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www.ridrom.uclm.es Abril - 2014 www.ridrom.ucl m.es ISSN 1989-1970 [email protected] Derecho Romano, Tradición Romanística y Ciencias Histórico- Jurídicas REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO EL DERECHO ROMANO EN LAS LIBRERÍAS DE LOS ABOGADOS Y REGIDORES OVETENSES DEL SIGLO XVII: TINEO-SABIDO THE ROMAN LAW IN THE SHELVES OF THE ATTORNEYS AND OVETENSES ALDERMEN OF THE 17TH CENTURY: TINEO ESTRADA AND FERNANDEZ SABIDO Justo García Sánchez Catedrático de Derecho Romano Universidad de Oviedo 12

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ISSN [email protected]

Derecho Romano, Tradición

Romanística y Ciencias

Histórico-Jurídicas

REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO

EL DERECHO ROMANO EN LAS LIBRERÍAS DE LOS ABOGADOS Y REGIDORES

OVETENSES DEL SIGLO XVII: TINEO-SABIDO

THE ROMAN LAW IN THE SHELVES OF THE ATTORNEYS AND OVETENSES ALDERMEN OF THE 17TH CENTURY: TINEO ESTRADA

AND FERNANDEZ SABIDO

Justo García SánchezCatedrático de Derecho Romano

Universidad de Oviedo

I. Introducción

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La localización de la librería que perteneció a estos dos regidores ovetenses, coetáneos a los dos doctorales catedralicios más representativos de la segunda mitad del siglo decimoséptimo, Dr. Diego de Valdés Bango, avilesino, formado en la Universidad de Salamanca in utroque iure, y Pedro de Cienfuegos Argüelles, moscón, graduado en Cánones por Salamanca, casi un cuarto de siglo más tarde, permite introducir unas reflexiones sobre las mismas, mostrando la importancia de las fuentes justinianeas así como de la doctrina más autorizada, que deben ir precedidas de una síntesis biográfica del abogado-propietario respectivo.

Nos encontramos ante bibliotecas privadas que disfrutaban en Vetusta unos seglares, que al mismo tiempo eran docentes en el Estudio universitario. Tineo y Sabido estaban dedicados profesionalmente al ejercicio de la abogacía, además de desempeñar un puesto de regidor perpetuo en el ayuntamiento de la localidad, por lo cual unían la actividad política municipal con el asesoramiento y defensa jurídica ante los dos tribunales ovetenses, el secular del gobernador del Principado y/o juez ordinario de la localidad y el provisor de la audiencia eclesiástica, junto a la reflexión teórica sobre las fuentes legislativas, del Ius Commune y del Derecho patrio, característica e ineludible en las aulas universitarias, aunque hoy nos resultan ignotos sus manuscritos.

II. Datos biográficos de los licenciados Tineo Estrada y Fernández Sabido

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A. Gregorio de Tineo Estrada era originario de la villa de Gijón1, pero muy pronto estuvo avecindado en la ciudad de Oviedo, dentro del perímetro de la parroquia de San Tirso el Real, intramuros de la capital del Principado. En ocasiones, el domicilio se adscribe en la calle de los Pozos2, mientras que en otras figura empadronado en la calle contigua de Jesús3, confinante con la anterior, y ambas extramuros de la localidad.

1 Entre los procuradores de aquella villa asturiana figura un Gregorio de Tineo, que puede ser el ancestro de varias ramas, entre las cuales se encuentra la de Gregorio de Tineo Jove, uno de cuyos descendientes, Blas de Tineo, tuvo que acreditar la hidalguía en la capital del Principado, en 1710. Muy conocida es la familia García de Tineo, con miembros muy destacados en la vida municipal.2 AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad de Oviedo. Año 1664. Sign. B-42.1, fol. 18r: “Calle de los Poços. 406. Madalena Menendez viuda de Gregorio Gonzalez Mortera viuda de yxodalgo. 407. Licenciado Ynaçio Mortera su hixo clerigo de misa. 408. Licenciado don Gregorio de Tineo juez hordinario desta ciudad y avogado en ella yxodalgo”. AAO. Padrón del año 1670, fol. 18r: Calle de los Poços. 406. Madalena Menendez viuda de Gregorio Gonzalez Mortera viuda de yxodalgo. 407. Licenciado Ynaçio Mortera su hixo clerigo de misa. 408. Licenciado don Gregorio de Tineo juez hordinario desta ciudad y avogado en ella yxodalgo”.3 AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad. Año 1674. Sign. B-42.3, fol. 35r: Calle de Jesús. “Licenciado don Gregorio de Tineo abogado hijodalgo. Ignacio su hixo lexitimo hijodalgo”. AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad. Año 1681 (Sigue una copia hecha en 1777). Sign. B-43, fol. 9v (fol. 12v): Calle de Jesús. “Licenciado D. Gregorio de Thineo, Abogado de los Reales Consejos hijodalgo. Francisco Antonio y Benito Antonio sus hijos legitimos hijosdalgo.

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Poco después de mediada la centuria, Gregorio de Tineo figura como abogado ejerciente en la capital del Principado, y el 11 de marzo de 1669 contrajo matrimonio con Antonia González Mortera4:

In marg. Antonia Gonzalez Mortera y el licenciado D. Gregorio de Tineo Estrada. Velados. Lunes once dias de dicho mes de março de mil y seiscientos y sesenta y nuebe años se casaron por palabras de presente Antonia Gonzalez Mortera con D. Gregorio de Tineo Estrada estando presentes por testigos Don Pedro Gomez del Rrivero el menor en dias, y el doctor D. Diego de Sierra5 y el licenciado D. Juan de Castillo y Domingo Gonzalez procurador del numerod esta çiudad y por verdad lo firmo etc. Licenciado Pedro Garcia Pola. Rubricado.

De este matrimonio nacieron, entre otros, sus hijos legítimos María Gregoria6, el 29 de diciembre de 1669; María Josefa7, el 6 de 4 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Casados, fols. 403v-44r.5 Años más tarde fue doctoral de la catedral salmantina y maestrescuela del Estudio universitario.6 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 638rv: “Domingo, 19 de diciembre de 1669 bautizé a una niña que se llamó María Gregoria, hija legitima de D. Gregorio de Tineo y de doña Antonia Gonzalez Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado D. Ygnacio Gonzalez Mortera, tio de la vauptiçada y Madalena Menendez de Valdes aguela de dicha vautiçada que no contrajo”.7 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 645v: Sábado, 6-XII-1670, se bautiza una niña, María Josefa,

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diciembre de 1670; Inés8, el 31 de enero de 1672; Ignacio Antonio9, el 21 de noviembre de 1673; Catalina Teresa10, el 20 de octubre de 1674; Benita Antonia11, el 23 de noviembre de 1675; Francisco Antonio12, el 24 de noviembre de 1676; Benito Antonio13, el 5 de julio de 1679 y Gregorio Estebano, el 31 de diciembre de 168114.

Su buena reputación en el ámbito ciudadano ovetense explica que, ejerciendo como abogado en la localidad, pero sin vínculo institucional con el ayuntamiento, fuera elegido por el regimiento hija legítima de D. Gregorio de Tineo y doña Antonia Mortera. Fueron sus padrinos José Alonso Valdés y Isabel Menéndez Valdés, “que no contrajo”.8 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 655v: Domingo, 31-I-1672, se bautiza una niña, Inés, hija legítima de D. Gregorio de Tineo y doña Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado Ignacio González Mortera y Magdalena Menéndez Valdés “que no contrajo”.9 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 668r: En 21 de noviembre de 1673, se bautizó un niño, Ignacio Antonio, hijo legítimo de D. Gregorio de Tineo y de Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado D. Ignacio González Mortera y Magdalena Menéndez Valdés, “tio y aguelo del vauptiçado”.10 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 674v: Sábado, 20-X-1674, se bautizó una niña, Catalina Teresa, hija legítima de D. Gregorio de Tineo y de Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado D. Ignacio González Mortera y Magdalena Menendez, “aguela de la vauptiçada que no contrajo”.11 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 681v: En 23-XI-1675, se bautiza una niña, Benita Antonia, hija legítima de D. Gregorio de Tineo y de Antonia Benita González Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado D. Ignacio González Mortera e Isabel Menéndez de Valdés “que no contrajo”.

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para desempeñar, entre otros oficios, el de juez de Llanera, así como el de juez de Vetusta, durante los años 1669 y 1670, en virtud de elección personal de los regidores ovetenses15.

Años más tarde obtuvo el título de un regimiento, merced a la renuncia de su cognado Francisco de Estrada Ramírez, que disfrutaba de ese oficio en virtud de título expedido el 26 de abril de 1640. Este munícipe solicitó de la Reina gobernadora, doña Mariana de Austria, que aceptara su renuncia al cargo, y al mismo tiempo que se lo otorgara al licenciado Gregorio de Tineo.

12 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 689rv: En 24-XI-1676, se bautizó un niño, Francisco Antonio, hijo legítimo de D. Gregorio de Tineo y de doña Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos el licenciado D. Ignacio Mortera y Magdalena González Mortera “aguela del bauptiçado que no contrajo”.13 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 705r: En 5-VII-1679 se bautizó un niño, Benito Antonio, hijo legítimo de D. Gregorio de Tineo y de doña Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos Gabriel del Castillo y Antonia González de la Espina “que no contrajo”.14 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. San Tirno el Real. Sign. 39.15.1. Mixto. Bautizados, fol. 719r: En 31-XII-1681, se bautizó un niño, Gregorio Estebano, hijo legítimo de D. Gregorio de Tineo Estrada y de doña Antonia González Mortera. Fueron sus padrinos D. Joseph de Tineo Estrada y doña Gregoria de Tineo Estrada “hermanos del vauptiçado y vecinos desta ciudad y la madrina no contrajo”.15 MIGUEL VIGIL, C., Colección histórico-diplomática del Ayuntamiento de Oviedo, ed. facs. de la ed. de 1889, Oviedo 1991, p. 377.

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La Reina española, gobernadora por su hijo Carlos II, se lo expidió favorablemente el 16 de septiembre de 167516, lo que permitió que Gregorio de Tineo, “abogado y vezino desta ciudad”, pudiera presentarlo en el consistorio ovetense, para su toma de posesión, en sesión de la corporación municipal celebrada el día 9 de octubre de dicho año17:

Y aviendolo leydo y allado en toda forma se acordo se le diese la posesion de tal Rexidor con las calidades contenidas en su titulo al dicho Gregorio Tineo. El qual aviendo entrado, aviendo sido avisado por uno de los porteros, se le dio la posesion y asiento que le correspondia.

16 AAO. Libro de actas. Sign. A-34, de 1674 a 1676, fols. 255v-259v: título de regidor de D. Gregorio Tineo Estrada, porque el 21 de junio de 1675 pidió el entonces regidor ovetense Francisco de Estrada Ramírez que pasase dicho oficio en D. Gregorio de Tineo, y la reina gobernadora se lo otorga “para él y sus sucesores pertuamente”, con data en Madrid a 16 de septiembre de 1675.17 AAO. Libro de actas. Sign. A-34, de 1674 a 1676, fol. 249v.

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Este regidor18 y abogado falleció en Oviedo, el 17 de agosto de 1685:

In marg. Gregorio de Tineo. En diez y siete dias del mes de agosto de seiscientos y ochenta y cinco años se murio Gregorio de Tineo. Rrecivio los santos sacramentos. No testo. Dio poder a doña Antonia Gonzalez Mortera su muger para terciar y quintar en el hijo o hijos que quisiere açer por su anima. Enterrose en el convento de San Francisco desta

18 De su participación en las sesiones municipales, sirvan como referencia, AAO. Libro de actas. Sign. A-36, años 1681-1682, fol. 109v: Elecciones de jueces ordinarios de Oviedo, mayordomo y más oficiales, el día 24 de junio de 1681, y entre los asistentes: “Don Gregorio de Tineo”, seguido del “Dotor D. Thomas de Paz”, aunque ninguno de los dos forman parte de los doce electores, y preside el licenciado Jerónimo Altamirano, gobernador. Ibid., fol. 142v: Elecciones de Llanera, en Oviedo a 20 de junio de 1682: entre los participantes don Gregorio de Tineo. Ibid., fol. 145rv, expresa su criterio personal sobre la refacción, y solicita que se eludan los pleitos en esta materia, llegándose a un acuerdo. AAO. Libro de actas. Sign. A-37, años 1683-1684, fol. 153r: Elecciones de receptor de millones, el 24 de junio de 1683, entre los presentes, presididos por el licenciado Gregorio Rodríguez de Cisneros y Mendoza, se enuncia “D. Gregorio de Tineo”, junto al Dr. Thomas Serrano de Paz, entre otros muchos regidores. Ibid., fol. 103v: Elecciones de oficios del 24 de junio de 1684: entre los presentes “D. Gregorio Tineo”. AAO. Libro de actas. Sign. A-38, años 1685-1686, fol. 149r: Elecciones de oficios el 24 de junio de 1685, no figura entre los regidores presentes el licenciado Gregorio de Tineo. Ibid., fol. 130r: El 20 de junio de 1685, se produjo la elección de alcalde mayor de Llanera, presidiendo el nuevo gobernador, licenciado Francisco de Olivares, y figura presente “Gregorio Tineo”.

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ciudad y por verdad lo firmo. Licenciado Pedro Garcia Pola. Rubricado.

La esposa, Antonia González, falleció seis meses más tarde, el 25 de diciembre del mismo año19:

In marg. Doña Antonia Gonzalez Mortera. En veinte y çinco dias del mes de diziembre de seiscientos ochenta y çinco años se murio doña Antonia Gonzalez Mortera. Rrecivio los santos sacramentos. Testo ante Juan de la Cuesta escribano del numero desta ciudad. No entrego copia. de alguna

19 AHPA. Sección protocolos. Escribano Juan de la Cuesta. Sign. 7536, fols. s. n. rv: “1685. Oviedo. Ynbentario de los vienes del licenciado D. Gregorio de Tineo Estrada y doña Antonia Gonzalez Mortera difuntos vecinos que fueron de esta ciudad”. Comienza en la ciudad de Oviedo a 25 de diciembre de 1685, data del óbito de doña Antonia González Mortera, por auto del licenciado Francisco de Olivares, oidor en Valladolid y gobernador del Principado de Asturias, y termina en Oviedo a 23 de julio de 1686, estando presente “el licenciado D. Sebastian de Tineo Estrada cura propio de San Salvador de Deva en el concejo de Jijon y curador de los hijos menores que quedaron de los dichos D. Gregorio de Tineo Estrada y su muger… dijo no tiene noticia que ayan quedado ni esten por inventariar mas bienes de los inventariados y que si la tubiere de algunos otros que ayan quedado lo manifestara para que se pongan por ymbentario. Esto passo de que doy fe y lo firmo dicho señor juez de comisión y lo mismo dicho licenciado D. Sebastián de Tineo Estrada. Luis de Peon Valdes. Rubricado. Ante my, Juan de la Cuesta”. Rubricado. Son 47 fols. rv, e incluye los discernimiento de curador y tutor, por el óbito del abogado y regidor, así como de su esposa, en el tío de ambos, D. Sebastián de Tineo Estrada, cura de San Salvador de Deva, en el concejo de Gijón.

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clausula pia si dejo. Dicha difunta enterrose en el convento de San Francisco y por verdad lo firmo etc. Licenciado Pola. Rubricado.

Dada la infancia de algunos de sus hijos, y la menor edad de otra hija, la madre de los vástagos, Antonia González, había procedido previamente a otorgar un tutor-curador, nombrando para ese oficio a Juan Menéndez Cornellana, vecino de Gijón20, que se excusó, mientras el gobernador del Principado, Francisco Olivares, se la admitió, de modo que entró en el cargo de guardaduría un sustituto:

para no acetarla ansi por allarse prosimo hacer biaje a las provincia del norte, reyno de ingalatera y provincia de Irlanda adonde es preciso se detenga por mucho tiempo y allarse a mas de veinte meses con doña Leonor de Estrada su lejitima mujer del que responde enferma a mas de veinte meses en la cama, y dos ijos menores que asistir y otras ocupaciones

20 “En la ciudad de Oviedo a veinte y cinco dias del mes de Diciembre de mil y seiscientos y ochenta y cinco años, su merced el señor licenciado D. Francisco de Olivares del consejo de su majestad su oidor en la Real chancillería de Valladolid governador y capitan general a guerra de esta ciudad y Principado = Dijo que por quanto se le a dado noticia que su divina Majestad fue servido de llevar desta presente a otra mejor vida a doña Antonia Gonçalez Mortera viuda del licenciado D. Gregorio de Tineo y que de los susodichos quedaron diferentes hijos menores (D. Francisco, D. Benito, D. Gregorio, doña Josefa y doña Inés de Tineo Estrada), siendo su curador nombrado por la madre, D. Juan Menéndez Valdés Cornellana, vecino de Gijón, quien se escusa”.

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lejitimas y estar distantes los bienes de dichos menores mas de seis leguas desta villa, y el gobernador lo tiene por excusado, al igual que al cura de San Martin de Salas, licenciado José Alonso de Valdés, por distar su parroquia de esta ciudad siete leguas y asistir a su curato espiritual, por lo que, a petición del capitan Juan de Tineo Estrada, juez ordinario de Gijón, a su hermano licenciado D. Sebastián de Tineo Estrada, cura de San Salvador de Deva en dicho concejo, como tutor de los hijos menores, y como curador de la hija mayor de catorce años y (responsable de los) diferentes vienes muebles y raices.

Sebastián de Tineo Estrada, acogiéndose a una de las cláusulas del título de regimiento concedido a su pariente consanguíneo Gregorio de Tineo21, otorgó una escritura notarial, ante el escribano ovetense Juan de la Cuesta, fechada en Oviedo el 4 de marzo de 1626, mediante la cual suplicó al monarca hispano Carlos II que extendiera dicho título de regimiento perpetuo en la capital del Principado a favor de otro hermano, nominado Juan de Tineo Estrada, durante el tiempo necesario para que alguno de los tres hijos varones del difunto, Francisco, Benito y Gregorio, alcanzara la edad legal exigida para desempeñarlo, o bien en el supuesto de que

21 El título expedido el 16 de septiembre de 1675, a favor de Gregorio de Tineo, en lugar de Francisco de Estrada Ramírez, establecía en una de sus cláusulas “que perteneciendo a menor o mujer que no le pueda administrar ni ejercer tenga facultad de nombrar persona que en el entretanto que el menor hes de edad o la hixa o muger se casa le sirva”.

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una de sus hijas, Josefa e Inés de Tineo Estrada, adquiría estado matrimonial, que permitiera su ejercicio a su consorte22:

Traslado de un rreal titulo de un oficio de regimiento desta ciudad ganado a pedimiento de D. Juan de Tineo Estrada por muerte del licenciado D. Gregorio Tineo…en el interin que los hijos tengan edad y las hijas o mujer tomen estado, lo ejerza. En el Buen Retiro (Madrid), a siete de mayo de 168623.

Es preciso recordar que el abogado ovetense, natural de la villa de Jovellanos, fue docente de Institutiones de Justiniano en la Universidad de Valdés Salas, y posteriormente asumió la regencia de otras cátedras en el mismo Estudio, aunque su muerte prematura impide observar la especialización de su carrera académica.

B. Francisco Fernández Sabido o Savido, nació en Selorio, concejo de Villaviciosa, el catorce de octubre de 165724:

22 AAO. Libro de Actas. Sign. A-39, fols. 78r-79v.23 Juan de Tineo Estrada tomó posesión del regimiento en el ayuntamiento de 18 de junio de 1687. AAO. Libro de Actas. Sign. A-39, fol. 77rv.24 Poco tiempo después nacería su hermano Alonso: AHDO. Arciprestazgo de Villaviciosa. Feligresía de Selorio. Sign. 61.33.1, fol. rov: Alonso, hijo de Alonso Savido y de Maria Martinez, que se bautiza el 4 de enero de 1660. Fueron sus padrinos Domingo Martin de Villar y Catalina de Savido “no toco la madrina in sacro fonte”.

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In marg. Francisco. En catorce dias del mes de otubre de mil y seiscientos y cincuenta y siete años, yo Andres Gomez, cura de Selorio baptice un niño que se llamo Francisco hijo de Alonso Savido y de Maria Martinez su muger. Fueron sus padrinos Diego Favian y Maria Roiz muger de Domingo Martinez de Villar. No toco la madrina in sacro fonte. Firmolo ut supra. Andres Gomez. Rubricado25.

Ignoramos en qué fecha y a qué Universidad acudió para graduarse este asturiano, aunque tenemos la certeza de estar ejerciendo como abogado en Oviedo el año 1675, en cuya data contrajo matrimonio con la ovetense Eulalia de la Vega26:

In marg. Francisco Savido y Eulalia de la Vega. Velaronse. Juebes diez y siete dias del mes de otubre de seiscientos y setenta y cinco años. Se casaron por palabras de presente como lo manda la santa madre iglesia Francisco Savido y Eulalia de la Vega. Estando presentes por testigos Francisco la Vega padre de la contraiente y el licenciado D. Baltasar Martinez de Costales vecino de la villa de Villaviçiosa y por verdad lo firmo etc. = Licenciado Pola. Rubricado.

25 AHDO. Arciprestazgo de Villaviciosa. Feligresía de Selorio. Sign. 61.33.1, fol. 48v.26 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. Parroquia de San Tirso el Real. Sign. 39.15.1. Mixto de bautismos, casados y difuntos, fol. 433v.

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Un lustro más tarde, en 1681, como indica el padrón municipal ovetense, hecho a calle yta, ya se encontraba domiciliado en la capital del Principado, pero sin justificar la hidalguía27:

Calle de Santa Ana. Licenciado D. Francisco Savido abogado muestrese.

Este mismo año, a causa del fallecimiento de su primera esposa, el jurista maliayés contrajo segundo matrimonio con Francisca Antonia Cartavio Osorio28:

In marg. Don Francisco Savido y doña Francisca Antonia Cartavio. Muriose. En tres dias del mes de febrero de seiscientos y ochenta y un años se cassaron por palabras de presente como lo manda la santa madre yglesia y aviendo dispensado en dos pregones el señor provisor don Francisco Savido y doña Francisca Antonia de Cartavio, siendo testigos D. Toribio de Mier (dignidad canónigo de la catedral de Oviedo) y el licenciado Francisco Menendez Solis y D. Thomas Bernardo de Quiros (dignidad asimismo de la catedral ovetense) que les caso con mi lizencia estando yo presente y

27 AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad. Año 1681 (Sigue una copia hecha en 1777). Sign. B-43-1-1, fol. 9v.28 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. Parroquia de San Tirso el Real. Sign. 39.15.1. Mixto de bautismos, casados y difuntos, fol. 834v.

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por verdad lo firmo y dichos testigos vecinos y estantes en esta ciudad = Licenciado Pola. Rubricado29.

El año 1681, con la simple condición de abogado en Oviedo, el regimiento de la capital del principado le otorgó el título de alcalde mayor del concejo de Llanera30, con lo cual inicia una actividad jurisdiccional, de forma coyuntural y sin vínculo institucional con el regimiento ovetense, merced a la confianza que los regidores ovetenses depositaron en su persona, a pesar de no ser originario de la ciudad y estar pendiente de justificar la hidalguía.

En virtud de un título de regimiento, fechado en la Villa y Corte, el 11 de junio de 1685, el entonces licenciado Francisco Sabido, obtuvo el oficio de regidor en el ayuntamiento ovetense, por renuncia de su titular, Gabriel de Noreña, ya que este último otorgó con ese fin una escritura pública, ante el escribano de número de Vetusta Juan de la Cuesta, con data del 26 de mayo de 1685. De 29 Llama la atención que entre las nupcias y la velación transcurriera más de una década: In marg. Dr. D. Francisco Sabido y doña Francisca Osorio Cartavio. Velados. En tres dias del mes de febrero de seiscientos y noventa y tres años se velaron y rreçibieron las vendiçiones de la yglesia en esta parrochia de San Tirso el Dr. D. Francisco Sabido y doña Francisca de Cartabio Osorio y Cartabio, siendo testigos el licenciado D. Domingo de Cuebas y Joseph de Canpa todos vecinos y asistentes en esta ciudad y por verdad lo firmo etc. Licenciado Pola”. Rubricado. AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. Parroquia de San Tirso el Real. Sign. 39.15.1. Mixto de bautismos, casados y difuntos, fol. 852r.30 vid., AHPA. Sección protocolos. Escribano Francisco de Condres Pumarino. Sign. 7475, años 1678-1682, fol. 101rv: Cesión de un censo, en el que comparece el licenciado D. Francisco Sabido “abogado de los Reales Consejos y alcalde mayor del concejo de Llanera”, en Oviedo a 7 de abril de 1681.

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este modo, vino a ocupar el oficio de regimiento que previamente había tenido en su cabeza Pedro de Peón Vigil, y este traspasó a Gabriel de Noreña31.

Su compromiso con el interés general y común del municipio se deja bien patente en la asidua presencia del abogado en las sesiones munipales, comenzando por la plenaria de regidores en la elección anual de oficios32.

El año 1692, para dar cumplimiento al requerimiento de los padrones municipales ovetenses, Francisco Savido presenta, al entonces gobernador del Principado, Bartolomé de la Serna Espínola, que falleció en Vetusta durante el ejercicio del cargo, una solicitud, para que autorizase la información de legitimidad y genealogía en la villa asturiana de Villaviciosa, con la ramificación en la feligresía de Selorio, que era uno de sus anexos y de donde era natural:

Informazion de higalduia del doctor don Francisco Savido vecino y rexidor de Oviedo de su Universidad, en virtud de despacho de D. Bartolome de la Serna Espinola del Consexo de S. M. de la Orden de Calatrava, alcalde de Casa y Corte y Governador y capitan general del Principado echa en el conzexo de Villaviziosa donde es orijinario. Año de 1692.

31 Vid. AAO. Libro de actas. Sign. A-38, años 1685-1686, fols. 136r-139v: Traslado de un titulo de oficio de regimiento.32 AAO. Libro de actas. Sign. A-38, años 1685-1686, fol. 149r: Elecciones de oficios el 24 de junio de 1685, entre los presentes “D. Francisco Sabido”.

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Dicha máxima autoridad política de Asturias aceptó la petición que elevó, en nombre del interesado, el procurador Luis de Peón Valdés, con data en Oviedo, el 14 de octubre de 1692, en nombre del doctor D. Francisco Fernandez Sabido, abogado, vecino y rexidor de esta ciudad y cathedratico Rexente de Decreto de la Universidad de ella”, argumentando

que en esta ciudad se esta tratando de hazer los padrones a calle yta entre los dos estados y para que en ellos se de a mi parte el estado que le corresponde.

La genealogía del interesado se expresa brevemente, y no alcanza más que a la segunda generación por vía paterna, aunque la suscribe el propio abogado, de modo que resulta sorprendente en algunas identificaciones que no concuerdan con los asientos de los libros parroquiales y municipales, ya que afirma que es hijo y de legítimo matrimonio de Diego Savido e Isavel Fernandez, pero nieto legítimo de Alonso Savido “vezinos unos y otro que fueron de Santa Eulalia de Selorio concejo de Villaviciosa”.

El jurista Fernández Sabido, en el libro parroquial de bautismos, correspondiente a la feligresía de Selorio, tuvo como generante a un individuo llamado Alonso, según la partida de bautismo y no Diego, tal como afirma el abogado y profesor, mientras la madre se llamaba María Martínez, muy lejos de Isabel Fernández, que expresa en su genealogía33.

33 Vid. AAO. Expedientes de hidalguía. Sign. B-025-2, fols. 616r-623r.

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Bartolomé de la Serna, gobernador de Asturias, “da comision para hazer informazion con zitazion y compulsorio”. En virtud de este auto, el escribano Fernando Montoto Miranda, que da fe del expediente, cita a Domingo de Cangas, vecino de Oviedo y empadronador por el estado general de los buenos hombres pecheros de la ciudad y sus arrabales, quien al estar ocupado en los padrones de la localidad, consiente que Francisco Sabido “la haga como mejor le conbenga y hecho de qualquiera papeles que trajiere y presentare se le de traslado de ellos para hacer la diligenzia que conbenga al Real patrimonio de su Magestad”.

