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A A N N E E J J O O S S A A L L A A M M E E M M O O R R I I A A

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El presente documento es copia de su original, del que es su autor el arquitecto firmante. Su utilización total o parcial, así como cualquier reproducción o cesión a terceros, requerirá la previa autorización expresa de su autor, quedando en todo caso prohibida cualquier modificación unilateral del mismo.

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CTE Estudio de Gestión de Residuos PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SEGÚN REAL DECRETO 105/2008 Y ORDEN 2690/2006

Proyecto: DE IMPLANTACIÓN DE UNIDAD DE CONVIVENCIA EN PLANTA 2ª DE LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES “ARMUNIA”

Emplazamiento: C/ JORGE MANRIQUE 15. LEÓN

Promotor: JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Arquitecto: ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ

CONTENIDO DEL DOCUMENTO De acuerdo con el RD 105/2008 y la Orden 2690/2006 de ORDEN 2690/2006, de 28 de julio, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición, se presenta el presente Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, conforme a lo dispuesto en el art. 3, con el siguiente contenido: 1.1- Identificación de los residuos (según OMAM/304/2002) 1.2- Estimación de la cantidad que se generará (en Tn y m3) 1.3- Medidas de segregación “in situ” 1.4- Previsión de reutilización en la misma obra u otros emplazamientos (indicar cuales) 1.5- Operaciones de valorización “in situ” 1.6- Destino previsto para los residuos. 1.7- Instalaciones para el almacenamiento, manejo u otras operaciones de gestión. 1.8- Valoración del coste previsto para la correcta gestión de los RCDs, que formará parte del presupuesto del proyecto.

ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS

1.1.- Identificación de los residuos a generar, codificados con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores. Clasificación y descripción de los residuos A este efecto de la orden 2690/2006 se identifican dos categorías de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) RCDs de Nivel I.- Residuos generados por el desarrollo de las obras de infraestructura de ámbito local o supramunicipal contenidas en los diferentes planes de actuación urbanística o planes de desarrollo de carácter regional, siendo resultado de los excedentes de excavación de los movimientos de tierra generados en el transcurso de dichas obras. Se trata, por tanto, de las tierras y materiales pétreos, no contaminados, procedentes de obras de excavación. RCDs de Nivel II.- residuos generados principalmente en las actividades propias del sector de la construcción, de la demolición, de la reparación domiciliaria y de la implantación de servicios. Son residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las que entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Se contemplan los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición, incluidos los de obras menores de construcción y reparación domiciliaria sometidas a licencia municipal o no. Los residuos a generados serán tan solo los marcados a continuación de la Lista Europea establecida en la Orden MAM/304/2002. No se consideraran incluidos en el computo general los materiales que no superen 1m³ de aporte y no sean considerados peligrosos y requieran por tanto un tratamiento especial.

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A.1.: RCDs Nivel I

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN

x 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03

17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 06

17 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07

A.2.: RCDs Nivel II

RCD: Naturaleza no pétrea

1. Asfalto

17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01

2. Madera

x 17 02 01 Madera

3. Metales

x 17 04 01 Cobre, bronce, latón

x 17 04 02 Aluminio

x 17 04 03 Plomo

x 17 04 04 Zinc

x 17 04 05 Hierro y Acero

17 04 06 Estaño

x 17 04 06 Metales mezclados

x 17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10

4. Papel

x 20 01 01 Papel

5. Plástico

x 17 02 03 Plástico

6. Vidrio

x 17 02 02 Vidrio

7. Yeso

x 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01

RCD: Naturaleza pétrea

1. Arena Grava y otros áridos

01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04 07

x 01 04 09 Residuos de arena y arcil la

2. Hormigón

x 17 01 01 Hormigón

3. Ladrillos , azulejos y otros cerámicos

x 17 01 02 Ladril los

x 17 01 03 Tejas y materiales cerámicos

x 17 01 07 Mezclas de hormigón, ladril los, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en

el código 1 7 01 06.

4. Piedra

x 17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03

RCD: Potencialmente peligrosos y otros

1. Basuras

x 20 02 01 Residuos biodegradables

20 03 01 Mezcla de residuos municipales

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2. Potencialmente peligrosos y otros

17 01 06 mezcal de hormigón, ladril los, tejas y materilaes cerámicos con sustancias peligrosas (SP's)

17 02 04 Madera, vidrio o plastico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas

x 17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitran de hulla

x 17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados

x 17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias pel igrosas

17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitran de hul la y otras SP's

17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto

x 17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas

17 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto

17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's

17 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercúrio

x 17 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's

x 17 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's

17 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 03

17 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's

17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas

17 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas

x 15 02 02 Absorventes contaminados (trapos,…)

x 13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,…)

x 16 01 07 Filtros de aceite

20 01 21 Tubos fluorescentes

16 06 04 Pilas alcalinas y sal inas

16 06 03 Pilas botón

15 01 10 Envases vacíos de metal o plastico contaminado

08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices

14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados

07 07 01 Sobrantes de desencofrantes

15 01 11 Aerosoles vacios

16 06 01 Baterías de plomo

13 07 03 Hidrocarburos con agua

17 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03

1.2.- Estimación de la cantidad de cada tipo de residuo que se generará en la obra, en toneladas y metros cúbicos. La estimación se realizará en función de las categorías del punto 1 Obra Nueva: En ausencia de datos más contrastados se manejan parámetros estimativos estadísticos de 20cm de altura de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³. En base a estos datos, la estimación completa de residuos en la obra es: Estimación de residuos

Superficie Construida total 1133,00 m²

Volumen de resíduos 298,42 m³

Densidad tipo (entre 1,5 y 0,5 T/m³) 1,10 Tn/m³

Toneladas de residuos 328,26 Tn

Estimación de volumen de tierras procedentes de la

excavación 72,00 m³

Presupuesto estimado de la obra 455.500,00 €

Presupuesto de movimiento de tierras en proyecto 3.200,00 € ( entre 1,00 - 2,50 % del PEM)

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Con el dato estimado de RCDs por metro cuadrado de construcción y en base a los estudios realizados de la composición en peso de los RCDs que van a sus vertederos plasmados en el Plan Nacional de RCDs 2001-2006, se consideran los siguientes pesos y volúmenes en función de la tipología de residuo:

Tn d V

Evaluación teórica del peso por tipología de RDC

Toneladas de

cada tipo de

RDC

Densidad tipo

(entre 1,5 y 0,5)

m³ Volumen de

Residuos

Tierras y pétreos procedentes de la excavación

estimados directamente desde los datos de proyecto162,00 1,50 108,00

% Tn d V

Evaluación teórica del peso por tipología de RDC % de peso (según

CC.AA Madrid)

Toneladas de

cada tipo de

RDC

Densidad tipo

(entre 1,5 y 0,5)

m³ Volumen de

Residuos

RCD: Naturaleza no pétrea

1. Asfalto 0,050 40,28 1,30 30,98

2. Madera 0,040 32,22 0,60 53,70

3. Metales 0,025 20,14 1,50 13,43

4. Papel 0,003 2,42 0,90 2,69

5. Plástico 0,015 12,08 0,90 13,43

6. Vidrio 0,005 4,03 1,50 2,69

7. Yeso 0,002 1,61 1,20 1,34

TOTAL estimación 0,140 112,77 118,24

RCD: Naturaleza pétrea

1. Arena Grava y otros áridos 0,040 32,22 1,50 21,48

2. Hormigón 0,120 96,66 1,50 64,44

3. Ladri l los , azulejos y otros cerámicos 0,540 434,97 1,50 289,98

4. Piedra 0,050 40,28 1,50 26,85

TOTAL estimación 0,750 604,13 402,75

RCD: Potencialmente peligrosos y otros

1. Basuras 0,070 56,39 0,90 62,65

2. Potencialmente peligrosos y otros 0,040 32,22 0,50 64,44

TOTAL estimación 0,110 88,61 127,09

A.2.: RCDs Nivel II

A.1.: RCDs Nivel II

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN

1.3.- Medidas de segregación "in situ" previstas (clasificación/selección). En base al artículo 5.5 del RD 105/2008, los residuos de construcción y demolición deberán separase en fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades:

Hormigón 160,00 T Ladrillos, tejas, cerámicos 80,00 T Metales 4,00 T Madera 2,00 T Vidrio 2,00 T Plásticos 1,00 T Papel y cartón 1,00 T

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Medidas empleadas (se marcan las casillas según lo aplicado) X Eliminación previa de elementos desmontables y/o peligrosos

Derribo separativo / segregación en obra nueva (ej.: pétreos, madera, metales, plásticos + cartón + envases, orgánicos, peligrosos…). Solo en caso de superar las fracciones establecidas en el artículo 5.5 del RD 105/2008

X Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva “todo mezclado”, y posterior tratamiento en planta

Los contenedores o sacos industriales empleados cumplirán las especificaciones del artículo 6 de la Orden 2690/2006 de 28 de Julio, de la Conserjería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición. 1.4.- Previsión de operaciones de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos (en este caso se identificará el destino previsto) Se marcan las operaciones previstas y el destino previsto inicialmente para los materiales (propia obra o externo)

OPERACIÓN PREVISTA DESTINO INICIAL

x No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado

Externo

x Reutilización de tierras procedentes de la excavación Relleno zanjas

Reutilización de residuos minerales o pétreos en áridos reciclados o en urbanización

Reutilización de materiales cerámicos Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio… Reutilización de materiales metálicos Otros (indicar)

1.5.- Previsión de operaciones de valorización "in situ" de los residuos generados. Se marcan las operaciones previstas y el destino previsto inicialmente para los materiales (propia obra o externo)

OPERACIÓN PREVISTA

x No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado

Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía Recuperación o regeneración de disolventes Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que utilizan no disolventes Reciclado o recuperación de metales o compuestos metálicos Reciclado o recuperación de otras materias orgánicas Regeneración de ácidos y bases Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Comisión 96/350/CE Otros (indicar)

1.6.- Destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorizables "in situ" (indicando características y cantidad de cada tipo de residuos) Las empresas de Gestión y tratamiento de residuos estarán en todo caso autorizadas para la gestión de residuos no peligrosos. Terminología: RCD: Residuos de la Construcción y la Demolición RSU: Residuos Sólidos Urbanos RNP: Residuos NO peligrosos RP: Residuos peligrosos

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A.1.: RCDs Nivel I

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN Tratamiento Destino Cantidad

x 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 162,00

17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 06 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 0,00

17 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 0,00

A.2.: RCDs Nivel II

RCD: Naturaleza no pétrea Tratamiento Destino Cantidad

1. Asfalto

17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01 Reciclado Planta de reciclaje RCD 40,28

2. Madera

x 17 02 01 Madera Reciclado Gestor autorizado RNPs 32,22

3. Metales

x 17 04 01 Cobre, bronce, latón Reciclado Gestor autorizado RNPs 2,01

x 17 04 02 Aluminio Reciclado 0,17

x 17 04 03 Plomo 0,60

x 17 04 04 Zinc 0,60

x 17 04 05 Hierro y Acero Reciclado 28,83

17 04 06 Estaño 0,00

x 17 04 06 Metales mezclados Reciclado 0,00

x 17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10 Reciclado 0,00

4. Papel

x 20 01 01 Papel Reciclado Gestor autorizado RNPs 2,42

5. Plástico

x 17 02 03 Plástico Reciclado Gestor autorizado RNPs 12,08

6. Vidrio

x 17 02 02 Vidrio Reciclado Gestor autorizado RNPs 4,03

7. Yeso

x 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01 Reciclado Gestor autorizado RNPs 1,61

RCD: Naturaleza pétrea Tratamiento Destino Cantidad

1. Arena Grava y otros áridos

01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04 07 Reciclado Planta de reciclaje RCD 0,00

x 01 04 09 Residuos de arena y arci l la Reciclado Planta de reciclaje RCD 32,22

2. Hormigón

x 17 01 01 Hormigón Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD 96,66

3. Ladrillos , azulejos y otros cerámicos

x 17 01 02 Ladrillos Reciclado Planta de reciclaje RCD 152,24

x 17 01 03 Tejas y materiales cerámicos Reciclado Planta de reciclaje RCD 131,70

x 17 01 07 Mezclas de hormigón, ladri l los, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en

el código 1 7 01 06. Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD 151,03

4. Piedra

x 17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03 Reciclado 40,28

RCD: Potencialmente peligrosos y otros Tratamiento Destino Cantidad

1. Basuras

x 20 02 01 Residuos biodegradables Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RSU 19,73

20 03 01 Mezcla de residuos municipales Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RSU 0,00

2. Potencialmente peligrosos y otros

17 01 06 mezcal de hormigón, ladri llos, tejas y materi laes cerámicos con sustancias peligrosas (SP's) Depósito Seguridad Gestor autorizado RPs 0,00

17 02 04 Madera, vidrio o plastico con sustancias peligrosas o contaminadas por el las Tratamiento Fco-Qco 0,00

x 17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitran de hulla Depósito / Tratamiento 1,29

x 17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados Depósito / Tratamiento 0,48

x 17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas Tratamiento Fco-Qco 0,32

17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitran de hulla y otras SP's Tratamiento Fco-Qco 0,00

17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto Depósito Seguridad 0,00

x 17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas Depósito Seguridad 0,32

17 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto Depósito Seguridad 0,00

17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's Tratamiento Fco-Qco 0,00

17 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercúrio Depósito Seguridad 0,00

x 17 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's Depósito Seguridad 0,32

x 17 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's Depósito Seguridad 0,32

17 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 03 Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,00

17 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's Tratamiento Fco-Qco Gestor autorizado RPs 0,00

17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas Tratamiento Fco-Qco 0,00

17 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas Depósito / Tratamiento 0,00

x 15 02 02 Absorventes contaminados (trapos,…) Depósito / Tratamiento 0,32

x 13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,…) Depósito / Tratamiento 0,64

x 16 01 07 Filtros de aceite Depósito / Tratamiento 0,32

20 01 21 Tubos fluorescentes Depósito / Tratamiento 0,00

16 06 04 Pilas alcalinas y salinas Depósito / Tratamiento 0,00

16 06 03 Pilas botón Depósito / Tratamiento 0,00

15 01 10 Envases vacíos de metal o plastico contaminado Depósito / Tratamiento 0,00

08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices Depósito / Tratamiento 0,00

14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados Depósito / Tratamiento 0,00

07 07 01 Sobrantes de desencofrantes Depósito / Tratamiento 0,00

15 01 11 Aerosoles vacios Depósito / Tratamiento 0,00

16 06 01 Baterías de plomo Depósito / Tratamiento 0,00

13 07 03 Hidrocarburos con agua Depósito / Tratamiento 0,00

17 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03 Depósito / Tratamiento Restauración / Vertedero 0,00

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1.7.- Planos de las instalaciones previstas Planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en la obra, planos que posteriormente podrán ser objeto de adaptación a las características particulares de la obra y sus sistemas de ejecución, siempre con el acuerdo de la dirección facultativa de la obra. En los planos se especifica la situación y dimensiones de:

x Bajantes de escombros

x Acopios y/o contenedores de los distintos RCDs (tierras, pétreos, maderas, plásticos, metales, vidrios, cartones…

x Zonas o contenedor para lavado de canaletas / cubetas de hormigón

x Almacenamiento de residuos y productos tóxicos potencialmente peligrosos

x Contenedores para residuos urbanos

Planta móvil de reciclaje “in situ”

x Ubicación de los acopios provisionales de materiales para reciclar como áridos, vidrios, madera o materiales cerámicos.

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GESTION DE RESIDUOS

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1.8.- Valoración del coste previsto para la correcta gestión de los RCDs Con carácter General: Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en obra. Gestión de residuos de construcción y demolición Gestión de residuos según RD 105/2008 y orden 2690/2006, realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores. La segregación, tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente por parte de empresas homologadas mediante contenedores o sacos industriales que cumplirán las especificaciones del artículo 6 de la Orden 2690/2006 de 28 de Julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción. Certificación de los medios empleados Es obligación del contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad de los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas. Limpieza de las obras Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto. Con carácter Particular: Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto (marcar aquellas que sean de aplicación)

X

Para los derribos: se realizarán actuaciones previas tales como apeos, apuntalamientos, estructuras auxiliares…para las partes o elementos peligroso, referidos tanto a la propia obra como a los edificios colindantes Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos contaminados y/o peligrosos tan pronto como sea posible, así como los elementos a conservar o valiosos (cerámicos, mármoles…). Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes accesibles de las instalaciones, carpinterías y demás elementos que lo permitan

X

El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales iguales o inferiores a 1m³, contadores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de resíduos

X El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…) que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

X

Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad, especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al menos 15cm a lo largo de toso su perímetro. En los mismos deberá figurar la siguiente información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor / envase y el número de inscripción en el registro de transportistas de residuos, creado en el art. 43 de la Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos. Esta información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos.

X El responsable de la obra ala que presta servício el contenedor adotará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la mismo. Los contadores permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.

X En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y procedimientos para la separación d cada tipo de RCD.

X

Se atenderán los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de licencia de obras…), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados. La Dirección de Obra será la responsable de tomar la última decisión y de su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

X

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos

X La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos que se hallen en una obra de derribo o

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de nueva planta se regirán conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases…) serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipal correspondiente.

X

Para el caso de los residuos con amianto se seguirán los pasos marcados por la Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos para poder considerarlos como peligroso o no peligrosos. En cualquier caso siempre se cumplirán los preceptos dictados por el RD 108/1991 de 1 de febrero sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, así como la legislación laboral al respecto.

