Elementos del estado

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Realidad Nacional

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Realidad Nacional

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ELEMENTOS DEL ESTADO

EL ESTADO

PODER

TERRITORIO

POBLACIÓN

DERECHO

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PODERES DEL ESTADO

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RESEÑA HISTÓRICA DE LOS PODERES DEL ESTADO

En el siglo XVII surgió la teoría de la separación

de poderes, trías política en latín, principio por el

cual se ordena y distribuye las funciones del

Estado a órganos u organismos distintos.

Actualmente, al considerar al poder como

indivisible, se utiliza los términos separación

de funciones o facultades.

La teoría la separación o división de de poderes

fue elaborada por autores como Alexander

Hamilton, John Locke, Jean-Jacques

Rousseau y Montesquieu.

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RESEÑA HISTÓRICA DE LOS PODERES DEL ESTADO

Fue Montesquieu,

Con su obra De l’esprit des lois (en

español: Del espíritu de las leyes), el

pensador fundamental para la

concepción de la actual teoría de la

separación de funciones / facultades al

dividir los poderes primordiales del

Estado en: legislativo, ejecutivo y

judicial.

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PODER EJECUTIVO

PODER LEGISLATIVO

PODER JUDICIAL

PODER ELECTORAL

PODER DE PARTICIPACION

CIUDADANA

Con la última constitución del 2.008, el Ecuador contiene 5 Poderes

Estatales; la misma que se caracteriza por ser protectora de los derechos del

ciudadano y de la naturaleza, en lo que tiene que ver con el medio ambiente

defensora intrínseca.

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PODER EJECUTIVO

La Función Ejecutiva está delegada al

Presidente de la República.

Es el Jefe de Estado y de Gobierno, es

responsable de la administración pública.

Nombra a los nueve secretarios

nacionales, siete ministros

coordinadores, 20 Ministros de Estado y

servidores públicos.

Ejerce la máxima autoridad sobre las

Fuerzas Armadas del Ecuador y la

Policía Nacional del Ecuador.

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PODER EJECUTIVO

La Función Ejecutiva en el Ecuador está

organizada de acuerdo a la Constitución de la

República, en el capítulo tercero del Título

IV “Participación y organización del poder”,

entre los artículos 141 y 166

Art 141

• La presidenta o Presidente de la República ejerce la función ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable de la Administración pública.

Art 144

• La presidenta o Presidente de la República permanecerá 4 años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez.

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Art 147 Son Atribuciones y deberes de la Presidente o Presidente de la Republica

del Ecuador:

• Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las

demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.

• Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea Nacional los lineamientos

fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio.

• Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de

Desarrollo para su aprobación.

• Crear, modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

• Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y

designar a los integrantes del alto mando militar y policial

• Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden

interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la república

• Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su

promulgación en el Registro Oficial.

• Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la

Constitución.

• Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

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PODER LEGISLATIVO

La Función Legislativa se ejerce por la

Asamblea Nacional,

La Asamblea Nacional elegirá a una

Presidenta o Presidente y a dos

Vicepresidentas o Vicepresidentes de entre

sus miembros, para un periodo de dos años, y

podrán ser reelegidos.

Integrado por asambleítas 2 por cada

provincia. Y uno mas por cada doscientos mil

habitantes. Tiene su sede en la ciudad de

Quito en el Palacio Legislativo. Son elegidos

para cuatro años.

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PODER LEGISLATIVO

Art 118 La Asamblea

Nacional se integrará por:

15 Asambleístas elegidos

por circunscripción nacional.

2 Asambleístas elegidos por

cada provincia , y uno mas

por cada 200 mil habitantes

o fracción que supere los

150 mil , de acuerdo al

ultimo ceso nacional de

población.

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PODER LEGISLATIVO

Art. 120.- La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes:

1. Posesionar al Presidente y Vicepresidente de la República proclamados electos por el CNE.

2. Declara la incapacidad física o mental inabilitantepara ejercer el cargo de Presidenta o Presidente de la Republica y resolver el cese de sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Constitución del Ecuador

3. Elegir a la Vicepresidenta o Vicepresidente, en caso de su falta definitiva, de una terna propuesta por la Presidenta o Presidente de la República.

4. Conocer los informes anuales que debe presentar la Presidenta o Presidente de la República y pronunciarte al respecto.

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PODER LEGISLATIVO

5. Participar en el proceso de reforma Constitucional .

6. Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.

7. Crear, modificar y suprimir tributos mediante ley sin menoscabo de las atribuciones conferidas a los Gobiernos Autónomos descentralizados.

8. Aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda.

09. Fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los otros órganos del poder público, y requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias.

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PODER LEGISLATIVO

10. Autorizar con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes, el enjuiciamiento penal de la Presidenta o Presidente o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República.

11. Posesionar a la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Superintendencias, y a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

12. Aprobar el presupuesto general del Estado en el que constará el límite de endeudamiento público , y vigilar su ejecución.

13. Conceder Amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes.

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PODER JUDICIAL

La Función Judicial del País

está conformada por el

Consejo de la Judicatura como

su ente principal y por la Corte

Nacional de Justicia. La

representación jurídica la hace

el Consejo de la Judicatura, sin

perjuicio de la representación

institucional que tiene la Corte

Nacional de Justicia. La Corte

Nacional de Justicia está

integrada por 21 jueces

elegidos para un término de

nueve años.

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PODER JUDICIAL

Órganos Jurisdiccionales

• La Corte Nacional de Justicia

• Las Cortes Provinciales De Justicia

• Los Tribunales y Juzgados.

• Los Juzgados de Paz.

Órgano de Gobierno, Administración, vigilancia y disciplina.

• El Consejo de Judicatura

Órganos Auxiliares

• Servicio Notarial

• Martilladores Judiciales

• Depositarios Judiciales

• Y Demás que determine la Ley.

Órganos Autónomos

• Defensoría Pública

• Fiscalía General del Estado

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PODER ELECTORAL

Art.217 La Función Electoral,

garantizará los derechos políticos que

se expresan a través del sufragio, así

como los referentes a la organización

política y ciudadana.

La Función Electoral, estará

conformada por:

• El Consejo Nacional Electoral y

• El Tribunal Contencioso Electoral

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PODER ELECTORAL

La Función Electoral, funciona y entra en autoridad solo cada 4 años

o cuando hay elecciones o consultas populares. Sus principales

funciones son organizar, controlar las elecciones, castigar el

infringimiento de las normas electorales. Su principal organismo es

el Consejo Nacional Electoral, que tiene su sede en la ciudad de

Quito.

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PODER ELECTORAL

La Función Electoral,

funciona y entra en

autoridad solo cada 4 años

o cuando hay elecciones o

consultas populares. Sus

principales funciones son

organizar, controlar las

elecciones, castigar el

infringimiento de las

normas electorales. Su

principal organismo es el

Consejo Nacional Electoral,

que tiene su sede en la

ciudad de Quito.

Consejo Nacional Electoral

Integrado por 5 Consejeras o Consejeros.

Periodo de 6 años

Se renovará parcialmente cada 3 años

Tribunal Contencioso

Electoral

Conformado por 5 Miembros

Principales

Periodos de 6 años

Se renovará parcialmente cada 3 años.

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PODER ELECTORAL

• Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente los procesos, Convocar a Elecciones

• Realizar los cómputos electorales, Proclamar los resultados y posesionar a los ganadores.

• Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos desconcentrados y los asuntos litigios de las Organizaciones Políticas.

• Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral, y en general por vulneraciones de normas electorales

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PODER DE TRANSPARENCIA Y CONTROL

Está conformado por El Consejo de

Participación Social y Control

Ciudadano, la Defensoría del Pueblo,

la Contraloría General del Estado y las

superintendencias. Sus autoridades

ejercerán sus puestos durante cinco

años. Este poder se encarga de

promover planes de transparencia y

control público, así como también planes

para diseñar mecanismos para combatir

la corrupción, como también designar

aciertas autoridades del país, y ser el

mecanismo regulador de rendición de

cuentas del país.

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PODER DE TRANSPARENCIA Y CONTROL

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EN RESUMEN

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TERRITORIO

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TERRITORIO

Elemento físico del Estado.

El territorio es el elemento de primer orden

colocado al lado del elemento humano

tratándose del Estado.

Los hombres llamados a componer el Estado

deben estar permanentemente establecidos

en su suelo, el cual se llama patria (patria:

tierra de los padres).

No puede hacerse una igualdad o semejanza

del Estado con la iglesia en el aspecto

territorial, porque la misión y fines de la

iglesia puramente espirituales, son diferentes

de la misión y fines del Estado, en los que se

involucran fundamentalmente intereses

materiales.

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• El territorio constituye un espacio geográfico sobre el cual se asienta la población y el Estado proyecta su soberanía y jurisdicción, e incluye no sólo la superficie terrestre y marítima, sino también el espacio aéreo.

CONCEPTO

• El estado es único.