El día 15 de octubre de 1692, Diego de Peón Solares, vecino de Villaviciosa, y “cuñado del doctor D. Francisco Savido”, pide al citado escribano que cumpla lo mandado por el gobernador, además de presentar unos testigos para que depusieran a su favor: Melchos de Valdés Solares, de 52 años, regidor de dicha villa asturiana y su concejo; Toribio Sánchez de Pardo, de la misma vecindad y 72 años de edad, y Juan del Campo, de 78 años, con el mismo domicilio. Todos los tres declararon bajo juramento, tal como señalaba la petición de Francisco Sabido, y a tenor de sus manifestaciones constó unánimemente que “es originario de la feligresia de Selorio”, e hijo de los que cita en su genealogía, cuyos padres como tal hijo “le ubieron, procrearon, criaron y alimentaron”. Para dar más autoridad a sus deposiciones, el susodicho procurador pidio la ratificación de dos nuevos testigos: el escribano Pedro Gómez de Villarmil y Domingo Ferrero, de 82 años.

Concluidas estas deposiciones, se llevó a cabo la certificación de padrones, para lo cual acudieron a las casas del ayuntamiento

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de Villaviciosa, el 16 del mismo mes y año, habiendo comparecido, a este fin, Bernardo de Valdés Hevia, juez ordinario por el estado de los caballeros hijosdalgo, junto al capitan D. Alonso de Balvín, regidor capitular del ayuntamiento y asimismo clavero, abriéndose el arca, que guardaba los padrones confeccionados a calle yta, con la tercera llave del escribano interviniente, reuniendo de este modo las tres llaves que eran precisas para ello.

El primero de los padrones examinados fue el fechado el 20 de noviembre de 1674, siendo juez por el grupo de los hijosdalgo Diego de Peón Solares, y por empadronador en dicha feligresía de Selorio, por el estado de los hijosdalgo, Diego Savido. En el mismo, se anota expresamente:

hay una clausula en dicho padron al folio 26 que dize: Diego Sabido y Francisco Sabido su hijo hijosdalgo.

Y en otro padron de la misma feligresía de Selorio, correspondiente al efectuado el 7 de junio de 1669, siendo juez por el estado de hijosdalgo Alonso de la Concha Miera, y empadronador de la feligresía de Selorio por el estado noble Fernando de Olibar,

al folio 54, hay una clausula Diego Sabido hijodalgo, y en el folio 55 hay una clausula Alonso Sabido hijodalgo.

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Todavía, en el traslado de un padrón, que se sacó del archivo de la Real chancillería de Valladolid, “por haberse enviado a la Sala de hijosdalgo el original”, se anota, con data el 1 de julio de 1603:

Alonso Sabido hijo de Diego Alonso Sabido hijodalgo

Vistos los precedentes, el gobernador asturiano dictó un auto, fechado el 3 de noviembre de 1692, en virtud del cual ordena que se entreguen los papeles referidos a los caballeros comisarios y empadronadores nombrados por la Justicia y regimiento por el estado noble de Oviedo, con asistencia del empadronador general de los hombres buenos pecheros, para que

den a la parte del dicho doctor don Francisco Sabido el estado que le tocare y echo el escribano de ayuntamiento… le de el traslado y zertificacion que pidiere para en guarda de su derecho.

El 12 de mayo de 1693, dichos empadronadores pasaron los papeles al abogado capitular Dr. Toribio Solares, que era además era profesor universitario y regidor perpetuo de Oviedo, para que los examinase y diera su dictamen, exigiendo previamente al doctor Sabido que depositare doce reales.

Dicho letrado consistorial hizo su dictamen favorable al peticionario, sin reserva alguna y sin ambages:

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De orden de los señores comisarios de padrones he bisto los autos hechos a pedimiento del doctor don Francisco Fernandez Sabido por los quales tiene justificada la lejitimacion de su persona y por la zertificacion de padrones del concejo de Villaviziosa la posesion de hijodealgo de si su padre y abuelo en conformidad de la Lei Real: mediante lo qual en esta ciudad en do al presente es vezino se le debe de dar el estado de hijodalgo. Firmolo, Oviedo y mayo treze de 1692. Doctor Solares. Ante my, Fernando Montoto Miranda. Rubricado.

Los padrones municipales ovetenses, a partir de 1692, recogen invariablemente condición de hidalguía, aplicada no solamente al abogado y docente universitario, sino también a sus hijos, aunque el padrón de la ciudad del citado año, donde se lee la vecindad del regidor en la calle de la Platería, intramuros de Oviedo, todavía no se le inscribe como hidalgo, y se le exige que lo muestre34:

Dr. D. Francisco Sabido Abogado y rexidor de esta ciudad muestrese para el primero y lo mismo D. Francisco y D. Diego sus hijos legitimos.

34 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-043-3-2, fol. 13r.

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El asiento municipal cambia radicalmente en el padrón efectuado a calle yta del año 169835:

Calle de la Plateria… El doctor don Francisco Savido cathedratico en la Universidad desta ziudad regidor perpetuo y procurador general de ella y don Francisco su hixo hixosdalgo.

Esta anotación se reitera en los padrones de 170536, 171037 y 171738, finalizando sus huellas en 1722, ya que en este último solo se inscribe a la viuda del hijo, Manuela Muñiz Miranda39. El vástago varón del doctor Sabido, del mismo nombre que su progenitor,

35 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-043-4, fol. 10v.36 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-044-1. Año 1705, fol. 4v: calle de La Platería. “El doctor don Francisco Fernandez Savido regidor de esta ciudad y don Francisco su hijo hixosdalgo”.37 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-044-2. Año 1710, fol. 11r: “Plazuela de la Yglesia mayor, casas de la capilla nueva del Rey Castro prosigue asta la de la Plateria… El doctor don Francisco Sabido abbogado y rexidor desta ciudad hixodalgo. Don Francisco Sabido menor en dias y don Francisco Antonio su hizo hixosdalgo”.38 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-044-3. Año 1717, fol. 6r: “Calle de La Plateria Bieja… El doctor Francisco Fernandez Savido mayor en dias. El doctor don Francisco Fernandez Savido menor en dias y don Francisco su hijo menor en dias hijodalgo”.39 AAO. Padrón de la ciudad. Sign. B-044-4. Año 1722: “Calle de la Plateria Vieja… Doña Manuela Muñiz Miranda viuda del doctor don Francisco Fernandez Savido menor en dias viuda de hixodalgo y lo mismo don Francisco Antonio su hijo lexitimo”.

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había fallecido en Oviedo el 7 de septiembre de 171840, y otorgó previamente testamento en la capital asturiana, ante Francisco Rodríguez de la Iglesia41.

El antiguo catedrático de Instituta, que se promocionó más tarde en la Facultad de Cánones, desempeñando diferentes cátedras, a partir de la Regencia de Decreto, hasta alcanzar la de 40 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. Parroquia de San Tirso el Real. Sign. 39.15.20. Difuntos (1699-1753), fol. 82r: In marg. “Don Francisco Sabido. A siete de septiembre de mil setezientos y diez y ocho yo el lizenciado D. Manuel Garcia Herrera, cura de esta parroquia di sepultura eclesiastica al cadaver del doctor don Francisco Savido. Recivio los Santos Sacramentos. Hizo testamento ante Francisco de la Iglesia, escribano del numero de esta ciudad. Exhiviose ante mi. No fundo aniversario ni obra pia. Hizo agregazion a una mejora. Dejo por herederos a sus hijos y lo firmo. Licenciado D. Manuel Garcia Herrera”. Rubricado.41 AHPA. Sección protocolos. Escribano Francisco Antonio Rodríguez de la Iglesia. Sign. 8458, fols. 23r-24v: “Testamento del doctor D. Francisco Antonio Fernandez Sabido, menor en días, abogado de los Reales Consejos, vecino de Oviedo y catedráticod e Instituta de la Univesidad de ella”, pide ser enterrado en la iglesia parroquial de San Tirso, y manifiesta estar casado in facie ecclesiae con doña Manuela de Moñiz Miranda hija de don Pedro Moñiz Miranda y doña Francisca de ribas, difuntos, y tiene dos hijos Francisco Antonio, el mayor, y Nicolasa, segunda, así como un tércero Pedro Fernández Sabido, y la suegra le entregó en dote dos mil ducados de vellón, mientras su cuñado Benito Moñiz Miranda quinientos ducados de vellón. Nombra como testamentarios y albaceas al cura de San Tirso, D. Manuel Gonzalez Heerera, a su apdre el doctor Francisco Fernandez Sabido y a su conjunta doña Manuela Moñiz Miranda. Mejora al hijo primogénito. Finaliza dicho acto de última voluntad: “Estando en su sano juicio y entendimiento natural y aunque dixo save firmar no pudo por la gravedad de su enfermedad rogo a un testigo lo firmase por el que lo fue el licenciado don Fernando Antonio de Faes Puente

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Prima, y que era natural de Selorio, falleció en la capital del Principado el 22 de julio de 172242:

In marg. Doctor D. Francisco Fernandez Sabido. A veinte y dos de julio del año de mil setecientos y veinte y dos yo el lizenciado D. Manuel Garcia Herrera cura de la parroquia di sepultura eclesiastica al cadaver del Dr. D. Francisco Sabido. Recivio los santos sacramentos. Hizo testamento ante Esteban Tejeiro escribano del numero de esta ciudad. Exhiviose ante mi y no fundo anniversario ni obra pia, y lo firmo. Licenciado D. Manuel Garcia Herrera. Rubricado.

El acto de última voluntad permite al testador llevar a cabo una pequeña memoria de su vida y creencias religiosas, al mismo tiempo que matizar la situación patrimonial que pudiera generar conflictos patrimoniales, a causa de su sucesión mortis causa, entre los descendientes de sus dos hijos, a saber, el varón que fue jurista, llamado Francisco, ya difunto, pero que dejó viuda con dos vástagos de corta edad, y la hija, casada, que había procreado un descendiente43:

presbitero y comisario del Santo Oficio, el doctor don Francisco Dorado medico de esta ciudad y don Antonio Palazio”, firmando el primero de los testigos. Se fecha en Oviedo, el 6 de septiembre de 1718.42 AHDO. Arciprestazgo de Oviedo. Parroquia de San Tirso el Real. Sign. 39.15.20. Difuntos (1699-1753), fol. 100r.43 AHPA. Sección protocolos. Escribano Esteban Tejeiro. Sign. 7680, fols. 61r-62v.

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Yn Dei nomine amen. Notorio y manifiesto sea a todos los que la presente ultima y postrimera voluntad vieren como yo el doctor don Francisco Fernandez Sabido vezino y rexidor desta ziudad cathedratico de Prima de Canones en la Universidad de ella hallandome como me hallo enfermo de enfermedad que la Divina Majestad fue serbido de darme aunque sano de mi juicio y entendimiento natural temiendome de la muerte que es cosa prezisa a todo viviente he deseado y deseo disponer mi Alma poniendo mis cosas en estado para cuyo efecto creiendo comoc reo en el Misterio de la Santisima Trinidad Padre Hijo y Espiritu Santo tres personas distintas y una sola esencia, y en todo aquello que cree manda y confiesa la Santa Madre Iglesia católica Apostolica Romana e ymbocando como ymboco por mis intercesores y abogados a la soberana Reyna de los Angeles Maria Señora Nuestra santo de mi advocación Apostoles San Pedro y San Pablo y mas de la celestial corte para que pidan a la Divina Majestad se sirva no atendiendo a mis graves culpas si a su Divina misericordia colocar mi alma en su santa gloria a cuyo honor y reverencia hago y hordeno este mi testamento en la forma siguiente:

Primeramente encomiendo mi alma a Dios nuestro Señor que la crio y redimio con su preziosa sangre y el cuerpo a la tierra de cuya materia miserable fue formado.

Ytem quiero y es mi voluntad que si la Divina (Majestad) fuere serbido llebarme desta presente vida mi cadáver sea

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sepultado en la iglesia parroquial de San Thirso el Real desta ziudad en la sepultura que eligiere el señor cura párroco de ella y doña Manuela Moñiz Miranda yendo amortajado mi cadáver con el habito de Nuestro serafico padre san Francisco.

Ytem digo que toda la mas disposición de mi entierro y funciones lo dejo a cargo de dicho señor Cura y de doña Manuela.

Ytem mando a las obras pias lo acostumbrado, con que las aparto de mis vienes.

Ytem digo y declaro que yo estube casado de primero matrimonio con doña Eulalia de la Vega de quien no me ha quedado sucesión = Y despues de su muerte lo estube con doña Francisca Cartabio Osorio con quien tan solamente he rezivido doze mill y tantos reales y la caseria sita en el lugar de Ventanielles que no tubo aprezio alguno en cuyo matrimonio tube por mis hijos lexitimos y de dicha doña Francisca al doctor don Francisco Sabido y doña Maria Sabido a la qual case con don Manuel Gonzalez de la Concha a quien mande en dote por escriptura otorgada por testimonio del presente escribano la cantidad de maravedis y efectos que resultan de ella y una yegua que despues le entregue a preziada en dozientos reales vellon y tambien le ofrecí y di la caseria de Ventanielles que ba referida y uno y otro se lo entregue al dicho don Manuel como consta de los papeles y cuentas que se hallan en mi poder y ahora me pareze que en el ymporte de dicha dote y considerando la cortedad de mi

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hazienda no podra llegar su valor despues de satisfechos los gastos de mi entierro y funciones y deudas no podra llegar a ymportar la cantidad y efectos que como llebo dicho ofrecí y entregue en// dote a dicha mi hija y su marido.

Ytem digo y es mi voluntad que en todo lo que pudiera caver en mis vienes despues de satisfecho gastos de entierro deudas y lexitima igual a la del dote de dicha mi hija que corresponde a mis nietos hijos del dicho don Francisco mi hijo desde luego ofrezco y mando se de por via de legado a la dicha doña Manuela Moñiz todo lo que me fuere posible mandar a la susodicha.

Y para cumplir y pagar y ejecutar todo lo que llebo dispuesto dejo y nombro por mis testamentarios y albazeas al licenciado don Manuel garcia Herrera y a la dicha doña Manuela Moñiz Miranda a los que y a cada uno de ellos doy poder en bastante forma para que se entren en mis vienes y de ellos y su valor hagan se cumpla pague y execute lo que llebo dispuesto vendiendolos y rematandolos en publica almoneda a fee de ella para cuyo efecto les doy prorogo todo el tiempo que sea necesario sin embargo que se haya pasado o no el año y dia del albazeadgo y en el remanente que quedara de todos mis vienes y efectos ynstituyo y dexo por mis unicos y universales herederos a don Francisco y doña Incolaza Fernandez sabido mis nietos hijos del dicho don Francisco mi hijo hasta la concurrente cantidad con igualdad a la rezivida por el dicho don Manuel gonzalez de la Concha y si a unos y otros les pudiese tocar mas se parta y divida entre

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los dichos dos mis nietos y don Manuel Gonzales Concha hijo del dicho don Manuel y de la dicha doña Maria mi hija = Y con esto reboco annullo y doy por ninguno cualquiera otro testamento o testamentos que antes de ahora aya hecho por escrito, u de palabra que quiero no valgan ni hagan fee en ningun juicio salvo este que al presente hago y otorgo por mi ultima y postrimera voluntad ante el presente escribano y testigos que lo fueron llamados y rrogados para el efecto Matheo Antonio gonzalez Cipriano Muñiz y Joseph Fernandez de la Sierra y Joseph Fernandez Campa y Manuel Pantin Miranda vecinos desta ziudad a los quales y otorgante yo escribano doy fee conozco y que el susodicho se halla a lo que pareze en su sano juicio y entendimiento natural por el conzierto de las palabras con que pronunzio lo que lleba dispuesto no lo firmo por su achaque de perlesía y no poder juntar los dedos de la mano derecha firmaronlo a su ruego los dichos Matheo Antonio Gonzalez, Cipriano Moñiz y Joseph Fernandez Campa oy diez y ocho de julio deste año de mill sietezientos y veinte y dos: Y volvio decir y declarar dicho don Francisco Sabido que aunque lleba dicho pago a dicho don Manuel Gonzalez de la Concha en especie de dinero las cantidades que resultan de sus papeles aviendo recurrido su memoria siete mill y duzientos reales y otras que constaran de dichos papeles que podran llegar hasta onze mill y mas reales sin la caseria de Ventanielles. Testigos los dichos fecho ut supra44.

44 Como testigo Joseph Fernandez Campa. Como testigo, Cipriano Moñiz. Mattheo Antonio Gonzalez. Rubricados. Ante my, Estevan Teijeiro”. Rubricado.

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Tolivar Faes45, al estudiar los ciudadanos de Oviedo, que estaban empadronados en la localidad el año 1705, dedica atención singular a los dos nominados Francisco Fernández Savido, padre e hijo, identificando al primero como “doctor, regidor perpetuo”, que desempeñó la actividad de Comisario de la Cera, junto a otro regidor, además de venir nombrado “comisario para tomar la razón de los niños expósitos”. El descendiente, por su parte, de la misma vecindad paterna, “en las elecciones y sorteo de San Juan de 1705 salió electo y admitido por segundo Juez ordinario de esta ciudad y concejo”, a propuesta de D. Clemente Vigil, actuando como tal juez, por primera vez, el primero de julio, y reiterándosele la elección, en esta ocasión como juez primero, en 1708.

La pérdida del archivo universitario de Oviedo impide trazar una semblanza completa de sus curricula, formativos y docentes, aunque es incuestionable que Fernández Sabido obtuvo la promoción al doctorado en la Universidad ovetense, después de varios lustros de docencia en las aulas, así como su desempeño, al menos, en tres cátedras diversas: Instituta de Justiniano, regencia de Decreto y Prima de Cánones, lo que muestra la mayor especialización en esta última Facultad canónica, quizás debido al mayor peso profesional que las actuaciones en el foro eclesiástico tenían dentro del ejercicio profesional vinculado al oficio de abogado en Vetusta, por la extensión de la diócesis y la sede principal de la audiencia episcopal.

45 TOLIVAR FAES, J., Oviedo, 1705, Oviedo 1981, pp. 142-143, s. v. Fernández Savido, Francisco.

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III. Breve análisis de las bibliotecas de los licenciados Tineo-Sabido

A. Por lo que afecta a la librería de D. Gregorio de Tineo, casi íntegramente jurídica, y predominantemente civilista, dada su formación como legista, con un relevante ejercicio profesional en la tarea de abogado, constatamos que el número de tomos que la integran se eleva a los doscientos nueve, lo que implica una bibliografía numéricamente muy superior a la generalidad de abogados que trabajaban en los Consejos y Reales chancillerías hispanas de esa centuria.

Examinando los autores y títulos, observamos una representación, cuantitativamente numerosa, de la doctrina jurídica romano-canónica de la Edad Moderna, comenzando por el interés que muestra hacia los comentaristas del Derecho patrio, a partir de las glosas de Gregorio López al código alfonsino, juntamente con los diversos comentarios a las Leyes de Toro y a la Nueva Recopilación.

Puestos sus ejemplares monográficos en relación con las librerías pertenecientes a los doctorales ovetenses coetáneos, Dr. Diego de Valdés Bango, fallecido en 1680, y Pedro de Cienfuegos Argüelles, cuyo óbito se produjo poco antes que este legista, en diciembre de 1684, es notoria la mayor proximidad al primero de los dos citados, porque quizás fue un adquirente de parte de sus fondos, provenientes de la almoneda ejecutada entonces exclusivamente entre capitulares catedralicios, si bien que pasarían

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a su propiedad a través de un intermediario, lo que explica la reiteración de muchos títulos.

Esto no es óbice para que haya una múltiple coincidencia en sus fondos con los de ambos canonistas, incluso en ediciones completas y número de tomos que constituían las obras de muchos autores, los cuales formaban parte del reducido grupo de juristas, en aquel momento con gran renombre a nivel europeo, como observamos en el elevado número de volúmenes del portugués Agostinho Barbosa o con el italiano Prospero Farinacci.

También es preciso destacar que se mantienen en su integridad, sin que falten volúmenes de la respectiva obra, en los tomos pertenecientes a legistas y canonistas de la talla de Olea, Carleval, Postio, Valenzuela Velázquez, Gómez Bayo, Larrea, Tiraqueau, Hevia Bolaños, Calepino, los ocho tomos de Bártolo de Saxoferrato, Viviano, Castillo de Bobadilla, Castillo de Sotomayor, Cepolla, Julio Claro, Escobar, Espino de Cáceres, Gama, Grcía de Saavedra, Nicolás García, Antonio Gómez, Gomez Bayo, Luis Gómez, Juan Gutiérrez, Guzmán, Larrea, Mantica, Melo, Menochio, Luis de Molina, Pichardo de Vinuesa, Salgado de Somoza, Santo Tomás, Suárez de Paz, Rodrigo Suárez, Tonduto o Vela de Oreña.

A pesar de coincidir en múltiples fondos bibliográficos con los canonistas precedentes, no puede afirmarse que su composición sea fruto de una transmisión derivativa directa, por negocio oneroso o gratuito, inter vivos o mortis causa, de adquisición a título universal respecto de alguna librería perteneciente a otro asturiano de aquel tiempo, dado que las enajenaciones efectuadas en la almoneda del Dr. Valdés Bango tuvo múltiples compradores, y

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la biblioteca del Dr. Cienfuegos no fue objeto, al menos inmediatamente, de subasta, porque instituyó como su heredero al colegial de San Bartolomé, del mismo nombre que el doctoral, y entonces residente como becario en Salamanca, aunque años más tarde sería promocionado a obispo de Popayán, en las Indias Occidentales.

Como era usual en aquel momento, conforme al enfoque de estudio y reflexión científica de los juristas, tanto civilistas como canonistas, no podían faltar los textos legales, de Derecho civil, canónico y patrio, que constituían el punto de partida del análisis científico-jurídico, tanto para los tratados universitarios, como para los dictámenes e intervenciones ante los órganos jurisdiccionales.

En este aspecto, sobresalen las varias ediciones del Corpus Iuris Civilis, una de las cuales se especifica en seis tomos, que es la edición crítica de Lyon, con los comentarios de Dionisio Godofredo, o los tres tomos del Corpus Iuris Canonici, igualmente impresión de Lugduni, pasando por los tres tomos de la Nueva Recopilación, impresos bajo Felipe IV.

Un aspecto de extraordinaria importancia para valorar correctamente su librería es la presencia de los siete tomos y otros libros manuscritos que formaban parte de la misma, y de los cuales no se especifica ni su materia ni su autor. Es posible que se trate de algunos apuntes de clase, bien redactados por el propio Tineo Estrada, o más probablemente adquiridos de alguno de los canónigos que frecuentaron las aulas salmantinas a lo largo del siglo XVII, incluyendo a los dos doctorales precedentes que hemos referido, porque entre las obras impresas abundan profesores y

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alumnos del Estudio universitario de la ciudad del Tormes, incluyendo las figuras señeras de la centuria precedente, desde Antonio Gómez a Covarrubias, por citar dos bien conocidos, al igual que otros coetáneos de ese siglo, en el que se formaron los dos abogados asturianos.

Llama mucho la atención, en los fondos bibliográficos del legista gijonés, la presencia de algunos autores del Ius Commune, que no aparecen en juristas que estudiaron el Ius Civile en Salamanca, como Valdés Bango, puesto que entre sus monografías no se encuentra Baldo de Ubaldis, en tres tomos, aunque, por el contrario, se reiteran los ocho tomos de Bártolo, junto a otros legistas de la Edad Moderna, que no se describen en los inventarios precedentes de los doctorales que han sido objeto ya de nuestro estudio46. Esto demuestra la forma autónoma de incorporación de las obras, por parte de sus respectivos propietarios, aunque siempre se agregan en función de la actividad profesional que desarrollaba cada uno de ellos, y en el contexto general de sus monografías.

B. Un dato de partida, en el estudio sumario de la biblioteca del maliayo Fernández Sabido, es su participación como protagonista en el inventario de la librería del abogado-regidor ovetense Gregorio de Tineo Estrada, porque el juez ordinario de la localidad, competente en los incidentes de la sucesión mortis causa del difunto legista, a la luz de los problemas jurídicos que derivaban de 46 GARCÍA SÁNCHEZ, J., Dos doctorales ovetenses del siglo XVII: el Dr. Valdés Bango y el Lic. Cienfuegos Argüelles. En la Revista Matria.Santarem (Portugal) y en Studium Ovetense. En prensa

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su desaparición, se lo encomendó, atendiendo no solo al oficio de abogado que ejercía en la localidad el jurista de Selorio, sino porque Francisco Sabido, al mismo tiempo, en ese momento era responsable, en el ámbito de la docencia universitaria, como catedrático de Instituta de la Universidad de Oviedo47.

La prolongada actividad profesional de este jurista en la ciudad, en cuyo Estudio universitario debió graduarse como bachiller en Leyes, le permitió proseguir la escolaridad en Cánones, obteniendo el grado mayor de licenciado en esta Facultad, y ello le permitió ascender al desempeño de las cátedras más relevantes dentro de la Universidad de Valdés Salas.

Este encargo académico, mantenido en el tiempo más de tres décadas, explica que su biblioteca, formada a lo largo de tantos lustros, sea no solo más numerosa que la de Tineo, en cuanto al número de los tomos que la integraban, ascendiendo a más de cuatrocientos, si consideramos solamente los fondos con un contenido estrictamente jurídico, a los que es preciso agregar, además, un centenar de obras, que tratan sobre materias muy diversas.

Si tenemos presente su formación en Gramática, era usual que en su librería se contabilizaran los textos pertenecientes a los autores clásicos latinos, como Suetonio, Ovidio, Séneca o Cicerón,

47 Sobre los aspectos biográficos de este abogado y catedrático de la Universidad, sirvan como referencia algunas cuestiones relativas a su hidalguía, título de regimiento ovetense y elección como alcalde de Llanera: AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad. Año 1681 (Sigue una copia hecha en 1777). Sign. B-43, fol. 9v: “Calle de Santa Ana. Licenciado D. Francisco Savido abogado muestrese”..

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algunos de los cuales se especifica que existe la versión en castellano, e incluso no faltan los que tienen varios ejemplares. Pero era preciso principiar con los diccionarios, a cuyo efecto no solo se cita el Calepino, sino también uno específico del griego, junto a las obras de Nebrija, sin olvidar las de algunos jesuitas muy reconocidos para la Gramática y Retórica.

De sus fondos, es preciso resaltar las múltiples biografías, antiguas y modernas, de personales seculares o eclesiásticos, o de relatos históricos. Entre ellas, destacan las que tratan de la vida de santos, como San Benito, San Francisco Javier y otros, junto a otras monografías de Historia antigua y moderna, tanto concernientes a la Península Ibérica, incluyendo algunas específicas relativas al Principado de Asturias, como las del Continente Americano, o del mundo oriental, sin olvidar los libros de Teología dogmática, Teología moral, Ascética y Espiritualidad en general, además de algunos de Medicina y Antropología, sin olvidar los de las ciencias de la naturaleza o de simple divertimento.

Sorprende en un jurista que acumulaba esa ingente cantidad de obras, la atención que dedica a la música, poseyendo una guitarra y medios para su buen estado de conservación a los fines de uso, pero también otros objetos de simple recreo.

La presencia de los tratados teológicos más significativos, elaborados por autores tan relevantes como Domingo de Soto, Santo Tomás, Tomás Sánchez o Azpilcueta, entre otros, muestra una línea de interpretación del Derecho muy en consonancia con la imperante en Salamanca desde la primera mitad del siglo XVI, conformando una doctrina teológico-jurídica muy peculiar de la

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Escuela, que trasciende el ámbito académico, y se plasma en obras impresas o dictámenes relativos a las materias más diversas.

El abogado y regidor Selorio muestra una doble característica en la librería: en primer lugar, sus fondos se adquirieron de manera esporádica y autárquica, por acumulación progresiva, lo que explica la repetición de autores, además de la presencia de muchas colecciones incompletas, especialmente en las obras de varios tomos; en segundo lugar, no hay una línea de orientación bibliográfica única respecto de los autores y obras, salvo la confluencia, en los estantes del letrado Sabido, de aquellos más significativos en su tiempo, reforzados con los de mayor aplicación inmediata en las tareas que exigía su ejercicio profesional, tanto para la docencia universitaria en el ámbito del Derecho como para el ejercicio de la profesión de abogado.

En el primer ámbito de ocupación, llama la atención los ejemplares de la Instituta de Justiniano, ya que no solamente se tiene en cuenta el texto justinianeo y una edición concreta, sino que se acumulan ediciones de diverso origen geográfico y orientación científica, así como no se olvidan algunas con los comentarios. Este pluralidad viene justificada por la tarea inicial que Fernández Sabido asumió en la Universidad de Oviedo, al responsabilizarse durante algunos cursos académicos de la enseñanza de las Instituciones, que era materia inicial, a lo largo de dos cursos, de obligada matrícula para legistas y canonistas.

