y Construcción;

Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia alreferido cargo;

De conformidad con lo establecido en el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25515; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el arquitectoEDUARDO CHULLEN DEJO al cargo de confianza de Vicemi-nistro de Vivienda y Construcción, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULUMinistro de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción

9896

Cancelan concesión otorgada a em-presa para prestar servicio postal deámbito nacional

RESOLUCION VICEMINISTERIALNº 233-99-MTC/15.03

Lima, 18 de junio de 1999

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 199-94-TCC/15.04de fecha 9.mayo.94, se otorgó a la EMPRESA DE TRANSPOR-TES CARHUAMAYO S.A., Concesión del Servicio Postal deámbito Nacional incluyendo la prestación del Servicio de RemesaPostal, suscribiéndose con fecha 12.setiembre.94 el Contrato deConcesión Nº 090-94-MTC/CTP;

Que la Dirección de Normas y Supervisión Postal según lostérminos a que se contrae el Informe Nº 138-99-MTC/15.20.03. señalaque la EMPRESA DE TRANSPORTES CARHUAMAYO S.A., no hacumplido con actualizar su Carta Fianza presentada, transgrediendolos Artículos 20º y 38º del Reglamento de Servicios y ConcesionesPostales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC;

Que los citados artículos del Reglamento de Servicios yConcesiones Postales establecen que la Carta Fianza deberá seractualizada en el mes de enero de cada año con la UIT vigente adicho mes, caso contrario se incurre en infracción de carácterpostal; asimismo el acotado Reglamento en su Artículo 31º con-cordado con el Artículo 42º, prescribe que no actualizar la CartaFianza constituye causal de resolución del Contrato con lacorrespondiente cancelación definitiva de la Concesión;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº032-93-TCC; y en uso de las facultades delegadas por ResoluciónMinisterial Nº 143-97-MTC/15.01; y con la opinión favorable de laDirección General de Correos;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Cancelar la Concesión del Servicio Postal deámbito Nacional que incluye la prestación del Servicio de RemesaPostal, otorgada a la EMPRESA DE TRANSPORTES CARHUA-MAYO S.A., mediante Resolución Ministerial Nº 199-94-MTC/15.04, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente

Resolución; en consecuencia resuelto el Contrato de Concesión Nº090-94-MTC/CTP.

Artículo 2º.- La Dirección General de Correos queda encar-gada del cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese y comuníquese.

ENA GARLAND HILBCKViceministra de Comunicaciones

9838

Otorgan a empresa permiso de opera-ción de servicio de transporte aéreo noregular nacional de pasajeros, carga ycorreo

RESOLUCION DIRECTORALNº 095-99-MTC/15.16

Lima, 9 de junio de 1999

Visto el Expediente Nº 1164007 mediante el cual la compañíaAERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.",solicita Permiso de Operación de Servicio de Transporte AéreoNo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo.

CONSIDERANDO:

Que, según los términos del Memorándum Nº 345-98-MTC/15.16.02, Memorándum Nº 0327-99-MTC/15.16.06, Memorán-dum Nº 033-99-MTC/15.16.5.03 y Memorándum Nº 449-98-MTC/15.16.05.2. y la Constancia de Inscripción, emitidos por la Direc-ción de Asesoría Legal, Dirección de Seguridad de Vuelo yPersonal Aeronáutico, Subdirección de Operaciones Aéreas, Sub-dirección de Material Aeronáutico y el Registrador Público de laOficina Registral de Lima y Callao, respectivamente, se conside-ra pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurren-te con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley deAeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670,su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes;

Que, la administración en aplicación del principio de presun-ción de veracidad acepta las declaraciones juradas y la presenta-ción de documentos por parte del interesado, tomándolos porciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos,conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757;

Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertosy/o aeródromos Privados respecto de los cuales debe celebrarconvenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismosa fin de poder utilizar sus instalaciones;

Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplifica-ción administrativa, la Autoridad Aeronáutica considera perti-nente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeró-dromos privados podrán ser utilizados previa autorización de susrespectivos propietarios;

De conformidad con la Ley Nº 24882, el Decreto Legislativo Nº670, los Decretos Supremos Nºs. 054-88-TC, 019-90-TC y 009-96-MTC, la Ley Nº 26917 y el Decreto Ley Nº 25862, el DecretoLegislativo Nº 757 y la Ley Nº 25035 y su reglamento;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AERO TURISMO yPUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", Permiso de Opera-ción de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Nacional dePasajeros, Carga y Correo, por el plazo de cinco (5) años,contados a partir del día siguiente de la publicación de la presenteresolución.

Artículo 2º.- El Permiso de Operación otorgado se sujetaráa las siguientes características:

NATURALEZA DEL SERVICIO:- Servicio de Transporte Aéreo No Regular de Pasajeros,

Carga y Correo.

AMBITO DEL SERVICIO:- Nacional.

MATERIAL AERONAUTICO:- Traveller 7-EC

ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AERO-PUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS

- Departamentos de: Cajamarca, Amazonas y Lamba-yeque

- Ciro Alegría, Chiclayo/Cap. FAP José Abelardo Quiñones,Galilea, Jaén/Shumba, La Granja (Privado), Morerilla (Pri-vado), Nuevo El Valor, Patapo (Privado), Rodríguez de Men-doza, Santa Cruz, Tumán (Privado).

- Departamento de: Ancash- Chimbote, Huarmey/Culebras (Privado).

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Pág. 176323NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

- Departamento de: Arequipa- Atico, Ayo, Bella Unión, Camaná, Campamento Siguas

Majes, Caravelí, Chala, Mejía, Mollendo, Nuevo Acarí, SantaRita Siguas, Vítor/San Isidro, Yauca.

- Departamentos de: Ica, Ayacucho y Huancavelica- Las Palmeras (Privado), Las Dunas (Privado), Nasca,

Ocucaje, Palmapampa, Pisco, San Juan de Marcona (Priva-do), Santa Margarita (Privado), Venta Alta (Privado).

- Departamentos de: Apurímac, Cusco y Madre de Dios- Alerta (Privado), Amarakeri/Río Colorado, Camisea, Cho-

que (Privado), Huaypetue (Privado), Iberia, Iñapari, Kiteni,Kompiroshiato, Lagarto Nuevo/Tambopata (Privado), La-garto/Tambopata (Privado), León Velarde (Privado), Man-taro, Manú (Privado), Mazuko, Miaria, Mipaya, Montecarmelo,Nuevo Mundo (Privado) Oviri, Pacria/Nueva Luz, Patria, Picha,Piedras/Tambopata (Privado), Puerto Maldonado, Quince-mil, Río Amigos (Privado), San Juan de Aposento (Priva-do), Santa Rosa (Privado), Santa María de Fátima (Priva-do), Tayacome, Teresita/San Francisco.

- Departamentos de: Moquegua, Tacna y Puno- Campamento Ilo (Privado), Fundición/Ilo (Privado),

Ilo, Moquegua, Tacna- Departamento: San Martín- Bellavista/Huallaga; Juanjuí, Moyobamba, Palmas del

Espino (Privado), Picota, Pucacaca, Puerto Yarina, Rioja, SanJuan de Biavo (Privado); San José de Sisa, Santa Lucía(Militar PNP), Saposoa, Sión, Tananta (Privado), Tarapoto,Tocache, Uchiza, Yumbatos.

- Departamentos de: Tumbes y Piura- Bayóbar (Privado), Colán (Privado), Huancabamba,

Piura, Talara, Tumbes.- Departamento de: Ucayali- Atalaya, Balta, Bufeo Pozo, Culina, Chicosa, Encuentro,

Oventeni, Paititi, Pucallpa Nuevo, Puerto Breu/Tipishsa, PuertoEsperanza, San Marcos, Sepahua, Unine (Privado), Yarinaco-cha, Zorrillos (Privado).

- Departamentos de: Junín, Huánuco y Pasco- Alto Pichinaqui, Anacayali (Privado), Anapati (Priva-

do), Aoti, Ashaninga, Cahuapanas, Ciudad Constitución, Cododel Pozuzo, Coriri, Cutivereni, Chichireni, Delfín de Pozuzo,Esperanza/Amuesha, Fundo Flor (Privado), Huánuco Nuevo,Iscozasín, La Llobera (Privado), Llulla Pichis, Mazamari/Ma-nuel Prado, Oxapampa, Potsateni, Poyeni, Pueblo Libre de Codo,Puerto Ocopa, Puerto Bermúdez, Puerto Victoria, Puerto Inca,Puerto Chuchurras/Comparachinas (Privado), Quempiri,Rami (Privado), Rateri (Privado), San Ramón, San Pedro(Privado), San Pablo/Fundo (Privado), San Cristóbal (Pri-vado), San José/Puerto Bermúdez (Privado) Santa Marta,Santaro, Santoche (Privado), Satipo, Shiringamasu, TingoMaría, Tournavista (Privado), Tsomaveni, Uchubamba, VillaAmérica.

- Departamento de: La Libertad- Cartavio (Privado), Casa Grande (Privado), Chan-

gual (Privado), Pacasmayo, Trujillo.- Departamento de: Lima - Callao- Internacional Jorge Chávez, Pampa Bonita de Vilcahua-

ra (Privado), Paramonga (Privado).- Departamento de: Loreto- Abejaico (Privado), Anatico (Privado), Andoas/Alfé-

rez Vladimir Sara Baver (Privado), Bellavista, Buncuyo,Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes (Pri-vado), El Estrecho, Intuto, Iquitos, Lagunas (Privado), Lis-boa (Privado), Monte Alegre (Privado), Orellana, PampaHermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Sillay, Yurima-guas.

BASE DE OPERACIONES- Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

Artículo 3º.- Si la Administración verificase la ocurrencia deun fraude o falsedad en la documentación presentada o en lasdeclaraciones hechas por el interesado, la Dirección General deTransporte Aéreo, al amparo del Artículo 6º y demás normasconcordantes de la Ley de Simplificación Administrativa, decla-rará nulo de pleno derecho el acto o proceso administrativo de quese trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de laautoridad competente, para la instauración del correspondienteproceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º delDecreto Legislativo Nº 757.

Artículo 4º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A." podrá hacer uso de las instala-ciones de los Aeropuertos y/o aeródromos privados consignadosen la presente Resolución previa autorización de sus propieta-rios.

Artículo 5º.- La aeronave autorizada a la compañía AEROTURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", debeestar provista de su correspondiente Certificado de Matrículavigente, expedido por el Registro Público de Aeronaves de laOficina Registral de Lima y Callao; de su Certificado deAeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por laDirección General de Transporte Aéreo, y de la Póliza o Certi-ficado de Seguros que cubran los riesgos derivados de suactividad aérea.

Artículo 6º.- La aeronave de la compañía AERO TURISMOY PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", está autorizadapara operar en los aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas

estén comprendidas dentro de sus Tablas de Performance apro-badas por el Fabricante y la Autoridad correspondiente.

Artículo 7º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A." está obligada a establecer unSistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin demantener permanente información sobre el tráfico aéreo querealiza su aeronave.

Artículo 8º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A." empleará en su servicio, perso-nal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certifica-ción de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección Gene-ral de Transporte Aéreo.

Artículo 9º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A." presentará mensualmente a laDirección General de Transporte Aéreo los datos estadísticos einformes que correspondan a su actividad.

Artículo 10º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A.", deberá cada año presentar elBalance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 dejunio y 31 de diciembre y el Flujo de Caja proyectado para el añosiguiente.

Artículo 11º.- La compañía AERO TURISMO Y PUBLICI-DAD S.A. "AEROTURPU S.A." deberá cumplir con el Proceso deCertificación o Recertificación, en los términos y condicionesestablecidos por la Dirección General de Transporte Aéreo, casocontrario el presente Permiso de Operación será revocado enforma automática.

Artículo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Opera-ción queda condicionada a la obligación de la compañía AEROTURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A." deotorgar la garantía global que establece el Artículo 19º de la LeyNº 26917, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calenda-rio, contados a partir del día siguiente de la publicación delReglamento de la Ley antes citada; en los términos y condicionesque éste establezca. El incumplimiento de esta obligación deter-minará la automática revocación del presente Permiso de Opera-ción.

Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación será revo-cado o suspendido de inmediato en forma automática cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presenteresolución o pierda alguna de las capacidades legal, técnica ofinanciera, exigidas por la Ley Nº 24882, modificada por elDecreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917 ydemás disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda ose revoque su respectivo Certificado de Explotador de ServiciosAéreos y Especificaciones Técnicas de operación.

Artículo 14º.- El Permiso otorgado precedentemente quedasujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº670, su Reglamento, lo pertinente de la Ley Nº 26917, las Regu-laciones Aeronáuticas del Perú y demás disposiciones legalesvigentes, así como a las Directivas que dicte la Dirección Generalde Transporte Aéreo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS NUÑEZ BARRIGAViceministro de Transportes yDirector General de Transporte Aéreo (e)

9764

Modifican resolución que otorgó per-miso de operación a empresa para pres-tar servicio de transporte aéreo no re-gular nacional de pasajeros y carga

RESOLUCION DIRECTORALNº 114-99-MTC/15.16

Lima, 13 de julio de 1999

Visto el Expediente Nº 00910006 mediante el cual la compa-ñía AVIACION LIDER S.A. solicita Modificación del Permisode Operación de Servicio de Transporte Aéreo No RegularNacional de Pasajeros y Carga; otorgado mediante Resolu-ción Ministerial Nº 009-98-MTC/15.16 del 12.1.98, publicado el21.1.98 y Modificado con Resolución Directoral Nº 005-99-MTC/15.16 del 12.1.99;

CONSIDERANDO:

Que, según los términos del Memorándum Nº 0225-99-MTC/15.16.02, Memorándum Nº 0266-99-MTC/15.16.06, Memorán-dum Nº 0114-99-MTC/15.16.05.3, Memorándum Nº 228-99-MTC/15.16.05.2, y las Constancias de Inscripción Registral emitidospor la Dirección de Asesoría Legal, Dirección de Seguridad deVuelo y Personal Aeronáutico, Subdirección de OperacionesAéreas, Subdirección de Material Aeronáutico y el Registro Pú-blico de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao,respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado, alhaber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en

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Pág. 176324 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, elDecreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aero-náutica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs.019-90-TC y 009-96-MTC y, demás disposiciones legales vigen-tes;

Que, la administración en aplicación del principio de presun-ción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presenta-ción de documentos por parte del interesado, tomándolos porciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos;conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757;

Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertosy/o aeródromos privados respecto de los cuales debe celebrarconvenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismosa fin de poder utilizar sus instalaciones;

Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplifica-ción Administrativa, la Autoridad Aeronáutica considera perti-nente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeró-dromos privados podrán ser utilizados previa autorización de susrespectivos propietarios;

De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, losDecretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, elDecreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aero-náutica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs.019-90-TC y 009-96-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar, en lo pertinente, el Artículo 2º de laResolución Ministerial Nº 009-98-MTC/15.16 del 12.1.98, me-diante la cual se concedió a la compañía AVIACION LIDERS.A., Permiso de Operación de Servicio de Transporte AéreoNo Regular Nacional de Pasajeros y Carga, conforme sedetalla.

ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AERO-PUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS

- Departamentos de: Tumbes y Piura- Piura, Talara, Huancabamba, Tumbes, Bayobar

(privado), Colán (privado).

- Departamento de: San Martín- Tarapoto, Juanjuí, Uchiza, Tocache, San José de

Sisa, Sión, Bellavista/Huallaga, Rioja, Moyobamba, Picota, Puca-caca, Saposoa, Puerto Yarina, Santa Lucía (privado), Yumba-tos, San Juan del Biavo (privado), Palmas del Espino(privado), Tananta (privado).

- Departamentos de: Cusco, Apurímac y Madre de Dios- Cusco, Quincemil, Patria, Mantaro, Montecarmelo, Picha,

Puerto Maldonado, Iberia, Iñapari, Amarakeri/Río Colorado,Camisea, Tayacome, Huaypetúe, Mazuko, Andahuaylas, Miaria,Mipaya, Oviri, Pacria/Nueva Luz, Choque, Teresita/San Francis-co, Alerta (privado), Kiteni, Kompirashiato, Lagarto/Tambo-pata (privado), León Velarde (privado), Manú (privado),Nuevo Mundo (privado), Piedras Tambopata (privado),Río Amigos (privado), San Juan de Aposento (privado),Santa Rosa (privado), Santa María de Fátima (privado),Yauri.

- Departamento de: La Libertad- Trujillo, Urpay, Pacasmayo, Gochapita, Chagual (pri-

vado), Huamachuco, Casa Grande (privado), Cartavio(privado).

- Departamentos de: Cajamarca, Amazonas y Lamba-yeque

- Chiclayo/Cap. FAP José Abelardo Quiñones, Santa Cruz,Cajamarca, Jaén/Shumba, Cajabamba/Pampa Grande, Chacha-poyas, Rodríguez de Mendoza, San Ignacio, Ciro Alegría, Galilea,Nuevo El Valor, La Granja (privado), Morerilla (privado),Patapo (privado), Tumán (privado).

- Departamento de: Ancash- Huascarán/Anta, Chimbote, Huarmey/Culebras (pri-

vado),

- Departamento de Lima: Lima - Callao- Internacional Jorge Chávez, Pampa Bonita de Vicahua-

ra (privado), Paramonga (privado), Yauricocha (privado).

- Departamentos de: Ica, Ayacucho y Huancavelica- Pisco, Nasca, Ayacucho, Palmapampa, Cobriza (privado),

Churrupampa, Las Palmeras (privado), Las Dunas (priva-do), Ocucaje, San Juan de Marcona (privado), Santa Marga-rita (privado), Venta Alta (privado).

- Departamento de: Arequipa- Arequipa, Atico, Caravelí, Mollendo, Chivay, Ayo, Camaná,

Huambo, Vítor/San Isidro, Yauca, Bella Unión, Nuevo Acarí,Mejía, Campamento Siguas Majes, Chala, Orcopampa/MinasBuena Ventura, Santa Rita Siguas.

- Departamentos de: Moquegua, Tacna y Puno- Ilo, Moquegua, Tacna, Juliaca, Botiflaca (privado), Cam-

pamento Ilo (privado), Cuajone (privado), Fundición Ilo

(privado), San Rafael (privado), Toquepala/Campamento(privado), Ventilla.

- Departamentos de: Junín, Huánuco y Pasco- Huánuco Nuevo, Tingo María, San Ramón, Satipo, Jauja,

Iscozasín, Puerto Bermúdez, Llulla Pichis, Anapati, Ashaninga,Cahuapanas, Mazamari/Manuel Prado, Puerto Inca, Puerto Vic-toria, Aoti, Coriri, Cutivereni, Chichireni, Esperanza/Amuesha,Poyeni, Puerto Ocopa, Quempiri, Potsateni, Santa Marta,Shiringamasu, Tsomaveni, Villa América, Ciudad Constitución,Codo del Pozuzo, Vicco, Alto Pichinaqui, Anacayali (privado),Cerro de Pasco (privado), Delfín de Pozuzo, Fundo Flor(privado), Huamancaca, La Llobera (privado), Oxapampa,Rami (privado), Rateri (privado), Santaro, Tournavista(privado), Uchubamba, Vado Oroya (privado).

- Departamento de: Ucayali- Pucallpa Nuevo, Atalaya, Sepahua, Balta, Bufeo Pozo,

Encuentro, Paititi, Puerto Esperanza, San Marcos, Unine, Yari-nacocha, Culina, Chicosa, Puerto Breu/Tipishasa, Zorrillos (pri-vado), Oventeni.

- Departamento de: Loreto- Iquitos, Caballococha, Yurimaguas, Buncuyo, Colonia An-

gamos, Pampa Hermosa, Paranapura, Requena, Sillay, Conta-mana, San Lorenzo, Intuto, Abejaico (privado), Anatico (pri-vado), Andoas (privado), Bellavista, Corrientes (privado),El Estrecho, Lagunas (privado), Lisboa (privado), MonteAlegre (privado), Orellana.

Artículo 2º.- Incorpórese al texto de la Resolución Directo-ral Nº 005-99-MTC/15.16 del 12.1.99, los siguientes artículos:

"Artículo 8º.- La compañía AVIACION LIDER S.A. podráhacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromosprivados consignados en la presente Resolución, previa autoriza-ción de sus propietarios.

Artículo 9º.- La compañía AVIACION LIDER S.A., deberácada año presentar el Balance de Situación, el Estado de Ganan-cias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre y el Flujo de Cajaproyectado para el año siguiente".

Artículo 3º.- Los demás artículos de la Resolución DirectoralNº 005-99-MTC/15.16 del 12.1.99 se mantienen vigentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS NUÑEZ BARRIGAViceministro de Transportes yDirector General de Transporte Aéreo (e)

9821

Otorgan a empresa certificado de ido-neidad para realizar transporte de mer-cancías por carretera entre Perú y Bo-livia

RESOLUCION DIRECTORALNº 384-99-MTC/15.18

Lima, 9 de marzo de 1999

VISTOS:

El Expediente de Registro Nº 00461010, organizado por laempresa SERVICIOS PETROLEROS AMAZONICOS S.A. -"SERPASA", sobre Certificado de Idoneidad para realizartransporte internacional de mercancías por carretera, e Infor-me Nº 156-99-MTC/15.18.04.1 de la Dirección General deCirculación Terrestre.

CONSIDERANDO:

Que, la empresa SERVICIOS PETROLEROS AMAZONI-COS S.A. - "SERPASA", mediante el expediente indicado envistos, al amparo de los Artículos 35º y 39º de la Decisión 399 dela Comunidad Andina de Naciones solicita el otorgamiento delCertificado de Idoneidad para realizar transporte internacionalde mercancías por carretera desde la República de Perú hacia laRepública de Bolivia y viceversa;

Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio-nal e Internacional, mediante el Informe Nº 156-99-MTC/15.18.04.1., concluye que la recurrente reúne los requisitos esta-blecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativosaprobado por el Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y recomiendaaprobar el requerimiento solicitado, siendo necesario formalizarel pedido dictando el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con la Decisión 399 de la Comunidad Andinade Naciones, Texto Unico de Procedimientos Administrativos(TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, Ley Nº

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25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, y Decreto Ley Nº 25862;

SE RESUELVE:

Primero.- Otorgar a la empresa SERVICIOS PETROLEROSAMAZONICOS S.A. - "SERPASA", el Certificado de Idoneidad yanexos correspondientes, para realizar transporte internacionalde mercancías por carretera, desde la República de Perú hacia laRepública de Bolivia y viceversa en los siguientes términos:

RAZON SOCIAL : SERVICIOS PETROLEROS AMAZONICOS S.A. -"SERPASA".

ACTIVIDAD : Transporte Internacional de Mercancías por Carrete-ra.

PAISES MIEMBROS : Perú y Bolivia.RUTAS Y PASOS : Ejes Troncales Interregionales y ComplementariosFRONTERIZOS establecidos en la Decisión 271, modificado por la

Decisión 277.FLOTA VEHICULAR : Remolcador: Tres (3) vehículos propios:

YG-3583 (1982), YG-4884 (1982),YG-4885 (1982).Dos (2) vehículos viculados:YG-6626 (1978) y YG-7694 (1978).

Camión: Un (1) vehículo propio:WM-2819 (1982).

Total: Seis (6) vehículos.VIGENCIA : Cinco (5) años contados a partir de la fecha de

expedición de la presente Resolución Directoral.

Tercero.- La presente Resolución Directoral será publicadaen el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) díascalendario contados a partir de la fecha de su notificación.

Cuarto.- La presente Resolución Directoral será transcrita alos Ministerios de Relaciones Exteriores; Industria, Turismo, Inte-gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; del Interior;Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SuperintendenciaNacional de Aduanas y Comunidad Andina de Naciones.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGODirector GeneralDirección General de Circulación Terrestre

9818

Otorgan a empresa permiso de opera-ción de transporte turístico en el de-partamento de Lima

RESOLUCION DIRECTORALNº 1299-99-MTC/15.18

Lima, 24 de mayo de 1999

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01097010, organizadopor la EMPRESA DE TRANSPORTES ANDEAN ADVENTU-RES S.R.LTDA, sobre Permiso de Operación de Transporte Tu-rístico y el Informe Técnico Nº 353-99-MTC/15.18.04.1.RCM de laDirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna-cional.

CONSIDERANDO:

Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES ANDEAN ADVEN-TURES S.R.LTDA., mediante el expediente indicado en vistos hasolicitado el otorgamiento de Permiso de Operación de Transpor-te Turístico en las modalidades de traslados y visitas locales en elámbito Departamental - Regional - Lima; al amparo de lo estable-cido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Turís-tico aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha6 de febrero de 1978.

Que, en el Informe Nº 353-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se con-cluye que la referida Empresa cumple con los requisitos señala-dos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, apro-bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose laprocedencia del pedido formulado.

