EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

105
F/. 25 de mar de 202 EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

description

EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. GUIÓN. 1- INTRODUCCIÓN – REGULACIÓN JURÍDICA DE LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS 1.1- FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO A) Constitución Española de 1978 - PowerPoint PPT Presentation

Transcript of EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Page 1: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Page 2: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

GUIÓN

1- INTRODUCCIÓN – REGULACIÓN JURÍDICA DE LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS 1.1- FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

A) Constitución Española de 1978 B) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. C) Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los

Servicios Públicos D) Ordenanza General de 2009, por la que se regula la información y atención al

ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos, en el ámbito de la Diputación Provincial de Teruel.

2- CONCEPTO DE REGISTRO

Page 3: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

3- REGULACIÓN DE LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS 3.1- SEDE ELECTRÓNICA 3.2- ACCESO A LA SEDE ELECTRÓNICA 3.3- EL REGISTRO ELECTRÓNICO

A) Contenido de los asientos B) Entrada de documentos C) Salida de Documentos

4- EL PAPEL DEL REGISTRO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 4.1- Fase de Inicio

A) Trámite de Subsanación

4.2- Fase de Instrucción 4.3- Fase de Terminación 4.4- Cómputo de plazos 4.5- Labor subsanadora

Page 4: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

5- APLICACIÓN DE GESTIÓN DE EXPEDIENTES DE LA DPT 5.1- QUÉ ES / FUNCIONES 5.2- FLUJO DE LA PARTICIPACIÓN DEL GESTOR DE EXPEDIENTES

6- MANEJO DE LA APLICACIÓN 6.1- ENTIDADES PÚBLICAS CON SEDE ELECTRÓNICA

A) Entidades Supramunicipales B) Entidades Locales

6.2- INICIO 6.3- ACCESO AL REGISTRO ELECTRÓNICO

A) Selección de Oficina Virtual B) Modificar Tipo de Documento C) Modificar Características del Procedimiento D) Múltiples Interesados

6.4- REGISTRO DE ENTRADA A) Común B) Avanzado

Page 5: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.5- REGISTRO DE SALIDA A) Común B) Avanzado C) Documentos de referencia D) Confirmación de Salida

6.6- CONFIGURACIÓN DEL ÓRGANO GESTOR A) Elementos Comunes B) Áreas C) Secciones D) Negociados

6.7- CONFIGURACIÓN “OTROS” A) Tipos de Documento B) Tipos de Transporte C) Interesados

Page 6: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.8- LISTADOS A) General B) Entrada y Salida C) Libros de Control de Entrega a la Dependencia.

6.9- CONFIGURACIÓN A) Usuario B) Entidad C) Registro

Page 7: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Esnvjdofnv

El Ordenamiento Jurídico que rige el procedimiento administrativo configura el acceso a los Registros Administrativos como un DERECHO PARA LOS CIUDADANOS.

La propia Constitución sanciona la regulación de los REGISTROS se realizará por LEY.

Page 8: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

1) INTRODUCCIÓN-REGULACIÓN JURÍDICA DE LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS

Page 9: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

1.1-FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO:

A) Constitución 1978 B) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. C) Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

D) Ordenanza General de 2009, por la que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos en el ámbito de la DPT.

1) INTRODUCCIÓN - REGULACIÓN JURÍDICA DE LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS

Page 10: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) Constitución 1978 Art. 105

La Ley regulará:

b)El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.

c)El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.

Page 11: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Art. 35

Derechos de los Ciudadanos:

h) Acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.

Page 12: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Art. 38 – Registros 1. Los órganos administrativos AYUNTAMIENTOS llevarán

un registro general en el que se hará el correspondiente asiento de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba en cualquier unidad administrativa propia. También se anotarán en el mismo, la salida de los escritos y comunicaciones oficiales dirigidas a otros órganos o particulares.

Este precepto positiviza el derecho de acceso de los ciudadanos a los Registros Administrativos.