Observamos, por otro lado, la doble ubicación de los libros pertenecientes al abogado de Villaviciosa, puesto que los estantes y sus libros se distribuyen en dos estancias diferentes dentro de la

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casa familiar. La librería más numerosa, y de contenido jurídico, está situada en los estantes de la sala de estudio, que era el lugar de trabajo ordinario del abogado, reservado para la actividad propia de Fernández Sabido, mientras que la bibliografía de lecturas muy variadas, y complementariamente algunos libros especiales de Derecho, como un Corpus Iuris y ciertas obras de juristas tan relevantes como Ramos del Manzano o Fernández de Retes, estaban en la sala alta del domicilio, que era el lugar destinado a la de reunión de los integrantes del grupo familiar.

Hemos podido constatar que una parte de los fondos bibliográficos que integran la literatura de materia variada provienen de los que originariamente pertenecieron a Cienfuegos Argüelles y, en otros, que son los más numerosos, de los que se enajenaron en la almoneda de Valdés Bango, de modo que no solamente se le traspasaron textos de Derecho, tanto de normativa como de doctrina, civil y canónica, a través de los primeros adquirentes, como compradores en la subasta.

Ello no impide que aparezcan algunos juristas, muy significativos en las corrientes de la Edad Moderna, que no aparecen en las bibliotecas de los dos doctorales antes citados, incluyendo los romanistas que tenían mayor relevancia en Europa, pudiendo destacar, entre ellos, a Hugo Donello y Antonio Fabro, ambos dentro de la corriente del humanismo jurídico europeo, crítico y sistemático. Sorprende, en cambio, que no se citen las obras de Andrés Alciato ni las de Jacques Cuyas, que estaban bien representadas en las librerías de los letrados capitulares Valdés y Cienfuegos, al mismo tiempo que desaparecen, casi totalmente, los

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comentaristas italianos de la Baja Edad Media, mostrando con ello una orientación metodológica muy concreta, a favor de la vertiente histórico-crítica de las fuentes.

Si comparamos los fondos bibliográficos en que coinciden las bibliotecas de Tineo Estrada y Fernández Sabido, vemos que son múltiples reiteraciones de autores y títulos, e incluso del número de tomos, además de constatar en Fernández Sabido que sus varias ediciones del Corpus Iuris, tanto Civilis como Canonici, incluyendo la impresión crítica de sus partes, y con las notas de Godofredo en el primer Cuerpo, era una constante en los juristas asturianos de aquel momento.

En ambas librerías, de Tineo y Sabido, podemos fácilmente verificar los nombres de muchos civilistas y canonistas, españoles y extranjeros de primer nivel, en consonancia con el resto de librerías privadas hispanas de aquel tiempo, como son los de Castillo de Bobadilla, Castillo de Sotomayor, Calepino, Cepolla, Claro, Costa, Covarrubias y Leyva, Díez de Ribadeneyra Noguerol, Pedro de Dueñas, Espino de Cáceres, Prospero Farinacci, Juan Pedro Fontanella, Juan García de Saavedra, Nicolás García, Gómez Bayo, Luis Gómez, Antonio Gómez y su adicionador Ayllón, Jerónimo González, Guillén de Cervantes, Juan Gutiérrez, Alfonso Guzmán, Hevia Bolaños, Sebastián Jiménez, Pérez de Lara, Larrea, Lasarte, Matienzo, Menochio, Molina, Muñoz de Escobar, Diego de Narbona, Núñez de Avendaño, Olea, Yañez Parladorio, Pichardo de Vinuesa, Barbosa, Pedro de Salazar, Salgado de Somoza, Tomás Sánchez, Tomás de Aquino, Suárez de Paz, André Tiraqueau, Tonduto, Valenzuela Velázquez y Vela de Oreña.

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Una mínima comparación con otras bibliotecas de juristas foráneos al Principado de Asturias, pero especialmente vinculados a los tribunales superiores hispanos, permite observar que, por ejemplo, la biblioteca del abogado vallisoletano Iturrucha, datada en 1685, lleva al investigador de bibliotecas Barrio Moya48 a constatar “que se componía de 93 títulos que hacían un total de 116 tomos”, y este número le permite sostener: “cifra relativamente alta para la época, habida cuenta de la cantidad de trabas de todo tipo que encontraba la producción literaria de la época”49.48 BARRIO MOYA, J. L.,La librería de don Felipe de Iturrucha Retes, abogado del secreto de la Inquisición de Valladolid, en AHDE 57 (1987) 609-616.49 BARRIO MOYA, J. L.,La librería de don Felipe de Iturrucha Retes…, op. cit., p. 610. Se trata de un tercio de los libros que disfrutaba nuestro doctoral Cienfuegos Argüelles, aunque este último residía en el Principado de Asturias, y una quinta parte de las que pertenecieron a Valdés Bango y Fernández Sabido. Evidentemente todo es relativo, si nos fijamos en el oidor madrileño del Consejo de Castilla que contaba con unos dos mil volúmenes. Un caso singular en Toledo vino de la mano de la familia de los Narbona, que acumularon bibliotecas durante más de ciento cincuenta años, ya que eran bibliófilos, libreros y juristas, de modo que abundaban manuscritos y papeles sueltos relativos a los temas más variados, sin que se circunscribiera a materias técnica o estrictamente jurídicas, incluyendo en la publicación lo relativo a autores, títulos, lugar de edición, año de la misma y número de ejemplares, en la medida que fue posible a los investigadores que se ocuparon de la misma. Vid. ARANDA PÉREZ, F. J. – SÁNCHEZ GONZÁLEZ, R., Jurisprudencia y bibliofilia. La familia y la biblioteca de los Narbona, en Letrados, juristas y burócratas en la España Moderna. Coord. F. J. Aranda Pérez, Cuenca 2005, pp. 153-378, con índice alfabético incluido. Caso excepcional para el Principado de Asturias durante el siglo XVII son los casi tres mil que acumuló en su domicilio ovetense de la calle La Magdalena, el catedrático de la Universidad y regidor de la

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Los volúmenes de dicha biblioteca conciernen a libros de historia, de ascética y mística, sermones, biografías, además de las obras relativas al Derecho y a la Jurisprudencia, en la que se enuncian los autores españoles y europeos de los siglos XVI y XVII más ilustres, como son los nombres de: “Castejón, Diego de Covarrubias, Alonso de Villadiego, Antonio Gómez, Cristóbal Paz, Luis de Molina, Nuñez de Avendaño, Valenzuela Velázquez, Alonso Olea, Jerónimo de Bobadilla, Juan Gutiérrez, Agustín Barbosa, etc.”50.

Casi una década más tarde, se inventaría y tasa la biblioteca de Juan Vallejo, relator de los Consejos de Guerra e Indias51. Está localidad, además de relevante abogado en ejercicio, Dr. D. Tomás Serrano de Paz, y se mantuvo casi intacta durante la primera mitad del siglo XVIII. Vid. GARCÍA SÁNCHEZ, Justo, La querella por injurias interpuesta por el fiscal Pola Argüelles contra el Dr. Tomás Serrano de Paz, Oviedo 2014, en prensa.50 BARRIO MOYA, J. L.,La librería de don Felipe de Iturrucha Retes…, op. cit., pp. 610-611. Por lo que afecta a las librerías privadas del siglo XVIII, Barrio Moya ha publicado las pertenecientes, entre otros, a Gaspar Martínez Ponte, de 1709, (en Anuario jurídico y económico escurialense, 28 (1995) 683-696); Diego Gil Becerra, de 1712, (en Anuario jurídico y económico escurialense 29 (1996) 1127-1148; Tomás de la Tajada, de 1714, (en AHDE 56 (1986) 759-780); Bartolomé Tejo de la Corte, de 1747, (en Anuario jurídico y económico escurialense 38 (2005) 670-684; Antonio Rama Palomino y Ozerín, de 1750 (en Anuario jurídico y económico escurialense, 41 (2008) 851-864). Debemos señalar que hay otras muchas publicaciones sobre esta materia, que merecen ser consultadas para valorar el alcance de los inventarios de libros jurídicos que se constatan en Asturias.51 BARRIO MOYA, J. L., La librería del abogado burgalés don Juan de Vallejo Bárcena, relator de los Consejos de Guerra e Indias en tiempos de Carlos II (1692), en AHDE 72 (2002) 381-398.

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compuesta de 120 títulos, a los que se añadían “18 libros viejos de a cuarto”, junto a “6 en octavo, cuyos títulos no se mencionan”. Entre dichas obras se citan algunas de Literatura, con contenido religioso, o los Emblemas Morales de Sebastián de Covarrubias, también existente en Fernández Sabido, al igual que las obras de Antonio de Castillo, y de fray Juan Márquez, o las de Historia moderna, aunque la parte más importante “estaba destinada a las obras de Jurisprudencia”, en la que se refiren muchos nombres que son reiteración de los existentes en los abogados y regidores ovetenses, así como en los doctorales Valdés Bango y Cienfuegos Argüelles, como Julio Claro, Tomás Carleval, Muñoz de Escobar o Gómez Bayo, por citar algunos de los que no estan indicados precedentemente52.

52 Otros que se enuncian son: Luis de Molina, Alfonso Olea, Francisco Parladorio, Juan Bautista Larrea, Gregorio López Madera, Valenzuela Velázquez, Diego de Covarrubias, Antonio Gómez, Juan Matienzo, Gaspar de Hermosilla, Gabriel Pareja, Alonso de Villadiego, Francisco Avilés, Andrés Tiraqueau, Velázquez de Avendaño, Cristóbal Paz, Gabriel Monterroso, Antonio Pichardo, Castillo de Bobadilla, Palacios Rubios, y Diego del Castillo. BARRIO MOYA, J. L., La librería del abogado burgalés don Juan de Vallejo Bárcena…, op. cit., pp. 388-389. Señalaba Domínguez Rodriguez, al tratar de Pedro Gil Alfaro, oidor de la Real chancillería de Valladolid desde 1662, ascendiendo a miembro del Consejo de Castilla, aunque sus primeros pasos jurídicos se datan en San Ildefonso de Alcalá y catedrático de prima en la Complutense, que destaca en el inventario de sus bienes, redactado en 1683, se contabilizaron 549 volúmenes. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, C., Los oidores de las Salas de lo Civil de la Chancillería de Valladolid, Valladolid 1997, p. 61, nota 72, con remisión al AHPV. Protocolo 10888, doc. 19. De gran interés para contrastar la valoración de los libros inventariados en Asturias, es la tasación realizada por el librero vallisoletano, a partir del 22 de febrero de 1657, y por comisión del oidor

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IV. Conclusión

Asturias, a la luz de los datos que hemos recabado de los archivos ovetenses, y particularmente de estos dos abogados-regidores-docentes de Instituta en la Universidad de Oviedo, gozó de un grupo de letrados, no solamente eclesiásticos, sino también seculares, que además de integrarse en las aulas universitarias, compaginando sus tareas académicas con el ejercicio profesional, estuvieron constantemente actualizando sus conocimientos, mediante la adquisición de las monografías más autorizadas, tanto hispanas como foráneas. En su mayor parte eran adquiridas porque se consideraban útiles para su oficio, sin que el enfoque metodológico de estos estudiosos del Derecho y su aportación al mismo en el territorio del Principado de Asturias pueda reconducirse a un reducto cerrado de personas, ni identificar con una línea de formación trasnochada.

Sus cimientos formativos estriban en la sólida educación greco-latina, a la que contribuirán eficazmente los jesuitas desde 1681, tanto por lo que afecta al conocimiento directo de los textos clásicos como por la metodología utilizada en la transmisión de esos saberes, junto a una bibliografía selecta.

Sentadas las bases, los intelectuales asturianos, que cultivaron el Derecho, muestran una mentalidad abierta hacia otros campos

vallisoletano Carlos de Villamayor, de la librería del fiscal de dicho tribunal regio Diego de Vitoria Loredo. Vid. AHPV. Protocolo 1625, escribano Luis de Valencia, fols. 240v-266r.

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del saber, especialmente relacionados con el hombre y sus valores, culturales y espirituales, asumiendo que las librerías no son meros acúmulos de textos monográficos, impresos y/o manuscritos, sino instrumentos de saber y medios para el mejor servicio hacia sus conciudadanos, además de soporte para el enriquecimiento personal.

Un último aspecto debe ser destacado, y se refiere al desempeño coyuntural que efectuaron los licenciados Tineo Estrada y Fernández Sabido, consistente en el oficio de juez, que ambos tuvieron en Vetusta por encargo de los regidores ovetenses, aunque no pertenecían a la corporación. Esta situación muestra, de un lado, la confianza que despertaban sus personas en el conjunto de los conciudadanos, incluyendo los munícipes, al mismo tiempo que la experiencia adquirida en la aplicación e interpretación del Derecho al caso concreto, muy en línea con la jurisprudencia clásica romana, a pesar de no ejercer institucionalmente el oficio juzgador, ni integrarse establemente en un tribunal colegiado, se trasladaría a la transmisión de sus conocimientos a los cursantes de las aulas de las dos Facultades jurídicas, en la que ejercían su tarea docente.

V. Inventario de las librerías de los dos abogados y regidores

A. LICENCIADO GREGORIO DE TINEO ESTRADA

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“Y para que estos (bienes) no se oculten, (el gobernador) mandava y mando se aga ymbentario juridico dellos y respecto de las muchas ocupaciones en que su merced se halla por ahora le compete a Luis de Peon Valdes vecino y procurador del numero desta ciudad (Oviedo) a quien da comision en forma.

Y aviendose passado a la sala baxa principal de dicha casa y abiertose uno de los tres baules inventariados que es el mayor se allo en el seis libros grandes y pequeños…

Autto. Para que con toda quentta y raçon se haga el ymbenttario de la librería que quedo del licenciado Gregorio de Tineo y que los libros della se pongan por los titulos que a cada uno corresponde se nombro al licenciado don Francisco Sabido Abogado y Rexidor desta ciudad y Cathedratico de Ynstituta en su Universidad53 para que asista a costa de los vienes de la herencia a reconocer dichos libros y ponerlos por el horden y titulos que tocare a cada uno con su merced y el presente scrivano. Lo mando el señor D. Luis de Peon Valdes juez en virtud de su comision. Oviedo a catorce de jullio de seiscientos y ochenta y seis = D. Luis de Peon Valdes. Rubricado. Ante my, Juan de la Cuesta.

53 En el padrón municipal de 1681 se acuerda por los empadronadores “muestrese”, con lo cual se pone de manifiesto que no era originario de Oviedo, sino que se acababa de avecindar en la capital del Principado. Su justificación de hidalguía, vid., AAO. Libro de padrones municipales. Padrón de vecinos de la ciudad. Año 1681 (Sigue una copia hecha en 1777). Sign. B-43, fol. 9v: Calle de Santa Ana. “Licenciado D. Francisco Savido abogado muestrese”.

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Dentro de las cassas donde vivio y murio el licenciado don Gregorio de Tineo Estrada Abogado y regidor que fue de esta ciudad de Oviedo a diez y siete dias de el mes de julio de mill y seiscientos y ochenta y seis años, el dicho señor Juez de comisión prosiguiendo en el ymbentario de los bienes que quedaron de el dicho Don Gregorio de Tineo y doña Antonia Gonzalez Mortera su muger y para le hacer de la librería que quedo de el dicho don Gregorio con asistencia de el licenciado don Francisco Savido abogado y regidor de esta ciudad y de don Sebastián de Tineo Estrada curador de los hixos menores (cinco) que quedaron de el dicho don Gregorio haviendose entrado en un cuarto alto que mira hacia las guartas de dicha cassa se hallaron en el, los libros siguientes:

Primeramente el juego del señor don Juan del Castillo Sotomayor entero, todos los ocho tomos bien tratados en siete cuerpos impression Lugduni54.

54 CASTILLO SOTOMAYOR, Juan del, Opera omnia sive Quotidianarum controversiarum iuris tomi octo: vol. 1: liber primus… in quo ususfructus singularis et utilis tractatus continetur; vol. 2: liber secundus in quo quaestiones variae, atque usui forensi admodum utiles… opus revera pragmaticis forensibus; vol. 3: liber tertius, qui etiam diversae, utilissimae quaestiones ad usum forensem accommodatae explicantur et accuratius de iure repraesentationis, circa fideicommissarias et primogeniorum successiones, tractatus inseritur; vol. 4: liber quartus in quo de coniecturis et interpretatione ultimarum voluntatum ad alium finem, aliaque methodo quam hactenus a caeteris factum fuerit, eruditissime tractatur; vol. 5: liber quintus in duas partes totidemque volumina divisus: in quo de coniecturis et interpretatione ultimarum voluntatum tractatus continuatur; vol. 6: libri quinti pars posterior,

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Juan Paulo Melio su adicionador al tratado de Alimentis con las Decisiones de la Rota todo en un cuerpo bien tratado y/ impression asimismo Lugduni55.

Las obras de el doctor Agustin Barbosa todo el juego entero en veinte tomos, en que se yncluye el Repertorio bien tratado, impression Lugduni56.

sive operum omnium tomus sextus, in quo de coniecturis et interpretatione ultimarum voluntatum tractatus completur; vol. 7: liber VI et tomus VII sive Tractatus nobilissimus de Tertiis debitis Regibus Hispaniae, ex fructibus et rebus omnibus quae decimantur in quo, non solum omnia quae ad institutum pertinent, sed et alia plura in foro quotidiana, nove notabiliterque declarantur et resolvuntur; vol. 8: tractatus posthumus de alimentis, sive tomus octavus. Nunc secundum in lucem editus, cui accesserunt in hac editione Ioan. Paul. Melii V. Praesidis, additiones et observationes ad eundem Tractatum, Lugduni, nunc denuo typis ludgunensibus editum veteris praeli mendis expurgatum et characterum varietate distinctis allegationibus, sumpt. L. Anisson, 1667.55 MELI, G. P., Additiones et observationes ad Castillum De alimentis: cum decisionibus Sacrae Rotae Romanae, Lugduni, sumpt. L. Anisson, 1667.56 BARBOSA, Agostinho, Opera omnia, Lugduni 1643, en 18 vols; id., opera omnia, Lugduni 1669; id., Collectanea bullarij, aliarumque summorum pontificum constitutionum: necnon praecipuarum decisionum, quae ab apostolica sede, et sacris congregationibus S. R. E. cardinalium Romae celebratis usque ad annum 1633, Lugduni, sumpt. L. Durand, 1634; id., Iuris ecclesiastici universi libri tres: in quorum I de personis, II de locis, III de rebus ecclesiasticis plenissime agitur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1660, prima et altera pars, 2 vols.; id., Collectanea doctorum qui in suis operibus Concilii Tridentini loca referentes illorum materiam incidentes tractarunt et varias quaestiones in foro ecclesiastico versantibus maxime utiles, deciderunt, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1657; id., Tractatus varii; quorum I. De axiomatibus iuris usufrequentioribus. II. De

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El señor Olea Deçissione Jurium. Impresión Lugduni de la quinta impression, bien tratado en un cuerpo57.

Carlebal de Juditiis. Los dos tomos en un cuerpo bien tratado. Impression Lugduni. Bien tratado58.

applativa verborum utriusque iuris significatione. III. De locis communibus argumentorum iuris. IV. De clausulis usufrequentioribus. V. De dictionibus usufrequentioribus… multis sacrae Rotae decisionibus et quamplirum doctorum… resolutionibus illustrati, quae his notulis dignosci poterunt, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1660; id., id., Repertorium iuris civilis et canonici: in quo ordine alphabethico principaliores et practicae utriusque iuris conclusiones collectae indicantur et magna Doctorum copia exornantur, opus posthumum, iudicibus et advocatis utillissimum, studio et industria D. Simonis Vaz Barbosae, Lugduni, sumpt. Io. A. Huguetan et G. Barbier, 1668; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus primus, in quo primus et secundus Decretalium libri continentur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus secundus, in quo tertius et quartus Decretalium libri continentur… praefixi sunt indices auctorum, librorum…, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus tertius, in quo quintus Decretalium liber continentur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum: tomus quartus, quinque libri sexti Decretalium, Clementinae item et Extravagantes tum viginti Ioanis Papae XXII tum etiam communes, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam receptiorum in ius pontificium universum: tomus quintus in quo continetur Decretum Gratiani, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Selectae Iuris Canonici

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Ludobico Postio de Manutenendo en dos tomos. Impression de Genoba59; y el mesmo, de Subastatione, con las Decisiones Rotales de la mesma impression60. Los dos tomos en un cuerpo.

Los Conssexos del señor Balenzuela Velásquez en dos tomos, bien tratados, impression Lugduni61.

interpretationes, sive Praetermissa et additamenta ad Collectanea doctorum in Pontificium ius Universum: tomus sextus, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; Collectanea in Codicem Iustiniani ex doctoribus tum priscis, tum neotericis. Tomus primus, tres libros priores continens; tomus secundus, librum quartum et quintum. Ed. ultima, prioribus emendatior, Lugduni, sump. L. Arnaud, P. Borde, J. et P. Arnaud, 1679, 2 vols.; id., Pastoralis sollicitudinis, sive De officio et potestate episcopi, tripartita descriptio, nunc ultimum ab ipso auctore recognita, Lugduni, sump. L. Arnaud, P. Borde, Io. et P. Arnaud, 1679, 3 vols. en 2; id., Praxis exigendi pensiones adversus calumniantes, et differentes illas solvere, cui accesserunt vota plurima decisiva et consultiva canonica. Ultima ed., aucta et emendada, Lugduni, sumpt. L. Arnaud, P. Borde, J. et P. Arnaud, 1679, 2 vols.; id., Tractatus de Canonicis, et dignitatibus aliisque inferioribus beneficiariis Cathedralium et Collegiatarum Ecclesiarum. Hac ultima ed. ab ipso authore recognita et quamplurimorum additamentorum accessione locupletatus, Lugduni, sumpt. L. Arnaud, P. Borde, Io. et P. Arnaud, 1679; id., Votorum decisivorum et consultivorum canonicorum. Ultima ed. aucta et emendata, Lugduni, supt. L. Arnaud, P. Borde, Jo. et P. Arnaud, 1679, dos vols.57 OLEA, Alphonsi de, Tractatus de cessione iurium et actionum: theoricis et practicis utilissimus, Lugduni, sumpt. L. Arnaud et P. Borde, 1669.58 CARLEVAL, Thomae, Disputationes iuris variae ad interpretationem regiarum legum Regni Castellae… de iudiciis: tomus prior-posterior, novissima edit. Lugdunensis longe prioribus emendatior, Lugduni, sump. L. Anisson, 1668.

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Guzman de Biçionibus, en un tomo, bien tratado, impression Lugduni62.

Practica Eclesiástica y secular de Gomez Bayo entera y de los grandes en un cuerpo. Bien tratado, impression Lugduni63.

59 POSTIUS, L., J. C. perusini iam locumtenentis, Tractatus mandati de manutenendo sive Summarissimi possessorii, in hac ultima edit. auctus innumeris ad observationes additionibus… nec non maiori Sacrae Rotae Romanae Decisionum numero illustratus, in duo volumina divisus, primum Observationes, secundum Decisiones continet, Lugduni, sumpt. Io. Caffin, 1647; id., in hac ultima edit. auctus innumeris ad observationes additionibus, Genevae, sumpt. Cramen et Perachon, 1717..60 POSTIUS, L., De subhastatione: tractatus non superfluus… iunctis ad materiam Decisionibus Rotae Romanae ultra centum alibi non impressis, Genevae, sumptibus S. Chouêt, 1652.61 VALENZUELA VELÁZQUEZ, Juan Bautista, Consilia sive Responsa iuris: tomus primus et secundus: multis ipsius autoris Additionibus locupletata, quae his notis inclusae reperiuntur: et cum allegationibus a textu characterum varietate distinctis, Lugduni, sumpt. Io. A. Huguetan et G. Barbier, 1671.62 GUZMAN GENZOR, Alfonso de, I. C. Hispani in suprema curia madritensi advocati, Tractatus de evictionibus: in quo quaestionum practicarum utriusque fori ecclesiastici et secularis resolutiones omnemque ejusdem Curiae praxim cernere licet, nunc primum typis Lugdunensibus prodit, innumeris prope mendis expurgatus, Lugduni, sumpt. Io.-A. Huguetan et soc., 1676.63 GÓMEZ BAYO, Praxis ecclesiastica et saecularis: in tres partes distributa. I: jurisdictionem ecclesiasticam, civilem et criminalem, ordinariam et delegatam octo libris complectitur. II: tractat de causis matrimonialibus, beneficialibus, dispensationibus et facultatibus Nuncii Apostolici, et commissarii cruciatae. III: plurimas quaestiones ad utrumque forum spectantes de rescriptis, clausulis…

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Baleron de transationibus, impression Lugduni, entero y bien tratado64.

Decisiones del señor don Juan Baptista de la Rea, impression Lugduni. Los dos tomos en un cuerpo65.

El mismo las Alegaciones fiscales, impression Lugduni, los dos tomos en un cuerpo bien tratado66.

Tiraquelo en la ley Si unquam impression Lugduni, un tomo, bien tratado67.

tandemque repertorium, Lugduni, ex off. Anissoniana, 1671. Vid. también, GÓMEZ BAYO, Dr., Práctica única y singular de todas las causas civiles, criminales, executivas… que pertenecen a los fueros eclesiasticos de los obispos… y mas jueces ordinarios, impreso en Salamanca, en casa de A. Ramírez, 1627 (1626).64 VALERÓN, Manuel Román, Tractatus de transactionibus: in quo integra transactionum materia theorice ac practice, ingenti studio et iusta methodo collecta et exposita continetur, nun primum in lucem prodit, Lugduni, sumpt. Ph. Borde – L. Arnaud – P. Borde et G. Barbier, 1665.65 LARREA, Juan Bautista, Novae decisiones Sacri Regii Senatus Granatensis Regni Castellae, Lugduni, sumpt. Iac. et P. Prost, 1636; edit. postrema, Lugduni, sumpt. Ph. Borde – L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1658.66 LARREA, Juan Bautista, Allegationum fiscalium, pars prima-pars secunda, cum indice iurium quae explicantur, et allegationum quaestionumque locupletissimo, Lugduni, sumpt. P. Prost, 1642.67 TIRAQUEAU, A., Commentarii in l. si unquam C. de revoc. Donat.: primum editi anno 1535, nunc vero ab eodem castigati et tertiam prope partem totius operis aucti, iterum editi, Lugduni, apud G. Rovillium, 1552.

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El mesmo de legibus cognubialibus. Otro tomo bien tratado impression Lugduni68.

El mesmo de Retrato Lignagier, et gentilitio, de la mesma impression en otro tomo bien tratado69.

Tratados barios del mismo en otro tomo, impression Lugduni70.

Dueñas de Regulis juris, con las faleneras de Socino, y Bernardo Diaz y otros en un tomo bien tratado impression Lugduni71.//

Decisiones de Jacobo Preoco, impression Lugduni en un tomo bien tratado72.

68 TIRAQUEAU, A., Ex commentariis in pictonum consuetudines sectio de legibus connubialibus et iure maritali, postrema hac edit. ab autore ipso diligentissime recognita et locupletior facta cun indicibus copiosissimus, Lugduni, apud G. Rovillium, 1569.69 TIRAQUEAU, A., regii in parisiensi curia senatoris: De utroque retractu, municipali et conventionali, commentarii duo, iam tertio, sed multo felicius, quam antea, renati et a mendis propemodum innumeris, quae in superiori editione resederat, ipsius denuo autoris opera quam accurattisime repurgati, Lugduni, apud G. Rovillium, cum privilegio regis, 1555; quarta hac eademque postrema editione, ab autore ipso… recogniti, Lugduni, apud G. Rovillium, 1560.70 TIRAQUEAU, A., Tractatus varii: quorum elenchum pagina sequens indicabit, tertia hac eademque postrema editione, ab autore ipso diligentissime recogniti et locupletati, Lugduni, apud G. Rovillium, 1567.71 DUEÑAS, Pedro de, Salmanticensis Academiae doctore, authore, Regularum utriusque iuris cum ampliationibus ac limitationibus liber primus, Lugduni, apud S. B. Honorati, exc. Iac. Faurus, 1557.72 PUTEUS, Iac., iurisconsulti praeclarissimi ac Sacri palatii causarum auditoris et demum Sanctae Romanae Ecclesiae Cardinalis, Decisiones, nunc primum ad

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El señor Molina de Hyspanorum Primogeniorum, los quatro libros en un tomo, impression Colonia y ya muy ussado73.

