El Tributo en Derecho Mercantil

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO EL TRIBUTO DERECHO TRIBUTARIO SAIA B Lapso 2016/AI Profesora: EMILY RAMIREZ Autora: ZULENYI ESCALONA CI: V-21.725.221

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Page 1: El Tributo en Derecho Mercantil

UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

EL TRIBUTO

DERECHO TRIBUTARIO SAIA B Lapso 2016/AI

Profesora: EMILY RAMIREZ Autora: ZULENYI ESCALONA

CI: V-21.725.221

BARQUISIMETO, JUNIO 2.016

Page 2: El Tributo en Derecho Mercantil

CLASES

Artículo 133. (CRBV) Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

IMPUESTOS

Es un tributo sin contraprestación, surgen de la potestad tributaria del estado principalmente con el objetivo de financiar sus gastos. Ejemplo:

TASAS

Es un tributo, surge para la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público Ejemplo: Timbre fiscal registro público

CONTRIBUCIONES

Es un tributo que debe pagar un contribuyente por la obtención de un beneficio o por el aumento del valor de sus bienes a partir de la concreción de obras públicas. 

EL TRIBUTO

DefiniciónIMPUESTOS

SsSFundamento legal

ARTICULO 133ARTICULO 317

ARTICULO 12

CLASIFICACIÓN

DIRECTOS INDIRECTOS

RECURSOS

APROVECHAMIENTO DELBENEFICIO PARA MEJORAS DE SEGURIDAD SOCIAL

Page 3: El Tributo en Derecho Mercantil

Articulo 12 (COT) Están sometidos al imperio de este Código, los impuestos, las tasas, las contribuciones de mejoras, de seguridad social y las demás contribuciones especiales

Impuesto sobre la renta

Impuesto al valor agregado

(IVA)

servicio consular Ejemplo: Mejoras de seguridad

social.

CARACTERÍSTICAS Consagrados en la Carta Magna (CRBV ART. 133)

No posee contraprestación Destinados a cubrir gastos

públicos

Consagrados en la Carta Magna (CRBV ART. 133)

Son para el funcionamiento de un servicio público

producto de la recaudación

Consagrados en la Carta Magna (CRBV ART. 133)

Producto de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

FUNCIÓNTiene como fin el de ser

utilizado como un medio para anticipar recursos al Estado.

Funciona Como tributo vinculado ya que está

constituido por un servicio público, el mismo que es

divisible y cuantificable respecto al contribuyente.

Tiene como fin la financiación de las obras públicas sobre las que

se ven beneficiados los contribuyentes

Tributos existentes en Venezuela

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Page 4: El Tributo en Derecho Mercantil

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, Número 36.860)

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO (Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17/10/2001)

Macroeconomía en la economía global Escrito por Felipe Larraín B., Jeffrey D. Sachs

Fundamentos de economía Escrito por Paul Krugman, Martha L. Olney, Robin Wells