El municipio tlajomulco de zuñiga v. web.
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El Municipio Trabajo de investigación sobre: el municipio de Tlajomulco de Zúñiga
CUO
Maestra: Lic. Nora Aidé
Alumno: RCR
Grado: séptimo Turno: matutino
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Índice:
Definición de Municipio.---------------------------------------------------------------------------------------------------4
FUNDAMENTO LEGAR POR EL CUAL SE REGIRAN LOS MUNICIIPIOS CONFROMEA A LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.----------------------------------4
Fundamento legal por el cual se regirán los municipios en el estado de Jalisco conforme a la constitución del estado de Jalisco.-------------------------------------------------------------------------------------9
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL MUNICIPIO.-------------------------------------------------------------12 Municipio de Tlajomulco de Zúñiga.----------------------------------------------------------------------------------13 Desarrollo como pueblo.------------------------------------------------------------------------------------------------14
Relaciones con otros pueblos.-----------------------------------------------------------------------------------------15
LOCALIZACIÓN ESTRATÉGICA.-----------------------------------------------------------------------------------15
Descripción Geográfica.-------------------------------------------------------------------------------------------------18
Significado del término Tlajomulco.----------------------------------------------------------------------------------18
Religión.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------19
Cultura.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------19
Sitios de interés.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------20
Fiestas.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------20
Personajes ilustres.------------------------------------------------------------------------------------------------------20
Información Económica.-------------------------------------------------------------------------------------------------20
INFRAESTRUCTURA DE GOBIERNO E INCENTIVOS MUNICIPALES.---------------------------------21
ORGANIGRAMA DE EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZUÑIGA.------------------------------------22
Bibliografía.-------------------------------------------------------------------------------------------37
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Definición de Municipio: Proviene del latín municipĭum, municipio es el conjunto de los habitantes que viven en un mismo término jurisdiccional, el cual está regido por un ayuntamiento. Por extensión, el término también permite nombrar al ayuntamiento o la corporación municipal.
El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde (en el Antiguo había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; y en las principales ciudades un corregidor designado por el rey). Por extensión, también se usa el término municipio para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado concejo abierto. En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la castellana "municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la ciudadanía romana, la condición de libertad o esclavitud, etc.
Bibliografía DERECHO MUNICIPAL Primera edición: 1991 pagina 9 y 10. Hernández Gaona, Pedro E.No hay ninguna fuente en el documento actual.
FUNDAMENTO LEGAR POR EL CUAL SE REGIRAN LOS MUNICIIPIOS CONFROMEA A LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:
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I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato. Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a menos que hayan estado en ejercicio.
Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacerlos (hacer los, sic DOF 03-02-1983) alegatos que a su juicio convengan.
Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley.
En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores;
II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones
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y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
El objeto de las leyes a que se refiere el párrafo anterior será establecer:
a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;
b) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
c) Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren tanto las fracciones III y IV de este artículo, como el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116 de esta Constitución;
d) El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, la legislatura estatal considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes; y
e) Las disposiciones aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los bandos o reglamentos correspondientes.
Las legislaturas estatales emitirán las normas que establezcan los procedimientos mediante los cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los municipios y el gobierno del estado, o entre aquéllos, con motivo de los actos derivados de los incisos c) y d) anteriores;
III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
b) Alumbrado público.
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto.
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e) Panteones.
f) Rastro.
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.
Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivas. Así mismo cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio municipio.
Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley.
IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
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b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.
Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los mismos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución.
Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley;
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:
a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;
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d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;
e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;
g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios;
VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia.
VII. La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.
El Ejecutivo Federal tendrá el mando de la fuerza pública en los lugares donde resida habitual o transitoriamente;
VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios.
Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.
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Fundamento legal por el cual se regirán los municipios en el estado de Jalisco conforme a la constitución del estado de Jalisco. ARTÍCULO 73.-El municipio libre es base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Jalisco, investido de personalidad jurídica y patrimonio propios, con las facultades y limitaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los siguientes fundamentos: I. Cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular
directa, que residirá en la cabecera municipal. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia entre éste y el gobierno del Estado.