Addiciones al señor Molina de D. Baltasar Gilmon de la Mota impression Lugduni, en un cuerpo bien tratado74.

Calepino en dos cuerpos, bien tratado, impression Lugduni75.

Curia Philipica primera y segunda parte en un cuerpo medianamente ussado, impression de Madrid76.

utilitatem eorum, qui in foro versantur, in lucem editae, Lugduni, exp. P. Landry, 1583.73 MOLINA MORALES, Luis de, De Hispanorum primogeniorum origine ac natura, nunc secunda ac postrema editione ab ipso authore antequam vita functus esset correcti, aucti et emendati, Coloniae, apud Io. B. Ciotti, 1601.74 GILMON DE LA MOTA, Balthazar, Additiones, seu illustrationes aureae: ad doctissimi Ludovici de Molina… De Hispaniorum primogeniis celebrem tractatum, depromptae ex notis marginalibus et aliis manuscriptis, quas reliquiere illustrissimi iurisconsulti… et D. Antonius de la Cueva et Silva… per Didacum Ludovicum de Lima, Lugduni, sumpt. Iac. Prost, 1634.75 CALEPINO, A., Dictionarium, quanta maxima fide ac dilligentia accurate emendatum, et tot recens factis accessionibus ita locupletatum, ut iam Thesaurum linguae latinae quilibet polliceri sibi audeat. Adiectae sunt latinis dictionibus Hebraeae, Graecae, Gallicae, Italicae, Germanicae, Hispanicae, atque Anglicae… praeter alia omnia, quae in hunc usque diem fuerunt addita, precipue a Io. Passeratio… accesserunt etiam insignes loquiendi modi, lectiores ethymologiae… adiectum est supplementum ex glossis Isidori, adornatum a R. P. Io. L. de la Cerda, Lugduni, sumpt. Ph. Borde et L. Arnaud, 1663, 2 vols.76 HEVIA BOLAÑOS, Iuan de, Primera y segunda parte de la Curia filipica, donde breve y compendiosamente se trata de los iuzios…, Madrid, por C. Sanchez, 1644.

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La Nueba Recopilación, los nuebe libros en tres tomos medio ussados; impression de Madrid77.

Bibiano de Jure patronatos en un cuerpo, con las Decisiones de Rota, impression de Venecia, medio ussado78.

Dissertationes del señor Vela en dos tomos, bien tratado, impression de Granada79.

Alegaciones de Noguerol en un tomo bien tratado, impression Mantua Carpetana80.

77 Recopilacion de las leyes destos reynos hecha por mandado de la Magestad Catolica del rey D. Felipe Segundo nuestro señor, que se ha mandado imprimir, con las leyes que despues de la ultima impression se han publicado por la Magestad Catolica del Rey don Felipe Quarto: esta recopilacion va dividida en tres tomos, en Madrid, por C. de Barrio y Angulo y D. Diaz de la Carrera, 1640 (1641).78 VIVIANO, G., pisano, Praxis iurispatronatus acquirendi conservandique illud, ac amittendi modos breviter continent. Denuo pluribus in locis aucta et locupletata, et Sac. Rot. Rom. decisionibus firmata et ornata et ad singulas materias secundum stylum Romanae Curiae accommodata, in hac postrema ed. aliijs quamplurimis eiusdem Sacrae Romanae Rotae decisionibus posterioribus ac nosissimis amplificata, Venetiis, sumpt. Bertanorum, 1652.79 VELA DE OREÑA, José, Dissertationes iuris controversi in hispalensi senatu, Granatae, apud V. Alvarez a Mariz, 1638.80 DÍEZ DE RIBADENEYRA NOGUEROL, Pedro, Allegationes juris: in quibus quamplurimae quaestiones summe necessariae, in Supremae Hispaniarum Curiae tribunalibus disceptatae, ad Praxim usumque Forensem spectantes enucleantur, Lugduni, sumpt. L. Arnaud – P. Borde, Io. et P. Arnaud, 1676.

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Decisiones Aureas de Boerio, con las Addiciones del tratado de Authoritate magni conssilii. Todo en un tomo. Impression Lugduni. Bien tratado81.

Decisiones de Gama, con las Addiçiones de Flores de Mena, todo en un tomo, impression de Valladolid, algo usado82.

Geronimo Gonzalez en la Regla obtaba de Canzeleria impression de Roma entero; aunque bastantemente usado83.

81 BOHIER, N., Decisiones Burdegalenses, summa diligentia et eruditione collectae et explicatae: una cum eiusdem Boerii consiliis, Tractatibus de statu et vita heremitarum, De seditiosis, De custodia clavium portarum civitatis et Additionibus in tractatum Io. Montani De authoritate Magni consilij… accesserunt huic editioni… decisiones insignes D. Aeg. Magistri, Lugduni, sumpt. P. Frelon, 1603; id., Decisionum aurearum, in sacro Burdegalensi Senatu olim discussarum. Pars prima-secunda. Quae nunc postremo, maiori quam hactenus unquam diligentia, multis erroribus non tam emaculatae… Additionibus eiusdem authoris in tractatum Ioan. Montani De authoritate et praeminentia Magni Consilii adiectis, Venetiis, apud S. Seminantis, 1576 (1575).82 FLÓREZ DÍAZ DE MENA, Blas, carrionensis, Lucubrationes, in Decisiones in Supremo Lusitaniae Senatu olim decretas, et per Antonium a Gamma… digestas, Vallisoleti, ex off. Io. de Milis et A. Bolan, exp. M. de Cordova, 1599.83 GONZÁLEZ, Jerónimo, J. C. hispani et in Romana curia advocati, Dilucidum ac perutile glossema seu commentatio Ad Regulam Octavam Cancellariae: de reservatione mensium et alternativa episcoporum. Diligentissime elaborata per Hieronymum Gonzalez… omnem prorsus Reservatoriam materiam, ac totius Rei Beneficiariae florem, amplectens… cum brevi totius operis Compendio, nunc rursum post auctoris obitum ex ipsius manuscripto exemplari, multis additionibus locupletius, et emendatius editum, Romae, ex typ. Iac. Mascardi, 1611; id., Commentatio ad regulam octavam cancellariae de reservatione mensium et alternativa episcoporum: omnem prorsus reservatoriam materiam

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El señor Salgado de Protectione Regia en un tomo. Entero, todo este tractado; impression Lugduni. Y el tomo ya muy usado84.

Tonduto Resoluciones civiles y beneficiales en un cuerpo, los dos libros, bien tratado, impression Lugduni85.

Sanchez los Conssexos morales, tomo primero y segundo en un cuerpo, bien tratado; impression Lugduni86.

El mesmo los tres tomos de Matrimonio en dos cuerpos muy ussados impression de Madrid87.

ac totius rei beneficiariae florem complectens: accesserunt mirabiles annotationes circa nullitates et attentata in causis beneficialibus, ubi quamplurima de Stylo curiae et Hispaniae, scitu digna inseruntur, editio nova, ultima Lugdunensi, multo locupletior, cum brevi totius operis compendio… recentissimisque Sacrae Rotae Romanae Decisionibus, non antehac editis nunc primum locupletata, Lugduni, sumpt. Societatis et apud fratres De Ville, 1738.84 SALGADO DE SOMOZA, Francisco, Tractatus de regia protectione vi oppressorum appelantium a causis et iudicibus ecclesiasticis, Lugduni, sumpt. L. Prost, 1627; ed. tertia, Lugduni, sumpt. L. Anisson, 1654.85 TONDUTI, P. F., Quaestionum et resolutionum legalium libri duo, quorum prior in duas partes divisas continet Resolutiones beneficiales canonicas et regulares, secundus Controversias civiles determinat, Lugduni, sumpt. haer. P. Prost – Ph. Borde et L. Arnaud, 1649.86 SÁNCHEZ, Tomás, S. I., cordubensis, Societatis Iesu, Consilia, seu opuscula moralia duobus tomis contenta: opus posthumum, nunc primum in lucem editum, Lugduni, sumpt. P. Prost, 1643.87 SÁNCHEZ, Tomás, S. I., cordubensis e Societate Iesu: de Sancto Matrimonii Sacramento disputationum, Madriti 1602; id., Madriti 1604.

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Los dos tomos de Garçia de Benefitiis, bien tratados impression de Mogunçia88./

Otalora de novilitate en un tomo, medio ussado, impression de Salamanca89.

Lara de capelanijs, en un cuerpo, impression de Madrid bien tratado90.

Matienzo, sobre el libro quinto de la Recopilación en un cuerpo, medio ussado, impression Mantue Carpentane91.

Concordancias de Jiménez en dos tomos, bien tratados, impression de Toledo92.

88 GARCÍA, Nicolás, Tractatus de beneficiis amplissimus et doctissimus declarationibus cardinalium S. Congregat. Concilii Tridentini et decisionibus Rotae… accommodatus, Moguntiae, sumpt. A. Hierati, 1614.89 ARCE DE OTALORA, Juan, Summa nobilitatis hispanicae et immunitatis regiorum tributorum: causas, ius, ordinem, indicium et excusationem breviter complectens, Salmanticae, exc. Io. Bapt. a Terranova, exp. Io. Moreni bibliopolae, 1570.90 PÉREZ DE LARA, Alfonso, De anniversariis et capellaniis libri duo: quibus ultra generalem anniversariorum, et capellaniarum materiam, specialiter disputatur de annuo relicto, Matriti, apud vid. F. Correa, exp. Il. Perez, 1622 (1621).91 MATIENZO, Juan de, regii senatoris in cancellaria Argentina Regni Peru, Commentaria in librum quintum recollectionis legum Hispaniae, Mantuae Carpentaneae, exc. L. Sanctius, 1613 (1612).92 JIMÉNEZ, Sebastián, Concordantiae utriusque iuris civilis et canonici: cum legibus Partitarum glossematibusque Gregorij Lopez et plurimorum Doctorum… quibus accesserunt plura loca veteris et novi Testamenti et concordantiae totius concilij Tridentini, Toleti, typ. P. Roderici, exp. M. de Vililla, 1596.

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Los dos tomos del Politico Bobadilla medio ussados impression de Barcelona93.

Julio Claro con las Adiçiones de Bayardo, en un tomo impression Lugduni.94

Emmanuel Acosta, al capitulo si pater de testamentis, y al parágrafo Postumus, en un tomo, ya casi viejo impression de Salamanca95.

Las obras del señor Cobarrubias en dos tomos. Cassi biejos impression de Salamanca96.

Tello Fernandez en las Leyes de Toro en un tomo biexo impression de Granada97.

93 CASTILLO DE BOBADILLA, Jerónimo, Politica para Corregidores y Señores de vasallos, en tiempo de paz y de guerra, y para Iueces eclesiasticos, y seglares, y de Sacas, Aduanas, y de Residencias, y sus Ofciales y para Regidores y Abogados, y del valor de los Corregimientos, y Goviernos Realengos, y de las Ordenes, en Barcelona, por S. de Cormellas, t. I. a costa de J. de Bonilla y P. Bono; t. II, a costa de S. de Cormellas, 1624.94 CLARO, G., Opera omnia, sive Practica civilis atque criminalis, cum doctissimis additionibus perillustrium uirisconsultorum DD. Ioan. Baptistae Baiardi…, Lugduni, sumpt. Ph. Tinghi, 1575; Genevae, sumpt. S. Chouet, 1666.95 COSTA, M., Cap. Si pater, de testamentis libro sexto, et paragrapho cum in bello l. qui duos ff. De rebus dubiis Commentaria, Salmanticae, in aed. V. a Portonarijs, 1569; ibid., in aed. Il. A Terranova et Neyla, exp. D. Mendez, 1584 (1582);96 COVARRUBIAS Y LEYVA, Diego de, Omnia opera multo quam prius emendatiora, ac multis in locis auctiora: in duos divisa tomos, prior tria continet opuscula, posterior autem septem, Salmanticae, in aed. D. a Portonarijs de Ursinis, 1576-1578.

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Abendaño Responssa en un tomo biexo, impression de Salamanca98.

Abendaño de Sequendis mandatos en un tomo viexo, impression de Salamanca99.

Juan Garçia de nobilitate en un tomo biexo impression de Madrid100.

El mesmo Garcia de Expenssis en otro tomo biexo101.

Antonio Gomez en las Leyes de Toro, en un tomo ya biejo, impression de Salamanca102.

97 FERNÁNDEZ MESSÍA, Tello, Prima pars commentariorum in Constitutiones Taurinas, Granatae, exc. H. a Mena et R. Rabut, 1566.98 NÚÑEZ DE AVENDAÑO, Pedro, Quadraginta responsa quibus quamplurimae leges regiae explicantur atque illustrantur, necnon novus ac diligens tractatus de secunda supplicatione cum poena et cautione, Salmanticae, apud haer. Io. a Canova, 1576.99 NÚÑEZ DE AVENDAÑO, Pedro, De exequendis mandatis regum Hispaniae, quae rectoribus civitatum dantur: prima-secunda pars, Salmanticae, apud Io. de Canova, 1564.100 GARCÍA DE SAAVEDRA, Juan, Tractatus de Hispanorum nobilitate et exemptione sive ad Pracmaticam Cordubensem, quae est l. 8 tit. II li. 2 Novae recopillationis… de novo additus et maiori cura illustratus, per D. Io. Garciam a Saabedra, authoris filium, Compluti, ex off. Io. Gratiani, apud vid., a costa de J. de Sarria, 1597101 GARCÍA GALLEGO, Juan, De expensis et meliorationibus liber unus, Matriti, apud vid. F. Correa, exp. C. Martinij Belae, 1622.102 GÓMEZ, Antonio, Opus praeclarum et utilissimum super libus Tauri, ed. per doct. A. Gomez, propriettis cathedram Iuris Civilis Salmanticensi Academia regentem, Salmanticae, exc. A. a Portonariis, 1552; ibid., in aed. D. a Portonariis, 1575.

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El mesmo en las Barias, impression de Antuerpia en un tomo biexo y algo desencuadernado103.//

Ayllon su Adiçionador en un tomo nuevo impression Lugduni104.

Balmaceda de Colectis en un tomo medio ussado impression de Madrid105.

Don Antonio Pichardo sobre la Ynstituta en dos tomos biexos, impression de Salamanca106, y en el segundo tomo las

103 GÓMEZ, Antonio, Variarumque resolutionum iuris civilis, communis, et regii tomi tres…; accesserunt eruditissimae annotationes E. Soarez a Ribeira, Antuerpiae, sumpt. Io. Belleri, 1634.104 AYLLÓN LAÍNEZ, Juan de, utrariensis, Illustrationes sive Additiones eruditissimae ad varias resolutiones Antonij Gomezii, nunc primum typis Lugdunensibus prodeunt, Lugduni, sumpt. L. Anisson, 1666.105 BALMASEDA DE LA PUENTE Y SOBREMONTE, Diego, Tractatus de collectis in his regnis indictis et usitatis, Matriti, ex typ. Regia, exp. De M. de la Bastida, 1673.106 PICHARDO DE VINUESA, Antonio, Commentariorum in quatuor Institutionum Justiniani libros, t. I, Salmanticae, apud D. a Cussio, 1618; t. II, Salmanticae, apud D. a Cussio, 1620; id., Priores practicae scholasticaeque disputationes, Salmanticae, ex off. typ. A. Taberniel, antuerpiani, 1606.

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Manuduccciones ad pracsin107, y se acaba en la parte quarta en el precepto veinte y cinco.

Castillo108 y Cifuentes109 en las Leyes de Toro en un tomo biexo de letra antigua.

Cervantes en las Leyes de Toro, un tomo biexo, impression Mantue Carpentane110.

Exforçia de Restitutione in integrum en dos tomos biexos impression Lugduni111.

107 PICHARDO DE VINUESA, Antonio, Commentariorum in quatuor Institutionum Iustinianearum libros, tomus secundus:… appendicis loco, Manuductionum iuris civilis Romanorum, et Regij Hispani, pro iudicibus et advocatis tyronibus ad praxim, liber singularis commodioris usus gratia altero thomo contentus, Vallisoleti, apud Hier. Morillo, Almae Universitatis typ., 1630; id., Practicae institutiones, sive Manuductiones iuris civilis romanorum et regii hispani ad praxim libro singulari: in quatuor distributae partes comprehensae: methodica tractatione… et Pintiani Senatus decisionibus nunc auctae locupletatae: accesserunt eiusdem veteres priores scholasticae practicaeque renovatae disputationes, Vallis-Oleti, exc. Io. Lasso a Peñas, 1630.108 CASTILLO, Diego, Las leyes de Toro glosadas: utilis et aurea glosa domini… doctoris iuris Caesarei et Romani intepretis optimi super leges Tauri: additis insuper diversis in locis, doctissimis ac necessariis additionibus et glosis, Methumnae Campi, ex typ. G. de Millis, 1553.109 CIFUENTES, Miguel de, Glosa de… sobre las Leyes de Toro: quaderno de las leyes y nuevas decisiones hechas y ordenadas en… Toro, sobre las dudas de Derecho, en Medina del Campo, por M. y F. del Canto, a costa de J. Moreno, 1555.110 GUILLÉN DE CERVANTES, Juan, Prima pars commentariorum in Leges Tauri, Mantuae Carpetanae, exc. G. Drouy, 1594.

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Juan Baptista Thoro Compendio de las Decisiones del Reyno napolitano en un tomo biexo impression de Nápoles112.

Montalvo Repertorio en un tomo biexo113.

Consultaçiones de Albaro Balasco en un tomo pequeño, ya muy ussado114.

Un Derecho Civil en seis tomos de a pliego grande bien tratado impression Lugduni115.

Derecho Canonico de la mesma impression en tres tomos algo viexo116.

111 ODDI, Sf., De restitutione in integrum tractatus, pars prima-secunda, Venetiis, apud Io. Salis, 1623; vid., Tractatus de in integrum restitutionibus ex diversis iurisconsultis doctoribus decerpti…, Lugduni, apud A. de Harsy, 1586..112 THORO, G. B. de, Aureum compendium omnium fere decisionum regni neapolitani hoc est regii collateralis consilii, Neapoli, ex typ. T. Longhi, 1615; id., hac secunda edit., Neapoli, ex tip. T. Longhi, 1620; id., hac tertia edit., Neapoli, ex typ. Iac. Gaffari, exp. Io. D. Bove, 1647.113 DÍAZ DE MONTALVO, Alfonso, Solemne repertorium seu secunda compilatio legum Montalvi, seu glossa super leges ordinationum regni, Salmanticae, in off. P. de Castro, imp. G. de Millis, 1549.114 VAZ, Álvaro, Consultationum ac rerum iudicatarum in regno Lusitaniae, t. I, Olyssipone, ex off. G. Rodriguez, exp. St. Lopez, 1591; t. II, ibid., exc. A. Alvarez, exp. S. de Carvalho, 1593.115 Corpus Iuris Civilis Iustinianei, cum commentariis Accursii, Scholiis Contii, et Dionysii Gothofredi acutissimi lucubrationibus, Lugduni, sumpt. Petry Landry, 1612; septimus tomus nunc vero sextus, continet indicem et summarium rerum, authore St. Daoyz, Lugduni, sumpt. H. Cardon, 1612.116 Corpus iuris canonici absolutissimum in III partes distinctum, edit. novissima, Lugduni, sumpt. Cl. Landry, 1624, 3 vols:; id., Lugduni, sumpt. N. Iullieron typ. regii et Io. Iullieron, fratrum, 1624. Existen otras ediciones y coediciones en

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Los Conssexos de Pedro Surdo en quatro tomos117.

Decisiones de Obtabiano Cacherano en un tomo algo viejo, bien tratado, impression Aguste Taurinorun118.

El mesmo Surdo de Alimentis en un tomo biexo, impression Lugduni119.

Decisiones de el mismo en otro tomo, impression. Lugduni. Algo viexo120.

Lyón del año 1624, como las de Michel Chevalier, Jacqus Cardon y Pierre Cavallat, en lo que se refiere al contenido, pero divergen en formato de composición: Vol. I: Decretum Gratiani, emendatum et notis illustratum Gregoij XIII iussu editum. Vol. II: Decretales D. Gregorij Papae IX. Vol. III: Liber Sextus Decretalium D. Bonifacij Papae VIII. Clementis Papae V. Constitutiones. Extravagantes tum viginti D. Ioannis Papae XXII, tum communes.117 SURDO, G. P., Consiliorum sive responsorum, libri quatuor, nunc primum in Germania, supra editionem Venetam, Francofurti, apud A. Wecheli haer. – Cl. Marnium et Io. Aubrium, 1599; liber quartus, Francofurti, apud Cl. Marnium et haer. Io. Aubrii, 1606.118 CACHERANO, O., Decisiones sacri senatus pedemontani, Augustae Taurinorum, apud Io. D. Tarinum, 1609.119 SURDO, Io. P., Tractatus de alimentis: novem partibus seu titulis distinctus, in quo universa alimentorum materia perspicue ac plane proponitur, nunc tertio in Germania resectis innumeris mendis, Francofurti ad Moenum, typ. Wechelianis, apud D. et D. Aubrios et Cl. Schleichium, 1625.120 SURDO, Io. P., Decisiones Sacri Mantuani Senatus a… collectae; in quibus quamplurimae eae quae abstrusiores iuris difficultates circa ultimas voluntates, contractus, indicia cum civilia, tum criminalia, fiscalia et feudalia… comprobantur, libri duo, Lugduni, apud vid. A. de Harsy, ad insigne Scuti Coloniensis, 1612.

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La Sarte de Gabelas en un tomo bien tratado, impression de Alcalâ121.

Farinaçio de Heressi, un tomo, impression Lugduni122.

El mismo de falssitate et furtis en otro tomo, impression Antuerpia123./

El mismo im pracxi Criminali, dos tomos de la mesma impression124.

121 LASARTE Y MOLINA, Ignacio de, De decima venditionis et permutationis quae Alcavala nuncupatur liber unus: tractatus quidem omnibus iuri operam dantibus tam in theoria quam in praxi, Compluti, apud Io. Gratianum, 1589.122 Vid. FARINACCI, P., iurisconsulti romano, Tractatus de haeresi…, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium, typ. G. Wolsschatij, 1616; id., Tractatus de haeresi: in quo per quaestiones, regulas, ampliationes, imitationes, quidquid iure civili et canonico… brevi methodo illustratur, Lugduni, sumpt. Iac. Cardon et P. Cavellat, 1621.123 FARINACCI, P., iurisconsulti romani, Opera omnia, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium, 1618: Pars prima, Praxis et theoricae criminalis libri duo. Pars secunda, Tractatus de testibus. Pars tertia, Praxis et theoricae criminalis amplissimae. Pars quidem quarta, Operum criminalium. Pars quinta, De falsitate et simulatione. Pars sexta, Furti materia et fragmentorum criminalium. Pars septima, Consilia tum decisiones. Pars octava, Decisionum Rotae Romanae noviter novissimarum… centuriae novem varias iuris tum civilis tum canonici decisiones quaestiones cautiones ac observationes continentes ab anno 1572 usque ad annum 1610, siete vols.124 Vid. FARINACII, P., Praxis et theoricae criminalis amplissimae pars tertia: de reo confesso et convicto, poenis temperandis, procuratore in criminalibus admittendo vel non, civilis et criminalis actionis cumulatione… per regulas ampliationes et limitationes miro ordine tractata, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium, 1618.

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Farinaçio de Testibus. Parte segunda en otro tomo de la mesma impression125.

El mesmo Farinaçio, quatro tomos Decisiones de la mesma imprenta, ya viexos126.

El mesmo en los Conssexos Criminales, dos tomos, que son y comienzan, el uno en el libro segundo, y el otro en la parte septima, ussados uno y otro, y entrambos impression de Antuerpia127.

Villalpando en la Repetición a la ley veinte y dos, titulo primero de la Partida siete un tomo viexo y de letra antigua128.

Practica de Paz en un tomo viexo impression de Valladolid129.

125 Vid. FARINACII, P., Praxis et theoricae criminalis pars secunda: De testibus oppositiones omnes contra testium personas, edit. postrema recognita locupletata, Lugduni, sumpt. Iac. Cardon, 1631.126 Vid. Decisiones variae Rotae Romanae sive Sacri Palatij Romani. Cum Declarationibus Concilij Tridentini, Lugduni, sumpt. P. Landry, ex typ. Io. Royaulx, 1615-1618.127 Vid. FARINACCI, P., Consilia sive responsa atque Decisiones causarum criminalium, edit. postrema ab ipso authore diligentissime recognita, necnon a multis mendis vindicata, Lugduni, sumpt. H. Cardon, 1610; id., Responsorum criminalium sive consiliorum, Lugduni, sumpt. Iac. Cardon et P. Cavallat, 1621..128 VILLALPANDO, Santiago de, Solemnis lectura et repetitio legis vigesimae secundae tituli primi septimae Partitae, Legioni, sumpt. P. de Celada, 1552.129 SUÁREZ DE PAZ, Gonzalo, Praxis ecclesiasticae et secularis cum actionum formulis et actis processuum hispano sermone compositis, tomi tres, Salmanticae, apud P. Lassum typ., 1583; id., accuratissime hac secunda edit. repurgati, quibus accessere quamplures additiones eiusdem authoris, Salmanticae, exc. C. Bonardus, 1586..

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Las quatro partes de Santo Thomas, tres tomos y cuerpos, sin las adiçiones y glossa de Cayetano, ni otro Comentador130.

Menochio de Adipisçenda, retinenda et recuperanda en un tomo ussado, aunque bien tratado y entero impression Lugduni131.

El mesmo de pressumpcionibus en dos tomos biejos, en que se halla tener hasta el libro sesto132.

El mesmo de Arbitrarijs un tomo en que esta asta el libro segundo. Centuria quinta. Impression Lugduni133.

130 Podría referirse a S. THOMAE AQUINATIS, Summa totius Theologiae, Antuerpiae, ex officina Christophori Plantini, 1569.131 MENOCHIO, Iac., De adipiscenda possessione, retinenda, recuperanda amplissimi doctissimique Commentarii, Lugduni 1583; id., De adipiscenda, retinenda et recuperanda possessione doctissima commentaria: item Responsa causae finariensis, omnia nunc emendatius quam antehac excusa, Lugduni, apud A. de Harsy, 1606.132 MENOCHIO, Jac., Commentariorum de praesumptionibus, coniecturis, signis et indiciis, pars prima, Lugduni, apud G. Rovillium, 1588; pars secunda, Lugduni, sumpt. P. Landry, 1593; id., De praesumptionibus, coniecturis, signis et indiciis: commentaria in sex distincta libros et recens in lucem edita, Lugduni, apud vid. A. de Harsy, 1608.133 MENOCHIO, Iac., Omnia quae quidem extant opera in ius canonicum et civile ab eo vice commentariorum scripta id est De arbitrariis iudicum libri duo: in quibus plurimae quaestiones variique cassus quinque nunc demum centuriis distincti… erudite tractantur itemque De adipiscenda, retinenda et recuperanda possessione commentarii, nunc demum restituta hacque postrema auctoris recognitione multarum rerum auctione illustrata et locupletata, Lugduni 1583; De arbitrariis iudicum quaestionibus et causis centuriae sex: quibus iuris pars, quae a iudicum arbitrio et potestate pendet…

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El mismo Menochio. Los conssexos. En diez tomos, ya usados impression Frangofurti134.

Don Antonio de Padilla y Meneses135 y Arias Pinelo de rescindenda vendiçione, en un tomo biexo, impression de Salamanca136.

Decisiones de Matheo de Aflictis, en un tomo, medio usado, impression de Venecia137.

Otro tomo Decisiones de Rota138.

pertractatur. Accesserunt postremae huic editioni eiusdem de adipiscenda, retinenda et recuperanda possessione doctissima commentaria, Lugduni, apud A. de Harsy, 1605; id., De arbitrariis iudicum quaestionibus et causis centuriae sex…: accesserunt postremae huic editioni eiusdem De adipiscenda, retinenda et recuperanda possessione doctissima commentaria; item Responsa causae Finariensis, Lugduni, apud A. de Harsy, 1606.134 MENOCHIO, Jac., Consiliorum sive responsorum, XIII tomis, Francofurti ad Moenum, typ. et sumpt. Wechelianorum, apud D. et Dav. Aubrios et Cl. Schleichium, 1625.135 PADILLA Y MENESESX, Antonio de, regii in Pintiano auditorio consiliarij, In titulum de Transactionibus C. commentarius, Salmanticae, exc. M. Gasthius, imp. Jo. Moreni bibliopolae, 1566; id., In quaedam imperatorum rescripta et nonnulla iurisconsultorum responsa commentaria, Salmanticae, exc. M. Gastius, imp. Io. Moreni, 1563.136 PINHEL, Aires, lusitano, Ad rubricam et legem secundam Codice de rescindenda venditione, commentarii, Salmanticae, exc. Io. Bapt. a Terranova, exp. L. Mendez, 1568.137 AFFLICTIS, M. de, Decisiones sacri Consilii Neapolitani…, Venetiis, apud Hier. Cavacalupum, 1564.138 AFFLICTIS, M. de, Decisiones Sacri Regii Consilij Neapolitani… praestantissimum eiusdem Sacri Consilij Regium olim consiliarium collectae;

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Ocho tomos de Bartulo viexos139.