Page 13: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

En el ámbito de la administración electrónica, implantada por la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL, la normativa que regula de modo ESPECÍFICO la material registral es la

Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Esta va a ser la norma de referencia para la regulación jurídica de los registros administrativos.

La Ley 11/2007 incorpora los principios de la Ley 30/1992 adaptando lo preceptuado por ella al soporte electrónico que paulatinamente se está convirtiendo en el nexo de la relación

CIUDADANO – ADMINISTRACIÓN.

Page 14: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los Servicios Públicos

Art. 1 Objeto de la Ley “La presente Ley reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las

Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de a utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.

Las Administraciones Públicas utilizarán las tecnologías de la información de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, asegurando la disponibilidad, el acceso, la integridad, la autenticidad, la confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias.”

Art. 24.1 Registros electrónicos Las Administraciones Públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión

de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Page 15: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

D) ORDENANZA GENERAL de 2009, por la que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos, en el ámbito de la Diputación

Provincial de Teruel.

Page 16: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Art. 2 Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto la determinación de las condiciones y

requisitos para la presentación y tramitación telemática de los escritos, solicitudes y comunicaciones cuya competencia tenga atribuida la Diputación Provincial de Teruel y los organismos a él adscritos, siendo los primeros procedimientos susceptibles de tramitación electrónica los que se recogen en el Sistema de Información Administrativa (SIA) de la Diputación Provincial de Teruel.

Asimismo se normaliza la creación y regulación de un registro telemático encargado de la recepción y tramitación de dichos documentos.

Page 17: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Según lo expuesto hasta el momento, hemos visto que la Constitución es el pilar básico de la relación Ciudadano – Administración al ordenar su desarrollo a instrumentos legislativos de valor LEGAL.

De modo genérico es la Ley 30/1992 la normativa que regulará el procedimiento administrativo común, en general, y los registros administrativos, en particular.

Debido a la implantación de las nuevas tecnologías en la vida de todos los ciudadanos el legislador estatal elabora y promulga la norma que rige la referida relación – ciudadano-administración- es la Ley 11/2007.

En el marco provincial, la Diputación Provincial de Teruel promulgó en 2009 la ordenanza gracias a la cual se puede materializar los postulados de la 11/2007.

Page 18: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

De modo tangencial, cobra especial importancia La Ley Orgánica de Protección de Datos así como su Reglamento de Desarrollo, en tanto que se crearán ficheros donde obren datos de carácter personal cuando tengan entrada al Registro instancias y documentos que los contengan.

Page 19: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

2) CONCEPTO DE REGISTRO

Page 20: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

2) CONCEPTO DE REGISTRO

Se entenderá por REGISTRO: Todo órgano administrativo que tenga atribuida la función de

dejar constancia de las circunstancias de la entrada y salida de los documentos que formen parte de los procedimientos administrativos que se sustancien ante la administración a la que pertenecen.

Por lo tanto, el flujo de documentos se realizará en dos direcciones:

1) Ciudadano – Administración (REGISTRO DE ENTRADA) 2) Administración – Ciudadano (REGISTRO DE SALIDA)

De este modo, los Registros Electrónicos serán las aplicaciones que la administración pone a disposición del ciudadano para que tramite los procedimientos administrativos sin la necesidad aportar documentos presencialmente.

Page 21: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

3) REGULACIÓN DE LOS REGISTROS

ELECTRÓNICOS

Page 22: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

3) REGULACIÓN DE LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS

3.1) SEDE ELECTRÓNICA La normativa vigente ordena que para tener acceso a servicios públicos deberá existir una

sede electrónica de las administraciones con las que se quiera instar un procedimiento.

La sede electrónica se define como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias. (art. 13 Ley 11/2007)

Por lo tanto, tendrán la consideración de sede electrónica aquello portales web que ofrezcan al ciudadano la posibilidad de

En las sedes electrónicas se establecerán registros electrónicos.