II. Los ayuntamientos se integrarán por un Presidente Municipal, regidores y síndicos electos popularmente, según los principios de mayoría relativa y representación proporcional, en el número, las bases y los términos que señale la ley de la materia. Los regidores electos por cualquiera de dichos principios, tendrán los mismos derechos y obligaciones;
III. Los presidentes, regidores y síndicos durarán en su cargo tres años, a partir del día 1º de enero del año siguiente al de la elección y se renovarán en su totalidad al final de cada período. Los ayuntamientos recibirán las renuncias y licencias que soliciten sus miembros, y decidirán lo procedente;
IV. Los presidentes, regidores y el síndico de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa en los términos de las leyes respectivas, no podrán ser postulados como candidatos a munícipes o síndicos para el período inmediato. Las personas que por elección indirecta o por nombramiento o designación de alguna autoridad, desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la designación que se les dé, no podrán ser electos en el período inmediato; y
V. Todos los servidores públicos mencionados en la fracción anterior, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de suplentes; pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el período inmediato como propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio. ARTÍCULO 77.- Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado: I. Los bandos de policía y gobierno; II. Los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, con el objeto de:
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a) Organizar la administración pública municipal; b) Regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia; y c) Asegurar la participación ciudadana y vecinal;
III. Los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios para cumplir los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IV. Los reglamentos que normen la creación y supresión de los empleos públicos municipales y las condiciones y relaciones de trabajo entre el municipio y sus servidores públicos; y Las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado únicamente deberán establecer:
I. Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;
II. Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
III. Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren tanto las fracciones III y IV del artículo 115, como el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IV. El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal, cuando al no existir el convenio correspondiente, la legislatura estatal considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes; y
V. Las normas que establezcan los procedimientos mediante las cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los municipios y el gobierno del estado, o entre aquellos, con motivo de los actos derivados de los incisos II y IV (sic) anteriores. ARTÍCULO 79.- Los municipios, a través de sus ayuntamientos, tendrán a su cargo las siguientes funciones y servicios públicos: I. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas
residuales;
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II. Alumbrado público; III. Aseo público, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los
residuos de su competencia; IV. Mercados y centrales de abastos; V. Estacionamientos; VI. Cementerios; VII. Rastro; VIII. Calles, parques y jardines, y su equipamiento; IX. Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito; y X. Los demás que deban prestarse, según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los municipios y lo permita su capacidad administrativa y financiera. ARTÍCULO 80.- Los municipios a través de sus ayuntamientos, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para: I. Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano
municipal; II. Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; III. Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones
territoriales; IV. Otorgar licencias o permisos para urbanizaciones, construcciones y
condominios; V. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; VI. Participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológica; VII. Organizar y conducir la planeación del desarrollo del municipio y establecer los
medios para la consulta ciudadana y la participación social. VIII. Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público
de pasajeros cuando afecten su ámbito territorial; y IX. Celebrar convenios para la administración y custodia de zonas federales. ANTECEDENTES HISTORICOS DEL MUNICIPIO Época prehispánica Los antecedentes del mumc1p1o en México los encontramos en la época prehispánica en los calpullis. Este tipo de organización política, económica y social estaba integrada por un número de familias que poseían y trabajaban colectivamente la tierra.
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La época colonial La colonización en América se realizó a través de la institución municipal. Con el establecimiento del municipio se fue desarrollando el régimen colonial en todo el mundo. Como forma de organización social y política, el calpulü, fue desapareciendo poco a poco hasta que a mediados del siglo XVI sucumbió ante el poderío implantado por los. Conquistadores y dio paso a la instauración de nuevas. formas de producción y de organización del gobierno.
Municipio de Tlajomulco de Zúñiga
El nombre de Tlajomulco se deriva de los vocablos tlalli (tierra), xomulli (rincón) y co (lugar), y se traduce como "Lugar escondido". Otros nahuatlatos afirman que se origina de los vocablos "tlaxomúlli" (rincón o esquina) y "co" (lugar) por lo que se interpreta como "en el rincón" o "tierra en el rincón".
En 1530, al hacer la conquista de Tonalá, Nuño de Guzmán recorrió el cacicazgo de Tlajomulco, llevándose gran número de aborígenes, como auxiliares para engrosar su ejército y en esta forma proseguir la conquista. Pilili fue bautizado como Diego Vázquez, quien murió ayudando a los españoles en la guerra del
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Miztón. Cóyotl fue bautizado como Pedro de Guzmán, y fue apadrinado por Nuño de Guzmán.