Practica de Bossio en un tomo algo ussado impression Lugduni140.

Los Conssexos Philipo Corneo en quatro tomos, impression Lugduni141.//

Thomae Grammatici et Caesaris Ursilli I. C. neapolitan. Aureis adnotationibus casuumque novis quibusdam Decisionibus separatim olim editis illustratae… Accessere Additiones Aureae Io. A. Pisanelli, P. Caravitae, Hier. De Martino et M. A. Pulverini magni nominis iurisconsultorum cuique decisioni Afflicti subnexae, Venetijs, apud Societatem Minimam, 1612; URSILLI, C., Aureae iurium addictiones, annotationes, et quaedam advertentiae, cum quibusdam novis decisionibus casibusque in fcto contingentibus ad Decisiones Sacri Consilij domini Matthaei de Afflicto, Venetijs, exp. DD. Bapt. de Christophoro et Iac. Anielli de Maria, bibliopol. Parthenopei, 1568. También podría tratarse de un título general relativo a decisiones rotales, como las del vallisoletano Alfonso Manzanedo de Quiñones, Romae, Decisiones Sacrae Rotae Romanae coram…, Romae, ex typ. N. A. Tinassij, 1673.139 BARTOLO DA SASSOFERRATO, Omnia, quae extant, opera: eaque profecto non modo eiusdem Delphicis Responsis quamplurimus, ac Tractatu de procuratoribus aucta, verum etiam aureis Adnotationibus, Iac. Anelli de Bottis… et P. Mangrellae cavensis… praeter ceteras aliorum omnes iam impredssas, illustrata. Una cum Gemma legali: seu compendio aureo sententiarum, omniumque propositionum, quibus tum Bartolus, tum addentes usi sunt, studiosissime elaborata, octava edit. Iuntarum, Venetijs, apud Iuntas, 1615. Son ocho tomos: tomus primus, in primam Digesti Veteris partem commentaria; t. II: commentaria in secundam Digesti Veteris partem; t. III: comentaria in primam Infortiati partem; t. IV: commentaria in secundam Infortiati partem; t. V: commentaria in primam Digesti Novi partem; t. VI: commentaria in secundam Digesti Novi partem; t. VII: commentaria in primam Codicis partem; t. VIII: commentaria in secundam atque tertiam Codicis

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Las Leyes de las Siete Partidas con el Repertorio en quatro tomos biexos, impression de Salamanca142.

Bocaulario de Antonio Lebrija bien tratado143.

Bocaulario Utriusque iuris, en un tomo pequeño, impression Lugduni144.

Maranta de ordine iudiçiorum un tomo pequeño algo biexo145.

partem; t. XI: Gemma legalis, seu compendium aureum propositionum, sententiarum, regularumque omnium memorabilium.140 BOSSIO, Io. A., ex cleric. Reg. Barnabitis, Tractatus posthumus de effectu contractus matrimonii nempe de Patria potestate in filios: tum quoad personam tum quoad illorum bona, et de multiplicibus effectibus ex Patria Potestate resultantibus, nunc primum in lucem prodit, Lugduni, sumpt. Ph. Borde – L. Arnaud et P. Borde, 1667.141 CORNEO, P. F., Consiliorum… in quatuor partes digestorum, cura Fl. De Sura lugdunensis, Lugduni, exc. Jac. Myt, sumpt. H. de Porta et L. de Fabiano, 1531.142 Las Siete Partidas del sabio rey don Alonso el Nono, nuevamente glosadas por el licenciado Gregorio López, en Salamanca, en casa de A. de Portonariis, 1565; ibid., en casa de D. de Portonariis, 1576 (1577).143 NEBRIJA, Antonio de, Vocabularium utriusque iuris: una cum tractatu admodum utile de ratione studii; accessit Lexicon iuris civilis, Venetiis, apud Io. de Albertis, 1599.144 SCOTT, A., Vocabularium utriusque iuris… accesserunt praeterea observationes quaedam Ael. Ant. Nebr. In Accursium, Lugduni, sumpt. H. Cardon, 1609; ibid., sumpt. L. Anisson, 1655.145 MARANTA, R., Tractatus de ordine iudiciorum, vulgo speculum aureum, et lumen, advocatorum: accesserunt, Disputationes decem quaestionum legalim. Repetitio praeterea in l. is potest Ff. De acquirenda haered., Lugduni, apud haer. Iac. Iunctae, 1567.

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Ludobico Gomez in Regulam Cançelarie, un tomo pequeño y viejo, impression Lugduni146.

Acssiomata iuris impression de Madrid147.

Cautelas de Çepola. Un tomo pequeño148.

Angulo de las Mexoras, un tomo biexo impression de Madrid149.

Vbsenbequio Paratrita, un tomo biexo150.

Lazario de monitoriis, un tomo pequeño, bien tratado, impression de Beneçia151.

146 GÓMEZ, Luis, obispo de Sarno, Commentaria in iudiciales regulas cancellariae, quae usu quotidiano in Curia et Foro saepe versantur, Lugduni, apud A. Vicentium, exc. Io. et F. Frellonii, fratres, 1545; ibid., Lugduni, apud G. Rovillium, 1575.147 BARBOSA, Simâo Vaz, Axiomata et loca communia utriusque iuris: nunc noviter aucta multis aliis locis, Axiomatibus, ampliationibus, limitationibus, et declarationibus annotatis a… D. Antonio de Dueñas, en Madrid, por D. Garcia y Morras, 1649.148 CIPOLLA, B., Cautelae; De servitutibus praediorum, Venetiis, B. Stagninus, 1493.149 ANGULO, Andrés de, cordubensis I. C. hispani, Commentaria ad leges regias meliortionum titul. 6 libr. 5: quibus copiosissimus huius materiae tractatus de legitima filiorum tertio et quinto meliorationis… continetur, Madriti, apud L. Sanctium, 1592.150 WESENBECK, M., Commentaria quae olim paratitla in Pandectas Iuris civilis et Codicis Iustiniani libros, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium, 1621; id., Commentarii in Pandectas Juris Civilis et Codicem Justinianeum: olim dicti Paratitla, aucta subinde ab Arnoldo Vinnio, cum notis et observationibus Rinhardi Bachovii; adjectus est M. Wesenbeci, Tractatus de feudis, Lugduni Batavorum, ex off. A. Wyngaerdem, 1649..

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Deçissiones de Mantica en un tomo pequeño, impression Lugduni152.

Espino de Testamentis. Un tomo biexo impression de Salamanca153.

Salzedo Practica Criminal Canonica en un tomo biexo impression de Alcala154.

Escobar de Raçioçinijs. En un tomo viexo y muy usado155.

Aiora de Partiçionibus en un tomo viexo156.151 LAZZARI, P. A., Canonicarum quaestionum in utroque, tan interno, quam externo foro practicabilium, prima et secunda pars, in quibus non tantum de monitorijs sive generalibus excommunicationibus ad effectum revelandi; necnon de blasphemia; de opinione deligenda in controversis quaestionibus exacte agitur, Venetijs, apud Iac. A. Somaschum, 1613.152 MANTICA, F., cardinalis, Decisiones Rotae Romanae… in lucem editae, Lugduni, sumpt. H. Cardon, 1619.153 ESPINO DE CÁCERES, Diego, Speculum testamentorum, sive Thesaurus universae Iuris Prudentiae, Salmanticae, exc. Io. Ferdinandus, 1587.154 DÍAZ DE LUCO, J. B., calagurritanus episcopus, Practica criminalis canonica ab infinitis prope mendis expurgata et aucta analyticis additionibus ac novissimis annotationibus illustrata a Ignatio Salzedo de Leon, Compluti, apud P. Robles et F. Cormellas, 1565; id., Singularis et excellentissima Practica Criminalis Canonica, novissime recognita, duodecim capitibus aucta a Ignatio LOPEZ DE SALZEDO, Compluti, exc. Io. Gratian, 1587.155 MUÑOZ DE ESCOBAR, Francisco, De ratiociniis administratorum et aliis variis computationibus tractatus, Metymnae a Campo, apud Ch. Lasso Vaca et F. Garcia, 1603.156 AYERBE DE AYORA, Antonio, Tractatus de partitionibus bonorum communium inter maritum et uxorem et filios ac haeredes eorum, en Granada, por R. Rabut y N. Morpin, 1586.

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Roderico Suarez Repeticiones en un tomo viexo157.

Juan Gutierrez de iuramento confirmatorio, un tomo biexo impression de Madrid158.

Las obras de Parladorio en dos tomos biexos, impression de Valladolid159, y Salamanca160.

Molino de ritu nuptiarum en un tomo161.

157 SUÁREZ, Rodrigo, Repetitiones… in l. quoniam in prioribus C. de inoffic. testam. et in l. post rem iudicatam Ff. De re iudic. Necnon in alias Fori ll. et ordinamenti leges, nunc primum ab innumeris quibus antea scatebant mendis repurgatae, Lugduni, apud haer. Iac. Iuntae, exc. Iac. Forus, 1558; Ad volumen repetitionum… Roderici Suarez additiones lucupletissimae…: additis legibus regni… authore Iacobo Valdesio, Pinciae, apud D. Fernandez a Corduba, exp. M. a Corduba, 1590; Metymnae a Campo, exc. Iac. a Canto, 1596.158 GUTIÉRREZ, Juan, Tractatus de iuramento confirmatorio et aliis in iure variis resolutionibus, ex tertia eiusdem authoris recognitione, Madriti, por L. Sanchez, exp. F. Lopez, 1597.159 YAÑEZ PARLADORIO, Juan, iurisperiti, in regio Vallisoletano praetorio advocati, Rerum quotidianarum liber singularis sive unus, nuncque primum in lucem editum, Vallis Oleti, exc. haer. A. Ghemartij, 1573; id., Vallisoleti, apud D. Fernández a Corduba, 1579; id., Rerum quotidianarum libri duo et Quotidianarum differentiarum sesquicenturia cui accesserunt eiusdem authoris quaestiones duodevingi et epistolae tres ad filios, Vallisoleti, apud haer. Iñiguez a Lequerica, 1604; id., Vallisoleti et Panormi, apud Io. B. Maringum, 1628 (1627). 160YAÑEZ PARLADORIO, Juan, Rerum quotidianarum libri duo, Salmanticae, exc. M. Serranus de Vargas, exp. F. Martini, 1595; id., Opera juridica, sive Rerum quotidianarum libri duo; Quotidianarum differentiarum sesquicenturia; et Quaestiones practicae forenses duodeviginti; cum tribus epistolis ad filios scriptis, nova editio lugdunensis, Lugduni, sumpt. Jo. A. Huguetan et soc., 1678.

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Aviles in capita pretorun un tomo viexo impression de Salamanca162.

Salazar de Ussu et conssuetudine en un tomo viexo163.

Baeza de non miliorandis filiabus164, inope debitore165 et de Deçima166 en un tomo biexo impression de Salamanca167.

Cuestiones de Quessada en un tomo pequeño impression de Salamanca168.

161 MOLINO, Francisco, Tractatus celebris et insignis de ritu nuptiarum, et pactis in matrimonio conventis, Barcinone, ex typ. L. Deu, exp. Io. Simon, 1617.162 AVILÉS, Francisco de, Nova diligens ac per utilis expositio capitum, seu legum praetorum ac iudicum syndicatus regnitortius Hispaniae, Salmanticae, ex off. Il. A Terranova et Neyla, imp. V. a Portonarijs, 1581.163 SALAZAR, Pedro de, De usu et consuetudine et de stilo curiae regalis, Granatae, ex off. Regnerij Rabut, imp. ipsius authoris, 1579.164 BAEZA, Gaspar de, In Caroli Quinti Augusti Hispaniae Regis, illustrem constitutionem in Madritensi conventu editam, quae de non meliorandis filiabus dotis ratione loquitur enarratio, Granatae, apud H. Menam, 1566.165 BAEZA, Gaspar de, Prima pars tractatus de inope debitore ex Castellana consuetudine creditoribus addicendo, Granatae, apud H. Menam, 1570.166 BAEZA, Gaspar de, De decima tutori Hispanico iure praestanda tractatus modis omnibus novus, Granatae, apud H. Menam, 1567.167 Vid. BAEZA, Gaspar de, De non meliorandis ratione dotis filiabus; De inope debitore creditori addicendo; De decima tutori hispanico iure praestanda, hac novissima omnium edit. addita et ab erroribus… studio vindicata opera ac diligentia Fernandez de Castro, Madriti, apud L. Sanctium, imp. F. de Robles, 1592.168 QUESADA, Antonio de, Diversarum quaestionum iuris liber, Salmanticae, in aed. Io. Bapt. a Terranova, 1573.

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Alegaciones y Conssejos de Roderico Suarez en un tomo chiquito, impression Lugduni169.

Marcos Salon de Paz a las Leyes de Toro en un tomo viejo170.

Siete tomos encuadernados a cuartilla manuescritos de diversas materias171.

Un tomo de Julio Paçio sobre la Ynstituta, Digestos Codigo y Decretales172.

169 SUÁREZ, Rodrigo, Allegationes et consilia quaedam singularia… eiusdem exactissima in aliquas Fori leges lectura, Salamanticae, exc. Io. Bapt. a Terranova, exp. Io. Moreni, y S. a Portonariis, 1568; Vallisoleti, exc. D. Fernandez a Corduba, exp. M. a Corduba bibliopolae, 1588.170 SALÓN DE PAZ, Marcos, burgensis, Ad Leges Taurinas insignes commentarii, nunc primum in lucem editi, Pinciae, apud F. F. a Corduba, exp. Dr. D. Burgensis de Pace, 1568171 Ignoramos su materia y autor.172 PACE A BERIGA, G., Isagogicorum in Institutiones imperiales, libri 4. Digesta, seu Pandectas, libri 50. Codicem, libri 12. Decretales, libri 5. Quibus in fine accessit copiosus rerum et verborum index, edit. postrema, prioribus castigatior, Amsterodami, ex off. L. Elzevirii, 1647; id., edit. nova, prioribus multo emendatior, brevibus notis auctior, accur. G. a Wessenaer, Trajecti ad Rhenum, ex off. G. a Zull, bibliopolae, 1662. Entre otras obras de este jurista italiano, vid., PACIO, Iul., Dn. Iustiniani PP. A. Institutionum iuris libri IIII. Aucti et illustrati annotationibus diversorum iurisconsultorum, duabusque graduum cognationis descriptionibus, necnon argumentis ac methodo synoptica, Geneve, exc. E. Vignon, 1580; id., Imp. Caes. Iustiniani Institutionum libri 4. Adnotationibus ac notis doctissimorum scriptorum illustrati et adaucti. Quibus adiunximus appendicis loco leges 12. Tabularum explicatas. Ulpiani tit. 29. adnotatos. Caii libros 2 Institutionum… studio et opera Ioannis Crispini. Novissime accesserunt annotationes… ed. quinta, Geneve, apud haer. E. Vignon, 1597.

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Con que se acabó de fenecer el ymbentario de dicha librería y los libros que ban inventariados, se entregaron al dicho licenciado don Sebastián de Tineo Estrada, que los reçivio y cerró con las llabes del cuarto en que estan y con que le abrio. Quedando todos en los estantes en que estaban puestos, y lo firmó dicho señor Juez de Comisión y junto con el dicho D. Sebastian y el licenciado Don Francisco Savido que juró haver inventariado todos los dichos libros en la forma que lo estan, todo lo qual passó de que doy fee. Luis de Peon Valdes. Licenciado Sabido. Sebastián de Tineo Estrada. Rubricados. Ante my, Juan de la Cuesta”. Rubricado.

“Vienes rayçes. Mas se pone por ymbentario la cassa en que bibieron y murieron los dichos D. Gregorio de Tineo y su muger en la calle de Jesús de esta Çiudad que se compone de dos altos su desban, cuarto abaxo bodega coçinas aposentos y una ssala alta a la parte trasera que mira a la calle de los Poços con su patio y guertta según esta cercada la qual ace esquina a dichas calles de Jesús y los Pozos. Mas otra cassa que esta frente de la rreferida y en dicha calle de Jesús que asimismo ace esquina por la otra cera con dicha calle y la del Rosal, que pega por un lado con casas del collegio de la Compañía de Jesús y lo mismo por el otro según que dicha cassa se compone de dos altos con sus tiendas...

100. Mas el titulo del oficio de regimiento que en su caveza tiene el dicho D. Gregorio de Tineo librado por su Majestad la Reyna Madre en los diez y seis de septiembre del año pasado de setenta y cinco refrendado de Francisco Carrillo su secretario con la posesión original que de dicho ofizio se le dio signada a lo que parece de Vizente de Granda Roxo”.

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A 28 de diciembre de 1686:

“E luego yn continente dicho dia mes y año dichos, y aviendose vajado al cuarto donde solia asistir a su estudio y despacho el dicho D. Gregorio de Tineo Estrada marido de la dicha Antonia se allaron en el las cosas siguientes = Primeramente un quadro de nuestro Padre San Joseph para espirar de talle entero = Mas otro con la echura del Niño Jesús dormido y las de San Juan y otros santos = mas otro con la de San Jeronimo = mas otro con la de nuestra Señora del Carmen = mas otro con la degollación de san Juan Bauptista = mas otro de santa Catalina = mas otro de santa Maria Magdalena = mas otro de nuestro padre san Francisco = mas otro de nuestra señora de la Concepción = mas otro quadro pequeño con sus marcos negro y las echuras de nuestra Señora y el niño de pintura fina como los demas de arriva con mas siete fruteros = mas otro quadro chiquito con la degollaziond e san Juan = mas otro quadro con la echura de san Geronimo chiquito con sus marcos dorados = mas un espejo de mediano talle con marcos negros = mas una mesa de seis pies torneados sin tiradores de nogal = dos bancos de respaldo con sus embutidos de nogal = mas un bufete de quatro pies con sus dos tiradores = mas un escriptorio con copero por arriva a alazenas por baxo embutido de nogal = dos sillas de baqueta de moscobia la una antigua y la otra moderna anbas baxas. Y abiendose pasado al recibimiento por donde se entra en dicho cuarto se allo en el bufete de seis pies con sus tiradores y llabes una mesa de quatro pies sin tiradores un banco de respaldo llano tres cuadros yguales con las echuras de diferentes personas zinco fruteros un quadro chiquito con la echura de san Juan y otro quadro mayor de batalla… y aviendose pasado al

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cuarto del estudio donde asistia el dicho D. Gregorio y abiertose el escriptorio y entrado en la naveta primera se allo en ella tres cuartas de punta de plata fina un rosario de coral con estremas de plata y otros dos corros de coral fino un rosario de azabache engazado en alambre, dos corros de granata una echura de un santo christo de plata en una cruz de santo Thoribio con sus cavos de lo mesmo. Y en otra naveta una jicara de coco con el pie de plata y en otra naveta se allaron diferentes papeles que se reserba inventarías quando los demas. Y aunque se registraron las demas navetas no se hallaron cosa ninguna y se registraron las de avaxo y en ellas no se allo cosa ninguna”.

El 28 de febrero de 1686, el juez con el escribano,

“entro en un cuarto alto de esta casa que cae hacia la calle de los Pozos desta ciudad y en que esta la librería de dicho D. Gregorio en el qual dicho cuarto se allaron diferentes pleitos y papeles assi en una hoxa como fuera della que se registraron y reconocieron muy despacio y por menor por no ser de sustancia y no tocar ni pertenecer a la herencia de dichos menores y sus vienes y ser de diferentes personas y litigantes no se ponen por ymbentario y en dicha hoxa se dexaron todos en dicho cuarto adonde se volvieron a zerrar con su llave que recoxio el dicho D. Sebastián de Tineo Estrada como tutor y curador de dichos menores”.

AHPA. Sección protocolos. Escribano Juan de la Cuesta. Sign. 7536, fols. s. n. rv Testamentaría del licenciado D. Gregorio de Tineo Estrada, vecino y regidor de Oviedo, y de su mujer doña Antonia Gonzalez Mortera, “difuntos vecinos que fueron de esta ciudad. Ynbentario de los vienes”. Año 1685.

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B. DOCTOR FRANCISCO FERNÁNDEZ SABIDO

“Ynbentario de los vienes que quedaron por fin y muerte del doctor don Francisco Savido.

Doña Manuela Muñiz Miranda viuda del doctor don Francisco Savido Cartavio por mi y como madre de don Francisco y doña Nicolasa Savido mis hijos, y del susodicho = y D. Manuel Gonzalez Concha como padre y lexitimo administrador de don Manuel de la Concha Savido mi hijo ante vuestra merced dezimos que la Majestad Divina fue servido llevar de esta presente vida al doctor don Francisco Fernandez Savido nuestro suegro y abuelo de dichos nuestros hijos y para que en todo tiempo conste y aia claridad de todos los vienes que quedaron por fin y muerte del susodicho pedimos y suplicamos a vuestra merced se sirva hazer inventario juridico de ellos para cuio efecto yo la dicha doña Manuela pongo de manifiesto las llaves de los caxones escritorios arcas vaules que se allan dentro de la casa de dicho difunto que es justicia que pedimos y juramos lo necesario etc. Manuela Antonia Moñiz Miranda. Manuel Gonzalez Baragaña Concha. Rubricados./ Hagase el ymbentario que se pide a que concurra con su merced el presente escribano, el qual ponga por fee la muerte del doctor don Francisco Savido y la entrega de las llaves que se manifiestan por doña Manuela Muñiz Miranda, lo mando el señor doctor don Gabriel de la Villa Miranda juez hordinario y primero desta ciudad de Oviedo de ella a veinte y uno de jullio de mil setecientos y veinte y dos años = Doctor Villa. Ante

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my, Estevan Teijeiro. Rubricados./ Fee de la muerte. En las casas del doctor don Francisco Savaido el dia mes y año en esta otra parte dicho, Yo escribano en cumplimiento del autto proveido a esta petición haviendo entrado en la sada principal destas casas como se sube a ellas que corresponde a la calle publica, halle al dicho doctor don Francisco Savido tendido en una cama juntoa su librería a lo que pareze naturalmente muerto, y por amortajar su cadáver y para que conste lo firmo = Estevan Tejeiro. Rubricado. Entrega de llaves: E luego yn continente dicho dia mes y año en esta otra parte dicho, y a la presencia del dicho señor doctor don Gabriel de la Villa Miranda juez hordinario desta ciudad por la dicha doña Manuela Muñiz Miranda se entregaron a su merced treze llaves grandes y pequeñas que las recojio y para que conste lo firmo dicho señor juez de que yo escdribano doy fee. Doctor Villa. Tejeiro. Rubricados.

Ymbentario. En la ciudad de Oviedo y casas donde vibio y murio el dicho doctor don Francisco Sabido dicho dia veinte y uno de jullio del dicho año, su merced dicho señor doctor don Gabriel de la Villa Miranda juez hordinario desta dicha ciudad con asistencia de mi escribano y de los// dichos doña Manuela Muñiz y Manuel gonzalez Concha Varagaña paso a dar principio al ymbentario de los vienes que quedaron por fin y muerte del dicho doctor don Francisco Savido y con efecto lo fue haciendo en la manera siguiente:

Primeramente un bufete… Dos vancos… Dos tauretes… Un catre de madera… dos savanas… y por ahora y estar disponiendo la forma del entierro y funerales del dicho difunto se suspendio la prosecución del ynbentario para quando se ayan fenecido…

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Prosigue el ymbentario. E luego yn continente dicho dia veinte y uno de jullio de mill setecientos y veinte y dos años… presente el dicho señor D. Gabriel de la Villa juez hordinario desta ciudad los dichos doña Manuela Muñiz y don Manuel Gonzalez Concha conbinieron en que se registrasen algunos escriptorios cajones arcas y cofres pòr reconocer si en ellos se hallavan algunas especies de moneda que el haviendo avierto las navetas de un escriptorio por el licenciado don Francisco Hevia en el cuarto de su estudio tan solamente se hallo en una de ellas sesenta y ocho reales de plata de a treinta y dos cuartos cada uno con una volsilla, los quales se ponen por ymbentario y… se entregaron al licenciado don Manuel Garcia Herrera cura de la parrochia de San Thirso desta ciudad para algunos gastos menores…

Y asimismo pasado a abrir una arca que se halla en la sala alta se hallo aver alguna ropa blanca y entre ella una caxa a modo de arquilla pequeña con su zerradura la qual se abrio y en ella se hallaron y ponen por ynbentario un volsillo y dentro de el ocho doblones, los cinco en veinte escudos de plata y los tres restantes en reales de plata de atreinta y dos cuartos, que todo ello se volvio a dicha arquilla y esta en la arca referida donde se hallo dicha moneda…

En las casas donde vivio y murio el doctor don Francisco Sabido a veinte y siete dias del mes de julio de mill sietezientos y veinte y dos años su merced el señor doctor don Gabriel de la Villa juez ordinario desta ziudad prosiguiendo en el ymbentario de los vienes que quedaron por fin y muerte del susodicho con asistencia de la dicha doña Manuela Moñiz y don Manuel Gonzalez Concha lo fue

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haziendo en la forma siguiente:çEn la sala primera como se sube a dicha casa se pone por ymbentario un quadro talle enterro de Nuestra Señora de la Asumpzion sin marco.

Otro quardo del santo Christo de Burgos con marco. Otro de San Agustin 0 otro de San Juan = Otro de san Salvador de medio talle = otros dos chicos de Santa Rosa y San Joseph = Quatro conclusiones de tafetán con sus marcos = Otra lamina de papel sobre tabla de diferentes pinturas = tres fruteros diferentes = Un espejo con su marco = una fresquera con seis frascos = otras dos sin ninguno = Una cruz pequeña de madera = Un cortina de vayeta encargada con su cenefa y varandilla = otra silla de vaqueta vieja antigua = una guitarra.

Y abiendose abierto unod e los tiradores de la mesa que va inventariada se hallo en el un lienzo de seda dorado viejo = unas calcetas de medio pie = Otro lienzo pardo ordinario y roto = un espejo de fradiquera con su caxa = un peso de oja de lata = una cajita de oja de lata con unos pedazos de cuerdas de guitarra = Y aunque se hallaron algunos papeles en dicho tirador se suspendio inventariarlos quando los demas que se hallaren.