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento aprobadopor Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS del 6 de febrero de1978, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley deNormas Generales de Procedimientos Administrativos aprobadopor Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto SupremoNº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862;

SE RESUELVE:

Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTESANDEAN ADVENTURES S.R.LTDA., el Permiso de Operación

de Transporte Turístico en el ámbito Departamental - Lima porel período de cinco (5) años, contados a partir de la fecha deexpedición de presente Resolución, de acuerdo a los siguientestérminos:

RAZON SOCIAL :"ANDEAN ADVENTURES" S.R.LTDA.SERVICIO :Transporte Turístico TerrestreMODALIDADES :Traslados y visitas localesAMBITO :Departamental - LimaFLOTA VEHICULAR :Un (1) ómnibus: UZ-2077 (1996)

Segundo.- La Empresa está obligada a cumplir con lasnormas legales establecidas en el Reglamento aprobado porResolución Suprema Nº 011-78-TC/DS y demás disposicionesvigentes, concernientes al Servicio de Transporte Turístico Te-rrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Así comomantener vigente la Póliza de Seguros con las coberturas corres-pondientes.

Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser pu-blicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro delos treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de sunotificación.

Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Direc-ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio-nal.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGODirector GeneralDirección General de Circulación Terrestre

9816

PODER JUDICIALModifican artículo de las Normas queRegulan Etapa de Evaluación del Pro-grama de Traslado del Régimen Labo-ral Público al PrivadoRESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL

PLIEGO DEL PODER JUDICIALNº 352-SE-TP-CME-PJ

Lima, 26 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 341-SE-TP-CME-PJ, de fecha 20 de julio del año en curso, se aprobaron lasnormas para la Etapa de Evaluación del Personal Auxiliar Juris-diccional y Administrativo del Poder Judicial, que no optó por eltraslado al Régimen Laboral de la Actividad Privada;

Que, por razones de política de personal implementadas alinterior de este Poder del Estado, es necesario adicionar, a lasnormas aprobadas con la Resolución Administrativa acotada, unplazo excepcional, para que el personal comprendido en estaEtapa de Evaluación, tenga la opción de trasladarse al RégimenLaboral de la Actividad Privada, conforme a lo previsto en laResolución Administrativa Nº 487-98-SE-TP-CME-PJ, con locual, quedaría eximido de la misma;

En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs.26546, 26623, 26695, 27009 y Resoluciones AdministrativasNºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 031-98-SE-TP-CME-PJ, 487-98-SE-TP-CME-PJ y demás disposiciones concordantes sobrela materia;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Adicionar al Artículo 2º de las Normasque Regulan la Etapa de Evaluación del Programa de Trasladodel Régimen Laboral Público al Régimen Laboral Privado delPersonal Auxiliar y Administrativo del Poder Judicial, que nooptó por el cambio de Régimen Laboral, aprobado medianteResolución Administrativa Nº 341-SE-TP-CME-PJ, el párrafosiguiente:

"No serán comprendidos en esta Etapa de Evaluación, elpersonal auxiliar jurisdiccional y administrativo del Poder Judi-cial que hasta el día viernes seis de agosto del año en curso, optepor trasladarse al Régimen Laboral de la Actividad Privada,conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 487-98-SE-TP-CME-PJ"

Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución, atodas las dependencias del Poder Judicial para los fines pertinen-tes.

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Pág. 176326 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliegodel Poder Judicial

9842

Validan contenido de actas referidas alDiseño de Servicios Judiciales de lasCortes Superiores de Justicia de LaLibertad y AncashRESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL

PLIEGO DEL PODER JUDICIALNº 357-SE-TP-CME-PJ

Lima, 26 de julio de 1999

VISTO:

El Memorando Nº 165-99-PJ-SE-GCR/P.O.I Z.NORTE, defecha 16 de julio de 1999, emitido por el Jefe del ProyectoOperativo Integrado Zona Norte de la Gerencia Central de laReforma, y documentos adjuntos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias y ampliato-rias, Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la ComisiónEjecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por unperíodo de excepción, las funciones de gobierno y gestión de dichoPoder del Estado;

Que, de acuerdo al inciso 14) del Artículo 10º del Texto UnicoOrdenado del Reglamento de Organización y Funciones de laSecretaría Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolu-ción Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ, es función de laSecretaría Ejecutiva expedir las Resoluciones Administrativasnecesarias para el óptimo funcionamiento administrativo delPoder Judicial;

Que, adjunto al documento de Visto, el Gerente Central de laReforma del Poder Judicial, remite el Acta de Validación delDiseño Personalizado de los Servicios Judiciales de la CorteSuperior de La Libertad, recogiendo importantes pautas y propues-tas para innovar técnicas, dando pase a la modernidad en laadministración de justicia;

Que, constituyendo el Acta citada en el considerando queantecede, un importante documento de gestión, resulta proce-dente y necesario emitir el acto administrativo correspondiente,con el fin de viabilizar y brindar el respaldo e incentivo necesarioen las acciones que tiendan a la Reestructuración, Reforma yModernización del Poder Judicial;

En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546,26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, y 029-99-SE-TP-CME-PJ, y demás dispo-siciones concordantes sobre la materia;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- VALIDAR el contenido del Acta referida alDiseño Personalizado de los Servicios Judiciales de la CorteSuperior de Justicia de La Libertad, correspondiendo a la Geren-cia Central de la Reforma, a través de los Organos de Líneacompetentes, la implementación de las acciones tendentes a lamaterialización del Diseño correspondiente, proponiendo lasmodificaciones sustentadas en los estudios técnico especializadosque pudieran ser necesarias para el mejor desarrollo de losobjetivos de la Institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliego del Poder Judicial

9843

RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DELPLIEGO DEL PODER JUDICIAL

Nº 358-SE-TP-CME-PJ

Lima, 26 de julio de 1999

VISTO:

El Memorando Nº 115-99-PJ/SE-GCR/POISJ, de fecha 20 dejulio de 1999, emitido por la Jefatura del Proyecto OperativoIntegrado Servicios Judiciales de la Gerencia Central de laReforma, y documentos adjuntos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias y ampliato-rias, Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la ComisiónEjecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por unperíodo de excepción, las funciones de gobierno y gestión de dichoPoder del Estado;

Que, de acuerdo al inciso 14) del Artículo 10º del Texto UnicoOrdenado del Reglamento de Organización y Funciones de laSecretaría Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolu-ción Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ, es función de laSecretaría Ejecutiva expedir las Resoluciones Administrativasnecesarias para el óptimo funcionamiento administrativo delPoder Judicial;

Que, adjunto al documento de Visto, el Gerente Central de laReforma del Poder Judicial, remite el Acta que contiene laExposición y Validación del Diseño de los Servicios JudicialesBásicos de la Corte Superior de Justicia de Ancash, recogiendoimportantes pautas y propuestas para innovar técnicas, dandopase a la modernidad en la Administración de Justicia;

Que, constituyendo el Acta citada en el considerando queantecede, un importante documento de gestión, resulta proce-dente y necesario emitir el acto administrativo correspondiente,con el fin de viabilizar y brindar el respaldo e incentivo necesarioen las acciones que tiendan a la Reestructuración, Reforma yModernización del Poder Judicial;

En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546,26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, y 029-99-SE-TP-CME-PJ, y demás dispo-siciones concordantes sobre la materia;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- VALIDAR el contenido del Acta referida alDiseño de los Servicios Judiciales Básicos de la Corte Superior deJusticia de Ancash, correspondiendo a la Gerencia Central de laReforma, a través de los Organos de Línea competentes, laimplementación de las acciones tendentes a la materializacióndel Diseño correspondiente, proponiendo las modificacionessustentadas en los estudios técnico especializados que pudieranser necesarias para el mejor desarrollo de los objetivos de laInstitución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliego del Poder Judicial

9844

COMISION EJECUTIVADEL PODER JUDICIAL

Autorizan participación de magistra-dos en conferencia "Contribución dela Prueba de ADN a la Administraciónde Justicia", a realizarse en la ciudadde Lima

RESOLUCION ADMINISTRATIVANº 944-CME-PJ

Lima, 27 de julio de 1999

LA COMISION EJECUTIVA DEL PODERJUDICIAL

VISTA:

La Carta de la empresa Bio Links, cursada por el señorPresidente de Directorio con fecha 1 de julio de 1999; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 26546, modificada y ampliada mediante lasLeyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea por un período deexcepción la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, encargada delas funciones de gobierno y gestión del Poder Judicial, además dela Reestructuración y Reorganización Integral de este Poder delEstado;

Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva delPoder Judicial elevar el nivel académico de los Magistrados,promoviendo su participación en actividades de capacitación yactualización, en tanto no se afecte el normal desenvolvimientode la actividad jurisdiccional;

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Pág. 176327NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

Que, mediante el documento de la Vista, la empresa BioLinks, invita a los Magistrados a la Conferencia que organizan,denominada "Contribución de la Prueba de ADN a la Administra-ción de Justicia", a realizarse el día 2 de agosto del presente año,a las 18.30 horas, en el Salón de Conferencias "Nazca I" delSwissótel (ex Oro Verde), sito en Vía Central 150, Centro Empre-sarial Real, San Isidro, en la ciudad de Lima;

Que, mediante Oficios números 3994-P-99-CSJCL/P, 4867-99-P-CSJCN/PJ y 2351-99-P-CSJLI/PJ de las Cortes Superioresde Justicia del Callao, Cono Norte de Lima y Lima, respectiva-mente, se designan a los magistrados que asistirán a dichoevento;

Que, el tema a tratar en la citada Conferencia, se enmarcadentro de los Planes de Mejoramiento de la Administración deJusticia por lo que resulta conveniente autorizar a los magistra-dos de las Cortes Superiores de Justicia de Callao, Cono Norte deLima y Lima, para que asistan al referido evento;

En uso de las facultades conferidas por las Leyes númerosveintiséis mil quinientos cuarentiséis sus modificatorias y am-pliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión dela fecha;

RESUELVE:

Primero.- Autorizar la participación de magistrados de lasCortes Superiores de Justicia del Callao, Cono Norte de Lima yLima que asistirán a la Conferencia denominada "Contribuciónde la Prueba de ADN a la Administración de Justicia" a realizarseel día 2 de agosto del presente año, a las 18.30 horas en la ciudadde Lima, que a continuación se indican:

Corte Superior de Justicia del Callao:

Dr. Luis Antonio Catacora Gonzales VocalDra. María Angélica Julca Vargas VocalDr. Juan Diego Portales Contente JuezDr. Oscar Saldaña Zegarra JuezDra. Elizabeth Ulfe Herrera Juez

Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima:

Dr. Lorenzo Montañez Gonzales VocalDr. Manuel Miranda Canales VocalDra. Rosa María Catacora Villasante VocalDr. Jacobo Romero Quispe VocalDr. Juan Emilio Gonzales Chávez VocalDra. Carmen López Vásquez VocalDr. Jorge Cuya Lavy VocalDr. Ricardo Brousset Salas VocalDra. Emma Palacios Castillo VocalDr. Baltazar Morales Parraguez VocalDr. Dante Terrel Crispín VocalDra. María Elena Jo Laos VocalDr. César Vásquez Arana VocalDr. Iván Sequeiros Vargas VocalDr. Ernesto Figueroa Bernardini JuezDr. José Espichán Pérez JuezDra. Luz Rugel Medina JuezDra. Rosario Hernández Espinoza JuezDr. Elmer Siclla Villafuerte JuezDr. Víctor Valdiviezo Arias JuezDr. Adolfo Farfán Calderón JuezDra. Gloria Villafuerte Icaza JuezDra. Maritza Cangahuala Taipe JuezDra. Iris Pacheco Huancas JuezDr. Jesús Pacheco Diez JuezDra. Belinda Mercado Vílchez JuezDra. Porfiria Condori Fernández JuezDra. Ana Lucy Delgado Carbonero JuezDra. Nanci Sánchez Hidalgo JuezDra. Luisa Valdiviezo de Campos JuezDra. Teresa Maquillón Acevedo JuezDra. María Elizabeth Rabanal Cacho JuezDr. Fernando Ibarra Montes JuezDr. Rafael Ugarte Mauny Juez

Corte Superior de Justicia de Lima:

Dr. Alfredo Ferreyros Paredes VocalDr. Jorge Carrión Lugo VocalDra. Carmen Julia Cabello Matamala VocalDra. María Elena Palomino Thompson VocalDr. Víctor Raúl Mansilla Novella VocalDr. Juan Miguel Ramos Lorenzo VocalDr. Luis Alberto Gavancho Chávez JuezDra. Rosa Aguirre Aguilar JuezDra. Olga Domínguez Jara JuezDr. Víctor Corante Morales JuezDr. Carlos Suárez Chávez JuezDra. Rita Edith Ajalcriña Cabezudo JuezDra. Nélida Rosalbina Pineda Huerta JuezDra. Ada Disetta de Vettori Flores JuezDra. Blanca Garay de Aparicio JuezDra. Pilar Carreño Hidalgo JuezDra. Medallit Cornejo Jurado Juez

Dra. Cecilia Alva Rodríguez JuezDra. Emma Anicama Torres JuezDra. Yoni Leonor Angulo Cornejo JuezDra. Liliana Chávez Berríos JuezDra. Graciela Quintanilla Saico JuezDra. Susana Mendoza Caballero JuezDra. Ana Patricia Lau Deza Juez

Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolución, noirrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Judicial.

Tercero.- Al término del evento los magistrados participan-tes, informarán a la Gerencia Central de la Reforma de laSecretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicialsobre dicho evento.

Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a los Presiden-tes de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Cono Norte deLima, Lima y Gerencia General del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO

JORGE BUENDIA GUTIERREZ

DAVID PEZUA VIVANCO

9840

Aprueban Directiva "Procedimientospara Designación de Magistrados enCursos de Actualización, Perfecciona-miento y Especialización"

RESOLUCION ADMINISTRATIVANº 945-CME-PJ

Lima, 27 de julio de 1999

VISTOS:

El Oficio Nº 045-98-AMAG/DG, del 16 de noviembre de 1998,del Presidente de la Comisión de Reorganización y Gobierno dela Academia de la Magistratura y lo opinado por la SecretaríaEjecutiva con Informe Nº 036-98-PJ-SE-GCR-GEV, de 30 denoviembre de 1998 y los documentos adjuntos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva delPoder Judicial, encargada de la gestión y gobierno, funciones quehan sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623 y 26695, facultándo-sele además la Reestructuración y Reorganización del PoderJudicial, incluyendo las materias referidas a la Carrera Judicialy Estatuto Orgánico del Magistrado;

Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva delPoder Judicial elevar el nivel académico de los Magistradospromoviendo su participación en actividades de Capacitación,Actualización, Perfeccionamiento y Especialización, en tanto nose afecte el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccio-nal;

Que, la Presidencia de la Comisión de Reorganización yGobierno de la Academia de la Magistratura, hace conocer lanecesidad de establecer mecanismos para la selección de losMagistrados que participen en los futuros Cursos;

Que, es necesario regular el proceso de selección de losMagistrados para su participación en los Cursos de Actualiza-ción, Perfeccionamiento y Especialización dictados por la Acade-mia de la Magistratura, así como por otras Instituciones;

En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546,26623 y 26695, y por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la Sesión dela fecha;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-99-PJ-CME"PROCEDIMIENTOS PARA DESIGNACION DE MAGISTRA-DOS EN CURSOS DE ACTUALIZACION, PERFECCIONA-MIENTO Y ESPECIALIZACION".

Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución a losPresidentes de las Cortes Superiores de la República, Academiade la Magistratura y Gerencia General del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO

JORGE BUENDIA GUTIERREZ

DAVID PEZUA VIVANCO

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Pág. 176328 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

DIRECTIVA Nº 001-99-PJ-CME

PROCEDIMIENTOS DE SELECCION DEMAGISTRADOS PARA CURSOS DE

ACTUALIZACION, PERFECCIONAMIENTOY ESPECIALIZACION

I. OBJETIVOEstablecer las normas que regulen los procedimientos de

selección de Magistrados para su participación en Cursos deActualización, Perfeccionamiento y Especialización dictados porla Academia de la Magistratura y otras Instituciones.

II. BASE LEGAL

A. Constitución Política del Perú (Art. 151º)

B. D.S. Nº 017-93-JUS del 28 de mayo de 1993.Aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del

Poder Judicial.

C. Ley Nº 26546 del 20 de noviembre de 1995.Crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, que asume

temporalmente las funciones de gobierno y gestión.

D. Ley Nº 26623 del 18 de junio de 1996.Crea el Consejo de Coordinación Judicial, y amplía el plazo,

la competencia y atribuciones.

E. Ley Nº 26695 del 3 de diciembre de 1996.Modifica la conformación de la Comisión Ejecutiva integran-

do en ésta al Presidente de la Corte Suprema.

F. Resolución Administrativa Nº 018-96-CME-PJAprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la

Comisión Ejecutiva del Poder Judicial.

G. Resolución Administrativa Nº 031-98-SE-TP-CME-PJ.Aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Orga-

nización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la ComisiónEjecutiva del Poder Judicial.

III. ALCANCEEstán comprendidas dentro de los alcances de la presente

Directiva los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia dela República, la Academia de la Magistratura y la GerenciaGeneral del Poder Judicial.

IV. DISPOSICIONES GENERALES

A. La Academia de la Magistratura, quince días antes delinicio de cada trimestre, remitirá a los Presidentes de las CortesSuperiores de Justicia, la programación de los Cursos que dictarádurante el mismo.

B. Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia altomar conocimiento de la programación, seleccionarán a losMagistrados participantes, teniendo en cuenta la especialidad yevaluarán la participación de los mismos en Cursos del Programade Actualización y Perfeccionamiento dictados por la Academiade la Magistratura o de otras Instituciones durante el año.

C. Los Presidentes de las Cortes de Justicia, no podrán bajoresponsabilidad, seleccionar a un Magistrado por segunda o másveces, en tanto no hayan concurrido todos los Magistrados Titu-lares y Provisionales del Distrito Judicial de su Presidencia, salvoque se trate de un Curso cuyo contenido sea exclusivamente deinterés para una especialidad y ya todos los Magistrados Supe-riores, de Primera Instancia y de Paz Letrados de la indicadaespecialidad hubiesen concurrido por lo menos a un Curso.

V. DISPOSICIONES FINALES

A. La Secretaría General de la Secretaría Ejecutiva de laComisión Ejecutiva del Poder Judicial se encargará de efectuarlas coordinaciones pertinentes con la Academia de la Magistratu-ra y con los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de laRepública.

B. La Academia de la Magistratura propondrá a la ComisiónEjecutiva del Poder Judicial, a los Magistrados seleccionados,para la autorización de participación y se concedan las licenciasrespectivas.

C. Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de laRepública deberán contar con un Registro Nominal actualizadode los Magistrados de su Distrito Judicial, con indicación de suparticipación en Cursos, duración, lugar, etc.

D. La presente Directiva entrará en vigencia a los siete díascalendario de su aprobación.

9841

CORTES SUPERIORESDE JUSTICIA

Disponen reincorporación de magis-trado y conforman la Tercera Sala Pe-nal Corporativa de Procesos Ordinarioscon Reos Libres de la Corte Superiorde Lima

RESOLUCION ADMINISTRATIVANº 325-99-P-CSJL

Lima, 26 de julio de 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Administrativa Nº 205-99-P-CSJL, defecha 14 de abril del año en curso, estando a la declinación porimpedimento debidamente formulado por el doctor Sergio SalasVillalobos al cargo de Presidente del Jurado Electoral Especial dela Provincia de Lima, se dispuso designar como representante dela Corte Superior de Justicia de Lima, al doctor Eladio GonzálezRíos, para que asuma la Presidencia del Jurado Electoral Espe-cial de la Provincia de Lima;

Que, por Resolución Administrativa Nº 230-99-P-CSJL, defecha 11 de mayo del presente, estando a la designación del doctorEladio González Ríos, como Presidente del Jurado ElectoralEspecial de la Provincia de Lima, lo que implicaba su imposibili-dad de asumir función jurisdiccional, se designó a la doctoraPaloma Altabas Kajatt, Vocal Titular de la Corte Superior deLima, como Presidente de la Tercera Sala Penal de ProcesosOrdinarios con Reos Libres, a partir del 11 de mayo de 1999, ymientras dure la ausencia del doctor González Ríos;

Que, por Oficio 042-99-SG-JEEL, de fecha 23 de julio delactual, el doctor Eladio González Ríos, Presidente del JuradoElectoral Especial de Lima, manifiesta que la comisión que se leha encomendado, concluye el día 31 de julio de los corrientes, porlo que en su condición de Vocal Titular de la Corte Superior deJusticia de Lima, peticiona su reincorporación a la función juris-diccional, a partir del 1 de agosto de 1999;

Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultadesprevistas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º delTexto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE :

Artículo Primero.- DISPONER el retorno a la funciónjurisdiccional del doctor ELADIO GONZALEZ RÍOS, Vocal Titu-lar de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 1 deagosto de 1999.

Artículo Segundo.- DISPONER la reconformación de laTercera Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con ReosLibres, a partir del 1 de agosto del año en curso, conforme sedetalla a continuación:

TERCERA SALA PENAL CORPORATIVA DEPROCESOS ORDINARIOS CON REOS LIBRES

Eladio González Ríos (T) PresidenteLuis Arturo Castro Reyes(T)Andrés Carbajal Portocarrero(T)Paloma Altabas Kajatt(T)Luis Arce Cordova(P)Fernando Padilla Rojas(P)Elba Greta Minaya Calle(P)

Artículo Tercero.- DISPONER que el orden de prelaciónestablecido en el Artículo segundo, deberá ser respetado por losSeñores Magistrados Integrantes de la Tercera Sala Penal Corpo-rativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres de la Corte Supe-rior de Justicia de Lima.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conoci-miento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secreta-ría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magis-tratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, dela Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del MinisterioPúblico, para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANOPresidenteCorte Superior de Justicia de Lima

9806

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Pág. 176329NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

COMISION EJECUTIVADEL MINISTERIO

PUBLICOEncargan despacho de la Octava Fis-calía Provincial en lo Penal de Lima afiscal adjunta

RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVADEL MINISTERIO PUBLICO

Nº 554-99-MP-CEMP

Lima, 27 de julio de 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, habiéndose designado al doctor Gustavo Efraín QuirozVallejos, como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalía SuperiorMixta de Ucayali, mediante Resolución Nº 552-99-MP-CEMP defecha 26 de julio de 1999, es necesario encargar dicho Despacho ala doctora Esther Rojas Crisóstomo, Fiscal Adjunta Provincial; porlo que, estando al Acuerdo Nº 4521 adoptado por unanimidad porla Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha,con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribucionesconferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Encargar a la doctora Esther RojasCrisóstomo, Fiscal Adjunta Provincial Provisional, el Despachode la Octava Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, por el motivoexpuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente reso-lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justiciade la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presi-dente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecuti-vo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular delPliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema deControl Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia deLima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de GobiernoDelegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en elDistrito Judicial de Lima, y Fiscal mencionada en el artículoprecedente, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑOFiscal Suprema y Presidenta de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRAFiscal Supremo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANIBECERRAFiscal Supremo (P) - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑASSecretario Ejecutivo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

9876

Encargan el despacho de la DécimaCuarta Fiscalía Provincial en lo Penalde Lima y designan integrante de Co-misión Evaluadora del Reglamento dela Ley de Arrepentimiento

RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVADEL MINISTERIO PUBLICO

Nº 555-99-MP-CEMP

Lima, 27 de julio de 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Oficio Nº 215-99-14ºFPPL-F-AD-HOC-MP cursado por ladoctora Magda Victoria Atto Mendives, Fiscal Provincial Titular

de la Décima Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima yFiscal Ad Hoc, mediante el cual solicita vacaciones; por lo que,atendiendo dicho pedido y en mérito al Acuerdo Nº 4522 adoptadopor unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Públicoen sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en usode las atribuciones conferidas en el inciso g) de la TerceraDisposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la LeyNº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Conceder a la doctora Magda VictoriaAtto Mendives, Fiscal Provincial Titular de la Décima CuartaFiscalía Provincial en lo Penal de Lima y Fiscal Ad Hoc, vacacio-nes por el término de 30 días a partir del 2 de agosto de 1999.

Artículo Segundo.- Encargar a la doctora Edelmira Pache-co Robles, Fiscal Ajdunta Provincial de Lima, el Despacho de laDécima Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, y desig-nada como Fiscal Ad Hoc, para que con retención del mencionadoDespacho, se avoque al conocimiento de los casos Ad Hoc materiade las Resoluciones Nº 476-96-MP-FN-CEMP de fecha 28 denoviembre de 1996, Nº 820-98-MP-CEMP de fecha 21 de diciem-bre de 1998 y Nº 419-99-MP-CEMP de fecha 8 de junio de 1999;por el término que dure las vacaciones de la Fiscal ProvincialTitular.