• La simple asociación humana, aun organizada, no constituye un Estado, si no posee un territorio sobre el cual se ejerza la actividad de los organismos de dicho Estado.

CARACTERÍSTICAS

TERRITORIO

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TERRITORIO

TERRITORIO

TERRESTRE

MARÍTIMO

AÉREO

Ámbito espacial en donde se ejerce el poder el poder político

soberano.

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TERRESTRE

TERRITORIO

EXTENSIÓN

TERRITORIAL

El territorio del Ecuador tiene

una extensión de 256.370

Km2, incluyendo el área de la

Región Insular formada por la

provincia de Galápagos

con aproximadamente 8.010Km2. Además, mediante el Acuerdo de Paz firmado

en Brasil, entre Ecuador y Perú, se concede al Ecuador el derecho de propiedad

privada sobre un kilómetro cuadrado en el sector de Tiwinza. Por otra parte, a

nuestro país le corresponden 323.000 Km2 de territorio en la Antártida

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TERRESTRE

TERRITORIO

REGIONES DE PLANIFICACIÓN

Creo que la discordia esta en quien administra cada región. Por ejemplo, según

SEMPLADES las zonas quedan así:

Región 1 - Esmeraldas, Carchi, Imbabura y Sucumbíos - lo administra Ibarra

Región 2 - Pichincha, Napo, Orellana - lo administra Tena

Región 3 - Chimborazo, Pastaza, Tungurahua, Cotopaxi - lo administra Ambato

Región 4 - Manabí, Santo Domingo, Galápagos - lo administra Montecristi

Región 5 - Santa Elena, Guayas, Los Ríos, Bolívar - lo administra Milagro

Región 6 - Cañar, Azuay, Morona Santiago - lo administra Cuenca

Región 7 - El Oro, Loja, Zamora Chinchipe - lo administra Loja

Región 8 - Quito

Región 9 - Guayaquil

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TERRITORIO

Mar Territorial

El 18 de agosto de 1952. Ecuador. Perú y Chile suscribieron en

Santiago la declaración con la que se proclamó a las 200 millas

marinas como mar territorial y zona que a cada uno de esos países, le

corresponde para ejercer soberanía. En noviembre 10 de 1966, el

congreso ecuatoriano mediante decreto 1542 confirmó esa

proclamación. De acuerdo con el documento, aquella área estaría

calculada en más de 1'000.000 Km2, constituido por el mar territorial

continental e insular, en la cual es posible el tráfico y la pesca

internacional previa la autorización del estado ribereño respectivo, a la

vez, que se encarga de proteger la supervivencia de las especies.

MAR TERRITORIAL

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TERRITORIO

Mar Territorial

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MAR TERRITORIAL

TERRITORIO

Plataforma Continental

La plataforma continental o Zócalo Submarino es la continuación del relieve

continental por debajo de las aguas marinas hasta una profundidad aproximada de

200 metros. En noviembre de 1950, mediante decreto legislativo, el Ecuador adoptó

el área de 200 millas como mar territorial y como plataforma continental a las tierras

sumergidas contiguas al territorio continental hasta una profundidad de 200 metros.

"En el mar territorial de las 200 millas el Estado ejerce plena

soberanía sobre la superficie, el lecho, el subsuelo del mar,

inclusive, sobre el espacio aéreo que cubre ese mar: mientras

que el mar patrimonial admite una división: una primera zona es

el mar territorial de sólo 12 millas, con plena soberanía del

Estado y una segunda zona, la propiamente patrimonial, de 188

millas, en las que el Estado ejerce una jurisdicción limitada para

preservar los recursos naturales y explotarlos para su provecho".

J. Villacrés M

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AEREO

TERRITORIO

Territorio Aéreo

Se considera como espacio aéreo a

la atmósfera que se halla sobre todo

el territorio superficial de un estado

(marítimo y terrestre) en el cual

ejerce soberanía.

A partir de 1947, la ONU toma

algunas resoluciones que dan lugar

al concepto de lo que se ha

denominado Espacio Ultraterrestre,

que indefinidamente se proyecta hasta los cuerpos celestes y para cuya

exploración y utilización adecuadas, inclusive, se elaboró en 1967 un tratado, sin

que se llegue a definir sus límites en el espacio aéreo.

Page 37: Elementos del estado

TERRITORIO AEREO Y LA ÓRBITA GEOESTACIONARIA

La legislación del Ecuador establece la

soberanía sobre el espacio aéreo, aunque en

los últimos tiempos ha habido la tendencia al

adherirse a ciertas formas de interpretar la

política de cielos abiertos, que permite la

aeronavegación sin muchas restricciones.