X Los restos de lavado de canaletas / cubas de hormigón serán tratadas como escombros

X Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos

X Las tierras superficiales que pueden tener un uso posterior para jardinería o recuperación de los suelos degradados será retirada y almacenada durante el menor tiempo posible en cabellones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación y la contaminación con otros materiales.

1.9.- Valoración del coste previsto de la gestión correcta de los residuos de construcción y demolición, coste que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo aparte. A continuación se desglosa el capítulo presupuestario correspondiente a la gestión de los residuos de la obra, repartido en función del volumen de cada material.

Tipología RCDs Estimación (m³)

Precio gestión en

Planta / Vestedero /

Cantera / Gestor

(€/m³)

Importe (€)% del presupuesto

de Obra

Tierras y pétreos de la excavación 72,00 4,00 288,00 0,0632%

0,0632%

RCDs Naturaleza Pétrea 164,13 10,00 1.641,31 0,3603%

RCDs Naturaleza no Pétrea 48,19 10,00 481,87 0,1058%

RCDs Potencialmente peligrosos 51,79 10,00 517,92 0,1137%

0,5798%

0,00 0,0000%

0,00 0,0000%

455,50 0,1000%

3.384,61 0,7431%TOTAL PRESUPUESTO PLAN GESTION RCDs

B1.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel I

B2.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel II

B3.- % Presupuesto de Obra por costes de gestión, alquileres, etc…

B.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN

A.- ESTIMACIÓN DEL COSTE DE TRATAMIENTO DE LOS RCDs (calculo sin fianza)

A1 RCDs Nivel I

A2 RCDs Nivel II

Orden 2690/2006 CAM establece un límite mínimo del 0,2% del presuesto de la obra

Orden 2690/2006 CAM establece límites entre 40 - 60.000 €

Para los RCDs de Nivel I se utilizarán los datos de proyecto de la excavación, mientras que para los de Ninel II se emplean los datos del apartado 1.2 necesario. Se establecen en el apartado “B.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN” que incluye tres partidas: B1.- Porcentaje del presupuesto de obra que se asigna si el coste del movimiento de tierras y pétreos del proyecto supera el límite superior de la fianza (60.000 €) que establece la Orden 2690/2006. B2.- Porcentaje del presupuesto de obra asignado hasta completar el mínimo del 0,2% establecido en la Orden 2690/2006. B3.- Estimación del porcentaje del presupuesto del Plan de Gestión. Se establecen los precios de gestión acorde a lo establecido a la Orden 2690/2006. El contratista posteriormente se podrá ajustar a la realidad de los precios finales de contratación y especificar los costes de gestión de los RCDs de Nivel II por las categorías LER si así lo considerase necesario. Se establecen en el apartado “B.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN” que incluye tres partidas:

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B1.- Porcentaje del presupuesto de obra que se asigna si el coste del movimiento de tierras y pétreos del proyecto supera el límite superior de la fianza (60.000 €) que establece la Orden 2690/2006. B2.- Porcentaje del presupuesto de obra asignado hasta completar el mínimo del 0,2% establecido en la Orden 2690/2006. B3.- Estimación del porcentaje del presupuesto de obra del resto de costes de la Gestión de Residuos, tales como alquileres, portes, maquinaria, mano de obra y medios auxiliares en general. CONCLUSIÓN Con todo lo anteriormente expuesto, junto con los planos que acompañan la presente memoria y el presupuesto reflejado, los técnicos que suscriben entienden que queda suficientemente desarrollado el Plan de Gestión de Residuos para el proyecto reflejado en su encabezado.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez

Arquitecto

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CTE Normativa Técnica de Aplicación NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1ºA). Uno del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción.

ÍNDICE 0.- Normas de Carácter General

1.- Estructuras 1.1.- Acciones en la Edificación 1.2.- Acero 1.3.- Fábrica 1.4.- Madera 1.5.- Hormigón

2.- Instalaciones 2.1.- Agua 2.2.- Ascensores 2.3.- Audiovisuales, Antenas y Telecomunicaciones 2.4.- Calefacción, Climatización, Agua Caliente Sanitaria y Gas 2.5.- Electricidad 2.6.- Instalaciones de Protección Contra Incendios 2.7.- Residuos

3.- Protección 3.1.- Aislamiento Acústico 3.2.- Aislamiento Térmico 3.3.- Protección frente a la Humedad 3.4.- Protección Contra Incendios 3.5.- Seguridad y Salud en las Obras de Construcción 3.6.- Seguridad de Utilización

4.- Barreras Arquitectónicas

5.- Varios 5.1.- Instrucciones y Pliegos de Recepción 5.2.- Otros

RELACIÓN DE NORMATIVA 0.- NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN L.O.E. - LEY 38/1999, de 5-NOV del Ministerio de Fomento - B.O.E. : 6-NOV-1999

MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA L.O.E. - LEY 53/2002, de 30-DIC(Art. 105), de la Jefatura del Estado - B.O.E.: 31-DIC-2002

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR, del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 314/2006, DE 17 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 1371/2007, de 19-OCT, del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 23-OCT-2007 - Corrección de errores y erratas: 25-ENE-2008

NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN. - DECRETO 462/1971 de 11-MAR, del Ministerio de la Vivienda - B.O.E. : 24-MAR-1971. - MODIFICADO por RD 129/1985, de 23-ENE. B.O.E.: 7-FEB-1985

1.- ESTRUCTURAS

1.1.- ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN

CTE. DB-SE. SEGURIDAD ESTRUCTURAL - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CTE. DB-SE-AE. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006 CTE. DB-SE-C. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: CIMIENTOS - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSR-02).

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Página 140

- REAL DECRETO 997/2002, de 27-SEP, del Ministerio de Fomento - B.O.E.: 11-OCT-2002

1.2.- ACERO CTE. DB-SE-A. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: ACERO - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006 1.3.- FÁBRICA CTE. DB-SE-F. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: FÁBRICA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

1.4.- MADERA CTE. DB-SE-M. SEGURIDAD ESTRUCTURAL: MADERA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006 1.5.- HORMIGÓN INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE-08)

- REAL DECRETO 1247/2008, de 18-JUL, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 22-AGO-2008 - Corrección de errores B.O.E.: 24-DIC-2009

2.- INSTALACIONES 2.1.- AGUA CTE. DB-HS4. SALUBRIDAD: SUMINISTRO DE AGUA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CTE. DB-HS5. SALUBRIDAD: EVACUACIÓN DE AGUAS - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CONTADORES DE AGUA FRÍA. - ORDEN de 28-DIC-1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 6-MAR-1989

CONTADORES DE AGUA CALIENTE. - ORDEN de 30-DIC-1988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 30-ENE-1989

2.2.- ASCENSORES REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN (SÓLO ESTÁN VIGENTES LOS ARTÍCULOS 10 A 15, 19 Y 23)

- REAL DECRETO 2291/1985, de 8-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 11-DIC-1985. DEROGADO el 30-JUN-1999, con excepción de los art. 10-15, 19 Y 23.

INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTRO-MECÁNICOS. - ORDEN de 23-SEP-1987, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 6-OCT-1987. - Corrección errores: 12-MAY-1988.

MODIFICACIÓN DE LA ITC-MIE-AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS - ORDEN de 12-SEP-1991, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. - B.O.E.: 17-SEP-1991. - Corrección errores: 12-OCT-1991.

DEROGADAS ESTAS ORDENES EL 30-JUN-99, CON EXCEPCIÓN DE LOS PRECEPTOS DE LA ITC MIE-AEM 1 A LOS QUE SE REMITEN LOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO QUE SIGUEN VIGENTES (ART. 10-15, 19 Y 23).

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC MIE-AEM 1, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN. -RESOLUCIÓN de 27-ABR-1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. - B.O.E.: 15-MAY-1992.

DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE SOBRE ASCENSORES. - REAL DECRETO 1314/1997 de 01-AGO-97, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 30-SEP-1997 - Corrección de errores: B.O.E.- 28-JUL-1998

OBLIGATORIEDAD DE INSTALAR PUERTAS EN CABINAS, SISTEMAS DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA Y DISPOSITIVOS DE PETICIÓN DE SOCORRO, PARA LOS ASCENSORES QUE CARECEN DE ESTOS ELEMENTOS. - ORDEN de 21-DIC-98, de la Comunidad de Castilla y León - B.O.C. y L.: 20-ENE-99 - Corrección de errores: 26-ABR-99

MODIFICADA por - ORDEN de 16-NOV-2001 - B.O.C.y L.: 11-DIC-2001

PRESCRIPCIONES PARA EL INCREMENTO DE LA SEGURIDAD DEL PARQUE DE ASCENSORES EXISTENTE - REAL DECRETO 57/2005, de 21-ENE, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio - B.O.E.: 4-FEB-2005 - Entrada en vigor: A los seis meses de su publicación en el BOE

APARATOS ELEVADORES HIDRÁULICOS. - ORDEN de 30-JUL-74. del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 9-AGO-74

ASCENSORES SIN CUARTOS DE MÁQUINAS. - RESOLUCIÓN de 3-ABR-97. de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-ABR-97 - Corrección de errores: 23-MAY-97

ASCENSORES CON MÁQUINA EN FOSO - RESOLUCIÓN de 10-SEP-98, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial - B.O.E.: 25-SEP-98

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Página 141

2.3.- AUDIOVISUALES, ANTENAS Y TELECOMUNICACIONES INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

- REAL DECRETO-LEY 1/1998, de 27-FEB, de la Jefatura del Estado - B.O.E. 28-FEB-1998

REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. - REAL DECRETO 346/2011, de 11-MAR

DESARROLLO DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. - ORDEN ITC/1644/2011, de 10-JUN - B.O.E.: 16-JUN-2011

LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES - Ley 32/2003, de 3-NOV, de la Jefatura del Estado - B.O.E.: 4-NOV-2003

2.4.- CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA Y GAS REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE)

- REAL DECRETO 1027/2007, de 20-JUL, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 29-AGO-2007

CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS.

- REAL DECRETO 865/2003, de 4-JUL, del Ministerio de Sanidad y Consumo con rango de norma básica - B.O.E.: 18-JUL-2003

REGLAMENTO DE INSTALACIONES PETROLÍFERAS - REAL DECRETO 2085/1994, de 20-OCT, del Ministerio de Industria y Energía

INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP 03 “INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO” - REAL DECRETO 1427/1997, de 15-SEP, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-OCT-1997 - Corrección de errores: 24-ENE-1998

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES PETROLÍFERAS Y DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP-03 Y MI-IP-04. - REAL DECRETO 1523/1999, de 1-OCT, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-OCT-1999

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMÉSTICOS, COLECTIVOS O COMERCIALES. - REAL DECRETO 1853/1993, de 27-OCT. del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 24-NOV-1993 - Corrección errores: 8-MAR-1994

INSTRUCCIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES COMBUSTIBLES. - ORDEN de 17-DIC-1985, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 9-ENE-1986 - Corrección errores: 26-ABR-1986

REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (GLP) EN DEPÓSITOS FIJOS. - ORDEN de 29-ENE-1986, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-FEB-1986 - Corrección errores: 10-JUN-1986

REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES "MIG" - ORDEN de 18-NOV-1974, del Ministerio de Industria - B.O.E.: 6-DIC-1974

MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS 5.1 y 6.1 DEL REGLAMENTO ANTES CITADO. - ORDEN de 26-OCT-1983, del Ministerio de Industria y Energía

- B.O.E.: 8-NOV-1983 - Corrección errores: 23-JUL-1984

MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-5.1, 5.2, 5.5 y 6.2. - ORDEN de 6-JUL-1984, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-JUL-1984

MODIFICACION DEL APARTADO 3.2.1. - B.O.E.: 21-MAR-1994

MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-R.7.1, ITC-MIG-R.7.2. - ORDEN de 29-MAY-1998, del Ministerio de Industria y Energía -B.O.E.: 11-JUN-1998.

SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES DE GAS - ORDEN ICT/61/2003, de 23 de enero, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León - B.O.C. y L.: 5-FEB-2003

CTE. DB-HE4. AHORRO DE ENERGÍA: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CTE. DB-HS3. SALUBRIDAD: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS - REAL DECRETO 235/2013, de 5-ABR, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 13-ABR-2013

2.5.- ELECTRICIDAD REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. "REBT"

- REAL DECRETO 842/2002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología - B.O.E.: 18-SEP-2002

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Página 142

AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO.

- RESOLUCIÓN de 18-ENE-88, de la Dirección General de Innovación Industrial - B.O.E.: 19-FEB-88

CTE. DB-HE3. AHORRO DE ENERGÍA: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CTE. DB-HE5. AHORRO DE ENERGÍA: CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda

- B.O.E.: 28-MAR-2006 2.6.- INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.

- REAL DECRETO 1942/1993, de 5-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 14-DIC-1993 - Corrección de errores: 7-MAY-1994

NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1942/1993, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y SE REVISA EL ANEXO I Y LOS APÉNDICES DEL MISMO

- ORDEN 16-ABR-1998, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 28-ABR-1998

2.7.- RESIDUOS CTE. DB-HS2. SALUBRIDAD: RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

3.- PROTECCIÓN

3.1.- AISLAMIENTO ACÚSTICO DOCUMENTO BÁSICO "DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO" DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 1371/2007, de 19-OCT, del Ministerio de Vivienda

- B.O.E.: 23-OCT-2007 - Corrección de errores BOE: 20-DIC-2007

LEY DEL RUIDO

- LEY 37/2003, de 17-NOV, de la Jefatura del Estado - B.O.E.: 18-NOV-2003

DESARROLLO DE LA LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL RUIDO, EN LO REFERENTE A ZONIFICACIÓN ACÚSTICA, OBJETIVOS DE CALIDAD Y EMISIONES ACÚSTICAS - REAL DECRETO 1367/2007, de 19-OCT, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 23-OCT-2007

EVALUACIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL - REAL DECRETO 1513/2005, de 16-DIC, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 17-DIC-2005

3.2.- AISLAMIENTO TÉRMICO CTE. DB-HE1. AHORRO DE ENERGÍA: LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006 3.3.- PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD CTE. DB-HS1. SALUBRIDAD: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006 3.4.- PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CTE. DB-SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO - REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 28-MAR-2006

CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA AL FUEGO - REAL DECRETO 312/2005, de 18-MAR, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 2-ABR-2005

3.5.- SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

- REAL DECRETO 1627/1997, de 24-OCT, del Ministerio de la Presidencia. - B.O.E.: 25-OCT-1997

MODIFICACIÓN DEL APARTADO C.5 DEL ANEXO IV - REAL DECRETO 2177/2004, de 12-NOV, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 13-NOV-2004

MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1627/1997, DE 24-OCT - REAL DECRETO 604/2006, de 19-MAY, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 29-MAY-2006

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - LEY 31/1995, de 8-NOV, de la Jefatura del Estado - B.O.E.: 10-NOV-1995

DESARROLLO DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES - REAL DECRETO 171/2004, de 30-ENE, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

- B.O.E.: 31-ENE-2004

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Página 143

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN - REAL DECRETO 39/1997, de 17-ENE, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

- B.O.E.: 31-ENE-1997

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. - REAL DECRETO 780/1998, de 30-ABR, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - B.O.E.: 1-MAY-1998

SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO. - REAL DECRETO 485/1997, de 14-ABR. del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - B.O.E.: 23-ABR-1997

MANIPULACIÓN DE CARGAS - REAL DECRETO 487/1997, de 14-ABR, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - B.O.E.: 23-ABR-1997

UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL - REAL DECRETO 773/1997, de 30-MAY - B.O.E.: 12-JUN-1997

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO - REAL DECRETO 1215/1997, de 18-JUL - B.O.E.: 7-AGO-1997

MODIFICACIÓN EN MATERIA DE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA - REAL DECRETO 2177/2004, de 12-NOV, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 13-NOV-2004

PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA RIESGOS RELACIONADOS CON AGENTES QUÍMICOS DURANTE EL TRABAJO - REAL DECRETO 374/2001, de 6-ABR, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 1-MAY-2001

DISPOSICIONES MÍNIMAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE AL RIESGO ELÉCTRICO - REAL DECRETO 614/2001, de 8-JUN, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 21-JUN-2001

PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS O QUE PUEDAN DERIVARSE DE LA EXPOSICIÓN A VIBRACIONES MECÁNICAS - REAL DECRETO 1311/2005, de 4-NOV, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - B.O.E.: 5-NOV-2005

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES A LOS TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO - REAL DECRETO 396/2006, de 31-MAR, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 11-ABR-2006

REGULACIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN - LEY 32/2006, de 18-OCT - B.O.E.: 19-OCT-2006

DESARROLLO DE LA LEY 32/2006, DE 18 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN - REAL DECRETO 1109/2007, de 24-AGO, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - B.O.E.: 25-AGO-2007 - Corrección de errores B.O.E.: 12-SEP-2007

3.6.- SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD

CTE. DB-SUA. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD - REAL DECRETO 173/2010, de 19-FEB del Ministerio de Vivienda - B.O.E.: 11-MAR-2010

4.- BARRERAS ARQUITECTÓNICAS ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS - LEY 3/1998, de 24-JUN, de Presidencia de la Comunidad de Castilla y León

- B.O.C.y L. nº 123: 1-JUL-1998 - MODIFICADA por Ley de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas. LEY 11/2000, de 28-DIC. B.O.C.y L.: 30-DIC-2000

REGLAMENTO DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS - DECRETO 217/2001, de 30-AGO, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social. Comunidad de Castilla y León - B.O.C.y L. nº 172: 4-SEP-2001

ESTABLECIMIENTO DEL MÓDULO DE REFERENCIA PARA DETERMINAR LA CONDICIÓN DE "BAJO COSTE" EN LA CONVERTIBILIDAD DE LOS EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES - ORDEN FAM/1876/2004, de 18-NOV, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Comunidad de Castilla y León - B.O.C.yL.: 20-DIC-2004

INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVÁLIDOS (Titulo IX, Artículos 54 a 61) - LEY 13/1982, de 7-ABR - B.O.E.: 30-ABR-1982

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY 51/2003, de 2-DIC - B.O.E.: 3-DIC-2003

CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS Y EDIFICACIONES - REAL DECRETO 505/2007, de 20-ABR, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 11-MAY-2007 - Las condiciones básicas serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2010

5.- VARIOS 5.1.- INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN

INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS "RC-03". - REAL DECRETO 1797/2003, de 26-DIC, del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 16-ENE-2004 - Corrección de errores: 13-MAR-2004

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Página 144

INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIÓN DE SUELOS “RCA-92”. - Orden de 18-DIC-92 del Mº de Obras Publicas y T. - B.O.E. 26-DIC-1992 - Obligatoria observancia en todas las obras de estabilización de suelos de la Administración del Estado

5.2.- OTROS CASILLEROS POSTALES

REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES. - REAL DECRETO 1829/1999, de 3-DIC-1999, del Ministerio de Fomento - B.O.E.: 31-DIC-1999

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez

Arquitecto

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 145

PCC Plan de Control de Calidad Se redacta el presente Plan de Control de Calidad como anejo del proyecto reseñado a continuación con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el RD 314/2006, de 17 de marzo por el que se aprueba el CTE modificado por RD 1371/2007 y RD 410/2010

Proyecto: DE IMPLANTACIÓN DE UNIDAD DE CONVIVENCIA EN PLANTA 2ª DE LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES “ARMUNIA”

Emplazamiento: C/ JORGE MANRIQUE 15. LEÓN Promotor: JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Arquitecto: ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ

El presente documento pretende establecer una pauta formal a la cual se ajustarían las actuaciones de control de calidad de las que sus objetivos serían la realización de pruebas y ensayos, en base a cuyos resultados la Dirección Facultativa pueda tomar sus decisiones en forma objetiva. La relación de controles aquí reseñada podrá ser incrementada si la Dirección Facultativa lo estimase oportuno durante la ejecución de la obra.