Desarrollo como pueblo Hacia 1621 el corregimiento de Tlajomulco presentaba la siguiente situación detallada por Domingo Lázaro de Arregui en su "Descripción de la Nueva Galicia" "El corregimiento de Tlaxomulco está de Guadalaxara tres leguas grandes al mediodía, y tiene sujetos en el valle de Zapotepec, entre el dicho pueblo y la ciudad de Guadalaxara, los pueblos de San Sebastián, Santa Ana Atlixtac, y San Agustín; y por la parte meridional a Santa Ana Acatlán y Santa Cruz, todos pueblecillos de muy poca gente. Y en el pueblo de Santa Ana Acatlán, confina este corregimiento con la alcaldía mayor de la provincia de Avalos y su alcaldía de la provincia de la Nueva España; y por la parte del sureste con el corregimiento de Caxetitlán y Coyotlán, que dista de Tlaxomulco una o dos leguas. Y están estos dos pueblecillos dichos el uno de una parte y el otro de la otra de una laguna que tiene más de tres leguas de box. Es Tlaxomulco doctrina de frailes franciscanos y tienen casa en el dicho pueblo, y de las que llaman buenas en la provincia y visitan de allí todos los pueblos nombrados. Hay en esta jurisdicción cuatro labores de tipo en que se suelen coger cuatro o cinco mil fanegas de trigo. Las dos están en el Valle de Zapotepec y las otras dos en el valle de Matzatepec y Santa Ana Acatlán, y estas dos son menores. Hay asimismo algunas estancias de ganado mayor, que en todas se herrarán cinco o seis mil becerros cada año y más de 400 mulas. La laguna de Coyotlán, que digo está entre los dos pueblos, tiene algunos bagres, y pescado blanco y otro pescadillo, y las mayores ranas que se han visto por acá. Y de lo más que sirve y aprovecha esta laguna es de yerba que se saca de sus márgenes; y es un cañutillo verde todo el año que se lleva a Guadalaxara y es buen pienso para los caballos. Dicen que se suele secar esta laguna pero no lo ha hecho de diez años a esta parte, y antes parece cosa imposible por la mucha agua que tiene y unos arroyuelos que entran todo el año en ella. El pueblo de Tlaxomulco es el mayor de este reino y tiene casi 200 vecinos, todos indios, tratantes y arrieros. Hácense en este pueblo muy buenos quipiles, que visten las indias de la cintura arriba; y hacen otras cosillas de lana como fajas y cintas, que todo ello es cosa bien escasa. Dicen que hay en este pueblo algunos indios ricos y dos o tres que tienen tres o cuatro mil pesos. Tiene toda esta jurisdicción y pueblos nombrados 242 tributarios y no viven españoles en esta
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Relaciones con otros pueblos Sus primitivos pobladores fueron descendientes de la raza nahua, quienes al establecerse en estas tierras se llamaron tlajomulcas. En 1226, en tiempos del rey Tlajomulpilli, el poblado llegó a ser poderoso, dominando hasta lo que hoy se conoce como Tala, Acatlán y otros pueblos cercanos; los cuales le pagaban tributo. En donde ahora se levanta el pueblo, antiguamente era un sitio desierto con un cue o adoratorio. Acudían a adorarlo varios pueblos circunvecinos y particularmente los tarascos quienes hacia 1509, para defender este lugar, arrojaron a los aborígenes de Tepatitlán, Cocula y Ocotlán que pugnaban por establecerse ahí. Durante la Guerra del Salitre, en 1510, los purépechas invadieron tierras de Tonalá; los hijos del capitán Oxatac llamados Pitláloc, Copaya y Pilili, ayudaron al monarca de Tonalá, en agradecimiento les dio las tierras de Tlajomulco para que fundaran un cacicazgo. Les condonó asimismo el pago de gabelas durante diez años, pero quedando sujetos al señorío tonalteca. En los inicios del siglo XVI, siendo cacique Cóyotl, abarcó los pueblos de Cuyutlán, Cuescomatitlán, Cajititlán, Atrixtac y Xuchitlán. Al enterarse Cóyotl de que Nuño de Guzmán se aproximaba a Tonalá envió a Totoch, Pitláloc, Copaya y Pilili hasta Ahuehuetitlán para que le prestaran obediencia, recibiendo en forma pacífica y con obsequios a los conquistadores.
LOCALIZACIÓN ESTRATÉGICA Comunicado por importantes vías de acceso, Tlajomulco cuenta con corredores logísticos que facilitan la conectividad y la movilidad de las industrias y el comercio. Los principales son: Corredor López Mateos, Corredor Tlajomulco - Manzanillo; Corredor carretera a Chapala, Corredor Circuito Metropolitano Sur. El Circuito Metropolitano Sur es una moderna vía de cuatro carriles que atraviesa Tlajomulco, y es su principal corredor logístico. Este circuito es el enlace entre las zonas industriales y comerciales del municipio y las carreteras que conectan Norte, Occidente y Centro del país.
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TRANSPORTACIÓN MARÍTIMA FERROVIARIA Y AÉREA
A sólo tres horas de Tlajomulco, por carretera, se localiza Manzanillo, principal puerto de carga en el pacífico mexicano, cuya moderna infraestructura portuaria para el manejo y administración de la carga proveniente de la zona Asia Pacífico, lo hace un sitio privilegiado. Por otro lado, el Sistema de Ferrocarriles de México, mediante la línea Guadalajara – Manzanillo, que en su trayecto conecta diferentes estaciones, permite una estratégica transportación de mercancías. El Aeropuerto Internacional MiguelHidalgo, considerado como uno de los aeropuertos más importantes de México, se encuentra ubicado también en Tlajomulco. En él operan aerolíneas con reconocimiento internacional en transporte de pasajeros y de carga, con vuelos directos de Norteamérica, Centro y Sudamérica y de conexión con Europa y Asia.
Con una privilegiada y estratégica ubicación, el municipio de Tlajomulco de Zúñiga cuenta con una extensión territorial de 636.93 kilómetros cuadrados dentro de la región centro occidente de México, en el estado de Jalisco, y forma parte de la zona metropolitana de Guadalajara, que es considerada la segunda ciudad más importante del país
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Descripción Geográfica
En general su superficie está conformada por zonas planas (62%), hay zonas semiplanas (24%) y zonas accidentadas (14 %). Suelos: El territorio está constituido por terrenos del período cuaternario. Está conformado por rocas ígneas, brecha volcánica, tobas en las sierras y algunos cerros; hay lunares de basalto. La composición de los suelos es de tipos predominantes Feozem Háplico, Planosol Eútrico y Vertisol Pélico. El municipio tiene una superficie territorial de 63,693 hectáreas, de las cuales 35,000 son utilizadas con fines agrícolas, 15,643 en la actividad pecuaria, 7,400 son de uso forestal, 1,240 son suelo urbano y 4,410 hectáreas tienen otro uso. En lo que a la propiedad se refiere, una extensión de 34,857 hectáreas es privada y otra de 26,162 es ejidal; 2,674 hectáreas son propiedad comunal.
Demografía: Según el II Conteo de Población y Vivienda, el municipio tiene 416,626 habitantes, de los cuales 206,958 son hombres y 209,668 son mujeres;
Clima: El clima del Municipio es semiseco con invierno y primavera secos, y semicálido sin estación invernal definida. La temperatura media anual es de 19.7 º C, y tiene una precipitación media anual de 821.9 milímetros. Los vientos dominantes son de dirección norte. El promedio de días con heladas al año es de 4.3.