Page 23: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

3.2) ACCESO A LA SEDE ELECTRÓNICA Se tendrá acceso a las sedes electrónicas de las AAPP a través de sistemas de firma

electrónica. Según la Ley 11/2007 se admitirán los siguientes medios de firma:

Sistemas de firma incorporados al DNI electrónico –EN TODO CASO-. Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado

electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas. Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un

registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica define los siguientes modos de firma electrónica:

La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante

La firma electrónica avanzada es la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.

Page 24: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 25: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Una vez el ciudadano se haya autentificado se encontrará dentro de la sede electrónica pudiendo efectuar todas las operaciones que esta le permita.

Page 26: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

3.3) El Registro Electrónico A) CONTENIDO DE LOS ASIENTOS DEL REGISTRO (38.3 Ley 30/92)

Número

Epígrafe expresivo de su naturaleza

Fecha de entrada

Fecha y Hora de presentación

Identificación del interesado

Órgano administrativo remitente

Persona u órgano administrativo al que se envía

Referencia al contenido del escrito o comunicación que se registra

Page 27: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) ENTRADA DE DOCUMENTOS(art. 24 Ley, 25.4 y 35.2 11/2007)

Los registros electrónicos de las administraciones podrán admitir la entrada de

Los modelos electrónicos normalizados correspondientes a los procedimientos administrativos que se puedan instar en la sede electrónica

Documentos digitales anejos a la instancia que se requieran para poder tramitar el procedimiento solicitado

Por ejemplo: Procedimiento admvo. de solicitud de modificación de datos en el padrón por

cambio de residencia (alquiler…). Documentos que entrarán al Registro

Modelo Normalizado de solicitud. Nuevo contrato de alquiler. Cambio de titularidad de servicio de agua, teléfono, etc… Todos los que acrediten las nuevas circunstancias comunicadas.

En la práctica el formato requerido de los documentos es el PDF, para los de texto, y el JPG, para las imágenes.

Page 28: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) SALIDA DE DOCUMENTOS (art. 29 de la Ley 11/2007)

Toda administración que tramite un procedimiento administrativo emitirá una serie de documentos cuyo destinatario será el interesado.

Esos documentos, de los que se realizará un apunte de salida en el registro, deberán reunir las características del art. 18 de la Ley 11/2007

Incluir el sello electrónico de la administración que tramita el procedimiento Certificado seguro de verificación

*cada administración elegirá entre uno de los dos.

*la relación de sellos electrónicos de cada administración deberá ser pública y accesible

Page 29: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Documento compulsado por la administración:

Page 30: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 31: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Documento con firma electrónica de la Administración:

Page 32: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 33: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4)EL PAPEL DEL REGISTRO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Page 34: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4) EL PAPEL DEL REGISTRO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Como se verá a continuación el Registro Electrónico de la sede de las corporaciones locales juega un papel relevante a lo largo de todo el procedimiento administrativo.

Es un elemento integrante de las tres fases de las que se compone todo procedimiento: FASE DE INICIO FASE DE INSTRUCCIÓN FASE DE TERMINACIÓN

Page 35: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

INICIO INSTRUCCIÓN TERMINACIÓN

SUBSANACIÓN TRAMITEAUDIENCIA

Reg. Entrada – Instancia

inicio

Reg. Salida –

Reg. Entrada

Reg. Salida –

Reg. Entrada

Reg. Salida

Resolución –Notificación

Reg. Salida

Se podrán aportar docshasta trámite de audiencia

Page 36: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4.1) FASE DE INICIO 1) Procedimiento iniciado de oficio

Cuando el procedimiento se inicie de oficio se efectuará el apunte de salida en el Registro Electrónico.

2) Procedimiento iniciado a instancia de parte El interesado será el que inicie el procedimiento Se efectúa apunte de entrada en el Registro Electrónico y se entregará un

justificante al interesado.

Page 37: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) TRÁMITE DE SUBSANACIÓN Se abrirá este trámite cuando la instancia y/o documentación presentada por el

interesado sea defectuosa o incompleta.