La empresa adjudicataria estará obligada a realizar aquellos ensayos, pruebas y análisis de materiales y unidades de obra que sean obligatorios por normativa y aquellos que la Dirección Facultativa le exija hasta un importe máximo del 1 por 100 del presupuesto de la obra de acuerdo con lo establecido en la cláusula 38 del Pliego de Cláusulas Generales para la Contratación de Obras del Estado. Se incluye anexo con su valoración. El control de calidad de las obras incluye:

A. El control de recepción de productos

B. El control de la ejecución

C. El control de la obra terminada

Para ello:

El director de la ejecución de la obra recopilará la documentación del control realizado, verificando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones.

El constructor recabará de los suministradores de productos y facilitará al director de obra y al director de la ejecución de la obra la documentación de los productos anteriormente señalada, así como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantías correspondientes cuando proceda; y

La documentación de calidad preparada por el constructor sobre cada una de las unidades de obra podrá servir, si así lo autorizara el director de la ejecución de la obra, como parte del control de calidad de la obra.

Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento del control será depositada por el director de la ejecución de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Publica competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legítimo.

A. CONTROL DE RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS

El control de recepción tiene por objeto comprobar las características técnicas mínimas exigidas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen de forma permanente en el edificio proyectado, así como sus condiciones de suministro, las garantías de calidad y el control de recepción.

Durante la construcción de las obras el director de la ejecución de la obra realizará los siguientes controles:

1. Control de la documentación de los suministros

Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará al director de la ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 146

- Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.

- El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física.

- Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.

- En el caso de hormigones estructurales el control de documentación se realizará de acuerdo con el apartado. 79.3.1. de la EHE, facilitándose los documentos indicados antes, durante y después del suministro.

2. Control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad

El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

- Los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.3 del capítulo 2 del CTE.

- Las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.5 del capítulo 2 del CTE, y la constancia del mantenimiento de sus características técnicas.

- El procedimiento para hormigones estructurales es el indicado en el apartado 79.3.2. de la EHE.

El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.

3. Control mediante ensayos

Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa.

La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.

Para el caso de hormigones estructurales el control mediante ensayos se realizará conforme con el apartado 79.3.3.

HORMIGONES ESTRUCTURALES: El control se hará conforme lo establecido en el capítulo 16 de la Instrucción EHE.

En el caso de productos que no dispongan de marcado CE, la comprobación de su conformidad comprenderá:

a) un control documental, según apartado 84.1

b) en su caso, un control mediante distintivos de calidad o procedimientos que garanticen un nivel de garantía adicional equivalente, conforme con lo indicado en el artículo 81º, y

c) en su caso, un control experimental, mediante la realización de ensayos.

Para los materiales componentes del hormigón se seguirán los criterios específicos de cada apartado del artículo 85º

La conformidad de un hormigón con lo establecido en el proyecto se comprobará durante su recepción en la obra, e incluirá su comportamiento en relación con la docilidad, la resistencia y la durabilidad, además de cualquier otra característica que, en su caso, establezca el pliego de prescripciones técnicas particulares.

El control de recepción se aplicará tanto al hormigón preparado, como al fabricado en central de obra e incluirá una serie de comprobaciones de carácter documental y experimental, según lo indicado en el artículo 86 de la EHE.

El control de la conformidad de un hormigón se realizará con los criterios del art. 86, tanto en los controles previos al suministro (86.4) durante el suministro (86.5) y despues del suministro.

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CONTROL PREVIO AL SUMINISTRO

Se realizarán las comprobaciones documentales, de las instalaciones y experimentales indicadas en los apartados del art. 86.4 no siendo necesarios los ensayos previos, ni los característicos de resistencia, en el caso de un hormigón preparado para el que se tengan documentadas experiencias anteriores de su empleo en otras obras, siempre que sean fabricados con materiales componentes de la misma naturaleza y origen, y se utilicen las mismas instalaciones y procesos de fabricación.

Además, la Dirección Facultativa podrá eximir también de la realización de los ensayos característicos de dosificación a los que se refiere el Anejo nº 22 cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) el hormigón que se va a suministrar está en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido,

b) se disponga de un certificado de dosificación, de acuerdo con lo indicado en el Anejo nº 22, con una antigüedad máxima de seis meses

CONTROL DURANTE EL SUMINISTRO

Se realizarán los controles de documentación, de conformidad de la docilidad y de resistencia del apartado 86.5.2

Modalidades de control de la conformidad de la resistencia del hormigón durante el suministro:

a) Modalidad 1: Control estadístico (art. 86.5.4.). Esta modalidad de control es la de aplicación general a todas las obras de hormigón estructural.

Para el control de su resistencia, el hormigón de la obra se dividirá en lotes de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla, salvo excepción justificada bajo la responsabilidad de la Dirección Facultativa. El número de lotes no será inferior a tres. Correspondiendo en dicho caso, si es posible, cada lote a elementos incluidos en cada columna.

HORMIGONES SIN DISTINTIVO DE CALIDAD OFICIALMENTE RECONOCIDO

Límite superior Tipo de elemento estructural

Elementos comprimidos Elementos flexionados Macizos Volumen hormigón 100 m3 100 m3 100 m3 Tiempo hormigonado 2 semanas 2 semanas 1 semana Superficie construida 500 m2 1.000 m2 - Nº de plantas 2 2 -

HORMIGONES CON DISTINTIVO DE CALIDAD OFICIALMENTE RECONOCIDO CON NIVEL DE GARANTÍA

SEGÚN APARTADO 5.1 DEL ANEJO 19 DE LA EHE

Límite superior Tipo de elemento estructural

Elementos comprimidos Elementos flexionados Macizos Volumen hormigón 500 m3 500 m3 500 m3 Tiempo hormigonado 10 semanas 10 semanas 5 semanas Superficie construida 2.500 m2 5.000 m2 - Nº de plantas 10 10 -

HORMIGONES CON DISTINTIVO DE CALIDAD OFICIALMENTE RECONOCIDO CON NIVEL DE GARANTÍA

SEGÚN APARTADO 6 DEL ANEJO 19 DE LA EHE

Límite superior Tipo de elemento estructural

Elementos comprimidos Elementos flexionados Macizos Volumen hormigón 200 m3 200 m3 200 m3 Tiempo hormigonado 4 semanas 4 semanas 2 semanas Superficie construida 1.000 m2 2.000 m2 - Nº de plantas 4 4 -

En ningún caso, un lote podrá estar formado por amasadas suministradas a la obra durante un período de tiempo superior a seis semanas.

Los criterios de aceptación de la resistencia del hormigón para esta modalidad de control, se definen en el apartado 86.5.4.3 según cada caso. b) Modalidad 2: Control al 100 por 100 (art. 86.5.5.) Esta modalidad de control es de aplicación a

cualquier estructura, siempre que se adopte antes del inicio del suministro del hormigón.

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 148

La comprobación se realiza calculando el valor de fc,real (resistencia característica real) que corresponde al cuantil 5 por 100 en la distribución de la resistencia a compresión del hormigón suministradoen todas las amasadas sometidas a control.

El criterio de aceptación es el siguiente: fc,real ≥ fck

c) Modalidad 3: Control indirecto de la resistencia del hormigón (art. 86.5.6.) En el caso de elementos de hormigón estructural, esta modalidad de control sólo podrá aplicarse para hormigones en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, que se empleen en uno de los siguientes casos:

- elementos de edificios de viviendas de una o dos plantas, con luces inferiores a 6,00 metros, o

- elementos de edificios de viviendas de hasta cuatro plantas, que trabajen a flexión, con luces inferiores a 6,00 metros.

Además, será necesario que se cumplan las dos condiciones siguientes:

i) que el ambiente en el que está ubicado el elemento sea I ó II según lo indicado en el apartado 8.2,

ii) que en el proyecto se haya adoptado una resistencia de cálculo a compresión fcd no superior a 10 N/mm2.

Se aceptará el hormigón suministrados se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Los resultados de consistencia cumplen lo indicado

b) Se mantiene, en su caso, la vigencia del distintivo de calidad para el hormigón empleado durante la totalidad del período de suministro de la obra.

c) Se mantiene, en su caso, la vigencia del reconocimiento oficial del distintivo de calidad.

CERTIFICADO DEL HORMIGÓN SUMINISTRADO

Al finalizar el suministro de un hormigón a la obra, el Constructor facilitará a la Dirección Facultativa un certificado de los hormigones suministrados, con indicación de los tipos y cantidades de los mismos, elaborado por el Fabricante y firmado por persona física con representación suficiente, cuyo contenido será conforme a lo establecido en el Anejo nº 21 de la Instrucción EHE

ARMADURAS:La conformidad del acero cuando éste disponga de marcado CE, se comprobará mediante la verificación documental de que los valores declarados en los documentos que acompañan al citado marcado CE permiten deducir el cumplimiento de las especificaciones contempladas en el proyecto y en el artículo 32º de la EHE para armaduras pasivas y artículo 34º para armaduras activas..

Mientras no esté vigente el marcado CE para los aceros corrugados destinados a la elaboración de armaduras para hormigón armado, deberán ser conformes con lo expuesto en la EHE.

CONTROL DE ARMADURAS PASIVAS: se realizará según lo dispuesto en los art. 87 y 88 de la EHE respectivamente

En el caso de armaduras elaboradas en la propia obra, la Dirección Facultativa comprobará la conformidad de los productos de acero empleados, de acuerdo con lo establecido en el art. 87.

El Constructor archivará un certificado firmado por persona física y preparado por elSuministrador de las armaduras, que trasladará a la Dirección Facultativa al final de la obra, enel que se exprese la conformidad con esta Instrucción de la totalidad de las armadurassuministradas, con expresión de las cantidades reales correspondientes a cada tipo, así comosu trazabilidad hasta los fabricantes, de acuerdo con la información disponible en ladocumentación que establece la UNE EN 10080.

En el caso de que un mismo suministrador efectuara varias remesas durante variosmeses, se deberá presentar certificados mensuales el mismo mes, se podrá aceptar un únicocertificado que incluya la totalidad de las partidas suministradas durante el mes de referencia.

Asimismo, cuando entre en vigor el marcado CE para los productos de acero, elSuministrador de la armadura facilitará al Constructor copia del certificado de conformidadincluida en la documentación que acompaña al citado marcado CE.

En el caso de instalaciones en obra, el Constructor elaborará y entregará a la DirecciónFacultativa un certificado equivalente al indicado para las instalaciones ajenas a la obra.

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CONTROL DEL ACERO PARA ARMADURAS ACTIVAS:Cuando el acero para armaduras activas disponga de marcado CE, su conformidad se comprobará mediante la verificación documental de que los valores declarados en los documentos que acompañan al citado marcado CE permiten deducir el cumplimiento de las especificaciones contempladas en el proyecto y en el artículo 34º de esta Instrucción.

Mientras el acero para armaduras activas, no disponga de marcado CE, se comprobará su conformidad de acuerdo con los criterios indicados en el art. 89 de la EHE.

ELEMENTOS Y SISTEMAS DE PRETENSADO Y DE LOS ELEMENTOS PREFABRICADOS:el control se realizará según lo dispuesto en el art. 90 y 91 respectivamente.

ESTRUCTURAS DE ACERO:

Control de los Materiales

En el caso venir con certificado expedido por el fabricante se controlará que se corresponde de forma inequívoca cada elemento de la estructura con el certificado de origen que lo avala.

Para las características que no queden avaladas por el certificado de origen se establecerá un control mediante ensayos realizados por un laboratorio independiente.

En los casos que alguno de los materiales, por su carácter singular, carezcan de normativa nacional específica se podrán utilizar otras normativas o justificaciones con el visto bueno de la dirección facultativa.

Control de la Fabricación

El control se realizará mediante el control de calidad de la documentación de taller y el control de la calidad de la fabricación con las especificaciones indicadas en el apartado 12.4 del DB SE-A

ESTRUCTURAS DE FÁBRICA:

En el caso de que las piezas no tuvieran un valor de resistencia a compresión en la dirección del esfuerzo, se tomarán muestras según UNE EN771 y se ensayarán según EN 772-1:2002, aplicando el esfuerzo en la dirección correspondiente. El valor medio obtenido se multiplicará por el valor δ de la tabla 8.1 del DB SE-F, no superior a 1,00 y se comprobará que el resultado obtenido es mayor o igual que el valor de la resistencia normalizada especificada en el proyecto.

En cualquier caso, o cuando se haya especificado directamente la resistencia de la fábrica, podrá acudirse a determinar directamente esa variable a través de la EN 1052-1.

ESTRUCTURAS DE MADERA:

Comprobaciones: a) con carácter general: • aspecto y estado general del suministro; • que el producto es identificable y se ajusta a las especificaciones del proyecto. b) con carácter específico: se realizarán, también, las comprobaciones que en cada caso se consideren

oportunas de las que a continuación se establecen salvo, en principio, las que estén avaladas por los procedimientos reconocidos en el CTE;

• madera aserrada: - especie botánica: La identificación anatómica se realizará en laboratorio especializado; - Clase Resistente: La propiedad o propiedades de resistencia, rigidez y densidad, se especificarán según

notación y ensayos del apartado 4.1.2; - tolerancias en las dimensiones: Se ajustarán a la norma UNE EN 336 para maderas de coníferas. Esta

norma, en tanto no exista norma propia, se aplicará también para maderas de frondosas con los coeficientes de hinchazón y merma de la especie de frondosa utilizada;

- contenido de humedad: Salvo especificación en contra, debe ser ≤ 20% según UNE 56529 o UNE 56530. • tableros: - propiedades de resistencia, rigidez y densidad: Se determinarán según notación y ensayos del apartado

4.4.2;

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 150

- tolerancias en las dimensiones: Según UNE EN 312-1 para tableros de partículas, UNE EN 300 para tablero de virutas orientadas (OSB), UNE EN 622-1 para tableros de fibras y UNE EN 315 para tableros contrachapados;

• elementos estructurales de madera laminada encolada: - Clase Resistente: La propiedad o propiedades de resistencia, de rigidez y la densidad, se especificarán

según notación del apartado 4.2.2; - tolerancias en las dimensiones: Según UNE EN 390. • otros elementos estructurales realizados en taller. - Tipo, propiedades, tolerancias dimensionales, planeidad, contraflechas (en su caso): Comprobaciones

según lo especificado en la documentación del proyecto. • madera y productos derivados de la madera, tratados con productos protectores. - Tratamiento aplicado: Se comprobará la certificación del tratamiento. • elementos mecánicos de fijación. - Se comprobará la certificación del tipo de material utilizado y del tratamiento de protección.

Criterio general de no-aceptación del producto:

El incumplimiento de alguna de las especificaciones de un producto, salvo demostración de que no suponga riesgo apreciable, tanto de las resistencias mecánicas como de la durabilidad, será condición suficiente para la no-aceptación del producto y en su caso de la partida.

El resto de controles se realizarán según las exigencias de la normativa vigente de aplicación de la que se incorpora un listado por materiales y elementos constructivos.