Delimitación: Limita al norte con los Municipios de Zapopan, Tlaquepaque y El Salto, al sur con Jocotepec y Chapala, al este con Juanacatlán e Ixtlahuacán de los Membrillos y al oeste con Acatlán de Juárez y Tala.
Extensión:
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Su extensión territorial es de 636.93 kilómetros cuadrados.
Fauna: En la región donde se encuentra este municipio habitan especies como ardilla, conejo, coyote, tlacuache, venado y una variedad de aves y peces. Fuente: Los Municipios de Jalisco. Enciclopedia los Municipios de México, Secretaría de Gobernación y Gobierno del Estado de Jalisco, 1988. Geología.- Los terrenos del Municipio pertenecen al período cuaternario, y están compuestos por rocas ígneas, brecha volcánica, tobas y basalto.
Hidrografía: El Municipio pertenece a la subcuenca hidrológica “Río Santiago” y “Alto Río Ameca”. El río Santiago sólo pasa por su límite este que divide al Municipio con el de Juanacatlán; cuenta con los arroyos de El Colorado, La Colcha, Los Venados, Del Monte, Grande de San Lucas, Zarco, Sauces y Presa Reventada; con la laguna de Cajititlán y las presas de Santa Cruz de las Flores, El Molino, El Guayabo, El Cuervo y Cruz Blanca.
Recursos Naturales: La riqueza natural con que cuenta el Municipio está representada por 7,400 hectáreas de bosque donde predominan especies de encino, principalmente. Sus recursos minerales son yacimientos de arena, grava, piedra caliza y yeso.
Suelos: Los suelos dominantes pertenecen al tipo feozem háplico, planosol eútrico; y como suelo asociado se encuentra el vertisol pélico.
Topografía: Las zonas accidentadas cubren el 14 por ciento del Municipio y tienen alturas de 1,700 a 2,700 metros; las zonas semiplanas cubren el 24 por ciento del territorio y tienen alturas de 1,600 a 1,700 metros; las zonas planas ocupan el 62 por ciento del municipio y tienen alturas de 1,500 a 1,600 metros sobre el nivel del mar. Uso del Suelo.-La mayor parte del suelo tiene un uso agrícola. Vegetación.- La flora está compuesta por bosques de encino, pastizales naturales y selva mediana.
Significado del término Tlajomulco. El nombre proviene del nahuatl, Tlalli “tierra” y Xomulli “rincón” por eso para algunos investigadores el término significa “el lugar situado en la rinconada, aunque también se interpreta como “lugar del montón de tierra ó rincón de tierra rodeada de cerros”.
Fue conquistado en 1530 por Nuño de Guzmán al mismo tiempo que conquistó a los indios de Tonalá. Durante la colonia se convirtió en un corregimiento de la Nueva Galicia y estaba compuesto casi en su totalidad por indígenas que a su vez eran campesinos. Durante el siguiente siglo fue cambiando funciones administrativas hasta que el 27 de julio de 1939 obtiene el nombre de Tlajomulco de Zúñiga, en honor al General Eugenio Zúñiga (oriundo de Tlajomulco), y se convierte en cabecera municipal. Sus antecedentes históricos se remontan hasta
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la época en que pasó por este lugar la raza nahua. La región de Tlajomulco perteneció al señorío de Tonallan y a los moradores de estas tierras se les llamó tlajomulcas. En 1266 en tiempos del rey Tlajomulpilli, el poblado llegó a ser poderoso, dominando hasta lo que hoy se conoce como Tala, Acatlán y otros pueblos cercanos. Tlajomulco fue fundado con autorización del señorío De Tonalá, en agradecimiento a Pitláloc, Copaya, Pilili y Totoch por resistir la invasión purépecha. En la Primera mitad del siglo XVI, siendo cacique Coyotl, tenían como feudatarios a los pueblos de Cuyutlán, Cuescomatitlán, Cajititlán, Atlixtac (Santa Anita) y Xuchitlán, hasta que en 1530 fueron conquistados por Nuño Beltrán de Guzmán, que llegó a Tlajomulco siendo bien recibido por el cacique Coyotl, quien lo ayudó a la conquista de Tonalá. El cacique fue bautizado en este mismo año, apadrinándolo Nuño Beltrán de Guzmán y lo llamó Pedro de Guzmán. Cronología
En 1811 el pueblo apoyó al cura Ramón Flores quien murió peleando por la Independencia, en una acción que duró 8 horas hasta que sacó a los realistas de la plaza, quedando triunfantes los insurgentes.
En 1824 se establecieron sus límites comprendiendo los pueblos de Toluquilla, Santa María y San Sebastianito.
En 1837 Tlajomulco fue cabecera de partido del distrito de Guadalajara.
En 1846 fue cabecera de Tonalá y de uno de los 28 departamentos del estado.
En 1883 obtuvo su autonomía municipal.
El 17 de diciembre de 1939 por decreto del Congreso del Estado, cambió la denominación de su cabecera por la de Tlajomulco de Zúñiga.