Se notifica al interesado (REGISTRO DE SALIDA) la necesidad de subsanar.

En plazo de 10 días deberá emitir la documentación solicitada por el Ayuntamiento del modo descrito (REGISTRO DE ENTRADA).

De no subsanar en tiempo o forma se le tendrá por desistido y se notificará la finalización del trámite (REGISTRO DE SALIDA).

Page 38: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4.2) FASE DE INSTRUCCIÓN En esta fase se realizarán las actuaciones tendentes obtener un mayor

conocimiento de las circunstancias que han dado lugar a la apertura o instancia del procedimiento.

Tanto la administración como el interesado podrán requerir o solicitar respectivamente la ejecución de las actuaciones instructoras que permite el ordenamiento. Para ello el Registro efectuará los apuntes de entrada y/o salida necesarios (REGISTRO DE ENTRADA Y DE SALIDA).

En esta fase y hasta la apertura del trámite de audiencia el interesado podrá aportar cuantos documentos considere oportunos (REGISTRO DE ENTRADA).

Page 39: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4.3) FASE DE TERMINACIÓN Concluye el procedimiento con la notificación de la resolución, emisión de

certificado, etc, excepto en casos de silencio administrativo, (REGISTRO DE SALIDA).

En los casos de silencio administrativo el interesado podrá solicitar un certificado acreditativo de dicho silencio (REGISTRO DE ENTRADA Y DE SALIDA).

El interesado podrá recurrir la decisión adoptada por la administración (REGISTRO DE ENTRADA). Se notificará la resolución del recurso (REGISTRO DE SALIDA).

Page 40: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4.4) CÓMPUTO DE PLAZOS El interesado podrá enviar documentos al ayuntamiento durante las 24 horas del

día los 365 días del año. Se entenderá que un documento ha tenido entrada al registro en días y horas

hábiles para la administración. Art. 26 Ley 11/2007.- A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles

o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.

Ejemplo: Un ciudadano envía al Registro la solicitud de una licencia de obra menor un jueves a las 11 de la noche. Como fecha de entrada se considerará el viernes durante la primera hora hábil.

Se deberá tener especial observancia a las ordenanzas municipales que señalan los días hábiles e inhábiles para el municipio durante el año que corresponda.

Page 41: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

4.5) LABOR SUBSANADORA DEL REGISTRO En cuanto el ciudadano ingresa en el Registro la solicitud de inicio se entiende

iniciado el expediente.

En ese momento el funcionario encargado del registro examina la solicitud.

Si es una solicitud que presenta deficiencias lo comunicará al órgano gestor para que notifique la apertura de trámite de subsanación.

Por tanto se observa que, a pesar de no revisar el contenido material de la instancia, desarrolla una importante labor de revisión de la iniciación del procedimiento.

Page 42: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

5) APLICACIÓN DEL GESTOR DE EXPEDIENTES

Page 43: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

5) Aplicación Gestor de Expedientes DPT

5.1) Qué es un gestor de expedientes Se trata de una aplicación informática que tiene atribuidas las siguientes funciones:

Registrar la circunstancias de entrada y salida de los documentos de cuantos procedimientos administrativos se sustancien ante la administración pública a la que pertenezcan.

Registrar a los interesados en el procedimiento, la incorporación de interesados al mismo, así como sus datos personales y modificación de los mismos.

Controlar el estado de la tramitación del procedimiento*. Efectuar la relación de los documentos que se aportan. Establecer qué tipo de expediente que se tramita. Definir tanto las fechas de envío de documentos como su tipo de transporte. Dirigir las instancias y documentación a la unidad orgánica que corresponda.

NO SE TRATA DE UNA LISTA TASADA PUESTO QUE EN FUNCIÓN DE QUÉ APLICACIÓN SE UTILICE SE DARÁN UNAS FUNCIONES U OTRAS (SEGÚN EL DESARROLLADOR).