Artículo Tercero.- Designar a la doctora Edelmira PachecoRobles, Fiscal encargada del Despacho de la Décima CuartaFiscalía Provincial en lo Penal de Lima, como representante delMinisterio Público, para que integre la Comisión Evaluadoracreada por Decreto Supremo Nº 015-93-JUS, que aprueba elReglamento de la Ley de Arrepentimiento, por el término quedure las vacaciones de la Fiscal Provincial Titular.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente reso-lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justiciade la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Ministrode Justicia, Embajador de la República de Brasil, Ministro Con-sejero de la Embajada de la República de Brasil, Embajador de laRepública de Canadá, Contraloría General de la República,Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, SecretarioEjecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público yTitular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la FiscalíaSuprema de Control Interno, Presidente de la Comisión Evalua-dora de la Ley de Arrepentimiento, Director Nacional de Inves-tigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, Presidente dela Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior encargadode la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva delMinisterio Público en el Distrito Judicial de Lima, Presidente delDirectorio de IPAE, Organismos Internacionales y NacionalesCooperantes de la VIII (CIAC) y Fiscal designada en el artículoprecedente, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑOFiscal Suprema y Presidenta de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRAFiscal Supremo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANIBECERRAFiscal Supremo (P) - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑASSecretario Ejecutivo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

9877

Encargan despacho de la 46° FiscalíaProvincial en lo Penal de Lima y desig-nan fiscal ad hoc para conocer casos aque se refiere la Res. Nº 657-98-MP-CEMP

RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVADEL MINISTERIO PUBLICO

Nº 556-99-MP-CEMP

Lima, 27 de julio de 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:

El escrito presentado por la doctora Ofelia Noris HerreraNajarro, Fiscal Provincial Provisional encargada del Despachode la Cuadragésima Sexta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima

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Pág. 176330 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

y Fiscal Ad Hoc, mediante el cual solicita vacaciones por eltérmino de 5 días a partir del 2 de agosto de 1999; por lo que,atendiendo dicho pedido y en mérito al Acuerdo Nº 4580 -adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministe-rio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura delacta; en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de laTercera Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finalesde la Ley Nº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Conceder a la doctora Ofelia NorisHerrera Najarro, Fiscal Provincial Provisional encargada delDespacho de la Cuadragésima Sexta Fiscalía Provincial en loPenal de Lima y Fiscal Ad Hoc, vacaciones por el término de 5 díasa partir del 2 de agosto de 1999.

Artículo Segundo.- Encargar a la doctora Deyce MaribelDávila Laguna, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de Lima, elDespacho de la Cuadragésima Sexta Fiscalía Provincial en loPenal de Lima, y designarla como Fiscal Ad Hoc para que conretención del mencionado Despacho, se avoque al conocimientode los casos Ad Hoc, materia del Artículo Tercero de la ResoluciónNº 657-98-MP-CEMP de fecha 5 de octubre de 1998, que compren-de las Resoluciones Nº 173-98-MP-CEMP y Nº 580-98-MP-CEMPde fechas 9 de marzo y 9 de setiembre de 1998, respectivamente;por el término que dure las vacaciones mencionadas en el artículoprocedente.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso-lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justiciade la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presi-dente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecu-tivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular delPliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema deControl Interno, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electo-rales (ONPE), Presidente de la Corte Superior de Justicia deLima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de GobiernoDelegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en elDistrito Judicial de Lima, y Fiscal mencionada en el artículoprecedente, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑOFiscal Suprema y Presidenta de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRAFiscal Supremo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANIBECERRAFiscal Supremo (P) - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑASSecretario Ejecutivo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

9878

Encargan el despacho de la FiscalíaSuprema en lo Contencioso Adminis-trativo

RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVADEL MINISTERIO PUBLICO

Nº 557-99-MP-CEMP

Lima, 27 de julio de 1999

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Oficio Nº 066-99-MP-FN-FSCA cursado por la doctoraNelly Calderón Navarro, Fiscal Supremo Titular de la FiscalíaSuprema en lo Contencioso Administrativo, solicitando licenciacon goce de haber del 9 al 13 de agosto de 1999, por tener queviajar a la Isla Margarita, República de Venezuela, para partici-par en el XIV Encuentro del Comité Latinoamericano de Consul-ta Registral, sin que ello irrogue gasto alguno al Presupuesto delMinisterio Público; por lo que, estando al Acuerdo Nº 4582adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministe-rio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura delacta; y, en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs.26623, 26695, 26738 y 27009;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Concédase licencia con goce de haber del9 al 13 de agosto de 1999 a la doctora Nelly Calderón Navarro,Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso

Administrativo, por el motivo expuesto en la parte considerativade la presente resolución.

Artículo Segundo.- La presente autorización no irrogarágasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio Público niotorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera fuese su clase o denominación.

Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de la FiscalíaSuprema en lo Contencioso Administrativo al doctor JavierGonzalo Luna García, Fiscal Adjunto Supremo de la referidaFiscalía, por el término que dure la licencia de su titular.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente reso-lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justiciade la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presi-dente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecu-tivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular delPliego, Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Socialde la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscal SupremoProvisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno y Fiscalesmencionados en los artículos precedentes, para los fines perti-nentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑOFiscal Suprema y Presidenta de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRAFiscal Supremo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANIBECERRAFiscal Supremo (P) - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑASSecretario Ejecutivo - Miembro de laComisión Ejecutiva del Ministerio Público

9879

S B SAutorizan al Banco de la Nación la aper-tura de agencia en el distrito de LosOlivos, provincia y departamento deLima

RESOLUCION SBS Nº 0665-99

Lima, 21 de julio de 1999

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco de la Nación, requi-riendo la autorización de esta Superintendencia, para la apertu-ra de una Agencia ubicada en la calle Alfredo Mendiola Nºs. 3787y 3789, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima;y,

CONSIDERANDO:

Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la docu-mentación pertinente que justifica la apertura solicitada;

Estando a lo informado por el Intendente de InstitucionesFinancieras "B" mediante Informe Nº ASIF"B"-127-OT/99; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la LeyNº 26702, - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegadamediante Resolución SBS Nº 003-98;

RESUELVE:

Artículo Unico.- Autorizar al Banco de la Nación, laapertura de una Agencia ubicada en la calle Alfredo MendiolaNºs. 3787 y 3789, distrito de Los Olivos, provincia y departamentode Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRASuperintendenta Adjunta de Banca

9807

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Pág. 176331NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

UNIVERSIDADESInician proceso disciplinario a docen-tes de la Universidad Nacional "Hermi-lio Valdizán" de Huánuco

UNIVERSIDAD NACIONALHERMILIO VALDIZAN

HUANUCO - PERU

RESOLUCION Nº 287.PCR.UNHEVAL.99

Huánuco, 15 de julio de 1999

Visto el Informe Nº 005-99-CPA-UNHEVAL-H, de fecha7.JUL.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos para docentes, para apertura de proceso administrativodisciplinario al Eco. Enrique CASTRO Y CESPEDES;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 240.PCR.UNHEVAL.99, defecha 14.JUN.99, se declara improcedente la solicitud de licenciasin goce de haberes presentada por el Eco. Enrique CASTRO YCESPEDES, docente asociado a dedicación exclusiva de la EAPde Ciencias Económicas, Facultad de Gestión Empresarial; yasimismo se dispone que los antecedentes sean remitidos aconocimiento de la Comisión de Procesos Administrativos Disci-plinarios para Docentes, a fin que de conformidad con el Art. 166ºdel D.S. Nº 005-90-PCM procederá la calificación y pronuncia-miento;

Que, con fecha 7 de julio de 1999, la Comisión de ProcesosAdministrativos Disciplinarios después de evaluar los documen-tos puestos a su conocimiento, eleva el Informe Nº 005CPA-99-UNHEVAL-H, concluyendo que el docente Eco. Enrique CAS-TRO Y CESPEDES ha incurrido en falta de carácter disciplinarioespecificada en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto LegislativoNº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera-ciones del Sector Público y se pronuncia por la apertura delProceso Administrativo Disciplinario al referido docente;

Que, en consecuencia estando a lo dispuesto por el Artículo167º del D.S. Nº 005-90-PCM es procedente la apertura de procesoadministrativo disciplinario al docente Enrique CASTRO Y CES-PEDES;

Que la Universidad Nacional "Hermilio Valdizán" de Huánu-co, se halla en proceso de reorganización por mandato de lasLeyes Nºs. 26493, 26638 y 26816, en los términos y condicionesseñalados por la Ley Nº 26457 y sus ampliatorias, a cargo de laComisión Reorganizadora nombrada por Resolución Suprema Nº194-96-PCM;

Estando a lo dispuesto por la Resolución Nº891.CU.CR.UNHEVAL.99, y en uso de las atribuciones conferi-das por los dispositivos legales indicados;

SE RESUELVE:

1. APERTURAR proceso administrativo disciplinario al Sr.Eco. Enrique CASTRO Y CESPEDES, Profesor asociado a dedi-cación exclusiva de la EAP de Ciencias Económicas de la Facultadde Gestión Empresarial por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente resolución.

2. DEVOLVER el expediente y encargar a la Comisión deProcesos Administrativos Disciplinarios para docentes para quese avoque al conocimiento del proceso, el mismo que no podráexceder de treinta días improrrogables, bajo responsabilidad.

3. NOTIFICAR al procesado con la presente resolución pormedio de la Oficina de Secretaría General, a más tardar dentrodel término de setentidós horas de expedida, bajo responsabili-dad.

Regístrese, comuníquese y archívese.

AGAPITO LINARES SALASVicerrector AcadémicoEncargado del Rectorado

CESAR CORNEJO ZAVALETASecretario General

9819

UNIVERSIDAD NACIONALHERMILIO VALDIZAN

HUANUCO - PERU

RESOLUCION Nº 288.PCR.UNHEVAL.99

Huánuco, 16 de julio de 1999

Visto el Informe Nº 004-99-CPA-UNHEVAL-H, de fecha7.JUL.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos para docentes, para apertura de proceso administrativodisciplinario al Lic. Educ. Hugo Augusto CARLOS YANGALI;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 245.PCR.UNHEVAL.99, defecha 16.JUN.99, se deniega la solicitud de renuncia presentadapor el Lic. Hugo Augusto CARLOS YANGALI, al cargo de docenteAuxiliar a Tiempo Completo de la EAP de Educación Básica consede en Panao, Facultad de Ciencias de la Educación y Humani-dades; y se dispone la remisión del expediente a la Comisión deProcesos Administrativos Disciplinarios para Docentes a efectode la calificación y pronunciamiento, conforme al Art. 166º delD.S. Nº 005-90-PCM;

Que, con fecha 7 de julio de 1999, la Comisión de ProcesosAdministrativos Disciplinarios después de evaluar los documen-tos puestos a su conocimiento, eleva el Informe Nº 004-CPA-99-UNHEVAL-H, concluyendo que el docente Lic. Hugo AugustoCARLOS YANGALI, ha incurrido en falta de carácter disciplina-rio especificada en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto Legisla-tivo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público y se pronuncia por la apertu-ra del Proceso Administrativo Disciplinario al referido docente;

Que, en consecuencia estando al Artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM es procedente la apertura de proceso administrativodisciplinario al docente Lic. Hugo Augusto CARLOS YANGALI;

Que la Universidad Nacional "Hermilio Valdizán" de Huánucose halla en proceso de reorganización por mandato de las Leyes Nºs.26493, 26638 y 26816, en los términos y condiciones señalados porla Ley Nº 26457 y sus ampliatorias, a cargo de la Comisión Reorga-nizadora nombrada por Resolución Suprema Nº 194-96-PCM;

Estando a lo dispuesto por la Resolución Nº891.CU.CR.UNHEVAL.99, y en uso de las atribuciones conferi-das por los dispositivos legales indicados;

SE RESUELVE:

1. APERTURAR proceso administrativo disciplinario al Lic.Hugo Augusto CARLOS YANGALI, profesor Auxiliar a Tiempocompleto de la EAP de Educación Básica de la Facultad deCiencias de la Educación y Humanidades de la Sede Descentrali-zada de Panao, por las razones expuestas en la parte conside-rativa de la presente resolución.

2. DEVOLVER el expediente y encargar a la Comisión deProcesos Administrativos Disciplinarios para docentes para quese avoque al conocimiento del proceso, el mismo que no podráexceder de treinta días improrrogables, bajo responsabilidad.

3. NOTIFICAR al procesado con la presente resolución pormedio de la Oficina de Secretaría General, a más tardar dentro deltérmino de setentidós horas de expedida, bajo responsabilidad.

Regístrese, comuníquese y archívese.

AGAPITO LINARES SALASVicerrector AcadémicoEncargado del Rectorado

CESAR CORNEJO ZAVALETASecretario General

9820

MUNICIPALIDADMETROPOLITANA

DE LIMAAprueban Ordenanza Reglamentaria deZonificación del Distrito de La Molina1999-2002

ORDENANZA Nº 198

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria defecha 21 de diciembre de 1998; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades Provinciales en ejercicio de lacompetencia en materia de Zonificación y Urbanismo, con arregloa lo dispuesto por los artículos 11º, 64º, 70º y 134º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853, tienen a su cargo laelaboración, aprobación y ejecución de los Planes Urbanos;

Page 18: F L S B N ORMAS L EGALES - Municipalidad Distrital de … · N F UNDADO EN 1825 POR EL L IBER T ADOR S IMÓN B OLÍV AR ORMAS L EGALES Lima, ... Con cargo de dar cuenta al Congreso;

Pág. 176332 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

Que, las Municipalidades, además, conforme a los artículos72º y 73º de la misma Ley están facultadas para establecerlimitaciones y modalidades a la propiedad privada en armoníacon el interés social en sus respectivas jurisdicciones y dentro delámbito de su competencia, a través de los planes y normasmunicipales;

Que, el Concejo Metropolitano de Lima, el 19 de diciembre de1997 aprobó la Ordenanza Nº 134 - MML Reglamentaria de laActualización y Reajuste del Plano de Zonificación General deLima Metropolitana, en cuya Primera y Segunda DisposicionesTransitorias dispone que el Concejo Metropolitano de Limaaprobará mediante Ordenanza la propuesta de Actualización dela Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropoli-tana con proyección al año 2002 (Mediano Plazo);

Que, mediante Ordenanza Nº 192-MML del 13 de noviembrede 1998, el Concejo Metropolitano de Lima aprobó el Reajuste delPlano de Zonificación General de los Usos del Suelo de LimaMetropolitana a Mediano Plazo (2002), correspondiente al distri-to de La Molina;

Que, la Propuesta de Zonificación de la Municipalidad de LaMolina se ha desarrollado dentro del marco del Plan de Desarro-llo Metropolitano de Lima- Callao 1990 – 2010 vigente, constitu-yendo el principal instrumento técnico normativo y de urbanismodentro de su jurisdicción;

De acuerdo con el Dictamen Nº 082-98-MML-CDU de fecha 11de diciembre de 1998 de la Comisión de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, y de conformidad con loestablecido en el artículo 134º incisos 2º y 4º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853, y los artículos 18º, 24º, 26º y 30º delReglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano yMedio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC;

APROBO LA SIGUIENTE:

ORDENANZA REGLAMENTARIA DEZONIFICACION DEL DISTRITO DE

LA MOLINA 1999-2002

Artículo 1º.- Aprobar la actualización de la ZonificaciónGeneral de los Usos del Suelo del distrito de La Molina al año2002, como instrumento técnico normativo de ordenamiento,promoción y control del uso del suelo del distrito.

Artículo 2º.- La Zonificación General de los Usos del Suelodel Distrito de La Molina tiene como objetivo general propiciar laracional distribución de las actividades urbanas en el territoriodistrital y el tratamiento urbanístico adecuado y progresivo enfunción de la consolidación urbana existente y su crecimiento ydesarrollo urbano armónico y sostenido.

Artículo 3º.- La Zonificación General de los Usos del Suelo deLa Molina, es un InstrumentoTécnico Normativo de aplicacióngeneral y cumplimiento obligatorio, y se aplicará en concordanciacon el Plano de Zonificación, las Normas de Zonificación y elIndice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas deldistrito, que forman parte de la presente Ordenanza, comple-mentándose con lo dispuesto en el Reglamento de ZonificaciónGeneral de Lima Metropolitana y el Indice para la Ubicación deActividades Urbanas de Lima, vigentes.

Artículo 4º.- La política de usos del suelo del distrito estáorientada a la consolidación de una imagen urbanística exclusi-vamente residencial de baja densidad e intensidad de los usos delsuelo derivadas de las características propias del distrito, relacio-nadas con el carácter ecológico, la función residencial, las limita-ciones de abastecimiento de agua, la débil estructuración ycapacidad de soporte del sistema vial y la demanda mayoritariade los vecinos de mantener dicha imagen residencial.

Artículo 5º.- Los criterios básicos considerados en la zonifi-cación de La Molina son:

- Mantener la baja densidad residencial existente.- Limitar las alturas máximas de las edificaciones.- Restringir la construcción de edificaciones residenciales

multifamiliares.- Reducir los niveles y la intensidad de uso de las zonas

comerciales del distrito.- Condicionar la ocupación de las laderas de los cerros del

distrito, con el fin de garantizar su conveniente utilización eintegración al resto del área urbana.

Artículo 6º.- Aprobar el Plano de Zonificación General de losUsos del Suelo del Distrito de La Molina, (Plano Nº Z-01-MDLM)que forma parte integrante de la presente Ordenanza comoAnexo Nº 1.

Artículo 7º.- Aprobar las Normas de Zonificación para eldistrito de La Molina, que como Anexo Nº 2 forma parte integran-te de la presente Ordenanza.

Artículo 8º.- Aprobar el Indice de Usos para la Ubicación deActividades Urbanas correspondiente al distrito de La Molina,que forma parte integrante de la presente Ordenanza comoAnexo Nº 3.

Artículo 9º.- Resguardar la conveniente y oportuna utilizaciónde las laderas de los cerros San Francisco, Centinela, Gallinacera yColorado, en el marco de la política de usos del suelo del distrito,sujetándola al cumplimiento de las siguientes condiciones:

• Factibilidad de abastecimiento de agua y eliminación deexcretas.

• Estudio de impacto ambiental aprobado.

• Acceso vial y capacidad de soporte de las vías existentes.• Reserva de las áreas para el equipamiento urbano corres-

pondiente en función de la población a localizarse.• Tratamiento urbanístico y paisajista adecuados con rela-

ción a las áreas urbanas ubicadas en la parte baja.

Artículo 10º.- Declarar como Zona de Reglamentación Espe-cial por Estudios Especiales el terreno de propiedad de la Univer-sidad Nacional Agraria La Molina ubicado entre las Av. LosFresnos y Raúl Ferrero. La zona deberá destinarse para eldesarrollo de instalaciones de carácter comercial, administrativoy cultural. Su habilitación estará condicionada a la presentacióny aprobación del correspondiente Planeamiento Integral.

Dicho Planeamiento Integral será evaluado por la Direcciónde Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de La Molina,revisado por la Comisión de Regidores de Desarrollo Urbano delDistrito y elevado al Concejo Municipal Distrital para su aproba-ción en primera instancia. Posteriormente será remitido a laMunicipalidad Metropolitana de Lima para su revisión y aproba-ción definitiva por el Concejo Metropolitano de Lima.

Artículo 11º.- Precisar que las Normas de Zonificación y elIndice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas deldistrito de La Molina, que se aprueban mediante la presenteOrdenanza, tendrán vigencia hasta que se apruebe la actualiza-ción del Reglamento de Zonificación General de Lima Metropoli-tana y del Indice para la Ubicación de Actividades Urbanas paraLima Metropolitana.

Artículo 12º.- El reajuste y/o cambios de zonificación en lajurisdicción del distrito de La Molina, se realizará una (1) vez alaño, a partir del año 2000, con excepción de casos en que existaprobado interés público o local en determinado sector o sectoresdel distrito, debidamente fundamentado, de conformidad con losprocedimientos establecidos por la Ordenanza Nº 134 de laMunicipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo 13º.- Los cambios de zonificación, en concordancia conel Artículo 34º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial,Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y los Artículos 15º y 16º de laOrdenanza Nº 134 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entodos los casos deberán ser consultados a los vecinos de la zona.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Rectifíquese el Cuadro Resumen aprobado por laOrdenanza Nº 192 de 13 de noviembre de 1998, en el sentido quelos expedientes de cambio de zonificación Nºs. 213211, 213210 y213209, tienen la calificación de no procedentes.

Segunda.- Deróguese y déjese sin efecto legal alguno cual-quier Norma que se oponga a la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

En Lima, a los veintiún días del mes de julio de mil novecien-tos noventa y nueve.

ALBERTO ANDRADE CARMONAAlcalde de Lima

ANEXO Nº 2

NORMAS DE ZONIFICACION DEL DISTRITODE LA MOLINA

I. ZONAS RESIDENCIALES

I.1. Zona Residencial de Baja Densidad R1-S.Las Zonas R1-S deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 1,000 m2. No se admitirá el uso Multifamiliar niConjuntos Residenciales.

Para el caso de Quintas se deberá considerar sublotes interio-res con área mínima de 600 m2 .

Los parámetros normativos son:

Frente mínimo 20 mlAltura de Edificación (Máx) 6 ml (2 pisos)Area Libre (Mín) 60 %Coef. de Edificación (Máx) 0.6Densidad 70 Hab/Ha (Unifamiliares)

110 Hab/Ha (Quintas)Estacionamiento 2 estacionamientos / vivienda

I.2 Zonas Residenciales de Baja Densidad R1Las Zonas R-1 deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 450 m2.Se permitirá el uso de viviendas Unifamiliares, Bifamiliares

y Quintas.El uso Multifamiliar sólo será permitido con lotes frente a

avenidas (vías de doble calzada y separador central) y colectoras quecuenten con factibilidad de servicios de electricidad, agua y desagüe.Para el caso de Quintas se deberá considerar sublotes interioresde 300.00 m2 como área mínima.

Los parámetros normativos son:

Frente mínimo 15 mlAltura de Edificación (Máx) 6 ml (2 pisos)

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Area Libre Mínima 40 %Coef. Edificación (Máx) 1.0 (Unifamiliar y Bifamiliar)

1.2 (Multifamiliar y Quinta)Densidad 110 Hab/Ha (Unifamiliar)

220Hab/Ha (Bifam y Quinta)500 Hab/Ha (Multifamiliar)

Estacionamiento 2 estacionamientos / vivienda

I.3 Zonas Residenciales de Baja Densidad R2Las Zonas R2 deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 300 m2.Se admitirá los usos de vivienda Unifamiliar, Bifamiliar,

Multifamiliar y Quintas.Las Quintas y Multifamiliares deberán presentar la factibili-

dad de servicios de electricidad, agua y desagüe.Los parámetros normativos son:

Frente mínimo normativo 10 mlAltura de Edificación (Máx) 9 ml (2 pisos + Azotea)

(Unifam., Bifam. y Quintas)9 ml (3 pisos) Multifamiliares

Area Libre (Mín) 40 %Coef. de edificación (Máx) 1.2 (Unifam.)

1.5 (Bifam.)1.8 máx. (Multif. y Quinta)

Densidad 165 Hab/Ha (Unifam.)330 Hab/Ha (Bifam.)500 Hab/Ha (Multif. y Quinta)

Estacionamiento 2 estacionamientos / vivienda

I.4 Zona Residencial de Mediana Densidad R-3.Las Zonas R-3, deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 150.00 m2.Se admitirá los usos de vivienda Unifamiliar, Bifamiliar,

Multifamiliar, Quinta y Conjunto Residencial.Los parámetros normativos son:

Frente mínimo 8 ml.Altura de Edificación (máx) 9 ml. (3 pisos)Area Libre (mín) 30%Coef. Edificación (máx) 1.5 (Unif. y Bifam.)

2.0 (Multif. y Quinta)Densidad 330 Hab/Ha (Unif. y Bifam)

500 Hab/Ha (Multif. y Quinta)Estacionamiento 1 estacionamiento / 2 viviendas

I.5 Zonas Residenciales de Mediana Densidad R-4Las Zonas R-4, deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 120.00 m2.Se admitirá los usos de vivienda Unifamiliar, Bifamiliar,

Multifamiliar y Quinta.El uso Multifamiliar será permitido en lotes con área mínima

de 150 m2 y frente mínimo de 8.00 ml.Los parámetros normativos son:

Frente mínimo normativo 6 mlAltura de Edificación (máx) 9 ml. (3 pisos)Area Libre (mín) 30%Coef. Edificación (máx) 1.5 (Unif. Y Bifam.)

2.1 (Multif.)Densidad 330 Hab/Ha (Unifam. y Bifam.)

500 Hab/Ha (Multif. y Quinta)Estacionamiento 1 estacionamiento / 3 viviendas

I.6. Zonas Residenciales de Alta Densidad R5Las Zonas R5, deberán considerar un área mínima de lote

normativo de 450 m2Se admitirá los usos de vivienda Unifamiliar, Bifamiliar,

Multifamiliar y Conjuntos Residenciales.Se podrá considerar el uso de Comercio Vecinal C2, en la 1ª.

planta con los parámetros correspondientes a la zonificación C2,siendo el uso residencial obligatorio en los pisos superiores.