CONTROL EN LA FASE DE RECEPCIÓN DE MATERIALES Y ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS 1. CEMENTOS Instrucción para la recepción de cementos (RC-08) Aprobada por el Real Decreto 956/2008, de 6 de junio, por el que se aprueba la instrucción para la recepción de cementos. • Artículos 6.Control de Recepción • Artículo 7. Almacenamiento • Anejo 4. Condiciones de suministro relacionadas con la recepción • Anejo 5. Recepción mediante la realización de ensayos • Anejo 6. Ensayos aplicables en la recepción de los cementos • Anejo 7. Garantías asociadas al marcado CE y a la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios. Cementos comunes Obligatoriedad del marcado CE para este material (UNE-EN 197-1), aprobada por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Cementos especiales Obligatoriedad del marcado CE para los cementos especiales con muy bajo calor de hidratación (UNE-EN 14216) y cementos de alto horno de baja resistencia inicial (UNE- EN 197- 4), aprobadas por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Cementos de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para los cementos de albañilería (UNE- EN 413-1, aprobada por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). 2. HORMIGÓN ARMADO Y PRETENSADO Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) Aprobada por Real Decreto 1429/2008 de 21 de agosto. (BOE 22/08/08) • Capítulo XVI. Control de la conformidad de los productos 3. ESTRUCTURAS METÁLICAS Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-A-Seguridad Estructural-Acero Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006). Epígrafe 12. Control de calidad • Epígrafe 12.3 Control de calidad de los materiales • Epígrafe 12.4 Control de calidad de la fabricación 4. ESTRUCTURAS DE MADERA Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-M-Seguridad Estructural-Madera Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006). Epígrafe 13. Control • Epígrafe 13.1 Suministro y recepción de los productos 5. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA

Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-F-Seguridad Estructural-Fábrica Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006). Epígrafe 8. Control de la ejecución • Epígrafe 8.1 Recepción de materiales 6. RED DE SANEAMIENTO Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HE Ahorro de Energía Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Epígrafe 6. Productos de construcción Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para uso en sistemas de drenaje Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13252), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001). Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. (Kits y válvulas de retención para instalaciones que contienen materias fecales y no fecales. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12050), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001). Tuberías de fibrocemento para drenaje y saneamiento. Pasos de hombre y cámaras de inspección Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 588-2), aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002). Juntas elastoméricas de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y drenaje (de caucho vulcanizado, de elastómeros termoplásticos, de materiales celulares de caucho vulcanizado y de poliuretano vulcanizado). Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 681-1, 2, 3 y 4) aprobada por Resolución de 16 de enero de 2003 (BOE 06/02/2003). Canales de drenaje para zonas de circulación para vehículos y peatonesObligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1433), aprobada porResolución de 12 de junio de 2003 (BOE 11/07/2003). Pates para pozos de registro enterrados Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13101), aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003). Válvulas de admisión de aire para sistemas de drenaje Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12380), aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003. (BOE 31/10/2003) Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibra de acero

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 151

Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1916), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Pozos de registro y cámaras de inspección de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibras de acero. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1917), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes. Fosas sépticas. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12566-1), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Escaleras fijas para pozos de registro. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14396), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). 7. CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS Sistemas y Kits de encofrado perdido no portante de bloques huecos, paneles de materiales aislantes o a veces de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (Guía DITE Nº 009), aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para uso en movimientos de tierras, cimentaciones y estructuras de construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13251), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001). Anclajes metálicos para hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, aprobadas por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002) y Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Anclajes metálicos para hormigón. Guía DITE Nº 001–1 ,2, 3 y 4. • Anclajes metálicos para hormigón. Anclajes químicos. Guía DITE

Nº 001-5. Apoyos estructurales Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Apoyos de PTFE cilíndricos y esféricos. UNE-EN 1337-7. • Apoyos de rodillo. UNE-EN 1337- 4. • Apoyos oscilantes. UNE-EN 1337-6. Aditivos para hormigones y pastas Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 y Resolución de 9 de noviembre de 2005 (BOE 30/05/2002 y 01/12/2005). • Aditivos para hormigones y pastas. UNE-EN 934-2 • Aditivos para hormigones y pastas. Aditivos para pastas para

cables de pretensado. UNE-EN 934-4 Ligantes de soleras continuas de magnesita. Magnesita cáustica y de cloruro de magnesio Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14016-1), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Áridos para hormigones, morteros y lechadas Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004). • Áridos para hormigón. UNE-EN 12620. • Áridos ligeros para hormigones, morteros y lechadas. UNE-EN

13055-1. • Áridos para morteros. UNE-EN 13139. Vigas y pilares compuestos a base de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 013; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Kits de postensado compuesto a base de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE EN 523), aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Vainas de fleje de acero para tendones de pretensado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 011; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). 8. ALBAÑILERÍA Cales para la construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 459-1), aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002). Paneles de yeso

Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002) y Resolución de 9 de Noviembre de 2005 (BOE 01712/2005). • Paneles de yeso. UNE-EN 12859. • Adhesivos a base de yeso para paneles de yeso. UNE-EN 12860. Chimeneas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13502), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003), Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) y Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Terminales de los conductos de humos arcillosos / cerámicos.

UNE-EN 13502. • Conductos de humos de arcilla cocida. UNE -EN 1457. • Componentes. Elementos de pared exterior de hormigón. UNE-

EN 12446 • Componentes. Paredes interiores de hormigón. UNE- EN 1857 • Componentes. Conductos de humo de bloques de hormigón.

UNE-EN 1858 • Requisitos para chimeneas metálicas. UNE-EN 1856-1 Kits de tabiquería interior (sin capacidad portante) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 003; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Especificaciones de elementos auxiliares para fábricas de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). • Tirantes, flejes de tensión, abrazaderas y escuadras. UNE-EN 845-

1. • Dinteles. UNE-EN 845-2. • Refuerzo de junta horizontal de malla de acero. UNE- EN 845-3. Especificaciones para morteros de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). • Morteros para revoco y enlucido. UNE-EN 998-1. • Morteros para albañilería. UNE-EN 998-2. 9. AISLAMIENTOS TÉRMICOS Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HE Ahorro de Energía Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) • 4 Productos de construcción • Apéndice C Normas de referencia. Normas de producto. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 12 de junio de 2003 (BOE 11/07/2003) y modificación por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE19/02/2005). • Productos manufacturados de lana mineral (MW). UNE-EN 13162 • Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS).

UNE-EN 13163 • Productos manufacturados de poliestireno extruido (XPS). UNE-

EN 13164 • Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano

(PUR). UNE-EN 13165 • Productos manufacturados de espuma fenólica (PF). UNE-EN

13166 • Productos manufacturados de vidrio celular (CG). UNE-EN 13167 • Productos manufacturados de lana de madera (WW). UNE-EN

13168 • Productos manufacturados de perlita expandida (EPB). UNE-EN

13169 • Productos manufacturados de corcho expandido (ICB). UNE-EN

13170 • Productos manufacturados de fibra de madera (WF). UNE-EN

13171 Sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 004; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Anclajes de plástico para fijación de sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 01; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). 10. AISLAMIENTO ACÚSTICO Norma Básica de la Edificación (NBE CA-88) «Condiciones acústicas de los edificios» (cumplimiento alternativo al DB HR hasta 23/10/08) Aprobada por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1988. (BOE 08/10/1988)

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• Artículo 21. Control de la recepción de materiales • Anexo 4. Condiciones de los materiales - 4.1. Características básicas exigibles a los materiales - 4.2. Características básicas exigibles a los materiales

específicamente acondicionantes acústicos - 4.3. Características básicas exigibles a las soluciones

constructivas - 4.4. Presentación, medidas y tolerancias - 4.5. Garantía de las características - 4.6. Control, recepción y ensayos de los materiales - 4.7. Laboratorios de ensayo Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HR. Protección frente al ruido. (obligado cumplimiento a partir 24/10/08) Aprobado por Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre. (BOE 23/10/07) - 4.1. Características exigibles a los productos - 4.3. Control de recepción en obra de productos 11. IMPERMEABILIZACIONES Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS1-Salubridad. Protección frente a la humedad. Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) • Epígrafe 4. Productos de construcción Sistemas de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 005; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas mecánicamente Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 006; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). 12. REVESTIMIENTOS Materiales de piedra natural para uso como pavimento Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002). • Baldosas. UNE-EN 1341 • Adoquines. UNE-EN 1342 • Bordillos. UNE-EN 1343 Adoquines de arcilla cocida Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1344) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Adhesivos para baldosas cerámicas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12004) aprobada por Resolución de 16 de enero (BOE 06/02/2003). Adoquines de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1338) aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004). Baldosas prefabricadas de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1339) aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004). Materiales para soleras continuas y soleras. Pastas autonivelantes Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13813) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003) Techos suspendidos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13964) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2004 (BOE 19/02/2004). Baldosas cerámicas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14411) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2004 (BOE 19/02/2004). 13. CARPINTERÍA, CERRAJERÍA Y VIDRIERÍA Dispositivos para salidas de emergencia Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002). • Dispositivos de emergencia accionados por una manilla o un

pulsador para salidas de socorro. UNE-EN 179 • Dispositivos antipánico para salidas de emergencias activados

por una barra horizontal. UNE-EN 1125 Herrajes para la edificación Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados,

aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE

28/04/2003), Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002) y ampliado en Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

• Dispositivos de cierre controlado de puertas. UNE-EN 1154. • Dispositivos de retención electromagnética para puertas

batientes. UNE-EN 1155. • Dispositivos de coordinación de puertas. UNE-EN 1158. • Bisagras de un solo eje. UNE-EN 1935. • Cerraduras y pestillos. UNE -EN 12209. Tableros derivados de la madera para su utilización en la construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13986) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Sistemas de acristalamiento sellante estructural Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). • Vidrio. Guía DITE nº 002-1 • Aluminio. Guía DITE nº 002-2 • Perfiles con rotura de puente térmico. Guía DITE nº 002-3 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13241-1) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). Toldos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13561) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Fachadas ligeras Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13830) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). 14. PREFABRICADOS Productos prefabricados de hormigón. Elementos para vallas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002) y ampliadas por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005) • Elementos para vallas. UNE-EN 12839. • Mástiles y postes. UNE-EN 12843. Componentes prefabricados de hormigón armado de áridos ligeros de estructura abierta Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1520), aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 007; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Escaleras prefabricadas (kits) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 008; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de troncos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 012; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Bordillos prefabricados de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1340), aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) 15. INSTALACIONES � INSTALACIONES DE FONTANERÍA Y APARATOS SANITARIOS Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS 4 Suministro de agua Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) • Epígrafe 5. Productos de construcción Juntas elastoméricas de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y drenaje (de caucho vulcanizado, de elastómeros termoplásticos, de materiales celulares de caucho vulcanizado y de poliuretano vulcanizado) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 681-1, 2, 3 y 4), aprobada por Resolución de 16 de enero de 2003 (BOE 06/02/2003). Dispositivos anti-inundación en edificios Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13564), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Fregaderos de cocina

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Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13310), aprobada por Resolución de 9 de noviembre de 2005 (BOE 01/12/2005). Inodoros y conjuntos de inodoros con sifón incorporado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 997), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). � INSTALACIONES ELÉCTRICAS Columnas y báculos de alumbrado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003) y ampliada por resolución de 1 de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) • Acero. UNE-EN 40- 5. • Aluminio. UNE-EN 40-6 • Mezcla de polímeros compuestos reforzados con fibra. UNE-EN

40-7 � INSTALACIONES DE GAS Juntas elastoméricas empleadas en tubos y accesorios para transporte de gases y fluidos hidrocarbonados Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 682) aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002) Sistemas de detección de fuga Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 682) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004)

� INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y

VENTILACIÓN Sistemas de control de humos y calor Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) • Aireadores naturales de extracción de humos y calor. UNE-

EN12101- 2. • Aireadores extractores de humos y calor. UNE-ENE-12101-3. Paneles radiantes montados en el techo alimentados con agua a una temperatura inferior a 120ºC Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14037-1) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). Radiadores y convectores Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 442-1) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005) � INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Instalaciones fijas de extinción de incendios. Sistemas equipados con mangueras. Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002). • Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrígidas. UNE-

EN 671-1 • Bocas de incendio equipadas con mangueras planas. UNE-EN

671-2 Sistemas fijos de extinción de incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002), ampliada por Resolución de 28 de Junio de 2004 (BOE16/07/2004) y modificada por Resolución de 9 de Noviembre de 2005(BOE 01/12/2005). • Válvulas direccionales de alta y baja presión y sus actuadores

para sistemas de CO2. UNE-EN 12094-5. • Dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2. UNE-

EN 12094-6 • Difusores para sistemas de CO2. UNE-EN 12094-7 • Válvulas de retención y válvulas antiretorno. UNE-EN 12094-13 • Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos manuales

de disparo y paro. UNE-EN-12094-3. • Requisitos y métodos de ensayo para detectores especiales de

incendios. UNEEN-12094-9. • Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos de pesaje.

UNE-EN-12094- 11. • Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos neumáticos de

alarma. UNEEN- 12094-12 Sistemas de extinción de incendios. Sistemas de extinción por polvo Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12416-1 y 2) aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002

(BOE 31/10/2002) y modificada por Resolución de 9 de Noviembre de 2005 (BOE 01/12/2005). Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de rociadores y agua pulverizada. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002), ampliadas y modificadas por Resoluciones del 14 de abril de 2003(BOE 28/04/2003), 28 de junio de junio de 2004(BOE 16/07/2004) y 19 de febrero de 2005(BOE 19/02/2005). • Rociadores automáticos. UNE-EN 12259-1 • Conjuntos de válvula de alarma de tubería mojada y cámaras

de retardo. UNEEN 12259-2 • Conjuntos de válvula de alarma de tubería seca. UNE-EN 12259-

3 • Alarmas hidroneumáticas. UNE-EN-12259-4 • Componentes para sistemas de rociadores y agua pulverizada.

Detectores de flujo de agua. UNE-EN-12259-5 Sistemas de detección y alarma de incendios. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003), ampliada por Resolución del 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003). • Dispositivos de alarma de incendios-dispositivos acústicos. UNE-

EN 54-3. • Equipos de suministro de alimentación. UNE-EN 54-4. • Detectores de calor. Detectores puntuales. UNE-EN 54-5. • Detectores de humo. Detectores puntuales que funcionan

según el principio de luz difusa, luz trasmitida o por ionización. UNE-EN-54-7.

• Detectores de humo. Detectores lineales que utilizan un haz óptico de luz. UNE-EN-54-12.

Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI-93) Aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. (BOE 14/12/1993) Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 2 • Artículo 3 • Artículo 9 � COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE ELEMENTOS

CONSTRUCTIVOS Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SI Seguridad en Caso de Incendio Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) • Justificación del comportamiento ante el fuego de elementos

constructivos y los materiales (ver REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego).

REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego. � INSTALACIONES TÉRMICAS Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (Hasta el 28 de febrero de 2008) Aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio (BOE 05/08/1998), y modificado por Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre. (BOE 03/12/2004) Fase de recepción de equipos y materiales • ITE 04 - EQUIPOS Y MATERIALES - ITE 04.1 GENERALIDADES - ITE 04.2 TUBERÍAS Y ACCESORIOS - ITE 04.3 VÁLVULAS - ITE 04.4 CONDUCTOS Y ACCESORIOS - ITE 04.5 CHIMENEAS Y CONDUCTOS DE HUMOS - ITE 04.6 MATERIALES AISLANTES TÉRMICOS - ITE 04.7 UNIDADES DE TRATAMIENTO Y UNIDADES TERMINALES - ITE 04.8 FILTROS PARA AIRE - ITE 04.9 CALDERAS - ITE 04.10 QUEMADORES - ITE 04.11 EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE FRÍO - ITE 04.12 APARATOS DE REGULACIÓN Y CONTROL - ITE 04.13 EMISORES DE CALOR

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (A partir del 1 de marzo de 2008) REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. � INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD

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Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) Aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. (BOE 18/09/2002) • Artículo 6. Equipos y materiales • ITC-BT-06. Materiales. Redes aéreas para distribución en baja

tensión • ITC-BT-07. Cables. Redes subterráneas para distribución en baja

tensión � INSTALACIONES DE GAS Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (RIG) Aprobado por Real Decreto 1853/1993, de 22 de octubre. (BOE 24/11/1993) • Artículo 4. Normas. � INSTALACIONES DE INFRAESTRUCTURAS DE

TELECOMUNICACIÓN

Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones (RICT). Aprobado por Real Decreto 401/2003, de 4 de abril. (BOE 14/05/2003) Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 10. Equipos y materiales utilizados para configurar las

instalaciones � INSTALACIÓN DE APARATOS ELEVADORES Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores Aprobadas por Real Decreto 1314/1997 de 1 de agosto. (BOE 30/09/1997) Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 6. marcado «CE» y declaración «CE» de conformidad

B. CONTROL DE EJECUCIÓN

Durante la construcción, el director de la ejecución de la obra controlará la ejecución de cada unidad de obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, así como las verificaciones y demás controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislación aplicable, las normas de buena práctica constructiva y las instrucciones de la dirección facultativa. En la recepción de la obra ejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad que ostenten los agentes que intervienen, así como las verificaciones que, en su caso, realicen las entidades de control de calidad de la edificación.

Se comprobará que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

En el control de ejecución de la obra se adoptarán los métodos y procedimientos que se contemplen en las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, previstas en el artículo 5.2.5.

HORMIGONES ESTRUCTURALES: El control de la ejecución tiene por objeto comprobar que los procesos realizados durante la construcción de la estructura, se organizan y desarrollan de forma que la Dirección Facultativa pueda asumir su conformidad respecto al proyecto y de acuerdo con la EHE.

Antes de iniciar la ejecución de la estructura, la Dirección Facultativa, deberá aprobarel Programa de control que contendrá la programación del control de la ejecución e identificará, entre otros aspectos, losniveles de control, los lotes de ejecución, las unidades de inspección y las frecuencias de comprobación.