Religión El 94.5% profesa la religión católica; sin embargo, también hay creyentes de los Testigos de Jehová, Mormones, Adventistas del Séptimo Día, protestantes y otras doctrinas. El 0.79% de los habitantes ostentaron no practicar religión alguna.
Dentro de la organización de la Iglesia Católica, Tlajomulco de Zúñiga pertenece a la Zona Pastoral Foránea IV Poniente B. de la Arquidiócesis de Guadalajara, con la parroquia de La Santa Cruz erigida en 1610, que es atendida por 2 sacerdotes.
Cultura Artesanías: destacan los huaraches, las tejas, la cerámica, metates, molcajetes, sarapes, muebles de tipo colonial y rústico, talabartería, sillas de montar y mangos de madera.
Trajes típicos: para el hombre el traje de charro y para la mujer vestidos de manta.
Gastronomía: destacan la birria y carnitas. La bebida acostumbrada es el tequila almendrado. Pulparindos, mazapanes y chicles son los dulces típicos de esta región.
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Sitios de interés Santuario de Guadalupe.
Templo de San Juan.
Basílica de Los Reyes.
Templo de San Lucas.
Templo de Santa Cruz de las Flores.
Templo de San Miguel Cuyutlán.
Estatua de Cristo Rey en el cerro viejo.
El fraccionamiento El Palomar.
Ruta Franciscana.
Lago de Cajititlán.
Fiestas Fiesta patronal, se lleva a cabo del 29 de noviembre al 12 de diciembre.
Personajes ilustres Eugenio Zúñiga, general.
Enrique Zúñiga, teniente coronel.
Francisco Sánchez Flores, doctor, literato, poeta y pintor.
Ismael Aguayo Figueroa, escritor.
Antonio de Paraleja, fraile.
Información Económica CAPITAL HUMANO
Tlajomulco es sede de importantes universidades tecnológicas que ofrecen planes educativos vinculados al sector productivo; sus graduados son capital humano que fortalece a las empresas que se establecen en el municipio.
PARQUES INDUSTRIALES
Tlajomulco cuenta con una oferta importante de parques industriales, que ofrecen infraestructura de primer nivel, con ubicaciones estratégicas cercanas a las principales vías de comunicación terrestre y aérea. Entre los que destacan: Parque Industrial Aeropuerto, Parque Industrial San Jorge-Arrallanes, Condominio Industrial Siglo XXI y Parque Farmacéutico GRUPO
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IFACO; quienes albergan grandes empresas del sector automotriz y electrónico entre otras.
SECTOR PRODUCTIVO
Tlajomulco es sinónimo de Potencial Económico, crece con industrias de altas tecnologías de diferentes sectores y al ser parte de la zona metropolitana de Guadalajara, Tlajomulco es base de la industria manufacturera electrónica mas importante del estado contando con empresas de talla internacionales
EMPRESAS EN TLAJOMULCO
Cluster de la Industria Electrónica: Sanmina-SCI , Flextronics.
Cluster Aeronáutico : Grupo EMA ( Empresa de Mantenimiento Aéreo , de Aeromexico )
Cluster Farmacéutico y Biotecnológico, son: Laboratorios Pisa y Grupo IFACO.
Cluster Automotriz: Siemens ,Continental y Daido Metal Company.
Empresas del Sector Alimentos y Bebidas: Yakult, Mazapán de la Rosa, Grupo Peñafiel, Grupo Arcoíris y Grupo Big Cola.
Empresas del sector de Almacenamiento y Distribución: Grupo Walmart y Grupo Bimbo.
En el Sector Minero: Sandvik.
En el Sector Hotelero: Hotel ENCORE, Hotel Casa Grande.
Otros Sectores: Cepillos el Castor , Jaltex S.A de C. V., PROINCO , PROCEMAD, Industrias Presto.
INFRAESTRUCTURA DE GOBIERNO E INCENTIVOS MUNICIPALES El dinamismo económico de Tlajomulco también se debe a la facilidad para hacer negocios que ofrece el gobierno municipal, un gobierno que asume su responsabilidad de generar condiciones propicias para trabajar en conjunto con los empresarios y que apuesta al crecimiento sostenible de las empresas que alberga
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el municipio. Además, Tlajomulco cuenta con un esquema de incentivos para proyectos productivos que generen empleos permanentes.
CALIDAD DE VIDA
Para quienes gustan de disfrutar de las comodidades de la vida moderna y de un entorno agradable y de buen gusto, Tlajomulco ofrece una inmejorable calidad de vida en sus exclusivas zonas residenciales,centros comerciales y diferentes restaurantes con lo más selecto de la cocina local e internacional. Los servicios médicos hospitalarios con estándares internacionales; escuelas privadas bilingües de excelente nivel, campos de golf profesionales así como el centro de espectáculos y conciertos“Arena VFG” con capacidad para miles de espectadores, son sólo una muestra de la calidad de vida que Tlajomulco brinda a sus habitantes y visitantes.