Los parámetros normativos son:

Frente mínimo normativo 15 mlAltura de Edificación (máx) 15 ml (5 Pisos)Area libre 35 %Coef. de Edificación (máx) 3.25Densidad 700 Hab/HaEstacionamiento 1 estacionamiento / 2 vivienda

I.7 Premios a los Parámetros Normativos ResidencialesI.7.1 Los edificios multifamiliares dedicados exclusivamente

al uso residencial, podrán tener el beneficio del 10% sobre ladensidad normativa correspondiente.

I.7.2 Las áreas de circulación vertical (escaleras, ascensores)no serán computables para el coeficiente de edificación.

I.7.3 Las áreas construidas en sótanos, estacionamientos eingreso a los edificios multifamiliares no serán computables parael coeficiente de edificación.

I.7.4 En los terrenos ubicados en esquina, o conformados poráreas menores a la normativa, a juicio de la Comisión Calificado-ra podrá disminuir hasta en 10% el área libre mínima exigible,siempre y cuando se solucione adecuadamente la iluminación yventilación del proyecto.

I.8 Conjuntos ResidencialesLos Conjuntos Residenciales sólo se podrán ejecutar en Zoni-

ficación R3, R4 y R5, asumiendo las normas del uso de acuerdo ala Reglamentación correspondiente (multifamiliares) y en lotesmayores a 2,500.00 m2.

II. ZONAS COMERCIALES

II.1 Zonas Comerciales C1 (Comercio Local):Se considerará el área del lote existente. Se permitirá la subdi-

visión de lotes considerando los parámetros normativos del entorno.Se permitirá el uso residencial, siendo obligatorio dejar para

este caso el porcentaje de área libre, estacionamientos y densidadpoblacional, de acuerdo a la zonificación residencial del entorno.

Cuando se trate de zonas comerciales con estacionamientopúblico, no se exigirá estacionamiento dentro del lote, y no seexigirá retiro frontal.

Los parámetros normativos son:

Coef. de edif. máximo 1.50Coef. edif. Comercial (Mín) 0.20Area libre mínima Para Comercio: no exigible

Para Vivienda: de acuerdo a la zonifica-ción residencial del entorno

Altura máxima 9 ml (3 Pisos)Estacionamiento Comercio: Estacionamiento público o 1

estacionamiento cada 50 m2 de áreaconstruida.Vivienda: de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno.

II.2 Zonas Comerciales C2 (Comercial Vecinal):Se considerará el área del lote existente. Se permitirá la sub

división en lotes considerando los parámetros del entorno.Se permitirá el uso Residencial, siendo obligatorio dejar el

porcentaje de área libre, estacionamiento y densidad poblacional,de acuerdo a la zonificación residencial del entorno.

Cuando se trate de zonas comerciales habilitadas como tales, conestacionamientos públicos, éste se considerará como parte del nú-mero de estacionamientos requeridos y no se exigirá retiro frontal.

Los parámetros normativos son:

Coef. de Edificación máximo 2.40Coef. edif. Comercial (mín) 0.60Area Libre Mínima Para Comercio: no exigible

Para vivienda: de acuerdo a la zonifica-ción residencial del entorno

Altura máxima 9 ml (3 Pisos) o según entornoEstacionamiento Para Comercio: 1/ cada 50 m2 construi-

da.Para vivienda de acuerdo a la Zonifica-ción Residencial del entorno.

II.3 Zonas Comerciales C3 (Comercio Sectorial):En las zonas habilitadas como Comerciales, se considerará el

área de los lotes existentes. En las nuevas habilitaciones seconsiderará el área resultante del planeamiento de las zonascomerciales. Sólo se permitirá subdivisión de lotes en los casosque se efectué el planeamiento integral determinado por elConcejo Distrital de La Molina, con aprobación de la Municipali-dad Metropolitana de Lima.

Se podrá considerar el uso Residencial, siendo obligatoriodejar el porcentaje del área libre, estacionamiento y densidadpoblacional, de acuerdo a la zonificación residencial del entorno.

Cuando se trate de zonas comerciales con estacionamientospúblicos, éstos se considerarán como parte del número de estacio-namientos requeridos y no se exigirá retiro frontal.

Los parámetros normativos son:

Coef. de Edificación (máx) 4.00Coef. Edif. Comercial (mín) 0.6Area libre mínima Para comercio no exigible

Para vivienda de acuerdo a la Zonifica-ción Residencial del entorno

Altura máxima 15 ml (5 Pisos)Estacionamiento Comercio 1 cada 50 m2 de área cons-

truidaVivienda de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno.

II.4 Zona Comercial C3-E (Comercio Sectorial Especial)Esta calificación se aplica a dos áreas comerciales ubicadas

con frente a la Av. Javier Prado, correspondientes al CentroComercial Plaza Camacho y al Centro Empresarial de la IBM.

Se considerará el área del lote existente. Se permitirá lasubdivisión de lotes sólo en los casos que se efectué un Planeamien-to Integral determinado por el Concejo Distrital de La Molina conla aprobación de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Se admitirá el Uso Residencial, siendo obligatorio dejar elporcentaje de área libre, número de estacionamientos y densidadpoblacional de acuerdo a la zonificación residencial del entorno.

Los parámetros normativos son:

Coef. de Edificación (máx) 4.00Area libre mínima Comercio: no exigible

Vivienda: de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno

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Altura Máxima 36 ml. (12 pisos)Estacionamiento Comercio: 1 cada 50 m2. de área cons-

truida .Vivienda: de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno.

II.5 Zona Comercial CE (Comercio Especializado)Corresponde al Comercio ubicado en un sector de la Av. La

Molina.En las zonas habilitadas se considerarán las áreas de los lotes

existentes.En las nuevas habilitaciones y subdivisiones, se considerará

un área mínima de 450.00 m2 de lote normativo y un frente de15.00 ml como mínimo.

Se admitirá el Uso Residencial, siendo obligatorio dejar elporcentaje de área libre, estacionamiento y densidad poblacional,de acuerdo a la zonificación residencial del entorno.

Cuando se trate de zonas comerciales con estacionamientopúblico, éstos se considerarán como parte del número de estacio-namientos requeridos y no se exigirá retiro frontal.

Los parámetros normativos son:

Coef. de Edificación. (Máx) 2.40Area libre mínima Comercio no exigible

Vivienda de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno.

Altura máxima 9 ml. (3 pisos)Estacionamiento Comercio: 1 x cada 50 m2 de Area

construidaVivienda: de acuerdo a la ZonificaciónResidencial del Entorno.

Consideraciones Adicionales

1. En las zonas comerciales existentes o proyectadas que nocuenten con estacionamiento público se deberá habilitar la vere-da de 2.40 ml. de ancho mínimo, ubicados en el retiro frontal (alinterior del lote) a fin de habilitar el parqueo público, como partedel total requerido.

2. En lotes con Zonificación R1-S, R1 y R2, no se admitiráproyectos para uso comercial de ningún tipo, incluso en lotes enesquina o frente a lotes comerciales.

3. En zonificación R3 y R4, se permitirá el uso de comercio local(C1) en los lotes ubicados en esquina con un máximo de 60.00 m2.

III. USOS ESPECIALES (OU)

III.1 DefiniciónEstán constituidos por los usos relacionados con la actividad

político-administrativa e institucional, y con los servicios públi-cos en general.

III.2 Denominación de las AreasEn el Plano de Zonificación se han determinado como Usos

Especiales u Otros Usos (OU) a los usos referidos a los servicioscomunales y sociales, de la clasificación Industrial Uniforme(CIU) de las Naciones Unidas.

Se incluyen además bajo esta denominación:

• Centros Cívicos, Comerciales y de Administración Pública.• Centros Culturales, Locales de Culto, Beneficencia.• Locales de espectáculos masivos.• Campos Deportivos, Clubes.• Embajadas, Consulados.• Zonas Arqueológicas.• Correos, Telecomunicaciones.• Establecimientos para fines de seguridad: Cuarteles,• Comisarías, Bomberos y Locales Militares.

IV. EQUIPAMIENTO EDUCATIVO

IV.1 Denominación de las AreasEl Plano de Zonificación del Distrito de La Molina señala el

Equipamiento Educativo de los niveles Básico a Superior:

E1 : Colegios, Centros de Educación Básica.E2 : Escuela Superior de Educación Profesional o Técnica.E3 : Universidad o Instituto Superior.

No se señalan los locales de nivel Inicial (Centros de EducaciónInicial, Nidos, Guarderías) por ser de dimensión física mínima.

IV.2 Disposiciones Generales

a) Las áreas zonificadas para uso educativo no se podránsubdividir, ni disminuir su área normativa, salvo autorizaciónexpresa del Ministerio de Educación.

b) Las áreas de equipamiento educativos (E1, E2 y E3) queestuvieran señaladas en el plano de zonificación, no podránvariar de localización, debiendo destinarse a los fines educativosprevistos.

IV.3 Exigencias Reglamentarias para Locales Edu-cativos

a) Los Locales Educativos de los niveles básico y superior,deberán ubicarse frente a avenida con berma central y/o frente aparque.

b) Los Centros de Educación Inicial podrán ubicarse en áreasresidenciales sin restricción, siempre y cuando cuenten con la

aceptación mayoritaria de los vecinos residentes en la cuadra(ambos frentes).

c) El área libre mínima estará condicionada a la correspon-diente a la zonificación de su entorno y a lo aprobado por elMinisterio de Educación.

d) La altura y coeficiente de edificación estarán condiciona-dos por la zonificación del entorno urbano.

Los C.E.I. podrán tener una altura máxima de dos pisos,debiéndose construir las aulas sólo en el primer nivel.

e) No se permitirá ubicar el ingreso a Centros Educativos auna distancia menor a 50.00 mts. de centros de concentraciónpública, talleres de mecánica o estaciones de servicios (grifos).

f) No se otorgarán Licencias de Funcionamiento a las edifica-ciones que no hayan tenido Licencia de Construcción con proyectoaprobado para Centros Educativos, previo informe favorable delConcejo Distrital de La Molina y posterior aprobación por la USEdel Ministerio de Educación.

g) Los requerimientos de Estacionamiento para locales edu-cativos son:

Locales Educativos Estacionamientos C.E.I. 1 est./ aulaColegio Primario 1 est/ aulaColegio Secundario 1 est/ aulaE2 2 est/ aulaE3) 6 est/ aula

V. EQUIPAMIENTO DE SALUD

a) El equipamiento de Salud, normativo, establecido por elMinisterio de Salud es el siguiente:

H1 : Posta de Salud, Centro Médico o Consultorios PeriféricosH2 : Centro de Salud, PoliclínicoH3 : Hospital General, ClínicaH4 : Hospital Especializado

b) Los requerimientos de estacionamiento para estableci-mientos de salud son:

Local de Salud EstacionamientosH1 1 Est./ consultorioH2 1 Est./consultorio

1 Est./ 3 camasH3 1 Est./ consultorio

1 Est./ 3 camas

VI. ZONAS DE REGLAMENTACION ESPECIAL (ZRE)

VI.1 ZONA DE ESTUDIO ESPECIALSe ha denominado Zona de Reglamentación Especial por

Estudio Especial los terrenos de la Universidad Nacional Agra-ria, comprendidos entre la Av. Los Fresnos, la Av. Raúl Ferreroy los AA.HH. Cerro Alto y Viña Alta.

La zona estará destinada al desarrollo de instalaciones decarácter comercial administrativo, cultural y de servicios.

En dichos terrenos se deberá elaborar y presentar un Planea-miento Integral Urbanístico, el mismo que deberá considerar lossiguientes aspectos:

• Estudio vial y de tránsito: ingresos y salidas, volúmenes detránsito previstos, estacionamientos, evacuación, etc.

• Servicios Públicos: factibilidad de abastecimiento de aguapotable, energía eléctrica, telefonía, etc.

• Estudio de Impacto Ambiental favorable.• Propuesta volumétrica y de usos del suelo considerando las

características del entorno.• Aportes públicos y contribución por mejoras.• Beneficios del Proyecto para la Municipalidad Distrital y el

vecindario.

VII. ZONA DE FORESTACION (ZF)

Se aplicarán los parámetros siguientes:

Frente normativo mínimo : 25 mlArea de lote mínimo : 2500 m2Area mínima de forestación : 80 % del loteCoef. Máximo de edificación : 0.20Densidad Neta : 20 Hab./ Ha.Altura máxima de Edificación : 4.5 ml (1 piso) medidos sobre la cota

natural del terreno.Usos permitidos : Sólo se permitirá la construcción de

Viviendas Unifamiliares.

VIII. RETIROSSalvo excepciones señaladas en el Plano Oficial de Retiros de

la Municipalidad de La Molina, los retiros exigibles son:

Frontal (Todas las Zonificaciones) Calles 3.00 ml.Avenidas 5.00 ml.

Laterales (Para R1-S y R1) 2.00 ml.Posterior (Para R1-S y R1) Lote menor de

1,000.00 m2. 3.00 mlLotes mayores de1,000.00 m2. 5.00 ml

Podrá formar parte del retiro frontal los Jardines de Aisla-miento, para las urbanizaciones sujetas a dicho contexto.

En los casos de cambios de zonificación de uso Residencial auso Comercial, se regirán por el Plano de Retiros aprobado por laMunicipalidad de La Molina.

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ANEXO Nº 3

INDICE DE USOS DEL SUELO PARA UBICACION DE LASACTIVIDADES URBANAS DE LA MOLINA

En la aplicación del presente Indice, para efectos del otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, las edificacio-nes deberán satisfacer las exigencias de estacionamiento, acondicionamiento del local, cuadro de Niveles Operaciona-les y todas aquellas establecidas en el Reglamento Nacional de Construcciones y el Reglamento de Zonificación delDistrito de La Molina.

Las ubicaciones conformes del presente Indice de Usos están condicionadas a los coeficientes para fines comercialesestablecidos en el Reglamento de Zonificación del Distrito de La Molina.

100 .- COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR, RESTAURANTES, HOTELES

NUM. ACTIVIDADES UBICACION CONFORMER1S R1 R2 R3 R4 R5 C1 C2 C3 C3-E CE

105 Abonos, semillas, implementos agrícolas (X) X XCOMERCIO Alimentos al por mayor

107 Acrílicos (X) (X) X XAL COMERCIO Materiales de construcción (acabados)

Almacenes, depósito de cerveza y gaseosaPOR Perfiles de aluminio

ESPECIAL Triplay, enchapesMAYOR Refrigeración, aire acondicionado

Cueros y similaresRadio - electrónica

Y 108 Extintores (X) X X X X109 Maquinaria (X) X X X

MENOR Repuestos en general 110 Venta de maquinaria agrícola y equipo X X X

de construcción 111 Mercados, Supermercados, (X) X X X X

Minimarket y Drugstore112 Abarrotes (X) X X X X X

COMERCIO Licoreria (sin consumo)113 Productos Avícolas, carnicería, lechería (X) (X) (X) X X X X X

BIENES Embutidos, VerduleríaAL POR 114 Panaderías, Bodegas (X) (X) (X) (X) X X X X X

Florerías 115 Repuestos eléctricos y electrónicos

DE CONSUMO Ferretería, vidriería, pintura, plásticosMENOR Computadoras, Discos y Casetes (X) (X) X X X X

OpticasDIRECTO 116 Muebles de acero, madera u otros

Electrodomésticos, línea blanca y otros art. eléctricos (X) X X X X X117 Farmacias, librerías (X) (X) (X) (X) X X X X X

Antigüedades y Artesanías118 Bazares, Telas, Mercería-Pasamanería

Zapatería, Artículos de cuero (X) (X) (X) X X X X XRopa, Boutique,Joyería, Relojería, Art. de Fantasía

119 Venta de Gasolina y lubricantes derivados REGLAMENTACION ESPECIALdel petróleo (Decreto de Alcaldía Nº 085-98-MML)

120 Expendio de Kerosene y Gas Licuado X X X X X

121 Ventas de vehículos nuevos o usados (X) (X) X X XCOMERCIO con exhibición

122 Reparación, mecánica general de vehículos X X XPlanchado y Pintura

AL POR SERVICIOS 123 Servicios Eléctricos,CONEXOS Afinamiento, Mecánica menor

Servicios de llantas (X) X X XServicio de Cambio de aceite

MENOR (con servicio dentro del taller)124 Alquiler de Vehículos (X) X X X X

125 Administración de empresasCOMERCIO Inmobiliarias, Corretajes

Agencias de aduanasSERVICIOS Notarías (X) (X) (X) X X X X

AL POR COMERCIALES Agencias de empleo y/o servicio domésticoAgencias de avisos periodísticosOficinas administrativas de empresas

MENOR Agencia de seguridad126 Tele-comercio (comercio por telecomunicación sin X X X X X X X X X

exhibición ni almacén en el local) de EIRL o persona natur.127 Restaurantes y chifas 4/ (X) (X) (X) X X X X

ESTABLE-

CIMIENTOS 128 Cafeterías, salones de té (X) (X) (X) X X X XRESTAU- DE BEBIDAS Comidas de paso, juguerías

Y COMIDAS 129 Bares y cantinas X X XRANTES

130 Hotel, desde 3 Estrellas (X) X X X XY

HOTELES Y 131 Hostal, desde 3 Estrellas (X) (X) (X) X X X XOTROS

HOTELES LUGARES DE 132 Casa de huéspedes, pensión, albergue, casa de reposo X X X X X X X X XALOJAMIENTO

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200 .- INDUSTRIAS MANUFACTURERAS

NUM. ACTIVIDADES UBICACION CONFORMER1S R1 R2 R3 R4 R5 C1 C2 C3 C3-E CE

225 Art. confeccionados de materia textilesTEXTILES Fabricación de prendas de vestir (X) (X) (X) X X X X X

Fabricación de tejidos de puntoINDUSTRIA 233 Fabr. de marcos, ventanas, puertas y otros prod.

DE similares de carpintería de madera. Fabr. de mue-MADERA bles y accesorios (excepto los que son principal- (X) X X X

mente metálicos) Fabr. de envases (de embalaje)hechos de cartón, cajas de fibras vulcanizadas.

DERIVADOS 245 Fabricación de preparados de tocador X X X XDEL

PETROLEO

SERVICIOS 270 Grabado de cintas magnetofónicas (Casetes) (X) X (X) X X X X

CONEXOS

276 Fabricación de joyas, platería y artículosenchapados, utilizando metales preciosos, piedras

FABRICA preciosas, semipreciosas y perlas X X X XOTRAS DE JOYAS Y Corte, tallado y pulido de piedras preciosas y

ART. CONEXOS semipreciosas.277 Estampado de medallas y acuñación de monedas X X X X

INDUSTRIAS FABRICA DE 278 Fabricación de instrumentos de música, tales INSTRUMENT. como pianos e instrumentos de viento y de percusión X X

DE MUSICA 279 Fabricación de instrumentos de cuerda X X X X

280 Fabricación de artículos de deporte y atletismoMANUFAC- FABRICA DE Fabricación de plumas estilográficas, lápices, X X X XTURERAS paraguas y bastones, botones y letreros

ARTICULOS luminosos281 Fabricación de artículos manufacturados tales como

DE DEPORTES juguetes (excepto los hechos principalmente de cauchoy por moldes o estrusión de material plástico)

E INDUSTRIA Artículos para oficina y para artistas, joyas de X X X Xfantasía y artículos de novedad: plumas, flores

MANUFACTURERA artificiales, escobas, cepillos; placas de identificaciónescarapelas, emblemas, rótulos, pantallas para lam-

NO ESPECIFICADA paras, pipas y boquillas, leterros y anuncios de propa-ganda, sellos de metal, de caucho y esténcil, redes

EN OTRA PARTE para pelo; pelucas y artículos similares

300 .- TRANSPORTES Y ALMACENAMIENTO

NUM. ACTIVIDADES UBICACION CONFORMER1S R1 R2 R3 R4 R5 C1 C2 C3 C3-E CE

301 Transporte urbano, suburbano e interurbano de X X Xpasajeros por carretera

302 Terminales de pasajeros, embarcaderos X X XTRANSPORTE

TERRESTRE 303 Agencia de venta de pasajes (X) (X) (X) (X) X X X XDE

SERVICIOS PASAJEROS 304 Agencia de viajes (X) (X) (X) (X) X X X X

DE 305 Agencias de Turismo (X) (X) (X) (X) X X X X

TRANS- SERVICIOS 307 1/ X X X X

PORTE TERRESTRE

Servicios relacionados con el transporte (X) X X

309 Reexpedición, embalaje y gestiones X XCONEXOS

310 (X) X X X

ALMACE- 312 X X XMIENTO

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NUM. ACTIVIDADESR1S R1 R3 R4 C1 C2 C3-E CE

401 Instituciones monetarias X X

402 Bancos Of. central X X

ESTABLECI- 403 (X) X X

ESTABLECI- Bancos agencias (X) X XMIENTOS MIENTOS

Cajas de ahorro y bancos de ahorro (X) X X

FINANCIEROS 406 (X) (X) X X

FINANCIE- 407 (X) (X) X X

408 Instituciones de Crédito (que no son bancos)

Y DE fomento industrial, de redescuento y financiación, (X) X X

préstamo, compañías fiduciarias y consorcio de

SEGUROS de suscripción de valores.

409 Agencia de bolsaESTABLECI- Agencia de Cambio

Empresas de investigación y asesoramiento deFINANCIE- (X) (X) X X

ROS FINANCIEROS

arrendamiento, compra y venta de patentes yY DE

410 Oficinas centrales de seguros y servicios conexos X XSEGUROS

411 (X) X X

BIENES Bienes inmuebles (X) (X) (X) X XBIENES INMUEBLES

Servicios Jurídicos (X) (X) (X) X X XINMUEBLES

Servicios de contabilidad, auditoría y teneduría (X) (X) (X) X X XY de libros

415 (X) (X) (X) (X) X XSERVICIOS PRESTADOS

Servicios técnicos y arquitectónicos (X) (X) (X) X X XPRESTADOS

417 Servicios de Publicidad (X) (X) (X) X X XEMPRESAS

418 (X) (X) (X) (X) X XEMPRESAS de maquinarias y equipos) exceptuando el alquiler y

arrendamiento de maquinaria.419 Alquiler y arrendamiento de maquinaria y equipos X X

500 .- SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSONALES

NUM. UBICACION CONFORMER1S R2 R3 R5 C1 C3 C3-E

504 Establecimientos de enseñanza SEGÚN REGLAMENTO ANEXO 2

505 Enseñanza y preparación preuniversitaria (X) (X) X X X

INSTRUCCION 506 Academia de baile, artes marciales (X) (X) (X) X X X X

SERVICIOS 507 Escuelas para aprender a guiar vehículos (X) (X) X X X Xautomotores

PUBLICA 508 Deportes al aire libre 3 (X) (X) X X X X X X X X X

SOCIALES 510 Servicios médicos, odontológicos y quirúrgicos,MEDICOS Optómetras y Oftalmólogos, Cirujanos y otros profesio- (X) (X) X X X X X X X X X

nales de medicina (en forma individual, no asociada) 2/Y OTROS OTROS 511 Servicios de sanidad: hospitales, sanatorios, clínicas (X) (X) (X) X X X X

SERVICIOS y otras instituciones de sanidad DE SANIDAD 512 Servicios de veterinaria (X) (X) (X) X X X X

513 Cruz roja, organizaciones dedicadas a lacolecta y distribución de donativos para fines X X X X X Xbenéficos.

515 Colegios profesionales (X) (X) X X X X

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benéficos.SERVICIOS 515 Colegios profesionales (X) (X) X X X X

516 Estudios de abogados (X) (X) (X) (X) (X) X X X X

SERVICIOS 517 Acupuntura (X) X X X X X X X X

COMERCIALES 519 Arquitectos, ingenieros X X X X X X X X X X XCOMUNA- de manera individual no como empresas. 2/

LES PROFESIONALES 520 Contadores, Auditores, Abogados (en forma individual, X X X X X X X X X X Xno asociada). 2/

Y LABORALES 521 Servicios de computación (X) (X) (X) (X) (X) (X) X X X XServicios de Fax.

522 Contratistas de Obras (X) (X) X X X XCONEXOS

9837

ASOCIACIONES 523 Agencias de publicidad (X) (X) X X X XSERVICIOS COMERCIALES

SOCIALES PROFESIONALES 524 Agencias de tramitación (X) X X X X XY OTROS Y LABORALES

SERVICIOS SERVICIOS DE 525 Teléfono, telecomunicaciones, RadioCOMUNALES COMUNICACIÓN Correo (X) X X X X

CONEXOS OTROS 526 Iglesias, mezquitas, sinagogas, templos 3/ 5/ (X) (X) (X) (X) X X X X

SERVICIOS y Salones Velatorios528 Producción de películas (X) (X) X X X

531 Estación base celular con antena, antenas de TV y radio X X X(También tendrán ubicación conforme en zonificaciónZF)

PELICULAS 533 Cines X X X XSERVICIOS CINEMATO-

GRAFICAS 534 Teatros, salas de convenciones X X X XY

OTROS 536 Restaurantes - Peñas X X XESPARCI- SERVICIOS Restaurantes - Shows

DE 537 Discotecas X X XESPARCI- Vídeo Pubs.