Se contemplan dos niveles de control:

a) Control de ejecución a nivel normal b) Control de ejecución a nivel intenso, que sólo será aplicable cuando el Constructor esté en posesión deun sistema de la calidad certificado conforme a la UNE-EN ISO 9001. El Programa de control aprobado por la Dirección Facultativa contemplará una divisiónde la obra en lotes de ejecución conformes con los siguientes criterios: a) se corresponderán con partes sucesivas en el proceso de ejecución de la obra, b) no se mezclarán elementos de tipología estructural distinta, que pertenezcan acolumnas diferentes en la tabla siguiente c) el tamaño del lote no será superior al indicado, en función del tipo de elementos

Elementos de cimentación

− Zapatas, pilotes y encepados correspondientes a 250 m2 de superficie − 50 m de pantallas

Elementos horizontales

− Vigas y Forjados correspondientes a 250 m2 de planta

Otros elementos − Vigas y pilarescorrespondientes a 500 m2de superficie, sin rebasarlas dos plantas − Muros de contencióncorrespondientes a 50 ml,sin superar ocho puestas − Pilares “in situ”correspondientes a 250 m2de forjado

Para cada proceso o actividad, se definirán las unidades de inspeccióncorrespondientes cuya dimensión o tamaño será conforme al indicado en la Tabla 92.5 de la EHE

Para cada proceso o actividad incluida en un lote, el Constructor desarrollará suautocontrol y la Dirección Facultativa procederá a su control externo, mediante la realizaciónde de un número de inspecciones que varía en función del nivel de control definido en elPrograma de control y de acuerdo con lo indicado en la tabla 92.6. de la EHE

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 155

El resto de controles, si procede se realizará de acuerdo al siguiente articulado de la EHE:

- Control de los procesos de ejecución previos a la colocación dela armadura (art.94), - Control del proceso de montaje de las armaduras pasivas (art.95), - Control de las operaciones de pretensado (art.96), - Control de los procesos de hormigonado (art. 97), - Control de procesos posteriores al hormigonado (art.98), - Control del montaje y uniones de elementos prefabricados (art.99),

Los diferentes controles se realizarán según las exigencias de la normativa vigente de aplicación de la que se incorpora un listado por elementos constructivos.

CONTROL EN LA FASE DE EJECUCIÓN DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS 1. HORMIGÓN ARMADO Y PRETENSADO Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) Aprobada por Real Decreto 1429/2008 de 21 de agosto. (BOE 22/08/08) • Capítulo XVII. Control de la ejecución 2. ESTRUCTURAS METÁLICAS Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-A-Seguridad Estructural-Acero Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006). Epígrafe 12. Control de calidad Fase de ejecución de elementos constructivos • Epígrafe 12.5 Control de calidad del montaje 3. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-F-Seguridad Estructural-Fábrica Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006). Epígrafe 8. Control de la ejecución Fase de ejecución de elementos constructivos • Epígrafe 8.2 Control de la fábrica • Epígrafe 8.3 Morteros y hormigones de relleno • Epígrafe 8.4 Armaduras • Epígrafe 8.5 Protección de fábricas en ejecución 4. IMPERMEABILIZACIONES Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS1-Salubridad. Protección frente a la humedad. Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de ejecución de elementos constructivos • Epígrafe 5 Construcción 5. AISLAMIENTO TÉRMICO Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HE Ahorro de Energía Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de ejecución de elementos constructivos • 5 Construcción • Apéndice C Normas de referencia. Normas de ensayo. 6. AISLAMIENTO ACÚSTICO Norma Básica de la Edificación (NBE CA-88) «Condiciones acústicas de los edificios» (cumplimiento alternativo al DB HR hasta 23/10/08) Aprobada por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1988. (BOE 08/10/1988) Fase de ejecución de elementos constructivos • Artículo 22. Control de la ejecución Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HR. Protección frente al ruido. (obligado cumplimiento a partir 24/10/08) Aprobado por Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre. (BOE 23/10/07) - 5.2. Control de la ejecución 7. INSTALACIONES � INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI-93) Aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. (BOE 14/12/1993) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 10 � INSTALACIONES TÉRMICAS

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (Hasta el 28 de febrero de 2008) Aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio (BOE 05/08/1998), y modificado por Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre. (BOE 03/12/2004) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 7. Proyecto, ejecución y recepción de las instalaciones • ITE 05 - MONTAJE - ITE 05.1 GENERALIDADES - ITE 05.2 TUBERÍAS, ACCESORIOS Y VÁLVULAS - ITE 05.3 CONDUCTOS Y ACCESORIOS

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (A partir del 1 de marzo de 2008) - REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

� INSTALACIONES DE GAS Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (RIG) Aprobado por Real Decreto 1853/1993, de 22 de octubre. (BOE 24/11/1993) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 4. Normas. � INSTALACIONES DE FONTANERÍA Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS 4 Suministro de agua Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de recepción de las instalaciones • Epígrafe 6. Construcción � RED DE SANEAMIENTO Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HE Ahorro de Energía Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de recepción de materiales de construcción Epígrafe 5. Construcción � INSTALACIONES DE INFRAESTRUCTURAS DE

TELECOMUNICACIÓN Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones (RICT). Aprobado por Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo. (BOE 16/06/2011) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 9. Ejecución del proyecto técnico Desarrollo del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones Aprobado por Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio. (BOE 16/06/2011) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 3. Ejecución del proyecto técnico

� INSTALACIÓN DE APARATOS ELEVADORES Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores Aprobadas por Real Decreto 1314/1997 de 1 de agosto. (BOE 30/09/1997) Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 6. marcado «CE» y declaración «CE» de conformidad

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 156

C. CONTROL DE LA OBRA TERMINADA Con el fin de comprobar las prestaciones finales del edificio en la obra terminada deben realizarse las verificaciones y pruebas de servicio establecidas en el proyecto o por la dirección facultativa y las previstas en el CTE y resto de la legislación aplicable que se enumera a continuación:

ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS 1. HORMIGÓN ARMADO Y PRETENSADO Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) Aprobada por Real Decreto 1429/2008 de 21 de agosto. (BOE 22/08/08) • Artículo 100. Control del elemento construido • Artículo 101. Controles de la estructura mediante ensayos de

información complementaria • Artículo 102 Control de aspectos medioambientales 2. AISLAMIENTO ACÚSTICO Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HR. Protección frente al ruido. (obligado cumplimiento a partir 24/10/08) Aprobado por Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre. (BOE 23/10/07) - 5.3. Control de la obra terminada 3. IMPERMEABILIZACIONES Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS1-Salubridad. Protección frente a la humedad. Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) • Epígrafe 5.3 Control de la obra terminada

4. INSTALACIONES � INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI-93) Aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. (BOE 14/12/1993) • Artículo 18 � INSTALACIONES TÉRMICAS Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (Hasta el 28 de febrero de 2008) Aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio (BOE 05/08/1998), y modificado por Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre. (BOE 03/12/2004) • Artículo 7. Proyecto, ejecución y recepción de las instalaciones • ITE 06 - PRUEBAS, PUESTA EN MARCHA Y RECEPCIÓN - ITE 06.1 GENERALIDADES - ITE 06.2 LIMPIEZA INTERIOR DE REDES DE DISTRIBUCIÓN - ITE 06.3 COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN - ITE 06.4 PRUEBAS - ITE 06.5 PUESTA EN MARCHA Y RECEPCIÓN - APÉNDICE 06.1 Modelo del certificado de la instalación

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) (A partir del 1 de marzo de 2008)

- REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

� INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) Aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. (BOE 18/09/2002) Fase de recepción de las instalaciones • Artículo 18. Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones • ITC-BT-04. Documentación y puesta en servicio de las

instalaciones • ITC-BT-05. Verificaciones e inspecciones • Procedimiento para la tramitación, puesta en servicio e

inspección de las instalaciones eléctricas no industriales conectadas a una alimentación en baja tensión en la Comunidad de Madrid, aprobado por (Orden 9344/2003, de 1 de octubre. (BOCM 18/10/2003)

� INSTALACIONES DE GAS Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (RIG) Aprobado por Real Decreto 1853/1993, de 22 de octubre. (BOE 24/11/1993) • Artículo 12. Pruebas previas a la puesta en servicio de las

instalaciones. • Artículo 13. Puesta en disposición de servicio de la instalación. • Artículo 14. Instalación, conexión y puesta en marcha de los

aparatos a gas. • ITC MI-IRG-09. Pruebas para la entrega de la instalación

receptora • ITC MI-IRG-10. Puesta en disposición de servicio • ITC MI-IRG-11. Instalación, conexión y puesta en marcha de

aparatos a gas Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de Gases Combustibles Aprobada por Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1985. (BOE 09/01/1986) • 3. Puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gas que

precisen proyecto. • 4. Puesta en servicio de las instalaciones de gas que no precisan

proyecto para su ejecución. � INSTALACIÓN DE APARATOS ELEVADORES Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores Aprobadas por Real Decreto 1314/1997 de 1 de agosto. (BOE 30/09/1997) • ANEXO VI. Control final

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez

Arquitecto

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 157

VALORACIÓN DEL PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 1 ANTECEDENTES Conjuntamente con el proyecto, se redacta la propuesta de actuaciones que contemple las actividades de control de calidad a desarrollar durante la ejecución del proyecto de la obra “UNIDAD DE CONVIVENCIA EN LA PLANTA SEGUNDA DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN ARMUNIA. LEON”. El presente documento pretende establecer una pauta formal a la cual se ajustarían las actuaciones de control de calidad de las que sus objetivos serían la realización de pruebas y ensayos, en base a cuyos resultados la Dirección Facultativa pueda tomar sus decisiones en forma objetiva. Por último, se hace referencia a los mecanismos de información entre el responsable del control de calidad y los responsables de la obra, que se consideran más adecuados en aras de un perfecto desarrollo del presente programa.

2 METODOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN. Se considera que los sistemas de información a utilizar deben reunir básicamente dos condicionantes para hacerlos efectivos, como son la agilidad en la información y el ordenamiento y evaluación de los resultados obtenidos. 2.1 INFORMES DE URGENCIA. Para ello se establecerá un sistema de informes inmediatos a la Dirección Facultativa de la obra en cualquier momento, sobre anomalías observadas en los procedimientos de control, especialmente en aquellas unidades que por sus características o proceso constructivo requieran una toma de decisión urgente. Básicamente estarán soportados por un sistema rápido de comunicación (Teléfono-Fax-correo electrónico). 2.2 INFORME ORDINARIO. Constituye el elemento básico de la información en el que se detallarán los resultados de todos y cada uno de los trabajos realizados en materia de control.

3 PLAN DE CONTROL. HORMIGÓN Control estadístico En el control de hormigón de acuerdo con lo indicado en los artículos de la EHE-08, se realizarán las siguientes operaciones: - Desplazamiento a obra de personal y equipo - Toma de muestras en obra de hormigón fresco por personal especializado de nuestro laboratorio. - Medición de la consistencia mediante el cono de Abrams. (1 determinación por amasada). - Fabricación de series de 5 probetas cilíndricas de 15 x 30 cm. - Recogida de las mismas entre 24 y 48 horas de su fabricación y transporte a la cámara de curado. - Curado, refrentado y rotura a 7 y 28 días. - Envío de Actas de resultados a 7 días. - Envío de informe a 28 días. De acuerdo con la definición de lote de control y con el artículo 86.5.4.1, tabla 86.5.4.2.a (EHE-08). Los límites máximos para el establecimiento de los lotes de control, si la planta carece de distintivo de calidad, serán los siguientes:

- Elementos o grupos de elementos que funcionan fundamentalmente a compresión (pilares, pilas, muros portantes, pilotes, etc.)

1 lote / 100 m3

1 lote / 500 m2

1 lote / 2 plantas

Elementos o grupos de elementos que funcionan fundamentalmente a flexión (vigas, forjados de hormigón, tableros de puentes, muros de contención, etc.)

1 lote / 100 m3

1 lote / 1000 m2

1 lote / 2 plantas

Macizos (zapatas, estribos de puente, bloques, etc.) 1 lote / 100 m3

En caso de que la planta tenga distintivo de calidad oficialmente reconocido, podrá aumentarse su tamaño multiplicando los valores anteriores por 5 o por 2, en función del nivel de garantía de la planta. El control se realizará determinando la resistencia de N amasadas por lote, según el criterio anterior, siendo: - Si fck ≤ 30 N/mm2: N ≥ 1 (si distintivo de calidad) ó N ≥ 3 (otros casos). - 35 N/mm2 < fck ≤ 50 N/mm2: N ≥ 1 (si distintivo de calidad) ó N ≥ 4 (otros casos). - fck > 50 N/mm2: N ≥ 2 (si distintivo de calidad) ó N ≥ 6 (otros casos).

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 158

Las tomas de muestras se realizarán al azar entre las amasadas de la obra sometida a control. Una vez definido el tipo, por cada origen y según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control (por defecto y a espera de un certificado de calidad oficialmente reconocido, se considera que la planta no tiene distintivo de calidad).

ELEMENTO TIPO HORMIGÓN

MEDICIÓN FRECUENCIA Nº DE LOTES Nº DE SERIES

ZAPATAS HA-25 7 3/ 100 m3 1 3

MUROS HA-25 21 3/ 100 m3 1 3

TOTAL 2 6

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Ensayo a compresión, s/EHEDeterminación de su consistencia; confección, conservación, refrentado y rotura a compresión, de una serie de 4 probetas cilíndricas de 15 x 30 cm.

UNE EN 12350-1UNE EN 12350-2UNE EN 12390-2UNE EN 12390-3

6

ESTANQUEIDAD CUBIERTA PLANA NO TRANSITABLE MEDICIÓN: 32 m2 Ensayos de control Una vez terminada su puesta en obra y según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control. Mediante este ensayo se comprobará que la cubierta es correcta bajo el punto de vista de estanqueidad al agua, para ello una vez tapados todos los desagües se verterá agua hasta superar en 2 cm la altura de las limatesas, sin superar los 15 cm en ningún punto. Se mantendrá durante un periodo de 24 horas, y se controlará el 100 % de la cubierta. Se considerará que la cubierta es correcta bajo el punto de vista de la estanquidad al agua, si no se detectan humedades en el plano inferior del forjado sobre el que se apoya la cubierta. Transcurridas las 24 horas del ensayo de estanquidad se destaparán los desagües, permitiendo la evacuación del agua. Se controlará el 100 % de la cubierta. Se considerará que el ensayo es correcto si no se observa la permanencia de agua en ninguna zona de la cubierta.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Estanqueidad de la cubierta plana NOTA: Los andamios, medios auxiliares y suministro de agua correrán a cargo de la constructora

NBE- QB / 90 1.000 M2 6

FÁBRICA DE LADRILLO MEDICIÓN: 723 m2

Ensayos de control Una vez definido el tipo y antes de su puesta en obra, y posteriormente según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Características dimensionales UNE 67.030 2.500 M2 1

Succión de agua UNE EN 772-11 2.500 M2 1

Absorción de agua UNE 67.027 2.500 M2 1

Resistencia a compresión UNE-EN 772-1 2.500 M2 1

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 159

PLACAS DE YESO LAMINADO MEDICIÓN: 150 m2 Ensayos de control Una vez definido el tipo y antes de su puesta en obra, y posteriormente según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Tolerancia dimensional UNE-EN 520 2.500 M2 1

Determinación de la masa unitaria UNE 102.035 2.500 M2 1

Absorción UNE-EN 520 2.500 M2 1

Resistencia a flexión UNE-EN 520 2.500 M2 1

Resistencia al impacto UNE-EN 520 2.500 M2 1

YESO MEDICIÓN: 1.915 m2

Ensayos de control Una vez definido el tipo y antes de su puesta en obra, y posteriormente según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Índice de pureza -contenido de agua combinada -contenido en trióxido de azufre (SO3)

UNE 102.032 2.500 M2 1

Determinación del pH UNE 102.032 2.500 M2 1

Relación agua/yeso UNE-EN 13279-2 2.500 M2 1

Tiempos de fraguado UNE-EN 13279-2 2.500 M2 1

Resistencia a compresión UNE-EN 13279-2 2.500 M2 1

Dureza UNE-EN 13279-2 2.500 M2 1 MORTERO MEDICIÓN: 636 m2

Ensayos de control Una vez iniciada la unidad de obra y según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Resistencias mecánicas UNE-EN 1.015-11 2.500 M2 1

Consistencia UNE 83.811 2.500 M2 1

Densidad aparente (mortero seco) UNE-EN 1.015 2.500 M2 1

Coeficiente de absorción de agua por capilaridad UNE-EN 1.015-18 2.500 M2 1

BALDOSA CERÁMICA. ALICATADO MEDICIÓN: 866 m2 Ensayos de control Una vez definido el tipo y antes de su puesta en obra, y posteriormente según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Características dimensionales UNE EN 10.545-2 2.500 M2 1

Absorción de agua UNE EN 10.545-3 2.500 M2 1

Resistencia a flexión UNE EN 10.545-4 2.500 M2 1

Coeficiente de absorción de agua por capilaridad UNE-EN 1.015-18 2.500 M2 1

Resistencia al rayado UNE 67.101 2.500 M2 1

Resistencia cuarteo UNE EN 10.545-11 2.500 M2 1

Resistencia química UNE EN 10.545-13 2.500 M2 1

PAVIMENTO DE LINOLEUM MEDICIÓN: 293 m2 Ensayos de control Una vez iniciada la unidad de obra y según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 160

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Longitud y anchura UNE EN 426 2.500 M2 1

Determinación del espesor total UNE EN 428 2.500 M2 1

Masa por unidad de superficie UNE EN 430 2.500 M2 1

Huella residual tras la aplicación de una carga estática UNE-EN 433 2.500 M2 1

Determinación de la estabilidad dimensional UNE EN 669 2.500 M2 1

Determinación de la flexibilidad UNE EN 435 2.500 M2 1

CARPINTERÍA DE ALUMINIO Ensayos de control Una vez definido el tipo y antes de su puesta en obra, y posteriormente según las frecuencias adjuntas se realizarán los siguientes ensayos de control.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Ensayos sobre ventanas, comprendiendo: - Permeabilidad al aire - Estanqueidad al agua - Resistencia al viento

UNE-EN 1026/12207 UNE-EN 1027/12208 UNE-EN 12211/12210

1

INSTALACIÓN DE FONTANERÍA

Ensayos de control Prueba de servicio de la red de fontanería, de acuerdo al CTE, consistente en: 1) Prueba de presión y estanquidad, según Norma Básica de las instalaciones interiores de agua. 2) Comprobación de funcionamiento de la instalación en lo que se refiere a la llegada de agua a los puntos de consumo, correcto funcionamiento de llaves, identificación e inexistencia de gotas, (por local), según UNE 19-703-84. 3) Comprobación del tipo y espesor de aislamiento en canalizaciones de distribución según IT- IC 19. 4) Ensayo de vertido y evacuación (por local). 5) p.p. prueba de funcionamiento del grupo de presión. 6) p.p. Simultaneidad de caudales con comprobación de caudales en los puntos de consumo más desfavorables. Por último se comprobará la inexistencia de manchas de humedad en los aseos y locales anexos del edificio.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Prueba de servicio fontanería 1

INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN Y ACS

Ensayos de control Prueba de servicio de la red de calefacción y ACS, consistente en: 1) Prueba de presión y estanquidad. 2) Comprobación de funcionamiento de la instalación en lo que se refiere a la llegada de agua caliente a todos los puntos de la instalación en el tiempo correcto, correcto funcionamiento de llaves, válvulas termostáticas, válvulas de zona, termostatos...etc. 3) Comprobación del tipo y espesor de aislamiento en canalizaciones de distribución. 4) p.p. del funcionamiento del cuarto de calderas. 5) p.p. prueba de funcionamiento del grupo de bombeo. 6) p.p. funcionamiento del cuadro eléctrico y equipo de regulación.