Y abiendose avierto el otro tirador de dicha mesa se hallo en el un bote sin tabaco de estaño y otro chico de/ oja de lata…//

Prosigue. En las casas donde vibio y murio Don Francisco Savido a veinte y ocho dias del mes de jullio de mil setecientos veinte y dos prosiguiendo dicho señor juez en el ynbentario… Prosigue… a veinte y nueve dias del mes de jullio…

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Prosigue el ynbentario de libros173. En las casas donde vibio y murio el doctor don Francisco Savido a treinta dias del mes de jullio de setecientos y veinte y dos su merced dicho señor don Gabriel de la Villa paso a hazer el ynbentario de la librería del susodicho en esta forma:

Primeramente la obra de Agustin Barbosa en veinte y un tomos174

173 AHPA. Sección protocolos. Escribano Esteban Tejeiro. Sign. 7680, fol. 74r.174 BARBOSA, Agostinho, Opera omnia, Lugduni 1643, en 18 vols; id., opera omnia, Lugduni 1669; id., Collectanea bullarij, aliarumque summorum pontificum constitutionum: necnon praecipuarum decisionum, quae ab apostolica sede, et sacris congregationibus S. R. E. cardinalium Romae celebratis usque ad annum 1633, Lugduni, sumpt. L. Durand, 1634; id., Iuris ecclesiastici universi libri tres: in quorum I de personis, II de locis, III de rebus ecclesiasticis plenissime agitur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1660, prima et altera pars, 2 vols.; id., Collectanea doctorum qui in suis operibus Concilii Tridentini loca referentes illorum materiam incidentes tractarunt et varias quaestiones in foro ecclesiastico versantibus maxime utiles, deciderunt, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1657; id., Tractatus varii; quorum I. De axiomatibus iuris usufrequentioribus. II. De applativa verborum utriusque iuris significatione. III. De locis communibus argumentorum iuris. IV. De clausulis usufrequentioribus. V. De dictionibus usufrequentioribus… multis sacrae Rotae decisionibus et quamplirum doctorum… resolutionibus illustrati, quae his notulis dignosci poterunt, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et Cl. Rigaud, 1660; id., id., Repertorium iuris civilis et canonici: in quo ordine alphabethico principaliores et practicae utriusque iuris conclusiones collectae indicantur et magna Doctorum copia exornantur, opus posthumum, iudicibus et advocatis utillissimum, studio et industria D. Simonis Vaz Barbosae, Lugduni, sumpt. Io. A. Huguetan et G. Barbier, 1668; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus primus, in quo primus et secundus Decretalium libri continentur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id.,

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Un tomo de Angelo Boseo de dote175

Un tomo de Loterio de re benefiziara176/

Lanzeloto de atentatis un tomo177

Olea de zesione yuri un tomo178

Guzman de ebiciones un tomo179

Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus secundus, in quo tertius et quartus Decretalium libri continentur… praefixi sunt indices auctorum, librorum…, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum, tomus tertius, in quo quintus Decretalium liber continentur, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam recentiorum in ius pontificium universum: tomus quartus, quinque libri sexti Decretalium, Clementinae item et Extravagantes tum viginti Ioanis Papae XXII tum etiam communes, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Collectanea doctorum tam veterum quam receptiorum in ius pontificium universum: tomus quintus in quo continetur Decretum Gratiani, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; id., Selectae Iuris Canonici interpretationes, sive Praetermissa et additamenta ad Collectanea doctorum in Pontificium ius Universum: tomus sextus, Lugduni, sumpt. Ph. Borde, L. Arnaud et P. Borde, 1669; Collectanea in Codicem Iustiniani ex doctoribus tum priscis, tum neotericis. Tomus primus, tres libros priores continens; tomus secundus, librum quartum et quintum. Ed. ultima, prioribus emendatior, Lugduni, sump. L. Arnaud, P. Borde, J. et P. Arnaud, 1679, 2 vols.; id., Pastoralis sollicitudinis, sive De officio et potestate episcopi, tripartita descriptio, nunc ultimum ab ipso auctore recognita, Lugduni, sump. L. Arnaud, P. Borde, Io. et P. Arnaud, 1679, 3 vols. en 2; id., Praxis exigendi pensiones adversus calumniantes, et differentes illas solvere, cui accesserunt vota plurima decisiva et consultiva canonica. Ultima ed., aucta et emendada, Lugduni, sumpt. L. Arnaud, P. Borde, J. et P. Arnaud, 1679, 2 vols.; id., Tractatus de Canonicis, et dignitatibus aliisque

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Noguerol alegaciones un tomo180

Obras de Fontanela en quatro tomos dos de pactis181 y los dos de decisiones182

De las obras de Farinacio un tomo de consejos criminalis183

Otros tres del mismo de decisiones184

Quatro del mesmo practica criminal185

inferioribus beneficiariis Cathedralium et Collegiatarum Ecclesiarum. Hac ultima ed. ab ipso authore recognita et quamplurimorum additamentorum accessione locupletatus, Lugduni, sumpt. L. Arnaud, P. Borde, Io. et P. Arnaud, 1679; id., Votorum decisivorum et consultivorum canonicorum. Ultima ed. aucta et emendata, Lugduni, supt. L. Arnaud, P. Borde, Jo. et P. Arnaud, 1679, dos vols.175 BOSSI, G. A., Tractatus de peculiari effectu contractus matrimonii, nempe de dote filiabus danda deque dote in universum iuxta utrumque forum, Lugduni 1662.176 LOTTERIUS, M., De re beneficiaria, Lugduni 1659.177 LANCELOTTI, R., Tractatus de attentatis et innovatis, lite et appellatione pendente, et in aliis casibus, qui pagina quinta indicantur, Francofurti ad Moenum 1652.178 OLEA, A. de, Tractatus de cessione iurium et actionum, Lugduni 1669.179 GUZMAN GENZOR, A. de, Tractatus de evictionibus, Lugduni 1676.180 DÍEZ DE RIVADENEYRA NOGUEROL, Allegationes iuris, Lugduni 1676.181 FONTANELLA, J. P., De pactis nuptialibus sive capitulis matrimonialibus tractatus multis Regiae Audientiae Principatus Cathaloniae, et aliorum gravissimorum senatuum, Geneve 1659.182 FONTANELLA, J. P., Decisiones Sacri Regni Senatus Cathaloniae, Lugduni 1668.

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Otro de ynmunitate186

Otro de falsitate187

Otro de los fragmentos criminales188

Otro de Indicis et tortura189

Que en todos los de Farinazio hazen doze tomos190

Sebastián Guacino de defensione reorum un tomo191

Leyes de Partida y su glosa del señor Gregorio Lopez con el repertorio en quatro tomos192

183 FARINACCI, P., Consilia sive responsa atque Decisiones causarum criminalium, Lugduni 1610.184 FARINACCI, P., Decisiones variae Rotae Romanae sive Sacri Palatii Romani. Cum declarationibus Concilij Tridentini, Lugduni 1615-1618.185 FARINACCI, P., Praxis et theoricae criminalis, Antuerpiae 1618.186 FARINACCI, P., De immunitate ecclesiarum et confugientibus ad eas, Lugduni 1621.187 FARINACCI, P., De falsitate et simulatione, Antuerpiae 1618.188 FARINACCI, P., Furti materia et fragmentorum criminalium, Antuerpiae 1618.189 Puede tratarse de BRUNUS, F., Tractatus de indiciis et tortura, Lugduni 1553.190 FARINACCI, P., Opera omnia, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium 1618; Decisiones Sacrae Rotae tum canonicae tum civiles in duas partes, Antuerpiae, apud Io. Keerbergium, 1620; Sacrae Rotae Romanae decisionum ab ipso recentissime selectarum, dos vols., Genevae 1649; De immunitate ecclesiarum et confugientibus ad eas, ad interpretationem Bullae, Lugduni 1621; Tractatus de haeresi, Lugduni 1621, etc. 191 GUAZZINI, S., Tractatus ad defensam inquisitorum, carceratorum, reorum et condemnatorum super quocunque crimine, Coloniae Allobrogum 1654.

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Lanbertino yuris patronatos todos los tres tomos, en un tomo con las adiciones de Roque de Curti193

Jacobo Menochio dos tomos de presuntionibus194; otros tres de Consejos195; otro de aripiscenda posesione196, otro de arbitraris197

Mantica de conyenturis en un tomo198

Un tomo de Matienzo sobre el libro cuarto de la Recopilación199

Azevedo sobre los nueve libros de la Recopilación en seis tomos200. Y otro de Consejos201

192 Las Siete Partidas del sabio rey don Alonso el Nono, nuevamente glosadas por el licenciado Gregorio López, en Salamanca 1565.193 LAMBERTINI, C., Tractatus de iure patronatus clarissimorum omnium V. I. C.: qui hactenus luculenter hanc ipsam tractarunt materiam, nempe… D. Rochi de Curte papiensis, D. Pauli de Cittadinis, D. Io. Nicola Delphinatis, Venetiis 1607.194 MENOCHIO, Jac., De praesumptionibus, coniecturis, signis et indiciis, Lugduni 1608.195 MENOCHIO, Jac., Consiliorum sive responsorum, Francofurti ad Moenum 1625.196 MENOCHIO, Jac., De adipiscenda, retinenda et recuperanda possessione doctissima commentaria, Lugduni 1606.197 MENOCHIO, Jac., De arbitrariis iudicum quaestionibus et causis libri duo, Lugduni 1606.198 MANTICA, F., Tractatus de coniecturis ultimarum voluntatum libros duodecim distinctus, Venetiis 1619.199 MATIENZO, J., Commentaria in librum quintum recollectionis legum Hispaniae, Mantuae Carpentaneae 1613 (1612).200 ACEVEDO, A. de, Commentariorum Iuris Civilis in Hispaniae Regias Constitutiones tomi sex, en Madrid 1612.201 ACEVEDO, A. de, Consilia, Vallisoleti 1607.

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Alvaro Velasco de Yure Ynfiteutico un tomo202. Otro de Consultationis203

Aviles Practica de corregidores un tomo204

Belasco de particiones otro tomo205

Espino de testamentis un tomo206

Otero de pasquis un tomo207

Practica de rentas reales de Ripia208

Lara de anibersarios y capellanias un tomo209//

Escobar de raciocinis un tomo210

Silba de salarios un tomo211

202 VELASCO, A., Quaestionum iuris emphyteutici, Olissipone 1569.203 VAZ, A., Consultationum ac rerum iudicatarum in regno Lusitaniae, Olyssipone 1593.204 AVILÉS, F. de, Nova diligens ac perutilis expositio capitum seu legum praetorum ac iudicum syndicatus regni totius Hispaniae, Madriti 1597.205 VAZ, A., Praxis partitionum et collationum inter haeredes secundum ius regium Lusitaniae et iuxta ius commune, Conimbricae 1605.206 ESPINO DE CÁCERES, D., Speculum testamentorum sive Thesaurus universae iuris prudentiae, Venetiis 1598.207 FERNÁNDEZ DE OTERO, A., De pascuis et iure pascendi tractatus, Vallisoleti 1632.208 RIPIA, J. de la, Práctica de la administración y cobranza de las rentas: reales y visita de los ministros que se ocupan en ellas, Madrid 1676.209 PÉREZ DE LARA, Il., De anniversariis et capellaniis, Lugduni 1672.210 MUÑOZ DE ESCOBAR, F., De ratiociniis administratorum et aliis variis computationibus tractatus, Metymnae a Campo 1603.

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Obras del señor Cobarrubias con su adicionador Faria en quatro tomos212

La politica de Villadiego un tomo213

Don Francisco Leon Decisiones de Valencia un tomo214

Nicolas Garcia de venefiçis un tomo215

Obras de Parladorio en un tomo216

211 Podría tratarse de la obra de CAÑAS RAMÍREZ Y SILVA, J. de, Demostracion iuridica por… alcalde de Hijosdalgo de la Real Chancilleria de Granada. En defensa del auto de tassacion de costas y salarios, que pronuncio en la pesquisa del papel sellado falso, fabricado en la ciudad de Montilla, de que fue Juez, por comision particular de su Magestad, despachada por su Real Consejo de Hazienda. Respondiendo a los reparos hechos por el Tassador General, Granada 1660.212 COVARRUBIAS Y LEYVA, D. de, Opera omnia: cum auctoris Tractatu in tit. De frigidis et maleficiatis, septem quaestionibus distincto, quibus an matrimonium cum hoc impedimento constare possit… accesserunt Io. Uffelii… in variarum resolutionum libros Notae uberiores, Lugduni 1661; id., Enucleatus et auctus practicis in quaestionibus per D. Didacum Ybañez de Faria, gaditanum, Lugduni 1688; IBÁÑEZ DE FARIA, D., Additiones, enucleationes et notae ad librum primum Variarum resolutionum D. Didaci Covarrubias a Leiva, Matriti 1659.213 VILLADIEGO VASCUÑANA Y MONTOYA, A. de, Instrucción política y práctica judicial, conforme al estilo de los Consejos, Audiencias, y Tribunales de Corte, y otros ordinarios del Reyno, Madrid 1656.214 LEON, F. J. de, Decisiones sacrae regiae Audientiae Valentinae: liber primus, Matriti 1620; tomus secundus, Oriolae 1625.215 GARCÍA, N., Tractatus de beneficiis amplissimus et doctissimus declarationibus cardinalium S. C. Concilii Tridentini et decisionibus Rotae… acommodatus, Moguntiae 1614.

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Noguerol Alegaciones un tomo217

La Nueva Recopilación en tres tomos218

Tercera parte de la Suma de Bonacina en un tomo219

Seis tomos del Padre Tomas Sanchez: los tres de matrimonio220, otro Consejos Morales primera y segunda parte221 y otros dos Preçeptos del Decálogo222

Obras del señor Castillo en ocho tomos223

Consejos de Oldrado en un tomo224

216 YAÑEZ PARLADORIO, J., Opera iuridica sive Rerum quotidianarum libri duo, Vallisoleti 1604; Vallisoleti 1628; Lugduni 1678.217 DÍEZ DE RIVANEYRA NOBUEROL, P., Allegationes juris, Lugduni 1676.218 Recopilacion de las leyes destos reynos hecha por mandado de la Magestad Catolica del rey D. Felipe Segundo nuestro señor, que se ha mandado imprimir con las leyes que despues de la ultima impression se han publicado, por la Magestad Catolica del Rey don Felipe Quarto, en tres tomos, Madrid 1640 (1641).219 BONACINA, M., Summa, 2ª ed., Augustae Taurinorum 1678.220 SÁNCHEZ, T., S. I., Disputationum de sancto matrimonii sacramento, tomi tres, Matriti 1623.221 SÁNCHEZ, T., S. I., Consilia seu opuscula moralia duobus tomis contenta, Lugduni 1643.222 SÁNCHEZ, T., S. I., Opus morale in praecepta Decalogi, Antuerpiae 1631.223 CASTILLO DE SOTOMAYOR, J. del, Opera omnia sive Quotidianarum controversiarum iuris tomi octo, Lugduni 1667.224 DA PONTE, O., Consilia seu responsa et quaestiones aureae… cum expunctionibus, castigationibus et novis additionibus acutissimi iureconsulti domini Rainaldi Corsi, Venetiis 1585.

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El señor don Lorenzo Mateu Rei criminali en un tomo225

Practica de Gomez Vayo eclesiástica en un tomo226

Zierlino primera y segunda parte en dos tomos227

Hermosilla en dos tomos228

Tondutto en quatro tomos, dos de resoluçiones civiles y questiones benefíciales229 otro de pensionibus y otro de prevençione230

225 MATTAEU ET SANZ, l., Tractatus de re criminali sive controversiarum usufrequentium in causis criminalibus, cum earum decisionibus tam in aula suprema ac Hispana criminum quam in summo senatu novi orbis, 2ª ed., Lugduni 1686.226 BAYO, G., Practica unica y singular de todas las causas civiles, criminales, executivas, dezimales, matrimoniales, y todas las demas que pertenecen a los fueros eclesiasticos de los Obispos… y mas juezes ordinarios… y expedicion, practica y costo de todos los breves, dispensaciones…, Salamanca 1627 (1626); id., Praxis ecclesiastica et saecularis continens tres libros, Vallisoleti 1640 (1639); Lugduni 1671.227 CIARLINUS, Io. Bap., Controversiarum forensium iudiciorum, pars prima et secunda, Lugduni 1671.228 HERMOSILLA, G. de, Notae, additiones et esolutiones ad Glossas legum Partitarum D. Gregorii Lopetii, Lugduni 1674.229 TONDUTOl, P. F., Quaestionum et resolutionum legalium libri duo, Lugduni 1649-1657.230 TONDUTO, P. F. Tractatus de pensionibus ecclesiasticis, ad stylum curiae romanae, et ad praxim Tribunalium Galliae accommodatus, 2ª ed., Lugduni 1671.

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Zinco tomos de Donato Antonio Marines dos de resolutionis231, dos de dicisiones232 y otro de alegaciones233

Rojas de ynconpatibilitate un tomo234

El señor Amaya en un tomo235

Araujo decisiones morales un tomo236

Geronimo Gonzalez regla de canzeleria un tomo237

Jacobo Canzerio en tres tomos238/

231 MARINIS, D. A. de, Resolutionum iuris liber primus-secundus, 4ª ed., Lugduni 1662.232 MARINIS, D. A. de, Summa et Observationes ad singulas decisiones manuscriptas regiae camerae summariae regni Neapolis quas collegit insignis iureconsultus hispanus D. Franciscus Reverterius, Lugduni 1661.233 MARINIS, D. A. de, Iuris allegationes diversorum insignium iurisconsultorum urbis regiae Neapolis, 4ª ed., Lugduni 1662.234 ROJAS JORDÁN DE TORTOSA ET BUTRON, H. de, Tractatus posthumus De incompatibilitate regnorum ac majoratuum: ad enucleationem textus in cap. Coepit Hermenegildus rex 24 quaest… recognitus et illustratus per D. F. Ximenez del Aguila Beaumont. Appendix ad hunc Tractatum D. D. de Roxas de incompatibilitate, Lugduni 1669. Son dos tomos.235 AMAYA, F. de, Opera iuridica seu commentarii in tres posteriores libros Codicis Impertoris Iustiniani, necnon observationes iuris nunc noviter additae: quibus accedunt apologia eiusdem auctoris pro statuto Collegij Maioris Conchensis contra calumniam D. Ioannem de Escobar, Lugduni 1667.236 ARAUJO, F. de, O. P., Variae et selectae decisiones morales: ad statum ecclesiasticum et civilem pertinentes, Lugduni 1664.237 GONZÁLEZ, J., Dilucidum ac perutile glossema seu commentatio ad Regulam Octavam Cancellariae: de reservatione mensium et alternativa episcoporum, Romae 1611.

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Zesar Angelo de lexitimo contradictore un tomo239. Y otro de adquirenda posesione240

Antonio de Amato primera y segunda parte de resoluzionibus un tomo241

El señor Salgado en quatro tomos dos de laberinto242, uno de regia protectione243 y otro de retenzione bullarun244

El señor Luis de Molina con sus aditionadores en dos tomos245

238 CANCER, J., Variarum resolutionum juris Caesarei, Pontificii et municipalis Principatus Cathalauniae, Lugduni 1658-1659.239 ARGELI, C., De legitimo contradictore ad legem finalem C. de edit. Divi Adriani toll. opus… Accesserunt additiones D. Spiritus de Ribiers, Coloniae Allobrogum 1652; Genevae 1661.240 ARGELI, C., Opus de acquirenda possessione, et de legitimo contradictore, tomi duo, 2ª ed., Venetiis 1655241 AMATO, A. de, Variae resolutiones iuris, forenses et practicabiles, Lugduni 1668.242 SALGADO DE SOMOZA, F., Labyrinthus creditorum concurrentium ad litem, per debitorem communem inter illos caussatam, Lugduni 1651.243 SALGADO DE SOMOZA, F., Tractatus de regia protectione vi oppressorum appellantium a causis et iudicibus ecclesiasticis, Lugduni 1627; Lugduni 1669.244 SALGADO DE SOMOZA, F., Tractatus de supplicatione ad Sanctissimum a litteris et bullis apostolicis in perniciem reipublicae, regni, aut regis, aut juris tertij praejudicium impetrata, Lugduni 1664.245 MOLINA MORALES, L. de, De primogeniorum hispanorum origine ac natura, libri quatuor, Lugduni 1672; LIMA, D. L., Additiones seu illustrationes aureae ad doctissimi Ludovici de Molina… De Hapaniarum primogeniis celebrem tractatum… depromptae ex notis marginalibus et aliis manuscriptis quas reliquere… Balthazar Gilimon de la Mota et D. Antonius de la Cueva et Silva, Lugduni 1657; Lugduni 1669.

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Antonio Gomez varias y leyes de Toro en dos tomos246 y uno del adicionador Ayllon247

Fusario De sostitutionibus un tomo248

Las obras de Juan Gutierrez en diez tomos249

Julio Claro un tomo250

Consejos de Tomas Gramatico un tomo251

D. Gabriel de Parexa de ynstrumentorum dos tomos252

Mostazo de causis piis un tomo253

246 GÓMEZ, A., Commentariorum, variarumque resolutionum iuris civilis, communis et regii, tomi tres, Francofurti ad Moenum 1584; id., Opera omnia, Lugduni 1661; id., Opus praeclarum et utilissimum super legibus Tauri, Salmanticae 1575.247 AYLLÓN LAÍNEZ, Illustrationes sive additiones eruditissimae ad varias resolutiones Antonij Gomezii, Lugduni 1666.248 FUSARI, V., Tractatus de substitutionibus in duas partes distinctus, Coloniae Allobrogum 1628.249 GUTIÉRREZ, J., Opera omnia, Lugduni 16612. 250 CLARO, J., Opera omnia, sive practica civilis atque criminalis, cum doctissimis additionibus perillustrium virisconsultorum DD. Io. Bap. Baiardi…, Lugduni 1575; Lugduni 1579; Genevae 1666.251 GRAMMATICO, T., Consilia et vota, seu iuris responsa, Lugduni 1566.252 PAREJA Y QUESADA, G., Praxis edendi, sive Tractatus de universa instrumentorum editione, tam a praelatis, quam iudicibus ecclesiasticis et saecularibus, litigatoribusque in iudicio praestanda, tomus primus-secundus, Lugduni 1668.253 MOSTAZO, F. de, De causis piis in genere et in specie libri IV, Matriti 1680.

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Trobatte de efectivos ynmemorialis un tomo254

Obras de Vaeza un tomo255

Practica de Salzedo un tomo256

Lacxarte de alcabalas un tomo257

Flores de Mena un tomo258

Escaño de testamentis un tomo259

Torrecilla proposiciones condenadas un tomo260

254 TROBAT, Io. Bapt., Tractatus de effectibus immemorialis praescriptionis, et consuetudinis, Valentiae 1690.255 BAEZA, G. de, Prima pars tractatus de inope debitore ex Castellana consuetudine creditoribus addicendo, Granatae 1570; id., De decima tutori hispanico iure praestanda tractatus, Granatae 1567; id., In Caroli Quinti Augusti Hispaniae Regis, illustrem constitutionem in Madritensi conventu editam, quae de non meliorandis filiabus dotis ratione loquitur enarratio, Granatae 1566.256 SALZEDO DE LEÓN, I., Practica criminalis canonica ab infinitis prope mendis expurgata et aucta analyticis additionibus ac novissimis annotationibus illustrata D. J. B. Diaz de Luco…, Compluti 1565; LÓPEZ DE SALZEDO, I., Singularis et excellentissima Practica criminalis canonica, duodecim capitibus aucta… J. B. Díaz de Luco, Compluti 1587.257 LASARTE Y MOLINA, I. de, De decima venditionis et permutationis quae Alcavala nuncupatur liber unus, Compluti 1589.258 FLÓREZ DÍEZ DE MENA, B., Recentiorum practicarum quaestionum iuris canonici et civilis, ad praxim utrisque foris spectantium libri tres, Salmanticae 1609.259 ESCAÑO, F. de., Tractatus de perfectione voluntatis testamento requisita, et de testamento perfecto ratione voluntatis, et imperfecto ratione solemnitatis, coepto, et non completo ob impedimentum testatori superveniens, 2ª ed., Hispali 1676.

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Consejos de Burgos de Pad un tomo261

Feliciano de zensibus dos tomos262

Consejos del señor Valenzuela Velásquez en dos tomos263

Concordanzas de Jiménez dos tomos264

Guzman en sus Verdades un tomo265

El señor Vela dos tomos266

Politica de Vobadilla dos tomos267

Carlebal de yudiciis un tomo268

260 TORRECILLA, M. de, fr., O. F. M. cap., Consultas morales y exposicion de las proposiciones condenadas por nuestros muy santos padres Inocencio XI y Alejandro VII, 2ª impr., Madrid 1686.261 SALÓN DE PAZ, M., Consilia seu responsa decisiva, Neapoli 1639.262 SOLÍS, F. de, Commentarii de censibus quatuor libris, Compluti 1607.263 VALENZUELA VELÁZQUEZ, J. B., Consilia sive responsa iuris, Lugduni 1671.264 JIMÉNEZ, S., Concordantiae utriusque iuris civilis et canonici: cum legibus Partitarum glossematibusque Gregorij Lopez et plurimorum doctorum… quibus accesserunt plura loca veteris et novi Testamenti et concordantiae totius concilij Tridentini, Toleti 1596.265 MOLINA LAMA Y GUZMÁN, J., Novae veritates iuris practicae: utraque manu elaboratae tum theologorum moralium scientia, tum legum et canonum principiis et regulis inconcussis, Matriti 1665.266 VELA DE OREÑA, J., Dissertationes iuris controversi tam in Hispalensi quam Granatensi Senatu tomus primus-secundus, Lugduni 1675.267 CASTILLO DE BOBADILLA, J., Politica para corregidores y señores de vassallos, en tiempos de paz y de guerra y para jueces eclesiasticos y seglares, y de sacas, aduanas y de residencias, Madrid 1597.

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Dos tomos manuscritus de apuntaziones269

Las partes de Santo Thomas en quatro tomos270

El maestro Zumel en dos tomos271

Soto de justitia et jure un tomo272. Y dos sobre el cuarto de las Sentencias273

Silvestre en la Suma274 contra Jentes un tomo275

Disputadas de Santo Thomas en un tomo276

Fray Miguel Abendaño de predestinacione tres tomos277

268 CARLEVAL, T., Disputationum iuris variarum ad interpretationem regiarum legum regni Castellae… libri primi De iudiciis tomus prior posterior, 3ª ed., Matriti 1656.269 Carecemos de autor y materia sobre la que trataban, así como si eran apuntes personales o transmitidos de la Universidad de Oviedo o más probablemente del Estudio universitario salmantino.270 SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa totius Theologiae, Antuerpiae 1569.271 ZÚMEL, F., O. de M., In primam Secundae S. Thomae comment., Salmanticae 1594 (1593).272 SOTO, D., O. P., De iustitia et iure libri decem, Salmanticae 1559.273 SOTO, D., O. P., In quartum Sententiarum commentarij, Methumnae a Campi 1581.274 SILVESTRE GUZZOLINI, San, Sylvestrinae summae, quae summa summarum merito nuncupatur, Antuerpiae 1578275 SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa contra gentes, Burdigalae 1664.276 SANTO TOMÁS DE AQUINO, Quaestiones quae disputatae dicuntur, Romae 1570; Bononiae 1658..277 AVENDAÑO EZTENAGA, M. de, S. I., De divina scientia et praedestinatione, Lassionensi, vulgo san Sebastian, 1674.

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Mascardo de provazionis tres tomos278

Antonio Fabro en quatro tomos279

Y por ser tarde, se suspendio la prosecución del ynbentario de los demas libros que se allan en dichas casas y lo firmo su merced dicho señor Juez. Doctor Villa. Rubricado. Ante my, Tejeiro. Rubricado.

Prosigue el ynbentario. En las casas donde vibio y murio el doctor D. Francisco Savido a primero dia del mes de agosto de mil setecientos y veinte y dos el señor don Gabriel de la Villa Miranda juez hordinario desta ciudad prosiguiendo en el ymbentario de dichos libros se fue haziendo en la forma siguiente:

Donelo con el enucleado en tres tomos280

D. Diego Narbona en los anales un tomo281

278 MASCARDI, G., Conclusiones omnium probationum: quae in utroque foro quotidie versantur, Augustae Taurinorum 1624.279 Probablemente se refiere a la obra de FAVRE, A., Rationalia in Pandectas, Lugduni 1659; id. Rationalia in tertiam partem Pandectarum, in tres tomos divisam, Aurelianae 1626; id., Rationalium in titulos nonnullos et utilissimos, quartae et quintae partis Pandectarum appendix, Aurelianae 1631.280 DONEAU, H., Donellus enucleatus, sive commentarii Hugonis Donelli de iure civili in compendium ita redacti… accesserunt notata auctore Osvaldo Hilligero, haec editio ab erroribus omnibus prostat vindicata, et mendis innumeris quibus praecedens scatebat et iuxta indicem Expurgatorium D. Bernardi de Sandobal et Roxas Cardinalis Archiepiscopi toletani Hispaniarum Inquisitoris Generalis perpurgata, Antuerpiae 1642; Lugduni 1619; Lugduni 1623.281 NARBONA, D. de, Annales tractatus iuris de aetate ad omnes humanos actus requisita, Mantua Carpentana 1642.

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El mismo en la corografia yuris un tomo282

Cervantes en las Leyes de Toro un tomo283

Dueñas en las reglas de derecho un tomo284

Morquecho de dibisione bonorun un tomo285

Ayora de partizionibus un tomo286

Juan Gracian en las reglas de derecho un tomo287

Otalora de Nobilitate un tomo288

Cevallos en las Comunes contra comunes un tomo289/

282 NARBONA, D. de, Horographia iuris seu De legitimis horarum intervallis iuridica descriptio, Matriti 1652.283 GUILLÉN DE CERVANTES, J., Prima pars commentariorum in Leges Tauri, Mantuae Carpetanae 1594.284 DUEÑAS, P. de, Regularum utriusque iuris, Lugduni 1557.285 SANZ MORQUECHO, P., Practica quotidiana… De divisione bonorum: tum societatis conventionalis et coniugalis, tum meliorationum et hereditatum, aliarumque rerum eo spectantium, Francofurti 1607.286 AYERVE DE AYORA, Tractatus de partitionibus bonorum communium inter coniuges, parentes et liberos, eorumque haeredes, in quatuor partes distinctus, Lugduni 1657; Lugduni 1677.287 GRACIÁN FALCONI, J., Quingentarum regularum utriusque iuris cum ampliationibus et limitationibus liber unus, Madriti 1581 (1580).288 ARCE DE OTALORA, J., De nobilitate et immunitate Hispaniae causis, quas hidalguia appellant, deque regalium tributorum, quos pechos dicunt, iure, ordine, iudicio, et excusatione summa, seu tractatus, Granatae 1553.289 CEBALLOS, J. de, Speculum aureum opinionum communium contra communes, Antuerpiae 1623. Son cinco tomos.