MIENTO Y MIENTO 538 Salas de reuniones sociales. X X XY

SERVICIOS 539 Bibliotecas, centros de información, museos,SERVICIOS CULTURALES galerías de arte, jardines botánicos y otros servicios (X) (X) (X) (X) X X X X

culturales.OTROS 541 Tragamonedas, sapos y bingos X X X

CULTURALES SERVICIOS

DE 543 Salas de billar, bowling, bochas, parques de atracciones (X) X X XDIVERSION y video-juegos

546 Reparación de calzado y artículos de cuero (X) (X) (X) (X) (X) X X X X

SERVICIOS 550 Reparación de motocicletas (X) (X) X X XDE

SERVICIOS REPARACION 551 Reparación de relojes y joyas (X) (X) (X) (X) (X) X X X X

553 Lavanderías y servicios de (X) (X) (X) (X) (X) X X X XPERSONAL- lavandería, establecimientos de limpieza y

teñido554 Peluquerías y salones de belleza (X) (X) (X) X X X X X X

SERVICIOS

Y DE LOS PERSONALES 556 Gimnasios (X) (X) (X) (X) (X) X X X X XDIRECTOS Academias de natación, tenis y gimnasia 3/

558 Estudios fotográficos (X) (X) (X) (X) X X X X XHOGARES

561 Funerarias X X XSERVICIOS

562 Lápidas y similares X X XPERSONALES

564 Copiadoras (X) (X) (X) X X X X X

SERVICIOS 565 Estudios fotográficos (laboratorios de (X) (X) (X) (X) X X X X Xrevelados)

DIVERSOS 566 Alquiler de vídeocasetes (X) (X) (X) X X X X X

1/ No habrá Licencia de Funcionamiento permanente y regirá de acuerdo al grado de consolidación de la zona, siendo de renovación anual obligatoria2/ La actividad a desarrollarse en un área no mayor a 30 m2.3/ Área de terreno no menor a 2,000 m2.para zonificación residencial.4/ El área del comedor público debe tener como mínimo 50 m25/ Frente o colindante a parque.(X) Sólo procede en vías Expresas, Arteriales o Colectoras del Sistema Vial Metropolitano vigente, o en las Avenidas (Vías de doble calzada y separador central)

NUM. ACTIVIDADES UBICACION CONFORMER1S R1 R2 R3 R4 R5 C1 C2 C3 C3-E CE

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Aprueban Ordenanza reglamentaria delPlan Urbano Distrital de Santiago deSurco 1996 - 2010

ORDENANZA Nº 224

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano en su Sesión Ordinaria de la fecha19 de julio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 65ºinciso 2), 70º inciso 1) y 134º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 23853, corresponde a las Municipalidades Provinciales através de su Concejos aprobar los Planes Urbanos, normatividadconcordante con la contenida en el Decreto Supremo Nº 007-85-VC del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, DesarrolloUrbano y Medio Ambiente, que para tal efecto en la Provincia deLima se denomina “Plan de Desarrollo Metropolitano”.

Que, el Concejo Metropolitano de Lima, el 19 de diciembre de1997 aprobó la Ordenanza Nº 134-97-MML Reglamentaria deActualización y Reajuste del plano de Zonificación General deLima Metropolitana en cuya Primera y Segunda DisposicionesTransitorias dispone que el Concejo Metropolitano de Limaaprobará mediante Ordenanza la propuesta de Actualización dela Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropoli-tana con proyección al año 2,002 (Mediano plazo);

Que, mediante Ordenanza Nº 185-98-MML el Concejo Metro-politano de Lima aprobó el Reajuste del Plano de ZonificaciónGeneral de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a medianoplazo (2002), correspondiente al Distrito de Santiago de Surco.

Que, a solicitud de la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco, el Instituto Metropolitano de Planificación ha elaboradolos Estudios del presente Plan Urbano, los mismos que han sidodifundidos y consultados a los vecinos e instituciones representa-tivas del distrito en mención, en cumplimiento de las disposicio-nes contenidas en los Artículos 29º y 30º del Reglamento deAcondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Am-biente, referidas a la participación ciudadana, conforme constaen los antecedentes remitidos por la citada Municipalidad Distri-tal a la Comisión de Desarrollo Urbano de la MunicipalidadMetropolitana de Lima.

Que, el Plan Urbano de la Municipalidad de Santiago deSurco se ha desarrollado dentro del marco del Plan de DesarrolloMetropolitano, constituyendo el principal instrumento técnico deurbanismo y desarrollo local dentro de su jurisdicción, desarro-llando las propuestas referidas a:

a) Sistema Vial Distritalb) Zonificación de Usos del Sueloc) Ordenamiento Ambientald) Administración del Planeamiento y Gestión Urbanae) Programación de Inversiones Urbanas

De acuerdo con el Dictamen Nº 081-98-MML-CDU, de fecha11 de diciembre de 1998 de la Comisión de Desarrollo Urbano dela Municipalidad Metropolitana de Lima y de conformidad con loestablecido en los Artículos 36º, 134º inciso 2) de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853 y los Artículos 24º, 25º y 30º delDecreto Supremo Nº 007-85-VC del Reglamento de Acondiciona-miento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente;

Aprobó el siguiente:

TEXTO UNICO ORDENADO DE LAORDENANZA REGLAMENTARIA DEL

PLAN URBANO DISTRITAL DE SANTIAGODE SURCO 1996-2010

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Urbano Distrital de Santiagode Surco” 1996-2010, el mismo que constituye el principalinstrumento técnico normativo urbanístico que rige y orienta eldesarrollo urbano del distrito.

El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco prevalecerespecto a otras normas urbanísticas de esta jurisdicción distritaly podrá modificarse a propuesta del Concejo Municipal Distritalde Santiago de Surco y de la Municipalidad Metropolitana deLima, mediante Ordenanza aprobada por el Concejo Metropoli-tano de Lima.

Artículo 2º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surcose desarrolla en el marco del Plan de Desarrollo Metropolitanovigente, teniendo en cuenta las previsiones de dicho Plan para elArea Central Metropolitana de la que forma parte el Distrito deSantiago de Surco.

Artículo 3º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surcocontiene el desarrollo de las siguientes Propuestas que rigen y

reglamentan el desarrollo urbano del distrito en los próximoscatorce (14) años, y que contiene el Volumen B, el mismo queforma parte de la presente Ordenanza:

a) Sistema Vial Distritalb) Zonificación de Usos de Sueloc) Ordenamiento Ambientald) Acondicionamiento del Planeamiento y Gestión Urbana; ye) Programación de Inversiones Urbanas

Artículo 4º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surcoaprobado por la presente Ordenanza, es de cumplimiento obliga-torio por las autoridades y funcionarios municipales, los vecinos,los organismos y dependencias públicas y las personas naturaleso jurídicas que desarrollen intervenciones, proyectos y/o realicenactividades en la jurisdicción de Santiago de Surco.

TITULO II

DEL PLAN URBANO DISTRITAL DESANTIAGO DE SURCO

CAPITULO I

DEFINICION, ALCANCES Y OBJETIVOS

Artículo 5º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco1996-2010, es el instrumento técnico-normativo de mayor jerar-quía que orienta la gestión, acciones, intervenciones, los progra-mas e inversiones públicas y/o privadas en el ámbito territorial desu jurisdicción.

Artículo 6º.- Objetivos del Plan Urbano Distrital de Santiagode Surco. El presente Plan Urbano establece como objetivosglobales, el Ordenamiento Urbanístico, el Ordenamiento Vial y elOrdenamiento Ambiental del Distrito, los mismos que tienen lassiguientes finalidades:

a) En relación al Ordenamiento Urbanístico:El Ordenamiento Urbanístico tiene por finalidad orientar la

organización físico-espacial de las actividades económicas y so-ciales en el distrito, y promover un equilibrado uso del suelourbano y un racional acondicionamiento físico del espacio urba-no, de modo que contribuya al desarrollo urbano y a la eficienciafuncional y productiva de su territorio.

b) En relación al Ordenamiento Vial:El Ordenamiento Vial tiene por finalidad estructurar una

red de vinculaciones viales que optimice la articulación funcio-nal interna de las actividades sociales y económicas del distri-to, y, la vinculación urbana de Santiago de Surco con elcontexto metropolitano, promoviendo un escenario de equili-brio con el menor grado posible de conflictos y friccionesespaciales, de manera de contribuir a la eficiencia funcionaldel distrito.

c) En relación al Ordenamiento Ambiental:El Ordenamiento Ambiental tiene por finalidad procurar un

desarrollo urbano sostenible y revertir la vulnerabilidad dezonas ambientalmente críticas del Distrito de Santiago de Surco,de modo de mejorar las condiciones de su hábitat y de su entornoecológico.

En esta perspectiva, orienta la ejecución de las actividadeseconómicas y sociales ecológicamente sostenibles, define las ac-ciones y medidas correctivas para el manejo de las zonas vulne-rables y ambientalmente críticas, evita la pérdida de los ecosiste-mas y recursos naturales, y establece el Ordenamiento Ambien-tal como base para lograr el desarrollo sostenido en términos deconservación, crecimiento económico y equidad.

CAPITULO II

IMAGEN OBJETIVO DEL DESARROLLO URBANO DESANTIAGO DE SURCO

Artículo 7º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surcoen el marco de un proceso permanente de planificación urbana,establece propuestas generales y específicas con la finalidad dedefinir y viabilizar la imagen objetivo con miras a alcanzarse enel mediano y largo plazo. En este sentido se propone:

a) El afianzamiento de la Integración Espacial de Santiago deSurco en la Metrópoli.

b) La consolidación de Subcentros de Servicio en el distrito.c) La consolidación de Ejes de Integración Espacial Interdis-

trital - Distritald) La Densificación Media del tejido urbano y Densificación

Media Alta en Ejes de Integración Metropolitana y de Articula-ción Interdistrital.

Artículo 8º.- El afianzamiento de la Integración Espacialpropone la consolidación de los siguientes Ejes de IntegraciónMetropolitana, comprendidos en los tramos de las vías ubicadasdentro de su jurisdicción:

a) Eje Avenida Javier Pradob) Eje Prolongación Paseo de la Repúblicac) Eje Av. Aviación - Av. Santiago de Surco (antes Tomás

Marsano)

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d) Eje Vía Expresa - Panamericana Sure) Eje Av. Primaveraf) Eje Av. Benavidesg) Eje Av. Encalada

Artículo 9º.- Los Subcentros de Servicios están definidoscomo lugares o espacios físicos estratégicos donde se concentranlas actividades urbanas (comerciales, de servicios, político-admi-nistrativas y/o culturales).

En esta perspectiva, el presente Plan propone la consolida-ción de subcentros de nivel interdistrital y/o distrital los mismosque se articulan con el Eje Metropolitano Comercial, establecién-dose los siguientes Subcentros:

a) Av. Javier Prado: Tramo Vía Panamericana Sur- LosFrutales.

b) Ovalo Los Cabitos - Vía Panamericana Surc) Caminos del Inca - Primavera (Chacarilla)d) Primavera - La Encaladae) Surco Antiguof) Los Próceres - San Juan Grande

Artículo 10º.- Por su ubicación estratégica, el Distrito deSantiago de Surco promueve la integración Interdistrital de lazona este con la zona sur de la Metrópoli, consolidándose Ejes deIntegración sobre la base de actividades comerciales y de servi-cios, en los tramos de las vías ubicadas dentro de su jurisdicción,estableciéndose los siguientes ejes:

a) Eje de Integración Interdistrital Miraflores –Surco - LimaSur

b) Eje de Integración Interdistrital Miraflores- Surco- LaMolina

c) Eje de Integración Interdistrital Chorrillos - Surco- SanBorja - San Luis- La Victoria

d) Ejes de Integración Interna del Distrito

Artículo 11º.- El Plan Urbano del Distrito de Santiago deSurco define como necesaria la densificación media del tejidourbano del distrito, la densificación media alta en los Ejes deIntegración Metropolitana y de articulación Interdistrital, consi-derando fundamentalmente el índice de calidad de vida (m2construido/habitante).

CAPITULO III

DEL SISTEMA VIAL DISTRITAL

Artículo 12º.- La red vial urbana del Distrito de Santiago deSurco se enmarca en la Ordenanza Nº 127-97-MML de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima de fecha 29-09-97, la misma queaprueba el plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima signadocon el Nº SV-01A.

Artículo 13º.- La clasificación normativa de vías públicaspara el Distrito de Santiago de Surco considera las siguientescategorías:

a) Vías Expresasb) Vías Arterialesc) Vías Colectoras Interdistritalesd) Vías Colectoras Distritalese) Vías Locales Preferencialesf) Vías Locales Secundarias

Artículo 14º.- La Municipalidad Distrital de Santiago deSurco tendrá a su cargo el mantenimiento, rehabilitación, remo-delación, señalización horizontal y vertical, semaforización, or-nato, publicidad y mobiliario urbano en las vías locales deldistrito y coordinará con la Municipalidad Metropolitana deLima respecto al mantenimiento y otros, de los tramos de las víasarteriales y colectoras comprendidas dentro de su jurisdicción.

Artículo 15º.- Los espacios destinados a estacionamiento entodas las vías que corresponden a la administración de la Muni-cipalidad de Santiago de Surco en ningún caso pueden ser objetode derecho privado, en tanto que los estacionamientos que selocalicen en los tramos de las vías arteriales y colectoras compren-didas dentro de su jurisdicción, se fijarán en coordinación y/omediante convenio con la Municipalidad Metropolitana de Lima

Artículo 16º.- Las modificaciones a la clasificación normati-va de vías, así como el trazo y derecho de vía contenidas en el PlanUrbano, sólo serán efectuadas a propuesta del Concejo MunicipalDistrital de Santiago de Surco o de la Municipalidad Metropoli-tana de Lima y deberán ser aprobadas mediante OrdenanzaMetropolitana, cuando resulte de su competencia.

Artículo 17º.- La clasificación normativa de vías según elsistema vial distrital definido por el Plan Urbano Distrital deSantiago de Surco 1996-2010 es la siguiente:

a) Vía Expresa: Carretera Panamericana Sur, ProlongaciónPaseo de la República, Javier Prado.

b) Vías Arteriales: Aviación, República de Panamá, Santia-go de Surco (antes Tomás Marsano), Benavides, Paseo La Caste-llana, Agustín La Rosa Lozano, Calle 2, Primavera, interconexiónSurco - La Molina.

c) Vías Colectoras Interdistritales: Raúl Ferrero, El Der-by, Velasco Astete, Caminos del Inca, Los Próceres, GuardiaCivil, Alipio Ponce.

d) Vías Colectoras Distritales : Circunvalación El Golf,Club Golf Los Incas, La Encalada, Nicolás Rodrigo, Intihuata-na, Pedro Venturo, Higuereta, Ayacucho, Mariscal Castilla,Los Tallanes, Surco, Prolongación Surco, Prolongación PaseoLa Castellana, La Merced, Prolg. La Merced, Jorge Chávez,Manuel Olguín, El Polo, Reynaldo de Vivanco, Alonso deMolina, Víctor Plascencia, Prolongación Arica, ProlongaciónCáceres, Valle Hermoso, La Rosa Lozano, Manuel de la FuenteChávez.

e) Vías Locales Preferenciales: Tres Marías, Emancipa-ción, Calle C, Central, Tomasal, Las Gardenias, Las Casuarinas,Jacarandá, Monterrico Chico, Nazarenas, Ismael Bielich, Montede los Olivos, Loma Umbrosa, Andrés Tinoco, Soto Bermeo, DoñaRosa, Doña Delmira, Santo Cristo, Ayacucho - Faustor, Grau,Roosevelt, Arica, Cáceres, Camino Real, El Polo, Catalino Miran-da, San Juan.

f) Vías Locales Secundarias: Son aquellas vías (jirones,calles, pasajes) no contempladas en la relación precedente.

Artículo 18º.- Declárese de necesidad y utilidad pública y deinterés prioritario la complementación de vías en el Cercado deSurco, incluyendo la prolongación y apertura de calles locales quese señalan en el anexo 01, ítem 08, que forma parte de la presenteOrdenanza.

Déjese sin efecto cualquier disposición administrativa que seoponga a los estudios o propuestas urbanísticas de exclusivacompetencia municipal y autorícese a la Dirección de DesarrolloUrbano de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco paraque, en coordinación con la Dirección Municipal de DesarrolloUrbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, reformule,adecue y/o modifique el o los proyectos de habilitación urbana y/o autorizaciones administrativas que contravengan al Plan Vialdel Cercado de Santiago de Surco aprobado con Resolución deAlcaldía Nº 593- 96- RASS de fecha 3 de julio de 1996 (Plano NºPV- A- 96- SDDU- DIU), en un plazo de 60 días calendario,contados a partir de la entrada en vigencia de la presenteOrdenanza

Artículo 19º.- La Dirección de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad de Santiago de Surco queda encargada de publi-car y difundir la nueva estructura vial del distrito, orientandooportunamente al público y usuarios.

Artículo 20º.- La nomenclatura y derechos de vía contenidasen el clasificador vial del Distrito de Santiago de Surco formanparte integrante de la presente ordenanza como Anexo Nº 01 yplano Nº PVD-001-98-MSS, como Anexo Nº 02.

Artículo 21º.- Los proyectos específicos identificados confines de solucionar los problemas viales y de transporte a corto,mediano y largo plazo, que se consignan en el Plan UrbanoDistrital de Santiago de Surco (Volumen B), forman parte de lacartera de proyectos que el distrito gestionará convocando laparticipación de los sectores público y privado para su futuraejecución a partir de la presente ordenanza.

Los citados proyectos se viabilizarán previa opinión favorablede la Oficina de Planificación y Presupuesto de la MunicipalidadDistrital, en sujeción a lo dispuesto en las normas presupuesta-rias aplicables, y con la aprobación de la Municipalidad Metropo-litana de Lima, cuando resulte de su competencia.

CAPITULO IV

DE LA ZONIFICACION Y USOS DE SUELO

Artículo 22º.- La zonificación de los usos del Suelo delDistrito de Santiago de Surco, de acuerdo al presente PlanUrbano, se rige y aplica en armonía con las propuestas específicasdel Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima - Callao 1,990-2,010, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 287 de diciembre de1,989 y puesto en vigencia por Decreto de Alcaldía Nº 127 deagosto de 1,992, el Plano de Zonificación General de Lima Metro-politana, el Reglamento de Zonificación de Lima Metropolitana yel indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas,vigentes.

Artículo 23º.- La Zonificación de los Usos del Suelo delDistrito de Santiago de Surco, es un instrumento técnico - norma-tivo del Plan Urbano Distrital y como tal responde a objetivos ypolíticas específicos del mismo.

Artículo 24º.- Mediante la Zonificación aprobada por lapresente Ordenanza, la Municipalidad de Santiago de Surcocondiciona, limita y regula el uso de la propiedad predial deconformidad con lo dispuesto en los Artículos 72º y 73º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853 y con las propuestas ynormas de su Plan Urbano distrital, teniendo como zonas priori-tarias con fines de densificación y localización de actividadescomerciales las siguientes:

a) Morro Solar y Cristóbal de Peralta, con frente a laPanamericana Sur, con zonificación R5.

b) Caminos del Inca, en toda su extensión con zonificación R5.c) Velasco Astete desde Benavides hasta Ismael Bielich,

con zonificación R4.d) Santiago de Surco (antes Tomás Marsano), en toda su

extensión con zonificación CE ( Comercio Especializado).

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e) Primavera, desde Caminos del Inca hasta El Pinar, conzonificación C3.

f) Primavera, desde El Pinar hasta Morro Solar, con zonifica-ción R5.

Artículo 25º.- La zonificación establecida en el Plan Urba-no de Santiago de Surco es de cumplimiento obligatorio. Sudifusión y aplicación es competencia de la Dirección de Desarro-llo Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco y demásdirecciones y entidades competentes de la Municipalidad Dis-trital, en concordancia con el Plano Nº PZD- 001- 98- MSS(Anexo Nº 03) y las Normas Técnicas Urbanísticas de Usos delSuelo, que forma parte de la presente Ordenanza como AnexoNº 04, así como el Indice de Usos para la Ubicación de Activida-des Urbanas, que constituye su Anexo Nº 05, todos los cuales soninstrumentos que forman parte de la presente Ordenanza; losmismos que se complementarán con lo dispuesto en el Regla-mento de Zonificación General de Lima Metropolitana y elÍndice de Usos vigentes.

Artículo 26º.- A partir de la presente Ordenanza la ubicaciónde estaciones de servicio (grifos) en el Distrito de Santiago deSurco, se regirá por las siguientes normas:

a) La ubicación de estaciones de servicio sólo procederá enzonas calificadas como C3 (Comercio Sectorial), CE (ComercioEspecializado), C7 (Comercio Interdistrital) o Industria, ademásde cumplir con las condiciones señaladas en el Indice para laUbicación de Actividades Urbanas, modificación aprobada porDecreto de Alcaldía Nº 085-98-MML del 29 de octubre de 1,998,

b) En el Cercado de Surco, Zonas Urbano- Marginales yAsentamientos Humanos, la provisión de estaciones de serviciose realizará de acuerdo a lo establecido en el Indice para laUbicación de Actividades Urbanas vigente, modificación aproba-da por Decreto de Alcaldía N° 085-98-MML del 29/10/98.

c) Los proyectos para la construcción de estaciones de servicioque a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza,se encuentren en trámite y/o cuenten con dictamen de la Comi-sión Técnica Distrital, deberán adecuarse a la presente Ordenan-za.

Artículo 27º.- Declárese de necesidad pública e interés localprioritario las áreas que por su naturaleza específica y caracterís-ticas propias estarán sujetas a Reglamentación Especial, siguien-tes:

a) Zona Monumental de Surco.b) Laderas de Cerros de Camacho y Urbanización Club Golf

Los Incas.

La reglamentación especial de las zonas señaladas en elpresente artículo, será elaborada por la Municipalidad Distritaly aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima, medianteOrdenanza, previo pronunciamiento de la Dirección Municipalde Desarrollo Urbano, el Instituto Metropolitano de Planificacióny el dictamen correspondiente de la Comisión de DesarrolloUrbano.

Artículo 28º.- Siendo necesario dotar a cada unidad inmobi-liaria (vivienda, comercio, industria, etc.) con espacios suficientesque permitan cubrir las demandas actuales de estacionamiento,apruébase la reglamentación para la provisión de estaciona-mientos en el Distrito de Santiago de Surco, la misma que formaparte de la presente Ordenanza, como Anexo Nº 06.

Artículo 29º.- El reajuste y/o cambios de zonificación en lajurisdicción del Distrito de Santiago de Surco, se realizará una (1)vez al año, a partir del año 2000, con excepción de casos en queexista probado interés público o local en determinado sector osectores del distrito, debidamente fundamentado, de conformi-dad con los procedimientos establecidos por la Ordenanza Nº 134de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo 30º.- Los cambios de zonificación, en concordanciacon el Artículo 34º del Reglamento de Acondicionamiento Terri-torial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y los Artículos 15º y16º de la Ordenanza Nº 134 de la Municipalidad Metropolitana deLima, en todos los casos deberán contar con la opinión favorablede los vecinos de la zona. Esta será canalizada a través de laOficina de Participación Vecinal de Santiago de Surco (PARVE-SUR); cuyo trámite se efectuará de acuerdo a los procedimientosque se establezcan mediante Directiva. La Oficina de AsesoríaJurídica queda encargada de elaborar el Proyecto de Directiva, lamisma que deberá ser aprobada, en el plazo de 20 días hábiles dela entrada en vigencia de la presente Ordenanza, medianteDecreto de Alcaldía de la Municipalidad de Santiago de Surco.

CAPITULO V

DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL

Artículo 31º.- El Ordenamiento Ambiental consiste en ladisposición sistemática y armoniosa del uso del territorio, me-diante la aplicación de los principios de sustentabilidad ecológica,la sostenibilidad económica de las actividades humanas, asícomo, la salubridad, seguridad y bienestar social.

Artículo 32º.- Corresponde a la Municipalidad Distrital deSantiago de Surco en coordinación con el Consejo Nacional delMedio Ambiente, Ministerio de Salud (DIGESA), Ministerio de

Energía y Minas (Dirección General de Hidrocarburos), en apli-cación de las disposiciones contenidas en el Código de MedioAmbiente, Decreto Legislativo Nº 613, Ley Marco para el creci-miento de la Inversión Privada- Decreto Legislativo Nº 757;propender al Ordenamiento ambiental de su jurisdicción con elfin de alcanzar una calidad de vida compatible con la dignidadhumana.