DESCRIPCIÓN/ENSAYO NORMA FRECUENCIA UDS.

Prueba de servicio calefacción y ACS 1

4 VALORACIÓN ECONÓMICA.

DESCRIPCIÓN / ENSAYO UDS. PRECIO UNITARIO IMPORTE

HORMIGÓN HORMIGÓN COMPRESIÓN Ensayo a compresión, s/EHE Determinación de su consistencia; confección, conservación, refrentado y rotura a compresión, de una serie de 4 probetas cilíndricas de 15 x 30

6 50,00 € 300,00 €

Page 37: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 161

cm.

SUMA 300,00 €

ESTANQUEIDAD CUBIERTA PLANA NO TRANSITABLE Ensayos de control Estanqueidad de la cubierta plana NOTA: Los andamios, medios auxiliares y suministro de agua correrán a cargo de la constructora

1 400,00 € 400,00 €

SUMA 400,00 €

LADRILLO HUECO DOBLE Ensayos de control Características dimensionales Succión de agua Absorción de agua Resistencia a compresión

1 1 1 1

75,00 € 25,00 € 45,00 € 123,00 €

75,00 € 25,00 € 45,00 € 123,00 €

SUMA 268,00 €

PLACAS DE YESO LAMINADO Ensayos de control Tolerancia dimensional Determinación de la masa unitaria Absorción Resistencia a flexión Resistencia al impacto

1 1 1 1 1

42,07 € 60,10 € 75,13 € 120,20 € 90,15 €

42,07 € 60,10 € 75,13 € 120,20 € 90,15 €

SUMA 387,65 €

YESO Ensayos de control Indice de pureza - Contenido de agua combinada - Contenido en trióxido de azufre (SO3) Determinación del pH Relación agua/yeso Tiempos de fraguado Resistencia a compresión Dureza

1 1 1 1 1 1

90,15 € 42,07 € 60,10 € 42,07 € 90,15 € 72,12 €

90,15 € 42,07 € 60,10 € 42,07 € 90,15 € 72,12 €

SUMA 396,66 €

MORTERO Ensayos de control Resistencias mecánicas Consistencia Densidad aparente (mortero seco) Coeficiente de absorción de agua por capilaridad

1 1 1 1

100,00 € 50,00 € 50,00 € 100,00 €

100,00 € 50,00 € 50,00 € 100,00 €

SUMA 300,00 €

BALDOSA CERÁMICA. ALICATADO Ensayos de control Características dimensionales Absorción de agua Resistencia a flexión Resistencia al rayado Resistencia cuarteo

1 1 1 1 1

150,00 € 60,00 € 50,00 € 47,00 € 50,00 €

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PLAN DE CONTROL DE CALIDAD Página 162

Resistencia química 1 95,00 €

SUMA 452,00 €

PAVIMENTO DE LINOLEUM Ensayos de control Longitud y anchura Determinación del espesor total Masa por unidad de superficie Huella residual tras la aplicación de una carga estática Determinación de la estabilidad dimensional Determinación de la flexibilidad

1 1 1 1 1 1

35,00 € 45,00 € 75,00 € 60,00 € 50,00 € 50,00 €

SUMA 315,00 €

CARPINTERÍA DE ALUMINIO Ensayos de control Ensayos sobre ventanas, comprendiendo: - Permeabilidad al aire - Estanqueidad al agua - Resistencia al viento

1

300,00 €

300,00 €

SUMA 300,00 €

INSTALACIÓN DE FONTANERÍA

1 450 € 450 €

SUMA 450 €

INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN Y ACS

1 450 € 450 €

SUMA 450 €

RESUMEN DE PRESUPUESTOS

HORMIGÓN ................................................................................................................................................................... 300,00 € ESTANQUEIDAD CUBIERTA PLANA NO TRANSITABLE ............................................................................................... 400,00 € LADRILLO HUECO DOBLE ............................................................................................................................................ 268,00 € PLACAS DE YESO LAMINADO ..................................................................................................................................... 387,65 € YESO ................................................................................................................................................................................ 396,66 € MORTERO ....................................................................................................................................................................... 300,00 € BALDOSA CERÁMICA. ALICATADO ........................................................................................................................... 452,00 € PAVIMENTO DE LINOLEUM .......................................................................................................................................... 315,00 € CARPINTERÍA DE ALUMINIO......................................................................................................................................... 300,00 € INSTALACIÓN DE FONTANERÍA .........................................................................................................................................450 € INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN Y ACS .........................................................................................................................450 € SUMA DE PRESUPUESTOS (SIN IVA) .................................................................................................................... 4.019,31 € Asciende el presupuesto de control cualitativo a la cantidad de: CUATRO MIL DIECINUEVE EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (4.019,31 €).

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Arquitecto

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PLAN DE OBRA Página 163

PO Plan de Obra

Proyecto: DE IMPLANTACIÓN DE UNIDAD DE CONVIVENCIA EN PLANTA 2ª DE LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES “ARMUNIA”

Emplazamiento: C/ JORGE MANRIQUE 15. LEÓN

Promotor: JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Arquitecto: ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ

IMPORTECAPÍTULO

1 DEMOLICIONES Y EXCAVACIONES 28.326,24 €2 ESTRUCTURA 36.405,07 €3 CUBIERTA 4.556,01 €4 ALBAÑILERÍA 26.680,17 €5 PAVIMENTOS, REVESTIMIENTOS Y PINTURAS 123.583,64 €6 CARPINTERÍA Y VIDRIO 88.390,51 €7 FONTANERÍA Y SANEAMIENTO 8.126,63 €8 APARATOS SANITARIOS 27.688,81 €9 CALEFACCIÓN 7.197,21 €10 ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN 43.586,60 €11 MEGAFONÍA Y COMUNICACIÓN 33.106,12 €12 INCENDIOS 8.676,67 €13 OTRAS INSTALACIONES 2.800,53 €14 VARIOS 3.078,90 €15 GESTIÓN DE RESIDUOS 3.282,72 €16 SEGURIDAD Y SALUD 10.014,17 €

P.E.M MES 455.500,00P.E.M A ORIGENPRESUESTO TOTAL MESPRESUPUESTO TOTAL A ORIGEN

PRESUPUESTO TOTAL MES CON IVA (21%)PRESUPUESTO TOTAL A ORIGEN CON IVA (21%)

36.354,37 €43.988,79 €

91.332,71 € 375.221,64 €225.084,32 €

189.201,54 €118.421,28 €66.523,79 €

MESIVII III VI

152.475,49 €155.083,23 € 307.558,72 €

29.798,67 € 45.064,21 € 80.220,35 €

43.988,79 € 110.512,58 € 228.933,86 € 454.018,18 €

29.798,67 € 74.862,88 €36.354,37 € 54.978,34 € 97.868,83 € 186.020,10 € 180.488,36 €

555.710,00 €218.390,92 €672.409,10 €

147.941,28 €455.500,00 €

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez

Arquitecto

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PLAN DE OBRA Página 164

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USO Y MANTENIMIENTO Página 165

UyM INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO Según el artículo 6.1 apartado d) de la Parte 1 del Código Técnico de la Edificación (RD 314/2006) en el proyecto se debe incluir información relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto en el CTE y demás normativa aplicable. Las Instrucciones de uso y mantenimiento que se incluyen a continuación constituyen las instrucciones de uso y mantenimiento de este Proyecto, a las que se podrán incorporar otras instrucciones relativas a equipos o sistemas constructivos concretos aportados por los fabricantes o suministradores de productos en las Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado. 1.- SEGURIDAD ESTRUCTURAL 1.1. INSTRUCCIONES DE USO Las instrucciones de uso recogen toda la información necesaria para que el uso del edificio sea conforme a las hipótesis adoptadas en las bases de cálculo.

Condiciones particulares utilización

Cimentación: - No se debe realizar ninguna actuación que pretenda eliminar, disminuir las

dimensiones o cambiar el emplazamiento de cualquiera de los elementos que componen la cimentación de la vivienda, o apoyar sobre ellos nuevas construcciones u otras cargas.

- En el supuesto de una necesaria intervención que afectara a alguno de aquellos elementos se requerirá tanto para el proyecto como para la ejecución de las obras correspondientes, la intervención de un técnico facultado para ello.

Estructura: - No se debe realizar ninguna acción que pretenda eliminar, disminuir las dimensiones o

cambiar el emplazamiento de cualquiera de los elementos estructurales. - En el supuesto de una necesaria intervención que afectara a alguno de aquellos

elementos se requerirá el asesoramiento de un técnico facultado para ello, tanto en el proyecto como en la ejecución de las obras correspondientes.

- No se deben hacer taladros ni rozas en vigas ni en pilares. En los forjados y muros de carga sólo podrían realizarse previa consulta y autorización por técnico competente.

- No se permitirán sobrecargas de uso superiores a las previstas. Por este motivo: - Evitar la concentración de cargas (colocación de aparatos pesados en una pequeña superficie) que pudieran exceder esos límites. - El uso inapropiado de algunos recintos, aunque fuera de forma esporádica (para bailes, convites, etc.) podría dañar la estructura (forjados) de forma irreversible.

1.2. PLAN DE MANTENIMIENTO

El plan de mantenimiento, en lo correspondiente a los elementos estructurales, se establece en concordancia con las bases de cálculo. Trabajos de Mantenimiento a llevar a cabo

Los trabajos de mantenimiento a llevar a cabo serán de vigilancia, revisión e inspección, comprobación del estado de los sistemas que componen la estructura, renovación de tratamientos o pinturas y reparación o mejora de algún elemento en el que aparezcan fisuras, grietas, lesiones o se encuentre en mal estado.

Tipo de trabajo Realización Periodicidad

Trabajos de conservación

CIMEN

TACIÓN Inspección general y estudio técnico de

los elementos que conforman la cimentación y muros de contención.

Por técnico competente

Cada 10 años

Comprobación del estado general y buen funcionamiento de los conductos de drenaje y desagües.

Por especialista.

Cada 2 años.

ESTRUCTURA

Ejecutar el tratamiento y reparaciones detalladas por el especialista, o consultar técnico competente si tras la revisión anual de la estructura apareciese alguna deficiencia.

Por especialista

Cada año

Comprobar - Estructura de hormigón: sellado juntas

de dilatación. - Estructura de acero: estado pintura de

Por especialista

Cada 5 años

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USO Y MANTENIMIENTO Página 166

protección. - Estructura de madera: estado pintura

de protección. Ejecutar el tratamiento y reparaciones detalladas por el especialista, o consultar técnico competente, si tras la comprobación quinquenal de la estructura apareciese alguna deficiencia. Reparar o mejorar las posibles deficiencias que haya detectado el técnico competente en la revisión del estado general de la estructura.

Por técnico competente

Cada 15 años

Tipo de trabajo Realización Periodicidad

Programa de revisiones

CIMEN

TACIÓN Vigilar

- Acciones en zonas contiguas o bajo el edificio.

- Excavaciones en solares próximos. - Obras subterráneas en vía pública. - Fugas de agua

Por los usuarios

Permanentemente

ESTRUCTURA

Vigilar - Aparición de humedades. - Desplomes, oxidaciones, fisuras y

grietas, en cualquier elemento constructivo.

Por los usuarios

Permanentemente

Revisar - Estado general de la estructura.

Por técnico competente

Cada 15 años

Este plan de mantenimiento podrá ampliarse o modificarse con cualquier información adquirida durante la ejecución de la obra, que pudiera ser de interés. Las posibles modificaciones se reflejarán en las instrucciones de uso y mantenimiento de edificio terminado. 2.- SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO 2.1. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Según Apéndice 2 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios: Los medios materiales de protección contra incendios se someterán al programa mínimo de mantenimiento que se establece en las tablas I y II. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla I serán efectuadas por personal de un instalador o un mantenedor autorizado, o por el personal del usuario o titular de la instalación. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla II serán efectuadas por personal del fabricante, instalador o mantenedor autorizado para los tipos de aparatos, equipos o sistemas de que se trate, o bien por personal del usuario, si ha adquirido la condición de mantenedor por disponer de medios técnicos adecuados, a juicio de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma. En todos los casos, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, indicando, como mínimo: las operaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Las anotaciones deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente.

2.2. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS MATERIALES DE LUCHA CONTRA INCENDIOS Operaciones a realizar por personal de una empresa mantenedora autorizada, o bien, por el personal del usuario o titular de la instalación Equipo o sistema CADA TRES MESES CADA SEIS MESES Extintores de incendio

Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación. Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc. Comprobación del peso y presión en su caso. Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera, etc.).

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USO Y MANTENIMIENTO Página 167

Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema o por el personal de la empresa mantenedora autorizada Equipo o sistema CADA AÑO CADA CINCO ANOS Extintores de incendio

Comprobación del peso y presión en su caso. En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botellín. Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas. Nota: En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalías que lo justifique. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisión interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo, que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca la destrucción o deterioro de la misma.

A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITC-MIE-AP5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios.

Rechazo:

Se rechazarán aquellos extintores que, a juicio de la empresa mantenedora presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricación.

3.- SALUBRIDAD 3.1. DB HS-1. PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD Según CTE DB-HS1; Deben realizarse las operaciones de mantenimiento que, junto con su periodicidad, se incluyen en la tabla 6.1 y las correcciones pertinentes en el caso de que se detecten defectos.

Tabla 6.1 Operaciones de mantenimiento

Operación Periodicidad

Muros

Comprobación del correcto funcionamiento de los canales y bajantes de evacuación de los muros parcialmente estancos.

1 año (1)

Comprobación de que las aberturas de ventilación de la cámara de los muros parcialmente estancos no están obstruidas.

1 año

Comprobación del estado de la impermeabilización interior. 1 año

Suelos

Comprobación del estado de limpieza de la red de drenaje y de evacuación. 1 año (2)

Limpieza de las arquetas. 1 año (2) Comprobación del estado de las bombas de achique, incluyendo las de reserva, si hubiera sido necesaria su implantación para poder garantizar el drenaje.

1 año

Comprobación de la posible existencia de filtraciones por fisuras y grietas. 1 año

Fachadas

Comprobación del estado de conservación del revestimiento: posible aparición de fisuras, desprendimientos, humedades y manchas.

3 años

Comprobación del estado de conservación de los puntos singulares. 3 años Comprobación de la posible existencia de grietas y fisuras, así como desplomes u otras deformaciones, en la hoja principal.

5 años

Comprobación del estado de limpieza de las llagas o de las aberturas de ventilación de la cámara.

10 años

Cubiertas

Limpieza de los elementos de desagüe (sumideros, canalones y rebosaderos) y comprobación de su correcto funcionamiento.

1 año (1)

Recolocación de la grava. 1 año Comprobación del estado de conservación de la protección o tejado. 3 años Comprobación del estado de conservación de los puntos singulares. 3 años

(1) Además debe realizarse cada vez que haya habido tormentas importantes. (2) Debe realizarse cada año al final del verano.

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USO Y MANTENIMIENTO Página 168

3.2. DB HS-3. CALIDAD DEL AIRE INTERIOR

Según CTE DB-HS3; Deben realizarse las operaciones de mantenimiento que, junto con su periodicidad, se incluyen en la tabla 7.1 y las correcciones pertinentes en el caso de que se detecten defectos.