ORGANIGRAMA DE EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZUÑIGA
DIF Dirección General Sistema DIF TLajomulco Celia Guadalupe Gallo Pérez Procuraduría, Defensa Dirección de Dirección de Trabajo Director Jurídico Dirección Presidente Municipal Ismael Del Toro Castro Administrativo del Menor y la Familia CADI Social y Psicología APCE Presidente Municipal Ismael Del Toro Castro Recursos Psicología
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Sub Director Juridico (MC) Adrián Enrique Sandoval Ortiz (PVEM) Eleazar Torres
Zainos Humanos Recursos Financieros Rehabilitación Trabajo Social Coordinación de Desarrollo Social Lic. Pedro Martínez Ponce
Coordinación de Proyectos Estratégicos Lic. Antonio Salazar Gómez
Coordinación de Servicios Públicos Lic. Erik Daniel Tapia Ibarra
Oficialía Mayor Administrativa Oscar Omar Bernal Hernández Oficialía Mayor de Padrón y
Licencias Bonifacio Ramírez Santiago Secretaria Técnica de Presidencia
Oficina de la Presidencia Omar Cervantes Rivera Unidad de Transparencia e Información
(MC) Rosina Chavira Lara (PRD) Quirino Velázquez
Buenrostro Secretaría General Alberto Uribe Camacho
Síndico Luis Octavio Vidrio Martínez
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Tesorería Municipal Juan Partida Morales
Contraloría José Luis Gutiérrez Rentería Recursos Materiales Dirección General de Desarrollo Social Dirección General de Procesos Fomento y Promoción Empresarial Adquisiciones Fabián Cortés Ramos Dirección de Licencias
Myriam Paola Abundis Vázquez Jefatura de Padrón Fiscal
Asesor Especializado Comunicación Social Cynthia Nuñez Valencia Planeación Institucional Alberto Ramírez Martínez Secretaría Particular Mario Castellanos Ibarra Dirección General de Seguridad
Pública Marisela Gómez Cobos Dirección General de Protección Civil y Bomberos Felipe de Jesús López Sahagún
Dirección General de Transparencia
Verónica Gutiérrez Hernández (MC) Gustavo Flores Llamas (PRD) Eustacio Rivas
Pedrosa (MC) María Ascención (PRI) Adrián Octavio Salinas
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Actas, Acuerdos y Seguimiento Oscar Villalobos Gámez Registro civil
Adriana Gabriela Medina Ortiz Oficialía de Partes Ivette González Sánchez Coordinador de Juzgados Municipales
José Luis Salazar Martínez Dirección Jurídica Omar Bejar Orozco Asuntos Internos
Aurelio Hernández Márquez Ingresos
Arturo Yáñez López
Finanzas Ana Bárbara García Casillas Instituto de Cultura Recreación y Dagoberto Calderón Leal Ciudadanos
Juan Chávez Ocegueda Jefatura de Departamento de Estudios Sociales Tzitzi Santillán Hernández Dirección General de Obras
Públicas Dirección General de Ordenamiento
Territorial Joanna Sinaí Santillán Alvarez Dirección General de Servicios
Públicos Dirección General de Agua Potable y
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Alcantarillado Dirección General de Servicios Médicos
Municipales Defensoría de espacios Públicos Pedro Dávalos Cervantes
Jefatura de UNASAM Jefatura de Departamento José Luis Orozco Sanabria Comunicación Atención Ciudadana Director Operativo Sub Director Cultura de la transparencia Álvarez Solís Tostado Coordinación de Delegados y Civil Atención al contribuyente David Ricardo Delgado Ahumada Jefatura de Ingresos Sandra García Miranda David Miguel Zamora Bueno Jorge Gustavo García Juárez Turismo Consuelo Robles Sierra Rafael Cervantes Solís Julio Marcelo Restelli Villasante
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Karla Susann Hernández Saúl Soto Sánchez Jefatura de Licencias María del Rocío Ramos de la Willehaldo Saavedra Prevención Del María Gabriela Campos (MC) Juan Paulo Acero (PAN) Andrés Zermeño Integración y Dictaminación Procurador Social Deporte Leticia Alcázar Chávez Coronado Oscar Ernesto Tapía Padilla Peña González Coordinación de Secretaria Privada Presidencia Salvador Cervantes Flores Delito Víctor Manuel Morales Eufracio Domínguez Barba Agentes
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José Luis Padilla Pérez Edgar Hernández Aceves Jefatura de Egresos Director del Instituto Juan Carlos Cornell Nuñez Dirección, Control y Seguimiento Programas Estatales y Federales Ana Lilia Mosqueda González Departamento de Programas
Dirección de Control y Seguimiento a Programas Sociales Municipales Jesús Vidrio Gutiérrez Educación
Carlos Chávez Montes Participación Social
Vivienda y Comunidad
Digna Juan Ramón Alcalá Díaz Jefatura Participación Ciudadana
Coordinador de Zona I Coordinador de Zona II
Jefatura de CE Mujer Fátima Chavira González Jefatura de Departamento Alicia Vázquez Centeno Licitación y Normatividad Erik Walberto Moreno Arévalo Ordenamiento Territorial Jose Ignacio Ramos Lomelín Jefatura de Departamento Sergio López Fajardo
Medio Ambiente y Ecología José Ángel García Márquez
Jefatura Técnica Paulina Cervantes Flores
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Dirección de Proyectos Leslie Hernández Quintero Jefatura de Departamento
Alumbrado Público
Enrique Buenrostro Ahued Cementerios
J. Guadalupe García Castillo Rastro Municipal
Dirección Técnica
José de Jesús Moya Díaz Dirección Operativa Promoción a la Salud Miguel Villegas Rodríguez Dirección Médica Genaro Torres Vidrio Calles, Calzadas y Caminos Joel Benjamín Márquez Rivas Jefatura de Departamento Ricardo Ulloa Bernal Recursos Humanos
Laura Verónica Torres Torres Jefatura de Anuncios Luis Fernando Fonseca Cruz
Inspección de Reglamentos Guillermo Iván Orozco Trillo Atención a Medios Iván Ignacio Varela Pedraza Coordinación de Asesores
Luis De La Mora De la
Protocolo Paloma Alejandra de León Ortega
Logística José de Jesús Sandoval Martínez Rodrigo Contreras Morante
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Mónica Reynoso Hernández Proximidad Social Andrés Gómez Rosales Planeación y Evaluación Norma Alicia Díaz Ramírez Sánchez Acceso a la información (MC) Juan Cortés Romero (PAN) María Fernanda
Amezcua Núñez (MC) María de la Luz Flores (MC) Octavio Sánchez José Miguel García González
Coordinador Sec. I Jesus I. Plasencia de la C.