Artículo 33º.- Siendo necesario contar con un Instrumentode Planificación y Manejo Ambiental que permita revertir lastendencias del deterioro del medio ambiente del Distrito deSantiago de Surco, se propone la Organización del territoriodistrital en las nueve (9) Unidades Ambientales siguientes:

a) Urbano Residencialb) Industria Liviana Diversac) Centros Comercialesd) Aeroportuariae) Recuperación de la Lomaf) Eco-paisajísticag) Eco-recreativah) Agro-ecológicai) Eco- vías principales

Artículo 34º.- La Unidad Urbano Residencial comprende lasáreas urbanas consolidadas y las zonas agrícolas en proceso deexpansión urbana, se caracteriza por la disponibilidad de áreasverdes, factibilidad para la infraestructura de servicios básicos,concentración socio - económica y contaminación atmosféricamoderada en los entornos de las vías principales, su planeamien-to deberá considerar el control de residuos, ambientación pai-sajística, descentralización de servicios, destugurización y reno-vación urbana, ordenamiento del tránsito y organización para laprevención de desastres.

Articulo 35º.- La Unidad Industria Liviana diversa, com-prende las áreas circundantes a la vía Jorge Chávez, en la cual seubican actividades industriales livianas, tránsito pesado y conta-minación atmosférica por gases y ruidos; su planeamiento consi-derará las siguientes medidas técnicas: ambientación paisajísti-ca, forestación y jardinería de la vía Jorge Chávez, ordenamientodel tránsito, monitoreo ambiental y control de residuos y ruidos.

Articulo 36º.- La Unidad de Centros Comerciales está con-formada por los centros comerciales consolidados (Centro Comer-cial Higuereta, Caminos del Inca, entre otros) y en proceso deconsolidación (Centro Comercial Jockey Plaza). Su planeamientoconsiderará la dotación de accesos que eviten el congestiona-miento de tránsito en las vías colindantes a esta unidad a fin dereducir la contaminación atmosférica (ruidos y gases), entreotros.

Artículo 37º.- La Unidad Aeroportuaria conformada por elCentro de Instrucción Aeronáutico de Las Palmas de la FuerzaAérea del Perú, se caracteriza por estar rodeada de ecosistemasurbanos y agropecuarios, su planeamiento considerará control deruidos aéreos, la recuperación ambiental del entorno ecológico yurbano, así como la evaluación del impacto ambiental de laactividad aérea.

Artículo 38º.- La unidad de recuperación de Loma, confor-mada por las cimas de las colinas semiáridas, requiere la utiliza-ción de bioabonos orgánicos para la fertilización de los suelos delomas. Su planeamiento considerará la instalación de captadoresde agua de neblinas, el monitoreo biológico y el proyecto de larecuperación paisajística y jardín botánico “Loma Amarilla”.

Artículo 39º.- La Unidad Eco - Paisajista comprende lasladeras áridas de fácil acceso, con escasez de recursos bióticos ehídricos; constituye una zona ecológica de amortiguamiento ycontrol de los procesos de deterioro de las zonas urbanas. Suplaneamiento considerará la implementación del acondiciona-miento y embellecimiento ecológico, la micro-zonificación eco-morfológica, el manejo ecológico y reforestación con especiesrastreras y arbustivas y la instalación de centros demostrativosde fauna típica.

Artículo 40º.- La Unidad Eco-recreativa, está conformada porlas áreas deportivas - forestales; con infraestructura para camposdeportivos, clubes deportivos, recreos campestres, etc. Su planea-miento considerará el Plan de Manejo y Conservación Ambientaly la evaluación del impacto ambiental de los proyectos.

Artículo 41º.- La Unidad Agro-Ecológica está conformadapor las áreas agrícolas cuyos suelos son aptos para el cultivo de lavid y hortalizas con aguas subterráneas de buena calidad, lamisma que presenta un clima óptimo para la agricultura intensi-va. Su planeamiento considera la recuperación y preservación delas áreas agrícolas con fines de cultivo de la vid para mantener latradición de distrito vitivinícola, la conservación del riego porgravedad, el control de la contaminación del agua subterránea, eltratamiento de aguas servidas y la elaboración de un Plan Rectorpara el ordenamiento del canal del río Surco, que será elaboradopor la Subdirección de Medio Ambiente de la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco.

Artículo 42º.- La Unidad Eco- Vías principales, está confor-mada por los espacios viales forestados de integración interna, loscuales purifican el ambiente y embellecen la ciudad. Su planea-miento considera el acondicionamiento y forestación de las víasy la evaluación del impacto ambiental de la vía Paseo de laRepública y de los intercambios viales.

Artículo 43º.- A partir de la presente Ordenanza entra envigencia la propuesta de Ordenamiento Ambiental del PlanUrbano de Santiago de Surco. La Autoridad Municipal a través de

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la Subdirección de Medio Ambiente, Dirección de DesarrolloUrbano hará cumplir las medidas de manejo ambiental identifi-cadas y priorizadas en el presente Plan Urbano.

Artículo 44º.- Las vías, parques, plazas, alamedas, áreas deconservación y protección, zonas paisajistas y otras áreas de usopúblico señaladas en el Plan Urbano Distrital de Santiago deSurco, son de carácter intangibles, inalienables e imprescripti-bles. La municipalidad distrital no permitirá su uso o aplicacióna fines o modalidades de uso diferente a las que su carácter debien público les impone.

Artículo 45º.- El establecimiento y funcionamiento de acti-vidades comerciales e industriales se regirán por el Índice deUsos para la Ubicación de Actividades Urbanas (compatibilida-des de uso), el mismo que forma parte de la presente ordenanza,y además estarán sujetas a los Estudios de Impacto Ambiental y/o Programas de Adecuación Ambiental, según sea el caso.

CAPITULO VI

ADMINISTRACION DEL PLANEAMIENTO Y GESTIONURBANA Y PROGRAMA DE INVERSIONES

Artículo 46º.- En relación a la Administración del Planea-miento y Gestión Urbana, la propuesta se enmarca dentro de losobjetivos del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima-Callaovigente, los mismos que se refieren al ordenamiento urbanometropolitano, al fortalecimiento de los gobiernos locales y a lapromoción de la participación de la sociedad civil en el desarrollourbano de la Metrópoli, en este sentido y en concordancia con laLey Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco fortalecerá de manera permanen-te sus funciones relativas al desarrollo local de su jurisdicción.

Artículo 47º.- El proceso de planeamiento del distrito estaráa cargo de la Dirección de Desarrollo Urbano de la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco, para lo cual establecerá estrate-gias, instrumentos y mecanismos para el control, sanción ycorrección de aquellos procesos que contravengan el cumplimien-to de los objetivos propuestos en el Plan Urbano Distrital y lasnormas urbanísticas correspondientes.

Artículo 48º.- A partir del presente Plan Urbano, la Muni-cipalidad Distrital de Santiago de Surco establecerá Estrategiasde Gestión Urbana, con la finalidad de institucionalizar niveles ymecanismos de concertación y asesoría técnica que permitanincorporar de manera planificada y coherente los intereses de losdiversos sectores económicos y sociales de su distrito para elbienestar local; en concordancia con el desarrollo de las áreasvecinas (otros distritos) y del Área Metropolitana en su conjunto.

Artículo 49º.- El programa de inversiones urbanas repre-senta una herramienta de negociación y promoción de iniciativaspúblicas y privadas que constituyen la base para la conformaciónde la cartera de proyectos de inversión que requiere el Distrito deSantiago de Surco, la misma que orientará y racionalizará lasacciones y toma de decisiones de los diferentes agentes públicosy/o privados que de una u otra forma están interesados en eldesarrollo del distrito.

Artículo 50º.- Declárense prioritarios los proyectos de inver-sión a corto, mediano y largo plazo consignados en el Plan UrbanoDistrital de Santiago de Surco, los mismos que por su implicanciasocial, importancia ambiental y envergadura territorial, repercu-tirán favorablemente en el desarrollo urbano de su jurisdicción.

TITULO III

CAPITULO I

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 51º.- La zona monumental de Santiago de Surco aque se refiere el Artículo 27º de la presente Ordenanza, se regirápor las normas sobre bienes culturales y la ReglamentaciónEspecial que para el efecto será elaborada por la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco, y aprobada por el Concejo Metro-politano de Lima, previo pronunciamiento del Instituto Nacionalde Cultura en los aspectos de su competencia.

Artículo 52º.- La Dirección de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad de Santiago de Surco, en un plazo de 30 días útilescontados a partir de la fecha de vigencia de la presente ordenan-za, elaborará y remitirá el proyecto de reglamentación especial“Laderas de Cerros de Camacho y Urbanización Club Golf LosIncas” (lado este de la Avenida Circunvalación del Golf) a laMunicipalidad Metropolitana de Lima, para su aprobación por elConcejo Metropolitano, mediante Ordenanza, previa opinión dela Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y del InstitutoMetropolitano de Planificación.

Artículo 53º.- A efectos de contribuir con el desarrollo urbanodel distrito de Santiago de Surco, declárese de necesidad pública,utilidad e interés local prioritario la apertura de las vías localesproyectadas en zonas calificadas como islas rústicas; para lo cual laMunicipalidad de Santiago de Surco a través de las subdireccionesde Obras Públicas y Obras Privadas - Oficina de Catastro, elabora-rá el Planeamiento Integral de los bienes inmuebles que confor-man o integran dichas zonas. Concluido el Planeamiento Integral,se notificará a sus propietarios para que en un plazo perentoriotramiten la correspondiente habilitación urbana de acuerdo a loprevisto en el Artículo II - XV - 2.5 (Capítulo XV Habilitaciones deIslas Rústicas) del Reglamento Nacional de Construcciones, con-

cordante con la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878y de ser el caso se procederá según lo establecido en el Artículo 70ºde la Constitución Política del Perú.

Artículo 54º.- Autorizar la desafectación y cambio de zonifi-cación del terreno de 1,820.00 m2 del área del Parque MaríaGraña Ottone, ubicado en la Urb. Las Gardenias, de la Zona deRecreación Pública (ZRP) a Otros Usos (OU), y la cesión en uso delmismo a favor del Arzobispado de Lima para que lo destine a laconstrucción y funcionamiento de la Parroquia Divina Misericor-dia, con arreglo al Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 012 defecha 29.01.98 y sus antecedentes administrativos. Los linderosy medidas perimétricas del área desafectada son: Por el frente,Avenida Caminos del Inca con 36.40 ml.; por la derecha entrandocon el inmueble de la Cruz Roja con 50.00 ml.; por la izquierdaentrando con el parque María Graña Ottone con 50.00 ml. y porel Fondo con el Parque María Graña Ottone con 36.40 ml. El árearestante, es decir 35,116.79 m2, mantendrá la calificación deZona de Recreación Pública (ZRP).

CAPITULO II

DISPOSICIONES FINALES

Artículo Unico.- Deróguese y déjese sin efecto legal alguno,cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

En Lima, a los veintiún días del mes de julio de mil novecien-tos noventa y nueve.

ALBERTO ANDRADE CARMONAAlcalde de Lima

9875

MUNICIPALIDAD DEATE

Modifican plazos para la presentaciónde Declaración Jurada Masiva de Pre-dios y pago de cuotas del ImpuestoPredial, Arbitrios Municipales y Tasade Licencia de Funcionamiento

ORDENANZA Nº 037-99-MDA

Ate, 26 de julio de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE;

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Ate en sesión Extraordinaria del 26-7-99; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 6 de febrero de 1999, se publicó la OrdenanzaNº 005-99-MDA, que establece la obligación de presentar laDeclaración Jurada Masiva de Predios correspondiente al ejerci-cio fiscal 1999 en la jurisdicción del distrito de Ate;

Que, el Artículo 3º de la citada Ordenanza modificada por laOrdenanza Nº 019-MDA, establece que respecto a los propieta-rios de más de un predio o predios destinados a uso distinto avivienda, la obligación a que se refiere el considerando anteriorvence el 16 de abril de 1999 y tratándose de propietarios de unsolo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obliga-ción vence el 14 de mayo de 1999;

Que, la Ordenanza Nº 006-MDA, de fecha 6 de febrero de 1999modificada por la Ordenanza Nº 019-MDA, de fecha 30 de marzode 1999. Estableció las fechas de vencimiento para el pago delImpuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia deFuncionamiento;

Que, mediante Ordenanza Nº 034 se amplió el plazo para lapresentación de la Declaración Jurada Masiva de Predios, asícomo para el pago de las cuotas del 1er. y 2do. Trimestre delImpuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia deFuncionamiento, hasta el 31 de agosto de 1999;

Que, es preocupación de la actual Administración Municipalbrindar a los contribuyentes del distrito las más amplias facilida-des, máxime si ha quedado demostrada la voluntad de pago quetiene la población de esta Comuna, por lo que es necesario seexpida la presente Ordenanza;

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Pág. 176343NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestasen el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de laLey Orgánica de Municipalidades y con el voto por Unanimidadde los Sres. Regidores asistentes a la Sesión de la fecha y con ladispensa del trámite de la Lectura y Aprobación de Actas, se hadado la siguiente:

ORDENANZA SOBRE PRORROGAPARA PRESENTAR DECLARACION JURADA MASIVA

DE PREDIOS

Artículo 1º.- Los propietarios de predios ubicados en lajurisdicción del distrito de Ate, podrán presentar la DeclaraciónJurada Masiva de Predios, a que se refiere la Ordenanza Nº 005-MDA, hasta el 31 de agosto de 1999, sin el pago de la multacorrespondiente.

Artículo 2º.- Amplíase, hasta el 31 de agosto, la fecha devencimiento para la cancelación de las cuotas correspondientes alprimer y segundo trimestre de 1999, que se encuentren pen-dientes de pago, por concepto de Impuesto Predial, ArbitriosMunicipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento.

Artículo 3º.- Deróguese, la Ordenanza Nº 034-MDA.Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a

partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

OSCAR BENAVIDES MAJINOAlcalde

9880

Modifican artículo de ordenanza queestableció beneficio de reducción demultas administrativas a favor decontribuyentes del distrito

ORDENANZA Nº 038-99-MDA

Ate, 26 de julio de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Extraordinaria de fecha26-7-99; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 021-MDA, se estableció elbeneficio de Reducción de Multas Administrativas con una reduc-ción del 90% sobre el monto de las mismas;

Que, mediante Ordenanza Nº 036-99-MDA, se ha ampliado elperíodo de acogimiento al beneficio para los contribuyentes deldistrito de Ate, los que han demostrado voluntad de pago, siendonecesario extender el plazo a que contrae la citada Ordenanza;

Que, es necesario otorgar las más amplias facilidades paraque los contribuyentes puedan hacer efectivo el pago de lassanciones administrativas en la que se encuentren inmersos;

Estando a las consideraciones expuestas y en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 109º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853 y modificatorias, y con el voto porunanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión de lafecha; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;se ha dado la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 1ºDE LA ORDENANZA Nº 021-MDA

Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo Primero de la Ordenan-za Nº 021-MDA, en los términos siguientes:

"Artículo Primero.- Beneficio de Reducción de Multas Admi-nistrativas No Tributarias.

Establézcase en la jurisdicción del distrito de Ate el Beneficiode Reducción de Multas Administrativas, a través del cual laspersonas naturales o jurídicas que tengan deudas pendientes conla Municipalidad por concepto de multas administrativas notributarias hasta la fecha de publicación de la presente ordenan-za, podrán cancelar las mismas con una rebaja del 90% siemprey cuando el pago se realice hasta el 31 de agosto de 1999".

Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 036-99-MDA.Artículo 3º.- La presente ordenanza entrará en vigencia al

día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

OSCAR BENAVIDES MAJINOAlcalde

9881

Amplían plazo para acogerse al Benefi-cio de Regularización TributariaMunicipal

ORDENANZA Nº 039-99-MDA

Ate, 26 de julio de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Ate en sesión extraordinaria de fecha26-7-99; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 6 de febrero de 1999, se publicó la OrdenanzaNº 10-99-MDA, que crea el Beneficio de Regularización Tributa-ria Municipal de Ate, denominado BERTRIMUN, aplicable a losdeudores de dicha Municipalidad por sus obligaciones Tributa-rias y no Tributarias;

Que, el Artículo 7º de la citada Ordenanza establece que loscontribuyentes y responsables y los infractores podrán acogerseal citado beneficio hasta el 31 de marzo de 1999;

Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDA se ha extendido elplazo de acogimiento del citado beneficio hasta el 31 de agosto de1999;

Que, es preocupación de la actual Administración Municipalbrindar a los contribuyentes del distrito las más amplias facilida-des, máxime si se ha corroborado la acogida que ha tenido estebeneficio a nivel de la población de esta comuna; siendo necesariomodificar el citado artículo;

Consecuentemente, estando a las consideraciones antes ex-puestas, en el numeral 3), del Nº 36 y los Artículos 109º y 110º deLey Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y con el voto porUnanimidad de los señores Regidores asistentes a la sesión de lafecha y con la dispensa del trámite de Lectura y aprobación deActas, se ha dado la siguiente;

ORDENANZA SOBRE MODIFICACION DE LAORDENANZA Nº 010-MDA PARA ACOGERSE

AL BERTRIMUN ATE

Artículo 1º.- Modifíquese el primer párrafo del Artículo 7º dela Ordenanza Nº 010-MDA, en los términos siguientes:

"Los contribuyentes o responsables y los infractores podránacogerse al BERTRIMUN-ATE, hasta el 31 de agosto de 1999,presentando la Declaración de Pago, cuyo modelo aprobará elSAT".

Artículo 2º.- Cuando en la Ordenanza Nº 010-MDA se hagareferencia a la fecha 31 de marzo de 1999, se entenderá referidaa la fecha 31 de agosto.

Artículo 3º.- Deróguese, la Ordenanza Nº 035-MDA.Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a

partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

OSCAR BENAVIDES MAJINOAlcalde

9882

Inician procesos disciplinarios a exfuncionarios de la Municipalidad

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0393

Ate, 27 de julio de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE

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Pág. 176344 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

VISTO: El Informe Nº 001-99-CEPAD-MDA de fecha 17 dejunio de 1999, y el Acta de fecha 9 de junio de la Comisión Especialde Procesos Administrativos Disciplinarios de la MunicipalidadDistrital de Ate.

CONSIDERANDO:

Que, el Informe largo de Auditoría Externa al 31 de diciembrede 1998, elaborado por Ramírez-Araujo Asociados cuya acción decontrol está referida a un examen Financiero-Operativo de lasactividades de esta Municipalidad Distrital en el período 1996-1998, en donde se determina que existe responsabilidad de lossiguientes funcionarios:

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, CIVIL Y PENAL

Mario Vargas Benites Ex Director de Administración yex Director Municipal

Carlos Carbajal Ex Jefe de la Unidad de RecursosGonzales Humanos

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y CIVIL

César Guerra Zevallos Ex Jefe de la Unidad de Tesorería

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Gladys Vicente Gonzales Ex Jefa de la Unidad de ContabilidadJaime Segura Romero Ex Jefe de la Unidad de LogísticaGuisella Ortiz Ortiz Ex Jefa de la Unidad de InformáticaJulio Ramiro Arias Abanto Ex Director de Acondicionamiento

TerritorialElio Torrejón Quezada Ex Director de Servicios SocialesHernán Cavero Gutiérrez Ex Director del Programa del Vaso

de Leche.

Que, con Memorándum Nº 105-A-99-MDA, el señor Alcaldedispone el Informe largo de Auditoría Externa, emitido por laSociedad Auditora Ramírez-Araujo, sea remitido a la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de quecalifiquen las presuntas responsabilidades Administrativas, Ci-viles y Penales, conforme a lo previsto en el Artículo 166º delDecreto Supremo Nº 005-90-PCM.

Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Dis-ciplinarios revisó el documento y se pronuncia en el sentido deque existen los suficientes elementos de juicio, para abrir ProcesoAdministrativo Disciplinario a los ex Funcionarios por haberincurrido en falta disciplinaria prevista en los incisos a), d) y f) delArtículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa.

Que, mediante el Informe Nº 001-99-CEPAD-MDA, de laComisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, de fecha 17de junio de 1999, informan al señor Alcalde que se ha revisado elInforme Largo de Auditoría Externa al 31 de diciembre de 1998,que fuera elaborado por Ramírez-Araujo Asociados cuya acciónde control está referida a un examen financiero - operativo de lasactividades de esta Municipalidad Distrital en el período 1996-1998, a la vez adjuntan al presente el proyecto de la Resoluciónde Alcaldía que dispone se abra Proceso Administrativo Disciplina-rio a los señalados ex Funcionarios.

Que, mediante Proveído Nº 844, del Despacho de Alcaldía defecha 17 de julio de 1999, solicitan a la Oficina de SecretaríaGeneral que se emita la respectiva Resolución de Alcaldía.

Estando a lo acordado por la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios y conforme a lo dispuesto por elArt. 163º y siguientes del Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y a las facultades previstas en el numeral 6 del Artículo47º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; se,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Instaurar Procesos AdministrativosDisciplinarios a los siguientes ex Funcionarios:

Mario Vargas Benites Ex Director de Administracióny ex Director Municipal

César Guerra Zevallos Ex Jefe de la Unidad de TesoreríaGladys Vicente Gonzales Ex Jefa de la Unidad de ContabilidadJaime Segura Romero Ex jefe de la Unidad de LogísticaCarlos Carbajal Gonzales Ex Jefe de la Unidad de Recursos

HumanosGuisella Ortiz Ortiz Ex Jefa de la Unidad de InformáticaJulio Ramiro Arias Abanto Ex Director de Acondicionamiento

TerritorialElio Torrejón Quezada Ex Director de Servicios SocialesHernán Cavero Gutiérrez Ex Director del Programa del Vaso

de Leche.

Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución alos ex Funcionarios para que presenten los descargos dentro delplazo de Ley.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

OSCAR BENAVIDES MAJINOAlcalde

9883

MUNICIPALIDAD DEJESUS MARIA

Aprueban Cuadro de derechos porservicios administrativos que prestala Municipalidad

ORDENANZA Nº 04

Jesús María, 15 de julio de 1999

Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de juliode 1999, el Dictamen de la Comisión de Planificación Economíay Presupuesto sobre el Cuadro de Derechos por los ServiciosAdministrativos que presta la Municipalidad Distrital de JesúsMaría;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 10º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipa-lidades, Ley Nº 23853, señala en forma expresa que las Municipa-lidades son competentes para crear arbitrios y derechos conformea Ley;

Que, los Artículos 66º y 68º Inc. b) de la Ley de TributaciónMunicipal, el Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Muni-cipalidades podrán imponer tasas por servicios administrativos oderechos.

Que, es necesario revisar y/o actualizar el cuadro de derechospara la jurisdicción de Jesús María;

Que, para tal efecto los Regidores han trabajado con laOficina de Administración de Tributos y Rentas, instancia através de la cual se coordinó con todas y cada una de las depen-dencias municipales a fin de contar con el sustento técnico-económico y las consideraciones sociales que justifiquen el pagode cada uno de los conceptos cobrados;

Que, en ese sentido la Comisión de Planificación, Economía yPresupuesto, distribuyó entre sus miembros el trabajo de análisisy evaluación de los distintos conceptos de “derechos” cobrados,contando además con el aporte de otros Regidores, a efectos deque cada uno de acuerdo a su especialización emitiera su opiniónal respecto;

Que, luego de las reuniones efectuadas entre los miembros dela Comisión, otros Regidores, la Directora de la Oficina de Admi-nistración de Tributos y Rentas y los funcionarios responsables delas áreas correspondientes, quienes sustentaron sus propuestas,considera:

En uso de las facultades que le otorga la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 23853, en los Artículos 36º, 94º, 110º, yla Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, pormayoría de sus miembros se aprobó, la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- Aprobar el CUADRO DE DERECHOSPOR LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS QUE PRESTA LAMUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA, que a continuación sedetalla;

SECRETARIA GENERALUNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIOCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1000 Copias literales certificadas que obran en los expedientes- por hoja ....................................................................................... 10.00- por hoja adicional ....................................................................... 4.50

1001 Copias certificadas de Resoluciones de Alcaldía, Decretos,Acuerdos, Edictos, Ordenanzas Municipales:....................................................................................................... 12.00

1002 Por cada constancia certificada ................................................... 20.001003 Derecho de búsqueda de expedientes que se encuentran en el

archivo ........................................................................................... 10.001004 Derecho de Apertura de Expediente (Carpeta) ........................... 5.00

UNIDAD DE POLICIA MUNICIPALCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1050 Derecho de retiro y almacenamiento de mobiliario o mercadería:Kioscos destinados al comercio ................................................... 50.00Kioscos lustradores de calzado .................................................... 30.00Carretillas, triciclos y otros .......................................................... 30.00Mercadería (ropa, enseres, verduras y artículos varios) y Bienesmuebles embargados ................................................................... 30.00Anuncios, toldos y publicidad exterior antirreglamentaria:

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Pág. 176345NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

1307 Por construcción de buzones en la vía pública por parte del con-tratistas de servicios de agua, desagüe o energía eléctrica (porbuzón) ............................................................................................ 600.00

1308 Compensación por deterioro de pistas y veredas por construc-ción, remodelación, refacción y demolición ................................. 0.4%V.O.