Existen diez países en el mundo que poseen

órbita geoestacionaria, es decir, una órbita

circular que se proyecta desde el Ecuador

terrestre. Es utilizada para la colocación de

satélites que rotan alrededor de la Tierra en el

mismo tiempo que el propio planeta, es decir,

que se mantienen fijos en un mismo punto,

con la ventaja de que pueden desde allí cubrir

las más amplias zonas posibles de la Tierra.

En 1976, Ecuador, Brasil, Gabón,

Congo, Indonesia, Kenia, Somalia,

Uganda, Zaire y Colombia, los únicos

diez países que gozan el privilegio de

poseer una órbita geoestacionaria, se

reunieron en Bogotá y redactaron una

declaración en la que manifestaron que

los “países ecuatoriales proclaman y

defienden en nombre de sus respectivos

pueblos la existencia de soberanía

sobre este recurso natural”.

Page 38: Elementos del estado

LA ANTÁRTIDA

Por años la Antártida fue explorada por las potencias y por algunos de los

países cuyos territorios se proyectan hacia el polo sur. En 1959 varios países

suscribieron el tratado Antártico, que declara la Antártida como territorio

internacionalizado, libre de uso militar y destinado a la investigación científica.

La asamblea constituyente de 1966 -1967 declaró que el Ecuador tiene

derecho a una parte del continente Antártico, a base de la teoría de la

defrontación, es decir, la proyección hacia el extremo sur de los meridianos

extremos de las islas Galápagos. Esta declaración fue muy importante para el

futuro del país y para su presencia en un continente que posee grandes

riquezas. Ante la declaración ecuatoriana, Chile presentó una reclamación

porque consideraba que el Ecuador reivindicaba su territorio, advirtiendo, sin

embargo, que esperaba que el asunto se arreglase en términos amistosos.

Efectivamente, cuando el Ecuador ha destacado varias misiones

encomendadas a la marina para visitar y establecer una base científica en la

Antártida, ha recibido el apoyo chileno. En todo caso, estas expediciones y la

presencia – aunque sea temporal – de la estación científica ecuatoriana son

muy importantes para el país

Page 39: Elementos del estado

LA ANTÁRTIDA

323,000 Km2

El tratado Antártico se firmó para

establecer una legislación sobre la

gestión del territorio de la Antártida. Este

tratado establece dos clases de

miembros, los consultivos con derecho a

voz y voto y los no consultivos con

derecho a voz.

http://contactosilvestre.blogspot.com/201

0/04/paises-miembros-del-tratado-

antartico.html

Dentro del primer grupo se

encuentran los siguientes países,

Alemania, Argentina, Australia, Bélgica,

Brasil, Bulgaria, Chile, China, Corea del Sur,

Ecuador, España, Estados Unidos, Finlandia,

Francia, India, Italia, Japón, Nueva Zelandia,

Noruega, Países Bajos, Perú, Reino Unido,

Rusia, Sudáfrica, Suecia, Ucrania y Uruguay.

Page 40: Elementos del estado

POBLACIÓN

Page 41: Elementos del estado

Población: Sociedad humana,

establecida en el marco de los

límites espaciales del territorio

del Estado y que está sujeta

jurídicamente a la acción y

poder del Estado.

Es decir, que todos los

individuos que habitan el

territorio estatal integran en su

totalidad, su población y por

tanto constituyen el elemento

personal del Estado.

POBLACIÓN

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POBLACIÓN

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POBLACIÓN

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DERECHO

Page 45: Elementos del estado

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DERECHO

Vienen de los vocablos Directum y Dirigere – Igual a Conducir, enderezar,

gobernar, regir y llevar rectamente una cosa a un termino igual.

Filosofía de Ulpiano: Jurista Romano.

Dice que el derecho como ciencia se basa en 3

conceptos:

Honeste Vivere (vivir Honestamente)

Alterum no Laedere (No Hacer daño a otro)

Suum Cuique Tribuere (Dar a cada cual lo suyo)

Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta del

hombre para ser posible la convivencia social

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DERECHO

Relación entre estado y derecho:

El Derecho se relaciona con el Estado por que es un elemento del mismo.

La naturaleza del derecho:

Se dice que el derecho es un mediador

entre la Anarquía y el despotismo.

(Son extremos y negativos)

La Justicia: Virtud que inclina a dar a cada uno lo

que corresponde.

No es lo mismo Derecho y Justicia.

Pero ambos se necesitan

El derecho y la justicia, su relación:

Para que exista la justicia se necesita del Derecho.

Derecho Justicia