Oficina de enlace con la SRE. Claudia Georgina Gutiérrez Orozco Administrativo Jefe departamento Francisco Antonio Cárdenas Correa Recaudación Central
Alberto Javier Reveles Basulto Recaudación Teresa Orozco Hernández Jefatura de Departamento Teresa Alejandrina Godina Medina Jefatura de Departamento Beatriz Adriana Gutiérrez Carranza
Estatales María de Jesús Morones García Jefatura de Departamento Félix Casillas Gutiérrez Jefatura de Departamento Adolfo Iván Parra
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Coordinador de Zona III Licitación y Contratación Jefatura de Departamento Ernesto Paniagua Guerra Inspección Ambiental Uriel Arias Delgado (Ladrilleras)
J. Guadalupe Cortez Navarro Aseo Público
Francisco Bañuelos Delgado José María Gutiérrez Jiménez Director de Áreas Verdes Elidió Hernández Cruz Nómina
Zeila Ivonne Frausto Torres Mora Administrativa Felipe Flores Miranda Sandoval García Coordinador Sec. II Rubén Lujano Bugarin Junta Municipal de Reclutamiento Octavio Mejía Manzano Patrimonio Coordinadora Administrativa Jefatura de Deportes
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Jefatura de Recreación Jefatura de Cultura Jefe de Museos Jefe de Bibliotecas Jefatura de Departamento de Programas Federales Laura Margarita Rodríguez Lizardi Jefatura de Departamento Perla Margarita Sánchez de la Fuente Programas Sociales Alonso Bernal Santos Jefatura de Departamento María Pilar Guerrero Barrera Infraestructura Educativa. Pedro Barba Velázquez Coordinador de Zona IV
Alí Díaz Vidal Normatividad y auditorias Sandra Patricia Sánchez Valadez
Estudios, Proyectos y Construcción
Jorge González Morales Jefatura de Departamento José Álvaro Corona Flores Jefatura de Departamento Elpidio José Velázquez Aguilar
Jefatura de Departamento Raúl Rodríguez González Prevención Forestal Gabriel Ortiz Moreno Gestión Ambiental
Sergio Alberto Avalos Beleche Ingenieria Ambiental
David Esteban Morales Sanchez
Jefatura de Departamento (Uniformes y Útiles)
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José de Jesús Luna Enríquez Dirección de Proyecto Cajititlán Juan Manuel Enríquez Haro Dirección de Desarrollo Rural
José Vázquez Zamora Jefatura de Electromecánica Oscar Hernández Navarro Redes Agua y Alcantarillado Saúl Díaz Ortega
Jefatura de Departamento Operativa
Santiago Payan Reyes Control Administrativo María Alejandra Arizaga Rodarte Jefatura de Espacios Públicos y
Almacén Lorenzo Fierro Rodríguez
Jefatura de Corresponsabilidad Social José de Jesús Iñiguez Maldonado Control de Personal Iris Paulina de León Ortega Administración David Mendoza Martínez Descentralización Jesús Edgardo Vázquez Figueroa
Jefatura de Departamento José Ochoa Andrade
Unidad de Comercio y Festividades Gerardo Aurelio Gómez
Mercados José Fernando Galván Becerra
Tianguis (MC) Lucio Miranda Robles Síndico Luis Octavio Vidrio Martínez
Secretaría General Alberto Uribe Camacho
Coordinador Sec. III Valente Carranza González
Coordinador Sec. IV
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Rafael Rodríguez Pérez
SMN Aquiles Arce Sánchez Archivo Municipal Sergio Angel García Macías
Cronista José Luis Rodríguez Robles
Contabilidad Irlanda Loerythe Baumbach
Valencia Procesos de Administración Sandra Deyanira Tovar López Mejora Recaudatoria Ricardo Olivares Toscano Jefe departamento Fernando Gutiérrez Santos
Catastro José Alberto Bravo Saldivar Jefe departamento
David Benjamín Sánchez Velazco
Instituto de la Mujer Organismos Públicos Descentralizados Supervisión y Control de
Obra Gabriel Ramos Hernández Dirección de Licencias y Alineamientos Alberto Fernando Martínez Gutiérrez Jefatura de Departamento Ezequiel Arteaga Padilla Jefatura de Departamento Carlos Adolf Chávez de la Rosa
Desarrollo Pecuario Alejandro Guzmán Regalado Desarrollo Agrícola Francisco Padilla Pacas Jefatura de Pesca Ramón Padilla Tadeo
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Rastro Municipal Julián Rodríguez Rodríguez Dirección de Calidad del Agua Enrique Javier González Tostado Jefe de Vivero Municipal Reyes Canales Tatengo
Jefe de Unidades Deportivas Belizario López Gómez Vehículos y Taller
Juan Miguel Ferrer Vázquez Maquinaria
Gustavo Sánchez García Mantenimiento Interno Eliseo Sánchez Tapia
Tecnologías de la información Simón Alejandro Delgado Buitrón Jefatura de Enlace de Santa Fé Rafael Medina Gutiérrez Noemi Sherman Quintero Caminos Saca Cosechas Felipe Regalado García Dirección de Verificación de Edificación y Urbanización Gilberto Chaires Muñoz Jefatura de Movilidad Urbana Javier Navarro Sahagún
Jefatura de Proyectos Estratégicos Soporte Técnico y Redes Ricardo Corona Juárez Jefatura de Departamento Enrique Pérez Sainz
RELACIÓN DE COMISIONES MUNICIPALES 2012-2015 No.