1309 Autorización de cerco en la vía pública:- Por día ........................................................................................ 28.00- Por metro lineal .......................................................................... 28.00

1310 Conformidad de obra de trabajos realizados por empresas Pú-blicas ............................................................................................. 624.00

1311 Autorización la colocación de grass block de los jardines muni-cipales, por toda el área ............................................................... 64.00

1312 Autorización provisional para la ubicación de casetas de guar-dianía de empresas de servicios públicos para ejecución deobras .............................................................................................. 600.00

1313 Por instalación o tendido de redes aéreas o subterráneas (por ml.)(máximo 3 UIT por proyecto) ....................................................... 56.00

1314 Publicidad exterior en cabinas o casetas (por unidad) ............... 500.00DIVISION DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTROCódigo Descripción ................................................................................. Monto

1350 1era. Inspección ocular ................................................................. 64.001351 2da. Inspección ocular .................................................................. 26.001352 Revisión y/o consulta del anteproyecto ....................................... 0.05%V.O.

Monto mínimo ............................................................................... 51.501353 Revisión del proyecto .................................................................. 0.1% V.O.

Monto mínimo ............................................................................... 51.501354 Revisión de planos de estructuras para paneles publicitarios .... 0.9% V.O.

Monto mínimo ............................................................................... 77.001355 Formulario de licencia de construcción ....................................... 13.001356 Licencia de construcción, o ampliación de área techada

- Comercial, Industrial y/o de servicios ........................................ 1% V.O.Monto mínimo: .............................................................................. 85.50- Viviendas .................................................................................... 0.5% V.O.Monto mínimo: .............................................................................. 43.00

1357 Licencia de modificación o remodelación sin incremento deárea techada o cerco .................................................................... 1% V.O.Monto mínimo: .............................................................................. 85.50

1358 Licencia de demolición, ................................................................ 1% AutovalúoMonto mínimo ............................................................................... 64.00

1359 Primer control de obra (cimentación) .......................................... 0.1% V.O.Monto mínimo ............................................................................... 64.00

1360 Segundo y Tercer control de obra (casco,acabado o demolición) 0.2% V.O.Monto mínimo ............................................................................... 128.00

1361 Compensación por deterioro de pistas y veredas por construc-ción, remodelación, refacción y demolición ................................. 0.4%V.OMonto mínimo ............................................................................... 64.00

1362 Derecho de Regularización de Construcción o de Obra ............. 5% V.O.1363 Licencia de habilitación temporal ................................................. 2% V.O.

Monto mínimo ............................................................................... 77.001364 Cartón de Licencia ........................................................................ 13.001365 Autorización para Cambio de uso .............................................. 1%V.Area.

Monto mínimo ............................................................................... 51.501366 Resellado de planos, a partir del segundo juego ........................ 6.501367 Autorización de Instalación de antenas de comunicación (anual)

- Liviano ......................................................................................... 400.00- Torre de 03 a 5 metros .............................................................. 600.00- Torre de más de 5 metros .......................................................... 1200.00- Antenas parabólicas, torre de más de 10 mts. u otros ............ 2400.00

1368 Constancias varias ....................................................................... 64.001369 Asignación de numeración (cada uno)

- Exteriores ................................................................................... 64.00- Interiores ..................................................................................... 32.00

1370 Derecho copia de planos (cada lámina) ..................................... 6.501371 Certificados: Conformidad de obra, habitabilidad, zonificación,

alineamiento, numeración, jurisdicción, nomenclatura y cons-tancia catastral, ............................................................................. 64.00

1372 Por Declaratoria de Fábrica (en vías de regularización - LeyNº 26919) ...................................................................................... 0.5% V.O.

1373 Visación de planos ........................................................................ 64.001374 Copia Certificada de documentos (por unidad) .......................... 6.501375 Licencia de Construcción menor de 30 m² (obra menor)

- Comercio .................................................................................... 1% V.O.- Vivienda ...................................................................................... 0.5% V.O.

1376 Licencia de Construcción de cisterna y/o tanque elevado .......... 1% V.O.Monto mínimo ............................................................................... 85.50

1377 Prorroga de Licencia de Construcción (extemporánea)- Comercio .................................................................................... 1 % V.O.- Vivienda ...................................................................................... 0.5 % V.O.

DIRECCION DE PROMOCION Y SERVICIOS COMUNALESCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1501 Por tala de árboles en interior de predios:- Hasta 3 m. de altura ................................................................... 75.00- Más de 3 mt. de altura ............................................................... 112.00- Más de 5 mt. de altura ............................................................... 224.00

1554 Reconocimiento de Asociación .................................................... 80.001555 Reconocimiento de Junta Directiva ............................................. 50.001557 Por uso de las cámaras frigoríficas de los Mercados Municipales

(por Kg. diario): ............................................................................. 0.10- Conductor de Mercados Municipales ........................................ 0.15- Conductor de Mercados Particulares y otros comerciantes .....

1558 Autorización temporal para la promoción y/o venta de productosalimenticios, de uso doméstico, educativos y/o culturales dentrode los mercados municipales (por mes o fracción) ..................... 100.00

- Panel monumental (Luminoso, iluminado o simple) ................. 100.00- Panel simple (Luminoso, iluminado o simple) .......................... 50.00- Avisos (Luminoso, iluminado y simple ..................................... 30.00- Anuncios en escaparates, pizarras, afiches o similares (porunidad) .......................................................................................... 6.50

1051 Almacenaje diario ......................................................................... 6.501052 Constancia de Domicilio ............................................................... 10.00

PROGRAMA DE SERENAZGOCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1100 Copia Certificada de hecho u ocurrencia ..................................... 5.00OFICINA DE ADMINISTRACION DE TRIBUTOS Y RENTASUNIDAD DE ADMINISTRACION Y FISCALIZACION TRIBUTARIACódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1150 Copia certificada de Declaración Jurada de Hoja Resumen - HRo Predio Urbano PU, por hoja ...................................................... 13.00

1151 Certificación de recibos de pagos, por recibo ............................. 6.501152 Copia computarizada de - HR o – PU (Por hoja) ..................... 4.001153 Otras certificaciones ..................................................................... 13.001154 Cese Extemporáneo ..................................................................... 30.001155 Constancia o Autorización de Mudanza ..................................... 10.001156 Legalización del libro de actas del juego de bingo por libro ....... 90.00

Formatos Impresos1157 Declaración Jurada del Impuesto Predial, HR o PU ................... 6.501158 Declaración Jurada de Impuesto - Espec.Publ. No Deport. ...... 16.001159 Declaración Jurada del Impuesto a la Alcabala .......................... 16.001160 Declaración Jurada del Impuesto a los Juegos ........................... 16.001161 Declaración Jurada solicitud de Licencia Especial ..................... 64.001162 Declaración Jurada de Anuncios y Propaganda ......................... 16.001163 Declaración Jurada de Licencia de Funcionamiento ................... 16.00

UNIDAD DE RECAUDACIONCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1164 Por fraccionamiento y/o aplazamiento de pago de deuda tribu-taria y/o administrativa:Cuando la deuda es:- Hasta S/. 1200.00 ...................................................................... 12.00- Más de S/. 1200.00 .................................................................... 24.00

1165 Emisión de cada pagaré o recibo de pago por fraccionamiento....................................................................................................... 2.40

1166 Emisión y distribución de multas administrativas, requerimien-tos, resoluciones de pérdida de fraccionamiento y otros ............ 6.00

1167 Impugnación de Resolución de Multa .......................................... 25.001168 Reconsideración de Resolución o Acto Administrativo ............... 30.001169 Apelación de Resolución o Acto Administrativo .......................... 60.00

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA URBANADIVISION DE CONTROL URBANO Y ESTABLECIMIENTOSCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1250 Compatibilidad de uso .................................................................. 124.001251 Licencia de Funcionamiento Municipal

Autorización o Actualización Municipal de Establecimientos co-merciales, industriales, profesionales y/o servicios .................... 260.00

1252 Cambio de giro o ampliación de giro de Licencia de Funciona-miento ........................................................................................... 260.00

1253 Cambio de nombre, denominación o razón social, sin ser tras-paso del negocio ........................................................................... 260.00

1254 Duplicado de Licencia ................................................................... 50.001255 Autorización Municipal de juegos mecánicos, circos y/o simila-

res ................................................................................................. 5,000.001256 Autorización Municipal temporal para ocupar el retiro para uso

comercial(Por 1 año) .................................................................... 520.001257 Autorización Municipal para ocupar la vía pública (excepto co-

mercio informal) (máximo 7 días) ............................................... 600.001258 Por ocupación temporal de la vía pública por colegios, similar u

otros (excepto comercio informal, por día) .................................. 200.001259 Autorización o Actualización Municipal para kioscos de venta de

periódicos y/o revistas; lustradores de calzado (anual) .............. 300.001260 Licencia Especial- Inspección ocular:

- De 50 a 150 m² ........................................................................... 128.00- Más de 150 m² ............................................................................ 320.00

1261 Licencia de Anuncios y Propaganda- Panel Monumental ..................................................................... 1400.00- Autorización o actualización para la instalación y/o exhibiciónde anuncios (incluye inspección ocular, por un año) .................. 304.00

1262 Licencia para toldos sin anuncios- Autorización o actualización para instalar toldos (incluye ins-pección ocular, por un año) .......................................................... 208.00

1263 Autorización para instalación de máquinas o similares para ven-ta de loterías u otros, por unidad (anual) .................................... 300.00

DIVISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTECódigo Descripción ................................................................................. Monto

1300 Inspección ocular .......................................................................... 64.001301 Zanjas para tendido de cualquier tipo de ductos de empresas de

servicios (por mt. Lineal) ............................................................. 56.001302 Reposición de pavimento o de vereda (por m²) ......................... 56.001303 Conexiones domiciliarias: Agua o Desagüe ................................ 30.001304 Construcción de cámaras de registro o subestaciones para

energía eléctrica o de teléfonos, por unidad: .............................. 1400.001305 Por instalación de cabinas telefónicas o similares en la vía pú-

blica, por unidad (anual): ............................................................. 1400.001306 Por colocación de postes para instalar redes aéreas por parte de

empresa contratistas de teléfonos, televisión por cable o energíaeléctrica (por poste) ...................................................................... 600.00

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Pág. 176346 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999

1559 Por cambio de rubro o giro para puesto de mercado .................. 260.001560 Autorización de Funcionamiento para puesto de mercado (men-

sual) ............................................................................................... 30.00DIVISION DE SALUD Y SANEAMIENTO AMBIENTALCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1400 Carné de Atención del Centro Médico al vecino de J.M ............. 2.501401 Certificado Médico de salud ......................................................... 19.501402 Certificado Médico prenupcial (cada uno) ................................... 38.501403 Carné de Sanidad:

- Propietarios ................................................................................ 26.00- Empleados, Comercio informal u otros ..................................... 19.50

1404 Placas de Rayos X ....................................................................... 15.001405 Consulta Médica ........................................................................... 6.501406 Consulta Médica especializada .................................................... 13.001407 Consulta Oftalmológica ................................................................ 13.001408 Consulta Obstetricia .................................................................... 6.501409 Consulta Psicológica .................................................................... 6.501410 Sesión de Terapia de Lenguaje - Aprendizaje ............................ 6.501411 Consulta Odontológica ................................................................. 8.501412 Extracción simple ......................................................................... 10.001413 Extracción completa ..................................................................... 12.001414 Curación simple con amalgama ................................................... 17.501415 Curación compuesta amalgama ................................................... 23.501416 Curación simple con resina fotocurable ....................................... 23.501417 Curación compuesta con resina fotocurable (reconstrucción de

ángulos) ......................................................................................... 30.001418 Endodoncia ................................................................................... 100.001419 Rayos X Dental ............................................................................. 10.001420 Destartraje y Profilaxia ............................................................... 17.501421 Topicaciones de fluor ................................................................... 12.001422 Inasistencia a Consulta o pérdida de Carné de Atención ........... 2.501423 Inyectables .................................................................................... 2.001424 Tópico ............................................................................................ 6.501425 Cirugía menor ............................................................................... 13.001426 Lavado de oído ............................................................................. 20.001427 Extracción de uña ......................................................................... 20.001428 Inspección ocular verificación de desinfección ............................ 38.501429 Electrocardiograma ....................................................................... 27.001430 LABORATORIO:

- Pruebas serológicas ................................................................... 10.001431 HEMATOLOGIA:

- Hemograma completo ................................................................ 13.00- Velocidad de sedimentación ...................................................... 5.50- Recuento de reticulocitos ........................................................... 6.50- Tiempo de coagulación y sangría .............................................. 6.50- Recuento de las plaquetas ......................................................... 5.50- Hemoglobina hematocrito .......................................................... 6.50

1432 BIOQUIMICA:- Glucosa, Urea y Creatinina ........................................................ 6.50- Acido Urico ................................................................................. 6.50- Triglicérido .................................................................................. 6.50- Colesterol ................................................................................... 8.00- Transaminasa, TGO, TGP, cada uno ....................................... 7.50- Bilirrubina total y fraccionada .................................................... 12.00- Fostatasa alcalina ...................................................................... 9.00- Fostatasa prostática y ácida ...................................................... 10.00- Tolerancia a la glucosa .............................................................. 32.00

1433 ORINA:- Examen completo de orina ........................................................ 10.50- Thevenon de orina ...................................................................... 6.50- Prognosticón ............................................................................... 15.00

1434 HECES:- Parasitológicas Simple ............................................................... 6.50- Parasitológicas Seriado ............................................................. 15.00- Heces seriado ............................................................................. 15.00- Test de Graham ......................................................................... 5.00- Thevenon en heces .................................................................... 6.50

1435 INMUNOLOGIA:- Aglutinaciones en lámina ........................................................... 12.00- Aglutinaciones en lámina (con carné) ....................................... 5.50- Proteína Creactiva ..................................................................... 12.00- Factor Reumatoideo Látex ......................................................... 12.00- Antiestreptolisisnas O ............................................................... 12.00- Antígeno Australiano .................................................................. 35.00- Grupo sanguíneo ........................................................................ 10.00- Serológicas (VDRL) ................................................................... 10.00- Investigaciones de Anticuerpos VIH .......................................... 25.00

1436 MICROBIOLOGIA:-Urocultivo ..................................................................................... 23.50-Coprocultivo ................................................................................. 23.50-Cultivo de Secreción Vaginal ...................................................... 28.00-PPD .............................................................................................. 2.00- BK en Esputo .............................................................................. 6.50- Examen Directo en Secreción Vaginal ...................................... 10.00

1437 Subunidad Beta ............................................................................ 26.001438 Papanicolau (PAP) ....................................................................... 6.00

Otros Cultivos ............................................................................... 23.501439 Toxoplasma IgG ........................................................................... 35.50

Toxoplasma IgM ........................................................................... 35.501440 Rubéola IgG .................................................................................. 35.50

Rubéola IgM .................................................................................. 35.50

1441 Citomegalovirus IgG ..................................................................... 35.50Citomegalovirus IgM ..................................................................... 35.50

1442 Herpes l lgG .................................................................................. 35.50Herpes l lgM .................................................................................. 35.50Herpes Il lgG ................................................................................. 35.50Herpes Il lgM ................................................................................. 35.50

1443 Espermatograma .......................................................................... 35.501444 Coloración Gram ........................................................................... 10.001445 Reacción Inflamatoria ................................................................... 14.001446 Dosaje Hormona FSH .................................................................. 35.50

Dosaje Hormona LH ..................................................................... 35.50Dosaje Proláctica .......................................................................... 35.50

1447 Investigación de Salmonella ........................................................ 53.501448 Investigación de Vibrio Cholerae ................................................. 43.501449 Investigación de Estafilococos ..................................................... 43.501450 Investigación de Anaerobios ........................................................ 27.001451 Toma de muestra de agua por personal de laboratorio .............. 20.001452 Toma de muestra de alimentos por personal del laboratorio ..... 40.501451 ANALISIS: .................................................................................... QUIM. MICROB

- Leche fresca, evaporada, pasteurizada, chocolatada ............... 106.50 48.00- Leche en polvo, mantequilla, queso, yogurt .............................. 96.00 48.00- Agua potable ............................................................................... 106.50 53.50- Agua mineral .............................................................................. 96.00 48.00- Bebidas fermentadas y Vinagres ............................................... 96.00 53.50- Cereales y derivados: Harinas, almidones, pan, bizcochos, pastas .......................................................................................... 96.00 53.50- Aceite vegetal ............................................................................. 96.00 48.00- Aceite compuesto ....................................................................... 128.00 48.00- Manteca de cerdo, vegetal, margarina................................... 128.00 48.00- Estimulantes: Café, té, chocolate, cacao, mate, etc............... 128.00 48.00- Condimentos: Pimienta, comino, palillo, achiote, sal yodada, . 96.00 48.00 etc. .............................................................................................. 128.00 53.50- Azúcares: Azúcar de caña, miel de abeja.............................. 128.00 53.50- Carnes y derivados: Vacuno, ovino, caprino, aves, pescados, 128.00 53.50 etc. .............................................................................................. 128.00 53.50- Conservas y productos procesados ........................................... 96.00 48.00- Comidas preparadas: Ceviches, guisos, sopas, sandwichs, etc .- Frutas y Verduras: Ensaladas...............................................

1452 ECOGRAFIAS :-Pélvica ......................................................................................... 25.00-Transvaginal ................................................................................ 40.00-Abdominal .................................................................................... 25.00-Urológica ...................................................................................... 25.00-Renal ............................................................................................ 25.00-Próstata ....................................................................................... 25.00

1453 Servicio de Fumigación y Desinfección para puestos de Mercado: - Hasta 5 m² ................................................................................ 4.50 - 06 a 10 m² ................................................................................. 8.00 - 11 a 15 m² ................................................................................. 11.00 - 16 a 20 m² ................................................................................. 15.00 - 21 a 25 m² ................................................................................ 19.50

1454 Servicio de Fumigación y Desinfección en general:- Hasta 25m² ................................................................................ 19.50- Por cada m² adicional ................................................................ 0.70

1455 Exámenes de Rayos X:Exámenes Simples:- 02 Maxilar (cada lado) ................................................................ 25.00- 02 Cráneo ................................................................................... 30.00- 01 Senos Paranasales ............................................................... 25.00- 02 Senos Paranasales ............................................................... 30.00- 03 Senos Paranasales ............................................................... 45.00- 02 Peñascos (cada lado) ............................................................ 35.00- 03 Cráneo y base ....................................................................... 45.00- 02 Huesos propios de la Nariz ................................................... 25.00- 02 Mastoides (cada lado) ........................................................... 30.00- 01 Cavun faringeo ...................................................................... 25.00- 01 Adenoides .............................................................................. 25.00- 01 Tórax ...................................................................................... 15.00- 01 Parrilla Costal ........................................................................ 25.00- 02 Parrilla Costal ........................................................................ 35.00- 02 Esternón ................................................................................ 35.00- 02 Corazón y grandes brazos .................................................... 45.00- 02 Abdomen simple .................................................................... 45.00- 02 Silla turca ............................................................................... 45.00- 01 Medición de miembros .......................................................... 30.00- 3t Edad Osea .............................................................................. 45.00

1456 Columna Vertebral:- 02 Columna Cervical F-P .......................................................... 30.00- 04 Columna cervical funcional ................................................... 60.00- 02 Columna dorsal F-P .............................................................. 45.00- 02 Columna lumbar .................................................................... 40.00- 04 Columna lumbar funcional .................................................... 65.00- 02 Columna lumbo sacra F-P .................................................... 40.00- 02 Columna sacro-coxigea F-P ................................................. 40.00

1457 Extremidades Superiores:- 01 Articulación de hombro ......................................................... 30.00- 01 Codo ...................................................................................... 25.00- 01 Antebrazo .............................................................................. 25.00- 01 Muñeca .................................................................................. 25.00- 01 Mano ...................................................................................... 25.00

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Pág. 176347NORMAS LEGALESLima, miércoles 28 de julio de 1999

1653 Permiso para la realización de matrimonios, cumpleaños, bau-tizos, ceremonias, aniversarios, cursos o similares en localesautorizados (por día) .................................................................... 150.00

1654 Permiso para la realización de polladas, parrilladas o similares;fiestas sociales folklóricas y otros en locales en locales autori-zados (por día) ............................................................................. 250.00

1655 Autorización para la realización de bingos, rifas, sorteos y simi-lares (por día) ............................................................................... 250.00

1656 Cinematografía (funciones pro-fondos, benéficas y otros) ......... 240.001657 Alquiler del Auditorio Municipal, por función .............................. 120.001658 Autorización Municipal temporal para la instalación de ferias,

kioscos y otros (pago mensual)- Hasta 100 stands ........................................................................ 8,000.00- Más de 100 stands ..................................................................... 10,000.00

1659 Alquiler de Losas Deportivas (horario matutino y vespertino)- Lunes a Viernes (por hora) ........................................................ 12.00- Sábados, Domingos y Feriados (por hora) ............................... 15.00Excepto(*):Colegios del Distrito ..................................................................... 5.00Colegios de otros distritos ............................................................ 10.00

1660 Alquiler de Losas Deportivas (horario nocturno)- De Lunes a Viernes (por hora) .................................................. 25.00- Sábados, Domingos y Feriados (por hora) ............................... 30.00

1661 Alquiler del Estadio Municipal ( por hora) .................................. 50.00Excepto (*):Colegios del distrito (por hora) .................................................... 15.00Colegios de otros distritos (por hora) .......................................... 30.00Equipos de la Liga de Jesús María (por hora):- Mayores ...................................................................................... 24.00-Menores ....................................................................................... 12.00(*) Tarifa de colegios es válida de Lunes a Viernes hasta las 5pm.

1663 Carné de lector de biblioteca municipal o duplicado:- Adulto .......................................................................................... 6.00- Escolar ........................................................................................ 3.00

1664 Renovación de carnet de lector de Biblioteca Municipal:- Adulto .......................................................................................... 4.00- Escolar ........................................................................................ 2.00

1665 Alquiler del Estadio Municipal o losas deportivas para espec-táculo no deportivo (ingreso gratuito) de 8.00 horas 17.00horas .............................................................................................. 1,600.00

1666 Espectáculo calificado por el Instituto Nacional de Cultura conartistas nacionales ........................................................................ 560.00

1667 Autorización para actividades culturales, recreativas, deportivaso similares en plazas, parques, calles o avenidas ...................... 300.00

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera.- Mediante Decreto de Alcaldía se actualizarán losderechos antes mencionados conforme al incremento acumuladoanual del Indice de Precios al Consumidor (IPC) que publica elInstituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI).

Segunda.- Los funcionarios y empleados municipales direc-tos, padres, esposo (s) e hijo (s) debidamente acreditados tendránderecho a las consultas gratuitas establecidas en los Códigos1405, 1406, 1408 y 1409; además de un descuento del 50% por losCódigos 1410 al 1419; del 1429 al 1434; 1445 y 1446.

Tercera.- Los beneficiarios del Vaso de Leche debidamenteacreditados tendrán derecho a la primera consulta gratuita encualquier especialidad; además del descuento de 50% por losCódigos 1405 al 1419; 1421, 1428 al 1434; 1445 y 1446, en lassiguientes consultas.

Cuarta.- Aquella persona que cuente con su Carnét deSanidad vigente, tendrá un descuento del 30% por los Códigos1412 al 1417; y 1428.

Quinta.- Deróguese la Ordenanza Nº 004-98/MJM.Sexta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza

a la Dirección Municipal.

