Estructura del ordenamiento jurídico

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Estructura del ordenamiento jurídico 1, pero esta pirámide invertida ha sido interpretada como una pirámide invertida, sino solo una pirámide, por lo que aquí encontramos unos de los acordes de don PGR. Hans Kelsen; compartía la invertida pero consideraba q si bien el Ord.. Jurídico es jerárquico, para representar en la CP una norma de mayor jerarquía, Principio de concreción: a través del cual se toma el mandato general y abstracto y se singulariza, ese mandato general y abstracto (derecho) necesitara una ley para que se singularice, ésta necesitara al reglamento que contendrá los requisitos ministerio de educación a través de un decreto me concederá la beca. Ej Características: Va de los mas general y abstracto a lo particular Es jerarquizado; implica una ordenación por lo que existen elementos superiores que otros que son las normas (la CP) bajo ellas las reglas. Las normas inferiores jamás pueden contradecir a la norma superior; esto se denomina subordinación material, y existe otra que es formal; que será insertada dentro del ordenamiento jurídico por los procedimientos establecidos, desde ahí es valido. Ej..: de contradicción: Ley dictada con prohibición de fumar en plazas publicas y otra se publicara que contradice esta

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Estructura del ordenamiento jurídico

1, pero esta pirámide invertida ha sido interpretada como una pirámide invertida, sino solo una pirámide, por lo que aquí encontramos unos de los acordes de don PGR. Hans Kelsen; compartía la invertida pero consideraba q si bien el Ord.. Jurídico es jerárquico, para representar en la CP una norma de mayor jerarquía, Principio de concreción: a través del cual se toma el mandato general y abstracto y se singulariza, ese mandato general y abstracto (derecho) necesitara una ley para que se singularice, ésta necesitara al reglamento que contendrá los requisitos ministerio de educación a través de un decreto me concederá la beca. EjCaracterísticas:Va de los mas general y abstracto a lo particularEs jerarquizado; implica una ordenación por lo que existen elementos superiores que otros que son las normas (la CP) bajo ellas las reglas. Las normas inferiores jamás pueden contradecir a la norma superior; esto se denomina subordinación material, y existe otra que es formal; que será insertada dentro del ordenamiento jurídico por los procedimientos establecidos, desde ahí es valido.Ej..: de contradicción: Ley dictada con prohibición de fumar en plazas publicas y otra se publicara que contradice esta ley, la ley que prevalece será las mas nueva por el principio de temporalidad.Si existieran problemas de esta índole el mismo ordenamiento jurídico prevé estos casos y los regulariza. Interpretación jurídica: aplica para todas las normas por que a través de estas y la interpretación logro crear una norma Para la creación de una norma inferior o regla se extraen los elementos normativos y se incorporan elementos normativos nuevos que no contradigan la norma superior.

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Objetivación de los valores: de subjetivos pasan a ser objetivos, un valor e spor ej.: proyecto de ley que despenaliza el aborto en ciertos casos, mientras no sea un proyecto de ley es un valor, la discusión que existe actualmente es una es valórica, es autónomo por que yo decido creer o no sin embargo si esta discusión llega a ser un proyecto de ley termina la fase se discusión de valores, y pasara a ser un elemento normativo. El voto es importante por que a través de el le estoy cediendo el poder a cierto grupo de personas que tenga los mismos valores para que decida.

Principio de concreción se da de dos formasCP; no tienen función de ejecuciónLey y reglamentos: tienen ambas funciones

Relación entre norma y regla:No es posible cumplir una abstracción ya que la norma necesita a la regla y la regla a ala norma, principio de coexistencia o interdependencia reciproca.

Fundada y fundante, fundada en la norma superior y es fundante de los reglamentos.Las normas se establecen por carácter permanente (no significa es para siempre) las reglas por el contrario es de carácter temporal.Coercitiva uso potencial de la fuerza, la norma es coercitiva no tiene el uso actual de la fuerza sino el es potencialmente, la coacción es el uso actual de la fuerza; medida gravosa si se incurre en incumplimiento tendrá lugar una consecuencia.Derecho creación colectiva: el poder crear de normas y reglas se le denomina postestaes en los cuales existen titulares, en ellas todas las personas participan en el derecho que les afectan. La manera de participar es participando en los procesos electorales y el interviene de

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forma virtual. Por el contrario en una sentencia participo activamente, respondiéndola aportando documentes, etc. La normas regula los marcos que nos va a servir para dictar una regla ¿la norma reula el acruar d etodas las pernoa? Indiricamente si pero directamente no porque las reglas lo hacen (la regla les habla a ustedes, determiadas, se diregide con ombre y apellido en la ituacion que se encuentre). La norma por el contrario no se refiere a una determinada persona.Finalidad de la norma:

Potestades en el sistema jurídico chileno:Las potestares son regaldas en opisicion a las dicresicon : puede elegir cualquiera de los caminos sin que sea.Dado que las potestades son regladas, queda imposibilitada la posibilidad de discreción.Potestad Admi: Tribu, justicia. Y contraloríaDecreto La toma de razón (es preventivo) nace otro decreto; que aun cuando reúno todos los requisitos para que yo pueda acceder una beca y me la niegan puedo pedir un recurso de protección, porque se me esta denegando un derecho que establece la CP, por este se pedirá al tribunal que obligue a la potestad a acatar lo que dice la CP. +Estado pasa a monopolizar la fuerza solo en servicio de la norma jurídica.

AIOD: validez originaria!!!

Potestad constituyente