C
PRESIDEN
V
V
V
V
1 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Octavio Sánchez García
Gustavo Flores Llamas
Juan Paulo Acero
Domínguez
María de la Luz Flores Sandoval
R
Adrián Octavio Salinas Tostado
R
2
ADQUISICIONES Lucio Mirand
a
Juan Corté
s
Octavio Sánchez García
Andrés Zermeño Barba
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3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Juan Paulo Acero
Domínguez
Rosina
Chav
Juan Corté
s
Adrián Octavio Salinas Tostado
R
4 ASISTENCIA SOCIAL Rosi
na Chav
María Ascención
Álvarez Solís
María de la Luz Flores Sandoval
R
Eustacio Rivas
Pedroza
5 ASUNTOS METROPOLITANOS
Andrés Zermeño Barba
Ismael Del Toro Castro Presidente
M
Gustavo Flores Llamas
Quirino Velázquez Buenrostro
María. Fernanda Amezcua Núñez
R
6
ALUMBRADO PÚBLICO Rosina
Chav
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Octavio Sánchez García
7 ATENCIÓN A LA JUVENTUD
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Juan Paulo Acero
Domínguez
Eleazar Torres Zainos Regidor
María. Fernanda Amezcua Núñez
R
María de la Luz Flores Sandoval
R
8
CALLES Y CALZADAS Octavio Sánchez García
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Lucio Mirand
a
Eustacio Rivas
Pedroza
9 CATASTRO Juan
Cortés
Gustavo Flores Llamas
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
10 CELEBRACIONES TRADICIONALES
María Ascención
Álvarez Solís
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Rosina
Chavi
11 CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Juan Corté
s
Lucio Mirand
a
12 CULTURA Rosi
na Chav
María Ascención
Álvarez Solís
Juan Corté
s
13 DERECHOS HUMANOS Eleazar
Torres Zainos
María de la Luz Flores Sandoval
R
Juan Corté
s
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
Eustacio Rivas
Pedroza
14
DESARROLLO SOCIAL María Ascención
Álvarez Solís
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Lucio Mirand
a
15 DESARROLLO URBANO Lucio
Miranda
Ismael Del Toro Castro Presidente
M
Gustavo Flores Llamas
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
Andrés Zermeño Barba
16
DEUDA PÚBLICA Juan Paulo Acero
Domínguez
María. Ascención
Álvarez Solís
Juan Cortés Romero Regidor
Adrián Octavio Salinas Tostado
R
17 EDUCACIÓN Juan
Cortés
Gustavo Flores Llamas
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
Adrián Octavio Salinas Tostado
R
18 EQUIDAD DE GÉNERO María de la Luz
Flores Sandoval R
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Rosina
Chav
Eustacio Rivas
Pedroza
María. Fernanda Amezcua Núñez
R
19
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Rosina
Chav
Adrián Enrique Sandoval Ortiz
Re
Juan Paulo Acero
Domínguez
20 ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
Juan Paulo Acero
Domínguez
Lucio Mirand
a
Eleazar Torres Zainos
21 FISCALIZACIÓN Luis Octavio Vidrio
Martínez Síndico (
María Ascención
Álvarez Solís
Juan Corté
s
22 FOMENTO AGROPECUARIO, FORESTAL Y
Octavio Sánchez García
Juan Corté
s
María Ascención
Álvarez Solís
Andrés Zermeño Barba
23 GOBERNACIÓN Lucio
Miranda
Ismael Del Toro Castro Presidente
M
Luis Octavio Vidrio Martínez Síndico
(
Adrián Octavio Salinas Tostado
R
Quirino Velázquez Buenrostro
24
HACIENDA PÚBLICA Y PRESUPUESTO
Gustavo Flores Llamas
Lucio Miranda Robles Regidor
Eleazar Torres Zainos
Eustacio Rivas Pedroza
María Fernanda Amezcua Núñez
R
24 Adrián Octavio
Salinas Tostado R
Adrián Enrique Sandoval Ortiz Regidor
(
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Bibliografía: DERECHO MUNICIPAL de Hernández Gaona, Pedro E. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=284 http://definicion.de/municipio/ http://www.tlajomulco.gob.mx/
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