Tabla 7.1 Operaciones de mantenimiento Operación Periodicidad

Conductos Limpieza 1 año Comprobación de la estanqueidad aparente 5 años

Aberturas Limpieza 1 año Aspiradores híbridos,

mecánicos, y extractores.

Limpieza 1 año Revisión del estado de funcionalidad 5 años

Filtros Revisión del estado 6 meses Limpieza o sustitución 1 año

Sistemas de control Revisión del estado de sus automatismos 2 años

3.3. DB HS-4. SUMINISTRO DE AGUA

3.3.1. INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO En las instalaciones de agua de consumo humano que no se pongan en servicio después de 4 semanas desde su terminación, o aquellas que permanezcan fuera de servicio más de 6 meses, se cerrará su conexión y se procederá a su vaciado. Las acometidas que no sean utilizadas inmediatamente tras su terminación o que estén paradas temporalmente, deben cerrarse en la conducción de abastecimiento. Las acometidas que no se utilicen durante 1 año deben ser taponadas.

3.3.2. NUEVA PUESTA EN SERVICIO En instalaciones de descalcificación habrá que iniciar una regeneración por arranque manual. Las instalaciones de agua de consumo humano que hayan sido puestas fuera de servicio y vaciadas provisionalmente deben ser lavadas a fondo para la nueva puesta en servicio. Para ello se podrá seguir el procedimiento siguiente: a) para el llenado de la instalación se abrirán al principio solo un poco las llaves de cierre, empezando por la llave de cierre principal. A continuación, para evitar golpes de ariete y daños, se purgarán de aire durante un tiempo las conducciones por apertura lenta de cada una de las llaves de toma, empezando por la más alejada o la situada más alta, hasta que no salga más aire. A continuación se abrirán totalmente las llaves de cierre y lavarán las conducciones; b) una vez llenadas y lavadas las conducciones y con todas las llaves de toma cerradas, se comprobará la estanqueidad de la instalación por control visual de todas las conducciones accesibles, conexiones y dispositivos de consumo.

3.3.3. MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES Según el CTE DB HS-4; Las operaciones de mantenimiento relativas a las instalaciones de fontanería recogerán detalladamente las prescripciones contenidas para estas instalaciones en el Real Decreto 865/2003 sobre criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, y particularmente todo lo referido en su Anexo 3. Los equipos que necesiten operaciones periódicas de mantenimiento, tales como elementos de medida, control, protección y maniobra, así como válvulas, compuertas, unidades terminales, que deban quedar ocultos, se situarán en espacios que permitan la accesibilidad. En el art. 8.1 del RD 865/2.003 se especifica el contenido mínimo del programa de mantenimiento higiénico sanitario para sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno, siendo lo siguiente: a) Elaboración de un plano señalizado de cada instalación que contemple todos sus componentes, que se actualizará cada vez que se realice alguna modificación. Se recogerán en éste los puntos o zonas críticas en donde se debe facilitar la toma de muestras del agua. b) Revisión y examen de todas las partes de la instalación para asegurar su correcto funcionamiento, estableciendo los puntos críticos, parámetros a medir y los procedimientos a seguir, así como la periodicidad de cada actividad. c) Programa de tratamiento del agua, que asegure su calidad. Este programa incluirá productos, dosis y procedimientos, así como introducción de parámetros de control físicos, químicos y biológicos, los métodos de medición y la periodicidad de los análisis. d) Programa de limpieza y desinfección de toda la instalación para asegurar que funciona en condiciones de seguridad, estableciendo claramente los procedimientos, productos a utilizar y dosis, precauciones a tener en cuenta, y la periodicidad de cada actividad. e) Existencia de un registro de mantenimiento de cada instalación que recoja las incidencias, actividades realizadas, resultados obtenidos y las fechas de paradas y puestas en marcha técnicas de la instalación,

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USO Y MANTENIMIENTO Página 169

incluyendo su motivo. En el art. 8.2 del RD 865/2.003 se especifica el contenido mínimo del programa de mantenimiento higiénico sanitario para sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno siendo lo siguiente: el esquema de funcionamiento hidráulico y la revisión de todas las partes de la instalación para asegurar su correcto funcionamiento. Se aplicarán programas de mantenimiento que incluirán como mínimo la limpieza y, si procede, la desinfección de la instalación. Las tareas realizadas deberán consignarse en el registro de mantenimiento. La periodicidad de la limpieza de estas instalaciones será de, al menos, una vez al año, excepto en los sistemas de aguas contra incendios que se deberá realizar al mismo tiempo que la prueba hidráulica y el sistema de agua de consumo que se realizará según lo dispuesto en el anexo 3. A continuación se detallan los aspectos mínimos que debe recoger la revisión y la limpieza de las instalaciones interiores de agua caliente sanitaria y de agua fría de consumo humano, según el Anexo 3 del Real Decreto 865/2003. Todas las operaciones que se describen a continuación serán realizadas por personal suficientemente cualificado, con todas las medidas de seguridad necesarias y avisando a los usuarios para evitar posibles accidentes. A. Revisión En la revisión de una instalación se comprobará su correcto funcionamiento y su buen estado de conservación y limpieza. La revisión general de funcionamiento de la instalación, incluyendo todos los elementos, se realizará una vez al año, reparando o sustituyendo aquellos elementos defectuosos. Cuando se detecte presencia de suciedad, incrustaciones o sedimentos, se procederá a su limpieza. El agua de la instalación interior de consumo humano deberá cumplir en todo momento con los parámetros y criterios establecidos en la legislación de aguas de consumo humano.

a) Agua caliente sanitaria: La revisión del estado de conservación y limpieza de la instalación se realizará trimestralmente en los depósitos acumuladores, y mensualmente en un número representativo, rotatorio a lo largo del año, de los puntos terminales de la red interior (grifos y duchas), de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación. Mensualmente se realizará la purga de válvulas de drenaje de las tuberías y semanalmente la purga del fondo de los acumuladores. Asimismo, semanalmente se abrirán los grifos y duchas de habitaciones o instalaciones no utilizadas, dejando correr el agua unos minutos. El control de la temperatura se realizará diariamente en los depósitos finales de acumulación, en los que la temperatura no será inferior a 60oC y mensualmente en un número representativo de grifos y duchas (muestra rotatoria), incluyendo los más cercanos y los más alejados de los acumuladores, no debiendo ser inferior a 50oC. Al final del año se habrán comprobado todos los puntos finales de la instalación. Como mínimo anualmente se realizará una determinación de Legionella en muestras de puntos representativos de la instalación. En caso necesario se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la calidad del agua de la misma. b) Agua fría de consumo humano: La revisión del estado de conservación y limpieza de la instalación se realizará trimestralmente en los depósitos y mensualmente en un número representativo, rotatorio a lo largo del año, de los puntos terminales de la red interior (grifos y duchas), de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación. La temperatura se comprobará mensualmente en el depósito, de forma que se mantenga lo más baja posible, procurando, donde las condiciones climatológicas lo permitan, una temperatura inferior a 20 oC. Cuando el agua fría de consumo humano proceda de un depósito, se comprobarán los niveles de cloro residual libre o combinado en un número representativo de los puntos terminales, y si no alcanzan los niveles mínimos (0,2 mg/l) se instalará una estación de cloración automática, dosificando sobre una recirculación del mismo, con un caudal del 20% del volumen del depósito.

B. Limpieza y desinfección Una desinfección no será efectiva si no va acompañada de una limpieza exhaustiva. Las instalaciones de agua fría de consumo humano y de agua caliente sanitaria se limpiarán y desinfectarán como mínimo, una vez al año, cuando se pongan en marcha la instalación por primera vez, tras una parada superior a un mes, tras una reparación o modificación estructural, cuando una revisión general así lo aconseje y cuando así lo determine la autoridad sanitaria. Para la realización de la limpieza y la desinfección se utilizarán sistemas de tratamiento y productos aptos para el agua de consumo humano. a) Agua caliente sanitaria: 1-En el caso de la desinfección química con cloro, el procedimiento a seguir será el siguiente: 1º Clorar el depósito con 20-30 mg/l de cloro residual libre, a una temperatura no superior a 30 oC y un ph de 7-8, haciendo llegar a todos los puntos terminales de la red 1-2 mg/l y mantener durante 3 ó 2 horas

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USO Y MANTENIMIENTO Página 170

respectivamente. Como alternativa, se puede utilizar 4-5 mg/l en el depósito durante 12 horas. 2º Neutralizar la cantidad de cloro residual libre y vaciar. 3º Limpiar a fondo las paredes de los depósitos, eliminando incrustaciones y realizando las reparaciones necesarias y aclarando con agua limpia. 4º Volver a llenar con agua y restablecer las condiciones de uso normales. Si es necesaria la recloración, ésta se realizará por medio de dosificadores automáticos. 2- En el caso de la desinfección térmica, el procedimiento a seguir será el siguiente: 1º Vaciar el sistema y, si fuera necesario, limpiar a fondo las paredes de los depósitos acumuladores, realizar las reparaciones necesarias y aclarar con agua limpia. 2º Llenar el depósito acumulador y elevar la temperatura del agua hasta 70 oC y mantener al menos 2 horas. Posteriormente abrir por sectores todos los grifos y duchas, durante 5 minutos, de forma secuencial. Confirmar la temperatura para que en todos los puntos terminales de la red se alcance una temperatura de 60 oC. 3º Vaciar el depósito acumulador y volver a llenarlo para su funcionamiento habitual.

b) Agua fría de consumo humano: El procedimiento para la desinfección química con cloro de los depósitos será el descrito para el sistema de agua caliente sanitaria. Finalmente, se procederá a la normalización de las condiciones de calidad del agua, llenando nuevamente la instalación, y si se utiliza cloro como desinfectante, se añadirá para su funcionamiento habitual (0,2-1 mg/l de cloro residual libre). Si es necesaria la recloración, ésta se hará por medio de dosificadores automáticos.

c) Elementos desmontables: Los elementos desmontables, como grifos y duchas, se limpiarán a fondo con los medios adecuados que permitan la eliminación de incrustaciones y adherencias y se sumergirán en una solución que contenga 20 mg/l de cloro residual libre, durante 30 minutos, aclarando posteriormente con abundante agua fría; si por el tipo de material no es posible utilizar cloro, se deberá utilizar otro desinfectante. Los elementos difíciles de desmontar o sumergir se cubrirán con un paño limpio impregnado en la misma solución durante el mismo tiempo.

C. Limpieza y desinfección en caso de brote de legionelosis a) En caso de brote de legionelosis, se realizará una desinfección de choque de toda la red, incluyendo el sistema de distribución de agua caliente sanitaria, siguiendo el siguiente procedimiento, en el caso de una desinfección con cloro: 1º Clorar con 15 mg/l de cloro residual libre, manteniendo el agua por debajo de 30 oC y a un pH de 7-8, y mantener durante 4 horas (alternativamente se podrán utilizar cantidades de 20 ó 30 mg/l de cloro residual libre, durante 3 ó 2 horas, respectivamente). 2º Neutralizar, vaciar, limpiar a fondo los depósitos, reparar las partes dañadas, aclarar y llenar con agua limpia. 3º Reclorar con 4-5 mg/l de cloro residual libre y mantener durante 12 horas. Esta cloración debería hacerse secuencialmente, es decir, distribuyendo el desinfectante de manera ordenada desde el principio hasta el final de la red. Abrir por sectores todos los grifos y duchas, durante 5 minutos, de forma secuencial, comprobar en los puntos terminales de la red 1-2 mg/l. La limpieza y desinfección de todas las partes desmontables y difíciles de desmontar se realizará como se establece en el apartado B.c) de este anexo. Es necesario renovar todos aquellos elementos de la red en los que se observe alguna anomalía, en especial aquellos que estén afectados por la corrosión o la incrustación.

b) El procedimiento a seguir en el caso de la desinfección térmica será el siguiente: 1º Vaciar el sistema, y si fuera necesario limpiar a fondo las paredes de los depósitos limpiar acumuladores, realizar las reparaciones necesarias y aclarar con agua limpia. 2º Elevar la temperatura del agua caliente a 70 ºC o más en el acumulador durante al menos 4 horas. Posteriormente, abrir por sectores todos los grifos y duchas durante diez minutos de forma secuencial. Comprobar la temperatura para que en todos los puntos terminales de la red se alcancen 60 oC. Independientemente del procedimiento de desinfección seguido, se debe proceder al tratamiento continuado del agua durante tres meses de forma que, en los puntos terminales de la red, se detecte de 1-2 mg/l de cloro residual libre para el agua fría y que la temperatura de servicio en dichos puntos para el agua caliente sanitaria se sitúe entre 55 y 60 oC.

Estas actividades quedarán reflejadas en el registro de mantenimiento. Posteriormente se continuará con las medidas de mantenimiento habituales.

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USO Y MANTENIMIENTO Página 171

3.4. DB HS-5. EVACUACIÓN DE AGUAS

MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN Para un correcto funcionamiento de la instalación de saneamiento, se debe comprobar periódicamente la estanqueidad general de la red con sus posibles fugas, la existencia de olores y el mantenimiento del resto de elementos. Se revisarán y desatascarán los sifones y válvulas, cada vez que se produzca una disminución apreciable del caudal de evacuación, o haya obstrucciones. Cada 6 meses se limpiarán los sumideros de locales húmedos y cubiertas transitables, y los botes sifónicos. Los sumideros y calderetas de cubiertas no transitables se limpiarán, al menos, una vez al año.

Una vez al año se revisarán los colectores suspendidos, se limpiarán las arquetas sumidero y el resto de posibles elementos de la instalación tales como pozos de registro, bombas de elevación. Cada 10 años se procederá a la limpieza de arquetas de pie de bajante, de paso y sifónicas o antes si se apreciaran olores. Cada 6 meses se limpiará el separador de grasas y fangos, si éste existiera. Se mantendrá el agua permanentemente en los sumideros, botes sifónicos y sifones individuales para evitar malos olores, así como se limpiarán los de terrazas y cubiertas. 4.- AHORRO DE ENERGÍA

4.1. DB HS-4. CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA Sin perjuicio de aquellas operaciones de mantenimiento derivadas de otras normativas, para englobar todas las operaciones necesarias durante la vida de la instalación para asegurar el funcionamiento, aumentar la fiabilidad y prolongar la duración de la misma, se definen dos escalones complementarios de actuación: a) plan de vigilancia; b) plan de mantenimiento preventivo. Será la propiedad la encargada de hacer que se cumplan ambos planes que aquí se detallan con el objetivo de mantener la instalación en buenas condiciones higiénicas y reducir el riesgo derivado de un incorrecto mantenimiento. 4.1 Plan de vigilancia El plan de vigilancia se refiere básicamente a las operaciones que permiten asegurar que los valores operacionales de la instalación sean correctos. Es un plan de observación simple de los parámetros funcionales principales, para verificar el correcto funcionamiento de la instalación. Tendrá el alcance descrito en la siguiente tabla:

Elemento Operación Frecuencia (meses)

Descripción

CAPTADORES

Limpieza de cristales A determinar

Con agua y productos adecuados

Cristales 3

IV (inspección visual) condensaciones en las horas centrales del día.

Juntas 3

IV Agrietamientos y deformaciones.

Absorbedor 3

IV Corrosión, deformación, fugas, etc

Conexiones 3 IV fugas. Estructura

3 IV degradación, indicios de corrosión.

CIRCUITO PRIMARIO

Tubería, aislamiento y sistema de llenado

6 IV Ausencia de humedad y fugas.

Purgador manual 3 Vaciar el aire del botellín CIRCUITO SECUNDARIO

Termómetro Diaria IV temperatura Tubería y aislamiento 6 IV ausencia de humedad y fugas. Acumulador solar 3

Purgado de la acumulación de lodos de la parte inferior del depósito.

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USO Y MANTENIMIENTO Página 172

4.2 Plan de mantenimiento

Son operaciones de inspección visual, verificación de actuaciones y otros, que aplicados a la instalación deben permitir mantener dentro de límites aceptables las condiciones de funcionamiento, prestaciones, protección y durabilidad de la instalación.

El mantenimiento implicará, como mínimo, una revisión anual de la instalación para instalaciones con superficie de captación inferior a 20 m2 y una revisión cada seis meses para instalaciones con superficie de captación superior a 20 m2. El plan de mantenimiento debe realizarse por personal técnico competente que conozca la tecnología solar térmica y las instalaciones mecánicas en general. La instalación tendrá un libro de mantenimiento en el que se reflejen todas las operaciones realizadas así como el mantenimiento correctivo.

El mantenimiento ha de incluir todas las operaciones de mantenimiento y sustitución de elementos fungibles ó desgastados por el uso, necesarias para asegurar que el sistema funcione correctamente durante su vida útil.

A continuación se desarrollan de forma detallada las operaciones de mantenimiento que deben realizarse en las instalaciones de energía solar térmica para producción de agua caliente, la periodicidad mínima establecida (en meses) y observaciones en relación con las prevenciones a observar:

Sistema de captación

Equipo Frecuencia (meses) Descripción Captadores

6 IV (inspección visual) diferencias sobre original IV diferencias entre captadores

Cristales 6 IV condensaciones y suciedad Juntas 6 IV agrietamientos, deformaciones Absorbedor 6 IV corrosión, deformaciones Carcasa 6 IV deformación, oscilaciones, ventanas de respiración Conexiones 6 IV aparición de fugas Estructura 6 IV degradación, indicios de corrosión, y apriete de tornillos Captadores*

12

Tapado parcial del campo de captadores Destapado parcial del campo de captadores Vaciado parcial del campo de captadores Llenado parcial del campo de captadores

* Operaciones a realizar en el caso de optar por las medidas b) o c) del apartado 2.1.