POR TANTO :

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

FRANCISCA IZQUIERDO NEGRONAlcaldesa

9539

MUNICIPALIDAD DELOS OLIVOS

Declaran diversas vías del distritocomo zonas rígidas para el estaciona-miento de vehículos motorizados

DECRETO DE ALCALDIANº 008-99-MDLO/ALC

Los Olivos, 22 de julio de 1999

1458 Extreminades Inferiores- 01 Pelvis ..................................................................................... 25.00- 02 Pelvis bebés .......................................................................... 35.00- 02 Cadera ................................................................................... 30.00- 01 Articulación sacro iliaca ........................................................ 35.00- 01 Fémur (cada lado) ................................................................. 25.00- 01 Rodilla (cada lado) ................................................................ 25.00- 01 pie (cada lado ........................................................................ 25.00- 01 Calcáneo ................................................................................ 25.00- 01 Rodilla y rótula (cada lado) ................................................... 35.00- 01 Pierna (cada lado) ................................................................. 25.00- 01 Tobillo (cada lado) ................................................................ 25.00

1459 Exámenes Especiales:Aparato Digestivo- 02 Esófago .................................................................................. 60.00- 04 Estómago y duodeno ............................................................ 100.00- 03 Tránsito intestinal .................................................................. 95.00- 05 Colon con enema .................................................................. 100.00Aparato Renal:- 04 Urografía excretoria .............................................................. 100.00- 02 Cistografía ............................................................................. 60.00- 04 Cistografía 4T ........................................................................ 100.00- 04 Histerosalpingorafía .............................................................. 100.00

UNIDAD DE REGISTROS CIVILESCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1600 Partidas en general (unidad) ....................................................... 18.001601 Partidas de Nacimiento (por dos unidades) ................................ 22.001603 Legalización de partidas para el extranjero ................................. 38.001604 Constancia de no estar inscrito el nacimiento, matrimonio o de-

función ........................................................................................... 15.001605 Derecho de remisión de expediente matrimonial a la parroquia 36.001606 Anotaciones Marginales:

- Rectificación de partidas ............................................................ 38.00- Divorcio ....................................................................................... 60.00- Adopción ..................................................................................... 60.00

1607 Dispensa parcial de publicación de edictos matrimoniales (pordía) ................................................................................................ 21.00

1608 Dispensa total de publicación de los edictos matrimoniales ...... 260.001609 Publicación de edictos matrimoniales de otras municipalidades 25.001610 Inscripción de matrimonio realizado en el extranjero .................. 160.001611 Postergación de matrimonio (hora o fecha) ............................... 15.001612 Inscripción judicial de matrimonios o defunciones ...................... 38.001613 Inscripción extemporánea de nacimientos de niños, adolescentes

y adultos, según Ley 26497 .......................................................... 28.001614 Inscripción de sentencia de declaración judicial de paternidad

extramatrimonial o reconocimiento por escritura pública ........... 36.001615 Ceremonia en el local municipal en horas laborables (lunes a

viernes) ......................................................................................... 170.001616 Ceremonia en el local municipal en horas no laborables (lunes a

viernes) ......................................................................................... 235.001617 Ceremonia en el local municipal los días sábados ..................... 300.001618 Ceremonia fuera del local municipal en horas laborables dentro

del distrito ( lunes a viernes) ........................................................ 375.001619 Ceremonia fuera del local municipal en horas no laborables den-

tro del distrito (lunes a viernes) ................................................... 425.001620 Ceremonia fuera del local municipal dentro del distrito (sába-

dos) ............................................................................................... 480.001621 Ceremonia fuera del distrito (lunes a viernes) ............................ 480.001622 Ceremonia fuera del distrito (sábados) ....................................... 550.001623 Ceremonia fuera del distrito en horas no laborables de lunes a

viernes ........................................................................................... 520.001624 Autorización para la celebración de matrimonios en otro distri-

to ................................................................................................... 50.001625 Reconocimiento (ante registrador) ............................................... 10.001626 Matrimonios en artículo mortis ..................................................... 55.001627 Matrimonios celebrados por la Sra. Alcaldesa ............................ 640.001628 Retiro de expedientes matrimoniales .......................................... 25.001629 Constancia expediente matrimonial para la parroquia ................ 5.001630 Copia certificada de certificado de nacimiento, matrimonio o de-

función ........................................................................................... 11.001631 Uso del Auditorio Municipal o Salón de Actos ............................ 120.001632 Matrimonio civil celebrado por oficial eclesiástico del distrito .... 36.001633 Permiso para servicio de champagne por ceremonia ................. 11.001634 Permiso para servicio de buffet por ceremonia ........................... 11.001635 Matrimonio en Salón del Nuevo Palacio Municipal (Adicional a

Tasa Regular) ............................................................................... 200.00DIRECCION DE EDUCACION, CULTURA, RECREACION Y DEPORTESCódigo Descripción ................................................................................. Monto en S/.

1650 Autorización para realizar espectáculos o presentaciones conartistas nacionales en locales con licencia municipal como res-taurantes, cines, teatros, hoteles, clubes sociales o similares.- De un día a 03 días .................................................................... 300.00- Por día adicional ........................................................................ 80.00

1651 Autorización para realizar espectáculos o presentaciones conartistas extranjeros en locales con licencia municipal, hoteles,clubes sociales o similares.- De un día a 03 días .................................................................... 500.00- Por día adicional ........................................................................ 150.00

1652 Espectáculos Públicos No Deportivos Exonerados por el Insti-tuto Nacional de Cultura, eventuales y permanentes Interna-cionales ......................................................................................... 2,800.00

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EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE LOS OLIVOS

VISTOS: Los expedientes Nº 007175-99 y Nº 006125-99 pre-sentados por vecinos de la Cdra. 8 del Jr. Aries y Cdra. 8 del Jr.Acuario, solicitando restricción del tránsito vehicular en víapública; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante expedientes de Vistos, vecinos de las cua-dras 8 de los jirones "Aries" y "Acuario" en la Urb. "Mercurio",señalan que las mencionadas vías no tienen salida, son angos-tas y de un solo sentido y que al ser colindantes con el CentroEducativo Parroquial "El Buen Pastor", son objeto de conges-tión vehicular que provoca ruidos molestos, alteración de latranquilidad pública y riesgo para la integridad física y vida delas personas.

Que, a través de los Informes Nº 106-99/MDLO/DM/US-CPM/CARV y Nº 206-99/MDLO/DM/USCPM, la Unidad de Se-guridad Ciudadana y Policía Municipal informa que de lasinspecciones oculares realizadas se ha verificado que el tránsitoen los jirones Aries y Acuario es constantemente bloqueado porvehículos particulares que se estacionan frente a cocheras,perjudicando de esta forma a los vecinos de la zona y constitu-yendo un peligro para el alumnado del Centro Educativo Parro-quial "El Buen Pastor" que se encuentra próximo, por lo quesugirió que se restrinja el tránsito vehicular en el Jr. Aries Cdra.8, Jr. Acuario Cdra. 8 y Pasaje Austral, entre las cuadras 7 y 8del Jr. Acuario.

Que, el Jefe de la División de Servicios Urbanos, Licencia deConstrucción y Transporte Público, a través del Informe Nº 240A-99-MDLO/DDU/DSU-LC-TP, informa que en la inspección ocu-lar realizada se ha constatado que los jirones Aries y Acuario dela Urb. Mercurio, a la altura de las cuadras 8, no tienen continui-dad al contar con un único acceso, lo cual ocasiona congestiona-miento vehicular durante las horas de ingreso y salida de losalumnos del Centro Educativo Parroquial "El Buen Pastor",considerando conveniente restringir el estacionamiento vehicu-lar en dichas vías.

Que, mediante Informe Nº 191-MDLO-DDU, la Dirección deDesarrollo Urbano opina conveniente emitir el Decreto de Alcal-día que declare zona rígida para el tránsito vehicular a lascuadras 8 de los jirones Aries y Acuario, con el objeto de darsolución al problema expuesto precedentemente.

Que, la Oficina de Asesoría Legal, a través del Informe Nº355-99-MDLO/OAL, opina que estando a la caótica situación querepresenta el tránsito vehicular de los jirones Aries y Acuario,que afecta a los vecinos del sector, y en virtud de las atribucionesconferidas a las Municipalidades por el Artículo 65º, incisos 10) y13), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es proce-dente la emisión del Decreto de Alcaldía que declare zonas rígidaslas cuadras 8 de las calles mencionadas.

Que, en consecuencia es necesario adoptar medidas correcti-vas, a través de la emisión de dispositivos municipales de obser-vancia obligatoria, a fin de brindar seguridad, protección ytranquilidad al vecindario; declarando determinadas zonas deldistrito como zonas rígidas para el estacionamiento de vehículosmotorizados;

Que, de conformidad con el Artículo 65º inciso 13 de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853, es función de las muni-cipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivien-da y seguridad colectiva el procurar, conservar y administrar, ensu caso los bienes de dominio público como caminos, puentes,plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios públicos y otros aná-logos;

Que, también es función de las municipalidades en materiade transporte colectivo, circulación y tránsito, el organizar ymantener los sistemas de señales y semáforos y regular el trán-sito urbano de personas y vehículos;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en laOrdenanza Nº 059-94-MLM y la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 23853; y contando con el Visto bueno de la DirecciónMunicipal, Oficina de Asesoría Legal, Dirección de DesarrolloUrbano y Unidad de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal;

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 23853.

DECRETA:

Artículo Primero.- DECLARAR ZONAS RIGIDAS para elestacionamiento de vehículos motorizados, las siguientes vías dela jurisdicción del distrito de Los Olivos:

- Jirón Aries cuadra 8 - urbanización Mercurio- Jirón Acuario cuadra 8 - urbanización Mercurio

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Desarro-llo Urbano, a través de la División de Servicios Urbanos y Licenciade Construcción, ejecutar las labores de señalización y demáscorrespondientes, a fin de hacer de conocimiento público losalcances de la presente norma y que el estacionamiento vehiculardeberá realizarse únicamente en áreas habilitadas para estosfines.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de SeguridadCiudadana y Policía Municipal, en coordinación con el Programade Defensa Civil, velar por el cumplimiento del presente Decreto,pudiendo solicitar para tal efecto el auxilio de la Policía Nacional;y a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del mismo.

Artículo Cuarto.- Los Infractores, conforme a las normaslegales vigentes, serán pasibles de las responsabilidades a quehubiere lugar.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

FELIPE B. CASTILLO ALFAROAlcalde

9801

MUNICIPALIDAD DELRIMAC

Establecen monto de dieta de regido-res por asistencia efectiva a sesionesde Concejo y fijan remuneración dealcaldesa

ACUERDO DE CONCEJONº 06-99-MDR

Rímac, 14 de enero de 1999

EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en Sesión Ordina-ria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la señoraAlcaldesa de la Municipalidad del Rímac GLORIA JARAMILLOAGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: RosaOlinda Liza Nunton, William Martín Castañeda Lozano, NellyBeatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, JorgeEstela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Eliza-beth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, TeófiloSilva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Hua-mán Lazo.

Vista, la necesidad de fijar los montos de la remuneración dela Alcaldesa, y de las dietas de los Regidores del Concejo conformelo establece el ordenamiento jurídico vigente;

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado señalaque las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local.Tienen autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia;

Que, el Art. 2º de la Ley Nº 23853 señala que las Municipali-dades son los Organos de Gobierno Local, que emanan de lavoluntad popular. Son personas de derecho público con autono-mía económica y administrativa en los asuntos de su competen-cia;

Que, el Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades,modificada por la Ley Nº 26317, precisa que los Alcaldes y losRegidores son rentados, conforme lo permita el presupuesto y ladisponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad yprevio Acuerdo del respectivo Concejo Municipal, aplicándoselos montos que determinan o autorizan las normas sobreremuneraciones para sus respectivos rangos. Los Alcaldes reci-ben una remuneración mensual y los Regidores perciben dietaspor Sesión. Las remuneraciones y las dietas son suprimibles,por Acuerdo Unánime de Concejo o por renuncia individual aellas;

Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánicade Municipalidades, y con el voto mayoritario de los Regidoresdel Concejo, y el voto en contra de los Regidores María Manue-la Pintado de Tejada y Máximo José Falcón Huamán Lazo;respecto de la dieta fijada para los Regidores; y, el votounánime de los Regidores respecto de la remuneración fijadapara la Alcaldesa;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Fijar el monto de la dieta para losRegidores del Concejo Distrital del Rímac, en 0.5 UIT (UnidadImpositiva Tributaria) por Sesión, durante el ejercicio 1999, queestará condicionada a la asistencia efectiva a la correspondienteSesión de Concejo, abonándose proporcionalmente hasta unmáximo de cuatro (4) sesiones al mes.

Artículo Segundo.- Fijar en S/. 10,000.00 (diez mil 00/100nuevos soles) remuneración de la Alcaldesa, que percibirá enforma mensual.

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Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA JARAMILLO AGUILARAlcaldesa

9453

Modifican monto de remuneraciónmensual de alcaldesa

RESOLUCION DE ALCALDIA EJECUTIVANº 046-99/MDR-AL-EJ

Rímac, 15 de enero de 1999

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DEL RIMAC

CONSIDERANDO:

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-99-MDR, de fecha14 de enero de 1999, se fijó, en el Artículo Segundo, en S/.10,000.00 (diez mil y 00/100 nuevos soles) la remuneración de laAlcaldesa que percibirá;

Que, el tercer párrafo del Artículo 21º de la Ley Nº 23853,modificada por la Ley Nº 26637, precisa que las remuneracionesy las dietas son suprimibles, por Acuerdo Unánime de Concejo opor renuncia individual a ellas;

Que, la Alcaldesa es consciente de la situación económica porla que atraviesa la Municipalidad, no obstante la magnitud delcargo y la responsabilidad que el mismo implica, por lo queunilateralmente ha decidido reducirse la remuneración fijadapor el Concejo, la misma que coincidía con la percibida por elanterior Alcalde;

Que, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Renunciar a S/. 2,000.00 (dos mil y00/100 nuevos soles) de los S/. 10,000.00 (diez mil y 00/100nuevos soles) fijados como remuneración, mediante Acuerdode Concejo Nº 006-99-MDR, de fecha 14 de enero de 1999; enconsecuencia, dicha remuneración queda establecida en S/.8,000.00 (ocho mil y 00/100 nuevos soles) mensuales.

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal yOficina de Administración, velar por el cumplimiento de lodispuesto en la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de cada uno de losMiembros del Concejo el contenido de la presente Resolución deAlcaldía.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA JARAMILLO AGUILARAlcaldesa

9458

MUNICIPALIDAD DESANTA ANITA

Aprueban ordenanza referida a modali-dades de ejecución de actividades yproyectos de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 015-99/MDSA

Santa Anita, 22 de julio de 1999

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SANTA ANITA

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Santa Anita, en Sesión Ordinaria dela fecha; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado, en su Artículo 54º, estableció como las modalidades de

ejecución de las Actividades y Proyectos del Sector Público, las deAdministración Directa, Encargo y Contrata;

Que, mediante la Tercera Disposición Final de la Ley Nº26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, seha derogado el Artículo 54º antes citado; hecho que constituyeuna limitación, no entendida ni explicada, para que los Go-biernos Locales puedan ejecutar sus actividades y proyectoscon su propia capacidad operativa, tal como lo ha venidohaciendo la Municipalidad Distrital de Santa Anita con ópti-mos resultados técnicos y económicos, demostrados en laejecución de diversas actividades y proyectos ejecutados porAdministración Directa y por Encargo o Convenio con otrasentidades públicas;

Que, el empleo de dichas modalidades, en las que no existeinterés o fin lucrativo, ha permitido obtener importantes ahorrosen los recursos presupuestales de la Municipalidad, lo que a suvez ha posibilitado mejorar los servicios y ejecutar más obras depistas y veredas, parques, losas deportivas, etc., en beneficiodirecto de mayores sectores de la población del distrito; beneficioque se dejaría de obtener si solamente se aplicara la modalidad decontrata para la ejecución de las actividades y proyectos de laMunicipalidad;

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perúprescribe que las Municipalidades tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competen-cia;

Que, por mandato del Artículo 192º inciso 5), de la Constitu-ción, las Municipalidades son competentes para planificar eldesarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, así como paraejecutar sus planes y programas correspondientes; igualmente,el Artículo 51º de nuestra Carta Magna establece que la Consti-tución prevalece sobre toda norma legal, disposición que ya teníatambién vigencia en los Artículos 87º y 236º de la Constitución de1979;

Que, las Municipalidades tienen, entre otras, la función deorganizar el ámbito municipal, priorizando y promoviendo laejecución de actividades y proyectos de infraestructura básicapara apoyar el desarrollo socioeconómico y cultural del vecinda-rio de su jurisdicción;

Que, las modalidades de Administración Directa y porEncargo, no son incompatibles o antagónicas con la modali-dad de Contrata que legisla la Ley Nº 26850 y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; más aún, endichos dispositivos legales no existe impedimento, restric-ción, o prohibición alguna, para que los Gobiernos Locales enestricto ejercicio de su autonomía política, económica y admi-nistrativa, puedan legislar a fin de superar el vacío o deficien-cia jurídica producida, al amparo del Principio General delDerecho que prescribe que "lo que no está prohibido estápermitido";

Que, según el Artículo 200º, numeral 4 de la ConstituciónPolítica, las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley y comotal, la misma Constitución establece el procedimiento para suderogatoria;

De conformidad con el inciso 3) del Artículo 134º de la Ley Nº23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente:

ORDENANZA Nº 015-99/MDSA

Artículo Primero.- Las Actividades y Proyectos de la Muni-cipalidad de Santa Anita se pueden ejecutar bajo tres modalida-des:

a) Administración Directa: Cuando la Municipalidad, consu personal e infraestructura, es el ejecutor de los trabajos,adquiriendo para tal fin los bienes y servicios que requiera parasu atención.

b) Encargo o Convenio: Cuando la Municipalidad concertasu realización con otra Entidad del sector público, mediante lacelebración del respectivo Convenio Interinstitucional, sin finesde lucro.

La Entidad u organismo que recibe el encargo, tiene la calidadde Ejecutor y los recursos utilizados se afectan con cargo a lasasignaciones previstas en la Entidad de origen, siendo estaúltima la responsable de la debida supervisión.

La ejecución de Actividades y Proyectos bajo la modalidad deEncargo, obliga a la Entidad u Organismo Ejecutor a rendircuenta documentada a la Entidad que encarga, de los anticiposconcedidos, dentro de los plazos estipulados por las Directivas delProceso Presupuestario y/u otras normas que resulten aplicablesal respecto.

La Entidad u organismo encargado no puede contratar, totalo parcialmente con terceros, las Actividades o Proyectos materiadel encargo, debiendo realizarlos con su propia capacidad opera-tiva, adquiriendo para tal fin los bienes y servicios que requierapara su atención. De esta manera, la modalidad de Encargo seconvierte para el Ejecutor, en la modalidad de AdministraciónDirecta.

c) Contrata: Cuando la Municipalidad concerta su realiza-ción, previo el proceso de selección que corresponda, con unapersona natural o jurídica, vía los procedimientos establecidos enla Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

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Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM.

Artículo Segundo.- La modalidad de Administración Direc-ta, tanto para las Actividades y Proyectos que ejecute la propiaMunicipalidad Distrital de Santa Anita, como para las que encar-gue ejecutar a otras Entidades del Sector Público, se regirá por lassiguientes normas:

1. Para la ejecución de Actividades y Proyectos bajo estamodalidad, debe contarse con la asignación presupuestal corres-pondiente, y la respectiva capacidad operativa necesaria.

2. Los Convenios que celebre la Municipalidad con otrasEntidades del Sector Público, para encargar la ejecución deActividades y Proyectos por Administración Directa, deberánprecisar que la Entidad Ejecutora dispone de la capacidad opera-tiva necesaria, a fin de asegurar el cumplimiento de las metasprevistas.

3. Es requisito indispensable, en el caso de ejecución de obras,contar con el Expediente Técnico aprobado, el mismo que com-prenderá básicamente lo siguiente: memoria descriptiva, especi-ficaciones técnicas, planos, metrados, análisis de precios unita-rios, presupuesto base, conograma de ejecución de obra, crono-grama de adquisición de materiales, y fórmula polinómica dereajuste de precios para fines del respectivo análisis comparativode costos de la obra.- En los casos en que sea exigido por normasespecíficas relativas a obras, se recabará el pronunciamiento delsector o entidad que corresponda.

4. El costo total de la obra a ejecutarse por AdministraciónDirecta, deberá resultar igual o menor al Presupuesto Basededucida la utilidad, situación que deberá reflejarse en la Liqui-dación Final de la obra.

5. La Dirección de Desarrollo Urbano se constituye comoUnidad Ejecutora responsable, para el caso de la ejecución deObras y Estudios por la modalidad de Administración Directa.

6. En la ejecución de obras bajo la modalidad de Administra-ción Directa, la Unidad Ejecutora dispondrá la apertura delrespectivo Cuaderno de Obra, debidamente foliado y sellado, enel que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, lasmodificaciones autorizadas y cualquier otro aspecto concernienteúnicamente a las ocurrencias de la obra.

7. El Alcalde o el Director Municipal por delegación delprimero, designará al Supervisor de la Obra, quien tendrá laresponsabilidad de velar permanentemente por la correcta ejecu-ción de la misma.

8. El Supervisor de Obra presentará mensualmente un Infor-me al nivel correspondiente, sobre el avance físico valorizado dela obra, precisando los factores limitantes que hayan podidopresentarse, y las recomendaciones respectivas para superarlos,debiendo la Unidad Ejecutora adoptar las medidas del caso.

9. El Supervisor de Obra deberá disponer la realización de laspruebas de control de calidad de los materiales y trabajos ejecu-tados y del funcionamiento de las instalaciones, conforme a lasespecificaciones técnicas correspondientes.

10. Los egresos que demande la ejecución de obras porAdministración Directa deben concordar con el PresupuestoAnalítico de la obra, según la normatividad vigente, debiendoanotarse los gastos en Registros Auxiliares por cada obra que seproyecte y ejecute por la modalidad de Administración Directa,bajo responsabilidad administrativa.

11. Concluida la obra, el Alcalde o el Director Municipal pordelegación de éste, designará una Comisión de Recepción de laobra ejecutada por la modalidad de Administración Directa, laque estará conformada por tres funcionarios, de los cuales por lomenos dos serán ingenieros o arquitectos.- Esta Comisión seencargará, además de recepcionar la obra, de efectuar la Liquida-ción Técnica y Financiera de la misma, en un plazo de treinta (30)días calendario de suscrita el Acta de Recepción.

12. Una vez aprobada la Liquidación Técnica y Financiera dela obra, la Unidad Ejecutora es la responsable de tramitar laDeclaratoria de Fábrica, de ser el caso.

13. Posteriormente a la liquidación, se procederá a la entregade la obra al sector correspondiente o Unidad Orgánica especia-lizada, para efectos de su operación y/o mantenimiento adecuado.

DISPOSICION TRANSITORIA

Primera.- Las obras que a la fecha de entrada en vigencia dela presente Ordenanza, venga ejecutando la Municipalidad Dis-trital de Santa Anita por las modalidades de AdministraciónDirecta y Encargo, se adecuarán a lo dispuesto en la presenteNorma.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

OSIRIS FELICIANO MUÑOZAlcalde

9817

MUNICIPALIDAD DESANTIAGO DE SURCOAutorizan iniciar procedimiento deadjudicación directa de menor cuantíapara la adquisición de uniformes

RESOLUCION Nº 992-99-RASS

Santiago de Surco, 22 de julio de 1999

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

VISTO: Los Informes Nº 099-99-CE/P-MSS y Nº 101-99-CE/P-MSS del Comité Especial de la Licitación Pública Nº 002-99-CE-MSS, Segunda Convocatoria, sus fechas 12 y 19 de julio de1999, sobre declaratoria de desierta los ítems 3 y 4; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante los Informes de Visto, el Comité Especial de laLicitación Pública Nº 002-99-CE-MSS, para la adquisición deUniformes ítems 3 y 4, Segunda Convocatoria, comunica ladecisión de declarar desierta la Convocatoria efectuada, porhaber quedado válida una sola oferta en la etapa de evaluación,conforme se colige del Acta respectiva;

Que, en tal sentido el Artículo 32º de la Ley Nº 26850, Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en el supues-to que un mismo proceso de selección sea declarado desierto en dosoportunidades, la Entidad convocante podrá realizar una Adjudi-cación Directa, observando lo dispuesto en la presente Ley, suReglamento y en la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado;

Que, el procedimiento de exoneración de Licitación Pública alde Adjudicación Directa de Menor Cuantía, es aplicable, deacuerdo a lo previsto en el literal "c" del Artículo 44º del Regla-mento de la Ley - D.S. Nº 039-98-PCM, concordante para este casoespecífico, con el literal "f" del Artículo 19º de la Ley, debiendo laContraloría General de la República evaluar las causas quemotivaron la declaración de desierto del proceso de selecciónanteriormente mencionado, para lo cual la Entidad remitirádentro de los diez días siguientes a la declaración, el expedientecorrespondiente;

Que, las exoneraciones de los procesos de selección, debencomunicarse, bajo responsabilidad, a la Comisión de Presupuestoy Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio deEconomía y Finanzas y Contraloría General de la República,dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación;

Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesario laformalización del acto administrativo que apruebe la exonera-ción del proceso de selección antes referido;

Estando a lo expuesto:

Con la visación de la Dirección Municipal, y Oficinas deAdministración, Asesoría Jurídica y Abastecimiento;

De conformidad con lo preceptuado en la Ley Nº 26850, Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,Decreto Supremo Nº 039-98-PCM;

Y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la LicitaciónPública Nº 002-99-CE-MSS sobre adquisición de Uniformes,ítems 3 y 4, según los considerandos expuestos.

Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administra-ción para que inicie el procedimiento de Adjudicación Directa deMenor Cuantía para la adquisición de Uniformes, ítems 3 y 4,referida en la cláusula anterior, de conformidad a lo dispuesto enla Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administraciónla remisión del expediente de los ítems declarados desiertos en lasegunda convocatoria de la Licitación Pública Nº 002-99-CE-MSS, a la Contraloría General de la República, para la evaluaciónrespectiva.

Artículo Cuarto.- Póngase en conocimiento de las Entida-des mencionadas en el Cuarto Considerando de la presenteResolución.

Artículo Quinto.- Publíquese la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS DARGENT CHAMOTAlcalde

9822