Page 44: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

5.2) Flujo funcionamiento gestor de expedientes:

ciudadano

Reg. Telemático

GESTOR EXPEDIENTES

TRASLADO A ÁREA MUNICIPALQUE INSTRUIRÁ EL

EXPEDIENTE

Page 45: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6) MANEJO DE LA APLICACIÓN DE LA DPT

Page 46: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6) MANEJO DE LA APLICACIÓN DE LA DPT

6.1) LISTADO DE ENTIDADES ANTE LAS QUE PODEMOS ACTUAR POR VÍA ELECTRÓNICA A) ENTIDADES SUPRAMUNICIPALES

Page 47: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) ENTIDADES LOCALES

Page 48: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.2) INICIO

Page 49: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.3) ACCESO AL REGISTRO

Page 50: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.3 COMÚN PARA ENTRADA Y SALIDA

Page 51: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 52: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.4)REGISTRO DE ENTRADA IMPORTANTE: Seleccionar “imprimir justificante”

Page 53: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) Común

Page 54: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

PODREMOS MODIFICAR EL TIPO DE DOCUMENTO

Page 55: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

PODREMOS MODIFICAR CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO (PLAZO Y SILENCIO ADMVO.)

Page 56: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 57: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

SELECCIONAMOS MÚLTIPLES INTERESADOS

Page 58: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

QUEDAN REGISTRADOS LOS INTERESADOS

Page 59: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Avanzado

Page 60: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

GUARDAMOS EL FORMULARIO

Page 61: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

SE OBTIENE AUTOMÁTICAMENTE EL JUSTIFICANTE

Page 62: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 63: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.5) REGISTRO DE SALIDA

Page 64: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) COMÚN

Page 65: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) AVANZADO

Page 66: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Page 67: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

D) CONFIRMACION SALIDA

Page 68: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.6) CONFIGURACIÓN ÓRGANO GESTOR

Page 69: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) ELEMENTOS COMUNES

1) Ocultar filtros 2) Personalizar 3) Filtrar 4) Borrar valores de filtro

Page 70: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

1) Listado PDF 2) Listado Excel 3) Nuevo registro 4) Eliminar Registro

Page 71: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

PERSONALIZAR (NUEVAS COLUMNAS EN LISTA)

Page 72: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Áreas GENERAL

Page 73: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 74: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) Secciones General

Page 75: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 76: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

D) Negociado GENERAL

Page 77: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 78: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Cada Corporación Local adecuará áreas, secciones y negociados en función de la distribución de su planta orgánica

ÁREA

SECCIÓN SECCIÓN

NEGOCIADO NEGOCIADONEGOCIADONEGOCIADO

Page 79: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.7) CONFIGURACIÓN “OTROS”

Page 80: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) Tipos de documento LISTA

Page 81: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 82: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Tipos de Transporte GENERAL

Page 83: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 84: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) Interesados LISTA

Page 85: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 86: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.8) LISTADOS A) General

Page 87: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Entrada y salida

Page 88: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) Libro Control de Entrega a la Dependencia

Page 89: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

ACCESO A ENTREGAS A DEPENDENCIAS

Page 90: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

6.7) CONFIGURACIÓN

USUARIO

ENTIDAD

REGISTRO

Page 91: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 92: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

A) Usuario GENERAL

Page 93: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

AÑADIR O MODIFICAR

Page 94: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

CÓMO AÑADIR CARACTERÍSTICAS DEL USUARIO

Page 95: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

B) Entidad

Page 96: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

LIBRO REGISTRO

Page 97: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

CONTROL DE ENTREGA

Page 98: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

JUSTIFICANTE

Page 99: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

C) Registro GENERAL (LISTA)

Page 100: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

DETALLE

Page 101: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

BÚSQUEDA REGISTROS

Page 102: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

Page 103: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

RESULTADO DE LA BÚSQUEDA

Page 104: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023

ALTA DE NUEVOS REGISTROS

Page 105: EL REGISTRO EN EL ÁMBITO DE LA  ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

F/. 19 de abr de 2023