Sistema de acumulación

Equipo Frecuencia (meses) Descripción Depósito 12 Presencia de lodos en fondo

Ánodos sacrificio 12 Comprobación del desgaste Ánodos de

corriente impresa 12 Comprobación del buen funcionamiento

Aislamiento 12 Comprobar que no hay humedad Sistema de intercambio

Equipo Frecuencia (meses) Descripción Intercambiador

de placas 12

CF (control de funcionamiento) eficiencia y prestaciones Limpieza

Intercambiador de serpentín

12 CF eficiencia y prestaciones Limpieza

Circuito hidráulico

Equipo Frecuencia (meses) Descripción Fluido refrigerante 12 Comprobar su densidad y pH Estanqueidad 24 Efectuar prueba de presión Aislamiento al

exterior 6

IV (inspección visual) degradación protección uniones y ausencia de humedad

Aislamiento al interior

12 IV uniones y ausencia de humedad

Purgador automático

12 CF (control de funcionamiento) y limpieza

Purgador manual 6 Vaciar el aire del botellín Bomba 12 Estanqueidad Vaso de 6 Comprobación de la presión

Page 49: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

USO Y MANTENIMIENTO Página 173

expansión cerrado Vaso de

expansión abierto 6

Comprobación del nivel

Sistema de llenado

6 CF actuación

Válvula de corte 12 CF actuaciones (abrir y cerrar) para evitar agarrotamiento Válvula de seguridad

12 CF actuación

Sistema eléctrico y de control

Equipo Frecuencia (meses) Descripción

Cuadro eléctrico 12 Comprobar que está siempre bien cerrado para que no entre polvo

Control diferencial 12 CF (control de funcionamiento) actuación Termostato 12 CF actuación

Verificación del sistema de medida

12 CF actuación

Sistema de energía auxiliar

Equipo Frecuencia (meses) Descripción Sistema auxiliar 12 CF (control de funcionamiento) actuación Sondas de temperatura

12 CF actuación

Nota: Para las instalaciones menores de 20 m2 se realizarán conjuntamente en la inspección anual las labores del plan de mantenimiento que tienen una frecuencia de 6 y 12 meses. Además de los aquí descritos, se deberá realizar cualquier otro trabajo o inspección recomendada por el fabricante, así como los trabajos y revisiones propios del mantenimiento del sistema auxiliar.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Vto. Junta de Castilla y León

Arquitecto Propiedad

Page 50: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

USO Y MANTENIMIENTO Página 174

Page 51: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

DECLARACIÓN DE OBRA COMPLETA Página 175

Declaración de Obra Completa

Según lo exigido en el artículo 125 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas, DECLARO que el presente PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE IMPLANTACIÓN DE

UNA UNIDAD DE CONVIVENCIA EN LA PLANTA SEGUNA DE LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES “ARMUNIA”

DE LEÓN, abarca una obra completa que puede ser entregada al uso y que cumple con los requisitos básicos

de seguridad, habitabilidad y funcionalidad exigibles.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Arquitecto

Page 52: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

DECLARACIÓN DE OBRA COMPLETA Página 176

Page 53: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

ACTA REPLANTEO DE REPLANTEO PREVIO Página 177

Acta de Replanteo Previo

D. ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ, como Arquitecto redactor delPROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LAS

OBRAS DE IMPLANTACIÓN DE UNA UNIDAD DE CONVIVENCIA EN LA PLANTA SEGUNA DE LA RESIDENCIA DE

PERSONAS MAYORES “ARMUNIA”,

CERTIFICO:

Que se ha efectuado el Replanteo previo del Proyecto, comprobando la realidad geométrica del mismo, la

disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución en obra y la de cuantos supuestos figuran en

el proyecto y son básicos para la celebración del contrato de las oportunas obras, una vez adjudicadas por

sus trámites.

Que por lo anteriormente expuesto, se considera viable la ejecución del proyecto.

Lo que certifico a los efectos previstos en el art. 126 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Arquitecto

Page 54: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

ACTA REPLANTEO DE REPLANTEO PREVIO Página 178

Page 55: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA Página 179

Clasificación del Contratista

Conforme a lo establecido en el artículo 65 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la

D.F 3ª de la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y el artículo 36 del reglamento general de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas modificado por el R.D. 773/2015, la propuesta de clasificación

mínima que deberá poseer el contratista será el siguiente grupo, subgrupo y categoría.

grupo C, subgrupo 04, categoría 3

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Arquitecto

Page 56: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA Página 180

Page 57: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

DECLARACIÓN SOBRE REDACCIÓN DEL PROYECTO Página 181

Declaración sobre redacción del Proyecto

Declaración del cumplimiento del Decreto 462/71 de 11 de marzo (BOE de 24 de marzo de 1971), y

modificaciones introducidas por el RD 129/1985 de 23 de enero (BOE de 7 de febrero de 1985), por el que se

dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación.

-En la redacción del proyecto se cumplen las normas de Presidencia del Gobierno y normas del Ministerio del

Ministerio de la Vivienda sobre la construcción actualmente vigentes y se justifica su cumplimiento en la

documentación del mismo.

-La documentación gráfica y los planos definen completamente la distribución, la estructura y las

instalaciones.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez Arquitecto

Page 58: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

DECLARACIÓN SOBRE REDACCIÓN DEL PROYECTO Página 182

Page 59: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

REVISIÓN DE PRECIOS Página 183

Revisión de Precios

La revisión de precios se realizará según fórmulas polinómicas de acuerdo al Real Decreto 1359/2011 (BOE de

26 de octubre de 2011), en todo caso, de acuerdo con el artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público para obras de duración inferior a un año no procede la revisión de precios.

En Ponferrada, a 2 de septiembre de 2015

Fdo. Alberto García Martínez

Arquitecto

Page 60: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

REVISIÓN DE PRECIOS Página 184

Page 61: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA Página 185

RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA

1.- DATOS GENERALES ESCALERA OESTE • Norma de hormigón: CTE DB SI - Anejo C: Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado.

• Norma de acero: CTE DB SI - Anejo D: Resistencia al fuego de los elementos de acero.

• Referencias:

- R. req.: resistencia requerida, periodo de tiempo durante el cual un elemento estructural debe mantener su capacidad portante, expresado en minutos.

- F. Comp.: indica si el forjado tiene función de compartimentación.

- am: distancia equivalente al eje de las armaduras (CTE DB SI - Anejo C - Fórmula C.1).

- amín: distancia mínima equivalente al eje exigida por la norma para cada tipo de elemento estructural.

- b: menor dimensión de la sección transversal.

- bmín: valor mínimo de la menor dimensión exigido por la norma.

- Rev. mín. nec.: espesor de revestimiento mínimo necesario.

- Aprov.: aprovechamiento máximo del perfil metálico bajo las combinaciones de fuego.

• Comprobaciones:

Generales:

- Distancia equivalente al eje: am1 amín (se indica el espesor de revestimiento necesario para cumplir esta condición cuando resulte necesario).

- Dimensión mínima: b 1 bmín.

Particulares:

- Se han realizado las comprobaciones particulares para aquellos elementos estructurales en los que la norma así lo exige.

Datos por planta

Planta R. req. F. Comp. Revestimiento de elementos de hormigón Revestimiento de elementos metálicos

Inferior (forjados y vigas) Pilares y muros Vigas Pilares

TECHO TERCERA R 120 - Mortero de yeso Sin revestimiento

ignífugo

Mortero de vermiculita-perlita con cemento

(alta densidad)

Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta

densidad)

TECHO SEGUNDA R 120 - Mortero de yeso Sin revestimiento

ignífugo

Mortero de vermiculita-perlita con cemento

(alta densidad)

Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta

densidad)

TECHO PRIMERA R 120 - Mortero de yeso Sin revestimiento

ignífugo

Mortero de vermiculita-perlita con cemento

(alta densidad)

Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta

densidad)

TECHO BAJA R 120 - Mortero de yeso Sin revestimiento

ignífugo

Mortero de vermiculita-perlita con cemento

(alta densidad)

Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta

densidad)

TECHO SOTANO R 120 - Mortero de yeso Sin revestimiento

ignífugo

Mortero de vermiculita-perlita con cemento

(alta densidad)

Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta

densidad)

Page 62: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

2.- COMPROBACIONES ESCALERA OESTE 2.1.- TECHO SOTANO 2.1.1.- Elementos de hormigón armado

TECHO SOTANO - Vigas R 120

Pórtico Tramo Dimensiones(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

1 B4-3 300x250 35 35 --- Cumple

3-4 300x250 34 35 --- Tolerable

2 Pórtico 7-9 100x250 30 35 10 Cumple

3 Pórtico 6-6 100x250 30 35 10 Cumple

4 B5-2 300x250 34 35 --- Tolerable

2-13 300x250 32 35 10 Cumple

5 1-11 300x250 27 35 10 Cumple

6 Pórtico 3-B8 100x250 24 35 10 Cumple

7 B9-Pórtico 2 100x250 24 35 10 Cumple

8 B20-B19 200x250 34 35 --- Tolerable

B19-B18 200x250 34 35 --- Tolerable

9 5-M6 250x250 33 35 --- Tolerable

10 8-7 250x250 33 35 --- Tolerable

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO SOTANO - Muros R 120

Ref. Espesor(mm) bmín(mm) am(mm) amín(mm) Estado

M3 650 180 48 35 Cumple

M4 250 180 42 35 Cumple

M5 200 180 42 35 Cumple

M6 250 180 42 35 Cumple

M7 650 180 48 35 Cumple

TECHO SOTANO - Losas macizas R 120

Paño Canto(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

L1 y L2 250 25 30 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO SOTANO - Pilares R 120

bmín: 250 mm; amín: 40 mm

Refs.

Cara X Cara Y

Estado bx am by am

(mm) (mm) (mm) (mm)

1 300 46 300 46 Cumple

2 300 45 300 45 Cumple

3 300 45 300 45 Cumple

4 300 46 300 46 Cumple

5 300 45 300 45 Cumple

Page 63: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA Página 187

TECHO SOTANO - Forjado de viguetas R 120

Paño Forjado am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

U1 y U2 20+5- HORMIGON 30 35 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

2.1.2.- Elementos metálicos

TECHO SOTANO - Pilares R 120

Refs. Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

6 HE 160 B 619.0 68.92% 25 Cumple

7 UPN 120, Doble en cajón soldado 532.5 62.95% 25 Cumple

8 HE 160 B 619.0 71.66% 25 Cumple

9 HE 160 B 619.0 64.28% 25 Cumple

13 UPN 100, Doble en cajón soldado 656.0 32.36% 20 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

2.2.- TECHO BAJA 2.2.1.- Elementos de hormigón armado

TECHO BAJA - Pilares R 120

bmín: 250 mm; amín: 40 mm

Refs.

Cara X Cara Y

Estado bx am by am

(mm) (mm) (mm) (mm)

1 300 45 300 45 Cumple

2 300 45 300 45 Cumple

3 300 45 300 45 Cumple

4 300 45 300 45 Cumple

5 300 45 300 45 Cumple

TECHO BAJA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Dimensiones (mm)

am (mm)

amín (mm)

Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

1 B4-3 300x250 35 35 --- Cumple

3-4 300x250 33 35 --- Tolerable

4 B5-2 300x250 37 35 --- Cumple

2-5 300x250 33 35 --- Tolerable

5

<-1 300x250 35 35 --- Cumple

1-11 300x250 26 35 10 Cumple

11-M5 300x250 33 35 --- Tolerable

6 <-B17 200x250 34 35 --- Tolerable

7 8-7 250x250 30 35 10 Cumple

8 5-M6 250x250 33 35 --- Tolerable

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO BAJA - Muros R 120

Ref. Espesor (mm)

bmín (mm)

am (mm)

amín (mm)

Estado

M3 200 180 42 35 Cumple

M4 250 180 42 35 Cumple

M5 200 180 42 35 Cumple

M6 250 180 42 35 Cumple

Page 64: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

TECHO BAJA - Losas macizas R 120

Paño Canto(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

L1 y L2 250 25 30 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO BAJA - Forjado de viguetas R 120

Paño Forjado am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

U1 y U2 20+5- HORMIGON 30 35 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

4.2.2.- Elementos metálicos

TECHO BAJA - Pilares R 120

Refs. Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

6 HE 160 B 536.0 61.56% 30 Cumple

7 UPN 120, Doble en cajón soldado 532.5 90.54% 25 Cumple

8 HE 140 B 646.0 98.77% 30 Cumple

9 HE 160 B 536.0 90.10% 30 Cumple

11 UPN 140, Doble en cajón soldado 607.5 39.77% 20 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

TECHO BAJA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

2

9-B19 HE 160 B 536.0 99.86% 30 Cumple

B19-B20 HE 160 B 536.0 69.63% 30 Cumple

B20-8 HE 160 B 536.0 96.51% 30 Cumple

3 6-7 IPE 180 594.0 97.27% 35 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

2.3.- TECHO PRIMERA 2.3.1.- Elementos de hormigón armado

TECHO PRIMERA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Dimensiones(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

3 12-B14 250x250 30 35 10 Cumple

4 11-10 300x250 35 35 --- Cumple

5 12-B12 250x250 30 35 10 Cumple

6 7-10 250x250 33 35 --- Tolerable

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO PRIMERA - Forjado de viguetas R 120

Paño Forjado am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

U1 20+5- HORMIGON 30 35 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

Page 65: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA Página 189

2.3.2.- Elementos metálicos

TECHO PRIMERA - Pilares R 120

Refs. Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

6 HE 140 B 646.0 79.89% 25 Cumple

7 UPN 120, Doble en cajón soldado 532.5 61.17% 25 Cumple

8 HE 140 B 646.0 80.55% 25 Cumple

9 HE 140 B 561.5 59.13% 30 Cumple

10 UPN 180, Doble en cajón soldado 572.0 66.44% 20 Cumple

11 UPN 140, Doble en cajón soldado 607.5 70.38% 20 Cumple

12 UPN 140, Doble en cajón soldado 607.5 75.94% 20 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

TECHO PRIMERA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem.

AD(1)(mm) Estado

1

9-B15 HE 160 B 536.0 99.87% 30 Cumple

B15-B16 HE 160 B 536.0 69.64% 30 Cumple

B16-8 HE 160 B 536.0 96.52% 30 Cumple

2 6-7 IPE 220 608.5 99.93% 30 Cumple

7 8-7 IPE 160 609.5 95.16% 35 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

2.4.- TECHO SEGUNDA 2.4.1.- Elementos de hormigón armado

TECHO SEGUNDA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Dimensiones(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

3 12-B14 250x250 30 35 10 Cumple

4 11-10 300x250 35 35 --- Cumple

5 12-B12 250x250 30 35 10 Cumple

6 7-10 250x250 33 35 --- Tolerable

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

TECHO SEGUNDA - Forjado de viguetas R 120

Paño Forjado am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

U1 20+5- HORMIGON 30 35 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

2.4.2.- Elementos metálicos

TECHO SEGUNDA - Pilares R 120

Refs. Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

6 HE 140 B 646.0 51.55% 25 Cumple

7 UPN 120, Doble en cajón soldado 532.5 57.53% 25 Cumple

8 HE 140 B 646.0 49.50% 25 Cumple

9 HE 140 B 646.0 35.00% 25 Cumple

10 UPN 140, Doble en cajón soldado 607.5 84.08% 20 Cumple

11 UPN 120, Doble en cajón soldado 625.5 83.02% 20 Cumple

12 UPN 120, Doble en cajón soldado 625.5 48.90% 20 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

Page 66: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS - jcyl.es

TECHO SEGUNDA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

1 9-8 IPE 180 594.0 91.77% 35 Cumple

2 6-7 IPE 200 549.0 99.97% 35 Cumple

7 8-7 IPE 160 609.5 95.16% 35 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

2.5.- TECHO TERCERA 2.5.1.- Elementos de hormigón armado

TECHO TERCERA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Dimensiones(mm) am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

3 12-B14 250x250 33 35 --- Tolerable

4 11-10 300x250 35 35 --- Cumple

5 12-B12 200x250 34 35 --- Tolerable

6 8-7 250x250 33 35 --- Tolerable

7-10 250x250 33 35 --- Tolerable

Notas: (1) Mortero de yeso

TECHO TERCERA - Forjado de viguetas R 120

Paño Forjado am(mm) amín(mm) Rev. mín. nec. M. Yeso(1)(mm)

Estado

U1 y U2 20+5- HORMIGON 30 35 10 Cumple

Notas: (1) Mortero de yeso. Se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección (Artículo C.2.4-2 CTE DB SI).

2.5.2.- Elementos metálicos

TECHO TERCERA - Pilares R 120

Refs. Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

6 HE 140 B 646.0 45.25% 25 Cumple

7 UPN 120, Doble en cajón soldado 625.5 77.82% 20 Cumple

8 HE 140 B 646.0 49.80% 25 Cumple

9 HE 140 B 646.0 50.98% 25 Cumple

10 UPN 120, Doble en cajón soldado 532.5 79.17% 25 Cumple

11 UPN 120, Doble en cajón soldado 625.5 71.47% 20 Cumple

12 UPN 120, Doble en cajón soldado 625.5 24.38% 20 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)

TECHO TERCERA - Vigas R 120

Pórtico Tramo Perfil Temperatura

Perfil(°C) Aprov.

Rev. mín. nec. M. verm. y cem. AD(1)(mm)

Estado

1 9-8 IPE 200 549.0 99.75% 35 Cumple

2 6-7 IPE 220 532.0 99.83% 35 Cumple

Notas: (1) Mortero de vermiculita-perlita con cemento (alta densidad)