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Otro de las fuerças que se dize estar en poder del doctor don Juan de Solares

Cifuentes en las Leyes de Toro un tomo290

Tello Fernandez en las mesmas leyes un tomo291

El señor Olea de la primera impresión un tomo292

Mario Cutelo de donacionibus un tomo293

Curia Philipica un tomo294

Bolero de decoczione debitorun un tomo295

Dialogo de relatores un tomo. Su autor Juan Matienzo296

290 CIFUENTES, M., Nova lectura sive declaratio legum Taurinarum, Salmanticae 1536; id., Glosa de… sobre las Leyes de Toro…, en Medina del Campo 1555; Leyes de Toro: Quaderno de las Leyes y nuevas decisiones, hechas y ordenadas en la ciudad de Toro, sobre las dudas de derecho que continuamente solian y suelen ocurrir en estos Reynos, en que avia diverdidad de opiniones entre los doctores y letrados destos Reynos, Salamanca 1591.291 FERNÁNDEZ MESSÍA, T., Prima pars commentariorum in Constitutiones Taurinas, Granatae 1566.292 OLEA, A. de, Tractatus de cessione iurium et actionum, theoricis apprime utilis, practicis perquam necessarius, Vallisoleti 1652.293 CUTELLI, M., Tractationum de donationibus contemplatione matrimonii aliisque de causis inter parentes et filios factis, tomus primus-secundus, 2ª ed., Venetiis 1668.294 HEVIA BOLAÑOS, J., Primera y segunda parte de la Curia filipica, Madrid 1644.295 BOLERO Y CAJAL, D., Tractatus de decoctione debitorum fiscalium; et eorum bonis curandis, et distrahendis, ut fisco, Matriti 1675.

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Siete tomos de alegaciones en Derecho sobre diferentes materias297

Mas otro quatro tomos de lo mesmo298

Otros quatro ynpresos y empergaminados299

Otros dos tomos de alegaciones300

Thomas Palomares practica de escribanos301

Michael Craso sentenciarum un tomo302

Practica de Salzedo un tomo303

296 MATIENZO, J. de, Dialogus relatoris et advocati pintiani senatus: in quo varia hinc inde proponuntur et longe controvertuntur ad renunciatorum, advocatorum, et iudicum munera: eorumque dignitatem et eminentiam spectantiam, eorumdemque ad electionem probe faciendam plurima advertuntur, Pintiae 1558; Pintiae 1604.297 Ignoto el autor y su contenido.298 Ignoto el autor y su contenido.299 Ignoto el autor y su contenido.300 Probablemente se trata de alegaciones provenientes de Valdés Bango o de Cienfuegos Argüelles.301 PALOMARES, T. de, Estilo nuevo de escrituras públicas, Madrid 1656302 Puede referirse a la obra completa del granadino y canónigo Civitatense, que fue docente de cátedras en Salamanca, PALACIO, M. de, Disputationum theologicarum in quartum librum Sententiarum, 3 vols., 1577-1579, aunque previamente había comentado los tres precedentes del Maestro de la Sentencias, desde 1574. También puede referirse a CARMONA Y MORENO, M. de, Summa totius Theologiae: per assertiones cum earum fundamentis ad omnes et singulas distinctiones quatruor librorum Magistri Sententiarum, Matriti 1682.303 DÍAZ DE LUCO, J. B., Practica criminalis canonica ab infinitis prope mendis expurgata et aucta analyticis additionibus ac novissimis annotationibus

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Otro de Palomares Tratado de scripturas304

Un tomo de Virgilio comentado305

Avendaño de sequendis mandatis principe un tomo306

Otro tomo de diferentes papeles y alegaciones sin pergamino307

Practica eclesiastica de Paz un tomo308

Otro de Soto sin el quarto de las Sentencias309

illustrata a Ignatio Salzedo de Leon, Compluti 1565; LOPEZ DE SALZEDO, I., Singularis et excellentissima Practica criminalis canonica, novissime recognita, duodecim capitibus aucta, Compluti 1587.304 PALOMARES, T. de, Estilo nuevo de escrituras públicas, Sevilla 1645.305 Probablemente se refiere a la obra de ABRAM, N., Commentarii in Pub. Virgilii Maronis Aeneidem, pars prior-posterior, Rothomagi 1633-1637.306 NÚÑEZ DE AVENDAÑO, P., De exequendis mandatis regum Hispaniae, quae rectoribus civitatum dantur: prima-secunda pars, Salmanticae 1564.307 Ignoto el autor y su contenido.308 SUÁREZ DE PAZ, G., Praxis ecclesiastica et saecularis, cum actionum formulis et actis processuum tomi tres, Salmanticae 1583; Salmanticae 1586.309 SOTO, D., O. P. Ad sanctum Concilium Tridentinum. De natura et gratia, libri III: cum apologia contra Reverendum Episcopum Catharinum… Accesserunt ad haec eiusdem authoris liber de tegendo et detegendo secreto. Et in causa pauperum deliberato, Salmanticae 1570; id., De Iustitia et Iure libri decem, Salmanticae 1559; id., In epistolam divi Pauli ad Romanos; eisdem De natura et gratia…, 2ª ed., Salmanticae 1551; id. De cavendo iuramentorum abusu, Salmanticae 1551; id., Relectio de dominio, Salmanticae 1535; id., Super octo libros Physicorum Aristotelis Commentaria, 2ª ed., Salmanticae 1551; id., In Dialecticam Aristotelis commentarii, Salmanticae 1552; id., Summulae Summularum, Salmanticae 1554 (1555); id., Annotationes in commentarios Ioannis Feri moguntinensis super Evangelium Ioannis, Salmanticae 1554.

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Otro de Gutierrez en las repeticiones310

Tomo segundo de la Nueva Recopilación311

Un Calepino anbrosiano sin prinzipio312

Un traslado del pleito de Pedro Arana con el gremio de Lastres sobre el dos por ciento313

Ugo Celso repertorio de las leyes del Reyno un tomo314

Jacobo Laurencio de Yudicis suspecto un tomo315//

Un papel ynpreso sobre el obispado de la Puebla316

Un tomo viejo Politica de Villadiego sin pergamino317

310 GUTIÉRREZ, J., Repetitiones sex, et allegationes iuris sive consilia plura, Francofurti 1661.311 Recopilación de las leyes destos reynos… con las leyes que despues de la ultima impression se han publicado por la Magestad Catolica del Rey don Felipe Quarto…, Madrid 1640 (1641). Tres tomos.312 CALEPINO, A., O. S. A., Dictionarium, Lugduni 1656.313 Debió imprimirse la alegación jurídica, porque se tramitó en la Real chancillería de Valladolid, y el abogado Sabido debió representar una de las partes.314 CELSO, H. de, Reportorio universal de todas las leyes destos Reynos de Castilla, abreviadas y reduzidas en forma de reportorio decisivo…. En el que se añaden las adiciones hechas por los doctores Aguilera y Victoria y por el licenciado Hernando Diaz, Medina del Campo 1553.315 LAURENZIO, Gio. Giac., Tractatus de iudice suspecto, tam iudicum, quam aliorum quorumcunque de quorum suspicione in iudicio et extra discuti solet, Venetiis 1607.316 PALAFOX Y MENDOZA, J. de, Alegaciones a favor del Clero… del obispado de la Puebla de los Angeles, s. l. circa 1644.

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El señor Ortega ad Labione un tomo318

Pedro Reiciario de usufructtu un tomo319

El maestro Toledo ynstruzion de sacerdotes un tomo320

Navarro de Alpizqueta tratados morales un tomo321

Defensorio sobre los pribilexios de la relixion de san Benito por fray Gregorio de Castro un tomo322

Donelo enucleado dos tomos323. Otro de Verborum obligazionibus324

317 VILLADIEGO VASCUÑANA Y MONTOYA, A. de, Instrucción política y práctica judicial, Madrid 1656.318 Octo libri Pithanon, seu verisimilium a I. C. Antistio Labeone proculeianae sectae principe conscripti et a I. C. Iulio Paulo in epitomen redacti, ac variis simul notis illustrati ac demum a D. Sebastiano Antonio ab Ortega et Melgares, Salmanticae 1688.319 Probablemente es RAMOS DEL MANZANO, F., Ad Titum Gaium, de usufructu municipibus legato, dissertatiuncula extemporanea, Salmanticae 1623.320 TOLEDO, F. de, S. I., Instrucción de sacerdotes y suma de casos de conciencia, Valencia 1614.321 AZPILCUETA, M. de, Dr. Navarro, 322 FERNÁNDEZ DE CASTRO, G., O. S. B., Defensorios jurídicos teológicos, morales, historicos y apologéticos de los privilegios de la sagrada religion del patriarca de todas San Benito y de las que los gozan y participan en razon de la exempcion de no pagar novenos, tercias reales, ni diezmos, Burgos circa 1677.323 DONEAU, H., Donellus enucleatus, sive commentarii Hugonis Donelli de iure civili in compendium ita redacta et verum nucleum contineant, iurisque artem, quae amplo verborum cortice in illis tecta, apertius exhibeant: accesserunt plerisque capitibus notata Osvaldi Hilligeri, Antuerpiae 1642.324 DONEAU, H., Commentarij absolutissimi ad titulum Digestorum de verborum obligationibus, Francofurti 1599.

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El Derecho civil en quatro tomos en pergaminados, en pergamino325

Don Antonio Pichardo en dos tomos326

Retes en sus opusculos dos tomos327

Manuel de Acosta Comentarius un tomo328

D. Diego Balmaseda un tomo329

Autos del Consejo un tomo330

Ynstruzion de Millones331

325 Corpus Iuris Civilis in IV partes distinctum: eruditissimis Dionysii Gothofredi… notis illustratum, Lugduni 1662.326 PICHARDO DE VINUESA, A., In quatuor Institutionum imperatoris Iustiniani libros, Vallisoleti 1630.327 FERNÁNDEZ DE RETES, J., Opusculorum alii libri quatuor, Salmanticae 1658.328 Puede tratarse de COSTA, M. de, Commentaria in paragraphum Si arbitratu l. cum tale ff. De conditio. Et demonstra: item Selectarum interpretationum circa conditiones, demonstrationes et dies. Libri II, Conimbricae 1551; id., Commentaria in paragraphum Et quid si tantum l. Gallus ff. De libe. Et posthu., Conimbricae 1548; id., Commentaria in l. Si ex cautione C. de non numerata pecunia, Conimbricae 1549; id., De suo et alieno posthumo: commentaria in paragraphum Posthumus Instit. De legatis: item scholia in difficillimam l. Si filius haeres institutus sit omisso posthumo. II. De liberis et posthumis, Salmanticae 1569.329 BALMASEDA DE LA PUENTE Y SOBREMONTE, D., Tractatus de collectis in his regnis indictis et usitatis, Matriti 1673.330 Autos i acuerdos del Consejo de que se halla memoria en su archivo desde el año 1532 hasta el de 1648, Madrid 1649.331 Instrucción de la forma que se ha de guardar en el administrar, beneficiar y cobrar la estension que de nuevo se impone de alcavala en todos los arrendamientos que se hicieren en el reyno…, Madrid 1642; Instrucción que

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Redin de potestate principis un tomo332

Carrasco de casibus curie un tomo333

Salazar de uso et consitudine un tomo334

Balboa dos tomos335

Graña tres tomos336

Vigilias del Pastor un tomo337

Geronimo Portoles de consortes et jusden lites un tomo338

han de guardar los administradores de la Renta de puertos, entre estos Reynos de Castilla y el de Portugal, en la cobranza de los derechos impuestos por el Reyno para la paga de los servicios de Millones, assi en las quatro espezies de vino, vinagre, azeite y carnes, Madrid 1668.332 Pudiera referirse a uno de estos tres autores: PETRA, P. A. Tractatus in quo de potestate principis et inferiorum ab eo: de excessibus etiam eorum circa praeiudicium alienum materia perquam copiese discutitur, Francofurti 1610; POTIO, F., Tractatus de potestate principis secularis, Florentiae 1607; RODOLFINI, L., Opera diversa in hoc contenta volumine, videlicet: in primo libro, tractatus tres, primus de absoluta principis potestate…, Venetiis 1606.333 CARRASCO DEL SAZ, F., Tractatus de casibus curiae, Matriti 1630.334SALAZAR, P. de, De usu et consuetudine et de stillo curiae regalis et prius de usu et consuetudine, Granada 1579. 335 BALBOA DE MOGROVEJO, J. de., Lectiones salmanticenses, sive Anniversariae relectiones ad titulos libri secundi Decretalium, Salmanticae 1629; id., Lectiones salmanticenses sive Anniversaria relectio ad titulum de foro competenti in libro 2 Decretalium, Salmanticae 1629.336GRAÑA Y NIETO, A., Catena iurium utriusque iurisprudentiae sive in librum III Decretalium Gregorii IX integri et absoluti commentarii, Matriti 1662. 337 CUERRES Y VALDÉS, A. de, Vigilias del pastor cura de almas, Madrid 1711.

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Assiomata yuris un tomo339

Un tomo sobre los Concilios de Milan340

Otro manuscrito materias Canonicas341

Otro tomo sobre el capitulo final de foros sin principio342

Otro de gradibus cognacionis un tomo343

Otro de ynterdictis. Un tomo del señor D. Joseph Retis344/

Ludovico Gomecio yn regulis utriusque signature un tomo345

338 PORTOLES, J., Tractatus de consortibus eiusdem rei et fideicommisso legali, Caesaraugustae 1584.339 Pudiera tratarse de la obra de ÁLVAREZ DE VELASCO, G., Axiomata et loca communia iuris, a Simone Barbosa quondam deprompta… ab Augustino Barbosa transcripta, Matriti 1631; o la obra de BARBOSA, S. Vaz, Axiomata et loca communia utriusque iuris: nunc noviter aucta multis aliis locis, axiomatibus, ampliationibus, limitationibus et declarationibus… annotatis a D. Antonio de Dueñas, Madrid 1649; o la de DUPLEIX, Sc., Axiomata, sententiae et regulae iuris, Lutetiae Parisiorum 1635.340 Sin localizar.341 Ignoto el autor y el contenido.342 Sin identificar.343 Pudiera tratarse de la obra de GRETZER, Jac., Disputationes matrimoniales duae: altera de cognatione, affinitate et polygamia, altera de iudice causarum matrimonialium, Ingolstadii 1611.344 FERNÁNDEZ DE RETES, J., Ad titulum Digestorum de interdictis et relegatis et deportatis commentaria, Vallisoleti 1643; Lugduni 1660.345 GÓMEZ, L., Commentaria in iudiciales regulas Cancellariae: eiusdem venustrum utriusque signaturae Compendium, Lugduni 1558 (1557).

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Ricio Colectanea decisionun un tomo346

Otro de Zizeron347

Otro de Suetoneo348

Otro de Ovidio romanze349

Una Ynstituta sin pergamino350

Beinza de zirujia351

El oficio de Nuestra Señora en unas ojas viexas352

346 RICCIO, Io. Al.., Colectanea decisionum, omnes fere casus in tribunalibus Italiae, praesertim sacri Concilij Neapolitani, Hispaniae, Galliae, Germaniae et Poloniae decisos ac controversos complectens, Coloniae Allobrogum 1635.347 Ignoramos la obra a la que puede referirse, recordamos uno de los volúmenes CICERONIS, M. T., De philosophia, vol. secundum, id est, De natura deorum libri 3. De divinitatione libri 2. De fato liber 1. De legibus libri 3. De universitate libre 1. Q. Ciceronis de petitione consulatus ad Marcum fretrem liber 1. Cum scholijs et coniecturis Pauli Manutij de locis aliquod obscurioribus, Venetiis 1546.348 Pudiera referirse a SUETONIO TRANQUILLO, C., Opera omnia notis illustrata, Oxonii 1676; id., XII Caesares: eiusdem De illustribus grammaticis liber. De claris rhetoribus liber, Lugduni 1576, id., Opera quae exstant, Basileae 1675..349 OVIDIO NASÓN, P., Las transformaciones de Ovidio en lengua española: repartidas en quinze libros, con las alegorias al fin dellos y sus figuras para provecho de los artifices, Anvers 1595.350 Podría ser la intitulada, Institutionum sive Primorum totius Jurisprudentiae elementorum, Lugduni 1584.351 BEINZA, M. de, Discurso sobre los polvos universales purgantes… Discurso tercero, en que se demuestra qual se ha de sangrar y qual de purgar, Bayona 1680.

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El Derecho Canonico grande de tabla en tres tomos353

El Codigo y Digestos con su indice de marca grande en pergamino en quatro tomos354

Mas otro tomo del Sesto de las decretales355

Un libro de apeo del monasterio de Cornellana356

Unas Pandectas Canonicas en dos tomos357

Unas Pandectas civiles en dos tomos358

Obras de Antonio Fabro con la papinianea en cinco tomos359

352 Oficium B. M. Virginis, Genuae 1649; Oficium Beatae Mariae Virginis, nuper reformatum, et Pii V P. M. iussu editum ad instar breviarii romani sub Urbano VIII recogniti, Antuerpiae 1700. También podría referirse a la obra de ESCOLANO Y LEDESMA, D., Obsequio orario a Maria Santissima, virgen y Madre de Dios, Reyna y señora nuestra, y devocion del rezo de su Oficio menor, Granada 1669.353 Corpus Iuris Canonici absolutissimum in III partes distinctum, Lugduni 1624.354 Corpus Iuris Civilis in IV partes distinctum: eruditissimis Dionysii Gothofredi notis illustratum, Lugduni 1662.355 Sextus Decretalium liber, Aeg. Perrini opera suae genuinae integritati restitutus, Iac. Fontani cura illustratus et Io. Andreae… Ph. Franci aliorumque non obscuri nominis virorum commentariis explicatior redditus, Lugduni 1554.356 Pudiera tratarse de una copia del apeo que realizó Cepeda en Asturias, por encargo regio, antes de la creación de la Real audiencia del Principado de Asturias, a comienzos del siglo XVIII.357 Corpus Iuris Canonici notis illustratum, Gregorij XIII iussu editum, Lugduni 1661.358 Corpus Iuris Civilis in IV partes distinctum, eruditissimus Dionysii Gothofredi notis illustratum, Lugduni 1662.

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Reglas de san Benito un tomo360

El doctor Martin Navarro361 de jubileo un tomo362 – Otro de Yudicis363. Otro de relictuis eclesiasticis364. Otro sobre el capitulo ynter berva365. Otro de voto paupertatis366. Otro apologia sobre el tratado de relicjionis367

Gaspar Antonio Thesauro cuestiones forenses un tomo368

359 FAVRE, A., De erroribus pragmaticorum et interpretum iuris, Coloniae Allobrogum 1631; Lugduni 1658; id., Codex Fabrianus definitionum forensium, et rerum in Sacro Sabaudiae Senatu tractatarum, Lugduni 1661; id., Coniecturarum iuris civilis libri viginti, Lugduni 1661; id., Iurisprudentiae Papinianeae scientia ad ordinem institutionum imperialium efformata, Lugduni 1658. Ya hemos referido sus Rationalia in Pandectas, Lugduni 1659.360 Regla del gran patriarcha de los monges San Benito que deben guardar las religiosas de su sagrado orden, circa 1673; Aprobacion de la regla y orden del gloriosissimo padre San Benito, maestro de religiosos, Salamanca 1583.361 Pudiera referirse a una edición completa de sus obras. Vid. AZPILCUETA, M. de, Compendium omnium operum, Venetiis 1598; id., Commentaria et tractatus hucusque editi atque nunc recens, 3 vols., Venetiis 1590; id., Opera in tres tomos digesta, Lugduni 1595.362 AZPILCUETA, M. de, Commentarius de anno iobelaeo et indulgentia, Romae 1585.363 AZPILCUETA, M. de, Commentarius utilis in rubricam de iudiciis et Relectio sublimis in cap. Novit. Eod. tit., Romae 1585.364 AZPILCUETA, M. de, Apologia de reditibus ecclesiasticis… super cap. Ultimo XVI q. 1, Lugduni 1575.365 AZPILCUETA, M. de, Commento en romance a manera de repeticion latina y scholastica de iuristas, sobre el capitulo inter verba XI q. III, Conimbricae 1544; Commentarius in cap. Inter verba XI Q. III, Romae 1584.

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Vidal clausulas utriusque yuris un tomo369

Obras del padre fray Manuel Rodrigues cuestiones morales dos tomos370

Alejandro Anbrosino decisiones episcopales un tomo371

Practica civil de Jodoco un tomo372

Amador Rodriguez forma de examinar el prozeso un tomo373

366 AZPILCUETA, M. de, Commentarius de voto paupertatis deque fine religionis deque contingentibus ea in cap. Non dicatis XII quaest. Cui adiunguntur alij duo commentarij in cap. Nullam XVII quaest. 2 et in cap. Statuimus XIX quaest. 3 ut eius auctaria, Romae 1574.367 AZPILCUETA, M. de, Commentarius in cap. Non dicatis XII Q. I amplissimus de religionis sine debito solemni et simplici paupertatis voto deque plurimis quotidianis circa ea contingentibus, Romae 1574.368 THESAURO, G. A., Quaestionum forensium libri priores duo, Augustae Taurinorum 1621.369 Puede tratarse de GALLI, Iac., Consilia, sive iuris responsa. In quibus optime enucleantur materiae alienationum, alimentorum, assensuum, beneficiorum, clausularum, Neapoli 1622.370 RODRIGUES, M., O. F. M., Obras morales en romanze, Salamanca 1607. Quizás sea un error del amanuense, y se refieran a RODRIGUES, M., O. F. M., Quaestiones regulares et canonicae, Salmanticae 1600 y 1601.371 Podría tratarse de las Regulae, ordinationes et constitutiones Cancellariae Apostolicae Santissimi D. N. D. Alexandri Divina providentia Papae VII, Romae 1655.372 DAMHOUDERE, J. de, Praxis rerum civilium, Antuerpiae 1569.373 RODRIGUEZ, A., De modo et forma videndi, et examinandi processum, in causis civilibus, via ordinaria, prima instantia intentatis, Madriti 1609.

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El padre Manuel Rodrigues explicación de la Bula un tomo374

D. Martin de la Reatigui selectas un tomo375

El señor Amaya observaciones yuri un tomo376

Angulo de mejoras un tomo377

Geronimo de Monte de finibus regundis, otro tomo378

Decisiones de Boerio dos tomos379

Omilias de san Juan Crisostomo un tomo380

Yten se ponen por ynbentario el señor Larrea decisiones381 y alegaciones382// en quatro tomos. El señor Crespe un tomo383.

374 RODRIGUES, M., O. F. M., Explicacion de la Bulla de la Sancta Cruzada y de las clausulas de los iubileos y confessionarios que ordinariamente suele conceder su Santidad, Salamanca 1599.375 LARRIATEGUI, M. de, Selectarum iuris civilis disputationum et interpretationum libri octo, Salmanticae 1630.376 AMAYA, F. de, Observationum iuris libri tres, Coloniae 1633.377 ANGULO, A. de, Commentaria ad leges regias meliorationum titul. 6 libro 5, Madriti 1592.378 MONTE, Hier. De, Tractatus de finibus regundis civitatum, castrorum, ac praediorum, tam urbanorum, quam rusticorum, et pro redimendis, iureque iudicandis eorum litibus, atque controversiis, fertissimus, utilis et pernecessarius, Coloniae Agrippinae 1614.379 BOHIER, N., Decisiones burdegalenses, Lugduni 1603.380 JUAN CRISOSTOMO, San, Passio Domini nostri Iesu Christi secundum Matthaeum in decem homilias divisa, Parisiis 1557.381 LARREA, J. B., Novae decisiones Sacri Regii Senatus Granatensis Regni Castellae, Lugduni 1658.

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Valeron de transacionibus384, un tomo que se dize esta en casa del señor doctor Joseph de la Cruz.

Manrrique de prezedentes un tomo385

Sigüenza clausulas ynstrumentales un tomo386

Pregmatica sobre las tapadas387

Estatuto de la Iglesia de Oviedo388

Leyes penales un tomo389

382 LARREA, J. B., Allegationum fiscalium, pars prima-pars secunda, Lugduni 1642.383 CRESPO DE VALDAURA, C., Observationes illustratae decisionibus Sacri Supremi Regni Aragonum Consilii, Supremi Consilii S. Cruciatae et Regiae Audientiae Valentinae, pars prima, Lugduni 1677.384 VALERÓN, M. R., Tractatus de transactionibus, Lugduni 1665.385 FERRO MANRIQUE, M., Tractatus de praecedentiis et praelationibus ecclesiasticis: ordine alphabetico digestus, Lugduni 1635.386 SIGÜENZA, P. de, Tratado de clausulas instrumentales, Madrid 1663.387 Pragmatica en que su Magestad manda, que ninguna muger ande tapada, sino descubierta el rostro, de manera que pueda ser vista y conocida, so las penas en ella contenidas, y de las demas que tratan de lo susodicho, Madrid 1639.388 Libro de los Estatutos y Constituciones de la sancta Iglesia de Oviedo: con el ceremonial y calendario de sus fiestas antiguas, ordenado por don Diego Aponto de Quiñones, obispo de la dicha Iglesia… juntamente con el dean y cabildo de su sancta Iglesia, Salamanca 1588.389 Probablemente se trata de la obra de PRADILLA BARNUEVO, F. de la, Suma de las leyes penales… y adicionado por el licenciado don Francisco de Barrera: y ahora de nuevo añadido por el licenciado don Juan Calderon, Madrid 1639.

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Retes de ynterdictis390. Otro tomo de vonorum posesione391

Farinacio apuntaciones del Concilio392

Dueñas axiomas de derecho393

Fajardo de lixitimacione un tomo394

Mendez de jubileo un tomo395

Ynstituta glosada un tomo396

Serna exercitacionis yuris un tomo397

390FERNÁNDEZ DE RETES, J., Ad titulum D. de interdictis et relegatis et deportatis commentaria. Accesserunt in hac editione, notae, additionesque eiusdem auctoris et totus liber tertius qui es analectus, Lugduni 1660. 391 FERNÁNDEZ DE RETES, J., Ad titulos De bonorum possessione contra tabulas. De legatis praestandis et De inofficioso testamento scholastica adversaria pro eorum publicis propugnationibus ex more academico congesta, nondum digesta aut exposita, Salmanticae 1663.392 Podría tratarse de la obra: Sacrosanctum Concilium Tridentinum: additis declarationibus Cardinalium… cum decisionibus variis Rotae Romanae eodem spectantibus e bibliottheca D. Prosperi Farinacii, Lugduni 1631; id., Decisiones variae Rotae Romanae sive sacri palatii romani: cum declartionibus Concilii Tridentini e bibliotheca manuscripta Prosperi Farinacii, Lugduni 1615.393 DUEÑAS, P. de, Regularum utriusque iuris, Lugduni 1557.394 YAÑEZ FAJARDO, D. A., Tractatus de legitimatione per subsequens matrimonium, Madriti 1632.395 MÉNDEZ DE PARGA Y ANDRADE, B., Dilucida et elegans interpretatio ad Bullam Alexandri III P. M. de Iubileo D. Iacobi, Compostelae 1628.396 Institutiones divi Iustiniani cum annotationibus Sylvestri Aldobrandi et alii, Venetiis 1572.397 SERNA CANTORAL, D. de la, Exercitationes iuris civilis, Salmanticae 1661.

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Axiomas de derecho de Jacobo Boniour un tomo398

El padre Zerda jesuita aparato latino un tomo399

D. Melchor de Valencia cuestiones ylustres primero y segundo tomo400

Prado tratados varios un tomo401

Asignaturas de Pichardo un tomo402

Conciliaciones yuris un tomo403

Pinello de bonis maternis un tomo404

398 BONIOUR, Jac., Axiomata libri primi pandectarum in schematibus… legum aliquot aenigmata ad Galliae Cancellarium Franciscum Olivarium, Lugduni 1550.399 Podría tratarse de Novus apparatus graeco-latinus, ex Isocrate, Demosthene, aliisque praecipuis autoribus gracis concinnatus in quo praeter infinita vocabula vulgaribus di ctionariis incognita huic editioni adjecta exquisitissimae phases et reconditorum locutionum ab uno e Societate Iesu, Parisiis 1665.400 VALENCIA, M. de, Illustrium iuris tractatuum libri tres, Lugduni 1663.401 MARTÍN DEL PRADO, J., O. P., Tratado de espirituales documentos, para visitar, y consolar enfermos, y ayudarles a bien morir, con una breve suma de los sacramentos y ayudar a los que han de morir a manos de la justicia, Zaragoza 1627.402 PICHARDO DE VINUESA, A., Commentariorum in quatuor Institutionum Iustinianearum, dos tomos, Vallisoleti 1630.403 Podría referirse a la obra de FERRO MANRIQUE, M., Tractatus de differentiis et concordis utriusque fori et miscellanea quaestionum et observationum ad Ioannem Valerum eiusdem materiae, Lugduni 1657; o a la obra de PINELO, B., Selectae juris interpretationes, conciliationes et variae resolutiones, Lugduni 1670.404 PINHEL, A., Ad Constitutiones, Codice de Bonis maternis, Salmanticae 1568.

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Ubesenbequio un tomo405. Valbo otro tomo406

Vocaulario utriusque juris un tomo407

Vigelio en sus comentarios un tomo408

Andres Tiraquelo en el tratado zesante cause un tomo chico409

Un tomo sin principio sobre Aristoteles410

Un panixerico de Buena Ventura Varonio a nuestra señora411

Vancio de nulitate un tomo412

405 WESSENBECK, M., Commentaria quae olim paratitla in Pandectas iuris civilis et Codicis Iustiniani libros, Antuerpiae 1621; id., Commentarii in Pandectas Iuris Civilis et Codicem Justinianeum, olim dicti Paratilla… adjectus est M. Wesenbeci, Tractatus de Feudis, Lugduni Batavorum 1649.406 BALBO, G. F., Tractatus de praescriptionibus… eiusdem repetitio L. Celsus D. de usucapionibus, Spirae Nemetum 1610.407 SCOTT, A., Vocabularium utriusque iuris… accesserunt praeterea observationes quaedam Ael. Ant. Nebri. in Accursium, Lugduni 1655.408 VIGELIO, N., Digestorum, pars prima-septima, Basileae 1568-1571, cuatro vols.409 TIRAQUEAU, A., Tractatus cessante causa cessat effectus, Lugduni 1553.410 Resulta imposible aproximarse a este filósofo y sus obras. Quizás se trate de la de ACCOROMBONI, F., Interpretatio obscuriorum locorum et sententiarum omnium operum Aristotelis et omnium ferme controversiarum quae versantur inter Platonicos, Galenum et Aristotelem examinatio: et de fluxu et refluxu maris brevis tractatus, Romae 1590.411 No hemos podido identificar la obra que se cita.412 VANCIO, S., Tractatus de nullitate processuum ac sententiarum, Coloniae Agrippinae 1655..

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Prontuario de Salazar un tomo413

Elegancias de Agustino Dacio un tomo414

Geronimo Gigante de pensionibus415

Un tomo de Lizolio416

Tres materias manuscritas de sumulas y unas fabulas viexas417

Dos tomos de dibersas materias de derecho sin autor encuadernados en tabla418

Marante de ordini yuditiorum un tomo419/

Una Ynstituta viexa420

Borcolten un tomo421

413 SALAZAR, S. de, O. P., Promptuario de materias morales: en principios y reglas para examen y sucinta noticia de los que en breve se desean exponer para confesores, Valladolid 1671.414 DATI, A., Elegantiarum linguae latinae praecepta cum familiari Iodoci Clichtouei ac Iod. Badij Ascensij enaratione, Lugduni 1539.415 GIGANTI, Hier., Tractatus de pensionibus ecclesiasticis, Lugduni 1553; id., cum additionibus eiusdem auctoris, Venetiis 1588. 416 NIZOLII, M., Compendium sive Thesauri M. T. Ciceronis… a Bartholomaeo Bravo, S. I., Vallisoleti 1657.417 Ignoto el autor y su contenido concreto.418 Ignoto tanto el autor como las materias419 MARANTA, R., Tractatus de ordine iudicisiorum vulgo speculum aureum et lumen advocatorum: accesserunt Disputationes decem quaestionum legalium. Repetitio praeterea in l. is potest Ff. De acquirenda haereditate, Lugduni 1567.420 Instituta de Tortis, Venetiis 1502.

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Valense en las paratitras un tomo422 = los Vivios en dos tomos423, que dixo la dicha doña Manuela ser de su marido

Misigerio un tomo424 = Loxica de Froilan un tomo425. Un tomo yntitulado misal romano426. Otro defensorio sobre la jurisdicción eclesiastica de la Puebla427. Enquiridion de los tienpos sin principio un tomo428. Biblia sacra429. Lecturas de Retes430 y Serna en un

421 BORCHOLTEN, St., De obligationibus et actionibus tractatus utilissimus, Helmaestadii 1599; id., In IV libros Institutionum civilium D. Iustiniani commentaria, Lugduni 1661; id., Commentaria in insignem et utilissimum II titulum de compensationibus, Helmstadij 1596.422 VAULX, A., Paratitla iuris canonici sive Decretalium D. Gregorij Papae IX summaria ac methodica explicatio, Lugduni 1673.423 VIVIO, F., Sylvae communium opinionum doctorum utriusque censurae in tres libros distinctae, Aquilae 1582; id., Communium opinionum ex omnibus utriusque censurae, aviaeque doctorum scriptis, per alphabeti seriem collectarum, dos libros, Venetiis 1567; id., Decisiones Regni Neapolitani, Venetiis 1598; id., Additiones ad Decisionum suarum Regni Neapolis libros IIII, Venetiis 1617;424 MYNSINGER VON FRUNDECK, Joac., In quatuor libros Institutionum Iuris Civilis scholia, Venetiis 1618.425 DÍAZ DE LOS LLANOS, F., Logica rationalis per quaestiones et articulos divisa iuxta mentem Divi Thomae, Compluti 1693.426 Missale romanum, ex decreto sacrosancti Concilii Tridentini restitutum, Venetiis 1574.427 PALAFOX Y MENDOZA, J. de, Defensa canonica por la dignidad episcopal de la Puebla de los Angeles y por la jurisdiccion ordinaria, puestos y honores de su Prelado, Madrid 1652.428 VENERO, A. de, O. P., Enchiridion de los tiempos, Toledo 1587.

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tomo431. Manuel de Acosta de non numerata un tomo432. Un tomo manuscrito de diferentes apuntaciones de Derecho433. Virgilio un tomo434. Otro tomo de apuntaciones de derecho435. Otro tomo sin principio de excomunicacione436. Treze tomos de materias manuescritas civiles y canonicas437

Zepola de servitutibus en un tomo438

Elegancias de Paulo Manucio un tomo439

429 Entre los múltiples ejemplares, vid. Biblia sacra: ad optima quaeque veteris, ut vocant, traslationis exemplaria summa diligentia parique fide castigata. His adiecimus hebraicorum, chaldeorum, graecorumque nominum interpretationem, Lugduni 1569.430 FERNÁNDEZ DE RETES, J., Opusculorum libri quatuor, Salmanticae 1650-1658.431 SERNA Y CANTORAL, D. de, Exercitationes iuris civilis, Salmanticae 1661.432 COSTA, M. da, In l. Si ex cautione C. De non numerata pecunia, Conimbricae 1549.433 Ignoto el autor y la materia concreta.434 Pude ser: VIRGILIO, Omnia quae hucusque in lucem prodierunt, opera, nunc primum in unum collecta…ab Donato Antonio Altomare, Lugduni 1597.435 Ignoto su autor y materia.436 Probablemente, IBÁÑEZ DE DEZA Y FRECHILLA, J., De excommunicatione, Salmanticae 1597.437 Ignoto en los autores y materias.438 CEPOLLA, B., Varii et perutiles tractatus… Tractatus de servitutibus tam urbanorum quam rusticorum praediorum…, Venetiis 1586.439 MANUCIO, P., Las elegancias de… traduzidas del toscano por Lorenço Palmirano, Madrid 1613.

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Todos los quales dichos libros son los que se hallaron y ponen por ynbentario y que quedaron de dicho don Francisco Savido en el cuarto de su estudio donde quedan en sus estantes y por ser tarde se suspendio la prosecucion deste ynbentario para el dia tres deste mes y lo firmo dicho señor Juez. Doctor Villa. Ante my, Estevan Tejeiro. Rubricados.

Prosigue el ynbentario. En las casas donde vibio y murio el doctor don Francisco Savido a tres dias del mes de agosto de mil setecientos y veinte y dos su merced el dicho señor juez prosiguiendo en el ynbentario de los demas libros que se allan en sus estantes en la sala alta de dichas casas lo hizo en la forma siguiente:

La historia general de España del Padre Mariana en dos tomos440

La de la Nueva España por D. Antonio Solis en un tomo441

Historia de la China de Navarrete en un tomo442//

La coronica de los Principes de Asturias del P. Sota un tomo443

Obras de la madre Agreda en tres tomos444

440 MARIANA, J. de, S. I., Historia general de España, Madrid 1635.441 SOLÍS, A. de, Historia de la conquista de Mexico, poblacion y progressos de la America Septentrional, conocida con el nombre de Nueva España, Barcelona 1691.442 FERNÁNDEZ DE NAVARRETE, D., Tratados historicos, politicos, ethicos y religiosos de la monarchia de China, Madrid 1676.443 SOTA, F., fr., O. S. B., Chronica de los principes de Asturias y Cantabria, Madrid 1681.444 Sor MARÍA DE JESÚS DE AGREGA, Mystica ciudad de Dios, Lisboa 1681; Madrid 1701.

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Historia de Mexico por fray Antonio de Remesal en un tomo445

El Derecho civil encuadernado en tabla en cinco tomos446

Coronica de san Benito por D. Pedro Zyria un tomo447

Flos santorum Villegas el segundo tomo448

Resoluciones medicas del Dr. Bravo un tomo449

Coronica general de San Benito por el maestro Yepes un tomo450

Constituciones de san Benito otro tomo451

445 REMESAL, A. de, fr., O. P., Historia de la provincia de S. Vicente de Chyapa y Guatemala de la orden de nuestro glorioso padre Sancto Domingo, Madrid 1619.446 Podría tratarse del Corpus Iuris Civilis Iustinianei, cum commentariis Accursii, scholiis Contii, et Dionysii Gothofredi acutissimi lucubrationibus, cinco tomos, y el sexto índice con el sumario, Lugduni 1612; o bien, Corpus Iuris Civilis, cum D. Gothofredi et aliorum notis, Pandectis ad Florentinum archetypum expressis. Institutionibus, Codice, legibus et constitutionibus graecis, cum optimis quibusque editionibus collatis. Cum notis integris, Repetitae quintum Praelectionis, Dionysii Gotofredi… cum selectis notis J. Cujacii et sparsim ad universum Corpus Antonii Anselmo…, Lugduni Batavorum 1663.447 CIRIA RAJIS E HINOJOSA, P., Vidas de santas y mugeres ilustres de la Orden de San Benito, s. l. circa 1686.448 VILLEGAS, A. de, Flos sanctorum, Madrid 1675.449 BRAVO DE SOBREMONTE Y RAMÍREZ, G., Resolutionum et consultationum medicarum, Lugduni 1671.450 YEPES, A. de, Coronica general de la Orden de San Benito, patriarca de religiosos, en Valladolid 1621.451 Constituciones de la Congregacion de san Benito de Valladolid, Salamanca 1546; Constituciones de la Congresacion de nuestro glorioso padre San Benito de España e Inglaterra: aumentadas con las nuevas difiniciones que desde el

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Aguirre defensorio contra el clero galicano un tomo452

Memorial del señor Palafox sobre la jurisdicion eclesiastica un tomo453

El gobernador cristiano un tomo454

Caramuel D. Phelipe el prudente un tomo455

Timbre asturiano un tomo chico456

Un tomo su titulo El Yncrelucidado457

El devoto pregrino en un tomo458

año de 1610 hasta el de 1669 han sido en diversos capitulos establecidas y el dia de oy tienen ya fuerça de leyes, Madrid 1671.452 SÁENZ DE AGUIRRE, J., Defensio Cathedrae S. Petri contra declarationem illustriss. Cleri Gallicani editam Lutetiae Parisiorum XIX martii 1682: et adversus quorundam doctorum parisiensium ac belgarum theses, Salamanca 1683.453 PALAFOX Y MENDOZA, J., Defensa canonica por la dignidad episcopal de la Puebla de los Angeles y por la jurisdiccion ordinaria, puestos y honores de su Prelado, Madrid 1648.454 MÁRQUEZ, J., El governador christiano: deducido de las vidas de Moysen y Iosue, principes del pueblo de Dios, Salamanca 1612.455 CARAMUEL, L., Philippus Prudens Caroli V.l imp. filius Lusitaniae, Algarbiae, Indiae, Brasiliae legitimus Rex demonstratus, Antuerpiae 1639.456 BERNALDO DE QUIRÓS, F., Timbre asturiano: historia de la vida y martyrio de la gloriosa Santa Eulalia de Merida, patrona del Principado de Asturias y de las varias traslaciones de su sagrado cuerpo y reliquias, con el poema sacro y descripcion panegyrica, Madrid 1672.457 SEGNERI, P., S. I., El incredulo sin excusa, Madrid 1696.458 CASTILLO, A. del, El devoto peregrino y viage de Tierra Santa, Madrid 1656.

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Vida de Santa Rosa459

Suma moral de Machado un tomo460

Vida de san Francisco Xavier un tomo461

Patronato de Santiago un tomo462

Catalogo real por Rodrigo Mendez un tomo463

España restaurada un tomo464

Perdida de España un tomo465

459 LOREA, A. de, Santa Rosa, religiosa de la Tercera Orden de Santo Domingo, patrona universal del nuevo mundo… historia de su admirable vida y virtudes, Madrid 1671.460 MACHADO DE CHAVES, J., Suma moral, y resumen brevissimo de todas las obras del… que reduxo el padre Francisco Apolinar, Madrid 1661.461 GARCÍA, F., S. I., Vida y milagros de San Francisco Xavier de la Compañía de Jesus, apostol de las Indias, Madrid 1672.462 QUEVEDO, F. de, Memorial por el Patronato de Santiago y por todos los sanctos naturales de España, a favor de la eleccion de Christo N. S., en Madrid 1628.463 MÉNDEZ SILVA, R., Catalogo real y genealogico de España, ascendencias y descendencias de nuestros catolicos principes y monarcas supremos, Madrid 1656.464 PORTILLA DUQUE, J. de la, España restaurada por la cruz por lo que con ella han obrado los españoles en la ley de gracia, Madrid 1661.465 LUNA, M. de, Historia verdadera del Rey Don Rodrigo, en la qual se trata de la causa principal de la pérdida de España y la conquista que della hizo Miramamolin Almançor Rey que fue del Africa y de las dos Arabias, y vida del Rey Jacob Almançor, compuesta por el sabio alcayde Abulcacin Tarif Abentarique, de nacion arabe: nuevamente traducida de lengua arabiga por…, en Zaragoza 1603 (1602); 6ª ed., Madrid 1675-1676.

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Locuciones griegas un tomo466

Obras de Jacinto Polo un tomo467

Honras de Phelipe cuarto otro tomo468

Philotea de Palafox un tomo469

David perseguido primera segunda y terzia parte con asuntos morales en quatro tomos470

Historia del universo y magia un tomo471

Enpresas de Saavedra un tomo472

Cronologia de los tienpos un tomo473

466 Dictionarium graecum, cum interpretatione latina, Venetiis 1524.467 POLO DE MEDINA, J., Obras en prosa y verso, Zaragoza 1670.468 Relacion de las exequias que en la muerte del rey nuestro señor Don Felipe IV el grande rey de las Españas… hizo la Universidad de Oviedo en el Principado de Asturias, Madrid 1666.469 PALAFOX Y MENDOZA, J. de, Peregrinacion de Philotea al Santo Templo y Monte de la Cruz, Zaragoza 1661.470 LOZANO, C., Parte primera-tercera de David perseguido y alivio de lastimados: historia sagrada parafraseada con exemplos y varias historias humanas y divinas, 6ª ed., Madrid 1716, tres vols.471 CASTRILLO, H., Historia y magia natural, o ciencia de filosofia oculta, con nuevas noticias de los más profundos mysterios y secretos del Universo visible, en el que se trata de animales, pezes, aves, plantas, flores… donde trata de los secretos que pertenecen a las partes de la tierra, Madrid 1692.472 SAAVEDRA FAJARDO, D. de, Idea de un principe politico christiano, representada en cien empresas, Valencia 1660.473 ZAMORANO, R., Cronologia y reportorio de la razon de los tiempos, Sevilla 1594.

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Benida de Santiago a España un tomo474

Tratado del amor de Dios un tomo475

Soledades de la vida un tomo476

Diferencia entre lo temporal y eterno477

El abogado perfecto un tomo478

Obras de D. Quixote primera y segunda parte479

Retorica de Castro un tomo chico480

Phisica natural de Juan Baptista un tomo481

474 CASTILLO, D. del, Defensa de la venida y predicacion evangelica de Santiago en España, Zaragoza 1608.475 FONSECA, C. de, Primera y segunda parte del Tratado del amor de Dios, Madrid 1620.476 LOZANO, C., Soledades de la vida y desengaños del mundo, novelas exemplares por, 2ª imp., Madrid 1688.477 NIEREMBERG, J. E., De la diferencia entre lo temporal y lo eterno: crisol de desengaños, 6ª imp., Madrid 1649.478 CABRERA NÚÑEZ DE GUZMÁN, M. de, Idea de un abogado perfecto: reducida a practica: deducida de reglas y disposiciones del derecho… y conforme a la vida de San Ivon patron y patriarca de los abogados, Madrid 1683.479CERVANTES SAAVEDRA, M. de, Primera parte del ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha, Bruselas 1617; id., Segunda parte del ingenioso cavallero don Quixote de la Mancha, Bruselas 1616.480 CASTRO, F. de, S. I., De arte rhetorica dialogi quatuor, Hispali 1625.481 JUANINI, J. B., Phisica natural demostrativa; origen de las materias que mueven las cosas compuestas de la porción mas pura de elementos, Zaragoza 1685.

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Vida de san Pedro Regalado un tomo482

Obras poeticas de la monja de Mejico un tomo483

Mº Perez desertaziones eclesiasticas un tomo484

Lucha espiritual un tomizito de a octavo485

Otro librito latino de Seneca486

Otro del padre Luis de la Puente sentimientos espirituales487

Otro sin principio de Ymitazione christi488

Casos de confesion489

Otro de la Ynmaculada Concepcion por el maestro Jarison490

482 MONZAVAL, M. de, Historia de las heroicas virtudes, aclamacion de los estupendos milagros, vida, muerte y culto de San Pedro Regalado fundador de los conventos de Domus Dei de Aguilera, y Scala Coeli de el Abroxo, primeros santuarios de la Observancia en España, Valladolid 1684.483 JUANA INÉS DE LA CRUZ, Jer., Obras poeticas de la musa mexicana, Madrid 1715.484 PÉREZ DE OLIVA, F., Las obras del maestro Fernán Perez de Oliva, natural de Cordova, Cordova 1586 (1585).485 JUAN DE LOS ÁNGELES, O. F. M., Lucha espiritual y amorosa entre Dios y el alma, Madrid 1600.486 SENECA, L. A., Flores Senecae: summo labore selecti ex illius operibus per Erasmum Roterodamum vero iudicio emendatis atque correctis, Lutetiae parisiorum 1557.487 PUENTE, L. de la, S. I., Sentimientos y avisos espirituales, Madrid 1753.488 KEMPIS, Th. a, De imitatione Christi libri IV, Parisiis 1640.489VEGA, C. de, S. I., Casos raros de la confesion: con reglas y modo facil para hazer una buena confesion general o particular, 5ª imp., Alcalá 1659.

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Otro vida de los doze Cesares491

Otro de meditacion por el padre Yzquierdo492

Otro gritos del purgatorio493

Otro centinela del alma494

Otro de Geronimo Cortes de animales495

Otro vida de santa Barvara496

Otro vida de San Nicolas497

Otro el pastor de noche buena498

490 Probablemente se refiere a la obra del P. maestro GONZÁLEZ DE SANTALLA, T., Tractatus theologicus de certitudinis gradu, quem infra fidem nunc habet sententia pia de Immaculata B. Virginis Conceptione, Matriti 1688.491 SUETONIO TRANQUILO, C., Las vidas de los doze cesares… traducidas del latin en lengua castellana por el doctor Layme Bartolomè, Madrid 1679.492 IZQUIERDO, S., Medios necesarios para la salvacion divididos en seis capitulos, Barcelona 1680.493 BONETA, J., Gritos del purgatorio y medios para acallarlos, 12ª imp., Pamplona 1715.494 Probablemente se refiere a la obra que perteneció al Dr. Valdés Bango, de TORREJONCILLO, F. de, fr., O. F. M., Centinela contra judios, Pamplona 1691.495 CORTES, J., Tratado de los animales terrestres y volatiles, y sus propiedades, Valencia 1672.496 FERRER, J., Historica y predicable trialpha de la gloriosa Santa Barbara, Barcelona 1703.497 ANDRADE, A. de, S. I., Vida y milagros de San Nicolas el Magno… patron de la ciudad de Bari, Madrid 1671.498 PALAFOX Y MENDOZA, J. de, El pastor de Noche Buena: practica breve de las virtudes, conocimiento facil de los vicios, 4ª imp., Bruselas 1655.

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Otro Teatro politico y moral499

Otro de velo judaico500

Otro de vita et moribus canonicorun501

Otro Belucano de velo zivili digo tres502//

Otro librito practica de execucion de letras apostolicas503

Otro excelencias de la relixion de Predicadores504

Otro historia de los Reyes de Castilla por fray Prudencio Sandoval505

Otro vida de Juan Escoto506

Otro Racional de la fee507

499 LUPIS, A., Teatro abierto politico y moral… traducele en español fray Joan de San Geronimo, Madrid 1697.500 JOSEFO, Fl., De bello iudaico, Anvers 1551.501 VAN LANGHECRUYS, J., De vita et honestate canonicorum, et aliorum ecclesiasticorum speculum, Duaci 1587. Menos probable es el libro de MOLANUS, J., De canonicis libri tres, Coloniae Agrippinae 1587.502 LUCANO, M. A., De bello civili, Amstelodami 1669.503 No ha sido posible identificar esta obra.504 VILLASEÑOR, J. de, O. P. Tratado de las excelencias de la Religion de Predicadores en España y de las grandezas que mediante la Santissima Cruz y Maria Santissima ha conseguido el imperio español, Madrid 1677.505 SANDOVAL, P. de, O. S. B., Historia de los reyes de Castilla y de Leon don Fernando el Magno…, Pamplona 1615.506 JIMÉNEZ SAMANIEGO, J., O. F. M., Vida del venerable padre Juan Dunsio Escoto doctor mariano… maestro de la escuela franciscana, Madrid 1668.507 HERNANDO CRESPO, D., Escrutinio racional y teologico de los mas altos misterios y dudas de la sagrada Teologia: en que con exemplos y razones naturales se declaran los principales articulos de nuestra fe catolica, Milan

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Otro solo Madrid es corte508

Ynstruzion de conciencia del padre Soto509

Manual de Confesores un tomo510

Obras de Casiodoro un tomo511

Otro sin pergamino discurso theoloxico sobre las comedias por el padre Camargo512

Carta pastoral del obispo de Cartagena513

Otro sin pergamino Salud de la Europa514

Otro vida del emperador Marco Aurelio515

1612.508 NÚÑEZ DE CASTRO, A., Libro historico politico, Solo Madrid es corte, y el cortesano en Madrid, 3ª imp., Madrid 1675.509 SOTO, F. de, Confessionario general y instrucción para examinar la conciencia de todos los pecados de toda la vida, Barcelona 1676.510 AZPILCUETA, M. de, Enchiridion sive Manuale confessariorum et poenitentium, Lugduni 1584; id., Compendio del manual de confessores y penitentes, Valladolid 1586.511 CASIODORO, M. A., Opera omnia quae extant, Parisiis 1588; Genevae 1656512 CAMARGO, I. de, S. I., Discurso theologico sobre los theatros y comedias de este siglo, Salamanca 1689.513 BELLUGA Y MONCADA, L., Carta pastoral que el illustrisimo señor don Luis Velluga obispo de Cartagena del Consejo de Su Magestad escribe a los fieles de su obispado, principalmente a la gente sencilla, Sevilla 1706.514 La Salud de Europa considerada en estado de crisis, Colonia 1694.515 GUEVARA, A. de, O. F. M., Libro aureo de la vida y cartas de Marco Aurelio, emperador y eloquentissimo orador, 2ª imp. Valencia 1532; Barcelona 1647.

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Un tomo de Antonio Gomez sobre las Leyes de Toro516

Otro crisol de la verdad de la causa sin causa517

Otro fueros de Vizcaya518

Otro ynstruzion de millones519

Otro teatro eclesiastico, tomo tercero520

Un bocaulario de Nebrixa sin pergamino ni principio521

Otro tomo de Pichardo primera parte522

Otro sin pergamino cavalleros de Sevilla523

516 GÓMEZ, A., Opus praeclarum et utilissimum super legibus Tauri, Salmanticae 1582.517 GUERRA Y RIBERA, M. de, O. SS. T., Crisol de la verdad de la causa sin causa, 2ª imp., Zaragoza 1684.518 El Fuero privilegios franquezas y libertades de los cavalleros hijos dalgo del Señorio de Vizcaya confirmados por el Rey don Felipe IIII y por los señores Reyes sus predecesores, Bilbao 1643.519 Instrucción de la forma que se ha de guardar en el administrar, beneficiar y cobrar la estension que de nuevo se impone de alcavala…, Madrid 1642.520 GONZÁLEZ DÁVILA, G., Teatro eclesiastico de las iglesias y catedrales de los Reynos de las dos Castillas, vidas de dus arzobispos y obispos y cosas memorables de sus sedes, Madrid 1650.521 NEBRIJA, E. A. de, Lexicon seu dictionarium, Cesaraugustae 1514, tres vols.522 PICHARDO DE VINUESA, A., In quatuor Institutionum imperatoris Iustiniani libros, Vallisoleti 1630. Dos vols.523 Probablemente se puede tratar de la obra de FERNÁNDEZ DE ANDRADE, P., Libro de la gineta de España, Sevilla 1599.

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Otro del señor Ramos del Manzano sobre la provision de los obispados de Portugal524

Carta de Antonio Perez sobre norte de principes525

Genealogia de la casa de Nava526

Tres memoriales en derecho sobre pleitos527

La historia de Carlomagno sin pergamino528 y por ser tarde se suspendio la prosecución…

Prosigue en las casas donde vibio y murio… a siette dias del mes de agosto…

Ytem veinte y quatro papeles y memoriales ynpresos y de pluma sobre diferentes asumptos…529.

524 RAMOS DEL MANZANO, F., A nuestro Santisimo padre Alexandro VII. Sobre la provision de los Obispados vacantes en la Corona de Portugal, Madrid 1659.525 PÉREZ, A., Norte de principes, virreyes, presidentes, gobernadores. Y advertimientos politicos sobre lo publico y particular de una monarquia, fundados en materia y razon de Estado y Gobierno, Madrid 1601.526 Memorial al Rey N. Señor de la gran calidad y servicios, del claro y antiguo linage de Asturias y sus condes y de su legitima descendencia y varonia de la Real Casa de Leon… representa legitimamente este gran linage como suc abeça y pariente mayor don Rodrigo Ordoño Alvarez de las Asturias, Granada 1653.527 Sin autor ni contenido específico.528 Historia del emperador Carlo Magno, Barcelona 1708.529 Sigue una multitud de escrituras de propiedad o de obligaciones y el inventario de los bienes de Selorio, su lugar de origen, concejo de Villaviciosa, cerrándose en septiembre, y finaliza con la tutoría de los dos nietos que se otorga a favor de la progenitora superviviente, si bien debió afianzarla.

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AHPA. Sección protocolos. Escribano Esteban Tejeiro. Sign. 7680, fols. 65r-103r: “Oviedo.

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